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ArribaAbajoLo que me acaesçió llegando a Sevilla, ansý sobre esta dicha muerte del señor duque como en mi vida

Acordé de hablar a algunos benefiçiados en la santa yglesya de Sevilla, amigos míos y onbres de buena yntençión, e hízeles relaçión desta muerte deste gran señor. Y como ellos la sabían de su vida, fué muy bien acogida. Y dimos horden como se dixese en el cabildo e ayuntamiento de la dicha yglesya, acordándoles como, demás de meresçer el duque que le hiziesen onrras en memoria de su fama con deseo de su gloria, por muy notables cosas y exçelentes y valientes que hizo en este mundo, como por lo que segund nuestra fee hizo en serviçio de Dios para gozar el otro, trayéndoles a la memoria como, quando se les cayó la prinçipal parte de su yglesya, les ayudó como grand prinçipe con noveçientas mill maravedís. Y sabida e oyda esta razón, acordaron de lo efetuar, aunque ovo alguno que dixo que mirasen que en esta çiudad e yglesya tan ynsignia nunca se hizo, ni hizieron tal por el duque de Medina-Çidonia, bueno que la mandó, ni por alguno de sus anteçesores ni subçesores, ni se hazian por los duques de Véjar y Arcos y conde de Urueña, que en esta sazón son muertos. Ni faltó quien respondió, porque fueron todos a una boz, que ni tenía razón el que esto propuso ni lo avía para que por ellos se hiziese como por el duque d'Alva.

Lo qual se hizo desta manera. Domingo, a quatro de hebrero de mill e quinientos e treynta e dos, a bísperas y otro día a misa, conbidados los cavalleros desta çiudad todos, aunque los que fueron son éstos: el liçençiado Gutierre Velázquez, oydor de la chançillería de Granada, juez de resydençia del asystente en esta çiudad al presente, y su lugarteniente el liçençiado Carlo Val; el señor Luys de Guzmán, señor del Aljava, y su hermano don Rodrigo; el señor conde del Gelves, don Gorge de Portugal; el señor don Pero Puertocarrero, eredero del marquesado de Villanueva; Pero Xuares de Castilla el viejo, y su hijo el moço; Diego López de las Roelas, Pero Mexía; el alcaide del alcázar real, Françisco de Santa Cruz; don Juan Hurtado de Mendoça y Luis de Monsalve, obispos d'Escalas y Monpalao; e el que predicó, que es de la horden de San Françisco e de muy grand fama. Ovo mucha gente çiudadana. Dixeron la missa mayor con sus vestiduras de terçiopelo negro. Fué el provisor del arçobispo el que la ofiçió, y canónigo en la santa yglesya. Fué puesta la tunba grande en que se suelen hazer las onrras del Rey Santo que ganó la çiudad, con un grand paño que toda la cubría de luto, con un cruçifixo muy rico y devoto ençima. Y las quatro partes de la tunba, las armas y vandera que él avía ganado, pintadas en grandes pliegos de papel, del dicho duque: y alderredor çinquenta hachas blancas ençindidas y luego en sus escaños, çercada la tunba destos cavalleros que dicho tengo.

Los quales otro día a missa tanbién vinieron con otros muchos que no quento. Y acavado de dezir el Evangelio, como es uso, subió el dicho obispo, frayle de San Françisco, en el púlpito, y acavado de dezir la salutaçión, yendo por su sermón, hablando en el temor de la muerte y en el tenblar de las carnes quando el alma se quiere arrancar del cuerpo y en la turbaçión del juizio e miedo del travajo y arrepentimiento de lo pasado y esperança de lo por venir, bolvióse para la dicha tunba y dixo:

«¡Quánd libre devéys vos estar, grand prínçipe, duque d'Alva, de ver todo esto, pues fué tan notable vuestra vida y muerte! En lo qual syenpre amastes a Dios, syenpre le servistes y acatastes, syenpre le temistes vos, bienaventurado duque. En setenta e çinco años que bivistes, conosçistes y seguistes nuestra santa fee católica ençalsándola y sirviéndola y aproándola. Vos hazíades limosnas, porque el año que moristes, distes syete quentos a donzellas y poco menos en todo lo que bivistes; y hazíades casas de vuestra morada y palaçios reales. Tanbién hezistes monesterios angelicales para los siervos y ministros de Dios y de la santa fe católica, y los dotastes e onrrastes. Y sy hezistes algunas profanidades en este mundo por algunos fines que a ello vos forçavan, ansý de onrrar a vuestro Rey e Corte real suya como por otros fines, dando hachas a damas y vestidos de brocados y sedas, no dexávades de ençendellas y traellas delante del Santo Sacramento ni vestir con las dichas ropas a ymágines de la gloriosa Virgen María. Y sirviendo a vuestro Rey en honrra y mandamiento de nuestra ley, defendiendo los dichos sus reinos, syendo capitán general ganastes todas estas vanderas.

E alçó los ojos arriba e dixo: «¡Quán çierto estoy, yglesya, que no vos caeréys vos, predicando de quien tan bien os socorrió quando lo ovistes menester, que os enbió noveçientas mill maravedís!» Y otras muchas cosas predicó, que por no ser prolixo, no pongo aquí. Y asý se acavaron las dichas onrras deste valeroso y bienaventurado y no en contentamiento de todos, porque los parientes y criados destotros duques se enojaron y no fueron allí, porque no se hazía lo mismo por ellos.




ArribaAbajoLo que me acaesçió en Sevilla

Luego como llegué desta venida de la Corte, hallé a mis amigos muy rebueltos con mis enemigos, y éstos muy quexosos, diziendo que yo, antes que me fuese, los avía dexado yndignados. Y ansymismo con cartas desde allí lo sustenté y pasé adelante. Y en verdad ellos la dixeron en esto, porque me paresçe que es bien syenpre hazer amigo del amigo y enemigo del enemigo, como arriba tengo dicho y sustentado, declarando que es bien dezir mal del malo y bien del bueno; porque ni el uno sería castigado ni el otro galardonado, y siendo rasados anbos por un rasero, no sería justa la medida ni razonable. Y sy ellos syntieran lo que a mí me rebolvían y el mal que de mí dezían, hallaran que no era menos que lo que de mí se quexavan, syno que en caso propio syenpre se pasan las cosas más livianamente.

Vinieron a reñir y a desafiarse, porque en el tiempo del dicho conde don Hernando, asystente desta çiudad, mis contrarios estubieron prósperos y favoresçidos. Y después que la justiçia vino de por medio, que fué un juez de resydençia, contra el dicho conde, y lo prinçipal que le hallaron fué parçialidad que con ellos tubo y sostubo mientras tubo el cargo, halláronse abatidos y corridos. Y porque consyderando Juan de Torres, mi amigo muy grande, alguazil mayor de Sevilla, el favor que avían tenido y como con él, no tiniendo este cargo, e conmigo, syendo yo su amigo, estos cavalleros Tello se avían demasiado en murmuraçiones y presunçiones y vanas congregaçiones, quitó a dos criados de Françisco Tello las espadas en ora vedada, y ellos le dieron ocasión a que dixo que al mismo su amo se la quitaría.

Por lo qual fué desafiado el dicho Françisco Tello y de Juan de Torres açeptado. Paresçe que el terçero no dió lugar al conçierto, porque no es razón de hablar, espeçialmente en escritura, en menoscavo de la onrra de cavalleros, aunque sean enemigos. Por lo qual fueron presos, el desafiador en las Ataraçanas, de los cavalleros e onbres onrrados cárçel, y el desafiado en casa del señor del Algava, señor nuestro y amigo muy grande. Y el terçero fué un cavallero amigo nuestro, aunque no en tanto grado que le paresçiese mal lo que hizo, y un hermano mayor suyo que mostrava mayor amistad y no quiso açeptar esta enbaxada, que primero fué requerido con ella.

Y vino a mí e díxome: «Señor don Alonso, yo syenpre os é tenido por espeçial amigo y é tenido espeçial cuydado de vos agradar y no enojar, y ansymismo a Juan de Torres vuestro amigo. Y por eso no quise açeptar la enbaxada que mi hermano como moço efetuó, el qual está preso en las Ataraçanas con Françisco Tello. Quiero saber de vos sy os pesará que yo le vaya a ver, estando en conpañía de vuestros contrarios. Y ansymismo vos pido consejo, haziéndoos saver que demás de ser mi hermano, hijo de mi padre y de mi madre, es mi amigo muy grande».

Yo le respondí: «De ninguna cosa me puede pesar que vos, señor, parezca que hazéys contra mí, porque estoy muy saneado de vuestra voluntad. En lo del consejo, parésçeme que no le avéys de ver, pues todo el mundo vee que soys más mi amigo que de mis contrarios, los quales se an de recatar de vos. Y sy no lo hiziesen, os hazían más mengua. Y si se supiese lo que en vuestra presençia se hablava en estotra parte, aunque otro lo dixese, se avía de poner sospecha en vos. De manera que haziendo a todos, prinçipalmente a vos, daño, devéyslo de escusar, pues sy es tenernos a todos por amigos, quien mucho avarca poco aprieta y quien a dos señores syrve, al uno y al otro á de enojar, quanto más a tantos. Y aun otros muchos refranes y aun autoridades y sentençias de filósofos e teólogos y grandes onbres vos podría dezir sobre esta materia. Para cunplir con vuestro hermano y con vuestra voluntad, papel y tinta en él y con él, y buenos manjares y presentes y regalos; nunca çesar acá de hazer sus negoçios. Y entonçes verá él y veréys vos y verá Dios y el mundo que forçáys vuestra voluntad por hazer lo que devéys, e que hazéys lo que devéys pues hazéys lo que hazéys».

Estos mis contrarios, como dicho os é, en tiempo del dicho conde, asystente parçial suyo, quisieron governar no solamente lo humano syno lo divino, porque querían tomar el çielo con las manos. Y si ellos se juzgavan por lo que él bevía, no herravan, porque es más vino de lo que cogen en Guadalcanal, Costantina, Castilleja y la Redondela. Y desta manera teníanme atribulado y casi abatido, muchas vezes preso y otras, desdeñado y desacatado.

Y confieso que sy en el casso de la justiçia no tubiera dos grandes y espeçiales amigos y hermanos, que en verdad por tales tube el tiempo que biví, los quales se llamavan por nonbre el liçençiado Andrés de Vergara, alcalde mayor y veintiquatro de Sevilla y natural della, y el otro el liçençiado Juan de Herrera, alcalde de la justiçia de la dicha çiudad, natural de Úbeda y Baeça, porque de entranbas partes era aparentado y onrrado. Los quales fueron en verdad tan onrrados y sabios, letrados y cavalleros que ni en leves ni en cavallería, ni en el Consejo Real ni en su Corte no ovo quien les hizo ventaja, ni creo que abrá. Porque asymismo para lo demás, afuera de justiçia, asý con sus valerosos yngenios como con sus cavallerosas personas, me aconsejavan y ayudaban, esforçándome en dicho y hecho, porque, como dicho tengo, fueron onbres para dezir e hazer. Y porque aunque en ellos oviera, como fuera, sy en mí no oviera, comedimiento, afiçión çiega para çegalles a hazer lo que no devieran de hecho contra derecho, por hazer por mí contra la voluntad déstos y deste su asystente su parçial, bien creo y devéys creer que todavía yo los llevara, al menos que no me llevaran; mas çertíficovos en verdad que no solamente en caso propio mío mas en ajeno, en el qual ynterviene ynportunaçión y deseo de estar bien quisto y miedo destarlo mal, nunca en sus cargos de justiçia les pedí cosa en que no deviesen, y pocas y casi ninguna de las que deviesen a quienquiera, porque los quisiese mal por amigos, por sus personas y por sus cargos, porque eran tan buenos y sabios en las burlas como en las veras.

Luego que vi que yva de mal en peor y que llegava a los abismos, porque el dicho conde hazía ynquisiçión de mi linaje, aviéndola de hazer los ynquisidores de sus obras, acordé cortar la soga, porque no pudiese alcançar más. Porque segund él y sus consortes trayan larga diligençia, no podía estar en salvo el que repica, quanto más el que replica. Asý creo que quedaron condeñados en sus onrras muchos deste mal juez y quiero que le tengáis por tal, que a Dios quisieron juzgar, porque dixo que sy fuera él Pilatus, que más açotes le hiziera dar, porque quién le metía a él dezir que era hijo de Dios.

Fuyme a la Corte; quexéme dél. Ynbiaron a Gutierre Velázquez, oydor de la chançillería y audiençia real de Granada, por juez de resydençia, el qual fué muy buen cavallero y justo. Asý lo sentenció, por público parçial de mis contrarios y en un quento de maravedís, de cosas mal hechas que hizo. Y a estos otros, como dicho tengo, como la justiçia estava de por medio y no le consentía sus eçesos y vanidades, túbolos mucho tiempo presos, donde se paresçió y mostró la synjustiçia que el dicho conde su parçial me hizo, quando a mí me tubo preso. Por lo qual y por otras muchas cosas que el dicho conde asystente, como dicho tengo en este libro, hizo contra justiçia e contra mí en contentamiento de los dichos mis contrarios, de quien él era prinçipal, determiné de yrme a me quexar al Rey ante su Real Consejo, de donde subçedió quitarle del cargo y dallo por parçial e ynteresal, por lo que fué condeñado en un quento de maravedís por el dicho juez de resydençia en pública sentençia, como dicho tengo. Y acordé de screvir aquí, lo que en el camino me pasó con un mesonero, y otras cartas y cosas que açerca del dicho conde y casso mío en el dicho camino me acontesçió, que es esto que se sygue.




ArribaAbajoÉste es un traslado de çierta quenta que don Alonso Enrríquez da a un amigo suyo, que se llama Cristóbal Mexía, sobre ciertos agravios que un asystente de Sevilla, do él es natural y resyde, prendiéndole y echándole de ella, le hizo, haziendo plazer a los que le quieren mal y pesar a los que le quieren bien. Y yendo dél a quexar al Rey, escrivió lo syguiente, y le acaesçió esto

«Quiero daros, señor, quenta de mi camino fasta aquí de todo lo que é pensado y pasado y obrado y caminado. Y pienso perseverar, pues os la é dado de lo que é soñado, y devo dar de todo, que justo es que en dicho y en hecho cunpla onbre con su amigo. Y como a tal, ansý os suplico y, sy menester es, requiero ante Dios y el mundo, deys dello quenta a nuestros amigos y señores míos, porque segund el escritura es larga, será darles travajo con ella y no paresçerá tan bien leerse en muchos pliegos, porque paresçerán bullas, y todo travajo que se puede escusar a los amigos se deve de hazer, aunque sea dándolo al amigo. Porque quando muchos toman cuydado de una cosa, no hazen tan bien y pasan más congoxa. Y aunque sea dalla a Vuestra Merçed, haziéndoos relator, como yo esté -como çierto estoy- muy aparejado de tomar qualquiera travajo por descanso, y ofiçio por onrra en vuestro serviçio, de lo que doy mi fee, como cavallero, es verdad. Y pídoos, señor, por merçed que lo que yo con mi basto y voto juizio herrare, Vuestra Merçed con vuestro agudo y delgado entendimiento lo emendéys. Debaxo de la tal confiança me atrevo a hazer la presente escritura, tanbién por consuelo del travajo pasado que me á dado el señor conde don Hernando de Andrada, asystente desa çiudad de Sevilla, y tanbién del presente, porque caminar y solo no es poco travajo.

«Por lo que acuerdo, mientras que un criado mío me busca algo de comer para sustentar la vida, por no morir omiçido, escrevir lo syguiente, y tanbién porque en parte me paresçe disculpa -y quiero que sea notoria- y en parte para partir la pena con mis amigos, pues de la dellos no menos tengo yo de resçivirla. Para lo qual vuestra bondad y sagaz juizio ynploro.

»Yo salí de Santiponçe e vine a comer a Guillena con don Pedro de Guzmán. Y çierto, no me supo mal, aunque no venía muy sabroso. Mas como no gusté con el gusto del paladar syno con el de la voluntad y conosçimiento que le tengo, quedé satisfecho por aquel día. De allí vine a dormir al Garrovo, porque me dixeron que era mejor camino por la Syerra Morena, loándomela de harta y viçiosa. Y por ocupar mis ojos y escusarlos no llorasen por no çegar, que fueran dos daños: el uno estorvar la vista de ver a Dios y a mis amigos, y el otro doblar el entendimiento para resçivir más pena y con los manjares refrescar el apetito, que trayo muy amargo, y ocupar el entendimiento, no perseverase en el travajo de aver venido un estranjero a echarme de mi naturaleza, tiniendo amigos y hermanos, y no tan falto de entendimiento ni esfuerço ni fuerça que se pudiese contar por gran milagro resistir esta conpusiçión con tan poco fundamento y ofensa hecha a vosotros y a mi.

»Tanbién me dixeron que era tierra de mucha caça, y llevé aparejo para ello. Y salí a montear un puerco, porque esto tengo por postrero remedio, porque es caça en que se ocupan pensamientos y travajos. Y suelen dezir que un fuego quita a otro, aunque é visto que sy es mayor el primero, no aprovecha el remedio. De manera que sy no arde más el del Consejo Real y, a todo rebentar el de la persona que Dios mantenga, doquiera que estubiere, yo podré dezir que purgaré mis penas en bivas llamas ardiendo. Y no sería tanto mal, sy fuese pecado de do se esperaría gloria. Lo qual yo no conosçeré que acometí, porque yo no tengo a Dios por tal que no culpe más al conde que a mí; ni a los onbres, sy me quieren oýr, porque en caso propio quienquiera sabe más que nadie. Maté un puerco y él a mí, un lebrel. Y pluguiera a Dios fuera yo el dicho lebrel, al qual dixe por obsequias: «Navajadas tenéys, amigo, y duélenvos; tubiéralas yo, y no vos».

Vine otro día a dormir a la Higuera, y otro al Cañaveral, do salí a caça de conejos, porque andava dividiendo las caças y creyendo que los estremos son los que suelen dar lugar, e çétera. Y perdíme en el monte con mi ocupado juizio, porque ni como ni bevo ni huelgo, syno pensar en mi notorio agravio. Y dixe por él, cantando:


Por el montesyto solo,
Solo por el monte estos días,
¡A, tan largos para mí!
No solían ser ansí.
Estas plaças para mí
No solían ser ansí.
Solía que mis amigos me visitavan
Y asystentes me onrravan.
Agora véome cuytado,
Çercado de alcornoques y quemados,
De mis amigos desmanparado,
De asystente agraviado.
¡No solían ser ansý!



Ni la syerra ni la caça ni mis cantares me aprovechó, y despedíme della, diziendo: «Por vos, morenica la syerra, era yo venido aquí. ¡Ay! ¡malferido de mi lebrel!»

De allí vine a un lugar que se llama Fuentes, de la encomienda mayor de Santiago en la provinçia de León. Y segund yo venía dañado de la ponçoña que el dicho conde me avía dado, oviérame desbaratado con los vasallos de la orden sobre el aposentar de los míos. Y en la verdad, no como desconçertado syno como onbre quedé allí. Pensé sacar antes consuelo que castigo ni meresçello, porque, como arriba digo, syenpre tube ojo a resçivir otro enojo en que me quitase el que llevava. Y tanpoco aprovechó esto, como el fuego pasado.

Y vine otro día a dormir a Çafra y fuy a posar a un mesón do estava un mesonero que, por çierto, segund lo que luego ví en él, me paresçió filósofo. Y por lo que aquí os contaré que con él me acaesçió, por tal lo ternéys. Primero me dió quenta cómo avía andado por el mundo, por donde me paresçió que ternía spiriençias para dar remedio a los acaesçimientos dél. Yo venía tan lastimado que, no a quien supiese que me avía de dar remedio, pero a un onbre que estubiese en dubda, sy me lo sabría dar, tenía determinado de pedirle para livianar mi pena y contéle mi duelo. Y díxome que me lo agradesçía mucho, asý por la confiança que mostrava tener dél como por la causa que le dava para poderme dezir lo que le paresçía.

Y metióme a un corral y allí sentados en sendas syllas, avissó a un su criado que a nadie dexase entrar donde estávamos. Y rogóme que por estenso le dixese todo lo que me avía acaesçido, para que él me fuese respondiendo. Y díxele: «Yo soy don Alonso Enrríquez, cavallero de la orden de Santiago, como veys. Soy criado del Emperador en uno de los quatro estados de su casa, y no en el menor dellos. É sydo su capitán particular y general. No le é hecho trayçión ni cometido vileza, no le tiniendo desamor ni le é sydo desagradesçido. No me é quexado dél, no syendo tan bien pagado de los serviçios que le é hecho quanto mi obra á meresçido. No soy puto ni ereje, ni tan mal cristiano que no tenga y crea todo lo que tiene y cree la yglesya; y rezo lo que a mi orden conviene, como todo cristiano deve hazer, syn ninguna yproquesía. De lo qual os doy quenta para que mejor podáis determinar el casso que os diré, considerando lo dicho de mi persona y lo que con ella se á hecho.

»Sabréys que el conde don Hernando de Andrada, natural de Galizia, el qual e yo nos conosçimos en algund tiempo en la Corte del Emperador nuestro señor; y no menos presume él de más graçioso que yo de más valiente. Y desta causa nunca en el tiempo que nos conosçimos me tubo buena voluntad, aunque me la mostró. Y vino a mí en Toledo y díxome: 'Don Alonso, ¿qué cossa sería, sy yo oviese de venir a ser asystente de Sevilla?' Yo, aunque puse dubda en ello, no se lo mostré; antes le dixe: 'Holgaria dello por ser de vos favoresçido, pues os tengo por prinçipal señor.' Él me dixo: 'Yo soy vuestro servidor y a la obra me remito.'

»Vino a serlo, e yo a verlo en la dicha çiudad. Y díxele: 'Señor, yo creo que me tenéys tan buena voluntad, asý por lo que me avéys prometido como por lo que os e meresçido y devéys a mi voluntad, que muy aýna por me hazer merçed, os haríades a vos daño, lo que no es razón ni consyste en virtud yo lo consyenta. Por lo que é acordado deziros la merçed que me avéys de hazer, en lo que no resçiviré pequeño bien y vos ningund agravio.' Él me dixo que me pedía por merçed que me viniese a comer con él de ay a dos días, yo y don Pero de Guzmán, hermano del duque de Medina-Çidonia, que era cortesano y al presente aý estava, nuestro amigo; y que acavado de comer, hablaríamos lo que yo quisiese. Comimos, él y el dicho don Pero y la señora condesa su muger e yo, en buena amistad y compaña.

