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ArribaAbajo- 1752 -

En 29 de Abril, juntos en Cabildo el Arcediano canónigos, pidieron a su Ilustrísima que visitase en persona, y no por medio de D. Alonso de la Cueva, presbítero, las capellanías de los prebendados; y lo concedió en 30 del dicho.

En 11 de Julio, propuso su Ilustrísima que la procesión de Santa Isabel, que se hacía por la tarde, se hiciese   —299→   por la mañana. El Sr. D. Diego del Corro fue Obispo de Popayán.

En 4 de Julio fue nombrado maestro de ceremonias D. Francisco de Armas, por muerte de D. Juan Pascual Panoque. Auto de su Señoría ilustrísima para que el sermón de Ramos, señalado al canónigo Magistral, se diga el segundo día de Pascua de Resurrección.

En Cabildo de 11 de Julio propuso el Arcediano, a nombre del Arzobispo, que en las fiestas a que asiste en el coro cuando se vuelve a su palacio, salgan cuatro prebendados a lo menos a acompañarlo, y que los demás se queden en los oficios; y que sería lo mejor que saliesen con él los mismos que acompañan al virrey, y no obstante la costumbre inmemorial de que sólo salgan los prebendados fuera de sus sillas, bajando la manga, sin dejar los oficios principiados, todos convinieron en la propuesta.

En 22 de Agosto se recibió D. Julián de Maturana en la ración de D. Cristóbal Bécquer, revocado por justas causas y motivos. Murió el racionero Arbaiza.

D. Antonio Llerena, Penitenciario electo, murió en este año.




ArribaAbajo- 1753 -

En 2 de Enero habiendo ordenado el Arzobispo que se nominasen los oficios, y se tratasen los demás asuntos, se acordó se suplicase a su Ilustrísima lo hiciese por escrito para evitar toda equivocación. También se propuso se recogiese una cruz de excesivo valor que quedó entre los espolios del señor Arzobispo Ceballos perteneciente a la Iglesia, y que su Ilustrísima coadyuvase, mandando sacar al procurador los autos de espolios que corren en la Audiencia, nombrándose por abogado al doctor D. Antonio Ron. Uno y otro se pidió a su Ilustrísima por un billete de 5 de dicho mes, añadiendo que el día 8 se nombraban los adjuntos, jueces y oficios, y que el Cabildo tenía nombrados por adjuntos a señores Herboso y Molleda, y que lo ponía en   —300→   su noticia para que si gustaba concurriese del modo que fuese de su agrado.

En 8 de Enero juntos en la capilla de la Plaza el Arcediano y capitulares contestó el Arzobispo, con fecha del día 6, que le pareció muy bien que se exigiesen las alhajas del señor Ceballos, que no podía encargarlo al doctor Ron que como defensor de legados había perdido se les diese otro destino. Con la misma fecha contestó que quedaba premeditando el medio de que sus recados puedan ser entendidos en el Cabildo sin equivocación, y que le es precioso desentenderse por ahora de la nominación de jueces adjuntos, de diezmos y demás oficios. El Cabildo confirmó los adjuntos referidos, nombró por jueces de diezmos a Herboso y Molleda, y por enfermeros al Teologal y Bengoa.

En 13 de Enero compareció ante el Cabildo D. Francisco de la Concha, cura de San Sebastián, con un real despacho, en cuya virtud le dio el Arzobispo colación y canónica institución de la media ración que dejó el racionero D. José Arbaiza, con las diligencias actuadas por solo su Ilustrísima ante su secretario. Conferido el caso con la extraña novedad de pasar a la colación de una prebenda, sin previa exhibición del despacho en el Cabildo para admitir al sujeto si fuese idóneo, según la inviolable práctica de la Iglesia, se determinó por todos los votos que se escriba a su Ilustrísima y se dé parte al Virrey como Vice-patrón, noticiándole los motivos del Cabildo para suspender la posesión de dicha prebenda, para que se sirva declarar la forma con que deben cumplirse las reales presentaciones y por qué para fundar su derecho necesita de algún tiempo no se ha separado el Cabildo de la sala capitular sin poner en noticias de su Excelencia este suceso, sin que en el ínterin que se practica se presuma haber faltado a la debida obediencia de su Prelado, a quien igualmente se le ha pasado consulta.

CONSULTA A SU EXCELENCIA

«En consulta del 13 del corriente participa a V. E. este Cabildo la causa de haber suspendido la posesión de la media ración a que fue nombrado D. Francisco de la Concha, protestando formar la conveniente representación, y lo ejecuta   —301→   poniendo en la consideración de V. E. que por la ley 14, título 2, libro 2 de las Indias, está prevenido que si se dudase de las colaciones que haga el Prelado a los presentados por su Majestad, los Virreyes usen de las facultades que les conceden las leyes del Patronazgo, esto es, después de determinar en general que en toda duda de erección, se ocurra a los Virreyes, Presidentes, Audiencias &, y que si así hubiese peligro en la tardanza se resuelva con la calidad de por ahora, dándose cuenta al Consejo en primera ocasión, que es el fundamento sólido con que en tales casos ocurren a V. E. las Iglesias. En caso de duda es que, por despacho en Buen Retiro a 22 de Marzo de 1752, nombró el Rey a D. Francisco de la Concha en una media ración de esta santa Iglesia, con ruego y encargo a su Ilustrísima o a su Provisor o al Venerable Deán y Cabildo sede vacante, sobre que si por su diligente examen, en que encarga su conciencia, hallare que el referido es idóneo y con las calidades requeridas por la Erección se le haga colación y canóniga institución y posesión, con tal que se presente con el título ante cualquiera de los nominados. Preséntase el mencionado ante su Ilustrísima separadamente pidiendo el pase de su merced, y su Ilustrísima dio vista al promotor del Arzobispado en 11 del corriente, quien respondió el siguiente día que, concurriendo en el agraciado todas las calidades necesarias y estar pronto a renunciar su beneficio curado, podrá su Ilustrísima mandale comparecer para que se le haga dicha colación y canónica institución, lo que se mandó por decreto del mismo día y se le hiciese la colación como lo manda la real cédula y pide el promotor. En el propio día renunció el curato, se le aceptó la renuncia y se le confirió la prebenda, comisionando para su posesión a cualquiera de los del Cabildo ante notario o secretario capitular, en el coro o sal capitular según costumbre. Este es el hecho que consta de los autos con que el doctor Concha compareció en el Cabildo pidiendo la posesión, y ha hecho suspender la ejecución en que V. E. declare por ahora en qué forma se deben formalizar estos autos, dándose cuenta según la ley al supremo Consejo. En esta materia hay puntos ciertos y dudosos: no hay duda en que la colación debe hacerla el Prelado; tampoco la hay en que dé la posesión conforme a las leyes décima y siguientes   —302→   del Patronato, y el mismo despacho que lo expresa, porque como todos estos actos son propios de la jurisdicción eclesiástica se han de ejercer por aquel en quien reside. Lo que tiene duda es el modo con que se ha de hacer la presentación: si ante solo el Prelado o ante el Prelado en Cabildo. Reconocido el contexto del despacho, cesa también la duda, porque aunque la colación y posesión viene cometida al que tiene la jurisdicción, la presentación viene al Cabildo sede plena. Las palabras del despacho son literales y formales así: con tanto que se presente con este título ante Vos en ese Cabildo; de manera que no basta presentarse ante el Prelado si no lo hace ante el Cabildo donde se halle presente el Prelado, y por eso se dijo que la presentación había de ser al Cabildo sede plena. No dice el Rey absolutamente con tanto que se presente ante vos, sino añade la cualidad y modo de ese Cabildo; no dice tampoco ante vos o ante el Cabildo, cuya alternativa pudiera inducir que se salvase la formalidad presentándose ante vos y el Cabildo, porque también se salvaría haciéndose la presentación primero al Prelado y después al Cabildo, sino que usa de unas palabras de tal energía que prescriben una forma precisa e inconfundible para la presentación; esto es, que haya de ser el título en sede plena, conviene a saber al Cabildo presente el Prelado o al Prelado presente su Cabildo, o por mejor decir usan no de las frases canónicas al cuerpo presente la cabeza, que es el Prelado, y los capitulares que son los miembros; que es lo que quieren decir rigurosa y estrechamente las referidas palabras: con tanto que se presente con este título ante vos en ese Cabildo.

La razón de deber hacerse la presentación ante el Prelado es porque es la cabeza que preside al Cabildo y en quien está radicada la jurisdicción espiritual, que es la que influye para los actos de colación y canónica institución; es el que tiene la voz y dirección de todos los actos que se hacen en el Cabildo, como el Deán a falta del Prelado, y en todos los demás tribunales el jefe; de manera que no porque en el despacho diga «ante vos» se entienda ni pueda entenderse que la presentación deba hacerse sólo ante el Prelado; ni esto carece de motivos ni es providencia dado por acaso, pues   —303→   además de que basta para la veneración hallarse prevenida en el despacho es conforme a la equidad que usa el Rey en sus Iglesias, donde las elecciones de las canonjías de oficio las dejó a la libre votación de los capitulares; porque como los elegidos han de ser sus compañeros, han de vivir y morar juntos en un coro y constituir un cuerpo moral, es bien que se elijan los que fueren más a propósito para conservar la unión de que depende todo el acierto, la paz y edificación. También en la concurrencia de un cuerpo debe haber igualdad, y siendo eclesiástico es necesaria virtud, ciencia, probidad de costumbres y demás cualidades que constituyen un eclesiástico cumplido y digno de aquella clase de concepto que se merecen lo que sirven a Dios y al Rey inmediatamente; de que se sigue que introducir en un cuerpo un sujeto que se suponga igual, sin que aquellos con quienes se iguala convengan en hacerles injuria, y determinar una causa sin oír a los principales que tienen derecho a examinar dicha igualdad, por lo que aunque el Rey por su regalía presente al prebendado y cometa al Prelado en quien reside la jurisdicción espiritual la colación y canónica institución, no por esto intenta perjudicar el derecho de los capitulares, y previene que la presentación sea precisamente ante el prebendado en Cabildo, para que allí se examine la idoneidad del sujeto; ni embaraza que en el despacho se encargue la conciencia al Prelado para que, por se examen, se acrisolen las calidades que en el sujeto pide la Erección; lo primero, porque todo este encargo es con la determinación que mira muchas cosas determinables y todas las determina igualmente; y todo lo que viene relacionado en el despacho viene a refundirse y ceñirse en una determinación que todo lo antecedente lo determina igualmente, esto es que se haya de presentar con el título ante el Prelado en Cabildo; lo segundo, que cuando algún acto se cometa a alguno cuando se conceda alguna jurisdicción que por otro título pertenece a otro, no se entiende que se procede privativamente sino acumulativamente, y como el Cabildo por sí es parte para inquirir y examinar las cualidades del prebendado, el someterse esto al Prelado no es privar al Cabildo de su facultad, sino conferírsela igualmente a su Prelado.

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Se omiten las doctrinas esparcidas en los libros sobre la facultad que tienen los cuerpos eclesiásticos y seculares para admitir o rechazar a los que intenten entrar en ellos, y los ejemplares recientes en uno y otro fuero, en que no hay necesidad de innovar, porque esa representación no se reduce a ostentar erudición sino a manifestar el derecho en cuya posesión está el Cabildo desde su Erección, y cuyas laudables costumbres tienen tanta fuerza y autoridad. Aun en lo general de derecho la observancia es el mejor intérprete de las leyes, y en las materias más sagradas, restringidas y estrechadas por constituciones apostólicas, dice esa Eminencia que la observancia antigua debe estimarse en mucho en estos asuntos, que a ella se debe deferir por los inconvenientes que producen las novedades, debiendo ser más bien la prudencia la regla de las leyes, aunque la opinión contraria a la costumbre parezca más fundada y verdadera. La observancia, pues, de esta Iglesia en esta materia se reconoce por la certificación que acompaña, sin que hasta ahora en tantos años y tan repetidas ocasiones se haya dudado ni disputandosele al Cabildo la quieta y pacífica posesión de que se le presenten los títulos de las prebendas, para que allí se admita y apruebe la persona del agraciado y pase a hacerle la institución y darle la posesión.

Sin que pueda disimular el Cabildo este nuevo estilo, sin representar reverentemente otro grave inconveniente que se seguiría contra sus fueros y privilegios, pues siendo cierto que en la sustancia son de un tenor las presentaciones y títulos de los nuevos entrantes en el coro y de los que ascienden por promoción a mayor prebendados o dignidades, sucedería que si ante sólo el Prelado fuese juzgado el promovido, aunque fuese de una dignidad a otra, en esto se perjudica el privilegio de adjuntos de que incontestablemente goza esta Iglesia, y si la aprobación de la idoneidad de la persona hubiese de ser solo por el juicio del Prelado pudiera privarlo del ascenso, suspenderlo o dilatarlo, o hacerle otras molestias de que se evadiría con el consorcio de los adjuntos, añadiendo otro grave inconveniente de que se haya de sustanciar la causa de la idoneidad con el fiscal eclesiástico, cosa hasta hoy no practicada, siendo el Cabildo la parte formal para este examen por las razones ya insinuadas   —305→   En cuerpo tan venerable no ha de quedar sujeto el todo por sus partes al juicio, dictamen o concepto de un clérigo particular, y tan inferior en razón de dignidad y carácter personal al tiempo mismo que tratase de calificar. Su ilustrísima, entre otras de su elevada dignidad, tiene dos diversas, distintas y separables: por la una es cabeza, fuente y raíz de toda jurisdicción eclesiásticos, porque los cánones y leyes lo conciben de distinto modo por la hermandad de los capitulares con su dignidad; así hay títulos enteros de lo que puede o no puede hacer el Prelado sin consentimiento del Cabildo. De aquí nace que el fiscal eclesiástico es un clérigo de cualquier orden, elegido para lo perteneciente a la jurisdicción eclesiástica, que aunque tal vez recaiga en personas estimables por su probidad, no quita que en otras pueda caer en sujetos de menos concepto, y sería sensible que, con tal ministro elegido para cosas de distinto género, diese el último complemento a un real despacho. No se puede, pues, ni se debe sustanciar este examen con el fiscal de los clérigos, porque el ánimo del Rey es que el examen sea del Prelado; y sí por vuestro diligente examen. Así la presentación para este ha de ser en el Cabildo, porque esta determinación mira a todo lo antecedente determinable; y si este examen se redujese a que el fiscal de los clérigos diga que no tenía embarazo ni óbice el agraciado, y en virtud de solo esto se recibiese, no podría tenerse por examen diligente del Prelado en Cabildo, que es lo que el Rey quiere y sobre lo que encarga la conciencia. Al contrario, presentándose el título ante el Prelado en Cabildo, se hace un examen no solo diligente sino diligentísimo; no es uno el informante sino muchos ancianos, doctos, religiosos, expertos, noticiosos y, para no disimular, interesados en su propio decoro, porque quien admite en su compañía a un hombre ímprobo se hace participante de su nequicia, porque por un compañero se sacan los demás. Este sí es justo y diligente examen que solo en él se salva bien el real encargo, y por esto lo tiene canonizado la observancia, no usando de otro estilo como se hace constar por la certificación presentada.

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Pero pasando el Cabildo a lo más arduo, pero posible, concibe que un canónigo, dignidad o cualquiera del coro se promueva y tenga algún óbice ¿Cómo podría llevar sin sumo dolor verse en unos autos públicos acusado por el fiscal de indigno para el ascenso? Es cierto que los más condignificados son hombres, y aun en los más justos hay pasiones, que los despachos son iguales, y que aunque sea tanta la felicidad de esta santa Iglesia que logre un Prelado tan prudente como justo, y que todas las actuaciones de que tratamos tengan tan poco que hacer por recaer en sujetos de conocido mérito, que sólo la escasez de dignidades eclesiásticas puede servir de consuelo en la estrecha fortuna que les cabe, por más que la real aceptación los tenga presentes, tal vez no puede hallarse en tan feliz constitución la Iglesia. ¿Y qué sensible fuera quedase sentada una práctica que serviría de desdoro a la misma dignidad cuyo mayor constitutivo, aumento y exaltación consiste en la calidad de los que preside que cuanto más dignificados, tanto más lo es la dignidad? Y si para este medio se abatiesen, desautorizasen y ultrajasen sus hermanos, se oscurecería y empañaría el esplendor del Prelado. Aquellos son miembros y éste cabeza y ¿qué deformidad no sería una cabeza buena y nos miembros despreciable? Aunque era de oro la estatua de Nabuco dio fácilmente en tierra por tener los pies de barro; así para la estimación de tan venerable cuerpo la misma cabeza debe cuidar del decoro de sus miembros.

V. E. a quien dignamente está confiado el Patronato Real, en cuyo pecho reside la protección a la Iglesia, la dirección de sus casas, la decisión de sus dudas, y a quien por disposición de la ley debe ocurrir este Cabildo se le despoja de la cuasi posesión en que se halla de que las presentaciones de los reales rescriptos, en que se contienen las elecciones y promociones de prebendas, se hagan ante el Prelado en el Cabildo conforme a la antigua práctica y al mismo rescripto, entre tanto que por conformidad de la ley se da cuenta al Consejo, a cuyo superior y acertado dictamen sujetará el suyo el Cabildo, persuadido íntimamente que en su obediencia encontrará el mayor acierto.»

En 14 de Enero contestó su Ilustrísima que ignoraban él y su Provisor el estilo de esta santa Iglesia en la recepción   —307→   de sus prebendados, y creyó que fuese el mismo que se practica en Málaga, donde fue canónigo, y que constándole ya de la práctica de la Iglesia no halla embarazo en acomodarse a ella. Se le contestó en el mismo día que quedaba enterado el Cabildo del contesto de su Ilustrísima, y le remitió una certificación dada por el secretario de Cabildo sobre la práctica de la Iglesia, que es como sigue:

«Certifico yo el doctor D. Juan José Marín de Poveda, catedrático de prima de Sagrada Teología en esta Real Universidad de San Marcos, canónigo Magistral de esta santa Iglesia y secretario de los señores Venerable Deán y Cabildo de ella, que habiendo de su orden reconocido los libros en que se hallan escritos los recibimientos de los prebendados que fueron admitidos a la posesión de sus mercedes, en el tiempo que gobernaron los ilustrísimos señores D. Pedro Villa Gómez, D. Melchor de Liñán, D. Antonio Zuloaga y fray D. Diego Morcilla, consta por ellos que en el del señor Villa Gómez se actuaron treinta y siete recibimientos, desde el 1º de Octubre de 1653 hasta el 26 de Setiembre de 1664, y que todos se efectuaron en la sala capitular, presidiendo a los señores Venerable Deán y Cabildo su Ilustrísima, que dio todas las colaciones después de haberse leído y obedecido los reales despachos por dicho señor Arzobispo y señores Venerable Deán y Cabildo; y que en el del señor Liñán se hicieron, desde 4 de Marzo de 1684 hasta el 25 de Marzo de 1696, veintiún recibimientos en la misma forma, y que el 4 de Junio de 1706 se actuaron cuatro recibimientos, cuyas, colaciones confirió por comisión de su Ilustrísima el Deán D. Diego de Salazar, por ausencia del Prelado en el valle de Late; así mismo consta que en tiempo del señor Zuloaga se hicieron veinte y nueve recibimientos, desde 8 de Junio de 1714 hasta 9 de Setiembre de 1721; y en el del señor Morcillo catorce, desde 9 de Junio de 1725 hasta el 27 de Setiembre de 1728, y que en unos y otros se dieron las colaciones por los referidos Prelados, presidiendo el Cabildo congregado en la forma acostumbrada, todo lo que consta de los libros a que me remito».

Firmaron esta contestación los mismos capitulares Arcediano   —308→   Chantre, Tesorero, canónigos Teologal, Magistral, Bengoa, Molleda, Román y Lancho.

En 15 de Enero juntos los mismos capitulares en Cabildo, recibieron nuevo billete en que pedía el Arzobispo se viese en los libros cómo se hacían los recibimientos cuando no asistía el Prelado ni su vicario.

El día 16 respondió el Cabildo compuesto de los mismos capitulares, de los racioneros Tagle, Fernández, Alzugaray y Maturana y de los medio racioneros Gallegos, Gómez de los Ríos y Castillo, que cuando no asistía el Prelado y el Provisor no era del cuerpo, ha comisionado su Ilustrísima un capitular que haga sus veces, como comisionó el señor Liñán al Deán D. Diego de Salazar en 2 de Junio de 1706, en que su eminencia Ilustrísima se hallaba en Late, para que diese las colaciones.

En 17 de Enero remitió el Arzobispo nuevo billete en que dice complacerse de que es aquí más honorífica la recepción de prebendados que en Málaga, y que da comisión para que cualquiera ponga en posesión a Concha en su media ración, y que está pronto a seguir la práctica de esta Iglesia.

En 18 de Enero se recibió D. Francisco Ramón Herboso en la Maestre-escuela que obtuvo el señor Obispo Corro, Concha en su media ración y D. Carlos Casio en la media ración de D. Miguel Iturrios que ascendió a racionero. De todo esto se dio aviso al señor Arzobispo dándole gracias el mismo día.

En 23 de Enero se recibieron D. Manuel Fernández Pérez, racionero, en la canonjía a que fue electo adjunto D. José de Albaina, D. Esteban José Gallegos en la ración que fue de Albaina, y D. Nicolás de Cárdenas, cura de Chorrillos, en la media ración que obtuvo Gallegos.

En 5 de Febrero juntos en la capilla de la Plaza el Arcediano y canónigos, propuso el Arcediano de orden del Arzobispo que habiendo muerto, en el mes pasado de Enero, el canónigo Doctoral D. Gabriel de Chávez, se pusiesen edictos a su canonjía vacante, en cumplimiento de la real cédula que manda no se dilate su provisión.

En 9 de Febrero juntos en Cabildo Arcediano y capitulares recibieron un billete del Arzobispo; primero sobre que   —309→   los libros y papeles de la iglesia se guarden en el archivo; segundo, que se reparen los instrumentos perdidos y se cumplan las buenas memorias; tercero, que se numeren los que hacen oficio cada año; cuarto, porque es secretario del Cabildo el canónigo Magistral; quinto, ordena el inventario de las alhajas de la Iglesia; sexto, manda que se firmen los círculos como prescribe el ceremonial. Se le contestó a la primera que ha muchos meses que se pasaron los libros y papeles al depósito de la sala capitular, que las incomodidades de la ruina precisaron a que el secretario del Cabildo asegurase en su casa y no volvieran a su lugar, donde se guardan con todo cuidado como se ha ejecutado siempre; a lo segundo, se respondió que siempre ha cuidado el capitular de los instrumentos y cumplimiento de las buenas memorias, y que actualmente se ha comisionado a D. Manuel Molleda para se informe de su estado, para que tengan efecto las intenciones de su Ilustrísima; a lo tercero, se contestó que así lo han hecho siempre y lo practica el Cabildo, como consta en sus libros; a lo cuarto, respondió que no se debe extrañar que el señor Magistral Poveda sea secretario ni haya de separarse como lo establecen las actas de las Iglesias de Castilla y León; el motivo que tuvo la de Lima para nombrar por secretario a un prebendado fue por las resultas, perjudiciales a su decoro y derecho, que experimentó con los que antes lo fueron, por que en un interesado había más fidelidad, legalidad, secreto y atento cuidado que requiere este empleo para que no se vulneren los privilegios ni se falte a la confianza que se hace de un secretario; no se encontró entonces repugnancia de derecho, y cuando dicho señor pasó a la Magistral tampoco se ofreció embarazo; registrado este archivo se encontró en él un documento que acompaña a V. S. I. el Cabildo del venerable Deán y Cabildo, autorizado del Maestre-escuela como secretario. Su Majestad quiso que las Iglesias del Perú se conformasen a la de Sevilla, como manifiesta la ley 17, título 11, libro 1º de las recopilaciones de Indias; la de Lima sigue los estilos de la de Sevilla, cuya sufragánea fue algún tiempo, y ha llegado un documento que comprueba lo que en la última se observa; consta, pues, que en el Cabildo de los canónigos in sacris de Sevilla el secretario es uno de ellos, y en el que llaman   —310→   pleno compuesto de dignidades, canónigos y racioneros que cuidan de la administración, diezmos, fábricas y patronatos, el secretario es bienal y se turna este cargo por la dignidades, canónigos y racioneros; de modo que el primer bienio es dignidad, el segundo canónigo y el tercero dignidad, por lo que no puede resolverse este Cabildo a desairar a un compañero, separado de la secretaría a quien, en veintidós años que ha servido el empleo; no ha dado motivo a esta pública demostración, haciéndolo muy acreedor a toda estimación en su calidad, letras y circunstancias; sobre el quinto punto queda el Cabildo trabajando por complacer a su Ilustrísima con la mayor brevedad; en orden a lo último de los círculos prevenidos por el ceremonial, el Cabildo anhela y ha anhelado siempre formarlos con la mayor perfección, como en el tiempo de los predecesores de su Ilustrísima. Y se ha reconocido algunas faltas han sido inculpables en los prebendados distantes del sitial arzobispal, ya porque necesitan más tiempo para salir de sus sillas y acercarse, o ya porque en los días de concurso la misma gente interpuesta les impide guardar toda regularidad, sin que se dé caso que la dejen de observar los que están más inmediatos a su Ilustrísima.

En 15 de Marzo se recibieron D. Santiago Bengoa en la Tesorería, que obtuvo D. Ramón Herboso, y D. Esteban José Gallegos en la canonjía que dejó Bengoa.

En 16 de Marzo habiendo fallecido D. Juan Antonio Lorente, provisto para la canonjía Penitenciaria, antes de posesionarse de ella se acordó con el Arzobispo que se pusiesen nueve edictos.

En el año 1633 hubo una competencia entre el canónigo D. Feliciano de la Vega, Provisor del señor Lobo Guerrero, y el Arcediano D. Juan de Velásquez, sobre no dejarse presidir éste de aquel en la asistencia al Sínodo celebrado en dicho año. Esta misma competencia sobre el asiento del Provisor preferente al de capitulares, se volvió a suscitar en 25 de Marzo de 1753, con motivo de la apertura de las ejecutorias de Roma en orden a la causa de la beatificación del venerable Francisco del Castillo. El Ilustrísimo señor Arzobispo Barroeta hizo saber por un auto al Arcediano D. Bartolomé Jiménez Lobatón que concurriese   —311→   al día siguiente a su palacio con el Chantre D. Fernando de la Sota, el Tesorero D. Santiago Bengoa y el canónigo D. Manuel de Molleda a dicha apertura; y hallándose este Cabildo amparado por su Majestad en la posesión de no dar lugar entre sus individuos al Provisor, escribió a su Ilustrísima un billete que los referidos capitulares estaban prontos a concurrir a aquel respetable auto, inmediatos a su Ilustrísima persona, por no perjudicar sus derechos; a lo que accedió el Prelado respecto de que su Provisor D. Modesto de Villavicencio se excusó a la citación con justificado embarazo.

En 1 de Abril instó el Arzobispo sobre lo mismo, alegando que sus ocupaciones y visita le impedían asistir a tan graves actos, y es de derecho haga sus veces el Provisor no siendo de corpore capituli, y que si tenía el Cabildo privilegio se le mostrase. Le remitió el Cabildo dos reales cédulas: una de 28 de Agosto de 1681 en que su Majestad ordenó al Arzobispo le informase sobre la práctica que el Cabildo dedujo y otra de 15 de Abril del año siguiente en que manda al Virrey y Audiencia que hagan observar en esta materia la costumbre; y protesta el Cabildo que esta manifestación la hace extrajudicialmente, sin perjuicio de sus derechos, por instruir a su señoría Ilustrísima.

En 8 de Abril juntos en Cabildo los mismos capitulares respondió el Arzobispo que a los documentos remitidos les faltaba todo su espíritu, que es la justificación en contradictorio juicio de no admitir la preferencia de los Provisores que no son de corpore capituli a los individuos del coro en las circunstancias ocurrentes de la facilidad con que se asienta la indignidad de los vicarios generales nombrados por sus predecesores, y que hasta que se infunda a dichos documentos dicho espíritu pueden dichos vicarios usar de sus preeminencias, prefiriendo a los capitulares; añade que no conviene le correspondan por el secretario capitular, sino usar de los varios medios y modos con que hasta ahora lo han hecho. Se le respondió suplicándole permitiese diferir la respuesta hasta después de Pascua, por las ocupaciones de la Semana Santa.

En 27 de Abril se nombró de pertiguero a D. Tomás de Ochoa, por renuncia de D. Juan Barrios, que lo era, y que tomó otro destino.

