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21

Cfr. Luigi Baldaci, Il petrarchismo italiano nel Cinquecento, Padua, Liviana Editrice, 1974, pg. 27 y ss.

 

22

Poèsies choisies de Ronsard, ed. P. de Nolhac, París, Garnier, 1954, pgs. 439440.

 

23

Por ser cuestión muy apartada de mi interés actual, no me he preocupado de averiguar si los críticos italianos o los italianistas han estudiado las circunstancias en que Tasso compuso el Amadigi: es de suponer que sí. A quienes, al hablar de la difusión de nuestra literatura en Europa, introducen en sus listas de obras influidas ese poema, llamo la atención sobre el hecho de que Tasso no sintió la menor simpatía por nuestra vieja novela (ni, parece, por los españoles). En carta a su idolatrado Sperone Speroni, le confiesa que la materia que ha tenido que introducir en el canto primero es «arida et forse fastidiosa», por lo cual se ha visto obligado a «aiutarla con la inuentione et con la essornatione; et con la elocutione renderla uaga et piaceuole»; en otro pasaje se refiere a «l'asprezza et barbarie» de los nombres propios: los ha cambiado para hacerlos «dolci, sonori e degni della compagnia dell'altre uoci»; en Li tre libri delle lettere di M. Bernardo Tasso. Alli quali nuouamente s'è aggiunto il quarto libro, Venecia, Giglio, 1559, fols. 67-8. Otras cartas de esta importante recopilación ofrecen motivos para sospechar que, al afán de congraciarse con los caballeros de la corte cesárea, se unía en Tasso el de obtener un permiso para exportar a Roma los vinos de su cosecha napolitana.

 

24

Ibid., fol. 81 r.

 

25

Anotaciones (1580); ed. A. Gallego Morell, Universidad de Granada, 1966, pg. 281.

 

26

Cfr. Rafael Lapesa, La trayectoria poética de Garcilaso, Madrid, Revista de Occidente, 2.ª ed., 1968, pg. 100.

 

27

Angeli Politiani. Nutricia. Rusticas. Manto. Ambra... illustratum per Franciscum Sanctium Brocensem, Salmanticae, Andreas à Portonarijs, 1555; se publicó otra edición en 1596, a cargo de Pedro Lasso.

 

28

Cfr. A. Bell, op. cit., pg. 23.

 

29

El Arte Poética de Horacio, traducido por don Luis de Zapata (1592); cito por la ed. facsímil de la R. A. E., 1954, fol. 10r. El pasaje corresponde a los versos 131-5 del original, que dicen así:


Publica materies priuati iuris erit, si
non circa uilem patulumque moraberis orbem,
nec uerbo uerbum curabis reddere fidus
interpres nec desilies imitator in artum,
unde pedem proferre pudor uetet aut operis lex.
 

30

«Para las fuentes de Quevedo», RFH, I, 1939, pgs. 374-5.