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El conflicto de rentas entre las cátedras de humanidades y Meléndez Valdés (1780-1784)


Antonio Astorgano Abajo


Catedrático de Lengua y Literatura
I. E. S. «Corona de Aragón» (Zaragoza)

  -11-  

Para Ignacio Ángulo, profesor de inglés




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Introducción

Empecemos por delimitar el concepto de «Humanidades» en la segunda mitad del siglo XVIII. Meléndez, quien debía su cátedra de Prima de Letras Humanas al informe favorable de Campomanes en el expediente de la oposición1, coincidía con el fiscal asturiano en definir el concepto de «humanidades» como sinónimo «de Bellas Letras, Letras Humanas y Ciencias Philológicas»2. El fiscal afirmaba en el Plan de estudios de 1771 de la universidad de Salamanca: «El estudio de las buenas letras abraza la gramática, la retórica y todo lo que hay en los autores profanos en las tres clases de oradores, poetas y filósofos. Sin este estudio no puede esperarse feliz progreso en las ciencias, porque él fortifica la razón, perfecciona el juicio,   -12-   forma el buen gusto y adorna los ingenios. Debe procurarse, pues, el método más exacto que abrace todas las cátedras de letras humanas en que tienen tan principal lugar las lenguas griega y hebrea»3. Meléndez, al proponer mejoras didácticas para el Colegio Trilingüe, donde se impartían todas las materias lingüísticas, pretende que sea «un asilo eterno de las bellas letras y las lenguas, tan glorioso a la universidad como útil a la nación»4.

Alarcos García presenta un tanto idílica la situación administrativa y académica de Meléndez en el desempeño de su cátedra de Prima de Letras Humanas y las relaciones con sus colegas del Colegio de Lenguas: «Es incuestionable que Meléndez, una vez propietario de la cátedra de Humanidad, seguiría laborando en ella con el mismo entusiasmo y con un método idéntico al que hasta entonces había empleado en ella como profesor sustituto. Se preocupaba de la enseñanza de las lenguas clásicas y, lo que es más raro aún, de la enseñanza del castellano». Alarcos García concluye: «Lógico es, por consiguiente, el admitir que en su cátedra pondría todos sus amores y que se esforzaría por hacer penetrar a sus alumnos en la esencia del lirismo horaciano y en lo hondo del alma antigua, tal y como se nos aparece en las obras de los grandes clásicos grecolatinos»5.

Quizá la tarea más importante encomendada a los profesores de lenguas de la universidad de Salamanca por el Plan de estudios de   -13-   1771 fue la de controlar los estudios de latinidad en el reino de León y en la «provincia» de Extremadura. Hoy diríamos, si se nos permite el anacronismo, que Meléndez tuvo la oportunidad de controlar el acceso a la función docente del profesorado de enseñanza secundaria de estas regiones6.

Pero esa actividad académica estuvo turbada, durante el periodo 1781-1784, desde el mismo momento de fijarse los edictos de convocatoria de la oposición a la cátedra de Prima de Letras Humanas, a causa de un enfrentamiento económico-administrativo dentro del Colegio de Lenguas, regulado de manera bastante ambigua y confusa por el solapamiento de viejas normas y costumbres con las directrices de la reforma del Plan de estudios de 1771, el cual no acababa de implantarse claramente debido a las resistencias de la mentalidad tradicional.

Alarcos no detectó este enfrentamiento entre los catedráticos del Colegio de Lenguas, del que nos vamos a ocupar y que ya esbozamos en otra parte7.

Por otro lado, era muy común encontrarse este tipo de conflictos, mitad personales, mitad académicos, en la universidad salmantina de la época. Ambiente que influyó bastante en algunos profesores, que terminaron abandonando las aulas, como el mismo Meléndez, o perseguidos, como Ramón de Salas y Cortes. No menor era el efecto de este clima conflictivo en algunos alumnos, como Juan Pablo Forner, en opinión de François López: «Repitámoslo: el espectáculo de estos enfrentamientos marcó a la generación que llegaba entonces a la Universidad y que se vio alzada, llevada de golpe, al nivel en que esos conflictos estallaban por fin a la vista de todos tras haberse incubado sordamente durante más de medio siglo»8.

El marco legal por el que se regla el Colegio de Lenguas era el Plan de estudios de 1771: «Que las tres cátedras llamadas de humanidad, latinidad y retórica, y las dos de lengua griega y hebrea, que   -14-   lo son de propiedad de aquella universidad9, sean todas iguales en el salario de 100 florines cada una10, y en el trabajo de asistir diariamente hora y media, por lo menos, a la explicación de sus respectivas asignaturas; como también en la de asistir a todas las sabatinas de letras humanas; a los exámenes que han de hacerse de cuatro en cuatro meses; y en presidir todos los años un acto público; y de trabajar y poner en la biblioteca de la Universidad anualmente una composición, oración y traducción u otro escrito propio del idioma y asignatura de su cátedra»11.

Otra Real Carta Orden, leída y obedecida en el claustro pleno del 6 de marzo de 1773, complementa y aclara el tiempo que debe durar la enseñanza y explicación de las cátedras de humanidad, latinidad, retórica y lenguas griega y hebrea, «y lo demás que en ella se previene sobre cualidades de los que las pueden sustituir»12.

Este conflicto, de puros intereses económicos, retrasó la armonía necesaria para la implantación de un colegio de lenguas. Tuvo   -15-   su origen en el claustro pleno de la Universidad de Salamanca celebrado el 29 de noviembre de 1780, en el que se fijó el edicto para sacar a oposición la cátedra de Prima de Letras Humanas, que sería obtenida por Juan Meléndez Valdés. Pero antes de narrar el conflicto, es necesario describir brevemente la situación económica de las cátedras salmantinas de Humanidades durante la Ilustración y la personalidad del antagonista de Meléndez, el catedrático de Retórica, doctor don Juan Sampere (1739-1810).






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La dotación de las cátedras de Humanidades

Luis Gil presenta un panorama económico bastante desolador de los profesores universitarios de latín y griego durante los siglos XVI al XVIII, con unos sueldos estancados y discriminados respectos a otras cátedras más prestigiosas: «En 1760 la cátedra de griego de Salamanca estaba dotada con un salario anual de 67.000 maravedíes, con un aumento ridículo respecto a las retribuciones del siglo XVI»13. La discriminación es evidente si consideramos que un catedrático de prima de cánones y de leyes ganaba unos 650.000 mrs. El mismo Gil apunta la mejora económica que la reforma de los planes de estudios universitarios de los ministros ilustrados, en especial de Campomanes, supuso para los profesores de lenguas14. Vamos a insistir, comparando cifras económicas, en esa recuperación salarial de las cátedras, para llegar a la conclusión de que al final de ese periodo ilustrado, el salario de las cátedras de lenguas estaba en un nivel medio, equiparable a muchas cátedras de Leyes y Cánones, que las hacía bastante apetecibles y, después del conflicto de Meléndez con sus colegas del que nos ocupamos en el presente estudio, con un sistema de opción de rentas entre cátedras similar a los tradicionales y prestigiosos colegios de Leyes y Cánones.

La Universidad de Salamanca llevaba un control externo de sus docentes bastante completo a través del bedel multador, Xavier Álvarez   -16-   Barón, el cual anotaba día a día en un calendario individualizado las incidencias de cada profesor en su asistencia a la impartición de las clases. Estos libros recibían el nombre vulgar de «Asueteros». Aportan datos sobre las faltas a clase de cada uno, el sustituto y, a veces, la causa de la inasistencia y otros incidentes, como, por ejemplo, si avisó y la reacción de los alumnos a la novedad. Son datos muy escuetos, pero importantes, convenientemente contextualizados. Quizá los «Asueteros» no han sido valorados ni analizados suficientemente.

En el conflicto que estamos estudiando son fuente importante, por lo que dicen y por lo que pudiéramos inferir de los mismos. Nos interesa sobre todo el último folio del calendario de cada catedrático, en el que se hace una liquidación de lo que debe cobrar en función de las faltas de asistencia y de lo que debía abonar a los profesores sustitutos. Recordemos que el mayordomo hacía una liquidación a cada catedrático al finalizar el curso (el día de San Lucas, primer día del curso siguiente) y que se le descontaba la asignación del profesor sustituto, si faltaba más de los 15 días que el Consejo de Castilla permitía faltar anualmente (los «moscosos» diríamos hoy).

