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Capítulo XV

Balta

SUMARIO

Balta obtuvo la presidencia en una elección legítima, aunque de origen revolucionario.- Aspecto social, político y económico en que se encontraba el Perú en los días en que Balta subió al poder.- Mortandad que causó la fiebre amarilla y estragos que en la costa produjeron los efectos de un cataclismo.- El Congreso de 1868.- Se aprueba el presupuesto bienal de la República para 1869 y 1870, con un déficit de 17.000,000 de soles.- Se acude al crédito, y por primera vez en el Perú nace la idea de vender dos millones de toneladas de guano, para con su producto recibir cien millones de soles para invertirlos en ferrocarriles.- Piérola, como ministro, expone en las Cámaras, en Enero de 1869, las ideas económicas que animaban su voluntad y el propósito de romper con la política fiscal establecida.- Las Cámaras discuten y aprueban la autorización pedida para saldar el déficit del presupuesto.- Con la autorización concedida, el Fisco recibe de los consignatarios 9.762,500 soles.- Juan Martín Echenique y Toribio Sanz aceptan, ad referendum, el 5 de Julio, la propuesta de compra —235→ de guano por dos millones de toneladas, hecha por Dreyfus Hermanos y Cia.- Nada hay en la historia de nuestras finanzas que haya reunido los caracteres de intolerancia y apasionamiento que provocó la discusión del contrato Dreyfus.- El convenio en principio no fue malo, pero la manera loca y desenfrenada como se abusó del crédito hizo sacar un gran mal del fondo del mismo bien.- La idea de no consignar sino de vender fue buena.- Comentario de El Comercio.- La controversia judicial provocada por los consignatarios aumentó la agitación pública.- Congreso de 1870.- Por primera vez en el Perú la cuestión política quedó de un lado y los asuntos públicos se redujeron a una disputa entre negociadores peruanos y negociadores extranjeros para apoderarse del manejo de los recursos del Fisco.- En la creencia de que el contrato de 1869 había salvado al Perú de la bancarrota se pensó en levantar empréstitos para construir ferrocarriles.- Aislamiento en que se encontraban los pueblos del Perú por falta de caminos.- Sin ningún estudio técnico se dio principio al más descomunal proyecto ferrocarrilero que ha tenido la América del Sur.- Ninguna de nuestras principales ciudades fue olvidada en los contratos de vialidad hechos con Meiggs.- Se consintió en que los ingenieros derrocharan el dinero fiscal en obras de arte ferroviario de ninguna necesidad, y en que se escogieran los trazos más largos y costosos.- El Perú por de pronto sólo necesitaba caminos carreteros, y lo que por ese tiempo era tan necesario como ahora, esto es, obras de irrigación.- Empréstitos de 1870 y 1872.- Detalles pertinentes a su colocación.- Nuestra deuda exterior ascendía a 3.800,000 libras esterlinas.- Balta la dejó en 49 millones.- Los empréstitos de 1870 y 1872 perturbaron la marcha económica del país, sin ningún beneficio inmediato, provocaron la crisis de 1875 y colocaron al Perú en situación propicia para que Chile se lanzara sobre él en actitud de conquista.- Trabajos electorales para la sucesión del presidente Balta, en 1871.- Gentes nuevas, vividas hasta entonces en el retraimiento, decidieron intervenir por primera vez en la política del país.- Para el logro de sus propósitos predicaron doctrinas no conocidas en el Perú y preconizaron la paz y no la guerra para el triunfo de sus anhelos.- Primera reunión de carácter popular —236→ en el Tívoli de la Piedra Lisa, el 7 de Agosto.- Notable discurso de Pardo.- El Gobierno opone a la candidatura civil la militar del general Echenique.- Proporciones estupendas que negó a tomar la lucha eleccionaria.- Motín, realizado en la plaza de Bolívar, el 30 de Septiembre.- Sin ninguna necesidad se involucró una cuestión de derecho político con un asunto de religión y conciencia y centenares de policías invadieron la plaza y por la fuerza disolvieron a los manifestantes.- Elecciones populares para establecer las mesas del sufragio.- El triunfo de Pardo fue pacífico y general.- La derrota de Echenique y su retirada del campo eleccionario desconcertaron al Gobierno, el cual dualizó las elecciones y recomendó la candidatura del doctor Antonio Arenas.- ¿Era republicano que quien no podía ser elegido anunciara oficialmente la persona que debía sucederle?- Si el doctor Arenas no era un candidato oficial, ¿qué otra cosa era? -Lo que comenzó como una simple recomendación oficial, vino a significar una imposición.- Se clausura el diario El Nacional y sus redactores son enrolados en las filas del ejército.- El primer despliegue de la potente fuerza militar organizada se realizó el 1.º de Mayo de 1872.- El 7 de Junio es clausurado El Comercio.- Balta, aconsejado por su hermano y por sus amigos, resuelve entregar el mando a Pardo.- Tomás Gutiérrez protesta contra lo acordado, aprisiona al Presidente de la República y el 22 de Julio da el golpe de Estado, que el país esperaba, proclamándose Dictador.- Las Cámaras legislativas le declaran fuera de la ley, siendo la marina de guerra la primera en desconocer la autoridad dictatorial.- Proclama de Tomás Gutiérrez.- Comienza la reacción con el levantamiento y la dispersión de los batallones 6 y 8.- Pardo toma asilo en la Legación del Brasil y, después de abandonarla, por el puerto de Chilca, sale en busca del «Huáscar», y a su bordo llega a Pisco.- La dictadura alcanza su sexto día y con la muerte de tres de los Gutiérrez, llega a su término.- Asesinato de Balta.- Herencia Zevallos ocupa Palacio y reconstituye la Constitucionalidad.- Venganzas populares.- Los cadáveres de dos de los Gutiérrez son colgados de las torres de la Catedral y después quemados por el populacho.- Todo pasó en cien horas.- Fue aquella semana, época de terror, un trozo de Historia que —237→ nunca se podrá olvidar.- Fue aquella revolución la más ruda y desatentada habida en el Perú.- Cúmplese la inflexible ley del equilibrio histórico.

- I -

Balta obtuvo la presidencia en una elección legítima, aunque de origen revolucionario. En las trincheras de Chiclayo nació su candidatura, y el predominio de la fuerza preparó y aseguró la victoria en los tabladillos electorales. En esa elección no intervinieron para nada ni el apoyo ni la coacción del Gobierno, y el triunfo del candidato significó también el triunfo de las ideas democráticas. Balta por ese año de 1868 era un soldado valiente, perseverante, salido de una clase pobre pero muy moral y de costumbres casi espartanas. Había en él, el 2 de Agosto en que juró el alto cargo que le fue conferido, todas las condiciones que se destacan en el patriota enérgico, desinteresado y sincero. Habiendo subido al poder sin compromisos partidistas y debiendo su elección a la voluntad popular y no a la de ningún bando, su acción como mandatario en el terreno político inaugurose en forma singularmente feliz. Pocos hombres en nuestra vida pública encontraron su camino más libre, más desembarazado y expedito, que este afortunado militar en los momentos en que subió al poder. Definiendo la situación, en un discurso que pronunció ante el Congreso en el momento de recibir la banda presidencial, dijo:

«Para mí no hay vencidos ni vencedores, caídos ni levantados, hombres del Sur ni del Norte. Para mí no hay más que peruanos, porque no soy el caudillo de un bando, sino el Jefe de la Nación.

Los empleos no son el botín que el triunfador reparte a su capricho. No haré yo, pues, el favor sino la justicia».


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Este cúmulo de bienandanzas políticas hubiérale sido de gran provecho en su gobierno, si todo en lo social y en lo económico no le hubiera sido adverso. La situación en que le cupo iniciar sus trabajos administrativos, estuvo muy lejos de ser buena. Dificultades sin número, obstáculos por todas partes, resistencias formidables, abusos arraigados, crédito comprometido, tesoro exhausto por los grandes derroches, disciplina oficial relajada, administración viciada, moralidad perdida, perversión en las ideas y en los sentimientos, impunidad en los delitos. He aquí algo, y nada más que algo, de la herencia que el pasado dejó a la administración que inauguró Balta. Si eso no era el caos en lo social y en lo económico, muy poco faltaba para llegar a tan pavoroso extremo. García Calderón, como ministro de Hacienda, quedó espantado de la corrupción y del parasitismo que encontró en las oficinas fiscales.

Asociáronse a tantas desventuras la mortandad que ocasionó la fiebre amarilla y los estragos que en nuestra costa causaron los efectos de un cataclismo. Principiaba a declinar la primera en nuestros puertos y litoral, especialmente en Lima y en el Callao, cuando en Agosto de ese mismo año de 1868 toda esa misma costa fue pavorosamente remecida e inundada por los efectos de un terremoto. Ocurrió esto el 13 de ese mes, a las cinco de la tarde, habiendo durado el primer sacudimiento dos minutos y medio. En algunos lugares la tierra siguió temblando dos meses más. Sufrieron extraordinariamente por causa de este movimiento sísmico las ciudades de Arequipa, Iquique, Arica y otras más. En Iquique las pérdidas se estimaron en dos millones de soles, en Arica en 1.800,000, y en el Callao, a causa de la inundación producida por el mar y de un terrible incendio que ocurrió el día 14, varios vecinos y comerciantes perdieron 912,000.

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- II -

Compuesto el Congreso de 1868, en su mayoría, de gentes mediocres, ninguna de las cuales brilló por sus iniciativas ni por haber visto con claridad el estado en que se hallaban las finanzas públicas, nada hizo en favor del problema hacendario de la República, en ese año en situación muy crítica, por haberse saldado el presupuesto con un déficit de 17 millones. No solamente no encontró el Congreso medio adecuado para saldar este déficit, sino que aumentó los gastos nacionales, creando la carrera del profesorado, aumentando los colegios de provincias y señalando pensiones y gratificaciones a los que asistieron al combate del Callao. En el ejército se restableció el rancho, cuyo importe, agregado a los 17 soles que ganaba el soldado, hizo de su salario, 25 soles, el más caro del mundo.

Gastados en su totalidad en Diciembre de 1868 los dos millones de soles que prestaron los consignatarios, hubo en nuestros hombres públicos el propósito de hacer un empréstito de proyecciones estupendas. Se acordó que este empréstito debía ser hecho por una suma no menor de cien millones de soles, y que ellos debían gastarse en ferrocarriles y en otras obras públicas. Este pensamiento atrevido y que por muchos años comprometió el porvenir rentístico del Perú, encontró eco en el Presidente de la República, instigado, en esos días, por razones de mucho peso que le dio su joven y flamante ministro de Hacienda, Nicolás de Piérola. Convencido de la bondad de su vasto y claro problema económico, y con firmeza en la orientación tomada, el audaz ministro se presentó en la Cámara de Diputados el 9 de Enero de 1869, o sea a los cuatro días de haber recibido el portafolio. En un discurso muy conceptuoso expuso las ideas económicas que animaban su voluntad y su propósito de —240→ romper con la política fiscal establecida. Son de él las siguientes palabras:

No se habrá dejado de notar que pocos pueblos de la tierra tienen una deuda como la Inglaterra, y sin embargo, no hay quien no reconozca que es el país que goza de mejor crédito y administración. Bien pues, yo creo, como he dicho antes de ahora, que nuestra bancarrota es hipotética: tenemos recursos, no en el acto, porque esto es casi imposible; pero tenemos recursos. La misión del Gobierno y las Cámaras debe concretarse a levantar empréstitos, pero esto no podrá tener lugar sino después de satisfechas las necesidades públicas; entretanto, el objeto, el grandísimo empeño del Poder Público, es levantar empréstitos; ésta es mi manera de ver la cuestión de la Hacienda Pública.

Por lo demás puedo hacer una declaración sin inconveniente: la Cámara, el público en general conocen suficientemente la poca disposición que S. E. el Presidente de la República demuestra, en favor de las prórrogas de las consignaciones, y declaro, que por mi parte la tengo yo también. Este negocio de las consignaciones, preciso es decirlo, se ha hecho terriblemente enojoso; causas diversas han venido a colocarlo en un pie desagradable.

Es un sistema que debemos abandonar y por consiguiente el Gobierno no acudirá a un medio que rechaza.


Algunos días después, y a solicitud del citado Ministro de Hacienda, la Cámara discutió y aprobó, por 59 votos contra 21, la autorización pedida por el Ejecutivo para salvar el déficit del presupuesto.

Clausurose el Congreso el 28 de Enero de ese célebre año de 1869, y como por entonces su reunión se hacía cada dos años, no volvió a reunirse hasta el 28 de Julio de 1870.

En uso de la autorización concedida, el personero del Gobierno pidió y obtuvo de los consignatarios, en Febrero y en Marzo, préstamos que llegaron a 9.762,500 soles, con los cuales el déficit quedó reducido a 7.463,386 soles. Hemos omitido decir que el presupuesto para el bienio de 1869 y 1870 dio los siguientes guarismos:

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Ingresos$ 44.723.100.00
Egresos$ 61.948.986.50
_______________
Déficit$ 17.225.886.50

Conjuntamente con estas operaciones de préstamo, en Marzo de ese mismo año los comisionados fiscales, Juan Martín Echenique y Toribio Sanz, fueron autorizados para contratar en Europa el expendio del guano, de acuerdo con las instrucciones que fueron formuladas por el Ministerio de Hacienda, el 27 de ese mes. Estudiadas las propuestas que en París fueron presentadas por la Compañía General Sudamericana, la casa Emile Erlanger y Cia., y Dreyfus Hermanos y Cia., los comisionados peruanos aceptaron, ad referendum, el 5 de julio, la que presentó esta última firma. Traída a Lima, mereció la aprobación del Gobierno el 17 de Agosto.

Por mucho que leamos el aludido contrato, pobre sería el juicio que su conocimiento dejara en nosotros, si conjuntamente con su estudio no pasáramos también la vista por los más importantes y muy nutridos artículos que, por lo menos en número de doscientos, se publicaron durante seis meses en los diarios de la capital. Pero no es sólo lectura sino también tino lo que nuestro juicio necesita para conseguir el acierto, no habiendo habido en la historia de nuestras finanzas nada que en el terreno de la controversia haya reunido los caracteres de intolerancia y apasionamiento que provocó la discusión del contrato Dreyfus.

El contrato no fue malo; todo lo contrario: fue bueno. La principal dificultad del momento, que fue la de salvar el déficit de los 17 millones, quedó resuelta con la entrega de 700,000 soles mensuales, cantidad que en forma temporal quedó elevada hasta un millón. Fue tan bueno, que su realización —242→ en momentos en que todos creían al Perú en estado de bancarrota y en que sus guaneras hallábanse hipotecadas a los consignatarios, causó inaudita sorpresa entre los financieros peruanos y extranjeros. Dice Piérola, en su Memoria del año de 1870:

Cada nuevo y repetido empréstito que celebrábamos con nuestros prendarios y únicos banqueros, los cuales nos exigían que redoblásemos la prenda en sus manos y que les pagásemos centuplicadas ganancias, operaciones que no puede en verdad celebrar sino el que está efectivamente arruinado, o no sabe o no quiere manejar sus intereses, cada nuevo empréstito, digo, era el más indestructible sello a nuestro descrédito.

Algo más: esas operaciones por su tenor mismo nos cerraban todo camino para negociar con otros. Yo puedo declararlo, sin temor de equivocarme: en el interés de nuestros banqueros estaba el hacerlo así, y no tenemos por qué irritarnos, sino contra nosotros mismos, si nuestro descrédito podía serles provechoso.

Tan cierto es esto, que, ni estos señores, ni los negociantes del país, ni nadie pensó en que el Gobierno pudiera realizar en Europa un empréstito cuando envió sus comisionados. La cuenta que de sus operaciones daban los corresponsales y el juicio que entonces se formaba están impresos en los diarios y en la memoria de todos los que quieran conservarla.

En verdad que no les faltaba razón. Pretender encontrar dinero fuera de los que se habían reservado el exclusivo derecho de negociar con nosotros; y encontrarlo sobre nuestra palabra y sin entregar prenda alguna para ello, era juntamente reñir con nuestra historia, con la naturaleza de las cosas, con los antecedentes de muchos años; era pedir a nuestro muerto crédito un esfuerzo imposible; era, en fin, aventura que nadie podía seriamente intentar.

Al lado del guano, nuestros demás ingresos, ya también comprometidos por sí, formaban tan mezquina cifra, que no valía la pena de fijarse en ellos. Necesitábamos, pues, comenzar por recibir decenas de millones de soles para poder vivir y cubrir nuestros gastos de cada día, y recibirlos ofreciendo en cambio y garantía ¿qué cosa? No los productos del guano, enteramente embargados y por largo tiempo; no la cosa misma siquiera, o su administración; pues teníamos delante contratos de larguísimo plazo, que reservaban a nuestros agentes el derecho exclusivo de mantener la especie y venderla. Pensar en exportar guano para ser vendido cuando expirasen aquellos —243→ contratos, era locura que no se podía proponer y mucho menos aceptar por nadie.

Nos presentábamos, pues, a pedir enormes sumas de dinero, llevando en una mano, sobre una larga historia de descrédito, infundado por evidente, una enorme deuda exterior e interior y, lo que es más, un presupuesto de gastos inaplazables y urgentes por la enorme suma de 62 millones de soles, y en la otra ¿qué? Nada, absolutamente nada.

Si a lo menos hubiéramos podido decir al que nos prestase su dinero: Aquí tenéis libramientos a largos plazos, pero aceptados por mis agentes, que os servirán de garantía; si, como último recurso, hubiéramos podido decirle: Aquí tenéis mi rica mercancía, vosotros mismo la iréis administrando y vendiendo para pagar nuestras deudas y cubriros en seguida. Mas, ya sabéis, Honorables Representantes que aquello era imposible: a lo primero se negaban tenazmente nuestros agentes: a lo segundo se oponían sus contratos. ¿Qué podíamos ofrecer, pues, en garantía de tan enorme préstamo sino nuestra palabra?

Había algo más grave todavía. Los consignatarios del guano formaban en la República un poder colosal y que pesaba sobre el Gobierno y los particulares con una fuerza al parecer indestructible.

Cuando el Gobierno se presentó a las Cámaras a pedir la autorización extraordinaria de Enero de 1869, penetrados sus miembros de su inapelable necesidad, un solo temor detenía en sus labios el voto salvador de la situación ¿contratará el Gobierno de nuevo, se preguntaban, con los consignatarios?

Creíase, Honorables Representantes, no sólo en el país, en Europa misma -yo no puedo confesarlo sin indignación y sin dolor- creíase que no teníamos fuerza bastante para sacudirnos de ellos; y los negociantes más poderosos y respetables de allende los mares, lo declaraban sin embozo a nuestros comisionados: «Nos habláis de vuestro guano, -les decían-. Está bien; pero ¿podéis libertaros de los que lo tienen?».


El contrato Dreyfus para la venta de dos millones de toneladas de guano y el empréstito de doce millones de libras esterlinas al 82 y 1/2 por ciento con amortización de dos por ciento reservada para el vencimiento de los diez años (1880), empréstito que ganaba el 5 % de interés y que fue cinco veces cubierto, modificó sustancialmente las finanzas del Perú. La Caja Fiscal emitió obligaciones a plazo por la suma de 3.000.000 de soles, obligaciones que fueron —244→ recibidas en el mercado como dinero sonante. La deuda externa subió del 50 al 98 %, en los mismos momentos en que los tenedores de bonos se agrupaban para demandar al Perú.

