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Iglesia mayor parroquial de San Pedro y San Pablo
El día 24 de septiembre de 1810, a las nueve y media de la mañana, los diputados formados con el Consejo de Regencia se trasladaron a esta iglesia parroquial y celebraron la santa misa. Tras el Evangelio, D. Nicolás María de Sierra, notario mayor del reino, pronunció por dos veces la fórmula del juramento:
«¿Juráis la Santa Religión Católica, Apostólica, Romana, sin admitir otra en estos Reinos?
¿Juráis conservar en su integridad la nación española y no omitir medio para liberarla de sus injustos opresores?
¿Juráis conservar a nuestro muy amado soberano D. Fernando VII todos sus dominios y, en su defecto, a sus legítimos sucesores, y hacer cuantos esfuerzos sean posibles para sacarlo del cautiverio y colocarlo en el trono?
¿Juráis desempeñar fiel y lealmente el encargo que la nación ha puesto a vuestro cuidado, guardando las leyes de España, sin perjuicio de alterar, moderar y variar aquellas que exigiesen el bien de la nación?»
Y habiendo respondido todos los señores diputados: «sí, juramos», pasaron de dos en dos a tocar el libro de los Santos Evangelios.
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