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Cristo de la Caridad

Se trataba de una imagen pasionista que representaba a Jesús crucificado, si bien la cofradía que le daba culto no era penitencial, sino que la incluimos dentro de la categoría de las cofradías de la Caridad. Estas hermandades hunden sus raíces en los siglos bajomedievales, y además de la mejora espiritual de sus miembros, realizaban una labor caritativa en los hospitales que estaban a su cargo, en un momento histórico en que la asistencia social estaba exclusivamente en manos de instituciones religiosas.

La primera referencia temporal que aportamos sobre su existencia es de 26 de agosto de 1523, como refleja una manda pía que consta en la última voluntad de Fernando de Padillo. Dicho testador dispuso que los hermanos y la cruz de la Caridad acompañarían su cuerpo durante su entierro, dando la correspondiente limosna, siendo ésta una de las formas de reunir fondos para sufragar sus gastos. De igual forma nos hace saber de la existencia en tan temprana fecha de un hospital que estaba a su cargo136:

«Yten mando que venga la Cruz de la Caridad con la çera e los hermanos, e me acompañen mi cuerpo hasta estar enterrado, e se pague lo que se acostumbra a dar. Yten mando al Hospital desta Villa dos reales».



Más que la asistencia sanitaria su fin era el de atender a pobres desvalidos. No hubo de ser muy importante por los escasos bienes de esta cofradía, sirviendo los donativos de los mencianos de sostén económico. Así resulta del testamento de Pedro López Bujalance otorgado el 2 de agosto de 1548, donde se acordó la donación de una sábana y una almohada para este hospicio, que aparece designado con el nombre de Espíritu Santo, en razón de servir la ermita con esta advocación como su oratorio137. La vinculación entre la cofradía y el hospital aparece reflejada en una manda pía del testamento de Andrés López fechado el 6 de octubre de 1605138: «Mando se dé de limosna a la Caridad desta villa para el Ospital della la cama en que de presente duermo, que es un colchón, y una sábana y una almohada y una freçada».

Otra de las primeras referencias a la Caridad resulta de la memoria perpetua de Marina Rodríguez fundada el 1 de octubre de 1582. Consistía en la celebración de una misa cantada y vigilia en el mes de mayo, para cuya dotación dejó a esta asociación religiosa una viña en el término de Zuheros139.

El Cristo de la Caridad también fue objeto del cariño y devoción, siendo reflejo de la importante labor de auxilio social que prestaba el hospital para pobres desvalidos, como ponen de manifiesto los exvotos que tendría esta imagen en agradecimiento de los favores recibidos140:

«Tiene este Convento en la Iglesia antigua, y se traslado a la nueva, una Imagen del Santo Christo de la Caridad, a quien este Pueblo tuvo en los tiempos antiguos singular devoción, y de los lugares cirumvecinos traían muchos votos y promessas en señal de agradecimiento por los repetidos prodigios que experimentaban, por la devoción a esta Santa Imagen».



Son múltiples las cláusulas testamentarias otorgadas durante el siglo XVII, que expresan el fervor religioso que suscitaba, y de los que vamos a exponer solamente algunos ejemplos. Así resulta de la última voluntad de Ana Rodríguez fechada el 10 de noviembre de 1604, que contiene una cláusula que se repite en la mayoría de los testamentos de los mencianos, y que consistía en un donativo a la Cofradía de la Caridad y cera para la del Santísimo Sacramento141: «Mando para la cera con que se alumbra el Santo Sacramento un real. Mando para la Cofradía de la Caridad se le dé un real de limosna».

En los mismos términos se expresó Juan Clavijo en su testamento fechado el 12 de junio de 1644, y que nos hace saber que su mayordomo era Pedro Díaz Cantarero142: «Declaro soy deudor a la Caridad desta villa, de que debo al mayordomo Pedro Díaz Cantarero diez y siete reales mando se le paguen». En iguales términos se expresó María Díaz en el suyo, otorgado el 18 de octubre de 1667, y que señala que Juan Pérez desempeñaba la mayordomía ese año143.

Como hemos dicho, eran muchos los donativos que también se destinaban al Hospital de la Caridad, como resulta de la última voluntad de Francisco Blanco fechada el 12 de diciembre de 1667, cuando donó cien reales de vellón para hacer una casa para los pobres144: «Mando a la Cofradía de Caridad de nuestro Señor Jesuchristo cien reales, para aiuda a hacer una cassa para los pobres, lo qual mando se den de mis vienes».

Y en el testamento cerrado de Jerónima de León de 3 de enero de 1675, consta otro importante legado de enseres útiles para este establecimiento benéfico145: «Mando a la Cofradía de la Caridad de Xpo de dicha Villa, un colchón con su enchimiento de lana y dos sábanas y dos almohadas buenas, y un paño de cama para que en el Hospital sean de cuna para los pobres enfermos que en el existan, que esto luego quiero que fallezca se le de al Hermano Mayor que es o fuere de esta Cofradía por cual es mi voluntad».

Fray José Cantero nos hace saber que cuando Doña Mencía se vio afectada durante el verano de 1680 por una peste contagiosa, que causaba un elevado número de muertes, se invocó la protección del Crucificado al que sacaron en procesión para que le pusiera término. Sin embargo, indica que se produjo una gran mortandad entre los enfermos que se encontraban en un hospital sito en la calle Granada146.

Igualmente manifiesta el religioso que este hecho dio lugar a que disminuyera la devoción al Crucificado, recurriéndose a la intercesión de Jesús Nazareno que apenas era objeto de veneración, y que gracias a su intervención milagrosa puso fin a esta situación tan dramática147.

Pero no podemos dejarnos llevar por el tenor literal de la narración de los hechos que nos hace este dominico, pues en 1680 el providencialismo era la única explicación de las calamidades que periódicamente azotaban pueblos y ciudades de España. Se creía que la actitud pecaminosa e incorrecta de los hombres provocaba la ira divina, que era la causa directa de esos males. Y como no había conocimientos científicos ni sanitarios, que explicaran e hicieran frente con éxito a las sequías, destrucción de cosechas por agentes atmosféricos y enfermedades contagiosas, el único recurso posible era la penitencia e implorar la ayuda divina, para lo cual había que recurrir a intercesores apropiados.

Y éste es el mensaje que los dominicos quisieron hacer llegar a los mencianos, en el sentido que en caso de la calamidad fuera alguna enfermedad contagiosa, había que recurrir a la mediación de Jesús Nazareno. Así lo refleja el manuscrito que narra la historia del Convento de Santo Domingo, al indicar que para poner fin a la peste que tantos muertos causaba, apelaron al mismo Jesucristo pero solicitando la intercesión del Nazareno, en vez del Cristo de la Caridad148:

«En el año de mil seiscientos y ochenta, en que este Pueblo experimento la ira de Dios en la Plaga de la Peste, concurrieron en su conflicto a este Señor, y sacando la Santa Imagen en Procession general, lo conduxeron al Hospital de los Apestados. Más ¿quien puede averiguar los secretos juicios de Dios?. De todos los enfermos, apenas quedó hombre vivo. Volvieronse desconsolados (como el caso pedía) al Convento, y entrando en consexo, para solicitar el remedio de los demás vecinos amenazados todos de muerte, como apelando del Señor Crucificado, al mismo Señor con la Cruz al hombro, acordaron valerse del amparo de la Imagen de Jesús Nazareno, que estaba escondida a la devoción, como cosa olvidada. Sacaronla en Processión por las calles pidiendo a voces misericordia, y desde entonces se sintió tan notable mejoría, que en breve tiempo se acabo el contagio enteramente. En memoria de este beneficio, votaron hacer fiesta a esta Santa Imagen el día catorce de septiembre, conto se obserba hasta oy, siendo esta Santa Imagen una de las mas veneradas en la Iglesia de este Convento, donde una muy lucida Cofradía, a sus expensas, le ha labrado Camarín, y Retablo».



Es evidente que en la sociedad mediática de la época, el púlpito del Convento de Santo Domingo era el lugar con más poder de «convicción» y la idea señalada caló profundamente en la memoria colectiva de los mencianos, hasta el punto de considerar que antes de 1680, Jesús Nazareno no fue objeto de especial veneración.

A pesar de lo dicho, podemos acreditar que también se hicieron rogativas al de la Caridad, cuando la peste contagiosa estaba causando más muertes en el dramático verano de ese año. A título de ejemplo, don Juan de Alcalá Galiano en su testamento otorgado el 17 de junio de 1680, dispuso un importante donativo de 200 reales a la cofradía que le rendía culto149: «Mando doscientos reales de limosna a la Cofradía de la Charidad desta dicha Villa, y cinquenta a la de Nra. Señora de los Santos, y que la misa que se dijere en su festividad, que es la Pasqua del Espíritu Santo, después de mi fin y muerte, se diga por mi ánima».

De forma similar se expresa el testamento mancomunado otorgado por Pedro Martín Montoro y Catalina de Vida, en el que se le legó un velo de tafetán150: «Y ambos los susodichos, mandamos tres belos de tafetán, el uno para Nra Señora del Rosario, el otro para el Santo Christo de la Caridad, y el otro para Nra Señora de las Angustias». La devoción a este Crucificado también se expresa en la postrera voluntad de Cebrián Ruiz de Alcalá fechada el 13 de julio de 1680151: «Mando cinquenta reales para la obra de Sr. San Seuastian = asimismo, mando otros cinquenta reales de limosna a la Cofradía de Nra Señora del Rosario = asimismo, mando otros cinquenta reales a la Cofradía de la Caridad desta uilla, y a las demás cofradías desta uilla dos reales de limosna».

Nos ha llamado la atención el que después de 1680, siguen existiendo mandas pías dedicadas al Cristo de la Caridad, como refleja el testamento de Salvador Muñoz Laurencio otorgado el 8 de junio de 1683. Dispone que su cuerpo sea inhumado en las tumbas de esta cofradía asistencial, lo que desmiente que se enfriara la devoción a esta imagen de Cristo152.

Y era una nota que distinguía a esta hermandad de todas las que existían en Doña Mencía, por ser la única que como tal disponía de un espacio propio dentro de la parroquia destinado a enterrar a sus cofrades, o a aquellas personas que así lo dispusieran. Con la limosna que se pagaba por tal razón se reunían los fondos para sostener el hospital que estaba a su cargo153. Así lo dispuso Juan Clavijo en su testamento de 4 de junio de 1670, al reflejar su deseo de ser inhumado en el panteón de esta cofradía154:

«quando Dios Nuestro Señor fuere sebido de llevarme desta presente vida, quiero sea sepultado en el Combento e Yglesia Parroquial de Nuestra Señora de Consolación desta Villa, en una de las sepulturas de la Caridad junto a las puertas de la Capilla Maior, y que se pague la limosna a la Cofradía de la dicha Caridad».



