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Informe del virrey don Nicolás de Arredondo a su sucesor don Pedro Melo de Portugal y Villena, sobre el estado de la cuestión de límites entre las Cortes de España y Portugal en 1795



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Discurso sobre el Informe del virrey Arredondo

Una de las obligaciones de los Virreyes que se retiraban del mando era informar a sus sucesores del estado en que dejaban los negocios, en una exposición, que sin ser destinada al público, era trabajada con esmero sobre los papeles oficiales. Todas las instrucciones secretas, todos los oficios reservados, sin excluir los que se enlazaban con la alta y misteriosa política del gabinete, servían de materiales para estos documentos, que contenían la historia más auténtica del virreinato.

Los Virreyes solían encargar estos trabajos, en que tanto se interesaba su buen nombre, a algún sujeto hábil, que sin desnaturalizar los hechos, los relatase en un estilo culto y elegante.

Esta institución, cuyo objeto era dirigir y uniformar la marcha de los administradores, no tenía más defecto que la falta de publicidad, vicio de que adolecían todos los actos del régimen colonial, tan celoso de comunicar los conocimientos que podían ilustrar a los pueblos sobre su propia situación e intereses.

Los archivos, que en todas partes se franquean con generosidad, se ocultaban indistintamente a toda clase de personas; renunciando de este modo al fruto de las investigaciones de los hombres ilustrados. Esta reserva no tenía límites, y se extendía a los mismos   -II-   empleados, por más eminente que fuese su rango. Azara fue poco menos que expulsado del archivo de la Asumpción, a pesar de ser oficial superior de la Real Armada, y uno de los Comisarios del Rey para la demarcación, de límites en el Paraguay.

Si se hubiese puesto la misma vigilancia en conservar que en esconder, no tendríamos que lamentar la dispersión de tantos materiales, que interrumpen la serie de las tradiciones más interesantes. Los mismos informes de los Virreyes, que merecían un particular cuidado han sido envueltos en estas pérdidas, que tal vez deban tenerse por irreparables.

El fragmento que publicamos pertenece al informe que dejó el virrey Arredondo al señor Melo, que lo reemplazó en 1795.

No obstante, la tregua que se había hecho en la cuestión de límites, sostenida con tanto calor por los demarcadores, no podía prescindirse de hablar de sus incidentes, y del estado a que había llegado este negocio al través de tantos debates. Este encargo fue desempeñado por el Doctor don Julián de Leiva, avocado de mucho crédito en el foro argentino, en una época en que no faltaban talentos que lo ilustrasen.

Su principal mérito en este escrito es haber comprendido, en tan pocas páginas la historia entera de la demarcación, desde su origen hasta su término; clasificando todos los hechos, y condensándolos bajo sus respectivos epígrafes, con un laconismo poco común en los hombres de su oficio.

Cada párrafo (según nos ha asegurado el señor Canónigo Segurola, que frecuentaba entonces la casa del Doctor Leiva) es el resumen de infinitos papeles, que el autor registraba con una escrupulosa diligencia; extractando lo que podía contribuir a ilustrar la materia sin sobrecargarla de detalles.

Solo el estudio que había hecho de la historia del país, pudo facilitarle esta tarea, en que la abundancia de los materiales estaba   -III-   en oposición con la brevedad, tan recomendable en esta clase de documentos.

Buenos Aires, marzo de 1837.

Pedro de Angelis





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Estado actual y progresos de la línea divisoria


Resumen histórico del modo y tiempo en que los portugueses se introdujeron a esta parte de América

1. La célebre controversia suscitada desde el descubrimiento del Nuevo Mundo, entre nuestra Corte y la de Lisboa, sobre los límites que en tan vastas y desconocidas regiones debían circunscribir sus respectivas conquistas, aunque pareció terminada en su propio origen por la bula de Alejandro VI de 1593, tardó muy poco en reproducirse con mayor ardor que al principio, con ocasión de haberse establecido los portugueses en las tierras del Brasil, a que tenía derecho nuestra Corte, no solo por la decisión pontificia de Alejandro VI, y por lo capitulado en el tratado de Tordesillas de 1494, sino también porque ya habían sido descubiertas a expensas de nuestra Corona por el capitán Juan de Solís. Es bien sabido que Solís tomó posesión de ellas en el año de 1516, cuando los portugueses no habían visto tierra de América, y que recorriendo Solís para el sur las extendidas riberas del Océano hasta el caudaloso Río de la Plata, hicieron en sus márgenes nuestros pobladores sus primeros establecimientos el año de 1526, empezando a sufrir desde esta fecha la oposición de los portugueses, que con desprecio del referido tratado y de la resolución de Alejandro VI, habían arribado al Brasil después que Solís fue muerto por los indios.



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Hostilidad de los portugueses contra los españoles en la América Meridional

2. Desvanecidos aquellos extranjeros con las famosas conquistas del Oriente, y confiados en que nuestra Corte prestaba toda su atención a sostener las sangrientas y difíciles guerras que le suscitaba en Europa la rivalidad de una nación poderosa, y otros potentados émulos de su grandeza, no perdieron tiempo en aprovecharse de una oportunidad que lisonjeaba demasiado las ambiciosas ideas que abrigaban de extender sus establecimientos y conquistas hasta las Indias Occidentales. En efecto, ellos lograron fijar el pie en las playas del Brasil, y no tardaron mucho en introducirse a lo interior del continente, con tan resuelta intención de apropiárselo exclusivamente, que llegaron a formar el atrevido proyecto de ir a disputar a los españoles la gloriosa conquista de las riquísimas provincias del Perú en que estaban entendiendo.

La tentativa de esta empresa, tan injusta como mal forjada, aunque produjo un éxito tan fatal que puso a la nueva colonia en estado de salir del dominio de sus pobladores, no por eso sirvió de freno a la ambición que la devoraba. Aun no se habían pasado ocho años desde este acaecimiento desgraciado, cuando la población de la capital de Buenos Aires, ejecutada por el Adelantado Pedro de Mendoza el año de 1535, excitó la envidia de los portugueses, mirando este establecimiento y sus anteriores como una usurpación de sus dominios, sin otro fundamento que el de una avaricia tan ciega como desmensurada. De este principio tuvieron su origen diferentes insultos que sufrieron de los portugueses nuestros primeros pobladores, sin que bastase a interrumpirles la unión de aquella Corona a la de España, verificada en el año de 1580, pues sin embargo, de ser ya vasallos del mismo monarca, hacían la guerra a los establecimientos españoles con todo el furor de extraños, reduciendo, con las armas en la mano, pueblos y provincias enteras al yugo de la más despótica y monstruosa dominación. Creció este desenfrenado orgullo, cuando el espíritu de una general rebelión puso en las sienes del Duque de Braganza la corona de Portugal, el año de 1640.




Población de la Colonia del Sacramento

3. Sin contar con diferentes atentados que cometieron después de establecida la paz, el hecho solo de haber poblado en la banda septentrional de este río, el año de 1680, la Colonia del Sacramento, da a conocer claramente   -5-   qué punto se dirigían las injustas miras de los portugueses. La posición de un establecimiento extranjero enfrente, y con tanta inmediación a esta capital, dio mérito al Gobernador don Pedro Garro para desalojar a los portugueses de la injusta posición de esta colonia: bien que, antes de llegar a este extremo, apuró todos los recursos que le dictó su prudencia para hacer comprender a don Manuel Lobo, fundador y comandante del nuevo establecimiento, toda la injusticia y malas resultas de esta usurpación.




De la guerra con los portugueses de la Colonia, y de las capitulaciones con que volvieron a posesionarse de ella

4. El excelentísimo señor virrey de Lima volvió a exhortar a Lobo a que desocupase la plaza, porque en su defecto tenía orden de sitiarla y tratar a su guarnición como a enemiga. No cedió aquel comandante a esta última intimación, antes respondió decididamente, que había poblado la nueva colonia por orden expresa del Serenísimo Príncipe don Pedro, regente del reino, y la mantendría a su nombre contra todas las fuerzas que se le presentasen: dando por causal de este despecho, que los portugueses tenían derecho de ocupar cuantas tierras encontrasen vacas sobre esta América Meridional. Una respuesta tan altanera no dejó otro arbitrio a don Pedro Garro que verificar el asedio de la Colonia en el referido año de 1680. Las armas españolas, reducidas a las milicias del país, triunfaron de la temeridad portuguesa, haciendo prisionero al comandante y a la mayor parte de la guarnición. Pero este suceso tan glorioso dio a conocer el extremo de debilidad a que se veía reducida nuestra Corte, por las sangrientas guerras y políticos manejos de sus poderosos adversarios: pues el Duque de Jovenazo, plenipotenciario de la corte de Madrid, se vio precisado a firmar en Lisboa, en 7 de mayo de 1681, el convenio provisional, por cuyo primer artículo ofreció a nombre de nuestro Soberano, mandar hacer demostración con el Gobernador de Buenos Aires, condigna en el modo de su operación: y por los restantes artículos se restituyó a los portugueses la guarnición prisionera, su comandante y artillería, y volvieron a ocupar la plaza perdida, con la sola limitación de que, pendiente esta causa (que había de resolverse por árbitros, y en su discordia, por el Sumo Pontífice) no pudiesen los portugueses hacer otros reparos que de tierra, para cubrir su artillería, ni otras habitaciones, que del mismo material.



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Fortificación de la Colonia, e islas de San Gabriel y Martín García

5. Firmado este convenio por el señor don Carlos II en Madrid, a 25 de mayo del propio año de 1681, y mandado observar por Real Cédula de 28 del mismo mes del de 1685, se juntaron los árbitros en Badajoz, para la resolución de esta causa. Omito referir los ocultos manejos, las graves contestaciones, las reprobadas inteligencias y los demás incidentes de este célebre negocio, porque no se ocultan a la sabia ilustración de Vuestra Excelencia, pero no dejaré de advertir que, inutilizado el escarmiento que debía producir el asedio de la Colonia con la condescendencia de nuestra Corte, creyeron los portugueses que no debían guardar en sus procedimientos otras medidas que las que les dictase su capricho, ni más límites en sus adquisiciones que los que excediesen a sus fuerzas. En efecto, muy en breve fortificaron la nueva colonia con toda la regularidad de una plaza de armas, como la acreditaron las diferentes invasiones que sufrió de nuestra parte. Lo mismo ejecutaron con las islas de San Gabriel y de Martín García, y fomentaron un comercio clandestino de tanto giro, que obligó a abandonar el nuestro a los nacionales, y disminuyó en gran parte los ingresos de nuestro erario. Arrojáronse furiosos sobre la nueva Xerez, fundada en las márgenes del río Mbototey, que desagua por oriente en el río Paraguay, a los 19º y 20º de latitud, y sin embargo de hallarse esta ciudad en medio del continente de la otra banda, y tan antigua como la conquista, quedó reducida a un montón de ruinas. Lo mismo sucedió a los diversos establecimientos que teníamos en el Guayara, y lo propio ejecutaron en otros diferentes parajes, encadenando de esta suerte una serie de hostilidades que, comparadas con las que hemos sufrido en nuestros tiempos, presentan a la vista de Vuestra Excelencia un plan seguido sin interrupción, desde el principio de la conquista hasta el presente, y descubren que las miras de esta nación se han dirigido siempre a hacerse dueños del continente de la otra banda, y avanzarse después hasta el Perú.




