Selecciona una palabra y presiona la tecla d para obtener su definición.
Indice
Abajo

Plantino, los Junta y el «Privilegio» del Nuevo Rezado

Jaime Moll





Conocidas son las decisiones que el Concilio de Trento adoptó en relación con los libros litúrgicos de la Iglesia Católica. Su depuración de los textos acumulados a lo largo de los siglos medievales y el interés por la universalización de los libros litúrgicos, unificando sus contenidos, con la debida atención a algunas peculiaridades diocesanas y nacionales, tuvo una decidida influencia en la producción de los mismos, favorecida por una imprenta plenamente desarrollada y unas estructuras editoriales y de distribución asentadas definitivamente. Una consecuencia de la universalización fue el cambio operado desde el punto de vista de su edición e impresión. Desaparece la edición de ámbito local, de los libros necesarios para una diócesis, que desde el inicio de la imprenta había tenido lugar y que justificaba, en muchos casos, la movilidad o asentamiento de los impresores. Con la nueva reforma litúrgica, una edición lograba una difusión internacional, solventándose las peculiaridades con suplementos que se añadían al texto común. Por otra parte, un control más eficaz de los contenidos por parte de la Iglesia y las reclamaciones regalistas de algunos reyes contribuían también a situar en pocas manos la producción de los libros litúrgicos tridentinos. Sólo empresas de envergadura podían afrontar los costos de grandes tiradas y realizarlos en talleres dotados de los elementos necesarios para una numerosa y rápida producción. No es pues de extrañar la intervención de las grandes firmas nacionales, que en algunos casos buscan su proyección exterior y la de las grandes multinacionales del libro.

Las diócesis españolas se preocuparon, desde la introducción de la imprenta, de editar los distintos libros necesarios al culto. Las imprentas locales, la llamada a impresores y los encargos a talleres foráneos, tanto nacionales como extranjeros, permitieron abastecer las necesidades de libros litúrgicos. Desgraciadamente permanece inédita la gran bibliografía realizada por nuestro buen amigo Antonio Odriozola, que permitirá analizar detalladamente el proceso de edición de los libros litúrgicos a lo largo del siglo XVI, el impacto que tuvo en el desarrollo de la imprenta en España y del asentamiento de los impresores y, por otra parte, estudiar los casos y analizar los motivos por los que en determinadas ocasiones se realizaron los encargos a talleres extranjeros. Ya antes del Concilio de Trento nos encontramos con intentos de universalización de determinados libros litúrgicos, favorecidos por la actividad internacional de algunos grandes editores. Es un tema que no se ha estudiado debidamente y que debería investigarse en relación con España. Sólo queremos señalar un caso: en 1536, Antonio Blado, Benedetto Giunta y Antonio Salamanca, instalados en Roma, contrataron con Tommaso y Giovanmaria Giunta, de Venecia, la publicación de la versión revisada del popular breviario de Quiñones. Los socios romanos habían comprado al papado la exclusiva de publicación durante cuatro años y los Giunta de Venecia pagaron a los detentores del privilegio 75 ducados de oro por los derechos de la exclusiva de distribución del breviario en España1. Es un caso de la introducción en el mercado español del libro litúrgico de los Junta de Venecia.

El 9 de julio de 1568, por la bula «Quod a nobis postulat», Pío V promulga el nuevo breviario. Desconocemos en detalle la reacción española ante el nuevo texto: la posición de Felipe II y la actitud de la iglesia española. El primero, como veremos, gestiona el reconocimiento pontificio de las propias peculiaridades. Falta estudiar la postura de la iglesia española, aunque podemos señalar que en 1574 la catedral de Toledo no había aceptado los nuevos libros litúrgicos, con la justificación de tener rezo propio de más de doscientos años de antigüedad. El rey aprovechó la ocasión de control que se le ofrecía y mientras gestionaba en Roma el reconocimiento de las peculiaridades hispanas, encargaba a su guardajoyas Hernando de Briviesca el suministro de libros del nuevo rezado a iglesias y sacerdotes españoles. Ignoramos cómo se abasteció el mercado español en los primeros tiempos, después de la promulgación de la bula pontificia sobre el nuevo breviario. ¿Llegarían de Italia los primeros ejemplares? ¿Se mostró la iglesia española ampliamente reticente a su aceptación y no «necesitó» ejemplares del nuevo texto litúrgico? ¿O los contactos con Flandes permitieron la entrada de ejemplares impresos por Plantino para la venta en dicho territorio, lo que motivó, a principios del año 1570, las quejas de Paolo Manuzio2?