Cuando Meléndez hace las primeras sustituciones temporales en las cátedras del Colegio de Lenguas (en la de griego en el curso 1775-1756 y en la de prima de Humanidad en el curso 1776-1777) todas las cátedras del mismo estaban dotadas con 100 florines, equivalentes a 254.200 mrs. brutos, que se distribuían según las circunstancias de cada cátedra. En concreto, Meléndez siempre estuvo ligado, como sustituto, a la cátedra de prima de Humanidad del maestro jubilado don Andrés Iglesias, aunque ganará en 1781 la de prima de Latinidad, cuyo titular era el maestro don Mateo Lozano. En el curso 1776-1777 el jubilado maestro Iglesias cobró 251.550 mrs., el sustituto habitual (maestro fray Antonio Alba), 34.875 mrs., el cual fue sustituido el 15 de enero de 1777 por el bachiller don Dámaso Herrero y es retribuido con 2.525 mrs. A su vez, el miércoles 20 de agosto, Herrero es sustituido por el bachiller Juan Meléndez Valdés, sin ningún tipo de retribución15.

En el curso 1777-1778, Meléndez no tuvo ninguna sustitución, pero a principios del curso siguiente (1778-1779) consigue la sustitución de la cátedra que regentaba el maestro Alba, que con tanta alegría comunicó por carta a Jovellanos, aunque veremos que económicamente no era para tanto. En efecto, el bedel multador anota el 24 de octubre de   -17-   1778: «Don Juan Meléndez Valdés, sustituto interim provee el Claustro; y ganó éste; los antecedentes y las faltas que tuviere se le apuntarán»16. Después de haber faltado sólo los días 8 y 9 de febrero y el 8, 19 y 20 de abril de 1779, el 18 de junio «cumplió este sustituto en este día». Al final se hizo la siguiente liquidación de la renta: «Esta cátedra tiene 100 florines. Valen por el nuevo 249.350 mrs. Está jubilado en ella el Sr. M. D. Andrés Iglesias, quien ha de haber dicha cantidad, excepto 4.000 mrs. que se bajan del sustituto para el Arca. Quedan a dicho señor 245.350 mrs. Ganó residuo. Sustituyó esta cátedra todo el curso el bachiller don Juan Meléndez Valdés, quien ha de haber 26.500 mrs. del valor del florín antiguo, con arreglo a la asignación que está hecha al sustituto, que ganó sin multas»17.

En la presente tabla podemos seguir la evolución económica de las cinco cátedras del Colegio de Lenguas durante la Ilustración18.

Curso Cat. Prima Humanidad, mrs. anuales. Cat. Prima Latinidad, mrs. anuales. Cátedra Retórica, mrs. anuales. Cátedra Griego, mrs. anuales. Cátedra Hebreo, mrs. anuales.
1762-1763 Iglesias: 19.200 Lozano: 19.200 Hernández: 111.120
Salgado: 2.454
Gavilán: 67.000 Cartagena: 19.200
1779-1780 Iglesias: 245.350
Meléndez: 26.500
Lozano: 245.350 Hernández: 139.380
Sampere: 94.920
Zamora: 213.404
Hualde: 23.896
Cartagena: 106.650
Candamo: 108.650
1780-1781 Iglesias: 282.050
Meléndez: 26.500
Lozano: 40.740
Campo: 26.137
Florinistas: 218.511
Hernández: 168.630
Sampere: 112.924
Zamora: 241.483
Ayuso: 12.733
Hualde: 14.203
Campo: 15.672
Gutiérrez: 1.959
Cartagena: 141.025
Candamo: 143.025   -18-  
1781-1782 Iglesias: 283.300
R. Bárcena: 26.500
Meléndez: 270.500 Hernández: 169.380
Sampere: 107.544
Zamora: 260.126
D. Herrero: 27.174
Cartagena: 141.650
Candamo: 135.250
1782-1783 Iglesias: 237.150
R. Bárcena: 26.500
Meléndez: 227.000 Hernández: 141.690
Sampere: 93.112
Zamora: 241.150
Campo: 3.347
Cartagena: 118.575
Candamo: 113.282
Hualde: 3.743
1783-1784 Iglesias: 215.450
R. Bárcena: 26.070
Meléndez: 206.650 Sampere: 211.550 Zamora: 209.475
Hualde: 9.975
Cartagena: 107.525
Candamo: 89.787
Fco. García: 13.538
1784-1785 Iglesias: 243.350
R. Bárcena: 26.500
Meléndez: 232.950 Sampere: 247.350 Zamora: 241.919 Cartagena: 121.675
Candamo: 85.556
Fco. García: 30.919
1785-1786 Iglesias: 252.900
R. Bárcena: 5.082 + 99.238 = 104.320
Meléndez: 245.700 Sampere: 260.900 Zamora: 45.533
Ayuso: 4.468
Cartagena: 107.525
Candamo: 21.446 + 198.476 = 219.922
Fco. García: 2.102
1786-1787 Iglesias: 330.900
R. Bárcena: 125.482 + 64.350 = 189.832
Meléndez: 315.400 Sampere: 133.960+200.940 = 334.900 Ayuso: 21.060 + 32.175 = 53.235 Cartagena: 165.450
Candamo: 47.190
Fco. García: 101.885 + 5400 = 107.285   -19-  
1787-1788 Iglesias: 237.150
R. Bárcena: 311.200
Meléndez: 311.200 Sampere: 132.160 + 198.240 = 330.400 Ayuso: 311.200 Cartagena: 165.200
Fco. García: 156.600
(Curso 1788-89, sin datos) 1789-1790 Iglesias: 237.150
R. Bárcena: 384.300
Melchor García Rebolles: 26.500 Sampere: 163.240 +244.860 = 408.100
Nicolás Sierra: 192.150
Ayuso: 384.300 Cartagena: 204.050
García Ocaña: 384.300
Curso 1807-1808 R. Bárcena 200 florines Suprimida Plan 1807 Méndez 166 florines Peyró 166 florines García 166 florines

A la vista de esta tabla llamamos la atención de sobre algunos puntos de la siempre complicada distribución de rentas de la Universidad salmantina19.

En primer lugar, los 100 florines eran una unidad de cuenta ficticia, cuyo valor real dependía del valor de las rentas de la Universidad, basadas fundamentalmente en los diezmos de las cosechas de ciertas poblaciones de la provincia de Salamanca. Y ya se sabe que las producciones agrícolas y su valor depende de múltiples factores de mercado, climáticos, etc20. Por eso, Meléndez pudo llevarse a   -20-   casa 206.650 mrs. en octubre de 1784 y tres años más tarde (octubre de 1787), 315.400, es decir, más de un 50%, cobrando los mismos 100 florines teóricos, y en las mismas circunstancias laborales, es decir, sin ningún descuento para pagar sustitutos. La remuneración de los sustitutos era satisfecha tanto por el Arca, es decir, por la Universidad, (en 3/4 partes o más), como por el catedrático propietario, quien sufría el correspondiente descuento.

Una vez recaudados los ingresos el mayordomo, «principal distribuidor de las rentas anuales»21, no tenía nada fácil las liquidaciones individuales de cada miembro de la comunidad universitaria. Cuando el catedrático propietario era cumplidor, se le abona el sueldo íntegro, sin ningún descuento, salvo una cantidad entre 2.000 y 6.000 mrs. que se bajaban para el Arca, (el caso de Meléndez), aunque había catedráticos que no sufrían este descuento, en general los anteriores a la reforma y a la Ejecutoria de 1776, como es el caso del catedrático de Retórica, una vez que logró posesionarse de la totalidad de la renta de su cátedra, a partir del curso 1784-85.

Cuando el catedrático propietario faltaba mucho, el claustro de la Universidad nombraba un sustituto permanente, el cual solía tener asignados 26.500 mrs. anuales, como es el caso de Meléndez en los cursos 1778-1789 al 1780-1781. Pero a veces se nombraban varios sustitutos a lo largo de un mismo curso para una misma cátedra; por ejemplo en el curso 1780-1781, el maestro Zamora tuvo cuatro sustitutos y el mayordomo hubo de hacer cinco liquidaciones para esta cátedra.

