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120.      La tradición se equivocó esta vez: el diligente señor Villar ha averiguado que la vengativa dama fue enterrada con su esposo en la iglesia parroquial de Villalba de los Llanos, y en su folleto acerca de los Bandos de Salamanca copia la lápida y da cuenta del reconocimiento que en su presencia se hizo de la tumba. Volviendo a Santo Tomé, había en su expresada capilla de San Juan otros sepulcros con estatuas de Juan Rodríguez de las Varillas, Aldonza Suárez de Solís, Gonzalo Rodríguez señor de Tornadizos, y algunos anónimos sin letrero.

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121.      Están una sobre otra con estatuas tendidas, y en la urna superior adornada de buenos follajes góticos se lee: �Sepultura del doctor Alfonso Sánchez de Ávila oydor del rey fijo de Pero Sánchez cavallero, falleció año de M e CCCCXL.� Más abajo dice otro letrero: �Estas tres sepulturas mandó fazer el doctor A.� Sánchez de Ávila oydor del rey para sí e para el doctor A.� Ruis su suegro e para Leonor Sánchez Guedeja mujer del dicho A.� Sánchez de Ávila dotor, la que falleció año de MCCCCL años.� Y en la parte inferior una lápida de pizarra puesta en 1779: �Sepultura del doctor Alfonso Rodríguez Guedeja cavallero y de Leonor Sánchez Guedeja e de Paz su fija.�

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122.      El contenido de la piedra original es el siguiente: In nomine Dni. nri. Jxpi. amen. Dedicata fuit ecclesia ista in honore et titulo Bte. Marie Virginis et S. Mauritii et de veste Bte. Marie et de loco ubi Dnus. jejunavit et de ligno Domini et de corporis Xpi., et dedicavit eam S. Salamantinus eps. S.� (sexto) KI. majiera MCCLII. La letra inicial del nombre del obispo es S. y no G. como trae la copia esculpida en 1779 al pie de dicha lápida y como imprimió Gil González, y así no puede corresponder a Gonzalo que pone este por aquellos años en el episcopologio.

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123.      Gil González, pág. 172, trae la donación que para sostenimiento de dicha parroquia hizo al cabildo de Salamanca en 1202 Lombardo, arcediano de Medina y Alba, heredero del citado arcipreste.

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124.      Hay quien atribuye al mismo conde Raimundo la fundación de esta real capilla a semejanza de la que tenían los duques de Borgoña, pero su fabrica no es anterior al 1202.

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125.      He aquí el orden con que se las nombra: �St. Simón, Sta. María la Mayor (catedral), St. Yuste, St. Bartolomé, St. Adrián, St. Gervás, Sto, Tomé, St. Johan (sin duda el Blanco), St. Andrés, St. Pedro, St. Cibrián, St, Fagunde, St. Román. Sta. Cruz, St. Nicolás, St. Boval, St. Julián, St. Miguel, St. Lorience, St. Estevan, Sta. Olaya, St. Savastián, Santiago, St. Isidro, St. Martín, St. Beneyto, St. Matheos, St. Salvador, St. Gil, St. Polo, St. Pelayo, St. Cristoval, Sto. Domingo y Sta. María la Nueva.� En este catálogo, que data en nuestro concepto, según expondremos más adelante. del 1174 al 76, se echa de menos, S. Bartolomé de Oriente que ya había dejado de existir, S. Vicente, S.Millán, S. Zoles, Sto. Tomás Cantuariense. S. Juan del Alcázar, S. Juan de Bárbalos, la Magdalena, S. Marcos y Sancti Spiritus cuyas pueblas se hicieron más adelante, S. Ildefonso y S. Blas, cuya fundación se refiere al 1270, y las dos del arrabal la Trinidad y S. Estevan ultrapontem.

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126.      �El prior de San Vicente, dice un capítulo del fuero viejo, non salga fuera de la casa si non por mandado del concejo o de su fuero.�

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127.      Media Plaza, medio puente, medio claustro de San Vicente. La diferencia de una a otra ala de claustro no supimos verla ya tan marcada.

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128.      Habla de esta liga un capítulo muy notable del expresado fuero, que tenemos por conveniente copiar íntegro por demostrar a nuestro juicio la reacción monárquica que siguió al alzamiento comunero de Nuño Ravia: � De como sea todo el pueblo uno-Plogo a nuestro sennor el rey don Fernando que todo el pueblo de Salamanca sea un conceio e uno a mercede pedir e servir a nuestro sennor el rey don Fernando, e esto con buena fe e sen mal enganno, e los alcaldes e las justicias de Salamanca sean unos a servicio e a pro de nuestro sennor don Fernando e de todo el conceio de Salamanca, et sean unos para vedar forcias e virtus e superbias e ladrones e traydores e alevosos e todo mal en Salamanca, o se conseiar por fazer todos sean unos por desfazerla, e si vedar non lo podieren sean unos por ayudar a derecho; e el alcalde o justicias que esto non fezier segund su poder sea perjurado e traydor e alevoso del rey don Fernando e del conceio de Salamanca e salga del portiello, e si los otros alcalles o justicias no lo sacaren del portiello cayan ellos en perjuro. Et quantas juras fueron fechas en Salamanca desde que fue poblada et fueras de Salamanca, todas sean desfechas e perdonadas: las juras que fueron fechas en la villa o en otro lugar u quier que fueren, todas sean desfechas estas e las otras; otrosí la jura que fue fecha en Santa María de la Vega e todas las otras sean desfechas, e mays non fagan otras juras nin otras compannas ni bandos ni corral, mays seamos unos con buena fe e sin mal enganno a honor de nuestro sennor el rey don Fernando e de todo el conceio de Salamanca. Si alcalls o justicias pesquerieren que algunas naturas se levantaren por fazer bandos o juras, viedenlo los alcalls e las justicias, e si non lo vedaren sean perjurados.�

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129.      Trae Rades el curioso epitafio en versos leoninos que se puso en Calatrava a don Alfonso, y ya que no lo encontramos al visitar aquellas históricas ruinas, creemos oportuno transcribirlo en este lugar, haciendo notar la frase de que el infante hubiera podido ser rey de León, sin duda por herencia de su padre que tan mal avenido andaba con el primogénito Fernando.

               Hic jacet absconsus regali stirpe creatus

               Infans Alfonsus. prae cunctis laude beatus.

               Rex quondam merito Legionis si voluisset,

               Quisquis es hoc scito, nullo renuente fuisset.

               Princeps militie, lachrimetur gens Legionis,

               Apex justitie fuit, imo dux regionis.

               Luge, Castella, refoverat quam sub ascella.

               Lucet ut stella, lumen dans absque procella.

               Chisti virgo satrix, isti sis auxiliatrix;

               Caelorum rector orbis cunctique protector,

               Pro pietate tui des sibi pace frui.

 

               Hoc in sarcofago stat et est infantis imago,

               Proles regalis fuit altus et imperialis.

               Legio, condoleas hoc patre cum careas,

               Et Castellani juvenes summopere cani.

               In Salamantina, qua mortuus urbe quievit,

               Vitam complevit, patriam luctuque replevit.

               Votis assiste nostris, o tu Jesu Christe,

               Ut digneris ei locum donare quiei.

               A modo jam dictus infans luceat benedictus.

               Era millena tercentum tempora dena

               Jani sexta dies hic fuit ipsa quies.

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