Selecciona una palabra y presiona la tecla d para obtener su definición.

Siguiente

Tratados militares [Selección]

Alonso de Cartagena

Noel Fawolls (ed.)

Doctrinal de los caballeros

Este libro se llama Doctrinal de los caballeros, en que están compiladas ciertas leyes y ordenanzas que están en los Fueros y Partidas de los reinos de Castilla y de León tocantes a los caballeros e hijosdalgo y los otros que andan en actos de guerra. Con ciertos prólogos e introducciones que hizo y ordenó el muy reverendo señor don Alonso de Cartagena, obispo de Burgos, a instancia y ruego del señor don Diego Gómez de Sandoval, conde de Castro y de Denia.

Tabla de los títulos de este libro

LIBRO PRIMERO
EN QUE HAY NUEVE TÍTULOS
  • Título primero. De la santa Trinidad y de la fe católica. En que hay dos leyes.
  • Título segundo. De las virtudes de las leyes. En que hay una ley.
  • Título tercero. De los caballeros y de lo que han de hacer. En que hay veintiséis leyes.
  • Título cuarto. De diversos nombres que han los grandes señores que no son emperadores ni reyes. En que hay tres leyes.
  • Título quinto. De los ricoshombres, cuáles deben ser. En que hay una ley.
  • Título sexto. De los adalides y de los almocadenes y de los almogávares y de los peones. En que hay ocho leyes.
  • Título séptimo. De la guerra que se hace por tierra. En que hay treinta [y una] leyes.
  • Título octavo. De la guerra que se hace por mar. En que hay once leyes.
  • Título nono. Cómo deben los naturales guardar al rey de sus enemigos e ir en hueste en su servicio y no partirse de ella sin su licencia. [En que hay diecisiete leyes.]

LIBRO SEGUNDO
EN QUE HAY CINCO TÍTULOS
  • Título primero. De las enmiendas a que llaman en España Erechas. En que hay seis leyes.
  • Título segundo. De la parte que los hombres deben haber de lo que ganan en el tiempo de las guerras. En que hay treinta y tres leyes.
  • Título tercero. De los galardones que los hombres deben haber en tiempo de guerra, [según los] merecimientos. En que hay once leyes.
  • Título cuarto. De cómo deben ser castigados y escarmentados los que andan en las guerras por los yerros que hicieren. En que hay [quince] leyes.
  • Título quinto. Cómo deben los hombres guardar y abastecer y defender y dar los castillos y fortalezas del reino y del rey. En que hay treinta y ocho leyes.

LIBRO TERCERO
EN QUE HAY SEIS [TÍTULOS]
  • Título primero. De las asonadas. En que hay ocho leyes.
  • Título segundo. De los desafiamientos. En que hay siete leyes.
  • Título tercero. De los retos. En que hay cuarenta y ocho leyes.
  • Título cuarto. De las treguas y de la paz. En que hay ocho leyes.
  • Título quinto. De la Divisa de la Banda y de los torneos. En que hay veinticinco leyes.
  • Título sexto. De la amistad. En que hay ocho leyes.

LIBRO CUARTO
EN QUE HAY NUEVE TÍTULOS
  • Título primero. De los vasallos, y especialmente de aquellos que llaman vasallos porque han dinero o por bienfecho de señores. En que hay dieciséis leyes.
  • Título segundo. Cuándo y cómo pueden seguir los vasallos a sus señores si son echados y salen fuera del reino, y de la naturaleza que han los naturales con sus señores, y en qué caso se pueden desnaturar. En que hay seis leyes.
  • Título tercero. De los que son vasallos por razón de feudo. En que hay trece leyes.
  • Título cuarto. De los vasallos que llamamos solariegos. En que hay dos leyes.
  • Título quinto. De las behetrías. En que hay [veinte] leyes.
  • Título sexto. De las encomiendas. En que hay cinco leyes.
  • Título séptimo. General. De algunas cosas que, por diversas maneras del derecho de este reino, [son especialmente establecidas] cerca de los hechos de los caballeros. En que hay ocho Rubricelas, que son éstas:
    • Rubricela primera. De los personeros. En que hay cuatro leyes.
    • Rubricela segunda. De lo que se gana por tiempo. En que hay una ley.
    • Rubricela tercera. De las guardas. En que hay una ley.
    • Rubricela cuarta. De los fiadores. En que hay una ley.
    • Rubricela quinta. Del poderío que el padre ha sobre el hijo, y en qué caso no lo ha. En que hay una ley.
    • Rubricela sexta. De los arrendamientos. En que hay una ley.
    • Rubricela séptima. De la caza. En que hay una ley.
    • Rubricela octava. De los testamentos. En que hay dos leyes.
  • Título octavo. General. De lo que es establecido en los derechos de este reino, especialmente cerca de los maleficios de los caballeros e hijosdalgo. En que hay nueve Rubricelas, que son éstas:
    • Rubricela primera. De las acusaciones. En que hay tres leyes.
    • Rubricela segunda. De la infamia a que llaman menos valer. En que hay dos leyes.
    • Rubricela tercera. De los que desamparan la hueste y derrocan de la batalla. En que hay dos leyes.
    • Rubricela cuarta. De la falsedad. En que hay una ley.
    • Rubricela quinta. De los castellares viejos y de los malhechores que se acogen en los castillos. En que hay dos leyes.
    • Rubricela sexta. De las ligas. En que hay dos leyes.
    • Rubricela séptima. De las prisiones. En que hay dos leyes.
    • Rubricela octava. De los que blasfeman o reniegan. En que hay [tres] leyes.
    • Rubricela nona. De los que dan favor a los herejes. En que hay una ley.
  • Título nono. General. De algunos privilegios que en diversas partes del reino se otorgan a los caballeros e hijosdalgo. En que hay seis Rubricelas, que son éstas:
    • Rubricela primera. De los caballeros y armas. En que hay cuatro leyes.
    • Rubricela segunda. Del privilegio de las monedas. En que hay [una ley].
    • Rubricela tercera. De los hijosdalgo que son en la frontera. En que hay una ley.
    • Rubricela cuarta. Del privilegio de las prisiones. En que hay una ley.
    • Rubricela quinta. Del privilegio de los tormentos. En que hay una ley.
    • Rubricela sexta. Del traer de las vestiduras. En que hay una ley.

Así parece que hay en este Libro Cuarto nueve Títulos en que hay veintitrés Rubricelas y ciento [una] Leyes.


CONCLUSIÓN

Primer libro

Prólogo

Los famosos caballeros, muy noble señor conde, que en los tiempos antiguos por diversas regiones del mundo florecieron, entre los grandes cuidados y ocupaciones arduas que tenían para gobernar la república, y defender y ampararla de sus adversarios, acostumbraban interponer algún trabajo de ciencia, por que más honestamente supiesen regir a sí y aquellos cuyo regimiento les pertenecía, así en hechos de paz como de guerra, entendiendo que las fuerzas del cuerpo no pueden ejercer acto loado de fortaleza si no son guiados por corazón sabidor. Ca el esfuerzo discreto y la esforzada discreción son de loar en los caballeros, y no el presuntuoso atrevimiento ni la atrevida presunción.

Zoroastes, uno de los primeros príncipes de Oriente, aquel que escriben que riendo nació, muy enseñado dicen que fue. Y el gran Alejandro Macedón, so la disciplina de Aristóteles expendió gran parte de su mocedad. Publio Escipión Africano el primero muchas veces se apartaba a algunos honestos estudios. Y en esto no son muchos de nombrar, porque tantos son que ocuparían mucha escritura, mas estos solos reconté porque cada uno de ellos fue singular en su tiempo.

Y si en estudio de las altas ciencias se ocuparon los grandes varones, cuánto más se deben ocupar en lo que pertenece a los actos de la caballería, cuyo oficio tienen. Ca, siguiendo a san Jerónimo, puedo decir, que así como a los médicos pertenece saber las cosas de la medicina, y a los herreros tratar las de la herrería, así a los caballeros las reglas de lo militar. Ni se engañe alguno cuidando que en la claridad de la sangre y en el denuedo solo del corazón consiste todo el loor de los caballeros, ca estas dos cosas buenas son, pero más es menester. Y muchos fueron esforzados y generosos, y no son contados en el número de los notables varones, por no guiar los hechos por la línea de la razón. Y Catón, muy valiente dicen que fue, mas no le cuentan entre los caballeros. Ca la discreción debe mandar al denuedo y no el denuedo a la discreción.

Y como sean muchas cosas escritas, así en los tiempos antiguos como en los más cercanos años, para despertar los corazones en los hechos de la caballería, pero todas las que a ello aprovechan se pueden reducir a una de tres

maneras: la primera manera es de doctrinas de sabidores, que no tuvieron diadema de imperio ni de reino para poder mandar, mas tuvieron gran excelencia de ingenio para enseñar; la segunda es ejemplos de los antiguos compilados por historiadores en sus crónicas muy copiosamente, los cuales no son bastantes ni tienen autoridad para apremiar, mas son suficientes para inducir los nobles corazones a seguir el rastro de la virtud, ca así como en el espejo se considera el bulto corporal, así en las historias, leyendo los hechos ajenos, se ven los propios con los ojos del corazón, aunque no del todo claros; la tercera es ordenanza de leyes hechas por aquellos que tuvieron poder de establecerlas, y éstas no solamente atraen al hombre a vivir bien, mas aun han vigor de apremiarle a ello.

En la primera manera son escritas muchas doctrinas que en diversos y notables libros, así de filósofos como de oradores griegos y latinos, se contienen, los cuales no nombro aquí porque sería prolijo de contarlos, y no conviene al intento de la presente compilación, por vós, señor conde, demandada. En la segunda son escritas y compuestas muchas crónicas, así generales como romanas, y otras particulares de diversas provincias del mundo, cuyos nombres dejo so silencio porque no hacen al propósito de aquello que queremos hablar. En la tercera son escritas muchas leyes de emperadores y reyes que por las partidas del mundo reinaron, establecidas para buen regimiento de la república; y no olvidaron en ellas de poner muchas reglas pertenecientes a la disciplina de la caballería. Y porque esto pertenece a la intención presente, bien es de nombrar a algunos de aquellos que primeramente escribieron leyes, y anteponiendo a todas la ley divinal, que en ambos los santos testamentos se contiene.

Los primeros que leyes establecieron nombra san Isidoro, diciendo así: Foroneo, rey, estableció primeramente a los griegos las leyes y los juicios; Mercurio Trismegisto las hizo y dio a los egipcianos; Solón fue el primero que las dio a los de Atenas; Licurgo estableció derechos en Lacedemonia; Numa Pompilio, que sucedió a Rómulo en el reino, fue el primero que dio leyes a los romanos. Y maguer que de extrañas naciones se haga mención quién les dio leyes, no se recuentan entre ellos los que las dieron en España, no porque en ella no hayan pasado muy grandes y notables hechos, y no haya sido mayor su poderío que el de Egipto ni el de Atenas, mas porque no hubo en ella tanta copia de pregoneros elocuentes. Ca muchas veces queda la virtud escondida por no haber quién la hermosamente publique.

Mas para el propósito de la presente compilación, me parece que es bien que nosotros nombremos a algunos de los que hicieron las leyes. Y pues los otros contaron lo mucho antiguo, digamos nosotros a lo menos aquéllos que fueron más cercanos a nuestro tiempo, de cuyas leyes hoy usamos. Y después de la terrible malandanza y singular desventura que Dios, provocado por nuestros pecados, quiso dar en España, en el tiempo del rey don Rodrigo, reinaron en Castilla y en León, según se puede colegir por las historias, contando todos los reyes, así los que ambos estos reinos tuvieron como los que reinaron apartadamente en cada uno de ellos hasta este tiempo en que hoy somos -en que reina el muy católico y muy justo príncipe nuestro señor el rey don Juan el segundo, cuya persona y reino la clemencia divinal quiera conservar y ensalzar con mucha prosperidad y felicidad verdadera-, cuarenta y dos reyes. Entre éstos hubo once que tuvieron nombre don Alfonso. Y así éstos como otros establecieron algunas leyes, pero como de las otras gentes no se nombran todos los hacedores de ellas salvo los principales, así nosotros nombremos a aquellos que más generales leyes hicieron, y de que más usamos, y son éstos: don Alfonso el sexto, aquel que cobró a Toledo, hizo el Fuero de las leyes don Alfonso el décimo, hijo del rey don Fernando, que conquistó Sevilla, mandó ordenar las Partidas, don Alfonso el undécimo, aquel que venció la batalla de Tarifa, hizo el Ordenamiento de Alcalá y algunas otras ordenanzas.

Y aunque estos solos nombramos, otros hubo que hicieron leyes. Y antes de todos estos fue compuesto el Libro Juzgo, el cual dicen que fue hecho por sesenta y seis obispos en el tiempo de los godos, en el Cuarto Concilio de Toledo, reinante el rey Sisenando. Y las leyes de él no han autoridad de derecho general en todo el reino, mas usan de algunas de ellas en algunas partes del reino de León. Y así como en las leyes de los griegos y de los romanos se contienen muchas cosas que pertenecen singularmente al estado de los caballeros, según cualquier jurista puede ver por los libros del derecho civil, así en las leyes de España no fue olvidada la caballería, mas fue hecha gran mención de lo que a caballeros e hijosdalgo pertenece.

Y como vós, de la primera manera de libros que decimos, es a saber, de doctrinas militares, tengáis algunos, y de la segunda, que es de las crónicas, hayáis gran copia, querríais haber de la tercera, que es de las leyes, y señaladamente de las de España, aquellas que pertenece saber a los hijosdalgo y caballeros. Y como sean mezcladas entre otras muchas que disponen de otros hechos que no son necesarios de saber a los militares varones, me mandasteis muy ahincadamente que escojiese de ellas aquellas que atañen a la caballería, por que apartadas de las otras, las pudiéseis ver por vós mismo cuando cumpliese, lo cual demuestra bien la animosidad de vuestro corazón, y la recta, viril intención que tenéis de ejercer los actos a vuestra profesión pertenecientes, por querer haber avisamiento de las leyes, para seguir y mandar seguir a los vuestros las cosas que por ellas son loadas, y esquivar las vituperadas. Ca el loor y el vituperio son espuelas de los hijosdalgo.

Y el Filósofo dice que en aquellas tierras hubo hombres más fuertes donde la fortaleza fue loada y la cobardía denostada. Mas se hace aún más loable este vuestro propósito, porque primero quisisteis poner en práctica las buenas doctrinas de la caballería que aprender la teórica de ellas, lo cual, si es así, yo callaré, mas díganlo aquellos que se acertaron en las cercas de las villas en las batallas campales que en las provincias antiguamente llamadas Bética y Celtiberia, cerca del mar Mediterráneo, así contra moros como contra algunos cristianos en nuestros días pasaron. Y yo tornaré a lo comenzado. Y comoquier que he muy poca familiaridad con estas leyes, pero cumpliendo vuestro mandado, las recorrí superficialmente, y ayunté de ellas algunas que me parecían hacer a lo que vós queréis. Y las puse en esta breve compilación, la cual, pues, mandasteis componer, por ser informado por ella de los establecimientos y doctrinas de la caballería. Podéis llamarla, si os pluguiere, Doctrinal de los caballeros, enmendando y mandándola enmendar como a vós bien visto fuere. Y dando ya fin a la prefación, ca no es de hacer luengo prólogo en pequeña obra, llamando con toda humildad a la ayuda divinal, que así en grandes obras como en pequeñas se debe invocar, declaremos el intento, por que mejor podáis ver la razón de la ordenación infrascrita.