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En 30 de Abril, finalizada la Pascua, juntos en Cabildo el Arcediano y capitulares, se contestó al Arzobispo que no le es posible al Cabildo dejar de solicitar la conservación de su derecho al que perjudicaría gravemente cualquier condescendencia. Aunque su ilustrísima echa menos el espíritu que debe informar los reales despachos que se le remitieron en testimonio, como de ellos consta que el Cabildo no ha consentido en que el Provisor tenga lugar en el coro ni otro concurso, que lo ha resistido y reclamó de un acto en que la circunstancia del día y la insinuación de un Prelado a un mismo tiempo Virrey (D. Melchor de Liñán) le dejaron en libertad, le pareció al Cabildo que eran bastantes documentos para que su Ilustrísima se persuadiese a que no era idea nueva la que intentaba y que había sido cuidadoso empeño de sus predecesores no permitir se interrumpiese la posesión en que se hallaba de no dar lugar al Provisor entre los capitulares. Notorio es que en este siglo fueron Provisores D. Diego Montero, Obispo que fue de la Concepción de Chile y Trujillo, y D. Bartolomé Carrión, no siendo de corpore capitule, y que no asistieron en el coro ni otro concurso a que los capitulares concurriesen en calidad de tales; y se tiene alguna noticia, aunque no consta en los libros del Cabildo, que intentó el primero se le diese lugar y ganarlo en fuerza de declaración de esta Real Audiencia, sobre lo que escribió un papel en derecho que se halla en algunas librerías; pero que no lo logró. Y cuando se halla el Cabildo con setenta años más de posesión, desde la fecha de la última cédula, ¿cómo podrá abandonar lo que con tanto esmero se procuró conservar en tiempos tan anteriores? Como no ha sido intención del Cabildo seguir juicio contradictorio en el tribunal de su Ilustrísima sobre este asunto, no porque dude de su justificación sino porque considera interesada su dignidad en el mayor esplendor y autoridad de su Provisor, y principalmente porque las dudas sobre preferencias tocan a su Majestad, y ésta la tiene particularmente concedida a su Virrey y Audiencia, no tiene enviados son suficientes al fin con que los dirigió, que fue manifestar que sólo intentaba conservar su derecho adquirido y no abandonar lo que sus predecesores trabajaron para evitar el despojo de su antigua   —313→   posesión, y que estaba resuelto a defenderla de modo que los capitulares que les sucediesen no tengan justa queja de que los actuales abandonaron los derechos del Cabildo como si fuesen intereses particulares. El tribunal apostólico en que se han de actuar las diligencias de la causa del Venerable Cabildo en que expresa su Ilustrísima debe preferir el Provisor a los conjueces capitulares, no lo considera el Cabildo tan extraño de lo que ha defendido que no lo juzgue un mismo derecho; los Provisores teniendo lugar después de la primera o segunda dignidad, en los coros donde está establecida esta práctica, no prefieren al Cabildo como no lo prefiere la dignidad o canónigo de otra Iglesia a quien se le da este lugar por huésped, al modo que no prefiere a la Real Audiencia un Oidor de otra a quien se le da la tercera silla por la misma razón. De que se infiere que no defiende el Cabildo la preferencia del Provisor a todo el cuerpo a que no puede presidir, sino la de los individuos que le componen en cualquier concurso que puede ofrecerse. Los jueces capitulares no se desnudan del carácter de sus dignidades o canonjías para componer este tribunal, antes si lo necesitan y son jueces en calidad de tales, pues no lo serían en las presentes circunstancias si no fuesen canónigos o dignidades. Cuando se forma alguna junta o nuevo tribunal compuesto de diversos jueces, estos guardan entre sí la antigüedad o preferencia de los empleos de que se hallan revestidos; por eso cuando se compone alguno de Oidores, Alcaldes de Corte, Contadores y otros ministros, aunque tengan igual jurisdicción para la resolución de las materias que se tratan, prefieren los Oidores a los Alcaldes de Corte, y éstos a los Contadores, porque por ser jueces de otro tribunal no pierden las preeminencias que sus oficios o empleos les han dado. El mérito del doctor D. Modesto de Villavicencio, actual Provisor de su Ilustrísima, no lo duda este Cabildo; y aunque en la cédula del año de 1681 se expresa, en su narrativa, que los Prelados por particulares fines y afectos han puesto en este lugar sujetos que no fuera justo presidiesen a los dignidades y canónigos, ignora este Cabildo quienes fuesen estos, y funda su intención solamente en el derecho de posesión, como que la costumbre puede adquirirla éste y otros muchos. Muy sensible le es que la causa del venerable   —314→   siervo de Dios, padezca alguna demora, pero habiendo empezado a actuar en ella su Ilustrísima, quedará muy recomendado el proceso si la finaliza un Prelado de tan apreciables circunstancias y veneración. Y aunque los negocios de la actual visita son tan graves, es mayor la comprensión de su Ilustrísima y la expedición con que maneja los asuntos de su gobierno, lo que le hace esperar se logre en breve el fin que anhela su piedad, sin que se considere con algún recato moral o político si se detuviere la causa por este motivo, porque ha hecho dictamen de que debe proceder en estos términos por su conciencia y honor. Repite su Ilustrísima que usa de la expresión de que no conviene por ahora, lo que hace creer lo permitirá en adelante, sin que haya el arbitrio de señalar otros prebendados que se excusarán, por no ser de su obligación o recelar incurrir en el mismo desagrado de su Ilustrísima. Nuestro Señor guarde, &.

En 5 de Mayo se trató por los mismos capitulares de escribir al Rey se interpusiese en Roma a favor de las causas de beatificación y canonización de los venerables fray Juan Masías y fray Martín de Porras.

En 8 de Mayo juntos en Cabildo los mismos capitulares se recibió otro billete del día 6 en que reproduce el Arzobispo que, entretanto que se consiga la determinación conforme a la del Cabildo, toca a su Provisor y Vicario general usar del derecho de preferencia de asiento en todas las concurrencias capitulares, políticas, particulares, y en el tribunal apostólico formado en la causa del venerable Castillo.

En 16 de Mayo se le contestó por los mismos capitulares que el Cabildo cree haber cumplido con la veneración y respeto a su Ilustrísima, haciéndole presente sus derechos que juzga poderosos para vencer las dudas de su Ilustrísima, como lo fueron para satisfacer a sus predecesores siempre que se ofreció igual asunto; que está en posesión de sus derechos y cualquier novedad fuera renunciarlos; por lo que reproduce cuanto tiene dicho.

En 1º de Junio juntos Arcediano y capitulares se pidió un donativo para Portobelo, y se representó la imposibilidad de concurrir por estar reducidas las rentas decimales a tan infeliz estado que no alcanzaba a la precisa decencia por la rebaja de las acrecencias. Habiéndose insinuado el   —315→   Arzobispo con los racioneros, obligándolos a recibir hincados su bendición en las mismas cantadas, se les franqueó el archivo para los testimonios que necesitaban.

En 6 de Junio le escribieron los racioneros una carta al Arzobispo sobre el asunto.

En 16 de Junio avisó el Arcediano que había extrañado el Arzobispo que dicha carta no fuese firmada por los canónigos y dignidades.

En 22 de Junio congregados los mismos capitulares comunicó el Arcediano habérsele notificado al Magistral un auto del Arzobispo, mandándole se abstuviese de ministrarle en las funciones de concurrencia, y suspendiéndole de confesar mujeres Tante ne animis celestibus irae? El motivo de tanto enojo contra el magistral nació de que, en 20 de Marzo de 1753, hizo presente el Arcediano que se le había hecho saber un auto para que concurriese al día siguiente al palacio Arzobispal con el Chantre Sota, el Tesorero Bengoa y el canónigo Molleda, a la apertura de las remisoriales del venerable Castillo; y que estando mandado por su Majestad amparar al Cabildo en la posesión de no dar lugar al Provisor, se escribiese a su Ilustrísima la resolución del Cabildo; contestó el Arzobispo avisando la escusa el Provisor para no asistir; instó el Arzobispo el Sábado 31 de Marzo pidiendo el privilegio; fue preciso responderle el Domingo 1º de Abril, porque el negocio no podía esperar; y sentando el Arzobispo que en el papel antecedente se le faltó en el tiempo, modo y hora a las debidas atenciones, culpando al secretario, se le dio una cabal satisfacción, haciéndole una individual relación de los hechos, y es la siguiente:

«El dicho día se juntó el Cabildo a más de las cinco de la tarde, y es propuso que aquella mañana fueran citados los cuatro capitulares para que, al siguiente día, concurriesen a la mencionada apertura, y se acordó que era preciso defender sus privilegios antes que se suscitara mayor escándalo; a este fin se buscaron en el archivo las cédulas, y se resolvió escribir a su Ilustrísima poniendo el billete en sus propias manos, y pidiendo que por la angustia del tiempo no se perdiese instante; se finalizó todo a la oración, y se encargó al secretario llevase el papel como lo ejecutó a las siete   —316→   de la noche, considerando esta hora más proporcionada que otra de la mañana siguiente, siendo la citación para las nueve. Que se hubiese faltado en el modo la ignoraría el Cabildo, si el Arcediano no lo hiciese saber que el notario Cayetano Soria le había dado recado de su Ilustrísima previniéndole no le remitiese billete con el señor Poveda, por haber usado la desatención de entrarse en el interior de su palacio sin avisar; y estando presente aseguró que cuando llevó el pliego no encontró con quién hablar, ni al paje de cortina en la pieza del dosel inmediata al dormitorio donde regularmente habita su Ilustrísima, y entró como lo ejecutaban personas de menos distinción que la suya, sin que hubiese puerta cerrada ni cortina corrida; pero que no encontrándolo y estando abierta la puerta que cae al corredor que mira al patio principal, persuadido a que allí estuviese, el paje se acercó al umbral y dio con su Ilustrísima que se estaba paseando en él, y que su moderación le obligó a no llegarse a hacer señal en la puerta del dormitorio y a buscar con quién avisar, y que le era muy sensible que después de tanta atención se le atribuya un exceso, por lo que suplica el Cabildo a su Ilustrísima que deponga cualquier dictamen ofensivo y corra la correspondencia del secretario para evitar el escándalo, y por ser difícil usar de otro conducto.» Estos hechos tan sencillamente expuestos no mitigaron el ánimo del Arzobispo.

En 12 de Julio compareció D. Tomás de Querajazu con dos cédulas: la una en que se hizo merced de la ración que vacó por muerte de D. Clemente Larreta, y la otra por la que se le dispensa no haberle presentado en el tiempo prefijado, y en su virtud se recibió.

En 3 de Agosto juntos en Cabildo el Arcediano, dignidades y canónigos, dijo el Arcediano que, en los autos proveídos por el Provisor y Vicario general se había notado que no se le daba el tratamiento de señor al señor D. Juan José Marín de Poveda, canónigo Magistral, extendiéndose este tratamiento aún a los pedimentos de los subalternos; y todos convinieron en que esto se expresase a su Ilustrísima por esta consulta:

«Ilustrísimo Señor:

Estando el Cabildo en posesión de que todos los predecesores   —317→   de su Ilustrísima y sus Provisores y subalternos den a los capitulares el tratamiento de señoría, de palabra y por escrito, absoluta e indistintamente y en todas ocasiones, extraña la novedad de haberse alterado esta costumbre laudable, a la que se ha faltado interrumpiendo una posesión tan antigua en todos los autos y papeles en que ha sido preciso nombrar a los que componen este cuerpo. Lo que más justifica esta posesión es el tratamiento que a su Ilma. mismo le han debido en sus cartas de 25 de Diciembre de 1749, 9 de Mayo y 8 de Junio de 1751 los señores capitulares D. Andrés de Munive, D. Fernando de la Sota, D. Gabriel Chávez y D. Diego del Corro, y no habiendo mudado de cualidad este Cabildo no hay motivo justo para que se le despoje de esta posesión. Todo nace de haberle escaseado su Ilustrísima este tratamiento, practicando lo mismo a su imitación su Provisor y ministros subalternos, haciéndolo más reparable la franqueza con que su Ilustrísima lo da a otros que no lo tienen, como podría hacerse ver con sus mismos autos. El promotor fiscal sabe muy bien esta práctica y posesión del Cabildo, y es la primera vez que deja de usarla con los capitulares. En el oficio encontrará su Ilustrísima que en todos los edictos de ascenso a canonjías se lee el tratamiento, y sucede lo mismo que en esta Iglesia en todas las demás. En cuantos autos han venido y vienen por apelación de las sufragáneas se reconoce esta costumbre, y al presente se manifiesta en la causa que sigue el señor D. Pedro Aquirlano, Arcediano de Panamá, con el Convento de Santo Domingo de aquella ciudad sobre un sitio que pretende para la extensión de su Iglesia, en que aquel Provisor lo titula señor Arcediano. Pero ¿qué mucho si el mismo Provisor de su Ilustrísima, en el auto de fojas 193 y 195, ejecuta lo mismo? Lo que justifica la práctica dicha porque en las oficinas se saben los estilos y tratamientos por una inveterada práctica. Escasearlos al Cabildo es una irregularidad e inconsecuencia del Provisor. Qué razón puede haber para darlo al Arcediano de Panamá que no milite en favor de los capitulares de Lima? Pues además de la razón general de ser Cabildo eclesiástico tiene las gravísimas particularidades de ser Cabildo propio de la diócesis, y serlo de la Metrópoli. Hay dos especies de tratamientos: uno absoluto que se debe   —318→   dar siempre, y por siempre, y en todas partes, y por todos en ausencia, presencia, y por escrito, y de palabra, como el de los Oidores; otro respectivo que se debe dar con respeto a ciertas personas y lugares, como a los regidores, a sus Cabildos, a los cónsules en su tribunal, y a los doctores en su claustro. Y en esta clase entran los Cabildos eclesiásticos con sus Prelados; como su Ilustrísima y el Cabildo forman un cuerpo de que su Ilustrísima es cabeza y los prebendados miembros, disonaría a la política y razón de estado que se faltase en lo que está decidido por derecho canónico y con unos hermanos de su Ilustrísima. Por todo lo que suplica el Cabildo a su Señoría Ilustrísima corrija a su Provisor y promotor, &.»

En 7 de Agosto juntos en Cabildo Arcedianos y capitulares, el notario Cayetano Soria notificó dos autos del Arzobispo: uno para que se tenga cuenta de los libros del archivo, dando antes razón del estado de las memorias, y el otro para que no se hagan Cabildos sin avisar a su ilustrísima se sentase en el libro por dicho notario mayor. Salió éste y se acordó que al pie del mismo auto se pusiese lo siguiente: que está pronto el Cabildo a guardar la consueta celebrando Cabildos los martes y los viernes, y que avisará a su ilustrísima de los Cabildos que se celebraren y sus puntos, cuando los negocios que se hayan de tratar sean de los que el Cabildo no puede resolver por sí sin consentimiento de su ilustrísima. Y que es constante en derecho que, para los negocios que interesan a la dignidad arzobispal y para conferir el modo de defender sus privilegios, no debe dar noticia al Prelado; que así lo ejecutará el Cabildo siempre que le convenga, por lo que no puede permitir se asiente el auto en el libro, a menos que sea junto con su respuesta. Resistiose el notario, y conferido el punto se resolvió que si se repite la instancia lo mande su ilustrísima por escrito. Igualmente mandó repetidos recados al Cabildo para que no se le hablase por consultas sino por nupcias o suplicatorias; y se le respondió que el Cabildo no podría faltar al   —319→   estilo observado por los tribunales y los que hacen cuerpo, como se ha practicado con todos los Arzobispos.

En 18 de Setiembre juntos en Cabildo el Arcediano, dignidades y canónigos, habiendo enviado el Arzobispo su voto con el Tesorero Román y Gallegos al Arcediano, el señor Magistral Poveda hizo renuncia de la secretaría, la que se le admitió dándosele las gracias por el celo con que la desempeñó; y se nombró en su lugar al racionero D. Pedro de Alzugaray que juró sobre los cuatro Evangelios guardar secreto y cumplir fielmente, sirviendo el perdiguero D. Tomás de Ochoa de notario: y en el mismo día el canónigo D. Manuel Molleda dio razón de las memorias sacadas de los apuntes del archivo. En el mismo día se notificó otro auto del Arzobispo, pidiose testimonio de él al notario que contestó que su ilustrísima quería se le pidiese por diputación, memorial o petición, sobre lo que se consultó a su ilustrísima, lo que después certificó el escribano Andrés de Quintanilla en 14 de Diciembre. Reducíase la consulta a decir a su ilustrísima que, estando congregado el Cabildo en 7 de agosto pasado, entró de orden de su ilustrísima en la sala capitular el notario mayor a hacerle saber dos autos: uno de orden a la custodia de los papeles del archivo, y otro sobre que no se hiciesen Cabildos sin su noticia y que se observase la consueta, copiándose los autos en el libro para su constancia, y tratada la materia se acordó se respondiese que el Cabildo estaba pronto a cumplir la consueta celebrando Cabildos martes y viernes, no habiendo justo embarazo (y lo demás que ya se mencionó). Por último su ilustrísima ya no se comunicó al Cabildo por billetes, ha mudado de estilo, y ya lo hace por notificaciones previniéndole no escriba cartas ni consultas. El Cabildo ha hecho consultas al Virrey que las ha admitido como las recibe del secular, del Consulado y de cualquier juez, y se las hacen al Rey sus tribunales: y como este estilo no ofende la representación, carácter y autoridad de su ilustrísima ni desdice del suyo, no tiene qué enmendar en esta parte, ni hay razón para no admitirlas. El modo con que al presente le hace saber sus órdenes no lo distingue de la persona de   —320→   menos representación de la República, y protesta solicitar su remedio donde le convenga; que el notario se excuse de poner sus respuestas al pie de los autos que notifica es contra práctica; a toda persona de distinción se le admite, y sólo al Cabildo se le niega esta urbanidad; si respondiese arbitrariamente habría justificado su desobediencia, pero cuando demuestra algún privilegio o derecho debe quedar su ilustrísima satisfecho. La respuesta que dio el día 3, y aseguró el notario no quiso oír su ilustrísima, se reducía a que sirviese remitir al Cabildo testimonio del auto, el que no hay título para que se niegue. A ningún tribunal, Cabildo, comunidad o congregación ordena el Papa, el Rey o algún superior lo que tiene por justo que practiquen, sino dirigiéndole el precepto original o en testimonio; y es convenientísima tal práctica porque conduce al modo más fácil de ejecutar lo que se manda. Se queja su ilustrísima de que no se atienden sus órdenes verbales sino se las remite por escrito; quedaron en los mismos términos, porque aunque el notario las lea no se evita la equivocación, el olvido o la duda. El Cabildo se compone de miembros que no todos tienen igualmente vivo el oído, ni todos asisten por enfermos; por todo lo que es preciso que se les hagan saber las órdenes de su ilustrísima del modo dicho, para obedecerlo o usar de sus derechos en lo que fuere contra sus privilegios.

En 2 de setiembre juntos el Arcediano y capitulares dijo el Arcediano: que los había juntado por orden expresa del Arzobispo para que el notario mayor Cayetano de Soria hiciese saber al Cabildo ciertas providencias. Entró a notificarlas, no admitió las condiciones que se le pusieron, y se salió. Se le preguntó lo primero que si traía auto, dijo que sí; lo segundo que si pondría la respuesta del Cabildo al pie del auto, y lo tercero si daría testimonio de él, respondió que no; lo cuarto, si podría dejarlo al secretario del Cabildo para que quedase allí para cumplirlo, respondió que no. Lo quinto, si recibiría una consulta a su ilustrísima para que le mandase dar testimonio, y respondió que no. Entonces dijo el Cabildo que estaba pronto y deseoso de obedecer a su ilustrísima; pero que no admitiéndole respuesta, ni dándole testimonio de los proveídos, ni recibiéndole   —321→   consulta sobre su contenido, no podía el Cabildo admitir notificación que le perjudicase sin darle oído; y aunque el notario sólo sentó que no quería dejarse notificar, se le instó que debía poner por diligencia los motivos por que se excusaba.

En 23 de Setiembre juntos el Arcediano y cabildantes dijo el Arcediano que habiendo el día antes llevado el procurador una consulta a su Ilustrísima, acompañado del escribano D. Andrés de Quintanilla, y respondido su secretario por qué no la llevaba el del Cabildo, le parecía que se ejecutase así poniendo en el billete los motivos que habían tenido para lo practicado; todos fueron del mismo dictamen. Así se practicó, haciéndole ver a su Ilustrísima el Cabildo los motivos que tuvo para hacer sus consultas por su procurador, y que cesando dichos motivos lo ejecutaba por su secretario. Certificó el secretario del Cabildo que su Ilustrísima recibió el pliego que le llevó, y expresó que él respondería.

En 25 de Setiembre el billete del Arzobispo, que se mandó copiar, en que dice que, recibidas ayer varias representaciones por mano del secretario capitular, mandó suspender los procedimientos judiciales sobre las causas que refieren, para tratarlos con paz y concordia a que se dirigen sus intenciones.

En 7 de Noviembre se recibió D. Bernardo Zubieta, cura de la Catedral, en la ración que obtuvo D. Esteban José Gallegos.

En 8 de Noviembre se nombraron conjueces para leer la canonjía Doctoral, vacante por muerte de D. Gabriel de Chávez.

En 27 de Diciembre se encargó al Procurador de la Compañía de Jesús la solicitud de unas reliquias insignes, dándole cien pesos para los costos.

En este año murió el racionero D. Miguel Iturrios.



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ArribaAbajo- 1754 -

Arzobispo D. Pedro Antonio Barrueta, Arcediano D. Bartolomé Lobatón, Chantre D. Fernando de la Sota, Maestre-escuela D. Francisco Herboso, Tesorero D. Santiago Bengoa, canónigos D. Fernando Cavero Teologal, D. Juan José Marín de Poveda Magistral, D. Manuel Molleda, D. Manuel Fernández Pérez, D. Diego Román, D. Pedro Lancho, D. Esteban José Gallegos, (vacantes la Penitenciaria, y la Doctoral) racioneros D. Francisco Tagle, D. Pedro Alzugaray, D. Tomás Querejazu, D. Julián Maturana y D. Bernardo Zubieta (vacante la de Iturrios), medios racioneros D. Francisco Gómez de los Ríos, D. Cristóbal Bécquer, D. Francisco de la Concha, D. Melchor Carrillo, D. Carlos Cosio y D. Nicolás de Cárdenas; secretario del Cabildo D. Pedro Alzugaray, racionero.

En 2 de Abril fue nombrado juez de D. Francisco de la Concha, medio racionero.

En 26 de Abril se le envió a decir al Arzobispo que, aunque le parecía al Cabildo que le tocaba el nombramiento adjuntos para la visita del archivo común, su Ilustrísima la practicase como fuese de su agrado, quedándole al Cabildo la facultad de ocurrir a pedir la declaración de su duda donde le convenga.

En 7 de Mayo propuso el Arcediano cuatro puntos para el concordato con el Arzobispo: primero, que se le suplicase que cuando diese al Cabildo el tratamiento nuestros muy amados hermanos o se dirija al cuerpo, se le titule Venerable Deán y Cabildo; segundo, que en orden a la visita particular del archivo se le dará razón de los instrumentos o papeles que deban constarle, después que se forme el índice privadamente, no poniéndolos en el concordato; tercero, que concluido el índice se le dará parte para que visite el archivo común con los dos diputados que elija el Cabildo; cuarto, que sobre la preferencia del Provisor en la causa del Venerable   —323→   Castillo, como delegado del Papa, que se ponga en el concordato que concurran los capitulares con el Provisor cuando el Arzobispo no pueda asistir, dándole el primer lugar, sin que esto le dé derecho para que se le admita en el coro ni en otro concurso del Cabildo, ni vulnerarle el que tiene según la cédula de 15 de Abril de 1682, siendo libre el Cabildo de ocurrir a Roma o al Rey para pedir se declare este punto, sin que pueda alegarse la posesión, y que así lo proteste el Cabildo dándosele el resguardo correspondiente; lo que se aprobó unánimemente.

En 14 de Mayo se recibió D. León Home Pesoa, en la ración que vacó por muerte de D. Miguel de Iturrios.

En 16 de Mayo se acordó que en las ocasiones en que el Arzobispo hablase de Nos, conviene que se siguiese el tratamiento del señor Zuloaga, esto es Nuestros muy amados hermanos, Venerable Deán y Cabildo.

En el mismo Mayo se resolvió que, habiendo muerto el doctor D. Juan Antonio Llorena, sin haber tomado posesión de la canonjía Penitenciaria, se volviesen a poner edictos.

En 28 de Mayo sobre que en el concordato se pusiesen las cláusulas de protestas de que no se perjudiquen los derechos de su ilustrísima y del Cabildo. No convino el Arzobispo y cedió el cabildo en 31 de Mayo. En el dicho día 31 dio el Cabildo poder al Tesorero D. Santiago Bengoa y al canónigo Teologal D. Fernando Cavero para que, arreglándose al borrador aprobado por el Arzobispo, firmasen el concordato.

En 11 de Junio se trajo, leyó y admitió dicho concordato que contenía: primero, que el tratamiento que se daría al Cabildo sería: Nuestros muy amados hermanos los señores Venerables Deán y Cabildo, que se usará por su ilustrísima así en autos que principien por Nos como en los demás, excepto en los de visita, y que lo mismo mandaría observar en su audiencia Arzobispal y demás juzgados, dando el tratamiento de señor a cualquiera de sus individuos en todos casos y cosas; segundo, que por ahora visitase su ilustrísima el archivo común con adjuntos nombrados por él o por el Cabildo, como le pareciese, quedándole a salvo su derecho al Cabildo, el que protesta representar donde le convenga;   —324→   tercero, que se remitan a su ilustrísima los libros de memorias del Cabildo con sus justificativos, para disponer de sus subsistencia y recaudación; cuarto, que cuando el Cabildo como parte litigue ante su ilustrísima hable por suplicatoria, por sí o por procurador, y tratando materias de gobierno dirija sus consultas o diputaciones a su ilustrísima; quinto, que en los Cabildos regulares de martes y viernes y demás que interesen a la dignidad, dé parte a su ilustrísima para que si le parece asista, a excepción de los que privadamente competen al Cabildo, de que no avisará ni dará parte de su contenido; sexto, que para separar los papeles de la dignidad o archivo común de los pertenecientes al Cabildo y su coordinación, daba su ilustrísima un año que se prorrogaría en caso necesario, y que concluido este, con aviso, visitaría el archivo común; sétimo, que hecha la separación y coordinación se determinaría cuántas llaves había de tener el archivo octavo, que cuando el Provisor asista, por no poder su ilustrísima, con tres canónigos o dignidades a las actuaciones de beatificación, se determinó por mediación del Virrey que presidiera el Provisor, sin que sirva esto de ejemplar para que el Provisor, sin que sirva esto de ejemplar para que el Provisor pretenda tener lugar en el coro y concursos del Cabildo; y protestó el Cabildo ocurrir a Roma o al Rey para que se declare este asunto de la preferencia en la causa del Venerable Cabildo; noveno, que este concordato se ponga en el libro de Cabildos con los demás papeles conducentes, sacándose dos testimonios firmados, uno para su ilustrísima y otro para el Cabildo, autorizados por el secretario de visita.

En 12 de Junio recibió el Arcediano presidente un recado de la Real Audiencia que respecto de no asistir a las vísperas del Corpus el Virrey, por estar indispuesto, la saliesen a recibir los cuatro prebendados que habrían recibido a su Excelencia; y se resolvió que el secretario del Cabildo pasase a Palacio a decir a los ministros que era costumbre que saliesen cuatro sólo para su Excelencia, y dos solos para la Audiencia sola; que el Cabildo les suplicaba no alterasen esta costumbre, y que si instasen protestase de parte del Cabildo que contradecía el acto y no consentía, para que no se pudiese alegar posesión, notificándolo a su   —325→   ilustrísima antes de pasar a la Audiencia. Respondió su Ilustrísima que estaba bien; y manteniéndose la Audiencia en su resolución se hizo la protesta.

En 28 de Agosto entró al Cabildo el notario Mayor Cayetano Soria hacer saber varios autos de visita; y leído uno muy largo, quedaron solos las dignidades y canónigos, y en presencia de ellos se leyeron los otros dos; y habiendo conferido sobre su contenido dijeron que respecto de que su Ilustrísima mandaba se sentasen en el libro de Cabildos, y por muchos puntos que contenía no podían comprenderlos hasta que hecha esa diligencia se reconociesen; protestaban no les parase perjuicio la notificación.

En 26 de Agosto notificó dicho, notario, con auto de treinta fojas, sobre memorias de esta Iglesia; oído que fue se le confesó lo mismo que en el antecedente. El primer auto con fecha de 8 de Agosto contiene: primero, que los autos de los señores Lobo Guerrero, Arias de Ugarte y Villagómez, sobre la observancia de la consulta dispuesta por Santo Toribio, se guarden sin contravención algunas; segundo, que en la iglesia, altar, coro, etc., se tenga compostura, silencio, etc.; tercero, que en las misas conventuales precisamente, y en las fiestas de tabla, oportunamente se cante Gloria, Credo, Prefacio, Pater Noster, Agnus Dei y Colecta, y concluida la misa en estas fiestas, asistiendo su ilustrísima, no siga el coro en las horas secta y nona, que se dirán inmediatamente después de tercia; cuarto, encarga al Cabildo y maestro de ceremonias el más cabal cumplimiento de estas; quinto, que se tengan los Cabildos los martes y viernes, llamando cuando sea conveniente a los ministros para intimarles sus obligaciones y corregirles sus faltas; sexto, que solo dichos Cabildos ordinarios y algunos otros de establecimiento fijo se hagan sin darse por su ilustrísima llamamiento ante diem, avisándole para que asista a ellos, y en los demás le dé noticia el Presidente para que asista o los suspenda, estando impuesto que se suelen determinar los asuntos sin citación ante diem, contra lo ordenado en la consueta, y que en las materias privativas del Cabildo se podrá juntar sin noticia de su ilustrísima conforme al concordato referido; sétimo, que las reglas municipales de la Iglesia se impriman a costa de la fábrica, para que todos las lean y   —326→   observen; octavo, que a los empleados en oficios se continúe si pareciere conveniente o de no se nombren otros, sin que en uno solo se junten muchos oficios, y que de todo se dé parte a su ilustrísima; noveno, que se tenga cuenta con las alhajas de la Iglesia, dando noticia de su estado a su ilustrísima; décimo, que se ponga en la sacristía una tabla de las fiestas, solemnidades, rogativas, procesiones y demás funciones señalando el día y hora de las fundaciones de aniversarios, misas y obras pías; undécimo, que su ilustrísima se reservaba la administración de los bienes de la fábrica para resolver a su tiempo lo conveniente; duodécimo, que para visitar los papeles del archivo del Cabildo, separándolos de la Iglesia, concedía el término de un año, como consta del capítulo 6 del concordato; últimamente, manda al Presidente la observancia de todo lo dicho y que se haga saber este auto, lo que se ejecutó en la capilla de la Plaza que servía de iglesia.

