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Plena Edad Media (siglos XI-XIII)

Occidente




Renacimiento urbano Volver al índice



La vida en la ciudad de Praga en el siglo X

     La ciudad de Praga, construida con piedra y cal, es la mayor plaza comercial de aquella tierra. De la ciudad de Cracovia vienen a ella con sus mercancías los rus y los eslavos, y de la tierra de los turcos vienen a ella, también con mercancías y moneda, mahometanos, hebreos y turcos, que reciben a cambio esclavos, estaño y pieles (...) Por un denario se vende allí tanto grano que basta para sustentar a un hombre durante un mes, y también por un denario se obtiene la cebada suficiente para alimentar una cabalgadura durante cuarenta noches (...) En la ciudad de Praga se fabrican sillas, bridas y escudos utilizados en toda su tierra. Además en la región bohemia se fabrican unos paños finos de tejido ancho, semejantes a redes, que no tienen ningún uso práctico, que tienen entre ellos un valor constante: 10 paños por un denario. Con tales paños comercian, dándoselos en pago unos a otros (...) representan su capital y adquieren con ellos los artículos más preciosos: cereales, caballos esclavos, oro, plata y demás cosas. Los habitantes de Bohemia, cosa extraña, son oscuros de piel y cabello, y es poco frecuente entre ellos el tipo rubio.

ENNEN, Storia della cittá medievale, Roma, 1978, pp. 59-60. Recoge: M. A. Ladero, Historia Universal de la Edad Media, Barcelona, 1987, p. 321-322.



Derechos y deberes de los roturadores

     El obispo de Halberstadt, Thierry, define los derechos de los roturadores de los pantanos que se encuentran entre el Oker y el Bode.

     Thierry, obispo de la iglesia de Halberstadt, por el favor de la clemencia divina. Corresponde a la dignidad pontificia transmitir por escrito para conocimiento de la posteridad todo lo que es útil y necesario a la diócesis y a la provincia, para que no caiga en el olvido en el curso del tiempo y para que cada uno conserve su derecho de manera inviolable y sea protegido en el futuro contra toda violencia y contra toda injusticia. Que se notifique, pues, tanto para los tiempos presentes como para los futuros:

          

1.- Que las gentes que habitan el pantano situado entre el Oker y el Bode poseerán de cada manso catorce arpendes holandeses. Cada uno pagará, al comienzo de su establecimiento, un cuarto de marco de plata todos los años como testimonio y el diezmo de su cosecha. Después del cuarto año, cada manso pagará anualmente 4 sueldos de censo en el día de la fiesta del bienaventurado Martín y el diezmo como se indica arriba. A cada aldea corresponderán cincuenta mansos que pagarán el censo y el diezmo al obispo. Además la iglesia tendrá un manso y el «maestro de la aldea» un manso también.

           

2.- Todo el que quiera establecerse en el pantano tendrá libertad de venir y de irse. Tendrá paz para los bienes y para las personas. Tendrá parte en los bienes comunales de los bosques y los pastos, como los otros hombres del obispo.

3.- Del mismo modo, sea cual fuere el señor al que estén sometidos, los habitantes del pantano gozarán de la paz del obispo y después de haber cumplido sus deberes para con su señor, quedarán exentos de toda obligación y bajo la protección del obispo.

4.- Tendrán tres asambleas al año, a las cuales asistirá el representante del obispo. Los dos tercios de los productos de la justicia serán entregados al obispo y un tercio al maestro de la aldea. Este los administrará, según el consejo del representante del obispo, y no aceptará ni entregará nada sin su consentimiento.

5.- En lo que concierne al robo y a las otras fechorías, el maestro de la aldea los juzgará según su justicia, con la aquiescencia del representante del obispo.

6.- Si alguien muere sin heredero, su herencia será reservada durante un año y un día; y si no se presenta ningún heredero, los dos tercios serán para el obispo y el tercio para la iglesia.

     Para que esta concesión de nuestra autoridad sea constante e inviolable, hemos ordenado escribir la presente carta y ponerle nuestro sello. De este acto son testigos: Conrado, el gran prior; igual que los canónigos de la misma iglesia (...) barones (...) castellanos (...) ministeriales (...)

Germanenrechte Neue Folge: Deutsches Bauerntum, I. Mittelalter, ed. G. Franz, Weimar, 1940, n.º 58, años 1180-1184. Recoge: R. Boutrouche, Señorío y feudalismo. 2. El apogeo (siglos XI-XIII), Madrid, 1979, pp. 302-303.



La «presura» en Portugal

     En el año de la era 1102. En el nombre de Dios y con su misericordia. En este año el rey don Fernando, que tenga un descanso eterno, conquistó esta ciudad de Coimbra y la reconquistó al pueblo musulmán por medio de su espada, con la ayuda del Señor rey de los Cielos. La reconstruyó y dio en custodia, oh Dios, a un príncipe fiel suyo, el señor Sisnado, bendecido por Dios. En aquellos días Sisnando la habitó junto con sus barones, sus vasallos y sus fieles. Permitió que cada uno de ellos tomara en presura poblaciones para habitarlas y edificarlas, pudieran heredarlas sus hijos o sobrinos y sus sucesores, con la ayuda de Dios así lo hicieron. En este tiempo, tomó en presura este duque, el señor Sisnando, la villa que se llama Horta. Entonces el Señor Dios envió al corazón y al alma de Sisnando temor por todos sus pecados y miedo por el día del Juicio Final, haciendo donación de esta villa de Horta a favor del cementerio y basílica de San Vicente, situada en la villa, que se llama Vicariza. Esto lo hizo a favor del abad don Alvito que estaba allí establecido con sus monjes y hermanos, bajo la orden de la santa regla y confesión.

Portugaliae Monumenta Historica. Diplomata et Chartae, vol. I, doc. 656, pp. 391-392. Recoge: M. Riu, Textos comentados de época medieval (siglos V al XII), Barcelona, 1975, pp. 658-660.



La colonización alemana y la fundación de Lübeck (hacia el 1143)

     Adolfo [conde Holstein] comenzó a construir el castillo de Segeberg y le rodeó de un muro. Pero el País estaba desierto y envió mensajeros a todos los países; a Flandes, a Holanda, a Utrecht a Watfalia y Frisia. Invitó a todos los que no tenían tierras a venir con sus familias. Recibieron una buena tierra, extensa y fértil que producía carne y pescado en abundancia, así como excelentes pastos (...) Después de oír esta llamada, una multitud enorme de gentes salidas de pueblos diversos se pusieron en camino con sus familias y sus bienes y llegaron al país de los Wagrianos, junto al conde Adolfo, para entrar en posesión de la tierra que se les había prometido (...)

     Luego, el conde Adolfo llegó a un lugar llamado Bucu y encontró allí la muralla de un castillo abandonado que en otro tiempo edificó Cruto, el enemigo de Dios, y una gran isla bordeada por dos ríos: de un lado corre el Trave y del otro el Wakenitz, cada uno de ellos con orillas pantanosas y de acceso difícil; pero del lado que lleva a la tierra se encuentra una colina bastante estrecha, delante de la muralla. Habiéndola visto en su clarividencia como el lugar apropiado y el puerto excelente, el conde comenzó a edificar una ciudad que llamó Lübeck, porque no estaba lejos del antiguo puerto y ciudad de este nombre, que en otro tiempo había edificado el príncipe [eslavo] Enrique (...)

