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710.      No obstante, durante la menor edad de Fernando IV apoderóse de dicho territorio el infante don Enrique valido de su tutoría, y muerto él pasó por donación real a don Alfonso de la Cerda; pero a reclamación de la ciudad se lo devolvió el rey por cédula de 2 de abril de 1312, manteniéndose en poder de ella hasta que en 1446 lo dio Juan II al marqués de Santillana.

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711.      He aquí las palabras: �Catando los muchos e leales servicios que recibieron aquellos reyes onde nos venimos de los alcaldes e de los otros omes bonos de Estremadura; e otrosí parando mientes a los grandes servicios que nos de ellos tomamos al tiempo que éramos infante e despues que regnamos acá, señaladamiente en la de Monteagudo, otrosí quando Aben Jucef e Aben-Iafez su hijo cercaron a Xerez por dos vegadas e nos fuimos hi por nuestro cuerpo e la descercamos; e otrosí catando el servicio que nos fizieron en la cerca de Tarifa que nos combatimos e tomamos por fuerza de armas, et quan bien se tuvieron con nusco e guardaron el nuestro señorío contra los movimientos malos e falsos que'1 infante don Joan usó contra nos, e otros muchos bonos servicios que nos fizieron cada que menester los oviemos de ellos etc�.

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712.      Conjetura Colmenares que el pueblo en general concejo nombraba anualmente a los regidores, antes que dicha cédula de 1345 estableciera conferir por merced real los oficios, que en 1431 se introdujo poner en venta.

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713.      De tales cortes no hallamos noticia sino en Colmenares que afirma tener en su librería un cuaderno de sus pragmáticas y haber visto otro en la del almirante de Castilla, aquel con fecha de 3 o de mayo y este de 12 de junio.

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714.      El privilegio es de 26 de enero de 1367, y de él se desprende que el don Pedro no era tan niño, puesto que se piden oraciones por su alma y que al parecer no era legítimo como de otros allí mismo se expresa, de quienes y de su madre la reina doña Juana se sabe que no estuvieron en Segovia. �Mandamos, dice, ocho mil maravedís de la moneda usual, que fazen diez dineros el maravedí de la moneda blanca, porque rueguen a Dios por las ánimas de dicho rey mio padre e de nuestra madre que Dios perdone e del dicho don Pedro mío fijo, e por la nuestra vida e salud e de la reina doña Juana mi muger e de los infantes don Juan e doña Leonor e doña Joana míos fijos e suyos de la dicha reina mi muger: porque pongan en la dicha iglesia los dichos dean e cabildo quatro capellanías perpetuas, e dos lámparas a la dicha sepultura del dicho don Pedro que ardan de día e de noche a las oras. E otrosí es nuestra merced que la dicha iglesia aya dos porteros que guarden la dicha sepultura e sirvan la dicha iglesia perpetuamente.� Sin embargo se le titula infante en el epitafio de letra corriente puesto en la verja de hierro que circuye la urna también moderna, en cuya cubierta está su efigie: pero este entierro, colocado hoy en medio de una capilla del claustro situada debajo de la torre, no es ya sin duda el mismo que se le puso en el coro de la antigua catedral, aunque sí parece el mencionado por Colmenares, puesto que la inscripción que copia es a corta diferencia igual a la existente: �Aquí yace el infante don Pedro fijo del señor rey don Enrique segundo era MCCCCIII año 1366.�

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715.      Hízole entonces dueño de Madrid y otras villas, como referimos en el tomo de Castilla la Nueva.

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716.      Dicho privilegio de 26 de junio empieza así, según Colmenares: �Porque la dicha ciudad está yerma e mal poblada e por conocer los buenos servicios que los de la dicha ciudad fizieron al rey don Juan mío padre en tiempo de sus menesteres e han fecho e facen a mí, les fago merced que todos los cristianos pecheros queden libres de pagar monedas e otros servicios qualesquiera�. Como muestra del celo de los segovianos por sus franquicias, citaremos una borrascosa junta que acerca de un tributo impuesto contra fuero tuvo la nobleza en 9 de mayo de 1398, en la que si bien se abandonó la vía de la resistencia armada que proponían los mis mozos, se acudió al brazo eclesiástico, cuyas excomuniones obligaron al alcaide Hurtado de Mendoza, que era a la vez justicia mayor, a enmendar el desafuero.

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717.      Corrige Flórez a Colmenares que refiere dicho nacimiento al 1402, puesto que en 6 de enero de este último año la juraron ya por sucesora al trono las cortes de Toledo.

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718.      Ignora Colmenares de dónde sacó esta noticia Mariana, único que habla de este alboroto sin referir su ocasión, objeto y circunstancias.

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719.      De este lienzo que en tiempo de Colmenares permanecía aún allí apolillado y roto, hizo copiar exactamente Felipe II en el Escorial el fresco que cubre una larga pared de la sala de batallas. Distinguióse en dicha jornada al frente de los segovianos el comendador Pero Ibáñez señor de la Torre de las Vegas, y en otra poco posterior su hijo Juan de Segovia.

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