De forma similar se expresó la última voluntad del licenciado don Pedro Valera Roldán otorgada el 30 de junio de 1716, cuando nos hace saber el lugar donde sería enterrado su cuerpo sin vida155: «Mando que mi cuerpo sea sepultado en el Convento e Iglesia Parrochial de Nra. Sra. de Consolación, Orn. de Predicadores, en una sepultura de las que la Cofradía de la Sta. Caridad de ella tiene en dicha Yglesia, y se dé de limosna cinquenta reales a dicha Cofradía».

Asimismo las beatas dominicas que existieron en Doña Mencía, eran sepultadas en estas tumbas, como señala entre otras la última voluntad de doña Juana Díaz, que fue la esposa del regidor don Bartolomé Romero Roldán, y tiene por fecha el 22 de octubre de 1648156:

«mando y encomiendo mi ánima a Dios Nro Señor que la hiço, crió y redimió por su sangre preciosa en el árbol santo de la Cruz, y el cuerpo mandó a la tierra donde se formó, el qual quando Dios nro Señor fuere servido de que acaezca finamiento, quiero sea sepultado en el Combento e Yglesia Parrochial de Nra Señora de Consolación, en la sepultura de la Caridad, donde se entierran las veatas».



Tenemos constancia que por lo menos desde 1702, la imagen del Cristo de la Caridad estaba en la capilla de las Ánimas Benditas del Purgatorio. Esto ha dado lugar a que a veces de forma inapropiada, sea conocida bajo la advocación de Cristo de las Ánimas, lo que es un error, pues una cosa es el nombre de una capilla, y otra la advocación concreta de la efigie que en ella se encuentra157.

Así lo acredita el testamento de José Antonio de Santa Cruz otorgado el 20 de febrero de 1703, al acordar la celebración en la indicada capilla de una serie de misas por su alma158: «Es mi boluntad y mando se me diga en dicho Convento un novenario de misas rezado a Nuestro Padre Jesús Nazareno, y que todas se digan en la Capilla del Santo Christo de la Caridad, que se a fabricado nuevamente, donde está el lienzo de las Animas del Purgatorio, pagando la limosna que es estilo, de lo más pronto de mis bienes».

El Catastro de Ensenada nos informa que la fábrica del Hospital de la Caridad corría a cargo del Ayuntamiento, reflejo de la escasez de sus recursos económicos de esta cofradía159:

«Que en esta Villa no ay Hospital alguno; sino es un Hospicio que solo sirve para recoger los Pobres mendigos transitantes, hasta tres días naturales, y menos lo que los mismos Pobres quieran estar, cuya casa no tiene renta alguna, y quando es preciso repararla se hace a costa de los propios del común de esta Villa».



Los vecinos de Doña Mencía daban importantes donativos con el fin de reedificarlo, teniendo constancia documental de varias aportaciones que fueron hechas con tal fin a lo largo del siglo XVIII. Así don Juan Valera Roldán dispuso en su segundo codicilo otorgado el 12 de agosto de 1713, que se diera una ayuda económica con ese fin160:

«por quanto tenía unas casas que hai en la Calle del Hospital desta Villa que oy sirven de Taverna, y lindan con casas de Juan López Aparicio, estas se las manda a la Cofradía del Santo Christo de la Caridad desta Villa, de que es Maiordomo D. Juan Pérez Moreno, para aiuda con su valor a rredificar las casas del Hospital della que assi es su voluntad».



De igual foma don Juan Pérez Moreno que era su mayordomo, en su testamento fechado el 22 de marzo de 1764 también realizó otro donativo161:

«declaro hace muchos años soy Hermano Mayor de la Santa Charidad en esta Villa, y que aun de mis caudales e costeado quanto en esta Cofradía se a ofrecido, sin embargo de ello por el mucho afecto que le tengo, y por que no tiene rentas mas que las limosnas de los fieles (las que yo no e pedido), mando que de mis caudales, luego que yo muera, la ya referida mi amada muger, usufructuaría de ellos, se haga por una vez quanta obra se necesite en las Casas Hospital en esta dicha Villa, donde se recogen los Pobres para que estos logren mejor descanso y combeniencia».



Sabemos que durante el último tercio del siglo XVIII, el estado del edificio sanitario seguía estando deficiente. Así lo refleja el segundo codicilo de don Juan Pedro de Vera, que tiene por fecha el 3 de septiembre de 1776, donde también consta un cuantioso legado de mil quinientos reales de vellón, para volver a rehabilitar su fábrica162:

«mando por una vez a los pobres de Jeschristo, un mill y quinientos rreales de vellón para que con ellos se redifiquen las casas que sirben en esta Villa de Hospital para el recoximiento de dichos Pobres, situadas en la Calle Hospital de ella, cuya porción de maravedís la ha de persibir de mis vienes luego que yo muera el ante dicho Dn Juan Jazinto de Vera, mi hijo, para que por su mano, y no por otra se distribuya dicha cantidad en la obra de dicha casa, que se haya arruinada, y también para el mismo fin es mi voluntad que ciento y veinte rreales que me debe Eusevio de Cordova, de esta vezindad de un daño de quema que me hizo en mis olivares sirban los cien rreales para la misma obra pues los veinte se los perdono porque así es mi voluntad».



A pesar de estos donativos el edificio del lazareto seguía dejando bastante que desear a finales del siglo XVIII, como nos hace saber don Francisco Pablo Cubero Ortiz en su última voluntad otorgada el 10 de diciembre de 1792, pues en dicho testamento consta otro donativo para su reparación163:

«mando al Hospital de Peregrinos desta Villa 500 reales de vellón, para repararlo, y que la obra que se hiciere en él corriese por mano de mis albaceas».






Jesús Nazareno y las rogativas públicas como expresión de la religiosidad popular164

Tradicionalmente, se ha venido afirmando que el entusiasmo religioso que despertaba Jesús Nazareno, tenía su origen y razón de ser, en el milagro que tuvo lugar durante el verano de 1680, y que puso fin a la peste contagiosa que tantas muertes causaba en Doña Mencía. Sin embargo, existe apoyatura documental de distinta procedencia, que acredita como ya en 1620 era objeto de culto y veneración. Y a partir de ese año son constantes las cláusulas testamentarias que así lo expresan.

La primera referencia que aportamos aparece reflejada en la última voluntad de Francisco López de Jorge otorgada el 13 de agosto de 1620, al disponer la celebración de una misa por su alma dedicada a Jesús Nazareno165: «Yten mando se diga por mi ánima [...] una misa a Jesús de Naçareno».

Asimismo, tenemos constancia de que en 1622 ya existía en la iglesia conventual una imagen pasionista con esta advocación, como se deduce de una cláusula del primer testamento de la beata Francisca de San Jerónimo, que tiene como fecha el 26 de julio de 1622, al donarle dos ducados para adquirir un ornamento166:

«Ytem mando que se dé de mis vienes dos ducados, para un velo a Xesus Nazareno, y lo paguen en Misas mis Albaceas de mis vienes, luego que yo fallezca, a cuyo cargo an de hacerlo».



Podemos asegurar que desde 1628 ya existía la Cofradía de Jesús Nazareno, por lo que su fundación era anterior. Así lo acredita una cláusula del testamento de Francisca Núñez de Tienda otorgada el 29 de noviembre de 1628, al donarle dos reales de vellón167:

«Yten mando se dé limosna de mis bienes a las Cofradías del Rosario, Caridad y San Pedro Mártir, dos reales a cada una, y un real a de Jesús Nazareno».



Y a partir de este momento son también constantes los donativos a su hermandad. Así se expresa Lucas Roldán en una manda pía otorgada el 20 de marzo de 1648168:

«Mando se dé de limosna a cada una de las cofradías desta uilla un real, y a la de Nuestra Señora de los Ssanctos. Y a la Hermandad de Jesús Naçareno se dé un real de limosna».



De igual forma lo hizo el regidor don Bartolomé Romero Roldán en su postrera voluntad de 17 de junio de 1650, en la que acuerda se oficien por su alma misas a aquellas devociones que le son más queridas, entre las que se encuentra el Jesús Nazareno169:

«Yten mando que además de las missas referidas, se digan por mi ánima en dicho Combento de Nra Señora de Consolación desta villa por los relixiosos del, repartidas en la forma siguiente quatrocientas missas: quatro al Dulce Nombre de Jesús [...] Diez a las zinco Llagas de Nro Redentor Jesuxpo [...] diez a la Pasión de Nuestro Señor Jesuxpo [...] ocho a los quatro Evangelistas [...] tres al glorioso San Pedro Mártir, tres al glorioso Patriarca Sancto Domingo, quatro a Jesús Naçareno [...] ocho missas a Nuestra Señora de Consolación, quatro a Nra Señora de las Angustias».



Si bien sólo hemos aportado algunos testimonios, son múltiples los que ponen de manifiesto que antes de 1680 Jesús Nazareno no era una más de las muchas imágenes que había en el templo parroquial. De igual forma su cofradía, además de la estación de penitencia que hacía la mañana del Viernes Santo, participaba en importantes manifestaciones de religiosidad popular, con indudable relevancia social en la villa señorial.

Así lo acreditan las actas del Cabildo municipal de 30 de marzo de 1659, en las que se acuerda el pago por el Ayuntamiento de los gastos ocasionados por lutos y misas celebrados por el ánima del duque de Sessa, don Antonio Fernández de Córdoba y Aragón. Y donde también consta la participación de las cofradías de Jesús Nazareno y Nuestra Señora del Rosario en los actos organizados por tal motivo170:

«Ajustose por este Cavildo la costa que an tenido el hacer los lutos por la muerte del Exmo Señor Don Antonio Fernández de Cordova y Aragón, Duque de Sessa & mi Señor, que sancta gloria aia y parece que monta la Baieta siguiente: [...] ansimismo se ajustaron los gastos fhos en la Missa y Vigilia que por el ánima del Duque mi Sr que Sancta gloria aia que montaron sesenta y seis reales, que se gastaron en esta forma: Diez y ocho reales a Mateo Borrallo que montó la cera que dio la Cofradía de Nra. Sra. del Rosario = quatro reales a Lucas de Vera por la zera que dio la Cofradía de Jesús de Nazareno = ocho reales a Juan de Luque de Navas por la zera que compró del susodicho = treinta y seis reales que se dieron a el Padre Prior deste Convento por la Missa, Vijilia y Sermón de las onrras que montan la dicha cantidad, y de todas las referidas mandaron se despachen libranças para que las pague el Receptor de los propios del Concejo».



Seguidamente nos vamos a referir a las rogativas públicas, teniendo en cuenta su importancia y presencia habitual durante el Antiguo Régimen, donde la vida social giraba en torno a la religión, que estaba presente en los momentos vitales más importantes de la vida cotidiana como eran el nacimiento, matrimonio y muerte. Además el calendario festivo venía determinado por celebraciones de esta índole, existiendo en todas las localidades multitud de edificios con este carácter. Asimismo eran múltiples, las procesiones y rogativas, y prácticamente toda la población pertenecía a alguna de las muchas cofradías que existían.