Plantino, que ya había trabajado en ediciones litúrgicas con anterioridad a la unificación tridentina y que quería seguir editándolas, planea su actuación al conocer la noticia de la próxima publicación del nuevo breviario, que repetirá más tarde con el nuevo misal, aprobado por la bula «Quo primum tempore», de 14 de julio de 1570, también de Pío V3. Tres son los pasos seguidos por Plantino: acuerdo con los impresores detentores de la exclusiva de la edición, privilegio papal y privilegio real, ambos para Flandes y Brabante, ampliados en el caso del misal, al reino de Hungría y partes de Alemania.

El mercado español de libros litúrgicos, que se ampliaba a las Indias, era un mercado apetecible a los grandes editores extranjeros, al mismo tiempo que se ofrecía como base importante para el desarrollo de la industria gráfica y editorial españolas. Conocemos con mucho detalle la actuación de Plantino, apoyado en la corte por sus buenos amigos. Sin embargo, no tenemos tantos detalles de la presión ejercida por otros grupos también interesados en el negocio que ofrecía la impresión de decenas de miles de ejemplares de libros litúrgicos. Uno de ellos es la multinacional de los Junta, asentada vigorosamente en España. Otro es el formado por Simón Ruiz, hombre de negocios de Medina del Campo, y Francisco de la Presa, mercader de Burgos, que tenían de agente en Madrid a Hernando de Naveda, amigo de Hernando de Briviesca.

Felipe II encarga a Plantino la impresión del nuevo breviario para España, siguiendo el consejo de los valedores del impresor de Amberes, principalmente de Arias Montano. Pero se presenta en la corte el problema de si Plantino está autorizado para realizarla, pues, como hemos señalado, el privilegio pontificio otorgado, refrendado por el privilegio real, no alcanza a España. Los amigos de Plantino pretenden repetir el mismo camino seguido para Flandes, el de la concesión pontificia que abre paso al privilegio real. Quieren que Roma dé privilegio al impresor de Amberes para que pueda imprimir los libros litúrgicos destinados a España, privilegio necesario para acabar de imprimir el breviario. Pero en Roma se resisten. El Papa, firmó el 14 de agosto de 15714 un breve, en el que además de urgir la aceptación del Nuevo rezado a los cabildos e iglesias todavía reticentes a aceptarlo, que se acogían a la exención de los doscientos años, accede a que se pueda imprimir el breviario «in omnibus et singulis Universitatibus approbatis» de los reinos españoles. Sin embargo, desde la corte, el secretario Zayas sigue insistiendo para que Roma conceda el privilegio «en cabeza de Plantino»5.

El breve de 14 de agosto no se tramita, mientras se espera obtener -en este asunto del privilegio y en el de las exenciones de ciertas órdenes religiosas- la aceptación por el Papa de los puntos de vista españoles. Entretanto la edición del breviario se está terminando, como anuncia Arias Montano en carta del 14 de diciembre, recibida el 14 de enero de 15726. En Madrid no ha llegado todavía el breve pontificio y Felipe II hace la siguiente observación a la citada carta7: «Si no hay licencia no convendría pasar adelante». Pero finalmente llega a la corte, ya entrado 1572, un nuevo breve pontificio, de 15 de noviembre de 15718, en el que se incorpora literalmente el breve de 14 de agosto. El Papa no había cedido a las peticiones de un breve «en cabeza de Plantino». Sin embargo, la decisión papal no impedía al Rey hacer imprimir los libros litúrgicos donde quisiese.

Los amigos de Plantino no pudieron lograr del pontífice la concesión de un privilegio para España y las Indias, que hubiesen aprovechado para obtener el correspondiente privilegio real, reproduciendo, como hemos dicho, el proceso que había seguido en Flandes. No creemos que sea difícil admitir que otros grupos de presión actuaban tanto en Roma como en la corte española.

Similar en muchos aspectos al seguido por el breviario es el proceso del misal romano tridentino para España. Resuelto el problema, las personas nombradas por el rey para el asunto de los libros del Nuevo rezado se aprestan a encargar impresiones de los mismos.

Casi desde el primer momento se alternan los pedidos a Plantino -que no había logrado el privilegio ni se beneficiaba de un contrato de exclusiva- con los realizados a otros impresores españoles y extranjeros, aunque la falta de una exhaustiva investigación no nos permite aportar documentación directa sobre estos primeros encargos, ni establecer la proporción de libros enviados por los distintos proveedores. Parece ser que la parte más importante correspondió inicialmente a Plantino. Sin embargo, se va dibujando una paulatina disminución de los pedidos, la cual se acentúa en 1576, anterior y al margen de las turbulencias que vivió Amberes en noviembre de dicho año. Plantino se daba cuenta de esta disminución de pedidos, al mismo tiempo que se retrasaban los pagos, lo que le ocasionaba graves problemas económicos. No ignoraba que impresiones españolas y extranjeras de libros litúrgicos competían con las suyas9. Se queja, pero nunca alude al quebrantamiento de ningún privilegio que tuviese para España -esa invención de principios del siglo XVIII, que tanto ha distorsionado el estudio del libro español- ni para reclamar sus derechos de exclusiva o, por lo menos, para lograr acuerdos de cesión del privilegio, como él lo había hecho con Manuzio10.