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Motivos y objetos de la línea divisoria

6. Un sistema tan pernicioso ha puesto en precisión a nuestra Corte de mirar como asunto el más interesante la demarcación de límites de los territorios de ambas coronas, a fin de que su designación y observancia sirviese a contener las frecuentes introducciones de los portugueses a nuestros   -7-   dominios, y de reparar los perjuicios que irrogaba su comercio clandestino. A este importante objeto se ha dirigido el tratado preliminar de límites del año de 1777: pero como la experiencia ha enseñado que la santidad de los tratados no embaraza a los portugueses la prosecución de su plan, ni circunscribe sus miras a términos ajustados, es necesaria toda la vigilancia del que gobierna, para contenerlos dentro de sus límites y hacerlos arreglar a la observancia del tratado. Por lo mismo, ocupando esta materia un lugar tan principal en la relación de mi gobierno, pedía su historia una narración individual y cronológica, que descubriese todos los puntos a que se extiende la inmensa proyección de la línea divisoria: pero suponiendo a Vuestra Excelencia perfectamente instruido en los manejos artificiosos, con que los portugueses han sabido entorpecer el cumplimiento de este tratado, como que acaecieron en tiempo que Vuestra Excelencia gobernaba tan dignamente la provincia del Paraguay, cuyos límites forman una de las más principales partes de la demarcación general, solo me contentaré con dar una ligera idea de su estado y progresos, contrayéndome con alguna mayor especificación a los acaecimientos ocurridos durante mi gobierno, por haberse verificado en tiempo que Vuestra Excelencia había regresado ya a Europa.




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Estado del negocio a fines del año de 1789

7. Apenas tomé posesión del gobierno superior de este virreinato, a últimos del año de 1789, reconocí la necesidad en que estaba de dedicar toda mi atención a instruirme en un asunto, cuya magnitud y consecuencias me lo representaban como el más interesante. ¿Pero cuál sería mi sorpresa al ver que, después de un dispendio de tiempo de cerca de tres años, y del de los ingentes gastos del erario en realizar la demarcación, este negocio tan importante, no solo se hallaba en sus principios, sino casi de todo punto violadas las principales convenciones del tratado? Muy desde luego comprendí que la causa de este intolerable atraso consistía en la mala fe con que demoraban los portugueses la conclusión de la obra, dificultándola a su antojo y cuestionándola sin fundamento, para mantenerse por más tiempo en la posesión: a vueltas de este ardid, nos tienen usurpado y nos despojan cada día. Sería increíble que la expresión y claridad con que están concebidos sus artículos, hubiesen dado lugar a este procedimiento si no se supiera que toda la sencillez del tratado de Tordesillas no pudo estorbar que los portugueses encontrasen el modo de hacerlo servir a sus ideas, retirando hacia el oriente el punto desde donde se fijaba la línea divisoria, cuando les importaba para hacerse dueños de las Molucas, y retrayéndolo hacia el occidente, cuando se propusieron   -8-   la ocupación de las tierras del Brasil y Paraná. Por un sistema de esta especie encontré que se estaban manejando los portugueses en el negocio de la demarcación de límites: pues, sin embargo de los inmensos sacrificios que les hizo nuestra Corte, cediéndoles ambas riberas del Río Grande, del Yacuy y del Pardo, y la isla de Santa Catalina, conquistada por nuestras armas, se habían propasado enormemente de la línea fijada en el artículo 4.º del referido tratado del año de 1777, fundando estancias y estableciendo poblaciones, a cuyo abrigo se cometían los robos de nuestras haciendas, y se fomenta hasta hoy el comercio clandestino. Encontré que, al pretexto de haber reducido a disputable la ubicación de los principales puntos por donde debe fijarse la línea dividente, se habían establecido en la ribera occidental del río Paraguay, fundando en tierras, que notoriamente pertenecen a los españoles, los Fuertes de Albuquerque y Nueva Coimbra, a poca distancia esta última de la villa española de la Concepción, fundada sobre el río Ipané. Que con la misma injusticia habían construido otro fuerte sobre la orilla septentrional del río Ytenes, denominado el Príncipe de Beyra, mucho más abajo de su confluencia con el Sararé: como igualmente, que habían hecho otros establecimientos con Casalbasco sobre el margen oriental del río Barbado, y otras estancias y fuertes en diferentes lugares de aquella comarca, perteneciente sin disputa al dominio de Su Majestad Católica.




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De la comisión de don Martín Boneo, por el reconocimiento de la Nueva Coimbra

8. A vista de tan manifiestas infracciones del tratado preliminar, expedí todas las providencias que creí oportunas a contener los robos y comercio clandestino que ejecutaban los portugueses en las haciendas y con los moradores de la banda septentrional del Río de la Plata, destinando frecuentes y numerosas partidas, mandadas por oficiales activos y celosos, que impidiesen tan graves desórdenes. Previne al Gobernador del Paraguay que hiciese practicar un exacto reconocimiento del río de este nombre, encarnándolo a la pericia y vigilancia del capitán de fragata don Martín Boneo, para que en un bote bien pertrechado subiese hasta el Fuerte de la Nueva Coimbra a fin de imponerse de su situación, y de hacer los requerimientos competentes a su comandante. Hice iguales prevenciones al Gobernador de Mojos, don Lázaro Rivera, y a don Antonio Álvarez Soto-Mayor, Comisario de la 3.ª división de límites, sobre el reconocimiento de los puertos ocupados por los portugueses en aquella frontera, y protestas   -9-   a sus comandantes para que los desocupasen, y por último dirigí varios oficios a los Capitanes generales de Matogroso y Río Grande, como también al Virrey del Brasil, no solo sobre los indicados puntos, sino también acerca de la morosidad que se notaba en la concurrencia de los comisarios portugueses (aunque los nuestros se hallaban mucho tiempo en sus respectivos destinos) para continuar la demarcación, interrumpida sin causa justa, y con inútiles y crecidos gastos del real erario.




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De la ubicación del arroyo Piratiní y del Yaguarón

9. Evacuadas estas diligencias, en el año de 1790, primero de mi gobierno, di cuenta en el mismo a nuestra Corte, por repetidos oficios, de todos estos incidentes, haciendo ver en cada uno la importancia de sus resultas, y las razones fundamentales que persuadían injustas, y de intolerable perjuicio, las usurpaciones de los portugueses. Demostré hasta la evidencia que el arroyo Piratiní, que descarga sus aguas en el sangradero, o desaguadero de la Laguna Merín, y corre el más inmediato al fuerte portugués de San Gonzalo, era sin duda el divisorio de ambas pertenencias, y el límite que debían respetar los portugueses, sin pasar por pretexto alguno a su margen meridional: pues estas dos notas, o caracteres, de entrar en el referido desaguadero, y pasar el más inmediato al sobredicho Fuerte de San Gonzalo, que expresamente señala el artículo 4.º del tratado preliminar, solo eran adaptables al arroyo Piratiní, y no podían aplicarse al arroyo Yaguarón, que corre a más de 20 leguas de distancia del referido fuerte y desagua en la referida Laguna Merín.




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De la pertenencia a la Corona de España del territorio occidental del río Paraguay

10. No eran menos eficaces las razones que persuadían de injusta la fundación de los dos nominados fuertes, Nueva Coimbra y Albuquerque, sobre la banda occidental del río Paraguay: porque, aun prescindiendo del dominio incontestable que corresponde a la corona de España en todos aquellos terrenos, es fuera de duda, según   -10-   lo resuelto en el artículo 9, que todas las tierras que quedan al sur por una y otra banda del río Paraguay, desde el punto en que se le junta el río Corrientes, o el que encabeza con el Yguarey que desagua en el Paraná, pertenecen a los españoles: desde cuyo punto, o confluencia con el río Paraguay, debe seguir la línea por su cauce, hasta encontrar los pantanos que forma el mismo Paraguay, llamados la Laguna de los Xarayes, atravesando este lago hasta la boca del río Jaurú. De estas expresiones se infiere claramente que los portugueses no tienen derecho a formar establecimientos sobre la margen occidental del Paraguay, en toda la extensión que corre desde la indicada confluencia hasta la otra del Jaurú en el mismo Paraguay, porque de otro modo no sería el Jaurú el divorcio que separase las pertenencias de ambas coronas por la batida occidental del Paraguay, sino la línea prolongada hacia el occidente, desde el punto en que confluye en el río Paraguay aquel río de Corrientes, o el que encabeza con el Yguarey: pero este modo de producirse es absolutamente contrario a la clara y genuina inteligencia del referido artículo 9 y del subsecuente. A esta razón tan decisiva hacía consonancia la calidad de aquellos terrenos, por la probabilidad de encontrar en ellos no solo minas de oro, sino también de diamantes, a causa de su similitud con los de Cuyabá: a que se agregaba la necesidad de cubrir nuestros establecimientos, y estorbar el comercio clandestino que con ellos entablarían los portugueses.




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De la fundación del puerto Príncipe de Beyra en territorio de España

11. Por lo que mira al fuerte nombrado Príncipe de Beyra, situado en la orilla oriental del río Itenes, o Guaporé, muy abajo de su confluencia con el Sararé, y demás puestos que quedan indicados, aunque río me hallaba con la instrucción necesaria para dar completa idea de su injusta introducción en terrenos pertenecientes a la corona de España, por no hallarse en aquella fecha mapas que designasen sus situaciones, con todo, constando por el artículo 10, que la frontera debía seguir en línea recta desde la boca del Jaurú, por la parte occidental, hasta la ribera austral del Guaporé o Itenes, en frente de la boca del río Sararé, que entra en dicho Guaporé por su ribera septentrional, era consiguiente que, hallándose el referido fuerte situado en la orilla oriental del Guaporé o Itenes, muy abajo de la confluencia que con este hace el Sararé, debía reputarse como   -11-   una ocupación injusta de nuestros terrenos, pues de otro modo, la referida influencia del Sararé con el Guaporé o Itenes no sería el punto de división entre ambas pertenencias: militando esta misma razón con superior motivo acerca de la navegación del río Barbado, que evidentemente pertenece como privativa a los españoles, y por consiguiente debe reputarse injusta, la nueva población titulada Palacio del General en la orilla oriental de dicho río, como también las que han formado en la banda opuesta del mismo: sin que tampoco se excluya de este propio concepto el establecimiento de Casalbasco, situado en frente de la confluencia del río Barbado.