En este contexto, todas las calamidades públicas sólo se explicaban desde un punto de vista exclusivamente providencialista, basado en la creencia de que la actitud pecaminosa e incorrecta de la sociedad daba lugar a la ira divina, que era la causa directa de estos males. Es decir, el hombre por no cumplir con los preceptos religiosos, era el culpable directo de las calamidades que habitualmente asolaban la España Moderna171.

Esta idea se refleja claramente en la última voluntad de doña Ana de Tienda, que fue otorgada el 28 de junio de 1680, cuando la villa señorial se vio afectada de forma más grave por una peste contagiosa, que tantas muertes causaba entre sus habitantes172:

«Que luego que io fallezca, sea sepultado en el Combento, e Yglesia Parroquial de Nra. Señora de Consolazion desta Villa, en una de las sepulturas de mi parentera, o en las que pareziere a mis albazeas y que mi entierro sea solmenisimo, y que acompañen mi cuerpo el Muy Reberendo Padre Prior y demás Señores Relijiosos del dicho Convento, esto si subzediere, el enterrarme en el, y en caso que no acontezca, por causa de padezer los vezinos desta Villa por la boluntad de Dios Nro. Señor achaque contajioso es la mía, sea enterrada en la parte donde fuere costumbre sepultar, las personas que del muriesen por quanto estoy enferma del dicho achaque, y esto se a de ejecutar en caso que del paso desta presente vida, y por estar razón a de quedar la disposizion del dicho mi entierro que señalo en el dicho Combento, por ninguna y no se a de satisfazer derechos algunos por dicho fin».



Y como no había suficientes conocimientos científicos y sanitarios, con los que explicar y hacer frente con éxito, a sequías, destrucción de cosechas por agentes atmosféricos y enfermedades, el único recurso para ponerles fin era la penitencia, e implorar el perdón y la ayuda divina. Como señala Aguilar Piñal173 «la fe es entonces el único refugio ante la adversidad, y de ella se espera la conservación de la salud, la modificación de la meteorología, el remedio contra el hambre, la buena marcha de la economía, la victoria sobre el enemigo y el control de las fuerzas ocultas de la aún mal conocida naturaleza».

Pero el recurso a la fe era necesario ponerlo en práctica a través de unos intercesores apropiados. Y como indica Rodríguez Becerra, para los habitantes de una localidad, todos los seres sagrados y sus representaciones iconográficas, no tienen el mismo poder y capacidad de obrar milagros. Por ello, las peticiones se encomiendan a determinadas imágenes en función del tipo de calamidad que se sufría en un momento dado174.

Así, era habitual la invocación a la Virgen María para que intercediera ante Dios, si bien esta súplica se solía hacer a una advocación que tuviera cierto arraigo local, como sería el caso de Nuestra Señora de Consolación para poder obtener una buena cosecha de granos. También era frecuente implorar la mediación de algún santo, y éste era el papel asignado a San Pedro Mártir para evitar las sequías. Por último, con respecto a las pestes que periódicamente azotaban muchas localidades, el recurso habitual era solicitar el auxilio a San Sebastián, que era el icono especialmente indicado para poner fin este tipo de calamidad, existiendo en Doña Mencía una ermita que le estaba dedicada.

Las rogativas públicas surgían como respuesta inmediata y directa de la propia sociedad, ante situaciones muy difíciles y calamitosas, en las que estaba en juego su propia supervivencia. Por ello, solían ser expresiones de religiosidad muy espontáneas y fervorosas, que nacían al margen de la jerarquía eclesiástica, la cual también iba a intentar controlarlas y depurarlas, para que se ajustasen a la más rigurosa ortodoxia. Lógicamente, también serán utilizadas desde el púlpito por los predicadores, para pedir a la sociedad una actitud más acorde con los dictados de la Iglesia, así como para promover y potenciar la devoción a determinadas advocaciones175.

Además de las que estamos analizando, que se hacían en razón de los fenómenos naturales adversos (sequías, inundaciones, terremotos), o por problemas sanitarios derivados de epidemias contagiosas, había otras que no tenían un carácter tan popular. Eran organizadas por la propia jerarquía eclesiástica o civil, por muy diversas razones: nacimiento, matrimonio o muerte de miembros de la familia real, guerras con otras naciones, o buen gobierno.

También en Doña Mencía se dio algún caso de este tipo, como la organizada por el Ayuntamiento en 1657, con el fin de festejar la anulación de un matrimonio del duque de Sessa176:

«casamiento clandestino de doña Mencía de Abalos con su Excelencia el Conde de Cabra [...] el duque de Sesa y Vaena mi Sr. Dios le guarde [...] manda se hagan fuego y cohetes Y una Procission general [...] a Santísima de la Concepción con máscara y regocijo [...] en la Víspera de su Fiesta y lo que se gastare en ello se libre de los propios del Concejo». Además de lo anterior, se acordó que «se haga un re(gocijo) [...] toros en la plaça desta billa [...] y almoneda [...] echó el pregón», y se adjudicó a Marcos Ruiz Cubero que rebajó la cantidad a 250 reales «para que el biernes primero que biene se haga la dha fiesta y regocijo». Y en Cabildo celebrado el 23 de noviembre de 1657, se indica con respecto a la anterior fiesta: «se hicieron regocijos y fiestas en todo el estado y una fiesta a la birgen Santissima de Ntra. Sra se haga de día para celebrar esta billa fiesta al buen suceso de dho pleito con su excelencia».

En la situación tan dramática en que se encontraba esta localidad de la Subbética durante junio y julio de 1680, al verse afectada por una peste contagiosa, los vecinos recurrieron a lo que se creía que era el único remedio eficaz para ponerle fin. Y hemos visto como la súplica se hizo en primer lugar al Cristo de la Caridad, al que sacaron en procesión, pero esta invocación no surtió efecto, y se produjo una gran mortandad entre los que se encontraban en el hospital sito en la calle Granada. Y parece que nadie quiso pensar que las muertes masivas ocurridas, lo fueron debido a que el mal contagioso estaba en su punto álgido177.

En esta situación tan difícil, los mencianos no recurrieron a ningún galeno ni boticario, sino que se dirigieron al Convento de Santo Domingo, en busca de una solución a este problema sanitario, con lo que vuelve a poner de manifiesto la existencia de una sociedad totalmente sacralizada. Y deciden sacar en procesión la imagen de Jesús Nazareno, que según indica el manuscrito que narra la historia del Convento de Santo Domingo «estaba escondida a la devoción, como cosa olvidada»178.

Tenemos constancia documental, que acredita la invocación que se hizo al Nazareno para que pusiera fin a esta situación, que se refleja en muchos de los testamentos otorgados durante el verano de 1680, y de los que sólo vamos a exponer sólo algunos ejemplos puntuales.

Así el francés Miguel Malet, en su última voluntad de 23 de junio de 1680, acuerda un donativo de tres ducados para la cofradía del Nazareno179:

«Mando a Nra Señora del Rosario, tres ducados para su Santa Cofradía. Mando a Nro Padre Jesús de Nazareno, otros tres ducados a su Santa Cofradía, así es mi determinada voluntad. Mando doce reales de limosna a San Sebastián, para las obras de su Ermita».



En iguales términos se expresó Francisco Gómez Jurado, en su testamento de 2 de julio de 1680, al legarle cincuenta reales y media fanega de trigo180:

«Mando a Nro Padre de Jesús de Naçareno, zinquenta reales en dineros y media fanega de trigo, y otra media fanega a la Cofradía de Nra Señora del Rosario, y asimesmo zinquenta reales en dinero = Y zinquenta reales a Señor San Seuastian para auida a su Santa Casa, que todo mando se pague de mis bienes y hazienda por que así es mi determinada voluntad».



Por su parte María de Navas, en su postrera voluntad otorgada el 5 de septiembre de 1680, entrega un rico ornamento para mejorar su ajuar181: «Mando a Jesús de Nazareno un belo de tafetán doblete de mis bienes y hazienda, que así es mi determinada boluntad».

Es evidente que en la sociedad mediática de la época, fundamentalmente a través del púlpito y de los sermones, se atribuyó por alguna razón interesada a Jesús Nazareno frente al Cristo de la Caridad, el papel de intercesor adecuado para luchar con éxito contra las calamidades públicas, especialmente frente a las pestes contagiosas. Nadie pensó, o quizás nadie quiso hacerlo y dejar constancia de ello por escrito, que la sensible disminución en el número de personas que fallecieron durante agosto y septiembre de 1680 (uno y seis vecinos respectivamente), fue a causa de que había pasado su punto álgido, y que los que tenían que morir lo habían hecho ya.

Entiendo que la razón de esa atribución no puede ser otra, que el interés en potenciar aún más de lo que ya estaba el entusiasmo religioso al Nazareno. Y teniendo en cuenta que en esta época la Iglesia monopolizaba la formación de las conciencias182, esta idea ha pasado a formar parte de la memoria colectiva de Doña Mencía, reflejándose en todo lo que se ha publicado hasta la fecha sobre las manifestaciones de religiosidad popular183.

No sabemos a ciencia cierta si Jesús Nazareno tenía su propia capilla en el primitivo edificio parroquial. Sin embargo, tenemos constancia que mientras se realizaron importantes obras en su fábrica entre 1674 y 1685, también se le construyó una nueva, hecho sin duda relacionado con el gran fervor religioso que despertó a partir de 1680.

Se edificó siendo su mayordomo el familiar del Santo Oficio de la Inquisición don Juan Raimundo Galiano, y formando parte de su junta de gobierno el presbítero Pedro Roldán Galiano y don Francisco de Gálvez Castroverde. Así lo acredita la escritura pública suscrita por el comerciante de ganados Domingo Sánchez Rodríguez, que era natural de la ciudad de Granada, y está fechada el 26 de octubre de 1682.

Su objeto era la donación de 1.825 reales de vellón, que le eran adeudados a Domingo Sánchez Rodríguez por algunos vecinos. En concreto por el matrimonio formado por Juan Romero Roldán y María Gálvez, que le debían 825 reales, y el compuesto por Francisco Aceituno e Isabel Ortiz, cuya deuda importaba 800 reales de vellón. Don Juan Raimundo Galiano pidió al comerciante de ganados alguna limosna para ayudar a sufragar los gastos de la nueva capilla que se estaba construyendo, y éste transfirió a la cofradía el derecho de cobrar las cantidades señaladas184.

Existen otros documentos que acreditan la realización de estas obras. Así lo refleja la última voluntad de Mateo Cubero que tiene por fecha el 6 de abril de 1682, cuando dispuso que se diera una arroba de vino para ayudar económicamente a financiar sus gastos185:

«Mando un real de limosna para cada una de las cofradías desta villa. Tengo manado para la obra de Nuestro Padre Jesús Nazareno una arroba de vino, mando que se le den».



Igualmente el manuscrito que narra la historia del Convento de Santo Domingo, hace referencia expresa a esta fábrica: «siendo esta Santa Imagen un de las más veneradas en la Iglesia de este Convento, donde ay una muy lucida Cofradía, a sus expensas le ha labrado un camarín y retablo».