Chronica slavorum, H. DE BOSAU, en Holstein, redactada hacia el 1171. En M. G. H., XXI, pp. 55-56. Recoge: A. Lozano y E. Mitre, Textos y comentarios de Textos históricos. I. Edad Antigua y Media, Madrid, 1979, p. 190.



Artículos del Fuero de San Sebastián referentes a las mercancías (hacia 1180)

     De todos los fardos que vengan de ultrapuertos a San Sebastián, después de que permanecieran más de una noche, dé a su huésped VI dineros de hostalaje. Y medio fardo, dé tres dineros. Y si es carga de cobre, dos dineros. La carga de estaño, dé dos dineros. Y la carga de plomo, dos dineros. Y toda carga de peces que venga por mar, de una noche en adelante, dé a su huésped dos denarios. La carga de pimienta, VI dineros. La carga de cera, dé dos dineros. La carga de garduñas, dos dineros. La carga de cueros de vacas, dos dineros, la carga de pieles de cabra, dé dos dineros.

     El fardo de tela de algodón si es vendido en casa del huésped suyo [del vendedor], dé aquel que compra V sueldos; y si es vendido por piezas, dé la pieza un dinero, y la cuerda y la arpillera y la envoltura del fardo dé si es de lino. Y el fardo de telas de lana, VII dineros; y si es vendido por piezas, la pieza dé un dinero, y la cuerda y la arpillera si es de lino. Telas de lino, el ciento, I dinero. Y de cobre, del quintal, el comprador, IIII dineros. Y el estaño, IIII dineros. Y el plomo, II dineros. Y las pieles de carnero, si se venden, dé el comprador por la docena una mealla. Y de pieles de cordero, el ciento I dinero. Y la piel de conejos, I dinero. Y de gatos salvajes, la docena, I dinero. Y de gatos domésticos, I mealla. Y la docena, diez meallas. Y de la docena de pimienta, II dineros. Y de la docena de incienso, II dineros. De la caballería, si se vende en su hostal, I dinero y la silla, si esta es de V sueldos para abajo. Y si [la silla] vale más de V sueldos, dé XII dineros. Y si tiene baste, lo mismo. Y de la docena de pieles de zorra, I dinero. Y del ciento de pieles de ardilla, I dinero. Y del ciento de pieles de liebre, I dinero. Y de la docena de pieles de cabrío, I dinero. Y la carga de cueros vacunos, II dineros. Y la media [carga], I dinero. Y de media para abajo, por cada cuero, I dinero. Y de cueros de ciervo, lo mismo.

BANUS Y AGUIRRE, J. L., El Fuero de San Sebastián, Zarauz, 1963, arts. IV-5 y IV-6, pp. 107-110.



Privilegios de la ciudad de Lübeck

     En nombre de la Santa e Indivisible Trinidad, Federico, por la gracia y clemencia divina, augusto emperador de los romanos (...)

     Tienen pleno derecho sobre los bosques de Dassow, Klütz y Brothen, de manera que podrán cortar cuanto necesiten para calentarse, construcción de barcos, de casas y otros edificios de la ciudad; pero que no haya engaño, y que los barcos que necesiten y de lo que se sirvan no sean vendidos; que sin necesidad construyan otros o bien envíen y vendan madera a otros países. Por otro lado pueden hacer pacer sus cerdos, e igualmente el ganado mayor y menor de toda la tierra del conde Adolfo, pero de modo que estos cerdos o ganados puedan volver dentro de la misma jornada de pastoreo en marcha, al lugar de que partieron por la mañana. Además, en su favor, nos confirmamos todos los derechos que les concedió el primer fundador del lugar, Enrique, en otros tiempos duque de Sajonia, y que él ha reforzado por su privilegio: nos lo hemos igualmente concedido al patronato sobre la iglesia parroquial de la bienaventurada María, de manera que, cuando muera el sacerdote, los ciudadanos elijan como patrón el sacerdote que más les agrade y lo presenten al obispo (...)

     Por otro lado, con sus mercancías vayan y vengan libremente por todo el ducado de Sajonia sin pagar impuestos, ni taloneo, salvo en Artlenburg. Y cualquiera que de entre ellos, fuera quien fuera, tenga que ver con la justicia por la causa que sea, por todo el territorio de nuestro imperio y ducado, se justificará por juramento delante del juez del lugar, sin ser hecho prisionero, siguiendo el derecho de la dicha ciudad. Todas las ordenanzas concernientes a la ciudad serán de competencia de los cónsules; y de todo lo que ellos recibirán, dos partes irán a la ciudad y la tercera al juez.

Codex diplomaticus Lubicensis, Tomo I, p. 9. Recoge: M. Riu y otros, Textos comentados de época medieval (siglos V al XII), Barcelona, 1975, pp. 618-620.



Nacimiento de los municipios en la Francia del siglo XII

     El clero (...) y los grandes, despojados del derecho a exigir del pueblo contribuciones (...) dan por medio de embajadores (...) la facultad, mediante un justo precio, de hacer un municipio. Municipio, nombre nuevo, nombre detestable, donde los haya: todos los sometidos al censo por cabeza pagan, una vez al año, la deuda de servidumbre que deben habitualmente a sus señores; si pecan contra el derecho, son absueltos por una imposición legal; quedan dispensados de las otras exacciones que se suelen infligir a los siervos.

GUIBERT DE NOGENT, De vita sua, (1053-1124), París, 1907, pp. 156-157. Recoge: R. Boutrouche, Señorío y feudalismo. 2. El apogeo (siglos XI al XIII), Madrid, 1979, pp. 313.



Reglamento de los gremios de trabajo en París

     Nada puede ser tejedor de lana si antes no ha comprado el oficio del rey (...) Cada uno puede tener en su mansión dos telares (...) y cada hijo de maestro tejedor puede tener dos en la casa de su padre mientras que esté soltero y si él sabe trabajar con sus manos (...) Cada maestro puede tener en su cada un aprendiz, no más (...) Y nadie debe empezar a trabajar antes de levantar el sol, bajo pena de multa de doce dineros para el maestro y seis para el oficial (...) Los oficiales deben cesar el trabajo desde que el primer toque de vísperas haya sonado, pero deben arreglar sus cosas después de estas vísperas (...)

R. FOSSIER, Histoire sociale de l'Occident Medieval, París, 1970, p. 219. Recoge A. Lozano y E. Mitre, Análisis y comentario de textos históricos. I. Edad Antigua y Media, Madrid, 1979, p. 193.




España cristiana: siglos XI-XIII Volver al índice



Ordoño IV ante Al-Hakam II

     Introdujo a Ordoño en el salón Muhammad ben Al Qarim ben Tumlus. Vestía una túnica de brocado blanco, de manufactura cristiana, y una capa de la misma calidad y color y se cubría con una gorra adornada con costosas joyas. Ordoño se trasladó desde su residencia de Córdoba a Medina al-Zahra acompañado de los principales cristianos de Al-Andalus: Walid ben Jaizuran, juez de los mismos, y Ubaid Allah ben Qasim, metropolitano de Toledo. Próximos ya al palacio, Ordoño hubo de seguir un camino a cuyos lados estaba formada la infantería, colocada en orden tan admirable que los ojos se quedaban asombrados por su uniformidad, y en tan apretadas filas que la mente se sorprendía de su número. Tal era la brillantez de sus corazas y armas, que los cristianos estaban estupefactos de lo que veían. Con la cabeza baja, los párpados entornados -por el asombro- y los ojos semicerrados -por lo mismo-, llegaron hasta la puerta exterior de Medina al-Zahra, llamada bab al-Akuba (Puerta de las Cúpulas), donde desmontaron los que habían ido a esperar a Ordoño (...)

