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221

En el Lazarillo ha querido identificarse la frecuente presencia de un lenguaje «escapado del formulario jurídico»; pero ni los ejemplos aducidos por F. Márquez Villanueva, en Revista de filología española, XLI (1957), págs. 269-271, ni otros que pueden añadirse (vid. mi ed. de 1987, III, n. 161, y en particular «De mano (besada) y de lengua (suelta)», en Estudios sobre literatura y arte dedicados al prof. E. Orozco Díaz, III (Granada, 1979), págs. 90-91 [y aquí, 69-70]), bastan para decidir que «el autor ... es un jurista»: pudo serlo, cierto, pero los términos jurídicos que emplea pocos los ignorarían en una sociedad tan poblada de leguleyos y tiquismiquis legales como la española del siglo XVI; según sabemos (notas 216-217), «la mitad del justo precio» no es excepción a esa regla.

 

222

Vid. arriba, ad n. 192; en los tratadistas se encuentra multitud de testimonios concordantes con ese de Vitoria y, vgr., con los documentos espigados por H. Lapeyre, Une famille de marchands: les Ruiz, París, 1955, págs. 127, 247-253, 325-335, etc., etc.

 

223

Vid. «Para el Prólogo del Lazarillo: 'el deseo de alabanza'», en Actes de la Table Ronde ... «Picaresque espagnole», Montpellier, 1976, págs. 110-111 [y arriba, 67-68].

 

224

Manejo las ediciones de 1554 en el facsímil preparado por A. Pérez Gómez (Cieza, 1959), con prólogo de E. Moreno Báez.

 

225

El registro exhaustivo de las variantes se halla entre los ricos materiales contenidos en la edición de J. Caso González, Madrid, 1967.

 

226

Recojo los datos allegados por A. Rumeau, «Sur les Lazarillo de 1554. Problème de filiation», Bulletin Hispanique, LXXI (1969), págs. 484-485, vaciando los repertorios bibliográficos de Medina del Campo, Toledo y Madrid, y tras estudiar ejemplarmente la producción de Salcedo, Nucio y otros editores; el prof. Rumeau, con todo, no percibe plenamente el alcance de tales datos.

 

227

Véase F. López Estrada, ed., J. de Montemayor, Los siete libros de la Diana, Madrid, 1954, págs. LXXXVII-LXXXIX; y cfr. el Lazarillo de Alberto Blecua (Madrid, 1974), pág. 69, n. 108.

 

228

Desde la edición de A. Cavaliere (Nápoles, 1955) a los trabajos suscitados por la imprescindible de J. Caso: «En torno al texto crítico del Lazarillo de Tormes», Hispanic Review, XXXVIII (1970), págs. 405-419 [aquí, 33-55], y A. Blecua, loc. cit., págs. 48-70.

 

229

Por supuesto, el estema no se alteraría si X dependiera de una edición ignorada o bien si otra se interpusiera en algún lugar de las ramas descendentes. No obstante, creo que no nos hallamos frente a la mera representación abstracta de la relación existente entre unos textos, sino que en nuestro caso el estema es un mapa real de todas las ediciones anteriores a 1554 y de los vínculos que las unen; véase abajo, n. 278.

 

230

A. Rumeau, «Sur les Lazarillo de 1554», págs. 476-501, y «Notes au Lazarillo. La question des variantes: un autre exemple», en Les cultures ibériques en devenir, Essais... à la mémoire de M. Bataillon, París, 1979, págs. 407-417; J. Caso modifica algunos detalles de su estema de 1967, en «La primera edición del Lazarillo de Tormes y su relación con los textos de 1554», Studia Hispanica in honorem R. Lapesa, I (Madrid, 1972), págs. 189-206, y en el prólogo a su edición minor de Barcelona, 1982.

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