Los mayores problemas y agravios comparativos eran suscitados por los catedráticos jubilados, los cuales se quedaban con más de la mitad del sueldo (el 50% para el doctor Cartagena en hebreo, el 60% para el maestro Hernández en retórica y el 100% para el maestro Iglesias en prima de Humanidad), dejando a los nuevos catedráticos propietarios con cantidades muy inferiores, como puede apreciarse en la tabla. Por ejemplo, el jubilado Iglesias durante los cursos 1781-82 al 1785-1786 percibía unos 250.000 mrs, frente a los 26.500 del nuevo catedrático Ruiz de la Bárcena, quien había ganado la cátedra en la misma oposición que Meléndez. De ahí el gran favor que Campomanes le hizo a Meléndez cuando   -21-   influyó para que el Consejo de Castilla le asignase la cátedra que desempeñaba el recientemente fallecido maestro Lozano, a pesar de que venía sustituyendo la cátedra del jubilado maestro Iglesias.

Hasta noviembre de 1780, en que fallece el maestro Lozano, nadie se había planteado la posibilidad de ejercer la opción de rentas entre cátedras en el Colegio de Lenguas. Antes de la reforma de 1771, porque eran tan pequeñas las cantidades (entre 20.000 y 100.000 mrs.) que no merecía la pena pleitear. Entre 1771 y 1780 las rentas de las cinco cátedras del Colegio de Lenguas crecieron el doble (más de 230.000 mrs. anuales) y podía suscitar apetencias de los catedráticos propietarios que tenían la carga de un jubilado (Sampere en Retórica y González de Candamo en Hebreo). Sampere suscitó el conflicto de opción de rentas entre cátedras en el Colegio de Lenguas, a imitación de lo que ocurría en otros colegios, en la primera oportunidad que se le presentó: las rentas dejadas vacantes en la cátedra de Prima de Latinidad por la muerte del maestro don Mateo Lozano.

Los poderosos protectores de Meléndez en Madrid (Campomanes y Jovellanos) impidieron que el Consejo de Castilla aplicase el derecho de opción de rentas entre las cátedras del Colegio de Lenguas sólo cuando se trataba de aplicarlo a las rentas de la cátedra que desempeñaba Meléndez, pero el Consejo de Castilla no se opuso a que se ejercitase en la primera ocasión que después se presentó, con las rentas de la cátedra de griego, cuando falleció el maestro Zamora en 1785. Si nos fijamos en la tabla, las rentas de griego en el curso 1785-86 son repartidas entre el catedrático de prima de Humanidad, Ruiz de la Bárcena, y el catedrático de hebreo, González de Candamo, dejando ese curso al nuevo catedrático titular de griego, el cumplidor Josef Ayuso, con la ridícula cantidad de 4.468 mrs.

Era el comienzo del baile de las rentas en el Colegio de Lenguas. Aprovechando la deserción, a finales de 1786, del catedrático de hebreo, González de Candamo, quien cambió la cátedra de Salamanca por una canonjía en Guadalajara de Méjico, Josef Ayuso, catedrático de griego, pudo «opcionar» de la cátedra de hebreo 32.175 mrs, en el curso 1787-87, y en el curso siguiente (1787-1788) cobra la renta íntegra. Por cierto, la misma cantidad que Meléndez y Ruiz de la Bárcena (311.200 mrs.).

Lamentamos profundamente que halla desaparecido, esperemos que temporalmente, el Asuetero del curso 1788-1789.

En el curso 1789-1790 hay una gran aplicación del derecho de opción de rentas, porque se producen dos hechos significativos: el   -22-   abandono de la universidad por parte de Meléndez en septiembre de 1789, dejando libre su renta, y el trasvase del catedrático de Retórica, Sampere, quien se integra en el colegio de cánones en 1788, como catedrático de Historia Eclesiástica, pero conservando la renta que tenía en el Colegio de Lenguas. Los dos viejos contrincantes enfrentados por la aplicación del derecho de opción de rentas en el Colegio de Lenguas abandonan el mismo a la vez.

Sobre las rentas de la cátedra de Meléndez, que hasta ahora se había visto fuera de los vaivenes del derecho de opción de rentas, se aplica con todo rigor la desmembración de rentas que dicho derecho conlleva. Se aprovechan el nuevo catedrático de hebreo, Josef García Ocaña22, y el nuevo catedrático de retórica, Nicolás María Sierra23, repartiéndose las rentas de la cátedra que fue de Meléndez a la mitad,   -23-   192.150 mrs. cada uno, gracias a lo cual García Ocaña cobró su renta íntegra24 y el futuro ministro gaditano, Nicolás María Sierra, pudo empezar su etapa docente con la mitad de su renta, dejando al licenciado Melchor María Rebolles, sustituto de la cátedra que había desempeñado Meléndez, con los 26.500 mrs. usuales en el salario de los profesores sustitutos nombrados permanentemente por el Claustro25.


¿Las cátedras de lenguas estuvieron mal pagadas durante la Ilustración?

La Universidad de Salamanca estaba organizada en facultades en cuyo interior se distribuían la mayoría de las cátedras, diferenciadas entre sí por el contenido de las materias docentes, pero, también, por el mayor o menor grado de preeminencia gozado. En la cúspide, las facultades mayores, encabezadas por los derechos (cánones y leyes), a los que seguían teología, medicina, artes y filosofía. En la base, y como previo hacia ellas, estaban los estudios de gramática. El panorama se completaba con una serie de cátedras «sueltas» o «raras» (no englobadas en las facultades mencionadas) entre las que se encontraban las cinco del Colegio de Lenguas, de las que nos estamos ocupando.

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Federico Méndez resume la discriminación que sufrían las cátedras del Colegio de Lenguas a mediados de siglo (curso 1749-1750): «Entre las cátedras de propiedad también observamos grandes desigualdades. En primer lugar, entre los florinistas las peor dotadas son las de retórica, música y matemáticas-astrología (sus 60 florines contrastan con los 272,5 y 5 mrs. viejos de las cuatro de Prima de Cánones y de Derecho -4,5 veces menor-, con los 150 de las de Vísperas y Sexto -2,5 veces menor-, y, por no seguir enumerando, con los 100 florines de las de Artes-Filosofía -1,6, veces menor-). Pero de entre todas las de propiedad, la que menos emolumentos recibe es la de griego (no florinista), viéndose incluso superada en dotación por la de Método (cátedra de regencia de medicina) en 7.800 mrs., la cátedra de 3.ª clase de gramática del colegio Trilingüe en 5.400 mrs...»26.

Si analizamos las retribuciones que tenían las distintas cátedras cuando Meléndez abandona la Universidad, tenemos las siguientes liquidaciones en el curso 1789-1790:

Colegio de Lenguas: Prima de Humanidad (Ruiz de la Bárcena): 384.300; Prima de Latinidad (sustituto, el licenciado Rebolles): 26.500; Cátedra de Retórica: 100 florines = 384.300 mrs., repartidos: 192.150 para el catedrático nuevo Luis María Sierra, «opcionados» de la cátedra que fue de Meléndez; Sampere: 408.100 mrs., por conservar la renta de Retórica, ya que su nueva cátedra (Historia Eclesiástica en el Colegio de Cánones) tenía la renta «opcionada»; Griego (Josef Ayuso): 100 fl. = 384.300 mrs.; Hebreo: 100 fl. = 408.100 mrs. distribuidos: la mitad para el doctor Josef Cartagena (50 fl. = 204.300), la otra mitad más 50 fl. «opcionados» de la cátedra que ocupó Meléndez para el doctor Francisco García de Ocaña: 384.300 mrs.

Colegio de Leyes: Prima de Derecho Real (Fernández de Ocampo): 1.047.227; Leyes de Toro menos antigua de Vísperas (Pedro Navarro): 272 florines y medio equivalentes en 1790 a 1.112.082 mrs.; Cátedra de Código de Vísperas de Leyes menos antigua (Francisco Forcada): 150 fl. = 576.450; Volumen de Leyes más antigua (Manuel Blengua): 150 fl. = 576.450 mrs.; Digesto más antigua (Ignacio Martín Carpintero): 187.000 mrs.; Digesto menos antigua (Antonio Varona): 187.000 mrs.; Instituta Civil (4 cátedras): 149.600 mrs. cada una; moderante de Leyes (Ramón de Salas): 37.400 mrs.