     Cuando se halló ante el trono, se echó al suelo y permaneció algunos instantes en tal humilde posición; se levantó, avanzó unos pasos, se postró de nuevo y repitió tal ceremonia varias veces, hasta que llegó a poca distancia del califa. Le tomó y besó la mano, marchó luego hacia atrás sin volver la cara, hasta llegar a un asiento cubierto con una tela de oro, que había sido preparado para él a unos diez cúbitos de distancia del trono real, siempre asombrado por lo imponente de la escena. Los condes de su séquito, a los que se había permitido la entrada a la presencia real, avanzaron, postrándose repetidas veces, hasta el trono del califa; les dio este a besar su mano y retrocedieron enseguida para colocarse al lado de su rey. Entre ellos estaba Walid ben Jayzuran, que era, como queda dicho, cadí o juez de los cristianos de Córdoba y que actuó de intérprete.

Nafh al-tib, de AL-MAQQARI (Según versiones: Inglesa de Gayangos, The mohammedam dynasties in Spain, II, p. 160; y francesa de Dozy, Histoire des musulmans d'Espagne, II, p. 177). Recoge: J. L. MARTÍN, Historia de España, 3, Alta Edad Media, Historia 16, Madrid, 1980, p. 96.



Botín catalán tras la ocupación de Córdoba

     (...) Partieron los francos y su vanguardia llegó a Zaragoza; vejaron en ella con dureza a sus habitantes, maltratando a sus esclavos, sus hijos y sus mercaderes, y se acuartelaron en sus casas. Wadih se dirigió con ellos hacia Toledo para reunirse allí con Ben Abd al-Chabbar. Cuando Sulayman al-Mustain Billah se enteró de ello, el lunes 5 de Xawwal (22 de mayo de 1010), llamó a los habitantes de Córdoba a guerrear contra los francos. Pero los cordobeses, demostrando desgana y temor de pelear, pidieron ser dispensados de hacerlo, y Sulayman consistió en ello.

     El 14 de Xawwal (31 de mayo del 1010), Sulayman partió de Córdoba para oponerse a los francos; los dos ejércitos se enfrentaron el viernes (2 de junio). Los berberiscos colocaron a Sulayman detrás, con la caballería de los magrebíes, y le dijeron: «No te retires de tu puesto, ni siquiera si la caballería se te viene encima». Luego avanzaron y recibieron una violenta arremetida de los francos (catalanes). Entonces abrieron sus filas, con la intención de tender una insidia a sus enemigos; pero Sulayman, como viera la caballería de los francos romper las líneas de los berberiscos, se imaginó que estos hubiesen sido derrotados, y huyó inmediatamente con los que estaban en derredor suyo. Los berberiscos, en cambio, rodearon a los francos, los deshicieron y dieron muerte a su rey Ermeqund (Armengold de Urgel) y a gran número de oficiales. De la infantería de los berberiscos perdieron la vida cerca de 300 hombres y un solo caballero.

     Ms cuando los berberiscos vieron a Sulayman en fuga, se retiraron a Al-Zahra, e hicieron salir de ella a sus familias, con sus hijos y sus bienes. Todos, sin excepción alguna, abandonaron la ciudad la noche del sábado. Sulayman, con los de su séquito, llegó, huyendo, a Játiva. El populacho de Córdoba entró en Al-Zahra y saqueó allí los muebles y utensilios de los bereberes y dio muerte a todo el que encontraron y penetraron en la mezquita catedral y arrebataron los tapices, las lámparas, los ejemplares del Corán, las cadenas de las lámparas y los batientes de las puertas. Muhammad ben Abd al-Chabbar y Wadih, que habían ido rumbo a Córdoba, entraron en ella y el primero retomó el mando (...)

Bayan al-Mugrib, de BEN IDHARI, versión de Lévi Dellavida, Cuadernos de Historia de España, V, 1945. Recoge: J. L. MARTÍN, Historia de España, 3. Alta Edad Media, Historia 16, Madrid 1980, p. 110.



Sancho III de Navarra y el reparto de sus dominios

          

1.- También el rey Sancho III mereció disfrutar largo tiempo y con felicidad de la compañía de sus hijos, a los que en vida, con gran benignidad, repartió entre ellos sus reinos. A su primogénito García lo puso al frente de los pamploneses; a Fernando, el preferido de su padre le encargó el gobierno de la bélica Castilla; a Ramiro, que había nacido de concubina, le dio Aragón, que era el reino más alejado de todos sus territorios, sin duda para que ante los ojos de los otros hermanos, el ser desigual en el linaje materno, no fuera igual en la herencia de sus estados.

          

2.- Entonces, unos asesinos, parientes suyos, mataron al infante García, pues este era merecedor de tal venganza. Seguidamente, Sancho III se llevó consigo a la infanta Sancha, a la cual devuelve a Castilla, intenta casarla con su hijo primogénito Ramiro, el que había nacido de una noble señora de Ayvar, pero los castellanos se oponen con toda razón. La infanta Sancha, tres años más tarde, y con el beneplácito de su hermano Vermudo, cuando ya tenía 18 años, casó con el infante Fernando, hijo menor de Sancho III, nacido de su matrimonio con Urraca. Vermudo entregó a Fernando el condado de Castilla (...)

El rey Sancho III tuvo una larga vejez, y cuando su hijo, el rey García hubo regresado de la ciudad de Roma, murió a consecuencia de una enfermedad en el año 1073. Su hijo Fernando lo enterró, con todos los honores que le eran debidos, en el monasterio de Oña.

Crónica Najerense. Estudio preliminar, edición crítica e índices por A. UBIETO ARTETA. Textos medievales, 16, Valencia 1966, p. 91.



La coronación de Alfonso VII como emperador

     En el mismo año en que acontecieron estos sucesos, el conde Ramón de Barcelona, cuñado del rey, y su pariente, el conde Alfonso de Tolosa, vinieron a presencia de aquel y le prometieron obedecerle en todo; se hicieron sus vasallos, tocando la diestra del príncipe para reconocer solemnemente la fidelidad que le debían, y recibieron del rey leonés, el conde de Barcelona, Zaragoza, en «honor» o tenencia, conforme a las costumbres de León, y el de Tolosa con la «honor», un vaso muy bueno de oro que pesaba 30 marcos, muchos caballos y otros muchos regalos.

     Después acudieron unánimes al rey todos los nobles de Gascuña y de la tierra vecina hasta el Ródano y Guillermo de Monte Pesulano, recibieron del príncipe plata y oro, diversos, variados y preciosos dones y muchos caballos, y se sometieron a él, obedeciéndole en todo. Más tarde llegaron también ante el rey muchos hijos de los condes, jefes y potestades de Francia y muchas gentes de Poitou, recibieron de él armas y otros muchos regalos, y así se extendieron los límites del reino de Alfonso, soberano de León, desde el gran Océano, junto a Padrón de Santiago, hasta el Ródano.