La gran labor del insigne bibliógrafo Cristóbal Pérez Pastor11 ha sido casi la única fuente de documentación conocida al margen de la generada por la actividad de Plantino. Se inicia en 1573, pero en los documentos localizados podemos encontrar suficientes pruebas de la multiplicidad de proveedores de los libros del Nuevo rezado, proveedores españoles y extranjeros, y en los mismos podemos destacar bastantes detalles que nos aclaren la lucha que libraban en la corte dos de los grupos de presión, los amigos de Plantino y los partidarios de los Junta. Las existencias de los libros disponibles para la venta en el año 1573 reflejan el fruto de contratos anteriores a esta fecha. Y la misma diversidad de procedencias encontramos en documentos de años posteriores. No se trata de unas actuaciones al margen del «privilegio» realizadas por terceras personas. Son los que fueron encargados por el rey para realizar la tarea de contratación, revisión y distribución de los libros del Nuevo rezado, a los que se añade desde 1573 el monasterio de San Lorenzo del Escorial, los que validaban los contratos, tanto antes del saco de Amberes como después, actuando sin violar ningún privilegio real, atendiendo sólo a que España y las Indias estuviesen provistas de suficientes ejemplares y, al mismo tiempo, como después veremos, con cierta preocupación por favorecer a la imprenta española.

El 7 de septiembre de 1573, Hernando de Briviesca, guardajoyas del rey, entrega al librero Blas de Robles, para su venta y distribución tanto en Madrid como fuera de dicha Villa, «todos los misales, breviarios, diurnales y oras y otros libros del reçado nuevo, en papel, de los que agora por mandado de su Magestad se an ynpreso y an de ynprimir, los quales se le entregan por horden del muy Illustre, y Rmo. señor obispo de Segorbe, comisario general de la santa Cruçada y del señor Gabriel de Sayas, secretario de su Magestad y del dicho señor Hernando de Birbiesca, a quienes por su Magestad está cometido la horden que se ha de tener en la distribuçión de lo suso dicho», fijando las condiciones y los precios de cada edición entregada. La lista de ediciones, cuyos ejemplares deberán estar firmados por Hernando de Briviesca «o de otra persona en su nombre», es la siguiente:

  • Misales en folio, con el canto toledano y el cuaderno de las misas propias al uso de España, impresos en Flandes por Christóforo Plantino.
  • Misales en folio, con el canto romano sin el cuaderno de las misas propias de España, impresos por Plantino.
  • Misales en 4.º con el canto español y el cuaderno de las misas propias, impresos por Plantino.
  • Breviarios de cámara en folio, impresos por Plantino.
  • Breviarios en 8.º, de todas impresiones, con el cuaderno de los santos de España.
  • Breviarios en 16.º, con el cuaderno de los santos de España, impresos por Plantino.
  • Diurnales impresos en Flandes y Francia.
  • Diurnales impresos en Alcalá y Burgos.
  • Misales en 4.º grande, con el canto romano, impresos en París.
  • Breviarios en 16.º, en un cuerpo, con el cuadernillo de los santos de España, impresos en París.
  • Breviarios en 16.º, en dos tomos, con dos cuadernillos de los oficios de los santos de España, impresos en París.
  • Horas en 24.º de París.
  • Horas en 12.º, con sus himnos, impresas por Plantino.
  • Horas en 16.º, sin himnos, impresas por Plantino.
  • Horas en 24.º, con sus himnos, impresas por Plantino.
  • Horas en 32.º, con imágenes de cobre, impresas por Plantino.
  • Horas en 32.º, sin figuras, impresas por Plantino12.

Junto a las ediciones de Plantino, encontramos las procedentes de París -probablemente también de Lyon- y las impresas en Alcalá y Burgos.

La misma variedad de procedencias se encuentra en los pedidos que se servían a los libreros. Analicemos tres de ellos, de 1574 y 1575, entre los muchos cuya existencia señala Pérez Pastor, en los que se ve el aumento de la participación de los impresores españoles y la aparición de un considerable número de ediciones venecianas.

