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ArribaAbajoSecciones temáticas


ArribaAbajoFuentes normativas y recopilatorios del texto constitucional

  • ALGUACIL PRIETO, María Luisa (ed.), «Proyecto y texto definitivo de la Constitución de Cádiz. Discurso preliminar. Facsímil de la primera y última páginas firmadas de la Constitución», Revista de las Cortes Generales, 10 (1987), pp. 147-385.
  • ANTOLOGÍA de las Cortes de Cádiz, volúmenes I y II, Madrid, Establecimiento Tipográfico Hijos de J. A. García, 1909-1910.
  • COLECCIÓN de constituciones en la que van puesta en castellano las de Francia, Bélgica, Portugal, Brasil y Estados Unidos angloamericanos, con la Española de 1812, Imprenta del Eco del Comercio, 1836.
  • COLECCIÓN de los Decretos y Órdenes que han expedido las Cortes Generales y Extraordinarias desde su instalación en 24 de septiembre de 1810 hasta igual fecha de 1811, Cádiz, Imprenta Real, 1811.
  • COLECCIÓN de los Decretos y Órdenes que han expedido las Cortes Generales y Extraordinarias desde 24 de septiembre de 1811 hasta 24 de mayo de 1812, Cádiz, Imprenta Real, 1813.
  • COLECCIÓN de los Decretos y Órdenes que han expedido las Cortes Generales y Extraordinarias desde 24 de mayo de 1812 hasta 24 de febrero de 1813, Cádiz, Imprenta Real, 1813.
  • COLECCIÓN de Decretos y Órdenes de las Cortes de Cádiz, Madrid, Cortes Generales, 1987, vols. I y II.
  • «COLECCIÓN de Decretos de las Cortes, 1810-1813», en GIBERT, Rafael, Actas del IV Symposium de Historia de la Administración, Madrid, Instituto Nacional de Administración Pública, 1983, pp. 299-324.
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Cádiz, Imprenta Real, 1812.
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Madrid, Imprenta Nacional, 1820.
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Madrid, Imprenta que fue de García, 1820.
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española, Madrid, Edilán, 1985.
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Madrid, Ediciones Carposa, 1993.
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, prólogo de Eduardo García de Enterría, Madrid, Civitas, 1999.
  • CONSTITUCIONES españolas, Madrid, Secretaría de las Cortes, 1977.
  • CONSTITUCIONES españolas, 1812-1978, presentación de Federico Trillo-Figueroa, Madrid, Congreso de los Diputados, 1998.
  • CONSTITUCIONES y reglamentos, Madrid, Hijos de J.A. García, 1906.
  • DE ESTEBAN, Jorge (edición y estudio preliminar), Constituciones españolas y extranjeras, Madrid, Taurus, 1979, pp. 81-124.
  • —— (edición y estudio preliminar), Las Constituciones de España, Madrid, Taurus, 1982. Otra edición: Madrid, Boletín Oficial del Estado, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1998.
  • «DOCUMENTOS y textos legales de la primera época constitucional (1809-1814)», en FERNÁNDEZ MARTÍN, Manuel, Derecho parlamentario español. Colección de Constituciones, disposiciones de carácter constitucional, leyes y decretos electorales para Diputados y Senadores y reglamentos de las Cortes que han regido en España en el presente siglo, Madrid, Imprenta de los Hijos de J. A. García, 1885, pp. 557-863.
  • FERNÁNDEZ GARCÍA, Antonio (edición e introducción), La Constitución de Cádiz (1812) y Discurso preliminar a la Constitución, Madrid, Castalia, 2002.
  • GONZÁLEZ-ARES, José Agustín (ed.), España. Constituciones. Leyes constitucionales españolas (1808-1978), Santiago de Compostela, Tórculo, 1999, pp. 41-70.
  • HERVADA, Javier y ZUMAQUERO, José M., Textos constitucionales españoles (1808-1978), Pamplona, Universidad de Navarra, 1980, pp. 41-118.
  • MONTERO, Julio (ed.), Constituciones y códigos políticos españoles. 1808-1978, Barcelona, Ariel, 1998, pp. 37-72.
  • RICO LINAJE, Raquel (ed.), Constituciones históricas: ediciones oficiales, Sevilla, Universidad de Sevilla, 1994.
  • SEVILLA ANDRÉS, Diego (ed.), Constituciones y otras leyes y proyectos políticos de España, Madrid, Editora Nacional, 1969, vol. I.
  • SUÁREZ VERDEGUER, Federico (ed.), Cortes de Cádiz. Informes oficiales sobre Cortes: Baleares, Pamplona, Eunsa, 1967, vol. I.
  • ——, Cortes de Cádiz. Informes oficiales sobre Cortes. Valencia y Aragón, Pamplona, Eunsa, 1968, vol. II.
  • ——, Cortes de Cádiz. Informes oficiales sobre Cortes: Andalucía y Extremadura, Pamplona, Eunsa, 1974, vol. III.
  • TIERNO GALVÁN, Enrique (comp.), Leyes políticas españolas fundamentales (1808-1936), Madrid, Tecnos, 1968, Colección Estado y Sociedad.
  • VARELA SUANZES-CARPEGNA, Joaquín, (edición, prólogo e introducción), Textos básicos de la Historia constitucional comparada, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1998, pp. 197-250.



ArribaAbajoFuentes parlamentarias

  • ACTAS de las sesiones secretas de las Cortes Generales Extraordinarias de la Nación española, Madrid, Imprenta J. Antonio García, 1874.
  • CORTES de Cádiz, 24 de septiembre de 1810 a 20 de septiembre de 1813. Diario de sesiones, Madrid, Congreso de los Diputados, 2000, edición en 2 CD-Rom.
  • DIARIO de las sesiones y actas en las Cortes, Cádiz, Imprenta Real, 1811-1813, 22 volúmenes.
  • DIARIO de sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias (1810-1813), Madrid, Imprenta de J. A. García, 1870.
  • SUÁREZ VERDEGUER, Federico (coord.) y DIZ-LOIS MARTÍNEZ, María Cristina (estudio preliminar), Actas de la Comisión de Constitución (1811-1813), Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1976.
  • TIERNO GALVÁN, Enrique (ed.), Actas de las Cortes de Cádiz. Antología, Madrid, Taurus, 1964, Colección Biblioteca Política.