Como se ve, el contrato de venta con Dreyfus sólo produjo bienes, llenó su objeto, y habiendo sido hábilmente ideado no fracasó en ninguno de sus puntos. Los males y desastres que ocasionó no fueron derivados del incumplimiento de sus cláusulas, ni de la dureza de alguna de ellas, sino de la manera loca y desenfrenada como se abusó del crédito que ese contrato nos dio. La imprevisión, la temeraria confianza, la imprudente exageración sacaron un gran mal del fondo mismo de lo que fue un gran bien. No llevaba el año de 1871 corridos cuatro meses, cuando ya se le debía a Dreyfus, por concepto de adelantos sobre la mesada de 700,000 soles, la suma de siete millones de soles, cantidad que fue necesario pagar hipotecando el guano que se vendía a los Estados Unidos. Entre otras cosas, contribuyó también al desequilibrio del presupuesto, que ya se inicia en 1872, el decreto supremo de 21 de Marzo de ese año, decreto que aumentó en un 25 % los sueldos de los empleados y pensionistas de la Nación.

Volviendo atrás y sin apartarnos de los años de 1869 y 1870, en los cuales estábamos, debemos añadir que nunca la clase adinerada del país, que era aquella a que pertenecían los consignatarios, interpuso para combatir el contrato Dreyfus un esfuerzo más desesperado, ni nunca tampoco la prensa toda con clamorosa y extendida propaganda, la magistratura con su alta y augusta autonomía y hasta la misma Comisión Permanente del cuerpo legislativo obraron con mayor diligencia, ni conmovieron en forma hasta entonces desconocida con más intensidad los cimientos del edificio social y económico.

«El Gobierno formula y envía instrucciones secretas a dos de sus agentes en Europa -dijo un prestigioso hombre —245→ público de la época-. Éstos ajustaron un contrato ad referendum, y ese contrato se ratifica antes de darlo a la publicidad. Ha debido buscarse la competencia... se ha maleado una idea fecunda para el porvenir del país... Lo que pudo evitarse a tiempo toma el aspecto de un hecho consumado».

Pocos días después de publicado en el diario oficial el contrato Dreyfus, El Comercio (27 de Agosto) hizo el siguiente comentario:

«El asunto que ha llamado la atención en estos días ha sido el empréstito hecho por el Gobierno de acuerdo con la ley del Congreso para saldar el déficit del presupuesto. Dreyfus Hermanos y Compañía, Erlanger y Cia., la Compañía General Sud Americana de Londres, Valdeavellano y Compañía y algunos capitalistas peruanos presentaron propuestas para dicho empréstito; pero el Gobierno dio preferencia a la de Dreyfus, que en nuestro concepto es la menos ventajosa. Oblígase a prestar $ 2.400,000 y a dar cada mes $ 700,000. Oblígase además a hacer el servicio de la deuda externa, debiendo ser pagado con guano que ellos compran a razón de 60 soles tonelada del que recibían en Europa los consignatarios sin gravamen alguno; de 35 soles 50 centavos, del que recibían de los buques fletados por los consignatarios, y de 36 soles 50 centavos del que recibían de las guaneras a bordo de los buques fletados por ellos.

El contrato se ha hecho sobre la base de la venta de dos millones de toneladas de guano; pero la palabra venta no es la que corresponde sino la de consignación; pues los cargamentos que se pierdan son de cuenta del Gobierno.

El empréstito se hace con cinco por ciento de interés. Además, los préstamos tendrán una prima de cuatro por ciento sobre los productos netos que corresponden al Gobierno de las actuales consignaciones, y para cuyo examen y fiscalización quedan ampliamente autorizados; y tendrán también medio por ciento de giro y el 25 por ciento en el aumento que el Gobierno consiga en el alza del precio del guano desde que Dreyfus comience a venderlo por haber concluido el término de los actuales consignatarios.

Fuera de esto, Dreyfus irá asumiendo las consignaciones a medida que los plazos vayan venciéndose, y quedará monopolizado en una sola mano lo que hoy se halla en las de muchos.

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Los capitalistas nacionales, a quienes para este negocio da la preferencia la ley, ofrecen sustituirse en la propuesta Dreyfus, cualquiera que fuese, mejorándola de diversos modos. Candamo hizo lo mismo a nombre de otra compañía, pero ninguno ha sido considerado.

Hay cierta predisposición contra los consignatarios por su conducta pasada respecto a los adelantos, y esto hizo ver la cuestión bajo el aspecto personal y no económico.

Como es un hecho que con 700,000 soles, más 250,000 (que dan las aduanas y demás contribuciones), no hay lo suficiente para cubrir el presupuesto, parece que es oscurísimo el contrato Dreyfus, que no se han consultado las necesidades del Tesoro, y que como en el pasado habrá que ocurrir a nuevos anticipos que día a día se harán más gravosos para el Estado, y éste es otro de los inconvenientes del contrato Dreyfus.

Sería sensible que se desatendiera a los capitalistas peruanos, porque las ganancias de un negocio de más de cien millones de pesos quedarían en el país, mientras que el contrato Dreyfus las llevará al extranjero. Los millones que Echenique distribuyó por concepto de la Consolidación, quedaron en el país.

Los capitalistas peruanos con el más perfecto derecho han interpuesto ante la Corte Suprema una demanda de despojo contra el Gobierno, y otra de retracto, sustituyéndose a Dreyfus en el contrato celebrado. También han presentado mejoras en un veinte por ciento en el interés de los anticipos y un 25 por ciento en la forma sobre los productos netos. El asunto está por consiguiente sub litis».


La controversia judicial provocada por los consignatarios aumentó la agitación pública y dio nueva oportunidad a los escritores nacionales para seguir tratando el asunto económico en forma cada vez más apasionada. Tomó ante el Tribunal Supremo la defensa de los capitalistas el doctor Pérez, y la de Dreyfus el doctor Luciano Benjamín Cisneros, habiendo dado el ministro Piérola la nota saliente del proceso, cuando afirmó en un informe, que presentó a la Corte Suprema, que cualesquiera que fueran los resultados del juicio, el Gobierno llevaría adelante su contrato. No fueron menos largos y acalorados los debates que se produjeron en el seno de la Comisión Permanente Legislativa y aun —247→ en la intimidad del mismo Ministerio, cuyos miembros Barrenechea, Velarde y La Rosa estuvieron en discordia con su colega Nicolás de Piérola. Provocada al fin la crisis, los cinco ministros salientes fueron sustituidos por Juan Francisco Balta, Mariano Felipe Paz Soldán, coronel Secada, Dorado y Angulo. Este último, que era Director de Contabilidad, como ministro de Hacienda.

Eran éstos los acontecimientos que perturbaban la tranquilidad de la Nación y hallábanse las libertades públicas amenazadas y el Poder judicial socavado por otro poder de intervención ilegítima, cuando se reunió, el 28 de julio de 1870, el Cuerpo Legislativo. Habiéndose desatendido por el Gobierno el dictamen de la Comisión Permanente y la sentencia dictada por la Corte Suprema, que amparaba a los consignatarios, resolviose llevar el asunto Dreyfus al Congreso, y para tenerlo suyo, el Gobierno llenó las vacantes de senadores y diputados con personas adictas a su política hacendista. Por primera vez en el Perú, la cuestión política quedó de un lado. Lo económico primó sobre la lucha partidista, y los asuntos públicos quedaron reducidos a una disputa entre negociadores peruanos y negociadores extranjeros para apoderarse del manejo de los recursos del Fisco. Como la fiebre ferrocarrilera enardecía los ánimos y la mayoría de las gentes esperaba de las obras públicas una era de prosperidad, nadie luchaba por Dreyfus o por los consignatarios peruanos, sino a favor de la lluvia de oro que debía traer al Perú la venta de dos millones de toneladas de guano.

El debate, que en la Cámara de Diputados tomó gran resonancia, en el país, por la forma enérgica como la minoría combatió el contrato Dreyfus, fue largo y lleno de incidentes.

No obstante que son miles las páginas de la literatura financiera dedicadas al contrato Dreyfus, no solamente en —248→ artículos de periódicos sino también en libros, no hay nada escrito sobre él en forma sintética. Dancuart dice poco en sus Anales y menos dice Federico Elguera en su notable libro Reseña Histórica de los Arbitrajes en el Perú. Son del primero los siguientes acápites:

En marzo del mismo año 69, el Gobierno nombró a los señores don Toribio Sanz y don Juan Martín Echenique, comisionados especiales para contratar en Europa el expendio del guano sobre las bases formuladas por el Ministerio de Hacienda en 27 de dicho mes.

Con arreglo a dichas bases se presentaron propuestas por los señores Emile Elanger y Compañía, por la Compañía General Sud Americana y por Dreyfus Hermanos y Compañía. Los comisionados aceptaron ad referendum la de los últimos, en 5 de Julio de 1869.

El texto de este contrato, fue modificado y aprobado por el Gobierno en 17 de Agosto.

Los capitalistas nacionales, señores J. Domingo Castañeda, Carlos G. de Candamo, Clemente O. de Villate, Juan Mariano de Goyeneche y Gamio, José Unanue, José María Sancho Dávila, Dorca, Ayulo y Compañía, José Francisco Canevaro, Felipe Barreda y Osma, Juan de Ugarte y Emilio Althaus, ocurrieron, en 20 del mismo mes de agosto, a la Excma. Corte Suprema, interponiendo querella de despojo contra el Gobierno, por haberles negado la preferencia que para éste, como para todo contrato de guano, les concedió la ley de Noviembre de 1849, ratificada por la de 17 de Agosto de 1860.

Dreyfus, por su parte, se presentó al Gobierno y pidió constancia de que en su negociación estaban comprendidos los capitalistas nacionales cuya lista se mandó agregar a la escritura.

Dicha lista contenía los nombres siguientes:

Señores: Don Ignacio Abadía, Andrés Álvarez Calderón, Asencio y Compañía, M. M. Basagoitia, Luis Barrios, Señora Rubio de Bergman, señores Guillermo Bogardus, J. V. del Campo y Compañía, Juan Costa, Manuel Diaz, Emilio Diaz, Eulogio Eléspuru, Toribio Escurra, C. Guimaraes, Nicanor González, P. A. Helguero, J. López Hornillo, A. R. Hurtado, señora Bárbara Allende de La Jara, Ignacio Leca, Sebastián Lorente, Marcos Loazo, señora Carmen Luna, señores Gregorio Loza, F. F. Llavería, señora Puente de Marriot, señores Miguel Mesía, Nemesio Orbegoso, J. M. Osores, J. L. Oyague, Mariano Pastor Sevilla, J. Pérez Vargas, José B. Pitot, señorita Dolores Puente, señores —249→ Juan Revoredo, Francisco Roa Tudela, Juan Rivera, Francisco de Rivero, Francisco Ruiz, Manuel Justo Rubio, Felipe Salaverry, Juan B. Sánchez, Julio Shal, Manuel Sauri, Tadeo Terry, J. Torrico, José M. Varela, Narciso Velarde, Pedro Villavicencio, Fernando Vegas y José M. Zuloaga.

El Tribunal Supremo pidió informe al Gobierno, y éste lo absolvió con fecha 28 de Agosto, por conducto del Ministro de Hacienda señor Piérola, negando el hecho del despojo y declinando de la jurisdicción del Tribunal, fundando uno y otro extremo en los términos amplios de la ley de 22 de Enero. El fiscal doctor don Manuel T. Ureta combatió el informe ministerial y sostuvo la jurisdicción del Tribunal, y éste abrió la vista de este punto, con audiencia de los distinguidos abogados doctor don Manuel M. Pérez, por los capitalistas nacionales, y el doctor don Luciano B. Cisneros por Dreyfus.

El punto de jurisdicción fue fallado el 4 de Octubre, declarando expedita la del Tribunal Supremo para conocer en el recurso de despojo de los capitalistas nacionales. El 11 del mismo mes se recibió la causa a prueba, y concluida ésta, previo dictamen del mismo señor Fiscal doctor Ureta, la Corte expidió su fallo, fecha 26 de Noviembre, cuya parte resolutiva dice así:

«Con estos fundamentos: declararon que el Supremo Poder Ejecutivo, al negar a los capitalistas nacionales el derecho de sustituirse, en igualdad de circunstancias, en el negociado Dreyfus les infiere despojo, y que deben ser restituidos al ejercicio de ese derecho; pudiendo el Supremo Gobierno en virtud de sus facultades administrativas, provocar un concurso sobre la base de mejora hecha por los nacionales».

El otro señor fiscal, doctor Paz Soldán, notificado de esta sentencia, promovió demanda de rescisión del contrato Dreyfus.

El Gobierno, a quien la Corte Suprema comunicó su fallo, resolvió, con fecha 20 de Diciembre, «que este incidente, con todos los de su procedencia, se reserve para la próxima Legislatura, a la cual el Gobierno dará cuenta del uso de la referida ley, conforme en ella se dispone».

Al mismo tiempo que la Corte Suprema se ocupaba de este asunto, la Comisión permanente le hacía también objeto de sus debates, concluyendo por ordenar se dirigiesen al Gobierno las representaciones de ley para que «enmiende el contrato que ha celebrado con Dreyfus Hermanos y Compañía de París, circunscribiéndolo a los límites de la autorización de 5 de Enero del presente año».

El Gobierno contestó, en 20 de Octubre, negando los fundamentos y contradiciendo lo resuelto por la Comisión, oficio —250→ que reiteró en 21 de Diciembre, a mérito de la segunda representación que ésta le dirigió en igual sentido.

Llegó la vez de que el negociado Dreyfus, que ocupaba casi exclusivamente la atención pública, fuese objeto de la del Congreso:

En la sesión de la Cámara de Diputados del 20 de Agosto de 1870, se presentó el Ministro de Hacienda y dio lectura a la siguiente Memoria especial:

Honorables representantes:

Cumplo con el deber que al Gobierno impone la resolución legislativa de 25 de Enero de 1869, presentándoos los documentos que revelan la conducta seguida por el Poder Ejecutivo en uso de la especial y extraordinaria autorización que aquélla contenía.

Dada ésta al Gobierno en circunstancias verdaderamente difíciles, después de ensayados todos los recursos, todos los expedientes, y como consecuencia de una situación de la que no parecía posible salir ventajosamente: habiendo tenido que luchar, para lograrlo, con obstáculos poderosos e increíbles, el Gobierno os ruega que lo tengáis en cuenta al apreciar sus actos.

Una verdadera transformación fiscal y económica se ha operado en la República con manifestaciones inmediatas y espléndidas, que han traído la convicción del poder y de la fuerza del Perú a todas las conciencias; la esperanza a todos los corazones; la sorpresa a todos los espíritus, el bienestar y la abundancia en todas partes.

Ayer estaban cerrados todos los caminos para el Estado y los ciudadanos: hoy se hallan todos abiertos y fáciles. El último de aquéllos podría recorrerlos sin estorbo.

Marchando día a día en esta senda, nos hemos ido habituando a ella. La situación actual nos hace olvidar o desconocer la de ayer.

Partiendo de ésta es, sin embargo, como deben ser apreciados los sucesos.

Nada ha sido omitido en la colección de documentos que os presento. La conducta del Gobierno y los motivos que la han inspirado están estampados allí: analizadla, discutidla.

El Gobierno no ha tenido ocasión de variar en sus previsiones y sus juicios: los acontecimientos han venido a confirmarle en ellos.

Si además de los documentos que tengo el honor de someter a vuestro examen, queréis explicaciones y datos, los tendréis sin reserva de ninguna especie.

—251→

A la oportuna e indispensable reserva sucede hoy la más amplia publicidad.

En la necesidad de dejar consumados los actos que ejerciese en uso de su extraordinario y especial encargo, el Gobierno ha aceptado, como acepta hoy mismo, por entero, la responsabilidad de sus procedimientos: responsabilidad que vosotros estáis llamados a juzgar ahora.

Legisladores:

Llenada por hoy la especial tarea que al Gobierno impusisteis al otorgarle vuestro amplísimo voto de confianza, él espera que cumpláis la vuestra, en servicio del país y recompensa de sus esfuerzos.

Lima, Agosto 20 de 1870.

Nicolás de Piérola

El señor ministro, después de leer la introducción de su memoria dijo: «Esta memoria está formada por un considerable número de documentos, que habiendo sido sometidos a la estampa, podrán ser examinados detenidamente. Voy a permitirme leer uno que otro para cumplir mi tarea».

Leyó en seguida algunos de los documentos más importantes de la memoria y «concluyó pidiendo al señor presidente se le permitiese no continuar la lectura porque estaba fatigado.

El señor Presidente:

Muy bien. Los HH. RR. con conocimiento de los documentos de que acaba de dar cuenta el señor Ministro de Hacienda, se ocuparán de preferencia de este asunto, y darán la resolución que convenga.

Se retiró el señor ministro.

Las Comisiones de Hacienda y de Justicia, a las que fue sometido este asunto, emitieron unánime y favorable dictamen, pidiendo la aprobación del contrato con la única restricción de no prorrogarlo. El debate se inició en la sesión de 21 de Septiembre y terminó en la de 17 de Octubre, resultando aprobado el dictamen por 63 votos contra 33.

Esta conclusión llegó a ser la ley del Estado en 11 de Noviembre del mismo año.


—252→

Es de Federico Elguera lo que sigue:

Ninguna operación financiera ha dado origen en el Perú a mayores debates, complicaciones y controversias, que el contrato celebrado por el Gobierno, con la casa Dreyfus Fréres et Cie. de París, en 1869.

Hasta ese año, la venta del guano corría a cargo de una sociedad de capitalistas nacionales, denominada «Compañía Consignataria del Guano», la que percibía una comisión, en pago de sus servicios, y disfrutaba, dentro del mecanismo de su negocio, de importantes utilidades, como las que le reportaban los adelantos y préstamos que constantemente hacía al Gobierno.

Cualquiera operación sobre el guano, por ventajosa que fuera para el Estado, pero que afectara los intereses de los consignatarios, tenía fatalmente que levantar la oposición y resistencia de éstos, y así aconteció, al firmarse el contrato con la casa Dreyfus, vendiéndole, a firme, dos millones de toneladas del mencionado abono.

La Cia. Consignataria pretendió cruzar la ejecución del contrato, y convencida de la ineficacia de sus gestiones ante el Poder Ejecutivo, se querelló, de despojo, ante la Corte Suprema.

El proceso, célebre por la cuantía y por la calidad de los litigantes, terminó con un fallo favorable a los consignatarios.

La casa Dreyfus, que había hecho ya fuertes adelantos al Gobierno, se presentó entonces al Congreso, pidiéndole que declarara la validez de su contrato.

Esta nueva y ardiente campaña duró más de un año.

La lucha en el seno de las cámaras fue violenta, y su resultado final, la aprobación de la ley de 11 de Noviembre de 1870, que sancionó el contrato. Las estipulaciones esenciales de éste eran:

1.º- La venta, a firme, de 2 millones de toneladas de guano;

2.º- Que en parte de esta cantidad recibiera Dreyfus el guano que la Cia. Consignataria tuviera en viaje o en depósito;

El Gobierno, a quien la Corte Suprema comunicó su fato;

3.º- Que el carguío del guano se hiciera por cuenta del Estado y el fletamiento de los buques por la de Dreyfus; siendo de la responsabilidad del Gobierno las estadías que ocasionara la demora en la carga;

4.º- Los precios de venta fueron:

$ 36.50 cts. por tonelada de guano de calidad superior;

$ 35.50 cts. por el que tuviera embarcado la Cia. Consignataria y $ 60 por el que conservara la misma en sus depósitos.

—253→

5.º- El precio del guano superior, no podría alterarse sin previa autorización del Gobierno, y su baja afectaría exclusivamente a Dreyfus.