En 31 de Agosto se juntaron para elegir dos capitulares, que fueron los señores Molleda y Zubieta, para que viesen al abogado, a fin de que se presentase escrito pidiendo los autos originales para perseguir con todo el rigor del derecho varios asuntos del auto y otros en que se ofende el honor, estatutos, costumbres y privilegios de esta Iglesia.

PETICIÓN

«Ilustrísimo Señor:

Basilio Dávila, en nombre del Venerable Deán y Cabildo de esta Santa Iglesia, en la forma que más haya lugar en derecho y al de mi parte convenga, parezco ante V. S. I. y digo: que a mi parte ha hecho saber el notario mayor, tres autos proveídos por V. S. I. en vista, en que se contienen muchos y diversos puntos, que creo no están sujetos a la jurisdicción de V. S. I. ni a la visita; y para exponer, acerca de los que pertenecen a sus privilegios, lo que convenga a su derecho, y que la falta de observancia de ellos no se atribuya a menos reverencia de la que debe   —327→   prestar a los Justos mandatos de V. S. I., sino a la precisa defensa de sus fueros, con la protesta de que por este acto simple, no se entienda atribuir a V. S. I. más jurisdicción de la que tenga.

A V. S. I., pido y suplico, se sirva mandar se me entreguen los referidos autos, para con su vista usar del derecho que compete a mi parte.»

En 7 de Setiembre se trató sobre un recado que envió el Arzobispo con el notario Soria, diciendo que su Ilustrísima había recibido el escrito precedente, que no está arreglado al estilo y práctica que en casos de visita ha observado el Cabildo con sus Preslados, encargando el presidente lo haga presente al Cabildo, para que reflexiona y confiera esta materia de tan perjudiciales consecuencias, y le comunique su resolución, que puede exponer sus reparos sobre los autos, y que entretanto suspende la providencia al pedimento.

En 11 de Setiembre se resolvió se respondiese, por billete, lo siguiente: que se tuvo presente el capítulo 4.º del concordato para comparecer por suplicatoria, persuadido el Cabildo a que hubiera extrañado su Ilustrísima que, cuando nos mande como a otros, compareciésemos en otros términos; que esto mismo practicó el Cabildo en el año de 1658, en ocasión semejante, en tiempo del señor Villagómez; no obstante, abriéndonos su Ilustrísima, la puerta para exponer nuestros reparos, sin que nos tengamos por consentidos, necesitamos tiempo y prolijidad para ejecutarlo, porque es preciso sea por escrito, y que todos los capitulares se enteren y pongan sus dictámenes en los muchos puntos que se tocan, y de que no se encuentra en los libros otros documentos de estilo y práctica, con que se manejaron los anteriores, fuera de los dichos. Desea el Cabildo tener noticia de lo que su ilustrísima, le advierte porque está obligado a venerar a su ilustrísima, a defender sus derechos, jurisdicción y privilegios, dispuesto en cuanto le sea posible a obedecer a su ilustrísima.

En 2 de Setiembre otro recado a su ilustrísima, por escrito, dado por el notario Soria. Habiendo mostrado el punto que dieron los señores sobre la canonjía Penitenciara vacante, dijo su ilustrísima que no podía conformarse   —328→   con él por ser de derecho que el Arzobispo nombre los adjuntos para la asistencia a puntos; y se acordó se le contestase que el Cabildo está asegurado de que le toca el nombramiento de adjuntos, por derecho y costumbre; pero que, no siendo su ánimo hacer competencias que demoren la provisión de esta canonjía, conviene en que corra el auto de su ilustrísima sobre dicha nominación, constando en él el derecho que para ello tiene el Cabildo, a fin de que su Majestad, en vista de los autos, resuelva lo que fuere de su real deliberación en este punto.

En 18 de Setiembre se leyó un billete del Arzobispo para que el Cabildo nombre dos señores con quienes se confieran las diferencias y reparos del Cabildo en orden a sus autos de visita. Se acordó contestarle, por otro billete, que ejecutaría el Cabildo lo que tenía asegurado a su Ilustrísima, pero que necesitaba algún tiempo para registrar los documentos que tenía en su archivo, para lo que le embarazaban no poco la oposición a la Penitenciaria y las actuaciones para la beatificación del Venerable Castillo que se actuaban en la sala capitular donde está el archivo.

En 1º de Octubre se llamó al maestro de ceremonias D. Francisco Arnao, y dijo que el Arzobispo le previno que el uso de la palmatoria era propio de Obispos, no pudiendo usar de ella los que no lo eran; de lo que luego le dio parte al Presidente, quien le respondió contestase a su Ilustrísima lo mandase por auto, que el Cabildo usaría de su derecho; lo que oído por el Arzobispo volvió a instarle cumpliese con su mandado. El Maestre-escuela D. Francisco Herboso que presidía al Cabildo, le preguntó al maestro si la palmatoria se empezó a usar en estos tiempos o anteriormente; respondió que, aún no siendo maestro de ceremonias, lo vio usar en la Iglesia; que había oído a los antiguos que en todos tiempos se había usado, y que la que hoy servía en la iglesia era antiquísima; oído lo cual todos fueron de dictamen que el maestro respondiese al Arzobispo no podía el Cabildo dejar de resistir el despojo que se intentaba hacerle, y que lo mandase por auto, que estaba pronto a usar de su derecho como le conviniese, con lo que lo despidió. También se llamó al apuntador de coro que testificó se le habían notificado   —329→   dos autos: el primero, en que le mandó su Ilustrísima que apuntase todos los Cabildos ordinarios y extraordinarios que hiciesen los capitulares, expresando los que concurrieron a ellos; y el segundo, que lo hiciera cada semana, porque tenía noticia que se celebraba muchos y muy largos; con lo que se le despidió suspendiendo entonces tratar de materia tan grave hasta el Cabildo siguiente.

En 5 de Octubre volvió a tratarse sobre los autos antecedentes y que se consultase al abogado, presentando escrito al Arzobispo sobre palmatoria y demás asuntos, y que estando pendiente el auto de visita proveído sobre memorias se encargaran al señor Concha, superintendente de ellas, que reconociendo los papeles informase lo que hallase por más conveniente.

En 8 de Octubre se leyó un papel compuesto por el abogado en que fundaba no convenir, por ahora, la petición que se había resuelto, y que se escribiese a la Corte al apoderado por haber razón de persuadirse que el Arzobispo informaba a su Majestad.

En 10 de Octubre se nombró de prosecretario a D. Bernardo Zubieta, por ocupación de D. Pedro Alzugaray en su oposición a la Penitenciaria; y se recibió y copió otro recado del Arzobispo con el notario Soria que, respecto de que sus autos de visita notificados no se habían puesto en práctica, no debiendo redactarse por los privilegios y excepciones que dice tener el Cabildo, se declare estar vulnerados con perjuicio irreparable de la Iglesia, fábrica, custodia y aseguración de sus alhajas, buenas memorias y obras pías, observancia de ceremonias en el coro, altas funciones, juntas capitulares y reglas de consueta, totalmente omitidas y renovadas por el capítulo V del concordato, por lo que se ve precisado a solicitar la más pronta obediencia a sus dichos actos y providencia, que por esta última pastoral-monición, bajo las penas de derecho, encarga al Cabildo. Respondió el Cabildo que no se persuade a que su Ilustrísima envíe tal recado, a que no contestará hasta verlo debajo de su firma, y entonces dará la satisfacción debida.

En 12 de Octubre notificó dicho notario un auto con fecha del día 11, en que se prohíbe la palmatoria bajo censura. Se evitó por el Cabildo su uso, por no dar escándalo,   —330→   pero que se hiciese el recurso de que se habló en el Cabildo de 31 de Agosto de este año, presentando la petición allí copiada y renovando el juramento del sigilo que debe guardarse en materia tan grave. Y se excusó el uso de la palmatoria en 13 de Octubre, por evitar escándalo.

El día 14 de Octubre leyó el señor Tesorero D. Santiago Bengoa un recado de su Ilustrísima, escrito que le entregó el notario, en que decía que el Presidente cite a Cabildo y proponga que habiéndole entregado el procurador el mencionado pedimento sobre el uso de la palmatoria, por lo perjudicial que es tratar judicialmente materia tan grave, lo reflexione y confiera con más peso y madurez, comunicándole su resolución, exponiéndole extrajudicialmente sus reparos contra su auto, que entretanto suspendía. Visto lo cual fue de parecer el Cabildo que dicho señor Tesorero y el canónigo D. Pedro Lancho respondiesen al Arzobispo que el Cabildo tenía bien premeditado el asunto, y que se ha presentado a la Audiencia por vía de despojo que se le hace en el auto, y aunque protestó a su Ilustrísima que no dejaría el uso de la palmatoria, con todo se ha abstenido de ella con la protesta conveniente. En cuyo estado no teme resulta alguna del uso de su derecho para solicitar se declare el que tiene en esta materia.

En 22 de Noviembre capellanía de seis mil pesos fundada por D. Francisco Dávila, capellán de esta santa Iglesia, de que es patrón el Cabildo.




ArribaAbajo- 1755 -

En 14 de Febrero declaró la Real Audiencia el despojo de la palmatoria, y se repuso, suspendiendo el Arzobispo su auto.

En 15 de Abril se recibieron D. Bartolomé Jiménez Lobatón y Azaña de Deán de esta santa Iglesia, D. Fernando de la Sota de Arcediano, el Teologal D. Fernando Cavero de Chantre, D. Tomás Querejazu de canónigo, y D. Francisco Gómez de los Ríos de racionero. En el año anterior murieron   —331→   el medio racionero D. Cristóbal Bécquer y el canónigo D. Diego Román.

En 2 de Mayo se le mandó al contador de la mesa capitular que certificase, con reconocimiento de los libros del cuadrante, que los prebendados secretarios de este Cabildo no gozan de privilegio alguno que los exima de la asistencia al coro, y que dicha certificación se remitiese al apoderado de España.

En 23 de Mayo D. Cristóbal Romero fue nombrado apuntador; aceptó y juró en dicho día.

En 14 de Junio propuso el Arzobispo, por recado, nueve puntos; primero, que a su entrada y salida de la Iglesia se le tocase el órgano; se le contestó que no había tal costumbre, pero que no obstante estaba el Cabildo pronto a mandarlo, mas que sería preciso ejecutar lo mismo con el Virrey y Audiencia, y que sería disonancia hacer con él solo esta novedad. Segundo punto, que se estuviesen los capitulares en el plano del coro mientras su ilustrísima subía a su silla, hacía oración y echaba la bendición; respuesta, que se le informe de la antigua costumbre de la Iglesia, y que los capitulares que le han informado lo contrario no oculten su nombre. Tercero, que después de los Kiries se queden parados en el círculo hasta Gloria, respuesta, que es contra la costumbre, citándole las doctrinas que hay sobre esto. Cuarto, que se han hecho Cabildos de diezmos sin darle parte. Respuesta, que de todos los asuntos decimales se le ha dado menos de uno sobre el de Huaylas, porque allí nada se resolvió contra lo determinado de consentimiento de su ilustrísima, que es lo que se está practicando. Sexto: que se han hecho Cabildos sin que su ilustrísima designe el lugar. Que se responda que se han juntado sólo para oír recados de su ilustrísima y que no estando reedificada la sala capitular pueden juntarse en el lugar más a propósito de la iglesia para tratar sus negocios, y que si su señoría quisiese convocar o asistir a algún Cabildo se convocaran, por ahora, en el lugar que le pareciere en la Iglesia o contiguo a ella; y que designar pieza o lugar con nombre de sala capitular, aunque sea en ínterin, toca al   —332→   Arzobispo con el capítulo. Séptima, que se le espere a que eche segunda bendición desde el coche. Respuesta, que se le informe de la costumbre usada por la Iglesia con los señores Virreyes, en cuanto a esperar a que esté en el coche para hacer la segunda venía que no se hacía más de la puerta de la Iglesia; y que ha Arzobispos, viviendo contiguos a ella eran recibidos y despedidos en la puerta de los Naranjos con solo una venia. Octavo, que no le llevaron las llaves de la iglesia cuando las mandó el Virrey. Se responde que entonces estaba abierta la iglesia trabajándose en ella, que las tomó el Tesorero a quien toca su cuidado. Último y nono punto, que se han hecho bancas y facistol sin darle parte. Respuesta, que se le enviaron dos diputados antes de empezarse a poner la sillería del coro, que dijesen a su Ilustrísima que llegaba el caso de disponer de la estrena, los que trajeron la respuesta de que el Cabildo diese las providencias necesarias.

En 27 de Junio el notario mayor leyó un auto en que a pedimento del padre José Meléndez, se declara que los prebendados que fuesen cada mes a retiro gozasen de las distribuciones cuotidianas, avisando a su ilustrísima. Se respondió que se debía avisar al presidente del coro, y que lo contrario era nuevo gravamen. No se le permitió leer otros autos sobre visita por estar suspensa. Mandaba también que propusiese el Cabildo sujeto que fuese ecónomo, y se respondió que eso era privativo del Cabildo.

En 28 de Junio se recibió billete para que se le remitiese al Arzobispo el libro corriente de Cabildo y otros puntos. Se remitió por tres veces la respuesta con el secretario, y no fue admitida mientras el Cabildo no oyese sus órdenes. El secretario del Cabildo contestó al del Arzobispo que el Cabildo estaba pronto a oír las dichas órdenes.

En 24 de Julio se recibió D. Tomás Geraldino en la media ración vacante por muerte de D. Cristóbal Bécquer.

En 23 de Agosto se respondió al Arzobispo que no se le podía remitir el libro de Cabildo por ser contra todo derecho; que si alguno lo intenta, con pena de excomunión a su Cabildo, Benedicto XIV la declaró injusta y ningún Prelado de esta Iglesia lo ha intentado jamás. Se le representó que no llevase al maestro de ceremonias a iglesias extrañas,   —333→   donde ni pontificaba ni medio pontificaba, a su Ilustrísima del servicio de dicho ministro por sólo ornato y ostentación, como lo ejecutó el 4 del corriente en que dejó el entierro del medio racionero D. Carlos Cosio (que murió en 3 de Agosto) sin maestro de ceremonias, llevándoselo a Santo Domingo, y diciendo: primero soy yo. Y se quejaba el Cabildo de que, en las fiestas de patrones y otras a que asiste, precisa a que le acompañen dos dignidades, aun no pontificando, en hábito canonical, de sobrepelliz, contra toda costumbre, práctica que no debe aceptarse por la poca decencia al vestirse y desnudarse los dichos señores.

En 29 de Agosto, que la profesión de fe en los recibimientos debe hacerse ante el Arzobispo, su Provisor a ante el Cabildo.

En 2 de Setiembre se trató del mandato del Arzobispo para que el maestro de ceremonias de ningún modo asista a las misas de los capitulares en otras iglesias sin su licencia, y de ningún modo a las de los prebendados.

En 11 de Octubre recado descomedido sobre los recursos a la Audiencia, lepra pretendida del señor Poveda, y otras cosas. Se despide de no asistir a la Iglesia, y juzga conveniente el Cabildo no contestarle. Real cédula al Arzobispo de Lima participándole lo resuelto en vista de la indebida causa de lepra que formó a D. Juan José Marín de Poveda, canónigo Magistral de la Santa Iglesia Metropolitana de Lima, que aunque de fecha posterior parece debe ponerse aquí afortunadamente-Muy Reverendo en Cristo Padre Arzobispo Metropolitano de la Iglesia Metropolitana de Lima, de mi Consejo. En cartas de 24 y 27 de Setiembre de 1755 participáis legalmente, con testimonio de autos, lo ocurrido en la causa formada en nuestro juzgado sobre la justificación del accidente de lepra que se supo padecía el canónigo Magistral D. Juan José Marín de Poveda, la providencia dada por vuestro Provisor para que se abstuviese de toda comunicación ínterin se determinaba el punto principal por el protomedicato, y el recurso de fuerza introducido por el interesado en esa mi Audiencia que declaró la hacía vuestro Vicario, y mandó remitir el conocimiento de la causa al propio tribunal del protomedicato; y que quejándoos de esta providencia solicitáis se declare si la ley real que comete   —334→   a este el conocimiento del accidente, referido comprende a los eclesiásticos, si en este caso podrá su juez separar interinamente de la comunicación pública a cualquiera de ellos notado de semejante enfermedad, y si sentenciada la causa le deberá dar noticia aquel tribunal para que, según los sagrados cánones, disponga lo conveniente en cuanto a la persona beneficios del enfermo. En otra de 31 de Diciembre siguiente expresáis que sin embargo de haber mediado más de cinco meses, desde la fecha del auto en que la Audiencia hizo la expresada remisión al protomedicato, no se os había dado aviso de su determinación, y os hallabais precisado a comunicar al Magistral con inmediación en la Iglesia, y el justo recelo del dispendio de vuestra salud y de la de los demás, lo que dio motivo a la causa, y que sólo pudiera disminuir pero no borrar del todo (por las manifiestas señales de su accidente que tiene en la cara y manos) la contraria declaración de los médicos y su tribunal, y que habéis omitido proceder a lo que pudierais, según vuestras facultades, por evitar nuevas competencias y escándalos, y quedabais esperando mi real determinación. Por parte de dicho Magistral se ha presentado un testimonio íntegro de los autos, a fin de que confirmándose la sentencia del protomedicato sea servido tomar las demás providencias que conforme a la naturaleza de la causa tuviere por conveniente.-Y visto todo en mi Consejo de las Indias, con lo que dijo mi fiscal y atendida la justificación con que ha procedido así mi Audiencia como el protomedicato, he venido en aprobar cuanto han ejecutado; y por el contrario he visto con el mayor desagrado vuestra conducta en el asunto que tan claramente manifiesta la falta de fundamento con que se suscitó y actuó la mencionada causa, y haber dimanado solamente de suma ligereza, siniestro influjo, poca consideración o algunos fines particulares; lo que a no convencerlo la evidencia no fuera creíble en un Prelado de vuestro carácter, superioridad y circunstancias, y mucho menos atravesándose la estimación y decoro de un eclesiástico tan digno de atención por las prendas de literatura, virtud, nacimiento y oficio que hacen tan recomendable su persona, y por lo mismo más sensible el gran rubor y sonrojo que tan injustamente ha padecido; y en el supuesto de ser ociosas, siempre   —335→   que se camina sin la pasión y empeño que en el caso presente, las demás declaraciones que pedís, he resuelto preveniros únicamente que si sucediese alguna vez el declarar el protomedicato leproso a algún infecto, o de cualquier otro accidente contagioso por el cual sea preciso el separarle de la comunicación y reducirle al hospital, que es lo único que toca a su inspección y conocimiento, se debe participar a su juez ordinario la determinación para que, en consecuencia de ella, providencie conforme a derecho y cánones lo correspondiente en cuanto a su renta y beneficios. Y así mismo he resuelto por lo que resulta de este expediente contra el cirujano Pedro de Utrilla imponerle la multa de doscientos pesos, aplicados por mitad a mi real cámara y gastos de justicia, para cuya ejecución se ha expedido con la fecha de este el conveniente despacho. Todo lo cual os prevengo para que lo tengáis entendido, y evitéis en adelante ocurrencias que merezcan mi real desagrado. Dado en Aranjuez, a 31 de Mayo de 1757.-Yo el Rey.-Por mandato del Rey Nuestro Señor.-Matías José Vásquez Morales.

En 22 de Octubre mandó notificar el Virrey al Cabildo para que ponga en su secretaría los libros de inventario de las ahajas de la Iglesia, para que se inspeccione de orden de su Majestad, por haberle informado el Arzobispo estaban en el último desorden. Se le respondió que los tenía su ilustrísima para visitarlos, pero le pedirían para remitirlos con toda prontitud.

En 17 de Noviembre prevenciones para el estreno de la iglesia en el día de Corpus, 29 de Mayo del año venidero de 1756.

En 17 de Diciembre convino el Arzobispo en que, en adelante, luego que llegase a su asiento antes de hacer oración daría su bendición al Cabildo, para que tomasen sus lugares y orasen junto con su señoría.



  —336→  

ArribaAbajo- 1756 -

En 11 de Enero se trató de remediar el exceso de los sacristanes mayores que pedían ciento ochenta pesos por las honras de los prebendados, y se dio parte al Arzobispo.

En 1º de Mayo se recibió D. Pedro Alzugaray de canónigo Penitenciario, y D. Melchor Carrillo en la ración que dejó Alzugaray.

En 3 de Mayo se recibió D. Francisco Espinoza, ausente, Doctoral de Arequipa, por medio de apoderado con facultad del Virrey, en la canonjía Doctoral de esta santa Iglesia, que vacó por muerte de D. Gabriel Chávez.

En 26 de Julio habiendo el Arzobispo nombrado para su Provisor al doctor D. José Potau, por muerte de D. Fernando Villavisencio, siendo enemigo de este Cabildo se temía que, como su antecesor, quisiese presidir a los conjueces de la causa del Venerable padre Castillo, lo que sería intolerable por su nacimiento, y que si hubiese alguna causa de algún prebendado sería enemigo declarado: por lo que se acordó esperar la resolución del Rey, y en caso de ocurrir alguna causa recusarlo.

En 9 de Agosto, habiendo nombrado el Arzobispo a D. Santiago Bengoa, Tesorero, y a D. Tomás Querejazu, canónigo, por conjueces para la canonjía Teologal, vacante por ascenso de D. Fernando Cavero a la Chantría, despojando al Cabildo a quien solo toca el derecho de nombrarlo, como lo había hecho en la canonjía Doctoral antecedente, estando pendiente el recurso que se hizo al Rey, para no entrar en nuevos litigios, se convino en esperar los resultados y nombrar el Cabildo a los mismos dos señores, bajo la protesta que tenían hecha.

En 2 de Setiembre se resolvió recusar por un billete escrito al Arzobispo al doctor D. José Potau, Provisor, para todas las causas del Cabildo, por sus descomedimientos y faltas de respeto en otras ocasiones, de lo que se dio una queja atenta a su ilustrísima, a la que nunca satisfizo.

  —337→  

En 22 de Setiembre se recibió D. Jorge, Alvarado en la media ración que obtuvo D. Melchor Carrillo.

En 25 de Setiembre murió Arcediano D. Fernando de la Sota.

En 22 de Octubre envió el Arzobispo al notario mayor a que hiciese saber al Cabildo dos reales cédulas; primera, para que los dignidades de esta santa Iglesia sean obligados a cantar todas las misas de primera y segunda clase que no pudiese el Prelado por sí, según la Erección de que dio testimonio. Segunda, en que se manda que el Arzobispo remita las propuestas de las canonjías de oficio, abiertas y firmadas por el Cabildo. Habiéndose conferido el asunto fue vuelto a llamar el notario, y se le hizo poner por diligencia su actuación, y que respondiese a su ilustrísima que el Cabildo reconocería el testimonio de la primera cédula y consideraría si tenía algo que proponer sobre el asunto.

En 27 de Octubre se acordó enviar a España sobre el asunto de adjuntos y otros. Sobre la cédula de las misas de primera y segunda clase, se escribió billete al Arzobispo mostrándole los gravísimos inconvenientes que tenía su observancia, por lo que el capítulo citado de la Erección nunca se había practicado. Por otro billete se le dio parte de que, a su pedimento, se había despachado cédula al Cabildo, para que ninguna dignidad o canónigo de oficio fuese secretario, y siéndolo actualmente el señor Penitenciario, se lo avisaban, para que se pasase a nueva elección, aunque ya el Cabildo había anticipadamente enviado documentos irrefragables a favor de la libertad de esta elección. El dicho secretario entregó a su Ilustrísima ambos billetes.

En 4 de Noviembre se leyeron dos cartas del Arzobispo, de 29 y 30 de Octubre, en respuesta a los billetes que se le escribieron en 5 de Abril, sobre los excesos de los sacristanes mayores, en pedir arbitrariamente grandes cantidades por los funerales de los prebendados, y sobre resistir los curas del Sagrario la paga a los monacillos que sirven en esta iglesia. Considerando que, especialmente una de las cartas, contiene proposiciones indecorosas al Cabildo, se determinó remitirlas en testimonio a su Majestad, anotando las proposiciones oscuras y equívocas, y explicando su verdadero sentido para que se resuelva en justicia.

  —338→  

En 6 de Noviembre el notario Soria hizo saber al pertiguero que convocase, de parte de su Ilustrísima, a los canónigos y dignidades, para hacerles saber un auto. Aunque con este proceder atropellaba el derecho inconcuso del Deán para citar a Cabildo, cuando no asiste el Arzobispo, por que no le pareciese inobediencia convocó a Cabildo. Contenía el auto que la causa pendiente con los curas, sobre pago de monacillos, la remitía su Ilustrísima al Consejo, lo que participada para que el Cabildo usase de su derecho.

En 20 de Noviembre, se le leyó un billete del Arzobispo cerrándose en el cumplimiento, sobre las misas de primera y segunda clase; y con parecer del doctor D. Manuel Silva Labanda, se resolvió escribir otro billete más rendido, para que sobreseyese de su empeño.

En 24 de Noviembre se citó para hacer la elección de secretario en 27 de dicho mes, en cumplimiento de la cédula, para que no obtengan este cargo dignidades y canónigos; y habiendo mandado el Arzobispo que no se hiciese votación, y sólo se confiriese sobre el sujeto proporcionado y se le propusiese, todos dijeron que eso era contra la libertad de la elección, y que ninguno estaba obligado a manifestar su voto antes del acto de votar: por lo que se resolvió pasasen los señores Bengoa y Alzugaray a expresar a su Ilustrísima las dificultades que había para obedecerle, y quedaba suspensa la votación. Trajeron por repuesta que hoy se eligiese, para lo cual dio orden al pertiguero que citase. Causó novedad esta citación por auto de su Ilustrísima, tocándole al presidente del Cabildo. Conferida la materia se hizo comparecer a dicho pertiguero, y que mostrase el auto que manifestó, expresando que al entregarlo el secretario de su Ilustrísima, le dijo que ya había citado de orden del Deán, y le replicó que no obstante hiciese lo que se le mandaba. Oído lo cual, dijo el Deán que, por evitar nuevas diferencia con su Ilustrísima, pasarían a la elección, con la protesta de que consentían con la citación de su Ilustrísima, sólo porque no produjese perjuicio al Cabildo; y mandó al pertiguero diese testimonio del auto verificada la protesta. Se propuso al medio racionero D.   —339→   Francisco de la Concha, que fue electo por todos los votos, habiendo averiguado antes que su Ilustrísima no había envidado su voto; designaron a Bengoa y Alzugaray para que lo participasen al Arzobispo.

En 7 de Diciembre otra notificación al Cabildo insistiendo sobre el cumplimiento de la real cédula sobre las misas de primera y segunda clase, añadiendo que se vistan con los dignidades dos canónigos que hagan de diácono y subdiácono, por decir su Ilustrísima que así lo previene la ley 7 del libro 1º de la recopilación de Indias, y se practica en las Iglesias de León y Castilla y en las del Real Patronato, con lo que se diputaron a su Ilustrísima a D. Fernando Cavero y a D. Tomás de Querejazu, para que le informasen de su allanamiento al primer punto, ínterin se hacía el recurso a su Majestad, sin embargo de los derechos tan notorios que le tenía representados, en los que sólo sobreseía por su profundo respeto a las órdenes de su Majestad, y en confirmación de su perfecta sumisión a su Ilustrísima, por el amor a la paz; pero en cuanto al segundo punto de diaconar los canónigos, acordaron que los dichos diputados le hiciesen a su Ilustrísima las más rendidas súplicas, para que desistiese de su extraordinaria e inusitada pretensión que vulnera mucho los fueros y privilegios del Cabildo, y que en caso de no condescender deliberaba el Cabildo hacer recuro al vice-patrón arreglándose a derecho, para lo que se viese al abogado. Respondió el Arzobispo que no insistiría más sobre que los canónigos diaconasen, y que lo avisaran al Cabildo.

En 16 de Diciembre se insinuó su ilustrísima con el celador D. Cristóbal Romero para que los dignidades sólo cantasen las misas de primera y segunda clase, y ninguna de turno que debían decir los canónigos, y acordaron se diputase a su Ilustrísima a los canónigos D. Manuel Molleda y D. Tomás Querejazu, para que tomasen con el Arzobispo temperamento en esto.