ArribaAbajoHistoria del constitucionalismo español

Algunas referencias de conjunto sobre la historia del constitucionalismo español


  • ATTARD ALONSO, Emilio, El constitucionalismo español: 1808-1978. Ensayo histórico-jurídico, Valencia, 1988.
  • BECKER Y GONZÁLEZ, Jerónimo, La reforma constitucional en España. Estudio histórico-crítico del origen y vicisitudes de las Constituciones españolas, Madrid, Imprenta de Jaime Ratés Martín, 1923.
  • CAVERO LATAILLADE, Íñigo y ZAMORA RODRÍGUEZ, Tomás, Constitucionalismo histórico de España, Universitas, 1995.
  • CLAVERO SALVADOR, Bartolomé, Evolución histórica del Constitucionalismo español, Madrid, Tecnos, 1984.
  • ——, Manual de Historia Constitucional de España, Madrid, Alianza, 1989.
  • DE ESTEBAN ALONSO, Jorge, (dirección y estudio preliminar), GARCÍA FERNÁNDEZ, Francisco Javier y ESPÍN TEMPLADO, Eduardo, Esquemas del constitucionalismo español (1808-1976), Madrid, Universidad Complutense de Madrid, Facultad de Derecho, 1976.
  • FERNÁNDEZ ALMAGRO, Melchor, Orígenes del régimen constitucional en España, Barcelona, Labor, 1928.
  • FERNÁNDEZ SEGADO, Francisco, Las Constituciones históricas españolas. Un análisis histórico jurídico, Madrid, 1986.
  • JIMÉNEZ ASENSIO, Rafael, Introducción a una historia del constitucionalismo español, Valencia, Tirant lo Blanch, 1993.
  • MIGUEL ALONSO, Aurora y RUBIO NÚÑEZ, Rafael (comentarios introductorios), Fuentes para la historia del constitucionalismo español. Colección bibliográfica de la Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid, Madrid, Biblioteca Facultad de Derecho Universidad Complutense, febrero 2005.
  • PANIAGUA, Xavier, y otros, El proceso histórico del constitucionalismo español (1808-1874), Barcelona, Teide, 1984.
  • PEÑA GONZÁLEZ, José, Historia política del constitucionalismo español, Madrid, Biblioteca universitaria, 1995.
  • POSADA, Adolfo, Tratado de Derecho Político, (Tomo II. Derecho constitucional comparado de los principales Estados de Europa y América), Libro II, Capítulo VI, (tercera edición), Madrid, Librería General de Victoriano Suárez, 1924, pp. 252-304.
  • ——, Tratado de Derecho Político, estudio preliminar de José Luis Monereo Pérez, Granada, Comares, 2003, pp. 603-652.
  • SÁNCHEZ AGESTA, Luis, Historia del constitucionalismo español, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1955.
  • SEVILLA ANDRÉS, Diego, Constituciones y otras leyes y proyectos políticos de España, Madrid, 1984.
  • SOLÉ TURA, Jordi y AJA FERNÁNDEZ, Eliseo, Constituciones y períodos constituyentes en España (1808-1936), Madrid, Siglo XXI, 1977.
  • TOMÁS VILLAROYA, Joaquín, Breve historia del constitucionalismo español, Barcelona, Planeta, 1976.
  • TOMÁS Y VALIENTE, Francisco, «Notas para una historia del constitucionalismo español», Sistema, 17/18 (1977), pp. 71-88.
  • TORRES DEL MORAL, Antonio, Constitucionalismo histórico español, Madrid, Átomo Ediciones, 1988.
  • VARELA SUANZES-CARPEGNA, Joaquín, «La Constitución de 1978 en la historia constitucional española», Revista Española de Derecho Constitucional, 69 (2003), pp. 31-67.



ArribaAbajoConstitución de 1812


ArribaAbajoInfluencias

  • ARTOLA GALLEGO, Miguel, «Las declaraciones de derechos y los primeros textos fundamentales galos en los orígenes del constitucionalismo español», en MORAL SANDOVAL, Enrique (coordinación e introducción), España y la Revolución Francesa, Madrid, Pablo Iglesias, 1989, pp. 73-87.
  • AYMES, Jean-René, «Le débat idéologico-historiographique autour des origines françaises du libéralisme espagnol: Cortès de Cadix et Constitution de 1812», Historia Constitucional, 4 (2003).
  • CRAWLEY, C. W., «French and English Influences in the Cortes of Cadiz. 1810-1814», Cambridge Historical Journal, 6.2 (1939), pp. 176-208.
  • CORONAS GONZÁLEZ, Santos Manuel, «La recepción del modelo constitucional inglés como defensa de la constitución histórica propia (1761-1810)», en ROMANO, Andrea, Il modelo costituzionale inglese e la sua recezione nell´area mediterranea tra la fine del 700 e la prima metà dell´800 (Atti del Seminario Internazionale di Studi in memoria di Francisco Tomás y Valiente, Messina, 14-16 novembre 1996), Milano, Giuffrè, 1998, pp. 615-643.
  • DE LA GUARDIA, Carmen, «La revolución americana y el primer parlamentarismo español», Revista de Estudios Políticos, 93 (1996), pp. 205-218.
  • DIEM, Warrem M., «Las fuentes de la Constitución de Cádiz», en Estudios sobre las Cortes de Cádiz, Pamplona, Universidad de Navarra, 1967, pp. 351-486.
  • MARTÍNEZ SOSPEDRA, Manuel, La Constitución de 1812: el constitucionalismo liberal a principios del siglo XIX, Valencia, Cátedra Fadrique Furió Ceriol-Facultad de Derecho, 1978, pp. 365-392.
  • MARTIRÉ, Eduardo, «Algo más sobre la Constitución de Bayona», Anuario de Historia del Derecho Español, Tomo LXXXI, 2011, pp. 83-98, especialmente 94-98.
  • MORENO ALONSO, Manuel, «Sugerencias inglesas para unas Cortes españolas», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, 1989, pp. 499-520.
  • PORTILLO VALDÉS, José María, «¿Existía una antigua Constitución española? El debate sobre el modelo inglés en España (1808-1812)», en ROMANO, Andrea, Il modelo costituzionale inglese e la sua recezione nell´area mediterranea tra la fine del 700 e la prima metà dell´800 (Atti del Seminario Internazionale di Studi in memoria di Francisco Tomás y Valiente -Messina, 14-16 novembre 1996), Milano, Giuffrè, 1998, pp. 545-585.
  • SÁNCHEZ BELLA, Ismael, «La polémica sobre las fuentes de la Constitución española de 1812», en IV Congreso Internacional de Historia de América, V, Buenos Aires, 1966.
  • SEVILLA ANDRÉS, Diego, «La Constitución española de 1812 y la francesa de 1791», Saitabi, tomo VII, 33/34 (1949), pp. 212-234.
  • SEVILLA MERINO, Julia, Las ideas internacionales en las Cortes de Cádiz, Valencia, Universidad de Valencia, 1977.
  • VERA SANTOS, José Manuel, «Los precedentes franceses y estadounidense y su influencia en la rigidez constitucional de la Constitución española de 1812», Revista de Derecho Político, 83 (2012).