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Colegio de Cánones: Cátedra de Prima de Cánones Nacionales más antigua (Santos de Robles), tuvo siempre asignados 252 florines y medio, que en 1790 valían 1.047.227 mrs. Cátedra de Decreto (jubilado, Dr. Nicolás Arango), activo don Pedro Julián, tenía asignados 204 fl. y medio durante todo el periodo y en 1790 valían 834.574 mrs. Colecciones Canónicas más antigua (Manuel Caballero): 150 florines = 576.450 mrs.; Colecciones Canónicas menos antigua (Francisco Cisneros): 150 fl. = 576.450 mrs.; Historia Eclesiástica más antigua (Antonio Roldán): 149.600 mrs.; Historia Eclesiástica menos antigua (Francisco Xavier Sampere): 150 fl. = 576.450 mrs., «opcionados», en su mayoría, de la cátedra de Retórica, ya que las rentas de estas cátedras estaban «opcionadas» por Julián Hernández de la Encina; Derecho Eclesiástico menos antiguo (Josef Mintegui): 149.600 mrs.; Instituciones Canónicas más antiguas (Josef Campo): 149.600 mrs.; Instituciones Canónicas menos antiguas (Francisco Valdivia): 149.600 mrs.; Moderantía de Cánones (Josef Casquete): 37.400 mrs.

Colegio de Teología: Prima de Teología (Reverendísimo Padre Maestro Basilio Mendoza): 150 fl. = 612.150 mrs.; Vísperas de Teología (R. P. M.º Antonio Muñoz): 113 fl. = 436.821 mrs.; Cátedra de Sagrada Escritura (Juan Toledano): 100 fl. = 384.300 mrs.; Cátedra de Lugares Teológicos (fray Josef Oliva): 100 fl. = 384.300; 8 cátedras de teología: 74.800 mrs. cada una; Moderantía de Teología (R. P. M.º Fr. Josef Díaz): 37.400 mrs.

Colegio de Medicina. Prima de Medicina (jubilado maestro Juan Francisco Cernuda, activo: Secades): 150 fl. = 576.450 mrs.; Cátedra de Vísperas de Medicina (Antonio Cuesta): 113 florines: 463.874 mrs.; Instituciones Médicas: 2 cátedras (Josef Zepa e Isidoro Alonso Campal) cada una dotada con 149.600 mrs.; Cirugía Latina (bachiller Tomás Ulloa): 112.200; Cátedra de Prima de Anatomía (Francisco Zunzunegui): 102.000 mrs.; Cátedra de Pronósticos de Medicina (Manuel Alonso): 170.000 mrs.; Cátedra de Partido y Moderantía de Medicina (doctor Francisco Otero): 112.200 mrs.

Colegio de Filosofía: Filosofía Moral (Pedro de Madariaga, jubilado) 100 fl. = 408. 100 mrs.; Física Experimental (Josef Recacho): 100 fl. = 384.300 mrs.; Aritmética y Geometría (Juan Justo García): 100 fl. = 408. 100 mrs.; Cátedra de Astronomía (Judas Ortiz): 100 fl. = 408. 100 mrs.; Cátedra de Canto (Aragües): 100 fl. anteriores a la Ejecutoria de 1776 = 244.680 mrs.

Colegio de Artes: 6 cátedras de Regencia (Miguel Martel, Ignacio Lecuna, Antonio Oliveros, Vicente Montero y Pedráz,   -26-   Fr. Santiago Cuevas y bachiller Cristóbal Redondo Muñoz), dotadas cada una con 74.800 mrs.

Hemos detallado las remuneraciones efectivas en mrs. de todos los empleos docentes de la Universidad de Salamanca, expuestas en el mismo curso académico y en la misma moneda, para dejar claro que los cerca de 400.000 mrs. que aproximadamente venían percibiendo los catedráticos de lenguas sólo eran superados por muy pocas cátedras de otros colegios, más antiguos y prestigiosos. Otra cuestión distinta es que todas las cátedras, en general, estaban mal retribuidas.

En el Colegio de Leyes están económicamente por encima cuatro cátedras: la cátedra de Prima de Derecho Real (1.047.227 mrs.); Leyes de Toro menos antigua de Vísperas (1.112.082 mrs.); Cátedra de Código de Vísperas de Leyes menos antigua (576.450 mrs.) y la de Volumen de Leyes más antigua (576.450 mrs.). Están por debajo otras seis cátedras y la moderantía: Digesto más antigua (187.000 mrs.); Digesto menos antigua (187.000 mrs.); las cuatro cátedras de Instituta Civil (149.600 mrs.) cada una y la moderantía de Leyes (37.400 mrs.).

En el Colegio de Cánones estaban mejor remuneradas: la cátedra de Prima de Cánones Nacionales más antigua (1.047.227 mrs.); la cátedra de Decreto (834.574 mrs.); la de Colecciones Canónicas más antigua (576.450 mrs.); la de Colecciones Canónicas menos antigua (576.450 mrs.) y las de Historia Eclesiástica más antigua e Historia Eclesiástica menos antigua (576.450 mrs. cada una). Estaban menos remuneradas tres cátedras y la moderantía: Derecho Eclesiástico menos antiguo (149.600 mrs.); Instituciones Canónicas más antiguas (149.600 mrs.); Instituciones Canónicas menos antiguas (149.600 mrs.) y la moderantía de Cánones (37.400 mrs.).

En el Colegio de Teología, solo ganaban más las cátedras de Prima de Teología (612.150 mrs.) y la de Vísperas de Teología (436.821 mrs). Se quedaban por debajo diez cátedras: Cátedra de Sagrada Escritura (384.300 mrs.); Cátedra de Lugares Teológicos (384.300 mrs.); 8 cátedras de teología, regentadas por distintas órdenes religiosas (74.800 mrs. cada una) y la moderantía (37.400 mrs.).

En el Colegio de Medicina, sólo la de Prima de Medicina (576.450 mrs.) estaba mejor pagada que las cátedras lingüísticas, pues la Cátedra de Vísperas de Medicina (463.874 mrs.) puede considerarse de una retribución equiparable.

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En los colegios de Filosofía y de Artes había varías cátedras de un nivel retributivo similar, pero ninguna superior a las del Colegio de Lenguas27.

Los 400.000 mrs. de las cinco cátedras de Lenguas realmente se podían sentir discriminadas respecto a las cinco cátedras que ganaban más de 600.000 mrs. al año y bastante menos respecto a las siete cátedras que ganaban entre 450.000 y 600.000. Pero era una discriminación relativa, puesto que para alcanzar esos niveles retributivos en los colegios de Leyes, Cánones y Teología sus profesores debían esperar bastante tiempo y pasar por numerosas oposiciones, mientras que un catedrático de Lenguas podía acceder a su cátedra muy joven y ganar de entrada los 400.000 mrs., sin necesidad de oposiciones posteriores y sin necesidad de estar muchos años sometido al subyugante clientelismo de los colegios de Leyes y Teología. Ciertamente se constata la deserción de catedráticos del Colegio de Lenguas hacia el de Leyes (de Sampere hacia Cánones en 1788 y de Josef Ayuso hacia Leyes en 1798) por el mayor prestigio de los legistas y por las mejores perspectivas para dar el salto hacia los campos judiciales o administrativos. Pero hemos visto que Sampere se lleva la renta de la cátedra de Retórica y veremos que a partir de 1790 se estabilizan los catedrático del Colegio de Lenguas, a pesar de ser doctores en Leyes y Teología, lo cual es un indicio de que sentían cómodos y no manifiestamente discriminados económica y académicamente.

Durante largos años encontramos los mismos nombres en las mismas cátedras. Entre 1790 y 1798 permanecen los cinco catedráticos, pero el decanato lo ostentó Josef Ruiz de la Bárcena, quien, en el curso 1819-1820, pudo festejar por todo lo alto su primiceriato, después de cuarenta años al frente de la cátedra de Prima de Humanidad, obtenida desde el curso 1781-8228.



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Las rentas de las cátedras del Colegio de Lenguas en el curso 1781-1782

Expondremos algo más detalladamente los datos de las rentas de las cátedras del Colegio de Lenguas, referidos al momento en que estalla el conflicto del derecho de opción de rentas en el curso 1781-178229.

En la tabla siguiente podemos comparar las rentas de los cinco catedráticos del Colegio de Lenguas en dicho curso.