En 20 de Diciembre respondió el Arzobispo que, el Cabildo le presentase nueva consulta, alegando sus derechos sobre este asunto, y todos (menos Cavero) convinieron que así se hiciese.

En 22 de Diciembre se le consultó a su Ilustrísima   —340→   si, además de excluir a los canónigos de las misas de primera y segunda clase, prohíbe también el turno de las semanas entre canónigos y dignidades; y en este caso si a estas las excluye de las misas del Rey, feriales y otras de prebendas, y así mismo si se extiende la providencia a las de cofradías, memorias y aniversarios, protestando el Cabildo en vista de la declaración de su Ilustrísima, usar de su derecho.

En 23 de Diciembre murió el racionero D. Francisco Gómez de los Ríos.

En 24 de Diciembre se leyó un auto del Arzobispo en que declaró que sólo los dignidades cantasen, por defecto suyo, las misas de primera y segunda clase, y que turnen con los canónigos en las de semana, Rey, memorias, feriales, etc.




ArribaAbajo- 1757 -

En 17 de Enero insiste el Arzobispo en su idea sobre las misas de clase, y el Cabildo declara y delibera ocurrir al Rey sobre este punto.

En 23 de Enero pasó el Arzobispo con el apuntador sobre las misas de clase; respondió el Cabildo en 24 de dicho que lo enviase por escrito, y resolvió en 26 de Enero ocurrir sobre esto al vice-patrón.

En 29 de Enero certificaron los capellanes, de coro y ministros de la Iglesia lo que han vino y oído se practica en ella en las misas de primera y segunda clase, que siempre han turnado en ella los dignidades y canónigos.

En 3 de Marzo se reconocieron y aprobaron los papeles, cartas y documentos que se remitieron al apoderado de España.

En 22 de Abril real cédula dirigida al Virrey sobre oposiciones a canonjías de oficio, en que se declara que siempre que sobrevenga muerte civil o natural del presentado por el Rey, antes de tomara posesión, se deben poner nuevos edictos y proceder a otra oposición en la forma regulara, aun   —341→   cuando quede alguno de los nombrados en segundo o tercer lugar; se reprende al Prelado por haber empezado a formar autos a favor del tercer opositor, y se mandó remover de su empleo al promotor fiscal D. José Potau por las expresiones ofensivas al real patronato en su escrito defensivo de la jurisdicción del Arzobispo en este caso, y anula los autos empezados a formar; declara lo segundo que si la muerte, renuncia o indignidad sobreviene a uno o a los tres propuestos en la nómina, antes de que se remitan al Rey los autos, se debe ocurrir al vice-patrón para que, impuesto de la novedad y examinadas sus circunstancias, providencia interinamente lo que más convenga, y dé cuenta indispensablemente a su Majestad de lo que hiciere; declara lo tercero que en la duda de que si se han de poner o no nuevos edictos, determine privativamente la potestad real; declara lo cuarto que se admitan a esta prebenda los que tengan las calidades necesarias, aunque tengan cumplidos los cuarenta años; declara lo quinto que se cumpla lo mandado en la cédula de 16 de Enero de 1755 para que los autos de oposición a canonjías de oficio se entreguen con carta abierta firmada del Prelado y Cabildo que contenga la propuesta de tres sujetos, y que se mantenga el Cabildo en posesión de nombrar los dos conjueces capitulares que reconozcan las presentaciones y asistan con el Arzobispo a puntos y demás que se ofrezca, conforme a estilo. Dada en Aranjuez, a 20 de Junio de 1756.

En la misma fecha se dio noticia de esta determinación al Arzobispo, a quien se le notó en la misma de haber dilatado un año las actuaciones, y que ya que no pudo diferirlas más por la interpelación del Virrey se abstuvo de votar en la prebenda, acción de que no ha habido ejemplar en esta Iglesia, sin quererse reducir a entregar la nómina sino sólo los autos.

En 28 de Abril se trató de la jubilación del señor Deán, que no se verificó porque mudó de parecer, enviando recado con el canónigo D. Esteban José Gallegos.

En 30 de Mayo se recibieron D. Fernando Cavero en el Arcedianato, que vacó por muerte de D. Fernando de la Sota, y D. Juan Marín de Poveda en la Chantría, por ascenso de Cavero. Real cédula en que se concedió a los censatarios de ciudad que tuviesen dos años de hueco, además de   —342→   los que les concedió el superior gobierno, con calidad de que las fincas gravadas reconozcan enteramente todo el censo impuesto en ellas antes del temblor de 1746, de lo que suplicó el Cabildo secular de Lima.

En 14 de Julio el Virrey conde Superunda pasó un billete al Cabildo para que se le diese razón del motivo por qué en el remate de la silla arzobispal en el coro, sólo estaban las armas del Rey de pintura al óleo, y no de medio relieve como están los demás remates, y lo estaba éste antes de la ruina. Conferida la materia se contestó que cuando su excelencia previno que se colocase la silla en el coro, para el estreno de la media iglesia, se encomendó al Arcediano D. Fernando de la Sota, quien se valió del director de la obra D. Alejandro Cambell, al que se le franqueó la pieza donde se guardaban los fragmentos de las maltratadas sillas; el Cabildo cuando vio pintadas las armas de su Majestad se persuadió a que el sobrestante, por lo pronto, tomó esa deliberación, porque como la silla arzobispal fue la que más padeció en la ruina, toda ella quedó incapaz de servir. Después de leído el papel de su Excelencia se averiguó que dichas armas estaban imposibilitadas, y que se encargó su reposición al oficial escultor José Cabello, quien por lo estrecho del tiempo no pudo concluir la obra en el mismo gusto del resto de la sillería, por lo que se suplió con la pintura.

En 16 de Julio se recibió D. Joaquín Carbajal en la ración vacante por muerte de D. Francisco Gómez de los Ríos.

En 1º de Agosto se recibió D. Manuel Cayetano de la Peña en la media ración que renunció D. Fernando Villavicencio.

En 9 de Noviembre recibió el Cabildo dos reales cédulas dirigidas al Arzobispo; la primera de 4 de Noviembre de 1756, en que se le manda no altere la posesión en que están los racioneros y medio racioneros de recibir en pie la ceniza, palmas y demás bendiciones. La segunda de 27 de Noviembre de dicho año en que ampara al Cabildo en sus costumbres loables, y exhorta al Arzobispo a la armonía, previniéndole sobre el recurso que hizo el Cabildo sobre varias novedades que ha introducido y de haberle prohibido el uso de la palmatoria.

  —343→  

En este día se nombró por segundo organista a Manuel Dávalos.




ArribaAbajo- 1758 -

En 5 de Enero por la noche se quemó la capilla de los Reyes de esta santa Iglesia, y el día 7 dispusieron los señores se pagase un hombre que de noche rondase la Iglesia.

En 29 de Mayo se diputó al canónigo Doctoral D. Francisco Espinoza para que indagase si sería del agrado del Arzobispo que pasase el Cabildo a darle la enhorabuena por las noticias de su promoción a granada, respecto de serle precioso al Cabildo mostrar públicamente su júbilo por hacerse sabido que este Arzobispado se confirió al señor doctor D. Diego del Corro, obispo de Popayán. Con la respuesta del Doctoral se resolvió el día 2 de junio pasar a darle a su Ilustrísima el parabién de su ascenso, por la tarde, acabado el coro, respecto de que el día siguiente se hacían las honras del racionero D. León Home Pesoa que murió el Jueves 1º, y era día de dobles.

En 29 de Julio se nombró al canónigo D. Manuel Molleda para que fuese a Santa a recibir al Ilustrísimo señor Corro, con mil quinientos pesos de ayuda de costa, que fueron los mismos que recibió el señor D. Diego cuando salió a recibir al señor Barrueta.

El viernes 25 de Agosto avisó el señor Arzobispo Barrueta que lo aguardase el Cabildo después de horas de la mañana; y concluidas llegó y lo salieron a recibir los señores a las puertas de la Iglesia, lo condujeron al altar mayor, y hecha una breve oración pasó a la sala capitular, y tomando su correspondiente asiento y los señores los suyos, expresó su Ilustrísima su promoción a granada cuya noticia participaba al Cabildo, con gran dolor y sentimiento que le causaba la ausencia; a que respondió el Deán con términos muy propios y significativos del regocijo que causaba al Cabildo su exaltación, al mismo tiempo que sentía su separación de esta santa Iglesia; concluido este acto todos acompañaron a   —344→   su Ilustrísima en la misma conformidad que lo recibieron2.

En 19 de Setiembre el Maestre-escuela D. Francisco Herboso recibió el gobierno de este Arzobispado en virtud de poder del señor Corro, electo en el Buen Retiro en 7 de Diciembre de 1757.

En 27 de Noviembre el señor doctor D. Diego del Corro tomó posesión personal de su Iglesia, viniendo de San Lázaro en público con la Iglesia, en cuya puerta principal le esperaba el Venerable Deán y Cabildo, puesto un altar portátil, con mitra, báculo, capa de coro y vestiduras pontificales, con las que se vistió su Ilustrísima y entró bajo de palio, cuyas varas cargaron los capitulares, cantando la música el Te Deum y antífona Ecce sacerdus magnus. Llegando al altar de la Antigua cantó la oración que previene el ritual el Deán que había salido con capa de coro, siendo diáconos un racionero y un medio racionero; después entonó la música la antífona del titular San Juan Evangelista, cantó su Ilustrísima la oración y echó la bendición al pueblo y, depuestas las vestiduras en el altar, se retiró a su casa.

En 8 de Diciembre asistió su Ilustrísima a la fiesta y mandó citar a Cabildo para después de ella. Congregados en la sala capitular propuso su Ilustrísima que, estando concluida la fábrica de la Iglesia, sería bien pasase el Cabildo en su compañía a dar gracias a su Excelencia por el celo y actividad con que propendió a esta obra; lo segundo, que perpetuamente se le cante en el día de San José una misa al señor Virrey en reconocimiento de su beneficencia, y que el Arzobispo la celebrara pontificalmente; lo tercero, que se escriba al Rey una carta, que también firmaría él, dándole gracias por haber mandado reedificar a su costa la iglesia.   —345→   Se acordó se cumpliese el primer punto aquella misma tarde, quedando conformes con el dictamen de su Ilustrísima un todo lo demás.

Agradeció su Excelencia la demostración del Cabildo en 12 de Diciembre.

En 11 de Diciembre protestó el Cabildo sobre no recibir a la Audiencia del mismo modo que al Virrey.

En este año murió el canónigo D. Pedro Lancho; y quedó el Cabildo compuesto del señor Arzobispo doctor D. Diego del Corro, Deán D. Bartolomé Lobatón, Arcediano D. Fernando Cavero, Chantre D. Juan José Marín de Poveda, Maestre-escuela D. Francisco Herboso, Tesorero D. Santiago Bengoa; canónigos D. Manuel Molleda, D. Manuel Fernández, D. Esteban José Gallegos, D. Tomás Querejazu, D. Pedro de Alzugaray, Penitenciario, D. Francisco Espinoza, Doctoral (vacantes Teologal, Magistral y la de D. Pedro Lancho); racioneros D. Francisco Tagle, D. Julián Maturana, D. Bernardo Zubieta, D. Melchor Carrillo, D. Joaquín Carbajal (una vacante); medios racioneros D. Francisco de la Concha, D. Nicolás de Cárdenas, D. Tomás Geraldino, D. Jorge Alvarado, D. Manuel Cayetano de la Peña (una vacante); secretario D. Francisco de la Concha, medio racionero.




ArribaAbajo- 1759 -

En 8 de Enero asistió el Arzobispo al nombramiento de oficios, y siendo el primero el de adjuntos y dejando al Cabildo en su posesión, protestando que por este acto no fuese perjudicado el derecho de su dignidad sobre el de la propiedad, y en que a pedimento de su antecesor fue emplazado el Cabildo por el Consejo de Indias, procedían al acto de elegir, con lo que los capitulares eligieron por voto común al Chantre Poveda y al Maestre-escuela Herboso.

En 10 de Enero pidió informe el Arzobispo al Cabildo   —346→   sobre la costumbre que había en la Iglesia de poner coadjutor a un capellán habitualmente enfermo.

En 22 de Marzo se resolvió, con asistencia del Arzobispo, que D. Juan Guillén, que es el dicho capellán, esté libre durante su enfermedad de las veinte misas de obligación, y que por ser necesaria su asistencia en el coro ponga un eclesiástico que sirva por él, y no ejecutándolo la practique el Cabildo. Se mandaron poner cuarenta días de convocatoria a la canonjía Magistral, vacante por ascenso de Poveda.

En 18 de Abril se recibieron D. Francisco Tagle en la canonjía vacante por muerte de D. Pedro Lancho, y D. Melchor Carrillo en la canonjía teologal que dejó D. Fernando Cavero.

En 12 de Mayo se recibió D. Tomás Geraldino en la ración que obtuvo D. Francisco Tagle. Habiendo recibido el Arzobispo sus bulas y palio en 11 de Mayo, previno al Deán y Cabildo diputasen uno de sus individuos para tratar el modo de solemnizar su posesión; fue nombrado el Maestre-escuela Herboso, pasando luego el Cabildo a cumplimentar a su ilustrísima, y dio orden para los repiques e iluminaciones de fachadas y torres; el comisionado significó estaba todo pronto para celebrar la recepción del palio, y que se señalase el día para ella; no admitió los fuegos y refresco con que intentó obsequiarle el Cabildo; antes sí se le insinuó para que le acompañase en el día de su posesión que sería el 17 de Mayo; se convidaron los prelados y cuerpos para las diez de dicho día para la misa de gracias, concluida la cual se le pondría el palio; cantada la misa conventual y rezadas las horas canónicas vino su ilustrísima a la puerta principal de la Iglesia, donde lo aguardaba el Cabildo, y en un altar puesto allí se revistió de capa de coro de mitra, se hincó y adoró la cruz, recibió la agua bendita e incienso por el Chantre, también con capa de coro, acompañado de un racionero y medio racionero, e hizo el juramento acostumbrado de guardar los estatutos, usos y costumbres de la Iglesia, entonó la música el Te Deum y entró bajo de palio que llevaron los señores del Cabildo hasta el altar mayor, y cantada la antífona Ecce sacerdus concluyó el Chantre con la oración, bendecido el pueblo pasó su ilustrísima   —347→   a su sitial; se le dio la obediencia besándole la mano los señores del Cabildo, los curas, clero y prelados, y pasó acompañado del Cabildo al coro donde se sentó al lado del Evangelio, en silla con cojín de terciopelo, y el Deán hincado en otro cojín, en cuyas manos hizo su Ilustrísima la protestación de la fe, restituido a su solio, se revistió el Deán con el racionero y medio racionero semaneros, y cantó la misa solemne; y concluida tomó su anterior asiento, e hincado su ilustrísima en un cojín le puso dicho Deán el palio por comisión apostólica; y dicha la oración se levantó su ilustrísima, echó la bendición al pueblo del modo acostumbrado, volvió a su sitial depuestas las vestiduras con que estaba, tomó la capa, consistorial y muceta, y bajó con el Cabildo a la capilla de Santo Toribio donde hizo oración, y acompañándole el Cabildo hasta la puerta se dirigió para su palacio, pasando a él los capitulares a hacerle corte según su prevención.

En 15 de Junio notició su ilustrísima al Cabildo que quería principiar su gobierno con una misión que principiase el domingo de la infraoctava de la Ascensión y acabase en el de Pentecostés. Consultó su ilustrísima que si podría consagrar óleos que le venían de Quito, porque su Obispo había muerto antes de hacerlo: se le dijo que podía. Consultó más, que si dicho Cabildo de Quito habiendo elegido Provisor, antes de los ocho días de la vacante, aun recusando admitir el elegido, si después de aceptado el empleo puede aquel Cabildo coactarle algunas facultades; se le respondió que se registraría, si en el archivo del Cabildo había algo sobre eso. Expresó su Ilustrísima su deseo de que la fiesta de Santo Toribio fuese de guarda, y que se practicasen algunas diligencias, y se nombró procurador de este negocio al canónigo Gallegos. Se admitieron los opositores a la canonjía Magistral, siendo conjueces el Chantre y el Penitenciario; se dudó en admitir a dicho oposición a D. José Irrarazábal, por no ser graduado en Lima sino de Huamanga, cuya averiguación se cometió al secretario Concha, y se mandó dar traslado a los opositores. Protesta sobre el modo de recibir a la Audiencia no asistiendo el Virrey; se acuerda consultar a su Excelencia que determine cuántos sujetos deben salir a recibir a la Audiencia   —348→   cuando viene sola; repite el Cabildo nueva protesta sobre lo mismo.

En 23 de Noviembre mostró el Arzobispo dos cédulas, se nombró a los canónigos Gallegos y Espinoza para que tratasen con su Ilustrísima de su contenido, y antes de su resolución noticien de ello al Cabildo para que se le indemnice de lo que se le imputa.

En este año murieron el canónigo Fernández Pérez y el Arcediano Cavero.




ArribaAbajo- 1760 -

En 7 de Enero se nombró por apuntador a D. Cristóbal Romero, con calidad de que hiciese el juramento debido. Se publicaron censuras para que se restituyesen los huesos de Santo Toribio sacados de su urna, diligencia que se practicó en Abril de 1760.

En 16 de Mayo intentaron los oficiales reales asistir a los remates de diezmos; se les respondió que si viniese sólo el oficial real se sentaría primero el juez más antiguo, segundo el oficial real, y tercero el segundo juez; pero si viniesen Oidor y Fiscal irán sentados en este orden: oidor, fiscal, los dos jueces y el oficial real.

En 25 de Mayo se recibió D. Bernardo Zubieta en la canonjía vacante por muerte de D. Manuel Fernández Pérez.

En 12 de Junio nuevas protestas sobre el modo de recibir a la Audiencia no asistiendo el Virrey.

En 2 de Julio se repitieron las mismas protestas sobre el propio asunto del modo de recibir a la Audiencia.

En 6 de Agosto se acordó que estando para hacerse la jura de Carlos III, el día siguiente se celebrase la misa de gracias con toda decencia; y hallándose el Arzobispo para salir a la visita se despidió de su Cabildo, y pidió sus oraciones.

En 17 de dicho mes se recibió D. José Lazo en la ración de D. Melchor Carrillo.

  —349→  

En 23 de Agosto participó el Arzobispo al Cabildo que dejaba el gobierno al Maestre-escuela D. Francisco Herboso, durante el tiempo de la visita que iba a hacer.

En 7 de Diciembre se recibió el Chantre D. Juan José Poveda en el Arcedianato vacante por muerte de D. Fernando Cavero. En el mismo día se recibió D. Nicolás Cárdenas en la ración de D. León Home Pesoa, y el día 8 D. Agustín Gorostiza en la media ración de D. Nicolás de Cárdenas.

En este año murió el canónigo Teologal D. Melchor Carrillo. En 12 de Diciembre murió D. Bartolomé Jiménez Lobatón y Azaña.




ArribaAbajo- 1761 -

Formaban el Cabildo en 1º de Enero: el Arzobispo, D. Diego del Corro, Arcediano D. Juan José Marín de Poveda, Maestre-escuela D. Francisco Herboso, Tesorero D. Santiago Bengoa, (vacantes Deanato y Chantría), canónigos D. Manuel Molleda, D. Esteban José Gallegos, D. Tomás de Querejazu, D. Pedro de Alzugaray, Penitenciario, D. Francisco Espinoza, Doctoral, D. Francisco Tagle y D. Bernardo Zubieta (vacantes Magistral y Teologal); racioneros D. Julián Maturana, D. Joaquín Carbajal, D. Tomás Geraldino, D. Francisco de la Concha, D. José Laso y D. Nicolás de Cárdenas; medios racioneros D. Jorge Laso y D. Nicolás de Cárdenas; medios racioneros D. Jorge Alvarado, D. Manuel Cayetano de la Peña y D. Agustín Gorostiza (tres vacantes) secretario D. Francisco de la Concha.

En 1º de Febrero se recibió carta de D. José Cepeda, cura de San Jerónimo de Jauja, en que incluye una certificación de haber fallecido allí el señor Arzobispo D. Diego del Corro en 28 de Enero de 1761, a las cinco y tres cuartos de la tarde y fue el celador a visitar a las parroquias y religiones para que practicasen lo mismo; se nombró al canónigo D. Bernardo Zubieta para que, con el ministro que nombrara el Virrey, corriese con el funeral; se acordó que   —350→   los oficiales de la curia siguiesen mientras el Cabildo nombrase Provisor. D. José de Salazar, capellán y crucero de su Ilustrísima, escribió también incluyendo otra certificación de lo mismo y una llavecita, que decía ser de un cofrecito guardado en la caja de tres llaves, en que estaba el testamento de su Ilustrísima, que se entregó al Maestre-escuela para que lo sacase y lo leyese.

En 5 de Febrero se mandó citar a Cabildo para nombrar Provisor en sede vacante el Maestre-escuela D. Francisco Herboso, y se dieron otras órdenes de estilo en tales casos.

En 27 de Febrero se le hicieron las honras al Prelado difunto; cantó la misa el Arcediano, y se informó al Rey de la muerte de su Ilustrísima, de la del Deán Lobatón y de la del canónigo D. Tomás de Querejazu D. Bernardo Zubieta, canónigo, fue comisionado para recibir el pontifical de su Ilustrísima que mandó entregar la Real Audiencia.

En 8 de Abril se contestó una carta del Arzobispo de Granada en que avisaba su feliz arribo a Cádiz. En dicho día se recibió D. José Antonio Dulce, cura de Santa Ana, en la media ración vacante por ascenso de D. Francisco de la Concha.

En 9 de Abril se recibieron D. Francisco Herboso de Chantre, D. Santiago Bengoa de Maestre-escuela, y D. Pedro Alzugaray de Tesorero.

En 23 de Abril se le concedieron a D. Francisco Tagle dos tardes a la semana, que no fuesen de clase, para expedir los negocios del juzgado de legados.

Lunes 4 de Mayo se pusieron edictos para el concurso de curatos.

En 4 de Junio fue nombrado Provisor de monasterios D. Francisco de la Concha, por ausencia de D. Francisco Espinoza, Doctoral.

En 12 de Junio avisó el Virrey que se hiciesen honras a la Reina difunta doña maría Amalia en el 27 de dicho mes.

En 14 de Agosto murió el canónigo Doctoral D. Francisco Espinoza.

En 4 de Setiembre fueron nombrados el Arcediano y el canónigo D. Bernardo Zubieta para reparar la sala capitular arruinada por los temblores.

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En 22 de Setiembre se recibieron D. Agustín Gorrichategui, cura de Jauja, en la canonjía Magistral, vacante por ascenso de Poveda, y D. Julián Maturana en la canonjía vacante por muerte de D. Manuel Molleda.

En 23 del mismo entró D. Jorge Alvarado en la ración de Maturana.

En 26 de dicho mes se recibió D. Pablo Lazurnaga en la ración que fue de D. Jorge Alvarado. D. José Irarrazábal fue hecho canónigo Magistral de Trujillo.

En 5 de Octubre se dio facultad al señor Zubieta para vender las alhajas pertenecientes al espolio del señor Corro, para costear las andas de Santo Toribio.

En 7 de Octubre se resolvió emplear seis mil pesos en unas colgaduras nuevas, para cuya fábrica se comisionó a los señores Gallegos y Zubieta.

En 19 de Octubre se recibió D. Manuel Chávez, cura de Lurín, en una media ración vacante de que se agració a D. Antonio Pérez Villarroel.

En 20 de Octubre se recibió, entre otras cédulas, la de curatos regulares.

En 3 de Noviembre se acordó que los cálices de oro y aguamaniles inservibles de la Iglesia se aplicasen a la conclusión de las andas de Santo Toribio, reservándose siempre las fuentes y aguamaniles como también el cáliz de oro del señor D. Diego del Corro por su particular hechura.

En 7 de Noviembre hallándose opuestos a la canonjía Teologal dos medios racioneros, D. José Antonio Dulce, más antiguo en grado y menos antiguo en prebenda, y D. Antonio Gorostizu, doctor menos antiguo y prebendado más antiguo, se dudó cual se preferiría, y se resolvió que al medio racionero más antiguo. Se remitieron cinco mil pesos a España para una colgadura. Se recibió y leyó un breve de su Santidad por el que concedió el rezo de San José en los días 19, y se mandó archivar.



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ArribaAbajo- 1762 -

En 7 de Enero se recibió una real cédula por la que se dispensa la edad de cuarenta años para oponerse a la canonjía Penitenciaria.

El día 8 se leyó el testimonio de dicha cédula, dirigida al Virrey. En dicho día el Arcediano, Maestre-escuela, Tesorero y canónigos juntos en Cabildo, dijo el Arcediano que podía nombrarse Provisor secretamente, por dimisión del señor Chantre D. Francisco Herboso, electo Obispo de Misque; Gallegos opuso que desde la Erección no había ejemplar; coadyuvaron Tagle y Maturana; los demás dijeron que se había ya hecho con el Deán D. Diego de Salazar en 13 de Mayo de 1776, y que era más conforme a consueta; se difirió la votación al día siguiente 9 de Enero y fue nombrado Provisor el racionero D. Francisco de la Concha.

En 27 de Enero se leyeron dos reales cédulas para que en sede vacante no se cobre cuarta funeral, y en sede plena no pase de doscientos pesos.

En 1º de Febrero, se mandó que, aunque los ministros de la Iglesia tengan diversos oficios, no tome cada uno más que una vela de la Candelaria.

En 3 de Febrero, se nombró de pro-secretario sustituto del Provisor Concha, al medio racionero D. Augusto de Corostizar.

En 18 de Marzo declaró el Cabildo, por el mayor número de votos, no haber lugar a una permuta del curato de San Lázaro por una capellanía, lo que se pretendió por su cura D. Juan Pio Ceballos, y el capellán D. Fernando Román, quedando pensionado el beneficio curado para la congrua y suficiente sustentación del párroco.

En 3 de Mayo se recibió el Arcedián D. Juan José Marín de Poveda en el Deanato de esta santa Iglesia, vacante por muerte de D. Bartolomé Jiménez Lobatón y Azaña.

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En 4 de Julio recibió el Cabildo una real cédula expedida en el Buen Retiro el 15 de Diciembre de 1761, en que se le noticiaba estar presentado a su Santidad para Arzobispo de Lima el señor D. Diego de Parada, Obispo de la Paz, para que ínterin llegaba sus bulas tomase el gobierno de esta diócesis; juntamente se recibió el poder de dicho señor, dado al Venerable Deán y Cabildo, y tomó po él la posesión el Deán D. Juan José Marín de Poveda.

En 21 de Agosto dio licencia el Cabildo, por tres meses, al racionero D. José Lazo Mogrovejo para pasar a Trujillo.

En 2 de Octubre diputó el Cabildo a Ica, para recibir al Arzobispo, al canónigo D. Bernardo Zubieta, con mil pesos de ayuda de costa.

En 24 de Noviembre tomó posesión personal de su silla el nuevo Arzobispo con las ceremonias acostumbradas.

En 31 de Diciembre se recibieron D. Santiago Bengoa de Arcediano, por ascenso del señor Poveda al Deanato, D. Tomás Geraldino, en la canonjía que vacó por muerte de D. Tomás de Querejazu, y D. José Antonio Dulce, en la ración que dejó Geraldino.




ArribaAbajo- 1763 -

En 7 de Enero se recibió el Tesorero D. Pedro Alzugaray en la Maestre-escuela, vacante por ascenso de D. Santiago Bengoa al Arcedianato; se dio providencia para costear las piedras de las gradas del presbítero con el importe de las vacantes del maestro de capilla, de varios músicos y de lo que rentan las covachuelas.

En 4 de Febrero, habiéndose declarado el juicio de posesión que seguía el doctor D. Antonio Ron sobre la capilla del señor Arias de Ugarte, siguiendo su instancia sobre la propiedad, se mandaron llevar los autos el abogado doctor D. Miguel de Valdivieso, a falta del canónigo Doctoral.

En 31 de Mayo se recibió D. José Ignacio Alvarado en la media ración que vacó por ascenso de D. José Antonio Dulce.

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En 15 de Junio murió el Maestre-escuela D. Pedro de Alzugaray.

En 29 de Julio se recibió D. Francisco Tagle en la Tesorería, que obtuvo D. Pedro Alzugaray y que vacó por ascenso a la Maestre-escuela, y en el mismo día se le confirió a D. Joaquín Carbajal la canonjía que dejó Tagle.




ArribaAbajo- 1764 -

En 23 de Mayo se recibió D. Nicolás de Cárdenas en la canonjía Teologal, que vacó por muerte de D. Melchor Carrillo.

En 2 de Mayo se recibió D. José Antonio Dulce en la canonjía Penitenciaria, que vacó por ascenso de Alzugaray a la Tesorería.

En 13 de Junio se recibió D. Francisco Tagle en la Maestre-escuela que vacó por muerte de Alzugaray, D. Esteban José Gallegos en la Tesorería que obtuvo Tagle, y D. José Lazo en la canonjía que dejó D. Esteban José Gallegos.

