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ArribaAbajoDemanda de Ceballos en nombre de Pánfilo de Narváez, contra Hernando Cortés y sus compañeros.

M. P. S.- Hernando de Ceballos, en nombre de Pánfilo de Narváez, gobernador e capitán general de las tierras y provincias de la Florida &c., e adelantado de las dichas tierras, e por virtud del poder que de él tengo para en todas sus causas civiles y criminales, e licencia de V. M. para poder acusar en su nombre, por estar, como está, ocupado en vuestro servicio, en la conquista e pacificación de las dichas tierras; me querello criminalmente ante V. M. de Hernando Cortés, e de Alonso Dávila, e de Jorge de Alvarado, e de Gómez de Alvarado, e de Luis Marín, e de Juan Jaramillo, e de Andrés de Tapia, e de Pedro Sánchez Farfán, e de Juan Rodríguez de Villafuerte, e de Rodrigo de Villandrando, e de... de Valdelomar, e de Juan de Limpias, e de Francisco Álvarez, e de Cristóbal Martín de Gamboa, e de Francisco Maldonado, e de Francisco de Solís, e de Martín Vázquez, e de Francisco Bonal, e de Alonso Romero, e de Juan Ochoa de Lejalde, e de Francisco de Mesa, e de Francisco Rodríguez, e de Francisco Rodríguez Flores, e de Juan Siciliano, e de Juan Castaño, e de Bartolomé Fernández, e de Antón del Río, e de Guillén de Loa, e de Andrés Martínez, e de Bartolomé López, e de Diego Sánchez Sopuerta, e de Rodrigo de Segura, e de Francisco de Terrazas, e de Alonso de la Serna, e de Andrés de Monjaraz, e de Gerónimo del Águila, e de Hernando Martín Herrero, y de Cristóbal Corral, difunto, y de Gonzalo de Sandoval, difunto, de Rodrigo Rangel, difunto, e de Gonzalo de Alvarado, difunto, e de Hernando López Dávila, difunto, e de Rodrigo Álvarez Chico, difunto, e de Domingo García, difunto, e de Pedro de Ircio, difunto; e de otros sus consortes, que articulando protesto declarar; e haciendo relación de lo dicho, digo: que siendo Diego Velázquez gobernador e capitán general por V.M. en las tierras e provincias que descubriese e hiciese descubrir e enviase a poblar, envió por capitán con una armada que hizo, al dicho Hernando Cortés, desde la isla de Cuba, e con él a todos los susodichos e a otras muchas personas que con él vinieron a estas partes; e habiendo llegado e desembarcado en ellas, viendo el dicho Cortés la riqueza de la tierra e disposición de ella, e la mucha gente que en ella había para se poder ayudar, e la buena voluntad con que lo recibían, e la gran distancia que había desde estas partes a los reinos de España, que la costa no tenía puertos do pudiese estar armada, como el dicho Hernando Cortés era persona de baja condición e manera, que el dicho Diego Velázquez le había sacado de ser teniente de escribano en Azúa, e lo había llevado consigo a la dicha isla de Cuba, donde le honró con cargos e oficios, e le envió a esta tierra, como dicho es; e que los otros sus consortes que con él envió, eran mancebos que estaban en la dicha isla sin tener ninguna cosa, e que habían de hacer su voluntad, poniéndole, como les puso, en esta tierra; reinando el diablo en el pensamiento del dicho Hernando Cortés, como hizo Lucifer trató de se levantar, no solamente contra el dicho Diego Velázquez, que así de nada le había hecho más, y aun contra V. M.; e platicándolo con los susodichos, que los más eran de su tierra, e con otros que trujo a su luciferino pensamiento, a ciertos días de los meses de Mayo e Junio del año pasado de 1519 años, el dicho Hernando Cortés tuvo artes e mañas para se desistir del dicho cargo e capitanía que del dicho Diego Velázquez traía, con que los susodichos e otros de la comunidad que consigo traía, que para ello le ayudaron, le eligiesen, como le eligieron, por su capitán; queriendo un Juan Escudero e otros tres o cuatro ir a un bergantín, a dar mandado al dicho Diego Velázquez de la dicha maldad del dicho Hernando Cortés, los prendió, e ahorcó al dicho Juan Escudero e a Rodrigo Cermeño, e a otro cortó un pié, e dio con todos los navíos del armada al través, excepto dos de ellos que dejó; y esto hecho, el dicho Hernando Cortés comenzó a capitanear y gobernar en estas partes con la dicha su comunidad, donde hizo muchas crueldades de muertes e prisiones