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De lo resuelto por Su Majestad en Real Orden de 11 de junio de 1791, acerca de los puntos consultados desde mi ingreso a este virreinato

12. Aunque todos estos objetos, representados en mis respectivos oficios, eran como se ve de la mayor importancia, no tuve contestación de nuestra Corte hasta el 11 de junio de 1791, en que el señor Conde de Florida Blanca me impuso de Real Orden, que las varias alteraciones que habían ocurrido en el despacho de los negocios de Indias, y su agregación sucesiva a diferentes ministerios, habían ocasionado un atraso inevitable en el punto de la demarcación de límites entre los establecimientos españoles y portugueses en esta América meridional y en sus incidencias: pero que, fijado ya últimamente el conocimiento y despacho inmediato de este punto en la primera Secretaría de estado de su cargo, esperaba que uno y otro fuesen en adelante tan expeditos como convenía, y que acordándose en un mismo ministerio los oficios que hubiesen de pasarse a la corte de Lisboa, y las órdenes y avisos que se comunicasen a nuestra América, se había de conseguir simplificar el despacho de cada incidente, y seguir con toda exactitud el curso que debiese llevar. Pero que, entretanto se examinaban en la referida Secretaría todos los puntos de la demarcación de límites, y se acordaba la resolución sobre cada uno, exigía pronto remedio el abuso que los portugueses hacían de las dilaciones ocurridas anteriormente; ya que, aprovechándose de ellas, habían ido propasándose a hacer establecimientos en los terrenos de Su Majestad, no solo de los que, según el tratado de 1777, debían pertenecer a su dominio, sino aun de aquellos que hasta ahora debían ser reputados como de pertenencia española. Y descendiendo a puntos particulares,   -12-   aprobó las razones que tan fundadamente convencían ser el arroyo Piratiní el divisorio establecido por el artículo 4.º: pues solo en él se verifican las dos marcas, o confrontaciones, de pasar el más inmediato al fuerte portugués de San Gonzalo, y de entrar en el sangradero o desaguadero de la Laguna Merín, expresamente designada en el referido artículo 4.º, que con estos caracteres explica el límite divisorio por lo interior del continente. Consiguientemente desaprobó las introducciones de los portugueses a la banda austral de dicho Piratiní hasta el Yaguarón, y sus frecuentes robos de las haciendas que tenían los españoles, como en terrenos propios, y pacíficamente poseídos. Para cuyo remedio, y a fin de estrechar a los portugueses de modo que no pudiesen extenderse hacia la parte del sur, sin desalojarlos con violencia de los establecimientos que indebidamente poseían, mientras no se tomaban las medidas necesarias para transigir este punto con la corte de Lisboa, se sirvió prevenirme, que hiciese construir a moderada distancia de los mismos establecimientos varias guardias o puestos de tropa: expresando, por informe del señor Brigadier don José Varela y Ulloa, que estos puestos podrían ser tres, repartidos de tal suerte que ocupasen todo el espacio que hay desde la charqueada antigua de Juan Cardoso, hasta las estancias de José Dutra y Bernardo Antúnez; cuidando de que la guardia, o puesto más occidental, tuviese una fácil y pronta comunicación con el Fuerte de Santa Tecla.




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De lo obrado en cumplimiento de la Real Orden de 11 de junio de 1791

13. En cumplimiento de esta primera parte de la citada Real Orden, di todas las providencias que creí oportunas; y entre otras me pareció conveniente, para evitar las contestaciones de los portugueses que forzosamente habían de reclamar la posición de las nuevas guardias, cubrir este proyecto con el pretexto de perseguir los ladrones y contrabandistas. Y para colorear mejor la idea, hice valer ciertos tratados que al propio intento acordó el excelentísimo señor don Juan José de Vertiz con el Virrey del Janeiro: en cuya virtud se corría por partidas, de una y otra nación, el espacio neutral para la más fácil persecución de los autores de estos mismos desórdenes; práctica que se había suspendido con motivo de la guerra declarada contra la nación británica, y otras atenciones de este superior gobierno. Con este fin, pues, pasé oficio, en 7 de febrero de 1792, al comandante del Río Grande, don Rafael Pintos Bandeyra, comunicándole el pensamiento   -13-   de hacer recibir los sobredichos tratados, y que para el mismo efecto daba orden de habilitar una canoa grande en la Laguna Merín, que a las órdenes de don Joaquín Paz, sirviese de navegar en ella con tropa, reconociendo las embocaduras de algunos de los ríos y arroyos que desaguan en ella, y servían por sus proporciones de abrigar a los contrabandistas y facinerosos. Añadiendo, que tenía igualmente meditado aumentar algunos puestos en las cercanías de la frontera donde hubiese más necesidad de celar aquellos desórdenes, al fin de que sus partidas saliesen de ellos a recorrer los indicados parajes. Este fue el arbitrio de que me serví para dar mejor color a mi proyecto, y hacerlo menos sospechoso. Pero como los portugueses se interesan tanto en extender sus fronteras, como en que se mantenga franca la puerta por donde entran a robar nuestras haciendas y a fomentar el contrabando, hicieron formal oposición al establecimiento de los puertos y guardias, comunicándome Pintos Bandeyra copia de esta orden, que al intento le pasó el gobernador de aquel continente.




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De las contestaciones con el comandante del Río Grande, don Rafael Pintos Bandeyra

14. Me fue más de admirar esta oposición, cuando los mismos portugueses, por sus avanzadas operaciones sobre nuestros campos, me habían obligado a que pasase oficio al propio comandante, con fecha 21 de julio de 1791, exhortándolo a que, en cumplimiento del tratado de límites, hiciese evacuar todas las posesiones que había adelantado al sur de Piratiní: pues cuando no se creyesen convincentes las razones que persuadían ser el divisorio, debían a lo menos dejar dudosa la materia, y dependiente de la resolución de las Cortes, absteniéndose entretanto de traspasar su margen meridional, como lo hacían con diferentes establecimientos y ruina de nuestras haciendas. La contestación a este oficio, dada por el citado comandante, fue remitirse a la resolución del gobernador a quien estaba subordinado; asegurando entretanto, que jamás había oído hablar sobre que el Piratiní fuese el divisorio, estando por el contrario cierto que los comisarios encargados de la demarcación procuraron salvar las vertientes del mismo Piratiní, buscando las del arroyo que corría más inmediato al Fuerte de San Gonzalo.

Es notable la afectada ignorancia de este comandante, y digno de repararse que, cuando asegura que los comisarios demarcadores   -14-   procuraron salvar las vertientes del Piratiní, y buscar las de otro que corriese más inmediato al indicado fuerte, no explique cuál es su nombre, ni si este desagua en el sangradero de la Laguna Merín, porque esta artificiosa omisión, recayendo en un comandante tan perito como Pintos Bandeyra, prueba que es fingido el hecho que se atribuye a los comisarios. Y es preciso que así sea; pues el Yaguarón, que pretenden por límite los portugueses, y es el único que hay al sur del Piratiní, desagua, como queda expuesto, en el mismo cuerpo de la Laguna Merín circunstancia que no conviene con la nota que pone el artículo 4.º al arroyo que ha de servir de divisorio, pues este descarga en el sangradero de la laguna.




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Informe del ingeniero don Bernardo Lecoq sobre las posesiones portuguesas en el arroyo Piratiní

15. Sin embargo de estos convencimientos, tuve al bien prevenir al gobernador de Montevideo, tomase informes del ingeniero en 2.º don Bernardo Lecoq, sobre si los nuevos establecimientos portugueses (donde me constaba por relación del comandante de Santa Tecla que se patrocinaban los robos de nuestras haciendas, hasta el extremo de hacerlos lícitos siempre que pagasen el quinto a Su Majestad) perjudicaban al cumplimiento del artículo 4.º ya citado. Este oficial, cuya pericia facultativa e inteligencia de aquellos campos son bien notorias, me informó con toda individualidad, no solo de los nuevos establecimientos portugueses situados a la banda austral del Piratiní, sino también de los que ocuparon los españoles en toda la extensión que hay hasta los ríos Yacuy y Pardo, destruidos por los portugueses, o cedidos por los tratados de límites. Con el informe de este oficial, recomendado por su honor, y por haber acompañado el año de 1762 al excelentísimo señor don Juan José de Vertiz en su expedición al dicho río Pardo, con la circunstancia de haber sido el encargado de la construcción de la Fortaleza de Santa Tecla, mandé que la primera guardia, o puesto más oriental de la frontera, se situase en el cerro del Juncal, entre las puntas del arroyo de este nombre y un gajo del de Téllez; que la segunda se colocase en las inmediaciones de los cerros Agudo y Pedregoso, que están entre el gajo de Yaguarón Chico y otro de Candiota que desaguan en el Yaguarón grande; y la tercera, entre el gajo principal de este y el arroyo Candiota, que también lo es del mismo. Las razones que me movieron a esta elección,   -15-   sin embargo de los puntos señalados en la citada Real Orden de 11 de junio de 1791, consistían en que estas guardias así situadas tienen a sus espaldas famosos potreros, buenos pastos, aguas y maderas abundantes. Que la primera o más oriental quedaba como 10 leguas al sudoeste de la estancia de José Dutra, y algo más de la charqueada antigua de Juan Cardosa, puestos señalados en dicha Real Orden. La segunda, 11 leguas al nordoeste de la primera, y 7 al oeste de la estancia de Bernardo Antúnez, y la tercera, 6 más occidental, 3 leguas al nornoroeste de la segunda, 8 al sudoeste de Santa Tecla, y 10 poco más o menos de todos los otros establecimientos portugueses de la banda meridional del Piratiní. Con la particularidad, que la más occidental de estas guardias tiene la excelencia que, desde la altura en que está situada, se descubre el Fuerte de Santa Tecla (con quien la Real Orden prevenía que estuviese ligada) el cerro de San Antonio, y la cuchilla del mismo nombre, a 3 leguas de distancia al norte; del de Yacegua, a 10 al sudsudoeste, y los de Bayé a 8 al oeste, y la cuchilla general a una y media del nordoeste: siendo lo más esencial, que se ven a corta distancia al noroeste los cinco cerros, paraje por donde se hacían las mayores entradas y extracciones de ganados para el río Grande de San Pedro.