     Ocurridos estos sucesos, en la era de 1173 señaló el rey el día cuarto de las nonas de junio, festividad del Espíritu Santo, y la ciudad regia de León, para celebrar un concilio o asamblea plena de su curia con los arzobispos, obispos, abades, condes, príncipes y jefes de su reino. El día establecido llegaron a León el rey, su mujer la reina doña Berenguela, su hermana la infanta doña Sancha, García, soberano de los pamploneses, todos cuantos el monarca leonés había convocado, una gran turba de monjes y de clérigos, y una muchedumbre innumerable de gentes de la plebe que habían acudido a León para ver, oír y hablar la palabra divina.

     El primer día del concilio se reunieron con el rey en la iglesia de Santa María todos los grandes y quienes no lo eran, para tratar de las cosas que les sugiriese la clemencia de Nuestro Señor Jesucristo y fueran convenientes a la salvación de las almas de todos los fieles. El segundo día en que se celebraba la venida del Espíritu Santo a los apóstoles, los arzobispos, obispos, abades, nobles, y no nobles y toda la plebe, se juntaron de nuevo en la iglesia de Santa María, y estando con ellos el rey García de Navarra y la hermana del soberano de León, siguiendo el consejo divino, decidieron llamar emperador al rey Alfonso, porque le obedecían en todo el rey García, Zafadola rey de los sarracenos, Ramón conde de Barcelona, Alfonso conde de Tolosa, y muchos condes y jefes de Gascuña y de Francia. Cubrieron al rey con una capa óptima tejida de modo admirable, le pusieron sobre la cabeza una corona de oro puro y piedras preciosas, le entregaron el cetro, y teniéndole del brazo derecho el rey García y del izquierdo el obispo Arriano de León, le llevaron ante el altar de Santa María con los obispos y abades que cantaban el Te Deum laudamus. Se gritó viva al emperador, le dieron la bendición, celebraron después misa solemne y cada uno regresó a sus tiendas. Para solemnizar la ceremonia, dio el emperador en los palacios reales un gran convite, que sirvieron condes, príncipes y jefes, y mandó repartir grandes sumas a los obispos, a los abades y a todos, y hacer grandes limosnas de vestidos y alimentos a los pobres.

     El tercer día se juntaron el emperador y todos los otros en los palacios reales como solían hacerlo, y trataron de los asuntos relativos al bien del Reino y de toda España. Dio el emperador a todos sus súbditos leyes y costumbres como las de su abuelo el rey Alfonso; mandó devolver a todas las iglesias las heredades y colonos que habían perdido injustamente y sin resolución judicial, y ordenó que se repoblasen las ciudades y villas destruidas durante las pasadas discordias y que se plantasen viñas y todo género de árboles. Decretó también que todos los jueces desarraigasen los vicios de aquellos hombres que los tuviesen contra la justicia y los decretos de los reyes, príncipes, potestades y jueces (...) Mandó, asimismo, a los alcaides de Toledo y a todos los habitantes de Extremadura, que organizaran sus huestes asiduamente, que hicieran guerra a los infieles sarracenos todos los años y que no perdonasen las ciudades y castillos, sino que los tomasen todos para Dios y la ley cristiana. Terminadas estas cosas y disuelto el concilio, marchó cada uno a su casa lleno de gozo, cantando y bendiciendo al emperador y diciendo: «Bendito seas tú y bendito sea el reino de tus padres y bendito sea el Dios excelso que hizo el cielo y la tierra, el mar y cuanto hay en ellos, el Dios que nos visitó y tuvo con nosotros la misericordia prometida a los que esperan en él».

Cronica Adefonsi Imperatoris. Edición y estudio por L. SÁNCHEZ BELDA, Madrid, 1950, n.º 67-72, p. 53.



Una partida de ajedrez en la corte de Sevilla

     Una vez, entre otras, fue a invadir, al frente de un numeroso ejército, el territorio sevillano. Inexplicable consternación reinaba entre los musulmanes, demasiado débiles para poder defenderse. Solo Ben-Amar, el primer ministro, no desesperaba. No contaba con el ejército sevillano; intentar vencer con él a las tropas cristianas era una quimera; pero conocía a Alfonso, porque había estado muchas veces en su corte; sabía que era ambicioso, pero también que estaba casi arabizado, es decir, que era fácil ganar su voluntad, siempre que se conocieran sus gustos y caprichos. Con esto era con lo que contaba, y sin perder tiempo en organizar una resistencia armada, mandó hacer un juego de ajedrez tan magnífico, que ningún otro rey tenía otro igual. Las piezas eran de ébano y de sándalo incrustados en oro provisto de este ajedrez, presentose con cualquier pretexto en el campamento de Alfonso, el cual le recibió honoríficamente, porque Ben-Amar era de los pocos musulmanes a quien estimaba.

     Un día, Ben-Amar enseñó el ajedrez a un noble castellano que gozaba de gran favor de Alfonso. Dicho noble habló de él al rey, el cual dijo a Ben-Amar:

     -¿Qué tal juegas al ajedrez?

     -Mis amigos opinan que juego bastante bien -respondió Ben-Amar.

     -Me han dicho que tienes un juego magnífico.

     -Cierto, señor.

     -¿Podría verlo?

     -Sin duda; pero con una condición: jugaremos juntos; si pierdo, el ajedrez será para ti; pero si gano, podré exigirte lo que quiera.

     -Acepto.

     Trajeron el ajedrez, y Alfonso, estupefacto de la belleza y primor del trabajo, exclamó santiguándose:

     -¡Gran Dios, nunca hubiera creído que pudiera hacerse un ajedrez con tal arte!

     Y después de admirarlo detenidamente, exclamó:

     -¿Qué decías antes? ¿Cuáles son las condiciones?

     Habiéndoselas repetido Ben-Amar, prosiguió:

     -¡No, por Dios! Yo no juego cuando la apuesta me es desconocida, pues podrías pedirme una cosa que no pudiera darte.

     -Como quieras, señor -respondió fríamente Ben-Amar.

     Y ordenó a sus servidores que llevasen el ajedrez a su tienda.

     Se separaron, pero Ben-Amar no era hombre que se desanimase tan fácilmente. Bajo palabra de guardar el secreto, confió a algunos nobles castellanos lo que hubiese exigido a Alfonso en caso de haberle ganado la partida, prometiéndoles considerables sumas si querían ayudarle. Seducidos con el cebo del oro, y bastante tranquilos respecto a las intenciones del árabe, aquellos nobles se comprometieron a servirle; y cuando Alfonso, que ardía en deseos de poseer el magnífico ajedrez, les consultó qué haría, le dijeron: «Señor, si ganáis, tendréis un ajedrez que os envidiarán los reyes; y si perdéis, ¡qué podrá pediros ese árabe! Si formula una petición indiscreta, ¿no estamos aquí nosotros para hacerle entrar en razón?». Tan bien hablaron que Alfonso se dejó persuadir. Mandó decir a Ben-Amar que le esperara con su ajedrez, y cuando llegó el visir:

     -Acepto tus condiciones -le dijo- ¡Juguemos!

     -Con gran placer -respondió Ben-Amar- pero hagamos las cosas en regla; permite que varios nobles castellanos nos sirvan de testigos.

     El rey accedió, y cuando hubieron llegado los nobles designados por Ben-Amar, comenzó el juego.

     Alfonso perdió la partida.