Catedrático Titular Renta total. Florines Renta total. Maravs. Descuento jubilado. Maravs. Descuento para Arca. Maravs. Descuento por faltas y sustitutos. Maravs. Salario neto del titular. Maravs.
Meléndez (Prima de Latinidad) 100,00 287.300 _ Arca: 16.800 _ 270.500
Ruiz de la Bárcena (Humanidad) 100,00 287.300 A. Iglesias 283.300 Arca: 4.000 _ 26.500
Sampere (Retórica) 100,00 287.300 J. Hernández 169.380 Arca: 3.000 38 faltas.
P. Campo: 5.247
Juan Mogrovejo: 2.134
107.544
P. Zamora (Griego) 100,00 287.300 _ _ 56 faltas.
Dámaso Herrero: 27.174
260.126
González Candamo (Hebreo) 100,00 287.300 J. Cartagena 141.650 Arca: 10.400 _ 135.250
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Podemos ampliar estos datos. Ruiz de la Bárcena sólo faltó a una clase en todo del curso, el 17 de abril de 1782, pero el sábado 22 de junio de 1782 «cumplió la multa. Gana jubilación»30. Como balance el Asuetero resume: «Ésta cátedra tiene 100 florines, que valen al nuevo 287.300 maravedís. Está jubilado en ella el señor maestro don Andrés Iglesias, quien ha de haber dicha cantidad, excepto 4.000 maravedís que se bajan del sustituto para el Arca, quedando a dicho señor 283.300 maravedís como residuo. Leyó esta cátedra todo el curso el bachiller don José Ruiz de la Bárcena, colegial trilingüe, quien ha de haber 26.500 maravedís, valor del florín antiguo, los que se ganó sin multas»31. Realmente tenía razón el cumplidor Ruiz de la Bárcena, cuando decía en su representación al Consejo de Castilla que estaba sirviendo una cátedra «indotada», dada la poca cantidad de los 26.500 maravedís.

Respecto a la cátedra de Prima de latinidad, cuyo titular era Meléndez Valdés, observamos que también faltó muy poco a sus clases (cuatro días en febrero), lo que le permitió el sábado 6 de junio cobrar íntegramente lo asignado: «Cumplió las multas. Gana jubilación». Al final del diario, el bedel multador escribió: «Sr. bachiller Meléndez. Esta cátedra tiene 100 florines. Valen por el nuevo 287.300 maravedises. La leyó y gozó todo el curso el señor bachiller don Juan Meléndez, quien los ganó, excepto 16.800 maravedises que se le bajan [para el Arca], por las razones que van expresadas anteriormente. Quedan a dicho señor 270.500 maravedises. Ganó residuo y jubilación»32.

La cátedra de retórica tenía como catedrático jubilado al señor maestro don Joseph Hernández y como titular al doctor don Francisco Xavier Sampere, cuya reclamación suscitó el conflicto que comentamos. Observamos que su titular faltó bastante a clase: desde el martes 6 hasta el miércoles 28 de noviembre, siendo sustituido por el bachiller don Pedro Campo; desde el 1 de diciembre hasta el lunes 4 de enero, teniendo por sustituto al bachiller Manuel Mogrovejo. Desde el 2 de enero hasta el 4 de febrero fue sustituido otra vez por el bachiller Campo. No sabemos las causas de estas faltas, aunque suponemos que estaban relacionadas con las gestiones llevadas a cabo en Madrid para conseguir un resultado feliz para su pleito de   -30-   rentas. El viernes 22 y el sábado 23 de febrero faltó por razones estrictamente académicas: «Faltó por puntos para leer»33.

Hasta el viernes 6 de septiembre de 1782, la Universidad no pudo finiquitarle el salario del curso pasado, pues ese día «cumplió las multas. Gana jubilación»34. Al final de su dietario particular aparece claro el reparto del salario con su jubilado. Hay dos liquidaciones por separado: «Señor maestro Hernández: 169.380 maravedises. Esta cátedra tiene 60 florines y 100 con el aumento hecho por el Real Consejo, de los que debe haber como jubilado en ella los 60 de su antigua dotación el señor maestro don Joseph Hernández, y por ellos 172.380 maravedises de su valor por el nuevo, los que ganó, excepto 3.000 maravedises que se bajan del sustituto para el Arca. Quedan a dicho señor 169.380 maravedises. Ganó residuo»35.

La liquidación de Sampere dice: «Sr. Sampere: 107.544 maravedises. Leyó esta cátedra todo el curso el señor doctor don Francisco Sampere a quien corresponden los 40 florines aumentados, que valen por el nuevo 114.920 maravedises y sale la lección a 776 y mucho, los que ganó, excepto 7.376 maravedises que se bajan por cuarta parte de 38 faltas que tuvo a más de los quince días concedidos por el Real Consejo, los que corresponden a saber: al bachiller don Pedro Campo, por 27 sustituciones con rebaja de lo que le cabe de los quince días: 5.242 maravedises; y al bachiller don Juan Mogrobejo, 2.134 maravedises por once sustituciones, quedando a dicho señor 107.544 maravedises. Ganó jubilación»36.

También tuvo muchas faltas de asistencia a sus clases el titular de la cátedra de lengua griega, el reverendísimo padre maestro fray Bernardo de Zamora. Faltó desde el lunes 29 de octubre hasta el 19 de noviembre, siendo sustituido por el bachiller Dámaso Herrero. Desde el 2 al 9 de enero fue sustituido por el Sr. Guebra, colegial trilingüe. Desde el 6 al 28 de febrero volvió a ser sustituido por el bachiller Dámaso Herrero. También faltó desde el 3 al 10 de abril y desde el 4 de mayo al 18 de junio. Muchas faltas, lo cual no impide que al final de su anuario anote el bedel multador: «Reverendísimo Zamora: 260.126 maravedises. Esta cátedra tiene 100 florines asignados por el Real Consejo en provisión de 27 de diciembre de 1773. Valen por el   -31-   nuevo 287.300 maravedises. La gozó todo el curso el reverendo padre maestro fray Bernardo Zamora, del orden de carmelitas calzados quien los ganó, a excepción de 27.174 maravedises, que se le bajan por cuarta parte de 56 faltas que tuvo de enfermo, de que presentó certificación, a más de los quince días que concede el Real Consejo, por salir la lección a 1.941 maravedises, cuya cantidad corresponde al bachiller don Dámaso Herrero, que las sustituyó. Quedan a dicho reverendísimo 260.126 maravedises. No ganó jubilación, por no haber cumplido dichas faltas y las citadas cantidades (como los florines aumentados a las cátedras de retórica, matemáticas y sustituto de música). Se pagan, a los efectos del Arca, conforme a lo acordado por la universidad en su claustro pleno de 15 de junio de 1776»37.

El maestro Zamora, quien tanto se había preocupado por dignificar económicamente la cátedra de griego cuando era más joven, estaba enfermo y, previendo el final de su vida, se desentendía bastante de su cátedra. Es comprensible su actitud de desinterés a lo largo del conflicto que estudiamos, muy distinta de la que observaron Luis Gil y Concepción Hernando, quienes elogian su figura: «La actuación académica ulterior de Fr. Bernardo de Zamora38 en su cátedra y en el claustro salmantino dejó un grato recuerdo entre los compañeros y alumnos. Fiel cumplidor de su deber, aceptable pedagogo, defensor de los derechos del profesorado y enemigo declarado de la injusticia, Bernardo de Zamora fue para el nivel de los tiempos, como en la actual jerga deportiva se diría, un buen fichaje para la Universidad de Salamanca»39.

La cátedra de hebreo, cuyo titular era Gaspar González de Candamo, íntimo amigo de Meléndez, también tenía la pesada carga   -32-   económica de tener que sostener a un jubilado (el señor doctor don Joseph Cartagena). El Asuetero nos dice que su titular, el señor doctor don Gaspar González de Candamo, faltó moderadamente a clases: desde el miércoles 2 al lunes 7 de enero de 1782; desde el miércoles 8 al sábado 11 de mayo; desde el viernes 31 de mayo al lunes 3 de junio. Por eso pudo saldar sin problemas sus cuentas con la universidad, el 10 de julio, miércoles, cuando se anota: «Cumplió las multas. Gana jubilación».

Como ocurría con la cátedra de retórica, en la última hoja hay dos finiquitos. El primero es el del catedrático jubilado: «Señor doctor Cartagena: 141.650 maravedises. Esta cátedra tiene 100 florines. Valen por el nuevo 287.300 maravedises. Está jubilado en ella el señor doctor don Joseph Cartagena, en virtud de orden del Real Consejo, con el valor de 50 florines, mitad de dicha dotación, por los que ha de haber 143.650 maravedises, de los que se bajan 2.000 para el Arca, por razón de jubilado. Quedan a dicho señor 141.650 maravedises. Ganó residuo».

