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91

Libro XX, cap. 31.

 

92

D. Lope de Rivas.

 

93

Anteriores á Zurita, que esto escribe.

 

94

D. Fernando y Doña Isabel.

 

95

Roma, 13 Marzo, 1478.

 

96

Roma, 3 Febrero, 1477.

 

97

Estante 1, grada 1.ª -Colección Sálazar, A 1, fol. 15.

 

98

El Papa, á suplicación del rey de Francia é del rey de Portogal, dió dispensación para que aquella Doña Juana pudiese casar con persona conjunta á ella dentro en el quarto grado de consanguinidad. De la qual dispensación el Rey é la Reina se agraviaron, y embiaron á mostrar sus causas de los agravios que el Papa les fizo en la otorgar. Lo qual, visto en el Colegio de los Cardenales, considerando los escándalos, guerras é derramamientos de sangre, que por causa de aquella dispensación se podrían seguir, el Papa acordó de dar otra bula en la qual declaró que la primera bula había seydo impetrada, no le faciendo relación verdadera de la persona con quien aquella Doña Juana había de casar, ni de otras circunstancias que [en] la impetración de la bula se requerian é debían ser declaradas; por ende que la revocaba é daba por ninguna.» Crónica de los Reyes Católicos, parte I, cap. 85.

 

99

Isabel († 2 Diciembre, 1455).

 

100

BOLETÍN, tomo XVI, páginas 449-452, 459-462.

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