     -¿Puedo pedir ahora lo que quiera, según lo convenido? -preguntó Ben-Amar.

     -Sin duda -repuso el rey-. Veamos, ¿qué es lo que exiges?

     -Que vuelva a tus estados con tu ejército.

     Alfonso palideció. Presa de agitación febril, recorría la sala a grandes pasos, se sentaba y volvía de nuevo a pasear.

     -Estoy cogido -dijo, al fin, a los nobles- y vosotros tenéis la culpa. Temía una petición de esa naturaleza por parte de este hombre, pero vosotros me tranquilizasteis y ahora recojo el fruto de vuestros detestables consejos. Después de algunos instantes de silencio, exclamó:

     -¿Qué me importa su condición después de todo? Prescindiré de ella por completo y seguiré mi camino.

     -Señor -dijeron entonces los castellanos-, eso sería delinquir contra el honor, sería faltar a la palabra, y vos, el más grande de los reyes de la cristiandad, sois incapaz de semejante cosa.

     Al fin, cuando Alfonso se calmó un tanto, añadió:

     -¡Pues bien! Cumpliré mi palabra, pero a cambio de esa frustada expedición, necesito, al menos, doble tributo este año.

     -Lo tendrás, señor -exclamó Ben-Amar.

     Y se apresuró a hacer remitir a Alfonso el dinero que pedía. Por aquella vez el reino de Sevilla, amenazado de una invasión terrible, se libró del susto gracias a la habilidad del primer ministro.

DOZY, Crónicas árabes y cristianas reunidas por..., (Ley de 1848-51). En C. Sánchez Albornoz y A. Viñas, Lecturas históricas españolas, Madrid, 1981, pp. 65-66.



El tratado de Tudillén

     En el nombre de la Santa e Indivisible Trinidad. Esta es la verdadera paz, firme armonía y perpetua concordia, que por consejo de la suma deidad y para honor de Dios y de toda la cristiandad, se ha hecho y firmado entre el ilustre Alfonso, emperador de España, y su hijo, el rey Sancho, con el venerable Ramón, conde de Barcelona, la cual se acuerda en los siguientes términos:

     En primer lugar todos los agravios, insultos y ofensas existentes entre ellos hasta el día de hoy, cualesquiera que sean, quedan olvidados y perdonados, siempre que fueran hechos de buena fe y estén carentes de mala intención. Ciertamente estos son los acuerdos y deciden dividir todo el reino y todas las tierras, sean ciudades, castillos, villas, montañas y llanuras, desiertos y poblados, tenía o poseía el rey García en el día de su muerte. Así es el acuerdo y la concordia sobre las fronteras: el emperador tenía jurisdicción sobre la tierra llamada Maragno y todo el territorio que el rey Alfonso, su abuelo, tenía el día de su muerte, situado más allá del río Ebro hasta el reino de Pamplona. El conde de Barcelona ocuparía todo el resto que había sido del rey García y que había pertenecido con anterioridad al reino de Aragón. Pero toda aquella tierra del reino de Pamplona, por la cual rey Sancho y el rey Pedro habían hecho homenaje a Alfonso, rey de León, el dicho emperador y el citado conde tienen que dividirla equitativamente en dos mitades y por aquella mitad que el citado conde tuviese, él haría el antedicho emperador Alfonso el mismo homenaje, el cual hicieron el rey Sancho y el rey Pedro al rey Alfonso, abuelo del emperador Alfonso. La ciudad de Estella estará en la parte que le corresponde al emperador y la ciudad de Iruña estará en la que le corresponde al conde. Es evidente que lo que está acordado sobre Estella e Iruña será respetado al realizarse la división. Igualmente será dividida por la mitad y de manera justa la ciudad de Tudela con todas sus pertenencias y los castillos con todas sus jurisdicciones que habían sido del rey García y que estaban al sur del río Ebro hacia el monte Gaudio, con excepción de aquellos castillos que ya fueron del conde. Además el emperador Alfonso VII y el conde Ramón Berenguer IV acuerdan y dan su beneplácito y aprobación que de la tierra de España, que ahora tienen los sarracenos, el conde tenga la ciudad de Valencia con todos sus territorios que se extienden desde el río Júcar hasta los límites del reino de Tortosa, la ciudad y reino de Denia con los mismos límites que tuvo en tiempos de los musulmanes. Se acuerda que el conde tenga estas poblaciones en nombre del emperador con igual homenaje, que el rey Sancho y el rey Pedro hicieron con Pamplona al rey Alfonso, abuelo del emperador. Asimismo el emperador Alfonso dona al conde y le concede igualmente la ciudad de Murcia y todo su reino, menos los castillos de Lorca y de Bera con todas sus jurisdicciones, con estas condiciones: que el emperador ayudará al conde de Buena fe y sin fraude a adquirir y conquistar esta ciudad de Murcia con todo su reino. Una vez conquistado y sometido, el conde lo tenga y lo posea en nombre del emperador, del mismo modo que tiene en su nombre la ciudad de Zaragoza y todo su reino. Pero si el emperador, a causa de enfermedad o por justa y conocida causa, sin que existiera ningún engaño, no puede ayudar al conde y no le ocasiona ningún perjuicio y el conde la puede conquistar cuando le sea a él posible, todo esto lo tenga por el emperador del mismo modo que tendrá la ciudad y reino de Zaragoza. Pero si el emperador no ayuda al conde a conquistar y adquirir, aunque no exista engaño, la ciudad y reino de Murcia o no quiera ayudarle y el mismo conde pudiera adquirirlas, sea cualquiera el modo en que lo pudiera hacer y una vez conquistado, lo tenga por el emperador del mismo modo que tiene el reino y ciudad de Valencia (...)

     Yo, Ramón, conde, de igual modo acuerdo con vosotros, el emperador y su hijo, con fe confirmamos y firmamos en el lugar, que se dice Tudillén, junto a Aguas Caldas, a seis kalendas de febrero del año de la Encarnación del Señor 1150, en presencia de los nobles abajo firmantes, los cuales lo confirmaron con su juramento. Yo, el conde Ponç, juro a ti Ramón, conde de Barcelona, que, los dichos acuerdos y convenios hechos y concordados con el emperador Alfonso y su hijo, el rey Sancho, los cuales han sido escritos y ordenados en este documento, así pues el emperador y su hijo Sancho han hecho y concordado con el conde todas estas cosas. Lo juro por Dios y los cuatro Santos Evangelios. De igual modo, yo Gontérriz Fernando lo juro y lo firmo. De igual modo yo, Ponç Menerba lo juro y confirmo (...)

Liber Feudorum Maior, ed. F. MIQUEL ROSELL, vol. I, doc. n.º 29, pp. 39-42.



Toma de Vitoria y Guipúzcoa por el rey de Castilla, Alfonso VIII

     Después de esto, el noble rey Alfonso, queriendo vengar las injurias del rey de Navarra, congregó con su fiel amigo, el rey de Aragón, un ejército contra Navarra y obtuvieron el Roncal y Aybar, que tocaron al rey de Aragón. Obtuvieron también Insura y Miranda [de Arga], que quedaron en poder del noble rey. Y así ambos reyes, realizadas algunas devastaciones, volvieron a sus tierras. De nuevo, sin embargo, el rey de Castilla, Alfonso el Noble, empezó a invadir Ibida [hoy condado de Treviño] y Álava y combatió durante un largo asedio Vitoria.