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De la formación de una compañía de 50 blandengues para la guarnición de los nuevos fuertes

16. Pero, como no bastaba la ventajosa situación de estos puestos para contener a los contrabandistas y portugueses que velan por aprovecharse de cualquier descuido o tolerancia nuestra, y mucho menos hallándome sin tropa competente para tener cubiertas estas guardias, arbitré formar una compañía de 50 blandengues voluntarios, gente muy propia, como Vuestra Excelencia sabe, para las marchas forzadas, para pasajes de ríos y para toda clase de fatiga concerniente a sorprender las extracciones de los contrabandistas, fiados en la extensión de aquellos campos y en los auxilios que les prestan los portugueses: y deseando no gravar el real erario con el prest de estos 50 hombres, dispuse que fuesen pagados con el producto de los cueros que se aprendiesen a los mismos contrabandistas, mientras subsistiese el fondo de ellos: con cuyo medio se ocurría a los gastos que ocasionaba el celo de la campaña por aquella banda.



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De la paga del prest de estos blandengues en defecto del ramo de comisos de cueros

17. De todo di cuenta al ministerio, proponiendo que, como era factible que la vigilancia y actividad de esta tropa llegase cuando menos a minorar las introducciones furtivas de cueros, en cuyo caso sería insuficiente el fondo destinado para su subsistencia, sería muy conveniente que se pagasen de real hacienda, por ser notorias las utilidades de esta tropa, y aun preciso valerse de ella, y Su Majestad se sirvió aprobar mis providencias en esta parte.

Fueron repetidos los oficios que me dirigió el Gobernador del río Grande, protestando que la formación de aquellos puestos era una verdadera infracción del tratado de límites, cuando pendían aun de la resolución de las Cortes los derechos alegados a los terrenos comprendidos en las vertientes de la Laguna Merín, pero como las razones, que desvanecen esta solicitud y quedan ya indicadas, son tan sólidas, y tan manifiestas al mismo tiempo las infracciones del mismo tratado en que habían incurrido los portugueses, no fue difícil darle una completa respuesta que pusiese término a la controversia. Con que, habiendo llevado al efecto la formación de aquellas guardias, y estorbado con ellas del modo posible unos desórdenes tan inveterados como perjudiciales al erario y al comercio, yo no puedo menos que recomendar al celo de Vuestra Excelencia la subsistencia de una obra tan difícil como interesante al real erario y al Rey, en que creo haber hecho a uno y otro el servicio de que pueden esperar mayor ventaja.




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Reconocimiento del arroyo Pepirí-guazú por el Comisario demarcador don Diego de Alvear

18. Debiendo correr la línea divisoria desde las cabeceras del Piratiní hasta encontrar la confluencia del Pepirí-guazú con el Uruguay, por la banda occidental de este, según lo resuelto en los artículos 3, 4, 6 y 8, se hallaba este punto sin el debido esclarecimiento, hasta que en 13 de abril de 1790 pasé oficio al comisario de la segunda partida de demarcación, el capitán de navío don Diego de Alvear, para que con la diligencia posible pasase al reconocimiento de dicho Pepirí-guazú. Dedicose a él en su cumplimiento, y dejó evacuada perfectamente esta operación, según me dio aviso por   -17-   oficio de 3 de agosto del siguiente año, no sin haber sufrido inmensas fatigas y la pérdida de alguna gente, que pereció a manos de los infieles, y de enfermedades originadas de los trabajos y mal clima de aquellos parajes. Nace este río Pepirí-guazú, según las noticias de dicho comisario, de un esteral que se halla hacia el grado 26 y 43 minutos de latitud, en campos abiertos y dilatados, y corre desde allí, por el rumbo general de oeste sudoeste, la distancia de 60 leguas, hasta su entrada en el Uruguay, formando dos grandes y hermosas cataratas, con otra multitud de pequeños saltos, y recoge una numerosísima porción de arroyos caudalosos por su ribera septentrional.




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Descubrimiento de un nuevo río confluente con el Pepirí-guazú

19. Con esta operación tan importante se logró que nuestro geógrafo, don Andrés de Oyarvide, sin embargo de verse solo por la intempestiva retirada del portugués, al pretexto de que su instrucción le prohibía pasar de las cabeceras del Pepirí, reconociese otro río que encabezaba con este, y ligaba sus trabajos con uno y otro reconocimiento: y aunque solo consiguió examinarlo en la distancia de dos leguas, se adelantó no poco, pues se conoció la conformidad que tenía con el río denominado San Antonio en la demarcación pasada, y ser fronterizo del verdadero Pepirí-guazú, por donde debería tomar su giro la línea divisoria: lo que dio mérito a que el geógrafo le pusiese el nombre de San Antonio.

Por estas consideraciones previne al referido comisario procurase llevar a su último término el reconocimiento de dicho río, comprendiéndolo por la parte del oriente, o de la villa portuguesa de Curitibá, hacia donde se extendían los campos abiertos y dilatados en que tienen su origen dichos dos ríos, por ser difícil y arriesgada, por otra parte la entrada a aquellos parajes; y que a este fin dirigiese sus solicitudes, aunque las resistiese su concurrente: pues esta misma oposición serviría de hacer constar a las Cortes, que por nuestra parte nada se había omitido conducente a la observancia del tratado. Fue efectiva la resistencia de los comisarios portugueses, así porque creían inútil el reconocimiento de un río que, aseguraban, no ser el de que habla el artículo 8, con el nombre de San Antonio, que desemboca en el grande de Curitibá o Iguazú, como también porque   -18-   no se conformaban con el río Pequirí, o Pepirí-guazú, que nuestro comisario llama el verdadero. Pero las sólidas razones de este, que pueden verse en su oficio dirigido a este superior gobierno, con fecha 12 de diciembre de 1791, convencen con evidencia que los dos ríos señalados por el artículo 8 no son otros que los que quedan indicados.




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Sobre la existencia y verdadera ubicación de los ríos Igurey y Corrientes

20. Entretanto que los portugueses hacían esta injusta oposición a un reconocimiento tan necesario, promovían con el mayor ardor la repetición de las operaciones ya concluidas en el río Paraná a satisfacción de ellos mismos. Servíales de pretexto, que en este reconocimiento no se había encontrado el Igurey, que según el artículo 8 fluye en el Paraná por su banda occidental; desde cuya confluencia debía seguir la línea, en conformidad de lo resuelto en el artículo 9, hasta encontrar las vertientes de otro río que desagua en el Paraguay. El gran objeto que con esta operación se proponían los portugueses era conseguir, que en lugar del Igurey se señalase algún otro río que desaguase en el Paraná, más abajo de su gran Salto: con lo que se prometían lograr que, consintiendo nuestros comisarios en señalar algún otro río que ocurriese al poniente a desaguar en el Paraguay, les dejase dueños de los establecimientos, haciendas e yerbales que poseemos entre dichos ríos Paraná y Paraguay.




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De lo resuelto por la Real Instrucción de 6 de junio de 1778, acerca de la línea divisoria hacia el norte de la campaña

21. Faltó muy poco para que los portugueses hubiesen logrado en gran parte los frutos de su política, pues a haber obrado con menos ambición de extender sus límites, es creíble que no nos hubiésemos preservado de los malos efectos que debía producir la demasiada condescendencia de nuestra Corte con sus injustas miras. Es el caso que el excelentísimo señor don Juan José Vertiz, luego que recibió el tratado de límites, procuró informarse del sujeto más instruido de esta capital, que era el brigadier don José Custodio de Saa y Faria, quien   -19-   le enteró que no podría verificarse lo dispuesto en el artículo 9, respecto a que no existían ríos con los nombres de Igurey y Corrientes, que son los que señala por linderos el referido artículo; por cuyo motivo, aunque el tratado del año de 1750 asignaba los mismos ríos, como los demarcadores no los pudiesen encontrar, se convinieron las cortes de Madrid y Lisboa en subrogar en su lugar los ríos Igatimí e Ipané-guazú. Comunicó el señor Vertiz estas noticias a la Corte, proponiendo para la ejecución de dicho artículo la subrogación mencionada; y en su vista nuestro gabinete, de acuerdo con el de Lisboa, admitió la propuesta subrogación de río, y despachó la Real Instrucción del 6 de junio de 1778, en que se dice lo siguiente: «Juntas en la boca del Igatimí, las dos mitades de la subdivisión española y portuguesa, han de empezar en este su demarcación, tomándolo por límite, pues no hay río alguno que se conozca en el país con el nombre de Igurey; y el Igatimí es el primero caudaloso que entra en el Paraná por su banda occidental, pasado su Salto grande; y subiendo a su origen se ven no distantes de él las vertientes de otro río, que corriendo al poniente desemboca en el río Paraguay, conocido por el nombre de Ipané, el cual deberá tomarse por límite, por no hallarse por esta parte río alguno que tenga el nombre de Corrientes».




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Real Orden de 7 de abril de 1782, explicando la Real Instrucción de 1778

22. No es necesario ponderar los perjuicios que se seguían de esta resolución, hablando con Vuestra Excelencia, que por su ilustrada perspicacia sabe muy bien cuántos establecimientos de españoles se cedían a los portugueses, prolongando la línea divisoria hacia este rumbo, en que se incluyen la nuevas poblaciones situadas en la banda septentrional del Ipané. Se hicieron presentes a la Corte estos gravísimos inconvenientes, y por Real Orden de 7 de abril de 1782, se mandó que, no obstante lo prevenido en dicha instrucción, debía salvar la línea divisoria la Villa de la Concepción, y los demás establecimientos nuestros. Pero nada adelantábamos, porque si la línea debía girar por los puntos fijados en la instrucción del año de 1778, no podían salvarse las posesiones españolas; y si se quería que quedasen reservadas estas, sin embargo de los puntos fijados en el tratado de límites, se valdrían los portugueses de nuestro ejemplo para burlarse de la línea, y retener todas sus usurpaciones, estuviesen fuera o dentro del término limítrofe.