Sábado 16 de Junio juntos en Cabildo el Deán, dignidades y canónigos, dijo el Deán que se debía nombrar sujeto que dijese las misas del aniversario que fundó el Arcediano D. Francisco de León en su casa, sita en la calle que va de la Plaza al Monasterio de la Encarnación, frente de la cerca de la Merced, por su testamento otorgado ante José Gutiérrez, escribano público y de Cabildo en 16 de Noviembre de 1549, la que al presente posee doña María Antonia Jáuregui viuda de D. Gabriel Pulido, por escritura de venta que hizo D. Fernando Dávila a D. Ignacio Jáuregui, padre de dicha señora, quien reconoció en ella cuatro mil quinientos pesos a censo perpetuo, a favor de dicha capellanía, por instrumento que pasó ante Francisco Sánchez Becerra, en 3 de Enero que 1967; y aunque toda la casa fue destinada a esta memoria, habiéndose arruinado en los terremotos, se vendió con las solemnidades necesarias; y el litigio principado con el referido Dávila, se transigió y celebró escritura   —355→   de transacción y concierto, ante Miguel López Varela escribano público, por el magistral D. Francisco Calvo de Sandoval a nombre del Cabildo, y por el enunciado Dávila dueño de la finca, poseedor entonces de ella, en atención a que el Cabildo es patrón del aniversario de misas; habiendo fallecido D. Pedro de Alzugaray nombrado para cumplir con ella; en el Cabildo de 6 de Febrero de 1756, eligieron y nombraron hoy para el mismo efecto a D. Pablo Laurnaga, medio racionero de esta santa Iglesia.

En 7 de Setiembre se recibió D. Fernando Cortéz en la ración que obtuvo D. Joaquín Carbajal.

En 22 Setiembre, se trató de la novena a Nuestra Señora del Rosario, trayéndola el día 23 a la Catedral, por la epidemia de viruela.

En 19 de Octubre se recibieron D. Manuel Cayetano de la Peña, en la ración que fue de D. José Lazo, D. Agustín de Gorotiza, en la ración que obtuvo D. Nicolás de Cárdenas y D. Manuel de Chávez, en la ración vacante por ascenso de D. José Antonio Dulce a la canonjía Penitenciaria.

En 31 de Octubre se recibió D. Gregorio Jimeno en la media ración de D. Manuel Chávez.

En 22 de Noviembre se recibió D. Joaquín Urritia, en la media ración que fue de Gorostiza.

En 30 de Noviembre se declaró que se rebajasen al sochantre D. Félix Arroniz, las fallas de que da razón el apuntador, porque lo contrario sería de muy pernicioso ejemplo.




ArribaAbajo- 1765 -

En 23 de Enero murió el Deán D. Juan José Marín de Poveda.

En 8 de Febrero ordenó el Cabildo se formase un libro de cartas, donde queden las copias de las que se envíen a España.

En 23 de Abril se acordó se refaccionase la sala capitular, y se viese para ello al ecónomo.

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En 21 de Junio, se acordó que sólo el Arzobispo haga al vice-patrón la consulta sobre el nombramiento de D. Manuel Ávalos, en el primer lugar de la plaza de primer órgano.

En 28 de Junio se ordenó que el contador no lleve derechos a los capellanes.

En 5 de Julio, dijo el presidente que el Virrey había nombrado al Oidor D. Cristóbal Mesía, para que asistiese a los inventarios anuales de la Iglesia en nombre de su Majestad.

En 17 de Julio se señalaron, para traer los huesos del señor Corro, ochocientos pesos de sus espolios que, por sentencia de preferidos, asignó la Audiencia, por dos mil pesos que señaló el mismo Prelado para el caso de morir en su visita.

En 6 de Agosto fue nombrado el racionero D. Francisco de la Concha para que corriese con las disposiciones acostumbradas para celebrar el palio que le llegó al Arzobispo. En el mismo día se recibió una real cédula declarándose nuevamente al Cabildo el derecho de nombrar adjuntos, la que se mandó archivar.

En 29 de Agosto se tomó la resolución de consultar al gobierno sobre acrecencias.

El octavo Arzobispo de Lima D. Melchor de Liñán costeó una urna de doscientos marcos de plata para depositar las reliquias de Santo Toribio, y se colocó en la capilla llamada del Arcediano, destinada al Santo. En 26 de Abril de 1760 la trasladó el décimo cuarto Arzobispo D. Diego del Corro a un nicho que mandó fabricar en el altar mayor; la delantera de la urna tiene una vidriera interior por la que se descubren las reliquias, cuya tapa de plata tiene una llave y el marco de la vidriera otra: ambas llaves tomó su Ilustrísima; la reja exterior de fierro tiene tres llaves distintas, la de arriba se entregó a D. Bartolomé Lobatón, Deán entonces, la de la mano derecha al Tesorero D. Santiago Bengoa, y en su defecto al Chantre D. Juan José Marín de Poveda, y la de izquierda al canónigo más antiguo D. Esteban José Gallegos.

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En 25 de Setiembre se mandaron poner dichas cinco llaves en un cofrecito de madera con llave, y que éste se custodiase y asegurase en la caja de tres llaves.

En 25 de Noviembre se dio al Rey un donativo de dos mil pesos.

En 5 de Diciembre se recibió D. Francisco de la Concha en la canonjía Doctoral, vacante por muerte de D. Francisco Espinoza.

En 20 de Diciembre entró de secretario en su lugar el medio racionero D. Pablo de Larriñán, en cumplimiento de una real cédula para que no lo sean dignidades ni canónigos de oficio.

En 23 de Diciembre fue electo maestro de capilla el benemérito capellán de coro D. Cristóbal Romero.

En 31 de Diciembre se recibió D. Manuel Arteaga, cura de Carhuamayo, en la ración vacante por ascenso de Concha a la Doctoral.




ArribaAbajo- 1766 -

En 21 de Abril fue electo administrador de las rentas de la Purísima el ecónomo D. Justo Pastor. Se acordó que en las misas de ánimas y otras se alternen los señores, y este acuerdo fue el día 2 de Mayo.

En 2 de Junio murió el Arcediano D. Santiago Bengoa, electo Deán.

En 8 de Junio se acordó que si el Prelado quisiese pontificar en las vísperas y día de San Pedro, como se practicaba antes de la ruina de 1746, pueda hacerlo, subiendo el Cabildo a sacarlo por la puerta de los Naranjos, saliendo de su palacio proporcionalmente por la Plaza, con toda la clerecía, y entrando por la puerta primaria de en medio: ítem se determinó que sólo dejen los señores los puños, por muerte de los compañeros, hasta el día después de las honras, y que si alguno se sacramenta en público espere el Cabildo a que se le dé la Extremaunción.

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En 7 de Julio se le permitió a D. Cristóbal Romero que ponga un cepo al lado de la capilla de la Antigua, para costearle a la sagrada imagen una salve en los sábados después del rezo del coro.

En 27 de Setiembre se nombró pro-ecónomo a D. Silvestre Aponte, mayordomo del Arzobispo.

En 14 de Noviembre se acordó que los que gozan de partitur con libertad de entrar y salir en la ciudad, presenten cada mes certificación jurada de dos médicos, y no haciéndolo no se tengan presentes; de lo que se dio aviso al apuntador.

En 10 de Diciembre se recibieron D. Francisco Tagle de Arcediano, por elección de D. Santiago Bengoa al Deanato; D. Esteban José Gallegos de Maestre-escuela por promoción de Tagle; y D. Agustín de Gorrichategui de Tesorero, en el lugar que dejó Gallegos.




ArribaAbajo- 1767 -

En 7 de Enero se acordó que los remates de diezmos se hagan indispensablemente en los meses de Mayo, Junio y Julio, y que se avise a las provincias. Los noventa pesos asignados para la fiesta antigua de Armas, que se extinguió, se mandaron distribuir en las calendas de Concepción y Navidad, maitines y laudes de Concepción, a razón de treinta pesos por cada asistencia.

En 17 de Enero se mandó que el Tesorero entregase las rentas de la fábrica, precisamente en el plazo asignado por la hijuela.

En 30 de Enero se mandaron poner edictos a la canonjía Magistral.

En 26 de Febrero se recibió de medio racionero D. Juan de Anzures.

En 29 de Abril se mandó que conforme al auto acordado en 1740 se pagase el diezmo de alfalfa, de cada treinta burros de a dos reales, uno, y uno de cada cuarenta de a   —359→   real, y que en orden al diezmo de los pastos se guardase la costumbre.

En 16 de Mayo entró Miguel Ávalos de segundo organista. Y se le dio comisión al Doctoral D. Francisco de la Concha para fabricar las covachuelas con cuatro mil pesos de la fábrica.

En 29 de Julio se presentó el canónigo D. José Lazo Mogrovejo alegando que, habiendo salido con licencia fuera de esta ciudad en 2 de Mayo de 1766, a su regreso se halló con la novedad de haberse repartido su renta, y pidió certificación del cabildo en que se le licenció, la que se le mandó dar: consta de dicho Cabildo que sólo se le dio el permiso para los tres meses de derecho, y él se tomó un año; así fue justa la repartición.

En 28 de Noviembre se resolvió que a D. Martín de Martiarena, secretario del Virrey, a quien en el Seminario se dedicó un auto, se le diese asiento después del presidente del Cabildo, y que en lo venidero ningún seminarista dedicase actos a particulares sin aviso previo al Cabildo, notificándoselo así al rector de dicho Seminario.

En 18 de Diciembre se leyeron dos reales cédulas, una para que pagasen diezmos los jesuitas, y otra para que fuesen extrañados; se dio aviso de su recibo y el secretario de Cabildo firmó las cartas de éste.




ArribaAbajo- 1768 -

En 18 de marzo se recibió D. Joaquín Carbajal de Deán y D. José Ignacio Alvarado en su canonjía.

En 2 del dicho se recibió D. Tomás de la Cuadra en la media ración que dejó D. Joaquín de Urrutia.

En 11 de Abril entró D. Domingo de Larrión, cura de Catedral, de medio racionero.

En 1º de Junio fueron nombrados adjuntos a la canonjía magistral el Tesorero Gorrichategui y el Doctoral Concha.

  —360→  

En 17 de Julio se recibió de Chantre de esta Iglesia D. Baltazar Martínez Compañón, y de canónigo doctoral el señor Santander, en la vacante de D. Francisco Tagle.

En 19 de Agosto se leyeron tres cédulas: la primera, de 20 de Mayo de 1767, para que se observasen dos breves de Su Santidad sobre que todos los sábados no impedidos se rece de la Concepción, y que en la letanía de nuestra Señora, después del mater intemerata, se añada mater inmaculata: otra del 17 de Octubre del mismo año, para que saliesen de estos dominios los religiosos extranjeros; y otra de 8 de Noviembre sobre las penas de los jesuitas que volviesen sin licencia a estos dominios, y de los que los auxiliasen y no diesen cuenta.

Se componía el Cabildo en este tiempo del señor Arzobispo D. Diego Parada, Deán D. Joaquín Carbajal, Arcediano D. Francisco Tagle, Chantre D. Baltazar Martínez Compañón, Maestre-escuela D. Esteban Gallegos, Tesorero D. Agustín Gorrichategui; canónigos D. Bernardo Zubieta, D. Nicolás de Cárdenas, Teologal D. José Antonio Dulce, Penitenciario D. José Lazo Mogrovejo, D. Francisco de la Concha, Doctoral, y D. José Ignacio Alvarado (vacante la Magistral); racioneros D. Jorge Alvarado, D. Fernando Cortés, D. Manuel Cayetano de la Peña y D. Agustín Gorostizu, D. Manuel Chávez y D. Manuel Arteaga; medios racioneros D. José Lazo, D. Paulino Larinaga, D. Gregorio Jimeno, D. Juan Anzures, D. Tomás de la Cuadra y D. Domingo Larrión; secretario D. Pablo de Larinaga.




ArribaAbajo- 1769 -

En 7 de Enero juntos en pleno Cabildo el Deán y capitulares, el perdiguero Ochoa dijo que había citado a todos, que el señor Maturana remitió su voto al Deán, Geraldino a Zubieta, Anzures a Cuadra; fueron nombrados adjuntos Geraldino y Cárdenas, enfermeros Zubieta y Alvarado y quedaron aprobados. Después se leyó una carta   —361→   de D. Francisco Echevarría, cura de Chavín de Pariarca, sobre las dificultades de administrar los diezmos de Huamalíes que se le encargaron. El Penitenciario Dulce suplicó se le exonerase de la judicatura de diezmos que había servido tres años; el Tesorero Gorrichategui dijo que era muy justo que en el día se pusiese otro, a lo que se opuso el Arcediano; el Deán propuso al Arcediano y Chantre; el racionero Peña representó que se hiciese votación secreta siempre que la pidiesen algunos capitulares; continuó Cortés que esta libertad era muy conveniente para evitar disgustos; el Arcediano se salió del Cabildo; el Deán propuso se difiriese la elección, pero los más con Zubieta alegaron la costumbre contraria, con lo que se salieron el Deán y el Teologal; dijo el Tesorero que este lance estaba prevenido en el capítulo 36 de la consueta; allí se dice que si el presidente requerido no quiere convocar a Cabildo pueden celebrarlo dos o tres capitulares para que no perezcan los negocios, y que si esto puede hacerse antes de Cabildo con más razón después de formado, y que quedaba presidiendo el Chantre y quince señores presentes por tres que se habían retirado. Con esto resolvió el Chantre que el señor Lazo y el secretario pasasen a noticiar el hecho al Prelado pidiendo su resolución; fueron y hallaron al Deán con su Ilustrísima, quien ordenó que cerciorados los restantes capitulares de la citación de todos para el Cabildo, votasen primero si convenía que la elección se hiciese en el día, y conviniendo en ello se ejecutase la votación. Con esta respuesta, hechas por el Chantre las averiguaciones previas, se procedió a votación secreta por cédulas repartidas a cada votante, y escritas por cada uno se echaron al cántaro; y traído a la mesa se reconoció que el Chantre tuvo 36 sufragios y otros tantos D. Jorge Alvarado racionero, 1 voto Dulce y otro Peña. El día 9 siguiente protestaron y pidieron testimonio de las protestas y del Cabildo anterior el Deán, Arcediano y Cárdenas; se les mandó dar. Todo quedó hecho y la bulla paró en nada.

En 13 de Enero se leyeron seis cédulas: la primera dada en San Lorenzo a 17 de Octubre de 1767 para la expulsión de regulares y clérigos extranjeros; la segunda en San Lorenzo a 18 de Noviembre de 1767, sobre las penas a jesuitas   —362→   que volviesen a Indias; la tercera en Madrid a 27 de diciembre de 1767, avisando el recibo de los cuadrantes desde 1761 hasta 1765; la cuarta en el Pardo a 3 de Febrero de 1768, para que ninguno reclame en Indias su fuero secular o militar en las causas de juegos fuertes y de envite, y que las justicias ordinarias procedan contra los trasgresores; la quinta en el Pardo a 17 de Marzo de 1768, para que en Indias se venda públicamente la obra del dominicano Vicente Mas sobre regicidio; y la sexta dada en Aranjuez y Abril 29 de 1768, para que a ningún individuo del Cabildo se ascienda no constando haber tomado posesión de su respectiva prebenda.

En 5 de Agosto se leyó una cédula sobre la extinción de la escuela jesuítica, y se nombró a D. Bernardo de la Fuente por suplente del sochantre enfermo Félix Arroniz.




ArribaAbajo- 1770 -

En 20 de Febrero se nombró por maestro de ceremonias a D. Justo García Ramos.

En 29 de Mayo real cédula para que se convocase a Concilio provincial.

En 27 de Junio fue nombrado sochantre D. Juan González.

En 30 de Julio se recibió de medio racionero D. Juan Próspero Urrutia, cura de Checras.

En 16 de Setiembre murió el canónigo D. Tomás Geraldino.

En 13 de Octubre se le concedieron al perdiguero D. Tomás Ochoa dos reales en cada memoria.




ArribaAbajo- 1771 -

En 9 de Enero oficios, etc. Avisó el Virrey D. Manuel Amat al Cabildo que el día 21 se haría la estrena de   —363→   la iglesia de las Nazarenas, saliendo el Señor procesionalmente de la Catedral el 20 del dicho por la tarde, con asistencia de cuerpos y tribunales.

En 30 de Enero murió el racionero D. Jorge Alvarado, electo canónigo.

En 9 de Febrero se recibió de canónigo Magistral D. Bernabé Sánchez.

El 4 de Mayo murió D. Juan Próspero Urrutia.

En 14 de Mayo se resolvió que todos los miércoles se cantase una misa de Santa Isabel, a que estaba obligado por voto el Cabildo, sacando del ramo de covachuelas tres pesos para el preste, un peso para el diácono, cuatro reales para el sochantre, cuatro reales para el organista y cuatro reales para los acólitos, empezando desde el miércoles 15.

En 12 de Junio murió el Tesorero D. Bernardo Zubieta que había entrado en la vacante de D. Agustín Gorrichategui, que ascendió a obispo del Cuzco.

En 1º de Julio fue nombrado celador de la iglesia D. Bernardo de la Fuente, y por campanero Gregorio Borrallo.

En 27 de Julio se nombró a D. Pedro Medranda de ecónomo, y por Tesorero interino al Penitenciario Dulce para que se encargue de las alhajas y demás oficios de dicha dignidad. Res vere inaudita.




ArribaAbajo- 1772 -

El 23 de Enero oficios. Se destinó la capilla de San Isidro, abandonada por los chacareros, para la Purísima de los soldados de a caballo, para lo cual el Virrey Amat había pasado recado al Cabildo por el Oidor D. Cristóbal Mesía por la indecencia del lugar en que antes estaba la imagen.

En 2 de Febrero juntos en Cabildo el Arzobispo y dignidades se recibió D. Larriaga en la ración vacante por elección de D. Jorge Alvarado a canonjía; y en el siguiente domingo 9 se posesionó D. Francisco Arguedas, cura de San Marcelo, de la media ración que dejó Larrinaga.

  —364→  

En 14 de Febrero murió el Tesorero D. Nicolás de Cárdenas.

En 16 de Marzo se recibió D. Manuel Cayetano de la Peña en la canonjía que vacó por muerte de Geraldino.

En 28 de Marzo se trató de proveer tres capellanías de que es patrón el Cabildo: la primera de cuatro mil pesos de principal, que fundó el canónigo Penitenciario D. Diego de Vergara en una casa de Jesús María, con doscientos pesos anuales, ante Marcelo Antonio Figueroa, escribano público, en 28 de Mayo de 1661, que vacó por muerte de D. Nicolás de Cárdenas y se le dio a D. Manuel Torrevelarde; la segunda que fundó el Obispo del Cuzco D. Pedro Ortega y se dio a D. Pedro Echevarría; de la tercera se encargó al Maestre-escuela solicitase la fundación.

En 29 de Abril se recibió D. Manuel Chávez en la canonjía a que fue electo D. Jorge Alvarado.

En 19 de Mayo recibió D. Fernando Cortéz en la canonjía que vacó por traslación de D. José Lazo a la Iglesia de Trujillo. También en dicho día se recibió D. Gregorio Jiménez en la ración de Cortéz.

En 24 de Mayo se recibió D. José Salado, cura de Gorgor, en la media ración de Jiménez.

En 20 de Junio entró D. Juan de Anzures en la ración de D. Manuel Chávez.

En 7 de Setiembre entró D. Juan Domingo González de la Reguera, racionero de la Iglesia de Arequipa, en la ración vacante por ascenso de Peña a canonjía.

En 8 de Octubre sucedió D. Luis Antonio Laiseca, cura del Cercado, en la media ración vacante por muerte de D. Juan Próspero Urrutia.

En 31 de Diciembre murió el racionero D. Juan de Anzures.




ArribaAbajo- 1773 -

En 19 de Febrero se recibieron D. Julián Muturana en la Tesorería, vacante por muerte de y D. Juan Domingo González de la Reguera en la canonjía de Maturana.

  —365→  

En 19 de Abril entró D. Domingo Larrión en la ración de la Reguera, y D. José Lazo de Híjar, cura de San Sebastián, en la media ración de Larrión.

En 21 de Octubre fueron nombrados conjueces para la canonjía Teologal D. Manuel Chávez y D. Juan Domingo de la Reguera, y se mandó que la iglesia y cementerio se barriesen dos veces cada semana.




ArribaAbajo- 1774 -

En 3 de Abril entró D. Tomás de la Cuadra en la ración de Anzures y D. Carlos Priego, cura de Late, en la media ración de Cuadra.




ArribaAbajo- 1775 -

En 17 de Enero real cédula declaratoria del grado de parentesco hasta el que se prohíbe a los capitulares votar en las canonjías; es el cuarto de consanguinidad.

En 4 de Mayo se recibió D. Tomás de Orrantia, cura de Surco, en la canonjía Teologal que fue de Cárdenas.

En 18 de Junio se recibió a Bartolomé Matute en la media ración que fue de Anzures.

En 12 de Agosto entró el famoso José Esparra de primer arpista del coro.

En 31 de Octubre se acordó se hiciesen las exequias del señor Barrueta.

En 1º de Noviembre de 1775 se hizo representación sobre la pensión Carolina.




ArribaAbajo- 1776 -

En 8 de Febrero fue nombrado ecónomo D. Cristóbal Romero, y maestro de capilla D. Ventura Marín.

  —366→  

En 10 de Junio se nombró al Teologal D. Tomás Orrantia para que fuese a felicitar al Virrey D. Manuel Guirior a Chancay, con seiscientos pesos de ayuda de costa; y por escusa de Orrantia se comisionó al Arcediano, que ofreció; al Magistral se le encomendó el sermón de acción de gracias.

En 13 de Junio murió el canónigo D. Fernando Cortéz.

En 3 de Octubre se mandaron poner en la antesacristía los retratos de los Arzobispos, y en la sala capitular un apostolado que dijo el canónigo D. Bernardo Zubieta.

En 30 de Octubre se leyó una cédula, y breve para que no se hablase de jesuitas.




ArribaAbajo- 1777 -

En 2 de Enero el canónigo D. José Ignacio Alvarado fue nombrado comisario de los toros del Virrey Guirior.

El Martes 25 de Febrero se leyó en Cabildo una real cédula, expedida en San Ildefonso a 31 de Agosto de 1776, en que su Majestad manda al Cabildo que le informe de los motivos que tuvo para no asistir al coro del medio racionero D. José de Arpellada, Rector del Convictorio de San Carlos.

El Martes 11 de Marzo se determinó certificasen el secretario de Cabildo, el apuntador de coro y el contador de la Iglesia lo que había pasado sobre el asunto, y pidiéndose en la misma cédula que informe el señor Arzobispo sería muy conveniente saber su dictamen, para ir conformes en la materia, para lo que se dio comisión al Chantre Compañón, a quien se le previno avisase la resolución de su Ilustrísima.

Sábado 15 de Marzo dio razón el Chantre haber hablado con el Arzobispo, sobre el encargo que se le hizo en el Cabildo antecedente, y se acordó que, respecto de estar ya enterado dicho señor Chantre en la mente de su ilustrísima, hiciese el informe sujeto a ella.

Lunes 17 de Mayo se leyó el informe por el Chantre; se aprobó y mandó pasar a manos del Prelado. Lo formal es que, en la cédula original expedida en San Ildefonso, el   —367→   Rey negó la confirmación del nombramiento de Rector, hecho por el Virrey Amat con doscientos pesos cada mes, además de la renta de la media ración y la relevación de la asistencia al coro.

En 11 de Setiembre se leyó una providencia favorable del real acuerdo de que, aunque se pague la pensión carolina se completase del ramo de vacantes a cada partícipe la cuota que tiene señalada el Rey por real orden de 29 de Abril de 1773, y que se informe de lo indotado de las prebendas.

En 25 de Setiembre se leyó cédula para que se pague media annata, en vez de mesada eclesiástica.

En 24 de Octubre se recibió D. Domingo Larrión en la canonjía vacante por muerte de D. Fernando Cortés.

En 20 de Noviembre entró D. Gregorio Jimeno en la canonjía vacante, por promoción de D. Domingo González de la Reguera al obispado de Santa Cruz de la Sierra.




ArribaAbajo- 1778 -

En 22 de Marzo se recibió D. José Francisco Arquellada, en la ración que dejó Jimeno, y en 1º de Mayo entró D. Antonio Salado en la ración que obtuvo Larrión.

En 3 de Mayo se recibieron D. Juan Bardonave, cura de Pallasca, en la media ración de Arquellada, y D. José Barbadillo en la que tuvo Salado.

En 21 de Mayo se pidió la alternativa del clero con el secularismo en el Rectorado de la Universidad, por haber estado D. Joaquín Varela ocho años seguidos (sin ejemplar) de rector en perjuicio del clero.

En 7 de Julio murió el prebendado D. José lazo e Híjar.

En 25 de Junio se leyó el decreto del Virrey, en que se mandó la expresada alternativa, y se designó al canónigo D. José Ignacio Alvarado para que se opusiese.

En 5 de Setiembre se creó juez de memorias al prebendado D. Luis Antonio Laiseca.

  —368→  

En 11 de Noviembre se comisionó al canónigo D. Domingo Larrión, para que hiciese una representación sobre la media annata.




ArribaAbajo- 1779 -

En 4 de Marzo se recibió D. Manuel Arteaga, cura de Carhuamayo, en la canonjía vacante por muerte de D. Manuel Chávez; y D. Bartolomé Matute en la ración que dejó Arteaga.

En 24 de Abril falleció el Arzobispo D. Diego Antonio Parada. Componían en esa fecha el Cabildo eclesiástico, Deán D. Joaquín Carbajal, Arcediano D. Francisco Tagle, Chantre Compañón, Maestre-escuela D. Esteban José Gallegos, Tesorero D. Julián Maturana; canónigos Penitenciario D. José Antonio Dulce, Doctoral D. Francisco de la Concha, D. José Ignacio Alvarado, Magistral D. Bernabé Sánchez, Teologal D. Tomás de Orrantia, D. Manuel Cayetano de la Peña, D. Domingo Larrión, D. Gregorio Jimeno y D. Manuel Arteaga; racioneros D. Pablo Larrinaga, D. Tomás de la Cuadra, D. Bartolomé Matute, D. José Arquellada, D. Agustín Gorostiza y D. Antonio Salado; medios racioneros, D. Antonio Laiseca, D. Carlos Priego, D. Juan Bordonave, D. José Barbadillo; secretario D. Pablo Larrinaga y Matute.

En 14 de Abril fe de muerte del señor Parada; disposiciones para su sede vacante.

En 2 de Mayo fue nombrado Rector del Seminario de Santo Toribio D. Pablo Larrinaga, por haber salido de Obispo de Trujillo D. Baltazar Jaime Martínez Compañón, que lo era.

En 12 de Mayo murió el racionero D. Agustín Gorostizu.

En 21 de Maya se acordó, que al comisario de Cruzada sólo se muestren los despachos de los provistos, sin presentarle escrito para asegurar la media annata.

  —369→  

En 31 de Mayo se recibió D. Esteban José Gallegos en la Chantría, vacante por ascenso de D. Baltazar Compañón al obispado de Trujillo.

En 9 de Julio se declaró que el Cabildo en sede vacante tiene voto pilla la cátedra de dogmas San Agustín, como lo tiene el Arzobispo en sede plena según la fundación.

El 27 de Julio D. Cristóbal Morales, Deán de la Paz, se recibió de Maestre-escuela en la vacante de Gallegos, y D. Manuel Uría, cura de Juli en la Paz, entró en la media ración de Matute.




ArribaAbajo- 1780 -

En 26 de Enero para que los capitulares no voten en los curatos y canonjías de sus consanguíneos opositores.

En 21 de Marzo se declaró tener voto el Cabildo a una cátedra de la Merced, como se dijo de la de San Agustín.

En 19 de Agosto se recibió D. Alejandro Varela, cura de la Barranca, en la media ración vacante por muerte de D. José de Lazo e Híjar.




ArribaAbajo- 1781 -

En 17 de Marzo murió el medio racionero D. Alejandro Varela.

En 6 de Junio se recibió D. Antonio Luis Varela en la ración vacante de D. Agustín de Gorostiza.

En 19 de Noviembre avisó el señor Reguera (que salió de este coro a la mitra de Misque) su elección para el arzobispado de Lima.



  —370→  

ArribaAbajo- 1782 -

En 5 de Enero se dio un donativo de dos mil pesos sacados de la renta de todos.

En 14 de Enero se recibió D. Julián Carrión, cura de Cherras, en la media ración que fue de la Layseca.

En 15 de Febrero entró en Lima el Arzobispo D. Juan Domingo de la Reguera.

En 8 de Diciembre se recibió D. José Antonio Dulce de Tesorero en la vacante de Maturana, que murió en el año de 1780.




ArribaAbajo- 1783 -

En 26 de Agosto se recibió D. José Herrera, cura de Lurigancho, en la media ración de Varela.

En 2 de Setiembre murió el canónigo D. Gregorio Jimeno.

En 21 de Octubre mandó el Prelado que no saliesen ni se prestasen las alhajas de la Iglesia.




ArribaAbajo- 1784 -

En 16 de Febrero se jubiló el Chantre D. Esteban José Gallegos, pero cumpliendo siempre con las cargas de su prebenda.