Si se hacían ventas a mayor tipo que el estipulado, Dreyfus participaría de un 25 % sobre el alza; pero en las bajas del guano oscuro o de calidad inferior, tendría derecho a una rebaja proporcional;

6.º- Dreyfus debía suministrar al Fisco: 25.000,000 de francos al año para el servicio del empréstito de 1865;

7.º- Debía, asimismo, reembolsar a los Consignatarios las sumas que el Gobierno les adeudaba y que se aproximaban a 60 millones de francos; y

8.- Entregar al Tesoro, a cuenta de la renta del guano, $ 2.400,000 el primer mes del contrato y $ 1.000,000 en los meses subsiguientes.

Poco tiempo después de estar aquél en ejecución, tuvo que interrumpirse por efecto de la guerra franco-prusiana y de los trastornos y evoluciones políticas, que se desarrollaron en el Perú.

De otro lado, eran insuficientes las mensualidades estipuladas para atender a los gastos públicos y al servicio de la Deuda Externa, aumentada con los nuevos empréstitos de 1870 y 1872.

Para salvar esta situación, hizo Dreyfus otros adelantos, garantizados por el Gobierno con la venta de mayor cantidad de guano que la fijada en el contrato del 69.


- III -

En la creencia de que el contrato de 1869 había salvado al Perú de la bancarrota, y olvidando que el país no tenía otra manera de salvar el déficit de su presupuesto que recibir sin ninguna merma la mesada de 700,000 soles pactada por Dreyfus, se pensó, hipotecando entre otras cosas esta mesada de 700,000 soles, levantar empréstitos para construir ferrocarriles que enlazaran las capitales de la República y dieran al territorio la unidad de que entonces carecía. Era la Nación, por esos tiempos, un cúmulo de pueblos aislados y tan distantes los unos de los otros por la falta de caminos o por el número de días que se empleaban para salvar la distancia existente entre uno y otro, que más —254→ fácil, partiendo de Lima, era ir a Guayaquil o a Valparaíso, que a las ciudades de Ayacucho o del Cuzco. No menos de un mes era lo que se necesitaba para ir a cualquiera de esas poblaciones de sierra, siendo tan anodino el estado social y político del Perú en esos años, que con toda facilidad hubiera sido posible prescindir de las poblaciones del interior sin que el país hubiera tenido que perder nada bajo ningún aspecto. Los apasionamientos y los intereses de la costa, especialmente los de Lima, eran los únicos que determinaban los hechos. Los demás puntos del territorio sólo servían de instrumento y por lo mismo de perjuicio, pues en verdad que sin ese auxilio casi mecánico tal vez no se hubieran realizado muchos males. Pasaban así las cosas, porque la sierra había perdido la intensa vida económica que tuvo durante el Coloniaje. No había en ella ciencia, riqueza, industria, comercio, ni nada que pudiera despertar el espíritu y colocar a cada entidad provincial en el sitio que debía corresponderle.

Por mucho tiempo se creyó imposible la unión ferroviaria de Lima con Jauja. El alivio que todos tuvieron al saber que la locomotora podía cruzar los Andes y llegar hasta la Oroya, fue general. «Si es tanta la riqueza o mejor dicho tan valiosos los capitales que tenemos en los depósitos de guano -decían unánimemente las gentes de la época-, y si al fin y al cabo todo ha de ser gastado en la forma en que se ha hecho hasta ahora, ¿por qué no invertirla inmediatamente en ferrocarriles, siquiera para satisfacer una esperanza?».

Siendo éste el sentir general de las multitudes, con júbilo se apoyó la tendencia ferrocarrilera iniciada por el Gobierno de Canseco, que contrató con Meiggs, en 1868, la construcción de la línea de Mejía a la ciudad de Arequipa. Posteriormente a este suceso, ningún día más feliz para Lima, en esos años, que aquel (1.º de Enero de 1870) en que se —255→ puso la primera piedra del ferrocarril del Callao a la Oroya.

Con estos entusiasmos y sin ningún estudio técnico se dio principio por el Gobierno al más descomunal proyecto ferrocarrilero que ha tenido la América del Sur. Ninguna de nuestras principales capitales fue olvidada en esta vorágine económica nacional, y sin estudios previos ni orientaciones hacia las conveniencias nacionales, se contrataron con Meiggs ferrocarriles para el Cuzco, Puno, Huaraz, Cajamarca, Oroya, Piura y Moquegua. Interesado el contratista en aumentar el costo de las obras para que las utilidades le fueran mayores, no solamente aconsejó al Gobierno la vía ancha, (1.44) cuando la angosta de un metro era la necesaria, sino que sus ingenieros derrocharon el dinero fiscal en la construcción de estupendas obras de arte. Viaductos, como el de Verrugas, y el que atraviesa el río Chili a la salida de Arequipa, que costaron cada uno un millón de soles y que pudieron evitarse cambiando el trazo, fueron construidos intencionalmente y con sólo el objeto de hacer más caras las obras. Lo mismo pasó con el túnel de Galera, siendo posible, como se ha hecho después, pasar la vía por Morococha. Tampoco hubo acierto en los puertos escogidos como puntos de partida o lugares de recorrido. La línea de Arequipa, que debió haber salido de Islay y que sólo debió costar ocho millones de soles, se inició por Mejía, dándole una mayor distancia de 50 kilómetros y un mayor costo de siete millones. La del Callao a Oroya debió haberse hecho por San Damián, siguiendo la quebrada de Lurín; la de Huaraz, por Huacho, Supe o por Huarmey; la de Cajamarca, por la quebrada de Chicama; la de Pisco a Ica, siguiendo el valle de Pisco. La de Ilo a Moquegua fue, y será siempre, de todo punto innecesaria. No diremos lo mismo de la que se llevó de Arequipa a Puno, pero sí que en la época en que se construyó sólo sirvió para favorecer a Bolivia.

—256→

En 1886, el doctor Carlos Lissón, en su famoso libro Breves apuntes sobre la Sociología del Perú, dijo de nuestro primer ensayo ferrocarrilero lo que sigue:

Grandísima es la misión de éstos en el Perú. Sólo por su medio pueden dominarse nuestros ásperos cerros; abrirse salidas a sus productos; y ponerse la costa en contacto con los grandes ríos, dándose unidad y vida al territorio nacional. Otro objeto no pueden tener; y es tal la idea que cruza naturalmente la cabeza al fijarse en ellos. Sin embargo, en esto no se ha pensado, ni se piensa.

Una administración, cuyo fin trágico hace atenuar sus recuerdos, rodeada de especuladores rapaces, dio a la ferrocalización de la República otro sesgo. Encontrábase la nación próxima a salir de los consignatarios del guano, y en vísperas de manejar por sí sus caudales, que era el deseo general de los buenos ciudadanos porque en ese hecho veían la futura prosperidad de la República. Esperábase ese ansiado momento; pero semejante plaga no se dejó vencer. Intrigaron para que continuasen las consignaciones; y lo habrían conseguido en su propio provecho, si no hubieran estado desacreditados por demás, y sido el negocio por sí y por su manejo tan aurífero, que nació la concurrencia. En ella fueron vencidos; y pasamos en cuerpo y alma al poder de Dreyfus, que daba con mano pródiga los millones, y de Meiggs que los recibía y manejaba, deslizándolos entre los dedos.

Cubierto con profusión el Presupuesto de la República, quedaba un superávit; y la caja de Dreyfus, abierta a todos los vientos. A su vista, la palabra Obras Públicas fue pronunciada y repetida con alborozo, figurando en primera línea los ferrocarriles. Emprendiéronse éstos sin plan alguno: se decretaron para todos los departamentos sin estudio previo, para que todos ellos, como se dijo entonces, diesen salida a sus cosechas, que se suponían abundantes y estancadas entre los cerros de la cordillera; para que tuviese trabajo el pueblo, cuyos brazos se suponía también ociosos por la carencia de ocupación, y para que naciera y renaciera la industria, cambiándose en un vergel el triste aspecto de nuestro país. Ante tan bello panorama se gastó sin tasa ni medida descontándose el porvenir por varias generaciones; con lo que, según el leal entendimiento de los hombres de esa camarilla, se aseguraba la paz pública, quitándose a las revoluciones los cuarenta millones de libras esterlinas a que en poco tiempo ascendió nuestra deuda —257→ externa; y se produjo un movimiento artificial del numerario en el mercado como era natural, puesto que se derrochaba sin freno. ¡Qué época! De entonces datan algunas de las lujosas construcciones que se veían en Chorrillos; y entre otros recuerdos conservamos el que presentaba el cauce del Rímac cuando empezó a construirse el ferrocarril Transandino. Millares de hombres del pueblo se reunían en ese lugar para vencer la dificultad de pasar la línea por un ojo del puente; cada uno de ellos tenía en las manos una piedra que colocaba en los terraplenes, con cuyo trabajo concluía su faena, y se entregaba a la embriaguez, convirtiendo las orillas del Rímac en la pampa de Amancaes. Todo esto se veía, y eran bendecidos los nombres de Dreyfus y Meiggs.

El resultado de todo esto fue: que cuando se ajustaron cuentas salimos debiendo cuarenta millones de libras esterlinas; que el Ministro de Hacienda de aquella época, preclaro entendimiento que conserva aún su nombradía y fueros hasta el presente, no vio más recurso, para satisfacer en parte los gastos públicos, que celebrar un nuevo contrato por el cual quedamos sujetos a una exigua mesada que nos daba Dreyfus, llegando al término vergonzante de los pródigos que han abundado en riquezas; que con este contrato Dreyfus cerró su caja; y que cuando Chile comenzó a armarse para hacernos la guerra, y se pensó en la defensa, Dreyfus protestó nuestras letras y nos quedamos sin buques de guerra para contrarrestar a nuestro enemigo, que a su placer ha satisfecho en nosotros sus antiguos y profundos odios; que aquella paradoja, de que gastando el porvenir se ponía término a las revueltas civiles, se tradujo en un sangriento motín de cuartel, en que se dio el inaudito escándalo en nuestra patria de ser victimado el Presidente de la República; que la Administración Pardo que le sucedió, tuvo que pasar por las horcas caudinas declarándose en bancarrota; tomando en consecuencia con férrea mano las llaves del tesoro, origen único de su holocausto en el santuario de la ley; que sin embargo de los 40.000,000 gastados, los ferrocarriles quedaron inconclusos, y así lo habrían estado aunque se hubiese invertido en ellos doble suma: que bajo el pretexto de inconclusos, están arrendados, con mengua de la reputación de altos personajes, privándose a la Nación de sus productos, lo que es incalificable; que aunque algunos ferrocarriles han avanzado al interior, no han traído aquellas abundantes cosechas, ni proporcionado más trabajo al pueblo, ni fomentado industrias antiguas ni nuevas, ni realizado todas aquellas maravillas que tanto se pregonaron; y por fin, que —258→ si se exceptúa uno que otro negociante que algo guardó del derroche general, y se refugió en París, riéndose de nosotros y dándonos al diablo, los favorecidos de entonces, inclusa la susodicha camarilla, están hoy arruinados: no se ha formado ninguna fortuna privada productiva con los ferrocarriles; y todos a la postre quedaron en la pobreza en que estaban antes de que se emprendiese su construcción. Éste fue el fin de los ferrocarriles.


Numerosas personas aconsejaron iniciar la comunicación nacional construyendo carreteras y dejando la obra ferroviaria para cuando la capacidad de éstas fuera insuficiente para el tráfico. «Aténgase el Gobierno por de pronto a establecer caminos más practicables, más baratos y más aparentes para que el Perú ensaye sus primeros pasos en la senda del progreso; se dijo por la prensa».

Varias fueron las razones que se dieron para defender la construcción de ferrocarriles. En un artículo, publicado en El Comercio por N. N., se dijo en oposición a las carreteras: «¿Cómo podrán el hombre y la bestia soportar caminos carreteros en un país donde la costa es arena muerta y tabardillo como enfermedad, y la sierra, roca viva y soroche?».

Si el gobierno de Balta se hubiera decidido por la construcción de carreteras en la forma en que se abrían en los Estados Unidos, que era lo único que por entonces necesitaba el Perú, buena parte del dinero que con tan tanto derroche e imprevisión se gastó en hacer vías férreas, hubiérase dedicado con más provecho a la irrigación de la costa. Ella era más necesaria que unir la costa con la sierra, y hasta el mismo Piérola, ministro de Hacienda y autor de los contratos de los ferrocarriles, reconoció sus ventajas. En su memoria de 1870 dijo:

No sólo las sustancias que pueden extraerse del territorio, sino el suelo mismo, deben ser considerados desde el punto de mira que he señalado al tratar de ellas. El Estado, por consecuencia —259→ de nuestra escasa población, es poseedor de una vastísima propiedad territorial, que, aunque destinada a ser inagotable fuente de producción y de riqueza, ha sido en sus manos de todo punto improductiva y estéril.

Para que no lo fuese, habría sido indispensable que comenzase por aplicar sus recursos a la irrigación del territorio, a fin de convertir los desiertos eriales de la costa en terrenos de producción y de labranza. Pero, dejándose arrebatar por ilusiones del vulgo, sediento siempre de jaujas y eldorados, o más bien cediendo a ellas, ha empleado ingentes caudales en la explotación de las montañas, región desconocida, distante y enteramente incomunicada con el centro civilizado del Perú: padeciéndose aún, en este orden, del lamentable error de pretender en ella una colonización extranjera, verdaderamente artificial y desprovista de las condiciones que podrían hacerla posible y provechosa.

No es dable desconocerlo: la época para esta exploración no podrá llegar fructuosamente para nosotros, sino cuando, regada y poblada nuestra costa y entrelazados, a través de los Andes, por medio de caminos de hierro, con aquellas comarcas, quede establecido el curso de una inmigración natural y espontánea y por lo mismo abundante y útil; y se derrame hacia ellos, en pos del bienestar y la fortuna, la población exuberante y que no encuentre estos bienes en las regiones civilizadas del Perú.

Como quiera que sea, la irrigación de nuestra costa no ha sido, hasta hace muy poco, objeto de atención ni fomento por parte del Estado; sin embargo de que ella es cien veces más urgente y provechosa que los mismos caminos de hierro, con toda su trascendental importancia.


Toda la literatura concerniente a nuestros primeros ensayos ferrocarrileros fue compilada en un extenso volumen, arreglado por Simón Camacho, y que por cuenta de Meiggs fue publicado en 1876. Con posterioridad, Federico Costa y Laurent publicó su célebre libro Reseña Histórica de los Ferrocarriles del Perú. Dancuart hizo la síntesis de las obras públicas de 1870 a 1876, y la reproducción que de ella hacemos es lo que conviene a nuestro trabajo sociológico. Dice así:

—260→

Ferrocarril Central

La sección del Ferrocarril Central entre el Callao y Lima, reputada como la más productiva de la línea, en relación a su costo, fue entregada al tráfico público el 24 de junio de 1876, en virtud de haber terminado, el 17 de mayo del mismo año, el privilegio exclusivo por 25 años, de que gozaba la Empresa del antiguo ferrocarril entre ambas poblaciones.

En uso de la autorización legislativa ya citada, el Gobierno, por decreto de 12 de enero de 1877, modificado en 25 del mismo, aceptó la propuesta del empresario constructor de ferrocarriles, don Enrique Meiggs, para emitir un empréstito de £ 2.400,000 con garantía del 7 % anual y del producto de 200,000 toneladas de guano consignadas a los Estados Unidos, destinando su producto al Ferrocarril de la Oroya al Cerro de Pasco, al desagüe del socavón de ese mineral, y a las prolongaciones de los ferrocarriles de Chimbote a Yuracmarca, y del Cuzco hasta Maranganí.

Desgraciadamente los resultados no correspondieron a este plan.

Entregadas al tráfico público las secciones concluidas del ferrocarril central, produjeron durante el año de 1877$774,638.64
Causaron el gasto de"768,596.04
__________
Y dejaron una utilidad líquida de$6,042.60

Ferrocarril de Arequipa a Puno

Concluido y entregado al tráfico público, desde el 1.º de enero de 1871, el ferrocarril de Mollendo a Arequipa, se hacía inevitable su prolongación a Puno y al Cuzco.

Para esto se dio dicha línea en arrendamiento al contratista don Enrique Meiggs, por 360,000 soles anuales, primero, y por 480,000 después, y se contrató con él mismo la construcción de las líneas mencionadas.

El ferrocarril de Arequipa a Puno se contrató en 18 de diciembre de 1869, en $ 32.000,000 en bonos que se redujeron, por arreglo de 6 de junio de 1870, a dinero efectivo$25.120,997.50
Se le abonaron al contratista, hasta 30 de abril de 1876"23.991,009.28
_____________
Restando entonces$1.129,988.22
—261→

En la fecha indicada, la línea, constante de 370 kilómetros, estaba concluida en toda su extensión.

Ferrocarril de Juliaca al Cuzco

Por resolución de 2 de diciembre de 1871, se contrató este ferrocarril con don Enrique Meiggs, en dinero efectivo, por la cantidad de$25.000,000.00
De esta suma se rebajaron por economías hechas en el nuevo trazo, según decreto de 14 de enero de 1874"1.040,856.00
____________
Quedando la obra por el valor de$23.959,144.00
Se han abonado al contratista, hasta 31 de diciembre de 1875"10.353,000.54
____________
Restando entonces$13.606,143.46

La longitud de estas líneas es de 354 kilómetros, estando en esa fecha enrielados 106.

Ferrocarril de Trujillo y muelle de Salaverry

Esta línea, de la extensión de 88 kilómetros, se contrató con don Pedro Telmo Larrañaga, en 3 de junio de 1872, incluso el muelle, por $ 3.234,755.

Estas obras quedaron terminadas y el contratista recibió en pago $ 2.154,609.66 en dinero y por el saldo de $ 1.080,145.34, recibió $ 1.300,000, valor nominal en obligaciones a su orden con el 9 % de interés anual y 1 % de amortización.

Ferrocarril de Paita a Piura

Contratada la construcción de esta línea con don Federico Blume, en 17 de julio de 1871, por la suma de 1.945,600 soles, no pudo avanzar ni la tercera parte de su extensión en los primeros 5 años. En 1876 se entregaron al tráfico público 31 kilómetros de dicha vía, cuya longitud total es de 100 kilómetros. Hasta esa fecha se habían entregado al contratista $ 1.262,910.40 y se le debían, por consiguiente, $ 682,689.60.

El Gobierno, con el propósito de acelerar la conclusión de esta obra, otorgó nuevas concesiones al contratista, por decreto de 8 de abril de 1877, poniéndolo así en aptitud de continuar sus trabajos.

—262→

Ferrocarril y muelle de Pacasmayo

Estas obras se contrataron en dos porciones, esto es, línea de Pacasmayo a Guadalupe por $ 2.100,000 en efectivo, y de Calasñique a Magdalena por 5.000,000 en bonos, reducidos, según arreglo, a $ 3.750,000 en efectivo, o sea un total de 5.850,000; esta cifra se elevó, después, a $ 6.271,054.04 y de ella se pagaron al contratante $ 6.394,821.12, es decir, un exceso de 123,767.08.

La longitud de toda la línea es de 146 kilómetros.

Ferrocarril de Chimbote a Huaraz y Recuay

Esta importante línea fue contratada en 1871, con don Enrique Meiggs, por 24 millones de soles, y debía tener la extensión de 265 kilómetros. Hasta fines de 1875, se habían pagado a cuenta de ella $ 8.702,104.33, debiéndose, por consiguiente, 15.297,895.67.

Los trabajos sólo llegaron a Yuracmarca, o sea a 130 kilómetros.

Ferrocarril de Pisco a Ica

Este ferrocarril, construido por empresa particular, lo compró el Gobierno en 1871 por 90,000 libras esterlinas, comprometiéndose, además, a hacer el servicio de los bonos emitidos por los constructores, ascendentes a 290,000 libras.