Entre las leyes de este reino, se contienen algunas que pertenecen a hechos de caballería, y otras, aunque no hablan de caballería, pero son actos que se suelen hacer por los caballeros e hijosdalgo. Y ayunté todas éstas en este volumen, no guardando la orden de los Títulos que en sus lugares tenían, por cuanto en los libros donde están, por ser mezcladas con otras muchas, tuvieron de guardar la regla universal de toda la obra. Mas pues que aquí son apartadas a este fin singular, me pareció que cumplía tener en ello la orden particular que a la intención pertenece. Y a las veces puse nombre nuevo al Título, por que so él se pudiesen compilar algunas que en diversos Títulos de sus originales están situadas. Y en comienzo de cada Título, dije algunas palabras para introducción, por que mejor se entienda la intención de las leyes que se siguen. Y por que se conozca, hice escribir suprascripción de bermejo, que dice, Introducción, por que sepa quien lo leyere que aquellas palabras son de la compilación, mas no han autoridad de ley. Y después de ellas está escrito, Leyes, por que vea que lo que se sigue ha autoridad. Y porque en algunos Títulos acaece que hagan a propósito leyes de las Partidas y del Fuero y de los Ordenamientos, donde esto acaeciere, hallareis primero puestas las de las Partidas, y después las del Fuero, y al fin las de los Ordenamientos, lo cual hice porque el rey don Alfonso el undécimo ordenó en Alcalá que primero se librasen los pleitos por los Ordenamientos, y en lo que ellos no bastasen, se recorriese al Fuero, y después a las Partidas. Y esto mismo ordenó el rey don Enrique el segundo, que llamamos el Viejo, en el prólogo que hizo en la publicación de las Partidas. Y pues si en algo se contradijesen es de estar al Fuero o al Ordenamiento, razón es que se sitúe después lo que puede corregir a lo otro, como los legistas hacen, que las leyes que se llaman auténticas las ponen después de las otras, no solamente por ser más nuevas, mas porque corrigen o declaran o mandan a las primeras.

Y en el tenor de las leyes no mudé palabra alguna, mas puse las palabras materiales en que ellas están escritas, porque la escritura que no solamente vale por razón, mas aun por autoridad de quien la compuso, no se debe mudar, lo cual guardó Graciano, en aquella famosa compilación que se llama Decreto, ca en las autoridades que trajo a su propósito, no mudó las palabras, mas las escribió así como estaban en sus originales, interponiendo algunas veces, entre unas y otras, palabras suyas para mejor ligar y continuar la mixtura.

Dejemos ya esto y comencemos lo que queremos hacer.

Título tercero

De los caballeros, y de lo que han de hacer

Introducción

Tiempo es ya de comenzar en aquello que a los caballeros singularmente pertenece, por cuya causa se hace esta compilación. Y maguer que los legistas muchas cosas digan de ello, en diversos lugares, pero en las leyes de este reino, muy copiosa y muy hermosamente es escrito. Y el rey don Alfonso el décimo, en la Segunda Partida, en el Título Vigésimo primo, estableció todas las leyes siguientes:

Leyes

[Que los] defensores deben ser mucho escogidos

Defensores es uno de los tres estados por que Dios quiso que se mantuviese todo el mundo, ca bien así como los que ruegan a Dios por el pueblo son llamados oradores, y otrosí, los que labran la tierra y hacen en ella aquellas cosas por que los hombres han de vivir y mantenerse son dichos labradores, otrosí, los que han a defender a todos son llamados defensores. Por ende, los hombres que tal cosa han de hacer, tuvieron por bien los antiguos que fuesen mucho escogidos. Y esto fue porque en defender yacen tres cosas: esfuerzo y honra y poderío. Onde, pues que en el Título antes de éste mostramos cuál debe el pueblo ser a la tierra donde moran, haciendo linaje que la pueblen, y labrándola para haber los frutos de ella, y enseñoreándose de las cosas que en ella fueren, y defendiéndola y amparándola de los enemigos, que es cosa que conviene a todos comunalmente, pero con todo eso, a los que más pertenece son los caballeros, a quien los antiguos dicen defensores: lo uno, porque son más honrados; lo ál, porque señaladamente son establecidos para defender la tierra y ampararla.

Por ende, queremos aquí hablar de ellos, y mostrar por qué así son llamados, y cómo deben ser escogidos, y cuáles deben ser en sí mismos, y quién los puede hacer, y cómo deben ser hechos, y cómo se deben mantener, y cuáles cosas son tenidos de guardar, y qué es lo que deben hacer, y cómo deben ser honrados pues que son caballeros, y por cuáles cosas pueden perder aquella honra.

Por qué razón la caballería y los caballeros tuvieron este nombre

Caballería Ríe llamada antiguamente la compañía o los compañeros de los hombres nobles que Rieron puestos para defender las tierras. Y por ende, le pusieron nombre en latín, MILICIA, que quiere tanto decir como compañías de hombres duros y fuertes, escogidos para sufrir males, trabajando y lazrando por pro de todos comunalmente. Y por ende, hubo este nombre de cuento de mil, que antiguamente de mil hombres escogían uno para ser caballero.

Mas en España llaman caballería, no por razón que andan cabalgando en caballos, mas porque, bien así como los que andan en caballo van más honradamente que en otra bestia, y otrosí, los que son escogidos para caballeros son más honrados que todos los otros defensores, onde, así como [el] nombre de la caballería fue tomado de compañía de hombres escogidos para defender, otrosí, fue tomado el nombre del caballero de caballería.

Cómo deben ser escogidos los caballeros

Mil es el más honrado cuento de cuento que puede ser, ca bien así como diez es el más honrado cuento de los que se comienzan en uno, [y] el ciento, entre los dieces, así entre los centenarios es el mayor y el más honrado el mil. Y porque todos los otros se encierran en él, y de allí adelante no puede haber otro cuento nombre señalado por sí, y ha de tornarse por fuerza a ser nombrado por los otros, que decimos que se encierran en millar. Y por esta razón, escogían antiguamente, de mil hombres, uno, para hacerlo caballero, así como dijimos en la ley ante de ésta. Y en escogiéndolo[s], cataban que fuesen hombres que tuviesen en sí tres cosas: la primera, que fuesen lazradores, para saber sufrir la gran laceria y los trabajos que en las guerras y en las lides les acaeciesen; la segunda, que fuesen usados a herir, por que supiesen mejor y más aína matar y vencer sus enemigos, y no cansasen ligeramente haciéndolo; la tercera, que fuesen crueles, para no haber piedad de robar lo de los enemigos, ni de herir ni de matar; otrosí, no desmayasen aína por heridas que ellos recibiesen ni que diesen a otros.

Y por estas razones, escogieron antiguamente para hacer caballeros de los leñadores del monte, que son hombres que sufren gran laceria, y carpinteros y herreros y pedreros, porque usan mucho a herir y son fuertes de manos; y otrosí, de los carniceros, por razón que son crudos en matar las cosas brutas, y esparcen la sangre de ellas. Y aun cataban otras cosas, en escogiendo los que fuesen bien facionados de miembros para ser recios, fuertes, y ligeros.

Y esta manera de escoger usaron los antiguos muy gran tiempo. Mas porque después vieron muchas vegadas que estos tales, no habiendo vergüenza, olvidaban todas estas cosas sobredichas, y en lugar de vencer sus enemigos, se vencían ellos, tuvieron por bien los sabidores de estas cosas que catasen hombres para esto que tuviesen naturalmente en sí vergüenza. Y sobre esto dijo un sabio que tuvo nombre Yegecio, que habló de la orden de caballería, que la vergüenza al caballero veda que no huya de la batalla, y por ende, ella le hace ser vencedor. Ca mucho tuvieron que era mejor el hombre flaco y sufridor que el fuerte y ligero para huir. Y por ende, sobre todas las otras cosas, cataron que fuesen hombres de buen linaje, por que se guardasen de hacer cosa por que pudiesen caer en vergüenza.

Y porque éstos fueron escogidos de buenos lugares e hijosdalgo, que era tanto decir en lenguaje de España como bien, por eso los llamaron hijosdalgo, que muestra tanto como hijos de bien. Y en algunos otros lugares los llamaron gentiles. Y tomaron este nombre de gentileza, que muestra tanto como nobleza de bondad, porque los gentiles fueron hombres nobles y buenos, y vivieron más honradamente que las otras gentes. Y esta gentileza había en tres maneras: la primera, por linaje; la segunda, por saber; la tercera, por bondad de costumbres y de maneras. Y comoquier que éstos que lo ganaban por su sabiduría y por su bondad son por derecho llamados nobles y gentiles, y mayormente lo son aquellos que lo han por linaje antiguamente, y hacen buena vida porque les viene de lueñe, como por heredad, por ende, son más encargados de hacer bien y guardarse de yerro y de malestanza. Ca no tan solamente cuando lo hacen reciben daño y vergüenza ellos mismos, mas aun aquellos de donde ellos vienen.

Y por ende, los hijosdalgo han de ser escogidos que vengan de derecho linaje, de padre y de abuelo, hasta cuarto grado, a que llaman trasbisabuelo. Y esto tuvieron por bien los antiguos, porque de aquel tiempo en adelante no se pueden acordar los hombres comunalmente, pero cuando dende en adelante más de lueñe vienen de buen linaje, tanto más crecen en su honra y en su hidalguía.

Cómo los hijosdalgo deben guardar la nobleza de la hidalguía

Hidalguía, según dijimos en la ley antes de ésta, es nobleza que viene a los hombres por linaje. Y por ende, deben mucho guardar los que han derecho en ella que no la dañen ni mengüen, ca pues el linaje hace los hombres, los hombres así como herencia, no debe querer el hijodalgo que él haya de ser de tan mala ventura que lo que en los otros se comenzó y heredaron, mengüe o se acabe en él. Y esto sería cuando él menguase en lo que los otros acrecentaron, casando con villana, y el villano con hijadalgo. Pero la mayor parte de la hidalguía ganan los hombres por la honra de los padres, ca maguer la madre sea villana y el padre hijodalgo, el hijo que de ellos naciese por hijodalgo se puede contar, mas no por noble. Mas si nace de hijadalgo y de villano, no tuvieron que era derecho que fuese contado por hijodalgo, porque siempre los hombres el nombre del padre ponen delante; primeramente delante cuando alguna cosa le quisieren decir. Otrosí, la madre nunca la sería mentada que a denuesto no se tornase del hijo y de ella, porque el mayor denuesto que la cosa honrada puede haber es cuando se mezcla tanto con la cosa vil que pierde su nombre y gana el de la vil.

Cómo los caballeros deben haber en sí cuatro virtudes principales

Bondades son llamadas las buenas costumbres que los hombres han naturalmente en sí, a que llaman en latín, VIRTUDES. Y entre todas son cuatro las mayores, así como cordura y fortaleza y mesura y justicia. Y comoquier que todo hombre que haya voluntad de ser bueno deba trabajarse de haberlas, también los oradores que dijimos, como los otros que han a gobernar las tierras por sus labores y por sus trabajos, con todo aquesto no hay ningunos a quien más convenga que a los defensores, porque ellos han a defender la Iglesia y a los reyes y a todos los otros. Ca la cordura les hará que lo sepan hacer a su pro y sin su daño; y la fortaleza, que estén firmes en lo que hicieren, y no sean cambiadizos; y la mesura, que obren de las cosas como deben, y no pasen a más; y la justicia, que la hagan derechamente.

Y por ende, los antiguos, por remembranza de esto, hicieron hacer a los caballeros armas de cuatro maneras: las unas, que visten y calzan; y las otras que ciñen; y las otras, que paran delante sí; las otras, con que hieren. Y comoquier que ést[a]s sean en muchas maneras, pero todas tornan en dos: las unas, para defender el cuerpo, que son dichas armaduras; y las otras armas, que son para herir.

Y porque los defensores no habrían comunalmente todas estas armas, y aunque las tuviesen, no podrían siempre traerlas consigo, tuvieron por bien los antiguos de hacer una en que se mostrasen todas estas cosas por semejanza. Y ésta fue la espada. Ca bien así como las armas que el hombre viste para defenderse muestran cordura, que es virtud que le guarda de todos los males que le podrían venir por su culpa, otrosí, muestra eso mismo el mango de la espada que el hombre tiene encerrado en el puño, ca en cuanto así lo tuviere, en su poder es de alzarla o de bajarla o de herir con ella o de dejarlo. Otrosí, como en las armas que el defendedor para ante sí para defenderse muestran fortaleza, que es virtud que hace al hombre estar firmemente a los peligros que le avienen, así en la manzana es toda la fortaleza, que es la virtud de la espada, ca en ella se sufre el mango y el arriaz y el hierro.

Y bien como las armas que el hombre ciñe son medianas entre las armaduras que viste y las armas con que hiere, y son así como la virtud de la mesura entre las otras cosas que se hacen, a de más o de menos de los que deben, bien a esta semejanza es puesto el arriaz entre el mango y el hierro de ella. Bien otrosí, como las armas que el hombre tiene en las manos enderezadas para herir con ellas allí donde conviene, muestra mesura justicia que ha en sí derecho e igualdad, otrosí, lo muestra el hierro de la espada, que es derecho y agudo, y taja igualmente de ambas partes. Y por todas estas razones, establecieron los antiguos que la trajesen siempre consigo los nobles defensores, y que con ella recibiesen honra de caballería, y no con otra arma, por que siempre les viniese en mientes de estas cuatro virtudes que deben haber en sí, sin que no podrían cumplidamente mantener el estado del defendimiento para que son puestos.

[Que los] caballeros deben ser entendidos

Aún hay otras bondades, sin las que dijimos en la ley antes de ésta, que deben haber en sí los caballeros; esto es, que sean entendidos. Ca entendimiento es la cosa que más endereza al hombre para ser cumplido en sus hechos, ni que más lo extrema de las otras criaturas. Y por ende, los caballeros, que han a defender a sí y a los otros, según que dicho habernos, deben ser entendidos. Ca si no lo fuesen, errarían en las cosas que hubiesen a defender, porque el desentendimiento les haría que no mostrasen su poder contra aquellos que hubiesen de mostrar, y de la otra parte, que hiciesen mal a los que fuesen tenidos de guardar. Otrosí, les haría ser crudos contra la cosa que debiesen haber piedad y ser piadosos en las cosas que deben ser crudos. Y aún les haría hacer otro yerro mayor, que se tornaría en deslealtad, ca les haría amar a los que hubiesen de querer mal, y desamar a los que hubiesen de querer bien. Y aun les haría ser esforzados donde no lo hubiesen de ser, y cobardes donde debiesen haber esfuerzo, y codiciar lo que no debiesen haber, y olvidar lo que deben codiciar. Y de esta guisa les haría [errar el] desentendimiento en todas las cosas que hubiesen de hacer.