»Y alçada la mesa, le dixe: 'Señor, lo que yo quiero suplicaros es que aquí está un honbre que me quiere mal, e yo no a él bien, que se llama Fulano, que me tiene en poco, el qual yo querría que él, más que nadie, me tubiese en mucho. Y como vos seáys el mejor espejo en que él y los otros lo pueden ver, asý por aver visto en lo que en la Corte me tienen como en ser tan razonable y prinçipal persona que devan creer ser verdad, yo meresçer más de lo en que él me tiene, quiero suplicaros que asý con vuestro ofiçio y con vuestra persona, asý en el onor conversable como en el ofiçio de judicatura, no le hagáis diferençia más a él que a mí. Y esto digo porque podría ser descuydaros conmigo, como más conversable a vuestro serviçio y conversaçión, porque tanto me pesaría desto como sy conmigo hiziésedes lo que no devíades, ynjuriando al otro. Porque en esta çiudad se á de mirar mucho en esto, para que todos vean que hazéys lo que a vos toca, que tanto lo é por esto como por lo que me toca a mí.'

«El conde me rindió las graçias, de arte que me engañó, que hasta entonçes no lo estava, y esto dicho tanto fué por tentalle como porque lo hiziese. Y dentro de pocos días topó conmigo, viniendo el dicho Fulano con él, y díxome: 'Beso las manos a Vuestra Merçed, señor don Alonso. No diréys que no os honrro.' Por donde me mostró no honrrarme por lo que yo meresçía syno por la diligençia mía, y aver dado quenta al otro dello. Y sentí tanto esto que no me pude çufrir dél syn dezir mal dél en dicho y en hecho.

Mesonero.- «Por Dios que me espanto mucho del Emperador y de su Real Consejo, do consyste tanto juizio y espiriençia, hazer juez de judicaturas y de onbres paçíficos, de deudas y cosas de pueblo, al conde don Hernando, el qual, por çierto, conozco muy bien, y es muy buen cavallero y valiente onbre y muy cuerdo. Pero como aya gastado lo más del tiempo en ser capitán general en el campo, que es muy diferente que governaçión de pueblos, tengo causa de admirçión. Pero como en las cosas de los reyes aya muchos fines muy grandes, no sé en esto qué me juzgue más de atribuyrlo a lo mejor, y que por algund buen fin se hará». Pero quiero dezir lo que me paresçe que vos devéys de hazer con él, pues me dezíades que le conosçíades: moderar y disimular y recoger vuestra flema y dexar pasar esta yra, pues segund su hedad y costumbre de lo que suele tener el ofiçio allí, los asystentes avían de durar poco y dixérades para vos: a otro lo haréys que me vengará, pues sabíades que avía tanto aparejo para ello».

Don Alonso.- «¿No as oydo dezir que el perro con ravia a su dueño muerde, y que los primeros movimientos no son en manos de los onbres?»

Mesonero.- «Sy emos de estar a dichos de viejas, deziros-é más de los que vos me podéys dezir, porque tengo más edad, pero no querría engañaros con ellos. Çierto mejor fuera acatalle y serville y agradalle y darle a entender que todo lo que hazía era por vuestro bien, y que no entendía que lo hazía por otra cossa, porque dizen que 'no ay peor sordo, e çétera.' Pero yo digo que en partes, no ay mejor sordo que el que no quiere oýr, espeçialmente en un juez que representa la persona del Rey, que a tuerto o a derecho haze lo que quiere. Y en muy pocas vezes -que ninguna se torna con ellos que no lleva en la caveça, y menos, que él con él se toma- les puede hazer mal ni quitar de su ofiçio, porque ante quien os podéys quexar son juezes como ellos, dizen que 'un lobo no mata a otro'».

Don Alonso.- «Tú mismo me as dicho que no es para juez de pueblos, y pues tú lo conosçes, que no as sydo del Consejo Real, mejor lo conosçerán ellos, quexándome yo y dándoles causas para ello».

Mesonero.- «Sý; pero tanbién me avéys dicho que le desonrrastes, representando él la persona real, y tenéys por ello pena. Y sy yo fuese a quien os quexásedes, asý lo haría, porque no se á de mirar a él, syno a quien representa. Y ansý como se tiene un mal clérigo lo que haze en el Sacramento lo que un bueno, y ansý se cree, por muy malo que sea, haziendo del vino sangre y del pan carne; porque las cosas de los ofiçios en lo que toca a las dignidades seglares an de ymitar a las divinas».

Don Alonso.- «Sý; pero desa manera no abría resydençias ni quexas, ni honbres desagraviados, y los juezes, so color de representar al Rey, con la máscara de sus ynsygnias harían muchos agravios, y no abría remedio para ellos».

Mesonero.- «Antes sý, y muy çierto».

Don Alonso.- «Ruégote que me digas en qué consiste».

Mesonero.- «Yo lo diré. El juez, como os é dicho, representa al Rey y está debaxo de su mano y no tiene a otro a quien tema ni obedezca. A ese mismo Rey emos de recorrer por el remedio. Y presupuesto esto, digo que el remedio más saludable que vos podéys tener sería que, pues no está en vuestra mano escoger, juez en vuestra república a vuestro propósito, syno tal qual el Rey le diere, tener con él páçiençia y del agravio que hiziere, recurrir a quien le eligió».

Don Alonso.- «Ya te é dicho que ay pocos onbres que se pueden çufrir y que por eso me quiero yr a quexar al Consejo Real, y dixe lo que dixe».

Mesonero.- «No tengo fiuzia en el tal Consejo, porque no les duele duelo ageno, espeçialmente sy es su amigo la parte. Y dévelo de ser, asý por el ofiçio que le dieron como por el que tenía antes dél, syendo conde, mayormente que por nuestros pecados esos del Consejo están tan enmascarados con el nonbre e ynsygnias que tienen, encubriendo debaxo de la nobleza exterior muy vulgar servidumbre y baxeza en sus costunbres, que pocos dellos -o ningunos, por mejor dezir- en sus dignidades y en sus ofiçios hazen lo que deven; antes, con la máscara que digo de su nonbre y dignidad, encubriendo lo que son, conservando con este nonbre e ynsygnias el autoridad que no meresçen por sy, por que no usan dello syno para pecar más libremente o syn que nadie les pueda yr a la mano. Y por esto me paresçe que mejor remedio oviera sydo disimular, como dicho tengo, con el dicho conde don Hernando de Andrada, pues con el ofiçio y condiçión, como dezís, usa de lo que estos otros, y aventura todo lo que le puede subçeder y el daño tan conosçido de su fama, para salir con sus porfías y vanos yntereses de pundonores y ganançias livianas con sus estrañas de gallego».

Don Alonso.- «Sy tan bien syntieses lo que te digo como sabes lo que dizes, menos culpa me echarías. Yo te prometo que segund me trató, ansý por lo que tengo dicho como por lo que más passó, no me culpases tanto ni me escusases vengarme yo de mi daño. Porque dado casso, como dizes, éste representa la persona del Rey, é oýdo dezIr que al ynjurioso juez cada uno lo puede resystir por su propia autoridad, espeçialmente en defensa de la honrra, que es premitida de jure divino. Y en casso que el juez no haga lo que es en sý hazer como juez, representando al prínçipe cuyo ofiçio tiene, cada uno le puede dezir lo que Cristo dixo a los ypróquitas: 'En verdad no os conozco'. Porque por las obras de fuera y no por las afiçiones de dentro á de ser conosçido el juez por juez y el regidor por regidor y el cristiano por cristiano, ansý cada uno en su dignidad».

Mesonero.- «Mal puede sentençiar el juez syn oýr las partes y serle hecha entera relaçión del casso. Yo os tengo respondido a lo dicho y ansý haré a lo que más me dixéredes».

Don Alonso.- «Sý diré de muy buen grado, y agradesçeré que me digáys sobre ello vuestro paresçer».

Mesonero.- «Soy contento».

Don Alonso.- «No solamente no se contentó con dezirme lo que yo arriba os dixe, de lo que yo mucho me enojé, syno rebolvióme con mis contrarios, tomando ofiçio de sediçioso, aviendo de tener espeçial cuydado de pasçificar los que lo fuesen. Y él y sus ofiçiales ynçitaron a mis contrarios, diziendo que dezía mal dellos, y diéronle ocassión, y creo que consejo, que en una plaga delante de su casa me viniesen a hablar, aderesçados de armas y palabras. E yo me salí dellos lo mejor que pude, salvando mi onrra, aunque no com poco travajo ni poco peligro, que cada uno pueda dezir lo que quisyere. Y después mandó prender a mí en mi casa por cárçel, y al otro, que es el Fulano que arriba digo, en casa de un ofiçial suyo, para le dar más onrra y azerle echar, syn aver hecho nada. Que aunque lo oviera hecho, le fuera mejor disimulallo que no dar mañas con que se publicase. Y como consentidor y favorable, no prendió a los auxiliantes, como de derecho era obligado. Y otro día topó con un hermano mío y le dixo rezio: 'Señor don Luis de Guzmán, ¿qué os paresçe como an hecho desdezir a vuestro hermano, don Alonso, públicamente?' Del qual él fué bien respondido, segund dél fué ynformado y de otros que lo vieron, diziéndole: 'Sy el Rey os ynbía para eso, bien hazéys vuestro ofiçio.' Y enbióme, con un Juan de Torres, regidor de Sevilla, a dezir que sy hablava con él, me haría saltar los dientes a coçes. Díme sy te paresçe que es éste buen juez, y sy el Rey, que lo hizo, esto save, sy lo castigará. Otras cosas muchas pasaron, de las quales no te doy quenta por no ser prolixo. Éstas bastan por ser las más señaladas».

Mesonero.- «Cierto, yo estoy muy espantado de lo que avéys contado, y quiéroos sobre ello dezir mi parescer, y pues no puedo ayudaros, aconsejaros, aunque en la verdad mejor lo supiera hazer, sy pusiérades un mesón, para dezir lo que avíades de usar en él. Mas consyderando que él que se convida, fácil es de hartar, en lo que yo herraré, no faltará otro que lo enmiende y que mejor os pueda aconsejar. Digo que me maravillo y pongo alguna dubda, -perdonáme por ello-, en lo que contáys, porque, como arriba os é dicho, no creo que el Emperador y su Consejo enbiara tal governador a una çiudad tan noble y tan leal como Sevilla. Y sy ansý es, que él á hecho lo que dezís y quieren hazer lo que deven, de creer es que lo castigarán como ynjuria hecha a sus propias personas, de la qual estáis vos muy libre, pues se hizo con voz y poder del Rey, aunque fuera mucho más de lo que contáis. Y de una cosa no tengáis duda, que sy por respeto de teneros a vos el Rey e su Consejo en poco o a él en mucho, lo disimularen, que Dios lo castigará, que es justo y soberano juez, porque no ay cosa más difíçil de restituyr ni que más ante Dios se demande y Él castigue, como la onrra rovada. Parésçeme que lo avéys de disimular agora, pues que no lo hezistes al prinçipio, y como cuerdo y sosegado, dando autoridad a vuestras palabras, no contándolas syn fruto, con consejo de letrado, porque a las vezes las palabras de nosotros suelen dañar donde pensamos que aprovechamos, con la sustançia dello en escrito devéys de contar vuestra ynjuria en el Consejo Real, quexándoos dellos y suplicándoles con todo acatamiento, como a dañadores, os reconpensen vuestro daño, porque ellos fueron contra él, y que os agradezcan y tomen en serviçio ayer consentido tantas cosas fuera de razón al dicho conde don Hernando. Y desta manera se podía poner remedio y cura en vuestro daño».

Don Alonso.- En la verdad, vos lo avéys dicho tan bien que para toda mi vida os quedaré en obligación.

Mesonero.- «Pues, alliende de lo dicho, os suplico quesa obligaçión en que me dezís que quedáis, me paguéis en hazer lo que os dixere, que cunple mucho a vuestra persona».

Don Alonso.- «Ninguna cossa, por dificultosa que sea, que vos cunpla y a mí sea posible dexaré de hazer, mayormente syendo en mi provecho».

Mesonero.- «Lo primero que os suplico es que no estéys triste ni toméys pasión ni pena de lo pasado, pues como os dixe, en ello no resçivistes afrenta y no ay cosa en que más se parezcan los onbres generosos. Y de lo contrario, se os seguirá mucho daño, porque como dize Salomón, 'El espíritu alegre del onbre haze la su bida florida de hermosura, y el triste no tan solamente consume la carne, mas desgasta los huesos'. Lo otro, que quando dieren quenta deste vuestro negoçio al presydente y esos señores del Consejo, les habléys bien y apuestamente, porque segund dizen los sabios, entonçes es buena la palabra y viene bien, quando es verdadera y dicha en tienpo y lugar do conviene; y apuestamente dicha quando no se dize a grandes bozes ni otrosý muy baxo ni mucho apriesa ni muy de vagar; y diziéndola con la lengua y no mostrándola con los mienbros, haziendo mal continente con ellos, asý como moviéndolos mucho a menudo, de manera que semeje querer mostrar lo que se dize más con ellos que con la palabra, porque aquesto es gran desapostura y mengua de razón. Y desta manera se autorizará lo que dixéredes y oyros-án y darán más crédito a ello y no ternán ocasión de dezir que por falta de vuestra razón se dexa de hazer justiçia. Y ellos buscan sus mañas y rodeos para dar razón a lo que mal hazen.

«Lo otro que avéys de hazer es que quando hiziéredes relaçión deste vuestro negoçio, no mostréys saña ni la tengáis, porque será muy grande ynconviniente para que se haga lo que a vos cunple y, segund dizen los sabios, 'La saña enbarga el coraçón del onbre', de manera que no le dexa escoger la verdad, y demás desto, haze al onbre estremesçer el cuerpo y perder el seso y canbiar la color y mudar el entendimiento y hazerle envexesçer antes de tiempo y morir antes de sus días. Y el rey David tovo la saña por tan fuerte que dixo en su coraçón a Dios, 'Domine, yn furore tuo arguas me'. Y aun con ella os podréys ençender tanto que os desmandéys a dezir, en ofensa del Rey, cosas que dichas os questen la vida o la hazienda, la qual, después de la onrra, soys obligado a conservar. Y por esto dixeron los sabios que no era menor virtud guardar onbre lo que tiene que ganar lo que no ay. Y esto es porque lo que guarda, lo guarda por seso, y la ganançia viene por aventura.

«Y con esto, yo fiador que vuestro negoçio aya buen fin, aunque me haze dubdar lo que os dixe yo: el hierro tan grande que estos señores del Consejo hizieron en dar cargo de su governaçión al señor conde, no porque en él aya falta, syno porque visto estava que, syendo tan grand señor y tan poderoso, avía de tener atrevimiento a hazer semejantes cosas que las que me avéys dicho y aun otras muy peores. Y como desto, que era lo preçediente, ymana esotro, en lo preçediente tiene la culpa, por el consiguiente la tienen en lo susequente, de manera que os vays a quexar a los mismos culpados.

«Lo qual no acaesçiera, en el elegir de sus ofiçiales tomaran el consejo que dió Aristótiles a Alexandre de la manera que avía de tener en la governaçión de su casa, porque entre otras muchas cosas y syngulares que é leydo que le aconsejó, me acuerdo que leý averle dicho que los que eligiese para ofiçiales de su casa y reyno no fuesen muy pobres ni muy viles, ni otrosý muy nobles ni muy poderosos. Y esto dixo él porque la pobreza trae a los onbres a codiçia, que es raíz de todo mal, y la vileza les haze que no conozcan ni se paguen de las cosas buenas ni grandes. Y los poderosos atreverse-ýan a hazer cosas que se tornasen en daño y menospresçio del Rey y como ése dezís que á hecho. Y por esto, para ofiçios semejantes se deven de tomar de los onbres medianos, catando primeramente que sean de buen lugar y leales y de buen seso y letrados, y que tengan algo. Porque syendo de buen lugar, abrán syenpre vergüença de hazer cosas que estén mal al Rey. Y la lealtad les hará amar y agradesçer el bien que les hiziesen. Y por el seso conosçerán a sí mismos y guardarán sus buenas ordenanças. Y por esto dizen los savios que 'bien aventurados los onbres que toman la carrera mediana'.«Yo os digo que sy destos medianos fuera el governador desa vuestra Sevilla y elegido conforme a lo que dize Aristótiles, que no os oviera acaesçido que me avéys dicho. Pero los del Consejo se disculparán todos que ellos no lo eligieron syno el presydente, y el presydente que el Emperador. Y asy yrá todo con el diablo. Verdaderamente sy yo osase dezir lo que desto syento, yo os dixese de qué manera andan estos ofiçios y governaçiones, pero no ay agora otro Marcursio que se atreva a dezir por su república, como el se atrevió a morir, echándose en la boca de ynfierno por salvar la suya; ni aun otro Muçio Çevola que consyenta quemarse su braço, ni tomar un poco de travajo de escrevir, o por miedo o porque por aventura el que lo osaría dezir es tan pobre y terníanle en tan poco que no hiziesen caso dél.

«Y a la verdad, como todos andáys metidos en esta cobdiçia de adquirir bienes, el grande no sabe dezir syno lisonjas al Emperador, o porque le dé más de lo que tiene o porque le dexe gozar de lo que posee y le consyenta y dé posada a lo que bien y mal hiziere en su tierra y el del Consejo público por ser del secreto, y el del secreto porque le den la encomienda y el obispado para su hijo o sobrino. Todos dizen lisonjas y nadie dize ni osa dezir el detrimento y falta que ay en el reino de governadores y juezes, y aun estoy por dezir que el mismo Consejo. Aconsejéos arriba que no tubiésedes yra, y ençiéndome yo tanto en esto que aýnas diré tanto que me aten, mayormente sy me tomasen allá en pleito, pues sy oviese de deziros la manera que tienen los juezes que acá ynbían y lo que ellos acá hazen, nunca acabaría. Baste que lo dexo, porque no osso ni quiero ser Marcursio ni menos Çevola. Sola una cosa no dexaré de dezir: que ay muchos que más son para machos de recueros que para governadores y verlos-éys con unas opalandas de seda, -unos asystentes, otros corregidores, otros tinientes. Y los que algo saven están al rincón, y aun vienen a parar a ser aguadores o mesoneros, como yo. Y de aquí vienen a andar el mundo y el reino como anda. Pero yo os aseguro que sy este conde que aquí tenemos en Çafra, -marqués que será, plaziendo a Dios-, vive y se haze onbre y me favoresçe, que yo os escriva sobre esto bien por estenso.

»Agora baste lo dicho para lo que toca a vuestro negoçio, porque tengo muchas cosas en que entender, y es tarde para yr a palaçio, que los que bivimos en tierra destos señores emos continuamente de procurar de tenerlos contentos. Y Nuestro Señor os dé buen viaje, que por çierto yo quedo en obligaçión de serviros todas las vezes que vengáis por esta pobre posada. Y por tanto perdoná lo que é mal dicho».

Don Alonso.- «Es verdad que en mi vida topé onbre que tanto plazer me diese como vos me avéys dado. Y parésçeme que no puedo creer que de persona de vuestro ábito aya salido cosa tan buena y tan bien dicha como avéys dicho. Y sy este vuestro conde tiene el conosçimiento que yo de vos, por lo que me avéys dicho, tengo, él lo haze el más mal del mundo en no hazeros mucha onrra y teneros continuamente en su casa, porque de verdad os digo que de eso poco que tengo holgaría partirlo con vos, sy quisiésedes dello aprovecharos».

Mesonero.- «Señor, yo lo agradesco y tengo en muy grand merçed, pero yo quiero conformarme con el dicho de Celestina, que dizen que 'Más vale un pedaço de pan con plazer que muchas buenas viandas con cuydado y pesar'. Y bivo contento y no quiero esas provanças, mayormente andando el mundo tan a revés como anda. Aquellos señores, no creo ni privan con ellos syno lisongeros y chocarreros. De los que son sabios y los pueden servir a las derechas, no hazen más caso que de los barrenderos o de los 'satireferos', que así los quiero llamar, que piensan toda su felicidad consiste en que, -asý los sabios como los que oigo-, les hagan una misma veneraçión y reverencia. Y de la misma manera los tratan y tienen en pie de día y de noche, no haziendo más caso dellos que de los otros. Lo que no se haze delante de Dios, porque aun allá ay açesión de personas, y por esto algunos que yo conozco huelgan más de estarse en sus rinconsillos que no delante destos señores, despestañados, esperando no sé qué, que nunca viene, y aun ellos a las vezes son mal servidos».

Don Alonso.- «En la verdad, muy bien me paresçe todo lo que dezís, e yo querría que estubiésedes desocupado para que más me dixérades, y venir yo de espaçio para oýrlo. Pero pues vos os vays a palacio, yo querría cavalgar, que querría mucho llegar mañana a ver al conde de Medellín, que es el mayor señor y amigo que yo tengo en el mundo».

Mesonero.- «Plega a Nuestro Señor lleve a Vuestra Merced como desea, y al señor conde dé vida y seso para que prosyga lo que á començado en lo que toca al bien de su tierra y república».

Don Alonso.- «Por vuestra vida que, aunque estéys de priesa, os detengáys y me digáys lo que deste conde de Medellín avéys por acá oydo, porque segund paresçe, lo devéys de conosçer».

Mesonero.- «En la verdad, muy molesto se me haze dezíroslo por la priesa que tengo; tanbién porque bivo en Çafra y está aquí una tía deste nuestro conde que fué casada con su agüelo dese conde de Medellín, que en forma le pesa de oýr dezir bien dél. Pero con condiçión que me deys vuestra palabra como cavallero que lo que os dixere, que no lo diréys a persona que se lo pueda dezir, e yo os diré lo que acá dél se dize».

Don Alonso.- «Yo os lo prometo».

Mesonero.- «Pues, lo que yo sé dél es que es muy buen cavallero y, de muy prinçipal y antiguo linaje, e hijo del más noble e humilde onbre que ovo en esta tierra, que me paresçe que sy llegara a ser señor, mandará a toda Estremadura. Y quando moço, antes que fuese conde, le conosçí yo; tiniendo padre y agüelo. Y aun estava algo más dispuesto abaxo en la villa. Y aun conosçí dél que tenía las quatro prinçipales virtudes que á de tener un cavallero, conviene a saver: cordura y fortaleza y mesura y justicia. Y era tan amado de todos los de aquel pueblo que a ninguno hablé que no me dixese que deseava verle en el estado que agora está. Y esto creo que lo puso tan tenprano en él, después que es señor y subçedió en el estado. Me an dicho que tiene tanta vigilançia en la governaçión de su tierra que todos los que saven la poca hedad que tiene no están poco maravillados de verlo e oyrlo, porque en él caben todas las virtudes que en buen señor deven estar».

