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61

Se celebró en Valencia, Madrid y Barcelona del 4 al 11 de julio de 1937. (N. del A.)

 

62

En el AGGC se conserva además la copia de la respuesta del Conseller, de fecha 10.3.1937, accediendo a lo solicitado. (N. del A.)

 

63

Rafael PÉREZ CONTEL, op. cit., pp. 473-474 y 482. (N. del A.)

 

64

El 30.5.1937 se firmó el decreto disponiendo el traslado del Gobierno a Barcelona. Amparo RANCH, «Valencia, ‘faro cultural’: octubre 1936-noviembre 1937», en Valencia, Capital de la República, Valencia, Ayuntamiento de Valencia, 1986, pp. 93-96. (N. del A.)

 

65

Para corregir la imagen de un magisterio, a su juicio muy comprometido con el espíritu revolucionario, durante el bienio radical-cedista de la II República, desde sectores conservadores ya hubo llamadas a la censura, invitaciones a la depuración, denuncias... (Juan Manuel FERNÁNDEZ SORIA y María del Carmen AGULLÓ DÍAZ, Maestros valencianos bajo el franquismo, Valencia, Institució Alfons el Magnànim, 1999, p. 10). (N. del A.)

 

66

En el AGGC se conserva una relación firmada en Madrid el 28.4.1934 en la que figura junto con José Manaut entre otros masones que podían optar al cargo de Maestre Regional. (N. del A.)

 

67

Teresa MARÍN ECED, op. cit., pp. 317-323. (N. del A.)

 

68

Alicia ALTED VIGIL, Política del Nuevo Estado sobre Patrimonio Cultural y la Educación durante la Guerra Civil, Madrid, Dirección General de Bellas Artes y Archivos, 1984. (N. del A.)

 

69

Por Decreto n.º 66 de la Junta Técnica del Estado (8 de noviembre de 1936) se crearon cuatro comisiones encargadas de la depuración de todo el personal docente al servicio del Estado. Las propuestas de sanción podían ser de tres tipos: confirmación en el cargo, traslado de localidad o separación definitiva del servicio. Se debía instruir expediente a todos los miembros del escalafón, sin excepción. La vuelta al trabajo sólo podría efectuarse si se superaba el proceso sin mácula, pero si se era simpatizante de los partidos del Frente Popular la separación era definitiva. Las actividades consideradas «subversivas» objeto de investigación se remontaban a octubre de 1934. Todos los funcionarios de la enseñanza quedaron suspensos provisionalmente de empleo, pero en el plazo de 15 días podían solicitar el reingreso todos los que lo deseasen, mediante instancia al presidente de la Comisión Depuradora en la que debía constar forma y fecha de ingreso en el escalafón, cargos desempeñados, agrupaciones sindicales y partidos políticos a los que hubiera pertenecido durante los últimos seis años y actuación concreta desde la fecha en la que se inició el «Movimiento Nacional», indicando el nombre de las personas que pudieran aseverar sobre los puntos anteriores. Quien estando en zona liberada no solicitara el reingreso en plazo, sería dado de baja en el escalafón sin derecho a posterior reclamación, a no ser que el interesado o sus familiares probaran a satisfacción plena de la Comisión que no pudo hacerlo por causa de fuerza mayor. (N. del A.)

 

70

La Oficina se encargaba de recibir los expedientes elaborados por las Comisiones Depuradoras, clasificarlos por provincias y, dentro de ellas, por afinidad de la propuesta de resolución; hecho esto, se enviaban a las Comisiones calificadoras, las cuales los resolvían de forma razonada y los devolvían a la Oficina Técnica; ésta, tras la resolución definitiva de los expedientes por parte de las instancias superiores, agrupaba al personal de una misma provincia en una Orden en la que constaba: nombre del interesado, localidad donde ejerce y resolución recaída en su expediente. Una copia de dicha Orden era enviada al presidente de la Comisión Depuradora de la provincia correspondiente para su inserción en el Boletín Oficial de la misma. (N. del A.)