Pero no debemos confundirla con la que se construyó en la nueva iglesia conventual entre 1737 y 1742, que fue adquirida y ornamentada a título particular por don Juan de Alcalá Galiano Flores y Calderón, aunque fuera en ese momento su hermano mayor.

El citado manuscrito también nos indica que el pueblo de Doña Mencía acordó en acción de gracias, celebrar todos los años una fiesta en su honor el 14 de septiembre, que es cuando se celebra el día de la Exaltación de la Santa Cruz, que tradicionalmente se vincula con las cofradías de esta advocación y de la Vera Cruz.

No hay constancia documental en el Archivo Histórico Municipal de Doña Mencía de la adopción de este acuerdo. La primera referencia que hemos encontrado corresponde al Cabildo municipal de 28 de julio de 1725, al señalar los actos públicos religiosos en que era obligatoria la asistencia de sus miembros, entre las que se incluye esta conmemoración religiosa186.

Y es a partir de 1727 cuando comienzan a aparecer en la documentación del Ayuntamiento algunos datos sobre la misma. La primera es del 13 de septiembre de ese año, al nombrarse a don Juan Jacinto Jurado Mansilla como mayordomo encargado de su organización187:

«Asimismo, dichos Señores digeron que esta Villa, tiene perpetua obligazion de zelebrar Fiesta a Nro Padre Jesús de Nazareno, el día catorze de septiembre de cada un año, y por que esta se haga con toda solemnidad como es de uso al Señor de Zielos y Tierra, desde luego nombran por Mayordomo de dicha Festibidad para el año que viene de mil sietezientos veinte y ocho, a dicho Juan Jazinto Jurado, quien con toda prontitud se ofrezio a cumplir con este encargo, solizitando la mayor venerazion y culto a Nro. Padre Gesus de Nazareno que es a lo que deue atender, y así lo acordaron dichos Señores».



Como hemos indicado, desde finales del siglo XVII Jesús Nazareno se convirtió en el intercesor adecuado para luchar contra la peste, y los mencianos volvieron a invocar su ayuda en los años 1834 y 1855, ante el cólera morbo que afectó a Doña Mencía y que causó un número muy elevado de fallecimientos entre los vecinos. Y es precisamente en el acta capitular fechada el 14 de agosto de 1834, donde hay una alusión expresa a la razón de la ausencia, en la documentación existente en aquel entonces en el archivo municipal, de referencias al acuerdo de celebrar esta fiesta, pero dando a entender que existió y que posteriormente se perdió el documento que lo recogía188:

«que son respectivos a esta Secretaría y Archivo, por hallarse desglosados parte de algunos cuadernos cuya falta se acaba de notar en la búsqueda de el origen de una función que todos los años se hace en esta Villa en el día catorce de septiembre a Nuestro Padre Jesús Nazareno, [...] en acción de gracias desde el contagio que invadió esta Población en el año pasado de mil seiscientos ochenta; habiéndose también notado la falta de algunas foxas de los Libros Capitulares de diversos años».






Otras imágenes que también eran veneradas por los mencianos

La devoción a Santo Domingo de Guzmán fue una de las que más promovieron los dominicos, por ser el fundador de la orden mendicante. Además desde la silla de Osio también se fomentó esta veneración, y siendo obispo don Juan de Toledo acordó en 1529 que en todas las parroquias del obispado hubiese un altar o imagen de este santo, y en 1534 dotó una fiesta para el Santo Patriarca, con la finalidad de promover su culto y devoción, así como que se extendiese por el territorio diocesano la Orden de Predicadores189.

Otro titular de la mitra cordobesa, el también dominico fray Diego de Mardones, hizo saber lo acordado por Gregorio XIII en una bula dada en 1577, disponía que en aquellas poblaciones donde hubiera algún convento de la orden, se celebraría el 4 de agosto la fiesta de Santo Domingo de Guzmán, concediendo cuarenta días de indulgencias190:

«En el año de mill y seiscientos y siete a los doce de julio, Don Fr Diego de Mardones, Obispo de Cordoua y fraile desta Sagrada Religión, despachó un mandamiento de molde por el qual auisa a todos los eclesiásticos de su Obispado y Seglares del, como la Santidad del Papa Gregorio tercio décimo: en los años pasados de mill y quinientos y setenta y siete, concedió un Brebe para que en los lugares de los Reinos de España a donde ubiere Monasterio de frailes y monjas de la Orden de Predicadores, se guarde y zelebre la fiesta de nuestro glorioso Padre Sto. Domingo, interuiniendo el consentimiento de los ordinarios, y assi de pedimiento del Prior de S. Pablo de Cordoua, que requirió con el buleto, el dicho Sor Obispo mandó que de allí en adelante se guardase por día de fiesta el día de Nro. Glorioso Padre Sto. Domingo a los quatro de agosto. Y concedió el dicho Obispo quarenta días de indulgencia».



Por todas estas razones, el hijo de la beata Juana de Aza fue objeto de especial veneración desde muy tempranas fechas, conforme acreditan testimonios documentales de los que vamos a exponer algunos ejemplos. Así lo refleja la última voluntad de Fernando Padillo otorgada el 26 de agosto de 1523, cuando acordó que su cuerpo fuese amortajado con el hábito de Santo Domingo de Guzmán191:

«e mando que me entierren en el habyto del Señor Santo Domingo, por rogar con mi Señor Jechirsto por anyma. Yten mando que venga por my cuerpo el Prior e Convento con la Cruz, e que me hagan mis tres asientos, por las calles e que me digan mis nueve días e que los ofrenden de pan e vyno e çera al cabo de los nueve días me dygan otra Misa, e Vigilia, e al cabo del año otra misa e Vygilia llana».



De igual forma se expresa Pedro López Bujalance en su testamento otorgado el 1 de agosto de 1548, al disponer también que sea sepultado con esta vestidura para ganar las correspondientes indulgencias192. Por su parte Alfonso García Roldán, en su postrera voluntad fechada en 1580, decide la celebración de una misa por su ánima, que ofrece a este santo193. Otro ejemplo devocional resulta de una manda pía de Domingo Rodríguez, «de nación portugues», y que está fechada el 2 de octubre de 1623, para que se oficien tres sufragios por su alma, dedicados a Santo Domingo de Guzmán, San Jacinto y San Pedro Mártir194.

También tenemos noticia de la existencia de cuadros en los domicilios de los mencianos, con la imagen del fundador de la orden mendicante, siendo éste un fiel reflejo del fervor religioso que suscitaba. Así nos lo hace saber el inventario de bienes que se hizo a la muerte de la beata Francisca de San Jerónimo, que está fechado el 3 de noviembre de 1623195: «dos paramentos pintados de a tres piezas, del uno tiene Ssanto Domingo y Ssan Francisco, y el otro nuestra Sra del Rosario y Ssanta Catalina Mártir».

Asimismo, podemos acreditar la existencia de una capilla que le estaba dedicada en la primitiva fábrica de la iglesia conventual, donde se encontraban los libros sacramentales y la pila bautismal. Así nos lo hace saber un importante testimonio documental que tiene por fecha el 25 de enero de 1729, y se refiere a las diligencias practicadas para nombrar caballero de Santiago a don Juan José de Alcalá Galiano Flores y Calderón, entre las que se incluye la visita a los libros sacramentales que allí se encontraban, para examinar su certificado de nacimiento196:

«En la dicha de Dª Menzia del Reyno de Córdoba, en dicho día veinte y zinco del mes de enero de mil setezientos i veinte y nuebe, pasamos al Combento de Nra. Sra. de Consolación, Horden de Predicadores; donde esta la Parroquia única de esta Villa, y aviendo encontrado al R.P. Presentado Fr Francisco Angel, Prior de dicho Conbento i Párroco de dicha Villa, le exhortamos y de parte de Su Magd, le requerimos nos exiviese los Libros de Baptismos, Desposorios y demás que se hallasen y pudiesen conduzir a nuestra Comisión; él qual dijo estava pronto, i en su ejecuzion ordenó al R. P. Fr Juan Romero, a quien tiene nombrado Teniente de Cura Animorun, i en quien para las llaves del Archivo, para que nos los franquee; y entrándonos en la Yglesia, nos condujo a la Capilla de Nro. Pe Santo Domingo, donde está la Pila Baptismal i el cuerpo del Ebangelio de dicho Altar, ai una alazena de dos ojas i dos llaves, y zerradura que dicho Pe F Juan nos avrio en presenzia y con asistenzia de Matheo Gómez Moreno, Escribano Real i del Cavildo de esta dicha Villa, para mor justificazion asistió a este acto: y entre diferentes Libros que nos manejamos, encontramos uno forrado en pergamino, bien tratado».



Como más adelante veremos, cuando se levantó entre 1737 y 1742 la nueva fábrica parroquial, se le construyó una nueva que fue adquirida por un destacado miembro de la familia menciana de los Valera, concretamente el presbítero don Juan Santos Valera Roldán197.

Los dominicos también promovieron la veneración a San Jacinto en aquellas localidades donde existían conventos de su orden. Aranda Doncel nos hace saber de las celebraciones religiosas organizadas a su instancia en la Santa Iglesia Catedral de Córdoba, así como en el Convento de Nuestra Señora de Guadalupe de Baena, con motivo del proceso de canonización que tuvo lugar en los últimos años del siglo XVI198.

Lógicamente, en Doña Mencía sería intenso el fervor religioso a este destacado miembro de la Orden de Predicadores, siendo muchas las mandas que lo manifiestan. Así resulta del testamento de Benita Fernández otorgado el 13 de marzo de 1605, cuando dispuso que por su ánima se oficiaran varias misas, entre las que se incluye una dedicada a San Jacinto199:

«Mando digan por mi ánima una misa reçada a el Espíritu Santo. Yten mando se digan por mi ánima una misa a el Nombre de Jesús reçada, y otra a San Jazinto reçada. Yten mando se diga una misa reçada a Nuestra Sra de los Santos, otra a Nra Sra del Rosario, y otra a Nra Sra de las Angustias, reçadas».



La más elocuente de todas las que hemos encontrado, aparece reflejada en la última voluntad de Pedro García Jurado, que está fechada el 1 de julio de 1612. En dicho documento, además de hacer una declaración expresa de la veneración que sentía, consta un donativo de ocho fanegas y media de trigo200:

«declaro que yo e tenido deboción con el bienabenturado San Jazinto, y en su nombre e senurado algunos pepujares, ellos quales an procezido ocho fanegas de trigo, las quales están en mi poder, mando se paguen al bienabenturado Santo de mis bienes [...] declaro que asimismo de presente tengo senbrado este presente año media fanega de trigo a medias con el bienabenturado San Jazinto, lo qual esta señalado aparte, mando que de lo que prozediere de dicho sembrado, se dé la mitad al bienabenturado Santo, demás de las dichas ocho fanegas anteriores».