Don Alonso.- «Mucho é holgado de aver oýdo lo que me avéys dicho, porque, como os dixe, es muy mi señor y nunca menos se esperó dél, segund las muestras que tenía antes que fuese señor».

Mesonero.- «En mucho cargo son a Dios sus vasallos de averles dado tan buen señor y deven tener espeçial cuydado de rogar a Dios por su vida. Al qual plega a Nuestro Señor prospere muchos años, y a Vuestra Merçed dé buen viaje».

Don Alonso.- «Así haga a vos. Y con tanto quedá con la bendiçión de Dios».

Esto me acaesçió, señor, con este mesonero de Çafra, que en la verdad en mi vida topé con onbre que tan bien me paresçiese. Y de allí vine otro día a Medellín, -el qual conde se llama don Juan Puertocarrero-, do hallé al dicho conde y dél fué muy bien resçibido, porque demás de llevallo su condiçión y manifigençia de venillo a ver a mí, porque á mucho que nos conosçemos y le soy servidor, -y no de agora-, es él señor mío y me quiere bien. Porque en Flandes, estando en la Corte del Emperador, llegué yo allá muy desbaratado de la hazienda y vestidos y autoridad, y partió conmigo la capa y la cama, no porque no fué toda una, dentro de dos días hasta más de dos años. Y abraçóme quando me vió. Dentro de un rato me dixo: «Mucho me pesa en veros triste, que me days a entender que no os da contentamiento mi tierra, pues lo prinçipal por que holgué de eredalla fue porque os serviésedes y aprovechásedes della». Ove de darle quenta de mi travajo y acaesçimiento.

Conde.- «Mucho me pesa que os aya acaesçido ese travajo, por dos cosas: la una, porque tenéys más culpa en conosçer al señor conde don Hernando y no avelle sabido tratar y curar, pues savéys, que es tan buen cavallero que quand presto es de enojar, tan presto se le va el enojo».

Don Alonso.- «Dad al diablo, señor, tal cura que entra penetrando las entrañas. Eso, es, señor, quando el vallestero tira syn yerva, que ay remedio e çufrimiento y tiene cura. Pero éste dióme en medio del coraçón y con mucha yerva, haziendo plazer a quien mal me quería y pesar a mí, haziéndolo verdadero y a mí mentiroso, aziéndolo poderoso y a mí onbre baxo, haziéndome mal en lugar de bien, haziéndome el sueño del perro, porque como a Vuestra Señoría é dicho, avíame prometido a mí amistad y favor, quando por mis pecados y mala suerte le eligeron por asystente de Sevilla. Y después usó conmigo todo el contrario; y fué porque quiso saver de mí en lo que me avía de aprovecharme, para después dañarme en ello».

El conde.- «Pues, ¿qué es lo que pensáis hazer sobre ello?

Don Alonso.- «¿Qué, señor? Sy lo supiese, no os lo contaría a vos ni a nadie, porque sy lo quento, no es syno para aver remedio y consejo. Y sy lo supiese, no estaría triste».

Conde.- «¿Cómo os lo puede dar el que no lo tiene para sý? Lo que os çertifico es que mi persona e mi hazienda no os puede faltar».

Don Alonso.- «Como yo tenga eso, no tengo al mundo en dos maravedís».

Conde.- «Alegraos y ayamos plazer».

Otro día corrióme quatro toros y un juego de cañas. Y otra noche, y otra y otra y otra disfraçámonos muchas vezes e holgámonos, asý por las calles como por las casas. Pero por más que hize, nunca pude disfraçar el coraçón, que syenpre tube tan conosçido que por él me conosçían a mí. Porque como es el que manda las carnes, no me dexava hazer aquellos ademanes ni meneos que antes que esta mala ventura oviese, yo solía hazer. Y vínose el conde para mí y dezíame: «Las tristezas no me an espantado hasta agora, pues que sus estremos llegan a un onbre tan alegre, sabio y cuerdo como vos hazeros usar su ruyn ofiçio, dando tanta pena a los que somos vuestros amigos y servidores en veros triste».

Esta noche, estando çenando, me dixo: «Sy fuésedes caçador, hazeros-ýa traer mis halcones para que escogiésedes. Con todo, vengan, que quiçá querréys alguno para enbiar a algund vuestro amigo. Y sy no, agradaros-éys de algund caçador, que ay dos o tres locos entre ellos». Hízome tomar un neblí muy syngular, el qual ynbié luego al señor don Luis de Guzmán, señor del Aljava y mío. Otro día, antes de otro que me quisiese partir, me dava un cavallo muy bueno y hermoso. Y con venirme por causa del conde don Hernando, no le quiero más que a mi vida, al qual Dios salve y a mí no olvide. Y ansý voy mi camino. Es hecho en Santa Olalla y acabado, por mejor dezir, que syenpre é venido royendo en este jubón por el camino. Escrevíme como os save a vos.




ArribaAbajoUna carta que ynbió el dicho mesonero a don Alonso

«Muy noble señor: Como esta mi casa sea de trato y caminantes de alias vias, dende en dos días que Vuestra Merçed de aquí se partió, supe ser así los agravios y notorios synsabores, mesclados con malicia soliçitados de malquerientes, que el conde don Hernando os hizo; y para dezir verdad a Vuestra Merçed, por dos cosas: la una, porque en casso propio syenpre los onbres, espeçialmente donde ay pasión, acresçientan y no mudan su culpa y la otra, averse dexado engañar de sí o de quién fué el dicho conde, para averos de hazer un agravio, un synsabor, un casi afrenta, echándoos de vuestra naturaleza y prendiéndoos en boz de reboltoso, haziendo plazer a vuestros enemigos, pesar a vos y a vuestros amigos, que es lo que más se deve sentir, aunque para esto ay buen remedio de consuelo, que es señal que no lo syntieron, pues que no lo remediaron, alegando su derecho, resystiendo su pasión con libertad y poder y cavallería que Dios les dió.

«Y a lo de la prisión, está muy notorio, segund soy ynformado, que no creerá a lo tal nadie. Porque sy Vuestra Merçed lo fuera lo que él quiso dar a entender, tanbién os lo ovieran sentido los otros asystentes como él. Y de creer es que devén aver sydo tan justos e tan mirados y recatados y executores en sus oficios como él. Y pues ellos no os han hallado tan malvado y tan revoltoso como el señor conde á querido dar a entender que soys, mandándoos prender en boz de las señales, y nesçio quien el contrario creyere, que fué pasión que fué la que fuerça el juizio e los onbres a hazer lo que no deven. Y por çierto yo no creo otra cosa; bastara hazello hazer el señor conde. De lo que a Vuestra Merçed yo no echo poca culpa por la ocasión que tanbién me dizen que distes, aunque no fué más de no çufrille. Pero esto basta, pues es juez del Rey y de un rey a quien en tanto cargo soys de voluntad y de merçedes, y tanbién a su persona del dicho señor conde, que çierto es meresçedor de qualquier respeto y acatamiento y çufrimiento. Y no dexo de creer que deve estar arrepentido y que seríades buenos amigos, sy reconosçiésedes culpa y ofreçiésedes enmienda. Lo que suplico a Vuestra Merçed mire, como cuerdo y sabio que soys. Y por esto, no se dexe de aconsejar con quien más syenta que basta, porque, como digo, en caso propio no mira onbre tan syn pasión lo que le toca. Y con esto acaso, rogando a Nuestro Señor por su muy noble persona. De Çafra. Último de enero. El servidor de Vuestra Merçed, Alonso de Tapia, mesonero».




ArribaAbajoRespuesta de don Alonso al Mesonero

«Alonso de Tapia, mesonero. -Amigo: Vuestra carta resçiví y plega a Dios me dé paçiençia para usar lo que en ella dezís, como entendimiento para entenderlo, porque no menos graçias devo daros por lo uno que por lo otro. Porque bien se que, ansí para lo divino como para lo umano, toda paz e concordia es provecho del ánima y descanso del cuerpo, y demás desto, reposo al espíritu, que no es poco bien. Pero, ¿cómo queréys que quiera dexarme ser engañado, que es la mayor fortuna que a qualquier onbre que tenga sentido pueda venir? Sy el conde me hiziera mal por hazérselo yo a él, sy el conde me hiziera pesar por hazerse plazer a sy, tubiérades razón, porque se le syguiera algund ynterese a la onrra o a su apetito. Pero por onrrar a otro quiso desonrrarme a mí; por hazer plazer a otro, hazerme pesar a mí, con prometerme hazerme bien, hazerme mal. Y con todo esto, mirad en qué tanto tengo vuestras buenas palabras y consejos que lo deseo asý hazer como me lo dezís. Y ruego a Dios Nuestro Señor me ayude a ello, y a vos y a vuestra casa guarde y prospere. E yo quedo agora y en todo tienpo para lo que os cunpliese. Don Alonso Enrríquez».




ArribaAbajoEl conde de Medellín

«Magnífico señor: Después que de aquí partistes, no é sabido de vuestra magnífica persona, y la mía no reposa hasta saver della, asý por lo que qualquier amigo es obligado a plazelle o a pesalle con el bien o con el mal de su amigo, como para ver sy avéys menester algo de lo que yo pudiere o tuviere. Para lo qual acordé de escreviros ésta y que la lleve vuestro servidor Xexas, para que él os ynportune que me contéys vuestras nenesidades; a quien me remito. Y asý quedo, rogando a Nuestro Señor por la magnífica persona de Vuestra Merced, y onrra y estado acresçiente. Desta mi villa de Medellín, a diez días de el mes de hebrero. El conde de Medellín».




ArribaAbajoRespuesta de don Alonso al conde

«Illustre y muy magnífico señor: Las manos é besado a Xexas, vuestro criado, por serlo de quien tantas merçedes me á hecho en obras y palabras, que es lo que deste triste mundo se procura y desea. Plega a Dios me dé tiempo y lugar en que os lo syrva. No ay al presente que hazer saver a Vuestra Señoría syno que el señor prior de San Juan me enbió un moço suyo, diziéndome de lo que pesava de lo que el conde don Hernando conmigo avía hecho, y que me rogava que luego fuese allá donde Su Señoría está y que él me consolaría mi travajo. Creo que me quiere dar quenta de lo que ya otras vezes me á dicho, que es que, syendo su amigo, el dicho conde fué a quitallo de la possesión del priorazgo con gente de guerra, con poder y favor del cardenal fray Françisco Ximenes, para darlo a don Antonio de Çúñiga, hermano del duque de Véjar, el qual, demás de pedille su hazienda, era enemigo de la casa de su padre.

»En lo demás, yo me é holgado con Xexas moliente y corrientemente, como muele el molino, acordándome que es criado de Vuestra Señoría y enbiado de su parte a ayudarme y favoresçerme. Lo qual ya no es menester avisarme, pues tan creýdo lo tengo, ni tanpoco çertificallo. A Vuestra Señoría lo pediré quando lo oviere menester, pues es cosa tan clara que no tengo otro bien en este mundo. Y tanbién me é holgado con el dicho mensajero por la conosçida amistad que nos tenemos, como Vuestra Señoría en su carta dize. Por cuya yllustre y muy magnífica persona quedo rogando a Dios Nuestro Señor. Hecha en Sant Olalla a diez e ocho de hebrero. Buen servidor de Vuestra Señoría. Don Alonso Enrríquez».

«Ya que quería cerrar ésta, me llegó un criado del señor don Juan de Ribera, porque supo que avía tres o quatro días que estava maldispuesto. Yo voy derecho donde está. De allí haré mensajero a Vuestra Señoría».

Demás dé lo que é pasado y obrado hasta aquí vós quiero dar quenta de lo de adelante, porque veáys que no dexará de hazerse lo que yo quiero y lo que pienso por falta de no mirar adelante, porque suelen dezir que quien adelante no mira, atrás se halla. Y por no hazello asý por falta de diligençia ni errallo por ynoçençia, acuerdo de prepararme de favores y consejos, asý como avéys visto que lo é hecho, hasta con un mesonero, como veréys en los traslados de las cartas que é ynbiado e me an ynbiado, los quales traslados dellas, bien y fielmente, letra por letra, de verbo ad verbum, pongo aquí e a vos lo hago saver, porque si herrare, no sea yo el culpado, pues no lo fuý en saberlo hazer.

Esta carta ynbió el conde de Medellín al conde de Osorno, que es presydente del Consejo de las Hórdenes, a la qual jurisdiçión reconozco obidiençia y castigo.

«Muy magnífico señor: Aunque désta no avía nesçesidad, por ser el mensajero tan servidor de Vuestra Merçed, áme dado la ventaja, la qual tengo con todos en este caso. Y pues el señor don Alonso Enrríquez me á hecho tanto favor en esto, suplico yo a Vuestra Merçed, por vida de mi señora la condesa, se me haga a mí tanta merçed, demás de la que a él se le hará, que en todo lo que le tocare, lo mande favoresçer y aprovechar, e no solamente como presydente sino como señor desta cassa y como cossa que toca al servicio de la de Vuestra Merçed y por ser un cavallero tan onrrado y tan vuestro amigo y que para defenderse de quien lo quisiere maltratar no tiene más deste favor. Parésçeme que me obliga a mí a suplicarlo a Vuestra Merced muy efetuosamente, y a Vuestra Merced, hazello ansý por lo que meresçe, de lo qual yo soy buen testigo, como por lo que yo tanbién merezco a Vuestra Merçed. Vuestra Merçed no consyenta que de nadie sea maltratado, y sy lo á sydo, le dé favor para remediallo, pues no tiniendo él éste por contrario, es tan buen cavallero que nadie será parte para hazerle agravio. Y ansý acavo, suplicando a Vuestra Merçed esto y me haga saver la salud de su muy magnífica persona y la de mi señora la condesa y la de los desposados, cuyas manos de Su Señoría y de Sus Merçedes beso. Servidor de Vuestra Merçed. El conde».

Scrivió otra el mismo señor conde de Medellín a un criado suyo que en la Corte tiene por soliçitador de sus pleitos y negocios, que dize ansý:

«Pariente: Ya conosçéyS al señor don Alonso Enrríquez y la obligación que mi persona, criados y hazienda tienen de servirle y acudirle. Mirad que tengáis mucho cuydado de ello, aunque dexéys por ello lo que a mí tocare. Y quedo muy descansado, ansý en el crédito que de vos tengo como el que vos tenéys en esos mercaderes, para lo que dellos e de sus haziendas el señor don Alonso oviere menester».




ArribaAbajoCarta de don Alonso al duque d'Alva y su respuesta, de su propia mano y letra

«Muy illustre señor: Por mucha priesa, con grand travajo que llevo por llegar al Consejo Real para me agraviar y por esta vía vengar del conde don Hernando de Andrada, pues por ella me á querido y determinado ofenderme. Porque no me hizo Dios tan malaventurado ni tan maniatado que avía él de venir a echarme de mi tierra con sus manos por lavar y con palabras y maneras maltratarme, sy no fuera con favor e ynsignia del muy alto e muy poderoso Consejo.

«Y por esto paso» syn pasar palabras con Vuestra Señoría y besarle sus muy illustres manos, para lo qual no quise hazello syn pedir perdón y socorro y acordar a Vuestra Señoría quánd vuestro servidor yo soy, qual más çierto estaréys enbiándomelo a mandar a mí que a pedir por merçed al dicho conde. Y como para con Dios y el mundo tenéys la misma obligación de favoresçerme que yo de serviros, y el contrario sería robo. Pues de vuestra muy illustre persona e de vuestros hijos todos é sydo muy claro e buen servidor en el reyno, e fuera del reino, con cargo e syn cargo, olvidando algo de lo que é sydo obligado al serviçio de mi dueño quando Vuestra Señoría me á avido menester. Cossa razonable os pido y lo que bien podéys hazer y lo que os merezco, en pedir agora a Vuestra Señoría me favorezca y escriva al presidente y a los del Consejo me hagan justiçia, asý por lo que cunple al servicio de Su Magestad como a mí, trayéndoles a la memoria lo que yo é servido al Rey; y cómo Vuestra Señoría conosçió a mi padre e oyó dezir de mis agüelos que no debían nada al conde don Hernando. Y asý quedo esperando la respuesta de Vuestra Señoría en este lugar que se llama Sant Olalla, rogando a Nuestro Señor por su muy illustre persona y estado, guarde y aumente con muy mayores señoríos por largos tiempos, como Vuestra Señoría meresçe e yo, su buen servidor y criado, deseo. Don Alonso Enrríquez».




ArribaAbajoRespuesta del duque a don Alonso

«Señor: Resçiví vuestra carta y holgue, çierto, con ella, aunque más fuera con vuestra onrrada y deseada persona, y que el conde don Hernando oviera hecho con vos, señor, lo que fuera razón. Y no fué menester para hazello yo, acordarme en ella la obligación que yo tenga de hazer, señor, lo que os tocare, pues con vos ni con otro a quien yo lo devo no me avéys visto hazer otra cosa. Y más quisiera que me mandárades escrevir al conde mi paresçer. Mas pues asý lo ordenáis, cúnplase lo que queréis y lo que más, señor, mandáredes. El duque-marqués».

«No me espanto de vuestras enemistades y del conde, porque dos çapateros que moran juntos las suelen tener».




ArribaAbajoDel dicho duque al presydente del Consejo Real, Arçobispo de Santiago

«Muy reverendo e muy magnífico señor: El señor don Alonso Enrríquez me escrivió de Sant Olalla y no me vino a ver, escusándoseme venir, enojado del conde don Hernando que diz que tenéys por asystente en Sevilla. Y aunque no oviera otra razón syno ésta, fuera justo me perdonara el conde, e quanto más aver sydo don Alonso mi amigo muy cierto e muy ordinario, e aver conosçido al señor don Garçía Enrríquez de Guzmán, su padre, como valiente cavallero en las guerras de Granada en servicio de Dios e de la corona real, capitán de quinientos ginetes del señor duque de Medina-Sidonia, el qual lo tenía por muy pariente, e no por menos, por cierto, a sus agüelos los Reyes Católicos, don Hernando e doña Ysabel, nuestros señores, porque era nieto del conde Gijón e hijo de don Diego Enrríquez, comendador de los Santos, los quales vienen del rey don Enrrique de Portugal.

«E yo fiador que el Emperador, nuestro señor, tiene buena voluntad a don Alonso y conosçe que lo á bien servido, porque Su Magestad me lo á dicho a mí. Suplico a Vuestra Señoría se considere todo esto y le desagravie y escriva al conde conozca todo esto. Asý quedo, rogando a Nuestro Señor por la muy reverenda y muy magnífica persona de Vuestra Señoría. Para su servicio. El duque-marqués».

Agora habla don Alonso con Cristóval Mexía a quien da la dicha quenta.

«No ay más que hazer saver a Vuestra Merçed. Quando lo oviere, yo terné el cuydado devido a vuestro servicio y contentamiento como lo é tenido hasta aquí. Yo travajaré de bolver a esa ciudad do tengo señores y amigos y hermanos, ciento e quarenta e syete mill maravedís de renta, de juro y en çenso, syn los del ábito, dellos me dexó mi padre y dellos me ganara yo. Y aquel Dios que hizo amigos al conde don Hernando de Andrada y al comendador Tello y conformó sus voluntades y condiçiones y conpañeros a Pero Núñez de Guzmán y a Françisco de Tavera, et asçendit ad celos, sedet ad desteran Dei Patris Onipotentis; ynde venturus est judicare bivos et mortuos, me cunplirá mi voluntad, juntamente con mi buena diligençia, que diz que es madre de la buena ventura. Y sy ansý no fuere, yrme-é, como me voy, a Ytalia y de allí donde yo quisiere e por bien tubiere, con un paje que canta y muy bien y escrive esta letra, diziendo esta cançión:


Sy muero en tierras agenas,
Lexos de donde nasçí,
¿Quién abrá dolor de mí?
¡O triste amador perdido!
Cativo, syn redençión,
Estraño de mi naçión,
Lexos de donde nasçí
¿Quién abrá dolor de mí?
Donde no soy conosçido,
¿Quién me terná conpasión?



Luego sale un azemilero que me syrve de compañero y con una boz muy ronca haze un romançe de Allá en Gargantalaolla. Y ansý quedo y voy tan servidor de Vuestra Merçed como por las vuestras cartas, hechas y resçividas de vos a mí y de mí a vos de Sevilla a la mi casa de Santiponçe, somos obligados y jurados, rogando a Nuestro Señor por la muy noble persona de Vuestra Merçed y por tiempo en que con obras pueda mostrar lo que por palabras y cartas é manifestado y escrito en vuestro servicio. Es fecha en Santa Olalla, -o acabada, por más çierto hablar-, a veynte de março de mill e quinientos e treynta [e dos] años. El servidor de Vuestra Merçed, don Alonso Enrríquez».

«Mis encomiendas sean dadas a quien Vuestra Merçed viere que las meresçe e yo devo, y no las que tengo syno las que deseo».

Y como el dicho conde don Hernando era amigo parcial de mis contrarios, tenían ynformado al presydente y Consejo Real ser yo el escandalizador y causador de las rebueltas, y como después su subçesor del dicho conde, juez de resydencia, Gutierre Velázquez, halló a ellos los culpados y los rebolvedores, acordé de escrevir, viéndolos presos, al señor presydente del Consejo Real esta carta, la qual de palabra a palabra es esta que se sygue:

«Reverendísimo y muy illustre señor: Quiero hazer saver a Vuestra Señoría reverendisima el gozo y descanso que mi ánima á sentido, de la fatiga e riesgo que á salido, enpidiéndola con su ofiçio de asystente el conde don Hernando, procurando de echalla de allí, más que de onrralla a buen lugar, por el maltratamiento que a la casa de mi morada, -que es el cuerpo-, hazía, maltratándolo, prendiéndolo, desonrrándolo, como a aleve y malhechor, haziéndolo rebolvedor y escandalizador, como agora se vee el contrario. La qual quenta doy a Vuestra Señoría como señor de mi padre y amo, y como a onbre que de lo uno y de lo otro entenderéys el travajo que me dava y peligro que yo pasava.