El 19 de julio de 1574, Juan de Ayala, vecino de Logroño se obliga a pagar a Hernando de Briviesca los libros que ha recibido para el obispado de Calahorra y la Calzada. La lista de ediciones es la siguiente:

  • 1.000 breviarios en 8.º, impresos en Salamanca.
  • 200 breviarios en 8.º del cáliz, impresos en Venecia.
  • 200 breviarios en 8.º, del crucifijo, impresos en Venecia.
  • 50 breviarios de cámara en folio.
  • 140 breviarios en 4.º grande, impresos en Venecia.
  • 25 breviarios en 4.º más pequeño, de la dicha impresión.
  • 13 misales en folio, de Plantino, con el canto toledano y el cuaderno
  • 40 misales en 4.º grande; de la dicha impresión y canto y cuaderno.
  • 100 misales en 4.º pequeño, de Plantino, con el dicho canto y cuaderno.
  • 20 misales en folio de Venecia, con el canto romano.
  • 30 misales en 4.º de Venecia, con el dicho canto.
  • 50 breviarios en 8,º de dos tiempos, de Plantino.
  • 200 diurnales en 32.º impresos en Venecia.
  • 664 diurnales impresos en Burgos.
  • 5 diurnales impresos en Alcalá.
  • 200 ceremoniales de la misa.
  • 60 oficios de san Francisco, de la Concepción y Nombre de Jesús, en 8.º
  • 4 oficios en 4.º de san Francisco.
  • 49 horas en 16.º
  • 35 horas en 12.º, con himnos.
  • 35 oficios en 8.º de España13.

El 19 de mayo de 1575, Diego de Quintana, se compromete a pagar a Hernando de Briviesca, en nombre de sus representados, los siguientes libros para la archidiócesis de Burgos:

  • 104 misales en folio, con el canto toledano y el cuaderno de las misas propias al uso de España, impresos por Plantino.
  • 216 misales en 4.º grande, impresos en Zaragoza.
  • 25 misales en 8.º, sin estampas, de Plantino.
  • 6 misales de los dichos, con estampas.
  • 900 breviarios en 8.º, impresos en Alcalá.
  • 100 breviarios en 8.º, impresos en Salamanca.
  • 12 breviarios en 16.º, dos volúmenes, impresos en Francia.
  • 600 diurnales impresos en Burgos.
  • 50 diurnales pequeños, impresos en Venecia.
  • 400 calendarios para 1575 y 1576.
  • 400 ceremoniales de la misa.
  • 12 horas en 12.º, con himnos, de Plantino.
  • 12 horas en 16.º, de Plantino.
  • 20 horas en 16.º, con viñetas, de Venecia.
  • 20 horas en 24.º, con himnos, de Plantino.
  • 20 horas en 24.º, de Venecia.
  • 12 horas en 32.º, de Plantino.
  • 50 oficios de san Francisco, Concepción y Nombre de Jesús.
  • 200 Sacras14.

El 10 de noviembre de 1575, el genovés Vicencio Lercaro, mercader de Zaragoza, compra por medio de su apoderado, Hernando de París, mercader de libros de dicha ciudad, a Hernando de Briviesca, los libros siguientes:

  • 50 misales en folio, impresos en Alcalá.
  • 100 misales en 4.º, impresos por Plantino.
  • 50 misales en 4.º, impresos en Salamanca.
  • 50 misales en folio, impresos en Zaragoza.
  • 12 misales en folio, impresos en Venecia.
  • 26 breviarios en 4.º, sin estampas, impresos por Plantino.
  • 14 breviarios en 4.º, con estampas, impresos por Plantino.
  • 10 breviarios en 4.º grande, impresos en Venecia.
  • 25 misales en 4.º, con estampas, impresos por Plantino.
  • 100 breviarios en 8.º, impresos en Valencia.
  • 100 breviarios del cáliz, impresos en Venecia.
  • 100 breviarios en 8.º, impresos en Alcalá.
  • 150 misales en 4.º grande, de París.
  • 200 diurnales de Burgos.
  • 50 horas de viñetas, de Venecia.
  • 100 horas en 24.º, de dos suertes, de Venecia.
  • 50 horas en 32.º, de Plantino.
  • 50 horas en 12.º, de Venecia.
  • 35 horas en 16.º, de Plantino.
  • 50 breviarios en 16.º, del Jesús.
  • 1 Biblia real en cinco lenguas, en ocho cuerpos.
  • 100 oficios de la Semana Santa.
  • 100 oficios de san Francisco, Concepción y nombre de Jesús.
  • 200 oficios en 8.º, de los santos de España.
  • 100 ceremoniales de la misa.
  • 100 sacras15.

Creemos suficiente la muestra analizada para acercarnos a la realidad. Son numerosísimas las compras efectuadas por libreros, que se beneficiaron con su intervención en el sector del libro litúrgico, pues si bien la comisión era reducida, podían aumentar sus ganancias con la encuadernación de los libros que vendían.