ArribaAbajoProyección de la Constitución

  • ÁLAMO MARTELL, María Dolores, «Repercusión de la Constitución gaditana de 1812 en el reino de Cerdeña», Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LXIX (1999), pp. 359-365.
  • ALCÁNTARA SÁEZ, Manuel, «Aproximación a los intentos de consolidación del sistema político argentino (1810-1826). Las Constituciones unitarias argentinas y la española de 1812», en CANO BUESO, Juan, (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 23-38.
  • BUVE, Raymond, «La influencia doceañista en una provincia novohispana mayormente indígena: Tlaxcala, 1809-1824», en CHUST CALERO, Manuel y FRASQUET, Ivana (coords.), La trascendencia del liberalismo doceañista en España y en América, Colegio de México, 2006, pp. 115-136.
  • CARRILLO PRIETO, Ignacio, La ideología jurídica en la constitución del Estado mexicano, 1812-1814, Universidad Nacional Autónoma de México, 1980, pp. 67-90.
  • CASTELLS OLIVÁN, Irene, «La Constitución gaditana de 1812 y su proyección en los movimientos liberales europeos del primer tercio del siglo XIX», Revista Trocadero. Revista de Historia Moderna y Contemporánea, 1 (1989), pp. 117-132.
  • CLAVERO SALVADOR, Bartolomé, «Vocación católica y advocación siciliana de la Constitución de 1812», en Alle origine del costituzionalismo europeo, Messina, Accademia Peloritana dei Pericolanti, 1991.
  • COLOMBO, Paolo, «Costituzione come ideologia. La rivoluzione italiane del 1820-21 e la Costituzione di Cadice», en PORTILLO VALDÉS, José María, La nazione cattolica: Cadice 1812: una costituzione per la Spagna, Manduria, Piero Lacaita, 1998, pp. 129-157.
  • CRUZ VILLALÓN, Pedro y otros, Los orígenes del constitucionalismo liberal en España e Iberoamérica: Un estudio comparado, Sevilla, Junta de Andalucía, Consejería de Cultura y Medio Ambiente, 1994.
  • DE FRANCESCO, Antonio, «La Constitución de Cádiz en Nápoles», en IÑURRITEGUI, José María y PORTILLO, José María (eds.), Constitución en España: orígenes y destinos, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1998, pp. 273-286.
  • DENIS LOANJUNAIS, J., Vues politiques sur les changements a faire à la Constitution de l'Espagne à fin de la consolider spécialement dans le Royaume des Deux Siciles, París, 1821.
  • DIPPEL, Horst, «La significación de la Constitución española de 1812 para los nacientes liberalismo y nacionalismo alemanes», en IÑURRITEGUI, José María y PORTILLO, José María (eds.), Constitución en España: orígenes y destinos, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1998, pp. 287-307.
  • ——, «Die Bedeutung der spanischen Verfassung von 1812 für den deutschen Frühliberalismus und Frühkonstitutionalismus in denken und Umsetzung des Konstitutionalismus in Deutschland und anderen europäischen Ländern in der ersten Hälfte des 19. Jahrhunderts», en Schriften zur Europäischen Rechts und Verfassungsgeschihte, Berlín, Martin Kirsch, Pierangelo Schiera, 1999, pp. 219-237.
  • ESTRADA MICHEL, Rafael, «El Hexágono imposible y el factor regnícola en la independencia novohispana: las distorsiones gaditanas», Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LXXXI, 2011, pp. 163-180.
  • FERNÁNDEZ SARASOLA, Ignacio, «La Constitución española de 1812 y su proyección europea e iberoamericana», Fundamentos, 2 (2000), pp. 359-466.
  • ——, La Constitución de Cádiz: origen, contenido y proyección internacional, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2011.
  • FERRANDO BADÍA, Juan, «Proyección exterior de la Constitución de 1812», en ARTOLA GALLEGO, Miguel (ed.), Las Cortes de Cádiz, Madrid, Ayer, 1991, pp. 207-248.
  • FERRER MUÑOZ, Manuel y LUNA CARRASCO, Juan Roberto, Presencia de doctrinas constitucionales extranjeras en el primer liberalismo mexicano, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1996.
  • FRASQUET, Ivana, «El liberalismo gaditano en el México independiente, 1821-1824», en CHUST CALERO, Manuel y FRASQUET, Ivana (coords.), La trascendencia del liberalismo doceañista en España y en América, Colegio de México, 2006, pp. 137-168.
  • GARCÍA MARTÍNEZ, Roberto, «La Constitución española de 1812 como antecedente constitucional argentino», Revista de Estudios Políticos, 138, pp. 191-202.
  • ——, «La Constitución de Cádiz y su influencia en el derecho constitucional argentino», Revista Argentina de Ciencia Política, 4 (1961).
  • GIL CRESPO, Juan Antonio, «Una supuesta influencia de la Constitución de 1812 sobre el juicio de amparo mexicano», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, 1989, pp. 343-372.
  • LÓPEZ, J., «Páginas de las relaciones entre Rusia y España a comienzos del siglo XIX», Nuestras Ideas, número extraordinario, Bélgica, 1938.
  • MARTIRÉ, Eduardo, «Proyección del liberalismo gaditano en los Países de América», en Las Cortes de Castilla y León (1188-1988), Valladolid, Cortes de Castilla y León, 1990, volumen I, pp. 663-703.
  • MIRKINE-GUETZEVITCH, Boris, «La Constitution espagnole de 1812 et les débuts du liberalisme européen», en Introduction à l'étude du droit comparé. Recueil d´etudes en l´honneur d´Eduard Lamberts, II, París, Sirey, 1938.
  • SÁNCHEZ ARCILLA BERNAL, José, «La experiencia constitucional y la Constitución portuguesa de 1822», Cuadernos de Historia Contemporánea, 24 (2002), pp. 105-143.
  • TAMM, Ditlev, «Cádiz 1812 y Eidsvoll 1814», Historia Constitucional, 7 (2006).
  • WOHLFEIL, Rainer, «Das Spanienbild der süddeutschen Frühliberalen», Geschichtliche Landeskunde, V (1968), pp. 109-150.
  • ——, «España y los comienzos del liberalismo alemán», Revista de Occidente, 80 (1969).



ArribaAbajoSupremacía y rigidez constitucional

  • CALZADA CONDE, Rogelia, «El principio configurador y garantista de la Constitución de Cádiz», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 141-168.
  • FERNÁNDEZ SARASOLA, Ignacio, «Valor normativo y supremacía jurídica de la Constitución de 1812», en SÁNCHEZ FERRIZ, Remedio y GARCÍA PECHUÁN, Mariano (coords.), La enseñanza de las Ideas Constitucionales en España e Iberoamérica, Valencia, Ene Edicions, 2001, pp. 185-199.
  • GARRIGA ACOSTA, Carlos, «Constitución, ley, reglamento: El nacimiento de la potestad reglamentaria en España (1810-1814, 1820-1823)», Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LXV (1995), pp. 449-531.
  • ——, «Constitución política y orden jurídico en España: el efecto derogatorio de la Constitución de Cádiz», en CHUST CALERO, Manuel, Doceañismos, constituciones e independencias: la constitución de 1812 y América, Madrid, Mapfre, 2006, pp. 33-78.
  • ——, «Cabeza moderna, cuerpo gótico. La Constitución de Cádiz y el orden jurídico», Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LXXXI, 2011, pp. 99-162.
  • LORENTE SARIÑENA, Marta, Las infracciones a la constitución de 1812: un mecanismo de defensa de la Constitución, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1988.
  • RAMÍREZ, Manuel, «De las Cortes de Cádiz a nuestra primera Constitución: una visión de conjunto (España 1808-1812)», Revista de Derecho Político, 83 (2012).
  • ROURA GÓMEZ, Santiago A., La defensa de la Constitución en la historia constitucional española, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1998, pp. 142-168.
  • ——, «Supremacía y rigidez en la Constitución de 1812», Revista Jurídica de Navarra, 23 (1997), pp. 133-154.
  • TAJADURA TEJADA, Javier, «La defensa de la Constitución en los orígenes del constitucionalismo hispánico: la “hiperrigidez” constitucional», Revista de Derecho Político, 83 (2012).
  • VERA SANTOS, José Manuel, «Los precedentes franceses y estadounidense y su influencia en la rigidez constitucional de la Constitución española de 1812», Revista de Derecho Político, 83 (2012).



ArribaAbajoEnseñanza y Cátedras de Constitución

Artículo 368 de la Constitución de 1812. El plan general de enseñanza será uniforme en todo el reino, debiendo explicarse la Constitución política de la Monarquía en todas las universidades y establecimientos literarios, donde se enseñen las ciencias eclesiásticas y políticas.