El Gobierno lo dio en arrendamiento a don José Boza, por un contrato que duró de 1872 a enero de 1876, renovado por otro en esta última fecha.

Ferrocarril de Lima a Pisco

Varias veces proyectada esta importante obra ha quedado hasta hoy sin ejecución.

El contrato celebrado primitivamente en 1869 con don Andrés Álvarez Calderón, para la construcción de esta línea, y transferido en 1872 a don Manuel José y a don Juan Martín Ramos, imponía al Gobierno la obligación de depositar en uno de los bancos de esta capital $ 2.600,000 en bonos de los destinados a esta obra por decreto de 8 de octubre de 1873. El Gobierno cumplió esta obligación haciendo este depósito en diciembre de 1875, en el Banco de Londres, Méjico y Sud América.

Los empresarios, por su parte, presentaron también, en 5 de julio de 1876, los planos definitivos de la obra, los que fueron —263→ aprobados, en 22 del mismo, debiendo haberse comenzado los trabajos desde un mes antes de esa fecha.

Consta, sin embargo, que esto no tuvo lugar y que el Gobierno se vio precisado a autorizar a los empresarios, por resolución de 4 de julio de 1877, para vender un millón de los bonos especiales depositados, de que hemos hecho mención, a tipo no menor del 80 %.

Aun este nuevo esfuerzo del Gobierno y el que contiene la suprema resolución de 20 de julio de 1878, no alcanzaron a obtener que se comenzase esta obra, que hasta ahora mismo se encuentra en el mismo estado.

Ferrocarril de Lima a Chancay

Esta línea, cuya propiedad adquirió el Estado en 1872, permaneció, durante el período de que nos ocupamos, en administración por no haber sido posible ajustar, respecto de ella, un contrato de arrendamiento ventajoso para el Erario.

Ferrocarril de Ilo a Moquegua

La construcción de esta línea, contratada en 1870 con la casa Deves Freres, por $ 6.700,000 en bonos, convertidos en $ 5.025,000 efectivos, y transferida en 1871 a don Enrique Meiggs, quedó terminada y entregada al tráfico público en 21 de febrero de 1873.

Su extensión era de 100 kilómetros.

Entregada, en administración, al ingeniero don José Hindle, produjo en 10 meses un déficit de $ 2,137.26.

Ferrocarril de la Oroya y Cerro de Pasco al Oriente

Aunque no se llegó a iniciar esta línea, de vital necesidad para la República, creemos conveniente hacer mención del proyecto que presentó al Gobierno, con este objeto, el contratista don Enrique Meiggs, y en el que recayeron los supremos decretos de 19 de enero y 20 de marzo de 1872, autorizándolo para mandar hacer los estudios de esta obra, desde la Oroya, Cerro de Pasco, Tarma, San Ramón y otros de la vía de Chanchamayo.

Además de los ferrocarriles cuyo estado, en 1878, dejamos anotado, el Gobierno realizó algunas obras públicas y contrató e inició otras de mayor importancia.

—264→

Entre las primeras (concluidas) se enumeran las siguientes:

Aumento de las aguas del Rímac$992,790.00
Aduana de Arica"653,686.00
Muelle de Arica"378,632.00
Iglesia de Arica"151,962.00
Monumento «2 de Mayo»"202,605.56
Puente de Balta (en Lima)"-
Puente de Moquegua"26,976.00
Puente de Cunyac, sobre el Apurímac"-
Aumento de aguas en el canal de Uchusuma"44,445.00
Atrio de la Catedral de Arequipa"-
Pilar de Contumazá, Pacollay y Guadalupe"-
Casa Prefectural de Chiclayo"362,338.00

Entre las obras contratadas y en ejecución, merecen ser mencionadas:

La Casa de Correos y Telégrafos, contratada en 15 de marzo de 1876, con la Compañía de Obras Públicas.

La irrigación de Piura, contratada con el ingeniero Sears en 900,000 soles.

La irrigación de Lambayeque.

La irrigación de las pampas de Tambo.

La irrigación de las pampas del Arco y del Llano.

El socavón del Cerro de Pasco.

El Muelle de Chala contratado en 46,950 soles.

El agua para Iquique, contratada con don Federico Torrico por la cantidad de 1.784,674 soles.

El muelle, dársena y rompeolas en Iquique.

El muelle, rompeolas y varadero en Arica.

Los portales de Arequipa.

El camino carretero de Tacna a la frontera de Bolivia.

El camino de Rupauchaca a la costa.

La casa prefectural del Callao.

La capilla de Iquique.

El laboratorio químico, contratado en 36,918 soles.

El Instituto de Agricultura, contratado en 15,784 soles.

El puente Naranjal, en Chanchamayo, contratado en 5,000 soles.

Una de las obras más valiosas y notables de la época corrida de 1870 a 1874, fue el Parque y Palacio de la Exposición en Lima, que ahora mismo ostenta las obras de arte de que fue dotado bajo la hábil dirección del doctor don Manuel A. Fuentes, y en cuya obra se invirtió la suma de $ 2.082,709.89, haciéndose, después, en su conservación, el gasto mensual de $ 4,615.00.


—265→

- IV -

En la forma sucinta que corresponde a nuestra labor, hemos dicho algo de lo que fueron las obras públicas en el Perú durante el gobierno del coronel Balta. Réstanos ahora investigar la parte financiera del asunto o sea la que concierne a los medios que empleó la Administración para conseguir los millones de libras esterlinas que costó nuestra estupenda obra de vialidad. Este propósito exige enderezar nuestra investigación hacia el estudio de lo que fueron los empréstitos de 1870 y 1872.

El primero fue firmado en París por la casa Dreyfus Hermanos y Compañía, el 19 de Mayo de 1870. Tuvo su fundamento en la ley de 15 de Enero de ese mismo año, ley que autorizó al Gobierno para emitir bonos o levantar un empréstito por la suma necesaria para construir los ferrocarriles de Arequipa a Puno, de Pacasmayo a Cajamarca, de Lima a Jauja y los demás que necesitara la República. Los documentos pertinentes a este contrato, que fue hecho por la suma de 59.000,000 de soles, son los siguientes:

Contrato de 19 de mayo de 1870 para la emisión del Empréstito Peruano 6 % entre los señores Dreyfus Hermanos y Compañía y el señor don José M. La Torre Bueno, Comisionado del Gobierno peruano para dicho Empréstito

El señor don José María La Torre Bueno, en representación del Supremo Gobierno del Perú, y en virtud de los plenos poderes con que le ha investido, cuya copia va adjunta, de una parte:

Y de la otra, los señores Dreyfus Hermanos y Compañía de París:

Han convenido en lo siguiente:

Art. 1.º El Supremo Gobierno del Perú, debidamente autorizado por la ley de 15 de enero de 1869, para la construcción de los ferrocarriles de la República, faculta a los señores Dreyfus Hermanos y Compañía para la emisión de obligaciones por —266→ el valor de los ferrocarriles del Callao a la Oroya y de Arequipa a Puno, importantes 59.600,000 soles o su equivalente en libras esterlinas, cuya emisión la podrán hacer por sí o por quienes los representen.

Art. 2.º Queda a la elección de la Casa contratante hacer la emisión de estas obligaciones de una sola vez, o bien parcialmente; pero, en el caso de que no se hubiese cubierto la suscripción por el todo, o en suma bastante para poder hacer frente con su producto a la ejecución de las obras y a la compra de todos los materiales necesarios para los expresados ferrocarriles, los contratantes se obligan a tener a la disposición del Supremo Gobierno la suma que necesite entregar al señor Meiggs, parcialmente, conforme a su contrato, al interés corriente del 5 por ciento, reembolsándose de los adelantos y de los intereses con el producto de las primeras ventas que hagan de los Bonos no suscritos; siendo entendido que si estas ventas no pudiesen verificarse al tipo de 80 por ciento, el Supremo Gobierno se obliga a reembolsar los adelantos hechos dentro de un año.

Art. 3.º La forma del Bono, su redacción, valor de cada uno, series en que se distribuyan, y quién o quiénes los hayan de firmar, serán determinados por decreto especial del Supremo Gobierno del Perú: pero es entendido que sobre estos Bonos no podrá imponerse retención ni gravamen de ninguna clase; que serán amortizados por sorteo y a la par, a partir del primero de julio de 1870, por dos sorteos anuales, hasta su completa cancelación, que se efectuará por medio de un fondo de dos por ciento anual sobre el capital nominal del empréstito, aumentándose con los intereses acumulativos, y que se satisfarán los intereses dos veces al año, a razón de 6 por ciento anual, principiando a contarlos desde el primero de enero de 1870.

Art. 4.º Como seguridad para el pago de los intereses y el reembolso del total empréstito, el Gobierno afecta todas las rentas de la Nación y especialmente todos los productos de las aduanas de la República, «el producto de la venta del guano en Europa y América que quede libre después de cubiertas las obligaciones a que actualmente se halla afecto», la propiedad de los ferrocarriles del Callao a la Oroya, de Arequipa a Puno y de Mejía a Arequipa, así como el producto total de su explotación.

Art. 5.º Los señores Dreyfus Hermanos y Compañía se obligan a tomar a firme del Gobierno del Perú la cantidad de 5.000,000 de libras del capital nominal de este empréstito, al precio de 80 por ciento, cuyo valor tendrán al Crédito del Gobierno un mes después de firmar este contrato.

—267→

Art. 6.º El Gobierno autoriza a los señores Dreyfus Hermanos y Compañía a abrir o mandar abrir, por sus representantes, en las plazas de Londres, París, Amsterdam, o en todos los lugares que juzguen por conveniente, una suscripción pública por todo o parte del empréstito, «fijando ellos mismos las condiciones de la emisión y del pago». El precio de la emisión no podrá ser inferior de 80 por ciento. Si se realiza a un tipo más elevado que ese precio, el Gobierno tendrá derecho a la mitad de la diferencia entre el 80 por ciento y el precio de emisión sobre la cantidad colocada en suscripción pública.

Art. 7.º Los contratistas abrirán al Gobierno una cuenta corriente en que llevarán a su crédito el producto del empréstito, ganando el interés del 5 por ciento anual. El Gobierno podrá disponer del importe de ese crédito, conforme a los decretos expedidos para la construcción de los ferrocarriles, a saber, por medio de letras giradas a noventa días vista, contra los contratantes o los banqueros que indicarán para las cantidades que deben entregarse en Lima, y por las cantidades en Europa, conforme a lo estipulado en la contrata.

Art. 8.º Los intereses que devengue el producto de los bonos colocados a firme, y de los suscritos por el público, se aplicarán a la compra de los bonos que no puedan emitirse a razón de 80 por ciento; y si se lograse la total colocación de dichos bonos, estos intereses se tendrán a disposición del Gobierno, semestralmente.

Art. 9.º «Como por el contrato de agosto del año pasado la misma casa contratante, en virtud de los adelantos que ha hecho al Supremo Gobierno, tiene un derecho preferente sobre los depósitos de guano existentes en Europa y en el Perú, después de proveer al servicio de las deudas contraídas antes del referido contrato; es entendido que se compromete a hacer el servicio de esta nueva deuda todo el tiempo de su contrato, de toda preferencia, después de atender al servicio de la deuda de 1865».

Art. 10.º Por toda comisión se concede a la casa contratante 2 y 3/4 por ciento, que se deducirá de la cantidad total emitida. Los gastos de impresión de bonos, publicación de avisos y timbres serán por cuenta del Gobierno, con tal de que no excedan del medio por ciento sobre el total del empréstito.

Art. 11.º Los gravámenes que resulten en razón del giro o cambios y que haya que pagarse por trasladar a París o de París, los fondos que produzcan las suscripciones de los bonos, o pago de amortizaciones de dichos bonos y sus intereses, en las plazas designadas en el contrato, serán por cuenta del Supremo Gobierno, a cuyo favor serán también las primas que puedan obtenerse por las mismas traslaciones.

—268→

Art. 12.º La misma Casa contratante queda nombrada para hacer el servicio de los bonos emitidos, en calidad de agente financiero, en las condiciones que se estipularán por contrato separado, cuyo cargo desempeñará mientras no dé motivos de desconfianza justificada.

Art. 13.º El Gobierno del Perú se obliga a solicitar del Gobierno de Francia, por medio de sus representantes en Europa, el permiso para que se pueda hacer en este Imperio la emisión de los bonos de este empréstito y su cotización en la Bolsa.

Art. 14.º Los contratos se someten a la jurisdicción de los Tribunales del Perú para toda dificultad que pudiese sobrevenir en la inteligencia y la ejecución del presente contrato; y es entendido que, aun cuando siendo hecho en Francia, no se ha elevado a escritura pública, es voluntad de las partes contratantes que ante los Tribunales del Perú tenga la misma fuerza que aquélla le daría.

Hecho ante los testigos señores Ortiz Zevallos y doctor don Daniel Ruzo, y firmados cuatro de su tenor, dos ejemplares para cada parte contratante.

París, y 19 de mayo de 1870.

Firmado: J. M. La Torre Bueno, Comisionado especial del Gobierno del Perú.

Firmado: Dreyfus hermanos y Compañía. Firmado: Ortiz Zevallos, testigo. Firmado: Daniel Buzo, testigo.

La ratificación de este contrato tuvo lugar en febrero de 1871.

En Lima a 18 de febrero de 1871: ante mí el escribano y los testigos que al final se nominarán, compareció el señor Director General de Administración, don José Rafael de Izcue, natural y vecino de esta ciudad, mayor de edad y de estado casado, a quien conozco, de que doy fe, y dijo; que elevase a instrumento público el contrato de ratificación contenido en la minuta que al efecto me entregó y su tenor a la letra es como sigue:

Ministerio de Hacienda y Comercio.- Dirección de Administración.- Lima, 18 de febrero de 1871.- Señor Escribano Público de Hacienda.- Extienda usted en el registro de su cargo, una por la que conste que, habiéndose aprobado, por Supremo Decreto de 17 del que cursa, el contrato que el Inspector Fiscal de consignaciones en Europa ha celebrado a nombre del Perú con la Casa Dreyfus Hermanos y Compañía de París, para que éstos se encarguen y desempeñen la agencia —269→ financiera de la República en Europa, en todo lo relativo al empréstito emitido en el año próximo pasado de 1870, para hacer el pago del valor de los ferrocarriles del Callao a la Oroya y de Arequipa a Puno y de arreglar el servicio de los bonos que se emitan al efecto; sólo resta el otorgamiento de la respectiva escritura de ratificación, la que procederá usted a verificar, bajo los términos del contrato original ya citado, que a la letra es como sigue: Toribio Sanz, Inspector fiscal de las consignaciones del guano en Europa. Teniendo en consideración: que el Supremo Gobierno del Perú me ha autorizado para nombrar la Casa que debe desempeñar la agencia financiera del empréstito emitido en este año para pagar los ferrocarriles del Callao a la Oroya y de Arequipa a Puno, haciendo los contratos respectivos; y para arreglar el servicio de los bonos que se emitirían, y atendiendo a que la Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía de París ha sido nombrada agente financiero del Gobierno del Perú por el contrato ajustado en París, en 5 de julio de 1869, ratificado en Lima en 17 de agosto del mismo año, y a que también ha sido nombrada la misma Casa agente financiero para hacer el servicio de los bonos de los ferrocarriles del Callao a la Oroya y de Arequipa a Puno, por otro contrato que ajustó en París con el señor don José María La Torre Bueno, que está aprobado por el Supremo Gobierno, he venido en reconocer a la referida Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía de París, agente financiero del Gobierno del Perú para todo lo que se relacione con el empréstito de 1870, emitido para pagar el valor de los ferrocarriles del Callao a la Oroya y de Arequipa a Puno, cuyo cargo ha de desempeñar bajo las condiciones siguientes:

1.ª De las mensualidades que debe entregar la Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía al Supremo Gobierno del Perú a partir desde el primero de enero de 1871, reservará en su poder la suma de 300,000 soles cada mes, para que cada seis meses tenga reunidos 1.800,000 soles que se necesitan para pagar cada uno de los dos dividendos que por año se adeudan de intereses.

2.ª Esta reserva de 300,000 soles mensuales tendrá lugar durante el tiempo en que la Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía haga adelantos de fondos al Supremo Gobierno sobre la compra de 2.000,000 de toneladas de guano, consignadas en el contrato de 17 de agosto de 1869; y en cesando dichos adelantos, proveerá la suma de 1.800,000 soles dos veces al año, ocho días antes que aquellos en que ha de principiarse el pago de los intereses, es decir, el 23 de junio y el 24 de diciembre, lo cual verificará mientras dure el ejercicio del referido contrato de 17 de agosto de 1869.

—270→

3.ª Los 300,000 soles que cada mes reserva la Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía, ganarán el interés de 5 % anual y el Supremo Gobierno podrá disponer de ellos vencido que sea todo mes.

4.ª El Gobierno del Perú, con arreglo a los contratos que celebró con don Enrique Meiggs y al tenor de las resoluciones hasta ahora dictadas, así como también a las obligaciones contraídas en el bono general de este empréstito de 1870, proveerá los fondos necesarios con anticipación para el servicio de los bonos emitidos, después que concluya la ejecución del contrato que ha celebrado en agosto de 1869 con los señores Dreyfus Hermanos y Compañía.

5.ª La Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía tendrá las comisiones siguientes: 7/8 por ciento sobre los intereses que satisfaga; 4/8 % sobre el valor de las amortizaciones que de los bonos que de este empréstito haga; 4/8 % por las compras o ventas que verifique de valores circulantes en papeles públicos; y además, 1/8 % de corretaje sobre el valor de dichas compras o ventas.

6.ª La remisión al Perú, depósito en los bancos de Europa de los cupones o bonos amortizados de este empréstito, se verificará sin ninguna comisión, así como también todo lo que sea necesario ejecutar o mandar ejecutar, con relación a este empréstito, quedando únicamente a cargo del Supremo Gobierno los gastos comunes que motiven los actos materiales emanados de las órdenes del Gobierno.

7.ª La Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía podrá traspasar la agencia financiera de este empréstito con conocimiento del Supremo Gobierno.

8.ª La Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía renuncia a la jurisdicción de los Tribunales de Francia y se somete a los del Perú, para los casos que puedan ocurrir sobre la interpretación de este contrato.

Y en virtud de que este contrato ha sido aceptado por la Casa Dreyfus Hermanos y Compañía, lo firma conmigo y se obliga a cumplirlo.

Fecho en Londres a 10 de octubre de 1870.- Firmado.- Toribio Sanz.- Firmado.- Dreyfus Hermanos y Compañía.-

Insertará usted además el oficio del Inspector Fiscal corriente a fojas 1 y el Supremo Decreto citado agregando los requisitos de ley.- Por el Supremo Gobierno.- J. R. Izcue.- p. p. Dreyfus Hermanos y Compañía.- Guillermo Schell.

Inspección Fiscal del Perú en Londres.

Londres, Octubre 15 de 1870.

—271→

Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Comercio.- Autorizado por el Supremo Gobierno para hacer los arreglos convenientes, acerca del servicio de la deuda contraída por la República para la ejecución de los ferrocarriles del Callao a la Oroya y de Arequipa a Puno, y también para hacer los contratos que constituyen la agencia financiera que ha de atender a todo lo que se relaciona con esa misma deuda; tengo hoy el honor de acompañar a US. el arreglo que he ajustado con los señores Dreyfus Hermanos y Compañía, mediante el cual queda cumplida dicha autorización.