Otra de las imágenes marianas, que también gozó de cierta devoción durante el siglo XVII fue Nuestra Señora de los Santos, disponiendo de apoyatura documental que acredita nuestra afirmación. Así resulta de una manda pía, contenida en el testamento que hemos visto de Benita Fernández y que fue otorgado en 1605201.

Esta advocación también tuvo su propia cofradía, que era la encargada de darle culto. Así lo indica la última voluntad de Antonia de Vera otorgada el 11 de mayo de 1641, al legarle una limosna en dinero202: «Yten mando para la cofradía de Nra Sra de los Santos desta uilla medio ducado de limosna».

Otro ejemplo devocional, se expresa en el testamento cerrado de Jerónima de León, otorgado el 3 de enero de 1675, que acuerda la donación de un velo de tafetán azul para su ajuar203: «Iten mando se le dé limosna a Nuestra Señora de los Santos que está en dicho Convento de dicha Villa un belo de tafetán açul y que en ello no aya dilación alguna».

En el mismo sentido se expresa la postrera voluntad de don Juan Alcalá Galiano otorgada el 17 de junio de 1680, legando a su cofradía cincuenta reales que serían destinados a sufragar una fiesta que se celebraba en la Pascua del Espíritu Santo204:

«Mando doscientos reales de limosna a la Cofradía de la Charidad de esta dicha Villa, y cinquenta a la de Nra. Señora de los Santos, y que la Misa que se dijere el día de su Festividad, que es en la Pasqua de Espíritu Santo, después de mi fin y muerte se diga por mi ánima».



El de don Sebastián Pérez de Castro otorgado el 25 de agosto de 1708, nos hace saber que disponía su propio altar en la iglesia conventual donde recibía culto205:

«Sea sepultado en el Combento e Iglesia parrochial de Nuestra Señora de Consolación desta uilla, que es del orden de predicadores, en una sepultura de las de la Santa Caridad, que está junto al altar de Nuestra Señora de los Santos».






La veneración al Santísimo Sacramento y las fiestas del Corpus Christi

En estos momentos, no tenemos constancia de la fecha exacta de la fundación de la Cofradía del Santísimo Sacramento. Pero al igual que en otras localidades, ya debería existir a finales del siglo XVI o principios del XVII, pues la autoridad diocesana ordenó que en todas las parroquias existiera una cofradía, dedicada a dar culto al Santísimo Sacramento y a sus funciones religiosas y procesionales.

Los ejemplos concretos de esta devoción serían los siguientes: la adoración al Santísimo manifiesto; estación ante el Santísimo para conseguir sufragios por el alma; la procesión del viático para los enfermos e impedidos; la festividad del Jueves Santo; la procesión del Corpus Christi y su octava.

Podemos acreditar de forma fehaciente su arraigo y antigüedad, tanto con la fundación de memorias perpetuas, como con otro tipo de mandas pías a favor de la cofradía encargada de promover su culto. Con respecto a las primeras, en la temprana fecha de 1548 el bachiller Hermosilla y su esposa Isabel de Castro, fundaron sobre bienes raíces de su propiedad, una memoria con la obligación de celebrar varias misas por las ánimas de sus padres, y lo que es más importante, que también se pusiera un cirio de cera blanca delante del Monumento al Santísimo el Jueves Santo206:

«el bachiller Hermosilla y Isabel de Castro su muger, hija de Juan Gómez Castro Verde y de Elvira Pérez [...] se convinieron con este Convento en que por dos missas reçadas, que se avian de decir por las animas de sus padres, cada fiesta de Nuestra Señora de cada un año, y por que el Juebes Santo de cada un año pusiesen un cirio de cera blanca delante del Santísimo Sacramento en este dicho Convento, y que asimismo, digesen una Missa de la Concepción de Nuestra Señora en cada un año en su día y a la tarde una Vigilia. Y el día siguiente, una Missa de Réquien Cantada».



Otra similar, consta en el testamento de Bartolomé Ruiz de Almoguera otorgado el 7 de abril de 1644, al gravar algunas de sus propiedades, con la obligación de poner una libra de cera todos los años, con la finalidad de alumbrar al Santísimo el Jueves Santo207:

«Bartolomé Ruiz de Almoguera [...] dexo a este Convento una Memoria Perpetua de ochenta reales de réditos en cada un año: y dexo asimismo, una libra de cera anual para alumbrar al Santísimo Sacramento, que según todos los años el Juebes Santo, a cuyo saneamiento hipotecó el dicho patronato [...] con cargo de veinte misas que se han de decir por los religiosos de este Convento todos los años; conviene a saber, quatro a el Nacimiento de Nro. Señor Jesús Xpto, en sus días de Navidad; tres a la Santísima Trinidad, en la Pasqua del Espíritu Santo; y nueve Misas a las nueve fiestas de Nra. Sª, y una Misa por las Animas del Purgatorio [...] Las tres Misas restantes son a los tres Santos Reyes Magos».



También se acredita con los donativos que se hacían a su cofradía, y que ponen de manifiesto el arraigo al culto eucarístico entre todas las capas sociales mencianas. La primera referencia que aportamos consta en el testamento de Pedro López Bujalance otorgado el 2 de agosto de 1548, al dar un donativo de medio real para la cera del Santísimo208. De igual forma se expresó Cristóbal Ruiz de Úbeda en su última voluntad fechada el 21 de septiembre de 1599, repitiéndose esta manda pía en casi todos los testamentos otorgados por los mencianos durante el siglo XVII209: «Mando para la zera con que se acompaña al Santísimo Sacramento un rreal».

En el de doña Juana Díaz, esposa que fue del regidor don Bartolomé Romero Roldán y datada del 22 de octubre de 1648, se refleja la pertenencia a esta cofradía de los estamentos sociales más privilegiados210: «Yten mando me acompañen mi cuerpo el día de mi entierro los hermanos de la Cofradía del Sançtísimo Sacramento con toda la zera de la dicha Cofradía, y se pague limosna».

Asimismo, la anterior cláusula nos hace saber la presencia de esta hermandad en entierros de sus cofrades, así como de aquéllos que sin serlo así lo requerían por vía testamentaria. Y éste era uno de los recursos que le permitía reunir fondos, con los que poder hacer frente a los importantes gastos de los actos culturales que estaban a su cargo, que entre otros eran la procesión del Corpus Christi y su octava.

Su costo económico era sufragado conjuntamente por el Ayuntamiento y la Cofradía del Santísimo Sacramento, que para su financiación recurrió a la figura jurídica del censo, que era el tradicional sistema de ahorro de estas asociaciones durante el Antiguo Régimen211.

Tenemos constancia documental de la constitución de uno de ellos en 1675, siendo hermano mayor don Juan de Alcalá Galiano y ayudante Alonso Jiménez Caracuel, obligándose con Mateo Díaz Cantarero, doña Luciana de Porras, Pedro Ruiz Cantarero y doña Inés de Porras. Esta inversión económica se hizo con el dinero reunido por limosnas, que ascendía a 2.500 reales de vellón, al no existir en esta fecha ninguna necesidad económica212:

«Sepase por esta pública escritura, de nueva imposición de zensso real y efectiva como por parte de Juan de Alcalá Galiano, natural y vezino de esta Villa de Doña Mencía, Familiar del Santo Oficio y Tesorero de todas las Rentas, que en esta Villa tiene el Excmo Señor Duque de Sessa y Vaena, Conde Marqués desta Villa mi Señor, como Hermano Mayor que fue de la Cofradía del Santísimo Sacramento, y de Alonsso Ximenez Caraquel, Aiudante del, basada y fundada en la Parroquial y Convento de Nuestra Señora de la Consolación, Orden de Predicadores, del ba a deligenciar el susodicho y los demás hermanos y quadrilleros de la dicha Cofradía y Hermandad, se a juntado de limosnas comunes y particulares hasta en quantidad de dos mill y cincuenta reales de vellón, y no teniendo la dicha Cofradía de presente necesidad alguna actuales, consumir y convertir el este dinero de consentimiento de el dicho Don Juan de Alcalá Galiano y demás quadrilleros a sido rresolución común y de parecer de todos nemine discrepante que la dicha cantidad se imponga a censo para de sus réditos y tributos goce la dicha Cofradía, y para que la dicha imposición tuviese su debido efecto, [...] el dicho Don Juan de Alcalá Galiano, aviendo sido solicitado por Mateo Díaz Cantarero y Doña Luciana de Porras su muger, y Pedro Díaz Cantarero y Doña Iness de Porras su muger, hermanos y cuñados para que les diese la esta cantidad a censso y tributo, además de pedirles segurass hipotecas, [...] venden y dan enteramente por juro deredad desde aora para siempre jamás, a la Cofradía del Santísimo Sacramento desta Villa, fundada en la Parroquial y Convento de Nuestra Señora de la Consolazion del Orden de Predicadores, y a quien en su derecho subzediere, tres mill quatrocientos reales y ochenta y quatro maravedís de vellón, que recivieron por mano del dicho Joan de Alcalá Galiano, Hermano Mayor que fue de la dicha Cofradía, a razón del veinte y uno, conforme a la nueva Prematica de S M pagadas por los días de Pasqua de Resurreczión de cada un año, al de que an de ser obligados a hacer la próxima paga de la prorata que le correspondiere, desde oy día de la fecha hasta el día de Pasqua de Navidad del año que viene, de mill y seiscientos y setenta y seiss, y la segunda otro tal día, y así las demás pagas subzesivamente por los dichos días, juntos en una paga la qual dicha cantidad vendieron a la dicha Cofradía».



Este documento también señala el destino de los intereses que se cobrarían cada año, que servirían para sufragar los gastos de la fiesta que se haría en honor del Santísimo Sacramento, y que tenía lugar el domingo anterior al Corpus:

«y es condizion que los dichos tres mill y quatrozientos y ochenta y quatro maravedís, que importan los rreditos deste dicho censo, y atendiendo a su buena disposición y rreverencia devidos al Santísimo Sacramento del Altar, y que Su Divina Majestad ensalçando los dichos corridos, se avian de destribuir y destribuyen para siempre jamás en una Fiesta, que se a de celebrar y celebre por la dicha Cofradía y demás hermanos y quadrilleros della, a onrra y gloria del Santísimo Sacramento, la qual tenga obligación de hacer y decir el Domingo próximo del día del Corpus Christi de cada uno año, y no se a de poder destribuir ni distribuian los dichos corridos de prinzipal del deste dicho Censso en otra cosa alguna, sino fuere en la dicha festividad, porque mediante questa condizion tubo efecto el cumplimiento desta Escritura».



La fiesta del Corpus Christi hunde sus raíces en la Edad Media, al generalizarse la devoción al Santísimo Sacramento, que había comenzado en 1246 en el obispado de la ciudad belga de Lieja por la beata Juliana. Desde ese momento se propaga por todo el Occidente europeo, celebrándose en Sevilla por primera vez en 1282, y en Granada tras su conquista por los Reyes Católicos.