  • ALONSO ROMERO, M.ª Paz, «La Universidad de Salamanca ante la Constitución de Cádiz: actitudes políticas y académicas», Aulas y saberes, Universitat de València, vol. I, 2003, pp. 123-140.
  • CATECISMO político, arreglado a la Constitución de la Monarquía española, para ilustración del pueblo, instruccion de la juventud y uso de las escuelas de primeras letras, por D.J.C., Cádiz, Imprenta de Lema, 181
  • CATECISMO político arreglado a la Constitución de la Monarquía española, presentación de Enrique Moral Sandoval, Madrid, Artes Gráficas Municipales, 1982.
  • CATECISMOS políticos españoles arreglados a las Constituciones del siglo XIX, Madrid, Comunidad de Madrid, 1989, pp. 103-229.
  • CONTINI, Apolinar, Cartilla de explicación de la Constitución política de la Monarquía española, para la instrucción de los niños de la parroquia de Santiago de la ciudad de Baza, Sevilla, 1821.
  • DICCIONARIO provisional de la Constitución política de la Monarquía española, compuesto por un amante de ella, Madrid, 1820.
  • DÍEZ DE RIBERA, Ildefonso, Instalación de la cátedra de la Constitución política de la Monarquía española en la ciudad de Valencia a cargo del pavorde don Nicolás Gareli, Valencia, Imprenta de Manuel Muñoz y Compañía, 1820.
  • ESPIGADO TOCINO, Gloria, «La Educación Primaria en el Cádiz de las Cortes», Trocadero: Revista de Historia Moderna y Contemporánea, 6/7 (1994), pp. 181-202.
  • GARCÍA TROBAT, Pilar, La Constitución de 1812 y la educación política, Madrid, Congreso de los Diputados, 2010.
  • HISTORIA de la educación en España (Tomo I. Del despotismo ilustrado a las Cortes de Cádiz; Tomo II. De las Cortes de Cádiz a la Revolución de 1868), Madrid, Ministerio de Educación, 1985.
  • INSTALACIÓN de la cátedra de Constitución en la ciudad de Valencia a cargo del pavorde don Nicolás Gareli; hízola por Orden de S. M. las Cortes y S.A. la Regencia del Reino el Jefe Superior Político de esta provincia don Mateo Valdemoros el 15 de enero de este año, Valencia, Imprenta patriótica del Pueblo Soberano, 1814.
  • LÓPEZ CEPERO, Manuel, Lecciones políticas para el uso de la juventud española, Sevilla, 1813.
  • PESET REIG, Mariano, «La enseñanza del Derecho y la Legislación sobre Universidades durante el reinado de Fernando VII (1808-1833)», Anuario de Historia del Derecho Español, tomo XXXVIII (1968), pp. 229-375, especialmente pp. 253-264.
  • ——, «Las primeras cátedras de Constitución», Cuadernos del Instituto Antonio de Nebrija de Estudios sobre la Universidad Carlos III, 1 (1998), pp. 225-244.
  • ——, «La enseñanza de la Constitución de 1812», en Estudios sobre la Constitución española de 1978, Valencia, 1980, pp. 515-528.
  • PESET REIG, Mariano y GARCÍA TROBAT, Pilar, «La Constitución de 1812 o cómo educar a un pueblo», en SÁNCHEZ FERRIZ, Remedio y GARCÍA PECHUAN, Mariano (coords.), La enseñanza de las ideas constitucionales en España y América, Valencia, 2001, pp. 23-61.
  • SALAS, Ramón, Lecciones de Derecho Público Constitucional para las escuelas de España, Imprenta de D. Fermín Villalpando, 1821, tomo II.
  • ——, Lecciones de Derecho Público Constitucional (1821), introducción de José Luis Bermejo Cabrero, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1982.
  • SÁNCHEZ AGESTA, Luis, «Las primeras cátedras españolas de Derecho constitucional», Revista de Estudios Políticos, 126 (1962), pp. 157-167.
  • SOLER, Eduardo, «La enseñanza de la Constitución en las escuelas de 1820», Boletín de la Institución Libre de Enseñanza, XVI (1892).





ArribaAbajoPoderes e instituciones


ArribaAbajoLas Cortes


ArribaAbajoElección de los miembros de las Cortes. Proceso de convocatoria a Cortes
  • ARAGÓN GÓMEZ, Jaime, «El alojamiento de los Diputados en la Isla de León durante la primera instalación de las Cortes mandadas convocar en 1810», en VV. AA., Cortes y Constitucionalismo, Cádiz, Diputación de Cádiz, 1999, pp. 123-154.
  • BORREGO MORENO, Andrés, El libro de las elecciones. Reseña histórica de las verificadas durante los tres períodos del régimen constitucional (1810 a 1814-1820 a 1823-1834 a 1873), Madrid, Imprenta Española, 1874.
  • ——, Historia de las Cortes de España durante el siglo XIX a partir de la convocatoria en 1810 hasta el advenimiento del Rey Alfonso XII, Madrid, Imprenta de Alfonso Rodero, 1885.
  • CALVO Y CONEJO, Manuel, Incompatibilidades e incapacidades parlamentarias (1810-1910), Madrid, Valentín Tordesillas, 1916, especialmente el capítulo I.
  • CALZADA RODRÍGUEZ, Luciano, La evolución institucional. Las Cortes de Cádiz: precedentes y consecuencias, Zaragoza, CSIC, 1959.
  • CHAVARRI SIDERA, Pilar, Las elecciones de diputados a las Cortes Generales y Extraordinarias (1810-1813), Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1988.
  • CORONAS GONZÁLEZ, Santos Manuel, «Continuidad y cambio en los orígenes del parlamentarismo español», en AGIRREAZKUENAGA, Joseba y URQUIJO, Mikel, Contributions to European Parliamentary History, Bilbao, Juntas Generales de Bizkaia, 1999, pp. 331-356.
  • DÍAZ ÁVILA, Carta sobre la antigua costumbre de convocar las Cortes de Castilla para resolver los negocios graves del Reino, Londres, Imprenta de Cox hijo y Baylis, 1810.
  • FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, Arturo, Leyes electorales españolas de Diputados a Cortes en el siglo XIX. Estudio histórico y jurídico-político, Madrid, Civitas, 1992, pp. 17-41.
  • FLAQUER MONTEQUI, Rafael, «La representación en la España constitucional: unicameralismo y bicameralismo», en PÉREZ LEDESMA, Manuel (coord.), El Senado en la Historia, Madrid, Senado, 1998, pp. 123-173, especialmente 133-143.
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ArribaAbajoDisolución

Artículo 172 de la Constitución de 1812. Las restricciones de la autoridad del Rey son las siguientes: No puede el Rey impedir bajo ningún pretexto la celebración de las Cortes en las épocas y casos señalados por la Constitución, ni suspenderlas ni disolverlas, ni en manera alguna embarazar sus sesiones y deliberaciones. Los que le aconsejasen o auxiliasen en cualquiera tentativa para estos actos, son declarados traidores, y serán perseguidos como tales.

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ArribaAbajoDiputación permanente

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ArribaAbajoLos diputados de Cádiz
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ArribaAbajoMonarquía y Secretarías del Despacho

Artículo 179 de la Constitución de 1812. El Rey de las Españas es el Señor Don Fernando VII de Borbón, que actualmente reina.

Artículo 222 de la Constitución de 1812. Los secretarios del despacho serán siete, a saber:

  • El secretario del despacho de Estado.
  • El secretario del despacho de la Gobernación del Reino para la Península e Islas adyacentes.
  • El secretario del despacho de la Gobernación del Reino para Ultramar.
  • El secretario del despacho de Gracia y Justicia.
  • El secretario del despacho de Hacienda.
  • El secretario del despacho de Guerra.
  • El secretario del despacho de Marina.

Las Cortes sucesivas harán en este sistema de secretarías del despacho la variación que la experiencia o las circunstancias exijan.

Artículo 225 de la Constitución de 1812. Todas las órdenes del Rey deberán ir firmadas por el secretario del despacho del ramo a que el asunto corresponda.

  • ÁLVAREZ ALONSO, Clara, «Un Rey, una ley, una religión (Goticismo y Constitución histórica en el debate constitucional gaditano)», Historia Constitucional, 1 (2000).
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ArribaAbajoConsejo de Estado

Artículo 236 de la Constitución de 1812. El Consejo de Estado es el único Consejo del Rey, que oirá su dictamen en los asuntos graves gubernativos, y señaladamente para dar o negar la sanción a las leyes, declarar la guerra, y hacer los tratados.

  • BARRIOS PINTADO, Feliciano, El Consejo de Estado de la Monarquía Española (1521-1812), Consejo de Estado, 1984, pp. 216-217.
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ArribaAbajoTribunales y Administración de Justicia

Artículo 242 de la Constitución de 1812. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales pertenece exclusivamente a los tribunales.

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ArribaAbajoJurisdicción arbitral

Artículo 280 de la Constitución de 1812. No se podrá privar a ningún español del derecho de terminar sus diferencias por medio de jueces árbitros, elegidos por ambas partes.

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ArribaAbajoDivisión de poderes

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  • FAIRÉN GUILLÉN, Víctor, «Las relaciones entre el poder legislativo y el judicial y las infracciones a la Constitución de 1812 (En torno al caso Fitzgerald)», en Temas del ordenamiento procesal, Madrid, 1968, volumen I.
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ArribaAbajoDerechos y libertades

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ArribaAbajoCuestión religiosa

Artículo 12 de la Constitución de 1812. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquier otra.