La multiplicidad de procedencias se ve aclarada al analizar algunos de los contratos de impresión localizados. De 1573 son los primeros documentos conocidos, hasta el momento, en que encontramos la intervención de los Junta, asentados en España, en asuntos del Nuevo rezado. El 28 de enero de dicho año, Gabriel de Zayas, secretario de estado del rey, fray Juan Regla, confesor, fray Francisco de Villalba, predicador y Hernando de Briviesca, guardajoyas del rey, concertaron con Felipe de Junta, impresor y mercader de libros de Burgos, la impresión de 4.400 diurnales, siendo fiador del contrato Lucas de Junta, impresor y librero de Salamanca16, el cual, a su vez, recibió el mismo día el encargo de la impresión de 2.100 breviarios17.

En el mismo año inicia el ya citado Lucas de Junta su actuación conocida en contratos de impresión de libros del Nuevo rezado en Francia e Italia. El 23 de septiembre de 1573, contrata con el Obispo de Segorbe y las demás personas a cuyo cargo está la administración y distribución de los libros del Nuevo rezado, Gabriel de Zayas, secretario del rey, fray Francisco de Villalba y Hernando de Briviesca, guardajoyas del rey, la impresión de 20.000 breviarios en Lyon, 16.000 en 8.º, 2.000 en 16.º y los otros 2.000 en 4.º, todos en un cuerpo, según las condiciones firmadas por el obispo y Lucas de Junta. Dentro del plazo de un año ha de entregar los breviarios, impresos «en papel de marquilla de Francia, que sea muy blanco, lisso y muy bueno», según el original que se le dará, sin quitar ni añadir cosa alguna. «Que las letras de las dichas ynpresiones an de ser fundidas de nuevo y an de ser dos letras diferentes, una de texto y otra de glossa, y la de texto y glossa fundida a un mismo blanco. Que a de tener cuydado que las tintas, ansí negras como rojas, sean muy afinadas y muy buenas. Lo negro muy negro y lo rojo encendido. Que ha de hazer una jornada de los dichos breviarios virgulados de negro o rojo. Que los pligos que no salieren conforme al original sea obligado a los reynprimir a su costa de nuevo». Se le aceptarán todos los breviarios que diere de más, siempre que sean en 8.º. El pago ha de hacerse en Lyon, en tres pagas, la primera al empezar la impresión, la segunda mediada la misma y la tercera a su entrega. Se le pagará al mismo precio «que se diere en Paris a Jacobo Kerber, ynpresor, por los breviarios que ynprimiere para España y que el concierto que en quanto a esto con él se hiciere se cumplirá con el dicho Lucas de Junta, en todo y por todo, sin exceder dél en cosa alguna». Como es natural, hay cláusulas para el caso en que Lucas de Junta no cumpliere lo contratado.

Queremos destacar un aspecto que nos ofrece este contrato, al margen de los fines específicos del mismo, porque refleja una preocupación que sin duda sentirían algunos sectores y que por su instalación en España podían apoyar los Junta y sus protectores: los intentos de favorecer el desarrollo de la industria gráfica española. Creemos poder relacionar la actuación de estas personas con la provisión real, firmada en Madrid el 12 de noviembre de 1572, dirigida al corregidor de la ciudad de Toledo o su lugarteniente, al rector de la Universidad de la ciudad de Salamanca, al rector de la Universidad de la villa de Alcalá de Henares, al corregidor de la ciudad de Burgos o su lugarteniente, al corregidor de Medina del Campo o su lugarteniente, al regente de la ciudad de Sevilla, al licenciado don Diego de Zúñiga, oidor de la Audiencia de Granada y al licenciado Antonio de Covarrubias, oidor de la Chancillería de Valladolid18. El Rey está interesado en conocer la realidad de las imprentas de los reinos de Castilla, las causas de sus deficiencias «y qué medio se podrá tener para que las imprentas de estos reinos sean tan caudalosas y de tanta perfición como lo son las que ay fuera de ellos». Desgraciadamente sólo conocemos hasta el momento la respuesta granadina, enriquecida con la encuesta que se hizo a las imprentas para poder redactarla19. En el contrato citado, se trata de la posibilidad de incrementar el número de prensas del taller salmantino dedicadas a la impresión de breviarios y de la subvención que recibiría en caso de hacerlo. El texto es el siguiente:

«Que si el dicho Lucas Junta acrescentare y pusiere en la ciudad de Salamanca otras seys prensas demás de las quatro con que de presente ynprime, que sean diez en todas, y todas ellas de las formas de letras que tienen las quatro con que de presente ynprime o otras a contento de su señoría, fundida la letra dellas de nuevo y la del texto y glossa a un mismo blanco y començare a travajar con todas diez prensas por todo el mes de henero del año que viene de 1574 en adelante y prosiguiere sin cessar la obra ni entremeter otra ninguna más de la que se le ordenare, que por el travajo y buena deligencia que en ello pusiere se le crescerá a toda la obra que ynprimiere con las dichas prensas, después de acavadas las ynpresiones de Breviarios, que aora tiene començadas con las dichas quatro prensas, una blanca por pligo del prescio a que está obligado a dar ynpressos los breviarios que tiene començados por concierto hecho con él en 28 de henero de 1573, conforme al qual y a las condiciones en él conthenidas a de dar ynpressa toda la obra que con las dichas diez prensas ynprimiere, y que no cumpliendo lo en este capítulo conthenido no se le a de crescer cosa alguna ni tanpoco se le a de crescer en la obra que aora tiene començada y va ynprimiendo.

Que teniendo el dicho Lucas Junta prestas y puestas a punto las dichas seys prensas para poder travajar con ellas y con las quatro que aora ynprime, dará avisso dello a su señoría Rma. para que lo cometa allí a un persona que lo vea y entienda como se va continuando y prosiguiendo en la dicha obra»20.



Ignoramos si se realizó la ampliación del número de prensas en el taller salmantino de los Junta.

Un año posterior, de 17 de septiembre de 1574, es el concierto entre Fray Juan del Espinar -procurador general del monasterio de San Lorenzo el Real, con acuerdo del «obispo de Segorbe, del consejo de su Magestad e comisario de la cruzada, subsidio y escusado y de las demás personas a cuyo cargo está la administración e distribución» de los libros del Nuevo rezado- y Julio de Junta, de Salamanca, para imprimir en Venecia 60.000 breviarios en 8.º, en el plazo total de tres años y dos meses, con la facultad de poder aumentar el número de ejemplares a entregar, siempre que sea dentro del plazo establecido. En el concierto se especifican una serie de detalles técnicos, plazos de entrega, precios, señalando que se le pagarán en Madrid y a los cuatro meses las partidas que vaya entregando. «Que pues el dicho Julio de Junta para cumplimiento deste concierto a de yr personalmente a la dicha ciudad de Venecia, se le encarga que luego que llegare a la dicha ciudad, haga diligencia si abrá ynpressos algunos breviarios del cáliz en 8.º, hasta en cantidad de tres myl y no más, que sean bien corretos y de buen papel y letra, y estando satisfecho ser tales, los tome por su quenta y envie a esta corte por la orden que los que a de ynprimir conforme a este concierto, que haziéndolo ansí y cumpliendo lo que más a este capítulo toca de las condiciones de suso dichas, se le pagarán al prescio y plazo que los demás»21.

A estos contratos con suministradores extranjeros hay que añadir los realizados con impresores establecidos en España. Hernando de Briviesca contrató el 11 de octubre de 1573 con Pedro Sánchez de Ezpeleta, de Zaragoza, la impresión de misales y breviarios22.

Lorenzo de Soto, impresor de la villa de Martín Muñoz, el 22 de septiembre de 1575 se comprometió a imprimir una jornada de breviarios en 8.º, o sea 2.200 cuerpos, en papel marquilla de Francia o en el que se le diere, en el plazo de nueve meses. Las condiciones son las habituales, con algunas adiciones. Señalaremos sólo que el impresor no estará obligado a rehacer los pliegos cuando «fuere el defeto poniendo una letra por otra»; que si las prensas no pudieren trabajar por no haber recibido de Fray Juan del Espinar suficiente papel, dicho padre estará obligado a resarcir al impresor; además, «a de dar graciosos el dicho Lorenço de Soto una docena de cuerpos sin que por el papel ni ynpresión dellos», deba cobrar cosa alguna. En contratos posteriores se incluyen también las anteriores condiciones. El precio de impresión será de 28 reales la resma y si el impresor tiene que poner el papel, por éste se le pagarán 14 reales23.

El 25 de enero de 1576, recibe dicho Lorenzo de Soto el encargo de imprimir una jornada de misales en 4.º, también de 2.200 cuerpos24.

Felipe de Junta, impresor de Burgos, se compromete el 23 de septiembre de 1575 a imprimir «una jornada de diurnales que tiene començada en que a de aver dos mill y quinientos cuerpos poco más o menos y otra jornada de breviarios de dos tiempos en otabo de en dos cuerpos», debiendo entregar en noviembre los diurnales y en el plazo de nueve meses los breviarios25.