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Oposición de los portugueses a que se ejecute lo resuelto en la Real Instrucción de 1778

23. Debimos, como dije antes, a la codicia de los portugueses, salir del mal estado en que se hallaba este negocio; pues, creyendo conseguir que la línea girase por bajo del gran Salto del Paraná, se negaron a admitir la subrogación del Igatimí e Ipané, en lugar del Igurey y Corrientes, asegurando los comisarios portugueses, los Capitanes generales de Matogroso y San Pablo y el Virrey del Janeiro, que no les era facultativo alterar el tratado preliminar, por no tener instrucción de su Corte para contravenir a un pacto tan expreso. En cuya defensa fue tan excesivo el calor de aquel Virrey, que llegó hasta el extremo de argüir de supuesta e ilusoria la referida Real Instrucción, asegurando que las dos Cortes se habían convenido en la subrogación de los dichos ríos Igatimí e Ipané, y que esta a lo sumo se podría admitir como condicional: esto es, en el caso de no existir realmente el Igurey y Corrientes, de que hablan los artículos 8 y 9.




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Observaciones del comisario don Félix de Azara sobre la situación de los ríos Igurey y Corrientes

24. Mientras duraban estas contestaciones, que hacían ver la mala fe con que los portugueses negaban la convención de su Corte sobre este particular, a pesar del respetable testimonio que daba la citada Real Instrucción, se dedicó don Félix de Azara, comisario de la demarcación, a examinar este importante punto; y después de bien meditado, me comunicó las razones que tenía para creer que la citada instrucción era hipotética, esto es, que hablaba en el supuesto de no existir el Igurey y Corrientes, como se había informado por el excelentísimo señor Vertiz. De que deducía que, existiendo aquellos ríos, no debía observarse la instrucción, sino el tratado de límites, y trascendiendo las ideas de los portugueses que acordaban en este mismo concepto, aseguró, que se dirigían a sostener que el arroyo Garey, que fluye en el Paraná por su margen occidental, más abajo de su gran Salto, era el verdadero Igurey del tratado; pero hizo ver que para esta suposición no tenían más fundamento que la semejanza del nombre, siendo cierto que las dos Cortes, en el tratado penúltimo que   -21-   hicieron, estaban en la creencia que el Igurey, fuese el que fuese, se hallaba sobre el Salto del Paraná; bajo de cuyo concepto se celebró el tratado de 1777, y por esto la referida instrucción del año de 1778 dice, que por no hallarse río con el nombre Igurey, se subrogue el Igatimí, por ser el primero caudaloso que entra al Paraná sobre su gran Salto: lo que persuadía el firme concepto en que estaban ambas Cortes, que el Igurey debía juntarse al Paraná más arriba de su Salto. Que fuera de esto, según las instrucciones que se dieron a los comisarios destinados a la división de límites del año de 1750, se veía que el río, cuyas cabeceras estuviesen más próximas al Igurey, sea el que fuese, debía desembocar en el río Paraguay, dentro del trópico: lo que no podía verificarse respecto del Garey; pues las cabeceras de este estaban más próximas a las del río Xejuí, que vierte sus aguas en el Paraguay, en 24º 12’ de latitud austral, y por consiguiente muy fuera de la zona tórrida; dejando a la parte del norte nuestros pueblos de Iguamandiyú, Concepción, Belén y Tacuatí, con todos los yerbales de aquella provincia.

Convencido pues este comisario con las fuerzas de estas razones que el Garey de los portugueses no era el que el tratado de límites señala con el nombre de Igurey, pasó a demostrar que este no podía ser otro que el río Iguarey, o Yaguarey, que también tiene los nombres de Monici, Ibinheima, el cual desagua en el Paraná por su ribera occidental, hacia la latitud de 22½ grados sobre el Salto grande del Paraná. Para esto observó que dicho Iguarey era más caudaloso que el Garey, Igatimí y Amambay; y por consiguiente más adecuado para servir de límite: como también porque, siendo muy conocido de españoles y portugueses, y el único que entra en el Paraná por tres bocas, no podía equivocarse con otro alguno. Que la diferencia entre Iguarey e Igurey era muy corta, y podía tenerse por yerro del que copió los tratados, o del mapa que se tuvo presente para hacerlos; siendo muy fácil probar que la voz Igurey estaba corrompida, y nada significaba en Guaraní, cuando la de Yaguarey e Iguarey eran muy castizas en este idioma.

Observó también este comisario, que las cabeceras o vertientes de dicho Yaguarey, según los diarios y mapas de los demarcadores del año de 1750, eran las más próximas a las de otro río muy caudaloso que vierte en el Paraguay por su ribera oriental, dentro de la zona tórrida, hacia la latitud de 22 grados 4 minutos: cuyas circunstancias y otras, combinadas con el tratado del año de 1750 y con las instrucciones acordes de sus respectivos comisarios, determinaron a estos unánimemente, y sin disputa, a creerlo por el que aquel tratado   -22-   llamaba Corrientes, con cuyo nombre lo expresaron en su mapa de demarcación, cuando antes de ver al río Igatimí, demarcaron el río Paraguay hasta el Jaurú. No debiendo omitirse, que este propio río a quien llamaron Corrientes, tiene las circunstancias de ser caudaloso e inequivocable con otro, porque entra en el Paraguay junto a unos cerros, que dichos demarcadores llamaron Itapucú. Últimamente, observó que la línea formada por estos ríos, desde el Paraná al Paraguay, cubría perfectamente los actuales establecimientos y navegaciones de ambas Coronas, quedando distantes de ellos las posesiones españolas, y más las portugueses.




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De un plan de los ríos cuestionados que mandé levantar para dar cuenta a la Corte, que aprobó las observaciones de Azara por Orden Real de 6 de febrero de 1793

25. No dejaron de hacerme fuerza estas razones, que admirablemente servían para salir del estrecho en que nos había puesto la designación de Igatimí e Ipané, pero como el asunto era de tanta importancia, y se trataba de alterar substancialmente la Real Instrucción del año de 1778, creí preciso instruirme a fondo sobre sus circunstancias, para informar con toda justificación al Ministerio. Mandé pues que se formase mapa de la situación de aquellos ríos, y con él quedé enterado de la utilidad, y aun precisión de sostener el pensamiento de nuestro comisario. Y reflexionando que, aunque el artículo 19 del actual tratado no designa expresamente con el nombre de Corrientes el río confinante del Igurey, asegura a lo menos que puede ser tal vez el que tiene este nombre, fue fácil concluir, que la citada instrucción de 1778 procedió bajo de un supuesto evidentemente falso, cuando afirma, por relación del señor Vertiz, que no se halla río alguno que tenga nombre de Corrientes, según los reconocimientos de las antiguos comisarios; pues, en el circunstanciado itinerario, que se halla incluso en la historia del Paraguay escrita por el padre Charlevoix, se dice: «que el río Corrientes desemboca en el Paraguay, en 22 grados 2 minutos (4 minutos señala don Félix de Azara, pero esta es una diferencia de muy corto momento). A dos o tres leguas de distancia se ve al sudoeste el cerro de Galván, que está solo en la banda occidental aquí: aquí baja de la parte del este un ramo de la gran cordillera. A la banda del sud de   -23-   dicho río hay también muchos cerros, y una angostura de mucha corriente, con peñasquería a los lados del río, y se llama este paso Itapucú-guazú: está en 22 grados 10 minutos. Más abajo está una punta que forma otra angostura, y remata dicha punta en peña cortada, y distará como ocho leguas del Itapucú-guazú». Estas notas o caracteres convienen perfectamente con las que refiere don Félix de Azara, y convence de que el Iguarey era el Igurey del último tratado, a causa de que con él no puede encabezar otro más próximamente que el río de Corrientes, cuyo cauce forma una línea inequivocable, que deja a cubierto todos nuestros establecimientos: al paso que el Ipané solo sirve de exponerlos a las contestaciones e insultos de los portugueses. En virtud de esto di de todo cuenta a la Corte, suplicando que se reflexionase la importancia de este grave asunto para la resolución de límites; y entre tanto previne a don Félix de Azara tentase por los medios posibles ver si asentían los portugueses a admitir que la línea fuese por los ríos Yaguarey y Corrientes. Mi informe, acompañado de varios documentos instructivos, dio mérito a que, en Real Orden de 6 de febrero de 1793, comunicada por el excelentísimo señor Duque de la Alcudia, se declarase por nula la Real Instrucción del año de 1773, mandando que la línea siguiese por los ríos Igurey, o Yaguarey, y Corrientes, en lugar del Igatimí e Ipané.




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Real Orden de 12 de febrero de 1794, sobre el rumbo que debe llevar la línea divisoria entre el Paraná y el Uruguay

26. Posteriormente, noticioso el referido comisario de estarse tratando por nuestra Corte con la de Lisboa para establecer la línea divisoria entre los ríos Paraná y Paraguay por la cordillera que empezando en el Salto grande del primero sigue al poniente paralelamente el curso del Igatimí, me representó con un plano los atrasos y perjuicios que nos traería tal convención; y considerando muy fundadas sus razones, y demasiado interesante este asunto, di cuenta de todo al ministerio, con cuyo motivo se expidió Real Orden en 12 de febrero de 1794, por la cual, acusándose el recibo del referido mapa, en corroboración de la propuesta que se hacía de llevar la línea por el río Corrientes al Paraguay, se advierte que Su Majestad se había dignado aprobarlo.



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Nueva Coimbra y Albuquerque

27. Entretanto que se contestaba este punto por nuestra Corte, traía empleada mi atención en el de las poblaciones portuguesas de Nueva Coimbra y Albuquerque, situadas sobre la banda occidental del río Paraguay. Ya queda indicado que encargué el reconocimiento de estos puestos al capitán de fragata don Martín Boneo, el cual, habiendo subido en un bote bien pertrechado hasta la altura de 19º 13’, encontró sobre la ribera occidental de dicho río el presidio portugués, denominado la Nueva Coimbra, a cuyo comandante le hizo las protestas correspondientes sobre la usurpación de aquellos terrenos, con arreglo a las instrucciones que a este fin le había pasado el Gobernador Intendente de aquella provincia: y habiéndose enterado por los portugueses, que a 30 leguas al norte había en la misma costa otra fortaleza, nombrada Albuquerque, determinó pasar allá para reconocer su situación. Pero, después de haber navegado con este objeto dos días enteros, encontró al comandante de dicha fortaleza quien le prohibió continuase su viaje, declarándole que tenía orden para ello del Capitán general de Matogroso; con cuyo incidente se vio precisado Boneo a retroceder, hechas sus protestas a aquel comandante, así sobre este procedimiento, como sobre la ocupación de aquellos terrenos con el referido fuerte.




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Real Orden para establecer guardias al occidente del Paraguay

28. Enterado de estos incidentes, pasé oficio al Capitán general de Matogroso, protestándole sobre uno y otro. Y habiendo dado cuenta a la Corte, se me previno por la citada Real Orden de 11 de junio de 1791 mandase situar guardias, o estancias, en lugares oportunos y proporcionadas distancias entre dicho presidio de Coimbra y nuestra villa de la Concepción, por una y otra banda del río Paraguay, a fin de que con ellas se impidiese a los portugueses introducirse más hacia el sur. En su cumplimiento, previne al Gobernador Intendente de aquella provincia, llevase a efecto esta real resolución, pasándole copia de ella, en la parte que trata de este particular.



