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ArribaAbajoCapítulo III

Del Rey Nuestro Señor y su real casa. Consejo de estado. Ministerios. Direcciones, juntas, inspecciones y oficinas generales de administración del reino. Sus atribuciones, situación y audiencias


Del Rey N. S.. El Rey es la suprema autoridad de la nación, y de su real voluntad emanan todas las leyes y disposiciones relativas al gobierno de la monarquía. Todas ellas, así como los nombramientos para empleos y cargos públicos, gracias y demás, se expiden por los ministerios de estado respectivos, instruyéndose en sus oficinas y dependencias los expedientes, que pasan luego a la aprobación de S. M. Para los indultos por delitos de contrabando y deserción es necesario ver personalmente a S. M., y para cualquier súplica, queja o exposición es accesible su real Persona, dirigiéndose por medio de una esquela al señor capitán de guardias u otro de los jefes principales de palacio, con lo cual puede obtenerse el honor de ser admitido en audiencia particular de S. M., que la tiene todas las tardes después de paseo. Además, a su salida y entrada en Palacio admite los memoriales que se le presentan. SS. MM presentan. SS. MM. reciben asimismo la corte los jueves y domingos de cada semana a las once o las doce del   —90→   día, a la que asisten los principales funcionarios públicos, los militares y otras personas distinguidas. Los serenísimos señores Infantes dispensan también sus audiencias, y para obtenerlas es preciso dirigirse a las principales personas de su servidumbre que estén de servicio.

Casa Real. La casa real tiene para su administración tres jefes principales, a saber, el mayordomo mayor, el sumiller de corps, y el caballerizo y ballestero mayor, cuyos destinos desempeñan tres grandes de España, y tienen secretarios y sus respectivas oficinas. Hay además el capitán de guardias de la persona del Rey, que es otro de los grandes jefes del Palacio.

Mayordomía mayor. Se despachan por ella todos los negocios económicos y gubernativos de los palacios, alcázares, sitios reales y casas de campo, con sus bosques y términos, caza y pesca de ellos, y otras pertenencias e intereses del real patrimonio. Es secretaría del despacho universal de la real casa, y por ella se nombran los empleados de la servidumbre real, mayordomos de semana, gentiles-hombres, y otras dependencias. Lo son suyas la contaduría y tesorería, veeduría y archivos generales de la real casa. Todas estas oficinas están situadas en el real palacio; y la audiencia pública en la mayordomía es los lunes.

Sumillería de Corps. Entiende en lo relativo a la servidumbre de la real Cámara, como dirección de ella, arreglo del servicio y demás. Está también situada en palacio, y en ella se da audiencia todos los días.

Caballeriza mayor. Entiende en lo relativo a la real caballeriza y sus agregados, armería real, reyes   —91→   de armas, correos y demás. Tiene a sus órdenes un veedor, un contador y otros agregados. Está situada en la casa de reales caballerizas.

Secretaría de la estampilla. Sita también en el palacio real, y a ella van los despachos, cédulas y títulos que firma el Rey de los ministerios y tribunales: en ella se presentan también los testimonios de grados de segunda suplicación para que S. M. se sirva señalar la hora para que el escribano le notifique.

Camarería de S. M. la Reina. La señora camarera mayor es la jefa principal de la servidumbre de S. M. la Reina, y a sus órdenes están las azafatas, camaristas y criadas menores. La camarería está en Palacio, y tiene un secretario y oficina para el despacho de sus negocios.

Juzgados de la Real Casa. Para entender en los negocios contenciosos del real Patrimonio y servidumbre hay un juez letrado, asesor general de Real Casa y Patrimonio, que conoce de ellos en primera instancia.

Para las apelaciones de los mismos existe una suprema Junta patrimonial con tratamiento de Majestad creada en 1816, y compuesta de señores ministros del Consejo, que se reúne ordinariamente los viernes de cada semana. Ambos tribunales están situados en la plazuela de Trujillos, núm.º 3, donde existe la escribanía del juzgado y la de cámara de la junta. Las horas son de diez a dos.