[Que los] caballeros deben saber obrar de su entendimiento

Entendidos siendo los caballeros, así como dijimos en la ley antes de ésta, comoquier que valdrían más por ello, con todo eso, no les tendría pro si no lo supiesen meter en obra. Ca, maguer el entendimiento les mostrase qué debían hacer para defender, si sabiduría no hubiese para lo saber hacer, no les valdría nada. Ca la obra aduce al hombre a acabamiento de lo que entiende, y es así como espejo en que muestra la su voluntad y el su poder cuál es. Y por ende, conviene que los caballeros sean sabidores y ciertos para saber obrar de lo que entienden, ca en otra manera no podrían ser cumplidamente buenos defensores.

Que los caballeros deben ser bien acostumbrados

Pasando los hijosdalgo de las cosas contrarias, les hacen que lleguen por ellas a acabamiento de buenas costumbres, y esto es que de una parte sean fuertes y bravos, y de la otra parte, mansos y humildes. Ca, así como les está bien de haber palabras fuertes y bravas para espantar los enemigos y arredrarlos de sí cuando fueren entre ellos, bien de aquella manera las deben haber en cosas humildes y mansas, para halagar y alegrar a aquellos que con ellos fueren, y serles de buen gasajado en las sus palabras y en sus hechos. Ca natural cosa es que el que usa como debe de su voluntad, no le conviene que le fallezca después, y allí donde más la hubiere menester.

Que los caballeros deben ser arteros y mañosos

Arteros y mañosos deben ser los caballeros, y éstas son dos cosas que les convienen mucho, porque bien así como las maneras los hacen ser sabidores de aquello que han de hacer por sus manos, otrosí, el artería les hace buscar carreras para saber acabar mejor y más en salvo lo que quieren. Y por ende, se acuerdan muy bien estas dos cosas en uno, ca las maneras les hacen que sepan a[r]mar bien y apuestamente, y otrosí, ayudarse y herir con toda arma, y ser ligeros y buenos cabalgantes, y el artería les muestra cómo sepan vencer con pocos a muchos, y cómo estuercen de los grandes peligros cuando en ellos cayeren.

Que los caballeros deben ser muy leales

Leales convienen que sean en todas guisas los caballeros, ca esta es bondad en que se acaban y encierran todas las otras bondades y buenas costumbres, y ella es así como madre de todas. Y comoquier que todos los hombres la deben haber, señaladamente conviene mucho a estos que la hayan, por tres razones, según los antiguos dijeron: la primera es porque son puestos por guarda y defendimiento por todos, y no podrían ser buenos guardadores los que leales no fuesen; la segunda, por guardar honra de su linaje, lo que no guardarían cuando en la lealtad errasen; la tercera, por no hacer ellos cosa por que caigan en vergüenza, en la que caerían más que por otra cosa, si leales no fuesen.

Y por ende, han menester que hayan lealtad en las voluntades y que sepan obrar de ella, ca de otra manera no podría ser que no errasen en ello, porque muchas veces acaece que por guardar lealtad a su señor, aquellos a quien la han de tener hacen tuerto a hombres que nunca se lo merecen, y daño a sí mismos, y algunas cosas con que han deudo, metiéndose a peligro y a muerte, y yendo contra sus voluntades, dejando todo lo que habían sabor, y haciendo aquello que no debían hacer, pudiéndolo excusar. Y esto hacen por no menguar en su lealtad. Y por ende, ha menester que la entiendan bien cuál es, y sepan obrar de ella, así como conviene.

Que los caballeros deben ser sabidores de conocer bien los caballos y las armas que tuvieren si son buenos o no

Caballos y armaduras y armas son cosas que conviene mucho a los caballeros de haberlas buenas, cada una según su natura. Ca, pues con éstas han de hacer los hechos de armas, que es su menester, conviene que sean tales de que se puedan bien ayudar. Y entre todas aquellas cosas de que ellos han de ser sabidores, es ésta la más señalada. Ca, por ser el caballo grande y hermoso, si fuese de malas costumbres, y el caballero no fuese sabidor para conocer esto, le avendría ende dos males: el uno, que perdería cuánto por él diese; y lo ál, que podría ser que cayese por él en peligro de muerte o de prisión. Y eso mismo le avendría si no fuesen las armaduras buenas y bien hechas y con razón. Y por ende, según los antiguos mostraron, para ser los [caballos] buenos, deben haber en sí tres cosas: la primera, ser de buena color; la segunda, ser de buenos corazones; la tercera, haber [miembros] convenientes que respondan a estas dos cosas.

Y, aún sobre todo esto, quien bien lo quisiere conocer, ha de catar que venga de buen linaje, ca ésta es la animalia del mundo que más responda a su natura. Y aun los antiguos, que más hablaron en esta razón, tuvieron que sin todas estas sabidurías, debían aún haber los caballeros en sí tres cosas para hacer buenos en sí los caballos: la primera, saberlos mantener en sus bondades; la segunda, que guarden si alguna mala costumbre tuviesen, tollerlos de ella; la tercera, guarecerlos de las enfermedades que tuviesen.

Y en las armaduras que tuviesen, deben otrosí haber sabiduría en tres maneras: la primera, si es bueno el hierro o el fuste o el cuero o la otra cosa de que las hacen, para conocer si son fuertes; la segunda, que sean ligeras; la tercera, eso mismo es de las armas para herir, que han de ser bien hechas y fuertes y ligeras. Y cuánto más conocieren los caballeros estas cosas, y las usaren, tanto más mejor se ayudarán de ellas y las tornan a su pro.

Quién ha poder de hacer caballeros, o quién no

Hechos no pueden ser los caballeros por mano de hombre que caballero no sea, ca los sabios antiguos, que todas las cosas ordenaron con razón, no tuvieron que era cosa con guisa, ni que pudiese ser con derecho, dar un hombre a otro lo que no tuviese. Y bien así como las órdenes de los oradores no las puede ninguno dar sino él que las ha, otrosí, tal no ha poderío ninguno de hacer caballero sino él que lo es. Pero algunos allí hubo que tuvieron que el rey, o su hijo heredero, maguer caballeros no fuesen, que bien lo podían hacer por razón del reino, por[que] ellos son cabezas de caballería, y todo el poder se encierra de ella en su mandamiento. Y por esto lo usaron, y usan en algunas tierras, señaladamente en España.

Mas, según razón verdadera y derecha, ningún otro no puede hacer caballero si él primero no lo fuese. Y tanto encarecieron los antiguos orden de caballería, que tuvieron que los emperadores ni los otros reyes no debían ser consagrados ni coronados hasta que caballeros fuesen. Y aún dijeron más: que ninguno no puede hacer caballero a sí mismo, por honra que tuviese. Y comoquier que en algunos lugares lo hacen los reyes, así como en España, más por costumbre que por derecho, con todo esto, no tuvieron por bien los sabios antiguos que lo hiciesen, ca dignidad, orden, ni regla no puede ninguno tomar por sí, si otro no se lo da. Y por ende, ha menester que en la caballería haya dos personas: aquel que la da, y aquel que la recibe.

Otrosí, tuvieron que mujer, por honra que tuviese, maguer fuese imperatriz o reina por heredamiento, que no pudiese hacer caballero por sus manos, comoquier que podrían rogar o mandar a algunos de su señorío que los hiciesen; aquellos que tuviesen derecho de hacerlo.

Y aun dijeron que hombre desmemoriado, ni el que fuese de menor edad de catorce años, que no debe ninguno de ellos esto hacer, porque la caballería es tan noble y tan honrada cosa que debe entender el que la da qué es lo que hace en darla, lo que éstos no podrían hacer. Otrosí, clérigo, ni hombre religioso, no tuvieron que los podrían hacer caballeros, porque sería cosa muy sin razón de entremeterse en hecho de caballería aquellos que no pudieron ni han poder de meter las manos para obrar de ella. Pero si alguno fuese caballero primeramente, y después le acaeciese que hubiese de ser maestre de orden de caballería que mantuviese hecho de armas, no fue a tal como éste defendido de hacerlos. Y no tuvieron, otrosí, por bien, que ningún hombre hiciese caballeros a aquellos que por derecho ni por razón ni pueden ni lo deben ser, según adelante lo muestra en las leyes de este Título.

Cuáles no deben ser caballeros

Fallecimiento para no poder hacer bien las cosas [es] en dos maneras: la una, por hecho; la otra, por razón. Y la de hecho es cuando los hombres no han cumplimiento de lo que han menester para hacerlas. Y la que viene por razón es cuando no han derecho por que la deban hacer. Y comoquier que esto avenga en todas cosas, señaladamente cae mucho en hecho de caballería, porque, bien así como razón tuelle que dueña no puede hacer caballero, ni hombre de religión, porque no han de meter las manos en las lides, ni otrosí el que es loco y sin edad, porque no han [ende] cumplimiento de seso para entender lo que hacen, otrosí, tuelle el derecho que no sea caballero hombre muy pobre, si no le diere primeramente consejo el que lo hace por que pueda bien vivir. Ca no tuvieron por bien los antiguos que era cosa guisada que orden de caballería, que es establecida para dar y hacer bien, fuese puesta en hombre que hubiese a mendigar con ella, ni de hacer vida deshonrada, ni otrosí que hubiese de hurtar o hacer cosa por que mereciese recibir pena, que es puesta contra los viles y malhechores.

Otrosí, no debe ser hecho caballero el que fuese menguado de su persona o de sus miembros de manera que se no pudiese en guerra ayudar de las armas. Y aún dijeron que no debe ninguno ser caballero hombre que por su persona anduviese haciendo mercadería. Y otrosí, no deben hacer caballero al que fuese conocidamente traidor o alevoso, o dado en juicio por tal, ni hombre que fuese juzgado para muerte, por yerro que hubiese hecho, si primero no le fuese perdonado, no tan solamente la pena, mas la culpa. Y no debe ser caballero el que una vez hubiese recibido la caballería por escarnio. Y esto podría ser en tres maneras: la primera, cuando el que lo hiciese caballero no tuviese poderío de hacerlo; la segunda, cuando el que la recibiese no fuese hombre para ello, por alguna de las razones que dijimos; la tercera, cuando alguno que tuviese derecho de ser caballero recibiese a sabiendas caballería por escarnio. Ca, maguer aquel que se la diese tuviese poder de hacerlo, no lo podría ser el que así la recibiese, porque la recibiera como no debía. Y por ende, fue establecido antiguamente por derecho, que el que quisiese escarnecer tan noble cosa como caballería, que fincase escarnido de ella de manera que nunca la pudiese haber.

Otrosí, pusieron que ninguno no recibiese honra de caballería por precio de haber ni de otra cosa que diese por ella que fuese como manera de compra. Ca bien así como el linaje no se puede comprar, otrosí, la honra que viene por la nobleza no la puede la persona haber si ella no fuese tal que la merezca por linaje o por seso o por bondad que haya en sí.

Cuáles cosas deben hacer los escuderos antes que reciban la caballería

Limpieza hace parecer bien las cosas a los que la ven. Y bien así como la apostura la hace estar apuestamente cada una por su razón, y por ende, tuvieron por bien los antiguos que los caballeros fuesen hechos limpiamente. Ca bien así como la limpieza deben haber dentro en sí mismos y en sus bondades y en sus costumbres, en la manera que dicho habernos, otrosí, la deben haber de fuera, en sus vestiduras y en las armas que trajeren. Ca, maguer el su menester es fuerte y crudo, así como de herir o matar, con todo esto, las sus voluntades no pueden olvidar que no se paguen naturalmente de las cosas hermosas y apuestas, y mayormente cuando ellos las traen, porque de una parte les dan alegría y conorte, y de la otra, les hacen cometer más denodadamente hecho de armas, porque saben que por ello serán conocidos y que les tendrán todos más mientes en lo que hicieren ende. Y por esta razón, no les embarga la limpiedumbre y la apostura a la fortaleza ni a la crueldad que dende debe haber. Y demás, que deben haber significanza, según que de suso dijimos, en la obra, que parece de fuera a lo que tienen en las voluntades de dentro.

Y por ende, mandaron los antiguos que el escudero que fuese de noble linaje, un día antes que reciba caballería, que debe tener vigilia. Y en ese día que la tuviere, desde mediodía adelante, le han los escuderos a batear y lavarle la cabeza por sus manos, y echarle en el más apuesto lecho que pudieren haber. Y allí le han de vestir y calzar los caballeros de los mejores paños que hubiere. Y desque este limpiamiento le hubieren hecho al cuerpo, le han de hacer otro tanto al alma, llevándole a la iglesia en que ha de conocer que ha de recibir trabajo, velando y pidiendo merced a Dios que le perdone sus pecados y que le guíe por que haga lo mejor en aquella orden que quiere recibir, en manera que pueda defender su ley y hacer otras cosas, según le conviene, y que le sea guardador y defendedor de los peligros y de los embargos y de lo que le será contrario a esto. Y debe venirle en miente, que comoquier que Dios es poderoso sobre todas las cosas del mundo y puede mostrar su poder en ellas como y cuando quisiere, que señaladamente lo es en hecho de armas, ca en su mano es la vida y la muerte, para darla y para tollerla, y hacer que el flaco sea fuerte y el fuerte flaco. Y en cuanto esta oración hiciere, ha de estar los hinojos fincados y todo lo ál en pie mientras sufrirlo pudiere. Ca la vigilia de los caballeros nobles no fue establecida para juegos ni para otra cosa, sino para rogar a Dios y a los santos que los guíen y los aliñen como a hombres que entran en carrera de muerte.

Cómo han de ser hechos los caballeros

Espada es arma que muestra aquellas cuatro significaciones que ya habernos dicho. Y porque el que ha de ser caballero debe haber en sí por dicho aquellas cuatro virtudes que establecieron los antiguos que recibiesen con ella la orden de caballería, y no con otra arma. Y esto ha de ser hecho en tal manera que, pasada la vigilia, luego que fuere de día, debe ir primeramente oír misa y rogar a Dios que le guarde en sus hechos y para su servicio. Y después, ha de venir el que lo ha de hacer caballero y preguntarle si quiere recibir orden de caballería. Y si le dijere que sí, le ha de preguntar si la mantendrá como se debe mantener. Y después que se lo otorgare, debe calzarle las espuelas, o mandar algún caballero que se las calce. Y esto ha de ser según que el hombre fuere y el lugar que tuviere. Y le han de hacer de esta guisa por mostrar que, así como el caballero pone las espuelas al caballo de diestro y de siniestro para hacerle correr derecho, que así debe él hacer sus hechos enderezadamente, de manera que no tuerza a ninguna parte. Y desí ha de ceñir la espada sobre el brial que le vistiere, así que la cinta no sea muy floja, mas que se llegue al cuerpo. Y esto es por significanza que las cuatro virtudes que dijimos deben haber siempre los caballeros y tenerlas coronadas así.