Nombrados aquellos señores agentes financieros del empréstito de 1870, por el contrato que para su emisión celebraron en París con don José María La Torre Bueno, el cual ha sido aprobado por el Supremo Gobierno, no podía variar ese nombramiento sin que hubiese habido causa para ello, dentro de los límites de lo estipulado.

Como no existe esa causa, y los señores Dreyfus y Compañía son dignos de merecer la confianza del Supremo Gobierno, he reconocido y aceptado el derecho que tienen para desempeñar este cargo, celebrando con ellos el arreglo de las comisiones que se les deben pagar por las diversas operaciones que tomarán a su cuidado, lo cual faltaba establecer.

Estas comisiones serán de 7/8 % sobre los intereses que satisfagan: de 1/2 % sobre el valor de los bonos que cancelen por medio de las amortizaciones que deben hacerse oportunamente: 1/2 % sobre las compras o ventas que pudiese convenir al Gobierno mandarles ejecutar de las obligaciones de este empréstito, y además 1/8 % de corretaje sobre dichas compras o ventas; quedando libre de comisiones todo lo que hubiese que hacer con relación a esta deuda.

Este arreglo es indudablemente el más ventajoso hecho hasta hoy, porque a pesar de estar llamado a ser el más honroso, por la circunstancia de tener que pagar los agentes financieros el servicio de la deuda en diversos países, lo cual hasta ahora no había acontecido, y tener por esto que aumentar sus gastos, ha disminuido en un octavo por ciento sobre los intereses que satisfaga, respecto a lo que se paga a otros agentes.

He creído que el medio menos sensible para las necesidades de nuestro tesoro era el de preparar el servicio para cada semestre, por partes proporcionales reservadas en cada mes, a partir desde enero del próximo año, estableciendo que las cantidades depositadas para este objeto han de ganar el interés del 5 % anual; de este modo no se verá US. en conflictos al acercarse los períodos de pagos, ni se faltará a éstos, lo cual no debe acontecer para que se sostenga y eleve el crédito de la Nación, ya que mediante las medidas adoptadas por el Supremo —272→ Gobierno ha llegado a alcanzar la confianza y la buena acogida del público.

Deseo que encuentre US. dicho arreglo conveniente a los intereses de la República, y que si es así, se sirva US. acordar su aprobación con S. E. el Presidente.- Dios guarde a US.- Firmado.- Toribio Sanz.- Lima 17 de febrero de 1871.- Visto el presente oficio del Inspector Fiscal de consignaciones en Europa con la copia auténtica del contrato celebrado por ese funcionario a nombre del Perú con la Casa Dreyfus Hermanos y Compañía de París, para que éstos se encarguen de la agencia financiera de la República en Europa en todo lo que se relacione con el empréstito de 1870, emitido para hacer el servicio de los ferrocarriles del Callao a la Oroya, y de Arequipa a Puno; apruébase dicho contrato por ser conveniente a los intereses fiscales.- Comuníquese, publíquese y regístrese extendiéndose la respectiva escritura.- Rúbrica de S. E.- Piérola.- Lima, 17 de febrero de 1871.- Pase al Escribano de Hacienda para que se extienda la escritura a que se refiere este expediente con arreglo a la minuta que se acompaña y hecho devuélvase dicho expediente.- Por el Director.- Izcue.

Bajo los términos de la escritura y documentos insertos, queda perfeccionada y elevada a instrumento público la ratificación a que ella se refiere. Presente a su otorgamiento el señor don Guillermo Schell, natural de Alemania, vecino y del comercio de esta plaza, inteligente en el idioma castellano, a quien también conozco, expuso: que como jefe y representante que es de la Casa de los señores Dreyfus Hermanos y Compañía de París, aceptaba la presente en todas sus partes tal y como ella se contiene, obligando a su cumplimiento los bienes de dicha Casa conforme a derecho. Y yo el Escribano doy fe que he cumplido con lo prevenido en los artículos 35 al 38 del Código de Enjuiciamientos Civil; y que leídoles este instrumento a los señores comparecientes, ratifican su tenor y firman siendo testigos don Juan Sixto del Mazo, don José Medel y don Valentín Márquez.- José Rafael Izcue.- p. p. Dreyfus Hermanos y Compañía.- Guillermo Schell.- Valentín Márquez.- Juan S. del Mazo.- José Medel.- Ante mí.- Claudio José Suárez, Escribano Público y de Hacienda.


Estaba ya casi agotado lo recibido a cuenta de los 59.000,000 de soles a que ascendía el empréstito de 1870, cuando trece meses después se lanzó uno nuevo, por quince millones de libras esterlinas o sean 75 millones de soles. Todo lo relativo al nuevo convenio va en los siguientes acápites:

—273→

Contrato de 7 de Julio de 1871 para la emisión del Empréstito 5 % 1872, celebrado en Lima entre el Ministro de Hacienda y la Casa Dreyfus Hermanos y Compañía

En Lima, Capital de la República del Perú, a los 7 días del mes de Julio de 1871, reunidos en el salón del despacho del señor Ministro de Hacienda y Comercio, su Señoría don Nicolás de Piérola y los señores Dreyfus Hermanos y Compañía de París, representados por don Federico Ford, han convenido en lo siguiente:

1.º El Supremo Gobierno del Perú -en ejecución de la ley de 24 de enero del corriente, por la que se autoriza la emisión de Bonos hasta la suma de 15 millones de libras esterlinas, de los cuales 13 millones de libras esterlinas deben ser empleados en la construcción de ferrocarriles, y los 2 millones restantes en la irrigación de la costa de la República-, faculta a los señores Dreyfus Hermanos y Compañía para verificar por sí o por quienes los representen, dicha emisión de 15 millones de libras esterlinas al tipo que se fijará en Londres de común acuerdo entre dichos señores y el Inspector Fiscal del Perú, a quien se otorgarán los poderes e instrucciones convenientes, con tal de que en ningún caso dicho tipo sea inferior al que queda pactado en convenio adicional de esta fecha.

2.º Queda a la elección de la casa contratante hacer la emisión de estos bonos en una sola vez, o parcialmente. En el caso de que no se hubiese cubierto la suscripción por el todo, los contratantes se comprometen a tener el resto de los bonos no emitidos a la disposición del Gobierno del Perú, para ser colocados por éste o entregados, bajo los requisitos que tuviese a bien establecer, a las personas o empresas con quienes hubiese contratado la construcción de los ferrocarriles y las obras de irrigación. Queda igualmente entendido que si la emisión no pudiese ejecutarse por el todo, la suma realizada se aplicará de preferencia a los ferrocarriles e irrigaciones, cuyo pago se hubiese pactado en metálico.

3.º La forma de los Bonos, su redacción, la forma de cada una de las series en que se distribuirán y demás condiciones de estos documentos y su emisión, no establecidas en este contrato serán determinadas por el Inspector Fiscal del Perú en Europa; pero es entendido: 1.º Que sobre estos bonos no podrá la República imponer retención ni gravamen de ninguna clase; 2.º Que serán amortizados por sorteos, a la par, desde seis meses después de efectuada la emisión, y siguiendo por dos sorteos anuales, hasta su completa cancelación; 3.º Que su amortización se hará con un fondo de 2 % anual sobre el capital nominal del empréstito, aumentado con los Bonos sorteados; —274→ y que ganarán 5 % de interés anual, pagadero semestralmente; esto es, el 1.º de enero y 1.º de julio de cada año, a partir de la fecha de la emisión.

4.º «A la seguridad del pago de los intereses y amortización del empréstito, el Gobierno afecta todas las rentas de la Nación creadas o por crear y especialmente: 1.º El producto de la venta del guano en Europa y América, que quede libre después de cubiertas las obligaciones a que actualmente se halla afecto»; 2.º Los ferrocarriles y obras de irrigación que con el producto de este empréstito deben ejecutarse, así como el producto de su explotación o enajenación; 3.º La renta de las aduanas de la República, en cuanto no esté afectada a los compromisos contraídos hasta la fecha.

5.º Que los señores Dreyfus Hermanos y Compañía toman a firme la cantidad de 4 millones de liras esterlinas del capital nominal de este empréstito, al tipo pactado en el convenio adicional mencionado en el artículo 1.º, cuyo valor entregarán al Gobierno del Perú a los 4 meses de la fecha de este contrato.

6.º No debiendo ser empleada la totalidad de este empréstito, sino en el plazo de 6 años que durará la construcción de las obras contratadas, queda estipulado que el producto de dos millones de libras, de los 4 tomados a firme, será entregado a partir de los 4 meses referidos al Gobierno del Perú, en conformidad con el contrato especial de esta fecha, para ser reembolsados por aquél con los netos productos que arroje el guano en los mercados de los Estados Unidos de la América del Norte, después de cubiertas las obligaciones contraídas a favor de los consignatarios actuales, en conformidad con los contratos existentes; quedando el Gobierno obligado a no afectar los productos de ese mercado, sino para después que estén amortizados los 2 millones de libras.

7.º El tipo de emisión no podrá ser inferior al mínimum establecido en el convenio adicional, sin previa autorización del Gobierno, notificada por su representante Fiscal en Europa. Si se realizase aquélla a un tipo mayor, el Gobierno tendrá derecho a los dos tercios sobre la parte no tomada a firme y colocada en suscripción pública, correspondiendo el otro tercio a la Casa emisora, sólo en cuanto a los 15 millones de libras del empréstito.

8.º Los contratantes abrirán al Gobierno una cuenta corriente, en la que llevarán a su crédito los productos del empréstito ganando el interés del 5 % anual. El Gobierno podrá disponer del importe de este crédito recibiéndolo de los señores Dreyfus Hermanos, o bien en dinero sonante, o bien en letras a 90 días vista que éstos mismos giren contra los contratantes o sus banqueros, por las cantidades que deben entregarse —275→ en Lima, y por las cantidades que han de serlo en Europa, conforme a los decretos expedidos para la construcción de los ferrocarriles y obras de irrigación estipuladas en los contratos ya celebrados o que se celebraren en adelante, bajo la responsabilidad de los contratantes que será hecha efectiva, tanto por los contratistas de ferrocarriles y obras de irrigación, como por los Gobiernos, si a los fondos se les diera otra inversión. Los señores Dreyfus hermanos y compañía tendrán el derecho a una comisión del 1/2 % sobre las cantidades que entreguen en Lima, bien sea en dinero o en letras.

9.º En el caso de que no fuese posible colocar en el Perú las suficientes letras para efectuar en metálico las entregas más arriba estipuladas, la Casa contratante queda facultada para traer del extranjero, de acuerdo con el Gobierno, las cantidades necesarias en pastas o en metálico, siendo por cuenta del Gobierno los gastos correspondientes a dicha importación sin que la casa pueda cobrar premio o comisión alguna por dicha operación.

10.º Los intereses que devengue el producto de los bonos que se colocan a firme y el de los suscritos por el público, harán parte del fondo de amortización y pago de intereses de los mismos bonos.

11.º «Como por el contrato de 17 de agosto de 1869, la misma casa contratante, en virtud de los adelantos que ha hecho al Supremo Gobierno, tiene un derecho preferente sobre los depósitos de guano existentes en Europa y en el Perú, después de proveer al servicio de las deudas contraídas antes del referido contrato; es entendido que se compromete a hacer el servicio de esta nueva deuda durante todo el tiempo de su contrato, de toda preferencia, después de atender al servicio de la de 1870, si no fuese comprendida en la conversión establecida en la cláusula 16».

12.º Las comisiones son estipuladas en el ya referido contrato adicional de esta fecha. Los gastos de impresión de bonos, publicación de avisos, timbre y demás que ocasione la emisión, serán de cuenta del Gobierno, siempre que no excedan de 1/2 % sobre la cantidad emitida. No quedan comprendidos en esta limitación los impuestos sobrevinientes que pudiesen ser decretados en los diversos mercados después de esta fecha hasta la en que tenga lugar la emisión.

13.º Los gravámenes que resulten en razón del agio o cambio que haya de pagarse por trasladarse de París a Londres, o de Londres a París, los fondos que produzcan las suscripciones de los bonos o el pago de amortizaciones de dichos bonos, o sus intereses, en los términos designados en el contrato, serán —276→ por cuenta del Supremo Gobierno, a cuyo favor serán también las primas que puedan obtenerse por las mismas traslaciones.

14.º «La misma Casa contratante, como agente financiero del Perú, queda encargada de hacer el servicio de este nuevo empréstito», cobrando las mismas comisiones pactadas en el artículo 5.º del contrato celebrado en Londres en 10 de octubre de 1870, entre el señor Inspector Fiscal don Toribio Sanz y los contratantes para el servicio del empréstito de 1870 y que fue aprobado por el Gobierno.

15.º El Gobierno del Perú, por medio de sus representantes en Europa, se obliga a solicitar de los gobiernos respectivos el permiso para que pueda hacerse en las plazas mencionadas la emisión de los bonos de este empréstito y su cotización en la Bolsa.

16.º Conviniendo a la buena colocación del empréstito y a los intereses del Estado la cancelación de los empréstitos peruanos de 1865 en Inglaterra, de 1866 en los Estados Unidos de la América del Norte y de 1870 en Europa, la casa contratante: 1.º Se obliga a convertir los dos primeros empréstitos en el presente, recogiéndolos bajo la par, al precio del mercado, o por medio de amortización extraordinaria forzosa, si aquello no fuese posible, a cuyo fin se le faculta para extender el actual empréstito en la suma que baste para realizar con su producto la mencionada cancelación; y 2.º Queda facultada para ejecutar igual operación con el empréstito de 1870, de acuerdo con el Inspector Fiscal del Perú y en conformidad con las instrucciones que le serán trasmitidas con tal objeto.

17.º Los contratantes se someten a la jurisdicción de los tribunales del Perú para toda dificultad que pudiera sobrevenir en la inteligencia y en la ejecución del presente contrato.

18.º Este contrato será sometido a la aprobación suprema, con la cual se tendrá como concluido por ambas partes y con la misma fuerza que si constase en escritura pública; y se hará por triplicado.

Firmado.- Nicolás de Piérola.

Por poder y en representación de Dreyfus Hermanos y Compañía.

Firmado.- Federico Ford.

Convenio celebrado en París el 31 de diciembre de 1871, entre el Comisionado especial del Gobierno don Melitón Porras y los señores Dreyfus Hermanos y Compañía, para la emisión del Empréstito

Siendo necesario y ordenado proceder a la ejecución de los contratos celebrados en 7 de julio de este año, entre el señor —277→ Ministro de Hacienda del Perú y los señores Dreyfus Hermanos y Compañía, de París, que fueron aprobados por el Supremo Gobierno el 11 del mismo mes y año, yo don Melitón Porras, comisionado especial del Supremo Gobierno para intervenir en la parte de las operaciones a que se refieren dichos contratos, en virtud de los plenos poderes que me ha conferido S. E. el Presidente de la República en nombre del Supremo Gobierno del Perú, anexados a este convenio y de las instrucciones que también me han sido otorgadas por el Supremo Gobierno, de una parte, y de la otra Dreyfus Hermanos y Compañía de París, contratistas para la inversión y conversión de las deudas a que se refieren dichos contratos, hemos convenido en establecer y determinar lo siguiente:

Art. 1.º En cumplimiento del contrato principal de 7 de julio, Dreyfus y Compañía quedan autorizados para hacer por cuenta del Gobierno del Perú, por sí o por medio de la casa o personas que designen, la emisión, en todos los lugares que juzguen por conveniente, del empréstito de 15.000,000 de libras y además la de toda la cantidad necesaria para hacer frente al total en circulación de las deudas de 1865, 1870 y la de los Estados Unidos, procediendo así en uno o varios actos a un tipo no inferior de 75 % elevándolo todo lo más posible y fijando ellos mismos las condiciones de la emisión y del pago.

El tipo definitivo lo señalará el comisionado especial antes de que se proceda a la emisión, según el estado de las plazas mercantiles y en el solo interés del mejor éxito de las operaciones. En esta virtud, quedan autorizados Dreyfus Hermanos y Compañía, para formular el prospecto de la emisión incluyendo el pago del servicio semestral de los intereses y amortizando en oro en los lugares que designen.

Art. 2.º Los valores que produzca la suscripción del público al empréstito serán transferidos a París y abonados al Supremo Gobierno en cuenta corriente y quedarán a su disposición para aplicarlos por órdenes que dará a Dreyfus Hermanos y Compañía, para el pago de las obras de irrigación y de construcción de los ferrocarriles, conforme a los contratos existentes para ello. Si no fuese suscrito todo el valor ofrecido del empréstito, la parte no suscrita será también emitida en bonos como si lo hubiese sido, y esos bonos quedarán en poder de los contratistas a la disposición del Supremo Gobierno, bien sea para ser entregados a los empresarios de las obras referidas o para ser vendidos por Dreyfus Hermanos y Compañía por cuenta del Supremo Gobierno, según las instrucciones que recibirán de éste. Pero es entendido que tales bonos que representan el valor no suscrito por el público, quedarán en poder de Dreyfus Hermanos y Compañía, hasta después de un —278→ año del día en que se haga la emisión, lo cual está en los intereses del Supremo Gobierno del Perú, para evitar que baje el precio de esa nueva emisión antes de que el valor suscrito se clasifique. Mas si pudiese obtenerse el mismo tipo de la emisión u otro mayor, Dreyfus Hermanos y Compañía podrán vender dichos bonos aun dentro de dicho año, según las instrucciones del Supremo Gobierno.

Art. 3.º La forma del bono, su división en series, el número total de bonos y su redacción, serán fijados por el Dr. D. Melitón Porras antes de la emisión, quedando desde ahora convenido que contendrá las garantías y seguridades para su pago que establecen los artículos 3.º y 4.º del contrato de 7 de julio, y las que contienen los bonos antes emitidos para los empréstitos de 1865 y 1870 que quedan consolidados en el nuevo que va a emitirse y en conformidad de lo que es estipulado en los contratos de 7 de julio.

Art. 4.º Los 4.000,000 de libras que según el contrato de 7 de julio toman a firme Dreyfus Hermanos y Compañía, al tipo de 75 % y que representan el valor de los bonos suscritos por el público, no se pondrán al crédito del Gobierno a los cuatro meses de la fecha citada, en virtud de haber el mismo Gobierno paralizado la negociación: y dicho valor será considerado al crédito del Supremo Gobierno cuatro meses después del día en que se ordenó llevar a efecto el contrato, es decir, del 26 de octubre, fecha del supremo decreto.

Art. 5.º El Gobierno del Perú hará, conforme a lo estipulado en la cláusula 3.ª de los contratos de 7 de julio en curso, las debidas notificaciones a los consignatarios de los Estados Unidos por su exacto cumplimiento, comunicando lo hecho a Dreyfus Hermanos y Compañía, quienes a su vez pueden hacer la misma notificación.

Art. 6.º Es entendido que habiéndose obligado Dreyfus Hermanos y Compañía a ser responsables ante el Supremo Gobierno, ante el público suscritor y ante los empresarios de las obras que han de hacerse, a entregar en Lima o en Europa, conforme a las resoluciones que se expidieran en las que consten los trabajos ejecutados en conformidad de los contratos, las sumas que se libren contra el valor del empréstito, cuya responsabilidad deben hacer efectiva el mismo Supremo Gobierno y los mismos empresarios si a los fondos se les diera otra inversión, dicho valor del empréstito no saldrá del poder de Dreyfus Hermanos y Compañía, sino recibiendo la aplicación que le ha dado la ley de enero y a que están obligados por el contrato que se ha mencionado.