»Sepa Vuestra Señoría como Gutierre Velázquez, liçençiado y buen juez, letrado y buen cavallero, que contra el dicho conde vino a Sevilla, que fué condeñado por público y averiguado parçial de mis contrarios y en un quento de maravedís de cáñamo e yerro que sacó para Galizia. Y ansymismo tiene presos a los de su parçialidad por cosas que hizieron, estando vezados a la dicha parçialidad: Françisco Tello, porque el alguazil mayor quitó las armas a un criado suyo después de las diez, que la premática lo permite y se acostunbra hazer en la çiudad con todos los que son tan buenos y mejores que él. Porque sospechava que el dicho alguazil mayor lo hazía por darme contentamiento, no le quiso hablar ni enbiar a hablar; antes le enbió desafiar con su vara real a cuestas. Y el comendador Tello, su primo hermano, luego dende en pocos días, antes que saliese esotro de su prisión, topó con un alguazil del dicho alguazil mayor y le quitó la vara real de las manos y la echó en el suelo, por que tanbién está preso; e yo suelto y asuelto de las culpas que el conde don Hernando me ponía, y no con solo el mundo syno con Dios, que es el prinçipal, porque me é confesado y comulgado, aunque no me á pesado de la subçesión de los negocios e del daño que á venido a éstos. Porque se vee claramante, sy el conde fuera justo, los prendiera, como a mí hazía a cada paso, que no topava al almotaçén que no pensava que me yva a prender, y que sy ellos no fueran ynjustos, no los prendiera estotro buen juez que está de por medio, e yo libre, desenbarajado y descansado. Y paseo las calles del Rey, syn miedo. Bendito Dios, a quien encomiendo a Vuestra Señoría reverendísima que os haga en este mundo padre y en el otro, santo. De Sevilla, a últmio de março de quinientos e treynta e dos.

»Acuérdese Vuestra Señoría que quando me fuý a quexar deste conde, dixe en el Consejo Real que, para que se viese que tenía pasión particular con ninguno, se mirase como ningund asystente me avía hallado tan malo como él y que ninguno vendría que hallase en mí lo que él dezía. Como se á paresçido y se paresçerá adelante.

Y luego que me acaesçió todo esto, fué a ver al señor obispo de Córdova, hijo del señor duque de Alva, recontada su vida y muerte en este libro. Y porque quiero acavar de contarlo todo lo que toca al fallesçimiento del dicho señor duque y los notables acaesçimientos que en la dicha su muerte acontesçió y luego subçedió, asý a su misma persona como a la de sus hijos, acuerdo ponerlo aquí. Estos dos traslados de una carta que é dicho en este libro, que el muy illustre señor, don Diego de Toledo, prior de San Juan de Castilla, su hijo, escrivió al cabildo e ayuntamiento de los benefiçiados clérigos de la santa yglesya de Sevilla, agradesçiéndoles las osequias que por el dicho illustrísimo duque su padre se avía hecho, y otra para mí, mandándome que la diese. El thenor de la qual, como Dios es verdad, letra a letra, son estas que syguen. Y después de la quenta de lo que me acaesçió de la venida de Córdova y llegada a Sevilla.

«Muy reverendos y muy magníficos señores: «El señor don Alonso Enrríquez me á ynformado largamente por su carta de la memoria que Vuestra Merçed á tenido de hazernos merçed a todos los desta casa con las osequias que mandastes, señores, hazer en esa santa yglesya por el alma del duque mi señor, que en gloria sea. Y lo que se puede juzgar desto, a mi ver, son dos cosas: la una, que Vuestra Merçed á manifestado en esto su mucha virtud y el amor e voluntad que a Su Señoría teníades, y la otra, que el duque mi señor era tan amigo y servidor de Vuestras Merçedes y os tenía tanto amor que fué justo que le paguéys en la muerte lo que él a todos os quiso, en general y particular, en la vida y la mucha devoçión que tenía a esa ynsignia yglesia. Y avéysme, señores, obligado tanto por ello que, en quanto biviere, me ternéys por muy vuestro amigo y servidor, para cunplir con toda voluntad lo que en general y particular me quisyéredes mandar. Y ansý os suplico tengáis sienpre memoria desto.

«Y porque el señor don Alonso que ésta a Vuestra Merçed dará, os podrá, señores, ynformar más largamente desto, como persona que conosçe bien la voluntad con que lo digo, no diré más syno remetirme a él y suplicaros, señores, le mandéys dar fee. Guarde y acresçiente Nuestro Señor las muy reverendas y muy magníficas personas de Vuestras Merçedes. Da Çamora, a treze de março.

«Yo sé bien que, sabido esto por el duque mi señor y sobrino, que quedará en la misma obligación que yo. Por ausençia de Su Señoría aya Vuestra Merçed ésta por suya. Servidor de Vuestras Merçedes. El prior de San Juan».

«Señor: Yo resçiví vuestra carta y hezístesme tanta merçed con ella que no lo sabría dezir, lo uno en hazerme saver de vos, señor, y de vuestra salud, que deseava mucho, y lo otro en darme tan larga parte de la memoria que los señores del cavildo desa santa yglesya hizieron por el duque mi señor, que sea en gloria. Y comoquiera que yo estoy bien çertificado que esta obra á salido de vuestras manos, que lo encaminastes vos, señor, con poca posybilidad, me an obligado esos señores y ansý se lo escrivo largo, ofresçiéndoles mi persona e casa para todo lo que mandaren, y remitiéndome a vos, señor, para que más largamente se lo çertifiquéis de mi parte. Pídoos, señor, por merçed les deys mi carta y que les digáis en este casso todo lo que os paresçiere.

«En lo que toca a vos, señor, y al travajo que en esto avéys tomado, no me quiero detener en rendiros las graçias de tan buena obra, pues savéys que yo soy tan vuestro que merezco muy bien qualquier merçed que en ausençia y en presençia me queráis hazer. Y tengo ésta por prinçipal, por ser tan calificada e de tanta satisfaçión para mi descanso. Por este padre se hizo todo lo que ovo lugar, por mandarlo vos, y lo mismo se á de hazer syenpre en toda cosa que por acá se ofrezca. Y porque creo estáys bien çertificado desto, no alargo más de dezir que quedo bueno, loado Dios, y lo mismo don Enrrique e doña María, mis hijos, los quales se os encomiendan. Guarde y prospere Nuestro Señor vuestra muy noble persona y vida. De Çamora, treze de março. La carta va abierta, para que la podáis, señor, ver».

Con esta carta del dicho señor prior me fuý luego al deán y cavildo, que juntos en su ayuntamiento estavan, y pedí por merçed a un grande amigo mío me ayudase a solenizar esta enbaxada, el qual se llamava Juan de Torres, veyntiquatro y alguazil mayor de Sevilla, y honbre de muy grand calidad e cantidad, ansý de mucho linaje como de mucha renta. Y dicho a estos señores que estávamos a su puerta, salieron muchos dellos a resçivirnos. E asentados e reposados, les dixe: «Señores, el señor prior de San Juan me enbía a mandar que con toda solenidad y autoridad dé esta carta a Vuestras Merçedes de Su Señoría. Y para solenidad pedí por merçed al señor Juan de Torres la cunpliese, y para el autoridad me vestí este capuz çerrado».

Leýda la carta, me preguntaron sy quería dezír más. Dixe que el señor prior de San Juan dezía tanto en la dicha su carta que no me dexava a mí que dezir, syno obligar mi persona y bienes que la manternían, lo que él ofresçía. Dixéronme que ellos me responderían. Y dende en ocho días el deán y cabildo respondió, remitiéndome a mí por una carta suya y a mí dixéronme muchas cosas que les obligavan a avellos servido al duque su padre y de servir a Su Señoría.




ArribaAbajoLo que de la venida de Córdova me subçedió

De Córdova vine a Fuentes, y el señor deste lugar me dixo como eran amigos mis amigos con los que no lo eran. Y ansymismo me lo dixo en Carmona el corregidor de allí, y en llegando a Sevilla, todos los más della. E yo, asý porque syendo espeçial y particular en estas enemistades no me convino hazerse en general, como mis amigos en disculpa me dixeron, syn particular y espeçialmente darme quenta dello y tomar mi consejo y voluntad, aunque estubiera a çient leguas, quanto más no menos de veynte; e lo otro porque no me paresçe que se devía atribuir más a mi soledad que a mi humildad, no aprové las dichas amistades, antes le reprové, disculpando a mis amigos que no era bien que goze las amistades, pues que se las pidieron y no eran ellos los afrontados, y lo fueran, sy las negaran, y estavan aparejados para hazer lo que yo después quisiera, como luego, en viniendo, me dixeron que se proferieron.

Mostré enojo de mis contrarios, diziendo que ellos eran los que avían de querer saver cómo quedavan conmigo y pensar que no tenían hecho nada syn mí. Y ansý por esto como porque no pensasen que la nesçesidad de la soledad me hazía umillar y venir a su amistad y conversaçión, dixe en llegando que no me pesava de mis amigos aver hecho las amistades, por lo que dicho tengo, syno de los que no lo eran, por no tenerme en tanto que no pensasen y creyesen que no avían hecho nada, dexándome fuera de las dichas amistades, por lo que dicho tengo. Y paresçía que me tenían en poco, pues no avían querido saber cómo quedavan conmigo.

Y luego los dichos mis amigos, espeçialmente Juan de Torres y Diego López de las Roelas, que es de los prinçipales, me vinieron a dezir que ellos no avían hecho amistad, sy yo no la consyntiese y que ésta fué su yntençión e condiçión e que yo viese lo que ellos quería que hiziesen sobre ello. Yo les pedí por merçed que, ansý por lo que les tocava a ellos como a mí, no hiziesen ynovaçión alguna, porque a ellos sería tenido a liviandad y a mí que los quería tornar a rebolver, de lo que el Emperador resçibiera desserviçio y desplazer, espeçialmente aviendo el cardenal de Sevilla travajado en esta conformidad, que tan rebuelta estava en esta çiudad, y que podría ynformar, quexándose de mí, que me dexasen a mí, que quando yo me fuese a holgar entre mis amigos, me podrían dar mis amigos las manos. Sabido esto, los contrarios se escandalizaron y publicaron que yo quería tornar a rebolver la çiudad. Y entendiendo algunos cavalleros en mi amistad con ellos, supe que dixo el comendador Tello que jurava a Dios y a Santa María que qualquier que le tornase a rebolver, le avía de matar a puñaladas. E yo, como claramente ví e veys que dezía por mí, asý por no le quedar otro enémigo sy yo no, por las dichas razones, como por entender yo en questión con ellos, -y entendieron en mis amistades y en la dellos,- quando él dixo estas amenazas, paresçióme que le devía de enbiar, y enbié, una carta, el tenor de la qual es el syguiente:

«Señor comendador Tello: Yo sé que avéys hablado çiertas palabras vanas, diziendo que daréys de puñaladas a quien os ha de rebolver. Y porque yo estoy çierto que soy ese por quien dezís, no quiero rebolver más de que a vos y a mí. Aguardo en mi cassa para que me enbiéys a llamar con una espada y una capa ado quisyéredes señalar. Y sy de mí no os fiáredes, podéyslo hazer del señor Hernand Çigarra o del señor Sancho de Herrera, y veréys y verán cómo me days las dichas puñaladas. Y hezistes mal en no aver procurado cómo quedastes conmigo en las amistades que hezistes».

Dada esta carta con persona no conosçida, el dicho comendador Tello la tomo como buen cavallero. Confiándose de mí quiso gozar de la libertad que en ella le dava y enbió a dezirme con el dicho Hernand Çigarra que me esperava en un monesterio fuera de la çiudad que se llamava la Vitoria. Y yendo el dicho Çigarra e yo a efetuar la negoçiaçión, a la puerta de mi casa encontramos al liçençiado Gutierre Velázquez; oidor de la chançillería real de Granada, juez de resydençia de la dicha çiudad de Sevilla e asystente della, con otras muchas justiçias, alcaldes y alguazil maior, e metiéronme en mi casa. E mandó el dicho juez de resydençia jurase en su vara dónde yva. E ya que yo le dixe que yo era cavallero de la orden de Santiago y que so muchas e graves penas era establesçido en ella que no pudiese jurar syn espeçial liçençia del maestre, él me dixo que me llevaría preso muy gravemente e me pondría muchas penas, sy no lo hiziese. Las quales me puso e no le aprovechó nada.

Echó mano del dicho Hernán Çigarra, el qual no tuvo con que se escusar y juró toda la verdad. Y llevóme el dicho justiçia e justiçias a las Ataraçanas, donde me dexó preso. El señor don Pero Enrríquez de Ribera, como onbre que en deudo y deuda, asý de ser de su linaje y de su voluntad, me topava y me dixo: «Señor, ved lo que queréys que haga. Si queréis que entienda en las amistades, pues, no avéys perdido nada, sy no, sea como vuestra voluntad fuere. Ya savéys que os tengo de ayudar». A mí me paresçió que era bien e demás de besalle las manos por las palabras, supliquéle por la obra que nos hiziese amigos. Y ansý lo fuymos y allá avía traído del dicho lugar de la Vitoria y dado por cárçel la cassa de Françisco Tello su primo.




ArribaAbajoLo que de aquí subçedió

Mis amigos y los prinçipales destas diferençias, que eran Hernand Arias de Sayavedra, alguazil mayor de Sevilla, y Juan de Torres, su lugartiniente en el dicho ofiçio, que yo avía tenido maneras para que lo fuese, syendo tan bueno e tiniendo tanto como él, porque en un tiempo el dicho Juan de Torres fué tan grande mi amigo que ninguna cosa le dezía que no hazía, ni por ninguna cosa lo podía dexar de ser por mi parte ni creo por la suya, aunque no era onbre de mucha costançia, sy no fuera por lo que adelante veréys. Que el dicho Hernand Arias y él, en viniendo que yo vine de Córdova, como ya arriba é dicho, me pidieron que yo no fuese amigo del liçençiado Vergara, el qual syenpre tube por hermano, y del alcalde de la justiçia, Juan de Herrera, que ya en este libro avéys oydo, -los quales, como dicho tengo y digo y diré, an sydo e son e serán hasta que muramos mis ýntimos amigos,- diziendo que en la dicha mi ausençia y en presençia dellos en negoçios y perjuizio, en conplazençia y guarda e defensión de nuestros contrarios, asý con sus ofiçios reales, sacándoles de sus prisiones, como en sus personas, con buenas conversaçiones en sus casas y en las suyas, les avían ayudado e favorescido e livertado, e que a mi ausençia no avían guardado el amistad que devían ni a sus presençias lo que fuera razón.

E yo porque, aunque esto fuera asý, tengo por grandes amigos a éstos, avía de pensar que aquello que ellos hiziesen era lo que cunplía y porque en la verdad no lo creýa, porque yo savía quién ellos eran, respondíles que me espantava y no les quise dezir lo que sobre ello avía de hazer, porque syenpre me aparté de darles razón que hiziesen lo que hizieron, lo qual fué gana que syenpre tubieron de ser amigos de sus contrarios. E desque supe la verdad, metiendo la mano en la llaga, hallé que se avían engañado con los dichos liçençiados, porque ellos syenpre hizieron lo que devieron e nosotros quisimos, syno que no era razón, que ni ellos hizieran ni nosotros quisiéramos que la cosa fuera tan por el cabo que, siendo ellos jueçes, fueran matadores. Y diziéndoles yo esto y otras cosas çerca desto, que por no escrevir yo tanto desto no diré, acordaron de dezir que todavía avía de ser enemigo del liçençiado Vergara y Herrera. E yo les dixe la verdad, que avía de perder antes a todos que a ellos.

E ansý partidos, presenté una provisyón real que gané e me hizo merçed el Emperador, para que se tomase ynformaçyón sy era bien e utilidad desta çiudad de Sevilla que estubiese todas las noches abierta [la puerta], porque la suelen çerrar, asý porque en tienpo que avía conquista de moros y reynavan en el reino de Granada, era menester; por lo qual como alférez le quedó las llaves della al ofiçio de alguazil mayor, por lo qual se le haze grande enojo al dicho Hernand Arias, -que tiene el dicho ofiçio al presente-, en presentar la dicha provisión, la qual cree que sy no se presentara conmigo, no se presentara ni oviera quien la pidiera ni osara y lo otro por el almoxarifazgo de la çiudad, que no entren cosas ni mercaduras syn pagar sus derechos. Y otros de trigo e vino se an puesto a contradezir mi demanda, espeçialmente, como digo, el dicho Hernand Arias por su preeminençia yva en la consequençia particular contra este bien general. En el qual pleito se anda quando esto se escrive. Y acavado mediante la voluntad de Dios se os dará quenta de lo que subçediere.

En el qual tiempo el dicho Hernand Arias con su ofiçio de alguazil maior e Juan de Torres su lugartiniente me rondavan el barrio de mi morada con yntinçión y magnifestando, al salir de noche en la ora vedada que ellos rondan la çiudad, preguntarme de manera quién era, para que les respondiera de que pudiera asir para rebolverse conmigo, para acusarme otro día en resistençia, o sy le matase algund honbre y lo mismo con los míos. Para lo qual presenté una provisión real que no tubiese que hazer conmigo ni con ellos; y requerí al juez de resydençia, que entonçes le tomava del asystente y éste estava en su lugar, los mandase que no me tocasen, aunque me hallasen en su frequente delito, porque me temía que me avían de echar quien se rebolviese conmigo, para esecutar su yntençión. Y ansý lo hizo.

Y luego subçedió lo que en esta carta veréys, que escrivo al cardenal y arçobispo de Santiago y presydente del Consejo Real para la governaçion destos reinos de Castilla en ausençia del Emperador y en presençia del Emperatriz:

«Reverendísimo señor y muy illustre: Mirando que soy criado y galardonado del Rey y deseoso de la paçificaçión de su reyno y que lo tiene a cargo e governaçión Vuestra Señoría Reverendísima y que mi padre fué vuestro servidor y me crió el arçobispo mi señor, tío de Vuestra Señoría, acuerdo de darle aviso de todo lo que a esto conviene y puedo servir.

«Y es que Hernand Arias de Saavedra, alguazil mayor desta çiudad, truxo enemistad con don Juan de Mendoça, tiniente de alguazil mayor de su anteçesor, por lo que diz que travajó de aver el dicho ofiçio. Y el dicho don Juan, por pagarse una veyntiquatría, y como éste se á casado con prima de los Tellos y ellos son rixosos y presuntuosos, vandejaron con él en cabildo y fuera de cabildo, hasta quitarlos las varas a sus alguaziles por las calles y desafiárselos, como Vuestra Señoría sabe.

»Y de aquí vino una conformidad tan grande que se juntaron e confederaron todos, asý los dichos Tellos como don Juan de Mendoça y Hernand Arias e Juan de Torres, su theniente, e sus parientes, -que tiene dos o tres sobrinos regidores- y ellos proveen los ofiçios y no basta terçio de asystente ni conçierto para resystillo. De manera que anda la cosa entre Hernand Arias e don Juan de Torres e Garci Tello, el comendador, que son las caveças de sus deudos. Y viendo esto algunos de los regidores que quedaron fuera desta liga quexávanse y tachávanlo. Y a éstos por esto y a mí, porque presenté una provisión real sobre el abrir de una puerta desta çiudad, annos tenido enemistad y querido castigar, como señores en señoría.

»Y abrá quatro o çinco días que entró Juan de Sayavedra en esta dicha çiudad, padre del dicho Hernand Arias, e hizo gran Junta de cavalleros, regidores, y no regidores. E dixo que él savía que la governaçión de Sevilla no estaba buena ni acabada de paçificar, porque todavía avía algunos regidores que se quexavan que proveýan todos los ofiçios de la çiudad su hijo Hernand Arias e sus deudos y amigos; y otros presentavan provisiones contra su ofiçio, desacatándolo y tiñiéndolo en poco; y que el alcalde de la justiçia le paresçía que andava fuera de su liga, syendo teniente de su sobrino Arias Pardo. Lo qual quería remediar desta manera: que señalasen ellos dos cavalleros que se juntasen con él para ver proveer los dichos ofiçios y para echarlos del pueblo los que fuesen contra esta liga y opinión. E que él se ofresçía quitar la vara al alcalde de la justiçia e darla a quien no hiziese más de lo que él mandase, porque Vuestra Señoría le escrevía que tubiese cargo de la pasçificaçión desta çiudad. E mostrava una carta, más moderada de lo que publicava, porque vuestra Señoría no le dava cargo dello, syno agradesçerle lo que avía hecho e que ansý lo hiziese syenpre.

«Dixo más: 'Este cargo tomo yo. Tomad vosotros de pedir resydençia para el alcalde Vergara. Y sy no hallaren por do le quiten la vara, porque éste es tan sabio que syenpre se á guardado desto, quando viniere provisyón, que se le vuelva a suplicar çient vezes della, alegando con las hordenanças de Sevilla que no pueden ser veyntiquatro y alcalde mayor.' Y los unos querían que los dos conpañeros que dicho tengo fuesen Françisco Tello, tesorero de la Casa de la Contrataçión, y don Pedro que dizen el Zorro, veyntiquatro; otros que fuesen Luis de Medina y Guillén de Casaos, veyntiquatros. En lo qual vino a parar e a quedado entre estos tres cónsules, aunque Luis de Medina e Guillén de Casaos no sabían nada.

«Dixo Juan de Sayavedra, -que estavan todos en su casa-: 'Graçias a Nuestro Señor que emos dado orden como bivamos contentos y paçíficos, e emos hecho junta de nobles, e que quien algo quisiere, por esas puertas á de entrar.' Gutierre Velázquez, juez de resydençia, desque esto supo ser así-, juró por Dios e por Santa María e por la señal de la cruz, lo qual quise que fuese por juramento por obligarme a probarlo e ansý me ofresco so pena de perjuro, lo qual va firmado de mi mano, -el qual Gutierre Velázquez, viendo estas juntas y este querer ser señores e hazer de Sevilla señoría, les habló y desbarató.

«E agora hordenan de enbiar un jurado viejo, que se llama Juan Serrano, de mala condiçión e yntençión, para que pida al conde don Hernando, porque diz que dixeron: 'Haziéndole nosotros espaldas al dicho conde, dará de coçes a estos alcaldejos e los deshonrrará a cada paso y echará a don Alonso de Sevilla e dirá quién son a los judíos e hazelles-á hazer la flema, porque Gutierre Velázquez anda de por medio e ygualándonos a todos. Y bueno es que, porque un judío sea veyntiquatro, á de ser tal como nosotros.' Y a mí me dixo Juan de Sayavedra, en presençia de testigos, que querría más dos maravedís que todas mis provisiones, y que agora que él venía, vería cómo se batía el cobre.

«Esto es lo que pasa y porque estoy de partida para Alemaña, no digo más, syno que al Emperador diré corno lo hize saber a Vuestra Señoría. Y Vuestra Señoría enbíe a saberlo de Gutierre Velázquez que, pues es tan cuerdo y tan sabio, sabiendo que lo save Vuestra Señoría, él hará más sobre ello que, usando de su virtuosa condiçión, haze, por no cortarles las cabeças, porque se contenta con aplacallo y estorvallo y, -encomençádolo á-, tapallo. Y aunque esto sea bueno, porque más vale que no sea que no que sea e se castigue, todavía queda aquella mala yntinçión para en aviendo lugar.