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Fundación del Fuerte de Borbón al occidente del río Paraguay

29. Cumplió este jefe puntualmente su encargo, y fuera de otros establecimientos, fundó en la banda occidental del Paraguay el fuerte denominado Borbón, a la altura de 21 grados; y aunque es verdad que antes de estar yo instruido de su establecimiento, le previne que suspendiese este proyecto, y el de la apertura del camino de aquella provincia con la de Chiquitos, fue con la idea de que los portugueses evacuasen los dos fuertes de Coimbra y Albuquerque, que tanto nos incomodaban, sin que tomasen pretexto de aquellas operaciones, para suspender la demolición de unas obras a que los portugueses no tenían derecho alguno; como también, porque habiendo yo dado cuenta al Ministerio de lo ocurrido con Boneo, se me avisó por Real Orden de 10 de agosto de 1791, que la Corte de Lisboa ofrecía mandar evacuar el Fuerte de Albuquerque. Y aunque en la misma Real Orden se advierte la extrañeza que causaba, que no se dispusiese lo mismo respecto del de Nueva Coimbra, sin embargo, como para la demolición de este fuerte había la misma, y aun superior razón, por estar treinta leguas más al sur que el otro y en la misma banda occidental del Paraguay, parecía ya este negocio muy pronto a concluirse felizmente; pero, a pesar de estos fundamentos, la experiencia acreditó que los portugueses no pensaban en abandonar aquellos fuertes. Lejos de esto, apenas vieron fundado el de Borbón, cuando el Gobernador de Matogroso reclamó contra este establecimiento como una infracción del tratado, que lo prohibía: en ríos cuya navegación debía ser común, cual era el Paraguay y de aquí tomaron motivo para defender más fuertemente la subsistencia de Coimbra y Albuquerque. Pero como el argumento que nos hacían, con lo obrado por nuestra parte, tenía una retorsión concluyente, tomada de la arbitrariedad con que habían ellos establecido sus fuertes, no fue difícil reducirlo a silencio, haciéndolo ver que el de Borbón estaba construido en paraje que, según el tratado de límites, correspondía evidentemente a la Corona de España: lo que no podía verificarse respecto de sus presidios, pues nada les correspondía en la banda occidental del Paraguay, hasta la confluencia que con él hace el Jaurú.



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Sobre la pertenencia del Itapucú a la Corona de España

30. Las fundadas sospechas con que se hallaba el Gobernador del Paraguay sobre el proyecto que habían formado los portugueses de levantar un nuevo establecimiento en Itapucú, lugar situado en las márgenes del río Paraguay al sur del río Corrientes, que, como queda dicho, es el que debe servir de divisorio por la banda oriental del Paraguay, motivaron varias providencias, que expedí para enterarme si aquel paraje era de nuestra pertenencia: mandando a dicho gobernador que sobre este particular me informase con la exactitud posible hízolo así, y de su informe se comprende que los límites de aquella provincia, hacia el norte, se extienden hasta el enunciado río Corrientes, que se une al del Paraguay, en la altura de 22º 4’: citando en prueba de los actos posesorios que han ejercido los españoles, así las mercedes de terrenos que hicieron a varios vecinos, sus antecesores, don Jaime San Just, don José Martínez y don Antonio Pinedo, con anterioridad al último tratado de límites, como también la posesión inalterable que del mismo Itapucú han obtenido los indios Mbajás, que bajo el título de amigos y aliados reconocen en realidad el dominio español a quien están sujetos, y de quien tiran sus gajes; asegurando, que el último de estos tres gobernadores, cuando fundó la Villa de Concepción al norte del Ipané, formó una reducción de aquellos indios en Itapucú, la que subsistió por mucho tiempo, hasta que, habiendo fallecido su primer misionero, y no habiendo, quien ocupase su lugar, se dispersaron los indios que formaban aquel pueblo; deduciendo de estos actos, que a lo menos el derecho de posesión nos corresponde indisputablemente en el mencionado Itapucú. A vista de estas razones que me parecieron de alguna consideración, y teniendo presente que por las circunstancias locales de aquel lugar, nos era pernicioso el establecimiento que premeditaban los portugueses por una isla que forma en aquel paraje el río Paraguay, cuya navegación lograban interceptar del todo contra el espíritu del último tratado que la hace común hasta la confluencia del Jaurú; previne a aquel jefe, que por todas las vías posibles y permitidas, procurase oponerse a tan perjudicial intento. Logrose con estas precauciones que no se verificase, pero como a los portugueses interesa tanto el establecimiento proyectado, y jamás pierden de vista lo que les tiene cuenta, es de temer que, aprovechándose de la lentitud con que se procede en la división de límites, se avancen a ejecutar sus ideas, bajo el especioso pretexto de contener por este medio la fuga de sus esclavos, que es el velo con que cubren sus internaciones y el comercio con nuestras provincias.



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De las órdenes que libró el Gobierno para impedir todo comercio entre los portugueses y los españoles de la Villa de la Concepción

31. El deseo que tienen, de entablar una correspondencia mercantil con los vecinos del Paraguay, lo han dado a conocer tan claramente, que ya, no hay motivo de dudar que este era el fin que se habían propuesto en la ocupación de Itapucú. En efecto, por oficio de 8 de febrero de 1792, me dio cuenta el Gobernador Intendente del Paraguay que, habiendo llegado a la Villa de Concepción unos portugueses bajo el ordinario pretexto de buscar esclavos fugitivos, y en la realidad para imponerse de nuestras posesiones y fortalezas, y especialmente del nacimiento, dirección y desagüe del río Ipané, que entonces se trataba de hacerlo divisorio, mostraron ardiente deseo de abrir comercio con aquella provincia, ponderando las ventajas que le resultarían, y facilidad de conquistar las naciones bárbaras que intermedian; a cuyo fin traían por ejemplo el comercio que hacían con los pueblos de Chiquitos, comprándoles sus efectos y ganados, aunque con dificultad, por la aspereza de los caminos que guían a aquella provincia.

Esta especie, que supieron insinuarla los portugueses en los vecinos de la Concepción, produjo en lo de toda la provincia una conmoción general, según informó el referido Gobernador Intendente en oficio del 19 del mismo mes y años; de modo que, algunos sujetos suspicaces trataron especulativamente la materia, y combinando el proyecto con algunos sucesos, concluyeron que el lucro que produciría a la provincia la venta de sus caldos, ganados de asta y género de Castilla y de la tierra de que necesitan los portugueses, le sería ventajosísimo, pues por ellos recibirían el oro de estos (cuya onza se vende a 22 pesos plata), al paso que lograban dar salida a unos efectos que para ninguna otra parte pueden tenerlo.

Este cálculo de conocidas utilidades, no solo inclinó el ánimo de muchos comerciantes, que desde luego se prepararon para dar principio a este comercio, sino también el del Gobernador Intendente, que en su citado oficio descubre su indignación a que se verifique, citando para ello una Real Orden que parece haber tenido este objeto, cuando ordenó que se adelantasen hacia el norte los establecimientos de aquella provincia. Pero, no obstante de estar convencido de las ventajas que nos produciría   -28-   el enunciado comercio, no se atrevió a deliberar por sí sin previa consulta de este superior Gobierno, proponiendo si debería disimular las primeras tentativas de aquellos comerciantes, hasta averiguar por la experiencia si eran efectivas la utilidades anunciadas o si había algún perjuicio en aquel nuevo giro.

Confieso a Vuestra Excelencia que no fue pequeña la perplejidad que produjo en mí semejante propuesta; pues por una parte se me representaba que, no pudiendo menos que ser ventajoso todo comercio activo de los frutos de un país, principalmente cuando son abundantes, y con ellos se consigue un metal tan apreciable como el oro portugués, sería faltar a tan notoria máxima de política, oponerme a un comercio en que el público de aquella provincia y de esta, y aun el real erario, iban a percibir tan visibles ventajas. Pero por otra parte se me ofrecía a la vista, que con igual comercio conseguirían los portugueses fomentar sus nuevos establecimientos, y abastecerlos de toda clase de ganados que tanta falta les hacen; y de que resultaría, que esta misma proporción vendría a ser motivo que los indujese subsistir en ellos, o a dificultar el abandono de unos lugares llenos de ricos minerales, cuya pertenencia no es tan importante como indisputable. También formé la reflexión de que los portugueses, a beneficio de este comercio, conseguirían instruirse de nuestros terrenos; y como siempre están prontos a ocupar los que hallan útiles a sus intereses, sin tener respeto a los límites más conocidos, dictaba la razón que no era conveniente permitir acercar a nuestras posesiones a quien tiene tan estudiado el arte del engaño.

La extracción de la plata, de que carecen los portugueses, era un perjuicio inevitable una vez establecido aquel comercio: y no era menos de temer que una nación, que excede en industria a nuestras colonias, extendiese el comercio a algunos otros ramos, de los que puede producirles el cultivo de los feraces terrenos que ocupan, y de entablar un comercio de mera permuta, que al paso que minorase la contribución del oro, aumentase la extracción de nuestra plata; con lo que a un tiempo nos hallaríamos burlados y defraudados.

Meditadas estas consideraciones con la detención que exigía su importancia, tuve a bien el prevenir a aquel Gobernador Intendente, en oficio de 13 de marzo de 1792, que procurase evitar por ahora semejante comercio, poniendo para ello de su parte todos los medios posibles de rigor y sagacidad, aunque no fuesen en el todo suficientes a contener el desorden: y por cierto que hasta ahora no he tenido motivo de arrepentirme de esta providencia.