Art. 7.º De acuerdo con lo que dispone el artículo 11.º del contrato de 7 de julio, Dreyfus Hermanos y Compañía reconocen —279→ la obligación que han contraído de proporcionar 1.000,000 de libras anual para el servicio de la deuda de 1865 durante el período de su contrato del 17 de agosto de 1869, cuyo 1.000,000 de libras debe aplicarse al servicio del nuevo empréstito hasta la fecha de su extinción natural, por consolidarse en él el de 1865, mas en cuanto a lo que falta para cubrir el importe total del servicio de la deuda que va a resultar, deberán, dichos señores Dreyfus Hermanos y Compañía, tomarlo mensualmente de toda preferencia de los productos del guano. Y si después de vencerse el contrato de 17 de agosto de 1869 queda encargada otra casa de la venta del guano, es entendido que como agentes financieros que son, el Supremo Gobierno se compromete a poner semestralmente para el servicio de intereses y amortización de la nueva deuda consolidada en Europa a la disposición de Dreyfus Hermanos y Compañía, el 15 de junio y el 15 de diciembre de cada año, las sumas necesarias para que puedan anunciarlo al público en debido tiempo.

Art. 8.º El pago, rescate o conversión de las deudas de 1865 y 1866 lo verificarán Dreyfus Hermanos y Compañía, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16 del contrato de 7 de julio, procurando obtener el mayor beneficio posible en favor de los intereses de la República y procederán como mejor convenga para el éxito de la operación, antes o al momento de lanzarla al público.

El dinero que en uno u otro de estos casos adelanten Dreyfus Hermanos y Compañía, será reembolsable con los primeros productos del empréstito, y ganará el interés del 5 % sin ninguna comisión de adelanto de fondos. En el caso muy inesperado de que la suscripción pública no produjese los fondos suficientes para dicho reembolso, Dreyfus Hermanos y Compañía quedan facultados para vender, por cuenta del Supremo Gobierno, a partir de 9 meses de la fecha de la emisión pública, al mejor precio del mercado, suficientes bonos de la nueva emisión, hasta reunir en dinero la suma necesaria para cubrir el adelanto; mas podrán venderse los expresados bonos para su reembolso, desde inmediatamente después de la emisión, si se obtuviese el precio a que se suscribió el empréstito. Si en ese intervalo de 9 meses el Gobierno no les hubiese puesto a disposición la suma adeudada, es entendido que el Supremo Gobierno se reserva el derecho de nombrar un comisionado especial con amplias facultades para vigilar las ventas.

La conversión de la deuda de 1870, haciéndose precisa para dejar existente un solo papel que reúna todas las garantías, y para que este nuevo papel no encuentre a su emisión no haber otro privilegiado, se verificará sobre la base de emisión de títulos de la nueva deuda a razón de 113 17.615/100.000 % nominal —280→ (cinco por ciento) 5 % de la nueva deuda consolidada contra 100 nominal deuda 6 % 1870, lo que es equivalente según está demostrado en la tabla que se acompaña a este contrato, y matemáticamente comprobado, que hecha en esos términos esa conversión no habrá ningún gravamen para la República por los intereses calculados al 5 % anual; y en el caso de no poderlo efectuar en esos términos estipulados o en otros mejores no se hará tal conversión.

Art. 9.º Siendo el interés del Gobierno en la conversión de la deuda de 1870 todo el beneficio posible disminuyendo el tipo determinado por equivalente de las obligaciones nominales que han de emitirse en reemplazo de las que se amorticen, y siendo del mismo legítimo interés del Gobierno de asegurarse todas las ventas, es entendido que se acuerda a Dreyfus Hermanos y Compañía el 1/8 que resulta de disminución entre 113 17.615/100.000 % y aquel a que se haga el canje.

Art. 10.º Siendo voluntaria para el portador de bonos de 1870 la conversión por medio de canje del nuevo papel emitido contra el en circulación, es entendido que quedarán reservados en poder de los agentes financieros Dreyfus Hermanos y Compañía y a disposición del público los bonos equivalentes, a los que quedarán en circulación para su canje.

Hecho ante los testigos de reconocimiento de firma don Eduardo Merian y doctor don Felipe Varela y Valle, firmados 4 de un tenor, dos ejemplares para cada parte contratante. París, diciembre 31 de 1871.- Melitón Porras.- Dreyfus Hermanos y Compañía.- Felipe Varela y Valle, Testigo.- Eduardo Merian, Testigo.

Artículo adicional.- Dreyfus Hermanos y Compañía se someten a la jurisdicción de los Tribunales del Perú, para toda dificultad que pudiese sobrevenir en la inteligencia y ejecución del presente contrato.

Hecho ante los testigos de reconocimiento de firma el señor Eduardo Merian y doctor don Felipe Varela y Valle, y firmados 4 de un tenor, dos ejemplares para cada parte contratante. París, diciembre 31 de 1871.- Melitón Porras.- Dreyfus Hermanos y Compañía.- Felipe Varela y Valle, Testigo.- Eduardo Merian, Testigo.

Lima, marzo 12 de 1872.

Vista la presente comunicación y considerando: que ajustado en 7 de julio último entre el Ministro de Hacienda y Comercio y la casa Dreyfus Hermanos y Compañía el contrato de empréstito de £ 15.000,000 y aprobado por suprema resolución —281→ de 11 del mismo mes, se suspendió hasta nueva orden en 14 de julio.

Que sin embargo de ser aquel contrato un acto deliberado y definitivamente consentido por las dos partes contratantes, y obligatorio por esto para ambas, juzgó el Gobierno conveniente hacer algunas modificaciones con el fin de que realizadas o admitidas, obtuviese el Estado mayor provecho de la operación.

Que para conseguir con mayor facilidad ese resultado y para hacer más expedita la acción del Inspector Fiscal en Europa, único comisionado del Gobierno para la negociación, se juzgó necesario asociar a ese funcionario otro comisionado, al que se dieron las instrucciones convenientes y los poderes que él requería.

Que renunciado por el Inspector Fiscal en Europa el cargo que le fue encomendado de intervenir en la realización del empréstito, el nuevo comisionado ha tenido que entenderse él solo con la casa Dreyfus Hermanos y Compañía de París, para lo cual, habiéndose previsto este caso, le fue conferido poder especial.

Que de las comunicaciones que dicho comisionado ha dirigido, dando cuenta de sus actos, aparece que no ha sido posible conseguir el fin que por las enunciadas modificaciones se buscaba.

Que el mismo comisionado para llevar a cumplido efecto el contrato de 7 de julio, ha celebrado con la casa Dreyfus Hermanos y Compañía de París un contrato del cual resultaban algunas ventajas para el Estado.

Que en la redacción de las cláusulas de ese convenio hay algunas frases, cuyo sentido es necesario aclarar para que quede perfectamente precisado y se eviten en lo futuro dudas sobre los derechos de cada una de las partes contratantes.

Con el voto unánime del Consejo de Ministros; Acéptase el convenio celebrado el 31 de diciembre último, por el comisionado fiscal y la casa Dreyfus Hermanos y Compañía de París, con las siguientes aclaraciones:

1.ª Las comisiones respectivas de los bonos que no se coloquen al tiempo de la emisión, las percibirá la casa a medida que se vayan colocando.

2.ª Los valores procedentes del empréstito que se abonen en cuenta corriente al Gobierno, ganarán el interés del 5 % anual.

3.ª Queda entendido que el producto de los 4.000,000 de libras esterlinas tomados a firme se abonará al Gobierno a los cuatro meses, contados desde el 26 de octubre del año próximo anterior la parte correspondiente a 2.000,000 de libras esterlinas, —282→ según lo estipulado en la cláusula 6.ª del citado contrato de 7 de julio y que el reembolso de esos valores se hará de la manera convenida en dicha cláusula.

Queda incluida como cláusula adicional del contrato de 7 de julio y del convenio de 31 de diciembre, ajustado para su ejecución, la estipulación pactada el 25 de octubre del año próximo pasado entre el Ministro de Hacienda y Comercio y el representante en Lima de la casa Dreyfus Hermanos y Compañía de París.

Pase a la Dirección de Contabilidad, para que proceda a extender la correspondiente escritura del contrato de empréstito y del adicional celebrado en 7 de julio de 1871, como también el convenio ajustado en 31 de diciembre último, los cuales, junto con el pactado en 25 de octubre del año próximo pasado, forman un solo y único contrato.

Rúbrica de S. E.- Masías.


Los resultados del segundo empréstito fueron desastrosos. Dancuart los comenta así:

La casa Dreyfus que estaba investida con el carácter de agente financiero del Perú, en todo lo relativo al empréstito de 1870, también lo fue para éste, con la facultad constante en la cláusula 16.ª del contrato preinserto, de extender el empréstito a la suma suficiente para convertir los empréstitos de 1865, 1866 y 1870, recogiendo los títulos bajo la par al precio del mercado. Comprendido este objeto la emisión de 1872 se elevó a 36.800,000 Libras, según la especial autorización legislativa de 4 de febrero de 1873.

El empréstito de 1872 tuvo un éxito tan desgraciado, cuanto feliz fue el anterior de 1870. Éste emitido al tipo de 82 1/2 % fue cubierto inmediatamente. El de 1872, ofrecido al público a 77 1/2 % descendió hasta el 66 sin haberse emitido por suscripción pública sino 230,000 libras, además de los 4.000,000 tomados a firme por Dreyfus, según la cláusula 5.ª del respectivo contrato. Esta última cifra se elevó a seis millones de libras por convenio de 5 de marzo de 1873.

Hasta fines de junio de 1874 los 36.800,000 Libras de este empréstito se encontraban en la condición que demuestran las cifras siguientes:

—283→
Tomado a firme por Dreyfus y colocado por éste en el mercado£6.000,000
Suscrito por el público"230,000
Bonos reservados para convertir el empréstito de 1870"13.490,000
Bonos reservados para convertir el saldo de los empréstitos de 1865 y 1866 y suma sobrante del total de la inversión"8.310,000
Saldo de los 15.000,000 para ferrocarriles e irrigación"8.770,000
____________
Total£36.800,000

Debemos ocuparnos, siquiera sea de ligero, de las causas a las que se atribuyó el mal éxito de esta negociación:

No cabe la menor duda de que el crédito del Perú en el extranjero, antes de esta desgraciada negociación, era tan satisfactorio como correspondía a la exactitud con que había cumplido sus compromisos con sus acreedores, y como lo demostraba el elevado tipo de 89 1/2 % a que se cotizaban sus títulos. Pero nada de esto era bastante para evitar el mal efecto de un empréstito de tan elevada cifra al poco tiempo después de haber obtenido otro.

Pero no fue ésta la única causa: la época en que apareció en el mercado esta demanda era precisamente aquella en que el más colosal empréstito de que haya historia, levantado por Francia para liberar su territorio de la invasión extranjera, había dado colocación preferente al capital bursátil.

Cítase también como causa de este desastre, la publicación de una carta del Sr. D. Carlos M. Elías al Director de La Patrie, escrita en París el 14 de marzo de 1872 y publicada en dicho diario el 17 del mismo. En esa carta que el Sr. Elías dirigió al público como antiguo diputado al Congreso peruano, se sostenía la ilegitimidad de la autorización legislativa para proceder a la celebración de este nuevo empréstito.

En este mismo sentido formuló gestiones la Comisión Permanente del Cuerpo Legislativo.


Con el título de Empréstitos Peruanos y con motivo de la cancelación de nuestra deuda externa en 1888, publicose en ese año, en el periódico El Comercio, una síntesis muy completa de lo que habían producido las operaciones financieras —284→ de 1870 y 1872, como también, y muy en detalle, la manera como se invirtieron las sumas recibidas. El artículo dice:

Empréstitos Peruanos

Hoy que se ha movido la cuestión del producto efectivo de nuestros empréstitos, creemos conveniente y oportuno hacer conocer la verdad al respecto, mediante la publicación del siguiente cuadro que se ha formulado en vista de los documentos oficiales del Ministerio de Hacienda.

Así sabrá el público cuánto produjeron nuestros empréstitos y en qué se gastaron; y quedará destruida la especie de que el país sólo ha recibido o debe la cantidad de £ 6.000,000 por los empréstitos de 1870 y 1872; pues bastará cerciorarse de que sólo el empréstito de 1870 produjo más de £ 9.400,000, como consta de los pagos que hicieron Dreyfus Hnos. y Ca. por trabajos hechos y materiales de los ferrocarriles de Arequipa a Puno y del Callao a la Oroya, ascendentes a $ 45.372,000 que al cambio de 45 5/8 d. dan £ 8.578,000 efectivas.

Ésas son las verdaderas cifras del monto de nuestros empréstitos y la proporción en que se invirtieron en obras públicas. El costo de éstas puede haber sido exagerado, es casi cierto que pudieron haberse construido todos nuestros ferrocarriles con un tercio menos de lo que se ha gastado, pero eso no tiene que ver con los acreedores de nuestros empréstitos; y ya que se trata de liquidaciones, juzgamos oportuno que el país conozca la verdad de estas cosas y no se deje conducir por cálculos y apreciaciones vulgares o apasionadas.

Cuadro.- Cuenta que manifiesta el monto de los empréstitos emitidos por el Perú, lo que produjeron y su inversión
Cuando se celebraron los contratos del empréstito de 1870, el Perú debía:
Bonos del Ecuador$48,530.05
Empréstito de 1862"4.759,750.00
Empréstito de 1865"35.996,000.00£7.700,000
Empréstito de 1866 en EE. UU."2.126,000.00"398,000 —285→
Debe advertirse:
1.º Que el empréstito de 1865 se levantó para la conversión de las deudas de 1862 que ascendían a£17.007,250.00
y de los bonos del Ecuador"2.109,780.05
El resto del empréstito de 1865 se aplicó a necesidades del Estado, entre ellas:
Pago del «Huáscar» e «Independencia»"3.000,000.00
Para cubrir libramientos y adelantos y parte del costo del ferrocarril de Arequipa"2.432,200.00
y 2.º Que el empréstito de 1866, se levantó para la adquisición de elementos bélicos
Empréstitos de 1870 - 6 por ciento de interés
En virtud de la ley autoritativa de 15 de enero de 1869, se emitió el empréstito de 1870 por £ 11.920,000, valor en que fueron contratados con don Enrique Meiggs los ferrocarriles de Puno y de la Oroya
Emisión de Bonos 1870£11.920,000
en circulación£11.141,580
Productos:
Tomadas a firme al 80 % £ 5.000,000produjeron£4.000,000
id. a id. al 79 % " 6.920,000id."5.466,800
_______________________
Nominales £ 11.920,000efectivas£9.466,800
Inversión
Pagos hechos por Dreyfus Hnos y C.ª a don Enrique Meiggs con el producto del empréstito de 1870:
En cancelación de certificados por trabajos hechos y compra de materiales, por los ferrocarriles de Puno y la Oroya en efectivo$43.372,233.88
Depósito de garantía de 10 por ciento que tomó el Gobierno"2.000,000
_________________
Por junto$45.372,233.88
que a 45 5/8 d. por sol, son efectivas£8.578,187.19.4
La diferencia o saldo de"888,612.6
_____________________
se invirtió en el costo y gastos de la emisión, comisiones, traslación de fondos, etc.£9.466,800 —286→
Empréstito de 1872 - 5 por ciento de interés
La ley de 24 de Enero de 1871 autorizó un nuevo empréstito de £ 15.000,000, de las cuales se destinaban: £ 13.000,000 a los ferrocarriles de Ilo a Moquegua, de Pacasmayo, de Payta, de Chimbote, del Cuzco y de Trujillo; y las £ 2.000,000 restantes a obras de irrigación en la costa
Pero la ley de 4 de Febrero de 1873 dispuso que este empréstito, llamado de 1872, fuese elevado a la cantidad de £ 36.800,000, a fin de convertir todas las deudas externas del Perú en una sola. En esta virtud fue lanzado el empréstito de 1872 por la suma de £ 36.800,000
Emisión
Total de bonos de 1872 emitidos£36.800,000
Id. id. id. colocados£22.629,920
Sorteo de los depositados en el Banco de Inglaterra£1.694,320
Existentes en el Banco de Inglaterra para la conversión de los bonos del empréstito de 1870"12.475,760"14.170,080
Monto de la emisión£36.800,000
Colocación
El monto de los bonos de 1872, en circulación£22.629,920
fue colocado en la siguiente forma:
Por Dreyfus Hnos. y C.ª
Tomados por ellos al 75 por ciento£4.000,000
Id. id. 75 id."2.000,000
Suscritos por el público al 77 1/2 por ciento"230,000
Vendidos al Sindicato al 66 por ciento"1.000,000
Id. id. id. al 60 por ciento"9.500,000
Ventas parciales -promedio- al 60.855 por ciento"4.200,000
____________
£20.950,520
El Banco del Perú:
Vendidos al tipo de 63.052 por ciento"549,400
El Banco de Arequipa, id. al tipo de 67.362 por ciento"160,000
El Banco de Londres, Méjico y Sud-América, id. al tipo de 64.734 por ciento"470,000
Bryce, Grace y C.ª
Vendidas"200,000
El Banco Nacional del Perú: vendidas"300,000
____________
Monto de los bonos 72, colocados, en circulación,£22.629,920 —287→
que al cambio de 45 d. por sol, y al tipo de venta medio de 62 y 1/4 por ciento produjeron $ 76.375,065.62
Inversión
Monto de los Bonos 1872, en circulación£22.629,920
Ferrocarriles
Ferrocarril de Trujillo:
Entrega a Larrañaga£470,000
Parte aplicada a esta línea de £ 200,000 del contrato de 5 de Marzo del 73 por ciento por £ 200,000"102,102.2£572,102.2
Ferrocarril de Payta a Piura:
Entrega a Bryce, Grace y C.ª£200,000
Parte aplicada a esta línea del contrato de Marzo del 73 por £ 200,000"58,426.8.7"258,426.8.7
Ferrocarril de Pacasmayo:
$ 5.850,000 invertidos en él, al cambio de 45 d. por sol y vendidos al 62 %"1.769,155
Ferrocarril de Ilo a Moquegua:
$ 5.025,000 invertidos al mismo cambio y tipo de venta"1.519,656
Ferrocarril de Juliaca al Cuzco:
$ 7.858,710.59 al mismo cambio y tipo de venta"2.376,630
Ferrocarril de Chimbote a Huarás:
$ 6.464,633.37 invertidos al mismo cambio y tipo de venta"1.955,040
__________________
£8.451,009.10.7
Ferrocarril de Puno y la Oroya:
$ 2.075,855.50 invertidos al mismo cambio y tipo de venta£627,790
Cañería de Uchumayo a Mollendo:
$ 1.735,719.54 invertidos al mismo cambio y tipo de venta"524,914
__________________
Inversión en ferrocarriles y obras complementarias£9.603,713.10.7
—288→
Irrigaciones
Irrigación del valle de Santa:
Entrega a Orbegoso en Bonos£200,000
Aguas del Rímac:
Parte correspondiente en £ 200,000 del contrato de Marzo del 73"39,471.9.5£239,471.9.5
$ 580,000 invertidos al cambio de 45 d. por sol y al tipo de venta de 62 %"175,403
Adelantos de Dreyfus Hnos. y C.ª:
Tomadas por el Gobierno para cubrir los adelantos de éstos y otras necesidades"2.000,000
Bonos de 1865:
Aplicadas a la conversión de bonos 1865"7.574,787
Empréstito de 1866:
Aplicadas a la compra de bonos 1866"398,000
Costo de la emisión de 1872:
$ 5.799,248.57 al cambio de 45 d. y al tipo de venta del 62 %"1.753,805
____________
Invertidas en obras y operaciones£21.745,180
La diferencia de"884,740
____________
que falta para igualar con la suma de£22.629,920
colocadas, se ha invertido en:
«Comisiones, diferencias de cambio, traslación de fondos, intereses a los bancos por sus anticipos, entregas a la caja fiscal, remesas a la Legación del Perú en Londres, etc.»
De donde resulta que los Bonos por £ 22.629,920 en circulación han producido en soles, según cuentas oficiales, $ 76.375,065.02 aplicadas como se ha manifestado
Recapitulación por empréstitos
Empréstito de 1870
£ 11.920,000.- Nominales produjeron efectivas£9.466,800
Invertidas en los ferrocarriles de Puno y la Oroya, efectivas£8.578,187.19.4
Costo de la emisión y gastos, comisiones, etc., id. efectivas"888,612.00.8
__________________
£9.466,800 —289→
Empréstito de 1872
Nominales.- Total emitido: Menos:£36.800,000
sorteadas del depósito£1.694,320
en depósito"12.475,760£14.170,080
_____________
al cambio de 45 d. por sol y al tipo de venta en promedio de 62 1/4 por ciento han producido 76.375,065 soles£22.629,920
Inversión
Ferrocarriles y obras complementarias£9.603,713.10.7
Irrigaciones"414,884.9.5
Tomadas por el Gobierno"2.000,000
Compra de bonos de 1865, conversión"7.574,787
Compra de bonos de 1866, reembolso"398,600
Importe de la emisión"1.753,805
Comisiones, intereses, traslación de fondos, entregas a la Legación Peruana en Londres y a la caja fiscal"884,740
__________________
Total invertido, igual al total colocado£22.629,920

Por mucho que sea lo que nosotros digamos acerca de las consecuencias emanadas del abuso que se hizo del crédito nacional en 1870 y 1872, las opiniones que emitamos en nuestro análisis no pueden tener la fuerza de la palabra oficial pronunciada en los mismos días en que comenzaron a sentirse los efectos pavorosos de las operaciones financieras de que nos estamos ocupando. Nuestra deuda externa en 1868 apenas ascendió a 3.000,000 libras esterlinas, única cantidad que la Nación podía soportar. Dejola Balta en el día en que fue asesinado en 49 millones, suma que exigió un interés anual de 2.500,000 libras esterlinas. Los empréstitos de Balta perturbaron la marcha económica de la República sin ningún beneficio inmediato. Únicamente el ferrocarril de Mollendo a Puno quedó terminado, habiendo sido éste, cabalmente, el que menos necesitaba el Perú en ese tiempo, y que sólo sirvió para sacar a Bolivia de la miseria y de la barbarie en que estaba. El porvenir financiero de —290→ la República quedó descontado por muchos años, y como los sucesos económicos que hicieron crisis en 1875 siguieron agravándose hasta poner a la República en mayores dificultades en los años posteriores, hay que considerar a los empréstitos de que tratamos como el principio de las causas que colocaron al Perú en situación propicia para que Chile se lanzara sobre él en actitud de conquista.

