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21

La aplicación por el monarca de las temporalidades de la Compañía se apoyó en «aquellas venerables asambleas de la Nación que en los Concilios de Toledo formaron reglas de disciplina tan dignas que fueron adoptadas en muchas partes por toda la Iglesia», en AGS, Gracia y Justicia, Leg. 668. Consejo Extraordinario, Madrid, 20 de enero de 1768.

 

22

Azara a Roda, Roma, 4 de febrero de 1768, en El espíritu..., tomo I, pp. 9-14.

 

23

Enrique GIMÉNEZ LÓPEZ: «Portugal y España ante la extinción de los jesuitas», en Manfred TIETZ (ed.): Los jesuitas españoles expulsos. Su imagen y su contribución al saber sobre el mundo hispánico en la Europa del siglo XVIII. Actas del coloquio internacional de Berlín (7-10 de abril de 1999), Madrid-Frankfurt am Main, Vervuert Verlag-Iberoamericana, 2001, pp. 137-357.

 

24

AGS, Estado, Leg. 4.732. Zambeccari a Grimaldi, Bolonia, 11 de julio de 1767.

 

25

AGS, Estado, Leg. 5.045 Azara a Grimaldi, Roma, 8 de octubre de 1767.

 

26

AGS, Estado, Leg. 4.732. Zambeccari a Grimaldi, Bolonia, 27 de junio de 1767.

 

27

AGS, Estado, Leg. 4.735. Zambeccari a Grimaldi, Bolonia, 27 de enero de 1770.

 

28

AGS, Estado, Leg. 4.732. Zambeccari a Grimaldi, Bolonia, 20 de junio de 1767.

 

29

Según Azara los jesuitas en Italia, y sobre todo en Roma, «fingen rebeliones y motines en España y Nápoles», en El espíritu..., tomo I, pp. 49-51.

 

30

Según el Arzobispo de Burgos, y destacado antijesuita, Rodríguez de Arellano, «estos Regulares conspiran por sistema contra la sujeción a las Soberanías, ponen a los Príncipes dependientes de los Pueblos; dan a éstos derecho de juzgar sus acciones, y no sólo alientan, sino ayudan a los motines, como si la sedición fuese heroísmo, acto de caridad y religioso», en AGS, Gracia y Justicia, Leg. 686. Dictamen del Arzobispo de Burgos, Madrid, 15 de diciembre de 1769.