Real Capilla. Se compone del patriarca de las Indias, capellán mayor de S. M. y su limosnero mayor, cuarenta capellanes de honor, y otros de altar y de coro: entre aquellos elige S. M. un juez y un fiscal, que forman el tribunal de la real capilla y del vicariato   —92→   general del ejército, el que, además de los asuntos del fuero castrense, conoce de los que ocurren a la misma real capilla y sus individuos. Está situado en la calle del Carmen, n.º 2, y hay un notario mayor y otros notarios oficiales y archivero. También hay una secretaría para lo gubernativo, que está en la casa del señor Patriarca.

Juzgado de las tropas de Casa Real. Para entender privativamente en los negocios de tropas de casa real, hay un juez privativo asesor general, con un abogado fiscal, escribano principal y alguacil, y sus apelaciones son al consejo de la guerra. El despacho es todos los días después de la salida del consejo y en una de sus salas. La escribanía del juzgado está en la misma casa del consejo de la Guerra.

Los serenísimos señores Infantes tienen también su servidumbre, y para el despacho de los negocios de sus encomiendas, propuestas de empleos y demás, tienen sus secretarías, contadurías y tesorerías particulares, cuyas oficinas están establecidas en las casas de los jefes respectivos.


Asambleas de las órdenes civiles

La insigne orden del toisón de oro, instituida por Felipe el Bueno, duque de Borgoña, por los años de 1429, se divide en dos ramas, de las cuales tiene la una el Rey de España, como duque de Borgoña, y la otra el Emperador de Austria. Esta orden tiene una junta para tratar de los asuntos relativos a la misma, y un canciller, un grefier y un rey de armas.

La real y distinguida orden española de Carlos III, instituida por el mismo rey en 1771, tiene también su asamblea, a la que está unida la real junta de la Inmaculada   —93→   Concepción, patrona de España, cuyo objeto es defender y promover los puntos relativos al sagrado misterio de su patrona. Está situada la secretaría en la calle de Cedaceros.

La real orden de Damas nobles de María Luisa, fundada por la misma, tiene su secretaría unida a la de Carlos III.

La real orden americana de Isabel la católica, creada por el Rey N. S. en 1815, tiene su asamblea suprema.




Consejo de estado

Este cuerpo consultivo para todos los negocios graves, como declaraciones de guerra, paz y alianza, matrimonios reales y otros, tuvo su origen en los siglos más remotos, y ha sufrido diferentes alteraciones. Es el más inmediato a la persona del Rey, que le preside en palacio, en donde se reúne cuando S. M. le convoca. Para el despacho de sus negocios tiene el consejo una secretaría sita en el mismo real palacio.




Junta de ministros

Esta junta o consejo de señores ministros, establecida en 1823 para tratar y resolver los asuntos arduos de todos los ministerios, se reúne actualmente en la secretaría de Gracia y Justicia.




Ministerios

De Estado. Está encargado de lo relativo a embajadas y correspondencias con los gobiernos extranjeros, tratados de paz, alianza y comercio, grandezas de España, grandes cruces, consulados, establecimientos piadosos, correos, canales y caminos, academias,   —94→   sociedades económicas y científicas, archivos, museos y real imprenta, y otros establecimientos. Está situado en palacio en el piso bajo. Los días en que el señor ministro despacha con S. M. son los martes, viernes y domingos: los días en que S. E. da audiencia pública son los que señala, y los señores oficiales tampoco tienen día determinado.

De Gracia y Justicia. Abraza las reclamaciones en asuntos judiciales de los tribunales civiles y eclesiásticos; los puntos de religión y disciplina eclesiástica; el nombramiento de magistrados y prebendas eclesiásticas; los privilegios de nobleza; las dispensas de ley, indultos y demás de gracia; la policía del reino, su reglamento y elección de empleados, y las dependencias de penas de cámara, y pósitos del reino de que el señor ministro es superintendente general; los ramos de instrucción pública, erudición, historia, medicina, cirugía y farmacia; los teatros del reino; diversiones públicas y otras dependencias. Este ministerio tiene una sección separada llamada de gracia y justicia de Indias, por donde se despachan los negocios civiles de aquellos países, y la nominación de empleados para los mismos. S. E. despacha con S. M. los asuntos de este ministerio los martes y viernes, y da audiencia pública los miércoles y sábados al anochecer; y los señores oficiales a la una todos los días, alternando según su antigüedad. El oficial de partes da razón los miércoles y domingos de once a una. Este ministerio y los tres siguientes están situados en la plazuela de Doña María de Aragón, esquina a la Calle Nueva de palacio.