En 21 de Agosto fue la entrada pública del Virrey D. Teodoro de Croix.



  —371→  

ArribaAbajo- 1785 -

En 31 de Enero se recibieron D. Pablo Larrinaga en la canonjía vacante por muerte de Jimeno, D. Carlos Priego en la ración de Larrinuaga, y D. Matías Querejazu en la media ración resulta de Priego.

En 19 de Julio murió el Magistral D. Bernabé Sánchez; en 26 de Agosto el Tesorero D. José Antonio Dulce, y en 25 de Setiembre el canónigo D. Manuel Cayetano de la Peña.




ArribaAbajo- 1786 -

En 14 de Noviembre se recibió D. José Francisco de Arquellada en la Tesorería vacante por muerte de Dulce, y D. Juan Bordonave entró en la ración de Arquellada.




ArribaAbajo- 1787 -

En 16 de Enero se recibió D. Luis Antonio Laiseca en la canonjía Penitenciaria, que resultó por ascenso de Dulce a la Tesorería. En 27 se recibió D. Bartolomé Bueno en la media ración que dejó Bordonave.

En 30 de Enero se notificó a los sacristanes mayores que asistiesen en persona, y que los capellanes y ministros se mantuviesen en la Iglesia en los días de Cabildo de consueta.

En 3 de Febrero se recibió D. Juan Bordonave en la canonjía vacante por muerte de Peña; entró D. José Barbadillo en la ración que fue de Bordonave.

En 10 fue nombrado prosecretario D. Bartolomé Matute.

  —372→  

En 14 de Marzo real cédula que propone una regla para distribuir los diezmos; representación que se hizo.

En 23 de Abril mandó el Superintendente de Real Hacienda que la hijuela se formase según el método antiguo, y que el cumplimiento de la real cédula se tratase en expediente separado.

En 12 de Mayo se leyeron tres reales cédulas; primera, sobre el nuevo cuadrante, segunda, para que el racionero opositor a la canonjía Penitenciaria de Lima precediese en el asiento al Doctoral de Trujillo; tercera, para que en las promociones de Obispos no se declare la sede vacante hasta tener aviso del Consejo.

En 17 de Mayo se recibió D. Manuel Uría en la ración vacante por promoción de Laiseca a la Penitenciaria; en el mismo día se recibieron D. Gregorio Panizo en la media ración de Barbadillo, y D. Francisco Javier Echangüe en la media ración de Uría.

En 19 de Agosto murió D. Esteban José Gallegos, Chantre.

En 13 de Setiembre real cédula sobre extraer los presos de los asilos, y se acordó remitir a España una representación sobre la pensión Carolina.




ArribaAbajo- 1788 -

En 9 de Enero oficios y arbitrios sobre el hospicio de pobres.

En 24 de Octubre se recibió D. Francisco de la Concha en la Chantría, vacante por muerte de Gallegos, y D. Domingo Larrión fue nombrado Doctoral interino con trescientos pesos anuales.

En 24 de Noviembre fueron nombrados administradores de las rentas de la capilla de la Purísima Concepción de esta Iglesia D. José Francisco Arquellada, Tesorero, y el coronel D. Francisco Salcedo.



  —373→  

ArribaAbajo- 1789 -

En 3 de Julio dudas sobre admitir a la oposición de la canonjía Magistral al racionero Uría, por ser graduado en la Paz y no en Lima; al doctor Copetillo por ser doctor en Huamanga; al doctor D. José Manuel Bermúdez por haberse presentado cerrados los edictos; y al doctor D. José Ávalos por enfermo.

En 14 de Diciembre murió D. José Barbadillo, racionero, y en 19 de Octubre el racionero Salado.

En 24 de Octubre se allanaron las dificultades opuestas a los opositores a la Magistral, y fueron admitidos.

En 31 de Diciembre declaró el Virrey Croix que el frente de la Iglesia pertenecía a la ciudad, y se resolvió apelar de este decreto a la Audiencia.




ArribaAbajo- 1790 -

En 4 de Marzo el Maestre-escuela D. Cristóbal Morales se ofreció gratuitamente a ir a Chancay a cumplimentar al nuevo Virrey D. Francisco Gil de Lemus.

En 8 de Marzo se contradijo el pensamiento de fundar obispado de Huánuco.

En 9 se nombró por apoderado en Madrid a D. Antonio María Bueno.

En 21 de Mayo se leyó una real cédula para que D. Jorge Erboso, canónigo Doctoral de Charcas, cumpliese con asistir en este coro de Lima.

En 23 de Mayo fue nombrado ecónomo de la Iglesia D. Marcos Andrade, y apuntador de coro D. José Duclán.

En 28 de Julio murió el racionero D. Carlos Priego.

  —374→  

En 29 de Julio se suspendió la recepción de D. Juan Herrera en una ración, por ser más antiguo D. Julián Carrión.

En 30 de Octubre se recibieron Carrión, en la ración que fue de Barbadillo, y Herrera en la que obtuvo Salado; y en el mismo día, entraron D. Fernando Saavedra en la media ración de Carrión y D. Andrés Bravo en la de Herrera: al mismo tiempo se trató en el Cabildo sobre la pensión carolina, de pagar la media annata por partes y del expediente de sisa.




ArribaAbajo- 1791 -

En 11 de Julio fue nombrado asociado D. Francisco de Arquellada con el marqués de San Felipe, para cuidar de la capilla de la Purísima, por representación del Coronel Salcedo, durante su ausencia; se rebajaron varios principales de memorias, impuestos en las rentas de tabacos al 3 imagen




ArribaAbajo- 1792 -

En 11 de Enero D. Matías Querejazu, se recibió en la ración que vacó por muerte de D. Carlos Priego, y D. Juan Ceballos, cura de Pisco, en la media ración de Querejazu.

En 6 de Marzo se leyó una real orden, para que no se dilatase la provisión de las canonjías de oficio, y que se guardase mucho secreto en los sufragios dados a los del concurso, sin publicarlos antes de los despachos; se mandaron imponer al 3 imagen treinta mil pesos del patronato de dotes del Chantre Ríos, depositados en la caja real y estanco del tabacos; esta última orden se dio en 10 de Febrero.

En 11 de Abril se comisionó a D. Pablo Larrinaga para que hiciese poner vidrios en las ventas de la iglesia.

  —375→  

En 28 de Abril se recibió D. José Silva y Olave en la canonjía Magistral, vacante por muerte de D. Bernabé Sánchez, y en este mismo día le asignaron doscientos cuarenta pesos anuales al apoderado en España, en las costas generales.

En 27 de Junio se recibió D. Tomás de la Cuadra en la canonjía Doctoral, vacante por ascenso de Concha a la Chantría; se cobró el subsidio.

En 20 de Setiembre se recibió D. Bartolomé Bueno, en la ración de Cuadra.




ArribaAbajo- 1793 -

Lunes 7 de Enero oficios. Hubo Cabildo presidido por el Arzobispo.

En 16 de Abril se recibió D. Joaquín Ustáriz, cura de Jauja, en la media ración de Bueno.

En 17 de Mayo se acordó en Cabildo que solo se doblase por personas de notoria calidad y por los parientes de los prebendados hasta el cuarto grado.

En 13 de Junio murió el canónigo Penitenciario Antonio Luis de Laiseca.

En 30 de Agosto se dio un donativo de treinta mil pesos para la guerra con Francia.

En 7 de Setiembre se declaró que en sede vacante debe nombrar notario mayor el Cabildo, y no el Provisor.

En 7 de Octubre la junta superior aplicó el ramo de covachuelas a la fábrica de las torres, a pedimento del Arzobispo.




ArribaAbajo- 1794 -

En 11 de Marzo murió el canónigo D. Manuel Arteaga.

  —376→  

En 9 de Abril real cédula para que se pague por entero la media annata de las prebendas y sus ascensos, y que no haya lugar a representaciones del Cabildo sobre esta materia. En dicho día se le dispensó al capellán de coro D. Manuel Pacheco que asistiese a los oficios con birrete, por enfermo.

En 7 de Mayo murió el Arcediano D. Francisco Tagle.

En 30 de Octubre se leyó una real cédula en que se mandó que el Tesorero dignidad no disponga por sí de las rentas de fábrica, sino en consorcio del Prelado y Cabildo. Se leyó otra cédula sobre el modo de proveer las prebendas y canonjías de oficio admitiendo al concurso de ellas a sólo los graduados en la Universidad de estudios generales.




ArribaAbajo- 1795 -

En 11 de Abril se leyó una cédula para que D. Tomás Morales sirviese de oficial mayor en la contaduría de diezmos en lugar de D. Jerónimo Boza, con seiscientos cincuenta pesos al año; y otra para que de las tercias episcopales se señalen quinientos pesos al montepío militar.

En 19 de Mayo se vio una presentación real del caniculario Miguel Heredia.

En 14 de Julio murió el canónigo Teologal D. Melchor de Orrantia.

En 23 de Agosto se recibió D. Bartolomé Matute en la canonjía que obtuvo D. Manuel Arteaga.

En 26 de Setiembre murió D. Gregorio Panizo.

En 30 de Diciembre se recibió D. Francisco de la Concha en la Arcedianato, vacante por muerte de D. Francisco Tagle.




ArribaAbajo- 1796 -

En 4 de Julio murió el racionero D. Andrés Bravo.

En 23 de Julio se recibió D. José Arquellada en la Chantría que dejó Concha.

  —377→  

En 12 de Agosto fue nombrado Maestro de ceremonias D. Pedro Egoaguirre, por muerte de D. Justo Ramos.

En 23 de Diciembre se recibió D. Domingo Larrión en la Tesorería de Arquellada.




ArribaAbajo- 1797 -

En 27 de Febrero se recibió D. Francisco Javier Echangüe en la canonjía Penitenciaria, vacante por muerte de Laiseca.

En 8 de Junio entró D. Pedro del Toro en la media ración vacante por ascenso de Panizo.

En 24 de Noviembre se acordó por el Cabildo que el Secretario capitular sacase las cartas del correo, y librase su importe a la mesa capitular.




ArribaAbajo- 1798 -

En 8 de Enero oficios. Se recibieron los despachos en que se nombra a D. Miguel Dulce, cura de Ica, para la media ración que obtuvo Echangüe.

En 13 de Febrero por queja de los capellanes de coro de que se les privaba de los diaconados y subdiaconados en las misas bajas, se informó que tocaba a los prebendados proceder libremente, sin que precisamente se fijasen en los capellanes que no tenían derecho alguno.

En 8 de Abril se recibieron D. Joaquín Ustáriz, en la ración de Panizo, y D. Miguel Dulce en la media ración resulta de Echangüe. En 4 de Mayo se mandó que se usasen las capas nuevas blancas y quedando las antiguas para los capellanes.

En 26 de Mayo se recibió D. Pedro Tadeo Bravo, cura de Santa Rosa en el Cuzco, en la media ración de Ustáriz; y   —378→   se leyeron dos cédulas sobre los espolios de los Obispos y extracción de reos del Sagrado.

En 20 de Julio murió el racionero D. Juan de Herrera.

En 27 de Octubre ascendió D. Fernando Saavedra a la ración de D. Manuel Uría, promovido a una canonjía de la Paz.

En 29 de Octubre entró D. Juan Valdez en la media ración de Saavedra, y dejó el curato de Tupa.

En 6 de Noviembre se leyó una real cédula de 20 de Setiembre de 1797, en que se ordena que se noticie al Rey de las cualidades de los Provisores nombrados, por si le agradaba a su Majestad aprobarlos y confirmarlos.

En 22 de Noviembre se recibió D. Pedro Coz en la media ración vacante.

En 23 de Noviembre se dio un donativo de diez mil pesos para el chapín de la Reina.




ArribaAbajo- 1799 -

En 9 Abril se dio otro donativo de dos mil pesos.

En 22 de Mayo murió el racionero D. Fernando Saavedra.

En 24 de Noviembre se recibió de canónigo Teologal el cura de Pomabamba D. Ignacio Mier, en la vacante de D. Domingo de Orrantia.




ArribaAbajo- 1800 -

En 1º de Mayo se recibió D. Andrés Encalada en la ración vacante por muerte de Herrera.

En 9 del mismo cédula de preeminencios del Deán D. Joaquín Carbajal, y otra en que se aprueba el provisorato de D. Domingo Larrión.

  —379→  

En 11 de Octubre murió el racionero D. Tomás Carrión, electo canónigo.

En 30 de Octubre se recibió D. Juan Evangelista Ceballos en la ración vacante por elección de Carrión a canonjía.




ArribaAbajo- 1801 -

En 9 de Enero se nombró oficios. Su Excelencia pidió una contribución para reponer la fragata «Leocadia» que se perdió en la punta de Santa Elena.

En 10 de Enero murió el Chantre D. José Arquellada.

En 20 y 28 de Marzo se acordó que, por muerte del Virrey, se observase en las fiestas de tabla con los regentes de la Audiencia lo mismo que con los Virreyes, y asistiendo la Audiencia sola lo que se practica con ella cuando el Virrey no asiste, con sólo la diferencia de ponerle silla y cojín al que preside.

En 17 de Junio murió el canónigo Doctoral D. Tomás de la Cuadra.

En 4 de Diciembre nombró el gobierno por contador de diezmos a D. Rafael Menéndez.




ArribaAbajo- 1802 -

En 4 de Abril murió el Deán D. Joaquín Carbajal.

En 10 de Mayo se mandó depositar en la tesorería de la mesa capitular el tres por ciento del Seminario.

En 27 de Agosto se recibieron D. Domingo Larrión en la Chantría de Concha. D. José Ignacio Alvarado en la Tesorería de Larrión, D. Matías Querejazu en la canonjía de Alvarado, y D. Pedro Toro en la ración de Querejazu.

  —380→  

En 30 de Noviembre entró de medio racionero, el cura del Cabildo D. Luis Santiago.

En 29 de Diciembre se recibieron D. José Joaquín Ustáriz, en la canonjía a que fue electo D. Julián Carrión en 29 de Noviembre de 1782, y D. Pedro Tadeo Bravo en la ración de Ustáriz.




ArribaAbajo- 1803 -

En 4 de Junio se recibió el doctor D. José Manuel Bermúdez, cura y vicario de Huánaco, en la media ración vacante por ascenso a ración de D. Pedro Tadeo Bravo.

En 28 de Agosto se recibió D. Pedro Gutiérrez Cos, en la canonjía doctoral que obtuvo Cuadra.

En 6 de Setiembre se recibió D. Francisco de la Concha, en el deanato vacante por muerte de Carbajal.

En 10 de Setiembre entró D. Domingo Larrión, en el arcedianato de Concha.

En 28 de entró D. José Ignacio Alvarado, en la Chantría de Larrión, y D. Pablo Larrinaga en la tesorería de Alvarado.

En Cabildo de 1º de Diciembre eligieron por secretario de Cabildo, a D. José Joaquín Ustáriz, por haber vacado dicho empleo por ascenso de D. Pablo Larrinaga a Tesorero, y estar ordenado por su Majestad que no lo obtenga ni ejerza ningún dignidad ni canónigo de oficio.

En dicho día se recibieron D. Bartolomé Bueno, en la canonjía que fue de Larrinaga y D. Manuel Dulce en la ración de Bueno.




ArribaAbajo- 1804 -

En 27 de Enero el Chantre D. José Ignacio Alvarado, presentó una copia autorizada de la revocación de la cláusula del testamento de D. Matías Ibañez, Obispo de la Paz, sobre quien debe administrar una casa, sita en el calle del   —381→   Carmen, perteneciente al santuario de Cocharcas, y que da razón de sus alhajas: se mandó archivar.

En 24 de Febrero reales para que los prelados propongan las sacristías a los vice-patrones; para que el parentesco de los jueces a los opositores a prebendas o curatos, se compute con el derecho civil; para que los costos de dichas oposiciones se satisfagan en las iglesias de Indias, como en la Puebla y en Valladolid, por los mismos agraciados.

En 6 de Abril se permutó la capilla de Santa Isabel por la que fue Sagrario, fundada por el señor Arias de Ugarte.

En 31 de Mayo murió el canónigo D. Juan Bordonave; en 25 de Junio el D. Bartolomé Bueno; y en 24 de Setiembre el Chantre D. José Ignacio Alvarado.

En 30 de Setiembre entró D. Juan Valdez en la ración, que fue de D. Fernando Saavedra.

En 25 de Octubre ocupó D. José Javier Irarzum, cura del Ingenio, la media ración de Valdez.

En 6 de Noviembre se recibió una real cédula sobre el modo de cobrar las anualidades.

En 9 de Diciembre murió el Deán. D. Francisco de la Concha, en 24 de dicho mes falleció de repente el racionero D. Juan Antonio Valdez.




ArribaAbajo- 1805 -

En 22 de Febrero se acordó en Cabildo, que extendiese la escritura de permuta de la capilla de Santa Isabel por la del Sagrario antigua, fundada por el Arzobispo D. Fernando Arias de Ugarte, cuyo patronato a la legítima heredera doña Francisca Ron, mujer de D. Ignacio Urie.

En 25 de Febrero el señor Arzobispo Reguera, y fue nombrado el canónigo D. Bartolomé Matute para entender en la recaudación de sus espolios, conforme a real cédula de 31 de Marzo de 1797.

  —382→  

En 8 de Marzo, a las dos y cuarto de la tarde, falleció el Arzobispo; consta de su fe de muerte dada en dicho día por el canónigo secretario D. José Joaquín de Ustáriz; en el mismo día se declaró la sede vacante y se le pasó recado al Obispo de Arequipa, continuándole el pontifical que le había comunicado el difunto; fue nombrado prosecretario el prebendado D. José Manuel Bermúdez (autor de este manuscrito); se dieron las disposiciones para el entierro de su Ilustrísima, mandando citar las comunidades y remitirles velas; y se acordó avisar en primera oportunidad al Rey la muerte del Prelado.

En 15 de Marzo el Arcediano D. Domingo Larrión, nombrado Provisor, Vicario capitular y juez de monjas a los ocho días de muerto el Prelado, hizo juramento según la cédula de 23 de Diciembre de 1796; declaró el Cabildo que no estaba obligado, en sede vacante, a participar al patrón real la elección que hizo de Provisor; resolvió que continuasen el notario mayor, jueces y ministros, y señaló por predicador de las honras del Prelado y para componer la relación de sus exequias al prebendado doctor D. José Manuel Bermúdez; el superior gobierno nombró al Oidor D. Manuel del Valle y Postigo para asistir a los inventarios, y el Cabildo a los canónigos D. Bartolomé Matute y D. Francisco Echangüe; se contestó al oficio del Oidor en que participó su nombramiento, y se determinó que para otras contestaciones que ocurriesen se alternasen los dignidades y canónigos; en dicho día se leyeron varias reales cédulas sobre la operación cesárea, panteones y otras que se guardan en el archivo.

En 29 de Marzo se recibió cédula sobre los requisitos para la jubilación de los prebendados.

En 15 de Junio, habiendo dotado el Prelado cuarenta misas vigiladas y que, deducidos los gastos, se repartiese el resto entre los prebendados que asistiesen personalmente, ordenó el Cabildo que participase de dichas misas la canonjía supresa.

En 17 de Junio juntos en Cabildo sede vacante D. Domingo Larrión, Arcediano, y capitulares nombraron por secretario en propiedad al doctor D. José Manuel Bermúdez prebendado, por renuncia de D. José Joaquín Ustáriz canónigo secretario.

  —383→  

En 22 de Agosto se abrió el concurso a curatos vacantes.

En 28 de Setiembre se mandó imprimir la Fama Póstuma del señor Reguera que contiene el sermón fúnebre y la relación de sus exequias que compuso el prebendado Bermúdez.

En 23 de Octubre se recibieron y leyeron las dos reales cédulas sobre amortización de bienes eclesiásticos y nuevo noveno decimal.

En 25 de Octubre recibieron D. Andrés Escalada, en la canonjía vacante por muerte de D. Juan Bordonave, D. Luis Santiago en la ración de Encalada, y D. Buenaventura Tagle, cura de Huacho, en la media ración de Santiago.

En 25 de Diciembre se recibieron D. Juan Evangelista Ceballos en la canonjía vacante por muerte de Bueno, y D. José Manuel Bermúdez en la ración que dejó Ceballos.




ArribaAbajo- 1806 -

En 11 de Marzo se recibe noticia de la Erección del obispado de Mainas.

En 11 de Abril se recibieron varias cédulas sobre la guerra con Inglaterra, sobre el pase de las gracias pontificias, sobre el matrimonio de hijos de familia y sobre los breves de secularización.

En 23 de Abril avisó el señor D. Bartolomé María de las Heras, Obispo del Cuzco, su traslación al Arzobispado de Lima.

En 4 de Julio fue nombrado el Magistral D. José Silva para cumplimentar en Lurín al nuevo Virrey Abascal; se le dieron doscientos pesos de ayuda de costa.

En 23 de Julio el Obispo del Cuzco, electo Arzobispo de Lima, remitió sus poderes al Arcediano D. Domingo Larrión para que, a su nombre y por él, tornase posesión de esta santa Iglesia, y le escribe que a nadie se pensione con los gastos de su recibimiento.

  —384→  

El 24 de Julio se recibió D. Cayetano Erazo, cura de Huarochirí, en la media ración que renunció D. Enrique Lope Concha.

En 5 de Agosto entró en Lima el Virrey D. Fernando Abascal.

En 18 de Agosto se recibió el cura de Chilca D. Mariano Cardona en la media ración a que fue electo D. Antonio Cámara.

En 20 de Agosto fue la entrada pública del Virrey Abascal, y el Magistral D. José Silva fue comisionado para ir a Ica a recibir al nuevo Arzobispo, dándosele mil pesos de ayuda de costa, que se le libraron a la masa capitular.

En 26 de Octubre se recibió D. Mariano Cardona en la ración vacante por muerte de D. Juan Valdez.

En 17 de Noviembre entró secretamente en su palacio el señor Arzobispo D. Bartolomé María de las Heras.

En 30 de Noviembre se recibió D. Domingo Larrión en el Deanato, por muerte de D. Francisco de la Concha.

En 23 de Diciembre se recibieron D. Pablo Larrinaga en el Arcedianato de Larrión, D. José Silva en la Chantría de Alvarado, D. Bartolomé Matute en la Tesorería de Larrinaga, D. Pedro Toro en la canonjía de Matute, y D. José Javier de Irarzum en la ración de Toro.




ArribaAbajo- 1807 -

En 12 de Enero se recibió D. Manuel Santibañez en la media ración vacante por ascenso de D. Mariano Cardona.

En 31 de Marzo murió el racionero D. José Javier de Irarzum.

En 3 de Abril se dio un donativo de dos mil pesos a Buenos Aires.

En 9 de Abril se recibió una real cédula por la que se manda que no puedan votar en las canonjías de oficio los vocales que no asistieron a todos los actos literarios.

Martes 28 de Abril, juntos en Cabildo el Deán y capitulares se propuso que el día antes se indispuso el Arzobispo   —385→   con el Cabildo, por que este quiso seguir su costumbre laudable de quedarse rezando sexta y nona en el coro, saliendo a despedir a su Ilustrísima solo cuatro, como se hace con el Virrey; se diputó al Deán para que le diese las quejas. Su Ilustrísima respondió que no fue su ánimo ofender al Cabildo, pero que no convenía en que se siguiese dicha costumbre, y que se consultase al Rey por ambas partes.

En 13 de Julio edictos para la canonjía Magistral. Determinó el Cabildo acompañar a su Ilustrísima, pero sin volver al coro a sexta y nona, supuesto que el Cabildo ha sido separado del oficio, sin que él lo dejase por su voluntad, protestando ante el secretario usar de su derecho sin perjuicio de su costumbre.

En 5 de Julio murió el canónigo D. Juan Evangelista Ceballos.

En 28 de Agosto se trajo de Santo Domingo una canilla de Santa Rosa, para que la Iglesia tuviese una reliquia suya.

En 17 de Setiembre se trajo de la Iglesia de San Francisco un pequeño hueso de San Francisco Solano, por la misma razón.

En 25 de Setiembre real cédula de 25 de Julio de 1806 relativa a la inteligencia del capítulo 9º del reglamento de anualidades.

Por cédula de 26 Febrero de 1902 resolvió su Majestad se observase y cumpliese el reglamento formado para la colección y administración de una anualidad eclesiástica, concedida para la extinción de Vales reales, por breve apostólico inserto en real cédula de 24 de Abril de 1801; aprobado dicho reglamento, con la calidad de por ahora y sin perjuicio de acordarse en vista de lo que dictase la experiencia, lo que se creyese más conveniente al logro de los fines a que se dirigió el insinuado breve. El capítulo 9º del referido reglamento dice así: «En las iglesias donde, en virtud de estatuto o costumbre, opten los canónigos o beneficiados se percibirá, por la consolidación de Vales, solamente la anualidad respectiva a aumento de rentas y obvenciones que adquieran por la opción.» Para cuya inteligencia se declaró por punto general: primero, que cuando uno sea promovido, en las iglesias de Indias, de una   —386→   dignidad a otra de la misma Iglesia, siendo ambas iguales en renta, pague por gracia especial en el término de dos años la octava parte de la renta; y cuando aumente en renta, pague además la anualidad íntegra del aumento en el término de dos años; segundo, que el canónigo que pasa a dignidad pague también la octava parte de igual renta a la que deja, y la anualidad íntegra del aumento, entendiéndose la misma regla con los racioneros y medio racioneros; tercero, que cuando alguno por primera entrada a la Iglesia, aunque sea promovido o trasladado de otra, obtuviese dignidad, canonjía, ración o media ración, pague la anualidad íntegra de toda la renta en el término de cuatro años.

En 18 de Diciembre se vio que pedía el Rey un quinquenio de las rentas del Cabildo y de las del Seminario, para resolver sobre el recurso que se hizo de no pagar el 3 imagen.




ArribaAbajo- 1808 -

En 10 de Febrero murió el racionero D. Miguel Dulce.

En 23 de Febrero se leyó una cédula para que los edictos para canonjías de oficio se encabecen con el nombre del Rey.

En 29 de Marzo otras cédulas sobre el modo de entender las gracias pontificias y de reglar las antigüedades de los prebendados.

En 19 de Mayo se recibió D. Fermín Bernales, cura de Ica, en la ración de D. Miguel Dulce, que la permutó con dicho curato.

En 5 de Julio la última lección a la canonjía Magistral, y en 1º de dicho el último sermón.

En 27 de Julio murió el Maestre-escuela D. Cristóbal Morales.

En 28 de Julio, con motivo de dicha muerte, que fue la noche antes, se arregló que sólo se gastasen en lo que es iglesia, en entierro y honras de los prebendados ciento cuarenta y ocho pesos, tres reales; que se trajese secretamente   —387→   el cadáver a la ante-sacristía, colocado en las andas del Cabildo para la función, que acabada ésta se vuelva a la antesacristía, y se ponga en un cajón clavado, y se lleve en las mismas andas a la carroza, acompañándolo el Cabildo hasta la puerta de la iglesia y dos capellanes al panteón.

En 11 de Setiembre se recibió D. Mariano Echevarría, cura de Lunahuaná, en una media ración a que fue nombrado D. Manuel Puerta.

En 11 de Octubre jura de Fernando VII.

En 27 de Octubre nombramiento de Tesorero de la masa capitular a D. Tomás de la Casa y Piedra. Donativo de seis mil pesos para la guerra de Francia.




ArribaAbajo- 1809 -

En 17 de Marzo se mandó jurar la Junta Central.

En 4 de Julio pidió dicha Junta un donativo de dos mil pesos.

En 11 de Julio se fundaron tres memorias cada una de cien pesos por el señor Arzobispo Reguera En dicho día abrió el actual Arzobispo su visita por seis años.