«Y no se me deve culpar, pues escrivo que lo remedie quien lo deve y puede remediar, pues no me entremeto a quererlo hazer yo, -que a querello hazer mal, bien pudiera hazerme yo y otros dos vanos y no faltar otros diez-, syno que lo de César sea de César y lo de Dios de Dios. Yo me contento con lo de Çésar, que es poco; y buena pro haga a Vuestra Señoría Reverendísima lo de Dios, que es mucho, pues soys su ministro e figurança, y en espiritual y temporal tiene poder. Lo qual quedo rogando a Él por muchos tiempos tenga por bien y dé graçia a Vuestra Señoría acabe en su santo serviçio. Amén. De Sevilla, a diez e ocho días de jullio, del buen servidor de Vuestra Señoría, que sus reverendísimas y muy illustres manos besa. Don Alonso Enrríquez».

Prosiguiendo en mis enemistades de Sevilla y lo que suçede de la puerta que en ella quiero abrir, digo que don Pero Enrríquez de Ribera, primogénito del marquesado de Tarifa, ya dicho en este libro, estando a la sazón ausente y en la Corte de la Emperatriz en Castilla, que el Emperador estava en Alemaña, me escrivió una carta, rogándome, aconsejándome y mandándome fuese amigo de los dichos mis enemigos, asý por lo que tocava a mi descanso e quietud como a su contentamiento, por algund servidor que entre ellos tenía, e que me quitase del pleito de la dicha puerta que tocava a la calidad de ofiçio de alguazil mayor de la dicha çiudad, el qual tenía Hernand Arias de Saavedra, amigo dellos y enemigo mío, aviendo sydo muy grande amigo, como dicho tengo, el qual es hijo de Juan de Saavedra, señor del Viso del Castellar. E puesto que yo avía de cunplir los mandamientos del dicho don Pero Enrríquez, en deudo y en deuda y en obligaçión de aver de ser señor de los grandes de Castilla, paresçiome que tenía metido mucho resto e que devía ver bien mi juego. Y sobrevino sobre esto en algunos días muchos amigos míos que me rogavan lo mismo.

Y en esta sazón vino el dicho Juan de Saavedra, padre del dicho Hernand Arias, al qual yo fuý a ver por las obligaçiones que en el razonamiento que le hize oyréys, que es éste:

«Señor, yo me acuerdo que en mis prisiones me avéis visitado y en mis adversidades me avéys ayudado. Y por esto vengo a visitar a Vuestra Merçed, aunque las obras que e resçivido del señor Hernand Arias vuestro hijo no sean espuelas para ello, porque syendo mi amigo y tiniéndole yo por señor, pasó con mis contrarios, a quien y su ofiçio ellos poseen, contra el qual é presentado çiertas provisiones reales. Lo qual hago saver a Vuestra Merçed para que, como a señor, no me echéys culpa y como a hijo e servidor, me mandéys en lo que os tengo de servir,» y con propósito de hazer lo que me mandara, pues hazía en ello lo que el dicho don Pedro hazía como señor en la dicha su carta y los otros, como amigos.

Respondióme: «La verdad es, señor don Alonso, que Hernand Arias tiene la culpa de consentir vuestras competençias, porque la casa de Saavedra no la suele traer syno con los duques de Medina o de Arcos. No quisiera que me hablárades en mi casa, por responderos como fuera razón, que cosa es que, en bolviendo yo la caveça, ayáys hecho cosas que no debiérades, syendo noble de noble generaçión. En verdad que estoy muy enojado y que me pesa, porque escusé al señor cardenal, quando, desafiastes a Garçi Tello, y me dixo que por qué os consentíamos en Sevilla; que él quería mandaros echar della, pues nosotros no lo hazíamos». Yo le dixe: «Eso merezco oyr y devo consentir, pues vyne a casa de Vuestra Merçed. De la qual me voy y segund viéredes lo que hago, así veréys lo que me aprovecha lo que me avéys dicho».

Y fuyme a casa del dicho cardenal arçobispo de la dicha çiudad de Sevilla, llamado por nonbre don Alonso Manrrique. Y aquel día me dixeron estava ocupado y que no le podía hablar. Y otro día me dexaron entrar y halléle que acabava de comer y el obispo de Escalas con él. E hize mi acatamiento devido y Su Señoría su acostumbrado, porque es muy bien criado. Y sentados y reposados, le dixe: «Reverendísinio señor, yo vine aquí ayer y segund creo que estáys ynformado de mí, tanpoco venía oy çierto me quisiera Vuestra Señoría oyr. Por eso no vengo tan proveydo de razones como deviera ante Vuestra Señoría, que soys semejança de Dios e su ministro. Mas la materia es tan dispuesta que ella me alumbrará el camino. Y Vuestra Señoría Reverendísima es muy pastor e yo vuestra oveja. Y pues tenéys tan buen salario, razón es sea yo bien guardada y doctrinada como tal. Y el buen pastor, como la oveja se le desmandare, ále de dar un chiflo; y quando no lo entendiere, tirarle con la honda, y quando no quisiere, con el garavato traella arrastrando. Porque dixo Dios, y en la Sagrada Escritura lo dize, quando el cristiano no quisiere venir a la yglesya por grado, sea apremiado e traído por fuerça.

«Y en la ley de judicatura seglar no se permite sentengçia syn oýr las partes y darles publicaçión de testigos, para que cada qual alegue de su derecho y los tache. Y con todo esto, ay primero açotes y luego orejas y luego horca. ¿Por qué, en la ley de Dios, no me á oydo Vuestra Señoría y de la primera sentençia me á ahorcado la onrra, diziendo como avéys dicho a Juan de Saavedra que yo devía ser echado del pueblo como malo y rebolvedor? Yo soy bueno y justo e quando no lo fuera, Vuestra Señoría me deviera de chiflar y traer por fuerça para castigar, y no condenar por conplazer a los que me quieren mal».

Eacute;l me dixo: «Señor don Alonso, la verdad os án dicho, porque yo os tengo por rebolvedor deste pueblo, del qual çierto meresçéys ser echado, y por falta de memoria lo é dexado de efetuar. Y haré sy no os enmendáys, porque çierto tenéys muy malas costunbres, porque no solamente os holgáis de rebolvedor, pero os honrráys de averlo hecho». El obispo se hincó de rodillas e quitó su bonete y dixo: «Antes que responda el señor don Alonso, me haga Vuestra Señoría merçed de consentirme hablar. La verdad es que bien creo que el señor don Alonso quiere en esta çiudad mandar e poder más de lo que su hazienda y ofiçios en ella sería razón que hiziese. Pero tanbién creo que Vuestra Señoría le dize más cosas de las que cree dél por castigalle». Yo le dixe: «Vuestra Señoría me á reñydo tan reziamente y el señor obispo á buelto por mí tan moderadamente, y lo que Vuestra Señoría me á dicho á sydo tan çertificado dello que no ay que dezir en mi respuesta, syno que yo quiero dezir que soy el que dezís y que me consuelo con que, entonçes es la muger buena quando públicamente es mala; y que é sydo bastante para poner a Vuestra Señoría en confusyón y para echarme de Sevilla, lo qual hará justiçia, sy hallare contra mí por dónde, y Vuestra Señoría, sy yo fuere ereje. Solamente una cosa os quiero conosçer, lo qual yo é hecho e syenpre haré, que yo é rebuelto a mis enemigos, que son esos de quien estáys ynformado, con mis amigos». Y con esto me levanté. Y no le aprovechó nada dezirme que nos viésemos después, que por sus costunbres y por las mías yo os juro que no sea en su vida.

Viéndome acusado y perseguido con sus mañas destos cavalleros mis contrarios Tellos e espeçialmente del comendador Tello, acordé repararme y defenderme, ofendiéndoles y confederándome con quien contra ellos me pudiese ayudar y defender y ofenderles, porque demás de ser muchos y ayudarse mucho, no entendiendo en otra cosa, con mentiras y con verdades, en dicho y en hecho, en justiçia y fuera de justiçia, sino en hazerme mal y daño; yo en no les hazer bien a ellos. Y porque los hermanos naturales, hijos de mi padre y madre que Dios me dió, no son tan hechos a mi voluntad como quisiera y escogiera, sy en mi mano fuera, acordé de tomar uno natural de la çiudad de Sevilla, mi propia naturaleza, el qual se llama Pero Ortiz de Çúñiga, mançebo rico y onrrado y de muy buen linaje, el qual fué gentilonbre y sabio, aunque esto no se le paresçiera con ser callado y mustio; y quien no le conosçía como yo, estava en él engañado. Era valiente y onbre determinado y muy sosegado. Con el qual me ermandé y confederé de tal modo, dándonos por prendas nuestras almas y conçiençias y fee de cavalleros, porque aunque fuésemos ausueltos de las almas, no pudiésemos dexar de quedar prendados por la ley de cavallería, pues a esta ley no ay Santo Padre que nos pueda asolver. Lo qual se hizo desta manera que aquí veréys, que es esto que se sygue:

«Ésta se haze en memoria, de lo syguiente porque, aunque en las voluntades esté escrito, pues dellas salió efetuarse, es bien que cada qual de nos, de los dos, lo tenga firmado, para afirmarlo en nuestros juizios, por no herrarnos, pues tanto nos va en ello, y prendar nuestras palabras y fee de cavalleros, pues tenemos prendadas las ánimas y obligadas las conçiençias. Y es verdad que martes antes de mediodía a doze de noviembre, año de Nuestro Salvador de mill e quinientos e treynta e dos, don Alonso Enrríquez e yo, Pero Ortiz de Çúñiga, entramos en la yglesia de Sant Miguel, perrochia en la çiudad de Sevilla, y pusimos nuestras manos derechas ençima de un ara consagrada que el sacristán de la dicha yglesya nos entregó y juramos por Dios en ella consagrado y por su consagraçión de ser hermanos en amor y muy firmes amigos y buenos desde el dicho día hasta el postrero de nuestras vidas, del uno e del otro, y de ayudarnos y defendernos en dicho y en hecho, en presençia y en ausençia, con nuestras personas y haziendas contra todos los que a él y a mí y a mí y a él quisieren ofender, aunque tengan deudo o otra deuda alguna ni sea hermano natural ni amigo, que para esto dezimos que esto preçeda a todo, y que antes ni después con otro alguno abemos hecho ni haremos el tal juramento, hasta que el uno de los dos fuese muerto. Y que demás desto que lo prometemos como cavalleros hijosdalgo una y dos y tres vezes y tantas quantas vezes el derecho y ley de cavallería permite. Fecha en el mismo día y firmada de mí, el dicho Pero Ortiz que resçivo otro traslado désta, y del mismo don Alonso».

Pues como esto se hizo para nuestros contentamientos y onrras y no se devía de esconder ni tener secreto, pues entranbos dello éramos contentos y no nos dolían prendas, pues tales como avéys visto las dimos, no se nos dió nada, y antes lo quisimos que se supiese, porque estubiesen advertidos en ello todos para no ofendernos al uno en ausençia del otro, ni al ausençia del otro en presençia del otro. Devió devenir a oýdos de nuestros contrarios, los quales deseavan maridar a una hermana suya con el dicho Pero Ortiz de Çúñiga y vían que por allí se podía estorvar, demás de la ayuda que contra ellos le podía ayudar él y sus deudos, que son los prinçipales desta çiudad, que aunque no fuera más que de su persona sola, syendo tan limpia y onrrada y determinada, -como dicho tengo y torno a dezir-, que no puede ser más, tenían razón. Y así procuraron de yntentar sy nos pudieran apartar, aunque después que supieron la verdad de quán ligada estava nuestra amistad y hermandad, se sosegaron y disimularon.

Y por quanto diz que el dicho Pero Ortiz, mi hermano, e yo hezimos çierto recaudo falso de dos cartas de desafío, la una para uno dellos y la otra para otro nuestro amigo, y la justiçia con sospecha tomó su dicho al dicho Pero Ortiz, mi hermano. El qual, tiniéndolos en poco y en mucho mi amistad, confesó que él e yo lo avíamos hecho. De lo qual fuý yo avisado, y aconsejado que él e yo nos ausentásemos, antes que la justiçia encomençase a executar en nos, para dexarla amansar y aplacar la yra de los enemigos. E yendo y enbiándolo yo a llamar a una yglesia con un moço mío, el qual sólo dixo en la calle que estava allí aguardando, publicaron los dichos nuestros contrarios que lo syntieron, que se andavan todos paseando en la calle, que era desafío, por lo que el dicho Pero Ortiz, mi hermano, avía confesado. De lo qual, como Dios es Trinidad, antes yo olgava, porque viesen los contrarios que se declarava por mí contra ellos en hazerlo e conosçerlo y no tener miedo ni enpacho dellos.

Los quales nos echaron la justiçia luego ençima, y aunque el dicho Pero Ortiz, mi hermano, vía que era mentira, ansy por lo que me conosgía y por lo que entre él y mí avía como porque él ya savía que avíamos de yr allí a çenar, porque ya yo se lo avía dicho y él a mí respondido que de aý a una ora o dos yría, porque el moço no yva a dezirle que tardava syno que fué tanta la trápala que sobre ello traxeron que ni todo esto ni hablar él ni yo ni hallar la çena hecha adonde yo estava aprovechó al presente, hasta que después supieron la verdad y la justiçia se halló corrida, espeçialmente por aver sydo ynduzida por mis enemigos.

Los quales, quando supieron la verdad, se quisieron ahorcar, pues su propósito y deseo no podía llegar a efeto contra mí ni apartar al dicho Pero Ortiz, en el qual syenpre hallaron fimeza como en buen cavallero, aunque al presente se engañaron en su tibieza, como dicho tengo, que es un onbre sosegado. Y por acatamiento de sus deudos no se osava tanto manifestar. Y desta manera los dichos mis contrarios lo venían a visitar en las cárçeles donde estávamos, ado tubieron maneras para que estubiésemos apartados. Y a los que le dezían que cómo, confesando el dicho Pero Ortiz que les avía ofendido tanto como yo, le visitavan, respondían que era un ángel y que yo le avía engañado. E desque supieron bien la voluntad de Pero Ortiz, desengañáronse ellos.




ArribaAbajoLo que de aquí me subçedió

Viendo las maneras y diligençias que estos mis contrarios en mi persecuçión traýan e ynventavan en público y en secreto, con verdad y con mentira, y pobre de hazienda y no rico de parientes, -porque aunque los tengo ricos, que son los mayores señores de Portugal y de Castilla, no soy yo rico dellos, pues no me quieren ni pueden aprovechar, asý por su ruyn voluntad como lexura, porque no me an menester ni moran çerca de mí, lo que no hazen mis contrarios, porque no ay uno mejor que el otro ni más ruyn que el otro y todos son vezinos-, viendo esto, acordé yr a buscar de comer e hazienda. Porque aunque, como dicho tengo en este libro, lo é buscado hasta agora, no á sydo mal ni é hecho poco del día.

Y visto que aun éste no me dexaron mis padres y es menester, para çufrir la yra de mis enemigos e adversarios, tener alguna superabundançia para de criados hazer deudos y de benefiçios ofiçios, porque todos los más son regidores en la çiudad que bivimos e yo no, acordé en secuçión desta determinaçión poniendo promutor fiscal en la chançillería de mi juizio en las partes contrarias, de yr a una de tres partes: o a servir al Emperador mi señor, o a Nápoles donde es visorrey un hijo del duque d'Alva, -que ya avéys en este libro oýdo dezir la parte que yo tengo en esta casa-, o a las Yndias.

Y acordamos en la dicha nuestra chançillería por sentençia definitiva, llamadas e oýdas las partes, vistos todos los provechos e ynconvinientes, de executar lo postrero, porque me dizen que ay bestias estrañas, fieras de çient mill maneras, para ver sy me matarán y brevemente despacharme desta presente vida y fatigas, o traer con que las pueda çufrir. Porque lo primero parésçeme que es largo y peligroso y engorroso; peligroso para el ánimo que aquí se me asyenta el alvarda, deseando que se mueran para ser benefiçiado; engorroso, porque los que biven pueden las más vezes más que yo y llévanme lo que é deseado de entre las manos. Y quando venga a tener de comer a bien librar, que Dios me quiera dar vida para lo esperar y el Emperador hazienda para lo gozar, no terné dientes con que lo mascar. Pues lo segundo, aviendo onbre servido a un rey, no me paresçe que es bien començar a servir su visorrey.

Es menester saver que en estas Yndias ay mucho oro y plata y moneda amonedada, parte pendiente, calenturas y otras enfermedades muchas, pero tanbién es bien que sepáis que donde está el peligro, allí está la ganançia, y que quien no aventura, no ha ventura, y que trayo en las letras de mis vanderas delas capitanías que é tenido, las quales son pardas y unas letras de oro en ellas que dicen asý: «Quien no teme la muerte goza la vida».

Esta es una carta que escreví a su madre de Pero Ortiz de Cúñiga, mi amigo y hermano, que es esta que se sigue:

«Magnífica señora: Desde aquí que estoy lexos desa çiudad y çerca de morir, porque estoy malsano por lo uno y por lo otro, tengo de dezir verdad, pues estoy en esta dispusiçión e voluntad de no bolver más allá, aunque sanase, porque tengo hazienda para me poder sustentar como quien soy en mi naturaleza y quiero pasar por acá mi fortuna.

«Y quiero hazer saver a Vuestra Merçed como Luis de Medina, por su autoridad y espeçial voluntad, no le dexa syn le aver por merçed los Tellos, ni le dexa syn dexar al Tellico para casar con su hijo, ni se quiso mostrar con el señor Pero Ortiz de Çúñiga, ni que tubiese diferençia con ellos, echándome la culpa a mí como al hijo de la madrasta. En lo que, sy Vuestra Merçed me quiere mirar, miró solo su bien particular y deseo y voluntad susodicha y no lo del señor Pero Ortiz, porque aunque yo lo enpusiera, en poner aquellos carteles y otras cosas peores, no le avían de aconsejar que conosçiera que yo le avía osado engañar y que él no avía mirado en ello, quanto más que es çierto que yo no se lo hize hazer.

«Verdad es que yo me holgué dello, como pesara sy fuera en perjuizio de algund amigo mío, haziéndole que me quitase la habla y que Vuestra Merçed le riñiese, como sy yo le oviera acusado o descubierto o hecho alguna traiçión. En lo qual vino el señor Alonso Hernández de Santillana por el amistad que tiene, con su hazienda, temiendo que le avía de meter en peligro. Y el señor Pero Ortiz de Sandoval, como muy buen cavallero, en verdad no eçedió syno en querer cunplir a Vuestra Merçed su voluntad dello, en que fué ynduzida y engañada, que después quando me partí, salió conmigo media legua y nos abraçamos y quedamos muy amigos. Y aunque no me dixo que se arrepentía y que yo no avía hecho cosa que no devía, entendí yo después, syendo tan sabio y buen cavallero, quiso tornar a mi amistad, que fué señal que no la tiene por muy mala. Y porque con quien yo la tuve más en este mundo fué don Lope, hermano del señor del Aljava, que está ya en el otro, quiero dezir, en conpañía de una cama y una mesa y una bolsa y una voluntad, se dió tanto, hasta que fallesçió. Y en esta villa nunca le vino de mi amistad afrenta ni trabajo ni peligro ni congoxa. Asý sus hermanos y el señor don Pedro Enrríquez, a quien yo tengo por señor y Su Merçed a mí por amigo, fueron conmigo a acuchillar al comendador Tello.

«En verdad yo escusé que fuera en ello, porque huyo de meter a mis amigos en peligro y travajo, ellos, pidiéndoles yo consejo y consuelo para amansar y pasar la sobervia del comendador Tello, robando las onrras a los hijosdalgo, que es cosa que no tiene restituçión, y aplicándolas a su cámara. Porque avía respondido a don Juan mi hermano que no era onbre para tomarse con Su Alteza en burlas y en veras. Y aun más me dixo: '¡Sy él piensa que le viene ancho la magestad!' Me respondieron que ellos se avían de hallar en la encomienda y esforçaron para ello que yo solo con mis hermanos lo quisiera matar. Y asý lo hiziera, sy ellos no fueran amigos de piedad. Nos los quitaron.

«Tanbién quiero que sepa Vuestra Merçed que no se puede quexar del amistad que hize al señor Luis Ponçe su hijo, porque como Vuestra Merçed puede saber, que Diego Ponce de León y el liçençiado Gonça1o Hernández y de otros sevillanos que en la Corte estavan a la sazón y sus criados y esclavos que agora Vuestra Merçed tiene en su casa. E yo le hallé en la dicha Corte solo; y estuvieron en mesón o posada por sus dineros. E yo le recogí en la mía syn ellos e le hize conozer la Enperatriz y a los grandes y a las damas. Éstas son las obras que yo hago a mis amigos. Tanpoco en plaziendo a Vuestra Merçed, por regidores, que de mí se aprovechó.

«Suplico a Vuestra Merçed que, no sentençie syn oýr las partes, ni sólo por ynformaçión de los contrarios condene. Y esto no hize quando allá estube, porque soy muy libre y pienso que no é menester a nadie syno a Dios. Y porque esto no quise satisfazer al señor cardenal, que tanbién él tiene engañado, ni aun desde aquí lo hiziera, sy no me obligara a ello quien Vuestra Merçed es. E fué al señor Alonso Ortiz, a quien yo tube por señor y soy su servidor del señor Pero Ortiz de Çúñiga.

«Al qual, sy vuestra Merçed manda, travajaré de casar con una parienta de mi señora doña María de Mendoça, a quien aquí vine a ver, porque soy su deudo y servidor, muger del comendador mayor Covos, la qual está por dama de la Emperatriz nuestra señora. Y élo començado a hablar e voylo a acavar ya en esta parte. Sy Vuestra Merçed manda yr a la Corte por eso, allí me enbíe su voluntad, que dalle-án dineros, yo hazer benefiçios para él y para sus deudos e hijos, quantos tubiere. Y enbíeme el memorial de su hazienda. Y éstas son las obras que hago por mis amigos y en lo que lo syento y más. E acabo, rogando a Nuestro Señor le guarde y acresçiente la magnífica persona de Vuestra Merçed y a mí, señora, no se trergar [...] bien apasionados y más amigos de su propio ynterese que nadie. Fecha en Valladolid, a diez de enero».