Pero antiguamente establecieron que a los nobles hombres hiciesen caballeros siendo armados de todas sus armaduras, bien así como si hubiesen de lidiar. Mas las cabezas no tuvieron por bien que las tuviesen cubiertas, porque los que así la traen, no lo hacen salvo por dos razones: la primera, por encubrir alguna cosa que en ellos hubiese que les parecería mal, ca por tal cosa, bien las pueden encubrir de alguna cobertura que fuese hermosa y apuesta; la otra manera por que cubren la cabeza es cuando algún hombre hace alguna cosa desaguisada de que ha vergüenza, y esto no conviene en alguna manera a los nobles, ca pues ellos han de recibir tan noble y tan honrada cosa como la caballería, no es derecho que entren en ella con mala vergüenza ni con miedo.

Y desque la espada le hubiere ceñido, debe sacarla de la vaina y ponérsela en la mano derecha, y hacerle jurar estas tres cosas: la primera, que no recele de morir por su ley si menester fuere; la segunda, por su señor natural; la tercera, por su honra. Y cuando esto hubiere jurado, debe darle una pescozada, por que estas cosas sobredichas se le vengan en miente, diciendo que Dios le guíe a su servicio y le deje cumplir lo que prometió. Y después, le ha de besar, en señal de fe y de paz y de hermandad que debe ser guardada entre los caballeros. Y eso mismo han de hacer todos los otros caballeros que fueren en aquel lugar, no tan solamente en aquella sazón, mas aun en todo aquel año, dondequier que a él vengan nuevamente. Y por esta razón, no se han de buscar mal ni catar los caballeros unos a otros, a menos de echar en tierra la fe que así prometió, desafiándose primeramente, según se muestra o habla de los desafiamientos.

Cómo han de ceñir la espada al noble después que hecho caballero

Ceñir la espada es la primera cosa que ha de hacer después que el caballero noble fuere hecho. Por ende, ha de ser muy catado quién es el que se la ha de ceñir. Y esto no debe ser hecho sino por mano de hombre que haya en sí algunas de estas tres cosas: que sea su señor natural, o que lo haga por el deudo que han de consuno, u hombre honrado que lo hiciese por hacerle honra, o caballero que fuese muy honrado y muy bueno en armas, que lo hiciese por su bondad. Y en esto se acordaron más los antiguos que en las otras dos, que tuvieron que era muy [buen] comienzo para lo que era tenido el noble de hacer. Pero cualquier de ellas que haya, vale y es muy buena.

Ca éste que le [ciñe] la espada le llaman padrino. Ca bien así como los padrinos en el bautismo ayudan a confirmar y otorgar a su ahijado como sea cristiano, otrosí, el que es padrino del caballero noble, [ciñéndole] la espada, confirma y otorga la caballería que ha recibido.

Qué deudo han los nobles caballeros con quien los hacen caballeros y con los padrinos que les [ciñen] las espadas

Deudo han los caballeros nobles, no solamente con aquellos que los hacen, mas aun con los padrinos que les [ciñen] las espadas. Ca, bien así como son tenidos de obedecer y de honrar a los que les dan la orden de la caballería, otrosí si lo son a los padrinos que son confirmadores de ella. Y por ende, establecieron los antiguos que el caballero nunca fuese contra aquel de quien hubiese recibido la caballería, fueras ende si lo hiciese con su señor natural. Y aún entonces, cuando contra él fuese, que se guardase cuanto pudiese de herirle y de matarle con sus manos, sino viese que él querría herir y matar a su señor. Otrosí, no ha de ser en hecho ni en consejo de ninguna cosa que su daño fuese, mas lo ha a estorbar cuanto pudiere que no sea así, y si no, apercibirlo de ello, fueras ende si fuese cosa que se tornase en daño de su señor, si se lo hiciese saber, o de él mismo, o de su padre si lo tuviere, o de su hijo, o de su hermano, o de otro su pariente de que él fuese tenido de demandar su muerte.

Pero esto se entiende si, por el desengañamiento que aquél hiciese, pudiese venir a alguno de estos sobredichos muerte o desheredamiento o deshonra. Ca por otras cosas [afuera de estas] no debe dejar de apercibirle. Y, sin todo esto, debe ayudarle contra todo hombre que le quisiere maltraer, sino contra estos sobredichos o contra otro hombre con quien hubiese puesto él o su padre pleito de amistad, ca, en cuanto el amor durare, debe guardar que no sea contra aquel con quien lo ha. Y eso mismo decimos que debe guardar hasta tres años al que le hubiese [ceñido] la espada. Pero algunos allí hubo que dijeron debe esto ser hecho hasta siete años, y por ende, los caballeros nobles, pues que tan gran deudo han con los que les [ciñen] las espadas, [deben catar antes que al hecho vengan, quién son aquellos] a quien han de rogar que sean sus padrinos para [ceñírselas].

Qué cosas deben guardar los caballeros cuando cabalgaren

Mantenerse deben los caballeros, según dijeron los antiguos sabios, en manera que ellos hagan buena vida y den buen ejemplo a otros. Y por eso, pusieron entonces maneras ciertas cómo viviesen, también en su cabalgar como cuando bebiesen y comiesen, y cuando hubiesen de dormir.

Y lo ordenaron de esta guisa: que cuando hubiesen de cabalgar por villa, que no cabalgasen sino en caballos quien los pudiere haber. Y esto hicieron porque van ellos más honrados que en ninguna otra cabalgadura, y otrosí, por que usasen cabalgar, que es cosa que pertenece mucho a los caballeros, y porque andan en los caballos más lozanos y más alegres, y los afeitan mejor por eso más a su guisa.

Y aun mandaron que cuando hubiesen de cabalgar fuera de la villa, en tiempo de guerra, que fuesen en sus caballos armados, en manera que si algo acaeciese pudiesen hacer daño a sus enemigos y guardarse de recibirlo de ellos. Y otrosí establecieron que cuando cabalgasen no llevasen otros en pos de sí. Y esto hicieron por que no les tolliese la vista el que fuese en la silla y por que no semejase que llevase troja. Ca estas son cosas que peor parecen a caballero que a otro hombre, porque son necias y desapuestas.

Y otrosí pusieron que cuando cabalgasen por la villa que trajesen todavía mantos, fueras ende si hiciese tal tiempo que se lo estorbase. Y sobre todo establecieron que cuando el caballero cabalgase que llevase todavía la espada ceñida, que así es como hábito de caballería.

En qué manera se deben vestir los caballeros

Paños de colores señalados establecieron los antiguos que trajesen vestidos los caballeros nobles mientras que fuesen mancebos, así como bermejos o jaldes o verdes o cárdenos, por que les diese alegría, mas prietos o pardos u otra color fea, que los hiciese entristecer, no lo tuvieron por bien que lo [s] vistiesen. Y esto hicieron por que las vestiduras fuesen más apuestas, y ellos anduviesen más alegres, y les creciese[n] los corazones para ser más esforzados.

Y comoquier que las vestiduras fuesen de tajos de muchas maneras, según eran las costumbres departidas y los usos de las tierras, pero el manto acostumbraron todos traer de esta guisa: que lo hacían grande y luengo, que les cubriese hasta los pies, y sobraba tanto paño de la una parte y de la otra, sobre el hombro siniestro, por que podrían allí hacer un ñudo, y haciéndolo de manera que podrían meter y sacar la cabeza sin ningún embargo. Y lo llamaban manto caballeroso. Y este nombre le dicen porque no lo había otro hombre de esta guisa traer sino ellos.

Y el manto fue hecho de esta manera por mostranza que los caballeros deben ser hechos y cubiertos, de humildad que han de obedecer a sus mayores. Y el ñudo hicieron porque es manera de acatamiento de religión que les muestra que sean obedientes, no tan solamente a sus señores, mas a sus caudillos. Y por esta razón sobredicha tenían el manto, también cuando comían o bebían como cuando seían y andaban o cabalgaban, y todas las otras vestiduras traían limpias y mucho apuestas, cada uno según el uso de sus lugares. Y esto hacían por que quienquier que los viese que los pudiese conocer entre las otras gentes para saberlos honrar. Y eso mismo establecieron, también de las armaduras como de las armas que trajesen, que fuesen hermosas [y] mucho apuestas.

Que los caballeros deben ser mesurados en comer y en beber y en dormir

Comer y beber y dormir son cosas naturales sin que los hombres no pueden vivir. Pero después deben usar los hombres en tres maneras: la una, con tiempo; y la otra, con mesura; la otra, apuestamente. Y por ende, los caballeros eran mucho acostumbrados antiguamente a hacer esto. Ca bien así como en tiempo de paz comían a sazón señalada, de manera que pudiesen comer dos vegadas al día y de manjares buenos, bien adobados y con cosas que le[s] supiesen bien, otrosí, cuando habían de guerrear, comían en la mañana, y poco; y el mayor comer lo hacían en la tarde, y esto era por que no tuviesen gran hambre ni gran sed, y porque si fuesen heridos guarecerían más aína. Y en aquella sazón les daban a comer viandas gruesas por que comiesen de ellas poco y les abundase mucho, y les hiciese las carnes recias y duras.

Y otrosí les daban a beber vino blanco y mucho aguado, de manera que no les turbase el entendimiento ni el seso. Y cuando hacía grandes calenturas, les daban un poco de vinagre con mucha de agua, por que les quitase la sed y no dejase encender la calentura en ellos, por que hubiesen de enfermar bebiéndolo; otrosí, entre día, cuando habían gran sabor de beber agua solamente.

Y esto les hacían usar los antiguos por que el comer y el beber les acrecentase la vida y la salud, y no se la quitase comiendo y bebiendo a de más. Y aún sin esto, hallaban allí otra gran pro: que menguaba en la costa cotidiana por que pudiesen mejor cumplir los hechos grandes, que es cosa que conviene mucho a los que han de guerrear.

Otrosí, los acostumbraban que no fuesen dormidores, porque nuce mucho a los que grandes hechos han de hacer, y señaladamente a los caballeros cuando son en guerra. Y por eso, así como les consentían en tiempo de paz que trajesen ropas muelles y blandas para su yacer, así no querían que en la guerra yuguiesen sino en poca ropa, y dura, o en sus perpuntes. Y lo hacían por que durmiesen menos y se acostumbrasen a sufrir laceria, ca tenían que ningún vicio que haber pudiesen no era tan bueno como ser vencedores.

Cómo ante los caballeros deben leer los grandes hechos de armas cuando comieren

Apuestamente tuvieron por bien los antiguos que hiciesen los caballeros estas cosas que dicho habernos en la ley antes de ésta. Y por ende, ordenaron que así como en tiempo de guerra aprendiesen hecho de armas por vista y por prueba, que otrosí, en tiempo de paz lo aprendiesen por oída o por entendimiento. Y por eso acostumbraban los caballeros cuando comían que les leían las historias de los grandes hechos de armas que los otros hicieran, y los sesos y los esfuerzos que hubieron para saber vencer y acabar lo que querían. Y allí donde no había tales escrituras, se lo hacían retraer a los caballeros buenos y ancianos que en ello se acertaron.

Y, aun sin todo esto, hacían más, que no consentían que los juglares dijesen ante ellos otras cánticas sino de guerra o que hablasen en hecho de armas. Y eso mismo, cuando no podían dormir, que cada uno en su posada hacía leer y retraer estas cosas sobredichas. Y esto era porque, leyéndolas, les creciesen los corazones, y se esforzaban haciendo bien, queriendo llegar a lo que los otros hicieran, y pasar por ello.

Qué cosas son tenidos de guardar los caballeros

Señaladas cosas ordenaron los sabios antiguos que guardasen los caballeros, de manera que no errasen en ellas. Y son aquéllas que dicho habernos que juran cuando reciben orden de caballería, así como no excusarse de muerte tomar por su ley, si menester fuere, ni ser en consejo en ninguna manera para menguarla, mas acrecentarán lo más que pudieren; otrosí, que no dudarán de morir por su señor natural, no tan solamente desviando su mal y su daño, mas acrecentándole su pro y su honra cuanto más pudieren y supieren, y eso mismo harán por pro comunal de su tierra.

Y por que fuesen tenidos de guardar esto y no errasen en ello en ninguna manera, hacían los antiguos dos cosas: la primera, que lo señalaban en los brazos diestros con hierro caliente, de señal que ningún otro hombre no la [había] de traer sino ellos; la otra, que escribiesen sus nombres, y el linaje donde venían, y los lugares donde eran naturales, en el libro donde estaban escritos todos los nombres de los caballeros. Y lo hacían así por que, cuando errasen en estas cosas sobredichas, fuesen conocidos, y no se pudiesen excusar de recibir la pena que mereciesen, según el yerro que hubiesen hecho. Y de esto se habían de guardar en tal manera que no fuesen contra ello en dicho ni en palabras que dijesen, ni en hecho ni en obra que hiciesen, ni en consejo que diesen a otro.

Otrosí, acostumbraban mucho de guardar pleito y homenaje que hiciesen y palabra firmada que pusiesen con otro, de guisa que no la mintiesen ni fuesen contra ella. Y aun guardaban al caballero o dueña que viesen cuitados de pobreza, o por tuerto que hubiesen recibido de que no pudiesen haber derecho, que pugnasen con todo su poder en ayudarlos que saliesen de aquella cuita, y por esta razón lidiaban muchas vegadas por defender el derecho de estos tales.

Y otrosí, habían de guardar todas aquellas cosas que derechamente les eran dadas en encomienda, defendiéndolas bien así como lo suyo mismo. Y, [en] todo esto, guardaban que caballos ni armas, que son cosas que conviene mucho a los caballeros de traerlas siempre consigo, que no las empeñasen ni las malmetiesen sin mandado de sus señores o por gran cuita manifiesta que tuviesen, a que ningún acorro no pudiesen haber; otrosí, que no los jugasen en alguna manera.

Y tenían aún que debían ser guardados de hacer ellos por sí hurto ni engaño, ni aconsejar a otro que lo hiciese, y entre todos los otros hurtos, señaladamente en las armas y en los caballos de sus compañeros cuando estuviesen en hueste.

Qué cosas deben hacer los caballeros en dichos y en hechos

Hacederas son a los caballeros cosas señaladas: por ninguna manera no las deben dejar. Estas son en dos guisas: las unas en dichos, y las otras en hechos. Y las otras, de palabra, son que no sean villanos ni desmesurados en lo que dijeren, ni soberbios, sino en aquellos lugares donde les conviniere, así como en hecho de armas, donde han de esforzar los suyos y darles voluntad de hacer bien, nombrando a sí y ementando a ellos que lo hagan mejor, retándolos en lo que entendiere[n] que yerran y no hacen como deben. Y aún, por que se esfuercen más, tenían por cosa aguisada que los que tuviesen amigas que las mentasen en las lides por que les creciesen más los corazones y tuviesen mayor vergüenza de errar.