Se trataba de una conmemoración religiosa muy importante y solemne, pero impregnada de elementos festivos, y ese carácter venía determinado por la bula Transituris de hoc mundo, publicada por el papa Urbano IV el 8 de septiembre de 1264, que supuso su consagración con carácter universal213:

«Así los clérigos, como los legos, gozosos, se levante en cánticos de alabanza; los corazones, los afectos, las voces y labios de todos tributen himnos de saludable alegría; canta la fe, dance la esperanza, salte de placer la caridad, haga aplauso la devoción, el coro jubile, la pureza se alegre; todos y cada uno con ánimo regocijado y pronta voluntad, se junte y exerciten en sus habilidades, para celebrar la grandeza de tan soberana fiesta».



Por los rasgos antes reseñados se convirtió en una de las más importantes del ciclo festivo anual, engalanándose las calles por donde discurría la procesión, y haciendo alfombras con hierbas aromáticas y flores. Asimismo participaban el Ayuntamiento, autoridades judiciales, el Convento de Santo Domingo, las hermandades de gloria y de penitencia, y la de Ánimas, estando representados también los gremios de la localidad, conforme a un riguroso orden jerárquico. El desfile discurría por las calles principales, y el mismo quería significar al conjunto de la villa bajo la presidencia del Santísimo Sacramento, estando representada por sus corporaciones, armónica y jerárquicamente establecida214.

Junto a la procesión había otros elementos que no eran religiosos, pero que le daban ese encanto especial, convirtiéndola en una de las fiestas con más arraigo popular. Participaba de forma activa el pueblo llano, siendo uno de los pocos momentos en que las clases populares podían expansionarse sin ataduras, en la rigurosa sociedad de la época.

Lo más significativo de lo profano de esta celebración eran la tarasca, así como las danzas y autos sacramentales. Sobre la tarasca diremos, que eran composiciones alegóricas de los vicios humanos, que se representaban de forma grotesca, y que se veían atacados y dominados por las virtudes cristianas. Pasó a formar parte del cortejo procesional al principio del desfile, y era tal la diversión que causaba entre los vecinos que veían el desfile, que cuando llegaba el Santísimo, no existía ambiente apropiado para su veneración.

Nuestro estudio se va a limitar a algunos aspectos de la fiesta, fundamentalmente las danzas que se ejecutaban durante su recorrido, pues en la documentación del Archivo Histórico Municipal de Doña Mencía sólo se reflejan datos sobre estas últimas, si bien tenemos constancia que durante el siglo XVIII, también se acompañaban con fuegos artificiales.

Antonio Gómez Pérez ha publicado un exhaustivo trabajo sobre el Corpus Christi durante el siglo XVII, que por su rigurosidad nos va a servir de punto de referencia215. Como hemos acreditado, los gastos eran sufragados de forma conjunta por la Cofradía del Santísimo Sacramento y el Ayuntamiento, aportando este último parte el dinero para los danzantes, así como los de la cera y fuegos artificiales.

Las cantidades que abonada por la Corporación municipal variaban de un año para otro, y a veces resultaban de lo recaudado en concepto de multa. Ejemplo de lo indicado, resulta del documento municipal fechado el 25 de mayo de 1653, que nos hace saber la identidad de las personas que habían cometido algunas faltas administrativas, y que con la sanción que le fue impuesta por tal razón, se pagaron las danzas de ese año, ascendiendo a 353 reales de vellón, la cantidad satisfecha a los gitanos que las ejecutaron:

«Gasto la Dança de el día Corpus Cristi del año 1653.- Parece que a Francisco de Arrebola vezino de Zuheros se condeno en beinte y quatro reales. A Cristóbal Laguna en doce reales. A Andrés Bonilla en doce reales. Juan Solado en doce reales. Lorenço Moiano en doce reales. Todos los quales se les condeno por una pendençia de que salido tenido Francisco Jíl vezino desta Villa, condenoles Su Md Pedro García Castroberde, pasó la causa ante mi.

Condenóse a Juan de Medina en dos ducados por aber tenido pendençia con Pedro Urbano su cuñado. A Antonio de Bera Asensio se condenó en doce reales por una pendençia que tubo con Juan León. Todo lo qual se aplico al Sançtisimo Sacramento para su día y Otava y se gastó en ello de que doi fee porque se pagaron a los gitanos por la dança la qual se conzerto en treszientos y cinquenta reales y lo demás cantidad pagó el Cabildo de sus efectos, pónese estaron para que se entienda fho en Doña Mencía en veinte de Junio de Seiscientos y cinquenta y tres».



Ya hemos señalado como el acta capitular de 28 de julio de 1725, determinó cuáles eran las fiestas religiosas, en las que era obligatoria la presencia de todos los miembros de la Corporación municipal, salvo que por enfermedad o ausencia se excusaran. Entre ellas se incluía el Corpus y su octava, y el incumplimiento de este acuerdo suponía una multa por importe 1.000 maravedíes, que también se destinaban a sufragarlas216:

«y que la persona que faltare en qualquiera de ellos no auiendo los motibos arriba referidos de ausenzia o enfermedad, se le saque por los Señores Juezes mill mrs yndefectiblemente por bia de castigo que entren en el arca del Santísimo Sacramento y para que llegue a notizia de todos los agregados a este Conzejo que tiene asistenzia en actos públicos, el presente Escriuano de Cauildo se haga sauer esta Probidenzia y asi lo acordaron y firmaron de que doy fee».



En 1658 se abonaron por el Ayuntamiento sólo sesenta reales y medio. El Cabildo celebrado el 13 de junio de 1663, nos hace saber que los gastos municipales, sin incluirse los correspondientes a las danzas, fueron 15 reales217.

En 1672 sumaron doscientos ochenta y un reales y medio, como refleja el acta de 16 de junio de ese año, que también indica que además del dinero entregado al castellano nuevo Sebastián de Heredia, se les daba a los danzantes que participaban comida y vino:

«Mandaron se libren en Antonio de Bera Asensio, Receptor de los Propios del Concejo de esta Villa, ducientos y ochenta y un reales y medio, que pague a Sebastián de Eredia, castellano nuevo, por la dança de la Fiesta del Corpus y su Otaba, deste presente año, que se compone de veinte y dos ducados que se le dan y ocho reales de dos arrobas de bino, y quince reales de una obeja, y diez y seis reales y medio de veinte panes que todo hace la dicha cantidad, y se despacha librança con la qual y carta de pago se le reciban y pasen en quenta en la que diere de su cargo».



Más expresivo es el celebrado el 27 de mayo de 1674, que encargó a José Fernández sacase una danza con tres hombres y tres mujeres, en precio de 369 reales de vellón, que serían pagados en sus dos terceras partes por el Concejo municipal, y el resto la cofradía218:

«Dijeron por sus Mrds, se ajustó con Joseph Fernández vezino de esta villa, el que sacase una dança con tres ombres y tres mujeres para que baylasen en la Festiuidad del Corpus y su Otava, en precio de trescientos y sesenta y nuebe rreales, de cuia cantidad se debe pagar por este Concejo dos tercias partes, y la otra la Cofradía del Santísimo Sacramento, y porque por parte del dicho Joseph Fernández, ha pedido se le haga pago de lo que por este Concejo se le ubiere de dar. Mandaron se despache libramiento para que Joan del Campo, Receptor de los Propios del, le dé y entregue ducientos y quarenta y seis reales, que ymportan las dichas dos tercias partes de los dichos trescientos y sesenta y nuebe reales, y que con ella se recibo se le pasen en sus quentas».



El 12 de junio de 1676, se acordó el libramiento de 101 reales y cuatro maravedíes para sufragar las danzas de ese año, que fueron efectuadas otra vez por José Fernández y Jacinto de Rojas y sus mujeres219:

«mandamos nos el Conzejo Justicia y Rrejimieto de la uilla de Dª Mencía a Joan Cubero Henares, recetor de los propios del cauildo della, que luego que conste nro libramiento sea requerido por parte de Joseph Fernández y Jacinto de Rrojas, castellanos nuevos, vecinos desta uilla, les de y entregue ziento y un reales y quatro mrs que el la misma cantidad en que se austó con los susodichos por que bayle en el día del Corpus Cristi y octaba, en las prozesiones juntamente con sus mujeres; que con este nro libramiento y rrezibo de sos susodichos, seram bien dados y entregados y se le rrezebiran en quenta las que diere de su cargo, fho en la uilla de Dª Mencia a doce días del mes de junio de mill y ss y setenta y seys años =».



El Cabildo de 4 de agosto de 1677, nos indica que las danzas que importaron 250 reales, que fueron satisfechos a Sebastián de Mármol, vecino de Baena y también castellano nuevo. Además, una vez que finalizada la danza se invitaba a comer a los danzantes:

«Cinquenta rreales, que en birtud de cédula su fha de veinte y dos de março deste dicho año, parece pagó a Sebastián del Mármol, castellano nuebo becino de Baena, que se le dieron por quenta de la cantidad en que el tubo concertada la Dança del Día del Corpus [...] Ciento y cinquenta reales, que en birtud de cédula su fha de diez y siete de junio pasado deste dicho año, pagó a Sebastián de Mármol castellano nuevo, becino de Baena, que se le restaban debiendo de su salario y a los demás dançantes de las Danças sacó el día del Corpus y su Otaua en esta Villa, que tocó pagar al Concejo ducientos reales que los otros cinquenta tiene entregados como consta de cédula = Y asimismo, quarenta y tres reales que en birtud de dicha Cédula pagó a Juan de Alcalá Galiano, Maiordomo de la Cofradía del Santísimo Sacramento que le tocó dar a el Concejo de la comida que se le dio a dicha dança, por los dos son ciento y nobenta y tres reales».



En 1678 volvieron a danzar los castellanos nuevos José Fernández y Jacinto de Rojas, recibiendo cien reales, y el resto sería pagado por don Pedro Roldán Rubio, que era mayordomo de la Cofradía del Santísimo220:

«Mandamos nos el Cauildo juntamo y Regimiento de la uilla de Dª Mencía as Gabriel Rodríguez Moiano, vecino y rrecetor de los propios del cauildo della, que luego que conste nro libramiento, se a rrequerido por parte de Joseph Fernández y Jacinto de Rojas, castellano nueuo, les de y paguen cien realess que valen tres mill y quatrocientos reales, por los mesmos que a los suodichos le an sido mandados librar en dicho rrecetor de propios por cauildo que por nos a sido celebrado ante el presente scriuano, oy día de su fha, por auer dançado los rreferidos y sus merzes en la fiesta del Corpus deste pressente año, por quanto la demás cantidad a sido costumbre dar a las personas que an dancado en la festiuidad del Corpus se les a de dar y satisfacer por el Sor Pedro Roldán Rubio, alcalde y juez ordinario desta uilla y hermano maior de la cofradía del Santísimo Sacramento, para conste nro libramiento y rrecibo de los susosdichos serán uien dados y pagados, y se le rreciuiran en quenta en las que diere de dichos efectos, fho en la uilla de Doña Mencía en primero día del mes de junio de mill y seiscientos setenta y ocho».