Luego a la sazón yo fuý acusado del dicho comendador Tello mi contrario, diziendo y levantándome que yo avía desafiado al dicho Pero Ortiz de Çúñiga mi amigo y hermano, porque su fin, como dicho tengo, fué y era de enemistarnos e deshermanarnos, syendo por él ynduzida la justiçia en esta guisa. El liçençiado Gutierre Velázquez, oydor de la chançillería real de Granada, que al presente era juez de resydençia en Sevilla, apellidó a la çiudad e con mucha gente de cavallo y hachas ençendidas en las manos, que començava a anochesçer, me fué a hallar con ýnpetu y reguridad en el monesterio de San Juan de Aquile, do yo estava esperando a çenar al dicho Pero Ortiz mi hermano. E yo, desque ví el alboroto salí a la puerta del aposento del prior de la dicha casa, con quien éramos conbidados. Y llegó el dicho Gutierre Velázquez con mucha cavallería, como dicho tengo, amigos y enemigos, los unos para ver, los otros para prender, los unos para aplazelle, los otros para pesalles de lo que me acaesçiese; los unos para ofenderme y los otros para defenderme.

Dixo el dicho juez en boz alta: «¿Qué es esto, señor don Alonso? Estando el Rey fuera del reyno, ¿se lo rebolvéys? Estas vuestras cosas fin an de aver. Tomalde aý, señor Hernand Arias, alguazil mayor». E yo respondí: «Señor Gutierre Velázquez, quando el delinquente estuviere manso y obidiente no á de estar el juez bravo ni desacatado. Yo soy un servidor del Emperador y su criado. Antes le ayudaré a apaziguar sus reynos que no a rebolvérselos. Yo soy justo y deso que me pedís no sé nada. Y para que se averigüe, yo hago quenta que no estoy en lugar sagrado. Ved cómo queréys que vaya y a quién daré el espada, que asý lo haré como Vuestra Merçed mandáredes». Respondió: «Cavalgue Vuestra Merçed antes a las ancas de una mula de un deudo suyo, que aquí vienen algunos. E dé el espada al señor alguazil mayor». Asý lo hize y puse en las ancas de don Hernando Enrríquez de Ribera. Lleváronme a las Ataraçanas de la çiudad, donde, como dicho tengo, luego otro día me soltaron.

Año de Nuestro Salvador de mill e quinientos e treynta e tres, en quaresma me confesé y resçiví el Santísimo Sacramento, como qualquier fiel cristiano lo deve de hazer. Entre otras cosas de que me quise enmendar fué declarar, como declaro, que muchas cosas van en ese libro, asý por hazer buenos vocablos como buenos propósytos y consonantes conpuestas, para poner apetito al que le leyere, aunque mucha de la sustançia dél es verdad. Digo que crea cada uno lo que deve creer, para no hazer perjuizio a su conçiençia ni a la mía.

Eacute;sta es una carta que screví en este tiempo al prior del convento de Sevilla de Santiago del Espada, para que entendiese entre mis contrariaos e mí:

«Muy reverendo señor padre:

Como tengo a Vuestra Paternidad por prior, señor y padre, quiero encargalle y dezille mi conçiençia y condiçión, la qual como humano y onbre mundano á sydo más asý que deviera para lo que cunple a mi ánima. De lo qual me é acusado y confesado a un buen letrado padre espiritual, el qual á resçibido mi voluntad y asuelto de mis exçesos y pecados y malas ynclinaciones, con tanto que me aparte y enmiende dello y limpie y esconbre la casa del alma y resçiva a Dios Todopoderoso en ella con determinaçión de tenérsela desocupada, limpia e adereçada para ospedalle muchas vezes. Y ansý por ser huéspede que me tiene pagado adelantado con su muerte y pasyón por mi redençión como por lo que puede haze en mi salvaçión en la vida perdurable, como por ser justa y razonable y descansada para pasar la poca déste, como por ser aconsejado del cristianísimo y muy illustre señor prior de San Juan, del qual é sydo en estas mis enfermedades muy regalado y muy onrrado e muy curado, como sy fuera hijo o hermano suyo, como por estar muchos días en esta cama, doliente de una hinchazón de una pierna, de la qual, aunque no me á tenblado la contera de morir dello, duélenme las costillas de estar echado. Do por la longura del tiempo y recogimiento y sosiego é tenido lugar de pensar y recapaçitar y creer mis culpas y pecados contra mi Dios y mi reposo. Por lo que é determinado tomar el consejo que se me á dado y, por lo que arriva digo, encomendar mi conçiençia a Vuestra Merçed en esta manera:

«Conviene a saver que á mucho tiempo que está enduresçida la enemistad en perjuizio de nuestras almas, vidas e onrras del comendador Garçi Tello y mía, aunque mis culpas y eçesos an sydo grand parte para ello, de lo qual é pedido a Dios perdón, con propósito de me enmendar. Y quedo haziendo penitençia dello. Y pido a Vuestra Paternidad de mi parte se lo demande a él, para que tanbién acuse su pecado. Digo que tanbién se acuerde quando enbió a dezir a mi hermano don Juan que no quería su amistad ni su enemistad, porque no era onbre que con él avía de tener lo uno ni lo otro, amenguándole y desmintiéndole de su onrra, y que tanpoco la quería con su hermano don Alonso, lo qual de su parte nos dixo Pero Bravo y aun más por el santo tiempo en que estoy; y que se lo avía dicho delante de cavalleros.

«Y porque sería nunca acavar, por lo menos ser prolixo, quiero contarlo por grueso: la habla que me hizo en el barrio del Duque con sus deudos, los menospreçios que conmigo á hecho en dicho y en hecho, en ausençia y en presençia, diziendo mal de mí y tiniéndome en poco, no tiniéndorne tan grand ventaja ni razon que no me diese ocasión a bolver por mí e a mis deudos e amigos aconsejármelo. Quando le desafié, dixo muchas cosas en mi perjuizio, anichilándome y soalçándose tanto que, en mi conçiençia, que burlando dello como cosa ynorme, lo dezía el que se lo oýa, que diz que se lamentava y quexava, como sy yo fuera su criado e comiera su pan. Levantóme un falso testimonio y acusóme delante de la justiçia seglar que yo avía desafiado a Pero Ortiz de Çúñiga mi hermano. E hízome prender por ello.

«Y juro por la comunión e confisión que é hecho que, por ser syn escrúpulo creýdo, hago sygnar esta carta de scrivano, que me la vee firmar acavada de hazer, que nunca tal por pensamiento me pasó, ni hiziera por cosa que el dicho Pero Ortiz me hiziera. Y por lo primero de la dicha plaça diz que dixo a Françisco del Alcáçar, que entendía en nuestras amistades, no me acuerdo qué en nuestro perjuizio al señor don Pero Enrríquez; tanbién, quando en las del dicho desafío a Per Afán de Ribera, quando en las que digo que melevantó e hizo prender, que dicho tengo, que respondió a Pero Bravo que dixese a don Juan mi hermano. De lo qual deve pedir perdón a Dios. E yo se lo perdono y propongo e juro por Dios y Santa María e por el ábito de Santiago que él e yo tenemos, que de aquí adelante no diré cosa en su ofensa e synsabor, en su presençia y en su ausençia, aunque sepa que él lo haze de mí, sy no fuese defendiéndome de la culpa que en nuestras enemistades me echasen y desculparme desto quanto pudiere ser.

«Y porque de su condiçión e de la mía sé que teniendo conversaçión no podremos dexar de pecar, digo que me paresçe que no la devemos tener, syno como onbres que casi no nos conosçemos. Y digo so pena de perjuro e de mal cavallero que yo mantendré esto y ansý puede Vuestra Merçed salir por fiador. Por cuya muy reverenda persona quedo rogando a Nuestro Señor guarde y acresçiente. De Alcáçar. Y en verdad, señor, no pienso entrar en algunos años, syno por allende o aquende o en Santiponçe con mi muger. A serviçio de Dios y mandado de Vuestra Merçed. Don Alonso Enrríquez».

Eacute;sta es una carta que escrivió don Alonso Enrríquez, autor deste libro, a Juan Ramírez Çigarra en consuelo de una muerte de su hermano, porque era su amigo y sabio e bien entendido.

«Señor: Aunque yo presumiese de tan eloquente y prudente que pudiese dar consejo y consuelo a todo el mundo, no sería a Vuestra Merçed, pues soys la propia prudençia y cordura. Mas hazerlo-é por tres cosas: la una, espeçialmente porque el enojo y ynpetuoso priva a estas dos y no las dexa exerçitar en casso propio; la otra, porque el deseo que yo tengo de servir a Vuestra Merçed y verle fuera de congoxas me haze atrever a deziros mi paresçer y tanbién que pérdida de tan gentil cavallero y onrrado hermano es razón que lo syntamos todos los que le conosçiamos, espeçialmente los que de Vuestra Merçed e de la suya somos servidores, por lo que tanto escrivo ésta por consolarme como por consolarosla otra, -porque la terçera no quede en el tintero,- que me veo tan enfermo de tantas enfermedades y lleno de congoxas que estoy para dar consejo en mediçina al propio Aviçena y en ansias y congoxas al propio Job.

«Por lo que me paresçe, señor, que después de dar graçias a Dios de sacar al señor Guillén de Casaus desta venta do ya no se vende syno píldoras e xaraves y por fruta nueva y buena, agua del palo, y esto no lo dan poco caro, porque las más vezes cuesta la vida y llévalo ado de balde y muy barato, sy bien savemos comprallo, le darán y nos darán manjares çelestiales, con tronos y dominaçiones, et çetera. Y ya que por nuestros pecados no hagamos tan buena consideraçión, mirad que el mejor consuelo es dexar de mirar muertes agenas Y acordarnos de la propia, la qual venga tan tarde y a tal tiempo que gozéys deste mundo y del otro. De mi casa de Santiponçe».

Eacute;sta es una carta que screví a don Juan Alonso sobre el casso que ella dirá:

«Muy illustre señor: Segund Juan de Torres me á dicho, en esta cama echado, no bien sano, puesto que, -bendito Nuestro Señor,- fuera del peligro en que é estado, como avía conosçido tristeza en Vuestra Señoría del fallesçimiento de vuestro criado leal y mi verdadero amigo, el liçençiado Vergara, que Dios por su ynfinita bondad y piedad resçiva en su santa gloria. En lo qual Vuestra Señoría muy illustre mostráys los quilates de vuestro juizio e de vuestra grandeza, conbidándonos y obligándonos a los que quedamos a que os sirvamos como él, para como él resçivir la paga, pues tan buen pagador soys. Finó aquel que vuestra madre conosçió, de quien mucho se confió e sirvió; finó aquel que en este mundo no tenía otro espejo que Vuestra Señoría ni otra bienaventurança que serviros; finó aquel que sustentava y publicava, declarándolo, vuestro ser, onrra y grandeza; finó manparo de vuestros deudos, servidores e criados y allegados a vuestra casa. E yo como uno dellos e prinçipal amigo suyo, pelándome estas barvas, regándome mis mexillas lo hallo menos.

«Escribo ésta no con poca música desta manera para que Vuestra Señoría se consuele con tristeza, porque no hallo otro consuelo en este caso, por lo qual tanbién la escrivo. Verdad es que me ayuda a ello saver que la señora Catalina su muger desea ver el cargo de su marido en poder del liçençiado Uzeda, para que con él será padre de sus hijos, porque syendo tan su amigo del marido y del padre con su ofiçio paresçerle-á que no lo an perdido. Y pues en vuestra mano, muy illustre y buen señor, está la redençión que, aunque aya finado, no muera la onrra deste que tanto os syrvió, no lo dexéys de hazer, señor mío. Así os lo suplico yo, pues el liçençiado Uzeda por su parte no lo desmeresçe.

«Y si me dixéredes que lo procura para el liçençiado Gallegos Hernand Arias y Juan de Torres, tres cosas quiero dezir a esto. La una, que el Evangelio dize: Primun michi, secundun tibi. Éste es vos, pues es vuestro, y éste hará de mejor gana vuestro serviçio y edificará con mejor gana que no estotro, que fué criado de vuestros contrarios y á de hazer lo que ovieren gana los que le dan el ofiçio más que quiçá lo que oviere Vuestra Señoría. Sobre la qual conçiençia, para onrra deste mundo y gloria del otro, no devéys aventurar la vuestra, espeçialmente syendo tan descuydado como son los dichos Hernand Arias e Juan de Torres, quanto más que se cunplirá con ellos con dezirles que éste hará lo que ellos quieren, aunque esto tanpoco lo haría porque sería aventurar una vana gloria deste triste y breve mundo por la verdadera, syn fin del otro.

«La otra es la más virtuosa desta vida: hazer por el muerto que os sirvió en vida y escusar de dar lugar a que digan de vuestra conçiençia que está puesta a cargo de quien tam poco mira por la suya propia en cargo de justiçia tan nesçesaria, de prudençia y conçiençia y miedo a Dios y vergüença a las gentes, y manparar la biuda y dar padre a los huérfanos. La otra es que paresçerá muy mejor que gratifiquéys a vuestros criados, espeçialmente a Uzeda que tan efetuosamente os á servido y syrve y ama y de vuestra prudençia y conçiençia es pregonero, que no a los del duque d'Arcos que tan defetuosamente se an oy en día en vuestro serviçio, como el dicho liçençiado Gallegos. Sabio y poderoso soys, de los quales se espera ver y oýr subçesiones. Por lo que quedo consolado que Vuestra Señoría lo hará de manera que no aya que no se pueda loar. Por cuya muy ylustre persona quedo rogando».

Este don Juan Alonso a quien se escrive esta carta es hermano segundo, primogénito del duque de Medina-Çidonia, el qual fué menguado de juizio y de potençia, syn poder ni saber tener açeso a muger, por lo qual la que avía de ser su amada, doña Ana de Aragón, nieta del rey de Aragón y de Castilla, don Hernando Católico de gloriosa memoria... Los quales se casaron y governaron este estado cuerda y sabiamente como cristianos y servidores de su Rey. Y asý efetuaron su casamiento con consentimiento del Papa, los quales hizieron todas sus diligençias para ver sy era justo, como fué.

Y este liçençiado Vergara, que al presente murió, de quien se trata en la dicha carta, era su tiniente de alcalde mayor de Sevilla y de su tierra y el mayor amigo mio que tube en la vida umana, de quien en algunas partes hablo en este libro. El qual era en letras leýdo y gran letrado, y agudo en cavallería, sabio y regozijado, graçioso, humillde y sobervio en cada tiempo y lugar nesçesario; era rico y valeroso, muy amigo de sus amigos. Llamávanle los enemigos, porque no ay valor de persona donde no ay de los unos y de los otros, «el Rey Chiquito» porque no avía en que le perjudicar syno en la estatura del cuerpo. Porque sy, como nasçe rey de natura, se hiziera por ventura y meresçerlo, él lo avía de ser. Puse muy grand luto por él; peléme las barvas y regué mis mexillas quando supe su fallesçimiento, porque tengo por çierto que lo mismo hiziera al mío, sy fuera antes que el suyo. El qual Nuestro Señor Dios Todopoderoso le aya en su santa guarda y defensa y resçiva en su santa y çelestial gloria a él y a nos, desque de este mundo fuéremos al de perpetua vida. Amén.

Esta syguiente es una carta que escrivió don Alonso Enrríquez a otro cavallero que se llamava Pero Mexía, porque se avían prometido de, sy pudiesen y Dios Todopoderoso lo permitiese, el primero que muriese aparesçerse al otro. Y a este propósito escrivió la dicha carta, la qual es esta que se sygue:

«Señor: Yo me acuerdo que prometí a Vuestra Merçed, en finando, hazérmeos paresçer. Y porque ya es hecho, quiero hazeros saver cómo fué lo uno y cómo á de ser lo otro. En saliendo desa çiudad se me començaron a hinchar las piernas y a secar la voluntá y andárseme los dientes y muelas. Cayendo y levantando llegué a Valladolid y después a Madrid, después en Aragón, donde ví e oý y pasé grandes cosas estrañas y fieras de çient mill maneras. E porque estoy dando quenta a Dios y no á de ser lo que ser solía, porque solía que andava, y agora non, con las dichas mis piernas, no diré syno lo que me causó el fallesçimiento de la vida umana, de los travajos corporales y grandes caminos y muchos soles y pocos refrigerios.

Vine a estar malo de calenturas con soledad en la cama. Dí lugar que se juntase con el travajo espiritual y juntos, hize tender mi repostero para morir en él, segund está establesçido en mi religión. Orlélo con ansyas y pasiones tristes, lleno del alma a cuya es en él, desta manera. Viniéronme grandes flaquezas, grande rebolvimiento de estómago y un frenesis que me despachó. Turbóseme el juizio; nunca lo perdí. Enfriáronseme las puntas de los pies. Conosçí la muerte aunque no la avía visto y aunque venía disfraçada, porque hazía calor y venía con frío. En pequeño rato subió hasta las rodillas, do por un poco de tiempo hizo hincapié con un adormeçimiento; casi paresçían cosquillas. Dende a otro pequeño rato hízose fuerte, va que se vido dentro de la muralla de mi fortaleza, y entró más rigurosamente con un yntolerable dolor hasta las yngles, que paresçían punçadas de alfileres. Allí mostróse más claramente y sonó sus atanbores, desplegó sus vanderas y començó a conbatir a escala vista.

Yo, como avía perdido las fueças, no tube otro remedio syno acudir con el juizio a ver sy açeptaría algund partido, porque ya me avía quitado el mantenimiento y qualquiera me fuera bueno, porque la mitad me tenía tomada y la mitad turbada. Las piernas me paresçían agenas. Y viendo esto y el poder que traýa de cuyo es el castillo, acordé de rendirme syn más partido de ponerme en mano de Dios, cuyo es. De allí en adelante, subió desta manera con un yntolerable dolor que paresçía que yva desollando el cuero con mucha parte de la carne. Como llegó al pecho, començóme a levantar, y dixe: 'Memento mey, deus, quia ventus est vita mea. Yn manos tuas, domine, comendo espiritun meum. Redimisti me, domine, deus veritatis.' Y luego con hipo y agonía, como quando se ensuelve un sumidero, llegó al gaznate.

»El alma salió con gran dolor, como quando pare la muger, y después de salida del cuerpo, como llaga syr socrosçio, qualquier ayre le haze synsavor. Desque me ví el alma fuera del cuerpo, aunque desnuda y temerosa entre ruyn gente, porque yvan sesenta diablos conmigo-¡mirá qué harán con el comendador Miguel Gerónimo!- preguntéles por Solís el Coxo. No me lo quisyeron dezir. No quise reñir con ellos porque no savía sy los avía menester. Bolvíme a mirar el cuerpo; víle tan desayrado, flaco y suzio y desdonado, porque el don traya conmigo, los ojos muy abiertos y muy nesçios, porque no veýan nada, la boca abierta y no hablava, la lengua sacada y no gustava. Buélvome a Dios y dixe: 'Señor, a ti buelvo los mis ojos, que moras en los altos çielos.'

»Y desque ove acavado, tomé el ángel bueno, que Dios me dio en guarda, por la mano, cantando un verso que dize: 'Dilixisti justitian et odisti yniquitaten; proterea unxit te Deus tuus oleo letiçie per consortibus tuys.' Y luego ví como se movieron todos ángeles malos y buenos e yvan dando muy grandes bozes y dezían: '¡O cómo nos es hecha tan gran synjustiçia y tan grand fuerça oy en este día! Porque esta ánima es nuestra y pertenesçe a nosotros y a la nuestra compañía, y contra justiçia y razón nos la quitan. Más quisiéramos que la juzgaran antes que saliera el ánima del cuerpo en el otro mundo, que esta ánima sienpre fué pecadora, yncrédula, syn fe y syn caridad y syn misericordia. E hizo otros grandísimos males y pecados, rebolviendo en tierra los unos y los otros. El tal pecado, sy el cardenal de Sevilla hallara por donde su linaje lo castigara como ynquisidor en el otro mundo, no lo viniera a penar en éste.'

»Y en este punto pasó Palaçios Rubios por la posta y no pude con él que parase un poco para saver nuevas de vos y de los demás señores y amigos míos, que con toda mi tribulaçión quisiera saver, porque diz que yva de priesa al seteno çielo con cartas de Juan Bozmediano y del tesorero Alonso Gutiérrez, para saver sy por dineros podían entrar allá, tornando a mis ángeles buenos, acabaron su razón diziendo que, aunque fuese como los ángeles malos dezían, bolviéndome a Dios, como me avía buelto, y muerto segund e como es hordenado por la madre santa yglesya, que confesó y comulgó y resçivió la estremaunçión y entregó su fortaleza, haziendo su dever.

»Entonçes respondió Sant Miguel: 'Vosotros, malos, no tenéys parte en esta alma porque, aunque fué pecadora, no tanto como vosotros la hazéis, mirando en sus cosas con deseo de condenalla. Y a vos, alma, vos mando que porque quezistes mal a los que os querían mal y quesistes parte en Sevilla por donde ellos no os querían bien, que no entréys en ella y arrendéys vuestra casa a quien más por ella os diere, que cavo la mía tenéys en Sevilla, pues que don Pero Enrríquez, que tubistes por señor, no quiso servirse della; y vays a estar hasta que Dios quiera, a la vuestra casa de Santiponçe entre aquellos que con sus açadas sustentan la vida y biven contentos.'

«De manera, señor, que los veranos os aparesçeré a las çinco de la tarde en calças y jubón y una loba de damasco, debaxo de una anoria de mi huerta con un pato relleno asado en el horno. Y sy fuere ynvierno, con un çamarro, a una chimenea, çenando de una olla podrida. Y así acabo, encomendándoos a Dios. Hecha en Monçón, donde yo fuý deshecho, a diez de jullio de mill e quinientos e treynta e tres años. Y hablando en veras y en seso, digo que juro a Dios y a la casa santa de Jerusalén que quiero morir y acavar la vida como cristiano y servidor de Vuestra Merçed».

Esta que se escrive y sigue es una carta que escrivió el obispo de Escalas a don Alonso Enrríquez, porque él escrivió rogándole que viese una carta que él escrevía a Pero Mexía, en la qual se le aparesçía al dicho Pero Mexía después de su muerte. La qual es esta que se sygue:

«Señor, señor, señor: Una carta de Vuestra Merçed resciví, syn saver dónde ni quándo se hizo; digo, syn pies ni syn caveça. Y era, segund por ella veo, en respuesta de seys o syete mías que dize aver resçivido. Y en verdad, aunque yo no se las aya escrito, él á hecho como quien es en las resçivir, pues los buenos cavalleros la voluntad y el deseo an de resçivir por la obra, que -¡así me salve Dios!- como más de syete vezes le é querido escrevir. Sy él á resçivido las seys, yo doy graçias a Dios y lo tengo en merçed a tan buen reçeptor de voluntades.

