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5-13. «No cacarees, no ponderes tanto tu negocio», interpreta el anotador (A. García de Arrieta) de la edición de 1829 (Obras escogidas de Miguel de Cervantes Saavedra, tomo IX; Madrid, imprenta de los Hijos de D.ª Catalina Piñuela; pág. 450). Y así es verisímil que deba entenderse el verbo almodonear, que no consta en los léxicos. Almodón, substantivo, significa en árabe «especie de harina de trigo». (Véase Engelmann, Glossaire des mots espagnols et portugais dérivés de l'arabe; Leyde, 1861.) Según el Diccionario de Autoridades, almodón, voz anticuada, «es una diferencia de harina de trigo, que nombra el M. Juan de Aviñón, Medicina sevillana, cap. X, fol. 23, diciendo: «Segun la manera de la farina, que hai aqui de ella de tres maneras: farina seca, è almodon, è adargama... El almodon remojanlo en agua, è muelenlo despues gruessamente, è despues tiran aquel afrecho gruesso, y lo que finca es mui bueno, è face mui buen pan è sabroso.»
Ahora bien: es de suponer que Cervantes observara este complicado procedimiento en sus andanzas por Andalucía, y hasta es probable que oyera el verbo almodonear, empleándolo aquí en el susodicho sentido figurado. (N. del E.)1.1
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6-11. Como si dijese: arrugada; o también: enlutada y entristecida. Frisa era, según Covarrubias (Tesoro de la lengua castellana; Madrid, 1611; voz Frio),
(N. del E.)
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6-17. Esqueleto. Así dijo Quevedo (Talía), encareciendo la flaqueza de una dama:
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(N. del E.)
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6-27. Tal ocurría, por ejemplo, con el arrendamiento de las rentas reales, según la ley 7.ª, título VII de la Partida quinta:
Respecto de las demás cosas, la ley de Partida (2.ª, tít. VIII, Part. V) declara valederos «todos los pleitos que pusieren entre sí los omnes sobre los arrendamientos e los alogamientos». (N. del E.)
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7-14. Casi innumerables son los cuentos y fabliaux de la Edad Media que tratan de este pormenor de la vida doméstica, y de ellos pasó a las anécdotas y cuentos (misceláneas) del siglo XVI. Véase El buen aviso, de Timoneda, edición Schevill, núm. 68 (Revue Hispanique). (N. del E.)
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8-1. Frase análoga se lee en el Quixote (I, 25): «¡Mal me conoce! Pues a fe que, si me conociese, que me ayunase.» Ayuno implica abstención de algo; y así, el que a otro ayuna, se abstiene de su trato. Ayunarle a uno, según el Diccionario académico, equivale a «temerle y respetarle». En cuanto a santiguar, además de su acepción propia, tiene las de reñir y golpear. (N. del E.)
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8-16. Términos jurídicos. «El imperio -dice Ulpiano en las Pandectas (II, 1, 3) -es mero o mixto. El mero imperio consiste en tener la facultad de imponer pena capital (gladii potestas) para castigar a los hombres facinerosos, lo cual se llama también potestad. El imperio mixto, al cual va aneja igualmente la jurisdicción, consiste en la facultad de dar la posesión de los bienes (bonorum possessio).» El Diccionario de Autoridades trata de los tres: mero imperio, mero mixto imperio y mixto imperio; y dice del segundo:
«La jurisdicción comunicada por el Príncipe al Señor de vasallos, o a los Magistrados, para juzgar las causas y castigar los delitos, imponiéndoles la pena corporal correspondiente.» |
Luego cita la Politica, de Geronymo del Castillo y Bobadilla, lib. V, cap. X, núm. 33:
«A mucho más que esto se extiende el mero mixto imperio y poder del Corregidor.» |
(N. del E.)
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8-25. Algo hay en la vida de Cervantes que puede traerse a cuento para comentar esta irónica y sacramental frase. En el tomo I de los Documentos cervantinos de C. Pérez Pastor (Madrid, 1897; págs. 156 y siguientes) figura el testamento de D.ª Catalina de Salazar y Vozmediano, mujer de Cervantes, otorgado en Madrid el 16 de junio de 1610. En este documento, D.ª Catalina lega casi toda su hacienda a su hermano Francisco de Palacios, no acordándose del marido (Cervantes) sino para dejarle el usufructo de un majuelo y, además, «la cama en que yo muriere, con la ropa que tuviere, con más todos los demás bienes muebles que yo tuviere, excepto lo que mando al dicho mi hermano»; todo, añade, por el mucho amor y buena compañía que ambos (D.ª Catalina y Miguel de Cervantes) hemos tenido. ¿Sería este amor semejante al que Mariana profesaba al vejete del entremés? (N. del E.)
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8-31. Posible es que Cervantes se acordase aquí del mismo personaje mencionado por el cautivo en su historia (Don Quixote, I, 40, fol. 236 recto): «Mi amo, el Vchali..., era Calabres de nacion.» (N. del E.)
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9-2. Pintas son, según el Diccionario académico, un juego de naipes,
La frase en cursiva explica la atrevida alusión del vejete. (N. del E.)