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Política y religión

Política

1504-1523. Salamanca. Pleito de Diego Bonal, vecino de salamanca, con el licenciado Pedro Ruiz fiscal, sobre las casas principales de su padre, Pedro Bonal, en dicha ciudad sobre el lugar de Iñigo y mitad del que La Lama, que trataba de vender como bienes confiscados por comunero exceptuado



     Consejo Real. En Archivo General de Simancas. 82/10, fol.167.



     Diego Bonal de la cibdad de Salamanca hago saber a V. Magt. que puede aber reclamos poco mas o menos, que fue conmutado casamiento entre my y doña Aldonza de Sotomayor hija e Diego de Soto y de doña Maria Pereyra vecina de la dicha cibdad de Salamanca y porque la dicha doña Aldonza casase conmygo. Pero Bonal my padre con facultad de V. A. me dio por titulo de mayorazgo el lugar de Inygo que es de la jurisdicion de Salamanca en quanto puede en el terçio y en el quynto de sus bienes y mas e muy legitima parte que habia de aver, la qual desde entonces me lo dio e vino en el dicho lugar e se constituyo por my posedor y asy mesmo dio el dicho titulo de mayorazgo y por virtud de la dicha facultad las casas principales .../ despues de lo qual yo me case y bele con la dicha doña Aldonza y he vibido y morado en las dichas casas y he llebado los frutos y rentas del dicho lugar de Ynygo conforme a lo convenido y legitimas que entonces pasaron / asi mysmo sabia Vra. Magt. que yo tengo la mitad del lugar que se dize de la Lama jurdicçion de la dicha cibdad de Salamanca la qual me perteneçe por donaçion que el me hizo .../ Y agora Vra. Magt. a mandado tomar los bienes del dicho Bonal my padre como bienes confiscados.../y don Alvaro de Mena que tiene cargo de Regidor a tomar los dichos bienes en la dicha cibdad de Salamanca y ha tomado las dichas casas y echado a la dicha doña Aldonza my muger como si fuera del, e quiere tomar el dicho lugar de Ynigo y tanvien el dicho lugar de la Lama y dize que me los quiere bender, en lo qual el dicho Albaro de Mena me haze muy grande agravio e con razon, e ba contra su poder e provision que llebo porque solamente se manda que aya de tomar en secreto los bienes de Pero Bonal que fueron confiscados y estos dichos bienes que son las dichas casas y el dicho lugar de Ynigo y el dicho lugar de la Lama, no son bienes del dicho Diego Bonal ni an sydo confiscados antes conmigo, segund tengo dicho/ Pido y suplico a Vra. Magt. que mande al dicho Albaro de Mena regestador de los dichos bienes, que me deje las dichas mys casas que a my me a tomado y le mande que no se entremeta a me tomar el dicho lugar de Ynigo ny el lugar de la Lama ny les venda ny los ponga en pregones, pues como tengo dicho no son bienes confiscados ni son del dicho Pero Bonal ... e sobre lo qual pido justicia y las costas.

     Otro si para que a Vra. Magr. conste lo susodicho presento estas escrituras que con el dicho mayorazco e la facultad original de V. Al., e la donacion que primeramente de la dicha facultad me hizo el dicho pero Bonal e la donacion del dicho Alvaro Maldonado que son quatro legitimas las quales presento en quanto por my hazen e digo que son buenas e verdaderas e como de tales quiero usar dellas e juro a Dios e a esta cruz que no son falsas ny fingidas...



     Muy poderosos señores

     Diego Bonal vecino y Regidor de la cibdad de Salamanca respondiendo a la petiçion presentada por parte del fiscal de Vra. Magt. digo que syn enbargo de las razones por su parte dichas y alegadas se debe hazer lo por my parte pedido pues el dicho my parte es parte para lo pedir y su pedimiento esta en la forma e manera que de derecho debe/ Y la relaçion por my hecha es verdadera asy mesmo digo que las escrituras por my parte presentadas son publicas y abtenticas y sinadas de las manos publicas y postales avydos y tenydos/ y Pero Bonal padre del dicho my parte pudo muy bien hazer el mayorazgo que hizo pues tubo para ello facultad/ y pues por la escritura de mayorazgo donaçion pareçe que ay, la constituto y que el dicho Pero Bonal se constituyo por poseedor en nombre del dicho my parte del lugar de Inigo y de las casas prinçipales del dicho Pero Bonal de que se hizo el dicho mayorazgo/ y demas desto desde treze años desta parte que el dicho mayorazgo se hizo y tambien la dicha donaçion, syempre el dicho my parte a bibido y morado en las dichas casas e a sydo poseedor del dicho lugar de Ynigo y a llebado los frutos y rentas del/ otro si digo que en quanto a la mytad del lugar de la Lama el dicho fiscal no alega cosa alguna ny tiene que alegar pues este dicho lugar nunca fue del dicho Pero Bonal ny tubo que hazer en el y el dicho my parte le tiene y pose por virtud de la donaçion de Alvaro Maldonado, que en este proçeso esta presentada de manera que no avia cosa ny razon alguna respeto al dicho my parte es su propios bienes/ por ende a Vra. Magt. pido y suplico que mande hazer en este negoçio segund tengo pedido sobre lo qual pido cumplimiento de justicia y las costas...