En los ejemplos expuestos, hemos visto como las danzas eran ejecutadas habitualmente por «castellanos nuevos». De esta forma, además de obtener unos jugosos recursos económicos, se integraban de alguna manera en la rígida estructura jerarquizada de la sociedad del Antiguo Régimen, teniendo en cuenta que se trataba de un grupo social marginado.

Por último, nos vamos a referir a un valioso testimonio documental, que refleja con detalle las ricas alhajas de la Cofradía del Santísimo Sacramento, lo que daba lugar a que sus desfiles procesionales fueran muy vistosos y estuvieran llenos de esplendor221:

«Una Custodia de plata sobredorada de sinco cuartas y sinco dedos de altura, con su seril de oro y un arco de plata sobre dorada, guarnesido por el frente de diamantes, y una parra de diez racimos de perlas, cuatro ramelos pequeños de espigas de oro, que contienen once, y por el respaldo guarnesido de esmeraldas y diamantes, cuya Custodia se conserba en su funda de madera forrado por dentro con terciopelo. Unas andas de plata con sus barales de lo mismo, para dicha Custodia de dos baras de altura. Un ramo de plata con su pie para el remate de dichas andas. Cuatro remates de plata para los cuatro barales. Cuatro iden de metal dorado para los entierros de las mismas. Ocho corterías de lama de plata para la corgadura de dichas andas con fleco de oro. Cuatro iden de seda blanca para los colaterales de la misma. Un pedazo de lama de plata para la cúpula de la misma. Ocho lazos de tarco para los pabellones de dichas andas. Una cerca del ancho de seis dedos de lama de plata con diez y seis campanetas de lo mismo, fleco de oro y ocho pasos de terco. Cuatro horquillas de oja de plata de vara y media y cuatro dedos de altura para llebar dicha Custodia. Cuatro varas de palio forradas de oja de plata, de tres varas y media de largo para la misma. Un paño de lama de plata para sitado palio, con fleco de oro».






La Cofradía de las Ánimas Benditas

La devoción a las Ánimas Benditas hunde sus raíces en la Edad Media, pero es a partir del Concilio de Trento cuando se produce la popularización y propagación de su culto, que se reflejará de varias formas: a través de multitud de mandas pías que le eran ofrecidas; la constitución en casi todas las colaciones de cofradías con el nombre de Ánimas Benditas; la existencia de capillas con esta advocación; por último, mediante múltiples representaciones iconográficas.

Al igual que las del Santísimo Sacramento, estaban formadas mayoritariamente, por aquellas personas que se hallaban más estrechamente vinculadas a las parroquias, fundándose la mayoría de las veces a instancias de la propia autoridad diocesana, y careciendo por ello del respaldo popular de las penitenciales.

Su objeto era ofrecer sufragios por las ánimas que se encontraban en el Purgatorio, entendido éste como el lugar o estado de expiación de los pecados veniales, cometidos en vida por una persona ya difunta, y que no han sido perdonados debidamente. Normalmente, se celebraban los lunes de cada semana, en un altar o capilla que con esta advocación existía en cada iglesia.

La celebración de misas junto con la oración y penitencia, se consideraba como la manera más eficaz, de acortar la dura y penosa estancia de las almas en dicho lugar. Como nos cita Matarín Guil222 «las obras con que podemos socorrer a las Almas, son en una de tres maneras: la primera y más principal, es el Santo Sacrificio de la Misa: la segunda es la Oración: la tercera, todas las obras penales, con que se satisface; como son la limosna, ayunos, penitencias, peregrinaciones y cosas semejantes» (Ribadeneyra, P. Todos los Santos - Las Ánimas. Barcelona, Consortes Sierra, 1790).

Existe apoyatura documental, que nos hace saber que ya desde el primer tercio del siglo XVI estaba arraigada en Doña Mencía esta devoción. Así lo acredita el testamento de Fernando de Padillo, otorgado el 26 de agosto de 1523, en el que consta una referencia expresa a misas que le eran ofrecidas223:

«Yten mando que digan por anyma veinte misas rezadas y se paguen por las decir lo acostumbrado. Yten mando que digan por el anyma de mi padre y de my madre que aya gloria, mando que se digan por cada uno diez misas rezadas. E mando por las anymas de mis cuatro abuelos veinte misas rezadas, e por las anymas del Purgatorio cuatro misas».



En iguales términos, se expresa la última voluntad del comerciante de paños Francisco López Bujalance, y que tiene por fecha el 2 de mayo de 1548, al disponer se oficien por las Ánimas Benditas cinco misas rezadas224:

«Yten mando que digan por las ánimas de Purgatorio çinco Misas Rezadas y por las dezir den lo acostumbrado. Yten mando por las ánimas de mi padre y madre y quatro aguelos çinco Misas Rezadas, y por las dezir den lo acostumbrado».



De forma similar lo hizo Alonso García Roldán, en su testamento otorgado en 1580, donde expresa el fervor religioso que suscitaban las Ánimas del Purgatorio225: «Yten mando que digan por las Animas de sus Padres e suegros difuntos quatro Misas Rezadas. Yten mando que digan por las Animas de Purgatorio dos Misas Rezadas. Yten mando que digan por mi anima dos Misas ofrezidas a Sr. Sn Joseph Rezadas».

A partir de esta fecha, casi todos los mencianos manifiestan su deseo, de oficiar un determinado número de misas, por las almas de las personas que pudieran estar en el Purgatorio. Esta idea fue promovida en el Concilio de Trento, pues ofrecer estas misas suponía establecer una relación entre la iglesia militante y la purgante, mediante su ayuda espiritual específica, pues las oraciones ofrecidas por las Ánimas del Purgatorio eran correspondidas por éstas al salir de dicho lugar226.

Con respecto a las memorias perpetuas, también vamos a exponer varios ejemplos que vuelven a acreditar su antigüedad y arraigo. El primer testimonio, resulta de la donación de un censo hecha por Antonio de Navarrete al convento el 31 de octubre de 1583. En contraprestación, habrían de celebrarse todos los años varias misas, y entre ellas dos rezadas el día de las Ánimas Benditas del Purgatorio227.

En parecidos términos se expresó don Cristóbal Noguera, quien en su testamento otorgado el 3 de mayo de 1587, hizo una importante donación de tierras a los mendicantes, a cambio de que se oficiaran varias misas por su alma, entre las cuales había otra rezada el día de las Ánimas, estando obligados a poner dos cirios de cera sobre su sepultura228:

«Xpoval de Noguera [...] y mandó a este Convento una haça de pan sembrar en el Cortijo que llaman del Alférez, término de Vaena, linde por todas partes con haça de la Duquesa de Vaena con jurisdicción de agua y dehesa y lo demás que le pertenece, mandó también otras haças que después las revocó por un codicilo que hizo a tres días de maio del dicho año, sobre las quales trae pleito el Convento, con cargo que el Convento le enterrase y por un año entero digesen cada domingo una Missa Rezada y un Responso sobre su sepultura, y cada semana perpetuamente tres Missas Reçadas con sus Responsos, y una Misa Rezada el día de la Natividad de Ntro Sr, y que el día de Todos los Santos sea el Convento obligado a poner dos cirios y decir una Missa Rezada el día de las Animas».



Gonzalo de Navarrete, hijo del citado Antonio de Navarrete, también erigió otra fundación pía el 25 de abril de 1590, a fin de que se encendieran unos cirios el día de Todos los Santos y de las Ánimas en la capilla de su propiedad, que estaba situada junto al retablo de Nuestra Señora de los Apóstoles. Además dos misas rezadas en las fechas señaladas, y una cantada el día de San Ascisclo y Victoria. Estaba dotada con un importante censo de 10.000 reales de vellón como principal, por el que se abonaban 714 maravedíes229.

Otro ejemplo resulta de la memoria perpetua de don Rodrigo de Carmona, según una cláusula testamentaria fechada el 29 de mayo de 1626. Dispuso la celebración de misas rezadas por su alma, en el día de Todos los Santos o en el de los Difuntos, estando obligados a cumplirlo sus descendientes, poniéndose también cera sobre su sepultura230.

En iguales términos devocionales, se expresó Bartolomé Ruiz de Almoguera en su última voluntad de 7 de abril de 1644, donde creó otra de veinte misas dotada con ochenta reales, oficiándose una por las Ánimas del Purgatorio231.

En estos momentos no tenemos datos concretos sobre la fecha de la fundación de su cofradía ni sobre sus estatutos. Sin embargo, a través de otras fuentes indirectas, conocemos algunos datos que acreditan su existencia, su organización en cuadrillas, y la manera de conseguir recursos económicos, que como en casos similares se basaban fundamentalmente en rentas agrarias y censales, cuotas de hermanos, limosnas y donaciones.

Un legado a su favor aparece en el testamento del familiar del Santo Oficio, don Juan de Alcalá Galiano, fechado el 17 de junio de 1680, en el que consta un donativo de cien reales232:

«Asimismo mando se dé de limosna a la Cofradía del Ssmo Sacramento de quien e sido su Hermano maior cien reales, otros ciento a la de las Vendittas Animas del Purgatorio, y que estos por mi alvazeas y con yntervenzion del Hermano Maior de dicha Cofradía, se den de limosna para Misas a los Sacerdotes, que fuera su voluntad, y que su recivo se ponga en el Libro de dicha Cofradía para que en todo tiempo conste haverse cumplido mi voluntad».



Además de dinero recibía todo tipo de bienes, que una vez vendidos servían para su financiación, como refleja la última voluntad de Juan Miguel Ortiz fechada el 28 de julio de 1698, al donarle tres celemines de trigo233: «Mando de limosna a la Cofradía de Jesús Nazareno desta uilla media fanega de trigo = y a la Cofradía de las Animas della tres zelemines de trigo».

Un legado también le hizo Tomás de Montes en su testamento, fechado el 20 de junio de 1703234: «Declaro deuo a la Cofradía de las Animas la mitad de un majano que compré con Juan de Asensio, mando se pague lo que me tocare».

Otro recurso económico, procedía de las cuotas que todos los cofrades daban en sus testamentos, como refleja el de Juan de Arjona otorgado el 1 de julio de 1706. Nos hace saber que se estructuraba en cuadrillas, a cuyo cargo estaba un cuadrillero, que era la persona encargada de recogerlas235:

«Declaro que soy hermano de la Cofradía de las Benditas Animas del Purgatorio, y quadrillero de una quadrilla de las que están formadas, y de los testamentos que son a mi cargo, se están debiendo por los hermanos de mi quadrilla diferentes canttidades de marauedís que ellos mismos dirán las que son, y si yo debiere algo ajustada la quenta hasta que se paguen lo más pronto de mis bienes».



