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51

En el folio 23 del Libro de Cabildos de Quito, correspondiente a los años de 1573 y 1574, se encuentra el acta de aquella sesión a que nos referimos y que en su parte pertinente, dice así:

Tratose sobre que se haga un Monasterio de señor Sant Agustín, y habiendo tratado de ello, se acordó que se haga en las casas de Egüez de Moscoso, e que se consulte con los señores Presidente e Oidores para que se dé la orden que sobre ello convenga y se remitió a los señores capitán Mosquera, Alcalde y Antonio de Ribera, regidor, para que se le consulten y se dé razón de ello en este Cabildo y con esto se acabó. Ante mí, Bernaldino de Cisneros.



 

52

Fray Antonio de la Calancha. Chronica moralizada del Orden de San Agustín en el Perú. Año de 1638.

 

53

Fray Bernardo de Torres. Crónica de la Provincia peruana del Orden de ermitaños de San Agustín. Tomo primero. En Lima, en la Imprenta de Julia Santos de Saldaña: Año de 1657.

 

54

Tratose sobre lo contenido en la petición presentada por parte del Monasterio de San Agustín e diose sobre ello los votos siguientes:

El señor alcalde Ruy Díez de Fuenmayor dixo que atento que le consta la necesidad que tiene dicho Convento de que se le dé de dicha calle alguna parte para el edificio de la Santa iglesia del dicho Monasterio y que la calle del Monasterio para arriba casi no la anda nadie, y aunque se hubiese de andar, adelante quedaba calle suficiente, es su parecer que si los señores Presidente e Oidores fuesen servidos de hacer merced al dicho Convento de la tercia parte de la dicha calle para el dicho efeto, que se le dé, y no lo conformando, e mandando e aprobándolo, izo se le dé cosa alguna, e si se le diere, que por las dos tercias partes que quedase pueda ser y sea calle real para pasar adelante la dicha calle, con otro tercio en lugar del que se le da de la plaza que allí está por manera que queda la calle del anchor como azora está de entrada y salida della, y esta tercia parte que se le diese, se entienda en el capaz de lo que tomare el cuerpo de la dicha Iglesia, y que sólo pueda servir para dicho efeto de cuerpo de Iglesia principal e no para otro edificio alguno, e si por alguna causa se mandase el dicho Monasterio a otra parte, la dicha calle quede por calle real como de presente lo es y ha sido y esto dió por su parecer, y firmolo

Ruy Diaz de Fuenmayor.

El señor Tesorero Jerónimo de Cepeda dixo que la dicha calle es una de las principales desta ciudad y no conviene darse de ella cosa alguna por el gran inconveniente e perjuicio que de ello se sigue, y así es su parecer que no se le dé ni provea en ella cosa alguna y firmolo

Jerónimo de Cepeda.

El señor Contador Pedro de Valverde e el señor Fator Juan Rodríguez y el señor Capitán Diego de Sandoval e el Capitán Francisco Ruiz se arriman al voto e parecer del señor Alcalde y que se le dé como él lo dice e lo firmaron.

Pedro de Valverde, Juan Ruiz Sandoval, Francisco Ruiz

Los señores Capitán Ribera e Francisco Arcos Regidores dixeron que se arriman al parecer e voto del señor Tesorero Jerónimo de Cepeda y esto responden e lo firmaron

Antonio de Ribera, Francisco Arcos

El señor Capitán Antonio Moran Alguacil Mayor dixo que, habiendo visto el sitio donde el dicho Monasterio está fundado y donde se ha de hacer la Iglesia dél y que hay tanto espacio e lugar para el edificio dél sin tomar de la dicha calle, que pide que su voto e parecer es que por ser la obra para servicio de Dios, se tome la tercera parte de la dicha calle para el cuerpo de la dicha Iglesia, con que haya licencia de Su Majestad o de quien en su Real Nombre la pueda dar para ello y así lo dixo e firmo

Antonio Moran.

E luego Juan de la Puente Procurador desta ciudad dixo questo que pide el Convento de San Agustín es en perjuicio desta cibdad e así lo contradixo e pide traslado para alegar del derecho de la cibdad e en el interior no se provea cosa alguna e así lo pidió e requirió, lo pidió por testimonio e lo firmo

Juan de la Puente.

El señor Alcalde habiendo visto los dichos parecer e requerimiento, y atento que la mayor parte del Cabildo está en que se dé al dicho Convento la tercia parte de la dicha calle para el cuerpo de la dicha Iglesia, dixo que se de cuenta dello a los señores Presidente e Oidores de la Real Audiencia para que sobre todo provean lo que fuesen servidos e así lo mando e que yo el presente Escribano haga dello razón en el primero acuerdo que obiese y que en lo del mando que pide el Procurador, a su tiempo se le dará.

Ruy Diaz de Fuenmayor.

E luego el dicho Juan de la Puente pidió lo que tiene pedido e de no se proveer así ni darle a él traslado, que apelaba e apelo para ante Su Majestad e la Real Audiencia e donde pidió se haga relación.

El señor Alcalde mandó que de todo se haga relación.


Libro de Cabildos de la Ciudad de Quito. Años 1573-1574,
Acta de la sesión del viernes 23 de julio de 1574. Fol. 103 vta. y 104.
               


 

55

Federico González Suárez. Historia General de la República del Ecuador. Tomo Tercero. Págs. 157 y 158.

 

56

M. Jiménez de la Espada. Relaciones Geográficas de Indias. Tomo III.

 

57

E. Llaguno y Amírola. Noticias de los arquitectos y arquitectura de España, desde su restauración... ilustradas y acrecentadas con notas, adiciones y documentos, por don Juan Agustín Ceán Bermúdez. Madrid, 1829, págs. 56-58.

 

58

José Torre Revello. Un gran arquitecto extremeño que trabajó en América. La Prensa de Buenos Aires, n.º del 11 de diciembre. 1938. Este ponderado estudio del gran historiador argentino, se lo debe consultar con toda solicitud, porque es lo más interesante y más justo que se ha escrito sobre Francisco Becerra.

 

59

Otto Shubert. Historia del Barroco en España. Pág. 91. Madrid 1929.

 

60

En sus «Apuntes históricos», publicados en la revista La Buena Esperanza, n.º 59 de noviembre 19 de 1943, dice el padre Enrique Terán que, aunque algunos historiadores afirman que existió en la iglesia de San Agustín de Quito, la Cofradía de Nuestra Señora de la Gracia, él cree que no existió, porque no se encuentran noticias ni vestigios de ella, no hay imagen que la represente. Pero opina que pudo haber funcionado esa Cofradía, a raíz de la fundación del Convento, porque Nuestra Señora de la Gracia es Titular de él y, desde remotos siglos, Protectora especial de la Orden. Dice que San Agustín es llamado por antonomasia el «Doctor de la Gracia» y escribió libros hermosísimos sobre la gracia y en honor de la Virgen María, lo que puede haber sido el motivo originario de esta advocación antigua de María y su relación con la Orden.