»Dize Vuestra Merçed que pida al señor Pero Mexía una carta de su fallesçimiento, de manera que puedo ynferir que soys fallesçido. ¡O ennoramala muera tal onbre! ¡O maldita sea la muerte que tan presto le á arrebatado, aunque tarde le paresce a Fulano y otros çient mill Fulanos que callo, segund las vidas les dava! ¡O desconsolado Juan de Torres! ¡O desdichado Hernand Arias! ¡O bienaventurada doña Costança que tal pérdida perdiste! Y sobre todos, ¡malaventurado de ti, Santiponçe, que desta hecha quedarás sorvido de Guadalquivir, donde las redes de yerro de la calle y del establo saltarán a pescar sábalos! ¡O don Alonso, y qué enoramala acá nasçiste! Estas y otras palabras dezía la madre Bellona que al hijo llorava. Requiescat yn pace. Amén.

»Pero pues vos, señor, soys tan alma y cuerpo del señor don Alonso, quiero como teólogo preguntaros un otruz en este caso. Y digo: los perseguidores de la paz y sosiego en este mundo, los que saven más de coro las Ataraçanas que el Ave María, los que no se hallan fuera dellas, los verdaderos amigos del diablo y de todas sus obras, ¿ternán paz en el otro mundo, sy acá nunca la tubieran consigo ni con otro? Dirá Vuestra Merçed: 'Mirad, abad, ¿nunca oýstes dezir que no piense nadie tener un paraýso acá y otro acullá? Asý avéys de saver que el que no tiene paz acá, la á de tener acullá. Agora, enoramala que oviese el onbre de tener un ynfierno acá y otro acullá, mayormente muriendo conosçiendo a Dios.'

»Y ansý diréos yo, señor, que sy eso es, bien lo creo. Pero también digo que el que sienpre bive en desasosiego y guerras, pocas vezes muere en paz, sy con tienpo no se huye a la talanquera, aunque entonçes no faltará un don Alonso que le diga que se cae, que se cae, a bozes, y le haga saltar en la plaça y no del Duque, como hizo el otro. Y ansý que no culpo mucho a los atrevidos que se andan un poco a pie por el coso, quando ay toros bravos, si con tiempo se suben a buenas talanqueras y no se desçienden dellas, aunque aya más don Alonsos.

»Asý que, señor, ¿que es posible que es muerto don Alonso? ¡Enoramala sy murió tal onbre! ¡O hideputa, qué lengua, qué yervas, qué ponçoñas, qué diamante tenía en ella! Creed, señor, que sy la señora doña Maladiçençia o el señor don Maldezir se perdieran, que el señor don Alonso los cobrara y hiziera de nuevo, que en esto ninguno nasçió tal, ni de más sal. Digo sal, aunque algo al revés de la que aquí ay buen barato, que ésta conserva y perserva lo que se podría dañar, y su sal de aquel difunto deshaze y destruye quanto salan con ella, y házelo o desházelo, como sal en agua. Pero dólo al diablo, que, tal qual era, se comía onbre las manos tras él. Y a lo que yo de vos, señor, se que dixérades lo mismo y más que yo, sy lo conosçiérades como yo. De Sevilla. Besa las manos a Vuestra Merçed el abad de Santiponçe, obispo de Escalas».

Ya aquí os é contado lo que con el Emperador me passó cuando fué destos reynos de Castilla a los de Ytalia a resçebir la última corona de su ymperio y quánd secamente se ovo conmigo en el ofresçimiento que le hize de le acompañar y servir en la dicha jornada. Porque me dixo que tan servido sería de mí con que quedase como con que fuese. Por lo que a mí me paresçió que, aunque como su criado y casy privado debiera yr, no hazía lo que devía en dexallo de hazer, espeçialmente que, en la misma Ytalia le avía muy bien servido y él no muy bien pagado. Tanbién os he contado lo que después hasta agora me á pasado.

Savido su buelta y desembarcada en estos reynos, salíle a resçivir desde Sevilla a Monçón en el reyno de Aragón, muy lexos de la dicha mi casa y no bien sano, do llegué a muerte, -segund por esta carcta antes desto escrito veréys, que escreví de allí fingendo que hera muerto, porque asý me lo paresçía,- do besé las manos a Su Magestad. La qual me resçibió muy tristemente, secándose comigo, mostrándome quexa de la que yo deviera tener de Su Magestad, por no aver ydo con él.

Y desta manera me bolví, gastando mucha parte de mi hazienda, travajando mucho con mi cuerpo y salud, syn me lo recompensar ni agradesçer. Antes, al dicho conde don Fernando de Andrada, mi enemigo, de quien en este libro os doy larga quenta, bolvió otra vez a hazer asystente de Sevilla, abiéndole yo provado que hera mal juez y hechado della, con el qual tube muchas pasiones y él comigo muchos travajos. Y dentro de nueve meses tube formas y maneras, ayudándome Su Señoría con sus ilustres, desatinos y excesos y desvergüenças, que en el ayuntamiento de la çiudad le pidiesen resydençia. Y ansí pasó con la mucha mayor parte de los regidores, que no quedaron syno çinco o seys de mis contrarios, de quien él hera parcial contra mí. Y fué mi enemigo por ellos, yo no su amigo, abiéndolo sydo en Corte. Fué diputado para lo hazer saber a Su Magestad un regidor llamado el capitán Fernand Xuárez y un jurado llamado Juan Serrano. Y porque adelante quiçá os daré cuencta de en lo que esto paró, que será acabado, çeso al presente por no hazello en lo que en tanto me acaesçe.

El dicho conde por pagarse de mí -así de las malas obras que de mi lengua rescibía como de miedo de las manos, en dexando la bara,- tratóme la muerte con grandes pesquisas contra mí, haziendo testigos a mis enemigos. E desque no halló cosa ni color por do prenderme y sentençiarme, porque los alcaldes sus superiores en las apelaçiones le avían de yr a la mano, acordó hazerme un mando a carga çerrada por virtud de una çédula de Rey, que todos los corregidores suelen traer para que, sin más razón ni pesquisa de la que a ellos les caresçiere, puedan hechar de la tierra a los hombres poderosos que tienen parte en ella. Y pues me quiso hazer poderoso, de creer es que no me pudo hechar con otro título más ruyn. Hízome este mando, verbo ad bervo y palabra a palabra:

«En Sevilla a treynta de junio de mill e quinientos e treynta e quatro años. El muy illustre señor don Fernando de Andrada, asystente desta dicha çiudad e su tierra por su Magestad, dixo que por quanto al serviçio de Su Magestad e a la paz e sosiego desta dicha çiudad e de los vezinos della e por las causas de que ynformará a Su Magestad, combiene que don Alonso Enrríquez no esté en esta dicha çiudad ni en su tierra ni jurisdiçión, que usando de la espeçial comisión de Su Magestad que tiene para lo susodicho e por virtud de aquélla, que mandava y mandó al dicho don Alonso Enrríquez que, otro día luego siguiente que le fuere notificado este su mandamiento, se salga de esta dicha çiudad de Sevilla e de su tierra e término e jurisdiçión y no esté ni entre en ella so pena de mill ducados para la cámara e fisco de Su Magestad y destierro perpetuo de los reynos e señoríos de Su Magestad. En las quales penas, lo contrario haziendo, desde agora le condenava sin otro ni declaración alguna».

A mí me tomó este mandado, acavando de me lo notificar su secretario como escrivano del Rey. Yo le respondí en presençia de don Rodrigo de Saavedra, alguazil mayor de Sevilla, y de Pedro de Coronado, escrivano del cabildo y ayuntamiento de la dicha çiudad, -los quales estavan a la sazón en la plaza del señor duque de Medina-Çidonia, paseándonos por ella,-que yo no obedesçía su mandado porque era mi enemigo y juez apasionado y reboltoso y que porque por tal lo tenía y como tal pensaba de defenderme dél y de sus thenientes, le requería que no se pusiese en ello y que todas las muertes de hombres y otros peligros y exçesos que se recresçiesen en el dicho caso e desacatos fuesen a su culpa.

Estando en este propósito e determinada voluntad, mis deudos y amigos, espeçialmente el muy magnífico y illustre señor don Pero Enrríquez de Ribera, primogénito del muy illustre señor marqués de Tarifa, el qual contra éste y todos mis enemigos me favoresçió e ayudó, me mandó e aconsejaron e rogaron que me saliese de la çiudad y que, pues como juez lo hazía, no le diese razón para executar su voluntad e hazerme mal e daño. Por lo qual acordé de venirme a mi casa de Santiponçe y embiar al Emperador y Rey nuestro señor una petiçión en esta guisa:

«Muy poderoso señor: Don Alonso Enrríquez de Guzmán, vezino de Sevilla, gentilhombre de la casa real de Vuestra Magestad, dize quel conde don Fernando de Andrada, asistente de la dicha çiudad, le tiene hodio y enemistad por çiertos capítulos que dió contra él en la resydençia pasada, quando fué asistente de la dicha çiudad, y á sido em pedir la resydençia presente. Y por ser esto ansí, sin causa y syn razón y sin ynformaçión, -y si alguna ay, es falsa, hecha con sus enemigos con quien el dicho conde es público parçial,- y sin horden ni tela de juyzio y syn que pasase ante escrivano conosçido syno a un secretario, le mandó notificar un auto cuyo traslado es este que presenta, que está escrito desta otra parte. Suplica a Vuestra Magestad que mande dar su real provisión en que mande llevar ante su Real Consejo los proçesos, sy algunos hubiere contra él, para que se vean o los vea y determine acá otro juez, qual Vuestra Merçed fuere servido. Y entre tanto, mande Vuestra Magestad que, dando él fianças llanas e abonadas de estar a derecho y pagar lo judgado y no abiendo persona que se aya querellado dél, pueda estar en su tierra y naturaleza. Y en mandallo proveer ansí Vuestra Magestad le hará merçed».

No aguardo a deziros la respuesta desta petiçión, la qual embié con un escudero mío y no es venido. Y en tanto, quiero daros quencta de lo que susçede y enterviene en mi vida, pues para ello se haze la presente obra. En esta mi casa y huercta me consuelo lo mejor que puedo, ansí con manjares apetitosos y sustançiales como con compañas apazibles y honrradas y de mí amadas, así cavalleros, amigos y deudos míos como de otro género de hombres de más baxo estado, juglares de todas maneras. Y no menos gasto mi tiempo en resçibir cartas y respondellas, las quales son estas que se siguen, e de mí respondidas. Cúya fuere cada una se verá en la firma dellas.

«Señor: El otro día, estando en casa de la señora doña Teresa, me dieron una carta vuestra y el despacho de Gibraltar. Bien creo que hizistes en ello todo lo que hera menester, y aunque á aprovechado poco, no dexo de resçebir merçed en ello. De acá no ay que diga más de lo que Pero Mexía abía escrito. Yo me hiré, plaziendo a Dios, el lunes o el martes a Granada, donde estaré algún día deste verano a vuestro serviçio. Don Pero Enrríquez de Ribera».

«Muy magnífico señor mío: Resçebí la carta oy de Vuestra Meçed, demás de otras muchas y otras merçedes que syempre y cada día he resçebido. La yda de Vuestra Merçed sea muy embuenaora, con todo lo que desea y yo, su bueno y çierto servidor, querría. No suplico que me dexe mandado en qué le syrva, porque aunque la justiçia andubiese reta, me lo mandaría hazer quando yo no lo hiziese por deuda muy devida. Y porque stoy escribiendo a la Muerte, motejando al asistente de borracho, no digo más en ésta. El qual traslado embío y es este que se sigue. Desta mi casa de Santiponçe. Buen servidor de Vuestra Merçed. Don Alonso Enrríquez...»

«Muy poderosa y mi deseada Muerte: Con más deseo de veros que de escreviros, muy poderosa y deseada señora, quiero daros cuenta de mi triste vida, con lo qual é tenido porfía, aborresçiéndoos a vos, mi señora, huyendo de vuestra potençia y circunstançias, creyendo que la vida mía malaventurada usara comigo de aquellos viçios e libertades y esençiones que con el libre albedrío que Dios me dió, suelen usar los dichosos en ella. Y pues yo fuy tan desdichado que, no solamente en ella me acaesçiesen muchos synsabores pero que biniese un estranjero, forastero apasionado y desconsiderado, a hecharme de mi propia naturaleza em boz de reboltoso, por hazer plazer a mis enemigos y pesar a mis amigos, después de averme tenido preso por renegador del benedicto nombre de Dios Nuestro Señor, no siendo cosa de mí usada ni de la retta justicia en semejantes que yo exercitada, husada ni guardada la tal Prisión en la tierra e lugar do nasçí y tengo deudos y amigos, dellos me dexó mi padre, dellos me ganara yo.

«Y pues asý es, los que no son naturales bienen de lexos partes a bivir a Sevilla y a mí me echan della, sin justa razón ni causa, con el poder real, a quien yo é defendido sus villas y lugares de moros y de françeses, syendo su capitán general, -juro a Dios y a esta cruz,- como saben los magníficos cavalleros Diego López de las Ruelas y Garçi Tello de Guzmán que estubieron en Ybiça.

»¡Mirá qué donosa vida, mirá qué borracha vida, mirá qué beoda vida, mirá qué candiocta vida, mirá qué atinajada vida! Aborrezco al alegría; quiero amar a la fortuna y a vos, muy poderosa y deseada Muerte, que bebéys agua de llantén y de çerrajas y de lengua buey con muy buenos xarabes dulzes. Que soys apaziguadora, digo, y donde ponéys la mano, todo lo deshazéys. A quien acorreys, no le queda hodio ni malaenconia con nadie; no da buelcos en la cama ni tiene congoxas. A vos, señora mía, quiero yo. A Dios y a vos creo y no en putas viejas. Don Alonso Enrríquez».

Con todos los refrigerios y remedios que tengo adqueridos y contados no dexo de resçebir grand travajo, asý pensando en el tuerto que este cruel y desconsiderado juez me haze como por me aver criado en Corte y grandes bulliçios y de mi pura condiçión ser muy libre. Por lo qual me bienen muy grandes congoxas y algunas determinaçiones tentar entrar en Sevilla y defenderme y ofendelle. Y quando vengo a querello efettuar, repórtome, tomo consejo de quienquiera sy es bueno, porque no haze el ábito el monje. Trayo a mi memoria persecuçiones de hombres asalteados, ahorcados, desquartizados, llagados, aplagados, cornudos, apaleados y afrontados por otras alias y muchas vías, otros desterrados del reyno entre naçión estraña y por feas cosas, yo no más de media legua de Sevilla en otra casa mía, do por mi plazer suelo venir a recrearme y no por caso dañoso a mi honrra ni a mi fama. Dios sea loado. Amén.

«Señor: Porque del señor Diego López de las Roelas supe como avía Vuestra Merçed ydo y venido bueno, no hize esto luego, y tanbién porque me dixeron que avía de bolver Vuestra Merçed a casa. Suplícoos me hagáys saber qué tal estáys estos días, aunque para mí vasta letra por parte, y si puedo serviros acá de algo, porque ya Vuestra Merçed save sy lo haré de buena gana todo quanto mandáredes. Y porque quieren dezir misa, no me alargo más syno quel señor don Rodrigo os besa las manos para lo que Vuestra Merçed mandare. Don Alonso Enrríquez».

«Muy magnífico señor: Estos días, -¡a, tan largos para mí, no solían ser ansí!-, mas con estar Vuestra Merçed allá y escrevirme acá tengo el ausençia honrrada y la persona contenta. Y así quedo en esta mi casa de Santiponçe. Buen servidor de Vuestra Merçed. Don Alonso Enrríquez».

«Hermano: Hazéme saber cómo os va en Santiponçe con los soles. Yo estube por yr allá ayer, y pensando quel señor don Pedro se avía de partir a a caça que tenéys conçertado, no fué. Nuevas de acá son que se sueña pesquisa contra vos sobre que dixistes en la plaça del Duque que avíades de matar al borracho del asistente. E más que ayer en cabildo, estando don Rodrigo asentado, entró el asistente y don Rodrigo no se levantó. Y díxole, asiéndole del brazo: 'Levantaos, que ya no puedo sufrir tantas descortesýas.' Él respondió: 'Estoy cansado.' Y así quedo a vuestro serviçio. Vuestro hermano, Pero Hortiz de Çúñiga».

Ya avéys visto en este libro que este cavallero e yo somos hermanos de sacramento y por esto nos escrevimos syn más çerimonia ni otros cumplimientos. Y así le respondo:

«Hermano: Los soles no me hazen tanto mal como la soledad. Lo que toca a las palabras que dizen que dixe del asystente, quot escripsi, escripsi. Lo que hizo con el señor don Rodrigo me plaze, porque a su honrra no viene daño, hecho de mano de juez, y a él, mucho, porque verán sus desatinos. Ofreçé al señor don Rodrigo mi persona y el mejor hierro de lança que ay en Castilla. Y así quedo, en esta mi casa de Sanctiponçe, a vuestro serviçio. Vuestro hermano, don Alonso Enrríquez».

Porque os é contado en este libro como en el hermandad de este Pero Hortiz de Cúñiga ovo a los prinçipios con moçedad algund descuydo, quiero agora tomaros a çertificar que me á guardado bien el hermandad y ansimismo Pero Hortiz de Sandoval el amistad, porque si, como é dicho en este mi libro, me la escuresçió, fué porque asý me cumplía, porque con la justiçia que mis contrarios tenían de su mano, estando yo preso, no me hiziesen mal e daño, e como él se vadeó con ellos y se secó comigo, tubo lugar de amansallos para que no me acusasen. Después se declaró y siempre me ayudó.

Eacute;sta es una carta que escreví al liçençiado Herrera, theniente del dicho conde asistente, el qual es un buen pecador viejo y poco sabio y hombre que segund esto luego dió con ella al dicho conde, y eso es lo que yo me quiero. Y si biéredes que voy sometiéndome algo a la misericordia, creé que no es porque creo que la tiene el dicho conde ni yo tengo por do pedírsela, aunque de mi condiçión fuese, syno porque el buen pecador de su theniente con las palabras blandas le muestre las ásperas; que es esta que se sigue:

«Muy noble señor: Quiero tentar vuestro vado, pues el del señor conde y del señor liçençiado Guevara hallo bravo y hondo. Y quiero pedir una cosa, concorriendo las tres cosas que á de aver en el que pide: que es meresçerlo y justificaçión y podello hazer a quien se pide. Pues yo hasta aquí no é hecho desserviçio al Rey ni desplazer a Vuestra Merçed, la qual hasta agora a nadie veo quexar dél ni dexar de hazer lo que le piden, syendo justo. Y no creo que es menos esto: lo qual es quel señor conde, vuestro amo, a quien soys obligado a dezir lo que combiene a su honrra e conçiençia, me á desterrado de mi propia naturaleza, do soy casado y honrrado y tengo deudos y amigos y enemigos. Si no lo savéis, sabeldo quel señor conde bien creo que lo save, y Su Señoría lo hizo conforme a justiçia y conforme a pasyón y por darse plazer a sí y a quien mal me quiere y pesar a mí y a los susodichos.

«Sy es por esto postrero, dezilde por lo que devéys a quien soys y porque os lo pido por merçed y me encomiendo a Vuestra Merçed y de parte de Dios, si menester es, os lo requiero, que me quexo a Dios de Su Señoría de tan grande ofensa y agravio como me haze. Al qual pido justiçia por todas las vías que puedo. Y que mire en lo que paró Pilatos y que no aprovechan lágrimas y dar los pies por Dios, que yo acavo de resçebir una carta del Comendador Mayor, la qual le embiaré sy la quiere ver, en que me dize que aunque fuese mal hecho lo quél haze comigo, no me á de embiar remedio, syno que lo aya de Su Señoría. Que mire que después que la señora condesa su muger me hizo su servidor y comer con ellos, que no le é pecado y si dexé de yr allá fué porque mi amigo Juan de Torres, el que dexó dé yr en casa de Su Señoría por mí, me mandó la palabra. Testigo desto, asý de que por mí se amistó el dicho Juan de Torres con el señor conde como de que le rogué en su presençia que fuese su servidor, pues por mi causa avía sido su servidor, y ya yo lo hera, el señor alcalde de la justiçia, el liçençiado Juan de Herrera.

«No pude hazer menos y yo pensé que al señor conde paresçiera bien como se lo embié a dezir con su secretario. Si después dize que hize exçeso en convidar a mi hermano y a otros cavalleros amigos y deudos míos con el señor conde de Medellín, que también es mi deudo y señor y amigo, no obo escándalo ni le pesó a ninguno. Ya que a mí castigase por ello, avía de castigar a Juan de Torres y a Pero Hortiz de Sandoval, que lo hezimos todos tres en su casa. Y así lo he jurado en mi dicho que lo tomó el theniente Guevara. Yo no sé por qué me castiga a mí y no a ellos. Y bien lo sé, syno que no quiero dar causa en esta carcta, pues no la é dado en toda la vida, a lo menos en tiempo quél á sido juez, para que proçeda contra mí conforme a justiçia. Túbome preso por renegador, en cavo de tres años que diz que lo avía dicho, de lo qual á de dar quenta a Dios que dada tengo quexa de Su Señoría ante Él. No piense que por tener bien conçertado el proçeso de acá, tiene el de allá; ante quien lo emplazo a Su Señoría y a Vuestra Merçed, sy no le aconsejáredes lo que al serviçio de Dios y bien de su próximo combiene.

«Y si es conforme a justiçia, dígame las causas o causa y déme traslado. Sepa hombre por qué, que es consuelo, porque sabido, dirá hombre: 'a buen bocado, gran grito.' Porque juro a Dios y a esta cruz y a los santos quatro Evangelios que no lo sé ni lo siento ni lo sospecho, syno que veo que no ay una quexa ni çevil ni creminal de mí en esa çiudad. Y si la hallaren, desde el día en que nasçí hasta el día de oy, sy no es la de Mesa, el alguazil de los veynte, y ésa, sy no supiese que Su Señoría estava enojado de mí, porque es mentira lo que me levanta de su hija, el qual me embió a dezir que le diese seys ducados para un manto, y que la perdería. Y en verdad que no le dí un real, porque no se lo devo, e no me lo mandéys por justiçia. Lo qual estoy presto para pagar, quiero que me corte la cabeça.