De Guerra. Corre por este ministerio todo lo relativo al ejército, su disciplina, mercedes, empleos,   —95→   ascensos, cruces y demás del ramo militar. Los días de despacho con S. M. son lunes y jueves. La audiencia del señor ministro los lunes y viernes por la noche; la de los señores oficiales todos los días alternando según su antigüedad y a la una del día. El oficial de partes da razón todos los días.

De Marina. Tiene a su cargo todo lo perteneciente a la armada y demás negocios de marina, como arsenales, colegios, pesca, montes aplicados a ella, y otros. Los días de despacho con S. M. son los sábados. La audiencia pública del señor ministro todos los días a la entrada, y la de los señores oficiales todos los días. No hay parte.

De Hacienda. Corren por este ministerio los asuntos pertenecientes a rentas reales y contribuciones de toda especie, gracia de cruzada, subsidio y escusado, maestrazgos, enajenaciones e incorporaciones a la corona, fábricas, minas, y demás establecimientos productivos de la misma, nombramiento de todos los empleados de la real hacienda, privilegios exclusivos de introducción y exportación, propios, montes y plantíos, loterías, casas de moneda, conservatorio de artes, y todo lo relativo a la consolidación de la deuda del estado. Este ministerio tiene una sección separada titulada de hacienda de Indias para los negocios de aquellos dominios. Los días de despacho con S. M. son los lunes y jueves. Los de audiencia de S. E. los martes a las doce. Los de los señores oficiales los lunes, miércoles, jueves y sábados a la una. El oficial de parte da razón los martes y viernes a las diez.



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Direcciones y oficinas generales

Superintendencia general de Policía. Fue creada por real decreto de 8 de enero de 1824: en 14 de agosto de 1827 se reformó el reglamento de este ramo, dando el nombre de subdelegados a los jefes de policía de las provincias que se llamaban antes intendentes, disminuyendo los impuestos señalados por el decreto de creación, tales como cartas de seguridad, licencias, etc., y declarando la superintendencia agregada al ministerio de gracia y justicia. Las atribuciones del señor superintendente general son dirigir la policía general, sirviendo de conducto a los subdelegados de las provincias para sus partes y consultas al gobierno, proponer los empleados de real nombramiento, y nombrar por sí los demás; recaudar y administrar los impuestos de este ramo, y entenderse con el gobierno en todo lo concerniente a Policía.

Para la recaudación y administración de caudales tiene una contaduría y tesorería principal, con contadores y depositarios en las provincias. La superintendencia está situada en la calle de las Rejas, número 1, y sus audiencias son por las mañanas.

Dirección general de rentas. Esta Dirección es la autoridad superior directiva de la administración y recaudación de las rentas y pertenencias de la real hacienda, excepto algunos ramos confiados a otras, y es el conducto por donde el Ministerio se entiende con los jefes de administración y recaudación de las provincias. Hace además la propuesta de los empleos de real Hacienda. Se compone de cuatro señores directores, asesor, secretario y oficiales. Sus oficinas   —97→   están situadas en la casa de la aduana calle de Alcalá. En ellas dan audiencia los señores directores, oficiales, y parte los sábados a las once y media.

Contaduría general de valores. Es la superior autoridad en todo lo relativo a la contabilidad e intervención de la administración y recaudación de todos los ramos de la real hacienda, que están a cargo de la dirección de rentas, y es el centro donde han de reunirse todos los cargos y noticias de los valores de la misma. Está situada también en la casa de la aduana calle de Alcalá. El señor contador general da audiencia todos los días a la una, y los jefes y oficiales de las distintas secciones de que se compone, todos los días después de las doce.

Dirección del real tesoro. Tiene a su cargo reunir los productos líquidos de la real hacienda, y distribuirlos bajo las inmediatas órdenes del excelentísimo señor secretario del despacho de la misma, y como tal es la primera oficina de distribución. Tiene a sus órdenes la tesorería de corte, que está encargada de satisfacer los gastos, sueldos y obligaciones de las dependencias generales de la corte; y la dirección del real giro, por donde se habilita a los embajadores y empleados del cuerpo diplomático en las cortes extranjeras. Estas oficinas están situadas en la casa de los consejos, y sus audiencias son todos los días por las mañanas.