     Mientras tanto, Sancho, rey de Navarra, fuerte y vigoroso, estrenuo en las armas, pero obstinado en sus propósitos, abandonando el reino a su suerte, se marchó a tierras árabes con pocos magnates, compañeros de emigración, y, viviendo entre ellos durante algún tiempo, esperó la vuelta de emisarios que había enviado al Miramamolín ultramarino. Y habiendo estos traído dinero y regalos al rey, sin embargo, desviado de su causa, continuó recorriendo las ciudades de los árabes, morando en su tierra.

     Al mismo tiempo, los sitiados de Vitoria, fatigados por las luchas y trabajos y extenuados por la falta de víveres, vinieron a situación de tener que entregarse. El venerable García, obispo de Pamplona, cuidando generosamente de su libertad, como comprendiese el peligro del hambre, se fue apresuradamente al rey Sancho, en tierra de los árabes, con uno de los sitiados, y expuesta la realidad de las cosas, obtuvo del rey que se entregase Vitoria al de Castilla. Volvió en el tiempo marcado con aquel caballero que habían enviado los sitiados de Vitoria y expuso la orden de Sancho de que se entregase la ciudad y el castillo. Obtuvo de este modo el noble rey Alfonso, Vitoria, Ibida, Álava y Guipúzcoa con sus plazas y castillos, excepto Treviño [castillo], que en trueque de Inzura le fue después dado. Dio también del mismo modo Miranda [de Arga] por Portilla. Adquirió San Sebastián, Fuenterrabía, Beloaga [valle de Oyarzun], Zaitegui, Aizcorroz [Arlabán], Arlucea, Arzorocia, Vitoria la Vieja [Vitoriano], Marañón, Ausa [Elosua], Ataun, Irurita y San Vicente [de Arana]. Ciertamente, el rey de Navarra volvió cargado de regalos del agareno, pero despojado de todo lo dicho y del honor.

R. XIMÉNEZ DE RADA (El Toledano), Rerum in Hispania Gestarum o De rebus Hispaniae, Lib. VII, cap. XXXIII. Reproducido por G. Balparda en Historia crítica de Vizcaya y sus fueros, Bilbao, 1933-34, Tomo II, pp. 410-413.



Descripción de Vasconia y de sus habitantes hecha por el peregrino francés Aimery Picaud en el siglo XII

     Navarros y vascos tienen un mismo aspecto y calidad en comidas, vestidos y lengua, pero los vascos presentan un aspecto más blanquecino que los navarros. Los navarros visten con paños negros y cortos hasta las rodillas solamente, al uso de los escoceses, y los calzados, que llaman lavarcas, hechas de cuero peludo, no acabado, con correas atadas cerca del pie y con las plantas de los pies solo envueltas; llevan las piernas desnudas. Pero usan capotes de lana oscura, largos hasta los codos a manera de penule, con bordes, a los que llaman saias. Si los vieres comer, los considerarías perros o cerdos. Si los oyeres hablar, te acordarías de los perros que ladran, pues tienen una lengua de todo punto bárbara: al Señor llaman Urcia; a la Madre de Dios, Andrea María; al pan, ogui; al vino, ardum; a la carne, aragui; al pescado, araigu; a la casa, echea; al dueño de la casa iaona; a la dueña, andrea; a la iglesia, elicera; al presbítero, belaterra, que se interpreta bella tierra; al trigo, gari; al agua, uric; al rey, ereguia; a Santiago, Iaona domne Iacue (...) El navarro o el vasco, cuando camina, suspende del cuello un cuerno, como cazador, y dos o tres dardos, que llaman auconas.

Liber Sancti Iacobi, Codex Calixtinus, Ed. W. MUIR WHITEHILL, trad. A. Moralejo, C. Torres y J. Feo, Santiago de Compostela, 1951, pp. 519-520.



Explotación del peregrino en Santiago de Compostela en el siglo XII

     Los malos posaderos, dice, de la ciudad de Santiago, la primera comida la dan en balde a sus huéspedes y se esfuerzan para que les compren velas o cera. ¡Oh, fingida caridad!, ¡oh, falsa piedad!, ¡oh, largueza encubridora de toda clase de fraudes! Si, por ejemplo, se hospedan en una casa doce peregrinos bajo unas mismas condiciones, el mezquino posadero les pone un plato, ya de carne, ya de pescado, que en el macelo de la ciudad puede comprar por ocho dineros, y al fin les mete doce velas a seis dineros cada una, siendo así que en la plaza pública habrían podido comprarlas a cuatro dineros. O después de aquella fraudulenta comida la cera que podían comprar por cuatro dineros, se la vende en seis. Y por la comida en que empleó ocho dineros les exige dos sueldos, o sea veinticuatro dineros. ¡Oh, qué nefando contrato! ¡Oh que detestable lucro!

     Otros mezclan con la cera sebo de carnero o de cabra y habas cocidas sin monda, y de esta mezcla hacen velas. Otros, cuando los peregrinos les preguntan por los venerandos hechos del apóstol Santiago, les refieren fabulosas y detestables patrañas.

     Algunos hay que hacen salir hasta Puertomarín al encuentro de los peregrinos a algún criado, el cual así que los ve: «Hermanos y amigos míos -les dice-, yo soy vecino de la ciudad de Santiago, pero no me hallo aquí por causa de buscar huéspedes, sino porque estoy cuidando de una mula que mi amo tiene aquí enferma: haréis el favor de decirle que pronto se pondrá buena, y si queréis parar en mi casa, aunque no sea más que en agradecimiento de la noticia que lleváis, os han de tratar bien». Así lo hacen los peregrinos, pero reciben un trato pésimo.

     Otros le salen al encuentro en Barbadelo o en Triacastela y después de saludarlos, traban conversación con ellos sobre cosas indiferentes, hasta que cuando creen llegado el momento oportuno: « Yo tengo la dicha -les dicen- de ser ciudadano de Santiago, pero vine aquí a ver a un hermano que reside en esta villa. Y justamente podéis parar en mi casa, porque de seguro que si mi mujer y mi familia saben que me habéis visto y que habléis hablado conmigo, se desvelarán para que no os falte de nada. Si queréis os daré una señal para que os reconozcan». Y, en efecto, a unos peregrinos les da como señal un cuchillo, a otros su cinturón, a otros una llave, a otros una correa, a otros un anillo, a otros un gorro o montera, a otros un guante, etc. Llegan los peregrinos a su casa y se hospedan en ella; y después de la comida, una vela que solo vale cuatro dineros, la mujer se la vende en ocho o diez. Así son engañados por los posaderos muchos peregrinos de Santiago.

     Y si algún peregrino lleva para vender algún marco de plata que valga treinta sueldos, su mal posadero lo dirige a un monedero con quien está en connivencia, y le aconseja que debe darle el marco en veinte sueldos. El posadero no pierde su tiempo, porque recibe en premio del comprador doce dineros, o más o menos. O si el peregrino quiere vender alguna cosa que sea de gran valor, el posadero se la desprecia y aconseja que debe venderla en tanto o cuanto para recibir un buen premio del comprador, o, si acaso, de comprador y vendedor (...)

     ¿Y qué diréis de aquellas mujeres que hacen velas de cera para vender y les meten tales pabilos, que se consumen antes de acabar la Misa o las lecciones? ¿O de aquellas que cuando ven llegar una muchedumbre de peregrinos, venden el pan, el vino, la avena, el trigo, el queso, la carne o las aves más caro que lo de costumbre? (...)