El día 24 del mismo mes y año, Cornelio Bonarte, en nombre propio y en el de su suegro Matías Gast, se compromete a imprimir una jornada de Breviarios en 8.º, de 2.200 cuerpos, en el plazo de cinco meses, con las condiciones habituales26.

Gran transcendencia tiene la escritura firmada el 7 de febrero de 157727, en el monasterio de San Jerónimo el Real, extramuros de la villa de Madrid, por Fray Juan del Espinar, profeso de la orden de San Jerónimo y procurador general del Monasterio de San Lorenzo el Real, y a cuyo cargo estaba la administración y distribución de los libros del Nuevo rezado, «aviendo tratado y comunicado este negocio con el muy Illustre y Reverendísimo señor don Pedro Belarde, comisario general de la santa Cruzada y con los demás señores a quienes por su Magestad está cometido este negocio y aviándose tenido por bueno», y Juan de la Presa, vecino de Burgos, y Julio de Junta, vecino de Salamanca, por la que éstos últimos

«se obligan de ynprimir e que ynprimirán en estos reynos o fuera dellos, en la parte que quisieren, todos los libros, misales, breviarios, diurnales, oras y otros qualesquier libros del dicho nuevo reçado que se les hordenare y mandare ynprimir, a los presçios que en un memorial questá firmado de su paternidad y de los dichos Juan de la Presa y Jullio de Junta, que se me entrega a mí, el presente escribano para inserir en esta escriptura, y con las condiciones siguientes».



Estas son, por lo general, repetición de las que figuraban habitualmente en los contratos firmados anteriormete, con la particularidad de no fijar las impresiones a realizar, como era normal en los contratos anteriores, sino sólo la aceptación de una amplia oferta de distintos tipos y ediciones de libros litúrgicos, con sus precios, acompañada -aunque no se incluyeron en el protocolo- de muestras de los mismos. La justificación de este cambio es clara, pues se trata de la escritura notarial de concesión a Juan de la Presa y Julio de Junta de la exclusiva de provisión de los libros del Nuevo rezado en los reinos de Castilla, tanto de los impresos en los mismos como fuera de ellos:

«Item, que los dichos Juan de la Presa y Jullio de Junta ayan de imprimir todas las dichas obras del dicho nuevo reçado que se huvieren de inprimir, sin eçetar ni reserbar cosa alguna, todo el tiempo que por horden de su Magestad y de los señores que administran esta hazienda se inprimieren, sin tener tiempo limitado, sin que otra ninguna persona en estos reynos ni fuera dellos las puedan inprimir de ningún género para provisión destos reinos y de las Yndias ni para otra ninguna parte donde se ayan de proveer, y si en alguna parte se huviere de inprimir a de ser en el principado de Catalunya, para distribuirse y benderse sólo en aquel principado, sín que se puedan sacar de allí a otra nynguna parte destos reynos, ni fuera dellos para ningun hefeto, so pena que si otra persona los inprimiere o metiere de fuera del reyno, los aya perdido y yncurra en las penas que su Magestad tiene hordenado y mandado, y ninguno de los señores que entienden en la administraçión desta hazienda de ningún género ni por ninguna vía no puedan mandar inprimir ninguna de las dichas obras en estos reinos ni fuera dellos, salbo en el dicho principado de Catalunya, como está declarado y para sólo aquel hefeto, todo desdel día de la fecha desta capitulación en adelante».



Además, en los casos en que Julio de Junta encargase impresiones en Venecia u otras partes fuera de los reinos de Castilla, al dar aviso de llegada de las mismas a puerto, se le despacharán cédulas de paso para que no le abran las balas y se las dejen introducir sin problema.

La pugna entre Plantino y los Junta se decide a favor de estos últimos, en la persona de Julio de Junta, que se había unido a Juan de la Presa, mercader de lanas burgalés, continuador del grupo formado por Simón Ruiz y su padre, Francisco de la Presa, que, por lo menos, desde enero de 1573, estaba interesado en obtener la exclusiva de provisión de los libros del Nuevo rezado y que había obtenido contratos de impresión de breviarios. A fines de 1574, desplazan a París a Matías Mares para la compra de prensas y demás aparejos necesarios y la contratación de operarios, embarcando en Nantes en mayo de 1575 con destino a Bilbao y Burgos, donde se estableció la imprenta, de la que poco después fue regente Martín de Victoria28. Muerto Francisco de la Presa el 2 de mayo de 1576, Simón Ruiz abandona la compañía, y Juan de la Presa con su madre Catalina Flores incorporan a la misma, el 26 de septiembre del mismo año, a un nuevo socio, Antonio de Ayala, prosiguiendo el negocio de la imprenta. Lo que no habían logrado Simón Ruiz y su padre, lo obtiene Juan de la Presa en unión con Julio de Junta. Poco duró la actividad del mercader burgalés, pues la quiebra, a mediados de 1579, de la compañía que había formado con Diego de Gamarra para el negocio de las lanas le llevó un tiempo a la cárcel. Su temprana muerte en 1582 dejó a Julio de Junta como único poseedor de la exclusiva29.