Contaduría general de distribución. Es autoridad superior en todo lo relativo a la contabilidad, fiscalización e intervención del recibo e inversión de los productos líquidos de la real hacienda. Está situada en la casa de los consejos, y en ella se da audiencia todos los días por la mañana.

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Real caja de amortización, creada y organizada en 1824 para redimir la deuda pública por medio de una acción progresiva, a cuyo fin le están asignados diferentes arbitrios. Se compone de una comisión de inscripciones en el gran libro; una dirección, contaduría y tesorería generales. Hay también una oficina general de vales reales que cuida de su renovación y pago de intereses. Finalmente están reunidas la comisión de liquidación de la deuda del estado y la sección central de atrasos de amortización, las cuales se hallan encargadas de la liquidación de toda la deuda del estado, como son atrasos de tesorería, juros, vitalicios, empréstitos, imposiciones sobre tabacos, censos, oficios enajenados, y otros muchos ramos. Todas estas oficinas están en la casa llamada del Platero frente a santa María, a excepción de la contaduría de Juros, que está en la casa de los consejos.

Superintendencia y dirección general de correos. El señor ministro de estado es superintendente general de correos, postas, caminos, posadas, canales, mostrencos, vacantes y abintestatos de estos reinos; y delega sus facultades para el uso de la jurisdicción civil, criminal, gubernativa y contenciosa, en la dirección general de los mismos ramos, que la ejerce privativamente. Para lo gubernativo y administrativo tiene secretaría, contaduría, administración y tesorería principales, y para los negocios contenciosos, de que conoce en primera instancia en el juzgado de Madrid y su partido, tiene un asesor subdelegado general de mostrencos y un fiscal general. El subdelegado de mostrencos conoce en primera instancia de los asuntos de esta clase, que   —99→   son las denuncias de bienes que no tienen dueño conocido. Las apelaciones de unas y otras sentencias van a la junta suprema del ramo restablecida en 1824, y compuesta de varios señores ministros de los consejos, y de la dirección.

La real junta se reúne los días y horas que dispone el señor presidente, así como la dirección general. Todas las dependencias de esta y aquella están situadas en la casa propia de la renta en la Puerta del Sol. Las audiencias de los señores directores son los sábados de nueve a once, y los oficiales dan razón todos los días después de la una.

Dirección general de propios. Creada en 1824 para entender en lo gubernativo de los propios y arbitrios de los pueblos y la propuesta de sus empleados. Sus oficinas principales de secretaría, contaduría, tesorería y demás, están situadas en la calle de Toledo frente a san Isidro el real. El señor director da audiencia todos los días por las mañanas; y los oficiales todos los días alternativamente desde las doce en adelante. En la contaduría general del mismo ramo se da audiencia de oficiales los lunes a la una, y parte los jueves a las doce.

Dirección general de pósitos del reino. Tiene a su cargo el gobierno de los pósitos del reino (cuyo instituto es contener la subida del precio de los granos, y evitar los monopolios, socorriendo a los labradores con el que necesitan para las sementeras), y la propuesta de los empleados del ramo; y para ello tiene su secretaría, contaduría y tesorería, de que es superintendente general el señor ministro de gracia y justicia.

También hay un juez subdelegado para entender   —100→   en los asuntos contenciosos, y consultarle en los gubernativos. Las oficinas están en la calle de la Magdalena baja, y las horas de audiencia son todos los días desde las doce en adelante.

Subdelegación general de penas de cámara. Llámanse así las multas que se imponen por los tribunales y jueces, cuya tercera parte debe destinarse a la cámara; y para su recaudación y gobierno existe un subdelegado general con jurisdicción privativa e inhibición de todo otro tribunal, y un contador general con varios dependientes. Las oficinas están situadas en la casa de los consejos, y en ellas se entra desde las diez a las dos del día.

Dirección de reales loterías. El señor secretario del despacho de hacienda es superintendente general de esta renta; que es una de las productivas del estado, y para su gobierno y administración hay dos señores directores, un contador, un tesorero y varias oficinas. Hay también una junta compuesta de los señores decano y fiscal del consejo de hacienda y los dos directores generales que autorizan los sorteos que se celebran en las salas de dicho consejo60. Finalmente, la dirección tiene un asesor y   —101→   un fiscal, y un juez subdelegado general para entender en los asuntos del ramo en Madrid, con su escribano. Todas las oficinas de la dirección están situadas en la casa de la aduana, por la calle angosta de san Bernardo, y se entra en ellas toda la mañana.