  • ÁLVAREZ ALONSO, Clara, «Un Rey, una ley, una religión (Goticismo y Constitución histórica en el debate constitucional gaditano)», Historia Constitucional, 1 (2000).
  • BARRERO ORTEGA, Abraham, «Sobre la libertad religiosa en la historia constitucional española», Revista Española de Derecho Constitucional, 61 (2001), pp. 131-185, especialmente 138-144.
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  • MARTÍNEZ DE MENDÍJAR, Lázaro, «La doctrina de las jurisdicciones episcopal y pontificia en los debates de las Cortes de Cádiz», Scriptorium Victoriense, 12 (1965), pp. 300-341.
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  • TERRERO, Vicente, Concordia y armonía de la Constitución política de la monarquía española promulgada en Cádiz en 19 de marzo de 1812 con la religión, Cádiz, Imprenta de Hércules, 1820.
  • VILLAPADIERNA, Isidoro de, «El jansenismo español y las Cortes de Cádiz», Analecta Gregoriana, 71 (1954), pp. 273-303.
  • ——, «El episcopado español y las Cortes de Cádiz», Hispania Sacra, VIII, 16 (1955), pp. 275-335.



ArribaAbajoSistema de fuentes

  • CHOFRE SIRVENT, José Francisco, Categorías y realidad normativa en las primeras Cortes españolas (1810-1837), Madrid, Congreso de los Diputados, 1996.
  • ——, «Algunas reflexiones sobre las relaciones entre los Decretos de Cortes con carácter de ley y los demás Decretos de Cortes durante la vigencia de la Constitución de 1812», Anales de la Universidad de Alicante. Facultad de Derecho, 7 (1992), pp. 61-78.
  • ——, «Aproximación al modelo de ley que se configura en la Constitución de 1812», Anales de la Universidad de Alicante. Facultad de Derecho, 5 (1990), pp. 73-88.
  • DE LA IGLESIA CHAMARRO, Asunción, «La revolución constitucional en Cádiz a través de los decretos de Cortes», Revista de Derecho Político, 83 (2012).
  • FRIERA ÁLVAREZ, Marta, «El poder legislativo en la Constitución de Cádiz», Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LXXXI, 2011, pp. 227-256.
  • GARRIGA ACOSTA, Carlos, «Constitución, ley, reglamento: El nacimiento de la potestad reglamentaria en España (1810-1814, 1820-1823)», Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LXV, 1995, pp. 449-531.
  • NAVAS CASTILLO, Antonia, «Los “Decretos de Cortes” en relación con la Corona en la Constitución de 1812», Revista de Derecho Político, 83 (2012).



ArribaAbajoSistema económico-financiero

  • ESCRIBANO LÓPEZ, Francisco, «Poder legislativo y competencia financiera en la estructura constitucional de 1812», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 235-251.
  • ——, «Poder financiero y competencia financiera en la estructura constitucional de 1812», Civitas. Revista Española de Derecho Financiero, 62 (1989), pp. 165-182.
  • LÓPEZ CASTELLANO, Fernando, Liberalismo económico y reforma fiscal: la contribución directa de 1813, Universidad de Granada, 1995.
  • ——, «Reflexiones en torno a la "cuestión agraria" en un diario granadino de 1813», Revista de estudios regionales, 45 (1996), pp. 235-252.
  • ——, «Pensamiento económico y deuda pública en las Cortes de Cádiz», Hacienda Pública Española, 1997, pp. 105-114.
  • ——, «Teoría y política sobre la libertad de circulación en las Cortes de Cádiz: aduanas interiores y géneros estancados», Cuadernos Aragoneses de Economía, 8-1 (1998), pp. 173-189.
  • ——, «Román Martínez de Montaos: un librecambista radical a principios del XIX», Revista de economía aplicada, vol. 11, 32 (2003), pp. 35-50.
  • ——, «Economía política, administración y hacienda pública en Canga Argüelles», Revista Asturiana de Economía, 32 (2005), pp. 145-175.
  • LORENTE TOLEDO, Luis, «El proyecto fiscal gaditano de "contribución única y directa" y su aplicación en la ciudad de Toledo (1812-1814)», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 421-451.
  • MARTÍNEZ DE MONTAOS, Rafael, y otros, El pensamiento hacendístico liberal en las Cortes de Cádiz, Madrid, Instituto de Estudios Fiscales, Clásicos del pensamiento económico español, 1999.
  • MIAJA FOL, Miguel, «La Hacienda Publica en las Constituciones españolas del siglo XIX», Presupuesto y Gasto Público, 26 (2001), pp. 13-40.
  • PEREIRA IGLESIAS, J. L., «La política económica en las Cortes de la Isla de León», en XIV Encuentro de Historia y Arqueología. Cortes y constitucionalismo, Ayuntamiento de San Fernando, Cádiz, 1998, pp. 35-73.
  • VACAS GARCÍA-ALÓS, Luis, «La influencia de la Constitución de 1812 en el control de las cuentas públicas», Revista de Derecho Político, 83 (2012).



ArribaAbajoPoder local. Alcaldes y Jefes Políticos

  • CAJAL VALERO, Arturo, El Gobernador Civil y el Estado centralizado del siglo XIX, Madrid, Ministerio de Administraciones Públicas, 1999, pp. 25 y siguientes.
  • CARANTOÑA ÁLVAREZ, Francisco, «Liberalismo y administración territorial. Los poderes local y provincial en el Sistema Constitucional de Cádiz», en GIL NOVALES, Alberto (ed.), La Revolución Liberal, Madrid, Ediciones del Orto, 2001, pp. 135-157.
  • GARCÍA FERNÁNDEZ, Javier, «El municipio y la provincia en la Constitución de 1812», Revista de Derecho Político, 83 (2012).
  • GONZÁLEZ SALINAS, Jesús, «La organización local en el siglo XIX: su regulación según el modelo de la Constitución de Cádiz», en BAÑO LEÓN, José María y CLIMENT BARBERÁ, Juán, Nuevas perspectivas del régimen local: estudios en homenaje al profesor José María Boquera Oliver, Valencia, Tirant, 2002, pp. 544-576.
  • GUAITA MARTORELL, Aurelio, «Reflexiones sobre el tratamiento constitucional de la provincia desde 1812 hasta la vigente Constitución de 1978», en VV. AA., Estudios sobre la Constitución Española, Madrid, Civitas, 1991, volumen IV, pp. 3.255-3.256.
  • HIJANO PÉREZ, Ángeles, «Alcaldes constitucionales y jefes políticos: bases del régimen local en la primera etapa del constitucionalismo», Revista de Estudios Políticos, 93 (1996), pp. 259-271.
  • MORELL OCAÑA, Luis, «La figura del Alcalde, desde la Constitución de Cádiz hasta el canovismo», Civitas. Revista Española de Derecho Administrativo, 33 (1982), pp. 165-182.
  • ——, «Un precedente: jefe político y Diputaciones Provinciales en la Constitución de 1812» en El Gobernador Civil en la política y en la administración de la España contemporánea, Madrid, Ministerio del Interior, 1997, pp. 131-157.
  • NIETO GARCÍA, Alejandro, Los primeros pasos del Estado constitucional, Barcelona, Ariel, 1996, pp. 243 y siguientes.
  • ORDUÑA REBOLLO, Enrique, «El municipio constitucional en la España de 1812», Revista de Derecho Político, 83 (2012).
  • PORTILLO VALDÉS, José María, «Jurisprudencia constitucional en espacios indígenas. Despliegue municipal de Cádiz en Nueva España», Anuario de Historia del Derecho Español, tomo LXXXI, 2011, pp. 181-205.
  • RISQUES CORBELLA, Manel, El Govern Civil de Barcelona al segle XIX, Barcelona, Publicacions de l'Abadia de Montserrat, 1995, especialmente pp. 19-257.
  • SÁNCHEZ ARCILLA BERNAL, José, «Los antecedentes del Gobernador civil: el jefe político bajo la Constitución de 1812», en El Gobernador Civil en la política y en la administración de la España contemporánea, Madrid, Ministerio del Interior, 1997, pp. 159-242.
  • SANTANA MOLINA, Manuel, La Diputación Provincial en la España decimonónica, Madrid, Instituto Nacional de Administración Pública, 1989.
  • ZAFRA VICTOR, Manuel, «Estudio preliminar», en DE PAULA SÁNCHEZ, Francisco, Dirección teórico-práctica de Alcaldes constitucionales, Granada, Cemci, 1993, pp. 26-33.