     Si la marca de plata fina del peregrino vale treinta sueldos, el mal cambiador solo se da por ella veinte. El cambiador inicuo tiene diversos pesos, unos grandes y otros pequeños; con los primeros compra la plata, con los segundos la vende. Pondera y pone en las nubes su oro y su plata; pero rebaja y desprecia la ajena. Va pesando uno a uno los dineros en la balanza que llaman «trebuqueto», y al que halla de más peso lo vende más caro, o lo funde con otra plata en el crisol. A los dineros que tienen mayor módulo que el ordinario, los recorta con la tijera y luego los bate con el martillo para que no se conozcan. Vende, si puede, anillos, cálices, candeleros u otros obras de bronce plateado, como si fueran de plata pura.

De un sermón pronunciado en Compostela. C. SÁNCHEZ ALBORNOZ y A. VIÑAS, Lecturas históricas españolas», Madrid, 1981, pp. 90-92.



La Orden de Santiago

          

1.- Aquí se compieçan los establimientos de la orden de la cavaleria de Sancti Iacobi que toda en tres cosas está, avedes a saber en coniugal castidad, en obediencia guardar, en vevir sin propio. Mas en coniugal castidad semeien a los ancianos padres, en vevir sin peccado, que meior cosa es casar que seer quemados en los fuegos del infierno, nos non podemos seer meiores de nuestros antecessores e nos non poduemos complir lo que ellos non podieron sofrir, por la cual cosa se esfuerçan a plazer al criador de todas las cosas y contienen en perseverar en so serviçio. Mas en obediencia guardar quieren merecer la gracia daquel que fue obedient al Padre tro a la muert, ca la vitud de obediencia mays sea acceptable al nuestro Sennor que sacrificio. En vevir sin propio se esfuerçan a semeiar aquel que todas las cosas avie en poder, non avie do meter sue cabeça, e nos maguer que muchas cosas mantengamos segund el dicho apóstol, seamos así como que ninguna cosa non avemos. Aquestas trees cosas son establidas a complimento de la perfecta caridad fueras desecha todo el tremor, e los avandichos freyres ponen sus personas e sos cosas en diversos periglos e en muchos martirios e esfuerçanse a amar a Dios con toda su mient e con todas sus fuerças a su próximo así como así mismos. Ende son governadores de la perfecta caridad id est Deus. E los establimientos de los freyres assi compieçan.

          

2.- A los prelados de sancta ecclesia den honor e reverencia, a todos los fideles de Christo, monges e calonges, templeros, hospitaleros, e a los ministros del Sancto Sepulcro e a todos los de las órdenes de qual orden que quier que sean segund la providencia del maestre e segund la habundancia de la mesón les fagan aiutorio.

3.- Mas los huéspedes con toda alegría sean recibidos e denles las necessarias cosas, segund la facultad de la casa, e si de alguna orden fueren per tres días mais ornable mientre sean tenidos que los otros freyres, e si de mandado de so maestro andidieren e en nuestra casa quisieren morar, denles las neccesarias cosas asi cuemo a los freyres de la casa.

4.- E los pobres de Christo assi como ermanos sean recibidos, e denles las cosas necessarias segund el poder de la mesón (...)

14.- Tod aquel que es deffendedor cumple aquellas cosas que Dios dirá a los iustos el día del iudizio. Houi fambre a distes me de comer, houi sed e diestes me a bever. Assí com el deffendedor libra a alguno de captividad que non sea presso, este da a comer a fambriento, e da a bever al sediento e viste al desnudo e visita aquel que iaze en la cárcel. ¿Qui ha más fambre o más sed que aquel que es en poder de moros?

15.- Ond si algún frayre fuere medroso e non fuere convenible por yr en cavalgada segunt la providentia de so maestro, faga algunas cosas otras de la mesón, que non sea embalde mas faga aquello quel mandaren, ca, como dize sant Ierónimo, faz alguna cosa que el diablo no te falle vagaroso (...)

33.- De Vestibus. Vesteduras ayan de blanco e de negro e de pardo color e pieles corderins e otras de poco precio e todas estas cosas sobredichas sean guardadas con la providencia del maestro.

34.- La entención de todos sea en deffender la ecclesia de Dios por Jhesu Christo dar sus ánimas e yr contra moros non por cosa de rapina mas por acrescemiento de la fe de Dios (...)

«Constituciones de la Orden de Santiago». Recoge: D. W. LOMAX, La Orden de Santiago, Madrid, 1965, pp. 221-227.



Carta-puebla de Zarauz, dada por Fernando III de Castilla (28 de septiembre de 1237)

     Sea sabido y manifiesto a los presentes como a los futuros que yo, Fernando, por la gracia de Dios, rey de Castilla (...) junto con mis hijos Alfonso, Federico y Fernando, con asentamiento y beneplácito de la reina doña Berenguela, mi madre, hago carta de donación, concesión y confirmación al concejo de Zarauz, presente y futuro: os doy y concedo por fuero que me deis dos sueldos al año, por cada casa en las fiestas de San Martín; y, si mataseis alguna ballena, me daréis una tira desde la cabeza hasta la cola, según es fuero; y en todas las demás causas tengáis el fuero que tiene el concejo de San Sebastián. Y esta mi carta de donación y concesión persevere válida y estable en todo tiempo (...) Hecha la carta en Burgos el vigésimo octavo día de septiembre (...) Era milésima ducentésima septuagésima quinta. Y yo, el nombrado Fernando, reinando en Castilla (...) roboro y confirmo de mi propia mano esta carta que mandé hacer.

GOROSABEL, P., Diccionario Histórico-Geográfico-Descriptivo de los pueblos, valles, partidos, alcaldías y uniones de Guipúzcoa, Bilbao, 1972, tomo IV, p. 733.



Parias y monedas castellanas en el siglo XIII

     Cuenta la estoria que después que fue finado el rey don Ferrando, alzaron rey en Castilla é en León, é fué alzado en la muy noble ciudad de Sevilla, don Alfonso su fijo, é comienzó á reinar en el mes de mayo á veinte é nueve días. E andaba el año de la Era de Adán en cinco mill é veinte é un años (...) E la Era de César en mill docientos ochenta é nueve años romanos, ciento cincuenta días más. Y la era de la nascencia de Jesu-Christo en mill docientos é cincuenta é dos años (...) E la edad deste rey don Alfonso en treinta é dos años; e este fue el deceno rey de Castilla éde León, que por este nombre fue llamado. Este rey don Alfonso, en el comienzo de su reinado, firmó por tiempo cierto las posturas é la avenencia que el rey don Ferrando su padre había fecho con el rey de Granada, é que le diesen las parias porque gelas non dieron tan complidamente commo las daban al rey don Ferrando su padre (...) E como quier que estas parias diese el rey de Granada al rey don Ferrando para que le dejase vevir en paz, pero más lo daba por manera de reconoscimiento, porque este rey don Ferrando dio ayuda de gentes á este rey de Granada é de los otros logares del reino contra un linaje de moros que eran sus contrarios muy poderosos, é decianles los de Soysemela (...) E por estas razones había el rey don Ferrando de los moros tan grande cuantía de parias. E el rey don Alfonso su hijo, en el comienzo de su regnado mandó desfacer la moneda de los pepiones él fizo labrar la moneda de los burgaleses, que valía noventa dineros el maravedí, é las compras pequeñas se facían a sueldos, e seis dineros de aquellos valían un sueldo, é quince sueldos valían un maravedí. E destos le ovo de dar cada año el rey de Granada docientos e cincuenta mill maravedís. E en este tiempo, por el mudamiento de estas monedas, encaescieron todas las cosas en los regnos de Castilla é de León, é pujaron muy grandes cuantías.