Comisaría general de cruzada. El señor comisario general de cruzada entiende sin limitación alguna en lo directivo, gubernativo y económico del ramo de bulas y del indulto cuadragesimal. Igualmente está a su cargo el dar pase a los indultos y gracias apostólicas; la revisión y corrección de los libros del rezo divino y otros encargos. Para los asuntos económicos y gubernativos tiene un secretario y un contador; y para los forenses y contenciosos tres asesores togados y un fiscal.

Igualmente es el señor comisario juez exactor de la gracia del excusado, y para conocer privativamente de sus asuntos tiene tres eclesiásticos llamados con jueces que asisten a la sustanciación y fallo de los   —102→   pleitos; y componen el tribunal apostólico de la gracia del excusado, a cuyas segundas sentencias asisten los asesores, y se suplica de ellas a la real cámara. Tiene un fiscal, un agentefiscal, un relator y escribano de cámara. La comisaría y sus oficinas están situadas en la plazuela del Conde de Barajas, casa llamada de Fernán-Núñez, y en ellas se da entrada todas las mañanas: el señor comisario tampoco tiene día señalado. La escribanía de cámara está en la plazuela de Celenque, y en ella se entra de diez a una del día.

Real junta apostólica del subsidio. Fue establecida a consecuencia de la bula del Sumo Pontífice impetrada en 1817 por S. M. para exigir del clero un subsidio anual, y esta junta tiene a su cargo hacer la distribución, activar su cobro, y decidir las cuestiones que suscita la exacción: se reúne en la misma casa de la comisaría general de cruzada.

Colecturía general de espolios y vacantes. El señor colector general entiende de la dirección de los espolios, que son los bienes que se encuentran a la muerte de los arzobispos y obispos. Igualmente de las vacantes de las mitras como producto correspondiente a la corona, y de las medias anatas eclesiásticas. Tiene a sus órdenes una secretaría, contaduría y tesorería; y en las provincias los subcolectores y otros subalternos. El mismo señor colector con un fiscal, agentefiscal, relator y escribano, forma tribunal para entender en los negocios contenciosos de espolios y los del real noveno, consultándosele las sentencias de los subcolectores de las provincias. La colecturía con todas sus oficinas está situada en la calle del Duque de Alba, y las horas de audiencia en   —103→   ella son todos los días desde las doce. En la misma está establecida la superintendencia general de casas de misericordia y colecturía del fondo pío beneficial, de que es jefe el mismo señor colector, y tiene para ella su secretario.

Junta de arreglo de establecimientos piadosos de la Península. Esta junta se compone del señor colector general de espolios, del señor comisario general de cruzada, y otros, y tiene su secretaría en la plazuela de Matute.

Agencia general de preces a Roma, establecida bajo las órdenes de la secretaría de estado para impetrar las bulas y dispensas de la santa sede. Está situada en la calle de Atocha esquina a la de las Urosas, y las horas son por las mañanas.

Real junta ale aranceles. Fue creada en 1824 para que se ocupe en los trabajos de formar los aranceles mercantes de las aduanas de España e Indias, arreglar los derechos de tonelada y demás de navegación, formar el reglamento de aduanas, examinar el de depósitos de comercio, y proponer otros muchos proyectos mercantiles. Esta junta está situada en la casa de la aduana, y en ella se entra todas las mañanas.

Real junta de fomento y riqueza del reino. Fue creada en 1824 para que, fijando su atención en todos los ramos de riqueza pública, como son agricultura, artes y comercio, y examinando las disposiciones y leyes vigentes, proponga a S. M. las mejoras que convengan; y la secretaría está situada en la calle de Atocha.

Dirección general de minas. Esta dirección, compuesta de un director general, dos inspectores, y un secretario, ha sido creada por S. M. para el gobierno   —104→   del ramo de minería y propuesta de sus empleas, recaudar sus impuestos, promover su fomento y demás.