El catedrático titular, González de Candamo, cobraba la otra mitad de la renta de la cátedra: «El señor doctor Candamo: 135.250 maravedises. Leyó esta cátedra todo el curso el señor doctor don Gaspar González de Candamo, colegial en el de Nuestra Señora de la Vega, a quien pertenecen los restantes 50 florines, y por ellos 143.650 maravedises, que ganó sin multas, porque las que tuvo no llegan a los quince días que concede el Real Consejo, con residuo y jubilación, de que se bajan 8.400 maravedises para el Arca, por los motivos manifestados. Quedan a fichó señor 135.250 maravedises»40. Los descuentos parece que eran mayores en el catedrático en activo que en el jubilado.

Todos estos datos ponen de manifiesto que, siendo cinco los catedráticos, todos numerarios y titulares, había una gran escala en sus salarios en función de cómo consiguió jubilarse el catedrático anterior, incluso dentro de una misma asignatura, por ejemplo en la de Letras Humanas, desde los 26.500 maravedises de Ruiz de la Barcena (poco más de 500 reales anuales) hasta los 270.000 maravedises (más de 5000 reales anuales) de Meléndez.

Los tres jubilados tenían asignaciones distintas: Iglesias el 100%, Hernández el 60% y Cartagena el 50% de la dotación de sus cátedras,   -33-   cuya renta global era igual para todas, es decir, 100 florines, equivalentes a unos 5.500 reales o 287.300 maravedís.

Dentro de este marco retributivo tan desigual, y por lo tanto bastante injusto, está claro que Ruiz de la Bárcena era el más perjudicado y Meléndez el más beneficiado, a pesar de lo cual ambos defenderán la misma postura jurídica dentro del conflicto que estudiamos. Sin duda, Ruiz de la Bárcena prefería confiar en la buena suerte de que el jubilado que padecía su cátedra, don Andrés Iglesias, se muriese pronto, a ponerse a la cola del escalafón que pretendía imponer Sampere. La dedicación de Ruiz de la Bárcena era realmente vocacional y será el único de los cinco catedráticos del Colegio de Lenguas que, habiendo ganado la oposición durante el reinado de Carlos III, permaneció en la docencia de las Humanidades hasta finales del reinado de Fernando VII. Su asistencia continua y activa a las clases, a los exámenes de preceptores de gramática y a los actos «pro universitate» manifiesta una clara vocación docente. Vemos que, económicamente, en la década de 1780-1790, a pesar de su constante dedicación y de ser catedrático con oposición, cobraba 26.500 maravedís, es decir, 674 menos que el profesor sustituto de griego, Dámaso Herrero, quien por 56 sustituciones percibió 27.174 maravedís.

Meléndez era el catedrático menos perjudicado, puesto que era quien, siendo el más joven en edad y en el escalafón, se llevaba más dinero a casa. Por el contrario, Sampere, más antiguo en todos los aspectos que Meléndez, cobraba menos de la mitad que el poeta extremeño. No es extraño que se sintiese injustamente tratado y que plantease un conflicto de rentas, de dudoso resultado final, dada la protección que Meléndez gozaba de Jovellanos y de Campomanes, y que le estaba ocasionando perjuicios, pues las 38 faltas a clase, sin duda, se debieron a los viajes a Madrid. En este curso de 1781-82 tuvo que pagar a dos sustitutos, Pedro Campo y Juan Mogrovejo, cerca de 7.500 maravedís. No en vano el catalán se quejará amargamente al Consejo de Castilla de que ya se había gastado en el conflicto gran parte de lo que esperaba conseguir.






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El antagonista Juan Sampere, catedrático de Retórica

En terminología actual, diríamos que Meléndez estaba enfrentado con el jefe de su departamento, o incluso con el decano de la facultad,   -34-   según la independencia jurídica, uno de los puntos más discutidos, que le atribuyamos a la agrupación de las tradicionales «cátedras raras de lenguas». El catedrático de retórica era «el director o superintendente» o coordinador de área, según el Plan de estudios de 1771, lo que le confería cierta autoridad sobre el resto de catedráticos de lenguas: «El catedrático de retórica debe ser el inmediato director de las tres clases de estudio, y cuidar de la unidad en el método y del mucho ejercicio de los discípulos, que es lo más importante, y de lo que más se desentiende la universidad en su plan»41.

Dicho Plan de estudios atribuía al catedrático de retórica un papel relevante en ciertos actos solemnes, como el de la apertura de curso:

Este mismo catedrático de retórica tendrá obligación de trabajar todos los años una oración latina, y decirla por espacio de media hora el día de San Lucas a presencia de la universidad congregada en forma de claustro, la cual servirá como de apertura a los estudios, y manifestará por mayor los asuntos que se han de explicar en todas las cátedras de aquel General Estudio y los catedráticos que lo han de hacer, de quienes hará un conciso y un verdadero elogio, exhortando a los discípulos a la asistencia y al estudio respectivo. Y que esta oración debe quedar original y firmada de su mano en la librería de la universidad e imprimirse anualmente42.



Campomanes, incluso, llegó a pensar en el catedrático de retórica como en una especie de censor literario que asegurase la corrección de los discursos de todos los catedráticos de la universidad de Salamanca:

Todo catedrático, de cualquier facultad que sea, debe hacer a sus discípulos en el día después de San Lucas una oración inaugural, en que les dé a entender con más especificación la materia que hace el objeto de su cátedra, su importancia, el método que observará en su explicación, y el que los discípulos deberán tener en su estudio, horas de asistencia, los repasos y demás obligaciones prescritas por los Estatutos. Estas oraciones se han de recitar en lengua latina y colocarán después en la librería de la universidad, firmadas de los mismos que las dijeron; pero, antes de recitarse por los   -35-   respectivos catedráticos, se han de rever necesariamente por el de Retórica, que advertirá o enmendará en ellas lo que convenga, ya sea en la pureza del latín, o ya en el artificio retórico, siendo contra el honor de la universidad que sus catedráticos cometan defectos en una instrucción tan necesaria al que ejerce el alto y distinguido carácter de maestro público43.



Lógicamente, era una preeminencia académica que no estaban dispuestos a tolerar los catedráticos de las facultades mayores, por lo que fue protestada por la Universidad y anulada por el Consejo de Castilla.

Vamos a ver que era una cátedra dotada de muchos laureles y de muy poco dinero, lo cual llevó al enfrentamiento de Sampere con Meléndez, por motivos puramente salariales.

Sampere sólo percibía cuarenta florines, es decir, unos 2.500 reales frente a los cien florines o 5.500 reales de Meléndez. Lo de Sampere era mala suerte, pues había conseguido la cátedra en 1766, habiendo dimitido el anterior catedrático, don Miguel Salgado, y después de quince años todavía tenía la carga del catedrático jubilado, el maestro don José Hernández, predecesor de Miguel Salgado44, lo que le restaba más de la mitad del salario.

A pesar de los borrones que Meléndez, en su papel de contrincante, pretende extender sobre el curriculum académico (no saber griego) del catalán Sampere, este no era mal profesional.

En el Archivo de la Universidad de Salamanca se encuentra el expediente de la oposición a la Cátedra de Retórica, efectuada a lo largo de 1766, que fue ganada por don Francisco Javier Sampere, doctor en Filosofía por la universidad de Cervera, con medio sueldo,   -36-   puesto que la otra mitad era para el anterior catedrático jubilado, don José Hernández, mientras viviese45. El título de la portada del expediente es bastante descriptivo:

Proceso de la vacante de la Cátedra de propiedad de Retórica, por dimisión que de ella hizo don Miguel Antonio Salgado, colegial que fue en el de Trilingüe de esta Universidad, por ascenso que tuvo a prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad y obispado de Zamora. Y se proveyó por S. M (que Dios guarde), a consulta de su Real Consejo de Castilla, en don Francisco Javier Sampere, doctor en Filosofía por la Universidad de Cervera, según Carta Orden que se comunicó a esta Universidad de dicho Real y Supremo Consejo, su fecha 24 de diciembre de 1766, y firmada del Ilustrísimo Señor Don Pedro Colón y Larriategui, su catedrero.

Cuya provisión se halla inserta en la misma que vino de las dos cátedras de regencia de Artes, y la de Lógica Magna que se proveyeron dicho año de 1766, y se halla dicha Carta Orden al final del proceso de dichas Cátedras de Regencia.

