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90.       HALL, Op. cit., p. 278.

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91.       Por su parte el Gobierno japonés ve en el comercio directo con nuestras posesiones de Asia una colocación segura de sus manufacturas. a la par que un medio de adquirir varios artículos de su principal consumo, sin el intermedio oneroso del traficante de Yokohama».

     Comunicación del Ministro de estado a los embajadores de España en Roma, Berlín, Viena y Londres, 6 junio 1888.

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92.       El Ministro Plenipotenciario de S.M. en Tokio al Ministro de Estado, 14 de abril de 1892, AMAE. leg. 1633.

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93.       El Ministro Plenipotenciario de S.M. en Tokio al Ministro de Estado, 14 de abril de 1892, AMAE. leg. 1633.

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94.       Memoria en la que el encargado de negocios en Japón del estado actual de relaciones comerciales y de una conferencia con el Ministro de Negocios Extranjeros, dirigida al Ministro de Estado, 3 diciembre 1887, AMAE, leg. 1633.

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95.       Nota del Encargado de Negocios Extranjeros en Tokio al Ministro de Estado, 12 de Abril de 1888, 1633: y Comunicación del Ministro de Estado a los Embajadores de España en Roma, Berlín, Viena y Londres, 6 junio 1888. AMAE, leg. 1633.

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96.       Memoria del Encargado de Negocios en Tokio al Ministro de Estado, 3 diciembre 1887. AMAE, leg. 1633.

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97.       Informes del Embajador de Tokio al Ministro de Estado, 3 diciembre 1887, 11 abril 1888, 12 junio 1888, AMAE Correspondencia, leg. 1634.

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98.       Exportaba vinos, licores, hierros, plomo, corcho, mercurio, bujías, cemento y tejidos de punto, e importaba seda en rama y capullos, porcelanas, lacas, bronces, cera vegetal, azufre y abonos, AMAE, Correspondencia. leg. 1633.

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99.       El Encargado de Negocios Extranjeros al Ministro de Estado, 12 de abril de 1888, AMAE, leg. 1633.

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