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Mujeres públicas

     1. No hay que añadir en este argumento nada a lo que está dicho en él, en la primera parte de esta obra, cuyas providencias que referiré son utilísimas para esta clase de mujeres, para la Corona y para el Estado.

     2. Aquí sólo se advierte que las reglas que allí se dan son dictadas por la prudencia, cuyo motivo lo da para que las haga observar la justicia.

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