En 18 de Agosto informó el Cabildo que tenía su sala capitular y no necesitaba otra nueva, en el tenor siguiente:

Ilustrísimo Señor:

Se sirve V. S. I. pedir informe al Cabildo sobre una representación del ecónomo de esta santa Iglesia D. Marcos Andrade, reducida a que se asegure la puerta del almacén de Santa Apolonia inmediato a la sacristía, y un claro que no tiene más pared que una tabique sencillo de adobe que la divide, lo que amenaza el inminente riesgo de algún robo a que está muy expuesta la iglesia y sacristía, notándose el mismo peligro por la pared que divide el vecindario desde el dicho almacén a la antesacristía, ya por estar muy baja en partes como porque en otras se ve rota de propósito una quincha sencilla puesta allí: añade por incidencia que convendría hacer dicho almacén comunicable con la sacristía,   —388→   como estaba antes, sirviendo la una parte de preparatorio y la otra para celebrar con más decoro que en la sacristía los Cabildos semanales, por no haber otro sitio, o aplicando todo esto para una sala capitular que conservase toda su belleza, agregándose a poca costa en los aires otras oficinas y habitaciones. Por lo que hace a lo primero le parece al Cabildo muy justo que, desde, luego y sin pérdida de tiempo, se precava el riesgo que amenaza de algún robo, asegurándose o condenándose del todo la puerta, fortaleciéndose el clero donde está el tabique, y levantándose y siguiéndose la pared divisoria del vecindario, sin contentarse con una mera quincha sencilla que puede volverse a romper. En orden a lo segundo sólo pone el Cabildo a la alta consideración de V. S. I. que siempre tuvo sala capitular, aun antes de haber Iglesia, pues es constante que ésta no se consagró ni estrenó hasta 19 de Octubre de 1625, y ya había una sala capitular con una hermosa galería a la plaza desde los años de 1583, 1591 y 1601 donde se tuvieron las congregaciones secretas de los tres Concilios provinciales del señor Santo Toribio, y quizás también las de los dos que congregó en 1552 y 1567 el señor fray D. Jerónimo de Loayza, primer Arzobispo de los Reyes; estuvo situada donde lo está hoy la gran capilla del Sagrario, y habiendo promovido su fábrica el sexto Arzobispo D. Pedro Villagómez para conformar en todo esta Iglesia a la de Sevilla, que fue su modelo y algún tiempo su metrópoli, procurando a esta Catedral más quietud y sosiego para los divinos oficios, y más desahogo a los curas que estaban reducidos a la sola capilla del Beaterio, que al presente es la del Señor del Consuelo, le proporcionó al Cabildo en su palacio el lugar de que está en posesión con balconería a la Plaza, y aunque las juntas semanales se celebran con más frecuencia en la sacristía, el Cabildo tiene su sobredicha sala en que también acostumbra congregarse siempre que lo tiene por conveniente. No alcanza el Cabildo en qué consista el menos decoro de hacer sus asambleas semanales en la sacristía; ésta es una pieza seria, decente y magnífica en que se celebran los diversos oficios siempre que está impedida la iglesia, en que se debe observar el profundo y respetuoso silencio tan encargado en el capítulo XIV del primer Sínodo diocesano de 1582, que fue como un preámbulo   —389→   del célebre Concilio Provincial de 1583, y en el capítulo 28 de la regla consueta; cualidades que no concurrirían en la sala capitular trasladada al lugar del almacén, que es lo más retirado de la iglesia, con ventanas y correspondencia a la calle, expuesta al ruido de carruajes y gritos del populacho, y lo que es más, a que se oyesen los asuntos que se tratan, en especial cuando algunas veces se hace preciso levantar la voz. Es cuanto le ocurre al Cabildo informar a V. S. I., que en esto y todo lo demás podrá deliberar lo que sea de su superior arbitrio.

En 29 de Agosto se aceptó una memoria fundada por el licenciado D. Bartolomé García Ramos, cura de Lurín, para hacerse en San Lázaro en 25 de Noviembre, día de Santa Catalina, para lo que impuso en la Universidad cuatro mil pesos al cuatro por ciento y reditúan, doscientos pesos. En el mismo día se hizo sobre las covachuelas el siguiente informe: - Por decreto de 12 de Abril de 1809 mandó su Ilustrísima que informase el Cabildo a quién pertenecen las covachuelas3. Éstas son unas excavaciones hechas bajo el cementerio de esta iglesia, separadas por muros techados de madera, y cubiertas por encima de ladrillo. Al principio fueron pequeñas, para proporcionar la venta de sus mercancías a los llamados mercachifles. Luego que se construyeron, se opuso el Cabildo secular de esta ciudad y siguió pleito con el eclesiástico ante el Virrey conde de Chinchón, quien oídas las partes mandó, con asesoría de D. Fernando Saavedra, no se innovase en la materia. Apeló la ciudad a la Real Audiencia, la que confirmó el auto del Superior Gobierno, con sola calidad de que no saliese la obra al suelo de la plaza. Defendía al Cabildo su doctoral D. Francisco José Dávila Falcón, cuyo sabio papel en que insertó el decreto de su Excelencia, se imprimió el año 1635. Así corrió más de un siglo sin positivo adelantamiento, pero frecuentada la navegación a España y Europa por el Cabo, a mediados del siglo pasado, y creciendo el número de mercaderes, pensó el Cabildo   —390→   extender y dar mejor forma a las covachuelas. Para ejecutarlo dio su poder el año 1756 al presbítero D. Simón de Berrogaray, para que tomase a censo mil doscientos pesos, depositados de orden de la Real Audiencia en el Consulado, pertenecientes s la buena memoria mandada fundar por el señor D. Feliciano de la Vega, que murió de Arzobispo de México; mil quinientos pesos de la caja de tres llaves del juzgado eclesiástico, luego que lo ordenase el señor D. Antonio Parroeta, Arzobispo que era de esta ciudad, los que pertenecían a esta memoria que mandó fundar D. Gabriel de Chávez, doctoral que fue de esta Iglesia; setecientos cinco pesos tres reales, de la de D. Francisco Morales Valverde; trescientos pesos del racionero D. Francisco Izquierdo; y setecientos treinta y nueve de la del Chantre D. Sebastián de Loayza.

En efecto, la Real Audiencia mandó en 15 de Enero de 1756 que se entregasen a censo los mil doscientos pesos, obligando al Deán y Cabildo y a sus sucesores con todos sus bienes habidos; y por haber comprometido, especial y señaladamente, a las expresadas covachuelas con cuanto al presente tenían labrado y se labrase en adelante, desistiendo y apartando al Cabildo y a los que le sucediesen, para el caso de no pagarse dichos réditos, del dominio directo que tenían de dichas covachuelas, según consta del testimonio que se halla en el libro de memorias de esta santa Iglesia.

No alcanzando los cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos referidos, y otras cantidades que se tomaron a censo, para la fábrica y refección de las quince primeras covachuelas, algunos de ellos capitulares dieron varias cantidades de su peculio; el Maestre-escuela D. Francisco Herboso dio dos mil pesos, D. Bernardo Zubieta, mil cincuenta pesos, y D. Tomás de Quejerazu, mil doscientos pesos, aplicando estas cantidades que sumaron cuatro mil doscientos cincuenta pesos a diversas memorias, el primero a la del Señor del Consuelo, el segundo a la de San José y a Nuestra Señora del Tránsito, y el tercero para aumento del principal de la de San José; con lo que se reedificaron y extendieron dichas quince primeras covachuelas por el canónigo D. Tomás de Querejazu en 1756.

  —391→  

En 1767 fabricó otras seis D. Francisco Santiago Concha, que murió de Deán. Desde 1784 a 1792 edificó otras nueve el Arcediano a Pablo Larrinaga, que corrió con la administración de ellas, y son por todas treinta. Se advierte que en esta fábrica nada ha perdido el cementerio, ni se ha quitado un palmo de tierra, ni se le ha perjudicado en lo menor; dicho cementerio se extiende sobre ellas; su piso llega hasta donde empieza el de la Plaza; el terreno que ocupan dichas covachuelas estuvo siempre fuera del comercio de los hombres, y el estarlo hoy en él y ser productivo se debe a la industria de los referidos capitulares, con su dinero y el que tomaron a censo sobre sus bienes y los de sus sucesores, como dicho es; supuesto lo cual se pregunta ¿quién tenga el dominio directo en esas covachuelas? ¿serán los dueños de los dineros con que se costearon? ¿será el Cabildo que las edificó? ¿será la fábrica de la Iglesia bajo cuyo suelo se construyeron? Tres puntos que se presentan desde luego a la vista.

Los dueños de los dineros fundaron las obras públicas que llamamos memorias; fueron individuos del Cabildo, y aunque no existen son representados por el mismo Cabildo, nombrando capellán perpetuo y patrono de esas buenas memorias; estos dos títulos imponen obligaciones, pero también dan derechos; las obligaciones del capellán son la aplicación de sufragios, celebraciones de fiestas o aniversarios, y asistencias extraordinarias a la iglesia; las del patrono son cuidado de que se perpetúen las obras pías, administración de sus principales, y diligencias para que reditúen; con ambas ha cumplido religiosamente el Cabildo; sacó los principales encerrados en arcas que nada producían, se volvieron fructíferos por su industria y trabajo, y se han aumentado sus réditos y emolumentos. ¿Y cuáles son sus derechos adquiridos por el cumplimiento de esas obligaciones? El honor, las utilidades y aumentos. Si el Cabildo hubiera edificado en suelo útil, a vista, ciencia y paciencia de su dueño, ¿no le correspondería el dominio de la fábrica? Pues ¿por qué habiendo edificado en iguales circunstancias, en un suelo inútil, sin perjuicio ni disminución de la extensión o piso del cementerio, no le ha de corresponder el dominio de las covachuelas? Pero estamos más avanzados: el   —392→   Cabildo de representante de los fundadores ha pasado a dueño de esos principales por el contrato de censo a que los recibió; obligándose a satisfacer los réditos, costeó la obra con otros dineros y edificó a ciencia, paciencia y consentimiento de los encargados y administradores del ramo de fábrica.

El ilustrísimo Barroeta franqueó y la Real Audiencia mandó entregar al Cabildo los principales referidos; la misma fábrica impuso a censo cuatro mil quinientos pesos al 3 por ciento sobre dichas covachuelas; ha percibido y percibe actualmente los réditos según consta de la razón dada por el ecónomo y del informe del tesorero. Ahora, pues, si las covachuelas pertenecen a la fábrica ¿a qué fin se hizo esta imposición de censo ni se extendió esta escritura de obligación del Cabildo a favor del ramo de fábrica? ¿No sería despropósito que el dueño de una finca impusiese sobre ella un censo a solo su beneficio, y se obligase a la seguridad un extraño que no tuviese derecho alguno a ella?

Si el Cabildo, pues, es el dueño de esos caudales, queda la disputa entre el mismo y el ramo de fábrica. ¿Qué derecho tiene ésta en los bienes de los capitulares, obligados a esos censos, ni a los aumentos que han resultado de su particular industria? Ellos trabajaron en el concepto de que el sobrante de sus productos, deducidas sus cargas y pensiones, había de ceder a beneficio de sus sucesores en calidad de tales, y que por su mano habían de correr la distribución y arreglo de esos productos; prueba de ello es que los mismos que corrieron con la obra continuaron corriendo también con sus productos, y distribuyendo el sobrante por comisión del mismo Cabildo, sin que los señores Virreyes y Arzobispos hayan puesto reparo. En los años corridos desde el de 1756, en que reedificaron o hicieron de nuevo, fueron administradas por los canónigos Querejazu, Concha, Chávez y Larrinaga. En esta posesión se ha mantenido el Cabildo casi dos siglos, desde la construcción de las primeras quince covachuelas, posesión inmemorial que, a falta de otros documentos primitivos, es título bastante para fundar dominio y propiedad; pregúntese a los ancianos si el Cabildo ha sido jamás perturbado e inquietado, y todos contestarán que no lo han visto ni oído decir a sus mayores. Sin que perjudiquen a esta posesión y propiedad las consultas   —393→   del señor D. Juan Domingo González de la Reguera, que solicitó se aplicasen dichos arrendamientos a la fábrica de las torres de la iglesia, ni las providencias posteriores de la junta superior de Real Hacienda.

En 30 de Mayo de 1793 pidió el señor Reguera que se aplicasen a la reedificación de las torres seis mil seiscientos ochenta y seis pesos seis reales de dichos arrendamientos, que existían en dinero efectivo en poder del señor Larrinaga, administrador, con más de seis mil ciento cuarenta y cuatro pesos dos reales debidos por los inquilinos, y añadió que estos cajones, fábricados en el mismo suelo de las gradas de la iglesia, no podían dejar de conceptuarse de su dominio; expresiones que indican que dicho señor formaba su concepto, y fundaba el dominio de la fábrica, en que las covachuelas estaban fabricadas bajo su suelo; pero de lo dicho se demuestra que éste era un concepto particular, y aún dudoso por el mismo tenor de la cláusula; dicho señor fue antes canónigo de esta santa Iglesia, vio que el Cabildo estaba encargado, de la administración y distribución de los productos de las covachuelas, y por eso, procediendo con su ingenuidad característica, no dijo redondamente que pertenecían a la fábrica, y expuso la razón en que fundaba su concepto para atribuírselas porque estaban fabricadas debajo de su suelo. Y si la Junta superior de Real Hacienda, en auto de 21 de Agosto de 1793, sólo aplicó a la fábrica de las torres los seis mil seiscientos ochenta y seis pesos seis reales que, según el oficio del Prelado, existían como pertenecientes al ramo de fábrica de la iglesia, no hizo sino acceder a la aplicación, en fuerza de la solicitud y aseveración del Prelado fundado en la razón que alegaba.

En la misma consueta dice que el sobrante de dichos productos no puede dejar de convertirse en reparos exteriores y aun interiores de la iglesia; es decir, reparos del edificio material o de las cosas que sirven inmediatamente al culto; que así se distingue la fábrica exterior de la interior cuyos gastos se costean de dos ramos que no deben confundirse uno con otro; luego si dichos sobrantes pueden convertirse en la fábrica exterior o en la interior, es necesario que haya un poder que pueda determinarlo; y ¿cuál es este? El del dueño de la obra que es el Cabildo; así lo hizo en todos   —394→   tiempos, así dispuso a su arbitrio de ese sobrante con atención a las necesidades de su cuerpo, o del culto, o del edificio; así lo vio practicar el mismo señor Reguera cuando era canónigo, y después de Arzobispo de esta santa Iglesia; por eso se explicó de esta suerte dando bien a entender que la aplicación de este sobrante no había sido fija sino arbitraria, a disposición del Cabildo, y esta facultad de disponer del referido sobrante es otra prueba del dominio y propiedad que tiene el Cabildo sobre dichas covachuelas, y de la posesión en que se ha mantenido. También pidió el señor Reguera seis mil ciento cuarenta y cuatro pesos dos reales, que debían los inquilinos de las covachuelas, y lo que en adelante produjesen; así lo mandó la Junta Superior en 2 de Octubre de 1793; pero sin decirse en el auto una palabra acerca de su pertenencia o dominio, que es lo mismo que dejar las cosas en el estado que tenían antes de dicha consulta; todo consta en el expediente promovido sobre la reedificación de las torres, y de ello se infiere con cuanta razón ha dicho el Cabildo, que ni las consultas ni los autos referidos perjudican a su dominio y posesión sobre las covachuelas.

Tampoco perjudica al dominio y posesión del Cabildo que los arrendamientos de dichas covachuelas se hayan aplicado a la paga de veinticinco mil pesos, que dicho señor Reguera recibió de la caja de censos para reedificar las torres. Como el Cabildo distribuyó siempre por arbitrio regulado el producto de esos arrendamientos, aplicando su sobrante a gastos del culto o reparos del edificio, tuvo a bien cooperar al piadoso empeño de un Prelado, que gastó cuanto tuvo a beneficio de su Iglesia; y quiso más, ocurrir a las necesidades de ésta que a las de su cuerpo, costeando entre tanto de su propio peculio sus gastos indispensables. No es ésta la primera vez que lo hace; con los productos de las covachuelas por arbitrio y disposición del Cabildo se costearon, en parte, un órgano que costó doce mil pesos, la escalera exterior de la torre, las gradas de piedra blanca en el presbiterio y coro, y otras obras y alhajas. Cuando las urgencias no sean tan estrechas y se haya acabado de pagar a la caja de censos, ¿qué razón habrá para que sus individuos hagan esos gastos de sus rentas y peculio propio, que   —395→   a penas alcanza a una decente sustentación? Aún así tienen que gastar en pleitos de fábrica; en el día pende el que sigue sobre la recaudación de réditos de un principal de cuatro mil doscientos cincuenta pesos que cargan sobre una casa sita en la calle de Granados, propia de doña María Josefa Gavilán, mujer de D. Francisco Puelles. Que el Cabildo, pues, haya invertido los dichos sobrantes a beneficio de la fábrica, no prueba que ésta sea dueño de ella, sino que el Cabildo ha procedido siempre generosamente con ella. El único derecho que puede tener la fábrica sobre las covachuelas es el estar construidas bajo el pavimento del cementerio, pero sin perjuicio de su extensión en un suelo jamás hollado por viviente alguno hasta que lo habitó el Cabildo con las excavaciones que meditó.

Mas el Cabildo para obviar diferencias propone el arbitrio de que se mida y avalúe por peritos dicho suelo, y su importe se reconozca al censo del 2 por ciento como censo irredimible sobre dichas covachuelas; y deducidos los réditos de este nuevo principal y de los anteriores, con sus cargas y pensiones, el sobrante se aplique y entregue al Cabildo para sus gastos precisos y necesarios, pues no tiene otro ramo con qué costearlos, siendo así que tiene negocios en esta ciudad y en la corte, donativos y cuanto sobre él carga y ocurre, lo que no puede sin tener algún ramo de qué hacer esos gastos, pues el que goza en los diezmos no alcanza para la decente subsistencia de un prebendado. Antiguamente entraban en las costas generales y capitulares y se deducían los gastos necesarios que hacía el Cabildo; hoy está todo reformado, y no se deduce ni el costo del porte de un pliego o de una carta; todo se ha de pagar. ¿De qué ramo saldrán, pues, estas impensas si al Cabildo se le quita el dominio de las covachuelas que fabricó a su costa, en un suelo que proporcionó su industria?

Si los que intervinieron en la fábrica de las covachuelas hubieran procedido con más acuerdo proponiendo comprar el suelo a censo perpetuo, no se hubiera negado la fábrica, asegurándosele la paga de los réditos del principal. Hoy, pues, que el Cabildo ha adquirido dominio por la ocupación, a vista y paciencia y consentimiento de los que debían cuidar de la fábrica ¿qué embarazará que acceda a la   —396→   propuesta del Cabildo, que le asegura el nuevo principal del mismo modo que el antecedente, teniendo derecho a cobrar anualmente su crédito como primer acreedor, y que el sobrante se entregue al Cabildo como propio y perteneciente a su dominio? Ejecutándose una y otra paga por el administrador que se nombre de satisfacción, que anualmente dé cuenta instruida al Cabildo de su administración.

En 9 de Setiembre D. Luis de la Torre, residente en España, se recibió por poder, de orden superior, en la media ración vacante por ascenso a ración de D. Javier Irarzum.

En 6 de Diciembre se recibieron D. Bartolomé Matute de Maestre-escuela, D. Francisco Javier Echangüe en la Tesorería de Matute, D. Pedro Tadeo Bravo en la canonjía que obtuvo Ceballos, D. Buenaventura Tagle en la ración de Bravo, y D. José Antonio Hurtado, cura de Iguarí, en la media ración de Tagle.




ArribaAbajo- 1810 -

El 18 de Enero erección del nuevo Consejo de España e Indias.

En 9 de febrero exenciones del canónigo D. José Joaquín Ustáriz para que se le tenga presente en el coro, aun no asistiendo por su ceguera:

«Ilustrísimo Señor:

El doctor D. José Joaquín de Ustáriz, canónigo de esta santa Iglesia, con su mayor veneración ante V. S. I. dice: que es notorio el actual estado entera falta de vista en que la Providencia Divina lo ha constituido, por lo que se ha visto precisado a retirarse al Convento de la recolección de los padres Descalzos de San Francisco, procurándose allí una celda para su habitación y un hermano lego que lo auxilie en sus necesidades; su actual constitución no le permite otro modo de vida, y así ha creído éste preciso retiro como un asilo a su desgracia, en que lleno de consuelo busca la conformidad   —397→   con la voluntad Divina. En estas circunstancias ocurre a la piedad. y justificación de V. S. I. para que se digne declararlo libre, no sólo de la asistencia personal al coro a que se halla imposibilitado, sino a toda obligación de hacer semanas o decir las misas de prebenda o de carga por medio de sustituto, pues para esta excepción presta sobrado mérito la doctrina de autores canonistas que comparan al ciego con el muerto, por estar privado y separado del mundo visible.

El gran Pontífice Benedicto XIV es de este dictamen, y lo apoya con varias resoluciones de la sagrada congregación de cardenales, y especialmente en la que se dirigió a la Colegiata de Barcelos en Portugal, a la consulta que el canónigo ciego D. Juan de Abreu hizo a su Santidad. Con tan respetables y expresas decisiones ocurro a V. S. I. a fin de obtener la renta que, en virtud de ellas, solicito, pues en la legislación de esta Iglesia compuesta de su Erección y regla consueta nada contrario se encuentra a mi justa solicitud. Por tanto a V. S. I. pido y suplico se sirva declararme exceptuado, no sólo de la asistencia personal a la Iglesia sino también de poner sustituto que desempeñe mis semanas y demás cargas de prebenda, y poder percibir mi renta íntegra de canónigo que, como a tal, se me asigna en las hijuelas y en las demás distribuciones que no pidan personalísima asistencia, por ser de justicia y equidad que espero de su notoria justificación y bondad.

A ruego del señor doctor D. José Joaquín de Ustáriz, fray Pedro Aperregui

«Lima y Noviembre 21 de 1809.

Informe el Venerable Deán y Cabildo.- UNA RÚBRICA.»

«Ilustrísimo Señor:

En obedecimiento del superior decreto de V. S. I. de 21 del corriente, en que se sirve mandar informe el Cabildo sobre el pedimento que hace el señor D. José Joaquín de Ustáriz, canónigo de esta santa Iglesia, para que en atención a su ceguera se le exima no sólo de toda asistencia personal   —398→   al coro, sino también de la obligación de hacer semanas, cantar misas de prebenda o carga por medio de sustituto, con la calidad de poder percibir todas las distribuciones que ganen los enfermos y no sean de personalísima asistencia; lo que debe informar el Cabildo es, que siendo bastante la ceguera total para conceder una tal gracia, como lo demuestra el señor Benedicto XIV con las decisiones de la sagrada congregación que cita, es muy acreedor a ella el suplicante que se halla constituido en tan lamentable situación, como es público y notorio; pero, aunque sea muy justo y fundado en razón y derecho libertarlo de la pensión de que esta legítimamente escusado y otorgarle el alivio que implora, esto debe entenderse sin que de aquí se tome ocasión ni ejemplo en adelante para que alguno pretenda excepcionarse de la asistencia y demás pensiones del coro, con el pretexto de cualquier otra dolencia que no sea una ceguera completa, pues solo a ella se pueden referir las doctrinas y decisiones alegadas.

Éste es el dictamen del Cabildo, y en orden a él podrá deliberar V. S. I. lo que mejor le parezca y sea de su superior arbitrio.»

«Visto el informe del Venerable Deán y Cabildo, declaramos al señor doctor D. José Joaquín de Ustáriz exento de asistir personalmente al coro, en atención su notoria enfermedad; la misma que da mérito y justicia a que se le tenga como presente en las distribuciones cuotidianas por ser involuntaria su no asistencia. Lo que servirá de gobierno para que no se defraude derecho alguno de los que corresponden a los presentes».

Una rúbrica.-Doctor Arias.

En 4 de Marzo murió el Arcediano D. Pablo Larrinaga; dejó fundada una memoria de sesenta pesos anuales de réditos para el día 16 de Julio.

En 26 de Noviembre se publicó el establecimiento de la Regencia.



  —399→  

ArribaAbajo- 1811 -

En 9 de Enero fueron electos jueces de diezmos el Maestre-escuela y el Teologal, adjuntos el Tesorero y el Teologal, claveros el Deán, el Tesorero y el ecónomo, juez de memorias Bermúdez.

En 2 de Julio murió el Maestre-escuela D. Bartolomé Matute.

En Viernes 4 del mismo se nombró en su lugar por juez de diezmos al Tesorero.




ArribaAbajo- 1812 -

En 10 de Enero jueces de diezmos el Tesorero y el Teologal, adjuntos los mismos, claveros el Deán, el Teologal y ecónomo, juez de memorias sigue el mismo doctor Bermúdez, enfermeros el Teologal y Tagle.

En 28 de Enero se recibió de canónigo Penitenciario, en la vacante de Echangüe, D. Manuel Arias, secretario del Arzobispo y cura de Santa Ana; su padrino fue el Chantre Silva.

En 18 de Febrero se leyó la superior orden para que se diese tratamiento de «Señoría» en particular, de palabra y por escrito, a los dignidades y canónigos de esta santa Iglesia.

En 22 de Febrero se recibió el doctor D. José Manuel Bermúdez en la canonjía Magistral, por ascenso de D. José Silva a la dignidad de Chantre; le sirvió de padrino el Tesorero D. Francisco Echangüe. En el mismo día se recibió de medio racionero D. Cayetano Erazo, en la vacante de Irarzum; fue su padrino D. Matías Querejazu. El Chantre D. José Silva fue electo Obispo de Huamanga.

En 24 de Abril se recibieron D. Francisco Echangüe en la Chantría, D. Ignacio Miez, en la Maestre-escuela, D. Luis   —400→   de la Torre en la ración de Bravo, y D. Francisco Luna en la media ración de Torre.

En 13 de Junio murió el canónigo D. José Joaquín de Ustáriz.

En 26 de Junio se recibió D. Matías Querejazu en la Tesorería.

En 28 de Agosto murió el Deán Larrión, a las 8 de la noche.

En 24 de Setiembre se recibió D. Francisco Javier Echangüe en el Arcedianato.

En 15 de Octubre entró de medio racionero D. Diego Bernardo Mesones.

En 17 de Octubre murió el canónigo D. Andrés Encalada; fundó una memoria de cien pesos anuales para el día de Santa Rosa de Viterbo.

En 23 de Noviembre murió el racionero D. Mariano Cardona.

En 5 de Diciembre se recibió D. Bartolomé Orduña de medio racionero; su padrino fue Echangüe.




ArribaAbajo- 1813 -

En viernes 8 de Enero se nombraron jueces de diezmos el Arcediano y Maestre-escuela, adjuntos los mismos, claveros Arcediano, Querejazu y el ecónomo; juez de memorias Bermúdez; enfermeros el Maestre-escuela y Tagle; conjueces para la canonjía Teologal vacante Arias y Toro.

En 17 de Marzo juntos el Arzobispo y capitulares se recibieron D. Ignacio Mier en la Chantría, D. Matías Querejazu en la Maestre-escuela, renunciando Querejazu todo otro ascenso en lo venidero; fueron padrinos uno de otro.

En 30 de Marzo juntos en Cabildo el Arcediano y capitulares remitió el Arzobispo al Cabildo la orden siguiente de la Regencia del Reino: «D. José Manuel Bermúdez ha hecho presente a la Regencia del Reino que, en el año pasado de 1809, fue nombrado canónigo Magistral de esa santa Iglesia, y que cerca de dos años después lo fue igualmente   —401→   D. Manuel Arias para la Penitenciaría de la misma; pero que con motivo de haberse despachado el título a éste primero que a aquel, se le ha privado de la antigüedad que le corresponde, lo que reclamó en el acto de su posesión protestando usar de su derecho para que se deshiciera el agravio. La Regencia del Reino, enterada de lo expuesto por el citado Bermúdez, se ha servido declarar que la antigüedad debe contarse desde la fecha de los respectivos nombramientos, lo que comunico a V. S. de orden de su Alteza para su inteligencia y efectos convenientes.»

El Arzobispo formó expediente y acompañó dicha orden con el auto siguiente:

Lima y Marzo 12 de 1813

«Remítase esta orden al Venerable Deán y Cabildo para que, con audiencia de los interesados, le de cumplimiento, avisándome de sus resultas.

UNA RÚBRICA.»

Impuesto el Cabildo, con la superior orden y auto marginal, mandó al prosecretario D. Buenaventura Tagle hiciese saber a los señores interesados sus respectivos nombramientos para dar cumplimiento a la real orden.

En 28 de Abril juntos en Cabildo el Arzobispo, dignidades y canónigos, se recibió D. Mariano Torre y Vera, cura de Tupiza, en la canonjía que obtuvo D. Matías Querejazu; fue su padrino el Penitenciario.

En 17 de Mayo el canónigo Doctoral Coz se recibió en la Tesorería, con trescientos pesos anuales, como abogado del Cabildo, hasta la provisión de la Doctoral.

En 18 de Mayo juntos el Arcediano y cabildantes, se trató de declarar la antigüedad a los canónigos Magistral y Penitenciario; y aunque por el despacho del señor Magistral consta haber sido consultado por la cámara en 6 de Octubre de 1809, y por el señor Penitenciario que lo fue en 3 de Abril de 1811, con todo se articuló que en ninguno de ellos se hacía mención del tiempo de las consultas en la referida cámara (como si el mismo nombramiento no fuese su publicación), requisito preciso para la decisión mandada; y se acordó se devolviese el expediente al Arzobispo.

  —402→  

En 31 de Agosto, entre otras cosas, se hizo presente al Cabido, compuesto de los mismos que el precedente, que el canónigo D. Andrés de Encalada fundó una memoria con cien pesos de rédito anual, para que se le cante una misma con asistencia del Cabildo en 3 de Setiembre, y que deducidos los precisos gastos lo demás se reparta entre los presentes; pidiose para su constancia testimonio de la cláusula de la fundación, con cabeza y pie de testamento.

En 29 de Setiembre falleció el medio racionero D. Diego Bernardo Mesones.

En 23 de Noviembre, habiendo consultado al gobierno el contador de diezmos D. Rafael Francisco Menéndez, si los que pasan de una dignidad a otra y no han cumplido en la antecedente u año íntegro, sino sólo seis meses, por ejemplo, si deberán pagar íntegramente la octava parte de esta dignidad que dejan, o sólo la que corresponde a los seis meses. El gobierno con vista del fiscal mandó se oyese al Cabildo, quien representó que sólo le corresponde el tiempo adecuado, como se practica con la anualidad media annata.