«Tanbién me dixo una persona que, si el señor conde quiere, yo la diré, que avía prometido Su Señoría al comendador Tello de hecharme de Sevilla, en yendo que se fué della. Tanbién, veo que nadie se á muerto por mi causa ni desafiado ni deshonrrado. E sy algo ay, dígaseme para que alegue de mi derecho. ¿Qué es esto? ¿Esta es justiçia o es monte de Toroços? Pídoos justiçia, justiçia pido. Y si fuere menester, me yré a poner en la cárcel para que me sentençien. Diz que se hizo agora una pesquisa de ciertas palabras que dixe quando me desterraron. ¿Es ésta la hermandad de Peralvillo, que después de asaetado el hombre, hazían la pesquisa? Pues, ¿no quería el señor conde que hablase y aun que bramase, haziéndome tan grand tuerto, tan grand afrenta, tan grand synsabor? ¡O justiçia de Dios y valme, pues no me vale la de la tierra! Sy ay testigos contra mí, hágame notificaçión dellos. Tachallos-é por enemigos, que asý heçistes al comendador Tello quando yo juré contra él: él no creo en tal que dixo. Y ansí acavo, pidiendo justiçia y que mostréys ésta al señor conde o por la mejor bía que pudiéredes se lo digáys, protestando contra vos, señor, y requiriéndooslo de parte de Dios. Si no, la maldiçión de Sodoma y Gomorra y de Atán y Abirón venga sobre vos y sobre vuestros hijos y hazienda; y dentro de treynta días vays a dar quencta al otro mundo de mis afrentas y synsabores. Y con avisar al señor conde y dezille vuestra paresçer, con el del señor liçençiado Castroverde, mi amigo y letrado, me ternéys satisfecho. Y ansí çeso. Desta mi casa de Santiponçe, asándome en bivos soles, a serviçio de Dios y mandado de Vuestra Merçed. Don Alonso Enrríquez».

Eacute;sta es una carta que me responde un regidor de Sevilla, mi amigo, que se llama Françisco del Alcáçar, a otra mía que le escreví con una petiçión para el Rey, pidiéndole remedio deste juez, y otra que le torno a responder a ella:

«Señor: Resçeví una carcta de Vuestra Merçed y dí su petiçión en Consejo Real, a la qual responden en las espaldas della que se cumpla lo mandado por el asistente. Creo que es por más mal para él, porque le querrán remitir a la resydençia que se le resuma. Vuestra Merçed aya paçiençia al presente. Creo que es tan cruel la respuesta por no reprovar el Rey su juez ni mostrar las synrazones que haze. Yo quisiera poder embiar mejor despacho. Conténtese Vuestra Merçed con mi voluntad y mándeme en que mi obra tenga lugar. Y así quedo a serviçio de Vuestra Merçed. Françisco del Alcázar».

«Señor: Resçebí una carcta de Vuestra Merçed y la voluntad de hazérmela con la obra y travajo de mi petiçión. Y aunque no fué respondida como yo quisiera ni como Vuestra Merçed lo hiziera, y fuera en su mano, no dexo de resçebir gozo y favor en hazello Vuestra Merçed. É yo travajado y hecho mis diligençias por no quexarse hombre de mí, porque es una ruyn pendençia traella hombre consigo, porque es mucha la vezindad y syempre se representa la fatiga y bive hombre en travajo. Y no ay mayor mal que el que nos puede hechar a puertas agenas, lo que Dios y el Rey y el río haze. Paresçe que es consuelo ser tan poderoso, pues no ay casa fuerte para Sus Magestades. Lo del río digo porque derriba la casa del obispo d'Escalas; y el Rey, mi honrra y contentamiento, para hazer bueno este juez que, como Dios nasçió y padesçió y por nosotros murió, que no hallo por dó por justiçia aya hecho lo que comigo aya hecho; y Dios, que lo consiente, quiçá por más bien que al presente.

«Ásome por estos ardientes soles, syn tener a quien dar parte del travaxo que dizen que es gozo. Dios lo remedie e me dé paçiençia. No me haze Vuestra Merçed en su carcta mençión de haver hablado al señor comendador mayor de León y a mi señora doña María de Mendoça su muger. Suplícole que lo haga y les muestre esta mi carcta y dé otra petiçión en el Consejo, sy fuere menester. Que no les pido clemençia, -ni les dé Dios salud sy la usaren comigo-, syno justiçia, justiçia. Y sy no quisieren cometella aquí o a Granada a juez syn sospecha, manden que me den el proçeso o lo embíen hallá y a mí con él. O Vuestra Merçed busque la manera que más convenga, pues es la primera cosa que a él me encomiendo, debaxo título que no tengo culpa. Y esto es la verdad, como es Dios trino e uno, so pena de perjuro y que sea más grave la pena.

Y sy él tubiese razón, no querría yo que paresçiese sino seguirme-ýa por el refrán: A lo mal hecho, ruego y pecho. Fuerte cosa es, señor y señores capitán y Juan Serrano, cuyas manos beso, en cuya merçed me encomiendo, que por hazer el Rey bueno a su mal juez quiera que padescamos sus súbdictos vasallos. Malo, sy, por çierto, porque yo provaré que no es buen cristiano y que es desvergonçado, deshonrrando a todo el mundo. No se le para delante frayle ni cavallero ni dueña que no los enxabona. Y porque, si me preguntaren por esta carcta, oxalá asý fuese, deshonrrados frayles de Sant Ysidro de Sevilla, a unos de rovadores, a otros de yrregulares, y a otros peores cosas.

«Pues, en cabildo no entiende en otra cosa syno en dar en los que le pidieron resydençia y no en tierra, pues de los questáis allá no quiero dezir, porque no parezca que es ynçitar, espeçialmente pues le conosçéys. No ay escrivano que quiera notificalle ningund auto, ni procurador que ose usar su ofiçio, ni letrado firmar escrito. ¡Guayas de los pecadores que lo han menester! pues los alcaldes mayores no lo remedian, que fueron constituydos para ello; mucho más miedo le an quel pecador que tienen para ahorcar.

«Sy ésta alcançare un escudero mío que en esa Corte tengo, Vuestra Merçed le haga dar gritos y bozes y que, aunque lo ahorquen por ello, no se le dé nada, porque yo estoy para hazello con mis propias manos. Y si no, dé cargo a un suyo que lo haga, y Vuestra Merçed en persona me favoresca. Por cuya muy magnífica persona y estado acresçiente quedo rogando a Dios Nuestro Señor, y a mí no olbide. Desta mi casa de Santiponçe, día de Santiago. Y al dicho mi escudero diga Vuestra Merçed que con sí o con no, se venga luego, cayendo o levantando. Del buen servidor de Vuestra Merçed. Don Alonso Enrríquez».

Biendo la crueldad quel Emperador usa comigo, así en las pocas mercedes y hazienda que en mí á hecho y lo mucho que le é servido, defendiendo sus villas y lugares de moros y françeses, syendo su capitán por su mandado, -como en este libro os hes contado-, como el poco remedio que me pone en los agravios que este tirano y cruel y apasionado juez me haze, vanderizando contra mí en favor de mis contrarios, acordé de efettuar lo que ya en este mi libro os tengo dicho: mi yda a las Yndias con fin e propósito de aver de los bárvaros brutos yndios lo que de naturales no faltos de todo saber no é alcançado, considerando quel día de oy no ay más linaje ni valor de riqueza, y con ella se alcança todo y no menos la justiçia.

Enbarquéme último de setiembre, año de mill e quinientos e treynta e quatro, con dos escuderos y dos pajes, bien abituallado de cosas de comer, bien vastesçido de aderezo de mi persona y todo lo que es menester para mucho tiempo. De aquí para adelante se vos será contado lo que asý me acaesçiere, porque no me faltava por ver syno esta partida. Y si Dios Todopoderoso, a quien me encomiendo, me da su graçia, abré visto todas quatro las del mundo, -o casy, por dezir verdad-, y vos será contado dellas veramente lo que con mi juyzio y fuerças pudiere y alcançare. Y en lo que faltare, a los leedores encomiendo suplan mis defettos, pues mi efecto es para que se aprovechen y se guarden de algunos travajos e ynconbinientes y sepan cómo se an de governar. Que no me ubiera sydo poco provecho aver escarmentado en cabeça ajena, y que otro ubiera hecho este libro y yo leýdo, antes de aver pasado esto.

Dexé de escrevir una carcta aquí que escreví sobre el dicho recaudo falso que hezimos al conde de Medellín, -por lo qual fué desterrado-, que escreví a un cavallero llamado Pero Hortiz Manuel, persona muy honrrada e autorizada e más viejo que moço, que á quinze años que por esto no se çiñe espada. La qual es muy nesçesaria y deve de saber, porque concurre en ella cosas de no çufrir y sufrideras, y que de tomalla por de desafío e de paz a la parte que la quisiere hechar. Porque segund la calidad de su persona, como dicho os tengo, no era razón enbiársela tan cruda como a un soldado ni tan descortés a menos de su calidad.

El qual fué uno de los convidados en el dicho convite. Y desque se vió burlado, vino a mí con ýmpitu, como hombre ynjuriado, en las Gradas de Sevilla y díxome delante de tres o quatro cavalleros: «Don Alonso, ¿hezistes vos este buen recaudo de convidar a mí y a mi hijo con el conde de Medellín syn saber él parte dello?» Yo, considerando la dicha su edad y autoridad y no traer espada e ser deudo de Pero Hortiz de Sandoval mi amigo, y que los tales recaudos no se hazen syno para encubrirse, acordé de negárselo y sufrillo. Díxele que no. Respondióme: «Porque fué muy ruynmente hecho». Metieron palabras otros cavalleros en medio e ansý nos partimos. Otro día siguiente dixéronme que se avía puesto espada y dexado dezir que no lo avía hecho otro syno yo. Por lo qual acordé de escrevir la dicha carta, que es esta que se sigue:

«Señor: Ayer con pasión me preguntó Vuestra Merçed si yo avía hecho recaudo falso a él y a su hijo. Y porquestos recaudos se hazen para encubrirse y por la obligaçión que yo tengo a çufrir a vuestra hedad y a no traer espada y a ser deudo de Pero Hortiz, dixe que no lo avía hecho. Agora me dizen que Vuestra Merçed se á puesto espada. Parésçeme que devo de dezir que yo lo hize, como es la verdad, e que fué muy bien hecho, y que si Vuestra Merçed la dexa de traer, que seré vuestro servidor como de antes; y si no, creyendo que queréys ofender con ella, no devéys estar seguro de la mía».

Eacute;l se fué luego con esta carta al dicho Pero Hortiz de Sandoval, su primo, y le dixo: «Mirá qué me escrive don Alonso». El qual le hizo quitar el espada y lo apaçigüó y nos hizo amigos. El sobreescrito desta carta dezía: «Al muy magnífico señor Pero Hortiz Manuel».

Esta siguiente es otra carta que desde la nao embié al señor liçençiado Guevara, theniente del dicho conde asistente, que es esta que se sigue. Y asimesmo escreviré otros traslados de otras cartas que desde la dicha nao escreví a otros amigos míos, despidiéndome dellos.

«Muy noble señor: El señor Pero Hortiz de Sandoval me dixo ayer que el comendador Tello avía hecho copias disfamatorias contra el regidor e jurado que la çiudad enbió por residençia. ¿Por que no hazéis pesquisa, como lo que pensáys que é hecho yo? Catá que lo que los juezes acá mal y no bien judgaren han de pagallo en la otra perpetua gloria o pena. Si pensáys, que soy yo el que puse los carteles, mejor me tendríades en esa vuestra jurisdiçión que en la ajena para castigarme. Alçáme el mando y sy no fuere hallá, yo los deví de hazer. E sy no, es de creer que me lo levantan por dar color al cruel destierro que ynjustamente comigo se hizo.

«Pues pido a Dios justiçia, que bien sabemos que sabe el señor conde quién hizo los carteles, tan bien como las coplas, sino que quiere hechallo a mí, como el recaudo falso, abiéndolo hecho Juan de Torres y Pero Hortiz de Sandoval con sus pajes. Sy no, tomaldes el dicho, como ellos dizen, y vanderizar el señor conde con la justiçia del Rey tan descubiertamente, consintiendo, los exçesos que haze el dicho comendador Tello, mi contrario y su amigo, y castigando los míos, que aunque lo hiziese, paresçería mal, no castigando los destotro. Mirá qué hará, no abiéndolos yo hecho. Desta nao para lo que Vuestra Merçed mandare. Don Alonso Enrríquez».

Eacute;sta es otra carcta que escreví al señor don Pero Enrríquez de Ribera:

«Muy magnífico señor: Yo estoy fletado y presto seré, mediante la voluntad de Dios, con liçençia de Nuestra Merçed que ya me á hecho merçed, embarcado para Tierra Firme, que ésta es muy mobible, 'lexos de donde nasçí, ¿quién abrá dolor de mí?' No me boi a despedir haz a haz y a besar las manos de Vuestra Merçed por no doblar las penas. Vástame senzilla la que siento en apartarme de Vuestra Merçed tanto tiempo. Porque segund el camino es largo e peligroso, no puede ser syno que sea mucho, y plega a Dios no sea muy mucho. Lo qual travajaré yo, ansý con muy buenas cosas que llevo para mi salud como con mucho deseo de bolver a serbir a Vuestra Merçed.

«Para lo qual no bastará riqueza ni muy grandes señoríos, aunque boy avorresçido de las cosas que acá pasan, ansí en consentir el Emperador me haga su justiçia tan grandes tuertos, abiéndole yo tan bien servido y defendido yo sus villas e lugares de moros y françeses por su mandado, syendo su capitán general y particular, y no abiendo hecho cosa que no deva syno sólo la pasión. Y vanderizando contra mí, ayudando a mis contrarios, tiene su asystente. Y ansymismo voy con la señora seña. Hierro preçian más que el oro y la plata danla de valde.

«A Sancho de Herrera tienen por muy bueno y por muy honrrado y por muy valiente, y a Juan de Torres por el contrario nasçido. Lo juro a Dios y a esta cruz , porque Juan de Torres, do su amigo le llama, que vayan a matar a otro, va; si pide çient doblas prestadas, préstaselas y aun ochoçientas; sy se pone a una cosa, travájala y gústala, como hombre honrrado y buen cavallero. Y en esto no quiero dezir más, -porque diziendo loor de uno, no se puede dexar de dezir mal de otro, y voy sobre aguas de la mar-, syno dos cosas: la una, que ay muy poca diferençia de mi compadre, que hiziera, sy no lo fuera Sancho de Herrera, y don Juan de Cárdenas; y la otra, suplicar a Vuestra Merçed se acuerde, acá de mí y muestre tenerme deudo y amistad, syendo mi señor, que sabello yo allá me será prinçipal ayuda para mi prosperidad. Con lo qual acabo ésta, rogando a Nuestro Señor Dios Todopoderoso guarde y acresçiente la illustre y muy magnífica persona de Vuestra Merçed. Desta mi casa de Santiponçe a quinze o diez y seys de agosto. Del buen servidor de Vuestra Merçed. Don Alonso Enrríquez».

Otra del thenor désta escreví al señor don Fadrique, su hermano, y va en las fechas de antes que se himeron y no de la nao, porque no viniesen a ella. Y ansimismo escreví otras muchas a muchos amigos míos, las quales no pongo aquí, porque no diferían mucho désta y por no ocupar el libro con carctas.

Aunque dos ojas atrás dixe e digo que me embarqué último de septiembre, año de Nuestro Salvador de mill e quinientos e treynta e quatro años, como es la verdad, no se hizo a la vela la nao en que me enbarqué hasta que pasó lo que aquí os contaré; y luego mi viaje con ayuda de Dios Nuestro Señor, que en verdad y por su santo nombre que esto se va escribiendo, a la vela en el golfo de Val de las Aguas, caminando en el dicho mi viaje de las Yndias. Y pues esto es sabroso y provechoso y verdadero, leed y oýd.

Combiene, a saber que, o por la voluntad del Emperador o mala ynformaçión de mis contrarios-, creo que creyendo que les avía de dar más travajo con la riqueza-, vino una çédula real, ympedyéndome mi camino. No dexó de ser executada y al maestre y patrón de la dicha nao en que boy enbarcado yntimada, so grandes penas de perdimiento de vida y hazienda, no me llevase. E yo, aunque no abía causa bastante para que me fuese hecho tan grand daño, biendo quel Rey estava lexos y su Consejo Real, de quien fuý agraviado syn bastante ynformaçión, hazerme tan grand mal, teniendo enbarcada mi hazienda y vendido por dos años mi renta, determinada la voluntad y despedido de mis deudos y amigos, pasado y tragado el llanto de mi casa, no quise bolver a alegar de mi derecho. Antes quise aventurallo todo, confiando en el justo juez, Dios Todopoderoso, y en el cristianíssimo Emperador Carlos, Rey nuestro señor, que al presente reynava, de no aver muerto ni rovado ni hecho delito feo ni criminoso. Salíme en tierra en la villa de Sant Lúcar de Varrameda, puerto donde estávamos surgidos con la dicha nao, nombrada «Santa María la Vella», -ella sea en nuestra guarda-, a la colla, esperando tiempo. Escreví una carta al Emperador, que es esta que se sigue:

«Muy poderoso señor: Aquel que os á defendido vuestras villas y lugares de moros y françeses y gastado la hazienda que con su muger hubo, porque de sus padres fué ninguna, en vuestras guerras y en vuestras pazes, en batallas y en fiestas, siendo vuestro capitán e gentilhombre de vuestra casa real, syn aver causa vastante para ello, sino maliçia y embidia de mis adversarios, con mala ynformaçión que an hecho a los de vuestro Consejo, ganaron una çédula firmada de vuestra real mano en que me ynpidiesen la yda de las Yndias, como a aleve traidor, como a ladrón, matador, como a confeso nieto de quemado, que son los proybidos que tal viaje no hagan.

«Biendo esta synrazón, que devió de ser hecha falsa relación a Vuestra Magestad Çesárea y que tenía vendida mi renta por dos años y empleada y embarcada en cosas para Yndias y no para acá y otras muchas cosas, que por no ser prolixo no digo, confiando en vuestra cristianíssima y justa e sancta yntençión, y que no creo la tal çédula ni la he visto ni me han requerido con ella, acuerdo de yr el dicho viaje. A vuestra Magestad suplico y, si menester es, requiero mande mirar lo que contra mí se proçediere, que desta manera no abré miedo syno a la mar y al mal que en las dichas Yndias me puede susçeder. Todo es vuestro. Si algo halláredes contra mí, de allí me podréys mandar volver. La serenísima y poderosa persona de Vuestra Çesárea Magestad sea por largos tiempos guardada. Del criado y humill vasallo de Vuestra Magestad. Don Alonso Enrríquez».

Ví luego hazer a la vela la dicha nao en que yva mi hazienda y mi yntençión, aunque el cuerpo quedava en tierra. Salté en un barco con çinco criados míos y alcançé la nao tres leguas poco más o menos de la dicha villa. Biendo de popa el patrón, que ansí avía sido mandado y requerido con la dicha çédula real, me dixo: «Señor don Alonso, no avéys de entrar acá». Yo con medrosas y blandas palabras llegué al borde de la nao, y él salióme a resçebir con una espada sacada de la vayna, él y sus marineros diziendo que no abía de entrar dentro ni llevarme en la nao, requiriéndomelo de parte de Sus Magestades, como él avía sido requerido, aunque ponía de su casa muchas cuchilladas y estocadas, y yo creo que los míos, porque yo no mirava syno a los contrarios, que yo no os tengo de escrevir syno lo que ví y devéis creer. Y heché mano a mi espada y entré dentro y fué mi viaje. Bien creo y devéys creer que no querían más de hazer lo que heran obligados y no matarme ni que los matase.

Agora os quiero dezir lo que me susçede en el dicho viaje. Primero, desculparme de la culpa que me pueden hechar en hazello. Verdad es que yo tenía çient mill maravedís de rencta y pudiera pasar la vida con ellos, aunque miserablemente; mas los setenta heran de merçed del Rey, obligados a sus nesçesydades y a mis ýmpitos y a los desatinos de sus asystentes, como el dicho conde don Fernando. Uno dellos á començado, porque los á embaraçado. Hasta diz que se paguen dellos mill ducados que puso de pena que saliese de Sevilla y que no entrase en ella y diz que tiene ynformaçión que me vieron algunas noches dentro. Agora bien creeréys que es mi enemigo pues no es justiçia ni razón ni de buenos corregidores buscar tanto las escotaduras a los que no hazen abominables y feos delittos. Dios se lo perdone, porque yo se lo perdoné antier que me confesé.

Dexo a mi muger con unas casas en Sevilla y otras en Santiponçe, una aldea do queda contenta y con mi deseo, porque es muy honrrada y cristiana muger, biem probeyda su casa de cosas nesçesarias e apasçibles. Mi yntinçión es, -agora que estoy en la nao os la puedo dezir-, traer quatro mill ducados o quarenta mill ducados segund la dispusyçión de la tierra y de mi persona. Si fueren los quatro, con los mill repararé mis casas y mis ovejas, porque tengo quinientas y diz que éstas han de ser mill, porque tanta costa traen menos y es menos el provecho; otros mill para reparar mis setenta mill maravedís que tengo de por vida de merçed, hazerlos, si pudiere, de deuda de a catorze, a quinze o a veinte; mill e quinientos para una veyntiquatría; los quinientos que faltan para quatro mill, para cavallos y calças y camisas. Sy fueren los quarenta mill ducados, será como ellos quisieren, porque a tanta moltitud no quiero presumir de forçar e sojuzgar.

Llegué a las yslas de Canaria en siete días desde el dicho puerto de San Lúcar de Varrameda. Desembarqué en el de la Gomera. Hallé al conde desta ysla en novenas en una hermita que se llama Nuestra Señora de Buenpaso, quarto de legua del lugar. El qual, si estava por deboçión, hazía bien para su alma, e si no, por no lloverse en su astrosa casa, bien para su cuerpo. El qual lugar es pequeño, çient vezinos poco más o menos, una buena iglesia para semejante lugar, el qual está asentado en un llano entre muy altas syerras. Lo demás dexo para el que dello solo quisyere escrevir.

De mí, os digo que como cristiano me reconçilié e resçebí el santo sacramento. Y me recreé y holgué dos días y tomé los refrigerios e refrescos que pude. E hallé espeçialmente una esclava, grand cozinera, que compré porque mis criados no lo sabían hazer. Y me enbarqué en seguimiento del dicho mi viaje. De aquí se me bolvió un criado a Sevilla, temeroso de la mar, y resçebí otro en su lugar. El que se bolvió no hizo mal, y estotro, Dios lo sabe. Lo mismo hiziera yo, sy por vergüença no me fuera, porque los hombres de cuenta y honrra, primero que conmiençen las cosas, las han de mirar; y si las començaren, tragar como purga, aunque sepa mal. Solamente os digo, y con esto quiero este capítulo acabar, que bienaventurado es el pobre que no quiere ser rico y el rico que no quiere ser pobre.