e tiranías, robos e sacos, fuerzas, matando a los naturales de estas partes que de tan buena voluntad lo habían recibido, robándoles sus haciendas e haberes, e teniendo a los señores en cepos e prisiones porque se lo diese, asándolos vivos algunos de los criados de los dichos señores, porque le descubriesen los tesoros, e dellos tomándoles sus mujeres e hijas, teniendo formas e maneras que ellos e los Españoles que consigo tenía le temiesen como a tirano; e siendo el dicho Diego Velázquez de la dicha maldad informado e sabidor, se envió a quejar a V. M., e V. M. le mandó dar sus provisiones reales de gobernador e de otras partes, con las cuales e con su poder subdelegado, el dicho Diego Velázquez envió al dicho Pánfilo de Narváez por su teniente a gobernar en esta tierra por V. M.: el cual vino con una gruesa armada e mucha gente de pie e de caballo, bastimentos, artillería e munición a la gobernación; como el dicho Hernando Cortés tenía pensado e platicado con todos los susodichos la traición que quería cometer, tenía al dicho Gonzalo de Sandoval por su teniente en la Villa Rica, que tenía poblada para resistir a los que viniesen; y estando el dicho Hernando Cortés en esta ciudad de México, el dicho mi parte llegó con la dicha armada por el mes de Abril o Mayo del año de 1520 años, a un puerto de esta tierra que se llama San Juan de Lua, que es cerca de donde la dicha Villa Rica estaba poblada, e desde allí envió el treslado autorizado de las dichas provisiones de V. M. e de sus poderes, al dicho Hernando Cortés e al dicho Gonzalo de Sandoval, con... de Guevara, clérigo, e con Alonso de Vergara, escribano, e con Antonio de Maya, para los notificar e requerir que obedeciesen las dichas provisiones; e sabido esto por el dicho Gonzalo de Sandoval, no mirando ni acatando la denidad sacerdotal del dicho Guevara, ni la facultad que el dicho escribano tenía, como tenía platicada la dicha traición el dicho Hernando Cortés con él, prendió a los susodichos, e con prisiones los envió a esta ciudad al dicho Hernando Cortés; y esto hecho, el dicho Gonzalo de Sandoval tomó juramento a todos los vecinos de la dicha villa para que no obedeciesen las dichas provisiones ni acudiesen al dicho Pánfilo de Narváez, salvo al dicho Hernando Cortés; e luego alzó e despobló el dicho pueblo de la Villa Rica, y se fue con los vecinos a un pueblo de Indios que se llama Papulo, que está cerca de allí en un lugar fuerte; e el dicho Hernando Cortés recibió los dichos presos, y ellos le dijeron a lo que iban; e luego el dicho Cortés envió a Rodrigo Álvarez Chico, e a Pedro Hernández, escribano, con un mandamiento, en que mandaba al dicho Pánfilo de Narváez, que luego saliese de la tierra e se tornase a embarcar, so pena de muerte e perdimiento de bienes; e a la sazón que esto pasó, un... Pinedo habiendo visto la traición del dicho Cortés, e sabido que el dicho Pánfilo de Narváez venía con provisiones de V. M., escondidamente se partió de esta ciudad para ir donde estaba el dicho Narváez, e el dicho Hernando Cortés mandó a Montezuma, señor de esta ciudad, que luego lo enviase a buscar e lo hiciese matar; el cual lo hizo así, e lo mataron, e muerto se lo trujeron al camino al dicho Hernando Cortés en una hamaca; y el dicho Rodrigo Álvarez Chico, e Pedro Hernández, escribano, fueron a Zempoal, donde el dicho Pánfilo de Narváez estaba, e allí le notificaron el mandamiento del dicho Hernando Cortés, a los cuales, e a Fray Bartolomé a otros que de parte del dicho Hernando Cortés fueron, el dicho Pánfilo de Narváez les mostró las provisiones reales de V. M. e poderes que traía para gobernar; e por no alterar más al dicho Cortés ni dalle materia para más errar, con mucho seso e concierto le respondía para le aplacar: que él le tenía por hijo, e que lo había de tener e tratar como a hijo, a él e a todos los que con él venían, e que obedeciesen las provisiones de V. M. e no se pusiesen en hacer lo contrario; e tornó a enviar a Alonso de Mata, escribano, e a Bernardino de Quesada con el treslado autorizado de las dichas provisiones e poderes, para los notificar al dicho Hernando Cortés, e les requerir que las obedeciesen e le dejasen libremente gobernar