También conoce la dirección de los negocios contenciosos del ramo con acuerdo de un asesor; y para las actuaciones tiene un escribano principal. La dirección y sus oficinas están situadas en la calle del Florín esquina a la Carrera de san Gerónimo n.º 1, y las horas de audiencia son toda la mañana.

Diputación de los reinos. Residen en la corte los diputados de las provincias para hacer valer cerca del gobierno los derechos respectivos de ellas. Son elegidos por seis años, y gozan de grandes consideraciones y privilegios, asistiendo a los actos más solemnes. Tienen su secretaría en la calle de la Madera baja, núm. 8.

Honrado concejo de la mesta. Compónese este honrado concejo de los ganaderos empleados en la cría y custodia de ganados de las cuatro sierras nevadas de Soria, Cuenca, Segovia y León; incorporados en cuadrillas de mesta, y su objeto es tratar los negocios relativos al gobierno económico de ellos, conservación de sus privilegios, y proveer en fin a todo lo que conduzca al bien y prosperidad de la real cabaña. Este concejo tiene por presidente un señor ministro del consejo real, quien preside sus juntas generales que se celebran en primavera y otoño, y asisten a ellas 40 vocales, enviados de las cuatro sierras, llamados necesarios, y además otros voluntarios, los empleados del concejo y un diputado de los reinos. Las juntas se tienen, por lo regular, en Madrid desde 25 de abril la primera, y 5 de octubre la segunda.

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El señor ministro presidente es juez privativo para conocer en los negocios de la mesta y sus individuos, y tiene sus subdelegados en las provincias, de cuyas providencias se apela a dicho señor, y de las de éste al consejo de Castilla en sala de mil y quinientas.

El concejo y sus oficinas están situados en su casa propia calle de las Huertas, esquina a la de León; y en ellas se da entrada por las mañanas.

Junta suprema de sanidad. Está encargada de velar sobre los medios de conservar la salud pública, para lo cual, y tomar las precauciones necesarias a evitar contagios y demás, se entiende con la primera secretaría de estado. Esta secretaría está situada en la calle del Duque de Alba números 5 y 6, y se entra en ella por las mañanas.

Real junta de facultades de viudedades. Tiene a su cargo la concesión de la viudedad correspondiente a las viudas de títulos de Castilla y mayorazgos, y ante ella se instruyen los expedientes con este objeto. Fórmase de tres señores ministros del consejo real, y un secretario; y se reúne en una de las salas de aquel, sin día determinado.

Inspección de instrucción pública. Esta inspección ha sido creada por S. M. actual, para entender en todas las materias relativas a instrucción pública, como son los métodos de enseñanza y reglamentos particulares de las universidades y escuelas, títulos de catedráticos y maestros, dispensas, habilitación a incorporación de cursos, y demás. Está situada en la plazuela del Cordón, y en ella se da audiencia los martes y viernes a las doce.

Secretaría de la interpretación de lenguas. Está   —106→   encargada de traducir al castellano las bulas de Roma, los tratados, notas, y toda clase de documentos que se la pasan por los ministerios y tribunales, como igualmente los exhibidos por particulares, y sus traducciones merecen crédito en juicio. Está situada en la casa panadería, Plaza Mayor, y en ella se entra por las mañanas.

Real junta superior gubernativa de medicina y cirugía. Fue creada por S. M. en 1827, para el régimen literario económico del gobierno de las expresadas dos partes de la ciencia de curar, en los nuevos reales colegios, declarándola jefe de estas escuelas, igualmente que de todos los médicos y cirujanos del reino, tanto civiles como de ejército, cuyos títulos se expiden por la misma. Celebra sus sesiones los lunes y jueves de cada semana, y está situada en la plazuela de la Leña, y sus audiencias son martes y viernes a la una.

Real junta superior gubernativa de Farmacia. Entiende en todo lo relativo a esta facultad, y en la expedición de títulos de boticarios y demás. Está situada su secretaría en la calle de san Juan, y sus horas son todas las mañanas.

Inspección general de infantería. Entiende en el mejor arreglo de esta arma, propuestas y calificaciones de empleos, vestuario, armamento, premios, retiros, disciplina y demás concerniente al ejército de infantería. Las oficinas están situadas en casa del señor inspector general en la plazuela de santa Catalina de los Donados, y los días de audiencia son miércoles y sábados a las doce.