Otrosí, tenían por bien que se guardasen de mentir en sus palabras, fueras ende en aquellas cosas que se hubiese a tornar la mentira en algún gran bien, así como desviando daño que podría acaecer si no mintiesen, y otrosí, trayendo alguna pro, metiendo asosegamiento con los hombres que fuesen movidos a hacer algún gran mal, o poniendo paz o acuerdo entre aquellos que se desamasen, o en otra cosa que por aquella mentira se quitase mal y trajese bien; otrosí, las palabras que dijesen, jurando o haciendo homenaje y prometiendo de hacer alguna cosa que las guarde[n], así como dijimos en la ley antes de ésta.

Y de hecho, otrosí, decimos que deben ser leales y firmes en lo que hicieren, ca la lealtad les hará guardar de yerro, y la firmedumbre, que no sean movedizos de uno, ca lo ál que es cosa que no conviene a los defensores, ca no son tan dudosos por ello los que lo hacen. Otrosí, deben también sus paños como las armaduras y las armas que trajeren hacerlas hermosas y apuestas y a pro de sí, de manera que parezcan bien a los que las vieren y sean ellos conocidos por ellas, así que se aprovechan de cada una de ellas, según aquello para que fue hecha. Otrosí, deben ser de buena barata, ca si no lo fuesen, todo su aguisamiento no les valdría nada, y serían tales los que esto hiciesen, según los sabios antiguos dijeron, como el árbol sin corteza, que parece mal y se seca aína.

Y aun deben pugnar en cuanto pudieren en ser mañosos y ligeros, así como dicho habernos, que son dos cosas de que se puede ayudar en muchos lugares. Y, sobre todas cosas, que sean muy bien mandados, ca, maguer todas las otras cosas les ayuden a ser vencedores, del poder de Dios en ayuso, esto [es] aquello que lo acaba todo.

En qué manera deben ser honrados los caballeros

Honrados deben ser mucho los caballeros, por tres razones: la una, por razón de la nobleza de su linaje; la otra, por su bondad; la tercera, por el pro que de ello viene. Y por ende, los reyes los deben honrar como a aquellos con quien ha[n] de hacer su obra, guardando y honrando a sí mismo[s] con ellos, acrecentando su poder y su honra y todas las otras cosas; mayormente los debe[n] honrar porque ellos son así como escudo y defendimiento, y se han a parar a todo peligro que acaeciere para defenderlos. Onde, así como ellos se meten a peligro de muchas guisas para hacer estas cosas sobredichas, así deben ser honrados en muchas maneras, de guisa que ninguno no debe estar ante ellos en la iglesia cuando estuvieren en las horas sino los prelados y los otros clérigos que las dicen y los reyes y los grandes señores a quien ellos hubiesen de obedecer y de servir. Ni otrosí, ninguno no debe ir a ofrecer ni a tomar la paz ante ellos, ni a comer no debe asentarse con ellos escudero ni otro ninguno sino caballero u hombre que lo mereciese por su honra o por su bondad. Ni otrosí, ninguno no se debe baldonar con ellos en palabras que no fuese caballero u otro hombre honrado.

Otrosí, deben ser honrados en sus c[a]sas, que ninguno no se las debe quebrantar sino por mandado de rey o por razón de justicia, por cosa que ellos hubiesen merecido. Ni los deben otrosí prendar los caballos ni las armas, hallándoles otra cosa mueble o raíz en que puedan hacer la prenda, y [aunque] no hallasen otra cosa en que la hiciesen, no tomarles los caballos de sus cuerpos, ni descenderlos de otras bestias en que cabalgasen, ni entrarles en las casas a prendar, estando allí ellos o sus mujeres. Pero cosas señaladas hay sobre que les pueden poner plazos a que salgan de las c[a]sas por que pueda[n] hacer la entrega en ellas o en lo que allí fuere. Y aún los antiguos tanto encarecieron la honra de los caballeros, que no tan solamente dejaban de hacer la prenda donde ellos estaban y sus mujeres, mas aun donde hallaban los mantos de ellos y sus escudos.

Sin esto, les hacían otra honra: que, dondequier que los hombres con ellos se hallaban, se les humillaban. Y hoy en día, de eso han por costumbre en España de decir a los hombres buenos: «Humillámonos».

Y aún ha otra honra el que es caballero, que después que lo fuere, puede llegar a honra de emperador o de rey, y antes no lo puede ser, y bien así como no podría ser ninguno obispo si primeramente no fuese ordenado de preste misacantano.

Cómo los caballeros han honras apartadas sobre los otros hombres por razón de la caballería

Conocidas apartadas honras han los caballeros sobre los otros hombres, no tan solamente en aquellas cosas que dijimos en la ley antes de ésta, mas aun otras que aquí diremos. Y esto es que cuando el caballero estuviere sobre algún pleito de que espera haber juicio él o su personero, que si acaeciere que deje de poner alguna defensión ante sí por que pudiese vencer o defenderse de la demanda que le hiciesen, y maguer que antes que esta defensión fuese puesta, diesen juicio contra él, que bien la podría después poner, y probándola no le empecería el juicio, lo que otro hombre no podría hacer sino si fuese menor de edad de veinticinco años.

Otrosí, cuando acaeciese que algún caballero fuese acusado en juicio de algún yerro que hubiese hecho, maguer hallasen contra él señales o sospechas por que hallándolas contra otro hombre merecía ser atormentado, no deben a él meter en tormento, fueras ende por hecho de traición que tañiese al rey o al reino cuyo natural o vasallo fuese, o al reino donde morase por razón de alguna naturaleza que allí tuviese, porque la traición es yerro muy grande de que es mucho de extrañar. Y aún decimos, que maguer les fuese probado el yerro, que no le deben dar aviltada [muerte], así como arrastrándolo o esforzándolo o despeñándolo, mas le han de descabezar por derecho, o matarle de hambre cuando quisiese[n] mostrar contra él gran crueza por algún gran mal que hubiese hecho. Y aún, tanto tuvieron los antiguos de España que hacían mal los caballeros de meterse a hurtar y a robar lo ajeno, o hacer aleve o traición, que son hechos que hacen los hombres viles de corazones y de bondad, que mandaron que los despeñasen de lugar alto por que se desmembrasen, y los ahogasen en la mar o en las otras aguas por que pereciesen, o los diesen a comer a las bestias fieras.

Y, aún sin esto, han otro privilegio: que mientras estuvieren en hueste o fueren en mensajería de rey, o en otro lugar cualquiera, [que] estén señaladamente en su servicio o por su mandado, que en todo aquel tiempo que así estuviesen fuera de sus casas, por algunas de estas razones sobredichas, no pierden ellos ni sus mujeres ninguna cosa por tiempo. Y si alguno razonase que había ganado alguna cosa de ellos, por razón del tiempo sobredicho, lo pueden demandar por manera de restitución, desde el día que tornaren a sus casas hasta cuatro años. Mas si en este plazo no lo demandasen, dende en adelante no lo podían hacer.

Otrosí, decimos que han privilegio de otra manera: que pueden hacer testamento o manda en la guisa que ellos quisieren, maguer no sean allí guardadas todas aquellas cosas que deben ser puestas en los testamentos de los otros hombres, así como se demuestra en las leyes del Título que habla en esta razón en la Sexta Partida de este nuestro libro.

Por cuáles razones y en cuál manera pueden toller al caballero la caballería

Perder los caballeros por su culpa honra de caballería es [la] mayor aviltanza que pueden recibir. Pero, según los antiguos hallaron por derecho, esto podría acaecer en dos maneras: la una es cuando les tolliesen tan solamente orden de caballería y no les dan otra pena en los cuerpos; la otra es cuando hace[n] tales yerros por que merezca[n] muerte, ca entonces antes le[s] han de quitar la orden de caballería que los maten.

Las razones por que les pueden toller la caballería son éstas: así como cuando el caballero estuviese por mandado de su señor en hueste o en frontera y vendiese o malmetiese el caballo o las armas, o las perdiese a los dados, o hiciese hurtar a sus compañeros las suyas, o las empeñase en taberna, o hurtase, o si a sabiendas hiciese caballero a hombre que no debiera ser, o si usase públicamente él mismo de mercaduría, u obrase de algún vil menester de manos por ganar dineros, no siendo cautivo.

Y las otras razones por qué han de perder honra de caballería antes que los maten son éstas: cuando el caballero huyese de la batalla, o desamparase a su señor, o castillo, o algún otro lugar que tuviese por su mandado, y le viese prender o matar, y no le acorriese, o no le diese su caballo si el suyo le matasen, o no lo sacase de prisión, pudiéndolo hacer, por cuantas maneras pudiese. Ca maguer justicia ha de prender por estas razones o por otras cualesquiera que fuesen aleve o traición, pero antes le deben deshacer que le maten.

Y la manera de cómo le han a toller la caballería es ésta: que debe mandar el rey a un escudero que le calce las espuelas, y que le ciña la espada, y que le corte con un cuchillo la cinta de parte de las espaldas; otrosí, que le taje las correas de las espuelas, teniéndolas calzadas. Y después que esto le hubieren hecho, no deben llamarle caballero, y pierde la honra y los privilegios de la caballería, y demás, no debe ser recibido en ningún oficio de rey ni de concejo, ni puede acusar ni retar a ningún caballero.

Segundo libro

Prólogo

Oído habéis, muy esforzado caballero, en el Primer Libro, legales mandamientos y notables doctrinas de la caballería. Y, por cierto, bien especificaron las leyes de este reino lo que conviene hacer a los caballeros en los actos de las guerras, así por tierra como por mar. Pero todo lo suso escrito, bien considerado, induce peligro y trabajo, que son dos cosas que rehuye la natura humana. Ca del peligro vemos que no solamente los hombres, mas aun los animales, que guardan su vida y su cuerpo de lo que les puede empecer y se arriedran. Onde, Tulio dice que desde comienzo es dada por la natura a todo linaje de animales que se desvíen de lo que les puede empecer. Y del trabajo, dice el Filósofo que todo animal es impaciente a continuamente sufrirle. Por ende, si todas las leyes de la caballería indujesen estos peligros y trabajos, no habría hombre que quisiese ser caballero, ca razonablemente se desviarían todos de ponerse a peligro y trabajo si no esperasen de ello algún fruto.

Y por esto, los componedores de las leyes no solamente establecieron derechos de lo que a los caballeros y a los otros que guerrean conviene hacer, mas aun ordenaron leyes de lo que debe ser hecho a ellos, así en enmendarles las pérdidas que reciben y en repartirles las ganancias que guerreando han, como en darles otros galardones, según los merecimientos de cada uno, por que más se animasen los hombres a hacer proeza y bondad, y más alegremente sufriesen los peligros y trabajos, esperando por ellos haber placer. Ca, según dice Séneca: la esperanza del galardón solaz es del trabajo.

Y así, el que quiere ser informado de las leyes de la caballería, lo uno y lo otro debe leer, pues en muchas consiste el derecho que a los caballeros atañen, las cuales en muy breves y hermosas palabras, según recuentan los decretistas, declara san Isidoro, diciendo así:

El derecho militar, es a saber, de los caballeros, éste es: la solemnidad de mandar hacer guerra, y el atamiento de firmar paz; salir y acometer a los enemigos, [y] cuando hacen señal los capitanes, retraerse por su mandado; el castigo del maleficio del caballero si desampara su lugar en la pelea, y el modo y diversidad del sueldo; el grado de las dignidades; [la honra] de los galardones, como cuando dar: al caballero en señal de algún buen hecho corona o torques, que podemos llamar collar; la justa partición del robo que se hace en la guerra según las cualidades de las personas, y la parte que de ello deben haber los príncipes.


Y esto todo atribuyó san Isidoro especialmente al derecho militar, de lo cual algo hay que pertenece al peligro y trabajo, y algo a remuneración, según cada cosa de sí misma claramente demuestra. Y como de lo primero, es a saber, de lo peligroso y trabajoso, hayamos oído en el libro suso escrito, consiguiente cosa es que oigamos de lo segundo, porque en otra manera no sería perfecta la doctrina. Ca según dice el jurisconsulto, en todas las cosas es así, que aquello se dice perfecto que tiene todas sus partes.

Y comoquier que los legistas en la materia de la caballería asaz copioso hablaron, pero más extensamente escribieron la diversidad de los delitos militares y la pena que deben haber los caballeros que en la hueste yerran, que los galardones que merecen los que bien sirven, lo cual, cuando algunas veces considero por qué lo hicieron así los jurisconsultos, ca no es de creer que quedase por olvido, pues no solían olvidar lo que cumplía a buena gobernación de la república, pienso que la razón podría ser porque, según la gran diversidad que hay en los hechos y en las diversas costumbres de los reinos y las diferencias de las personas, necesaria cosa es que los más de los galardones que den en albedrío del príncipe, y por esto no curarían de declararlo en las leyes, dejándolo todo al juicio del capitán. Pero los derechos de este reino no se contentaron con esto, mas quisieron declarar aquello que exprimirse podría, y tuvieron en ello muy buena y notable consideración. Ca bien es que se declaren algunos galardones, y ende queda el bueno y justo albedrío del príncipe para disponer en lo que no es declarado, y aun mudar lo declarado según la calidad de los tiempos sintieren que cumple.

Y como dos cosas son que atraen a hombre a hacer bien: la una es amor de virtud, o a lo menos de galardón; la otra, es temor de pena. Y la segunda no es tan honesta como la primera, porque el amor pertenece a los buenos, y el temor a los malos y a los imperfectos. Ca proverbio antiguo es que dice así: «dejan de pecar los malos por temor de la pena; aborrecen de pecar los buenos por amor de la virtud». Y también el jurisconsulto dice, hablando en persona de los hacedores de las leyes: deseamos verdadera y no infingida sabiduría, y codiciamos a los hombres hacer buenos, no sólo con miedo de las penas, mas con amonestamiento de galardón y de amor. Y de estas dos cosas quisieron hablar las leyes del reino que de la caballería trataron, diciendo de cómo deben ser galardonados los que bien sirven en las guerras, y no callando de qué guisa deben ser escarmentados los que yerran.

Por ende, todo lo oigamos; y primeramente de los galardones. Y porque cualquier enmienda y galardón que a los caballeros y otros que guerrean se debe hacer se reduce a una de tres maneras, de todas quisieron decir, y son éstas.

La primera, enmendarles los daños que así en los cuerpos como en las haciendas reciben. Y es muy justa y consona a todos los derechos. Y no solamente se debe hacer de buena igualdad y razón, mas aun de pura y estrecha justicia, que llama el Filósofo Comutativa, que consiste en dar a cada uno lo que suyo es o lo que es a él debido, ca a aquel que pone su cuerpo y sus bienes en servicio de Dios y de su rey y de la tierra donde es natural de vida, le es satisfacción de los daños que recibió.

