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Los orígenes de esta monografía radican en la ponencia presentada bajo el título, «Las lecciones de derecho constitucional de Eugenio María de Hostos: contribución al pensamiento constitucional latinoamericano y a la construcción de la nacionalidad» en el Simposio «Hostos: forjando el porvenir americano», sesión del viernes 15 de agosto de 2003, año del centenario de la muerte de Hostos, celebrado en la Universidad de Puerto Rico en Humacao, del 14 al 16 de agosto. Esta versión ha sido revisada por el autor, ampliada y corregida.

 

2

Catedrático de Historia Constitucional de Puerto Rico y de Historia del Derecho y de la disciplina de «Derecho y Literatura». Mantiene desde 1989 un «Seminario sobre las ideas Jurídicas de Eugenio María de Hostos y José de Diego», y ofrece también los cursos de Derecho y Literatura y Cinematografía y Derecho en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, San Juan, 00931. Es así mismo profesor del programa doctoral del Centro de Estudios Avanzados de Puerto Rico y el Caribe. Ha sido Director de la Editorial Universitaria, Director Ejecutivo del Instituto de Cultura Puertorriqueña y Director de la Revista del Colegio de Abogados de Puerto Rico. El autor fue el orador principal de los actos oficiales recordando el centenario de la muerte de Eugenio María de Hostos, el 11 de enero de 2003, auspiciados por el Municipio de Mayagüez, el Instituto de Cultura Puertorriqueña y la Facultad de Derecho Eugenio María de Hostos. Su dirección electrónica es carmelodelgado@gmail.com carmelodelgado@yahoo.com

 

3

Véase, Eugenio María de Hostos, Diario II. Obras Completas, San Juan, ICP, 1989, p. 31; Lidio Cruz Monclova, Historia de Puerto Rico (Siglo XIX), Tomo III. Tercera Parte, (1885-1898), EDUPR, Río Piedras, 1964, p. 372.

 

4

La Correspondencia de Puerto Rico, 12 de Diciembre de 1908, «Un Libro de Hostos»..

 

5

Mario Berrios, «El filósofo latinoamericano, o la institución del polígrafo en la formación de la nacionalidad», Anuario de filosofía jurídica y social, 1985, p. 79. Uno de sus biógrafos le llamó a Hostos «pensador poliforme», véase Antonio S. Pedreira, Hostos. Ciudadano de América, San Juan, Instituto de Cultura Puertorriqueña, 1964, p. 10. Ensayo biográfico este de Pedreira donde a veces se novela, se incurre en exageraciones, se hacen conclusiones que no se sustancian con prueba. Todavía Eugenio María de Hostos espera por una biografía crítica y equilibrada que exponga y coloque en una perspectiva correcta la vida de este maestro y pensador puertorriqueño.

 

6

Amauta es el «pensador inca». Ibid. p. 92.

 

7

Tlamantinames son los «filósofos aztecas». Ibid. p. 92.

 

8

Ibid. p. 81.

 

9

Pedreira en su citada obra compara a Eugenio María de Hostos con Andrés Bello, es decir que compara lo incomparable, dice: «Cuando Bello crea. Hostos crea; y si Bello establece un curso de agricultura en Chile, Hostos establece uno en Santo Domingo; y si uno funda y dirige escuelas, el otro las dirige y funda; y si, como escribe Amunátegui: "En Chile los que no fueron discípulos de Bello lo fueron de sus discípulos", de Hostos puede decirse lo mismo con relación a la República Dominicana. Tal vez pueda agregarse que en Chile los que no fueron discípulos de Bello lo fueron de Hostos. ya que él fue maestro de varias generaciones chilenas». Pedreira, Op. Cit. p. 17. Creer que las vidas pueden ser paralelas como decía Plutarco, es desconocer la singularidad, riqueza y unicidad de cada ser humano; y tratándose de personajes de este calibre, de épocas distintas y realizaciones diferentes, intentar dichas comparaciones, es como dice el refrán: Toda comparación es odiosa; (véase José María Sbarbi Gran Diccionario de Refranes de la Lengua española, Buenos Aires, Joaquín Gil, editor, 1943, p. 258). Unos apuntamientos bastan para darnos cuenta de las diferencias abismales de ambas vidas profesionales e intelectuales, el congreso chileno le otorgó la ciudadanía chilena a Andrés Bello y sus hijos; el presidente de Chile designó a Andrés Bello rector de la Universidad de Chile que se instala en solemne ceremonia el 17 de septiembre de 1843; éste es senador de la república durante muchos años y autor del Código Civil. Dos mundos los separan; y Pedreira, usando este recurso, nos desvía de la verdadera aportación hostosiana. Si quería hacer comparaciones ¿Por qué lo comparó con Bello y no con José Victorino Lastarria?

 

10

Ibid. p. 87