La información oficial a que nos hemos referido la encontramos en la Memoria de Hacienda presentada a la Legislatura de 1874. Contiene ese documento un juicio acertado, severo, verídico y justiciero de la obra económica realizada en los años que siguieron al de 1868. Las afirmaciones contenidas en ese documento son incontrovertibles, y por ellas, como también por todo lo que se dice en la Memoria aludida, su autor, Juan Ignacio Elguera, tiene un sitio muy bien ganado en la galería de nuestros buenos hombres públicos. Dice en su capítulo, Empréstitos de 1872 y fondos de obras públicas:

Uno de los fines principales de la política del presidente Balta, públicamente proclamado y fielmente cumplido, con la mejor intención sin duda, era el de convertir el valor del guano en ferrocarriles. Semejante propósito, al que dos congresos sucesivos habían prestado sanción legal, fue puesto por obra, mediante la contratación de 9 ferrocarriles en el espacio de dos años, con un costo de 124.820,600 soles que debían obtenerse por vía de empréstito y cuyo servicio había de hacerse con el producto libre del guano, es decir, con la mesada de 700,000 soles que el contrato Dreyfus había asegurado al Gobierno.

En tal virtud, se contrataron los empréstitos de 1870 y de 1872, el primero por 59.600,000 soles para los ferrocarriles de Oroya y de Puno, al servicio de cuyos intereses y amortización se destinaron 300,000 soles de la referida mesada, y el segundo, por 15.000,000 de libras esterlinas para los ferrocarriles y para otros trabajos de irrigación y cuyo servicio debía absorber los 400,000 soles restantes de la misma mesada.

Así quedó realizado el plan, proclamado por el Gobierno anterior, de convertir el valor del guano en ferrocarriles.

—291→

Por laudable que fuese tal propósito, no era difícil prever las graves cuestiones que surgirían como consecuencias de la realización violenta, que se le había dado, cada una de las cuales debía, a su vez, producir resultados de harta gravedad.

Reduciremos a tres los efectos inmediatos del plan citado:

1.º La emisión de dos empréstitos sucesivos, verificada en el espacio de dos años, para una nación relativamente pequeña, por sumas iguales a las de los más altos empréstitos de las más grandes naciones y con servicios que absorbían la principal renta interior de que vivía el país. Éstas han sido las premisas de todos los desastres que ha sufrido nuestro crédito.

2.º La introducción repentina de los caudales negociados, tenía que producir alza en todos los valores y grave agitación en todos los negocios, las cuales debían ser transitorias y traer consigo una reacción fatal, si concluidos los ferrocarriles, la actividad de éstos no continuaba el impulso dado por aquellos capitales, o si antes de la conclusión, las consecuencias necesarias de los hechos expresados en el párrafo anterior interrumpían la crecida introducción de valores que se había realizado en los años 70, 71 y 72.

De esta causa nacieron la carestía de la vida, la creación de sociedades sobre crédito, más que sobre verdaderos capitales, la prodigalidad del crédito para favorecer negocios aventurados, y por consecuencia de todo, un desequilibrio de la marcha normal de la industria, cuyo resultado natural tenían que ser, por una reacción lógica, las quiebras que ahora presenciamos.

3.º La tercera consecuencia, más tangible todavía que las anteriores, consistía en que estando reducida a 700,000 soles mensuales la suma que según el tratado de Agosto de 69 constituía para el Perú el producto disponible del guano, enajenada esa suma por su aplicación al servicio de los empréstitos contratados en Mayo del 70 y Julio del 71, los productos libres del guano dejaban de existir para el Gobierno, aun cuando se aumentasen las ventas del abono a la alta cifra que habían alcanzado en años anteriores, pues ese aumento no variaría la suma de que podía disponer el Gobierno por el contrato de Agosto como único producto del guano.

Ésta debía ser la causa de todos los embarazos que debían presentarse en una administración interior, de cuyos ingresos se eliminaba la parte más saneada y considerable, sin reemplazarla con ninguna otra renta.

He aquí concretados, hasta donde es posible, los resultados que debían producir y han producido realmente en el crédito público, en la economía interior del país y en la situación —292→ fiscal de la República, la contratación y realización simultáneas de todos los ferrocarriles, mediante la emisión, en dos años seguidos, de empréstitos enormes y sin embargo insuficientes para la conclusión de dichas obras.

El 2 de Agosto de 1872 ya las premisas estaban irrevocablemente sentadas y la tarea del Gobierno y del país consistía únicamente en precaverse de las consecuencias, tratando de atenuarlas hasta donde fuese posible. Era necesario, pues, tener constantemente a la vista los diversos órdenes de estas consecuencias, que se presentaban para cerrar el camino a cada paso dado en aquella situación sembrada de dificultades.

Para mayor complicación, los ferrocarriles se hallaban en obra por toda la República, y el empréstito contratado para realizarlo el año de 1871 y que había sido emitido en mayo del 72, combinado con la conversión de las antiguas deudas interiores, había en realidad fracasado, quedando sólo realizada una parte de él, y ésta era insuficiente para sostener por tres meses siquiera los trabajos de las empresas comenzadas.


Más adelante, haciendo la historia de los despilfarros del gobierno anterior, se expresa así:

Para explicar y comprender mejor la historia de la Hacienda en el bienio que hoy expira, es indispensable dirigir una mirada retrospectiva hacia la administración del ramo en el período constitucional que terminó el 2 de agosto de 1872, pues que esa historia no es sino la de los esfuerzos hechos por el Gobierno y por el país para sobreponerse a las consecuencias fatales de premisas sentadas en dicho período; consecuencias que desde entonces previeron los hombres pensadores, y que, desarrollándose conforme a esas previsiones, han producido en todos los ramos de la actividad fiscal y social la situación penosa por la que viene atravesando la República.

Tiempo hacía que el Perú estaba saldando su presupuesto con constante déficit más o menos considerable, mediante el fácil arbitrio de la anticipación de fondos sobre las ventas del guano, cuando en 1869, año en que las ventas y su líquido producto habían llegado a sus más altas cifras, el Congreso autorizó al Gobierno para saldar el déficit de 12.000,000 de soles que arrojaba el presupuesto del bienio corriente, y para contratar un empréstito de 59.600,000 soles, autorización que un año después fue seguida por otra para levantar un segundo empréstito de 75.000,000 de la misma moneda.

En virtud de tales autorizaciones, la administración anterior celebró el 17 de agosto de 1869 con los señores Dreyfus —293→ hermanos y compañía un contrato de venta de dos millones de toneladas de guano, valor de 70.000,000 más o menos de soles, para saldar el presupuesto. Nueve meses después, en mayo de 1870, un contrato de empréstito por 59.600,000 de soles: y trece meses más tarde, en junio de 1871, otro contrato de empréstito por 75.000,000 destinado, como el anterior, para obras públicas, agregándose a esa suma el valor de las deudas externas anteriores y con un servicio anual de 12.380,000 soles. Todos estos contratos fueron celebrados con la misma casa.

No era difícil prever los efectos que estas negociaciones debían tener en el porvenir fiscal y en la economía general del país.

El contrato de agosto del 69, a pesar de las justas observaciones que sobre él han recaído, aseguraba para los gastos interiores una mesada de 700,000 soles; pero un año después de su celebración, esa mesada quedó reducida a 400,000 soles, porque fue necesario aplicar el resto de ella al servicio del empréstito celebrado en aquel año; y como los gastos crecían, ante la disminución de ese recurso, se hizo necesario absorber en cada mes las porciones correspondientes a dos. Así llegó el Gobierno del malogrado coronel Balta al mes de julio de 1871, en el que celebró un contrato para la emisión del segundo empréstito de obras públicas, tomando adelantados de él, cuando aún estaba por realizarse, y a pesar de que tenía su objeto especial, siete millones y medio que destinó a cubrir los gastos interiores en el año que faltaba para el fenecimiento de su período. Esta suma no fue, sin embargo, bastante para tan corto tiempo, y hubo de hacer nuevos descuentos a la pequeña cantidad a que quedaba reducida la mesada del contrato Dreyfus. No siendo ellos suficientes tampoco, en junio del 72, cuando apenas faltaban cuarenta y tantos días para el vencimiento de dicho período, se tomaron del fondo destinado a obras públicas y con el consentimiento del empresario del ramo, dos millones doscientos mil soles para los referidos gastos. El último día de aquel período, también esa suma estaba gastada, quedándole en herencia al nuevo Gobierno una deuda flotante que, liquidada después, resultó ser de 6.714,970 soles 71 centavos.

Entretanto, el resto de la mesada de Dreyfus no era ya de 400,000 soles, porque la parte de bonos del 72, que había sido emitida, gravaba sobre ella con una suma de más de 100,000 soles, y los 200,000 y tantos restantes, se encontraban, como antes he dicho, descontados por espacio de muchos meses.

Las aduanas del Callao, Arica e Iquique tenían aceptados libramientos por más de tres millones de soles, y la consignación —294→ del guano en los Estados Unidos había adelantado el producto de este abono por cuatro años.

El decreto de 21 de marzo de 1872 que aumentó en un 25 % todos los sueldos y pensiones públicas, vino a cerrar este cuadro, nada lisonjero, que constituye la herencia legada a la administración actual.

Tal era la situación en el interior: veamos ahora la que en el exterior ofrecían la administración del guano y el crédito.

Respecto del primero, la venta había bajado, de 1869 a 1872, en cien mil toneladas más o menos, disminuyendo, por consiguiente, los ingresos públicos en tres millones y medio de soles.

Por lo que toca al crédito, la exposición fiel de los hechos hará comprender su verdadera situación.

El empréstito de 1870, lanzado al público a 83 1/2 y suscrito, según se dijo, por una cantidad quíntupla a la pedida, se cotizaba en pérdida a los pocos días de su emisión. Menos de dos años después de ella, y cuando aquel papel aún no se había repuesto de su quiebra, fue lanzado el segundo empréstito de 36.800,000 £, o sean, 84.000,000 de soles. No habiendo sido suscrito por el público, quedó nominalmente emitido, tomado sólo en la parte estipulada a firme por los contratistas, y sosteniendo apenas su precio en la Bolsa, según después se ha visto, más por falta de operaciones, que porque los precios cotizados en ella representasen verdaderamente negociaciones realizadas. Éste era, según más tarde lo han comprobado los acontecimientos, el verdadero estado del crédito en el exterior.

El comercio no podía dejar de seguir el movimiento iniciado por el Gobierno. Los millones súbitamente gastados en dos años, habían forzado los consumos, levantando todos los valores, y precipitado al comercio en nuevas operaciones para las cuales no le eran suficientes sus recursos ordinarios, y había acudido al crédito hasta donde lo habían permitido las circunstancias del momento.

Pero el comercio es también la industria, por cuanto él la fomenta y habilita, haciéndola partícipe de su prosperidad o de su abatimiento. La industria, principalmente en su parte más valiosa, la agricultura de nuestro litoral, aprovechó, pues, las facilidades que se le ofrecían y contrajo obligaciones tan cuantiosas, como grandes eran esas facilidades, y ardiente su deseo de progreso.

Para el Gobierno, como para todos los hombres pensadores, no era misterio el hecho de que semejante situación no podía mantenerse, pues la agitación causada por las afanosas operaciones de crédito del 69, 70 y 71, no podía subsistir sino repitiéndose en cada año otra del mismo género; y cuando una —295→ nación ha realizado en tres años consecutivos tres operaciones como las citadas, necesita dar muchas pruebas de cordura y de solvencia para verificar una nueva. El comercio, levantado repentinamente por las negociaciones financieras del Gobierno, debía verse, como en efecto se vio, en agosto del 72, gravemente amenazado por la situación fiscal que esas operaciones habían creado.

De las consideraciones que preceden, resulta que la situación de la Hacienda, en 2 de agosto de 1872, puede resumirse en los términos siguientes:

Las rentas del guano habían sido absorbidas por el servicio de la deuda externa.

Las rentas interiores estaban hipotecadas por la mitad de su valor.

El presupuesto aumentado en un 25 % de los sueldos y pensiones del Estado.

Había que cubrir una deuda flotante de 6.714,970 soles 71 centavos.

Se debía a los fondos de obras públicas, por una parte siete millones y medio y por otra 2.200,000.

La venta del guano había disminuido en 100,000 toneladas.

Un empréstito exterior había fracasado, y, sin embargo, el servicio de las deudas externas y la deuda a los compradores del guano, absorbían en su totalidad el producto de ese abono.

El comercio y la industria estaban amenazados por la primera crisis que debían sufrir desde la independencia del Perú.

Esta situación es la que heredó de su antecesor el presente Gobierno; y bajo el punto de vista que ella determina, deben ser juzgadas sus medidas por los contemporáneos y por la historia.


- V -

Vivía la República en completa tranquilidad y nadie pensaba en alterar el orden público, cuando en Abril de 1871, con un entusiasmo prematuro y no visto en épocas anteriores, diose principio a los trabajos electorales para la sucesión del presidente Balta, magistrado que debía cumplir su mandato el 2 de Agosto de 1872.

Desafiando la omnipotencia del poder público y sin imitar los métodos anteriormente puestos en práctica para conseguir el favor oficial, un grupo de gentes nuevas, vividas —296→ hasta entonces en el retraimiento y en el menosprecio de los asuntos públicos, decidió intervenir por primera vez en la política del país. Hombres que hasta entonces no habían sido ni siquiera municipales y que consideraban un deshonor vincularse a la Administración, repentinamente cambiaron de parecer, y animados por una audacia que inspiró miedo a la camarilla que rodeaba al Gobierno, dieron principio a la potente labor de organizar un partido, de exhibir un programa y levantar una bandera anteriormente no conocida. Para el logro de tan nuevos propósitos se predicaron doctrinas no conocidas en el Perú y se preconizó la paz y no la guerra como único medio de conseguir el triunfo. En oposición a las tendencias de la época, netamente militaristas, se proclamó el gobierno civil, por los civiles, con los civiles y para los civiles.

En el segundo meeting, que el 3 de Mayo se verificó en el Teatro Odeón, bajo la presidencia del general Medina, Manuel Pardo, organizador y conductor de aquella potente y nueva fuerza, entre otras cosas dijo a sus oyentes:

Estamos en un momento en que sólo la luz puede fecundizar las fuerzas, en que sólo la verdad puede tener valor... Los partidos nunca han sido nada, porque sobre lo que cada uno de ellos representaba ha habido siempre una mentira ocupando el sitio de la verdad, una fuerza ocupando el sitio de la opinión. De allí esos sistemas empíricos de nuestros desgraciados gobiernos. El uno fusilaba para evitar las revoluciones, el otro, con el mismo propósito entregaba la hacienda pública a la voracidad de todo el mundo. El otro luchaba entre los dos extremos... Vamos a fundar lo que puede llamarse la verdadera República.


El 7 de Agosto se realizó la primera reunión de carácter popular en el Tívoli de la Piedra Lisa. Congregáronse en dicho lugar doce mil hombres, y el despliegue de esa fuerza en un desfile que se realizó en las calles de la ciudad fue un acontecimiento sin precedente en la historia de las —297→ repúblicas americanas, y una demostración de lo que puede un pueblo cuando un caudillo le saca de su apatía. Hasta entonces, esclavo de las preocupaciones de su pasado, ese pueblo, a la voz de un hombre que le llamó a la vida, al pensamiento y a la lucha, se levantó altivo, numeroso y entusiasta.

Anteriormente los malos elementos habían vencido porque la mezquindad de los partidos no había sabido oponerles otros medios que los que ellos mismos habían empleado. Vencer el fraude con el fraude, el asesinato con el asesinato, era a lo único a que sabían apelar ambos contendores. Resolvió la agrupación civil prescindir de la lucha que se hacía por medio de la intriga, de la violencia y de las cábalas, y comenzó a conseguir su propósito estableciendo entre los ciudadanos conscientes de su derecho una alianza estrecha y franca de voluntades.

El desaliento y la indiferencia política de las clases laboristas -dijo Pardo en su discurso del 7 de Agosto- han sido reemplazados por el entusiasmo vivificador de los individuos de la sociedad. El aislamiento y la apatía en el cumplimiento del deber, se han trocado de improviso en el levantamiento de todos los espíritus, en asociación de personas y en alianza estrecha y franca de voluntades.

En esta lid solemne en que evocamos las fuerzas puras de la sociedad para salvar la sociedad misma, debemos mostrarnos dignos de nosotros mismos.


Un partido político nacido a la sombra de la paz, sin los recursos de los triunfos revolucionarios y que llegó a constituirse en una verdadera fuerza nacional, causó alarma en el espíritu de los viejos caudillos que habían hecho de la Nación un feudo. Fue sondeando las profundidades de la Historia y repasando las tristes páginas de sus relatos, como pudo evidenciarse, por los antecedentes, por las aspiraciones y por los medios puestos en práctica, el alcance de la obra emprendida.