La segunda es que haya alguna ganancia de aquello que en las guerras se cobran, ca muy razonable cosa es que de lo que los hombres ayudan a ganar, hayan alguna parte. Y los grandes capitanes antiguos muy liberalmente usaron partir la ganancia entre los caballeros y dar la parte debida al rey o a su soberano señor, y si lo contrario hiciesen, les era muy escarmentado. Y por ende, Furio Camilo, aunque era muy virtuoso y honrado varón, pero porque el tribuno del pueblo [le] acusó que del robo que hubo cuando entró la ciudad de Veyes tomara bien pequeña cuantía de lo que debía haber, el erario público, que ahora llamamos cámara del rey, fue desterrado. Y cuantos buenos y notables hechos en servicio de la república había obrado, no le pudieron librar de padecer muy duro destierro.

La tercera manera es de galardonar las proezas que los caballeros hacen, y esta es cosa muy congrua y conveniente. Y de los galardones hay muchas y diversas maneras, mas yo aquí no las digo, porque se contienen en las leyes que adelante en sus lugares serán escritas, y sería superfluo de repetirlas aquí. Y ambas estas dos cosas, así partición de la ganancia, como distribución de los galardones, pertenecen a la justicia que llama el Filósofo Distributiva, la cual consiste en distribuir los bienes de la república a los hombres que por ella trabajan, según la cualidad de las personas, y sus merecimientos.

Y de todas estas cosas oigamos por su orden, y después, oiremos cómo deben ser castigados los que en la hueste yerran. Ca esta es una orden de doctrina que primero sea hombre atraído a los actos de la virtud y al bien obrar con esperanza de galardón, y cuando por esto no quisiere, estonces sea amenazado con pena.

Y por cuanto entre las otras cosas mucho cumple a los caballeros e hijosdalgo saber cómo se deben haber en la guarda de los castillos y en entregarlos a cuyos son, situaremos en este libro las leyes que a esta materia hacen.

Cesemos ya de prometer, y cumplamos lo prometido.

Título tercero

De los galardones que los hombres deben haber en tiempo de guerra, según sus merecimientos

Introducción

Maguer no se deben hacer las buenas obras por sola esperanza de galardón temporal, mas por servicio de Dios y puro amor de la virtud, y aun los [perfectos] varones principalmente sirven a Dios por la bondad de su esencia y secundariamente por la [gloria] eternal, pero aun, los galardones temporales mucho despiertan a los hombres a hacer los buenos hechos, y señaladamente en los actos de fortaleza. Ca, comoquier que la fortaleza verdadera, según es virtud moral, no se ejercita por esperanza de galardón, mas por contemplación del verdadero bien, pero la fortaleza que se llama [política], que es aquella que hace sus actos por deseo de fama o por temor de deshonra, de la cual hoy por la mayor parte usan los caballeros que son habidos por buenos y fuertes, mucho se animan cuando los actos de ella son galardonados por singulares mercedes y honras señaladas, ca el apetito de la honra excita a los altos corazones a pararse a terribles peligros.

Por ende, aunque las leyes de Roma no quisieron en ello especificada- mente disponer, buena consideración tuvieron las leyes de España en hablar abiertamente, cuanto hablar se puede, de la manera de galardones que por los hechos de guerra se deben dar, las cuales situó el rey don Alfonso el décimo en la Segunda Partida, en el Título Veintisiete, en esta guisa.

Leyes

Galardón deben haber los hombres por los buenos hechos que hacen en las guerras

Bien por bien, y mal por mal, recibiendo los hombres según su merecimiento, justicia cumplida es que hace mantener las cosas en buen estado. Comoquier que ésta sea menester en todos los hechos, señaladamente conviene mucho en los de la guerra. Onde, pues que en los Títulos antes de éste habernos hablado de las enmiendas que los hombres deben recibir por los daños que toman en las guerras y de la parte que deben haber de lo que ganaren, queremos aquí decir de los galardones que les deben ser dados por los buenos hechos que hicieren guerreando. Y mostraremos qué cosa es galardón, y quién lo debe hacer, y a quién, y en qué tiempo, y en cuántas maneras es, y sobre qué cosas debe ser hecho.

Qué cosa es galardón, y quién lo debe hacer, y a quién debe ser hecho

Galardón es bienfecho que debe ser dado francamente a los que fueren buenos en la guerra por razón de algún buen hecho señalado que hiciesen en ella. Y debe darlo el rey o el señor o el caudillo de la hueste a los que lo merecen, o a sus hijos, si sus padres no fueren vivos. Y debe ser tal el galardón y dado en el tiempo que se pueda aprovechar de él aquel a quien lo dieren.

Qué pro nace del galardón

Departieron los sabios que la natura es virtud que está encerrada en las cosas, y hace a cada una obrar así como conviene, según el ordenamiento que Dios hizo en ellas. Y ésta es en el hombre en una de dos maneras: la primera, de lo que ven o sienten de fuera, así como apartarse y haber miedo de aquello de que entiende que le podrá venir daño, y placer le dé lo que asma que le vendrá bien. Mas lo que está dentro en él mismo es cuando obra de la virtud y bondad que ha en sí, no por miedo ni por amor que haya de alguna cosa, mas señaladamente por hacer bien. Y por ende, comoquier que merecen buenos galardones los que dijimos que acaudillan bien en hecho de guerra por sus mayorales, o que hacen hechos señalados en las guerras, entendiendo de haber bien de aquellos a quien sirven y recelando de recibir mal si mal hicieren, mucho más tuvieron por bien los antiguos que lo merecen los que son bien acaudillados y hacen los grandes hechos por sí mismos, y no por miedo de pena ni por codicia de galardón que esperan haber, mas por hacerlo mejor y por bondad que han en sí naturalmente.

Y por eso, a tales como éstos pusieron galardones señalados, porque ellos señalan a sí haciendo lealtad, y dejaban buena señal a los que de ellos venían, bien así como dieron penas ciertas a los que contra esto hicieren, por el yerro y falsedad que hacen, porque ellos no tan solamente fincaban amancillados, mas los que de ellos venían. Ca dar galardón a los que bien hacen es cosa que conviene mucho a todos los hombres en que ha bondad, y mayormente a los grandes señores que han poder de hacerlo, porque en galardonar los buenos hechos se muestra por conocedor el que lo hace; otrosí, por justiciero, ca la justicia no es tan solamente en escarmentar los males, mas de galardonar aun los bienes. Y demás de esto, nace dende otro pro, ca da voluntad a los buenos para ser todavía mejores, y a los malos para enmendarse. Y cuando así no se hiciese, viene ende todo el contrario. Y comoquier que de muchas maneras sean los buenos hechos por que merezcan galardón aquellos que los hacen, señaladamente le deben haber por los que son hechos en las guerras. Y por ende, antiguamente, los nobles hombres de España, que supieron mucho de guerra, como vivieron siempre en ella, pusieron señalados galardones a los que bien hicieren, así como adelante se muestra.

Cuántas maneras son de galardón

Los galardones que merecen los que son bien acaudillados y hacen los grandes hechos en las guerras son en dos maneras: la una es sobre bondades ciertas que los hombres hacen, según los hechos que acaecen; la segunda, por albedrío de aquellos que los han de galardonar. Y esta primera, que es de los galardones ciertos, se departe en tres maneras: la primera, cuando hombre recibe galardón sin pérdida que haya hecho; la segunda, cuando se lo dan por pérdida que reciben; la tercera, cuando le galardonan el bien que le hacen más de razón. Y nosotros hablaremos en las leyes de este Título de cada uno, según ellos lo departieron, y primeramente de los galardones que son ciertos, y desí, la pena que deben haber los que esto pudieron hacer y no quisieron.

De los galardones que hombre ha de recibir sin pérdida que haya hecho

Ciertos galardones pusieron los antiguos a los que hiciesen buenos hechos, señaladamente en las guerras, así como dijimos de suso, mayormente aquellos que se tornasen en lealtad. Y estos galardones son en tres maneras, según dice en la ley antes de ésta.

El primero de ellos es cuando no reciben pérdida ni pasan muy gran peligro, así como cuando alguno fuese bien mandado en guerra a su señor y le sirviese en ella lealmente. Y tal servicio como éste se lo debe el señor galardonar agradeciéndoselo de su palabra y haciéndole bien, de manera que se tenga por ayudado de él, bien así como, cuando se hiciese el contrario de esto, le debe castigar y sacar de ello si pudiere, si no partirlo de sí. Ca, según dijeron los antiguos, en el mundo no hay tal enemigo como el de casa. Y por ende, lo debe alongar de sí cuánto más pudiere, de manera que el vasallo no haya de errar ni el señor no reciba daño de él. Mas si el servicio fuese en algún hecho de armas que tuviese con sus enemigos en que lo ayudase con sus manos, y a vencer y a honrarse de ellos, así como derribando la seña del caudillo de la otra parte, por que los que con él fuesen hubiesen de ser vencedores, debe doblarle el bien que antes le hacía. Y si esto no hiciese, habiendo poder de hacerlo, debe tollerlo el señor todo el bienfecho que de él tuviere, y quitarlo de sí deshonradamente, porque él mostró que no había sabor de honrarle de sus enemigos. Mas si le matasen el caballo, por que hubiese de ser preso el caudillo sobredicho, o le prendiese por su mano, o le matase, a tal como éste le debe su señor heredar o hacer otro bien de su haber por que pueda siempre vivir honradamente, y demás, darle las armas y el caballo del que prendió o mató, así como tuvieron por bien que aquel que esto no hiciese, pudiéndolo hacer, que no tan solamente lo quitase de sí y le tolliese su bienfecho, mas aun heredamiento, si él se lo hubiese dado a otro hombre de su linaje, porque mostró que no tuvo sabor que él fuese heredado de lo de sus enemigos. Y si, por ventura, heredado no le hubiese, debe fincar dende adelante por su enemigo, demandándole primeramente por corte y probándoselo.

Y si fuese este servicio acorriendo a su señor, dándole el caballo si le hubiesen muerto el suyo, y sacando luego de poder de sus enemigos, o después, de otra prisión en que yuguiese, éste debe haber galardón señalado de heredamiento o de otro bienfecho por que viva siempre honrado, así como dijimos de suso, y los que de él viniesen, bien así como cuando esto no hiciese, fincaría por traidor y debe morir por ello, como aquel que pudiera guardar a su señor de muerte o de prisión, y no lo quiso. Y si no lo pudiesen haber para hacer de él justicia, debe perder cuanto ha y nunca haber bienfecho los que de él vinieren de aquel a quien hizo el yerro y cuyo vasallo era, ni de los de su linaje.

De los galardones que hacen a los hombres por pérdidas que reciben en las guerras

Pérdidas hacen los hombres en las guerras por que merecen haber galardones con que lo cobren. Y comoquier que esto sea como en manera de igualdad recibir galardón por pérdida, se entiende que debe ser más y mejor que lo que perdió, porque la pérdida fue en guerra. Ca de otra guisa no sería galardón. Y esto aviene cuando a alguno le muere el caballo u otra bestia, andando en guerra en servicio de su señor, no se le muriendo ni se lo matando en hecho de armas, mas por ocasión o por enfermedad que le aviniese. Ca tal como éste, según fuero antiguo de España, se lo debe pechar tan bueno o mejor. Mas si se lo matasen en hecho de armas, ayudando a honrar a su señor y vencer sus enemigos, debe pecharle aquel cuyo vasallo fuere otro que valga tanto y medio, o haber para cobrarlo. Y si lo perdiese amparando a su señor, debe darle otro por él que valga dos tanto. Y eso mismo sería de las armas de su cuerpo que en tales hechos como éstos perdiese.

Y si cayese en cautivo, debe el señor guisar en todas las maneras que pudiere que salga dende. Ca muy gran laceria le sería si dejase mucho al vasallo yacer en prisión en poder de sus enemigos que a él hubiese sacado de ella o que le hubiese servido lealmente contra ellos, buscándole su honra y guardándole de daño de ellos.

Pero, con todo esto, si Dios le diese ventura que acabase en honra y en guarda de su señor algunos de los hechos que de suso dijimos, comoquier que le pechasen lo que hubiese perdido, según dicho es, con todo eso no debe perder los otros galardones que debe haber, según dijimos en la ley antes de ésta, bien como recibe las penas que en ella dice si no lo hiciese. Pero si en cualquier de estos hechos que en estas leyes dijimos acaeciese que hubiese a perder miembro que fuese feamiento de su figura o menguamiento de su obra, debe su señor hacerle por ello bien señalado con que pueda guarecer en su vida, de guisa que no ande pobre. Ca muy gran derecho es que le melga pobreza en este mundo, pues la vergüenza que por él recibió no le puede toller.

Pero si le matasen en alguno de estos hechos que dijimos, el galardón que el señor le debe dar ha de ser dado a su mujer y a sus hijos; y si no los tuviere, al otro más propincuo pariente que tuviere. Y si muriese con lengua, o antes que en aquel hecho entrase pusiese con su señor que por cualquier de estos hechos señalados le diese galardón señalado, en aquella manera lo debe el señor cumplir que la apostura fue o el testamento que el muerto hizo.

Y los señores que en estas cosas que dijimos errasen a sus vasallos, sin la gran malestanza que harían, se lo pueden ellos mismos, si quisieren, demandar, o los que de ellos vinieren, por corte del rey, así como las cosas que son servidas y merecidas, y no son pagadas ni galardonadas, según debe ser, por merecimiento o por apostura.

Y comoquier que tales galardones deben hacer los señores a sus vasallos, pero esto no se entiende sino de aquellos que han de qué cumplírselo. Mas por eso no fincan los otros excusados de no hacer lo más que pudiesen en galardonar estos servicios sobredichos. Mas la demanda que de suso dijimos que pueden hacer los vasallos a sus señores, no se entiende contra aquellos que quieren dar galardón y no pueden, mas contra los otros que podrían y no quieren.

De los galardones que son más de razón

Noble razón hay en los galardones que pueden ser hechos a los hombres cuando hacen señalados servicios a sus señores en guerra, así como de suso dijimos. Mas esto no lo puede otro hacer sino emperador o rey, u otro señor a quien convenga y haya poderío de hacer todas estas cosas en su señorío, así como dar heredamiento cumplidamente o cambiar los hombres de un estado a otro, según tuviere por bien. Y por ende, cuando alguno hiciese al rey los servicios que de suso dijimos que hacen los vasallos a los otros señores, puede galardonárselo como los otros señores. Y demás, a los que le ayudaren a ser heredero de lo de sus enemigos, puede heredarlos de mayores herencias y franquearlos también en las heredades que son de los otros en su señorío como en la de su realengo.