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Conclusión sobre Itapucú

32. Aquí tiene Vuestra Excelencia cómo la Corte de Lisboa tiene habilidad para sacar partido de cuanto emprende con la de España. Vea Vuestra Excelencia como, por no haber evacuado los fuertes que ocupa en la banda occidental del Paraguay, ha frustrado tantos proyectos útiles, que con aquellas miras ha sido preciso suspender. Ya queda dicho que en este número se comprende la importantísima apertura del camino de Chiquitos al río Paraguay, para facilitar el comercio de aquellas misiones, y aun de lo interior del Perú con estas provincias. Pues la misma suerte ha tenido el establecimiento de nuevas poblaciones en la provincia de Moxos, en la expectativa de que desalojasen los establecimientos que quedan referidos. Con el mismo fin hube de suspender la población de estancias hacia la parte del norte de nuestros últimos establecimientos del Paraguay; pues sin embargo de que su Gobernador Intendente había ya publicado bando, anunciando al vecindario la repartición de terrenos, y fundados en esta promesa, habían conducido sus ganados muchos estancieros hasta bien cerca de Itapucú, a los cuales, y aun al mismo Gobernador, le pareció muy duro obligarlos a retroceder, fue preciso hacerles observar lo mandado, a pesar de que ni creí entonces, ni creo ahora, que hubiese inconveniente en que permaneciesen los que se habían establecido en terrenos que caían hacia el norte, a distancia de doce leguas de la Concepción, como al este de la misma villa: bien que nunca dudé, ni por un momento, que el designio de los portugueses en entretener el desalojo de los nuevos fuertes era solo dirigido a ganar tiempo, burlándose así de nuestra credulidad. Vuestra Excelencia que los conoce más antes y mejor que yo, hará juicio de si es muy temerario el que tengo formado de estos extranjeros.




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Nuevos establecimientos portugueses en las inmediaciones de Moxos y Chiquitos

33. Si en todos estos puntos se dejan conocer a primera vista las miras ambiciosas de los portugueses, en los que siguen, relativos a los establecimientos confinantes con nuestras provincias de Moxos y Chiquitos, nos han presentado sin rebozo las más claras pruebas de la prosecución de aquel sistema, que desde el principio de la conquista del Brasil formaron con tanto ardor como injusticia, de introducirse a las provincias del Perú, sirviendo a estas de antemural o de frontera las ya dichas de Moxos y Chiquitos. Y por eso, desde que se acercaron a ellas, no han   -30-   cesado de premeditar su destrucción, ya con los frecuentes y continuos saqueos de sus numerosas haciendas, y ya seduciendo a sus naturales, para que, desamparado su patrio domicilio, se transfiriesen a sus nuevos establecimientos. Este objeto de acercarse al Perú fue el que se propusieron en la formación de Matogroso, venciendo a costa de inmensos gastos cuantas dificultades les presentaba la rigidez y esterilidad de aquel clima; pero, superadas por su constancia, favorecida de nuestra desidia, lograron su establecimiento, bien que tan reducido, que según el itinerario del padre Charlevoix que dejo citado, no pasaba en el año de 1753 de veinte y cinco ranchos de paja, y una casa de piedra que se fabricó para el Capitán general de Cuyabá, don Antonio Rollin, que había pasado a la nueva villa, con el fin de fomentar desde allí el establecimiento portugués en los Moxos. Tal es la antigüedad, principio y objeto de la población de Villa Bella, erigida poco después en capitanía general. Su situación, según el mismo itinerario, se hallaba en la horqueta que hacen antes de su junta los dos ríos Guaporé y Sararé, que tienen su fuente muy cerca del río Paraguay, y corren hacia el poniente, Linda por el sur con la provincia de Chiquitos, y por el poniente con la de Moxos; siendo la distancia de esta villa, respecto de una y otra, muy corta, según el referido itinerario; con la particularidad de que el Guaporé o Itenes, que corre hacia los Moxos, es navegable desde Villa Bella.




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Mutación del camino de Cuyabá a Matogroso

34. No contentos los portugueses con esta usurpación, usaron de un rasgo de su acostumbrada política, que ha esparcido tanta obscuridad en la demarcación de los límites respectivos a estos parajes, que con razón se puede juzgar que será imposible dar la claridad correspondiente a una materia de tanta importancia. Para comprender este pernicioso artificio, es preciso suponer que advirtiendo los portugueses, que por el artículo 7 del tratado preliminar de límites del año de 1750, se manda tirar una línea recta desde la boca del Jaurú hasta donde encontrase con la margen austral del Guaporé, cubriendo o dejando libre el camino que hay de Cuyabá hacia los portugueses a Matogroso, creyeron estos, a vista de una expresión tan general, que les surtiría buen efecto el arbitrio de mudar el camino referido para adelantar sus intereses; y con efecto lo hicieron así, trasplantándolo más de 20 leguas de distancia hacia el sur del que antes frecuentaban. Otra igual trasplantación ejecutaron con la población de Matogroso, pues esta se hallaba situada al norte del río Sararé, a diez leguas del lugar que actualmente ocupa la nueva. La antigua situación, así del camino como de la villa, quedaba cubierta con   -31-   la línea del referido artículo 7; y aunque el 10 del actual tratado fue una copia literal de aquel, sin embargo, como la mudanza referida indica una variación considerable en las circunstancias locales, tomaron ocasión los portugueses de argüir de contradictorio este artículo 10, e inconciliable con lo que se previene en el 20; sin que a su parecer pueda salvar esta antología lo que añade el artículo 10 a lo que establecía el 7; al saber, que debe dirigirse la frontera en línea recta desde la boca del Jaurú, por la parte occidental, hasta la ribera austral del Guaporé, enfrente de la confluencia que con este hace el Sararé, pues la rectitud de la línea hasta este punto no es compatible con la reservación de Villa Bella y su distrito, que por el 20 se hace al dominio portugués: ni queda cubierto el camino de Matogroso, según prescribe el mismo artículo 10, quedando uno y en mucha distancia al sur de la línea, y por consiguiente en territorio que no puede corresponder a Su Majestad Fidelísima, según el espíritu del último tratado. Pero estos argumentos, que han opuesto los portugueses con el fin de dilatar la demarcación y la resolución final de este asunto, y retener mientras tanto lo usurpado y fortificar los nuevos establecimientos, no tienen otro principio que aquella arbitraria mutación ya notada; pues es constante, que si se hubiese hallado en el mapa que sirvió para formar el tratado, nuestra Corte hubiera reconocido sobre su mutación; o en caso de aprobarla, habría hecho elección de otro punto por donde girase la línea, ya que estaba resuelta a que el camino de Cuyabá, Matogroso y la capital de esta provincia, quedase para Portugal, y cubiertos con la línea divisoria.




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Ricos minerales de oro que poseen los portugueses en Matogroso

35. Con la mudanza de Matogroso consiguieron los portugueses otras ventajas no menos apreciables: a saber, la posesión de los ricos minerales de oro que descubrieron en las sierras de San Lorenzo y de San Carlos -descubrimiento de suma importancia, y que es muy verosímil que fuese el móvil de la trasplantación de Matogroso, pues no se encuentra otro interés capaz de hacerles abandonar el antiguo suelo de la población, privándose de los campos que al norte y nordeste les proporcionaban terrenos más ventajosos para el cultivo y cría de ganados, y menos enfermizos que los que hoy ocupan entre los ríos Alegre y Barbado, a la falda de la sierra de San Carlos, en la margen del río Guaporé que siempre nos ha pertenecido.



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Comercio de los portugueses con los naturales de Moxos y Chiquitos

36. De estos mismos principios procede la ocupación de nuestros terrenos con la plantificación de los puertos Príncipe de Beyra, Casalbasco, y demás que quedan referidos: pues, logrando con ellos los portugueses aproximarse a nuestras provincias de Moxos y Chiquitos, han hecho un comercio tan ventajoso para ellos, cuanto perjudicial a los indios, a quienes compran sus ganados por bagatelas de ninguna importancia. De suerte que estas provincias antes tan abastecidas de ganados, llegaron al extremo de no poder subsistir; hasta que el celo de sus dos gobernadores, don Lázaro Rivera y don Antonio López Carbajal, consiguió cortar tan perniciosos desórdenes, dándome cuenta el primero del comercio clandestino, que por medio de un oficial portugués se mantenía en aquella provincia, a pesar de todas sus medidas, valiéndose de los pretextos de ir en seguimiento de esclavos fugitivos, de conducir pliegos al Gobernador de Matogroso, o de pretender que la navegación de los ríos Barbado y Machupo pertenecía privativamente a los portugueses.




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Comisión dada a don Antonio Álvarez Sotomayor; y contradicción que hizo a ella el Gobernador de Matogroso.

37. Enterado de tantos desórdenes, di cuantas providencias creí oportunas para remediarlos: y habiendo pasado oficio al Capitán general de Matogroso, reconviniéndole sobre la formación de los referidos puertos, con infracción del tratado de límites, me contestó negando que fuesen fuertes las poblaciones de Casalbasco y Palacio del General; pues la primera no era más que una pequeña e insignificante población, distante poco más de medio camino de la Villa Bella, en la que jamás hubo indicio de fortaleza; y la segunda no era más que un edificio civil, que junto a la casa de un morador (existente hacían más de 25 años en las inmediaciones de Río Barbado, y una legua más adelante de Casalbasco), se había construido, sin que nada hubiese en él que mereciese el nombre de palacio. Pero, como no se trataba solamente de la grandeza de fortificación de estos puestos, sino de la usurpación que con ellos se hacía en nuestros terrenos, previne al comisario de demarcación, don Antonio Álvarez Sotomayor, que precediese a su reconocimiento, y con un mapa me instruyese   -33-   de la situación de aquellos lugares y de la frontera, para informar con estos conocimientos a la Corte, y poder tomar entretanto las providencias oportunas. Para dar cumplimiento, a esta orden, quiso aquel comisario navegar por el río Itenes; pero se le opuso el Gobernador de Matogroso, a pretexto de no ser verificable semejante operación, sin la concurrencia del comisario portugués; y aunque Sotomayor le contestó, que no era precisa esta circunstancia, cuando solo trataba de instruirse de la frontera, para dar una idea de ella a la Corte, ni era justo que se le impidiese la navegación de un río, que cuando menos debía ser común, no pudo vencer la resistencia de aquel jefe, que resueltamente le dio a entender que entretanto no concurrieran los demarcadores, no permitiría que se violase la posesión en que estaba de navegar privativamente para dicho río.




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Mapa levantado por Sotomayor

38. Sin embargo de esta oposición, el referido comisario tuvo arbitrio de formar un mapa bastantemente exacto de aquella comarca, de los referidos puestos, y de las sierras en que los portugueses tenían minerales de oro, haciendo ver que todos ellos se hallaban muy al sur de los puestos por donde debía girar la línea divisoria, produciendo varias reflexiones que persuadían la necesidad de precisar a los portugueses a que los desalojasen. De todo di cuenta a la Corte, donde se hallaba aun pendiente la resolución de este grave asunto, que sin duda será el más difícil de acordarse; así porque los portugueses no es creíble que se separen de su antiguo plan de acercarse al Perú, y más cuando en aquel país tienen tan ricos minerales; como porque nuestra Corte no puede disimular aquellas usurpaciones sin dejar expuestas a perderse las dos provincias de Moxos y Chiquitos, de cuya ruina se seguirían las fatales consecuencias que más debe precaver nuestro Ministerio.




