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Certificación del notario Francisco de Cosca; datada allí el día indicado. (Documentos, p. 169), que Garibay tuvo a la vista, según se desprende de lo que expresa tocante a la entrada de Ercilla al convento.

En nuestra visita a Uclés, en cuyo archivo casi nada se conserva ya que se refiera a los caballeros de Santiago, por haber sido trasladado a Madrid, en cuya Biblioteca Nacional hoy se guarda, recorrimos uno a uno los cuartos situados en el segundo piso, del lado del poniente y desde donde se goza de un espléndido panorama. Tanto el convento mismo, -una de cuyas torres se quemó por la caída de un rayo,- así como la iglesia y el refectorio, son hermosísimos. Hoy día lo ocupa un colegio de enseñanza a cargo de agustinos. El pueblo mismo, que en otro tiempo llegó a contar con una buena imprenta instalada en el convento y de cuyas producciones tenemos una espléndida muestra en nuestra librería, es, en cambio, de lo más miserable, tanto, que no tuvimos allí donde comer...

 

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Aludimos a Jorge Manrique, que fue en ese convento sepultado.

 

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La insertamos en la página 170 de los Documentos.

 

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Certificación del escribano Cosca, en la página 171. Garibay señala el 14 de ese mes para la profesión de Ercilla, equivocando la fecha en un día. Hace notar el cronista que aquella se verificó a los seis años y quince (16 días de haber tomado Ercilla el hábito de la orden.

Pues muchos de los lectores no sabrán lo que significaba para el caballero profeso «vivir en castidad conyugal é sin propio», diremos, acerca del primer punto, que el capítulo XIII de la Regla de la Orden se intitula: «Cómo se han de haber los freiles con sus mujeres, y en qué tiempo se han de abstener de convenir con ellas, y cómo en ciertos tiempos los freiles y sus mujeres han de estar en los conventos», y comienza así: «Cuando ayunaren los freiles, no convengan con sus mujeres, ni en las fiestas de Nuestra Señora Santa Maria ni San Juan Baptista, ni de los Apóstoles, ni en las otras fiestas mayores, ni en las vigilias de ellas».

En cuanto a no tener propio, el papa Inocencio VIII dispensó el que los caballeros pudieran testar de sus bienes, ni era ya disposición que se cumpliera en los tiempos de Ercilla, según parece.

 

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Poder suyo y de su mujer a Juan Ruiz de Villasana para cobrar del administrador de las salinas de Espartinas cien ducados. Documentos, n. CXXIX.

 

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Para fabricar la escalera obtuvo licencia de su vecino Pedro de Vargas, quien «por les hacer buena obra, consiente é tiene por bien, que en el aire, por de dentro de la pertenencia de sus casas... hagan una escalera para mandar las piezas de las dichas sus casas principales y subir y bajar por ella a el servicio de las dichas piezas...» Escritura de 27 de febrero de 1578. Documentos, n. CXXX.

En cuanto a la cochera, «el muy ilustre señor Conde de Puñoenrostro, decían Ercilla y su mujer, por nos hacer merced y buena obra, tiene por bien que en la plazuela o suelo que tiene en esta villa de Madrid delante de sus casas principales, arrimado a las casas principales que tenemos, cubramos una parte del dicho sitio para nos servir dello de meter un coche». Id. de 4 de marzo de 1578. Documentos, n. CXXXI. Escritura completada por otras de 24 y 31 del mismo mes, en las que reconocían que tal autorización sería por el tiempo que el Conde tuviese a bien. Id. ns. CXXXIII y CXXXIV.

 

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En lugar alguno de su obra había hecho el poeta semejante promesa, pues basta ver que el canto XV, último de la Primera Parte, termina bruscamente en medio del relato de la tormenta que salió a las naves salidas de Coquimbo en las aguas de las vecindades de Penco. La promesa a que Ercilla aludía debemos, pues hallarla en el título de Primera Parte que dio a su obra, dejando entender así, que habría, por lo menos, una Segunda.

 

378

Los registros de la Casa de la Contratación dan testimonio de cuánta era la cantidad de libros que se enviaban ya por esos años a la América, hecho de que sería ocioso tratar aquí.

 

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En carta fechada el 20 de marzo de ese año que la villa de Bermeo le escribió, considerándolo como hijo suyo y que el P. Henso (t. I, p. 190) afirma haber visto en su archivo, le decía a este respecto: «Siempre que se ofrezca ocasión que sea justa y honesta a esta villa, hemos de impetrar el auxilio de Vmd. como de amparo y protector de ella para su reparo y remedio, pues se halla en parte donde tiene privanza y cabida entre Príncipes y Grandes...»

 

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Como éste era el fin primordial de la embajada de Ercilla, no hemos de atenernos a solas sus palabras para juzgar cómo la desempeñó. Ninguna voz más autorizada en este caso para ello que la del Conde de Sástago, quien en carta a Felipe II le decía: «...Don Alonso... pasó a Fuentes, al cual no tuve que advertir, porque él es tan entendido y tiene tan buen modo, que quedé yo muy confiado traería al Duque a lo que V. M. le mandaba proponer; y no sólo lo trajo a que se detuviese, pero le quitó la mohína con que le halló».