Otrosí, a los que le amparasen de sus enemigos, matando al caudillo de la otra parte, o prendiéndolo, pueden darles honra de hijosdalgo a los que no lo fuesen por linaje. Y el que fuese siervo de otro, lo puede él hacer libre. Y si fuese pechero, quitarle de pecho, y no tan solamente en lo suyo, mas aun en lo de los otros, según de suso dijimos. Otrosí, ha poder de guardar de mal estado y poner en bueno a aquellos que su cuerpo del rey guardasen de daño de sus enemigos, sacándole de su poder si lo tuviesen preso o lo quisiesen prender, o desviasen del golpe, o se parasen ante él cuando lo quisiesen herir, o le diesen el caballo si le matasen el suyo. Ca a tales como éstos, porque sacaron a él de mal estado, puede él ponerlos en estado de los mayores, mostrándoles honra y haciéndoles bien en caballería o en casamiento, o en otra manera en que entiendan los hombres que han cumplidamente su amor. Y según esto, dijimos del que alzase su seña si los enemigos la hubiesen abajado, o tomase por fuerza al que la hubiese tollido al alférez de su señor el rey, ca a tal como éste lo puede él por derecho alzar entre los otros de su linaje en bien y honra por este hecho señaladamente.

Ca los sabios antiguos, que todas las cosas cataron, por muy derecha razón, [tuvieron] que tales hechos como éstos fuesen galardonados a los hombres que lo[s] hiciesen, maguer hubiese allí algunos de ellos que no lo mereciesen por linaje ni por otra bondad que en ellos hubiese. Y esto hicieron por tres razones: la primera, por que conociesen los hombres señorío natural, que es sobre todas las otras cosas, y lo supiesen honrar, aventurándose a darle honra de sus enemigos y guardándole otrosí de daño de ellos; la segunda razón fue hallada por que se esforzasen a hacerlo mejor, metiéndose a grandes peligros por ganar bondad y honra; la tercera, que supiesen acaudillar a sí mismos, guardándose de hacer cosas que les estuviesen mal, sufriendo afán y miedo por hacerlo mejor.

Mas si otros hombres honrados y de buen linaje hiciesen algunas cosas de estas sobredichas, debe el rey hacerles galardón por ende en tres maneras: la primera, loándoles el bienfecho que hicieron; la segunda, agradeciéndoles de su palabra el servicio que por ellos recibió, ca estas son cosas que esfuerzan y alegran los corazones nobles para hacer todavía lo mejor; la tercera, galardonándoselo de hecho, acrecentándoles en su bienfacer y en su honra. Y por ende, tuvieron otrosí por derecho que cualesquier que en estas cosas sobredichas errasen contra sus señores, que sin la vileza y mal que harían, mostrándose por malos y viles de corazones, solamente por la traición que les cabría allí en no querer guardar ni honrar al señorío natural ni a su rey, que perdiesen ellos sus cuerpos y lo que tuviesen, como traidores. Y si acaeciese que el rey fuese preso o muerto, que fuesen sus casas derribadas y yermas para siempre, y de los que de ellos descendiesen derechamente, que fuesen echados de la tierra para siempre; lo uno, por venganza del mal que hicieron aquellos de quien ellos vienen, y lo ál, por escarmiento de los otros, por que los que lo oyesen se guardasen de hacer otro tal. Pero esto no se entiende de los hijos que hubiesen hecho antes que errasen, mas de los que después hiciesen, siendo ellos de tan mala ventura que fuesen vivos. Ca los derechos que hablaron los antiguos de España en todas las cosas allí donde pusieron pena a los hijos por razón del padre, siempre guardaron esto: que no tuviesen pena los que antes habían que el hecho malo hiciesen, fueras ende si fueron con él aparceros en el yerro. Y a los otros que metieron en la pena fue porque los hicieron después que estaban ponzoñados del mal que habían hecho, temiéndose que en alguna sazón recudirían a aquello mismo. Y por ende, mandaron que fuesen destruidos de manera que no pudiesen hacer mal ni la tierra quedase por ellos denostada, y los otros que lo oyesen tomasen escarmiento. Comoquier que, según las leyes de los emperadores, los hijos de estos tales hombres no deben haber esta pena, según adelante se muestra en la Setena Partida, en las leyes que hablan en esta razón.

Qué galardón deben haber los que entran villa o castillo o fortaleza por fuerza

Combatiendo algunos villa o castillo o fortaleza otra, aquellos que primeramente la entrasen harían dos cosas: la primera, gran esfuerzo, como atreverse, siendo pocos, a tomar a muchos la fortaleza de que eran apoderados, y prenderlos y matarlos dentro en ella; la segunda, lealtad conocida, como en ayudar a su señor que sea honrado sobre sus enemigos, y acrecentándole en heredamiento de ellos, que es cosa de que viene pro y honra.

Y por ende, pusieron antiguamente que el que entrase primero por fuerza alguno de estos lugares sobredichos, que hubiesen del rey mil maravedís y una de las mejores casas que ahí hubiese que no fuese alcázar o casas de morada del señor de aquel lugar, con el heredamiento de aquel cuyas eran. Y, si no lo hubiese, que le diesen con ellas heredamiento en que pudiese vivir bien. Y el segundo que entrase, tuvieron por bien que le diesen quinientos maravedís y las otras mejores casas, so aquellas que dijimos, y el heredamiento según aquello. Y al tercero, pusieron la mitad del haber que al segundo, y otras casas con heredad, según aquella razón. Y demás de esto, les otorgaron que cada uno de estos tres tuviesen sendos presos, los mejores que ellos pudiesen prender, sacando el señor de aquel lugar, y su mujer e hijos, si los tuviese. Y otrosí, que tuviesen todo lo que ellos tuviesen y pudiesen robar por sí mismos, que no fuesen cosas que señaladamente perteneciesen al rey. Pero cuando alguna de estas cosas ganasen, debe el rey darles algo por ellas, no por razón de compra, mas por galardón del servicio que de ellos recibió.

Mas si algunos de estos que de suso dijimos, después que comenzasen tal hecho como éste, y no lo pudiesen acabar, y acaeciese que todos o algunos de ellos fuesen allí presos, debe el rey guisar, por cual manera lo pudiere hacer mejor, cómo salgan de aquella prisión. Mas si alguno de ellos muriese entrando en aquel lugar, tuvieron por derecho que el galardón que ellos debían haber que lo tuviesen sus mujeres y sus hijos, y, si no, los otros más propincuos parientes que de ellos fincasen. Pero si muriesen con lengua, deben darlo allí donde lo hubiesen mandado. Y si no muriesen, y alguno de ellos perdiese algún miembro, tuvieron por derecho que le hiciesen bien, demás de esto sobredicho, de manera que pudiese vivir honradamente. Mas si los que esto hiciesen fuesen hombres honrados, debe el rey darles grandes heredamientos, y buenos, y crecerlos en el otro bien, según entendiere que les conviene y él lo pueda rehacer.

Qué galardón deben haber los que hurtan villa o castillo o fortaleza

Hurtando algunos villa o castillo, u otra fortaleza, hacen otrosí muy esfuerzo, porque esto no se puede hacer sino de noche, y muy encubiertamente, y las más vegadas con muy fuertes tiempos y por peligrosos lugares. Y por ende, este hecho es de muy gran peligro, porque aquellos que lo hacen no ven ciertamente el destorbo que les yace en los de dentro, ni la ayuda que atienden en los de fuera, demás que no pueden ser muchos aquellos que lo acometen, ni ir tan armados como los otros para acometer ni para defenderse. Y esto es porque tal hecho como éste se debe hacer muy encubiertamente y sin ruido, yendo los que allá fueren muy paso por que no los oigan, teniendo señales ciertas entre sí por que se entiendan unos a otros sin palabra que se digan.

Y por ende, estos que así lo hacen, maguer se metan a todos estos peligros que dijimos porque es el hecho escondido, no tuvieron por bien los antiguos que por esto les diesen galardón de haber conocido luego de mano, así como a los otros que dijimos en la ley antes de ésta que lo hacen paladinamente y a vista de todos. Mas por el gran peligro a que se meten, aventurándose a todas estas cosas que dijimos, pusieron que tuviesen el galardón en todo lo ál que los otros que ganan por fuerza las fortalezas, según dice en la ley antes de ésta.

Qué galardón deben haber los que entran por fuerza los navíos de los enemigos

Aventura quiere tanto decir como las cosas que han de venir. Y por esto, no es cierto en los hechos del mundo, y mayormente en los de la mar. Por ende, se aventuran a muy grandes peligros los que guerrean sobre ella, ca muchas vegadas cuidan ir a un lugar y van por fuerza a otro, y donde tienen sus hechos como acabados, las más veces se les guisa así que fallece[n] en ellos. Y esto les aviene porque la ventura les es más cerca de ser antes su daño que su pro. Y por ende, tales como éstos, que se meten a todos los peligros que dijimos en las leyes que de esto hablan de la guerra sobre mar, no les pusieron los antiguos cierto galardón cuando entrasen navío por fuerza, si no le aviniese con aquel que hiciese la flota o el armada.

Pero si la apostura allí no fuese, debe haber galardón del caudillo con quien fuesen, según entendiere que merecen, por la laceria que hubiesen sufrido, o por el esfuerzo que hubiesen mostrado en cometer aquel hecho, o por la gran bondad que hubiesen hecho en cometerlo y en saberlo bien hacer y acabar. Y en esto tuvieron que les daban mayor galardón, con todas estas tres cosas, que si se lo diesen en otra guisa señaladamente. Y si acaeciese que aquel hecho que hubiesen comenzado no lo pudiesen acabar y muriesen allí, tuvieron por bien que aquel galardón que ellos debían haber que fuese dado, según dice en las leyes antes de ésta, de los que entran por fuerza o por hurto villa o castillo de los enemigos. Y si algunos de ellos perdiesen allí miembros, deben hacerlo bien así como en aquellas leyes manda. Y si cayesen en cautivo, otro tal.

Y si, por ventura, acaeciese que hubiesen de salir a tierra y tomasen por hurto o por fuerza villa o castillo u otra fortaleza, o venciesen allí alguna lid, deben haber por cada una de estas cosas tal galardón como dice en las otras leyes que habernos dicho que hablan en estas razones.

En qué manera deben galardonar por albedrío los buenos hechos que los hombres hicieren

Albedrío quiere decir como asolamiento que deben los hombres hacer sobre las cosas que son dudosas y no ciertas, por que cada una venga a su derecho, así como conviene. Por ende, cuando los hombres hacen algunos hechos en las guerras por que merecen haber galardones, que quiere tanto decir como don igual de su merecimiento, y el hecho viene en duda si es tal o no como aquel que dice el que lo demanda, entonces el caudillo debe haber consejo sobre ello, catando cuál es aquel hombre que le demanda el galardón, y el hecho que hizo, y el lugar y el tiempo en que lo hizo. Y según aquello, se lo debe galardonar. Y eso mismo decimos que deben hacer los otros señores que vasallos tuviesen, cada uno según su poder, y otrosí, los concejos, ca a todos pertenece de galardonar los buenos hechos en las guerras, cada uno según su poder.

Tercer libro

Prólogo

Con graveza grande, muy prudente señor, corre la péñola a escribir lo que adelante se sigue. Ca, como en el presente volumen, en el Primero y Segundo Libros, hayamos situado las leyes que disponen de los hechos de la caballería y de las cosas que pertenecen a ella en los actos que son famosos y loables, así como son las guerras justas y lo que se sigue y adhiere a ella[s], ahora la orden de la compilación nos apremia que escribamos aquellas leyes que corrigen los bollicios de los reinos, [las] cuales, aunque en sí sean buenas (porque como mandar el bien es buena cosa, así es bueno vedar el mal), pero no se puede hombre excusar que no sienta dolor cuando oye lo que ellas condenan, señaladamente en los tiempos presentes. Porque ya, por nuestros pecados, para poner ejemplo en estos y ayuntamientos de gentes y debates domésticos, no es menester que leamos historias domésticas, pues nosotros lo vemos, ca mayores allegamientos ni por ventura tamaños de gente de armas que no fuesen para guerra conocida no creo que hay hombre que los viese en este reino ni aun los leyese en las crónicas que de los hechos de España se hicieron, después que la monarquía e imperio de los godos se abajó, como nosotros los vimos de pocos días acá, no una vez, mas muchas.

Por ende, según dice Valerio Máximo: «Armarse debe el corazón con dureza cuando semejantes cosas crudas oye». Y con razón, por que pueda con buena ecuanimidad y paciencia tolerar la tristeza que el corazón recibe cuando la lengua se las trae a memoria. Mas, por nuestra desdicha, han mucha paciencia los que si no la tuviesen lo podrían reparar, y se duelen de ellos cuyo dolor puede poco aprovechar. Pero si éste no se dolía de los daños que por la disensión vinieron en Atenas, y Lucano con dolor escribía los males de Roma que por las batallas ciudadanas venían, cuánto más nosotros debemos doler, aunque nuestro dolor no trae pro, de lo que a nosotros de la discordia recrece. Ca aquéllos en uno con los debates de casa mezclaban guerras honrosas de fuera, y aunque tan bien y tan continuadamente no las podían ejercitar, pero siempre las tenían abiertas contra sus enemigos por mar y por tierra.

Mas, ¿qué diremos nosotros, que vemos el reino lleno de platas y de guardabrazos, y estar en paz los de Granada, y el hermoso meneo de las armas ejercitarse en ayuntar huestes contra los parientes y contra los que debían ser amigos, o en justas o en torneos, de lo cual, lo uno es aborrecible y abominable, y cosa que trae deshonra y destruición, lo otro un juego o ensaye, mas no principal acto de la caballería? Onde, el Filósofo dice que en los torneos y en las pruebas de las armas no se parece cuál es el fuerte, ca la fortaleza verdadera en los hechos terribles y peligrosos de muerte que por la república se hacen se conoce. Y proverbio antiguo dicen que es, que a las veces el buen torneador es temeroso y cobarde batallador. Y vedadas fueron en un tiempo las justas en Francia, porque tanto se daban a ellas que se destorbaba la guerra de Ultramar.

Y así, tomando los dos extremos, es a saber, o jugando con las armas o amenazando con ellas a los que llamamos amigos, dejamos el medio para que se hicieron, que es para abajar la soberbia de los enemigos. Y mucho querría que parasen mientes los valientes y poderosos en la caballería, que no consiste el loor de los caballeros en tener muchas armas ni en mudar el tajo de ellas y poner su trabajo en hallar nueva forma de armaduras y poner nombres nuevos, que si nuestros antecesores se levantasen no los entenderían, mas en exalzar con ellas la santa fe y ensanchar los términos del reino. Y entonces, por cierto, vienen ellas honradas cuando, esto hecho, tornan con triunfo y gloria. Y pluguiese a Dios que con perpuntes y capellinas hiciésemos lo que algunos de los pasados hicieron, ca se seguiría de ello mayor honra que entrar en las cortes y en las ciudades muy acompañados de pajes y con almetes y penachos, viniendo de seguro y breve camino. ¿Y quién no ve que esto es más muestra y ostentación de riqueza que de virtud?