esta tierra por V. M., los cuales hallaron en Tlaxcala, que iban de camino contra el dicho Pánfilo de Narváez, e allí se las notificaron; e el dicho Hernando Cortés, como traidor e tirano, fue tan rebelde, que no sólo no quiso obedecer las dichas provisiones de V. M. ni entregarles la dicha tierra e jurisdicción, mas prendió al dicho Alonso de Mata, escribano, porque se las notificaba, e púsole preso en su pie de amigo, e proveyó ciertos capitanes para que fuesen a apercibir los Indios infieles naturales de esta tierra, que fuesen en favor contra el dicho Pánfilo de Narváez, el uno de los cuales dichos capitanes se llamaba Heredia, que fue al dicho Mitlata, de donde sacó y llevó contra el dicho mi parte tres mil hombres, poco más o menos, armados con picas e otras armas de la tierra; e estando el dicho Pánfilo de Narváez en la ciudad de Zempoal, salvo e seguro debajo de la protección e amparo de V. M. e de sus provisiones, con intención e propósito de no romper con el dicho Hernando Cortés, por no alterar los Indios de la tierra, ni dalle materia para que los alterase, o más errase, trabajando de llevar los negocios con él por bien, el dicho Hernando Cortés rió de V. M. como traidor alevoso, sin apercibir al dicho mi parte, con un diabólico pensamiento e infernal osadía, en contento, e menosprecio de V. M. e de sus provisiones reales, no mirando ni acatando la lealtad que debía a V. M., presidiendo en la Iglesia de Dios Nuestro Señor, nuestro muy Santo Padre... Séptimo, e reinando en estos reinos e señoríos de España V. M., que Dios deje vivir e reinar por largos tiempos e buenos, el dicho Cortés dio un mandamiento al dicho Gonzalo de Sandoval para que prendiese al dicho Pánfilo de Narváez, e si se defendiese, que lo matase; y esto hecho, en un día del mes de Mayo del año del Señor de mil y quinientos e veinte años, el dicho Hernando Cortés e el dicho Sandoval, e todos los sobredichos con ellos, fueron sobre el dicho Pánfilo de Narváez de noche a media noche, a los aposentos de la dicha ciudad de Zempoal donde estaba aposentado, e con mucha otra gente que consigo llevaba, todos armados de fuste e de hierro a punto de guerra, con armas ofensivas e defensivas, dándose favor los unos a los otros, e los otros a los otros, combatieron al dicho Pánfilo de Narváez e pusieron fuego a un cuarto donde estaba aposentado con cierta gente, e allí le dieron muchas heridas, lanzadas e cuchilladas, de que le cortaron el cuero e la carne, e le salió mucha sangre, e le quebraron el ojo izquierdo, e le prendieron, e el dicho Alonso Dávila le sacó las dichas provisiones reales de V. M. del seno, teniéndolo preso e abrazado el dicho Pero Sánchez Farfán, e dando voces el dicho Pánfilo de Narváez de cómo se las sacaban, haciendo testigos a los circunstantes; e allí le mataron quince hombres que murieron de las heridas que les dieron, e les quemaron seis hombres del dicho incendio, que después parecieron las cabezas dellos quemadas, e pusieron a sacomano todo cuanto tenían los que venían con el dicho mi parte, como si fueran Moros, y al dicho mi parte robaron e saquearon todos sus bienes, oro e plata e joyas e jaeces, e tres caballos, e tres esclavos negros, e todas las escrituras de deudas que se le debían, e armas e artillería e munición e provisiones e mantenimientos, no sólo de la dicha ciudad de Zempoal, mas de los navíos que el dicho mi parte trujo, e estaban señores en el dicho puerto, e dio con los once navíos que el dicho mi parte allí tenía, al través, e les hizo quemar; e así preso el dicho Narváez, sin darle lugar a que curase, sino ensangrentado de las dichas heridas que le dieron, e el dicho ojo quebrado, el dicho Cortés le envió preso a la Villa Rica; e luego desde a dos días que esto pasó, llegó a la dicha ciudad de Zempoal el dicho Heredia, capitán con el dicho Cortés, con los dichos tres mil hombres Indios infieles que llevaba derechamente armados como dicho es, los cuales entraron dando grita por los patios de la dicha ciudad de Zempoal; en el cual dicho saco, el dicho Cortés e los susodichos que con él iban robaron e saquearon al dicho mi parte los dichos sus bienes e cosas, que podían valer cien mil castellanos