Ya antes del saco de Amberes se van reduciendo los pedidos a Plantino. El empeoramiento de la situación flamenca pudo contribuir a la disminución y posterior cese de los encargos, pero creemos adivinar la intervención decisiva del sustituto del P. Francisco de Villalba, fallecido en 1575, el P. Juan de Toledo. El mismo Plantino comunica a Buyssetius, el 15 de junio de 1577, la actitud del P. Toledo, el cual se ha entendido con libreros españoles, que intentan parar los envíos de Plantino30. No debemos olvidar que los Junta estaban asentados en los reinos de Castilla. Tampoco ignorará Plantino el papel de Julio Junta como causante de la no reanudación de los pedidos, a pesar de sus intentos y de las gestiones que realizan sus amigos en la corte31, los cuales llegaron en 1582 a tantear la posibilidad de que traslade su taller a Madrid, para hacer la impresión de los libros del Nuevo rezado, lo que es rechazado por Fray Juan del Espinar32. Julio Junti de Modesti abastece de libros al Escorial, a base de ediciones hechas en España y de importaciones, principalmente de Venecia. Recibe las debidas cédulas reales autorizando la salida de las divisas necesarias para el pago de las ediciones que ha importado así como para el pago del papel utilizado en las impresiones españolas. En dichas cédulas se alude al asiento que ha hecho con el Escorial para hacer imprimir los libros que necesiten del Nuevo rezado. Julio Junta interviene en un nuevo intento de nacionalización, que será parcial, de la producción de los libros del Nuevo rezado, al trasladar su taller salmantino a Madrid y recibir en la persona del hijo de su hermano Bernardo, Tomás Junti, el título de Impresor del Rey. La Typographia Regia imprimirá misales, breviarios, diurnales, libros de horas y otras piezas suplementarias, no conservándose más que datos documentales de muchas de sus ediciones. Su contribución al Nuevo rezado no será suficiente, por lo que seguirán las importaciones.

La situación expuesta se extiende hasta principios del siglo XVII. En 1606, el Escorial inicia sus contactos con el yerno de Plantino, Jan I Moreto, y después de varias alternativas la Oficina Plantiniana irá substituyendo la actividad importadora de los Junta. El 27 de enero de 1619, horas antes de fallecer, Julio Junti de Modesti da a su sobrino Tomas Junti poder para testar. Las siguientes frases indican lo declinante de la situación:

«Y yo suplico umildemente a su Magestad que por remuneración de mis servicios aga al dicho Tomas Junti mi sobrino, la merced que fuere servido, y lo mismo suplico al padre Prior y demás padres del monasterio de san Lorenço el Real y al señor Comisario general de la Santa Cruzada, sean servidos proseguir el asiento con el dicho Tomás Junti, respeto a lo que e servido y los grandes gastos que hice en poner en esta corte la ynprenta, que me cuesta el quedar pobre y estarlo el dicho Tomas Junti, mi sobrino, al qual mando ansimismo los dichos mis servicios que represente y aga ynstancia para que se le haga alguna merced, que yo tengo bien merecido, y ansí lo declaro por el passo en que estoy33».



Los herederos de Cristóbal Plantino ganaron la batalla que había perdido, y en 1680 se aseguraron, con un contrato mercantil, la exclusiva de los libros litúrgicos para los reinos de Castilla. Sin embargo, de talleres venecianos, aunque ya no fuesen de la familia de los Junta, llegaban todavía en 1769 libros litúrgicos tridentinos a los reinos de la Corona de Aragón, como lo señala el gran impresor valenciano Benito Monfort, el cual pretendía, a su vez, licencia para imprimirlos34.

La finalidad inicial de este trabajo era profundizar en la intervención de los impresores españoles y extranjeros en el suministro de libros del Nuevo rezado durante los años en que Plantino realizaba sus grandes envíos, dentro de la nueva realidad que nos ofrecía la inexistencia de un privilegio a favor del mismo. La investigación dio un giro inesperado y sorpresivo al encontrar el asiento de exclusiva dado a Julio Junti de Modesti y a Juan de la Presa. Durante casi cuarenta años, un miembro de los Junta controlaba la provisión de los libros del Nuevo rezado en los reinos de Castilla y en las Indias. Una vez más, los documentos nos muestran una realidad en contradicción con los hechos aceptados tradicionalmente.

imagen





 
Indice