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321

La monja autora de los apuntes biográficos de doña María, dice, a tal respecto, lo siguiente: «Pretendió don Alonso de Ercilla... casar con esta señora, y aunque era su nobleza mucha, todavía fue despreciado por doña María porque sus pensamientos se levantaban más de punto». Las concesiones que el poeta hubo de hacer a doña Marquesa en materia de intereses demuestran que la oposición estaba de su parte y que no hubo tal desprecio de la novia.

 

322

La descripción de ese collar, su costo y entrega a Ercilla se establecen por la lectura del documento número LVIII. El que lleva el número inmediatamente anterior habla de una joya casi idéntica que Ercilla traspasaba a Juan Bernaldo de Quirós por su propio costo. ¿No quedó contento con la hechura? ¿Fueron dos los collares que en un principio quiso comprar? Tenemos por más probable el que no hubiera tenido entonces con qué pagar el primero, en vista de que en seguida de esas escrituras se obligaba a que el precio lo enteraría de la fecha en un año, comprometiéndose a que dentro de quince días, «contados desde el que me casare, declara, haré que doña María de Bazán, mi legítima mujer, (que será, debió decir) juntamente conmigo o de mancomún, otorgue obligación con las fuerzas necesarias ante escribano».

Para completar la historia de este collar, añadiremos que año y meses después de casado Ercilla, en 15 de marzo de 1571, se concertó con Marina Ortiz, viuda del joyero, en que cobrase de don Fadrique de Portugal, con quien se arregló para el efecto (Documentos, n. LXXII), 200 ducados, resta de 253 que importaban las «mejorías» que le había encargado hiciese en él, dejándolo en la forma siguiente: con cinco perlas, «y con la broncha diez e seis piezas, las siete piezas con siete piedras finas, las cuatro, con cuatro rubíes y las otras con tres diamantes, tablas y ocho entrepiezas, con siete asientos de perlas, unos a manera de rosa cada uno, en la broncha una roseta de diamantes con doce diamantes...» Documentos, p. 107.

 

323

Documentos, número LIX.

 

324

Frase de cajón en tales documentos y que hasta suele vérsele empleada por los poetas de aquel tiempo; así, verbigracia. Bartolomé del Alcázar en una de sus canciones (Poesías de...,p. 124):


Si llegares a la copia,
haz cuenta que ya los tienes
en lo mejor de mis bienes,
con poder en causa propia.



 

325

Documentos, n. LX.

 

326

«... y porque yo me quería casar y velar con la dicha señora doña María de Bazán y por causas que hubo, yo no pude esperar a que se sacase la dicha licencia y facultad Real...» Documentos, página 96.

 

327

Ercilla no contradijo parte alguna de la tasación de los objetos que contribuyeron a formar la dote de su mujer, algunos de ellos «traídos», por más señas. Esa lista, que damos bajo el número XLI de los Documentos, es curiosísima y pone de manifiesto lo que en aquellos tiempos constituía el ajuar de una novia, los vestidos, alhajas y objetos de su casa, hasta las bacinicas, grandes y medianas... Fueron estimados todos en 1,805 196 maravedís, o en moneda más gorda, 53,094 reales.

Los 300 mil maravedís de la renta de doña María, según lo convenido, se le entregaron en tres privilegios de juro, uno de cien mil sobre las rentas del servicio y montazgo de los ganados; el segundo, por 129,228, en un impuesto análogo; y el tercero, por 50 mil, en las rentas de la villa de Medina del Campo. Unos cuantos días después de su matrimonio, Ercilla y su mujer vendieron este último a Bernardino Vizcarreto en 700 mil maravedís. Bajo los números LXII y LXIII insertamos los dos documentos relativos a esta negociación.

En cuanto al trillón de maravedís con que se esperaba que obsequiara el monarca a doña María, no lo fue en dinero, sino también en otro juro de por vida de 125 mil maravedís anuales, que doña María guardó «y entregó al dicho señor don Alonso».

 

328

Garibay, y con él todos los que le han seguido, fijan como fecha del matrimonio el mes de enero de 1570, cosa que es inexacta, por lo que venimos contando. Al darla, tuvo sin duda como tal la de las capitulaciones matrimoniales, que, de ordinario, precedían en muchos meses al casamiento y velación; así, verbi gracia, las de doña María Magdalena de Zúñiga, la hermana de Ercilla, se firmaron el 12 de agosto de 1564, y su casamiento sólo vino a verificarse en principios de abril del año siguiente.

Nuestras diligencias para encontrar esa partida en los archivos eclesiásticos del Palacio Real, únicos en que pudiera figurar, no nos dieron resultado alguno, pues el encargado de ellos, que a instancias del señor Conde de las Navas, (que tan bondadosamente nos sirvió en nuestro empero), practicó la investigación del caso, nos aseguró no haberla encontrado, y más aún, que no existía.

 

329

Cerdá y Rico en su prólogo a la edición de La Araucana de Sancha, da como madrina a la reina doña Isabel de la Paz, tercera mujer de Felipe II, con manifiesto yerro, pues era fallecida ya por entonces (1568). Que lo fue la reina doña Mariana de Austria asientan Vargas Ponce y Ferrer del Río, tomando aquel la noticia de Garibay, pero si no leemos mal, este cronista no dice tal cosa, pues sus palabras son éstas: «siendo padrino el dicho emperador Rodulfo... y madrina, la mesma princesa...» Ni pudo serlo, evidentemente, puesto que llegó a Santander el 3 de octubre de 1570 y Ercilla sólo se casó el 12 de noviembre siguiente. Para los que escriben historia, semejantes descuidos no pueden sorprenderles en materia de datos y fechas que se van copiando sin discernimiento alguno.

Rodulfo, nacido el 18 de julio de 1552, no enteraba, por consiguiente, todavía 18 años en esos días. El título de Princesa a que hace referencia Garibay, acaso debe aplicarse, según es de creer, a la hermana de Rodulfo, que se hallaba también por esos días en la corte.

Ercilla no se olvidó de consignar un recuerdo en su poema para el que había sido su padrino de boda, y en el canto que en él dedica a referir la batalla de San Quintín, contando lo que había de pasar después, dice (303-1-1:)


Vendrán a España a la sazón de Hungría
dos príncipes de alteza soberana...
el mayor es Rodolfo, el otro Ernesto,
que a la fama darán materia presto...



Y más adelante (306-2):


Serán, pues, los dos príncipes llamados
del padre Emperador, que ya aquel día
querrá dar nuevo asiento en sus estados
y hacer rey a Rodolfo de la Hungría...



De Garibay, (Documentos, p. 527) procede lo demás que decimos acerca de la asistencia que hubo en la boda.

 

330

Real cédula fechada en Madrid a 8 de septiembre de 1570. Documentos, pp. 97-98.