Tomó la colación y posesión de dicha Cátedra de Retórica en 2 de enero de mil setecientos sesenta y siete46.



El 27 de enero de 1766, el claustro del rector y consiliarios leyó la carta de dimisión del anterior catedrático, don Miguel Salgado47.   -37-   El mismo día 27, el secretario García de Paredes, previa delegación por parte del rector, hace pública la convocatoria48.

Los opositores fueron cuatro: el bachiller en Artes y en Cánones, don Nicolás Rodríguez Laso, el doctor don Antonio Ros, el bachiller don Juan de Dios y el doctor don Francisco Sampere. Realizados los ejercicios de la oposición en junio de 1766, se elevaba al Rey el expediente en el que se resumían los «títulos» de los opositores, en cuadernillo impreso, fechado en Salamanca el 25 de agosto de 1766.

El Consejo de Castilla, en su sesión del 2 de octubre de 1766, propone al rey para dicha cátedra de Retórica al doctor don Francisco Xavier Sampere49.

Según el aludido informe del obispo Felipe Bertrán de 1769, Sampere había nacido en 1739 y no era mal profesional: «La cátedra de Retórica, doctor don Francisco Sampere, de treinta años, graduado de doctor en filosofía y de licenciado en leyes por la universidad de Cervera; y de licenciado en cánones por la capilla de Santa Bárbara [Universidad de Salamanca], muy hábil y aplicado. Tiene bastantes discípulos»50.

Sampere era un hombre intelectualmente inquieto, que estaba dispuesto a aprovechar todas las ventajas legales para promocionarse. Por ejemplo, la que permitía a los catedráticos de cátedras raras doctorarse con media propina51, lo que provocó cierto enfrentamiento con el Colegio o Facultad de Cánones52.

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Transcurren 14 años de estrecheces económicas para Sampere, «los seis primeros sin renta alguna y los restantes con 40 florines», hasta que en el claustro pleno del 29 de noviembre de 1780 logra que se saque a oposición la cátedra de Prima de Letras Humanas con sólo 40 florines de renta, reservándose los 60 restantes para la de Retórica, ocupada por él mismo. Más adelante analizaremos lo ocurrido en este claustro, en el que se inicia el conflicto entre Sampere y Meléndez, referencia obligada en todo el procedimiento contencioso posterior.

Anticipemos que el catalán expuso bastante bien su lamentable y prolongada situación económica en contraposición a la importancia de su trabajo y, después del correspondiente debate, logró que el claustro accediese completamente a su petición y acordase «que opte el catedrático más antiguo la renta. Que pida el colegio [de lenguas] la aprobación del Consejo. Que se pongan los edictos [de la oposición de la cátedra de Prima de Letras Humanas] expresando en ellos que, por ahora, sólo tiene fijos 40 florines, aunque su asignado son ciento»53.

Meléndez, ganador de la oposición, no estaba conforme con este acuerdo, lo que dará al citado enfrentamiento, entre 1781 y 1784, que dividió por la mitad al Colegio de Lenguas: los dos catedráticos de humanidades, Meléndez y Ruiz de la Bárcena, por un lado, y Sampere y González de Candamo, por otro. Las aguas volvieron al cauce de la paz a partir de 1785 y Meléndez y Sampere convivieron pacíficamente en la Junta o Colegio de Lenguas hasta 1788 en que Sampere se trasladó a la cátedra de Historia Eclesiástica en la Facultad de Cánones.




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El origen del conflicto: el claustro pleno de 29 de noviembre de 1780

Vamos a analizar las posturas de los 48 claustrales presentes en el claustro pleno del 29 de noviembre de 1780, donde se fijaron   -39-   las condiciones de los edictos de la convocatoria de la oposición de la cátedra de Prima de Letras Humanas. Como es sabido, el sacar dicha plaza con una renta de 40 florines, en vez de los 100 asignados por el plan de 1771, fue el origen el enfrentamiento entre los catedráticos del colegio de lenguas. Nos interesa constatar la conciencia de la existencia o no de un colegio de lenguas en el sentir de los asistentes.

Este conflicto, esencialmente, de puros intereses económicos entre 1780 y 1784, retrasó la armonía necesaria para la implantación de un colegio de lenguas, en un momento crucial en el que las reformas de la Ilustración todavía eran posibles.

El Claustro pleno se reunió, a las diez de la mañana del citado día, bajo la presidencia del licenciado don Carlos López Altamirano, rector, y del doctor don Juan Machado, que hizo de vicecancelario. Era un claustro totalmente dominado por las facultades de Teología y Derechos, pues, de los 48 asistentes, 32 eran doctores y maestros, teólogos y juristas (don Nicolás Rascón, fray Felipe Sanz, don Manuel García, don Francisco Pérez, fray Agustín de La Santa, padre don José Segura, fray Antonio Alba, fray José Marín, fray Gabriel Sánchez, fray Juan Alcázar, don Manuel Blengua, don Gabriel de la Peña, don Nicolás Arango, don Domingo Granda, don Francisco Sampere, don Pedro Julián de la Encina, don Custodio Ramos, don Francisco Solís, don Antonio Varona, don Marcos Oviedo, fray Gerardo Vázquez, don Fernando Ayala, don Gaspar Candamo, fray Francisco García, fray Lorenzo Alonso, don Custodio Ramos, fray José Díaz, fray Antonio Jiménez, fray Lorenzo Santa Marina, don Antonio Reyrruard, don José Ayuso, don José Campo y don Pedro Acuña). Tres representantes eran médicos (don Antonio Cuesta, don Juan Manuel Pérez y don Manuel Secades). Solamente dos pertenecían a la facultad de Artes (don Judas Tadeo Ortiz Gallardo y don Juan Justo García), notándose la ausencia del maestro Bernardo de Zamora, catedrático de griego. Dos eran diputados, aunque de formación jurídica (licenciado don Martín de Hinojosa y bachiller don Francisco Ibáñez); y los siete restantes, consiliarios, es decir, representantes de los estudiantes (bachilleres don Santiago de Castro, don Santiago Basarrate, don Leonardo Guedeja, don Manuel Botas, don Andrés de Ponte, don Juan Picornel y don Pedro Salgado).

Con esta composición nada se podía acordar en la universidad de Salamanca sin el consentimiento de teólogos y juristas.

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La cédula de convocatoria, firmada el martes 28 de noviembre, decía en el punto número 2: «Para tratar de la fijación de edictos de la cátedra de humanidad y oír una proposición del doctor don Francisco Sampere sobre ellos»54. Se debatieron y votaron por separado la forma que debían tener los edictos y la propuesta de Sampere.

Respecto a la fijación de edictos de la cátedra de Humanidad, vacante por fallecimiento del maestro don Mateo Lozano, presbítero, se debatió «en qué términos y con qué circunstancias se habían de poner», y se acordó «que en cuanto a la oposición de la cátedra de Humanidad, si hay acuerdo anterior se esté a él, si no, se haga lo que en su voto dijo el reverendísimo Alba»55. ¿Y qué decía fray Antonio José de Alba? Al llegar a su turno de intervención el maestro Alba, antiguo regente de la cátedra de Humanidad, a cuyas clases había asistido Meléndez en el curso 1773-74 y a quien había sustituido permanentemente desde el curso 1778-79, había dicho: «Que está ya acordado y constará en la secretaría la fórmula de edictos. Que con arreglo al Plan de estudios, los comisarios dispongan que la media hora primera de la lección de oposición sea de elementos de lengua griega, explicando los versos que eligiere de Homero, y la hora siguiente explicando la oda de Horacio que eligiere y sufriendo los dos argumentos, que se estilan, tendrán opción para argüir sobre el griego o sobre la oda, o poner dos medios en la media hora, según le parezca»56.

No vamos a reproducir el voto de todos los claustrales, sólo los más novedosos o de personajes significativos.

El doctor García, futuro catedrático de hebreo, dice que «fíjense edictos, llamando según lo antiguo, y puede la Universidad disponer que muestre sabe griego».

El voto del reverendísimo Alcázar, que recoge esencialmente el del maestro Alba, es importante, porque a él se remiten muchos claustrales: «Si está acordado, se haga como está, y si no [como dice] Alba».

El doctor Sampere, catedrático de retórica, «fue del voto del reverendísimo Alcázar».