«Crónica del rey Alfonso décimo», Crónicas de los Reyes de Castilla, ed. C. ROSELL, Madrid, 1953, Tomo I, pp. 4-5.



Privilegios de los caballeros en la Castilla del siglo XIII

     En qué manera deben ser honrados los caballeros.

     Honrados deben seer mucho los caballeros, et esto por tres razones; la una por nobleza de su linage; la otra por su bondat; la tercera por la pro que dellos viene: et por ende los reyes los deben honrar como a aquellos con quien han de facer su obra, guardando et honrando a sí mismo con ellos et acrescentando su poder et su honra: et todos los otros comunalmente los deben honrar porque les son así como escudo et defendimiento, et se han de parar a todos los peligros que acaescieren para defenderlos. Onde así como ellos se meten a peligros de mucha guisas para facer estas cosas sobredichas, así deben seer honrados en muchas maneras, de guisa que ninguno non debe estar en la iglesia antellos cuando estodiesen a las horas, sinon los perlados et los otros clérigos que las dixiesen, o los reyes o los otros grandes señores a que ellos hobiesen de obedecer et de servir: nin otrosi ninguno non debe ir a ofrescer nin a tomar la paz ante que ellos; nin al comer non debe asentarse con ellos escudero nin otros ninguno, sinon caballero o home que lo meresciese por su honra o por su bondat; nin otrosi ninguno non se debe baldonar con ellos en palabras que non fuese caballero o otro home honrado. Otrosi deben seer honrados en sus casas, ca ninguno non gelas debe quebrantar sinon por mandado del rey o por razon de justicia por cosa que ellos hobiesen merescido; nin les deben otrosi prender los caballos nin las armas fallándoles alguna cosa mueble o raíz en que puedan facer la prenda: et aunque no fallasen otra cosa en que la feciesen, non les deben tomar los caballos de sus cuerpos, nin descenderlos de las otras bestias en que cabalgasen, nin entrarles en las casas a prender estando hi ellos o sus mugeres. Pero cosas hi ha señaladas sobre que les pueden poner plazo á que salgan de las casas porque puedan facer la entrega en ellas o en lo que hi fuere: et aun los antiguos tanto encarecieron la honra de los caballeros, queno tan solamente dexaban de facer la prenda do estaban ellos o sus mugeres, mas aun do fallaban sus mantos o sus escudos: et sin esto les facien otra honra, que do quier que los homes se fallaban con ellos se les homillaban, et hoy en día eso han aun por costumbre en España de decir a los homes buenos et honrados homillamosnos. Et aun a otra honra el que es caballero, que despues que lo fuese puede llegar a honra de emperador, o de rey, et ante non podrie seer, bien asi como no podrie seer ningunt clérigo obispo, si primeramente non fuese ordenado de preste misacanto.

Las Siete Partidas o Libro de las Leyes de Alfonso X, Madrid, 1807, P. II, T. XXI, II, p. 23-24. Recoge: M. ARTOLA, Textos fundamentales para la Historia, Madrid, 1968, p. 73-74.



Impuestos extraordinarios de los judíos de Aragón en 1281

     Pedro, por la gracia de Dios, Rey de Aragón, á sus leales hombres buenos y á toda la universidad de Zaragoza, salud y gracia. Habiendoos dispensado desde el día de nuestro reinado acá, cuanto nos fue posible, y no siendonos ahora hacedero el dispensaros más, no solo por las deudas del rey don Jaime y las demás que en parte pagamos, sino también por las que han de pagarse para la fiesta de la Natividad del Señor, para lo cual hemos señalado algunas de nuestras rentas, de que no podemos ya ayudarnos, y á fin de casar á nuestra hija y atender (a los gastos) de la armada que hacemos; y porque no podemos dar vado á nuestros asuntos, sin vuestro servicio y ayuda; y como nos sea conveniente requerir para estas cosas vuestro auxilio, porque sin el dicho auxilio de modo alguno podemos llevar á cabo aquellas cosas, requerimos á vuestra fidelidad y os rogamos que nos deis, por vía del referido servicio, C mil sueldos jaqueses, que debeis pagar en el acto y sin tardanza alguna; pero si quereis enviarnos algunos mensajeros ó síndicos, enviadlos tales que puedan sin más despachar con Nos [el indicado asunto]. En la inteligencia de que por todo el venidero mes de Enero deberá estar en nuestro poder el dinero precitado, porque si por el contrario se prolongare [la entrega] á vosotros y á Nos traería daño y deshonra.

Archivo de la Corona de Aragón, Reg. 51, fol. 2. J. L. MARTÍN, Historia de España, Historia 16, Madrid, 1980, tomo 4, p. 86.



Una anécdota en la vida de Don Jaime I de Aragón

     (...) No bien habíamos pasado el río de Millás, cuando vimos venir corriendo un ballestero a caballo, el cual llevaba vestido su perpunte, cubierta la cabeza con el casco de hierro, y la ballesta preparada. Al verle Pero Palesí, gritó: «¡Ved allí un jinete que viene corriendo!». Y Nos y don Pedro Cornel nos íbamos ya a dirigir hacia el que venía, cuando Pero Palesí, dijo: «Dejádmelo a mí, no os toca a Vos este encargo», con lo que nos paramos. Saliendo luego aquel al encuentro del ballestero, le preguntó: «¿Cómo vienes así tan corriendo y con la ballesta preparada, lo propio que si quisieses tirar contra nosotros?» Su respuesta fue exclamar: «¡Señor, muerto llego!». Y preguntándole que tenía, siguió diciendo: «Aben Lope ha sorprendido al comendador de Oropesa más acá del grao, y le ha hecho prisionero. ¿Y estabas tú con el comendador?», le preguntamos Nos entonces. «Sí, señor», nos respondió. «¿Y te atreves a venir aquí, continuamos, estando tu señor preso; y aún vienes con la ballesta preparada hacia Nos? ¿No te hubiera valido más que, en ves de tirar a Nos, la hubieses disparado contra los sarracenos? ¿Cómo has podido desamparar a tu señor, mal bachiller, por más que hubieses caído prisionero, cuando sabes que con ciento cincuenta o doscientos sueldos bastaba para rescatarte? ¡Y en el campo lo has desamparado! ¡Por Cristo, ya que tan mal te portaste, descabalga presto!». «¿Y por qué he de descabalgar, señor?», preguntó el ballestero. «¿Por qué? Por lo que has hecho», le respondimos. Y quitándole al punto el caballo, el perpunte, el casco de hierro y la ballesta, dejámosle solo con un camisote que llevaba, y le andamos seguir detrás y a pie.

Crónica histórica o Llibre dels fets, atribuida a Jaime I, capítulo CCLX, pp. 354-355. Recoge: C. SÁNCHEZ ALBORNOZ y A. VIÑAS, Lecturas históricas españolas, Madrid, 1981, pp. 131-132.


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9 de July de 2008

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