     Otro si suplico a Vra. Magt. que por quanto Alvaro de Mena secuestrador de los dichos bienes quyere vender del dicho lugar de Inigo y la mitad del dicho lugar de la Lama y los pone a pregones/...



     Muy poderosos señores

     Diego Bonal veçino y regidor de la cibdad de Salamanca por my y en nombre de doña Aldonça de Sotomayor my muger digo que ya sabe Vra. Magt. como por otra petiçion me quexe ante bos del su muy alto Consejo que Albaro de Mena que a la dicha cibdad de Salamanca a tomar en secuestro los bienes de Diego Bonal my padre por que segund la dicha su provision aviendo el tomado en secuestro solamente los bienes del dicho Pero Bonal se entremetio a secuestrar el lugar de Ynigo y unas casas prinçipales en que yo bibo y moro lo qual yo tengo y poseo a titulo de mayorazco y por encontrar onerosos hecho por el dicho Pero Bonal al tiempo que yo me case con la dicha doña Aldonza de Sotomayor/ y el dicho Alvaro de Mena me queria tomar y secuestrar la mytad del lugar de Lama que a muchos años que yo le tengo y por ser por virtud de una donaçion que del me hizo Alvaro Maldonado my tio, fue al dicho lugar y Vra. Magt. mando dar traslado a la dicha my petiçion al fiscal/ y agora el licenciado Olibares teniente del corregidor de la dicha cibdad a mandado a my y a la dicha doña Aldonça que nos salgamos de la dicha casa so pena de dos myll ducados de oro y se quiere entremeter e vender la mytad del dicho lugar de Lama y los frutos y rentas del/...



     Muy poderosos señores

     El licenciado Pero Rruiz vuestro fiscal respondiendo a las petiçiones presentadas en Valladolid en nombre de Diego Bonal vecino e regidor de la cibdad de Salamanca cuyo tenor aqui avido por repetido digo que V. Al. debe mandar hazer en todo segund que por my esta pedido pues el dicho Bonal no es parte para pedir lo que pide ny en pedimiento procede ni ha lugar del derecho/ ny la relaçion por el fecha es verdadera ny las escripturas por su parte presentadas son publicas ny avtenticas ny signadas de escrivanos publicos ny el dicho Pero Bonal tubo poder ny facultad para hazer mayorazgo y en caso que lo hiziera en el, no ay clavsula de constituto por que el dicho Pero Bonal syenpre ha tenydo e poseydo la dicha casa e lugar de Ynigo y lugar de Lama como suyos propios e asi estuvieron confiscados e apercabados a la Camara e solo V. Al. lo puede libremente vender pues por alguna parte el dicho Bonal en los dichos lugares tuviese pues por el previlegio via Camara e solo puede vender quales quier vienes.



     Salamanca, a diez e nueve dias del mes de abril de mil e quinientos e veynte e tres años...

     Dada en Valladolid a cinco dias del mes de março de mill e quinientos e veinte e tres años.

     Don Carlos por la graçia de Dios rey de Romanos, enperador senpre augusto... e Doña Juana su madre y el mismo don Carlos... salud e graçia. Bien sabeys como por una nuestra carta vos mandamos que tomasedes en secuestro los bienes de Pero Bonal vecino de la cibdad de Salamanca que es uno de los (eardidos??) del perdon general que concedimos a algunas cibdades villa e lugares de estos nuestros Reynos por las alteraciones pasadas... Iten vos mandamos e luego vos informeys si miente e poseya la mitad del dicho lugar de Lama al tienpo que si el dicho Pero Bonal fizo e cometio delicto de crimen lesa magestatis...





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