de buen oro; y preso y saqueado el dicho mi parte, el dicho Cortés le tuvo preso con muy ásperas prisiones tres años, poco más o menos, e con guardias que nadie no le pudiese ver; e aquellos pasados, le quitó las prisiones e le tuvo preso otros dos años, que no le dejó salir desta tierra, de cuya causa el dicho mi parte perdió otros doscientos mil castellanos de buen oro que pudiera haber en esta tierra de provechos e granjerías de las cosas della e derechos de su capitanía e gobernación, si el dicho Cortés e los susodichos que con él estaban obedecieran las dichas provisiones de V. M. como eran obligados, e dejaran la dicha gobernación al dicho mi parte, e no lo prendieran como le prendieron: e demás desto digo: que perseverando el dicho Cortés e los susodichos que con él estaban, en su mal propósito, añadiendo ferror a ferror e delito a delito, llevando adelante su traición y tiranía, cuando V. M. tornó a enviar con sus provisiones reales a gobernar esta tierra a Cristóbal de Tapia, habiendo desembarcado en la Villa Rica, el dicho Hernando Cortés envió contra él a los susodichos e otra mucha gente, ficiéronle volver del camino, que venía a esta ciudad, e por fuerza muy aviltadamente le hicieron embarcar en sus navíos; e no contentos con esto, añadiendo más delito a delito e ferror a ferror, rebelación a rebelación, traición a traición, enviando como enviaba V. M. a gobernar la provincia de Pánuco a Francisco de Garay, para tener por alguna parte entrada en la tierra e que un tan bajo hombre como el dicho Cortés no se le desmandase; el dicho Cortés envió sobre el dicho Garay a la dicha provincia de Pánuco mucha gente de pie e de caballo a punto de guerra, con Pedro de Alvarado e Diego de Ocampo, los cuales saltearon los capitanes del dicho Francisco de Garay, e les tomaron sus armas e caballos, e le derramaron la gente que traía para conquistar e poblar la dicha provincia, e trujeron al dicho Francisco de Garay en son de preso a esta ciudad, de cuya causa viendo los Españoles derramados, los Indios de la dicha provincia se alzaron e mataron trescientos Españoles e más, de los que el dicho Francisco de Garay consigo traía; lo cual el dicho Hernando Cortés e los sobredichos e todos los otros que para ello le dieron favor e ayuda, cometieron gravísimos e atrocísimos delitos, e incurrieron en pena de traidores, alevosos, tiranos, incendiarios, homicidas, salteadores, robadores e saqueadores, e son por ello dinos e merecedores de muy grayes penas criminales capitales, establecidas en derecho contra los que tan atrocísimos crímenes e delitos cometen; por lo que pido e suplico a V. M. pronuncie e declare los susodichos ser hechores, cometedores e perpetradores de los dichos delitos e maleficios, e ser dinos e merecedores de muchas e graves penas civiles e criminales, establecidas en derecho contra los que semejantes delitos e maleficios hacen e cometen, en las cuales les condene, e las mande ejecutar en sus personas e bienes, y en los bienes de los muertos, por ser como son infamados de tan enormes delitos; porque justo es que pues no pueden ser punidos en las personas, que sean penados en sus bienes; e incidente de vuestro real oficio que imploro, pido e suplico a V. M. les condene en los dichos trescientos mil pesos de oro que así robaron e saquearon al dicho mi parte e le hicieron de daño, según dicho es; e condenados, que los mande dar e pagar con las costas, e sobre todo serme hecho cumplimiento de justicia, e en lo necesario vuestro real oficio imploro; e juro a Dios e a Santa María y a la señal de la Cruz, que esta querella no la doy maliciosa, sino por alcanzar cumplimiento de justicia.

Otrosí pido e suplico a V. M. que me mande recibir testigos de información cerca de lo susodicho, e les mande preguntar por el escrito de interrogatorio que para ello dieron, e me mande dar mandamiento para prender los que se hallaren culpados, e albalá de pregones para llamar los ausentes, e citatoria para llamar a pregones a los herederos de los difuntos, para que parezcan a los defender cerca de lo susodicho, y estar conmigo a derecho sobre la dicha razón; e sobre ello pido serme fecho entero cumplimiento de justicia &c.