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Informes de diferentes Ministros de Su Majestad sobre los medios de impedir la comunicación de los portugueses de Matogroso con las provincias de Moxos

39. Para evitarlas en lo posible, mientras pendía la resolución   -34-   de este asunto, mandé al referido comisario, a los gobernadores de Moxos y Chiquitos, y al Intendente de Cochabamba, me informasen sobre los medios con que podrían fomentarse algunos establecimientos que sirviesen de contener a los portugueses y cerrar los caminos que habían abierto. Hízolo el primero con bastante especificación; pero no conformándose con el dictamen de los otros, fue preciso prevenirles que, con vista de lo que cada uno había meditado, informasen nuevamente sobre tan importante objeto, llevando a la vista el muy interesante de abrir camino desde dicha provincia al río Paraguay, que facilitase el comercio de una y otra. Pero así por la dificultad de combinar sus dictámenes, como por los inconvenientes de encontrar los nuevos establecimientos, y por no entorpecer la evacuación de los fuertes sobre la banda occidental del río Paraguay, queda este grave asunto sin reducirse a efecto; no obstante haberse logrado descubrir la navegación desde la provincia de Chiquitos; cuyo viaje, aunque dificultoso por las inundaciones de aquel país, ha dado a conocer que no es imposible reducirlo a práctica, la que lograda, traerá crecidas utilidades al comercio, pudiendo emprenderse la reducción de las naciones del Chico confinantes con dicho camino.




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Observaciones sobre todo lo expuesto en esta materia

40. Este es, Excelentísimo Señor, el estado actual de la demarcación de límites, retardada por las morosidades de los portugueses, que frecuentemente, y por sus intereses han retirado sus partidas demarcadoras. La narración, aunque abreviada de los puntos que abraza su inmensa proyección, presenta a la vista de Vuestra Excelencia un dilatado campo, cercado de innumerables dificultades, en que ejecutará su celo con más provecho la ilustración de Vuestra Excelencia si procede advertido de que, del fondo mismo del tratado preliminar de la demarcación, resulta la mayor dificultad de su cumplimiento: pues ningún punto, de cuantos se han controvertido y restan a controvertirse, puede tener resolución, sin que se acuerde antes por las dos Cortes, y vuelva la decisión al jefe de estas provincias -mal inevitable, pero de tanta consecuencia, que o hará eterna la empresa de la demarcación, u obligará a nuestra Corte a desistir del proyecto, acomodándose a algún partido qué acabe de poner en mano de los portugueses las riquezas que el Todo Poderoso depositó en las de nuestra nación. Ya en el día podemos asegurar que vamos casi a medias en el goce de este precioso mayorazgo, que reservó el Criador para los españoles; y si no mudamos de sistemas, vendrá a ser más de ellos que nuestro, el fruto de   -35-   estas provincias, sin haber tenido parte en los gastos y peligros de la conquista. Aun teniéndolos sitiados por todas partes, a costas de levantar fortalezas y compañías de gente armada, se abren un nuevo camino cada día, por donde se avanzan más hacia el Perú y Montevideo. Estas provincias son el blanco a que hacen su tiro desde principio del siglo XVI, sin que los haya cansado la fatiga, ni saciado el fruto que les ha rendido esta. Ya se hallan bien adentro de ambos territorios, y cada día se van arrimando más. Ya ha oído Vuestra Excelencia en esta relación, que nos tienen usurpado los mejores minerales hacia Moxos y Chiquitos, y de antemano consta a Vuestra Excelencia las populosas estancias de ganado que tienen fundadas en la otra banda de este río. Si en el día salen por Montevideo todos los años de 800 a 900000 cueros, no son mucho menos los que salen por el Brasil en cada uno. En el pasado de 1790 ascendió a medio millón de cueros el derecho del quinto que pagaron a Su Majestad Fidelísima los que se embarcaron en aquellos puertos: con lo que, abastecida la Europa con superabundancia, es consecuencia necesaria el envilecimiento del efecto, hasta perder el comerciante parte de su capital, de donde se origina el caer al contrabando, que es el desquite de los perdidos.




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Cotejo de la conducta de los portugueses con la de los españoles, en la observancia del tratado preliminar

41. No es posible guardarlo todo por medio de atalayas o de centinelas, ni bastaría todo el ejército de Su Majestad para defender unas pertenencias de tan vastos y remotos términos. Tenemos expresa prohibición de defendernos con las armas, y no se nos permite otra licencia que la del ruego, la de las protestas y la del recurso a nuestro gabinete -medios muy honestos y templados a la consonancia de la buena fe, pero débiles y desproporcionados para batir a un enemigo que nos ataca por la fuerza, y pone en ella la defensa de sus injusticias. Es verdad que tenemos ajustadas unas convenciones provisionales, que preservan sus derechos y los nuestros, mientras se establecen los límites de ambas Coronas. ¿Pero qué sirven los pactos ni las leyes cuando prohíben ellas mismas castigar a sus infractores? De nuestra parte se observan estos tratados con la exactitud más religiosa, y de parte de los portugueses se quebrantan, a cada paso, sin más pena que la de contestar a la protesta o al requerimiento que les hacen nuestros comisarios. Aun si pretendemos que pasen estos a reconocer un fuerte, un río o una población que siempre nos haya pertenecido, lo contradicen los de aquella nación, cohonestando   -36-   su grosera resistencia con el título de infracción a los tratados preliminares. Si se insiste por nosotros en llevar a efecto la vista de ojos proyectada, se preparan a hacernos resistencia, y ya con esto queda por ellos la disputa: con que podemos decir, que cuanto han emprendido, han alcanzado; y que solo somos dueños hasta el día de lo que no han querido arrebatarnos pero con la pensión de estar esperando todo el año el término final de esta indulgencia.

Para conservar lo que nos resta, ha sido necesaria la construcción de los tres fuertes, de que dejo hecha mención a Vuestra Excelencia, a que debe seguirse el gasto de su guarnición y conservación, y el de los otros fuertes de Santa Teresa, San Miguel, Santa Tecla, San Rafael y Batoví, y el de una cosaria que también he establecido en la Laguna Merín, que junto con el que hacen los comisarioa de las partidas de línea divisoria, llega a 50000 pesos en cada año.

Estas son las únicas armas con que la bondad de nuestro Soberano se ha propuesto defender sus dominios de unos perpetuos invasores, a quienes la moderación y disimulo comunican alientos para mayores hostilidades. A fuerza de oro y plata, y a costa de donaciones y liberalidades, está deteniendo nuestra Corte las invasiones de una nación, su más amiga y aliada, por no venir con ella a un rompimiento: y lo sensible es, que tanto oro y galanteo no producen otro efecto que el de avivar la codicia, y ocasionar desdenes en quienes deberían pagar tributo y hacer pleito homenaje a Su Majestad Católica, por el terreno que se les dejó tomar la primera vez hacia el fin del siglo XV.




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Sobre la guarda del ganado vacuno de la otra banda del Río de la Plata

42. Lo que más insta por remedio es la custodia de ganado, que nos extraen sin cesar de los campos de la otra banda, en porciones tan crecidas, que cada vez se va conociendo más su falta, y cobran mayor precio -inconveniente que en poco tiempo nos traerá el daño de que se junten en Europa dos expendedores de un mismo ramo, pero de tan diversos costos, que el portugués podrá vender a un 25 por ciento menos que el español, perjudicándose este y ganando aquel; resultando luego de la desigualdad de esta balanza, que el uno venda cuanto lleve, y el otro se vea obligado a dejar de llevar.

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Ya no distamos mucho de tocar esto con las manos, porque en el día estamos viendo que los que negocian en cueros, se avecindan en Montevideo, con el designio de salir a la campaña a buscar los cueros uno a uno, si han de sacar algún provecho a este negociado, o que se valen de fletar de su cuenta una embarcación en España que les retorne el cargamento a menos costa, cercenando al dueño del buque el útil que debe corresponderle, y de que ha disfrutado justamente en otro tiempo. Pero aun esto, que es ya una especie de estanco en su línea, vendrá a faltar a los nacionales, creciendo las extracciones de cueros que se hacen por el Brasil.

No dudo que los fuertes nuevamente construidos, contribuirán a precaver este desorden, siendo fieles en el cumplimiento de su obligación los oficiales que han de mandarlos. Sin embargo es demasiado ámbito el de la campaña, para que se crea guardada con media docena de fuertes. El mal hábito está también envejecido en los portugueses y en nuestros changadores, para que se considere remediado con las primeras providencias. Solo el arreglo general de la campana, tantas veces intentado, es capaz de formar este número de división que debe separar nuestros terrenos de los que se asignen a los contrarios. Sin un lienzo de este macizo, jamás estarán nuestros ganados dentro de sus apriscos. Sobre esto puede ver Vuestra Excelencia Vuestra Excelencia los muchos proyectos que se han escrito; y su feliz penetración le dirá en breve el que debe preferir, pero en la ejecución del elegido hallará Vuestra Excelencia un obstáculo invencible, mientras no se concluye la línea divisoria. Cualquiera que sea el pensamiento, se ha de establecer sobre terrenos del dominio indisputable de nuestra Corona; y así nada tenemos en la otra banda, desde la Laguna Merín al norte y oeste de ella, que no esté sujeto a disputas: con que no se puede tomar ninguna medida, sin tropezar a los pocos pasos con los escollos que nos tienen preparados nuestros rivales.

Quizá la diestra política de Vuestra Excelencia sabrá remover ligeramente estos embarazos, y abrirse paso con el sombrero, por donde yo no sabría entrar sino con la espada. Este es el consuelo que me queda en lo mucho que habré errado en este expediente. Si sucediere así, como lo espero, se podrá gloriar Vuestra Excelencia de haber triunfado del mayor enemigo que ha tenido la nación en esta América, de 200 años a esta fecha, y ella deberá tributar a Vuestra Excelencia los honores que se deben a un valeroso caudillo, que logra libertar a su pueblo de la opresión de un competidor que ya aseguraba la victoria. Yo le anuncio, desde ahora esta felicidad, bajo el gobierno de Vuestra Excelencia, y me doy la enhorabuena de haber vaticinado esta fortuna a todos los habitadores   -38-   de estas provincias, guiado de las señales que dibujó la naturaleza en la persona de Vuestra Excelencia, y de las que ha dado de su política en el mando del Paraguay, con el aumento que le ha proporcionado su inmediación a la real persona, en los años que ha servido de primer caballerizo a la Reina, Nuestra Señora.










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