Inspección general de caballería. Para la caballería de línea y ligera hay otro señor inspector general,   —107→   que entiende en lo relativo a ella. Está situada en la calle de san Jorge en casa del señor inspector, quien recibe todos los días: el señor secretario da audiencia los miércoles y sábados de once a una.

Inspección general de milicias. Esta inspección, para el gobierno de los cuerpos de milicias, está situada en la calle de Alcalá, casa propia de la inspección, y las audiencias son miércoles y sábados a las doce.

Dirección general de artillería. La dirección de esta arma está situada en la calle de Atocha, esquina a la de las Urosas, y se entra en ella todas las mañanas.

Dirección general de ingenieros. Sita en la calle de Atocha, frente a san Juan de Dios. Las audiencias son todos los días.

Para esta arma y la de artillería existe un juzgado general en Madrid, a donde vienen las apelaciones de los subalternos de las provincias. Está situado en la Cava Alta, núm. 1.

Inspección de carabineros de costas y fronteras. Creada nuevamente con el cuerpo para entender de los negocios relativos a él. Está situada en la Carrera de san Francisco, y en ella se da audiencia por el señor inspector los lunes y viernes a la una, y parte los lunes y jueves a las doce.

Inspección de voluntarios realistas. Entiende en lo relativo al gobierno de estos cuerpos. Está situada en la calle de Atocha, y las audiencias del señor inspector son lunes, miércoles y sábados a las nueve, y de los oficiales los miércoles a la una.

Intendencia general del ejército. Por real decreto de 1824 se estableció un intendente general militar   —108→   para administrar y distribuir los caudales que se le entreguen del presupuesto de guerra, examinar las contratas, revisar las cuentas, y otros cargos; cuya oficina, con todas sus dependencias de intervención, pagaduría y demás, están situadas en la calle de Alcalá, casa del marqués de la Torrecilla, y son sus audiencias por las mañanas. El señor intendente tampoco tiene día señalado.

En la misma casa está la comisión central de liquidación de atrasos de guerra establecida para este objeto en 1827.

Dirección general de la real armada. Tiene a su cargo consultar y proponer al Rey por el ministerio de marina cuanto cree conveniente para el gobierno de ella y de sus empleados, teniendo además su juzgada particular para la formación de causas y negocios contenciosos. Las oficinas están situadas en la Corredera de san Pablo, y en ellas se da audiencia todos los días por las mañanas. El señor director tampoco tiene día señalado.

Junta de dirección de la real armada. Creada últimamente para consultar al ministerio los negocios de la armada, y dividir las atenciones de la misma. Está situada en la calle de Atocha, y en ella se da audiencia toda la mañana.

Intendencia general de marina. Tiene con respecto a la marina las mismas atribuciones que la del ejército para su ramo, y tiene esta también una intervención y pagaduría. Está situada en la plazuela de Santiago, y se da audiencia toda la mañana: el señor intendente después de las doce.

Juntas de reclamaciones contra la Francia. Establecidas para examinar los créditos de suministros   —109→   hechos a las tropas francesas y proceder a su pago, mediante los convenios celebrados con el gobierno francés: son dos juntas, una de examen y liquidación, y otra de apelaciones de las sentencias de aquella. Tienen sus sesiones en la calle de Torija, n.º 4, y en ella están la secretaría y oficinas, donde se da razón los miércoles y sábados de doce a tres.

Monte pío militar. Este establecimiento, como los demás de su clase, está fundado para el socorro de las viudas, huérfanos y madres de los oficiales muertos; y para su dirección hay una junta de gobierno con su secretaría, contaduría y tesorería. Está situado en la casa del consejo de la guerra.

Monte pío del ministerio. Tiene a su cargo las pensiones de las viudas y huérfanos de los consejeros y magistrados, oficiales de secretaría y otros funcionarios principales, para lo cual tiene su junta, secretario, contador y tesorero, y sus oficinas están situadas en la casa de los consejos.

Monte pío de reales oficinas. Creado para alivio de las viudas y huérfanos de los empleados de real hacienda. Están sus oficinas en la casa de los consejos.

Otros montes píos. Hay además de estos tres montes píos, otros de alguna renta o dependencias particulares, como son el de correos, el de loterías, el de corregidores y alcaldes mayores, y otros que tienen sus juntas y reglamentos particulares.