Hemos señalado que en casi todas las parroquias, existía una capilla con esta advocación. Tenemos constancia documental de su existencia en la iglesia dominicana a principios del siglo XVII, como nos hace saber la postrera voluntad de José Antonio de Santa Cruz, otorgada el 20 de febrero de 1703, que nos informa que además de la imagen del Cristo de la Caridad, existía un lienzo que representaba a las Ánimas Benditas del Purgatorio236:

«Es mi boluntad y mando se me diga en dicho Convento un novenario de misas rezado a Nuestro Padre Jesús Nazareno, y que todas se digan en la Capilla del Santo Christo de la Caridad que se a fabricado nuevamente, donde está el lienzo de las Animas del Purgatorio, pagando la limosna que es estilo, de lo más pronto de mis vienes».



En esta capilla, se fundó una importante memoria de misas perpetuas, por parte de don Jerónimo Ortiz Cubero y don Francisco de Gálvez Castroverde, otorgándose la correspondiente escritura el 5 de marzo de 1704. Nos aporta valiosos datos sobre las ceremonias religiosas que en ella se celebraban, e informan del disfrute de ciertas prerrogativas por los estamentos privilegiados de la sociedad237.

Era prior del convento fray Juan de las Doblas, y formaban parte del cenobio los siguientes religiosos: fray Juan Valera, subprior; fray Jerónimo Madrigal; fray Tomás Ruiz; fray Juan de Porras; fray Cristóbal Ortiz; fray Jacinto Borrallo; fray Francisco Almenagar; fray Martín de Castro; fray Juan Jiménez; fray Jacinto de Corpas; fray Gaspar Roldán; fray Juan López Porras.

Como era preceptivo en estos casos, se realizó la correspondiente consulta entre los religiosos, y se solicitó al provincial de los dominicos en Andalucía, que diera la oportuna autorización para ejecutar lo acordado. Tal responsabilidad era desempeñada por fray Manuel de Santo Tomás, quien la otorgó en el Convento de Santo Domingo de Cádiz el 30 de enero de 1704, siendo refrendada por fray Fernando Gil, que era Lector de Prima.

Como hemos dicho, se encontraba una representación pictórica que representaba a las Ánimas del Purgatorio y junto a ella el Cristo de la Caridad. Ello ha dado lugar a que muchas veces se le designe como Cristo de las Ánimas, que es una expresión incorrecta, pues una cosa es la advocación concreta de una imagen, y otra es lugar donde recibe culto religioso:

«la dicha Capilla, en el Altar que ai en ella que tiene por bocazion y título el Altar de las Animas, que tiene un lienzo donde están pintadas en el buelo del nicho donde se halla colocada la imagen y cruzifijo de Xpto de la Caridad, que es propio del dicho Convento Parrochia, adonde ha de estar perpetuamente colocado».



Asimismo, en este testimonio documental delimita su espacio con detalle, haciéndonos saber que estaba junto a la de San Pedro Mártir de Verona:

«cuia Capilla esta agregada y conjunta con la que tiene advocación y título de Señor San Pedro Mártir que goza de presente en propiedad D. Jazinto Roldán Galiano, Familiar del Santo Ofizio, vezino asimismo desta Villa, que empieza desde la Pila del Agua Vendita que está en dicha Iglesia, como se entra por la puerta prinzipal della, a mano derecha y haze nave con la referida por estar juntas y agregadas con división de insolidum para cada uno la qual».



De la lectura de las cláusulas de la escritura anterior, se deduce que en razón de las muchas personas que concurrían a los actos que allí se celebraban, fue preciso ampliarla:

«Don Gerónimo Ortiz Cubero y Don Francisco de Gálvez Castro Verde, asimismo vezino desta dicha Villa, hallándose este dicho Combento Parrochia, con la determinazion hazer una Capilla para darle más lugar y conocimiento en dicho Combento Parrochia, a todos los fieles christianos por estar con grande estrechez a la asistenzia del culto divino los referidos, con su buen zelo y determinada voluntad ofrecieron el hazerla según y en la conformidad que la dispusieron y trataron en la scriptura que en dicho día otorgaron, con diferentes cláusulas, pactos y condiciones».



Los gastos de su nueva fábrica fueron de 2.500 reales de vellón, y corrieron por cuenta de don Jerónimo Ortiz Cubero y de don Francisco de Gálvez Castroverde, quienes también se hicieron cargo de costear las dos bóvedas que servirían para su enterramiento:

«fabricaron los dichos Don Geronimo Ortiz Cubero y el dicho Don Francisco de Gálvez de por mitad con el balor de dos mil y quinientos reales que dieron a este Combento y Parrochia, además de la cantidad que fuese necesario para hazer dos bóbedas en dichas Capilla para sus entierros, que fue de cuidado hasta acavarlas perfectamente para su culto y benerazion, teniendo cada uno de los referidos separadas y señaladas sus bóbedas para sí y sus herederos y suzesores perpetuamente».



Don Francisco de Gálvez, nos hace saber en una manda de su testamento, que fue otorgado el 10 de abril de 1718, que su cuerpo sería inhumado allí conforme a lo antes indicado238:

«Sea sepultado en el Convento e Yglesia Parrochial de Nra Sra de Consolación desta uilla, en la boueda que tengo mía propia señalada y determinada en la Capilla del Santísimo Christo de la Caridad, donde esta el Altar de las Animas, que también tiene otra boueda en ella los herederos de D. Jerónimo Ortiz Cubero, que la hizo con el rreferido a un mismo tiempo».



No podemos dejar de pasar por alto, una de las cláusulas de la citada escritura, que nos hace saber que por sufragar sus gastos sólo los descendientes de los Cubero y los Gálvez, tenían derecho de asiento en la Capilla de Ánimas. Sin embargo, podían entrar en ella los demás vecinos de la localidad a celebrar los Santos Oficios, pero se quedarían siempre de pie.

Con ello, la fundación de una memoria perpetua se convierte en un elemento más, de la desigualdad social tan característica de la sociedad estamental del Antiguo Régimen, reflejándose en las mandas pías las prerrogativas de los estamentos privilegiados:

«y asiento en dicha Capilla con sus familias, por saber con determinazion de la que a cada uno toca, declarándose así por dicha Scriptura como también el que después de las familias de los rreferidos aian de tener la libertad de poder entrar en ellas otras qualesquier personas vezinos desta Villa, así hombres como mugeres a oír y zelebrar llos Divinos Ofizios, sin que se lo puedan embarazar teniendo asiento de bancas únicamente los dichos Don Geronimo Ortiz Cubero y Don Francisco Gálvez y sus deszendientes, que solo en esto han de tener poder absoluto y derecho de propiedad, porque en lo demás ha de ser libre el uso para dicho Combento y fieles xptianos».



Serían cincuenta las misas a celebrar todos los lunes del año, por dos presbíteros dominicos que además oficiarían un responso sobre la bóveda de los fundadores. Estos servicios religiosos serían ofrecidos por el alma de don Jerónimo y su esposa doña Juana Rodríguez, la de sus padres y abuelos, así como las Benditas del Purgatorio.

Como ya hemos visto al referirnos a la devoción a Nuestra Señora de Consolación, se celebrarían otras seis en la capilla mayor con diácono y subdiácono en las seis fiestas principales de Nuestra Señora (Purificación, Anunciación, Ascensión, Natividad, Concepción y Rosario). Terminadas éstas, habría que oficiar otro responso cantado en su bóveda, con dos hachas encendidas a costa de los herederos del fundador. Su dotación económica era importante, pues consistía en un censo irredimible de 4.400 reales de principal, y sus réditos 220 reales:

«Estando conformes las dichas partes, considerando para la maior permanencia y perpetua stabilidad de la dicha Capilla, su culto y benerazion, y teniendo dominio adquirido por dicha Capilla el dicho Don Geronimo y Don Francisco, por dicha Scriptura dispusieron i otorgaron de dar renta zierta y segura, situadas en possesiones ziertas y seguras y señalándolas en cantidades de cada uno de por si, haziendo servizio a Dios Nuestro Señor y a su Santísima Madre, fundando y eligiendo Memoria perpetuamente para siempre jamás, que hizieron y pusieron en execuzion el dicho Don Geronimo impuso en virtud de dicha Scriptura por ser pacto en ella y la dicha Doña Juana su muger, la de Memoria lebantandola y dirigiéndola perpetuamente para siempre jamás en el prinzipal de un zenso de quatro mil quatrozientos reales de vellón, a favor de dicho Convento, y que este fuese irredimible para siempre jamás, a que le corresponden doszientos y veinte de réditos en cada una, a la razón de veinte mill maravedis el millar dando por fincas y fundos de las posesiones que en adelante se declararán, cuios decursos se convierten en la limosna de zinquenta y seiss Misas Cantadas».



Después, don Jerónimo Ortiz Cubero acordó con los dominicos, donar nueve fanegas de tierra, huerta y alameda sita en el Pontón, a cambio de que quedaran libres las casas de su morada, sitas en la calle del Sacramento, y que estaban gravadas con la memoria anterior. Estas tierras fueron valoradas por peritos en 28.861 reales, cantidad que se distribuyó de la siguiente forma: 2.860 reales de un censo que existía antes a favor del convento; 3.030 reales del capital que anualmente se pagaba al duque de Sessa; 4.400 reales por las misas a celebrar en las festividades de Nuestra Señora y las cincuenta cantadas por su ánima; 11.000 reales por la ofrecida a Nuestra Señora del Rosario. Las cantidades señaladas, sumaban un total de 21.290 reales, y como la valoración de los citados predios era superior en 7.577 reales, se mandó que su importe se aplicase en misas cantadas y rezadas, las primeras a once reales y las otras a diez239.

De igual forma, don Francisco de Gálvez Castroverde y su esposa doña Lucía Roldán, fundaron otra el 2 de febrero de 1702, de dos misas cantadas dotadas con 400 reales de vellón, a oficiar en los días de Pascua de Resurrección y Visitación de Nuestra Señora. Durante su celebración, se pondría sobre su bóveda la cruz parroquial, con dos hachas encendidas y se cantaría un Responso.

Además, Antonio de Vera fundó una memoria de una misa cantada por Pascua de Resurrección, en el altar del Cristo de la Caridad, estando dotada con 360 reales de vellón. Fue reconocida por su sobrino Juan de Vera el 19 de junio de 1701, por lo que es anterior a la indicada fecha240.

Por su parte don Juan Gálvez, erigió en 1741 una de una misa cantada a oficiar en la Pascua de Resurrección, estando dotada con ocho reales241.

La razón que explica que fueran varias las memorias de misas por la Pascua de Resurrección, era que en esta capilla se debía de encontrar una pequeña imagen de Jesús Resucitado. Cuando se construyó la nueva fábrica a mediados del siglo XVIII, se volvió a colocar esta efigie en dicho altar242.

Por último, el 3 de noviembre de 1739, también se fundó una capellanía por don Miguel y doña Juliana Pérez de Castro. Su objeto eran de varias misas en las siguientes fechas: una ofrecida al Dulce Nombre de Jesús el 18 de enero, que sería la fiesta del estatuto de la cofradía; cuatro en las siguientes festividades de Purificación, Encarnación, Asunción y Natividad; y doce en los doce primeros domingos de cada mes.







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