—298→

La popularidad de Orbegoso en los días en que subió al poder no fue sino una protesta contra la autocracia militar; la de Vivanco fue el cansancio de la revuelta; la de Castilla, la reacción contra esa especie de cesarismo republicano que trataba de arraigarse en el país. Con la aparición del partido civil se inicia el anhelo vivificador de implantar, no la felicidad de un día, sino un sistema perpetuo y completo de política y de administración. Todo se hallaba en ese año de 1871 en condiciones iguales a las de los tiempos de la Metrópoli, con sólo el adelanto que impone el curso natural del tiempo; y cuando se piensa que todo aquello fue hecho por hombres que no llevaban sobre su frente los laureles militares alcanzados en la pelea, hay que convenir en que el movimiento del cual Pardo fue iniciador, fue el que más conmovió la máquina política y social, a contar desde los últimos días de la independencia.

Un pueblo desengañado por numerosas decepciones, que hubo de hallar de improviso quien le sacara de su apatía y que llegó a hacerse por su organización admirable un poder como jamás se pensó que pudiera levantarse otro igual, puso en alarma a los hombres que acompañaban a Balta. Aquello no era el triunfo de Pardo, sino el triunfo del pueblo.

Una prolija revista pasada entre los hombres que rodeaban al Gobierno, en el deseo de encontrar un candidato de oposición, descubrió en el general Echenique la persona que se necesitaba. Los antiguos consolidados se unieron a él, y como dinero en abundancia no faltó para mover las clases populares, durante algunos meses la ficticia fuerza reunida al rededor del viejo caudillo tuvo cierta apariencia de verdad.

La lucha comenzó a tomar proporciones antes no vistas, y como la tranquilidad púsose en peligro, consiguió —299→ Balta reunir a los dos candidatos y obtener de ellos mutuos respetos.

- VI -

La nación italiana celebró con entusiasmo la toma de Roma en 1870. Quisieron hacer lo mismo los súbditos de ese reino en Lima, y habiéndoseles negado el permiso solicitado, el elemento liberal, en actitud de protesta, reuniose en la plaza de Bolívar el 20 de Septiembre. Hallábanse en actitud pacífica algunos miles de ciudadanos oyendo los discursos que en ese acto se pronunciaron, cuando la policía de seguridad, bala en boca y bayoneta calada, invadió la plaza por sus seis bocacalles. Este atropello de un derecho que la ley reconoce, este insulto a la Lima del pensamiento, fue unánimemente censurado por toda la prensa, excepto el diario La Sociedad. Sin ninguna necesidad se involucró una cuestión de derecho político con un asunto de religión y conciencia, y con premeditada intención, el Gobierno se proporcionó el placer de inferir una ofensa, de cometer una tropelía y de insultar a los hombres más prominentes del país. La fuerza pública encargada por la ley de cuidar el orden y de garantir la opinión ciudadana, fue dedicada a causar el desorden. Este hecho acabó con los últimos restos de prestigio anteriormente gozados por el Gobierno.

En este estado de intranquilidad pública se verificaron las elecciones populares, que según la ley de aquella época debían establecer las mesas de sufragios. No habiendo tomado parte el Gobierno en la contienda, el triunfo de Pardo fue pacífico y general, no solamente en Lima sino también en provincias.

Este triunfo desconcertó al Ejecutivo, quien, convencido de la imposibilidad de llevar al poder al derrotado general Echenique, optó por el procedimiento de dualizar las —300→ elecciones y recomendar la candidatura del doctor Antonio Arenas. La exhibición del nuevo candidato fue hecha personalmente por el mismo presidente Balta, en una proclama cuyos términos causaron profunda extrañeza. Echenique, que estuvo en el juego y que, según lo acordado en Palacio, debía retirarse de la escena electoral, a su vez lanzó otra proclama no menos exótica y en la cual decía:

Representando el señor Arenas la misma causa política que yo he defendido en el Perú con nobilísimos amigos y partidarios, nada se pierde con que desaparezca mi nombre del concurso electoral... Por lo mismo ruego a mis amigos políticos y personales que apoyen la candidatura del señor Arenas, y la rodeen con leal energía hasta que triunfe definitivamente.


Ante el concurso de las multitudes, Balta presentó al doctor Arenas. Habiéndolo exhibido como una entidad política sin relaciones en los partidos militantes, como un hombre sin ningún vínculo con los intereses y con los apasionamientos de la lucha que se efectuaba, creyó ver en él un hombre de condiciones excepcionales para representar la opinión unánime del país. Si ya la Nación había expresado su voluntad, ¿cómo era posible que los ciudadanos, únicamente por obedecer al Presidente fueran a buscar al término de los trabajos electorales a una persona extraña a sus aspiraciones? Además, ¿era republicano que quien no podía ser elegido, oficialmente anunciara que era Arenas la persona que debía sucederle? Siendo el nuevo candidato un personaje honorable pero desvinculado, su gobierno, si sus aspiraciones hubieran obtenido el triunfo, ¿no debía ser un gobierno ineficaz, de vida artificial y a merced de las maquinaciones que Balta o Echenique, o los dos juntos, podían provocarle para traerle abajo?

Tan extraña manera de conducir las cosas públicas en materia electoral, colocó al doctor Arenas en una situación —301→ desairada. Los amigos del Presidente se empeñaban en hacer creer a las gentes que Arenas no era el representante del echeniquismo, pero éste públicamente afirmaba lo contrario. El mismo Echenique en carta circular privada decía a sus amigos:

El Gobierno, conocedor de los males que nos amenazan, ha resuelto de acuerdo conmigo exhibir como candidato oficial al doctor Arenas, que es otro yo.


Si la candidatura del doctor Arenas no era la candidatura oficial, ¿qué otra cosa era? Lanzada por un hombre que ejercía la magistratura suprema y nacida única y exclusivamente por la voluntad de unos pocos palaciegos, el voto emitido por Balta sólo podía servir para crear conflictos, como en efecto los creó, y para enturbiar la misma situación que pretendía aclarar.

Los resultados comenzaron a verse pronto. Lo que apareció como una simple recomendación oficial, comenzó a significar una imposición. El prefecto de Huánuco, con todo cinismo, reunió en su casa a los electores y les habló con la franqueza del que ha recibido instrucciones terminantes y conminatorias. Lo mismo, aunque en diversa forma, hicieron otras autoridades. Todo esto fue contraproducente, y en los primeros días de Diciembre la candidatura oficial estaba tan falta de vida como ya enterrada hallábase la de Echenique.

Como los abusos continuaban, la prensa aumentó sus ataques al Gobierno. Alarmado el Ministerio por el rumbo que las cosas políticas tomaban, resolvió hacer uso de medidas extremas. Habiendo sido por esos días El Nacional el más audaz de los acusadores, el 28 de Octubre sus redactores Manuel María del Valle y Andrés Avelino Arámburu fueron tomados y no sometidos a juicio ni reducidos a prisión, sino castigados, recluyéndolos en un cuartel en calidad —302→ de soldados. Los cuarteles en ese entonces eran considerados como lugares denigrantes, como centros de perversión y repugnancia.

Siendo tan potente la fuerza de opinión contraria a la candidatura Arenas, y tantos los atropellos sistemáticamente cometidos por los funcionarios públicos, especialmente por los de provincia, la situación tomó malísimo aspecto. El ejército fue aumentado con un reclutamiento forzoso que puso en alarma a toda la República, y muchos comenzaron a ver en estas disposiciones el principio de un plan radical que podía terminar en un golpe de Estado.

La cárcel, los grillos, la jerga del soldado o la lona del marinero no han sido parte a quebrantar la voluntad de los verdaderos ciudadanos, decía por esa época El Comercio.


Respecto al aumento del ejército, el mismo diario, con voz profética, dijo lo que algunos meses después se realizó:

Hace 50 años que los gobiernos republicanos están formando ejércitos mayores cada vez a medida que han aumentado nuestros recursos para afianzarse en el poder y conservar el orden público; y hace 50 años también que esos gobiernos se están hundiendo con la más grande facilidad, sin que hayan podido conjurar la catástrofe.


El primer despliegue de la potente fuerza militar organizada, se realizó el 1.º de Mayo de 1872. Con el pretexto de hacer una convocatoria a Congreso por medio de un bando, desfilaron por las calles de Lima siete mil soldados. Cinco días después reuniéronse en la República los Colegios Electorales para la elección de Presidente, Vicepresidente, senadores y diputados, habiéndose conseguido dualizarlo todo.

El 7 de Junio El Comercio fue clausurado. El 15 de Julio, siendo Tomás Gutiérrez ministro de la Guerra, reunió el ejército en la pampa de Amancaes, le obsequió una —303→ pachamanca y en la tarde a la cabeza de siete mil hombres entró en Lima con el aparato y el despliegue de un general victorioso en una gran batalla. En la noche el mismo Gutiérrez se presentó en el Teatro Principal de uniforme y acompañado de su estado mayor. Oficiales bajo consigna y policías vestidos de paisano, que se colocaron en la galería, le hicieron una ovación.

A última hora, es decir, pocos días después del 15 de Julio, Balta, aconsejado por su hermano Juan Francisco, por Arenas, por Meiggs, y aun se dice que por Echenique, resolvió entregar el mando al elegido de los pueblos. Tomás Gutiérrez, que seguía de ministro de la Guerra, teniendo fuerza material suficiente para desobedecer el acuerdo de la camarilla presidencial, protestó contra lo acordado, y, sin comunicar a nadie su pensamiento, resolvió proceder por su propia cuenta. Contando con las fuerzas armadas de la República, excepto el cuerpo de Artillería y la marina de guerra, y teniendo al frente de algunos de sus batallones a tres de sus hermanos, uno de ellos sometido a juicio por el delito de flagelación, el 22 de Julio dio el golpe de Estado que el país esperaba.

A las dos y media de la tarde el Presidente de la República fue preso y encerrado en un cuartel. Se trató de hacer lo mismo con Pardo, pero éste tuvo aviso de lo ocurrido y tiempo para ocultarse. Tomás Gutiérrez, que sin moverse del Ministerio de la Guerra lo había dirigido todo, montó a caballo a las cuatro de la tarde, salió a la plaza y en presencia de sus tropas se proclamó jefe supremo del Perú. Su hermano Silvestre confirmó la proclamación, dando un viva al Dictador y mandando presentar las armas. Concluido el acto, Tomás visitó los cuarteles, y su mismo hermano Silvestre ocupó la cárcel situada en la plaza de Bolívar, tuvo en ella un altercado con el vocal de la Corte Suprema José Eusebio Sánchez y por encima de él puso en libertad a varios —304→ presos políticos. En el cuartel de Santa Catalina el Dictador separó de sus puestos al coronel Federico La Fuente, al comandante Vidal García y García y a los mayores Llosa y Carbajal. Como es de suponer, a las cuatro de la tarde la alarma en Lima era general. El comercio cerró sus puertas y los vecinos que no estaban en las calles habíanse apostado en los balcones y ventanas.

Las cámaras legislativas, que desde el 13 estaban reunidas en juntas preparatorias y hacían su labor de calificación en sesiones secretas, se reunieron en Congreso pleno y por unanimidad pusieron fuera de la ley a Gutiérrez y a sus cómplices. Presidió la sesión José Rufino Echenique y redactó la protesta José Simeón Tejeda. Antes de terminar el acto, ochenta policías invadieron el salón de sesiones y a culatazos arrojaron a la calle a los representantes. El general Echenique fue el último en salir acompañado de su hijo Pío. Más tarde le pusieron guardias en su casa.

Al día siguiente, o sea el 23, la Independencia, el Huáscar, la Apurímac y el Chalaco se retiraron de la bahía del Callao y anclaron en el cabezo de la isla de San Lorenzo. Aurelio García y García y Miguel Grau, que comandaban respectivamente los dos primeros buques, iniciaron la protesta hecha por los jefes de marina, y en acta especial desconocieron al titulado jefe Supremo. En la tarde, Tomás Gutiérrez anunció en hojas volantes que, invitado por el ejército, por la marina y por el pueblo, aceptaba la jefatura de la República.

En su proclama calificó de tortuosa la política de Balta, sostuvo que la expresión del voto popular era un espurio engendro del espíritu de ambición y de partido, y que la elección de presidente estaba falseada por su base.

Hasta la tarde del día 24 el Dictador no comenzó a darse cuenta del vacío en que vivía. La víspera en la noche, numerosas guardias abandonaron sus puestos, y a las nueve, —305→ un escuadrón en Barbones se levantó y se dispersó. El 24, una hora más temprano, o sea a las ocho, parte de los batallones 6 y 8 se levantaron en armas, sostuvieron un combate con las fuerzas leales a la dictadura, y consiguiendo al fin su objeto, que fue ganar la puerta de calle, se dispersaron por la ciudad.

El jefe de la casa Dreyfus, a quien Fernando Casós que había sido nombrado secretario de la Dictadura, llamó para pedirle dinero, se negó terminantemente a entregarlo y en un momento de descuido se asiló en la Legación de Francia. Los gerentes de los bancos de Lima, de Londres, del Perú y de la Providencia recibieron iguales solicitaciones, como también Lino La Barrera, Director de Beneficencia, que fue puesto preso.

Asilado Pardo en la Legación del Brasil, situada en la esquina del Teatro, desde la tarde del día 23, salió de ella a las tres de la madrugada del día siguiente. Solo y sin el menor disfraz, con gran osadía atravesó la ciudad y antes que aclarara se presentó en la Huerta de la Pólvora, ubicada cerca del Jardín Botánico. En ella fue recibido por su amigo el doctor Ponce, vocal de la Corte de Lima; y a las seis de la tarde de ese mismo día 23, en compañía de don Fernando Soria, ambos disfrazados de negros, salieron de la ciudad en una carreta yerbatera de dos ruedas y tres mulas. Perdidos en los callejones de Limatambo y San Borja, con gran dificultad llegaron al día siguiente a la playa de Chilca, donde les fue necesario embarcarse en un bote pescador, no habiendo encontrado el buque que debía aguardarlos. La mar estaba picada y la navegación se hizo peligrosa. Al fin, después de correr mar afuera ocho horas a la vela, dieron con el Huáscar, que acudiendo a las señales los recogió y los condujo a Pisco.

Así las cosas, la Dictadura alcanzó su cuarto día. Fue éste de calma, pero no así el quinto, que fue terrible. Animado —306→ el pueblo por la defección de las tropas y por el poco ánimo con que la policía reprimía sus tendencias al agrupamiento, principió a envalentonarse. Los clubs y los hoteles se llenaron de gente. Silvestre Gutiérrez, que por tren de diez vino del Callao a conferenciar con el Dictador, atravesó la recta de la Unión con admirable serenidad, y en la estación de San Juan de Dios ocupó un asiento en el tren que se le tenía preparado. Acababa de sentarse cuando oyó vivas a Pardo. Excitado por la provocación, personalmente y sin buscar el auxilio de la tropa que le acompañaba, salió al portón que daba a la calle, en ese momento abierto, y parándose sobre los rieles, por el ventanillo disparó los cinco tiros de su revólver sobre un grupo situado delante del local de la Bomba Lima. Paisanos que estaban a su retaguardia, o sea en la esquina de la calle de Belén, por detrás de su persona y a mansalva le hicieron fuego, matándole. La noticia en Palacio dejó consternados a los hermanos Tomás, Marceliano y Marcelino Gutiérrez. El último, casi loco de furor, corrió al cuartel de San Francisco y asesinó a Balta. Los detalles del suceso han quedado en el misterio. Marcelino se distinguió por su cariño y respeto al finado. Durante su prisión le trató con humanidad y le puso en relación con su familia. Fue él quien consiguió de Tomás que por Tesorería le dieran quince mil soles, y orden de salir del país, viaje que no pudo emprender el 24, por no haber salido ese día del Callao el vapor que debió haberlo llevado a Panamá. Todo esto abona a Marcelino; sin embargo, ¿cómo afirmar que la tropa en su ausencia se hubiera ensañado contra Balta? ¿Cómo creer que los soldados, prescindiendo del comando se hubieran atrevido a causarle en el cuerpo once heridas de bala y una de bayoneta?

A las tres y media de la tarde del susodicho 26, Tomás Gutiérrez, anonadado por la opinión, abandonado hasta de sus propios amigos y con el ejército desmoralizado y debilitado —307→ por las constantes defecciones, sacó de Palacio sus escasos soldados. Tomó la recta del Arzobispo, dobló por Bolívar, siguió hasta Santa Teresa y se refugió en el fuerte de Santa Catalina. En su paso por la ciudad, varias veces se vio obligado a resistir el fuego que el paisanaje le hacía con los rifles y municiones de las tropas desertadas. Dos horas más tarde, Palacio, que estaba defendido por una columna de Celadores al mando del mayor Navarro, y que fue atacado por las barricadas que se levantaron en las calles de Mercaderes y Coca, se rindió incondicionalmente. Fueron Francisco Diez Canseco, Baltasar La Torre y Lisardo Montero los primeros en ocuparlo. El Vicepresidente de la República, Herencia Zevallos, se hizo cargo del Mando supremo, a las siete de la noche. Ribeyro fue encargado de organizar el ministerio. Canseco fue a Guerra y Manuel Velarde a la Prefectura de Lima.

A las siete de la noche no quedaba a Tomás Gutiérrez, jefe Supremo del Perú, más pedazo de tierra que aquel que ocupaba en el fuerte de Santa Catalina. Los leales que le quedaban se batieron con denuedo, y unas veces desde los torreones y otras saliendo a la plazuela, resistieron el fuego que el paisanaje capitaneado por el mayor Cornejo, por Domingo Ayarza y otros, hacía desde las barricadas construidas en las calles de San Diego, el General, Padre Jerónimo y Jardín Botánico.

Tomás Gutiérrez, aprovechando una de esas batidas que sus tropas dieron al pueblo en las inmediaciones del fuerte, se escurrió hasta la calle y fue a parar a la esquina de Doña Elvira y el Chirimoyo, donde se entregó a Domingo Ayarza. Llevado por éste y por Lisardo Montero a la casa del ministro de la Guerra, antes de llegar a ella fue reconocido por el pueblo, que a gritos pedía su cabeza. Obligado Gutiérrez a refugiarse en la botica de Valverde, en la esquina de Espaderos, encontrado allí, dentro de una tina por sus —308→ perseguidores, se le victimó, colgándole después desnudo y ensangrentado en uno de los faroles de la plaza de Armas. Dos horas después el cadáver de Silvestre, traído de la parroquia de los Huérfanos, era también colgado de otro farol, y al día siguiente después de exhibidos en las torres de la Catedral, en donde de nuevo fueron colgados, se les quemó delante del atrio de dicho templo.

Fue aquella semana fecunda un trozo de Historia que nunca se podrá olvidar. Todo pasó en cien horas, y en el curso de ellas la vida del magistrado supremo fue extinguida entre los horrores de un crimen espantoso y oculto, crimen inútil que sólo pudo tener origen en los desbordamientos de una ambición y de una venganza que excedió los límites de lo humano.

Si a partir de 1871, otras orientaciones, un cúmulo de ideas regeneradoras y una nueva doctrina vinieron a transformar un régimen vigorosamente cimentado y ya medio secular, el choque entre éste y el flamante principio político que se trataba de entronizar hubo de traer necesariamente conmociones y rechazos que llevaron al país al escándalo de una revolución, la más ruda y desatentada habida en el Perú. Durante dieciocho meses un cúmulo de amarguras y sufrimientos cupieron al país. La libertad experimentó terribles martirios, y las instituciones y el individuo estuvieron expuestos al rigor de las arbitrariedades, hasta que, por inflexible ley de la compensación, que es ley del equilibrio histórico, la reacción sobrevino poderosa e incontenible.