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Artículo publicado originalmente en Cahiers du Monde Hispanique et Luso-Brésilien. Caravelle (Université de Toulouse II-Le Mirail, Francia), 73 (1999), 61-70.

 

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Francisco de Uribe y Antonio Núñez de Miranda, Honorario Túmulo, Pompa Exequial y Imperial Mausoleo que más fina Artemisa la Fe Romana, por su Sacrosanto Tribunal de Nueva España, erigió y celebró llorosa Egeria, a su Cathólico Numa y Amante rey... México: Imprenta del Secreto del Santo Oficio, 1667. Para un reciente, esclarecedor y muy interesante estudio sobre esta obra, véase María Dolores Bravo Arriaga, «Algunas consideraciones sobre el discurso de poder y la autoría de Núñez de Miranda, en el Túmulo a Felipe IV, de 1666», en María Águeda Méndez y José Carlos Rovira (eds.), Anales de literatura española. Serie monográfica 3, Letras novohispanas (Universidad de Alicante), 13 (1999), 155-164.

 

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Si bien en un principio eran organizaciones de pequeños grupos de laicos que la Iglesia incluía «en la participación y en la provisión y manutención de la liturgia católica», también las había de religiosos. Cfr. D. A. Brading, «La devoción católica y la heterodoxia en el México borbónico», en Clara García Ayluardo y Manuel Ramos Medina (coords.), Manifestaciones religiosas en el mundo colonial americano. Espiritualidad barroca colonial. Santos y demonios en América. México: Universidad Iberoamericana, Instituto Nacional de Antropología e Historia, Centro de Estudios de Historia de México CONDUMEX, 1993, p. 28.

 

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Reglas y Constituciones, que han de guardar Los Señores Inquisidores, fiscales, secretarios, oficiales, calificadores, consultores, abogados, commissarios, notarios, honestas personas, capellanes familiares, y otros qualesquier ministros del Tribunal del Santo Officio de la Inquisición de esta ciudad de México, como cofrades de la Nobilíssima, y Santa Cofradía de Señor San Pedro Mártyr, principal patrono, y fundador del Santo Officio de la Inquisición. México: Impr. por la Viuda de Bernardo Calderón, 1659, fol. 1r. El documento del que se toman esta cita y las subsecuentes no tiene portada, por tanto, carecemos de pie de imprenta. Ya que las Reglas... se imprimían eventualmente (véase fol. 12r) y, por parecernos muy factible que sea la correcta (se hace mención en el texto de una bula de Paulo V de 1611, véase nota 8 de este artículo), hemos tomado la que consigna el Catalogue of Mexican Pamphlets in the Sutro Collection 1623-1888, with supplements 1605-1887 [California State Library, 1939-1941]. New York: Kraus Reprint Co., 1971, p. 1.

 

25

Cfr. Alban Butler, Vida de los santos. (Traducida y adaptada al español por Wifredo Guinea, S. J.) México: 1969, pp. 177-178.

 

26

Cfr. Diccionario de Historia de España: desde sus orígenes hasta el fin del reinado de Alfonso XIII. Madrid: Revista de Occidente, 1952, t. I, p. 677; s. v. cofradía.

 

27

7 Cfr. Asunción Lavrin, «La congregación de San Pedro. Una cofradía urbana del México colonial, 1604-1730», Historia Mexicana, 29: 4 (1980), pp. 562-601. [Los lineamientos generales en este artículo son equiparables a los de la cofradía que nos ocupa].

 

28

La bula original de Gregorio XI, de 1228, ofrecía este beneficio (ibid., fols. 7r-8v). Se ratificó y confirmó esta bula varias veces y se les dieron más beneficios espirituales a los cofrades en bulas subsecuentes: papas Inocencio III a Paulo V (ibid., fols. 8v- 10v).

 

29

AGN, Indiferente General, caja 1, sin foliar [clasificación provisional]. Compendio de Indulgencias concedidas a los Ministros, y demás Personas, que se emplean en el servicio del Santo Oficio de la Inquisición.

 

30

«[Papeles varios sobre la Cofradía de San Pedro Mártir]» (AGN, Cofradías y archicofradías, vols. 181-182 [el legajo consta de cuatro expedientes] sin numerar. «Años de 1611 a 1814». Primer expediente, fol. 19r).