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El maestro Juan Justo García, catedrático de álgebra, extremeño y amigo de Meléndez57, votó como el reverendísimo Alba «y otro ejercicio particular».

No se recoge el voto del doctor Gaspar González de Candamo, catedrático de hebreo, ni de José Ayuso, futuro catedrático de griego.

Más debate suscitó la proposición presentada por el doctor Sampere relativa a la renta que se le debía fijar a la cátedra convocada. Es importante detenerse en este punto para ver la argumentación de Sampere y el voto de los claustrales sobre el asunto, porque indica la conciencia generalizada que había sobre que los cinco profesores filológicos eran considerados como formando un «colegio» o facultad.

Sampere describe bastante bien su lamentable situación económica, aunque es impreciso en la cita de la página 86 del Plan de estudios, donde no se alude para nada a la palabra «colegio» ni al derecho de opción de rentas, pues la voluntad del Consejo de Castilla se reduce a que las cinco cátedras sean todas iguales en el salario y en el trabajo, como hemos apuntado anteriormente58.

El doctor don Francisco Sampere, catedrático de Retórica de esta universidad y director de los estudios de Letras Humanas, hace presente a la Universidad que, por disposición del Real Consejo de Castilla, los catedráticos de humanidad, latinidad, retórica y los de lengua griega y hebrea formen un colegio y que sean iguales en el salario de 100 florines cada uno y en el trabajo de asistir diariamente hora y media, por lo menos, a la explicación de sus respectivas asignaturas, como también en la de asistir a todas las sabatinas, a los exámenes y en la de presidir todos los años un acto público, como consta del Plan de Estudios, folio 8659.



La aplicación de «la prerrogativa» de opción de rentas entre las cátedras del «nuevo colegio» es una analogía con el resto de los colegios o facultades de la Universidad:

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Que respecto que en todos los colegios de esta Universidad es la práctica constante que el catedrático más antiguo opta a la renta de la cátedra vacante, parecía muy justo que este nuevo colegio erigido por las sabias providencias de Su Alteza, debía disfrutar de igual prerrogativa; y que, por consiguiente, el catedrático de retórica, que actualmente sólo tiene de renta 40 florines por vivir su jubilado, debía de optar desde luego a la de 100 florines, quedando los 40 que el de retórica actualmente tiene para el catedrático que fuese nombrado de la de Humanidad con el derecho de optar según y conforme se practica en los demás colegios de esta universidad, y que determínanse así.



Meléndez nunca creyó la amenaza de Sampere de opositar a la cátedra de Prima de Letras Humanas, porque no sabía griego:

Se vería el catedrático de retórica en la dura necesidad de hacer oposición a la cátedra de Humanidad, poseyendo cátedra de más honor por tener aneja la dirección de los estudios de Letras Humanas. Y con esto se originarían también largas vacantes en las cátedras, muy perjudiciales a la enseñanza pública.



El catalán resalta la contradicción que supone el desempeñar la cátedra de más responsabilidad, honor y trabajo, pero la peor retribuida:

Finalmente que sería muy sensible que el nuevo catedrático de Humanidad, desde luego, entrase al goce de los 100 florines y que el de Retórica se quedase sólo con los 40, después de haber regentado esta cátedra catorce años; los seis [primeros] sin renta y los restantes con 40 florines, después de habérsele aumentado por el nuevo plan de estudios media hora de asistencia diaria a la cátedra y haber de presidir acto de retórica anualmente, de presidir las sabatinas que le corresponden por turno, de poner en la biblioteca de la Universidad anualmente una composición propia de la asignatura de su cátedra, de decir todos los años, el día de San Lucas, la oración inaugural de la Universidad y otras varias cargas que en la formación de este colegio le ha impuesto el Real Consejo, las que con toda puntualidad ha cumplido, del mismo modo que los demás individuos que componen el colegio; y que es tan lejos de ser perjudicial esta declaración que se solicita por el catedrático de Retórica en nombre del Colegio, sino que será muy útil para el mayor adelantamiento de la literatura, según se observa en los demás colegios. Ni por esto queda indotada la cátedra de Humanidad, porque   -43-   desde luego tiene la renta corriente de 40 florines y el derecho de optar60.



Sampere convenció a bastantes claustrales, de manera que la abrumadora mayoría fue la de considerar jurídicamente a los catedráticos de lenguas formando un colegio (dicha palabra es mencionada 18 veces a lo largo del debate, 10 en singular y 8 en plural «colegios»), en el que se debía aplicar la opción de rentas.

Votaron favorablemente dicha opción 37 de los 48 asistentes, lo cual implicaba de alguna manera la conciencia de la existencia jurídica de un colegio o facultad de lenguas, es decir, el embrión de las facultades de Filosofía y Letras de los dos siglos posteriores.

Fijémonos en el voto de los claustrales favorables a la opción de rentas y más relacionados con el Colegio de Lenguas. El reverendo Alba dijo «que no se suspenda la fijación de edictos y juzga que no hay razón para que se le niegue al doctor Sampere, y que si se le niega, se le dé testimonio, explicando [en los edictos] que: tiene 40 florines y pidió cédula de claustro para tratar del residuo con arreglo a la ejecutoria»61.

El canonista doctor Rascón en su lugar y voto dijo: «Que bajo la aprobación del Consejo que opte y se pongan los edictos en 40 florines». Bastantes claustrales opinan como Rascón y piden consultar al Consejo. Por ejemplo, el reverendo Alcázar dice «que le parecía conveniente se diese parte al Consejo». Otros concretan y dicen «que el Colegio de Lenguas pida la aprobación».

El doctor González de Candamo, catedrático de Hebreo, era uno de los afectados porque aún vivía el catedrático jubilado, doctor Cartagena, y su voto fue el esperable: «Que opte el catedrático por antigüedad y que se saque a concurso con los 40 florines».

Más curioso es el voto del reverendo Díaz, el cual defendió la aplicación de la norma general de todos los colegios al Colegio de Lenguas, y, en consecuencia, también el ausente P. Bernardo Zamora, catedrático de griego desde 1764, tenla sus derechos, argumento que recogerá Meléndez en su defensa para descalificar a Sampere, quien se atribuía en exclusividad el derecho de opción, a pesar   -44-   de ser más joven que el P. Zamora en edad y en la cátedra (enero de 1767). El voto del P. Díaz fue «que el reverendo Zamora pueda optar la renta de esta cátedra [latinidad] y el doctor Sampere aquella [griego], y generalmente se establezca en este colegio lo mismo que en los otros, y se ponga el edicto con 40 florines».

El doctor Ayuso, futuro catedrático de griego, dice «que el colegio pida al Consejo para que resuelva, y se ponga los 40 florines como comisarios de Universidad».

El maestro Ortiz, catedrático de la facultad de Artes, aprovecha para reclamar lo suyo: «Voto del doctor Ayuso y pidió cédula de claustro para que se le dé la renta de Física Experimental».

Las autoridades académicas también fueron favorables a la opción de rentas. El doctor Machado, vicecancelario, dijo: «Que deben optar, no tiene dudas; que consulte el colegio; que se pongan 40 florines».

El rector, Carlos López Altamirano, futuro amigo de Jovellanos y de Goya, aportó la fórmula que aparecerá en los edictos: «Que se ponga en los edictos que, por ahora, tiene 40 florines».

Los votos de los once claustrales contrarios a la opción de rentas pretenden, en su inmensa mayoría, que se consulte antes al Consejo de Castilla, porque no creen que la Universidad «tenga arbitrio», y que mientras tanto se suspenda la publicación de los edictos, y, si se publican, que sea con la renta antigua, es decir, con los 100 florines.

El maestro Juan Justo García, nacido en Zafra y catedrático de álgebra, votó: «Que se pongan los edictos como hasta aquí».

El acuerdo del claustro, antes aludido, fue el que se recogerá en los edictos, coincidente, en lo esencial, con el voto del rector López Altamirano, favorable a la opción de rentas, previa autorización del Consejo de Castilla62.

Resumiendo, todos los profesores de lenguas, presentes en este claustro pleno, están de acuerdo en constituir el derecho económico de la opción de rentas según el criterio de antigüedad, lo cual era una gran ventaja para los que tenían la carga de la deducción de la mitad de su sueldo por vivir todavía el anterior catedrático jubilado. Esta norma era una de las características de un colegio universitario,   -45-   por lo que implícitamente suponía creer en la existencia del mismo.



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