ArribaAbajo- 1814 -

Viernes 7 de Enero fueron nombrados jueces de diezmos el Arcediano Chantre, Adjuntos Echangüe y Mier; claveros Echangüe, Cos y el ecónomo; los demás continuaron; hasta este día ejerció el cargo de secretario, por especial comisión y encargo del mismo Cabildo, el doctor D. José Manuel Bermúdez, canónigo Magistral; pero, siendo incompatible con su canonjía de oficio, eligieron por pluralidad de votos al medio racionero D. Francisco Luna de secretario, y a D. Baltazar Orduña, también medio racionero, de prosecretario; y aunque exonerado el Magistral del cargo de secretario no se excusará de continuar arreglando los papeles del Cabildo hasta su conclusión, y anotando en lo sucesivo mientras pueda las entradas, promociones y muertes de los   —403→   miembros de este Venerable Cabildo, y referir, algunos hechos notables conducentes a esas antigüedades.

En 30 de Enero se recibieron D. Francisco Javier Echangüe en el Deanato, vacante por muerte de D. Domingo Larrión, y D. Ignacio Mier en el Arcedianato que dejó Echangüe, sirviéndose mutuamente de padrinos. En este día, no obstante lo acordado en 18 de Mayo sobre el expediente de antigüedad entre el Magistral y Penitenciario, este último tuvo a bien ceder en la materia, y proponer al Magistral que le dejaría el asiento preferente y ocuparía el que sigue; así lo ejecutó en el mismo día 30, ocupando el asiento inferior que tenía el Magistral y renunciando el superior de que se había posesionado; lo practicó a vista y presencia del Arzobispo, del Cabildo y demás asistentes; desde entonces ocupó el Magistral silla preferente en el coro y Cabildo, se le colocó como más antiguo en las guías eclesiástica y secular, y ha obtenido certificación de la cámara que su consulta y publicación de ella son anteriores a la del Penitenciario, con lo que se terminó la competencia.

En 30 de Abril se recibió D. Pedro Gutiérrez Cos en la Chantría, lo apadrinó Querejazu, quien volvió a renunciar todo ascenso. D. Luis Santiago se recibió en la canonjía que fue de Encalada, y Santibañez entró en la ración de Cardona; apadrinó a ambos el Deán.

En 7 de Mayo se recibió D. Toribio Rodríguez de Mendoza, Rector del Convictorio de San Carlos, en la canonjía Teologal que obtuvo D. Ignacio Mier; lo apadrinó el Penitenciario. Este día se hizo notable por el extraño empeño de cambiar el traje de sobrepellices con el de mucetas, cuya temeridad se demostró hasta la evidencia, y desaprobó la corte dejando a la Iglesia en su costumbre.

En 23 de Junio se recibió en la canonjía del difunto Ustáriz el Arcediano de Cuenca D. Pedro Fernández de Córdova; lo apadrinó el Penitenciario.

El viernes 9 de Setiembre entró en la Tesorería D. Pedro del Toro; fue su padrino el Deán.

En 9 de Noviembre fueron convidados el Arzobispo y Cabildo a la misa solemne, celebrada en la iglesia de Santo Domingo, por la reconquista de Chile por D. Mariano Osorio; fue el Cabildo aquella mañana a sacar al Prelado de su   —404→   palacio, tomaron carruajes, se adelantaron a esperarlo en la puerta de dicha iglesia, y se le acompañó a su silla en que presidió a los del Cabildo revestidos de sobrepellices; a la vuelta se guardó el mismo orden; apeado el Cabildo se puso en la puerta en dos alas, condujo al Arzobispo a su habitación, y se despidió.

En 24 de Noviembre se recibieron D. Fermín Bernales en la canonjía que fue de Toro, siendo el Chantre su padrino, y D. Mariano Echevarría en la ración de Santiago, siendo apadrinado por el Arcediano.




ArribaAbajo- 1815 -

En 17 de Junio se recibió en la ración de Bernales D. José Antonio Hurtado; lo apadrinó Querejazu.

En 22 de Octubre se recibió D. José Mariano Aguirre, cura de Pisco, en la Doctoral que dejó Gutiérrez Cos; fue su padrino el Penitenciario.

En 18 de Diciembre se recibieron D. Ignacio Moreno, cura de Huancayo en Jauja, en la media ración de Santibañez, padrino el Deán; y D. Jorge Benavente (que llegó a ser Arzobispo de Lima, sucesor del señor Las Heras) y el cura de San Gerónimo en Jauja en la media ración que fue de Mesones, siendo su padrino el Penitenciario.

Por Diciembre de 1815 falleció en Lima el señor D. José de Cuero, Obispo de Quito; se enteró en esta Iglesia y fue el Cabildo presidido del Arzobispo a la casa del duelo a traer el cuerpo. Semejantes demostraciones no deben practicarse sino con los Prelados propios y los individuos del Cuerpo. Debió salir el Cabildo solamente a las gradas a recibir el cadáver y acompañarlo desde allí al túmulo. Pienso que lo ejecutado no puede servir de ejemplar en lo venidero.

  —405→  

En 7 de Enero se componía el Cabildo del Arzobispo D. Bartolomé María de las Heras, dignidades D. Francisco Javier Echangüe, Deán, D. Ignacio Mier, Arcediano D. Pedro Gutiérrez Cos, Chantre; D. Matías Querejazu, Maestre-escuela, y D. Pedro del Toro, Tesorero; canónigos D. Pedro Tadeo Bravo, D. José Manuel Bermúdez, Magistral, D. Manuel de Arias, Penitenciario, D. Mariano Torre y Vera, D. Pedro Antonio Fernández de Córdova, D. Luis Santiago, D. Toribio Rodríguez, Teologal, D. Fermín. Bernales, D. Mariano Aguirre, Doctoral; racioneros D. Buenaventura Tagle, D. Cayetano Erazo, D. Luis de la Torre, D. Mariano Echevarría, D. José Antonio Hurtado, D. Manuel Santibañez; medios racioneros D. Francisco Luna, secretario, D. Bartolomé Orduña, D. Ignacio Moreno, D. Jorge Benavente y dos vacantes.

En 11 de Febrero murió, de repente, el racionero D. Manuel Santibañez.

En 3 de Noviembre se retiró el Maestre-escuela D. Matías Querejazu a los Descalzos de San Francisco; el día 4 envió al Virrey y Arzobispo la renuncia de su dignidad, para despacharla al Rey.

En 9 de Noviembre se recibió. D. Carlos Orbea, cura de Apata en Jauja, en la media ración que obtuvo D. Mariano Echevarría; su padrino fue el Deán.




ArribaAbajo- 1817 -

En 24 de Abril se recibió de medio racionero D. Francisco Luna en la ración de Santibañez; su padrino Arias.

En 3 de Diciembre le dio parálisis al racionero D. Ventura Tagle.

En 6 de Diciembre se recibió D. José Justo Castellanos,   —406→   cura de Atunhuatus, en la media ración que obtuvo D. José Antonio Hurtado; padrino el Deán.

En 24 de Marzo fue llamado el Cabildo a las casas arzobispales en virtud de un oficio del Virrey, que no se nos quiso leer ni manifestar; el asunto era que se pagasen cinco soldados mensuales que se distribuyeron entre varios sujetos, a excepción del canónigo Doctoral, del racionero Torre y de los racioneros Luna Benavente, siendo así que esas juntas deben hacerse en nuestra sala capitular, y tales pensiones las han sufrido siempre los prebendados a proporción de sus rentas.




ArribaAbajo- 1819 -

En 27 de Abril murió en los Descalzos D. Matías Querejazu.

En 20 de Setiembre falleció el doctor D. Buenaventura Tagle, ex-Rector de la Universidad y racionero más antiguo.

A fines de este año se representó al gobierno que se nos suspendiesen los salarios de los quince soldados que habíamos mantenido por más tiempo del que se nos señaló.




ArribaAbajo- 1820 -

D. Ventura Tagle, en su testamento de 13 de Marzo de 1819, cláusula 21, declaró que cuanto tenía que haber en la masa capitular se agregaba a un principal que destinaba para fundar una memoria en esta Catedral, la que se hiciese en el día de la Santísima Trinidad, dando facultad al Deán y Cabildo a fin de que hagan la fundación a beneficio perpetuo de su alma.

En 19 de Marzo se volvió a mandar pagar por seis meses la pensión de los quince soldados, comprendiendo a todos los del Cabildo.

  —407→  

En 1º de Setiembre se recibió en la ración, vacante de D. Buenaventura Tagle, D. José Nova, racionero de Arequipa; fue su padrino Arias.

En 6 de Octubre a las cinco de la tarde (cosa irregular) se recibió D. José Mariano Tagle, cura de la Catedral de Lima, en la media ración de D. Francisco Luna; le sirvió el Deán de padrino.




ArribaAbajo- 1821 -

Por Julio se despidieron del coro el racionero D. Luis de la Torre, para irse a Canarias su patria, y D. José Nova que se fue a Galicia, su país.

El señor Arzobispo D. Bartolomé de las Heras renunció su dignidad y tomó pasaporte para España; salió de Lima en 27 de Setiembre para Chancay, a esperar allí embarcación; dejó por gobernador con todas sus facultades al Venerable Deán y Cabildo; después pasó otro oficio dejando al Deán por gobernador. Se embarcó para la Península en 22 de Noviembre. Ya el canónigo D. Pedro Antonio Fernández de Córdova había también partido, con licencia, a la misma Península en 10 de Noviembre.

En 22 de Setiembre murió el racionero D. Mariano Echevarría.




ArribaAbajo- 1822 -

En 19 de Abril, el racionero Luna, secretario de Cabildo, pidió licencia para irse a convalecer a Chile por dos años.

En 15 de Mayo murió el canónigo D. Luis Santiago.

En 1º de Agosto se despidió Luna para Chile, y nombró el Cabildo por secretario en propiedad, dándole título en forma, al medio racionero D. José Justo Castellanos.



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ArribaAbajo- 1824 -

Por varias cartas de la Península se sabe haber muerto el Arzobispo D. Bartolomé María de las Heras en Madrid, en 6 de Setiembre de 1823, concediéndosele la gracia de enterrarse en la iglesia de los padres carmelitas; luego que haya noticia auténtica que haga fe, se tocará a sede vacante.

En 31 de Julio murió el racionero D. Cayetano Herazo, y pocos meses después el Teologal D. Toribio Rodríguez de Mendoza.

En 9 de Diciembre de 1824, día de la batalla de Ayacucho que puso término a la dominación de España, quedaba el Cabildo de esta santa Iglesia con el personal siguiente:

D. Francisco Javier Echangüe, Deán; D. Ignacio Mier, Arcediano; D. Pedro Nolasco Toro, Tesorero; canónigos D. Pedro Tadeo Bravo, D. José Manuel Bermúdez, Magistral; D. Manuel Arias, Penitenciario; D. Mariano Torre Vera, D. Toribio Rodríguez (que murió poco después), Teologal, D. Fermín Bernales, D. Mariano Aguirre, Doctoral. D. Pedro Antonio Fernández de Córdova; racioneros D. Cayetano Erazo, D. Luis de la Torre, D. José Antonio Hurtado, D. Francisco Luna, D. José de Nova; medios racioneros, D. Bartolomé Orduña, D. Ignacio Moreno, D. Jorge Benavente, (que llegó a ser el primer Arzobispo en la República), D. Carlos Orbea, D. José Justo Castellanos y secretario D. José Mariano Tagle. Vacantes, la dignidad de Chantre, la de Maestre-escuela, una canonjía y la supresa, así como una ración.




 
 
FIN
 
 


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ArribaAbajo Arzobispos de Lima durante la época Colonial

1º Don fray Gerónimo de Loayza, desde1548 a 1575
2º Santo Toribio de Mogrovejo 1579 a 1606
3º D. Bartolomé Lobo Guerrero 1609 a 1622
4º D. Gonzalo de Campo 1625 a 1626
5º D. Fernando Arias de Ugarte 1630 a 1638
6º D. Pedro Villagómez1641 a 1671
7º Don fray Juan de Almoguera1674 a 1676
8º D. Melchor Liñán de Cisneros1678 a 1708
9º D. Antonio Zuloaga1714 a 1722
10º Don fray Diego Morcillo1723 a 1730
11º D. Antonio Escandón1732 a 1739
12º D. José A. Ceballos1742 a 1745
13º D. Pedro A. Barroeta, año en que regresó a España.1751 a 1758
14º D. Diego del Corro1759 a 1761
15º D. Diego de Parada1762 a 1779
16º D. Juan Domingo G. de la Reguera1782 a 1805
17º D. Bartolomé María de las Heras, año en que regresó a España.1806 a 1821

Es curioso que cuatro, entre los diez y siete Arzobispos españoles, hubieran gobernado más de veinticinco años (tiempo a que, entre los Papas, sólo Pío IX y León XIII han alcanzado.) Esos Arzobispos fueron el primero, el segundo, el sexto y el octavo. Al décimo sexto, González de la Reguera, le faltó año y medio para completar el cuarto de siglo.



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ArribaExpediente solicitando la dignidad de Cardenal para el Arzobispo de Lima

En la muy, noble, insigne, y muy leal ciudad de los Reyes del Perú, en cinco de Mayo, se juntaron a Cabildo pleno los señores del Excmo. Concejo, Justicia y regimiento de ella a tratar y conferir varios asuntos respectivos al servicio de ambas Majestades, bien y utilidad del público, a saber: don Andrés de Salazar y Muñatones y el Marqués de Torre-Tagle, Alcaldes ordinarios por su Majestad, don Tomás Vallejo y Alcalde Provincial de la Santa Hermandad, don Antonio de Elizalde, del Orden de Santiago, don Francisco de Alvarado, del mismo Orden, don Francisco Arias de Saavedra, el doctor don Valentín Huydobro, don Joaquín Manuel de Cobo, el doctor don Manuel Agustín de la Torre y Tagle, Procurador general, y el Conde de Villar de Fuente, del Orden de Santiago, a que también asistieron los señores doctores don Cayetano Belón, Oidor honorario con antigüedad de la Real Audiencia de Chuquisaca, y don José Irigoyen, de la de Chile, abogados del Excmo. cuerpo y asesores perpetuos de la Ciudad, y lo que ante mí, el presente Escribano teniente, se acordó y deliberó es lo siguiente: - En este Cabildo se tuvo en consideración todo lo que concurrió en favor del Ilustrísimo señor Arzobispo de esta Metrópoli, cuya venerable persona y servicios hechos en favor de su Diócesis, con el más distinguido y recomendable ejemplo y el de la Nación por sus insignes contribuciones hasta desprenderse de las preciosas alhajas que hacían su pontifical, como lo han demostrado los periódicos de esta   —412→   Capital, en la cual no había habitante que no procurase distinguirse por su amor y respeto, conduciendo esto, y sus continuados sermones, pláticas y ejercicios de devoción y de piedad, a la más grande sujeción y rendimiento de las leyes divinas y humanas, no menos que al amor del Rey y de la Patria: se acordó y deliberó que, por medio del señor Diputado general, se solicitase del Soberano Consejo de Regencia una distinción, con la cual se conociese en el público la consideración que merecía al Supremo Gobierno un Prelado eclesiástico de su clase, y que la tal fuese la Gran Cruz de la Real y distinguida Orden de Carlos III. - Con lo cual se concluyó este Cabildo, que firmaron los señores de que doy fe.

Andrés de Salazar.-El Marqués de Torre-Tagle.-Tomás de Vallejo.-Antonio de Elizalde.-Francisco de Alvarado.-Francisco Arias de Saavedra.-José Valentín Huydobro.-Joaquín Manuel del Cobo.-Manuel Agustín de la Torre-Tagle.-El Conde de Villar de Fuente.

Ante mí, José María de la Rosa, Escribano Teniente del Excelentísimo Cabildo.

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Serenísimo Señor:

Cuenta la Metrópoli de Lima con un Prelado eclesiástico en quien concurren todas las relevantes cualidades que apetecen y designan las leyes canónicas y civiles. Es buen Pastor, buen Padre, excelente ciudadano, y fidelísimo vasallo, entregado todo al servicio del Rey, de la Religión y de la Patria. De todo esto tiene dadas pruebas muy señaladas y no cesa de darlas ejercitándose en todas las funciones de su alto ministerio, en las que de su talento, conocimientos y prudencia exige el gobierno superior, en la piedad y erogaciones para el socorro de la Nación. Ellas han importado un considerable número de miles, haciéndose con tanta lealtad y tan generoso desprendimiento que no han sido reservadas las más preciosas alhajas del decoro y   —413→   adorno propio de su dignidad. Los papeles públicos las han puntualizado, y el Cabildo que las ha voto con su mayor complacencia no puede dejar de recomendado a Vuestra Alteza Serenísima, implorando su benignidad para que se digne remunerar en alguna manera los servicios de este recomendísimo Prelado, condecorándolo con la Gran Cruz de Carlos III que obtuvo su antecesor, y que acaba de concederse al mérito del Reverendo Obispo de Cuenca.

Dios guarde a Vuestra Alteza Serenísima los muchos años que ha menester la Monarquía para su mayor grandeza.

Sala Capitular de Lima, y Mayo doce de mil ochocientos doce.

Concuerda este traslado con las actas capitulares de su contexto que se hallan en sus respectivos libros, y con el borrador de la representación inserta, que está en el legajo de la fecha. Y en virtud de lo mandado por el Excmo. Cabildo doy el presente en Lima y Octubre treinta y uno de mil ochocientos dieciséis.

José María de la Rosa, Escribano Teniente del Excmo. Cabildo.

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Los Escribanos que aquí firmamos damos fe, que don José María de la Rosa, por quien aparece sellado y firmado el testimonio de estas fojas, es tal Escribano Teniente de este Excmo. Cabildo, como se titula y nombra, y a sus semejantes siempre se les ha dado y da entera fe y crédito, en juicio y fuera de él.

Fecha ut supra.

José Ignacio Sánchez Cruz.-Vicente García.-José Trelles.

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En la muy noble, insigne y muy leal ciudad de los Reyes del Perú, en 15 de Octubre de 1816, se juntaron a Cabildo pleno los señores del Excmo. Concejo, justicia y regimiento de ella, a tratar y conferir varios asuntos respectivos al servicio de ambas Majestades, bien y utilidad del público, a saber: don José Antonio Errea, del orden de Calatrava, y don Francisco Moreyra y Matute, Alcaldes ordinarios por su Majestad, don José Antonio de Ugarte, Alguacil mayor, don Antonio Elizalde, del orden de Santiago, don Francisco de Alvarado, del mismo orden, el doctor don José Valentín Huydobro, don Joaquín Manuel Cobo, el doctor don Manuel Agustín de la Torre y Tagle, el Marqués de Casa-Dávila, Procurador general, el Marqués de Casa Boza, y don Juan José Gutiérrez de Quintanilla, a que también asistieron el señor doctor don Cayetano Belón, Oidor honorario con antigüedad de la Real Audiencia de Chuquisaca, y el doctor don Buenaventura de Aranzaes, abogados del Excelentísimo Cabildo y asesores perpetuos de la ciudad, y lo que por ante mí, el presente Escribano teniente, se acordó y deliberó es lo siguiente:

En este Cabildo celebrado con citación de todos los señores capitulares, por pedimento que hizo el señor Procurador general, se propuso cuan grande sería el honor de esta Capital y de su Iglesia Metropolitana, si se lograse para ésta la condecoración de un CAPELO CARDENALICIO, nada distante de su distinguido mérito en los servicios eclesiásticos, en los del Rey y de la Patria, principalmente en los presentes tiempos, en que han sido muy necesarios, y en que los ha promovido y ejecutado por sí propio el Excmo. e Ilmo. señor Arzobispo doctor don Bartolomé María de las Heras, cuyo celo es incesante y digno, no solo en la Real consideración, según lo que se expuso a nuestro católico Monarca, cuando se le suplicó por este mismo Cabildo que le condecorase con la Gran Cruz de Carlos III que ya disfruta, acompañada de la de igual clase en la Orden de Isabel la Católica, sino de ocupar lugar en el ánimo Pontificio, que es el que ha de obrar en el asunto de que se está hablando. De suerte que en ningunas circunstancias más felices podrá verificarse que esta Metrópoli tuviese a su cabeza un Arzobispo   —415→   Cardenal de la Santa Iglesia Romana, como era de desear, y de solicitar con el mayor esfuerzo, implorando la Real medicación de nuestro Soberano por medio de la más rendida súplica, en lo cual convinieron los señores del Congreso, siendo de dictamen que se dirigiese cuanto antes una sumisa y reverente representación al Soberano, acompañada del testimonio de esta Acta capitular, a fin de que dignándose rectificar las intenciones de este Cabildo y reducirlas a lo más justo y asequible, ejercite su real bondad en la mediación con el Santo Padre para que conceda un Capelo Cardenalicio a esta Santa Iglesia Metropolitaria en las Personas de sus muy reverendos Arzobispos, o en la del actual en quien concurre tanta condecoración, y se ha hecho tan atendible su mérito, acompañando también otro testimonio de aquella representación que se ha citado hecha con el objeto de la Gran Cruz. Con lo cual se concluyó este Cabildo, que firmaron los señores, de que doy fe.

José Antonio de Errea, Francisco Moreyra y Matute, José Antonio Ugarte, Antonio de Elizalde, Francisco de Alvarado, José Valentín Huydobro, Joaquín Manuel cobo, Manuel Agustín de la Torre y Tagle.

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Señor:

Los servicios hechos a V. M. en su ausencia y cautiverio, los que se han continuado hasta el presente, y todo cuanto ha empleado de esfuerzos y arbitrios esta Capital, para mantener la tranquilidad pública, ya no necesitan puntualizarse ni recomendarse con encarecimiento. La notoriedad, los informes superiores, los papeles públicos y monumentos de perpetua duración, afianzan esta verdad. En ella misma está embebida la de que nada ha dejado de contribuir la Santa Iglesia; presentando el más tierno y laudable ejemplo su religioso y fidelísimo Prelado, el doctor don Bartolomé de las Heras, Caballero Gran Cruz de las Órdenes   —416→   de Carlos III e Isabel la Católica. Sus apreciables operaciones son las que ha seguido su distinguido, y venerable Cabildo, y a éstas, como unos grandes dechados, las de los Párrocos y demás Eclesiásticos seculares y regulares. Esto en lo que pertenece al cuerpo de la Metrópoli, y con respecto al Prelado que la ha presidido, es necesario representar a V. M. que sus erogaciones han sido muy cuantiosas; pero que esto valdría menos si no se hubiese llegado a tocar en el desprendimiento total de cuanto, en oro y plata, perlas, diamantes y otras especies, pertenecía al esplendor y decoro de la Mitra, cuya dignidad era la que llevaba el fausto; fuera de que la predicación incesante, los oficios a todo ese cuerpo eclesiástico, las proclamas, las órdenes particulares, una constante vigilancia, una participación y ejercicio del Gobierno superior del Reino, en las indispensables juntas generales y acuerdos con el Virrey, han formado el cúmulo de incumbencias en que este amable Prelado ha sido el que deja para siempre los servicios suyos y los de lo que ha expuesto el Cabildo nada más hay que sinceridad, y una perfecta conformidad con los conocimientos y sentimientos de la ciudad que representa. Ofrécelos todos a V. M. en un caso en que le ocurre solicitar la condecoración de la Santa Iglesia Metropolitana, tan benemérita en su cuerpo, como en sus individuos, y la del dignísimo Arzobispo que la preside.

La ocurrencia es nueva y explicada con extensión en la Acta capitular que se acompaña, en testimonio, a esta reverente y humilde representación. No tiene embarazo el Cabildo en producirse, porque lo primero que previene en sus votos es que las ideas sean rectificadas y reducidas a lo justo y accesible para la soberana comprensión y Real autoridad de V. M.

Una condescendencia nada ajena de la Real bondad, una mediación Soberana con nuestro Santísimo Padre el Pontífice Romano la más eficaz, eso es lo que importa su solicitud; y eso es lo que las repetidas gracias en que se empleó la Real voluntad de V. M. expidiendo cédulas desde los primeros días de su instalación al trono, le hacen esperar, supuesta aquella rectificación de ideas que es tan necesaria para el feliz logro de lo que se solicita.

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Prorrumpe ya, pues, el Cabildo en la expresión de su presente ocurrencia, e implora esa Real mediación para que esta Santa Iglesia Metropolitana, erigida bajo las reglas, privilegios y costumbres de la de Sevilla; esta Santa Iglesia única del Perú en los principios de su conquista; esa Santa Iglesia Metropolitana, que entre sus muy grandes y recomendables Arzobispos presentó en los altares, por una de sus primicias, al Santo Mogrovejo (fuera de los otros dos, el Santo Solano y Santa Rosa de Santa María, que corresponden al Arzobispado y a la ciudad); esta Iglesia que ha sostenido los dogmas y establecido los principios de sana moral en cuatro Concilios provinciales, sea condecorada para siempre con la Púrpura Cardenalicia, concediéndose un Capelo perpetuo a sus Arzobispos, y que en cualquiera circunstancia y sucesos de la antecedente pretensión sea concedido al actual don Bartolomé María de las Heras. La Iglesia Católica y el Santísimo Padre han gozado del fruto de sus servicios, preservando la primera de la iniquidad y corrupción, y no ya sólo de costumbres, sino de creencias, como es notorio, y lo acreditan los acontecimientos de la insurrección; y el Santísimo Padre, por diversos medios y combinaciones, habrán podido alcanzar hasta su Venerable persona e Iglesias particulares que tienen la felicidad de reconocerlo por supremo Pastor.

Se ha dicho lo que basta para fundar el mérito y lo muy recomendable de esta santa Iglesia Metropolitana. También se ha hecho la debida manifestación del que en esta Metrópoli tiene adquirido su actual Prelado; y concluye el Cabildo esta su reverente representación, poniendo en la Real consideración de V. M., que el ocupar Vuestro muy reverendo Arzobispo la silla de esta Metrópoli provino del conocimiento soberano de sus distinguidos méritos, contraídos en el servicio de la dignidad Episcopal de la santa Iglesia del Cuzco; que mucho antes de ahora se ha apersonado este Cabildo ante la Majestad haciendo el justo elogio de las virtudes y apreciables prendas del actual Prelado, para cuya condecoración solicitó de oficio la Gran Cruz de Carlos III, según lo demuestra el testimonio que también se acompaña; y últimamente, que se remite al informe de vuestro Virrey el Marqués de la Concordia, que parte ya   —418→   para esa Corte, y sabrá tal vez explicar con mayor energía y dignidad cuales son los votos de esta Ciudad.

Dios guarde la Católica Real Persona de V. M. los dilatados y felices años que ha menester la Monarquía para su mayor grandeza.

Sala capitular de Lima y Octubre treinta y uno de mil ochocientos dieciséis.

José Antonio Errea.-Francisco Moreyra y Matute.-José Antonio de Ugarte.-Antonio de Elizalde.-Francisco de Arias de Saavedra.-Francisco Alvarado.-José Valentín de Huidobro.-Joaquín Manuel de Cobo.-El Conde del Villar de Fuente.-El Marqués de Casa-Dávila.-El Marqués de Casa-Boza.-Juan José Gutiérrez Quintanilla.

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Excmo. Señor:

Es un interés muy particular del Cabildo secular de la capital del Reino del Perú promover con el mayor empeño la posible condecoración de su Metropolitana Iglesia y de su benemérito Prelado, cuyos recomendables y grandes méritos le han hecho acreedor a los distinguidos premios que ha recibido de la incomparable bondad del Soberano. La adjunta representación que dirige ahora por la benéfica mano de V. E. instruye del asunto en las dos partes que comprende. Las presentes circunstancias urgen más que nada para que se proporcione a la Metrópoli un medio con que logre aumentar el común respeto y veneración. Todo eso lo alcanza mejor la alta penetración de V. E.; y sus conocimientos, tanto como sus elevados empleos, lo ponen fuera del caso de que este Cabildo se tome la libertad de extenderse en la manifestación de los motivos, con que debe esperar la interposición de V. E. Por ella clama para que, rectificados en lo que sea preciso los conceptos diversos de la representación; tenga la capital al Prelado, que ama muy tiernamente, condecorado con la Púrpura Cardenalicia, con la que ya parece que le ve revestido, cuando implora la benignidad   —419→   de V. E., y por ella la Real mediación de su Majestad con el Santísimo Padre.

Dios guarde a V. E. muchos años.

Sala capitular de Lima. Octubre treinta y uno de mil ochocientos dieciséis.

Excmo. Señor.

José Antonio de Errea.-Francisco Moreyra y Matute.-José Antonio de Ugarte.-Antonio de Elizalde.-Francisco Arias de Saavedra.-El Marqués de Casa-Boza.-José Valentín Huidobro.-Joaquín Manuel de Cobo.-El Conde de Villar de Fuente.-El Marqués de Casa-Dávila.-Juan José Gutiérrez Quintanilla.

Excelentísimo señor don Pedro Ceballos, primer Secretario de Estado y del Despacho (Madrid).

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En 1871, el Presidente del Perú, coronel don José Balta, solicitó también de su Santidad Pío IX el Capelo Cardenalicio para el Arzobispo de Lima doctor don José Sebastián de Goyeneche, que era en ese año el Decano de los Obispos de la cristiandad, pues contaba ya medio siglo de mitrado. Entonces, como en tiempo del Virrey Pezuela, tampoco tuvo éxito la pretensión.