ArribaAbajoProblemática desamortizadora y revueltas agrarias

  • BRINES BLASCO, Juan, «Las Cortes de Cádiz y la problemática desamortizadora», en Homenaje al Dr. D. Juan Reglá Campistol, Valencia, Facultad de Filosofía y Letras, volumen II, pp. 265-277.
  • ——, «La problemática de la desamortización de propios y baldíos en las Cortes de Cádiz», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 119-129.
  • MENEGUS BORNEMANN, Margarita, «Las Cortes de Cádiz ante las revueltas agrarias en la Nueva España, 1810-1812», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 453-463.
  • PÉREZ PICAZO, María Teresa, «Mayorazgo y vinculación en el municipio de Murcia, 1750-1850», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 631-645.



ArribaAbajoFuerza armada

  • ALONSO BAQUER, Miguel, «La doctrina militar de los diputados de Cádiz», Revista de Historia Militar, 33 (1972), pp. 139-154.
  • BALBÉ, Manuel, Orden público y militarismo en la España constitucional (1808-1983), Madrid, Alianza, 1983.
  • BLANCO VALDÉS, Roberto L., Rey, Cortes y fuerza armada en los orígenes de la España liberal (1808-1823), Madrid, Siglo XXI, 1988.
  • ——, «Rey, Cortes y Fuerza Armada en el Trienio Liberal»,en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 75-118.
  • CUENCA TORIBIO, José Manuel, «En los orígenes de la historia peninsular contemporánea; ejército y liberalismo», Revista de Derecho Político, 83 (2012).
  • MOYA Y JIMÉNEZ, Francisco Javier y REY JOLI, Celestino, El Ejército y la Marina en las Cortes de Cádiz, Tipografía Comercial, 1913.
  • SANCHO, V., Ensayo de una Constitución militar deducida de la Constitución política de la monarquía española, Cádiz, Imprenta Tormentaria, 1813.



ArribaAbajoLas Cortes en el contexto de la Guerra de la Independencia (colecciones documentales)

Para encuadrar adecuadamente la labor de las Cortes de Cádiz consideramos que resulta de utilidad contar con una visión panorámica de la época, siendo de interés a tales efectos la consulta de las colecciones documentales que referimos a continuación, aunque ninguna de ellas está referida con exclusividad al período objeto de estudio, sino, esencialmente, a la Guerra de la Independencia. En todo caso, en el presente documento únicamente apuntamos aquéllos directa o tangencialmente vinculados a nuestro objeto de estudio, remitiendo al lector interesado en el resto de documentación, y más específicamente en la Guerra de la Independencia, a la consulta de dichas colecciones.


ArribaAbajoColección documental Gómez Arteche


ArribaAbajo Colección documental elaborada por José Gómez Arteche y constituida por más de 2.000 documentos. Ubicación: Biblioteca del Senado

Véase, sobre esta colección, HERRERO GUTIÉRREZ, Rosario, Fuentes documentales para el estudio de la Guerra de la Independencia: Colección Gómez de Arteche, Madrid, Tesis doctoral. Departamento de Historia Contemporánea de la Facultad de Geografía e Historia, Universidad Complutense de Madrid, 1992.

La Colección Gómez Arteche recoge los siguientes documentos, entre otros, y se indica, entre paréntesis, su forma de localización:

  • ARGÜELLES, Agustín de, Examen histórico de la reforma constitucional que hicieron las Cortes Generales desde su instalación en la Isla de León el 24 de septiembre de 1810 hasta que se cerraron en Cádiz el 14 de septiembre de 1813, Londres, Carlos Wood e hijo, 1835 (36272/36273).
  • ARTÍCULO remitido por la villa de Arzúa, provincia de Galicia. Representación a las Cortes, Cádiz, Imprenta Viuda de Comes, 1812 (39868).
  • CANGA ARGÜELLES, José, Memoria sobre las cuentas y razón de España, leída en las Cortes Generales y Extraordinarias el día 29 de junio de 1811, Cádiz, Imprenta Real, 1811 (41107).
  • ——, Informe de la Comisión especial de Hacienda sobre la memoria leída en las Cortes por D. José Canga Argüelles, Cádiz, Imprenta Real, 1812 (caja 309-03).
  • CARNICERO TORROBA, José Clemente, El liberalismo convencido por sus mismos escritos o examen crítico de la Constitución de la Monarquía española, Madrid, Imprenta Eusebio Aguado, 1830 (37042).
  • CARTA primera de un cura párroco a la madre Rosa María de Jesús, que se dice enviada por Su Santidad a España, sobre las dos exposiciones que... ha escrito a los señores diputados de Cortes, Nicolás Gómez de Requena, Cádiz, 1811 (caja 286-01).
  • CATECISMO arreglado a la Constitución de la Monarquía española... por D.J.C., Cádiz, Imprenta de Lema, 1812 (caja 284-02).
  • COLECCIÓN de los Decretos y Órdenes que han expedido las Cortes Generales y Extraordinarias desde su instalación desde su instalación en 24 de septiembre de 1810 hasta igual fecha de 1811, Madrid, Imprenta Nacional, 1820 (39475/39476).
  • COLECCIÓN de los Decretos y Órdenes que han expedido las Cortes Generales y Extraordinarias desde 24 de septiembre de 1811 hasta 24 de mayo de 1812, Madrid, Imprenta Nacional, 1820 (39475/39476).
  • COLECCIÓN de los Decretos y Órdenes que han expedido las Cortes Generales y Extraordinarias desde 24 de mayo de 1812 hasta 24 de febrero de 1813, Madrid, Imprenta Nacional, 1820 (39475/39476).
  • CONSTITUCIÓN de la Nación española discutida y aprobada por las Cortes Constituyentes de 1869 y Constitución de 1812, con notas comparativas de Enrique Rodríguez Solís, y un prólogo por Roque Barcia, Madrid, Imprenta de Manuel Galiano, 1869 (caja 309-02).
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Madrid, Imprenta Real, s.a. (36312).
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Imprenta Real, 1812 (caja 315-02).
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz -incluye el discurso preliminar leído en las Cortes al presentar el proyecto-, Cádiz, Tormentaria, 1812 (40340).
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Madrid, Imprenta Nacional, 1820, reimpresión (caja 280-08).
  • DECRETOS y traslados de 1812-1814 -incluye el texto de la Constitución de 1812- (caja 341-01).
  • DECRETO de las Cortes Generales y Extraordinarias por el que se ordena que las provincias que vayan quedando libres y no tengan en las actuales Cortes diputados, procedan a nombrarlos, 1812 (caja 316-03).
  • DECRETO de 17 de diciembre de 1811 para la Secretaría de Estado de Cortes, Cádiz, 1811 (42250).
  • DECRETO de las Cortes Generales y Extraordinarias de 1 de diciembre de 1810 para que no se provean prebendas eclesiásticas, Real Isla de León, 1811 (42250).
  • DEL juramento y de los juramentos, Cádiz, Imprenta Real, 1811 (37082).
  • DIARIO de sesiones de las Cortes Generales y Extraordinarias. Dieron principio el 24 de septiembre de 1810, y terminaron el 20 de septiembre de 1813, Imprenta de J. A. García, 1870, 8 volúmenes (RA-1224).
  • DÍAZ ÁVILA, Carta sobre la antigua costumbre de convocar las Cortes de Castilla para resolver los negocios graves del Reino, Londres, Imprenta de Cox hijo y Baylis, 1810 (40463).
  • DICTAMEN imparcial sobre la resolución que podría tomar, con arreglo a nuestra sabia Constitución, el soberano Congreso de las Cortes... acerca del Tribunal Supremo de la Inquisición, Imprenta de la Vda. de Comes, 1812 (caja 324-06).
  • EL ANTI-TOMISTA en las Cortes por un amigo de la verdad. Diálogo entre ameno y vigilante sobre las angélicas fuentes, 1812 (caja 324-06).
  • EL TENIENTE General D. Pedro Rodríguez de la Buria, a las Cortes Generales Extraordinarias de España e Indias, Cádiz, Niel, 1811 (40461).
  • ENSAYO de una Constitución militar deducida por la Constitución política de la Monarquía española, Cádiz, Sancho, Vicente, Tormentaria, 1813 (42094).
  • ESCAÑO, Antonio, Defensa de la soberanía de las Cortes, Cádiz, 1811 (caja 316-03).
  • ESPAÑA vindicada en sus clases y autoridades de las falsas opiniones que se le atribuyen. La escribió en Cádiz el año de 1811 don José Joaquín Colón, siendo decano gobernador del Consejo Supremo de Castilla, Imprenta de Repullés, 1814 (39858).
  • ESPAÑA y el español a presencia de sus Cortes en 1810, Tarragona, Imprenta de Brusi, (caja 311-04).
  • EXPOSICIÓN que el obispo de Orense Pedro de Quevedo y Quintana hizo por escrito al tiempo de prestar su juramento de obediencia a la Constitución española, Cádiz, Imprenta de la Vda. de Comes, 1812 (caja 313-04).
  • FLÓREZ ESTRADA, Álvaro, Constitución política de la nación española por lo tocante a la parte militar, Imprenta Tormentaria, 1813 (37224).
  • INFORME sobre el Tribunal de la Inquisición con el proyecto de decreto acerca de los tribunales protectores de la religión, presentado a las Cortes Generales y Extraordinarias por la Comisión de Constitución, Cádiz, Imprenta Tormentaria, 1812 (caja 309-02).
  • INSTRUCCIONES para los representantes de las Cortes que ofrece el patriota J.C.A., Valencia, Oficina de José Tomás Nebot, 1811 (37082).
  • INSTRUCCIONES para la Constitución fundamental de la Monarquía española y su gobierno que ha de tratarse en las próximas Cortes Generales de la Nación... formadas por el Sr. D. José María Peinado, Ayuntamiento de Guatemala, Imprenta de la Junta Superior, 1811 (caja 319-04).
  • LAS ANGÉLICAS fuentes o El tomista en las Cortes, Imprenta de la Casa de Misericordia, 1811 (caja 324-06).
  • LISTA de los señores diputados de las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación española, Cádiz, Imprenta Real, 1811 (caja 296-16).
  • MANIFIESTO de las Cortes Generales Extraordinarias a la Nación, Cádiz, Imprenta Real, 1811 (caja 316-03).
  • MANIFIESTO que hace al público el Marqués del Palacio de su verdadera intención en el solemne acto del juramento que prestó en... las Cortes Generales y Extraordinarias en la Real Isla de León, el 28 de octubre... de 1810, Francisco Brusola, 1811 (39759).
  • MARTÍNEZ MARINA, Francisco, Teoría de las Cortes o grandes Juntas Nacionales de los Reinos de León y Castilla. Monumentos de su constitución política y de la soberanía del pueblo, Madrid, Imprenta de D. Fermín Villalpando, 1813 (36243/36244).
  • OBSERVACIONES sobre los atentados de las Cortes Extraordinarias de Cádiz contra las leyes fundamentales de la Monarquía española, Ibarra, 1814 (41437).
  • PRELIMINARES a la Constitución para el Reyno que dedica a la augusta asamblea de las Cortes un español, Imprenta de Brusi, 1810 (caja 311-04).
  • PROYECTO de Constitución política de la Monarquía española presentado a las Cortes Generales y Extraordinarias por su Comisión de Constitución, Cádiz, Imp. Real, 1811 (37802).
  • PROYECTO de Constitución política de la Monarquía española presentado a las Cortes Generales y Extraordinarias por su Comisión de Constitución (continuación) -contiene la parte relativa a la potestad judicial-, Cádiz, Imprenta Real, 1811 (37802).
  • REAL DECRETO del Consejo de Regencia de España e Indias, en nombre de S. M. Fernando VII, por el que se dan normas para la elección de los diputados a Cortes pertenecientes a los dominios españoles de América y Asia, Isla de León 1810 (caja 316-03).
  • REAL DECRETO del Consejo de Regencia, en nombre de S. M. Fernando VII, declarando nulo todo acto, tratado, etc. que hayan sido o fueren otorgados por el Rey, mientras permanezca en cautividad, Isla de León, 1811 (caja 316-03).
  • REFLEXIONES sobre la Constitución política de la Monarquía española publicada por las Cortes Extraordinarias de Cádiz de 1812, 1821 (36319).
  • REFLEXIONES sobre la Constitución política de la Monarquía española publicada por las Cortes extraordinarias de Cádiz de 1812, Oviedo, Fermín Pérez Prieto, 1825 (39823).
  • RESOLUCIÓN del 12 de junio de 1811 sobre las dietas de los diputados a Cortes, Cádiz, 1811 (42250).
  • RODRÍGUEZ, Pedro, De la burla a las Cortes Generales Extraordinarias de España e Indias, Cádiz, Niel hijos, 1811 (38158).
  • TRIUNFO o ruina infalible de las Cortes Generales y Extraordinarias. Discurso presentado a las Cortes el día 14 de enero de 1811, por J. De M., Cádiz, Antonio de Muguía, 1811 (41107).
  • VÉLEZ, Rafael de, Apología del altar y del trono o historia de las reformas hechas en España en tiempo de las llamadas Cortes..., Madrid, Cano, 1818 (35251/35252).



ArribaAbajoColección documental Gómez Imaz

Colección documental compuesta de más de 3.000 volúmenes y cajas con monografías, folletos y publicaciones periódicas relacionadas con la Guerra de la Independencia; su catálogo alfabético y por materias fue editado en microficha en 1989; en la actualidad se está incluyendo en el servidor Ariadna la descripción de estas obras. Ubicación: Sala Miguel de Cervantes de la Biblioteca Nacional (signaturas R/60001 a R/63337).




ArribaAbajoColección documental del fraile

Colección documental elaborada por Fray Salvador Joaquín de Sevilla bajo el título «España triunfante de Napoleón, la Francia y todos sus enemigos», y constituida por más de 1.000 volúmenes.

Ubicación: Servicio Histórico Militar. Véase, sobre esta colección, FREIRE LÓPEZ, Ana María, Índice bibliográfico de la Colección Documental del Fraile, Madrid, Servicio Histórico Militar, 1983. CASO GONZÁLEZ, José María, Catálogo de la Colección documental del Fraile, Madrid, Servicio Histórico Militar, 1947.

Entre otros documentos, la colección del fraile recoge los siguientes -se indica entre paréntesis su forma de localización, referencia tomada de la obra de Ana María Freire López reseñada supra-:

  • APOLOGÍA del Altar y el Trono: o Historia de las reformas hechas en España en tiempo de las llamadas Cortes, e impugnación de algunas doctrinas publicadas en la Constitución, diarios y otros escritos contra la religión y el Estado, Rafael Vélez, Madrid, Imprenta de Cano, 1818 (volumen 270).
  • CAPÍTULOS III y IV de la Constitución política de la Monarquía Española, que tratan las Juntas Electorales de Parroquia y de Partido para el nombramiento de diputados a las Cortes ordinarias (volumen 212).
  • CARTA sobre la antigua costumbre de convocar las Cortes de Castilla para resolver los negocios graves del Reyno, reimpreso en Valencia por los yernos de Josef Estevan, 1811 (volumen 124).
  • CÓMO se trata sobre la Constitución nacional que se ha de presentar a aprobación (...), Duque de Montemar, 9 de julio de 1811 (volumen 198).
  • CONSTITUCIÓN filosófica que el filósofo Rancio transformado en filósofo liberal, escribió antes que las llamadas Cortes Extraordinarias sancionasen su Constitución política de la Monarquía española, Sevilla, Imprenta de Padrino, 1816 (volumen 493).
  • CONSTITUCIÓN para la Nación española, Álvaro Flórez Estrada, Impresores Swinney y Ferrall, Birmingham, 1812 (volumen 196).
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española, promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Cádiz, Imprenta Real, 1812 (volumen 762).
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española, promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Cádiz, Imprenta Real, 1812 (volumen 791).
  • CONSTITUCIÓN política de la Monarquía española, promulgada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Cádiz, Imprenta Real, 1812 (volumen 889).
  • CORRESPONDENCIA epistolar entre dos amigos, relativa al juicio que debe formarse sobre un discurso pronunciado en la parroquial del Señor Santiago de la ciudad de Málaga en honor a la Constitución que se decía española, por el doctor don José Gómez Rando, Madrid,1814 (volumen 420).
  • DECRETO por el cual se manda imprimir y publicar la Constitución política de la Monarquía: y se señala fórmula con que la Regencia debe verificarlo, Cádiz, marzo de 1812 (volumen 889).
  • DECRETO en que se prescriben las solemnidades con que debe publicarse y jurarse la Constitución política en todos los pueblos de la Monarquía, y en los exércitos y armada: se manda hacer visita de cárceles con este motivo, Cádiz, 2 de mayo de 1812 (volumen 889).
  • DECRETO en que se fixa el modo con el que el clero y el pueblo han de jurar la Constitución política en toda la Monarquía, Cádiz, 24 de mayo de 1812 (volumen 889).
  • DEFECTOS de las Cortes y de la Constitución, Córdoba, 3 de mayo de 1814, El liberal Ingenuo (volumen 484).
  • DISCURSO filosófico político, sobre la inutilidad de las opiniones parciales, y aun del perjuicio que de éstas puede tenerse con relación al nuevo sistema constitucional (volumen 148).
  • DISCURSO preliminar leído en las Cortes al presentar la Comisión de Constitución el proyecto de ella, Cádiz, Imprenta Tormentaria, 1812 (volumen 889).
  • DOS PREGUNTITAS (o sean ocho) que hace un servil para su instrucción a los ilustrados liberales en orden a la Constitución de la Monarquía española, Imprenta de la calle de la Mar, 1814 (volumen 306).
  • EN DEFENSA de la Constitución, D. Santiago Liniers y Bermond, Buenos-Ayres, 2 de enero de 1809 (volumen 16).
  • EXHORTACIÓN que hizo al tiempo de jurarse la Constitución española, en la catedral de Valladolid de Michoacán, México, 1813 (volumen 607).
  • LOS FALSOS patriotas sin máscara, o sea los artificios, intrigas y mala fe de los enemigos de la Constitución, las Cortes y la libertad de la Nación descubiertos, por L.C.Y.G., Sevilla, Imprenta de Josef Hidalgo, 1812 (volumen 148).
  • LA JUNTA Suprema del Reyno a los pueblos de España, Sevilla, 1808 (volumen 16).
  • MANIFIESTO de todo lo ocurrido en Madrid con motivo del Decreto del Rey de 4 de mayo: a saber, la derogación de la Constitución, Madrid, Imprenta de la Viuda de Vallín, (volumen 306).
  • NOTICIAS sobre la caída de la Constitución en Sevilla y Ocaña, mayo de 1814 (volumen 795).
  • OBSERVACIONES sobre la siguiente proposición. Fernando VII jurado y proclamado Rey de las Españas no debe ni puede jurar la nueva Constitución, El Amante del Rey de la Ley, Valencia, 1814 (volumen 924).
  • OBSERVACIONES sobre los atentados de las Cortes Extraordinarias de Cádiz contra las leyes fundamentales de la Monarquía española y sobre la nulidad de la Constitución que formaron, P.D.M.R., Imprenta de Ibarra, 1814 (volumen 420).
  • ORACIÓN que en el día 12 de marzo y templo metropolitano de Nuestra Señora del Pilar con motivo de haberse decidido el Rey Nuestro Señor a jurar la Constitución política de la Monarquía española (...) dijo el Dr. D. Miguel Laborda y Galindo, Zaragoza (volumen 758).
  • ORACIÓN que en la misa solemne de la jura de la Constitución política de la Nación española dixo a la Junta Superior y Pueblo de Infantes el redactor de la Gazeta de la Mancha, Elche de la Sierra, 1812 (volumen 137).
  • ¿QUÉ era la Constitución? O sea observaciones sobre la que sancionaron las Cortes Generales y Extraordinarias, publicadas en 1812 y reimpresas ahora en un solo volumen por su autor D. Benito María Sotelo de Noboa y Niño, Imprenta de Ibarra, 1814 (volumen 463).
  • REFLEXIONES sobre la Constitución de la Monarquía española. Discurso político escrito por don Ignacio de Michelena, maestrante de la Real Ronda, Cádiz, 1809 (volumen 35).
  • RESUMEN histórico de la Revolución de España. Año de 1808. Tomo V que contiene los progresos de las armas aliadas en el año de 1812: publicación y jura de la Constitución: causa formada al Consejo de Castilla y otras personas de carácter y dignidad, por el P. Maestro Salmón (...), Madrid, 1820 (volumen 972).
  • SENCILLAS reflexiones a varios artículos de la Constitución de la Monarquía española publicada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Madrid, 1814 (volumen 382).
  • SENCILLAS reflexiones a varios artículos de la Constitución de la Monarquía española publicada en Cádiz a 19 de marzo de 1812, Madrid, 1814 (volumen 420).





ArribaAbajoEl Cádiz de las Cortes

  • CUENCA TORIBIO, José Manuel, «En los orígenes de la historia peninsular contemporánea; ejército y liberalismo», Revista de Derecho Político, 83 (2012).
  • ESPIGADO, E. y SÁNCHEZ ÁLVAREZ, Ana María, «Formas de sociabilidad femenina en el Cádiz de las Cortes», en Género y ciudadanía, Revisiones desde el ámbito privado, Madrid, Instituto Universitario de Estudios de la Mujer, 1999.
  • GACTO, E., «Periodismo satírico e inquisición en Cádiz: La Abeja española», Anuario de Historia del Derecho Español, 65 (1995), pp. 633-701.
  • REY HAZAS, Antonio, «La novela picaresca en la sociedad constitucional de la Pepa: reflexiones sobre su desaparición española y su renovación americana», en TERRADILLOS BASOCO, Juan María (coord.), Marginalidad, cárcel, las «otras» creencias: primeros desarrollos jurídicos de «la Pepa», Cádiz, Diputación de Cádiz, 2008.
  • RIVAS PÉREZ, José María, «La música en Cádiz durante la Constitución de 1812», en CANO BUESO, Juan (ed.), Materiales para el estudio de la Constitución de 1812, Sevilla, Parlamento de Andalucía, Tecnos, 1989, pp. 687-701.
  • SALILLAS, Rafael, En las Cortes de Cádiz (Revelaciones acerca del estado político y social), Madrid, 1910.
  • ——, En las Cortes de Cádiz (Revelaciones acerca del estado político y social), prólogo de Alberto González Troyano, Cádiz, Ayuntamiento de Cádiz, 2002.
  • SOLÍS LLORENTE, Ramón, El Cádiz de las Cortes. La vida en la ciudad en los años de 1810 a 1813, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1958.
  • ——, El Cádiz de las Cortes. La vida en la ciudad en los años de 1810 a 1813, Madrid, Silex, 2000.



ArribaCádiz en la literatura

  • MOR DE FUENTES, José, La Constitución. Poema, Zaragoza, Imprenta de Miedes, 1820.
  • PEMÁN, José María, Cuando las Cortes de Cádiz, Madrid, Librería de San Martín, 1934.
  • PÉREZ GALDÓS, Benito, «Cádiz» (1878), en Episodios Nacionales.
  • REY HAZAS, Antonio, «La novela picaresca en la sociedad constitucional de la Pepa: reflexiones sobre su desaparición española y su renovación americana», en TERRADILLOS BASOCO, Juan María (coord.), Marginalidad, cárcel, las «otras» creencias: primeros desarrollos jurídicos de «la Pepa», Cádiz, Diputación de Cádiz, 2008.