Y no digo yo esto como que no haya hombres que para tanto fuesen como algunos de los buenos antiguos; antes cuido que tan hermosa ni tan guarnida caballería, ni tantos y tan valientes y tan ardides hijosdalgo no hubo en estas partidas grandes tiempos ha como ahora los vemos, gracias a Dios. Mas, por nuestra desventura, despienden su tiempo en ocupaciones domésticas y debates de vecinos, sin mostrar la bondad de sus corazones y la desenvoltura de sus cuerpos contra los verdaderos enemigos, de lo cual ellos se deben doler más que yo, que lo escribo, señaladamente aquellos que su edad no les dio lugar a que se viesen en las guerras que de pocos tiempos acá pasaron, ca los que en ellas vós visteis, hicisteis algo con que consolaros, cada uno según lo que en ellas hizo. Mas los que no las vieron y en esto gastan sus días, mucho se deben de ello doler.

Y si, por ventura, a alguno pareciere que hablo en esto más largo o más suelto de lo que debía, otorgará perdón, membrándose de lo que dicen unos de los amigos de Job: que la palabra pensada difícil es de retener. Y proverbio antiguo es, y en una de las leyes adelante escritas se contiene, que de la abundancia del corazón habla la boca. Y aún, cuando lo bien considerare, hallará que si se dice algo más de lo que pertenecía a mí decir, pero menos de lo que la materia merece; mas por este punto que abrí, entienda el buen entendedor lo que la vergüenza me hizo callar.

Y yo continuaré lo comenzado. Y, pues que dos cosas son en que sin actos de guerra al tiempo de hoy los hijosdalgo usan las armas, y aun las usaron a las veces en los tiempos antiguos, por que no loemos tanto los que pasaron y que reprobemos los modernos del todo, la una es en contiendas del reino, la otra es en juego de armas, así como son los torneos y justas, y estos actos de que ahora nuevo nombre aprendimos, que llaman «entremeses», de todo escribamos las leyes que a ello se pueden atraer.

Y porque sobre lo primero se procede de diversas guisas, unos ayuntando gentes y haciendo asonadas, y otros desafiando, y de esto acaece llegar algunos a tanto rencor que se retan, queriéndose poner en el campo uno por uno, de estas tres cosas, es a saber, asonadas, desafiamientos y retos, por su orden diremos. Y, porque por evitar los males que de esto pueden venir acaece de poner treguas y a las veces paz, añadiremos las leyes que de ellas hablan. De la segunda, que es juego de armas, aunque es materia en que poco hablaron las leyes, escribiremos esas que hay. Y por cuanto, según dicen los juristas, lo que postrimeramente se dice, mejor se tiene en la memoria, en fin de este Libro Tercero pondremos las leyes de la amistad, por que la agrura de las cosas que en las leyes de los debates oiremos se pierda con la dulzura de la deleitable amistad.

Título cuarto

De las treguas y de la paz

Introducción

Dos maneras generales dijeron los canonistas que hay de treguas: la una se llama canónica, y la otra, convencional.

Canónica se dice la cesasión de la guerra que se debe hacer en ciertos tiempos del año, que, aunque entre los hombres haya guerra, con todo eso, quisieron los santos cánones de los santos Padres que en algunas fiestas solemnes y ayunos del año cesasen de guerrear y ciertas personas fuesen todo tiempo seguros, según que en su lugar más largamente está escrito. Y esta tregua ni se guarda hoy ni hacen de ella mención las leyes de este reino.

La convencional se dice aquella seguridad que se dan unas personas a otras por cierto tiempo, antes que sea acabada la discordia. Ca tanto quiere decir tregua como cosa que detiene la guerra. Y [de esta] tregua convencional hay ciertas maneras, las cuales aquí no escribimos porque están escritas en las leyes que se siguen.

Pues oído habemos de las guerras y de los otros debates de dentro de la tierra, oigamos las leyes de las treguas, las cuales puso el rey don Alfonso el décimo en la Setena Partida, en el Título XII.

Leyes

Que sobre los desafiamientos nacen las guerras

Seguranza y tregua son cosas que nacen sobre los malos hechos y sobre las desafiaciones. Onde, pues que en el Título antes de éste que hablamos del desafiamiento y de tornar la amistad, queremos aquí decir de las treguas y de las seguranzas, y mostrar qué cosas son, y por qué han así nombre, y a qué tienen pro, y cuántas maneras son de ellas, y quién las puede poner o dar, y cómo deben ser dadas o puestas, y en qué manera deben ser tenidas y guardadas después que las pusieren, y qué pena merecen los que las quebrantan. Y, sobre todo, diremos de las paces.

Qué cosa es tregua o seguranza, y por qué han así nombre, y a qué tienen pro

Tregua es seguramiento que se dan los hijosdalgo entre sí unos a otros, después que son desafiados, que no se hagan mal en los cuerpos ni en los haberes en cuanto la tregua durare. Y ha lugar la tregua en cuanto la discordia y la enemistad dura entre los hombres y se temen unos de otros.

Y seguranza es, otrosí, aseguramiento que los hombres de menor guisa se dan cuando acaece enemistad entre ellos y se temen unos de otros. Y usan otrosí en algunos lugares de darse fiadores de salvo, que es tanto como tregua y seguranza.

Y dícenle tregua porque ha tres igualdades en ella: la primera es que por ella son seguros ambas las partes de no hacerse daño de dicho ni de hecho ni de consejo en cuanto la tregua durare; la segunda es que, después que fuere tomada, pueden avenirse por sí mismos, haciéndose enmienda el uno al otro; la tercera es que si ellos no se acordaren en hacer la enmienda, que la podrá haber el uno del otro, demandándole por justicia. Y así, prende en sí la tregua tres igualdades: lealtad y avenencia y justicia.

Y a la seguranza dicen así porque por ella son seguros aquellos en quien es puesta, mientras durare el plazo que allí fue puesto.

Y tienen por la tregua y la seguranza, aquellos entre quien son puestas, a aquellas cosas y por aquellas mismas razones que de suso dijimos.

Cuántas [maneras] son de treguas y de seguranzas, y quién las puede poner o dar, y en qué manera deben ser dadas y puestas, y cómo deben ser guardadas después que las pusieren

En treguas y seguranzas son tres maneras: la primera es la que se dan un rey a otro, y esta son tenidos de guardar todos los de su señorío pues que fueren pregonadas y lo supieren en otra manera, maguer no se acertasen al poner de ellas; la segunda es la que se dan entre sí muchos hombres, así como cuando se dan tregua o seguranza un bando a otro, ca ésta son tenidos de guardar todos los de un bando y los del otro desque supieren que es puesta entre ellos; la otra es [la] que se da un hombre a otro, y ésta debe guardar cada uno de aquellos entre quien es puesta y los otros hombres que vinieren con ellos y hubieren de hacer su mandado.

Y pueden poner tregua entre sí los reyes y mayorales de los bandos y los otros que han discordia y enemistad entre sí. Y cuando los bandos o los otros hombres que hubieren discordia o enemistad entre sí no acordaren a dar tregua o seguranza, pueden apremiarlos que la den los merinos o los otros oficiales de cada lugar que han poder de juzgar y cumplir la justicia en la tierra, y son tenidos de guardarla bien así como si ellos mismos la hubiesen puesto de su mano.

Y deben ser dadas y puestas las treguas y las seguranzas en esta manera: que sepan ciertamente aquellos que las tomaren o las pusieren cuáles son aquellos entre quien las ponen, y cuántos, y que hagan carta ante testigos, de guisa que no pueda venir en duda y se pueda probar si menester fuere. Y deben prometer ambas las partes que se guardarán y no se harán mal de dicho ni de hecho ni de consejo. Y en esta misma manera deben ser tomados los fiadores de salvo. Y también las treguas como las seguranzas y las fiaduras de salvo deben ser guardadas en aquella manera misma que fuere dicho y prometido a la sazón que fueron tomadas y puestas.

Y comoquier que tregua ha lugar señaladamente en los hijosdalgo cuando se desafían, empero, bien se pueden dar tregua los otros hombres y serán tenidos de guardarla después que fuere puesta entre ellos.

Qué pena merecen los que quebrantan la tregua o seguranza o fiadura de salvo

Los quebrantadores de la tregua o de la seguranza, si fueren hijosdalgo, pueden ser retados por ello y caer en la pena que dijimos en la Ley y Título de los retos. Y si fueren otros hombres de menor guisa, el que hiriere o matare o prendiere a otro en tregua o en seguranza o sobre fiadura de salvo, muera por ello. Y si se hiciere daño en sus cosas, péchenselo cuatro doblado. Y si lo deshonrare, hágale enmienda a bienvista del rey, y los que hicieren la fiaduría caigan en aquella pena a que se obligaron cuando la hicieron.

Qué cosa es paz, y en qué manera debe ser hecha, y qué pena merece aquel que la quebranta

Paz es acabamiento de la discordia y del desamor que era entre aquellos que la hacen. Porque el desacuerdo y malquerencia que los hombres han entre sí nace de tres cosas: por homicillo, o por daño o por deshonra que se hacen, o por malas palabras que se dicen los unos a los otros. Y por ende, queremos aquí mostrar en qué manera debe ser hecha la paz sobre cada uno de estos desacuerdos.

Onde, decimos que cuando algunos se quieren mal por razón de homicillo, o de deshonra de hecho o de daño, si acaeciere que se acuerden para amor de consuno, para ser el amor verdadero, conviene que haya allí dos cosas: que se perdonen y se besen. Y esto tuvieron por bien los antiguos, porque de la abundancia del corazón habla la boca. Y por las palabras que hombre dice da testimonio de lo que hombre tiene en voluntad. Y el beso es señal que quita la enemistad del corazón, pues dijo que perdona a aquel que de antes quería mal, y, en lugar de la enemistad, que puso allí el amor.

Mas cuando la malquerencia viene de las malas palabras que se dijeron, y no por razón de homicillo, si se acordaren para haber su amor de consuno, abunda que se perdona, [y en señal] que el perdonamiento es verdadero, se deben abrazar.

Y otrosí, decimos que quien quebrantare la paz después que fuere puesta, reteniendo en el corazón la enemistad de la malquerencia que antes habían, no lo haciendo por ocasión ni por otro yerro que acaeciese entre ellos de nuevo, que debe haber aquella misma pena que han aquellos que quebrantan la tregua, en aquella manera que de suso dijimos.

Item: el emperador don Alfonso el seteno, en las Cortes de Nájera, estableció la ley siguiente, la cual puso el rey don Alfonso el onceno en el Ordenamiento de Alcalá, en el Título Treinta y tres

Qué pena deben haber los quebrantadores de las treguas

Las treguas y seguranzas son de tres maneras: la primera es la que se dan un rey a otro, y esta tregua que se dan los reyes sea guardada de todos los señores y de los reyes después que fuere pregonada o lo supieren por otra manera, maguer que no se acertasen allí al poner de ella; la segunda, la que se dan entre sí muchos hombres, así como cuando se dan treguas o seguranzas de un bando a otro, ca ésta son tenidos de guardar los del un bando y del otro; la tercera, la que se da un hombre a otro; ésta deben guardar estos entre quien fuere puesta y los otros hombres que fueren con ellos o hubieron de hacer su mandado.

Y si los bandos o los hombres que tuvieren enemistad entre sí no se acordaren de darse tregua o seguranza, puédanlos apremiar los reyes que la den los sus merinos o los oficiales de cada lugar que han poder de juzgar y de cumplir justicia. Y mandamos que guarden bien la tregua así puesta, así como ellos mismos la hubiesen puesta de su voluntad. Y deben ser dadas en esta manera: que sepan ciertamente aquellos que las tomaren o las prisieren, y cuáles son aquellos entre quién, y cuántos, y la pongan ante testigos y por carta, de guisa que no pueda ende venir duda y se pueda probar si menester fuere. Y deben prometer ambas las partes que se guarden y no se hagan mal de dicho ni de hecho ni de consejo.

Y comoquier que la tregua ha lugar señaladamente en[tre] los hijosdalgo después que se desafían, y no antes, pero bien se puede dar entre los otros hombres que no son hijosdalgo, y sean tenidos de guardarla después que la otorgaren.

Otrosí, ordenamos que los quebrantadores de la tregua o de la seguranza, si fueren hijosdalgo y ellos la hubiesen otorgado, que puedan ser retados por ende y caigan en la pena que dice en los retos. Y si fueren otros hombres de menor guisa, y fue otorgada la tregua o la seguranza por las partes o puesta por el rey, que el que matare o hiriere o prendiere a otro en tregua o en seguranza, que muera por ello muerte de alevoso, y pierda la mitad de sus bienes. Y si fuere puesta por los merinos o por los oficiales de cada lugar que han poder de juzgar o de cumplir justicia, si matare, que muera por ello, o, si hiriere o prendiere, que peche trescientos maravedís de esta moneda que ahora corre, y, si deshonrare, que haga enmienda a bienvista del rey o de los jueces donde esto acaeciere.

Item: pues de paz y de tregua de suso se hace mención, razonable cosa es que después de las leyes suso escritas pongamos aquí dos leyes que ponen la forma de cómo se deben hacer las cartas de paz y de tregua, las cuales están en la Tercera Partida, en el Título XVIII

Cómo debe ser la carta de la paz que los hombres ponen entre sí

Paz ponen los hombres a las vegadas, y la carta debe ser hecha en esta manera:

Sepan cuantos esta carta vieren cómo Rodrigo Alfonso por sí y por Fulano de la una parte, y don Remiro por sí y por Fulano y Fulano de la otra parte, hicieron entre sí acordadamente paz que durase siempre sobre todas las desafiaciones y desavenencias y desacuerdos y malquerencias y deshonras que los unos hubiesen hecho contra los otros, de palabra o de hecho, hasta el día de la fecha de esta carta, y señaladamente por razón de malquerencia o de mal homicillo. Y, en señal de verdadero amor y paz que deba entre ellos ser guardada, se besaron ante mí, Fulano, escribano público, y ante los testigos que aquí son escritos en esta carta.

Y prometieron y otorgaron los unos a los otros esta paz y esta concordia, y de haberla siempre por firme, y de nunca hacer ni venir contra ella, por sí ni por otro, de hecho ni de dicho ni de consejo, so pena de mil marcos de plata, la cual, pagada o no, esta paz y esta avenencia sea siempre firme y valedera.

Y, por que todas estas cosas sean firmes y valederas, se obligaron los unos y los otros a sí mismos y a sus heredades y bienes, renunciando y quitándose de toda ley y de todo fuero que en contrario sea.


Cómo debe ser hecha la carta de la tregua que los hombres ponen entre sí

Tregua ponen los hombres entre sí muchas veces, y la carta debe ser hecha en esta manera:

Sepan cuantos esta carta vieren cómo Fulano por sí y por Fulano y en su nombre de la una parte, y Fulano de tal lugar por sí y por Fulano y Fulano de la atraparte, pusieron tregua entre sí hasta tanto tiempo; y prometieron los unos a los otros esta tregua, bien y lealmente a buena fe sin mal engaño en todo este plazo sobredicho, de no hacer ni venir por sí ni por otro contra ello en ninguna manera de dicho ni de hecho ni de consejo, so pena de traición u otra pena en que las partes se avinieren.


Ca el escribano, en la manera que es puesta la tregua y la pena de ella, así lo debe escribir en la carta.

Título quinto

De la Divisa de la Banda y de los torneos

Introducción

Muy peregrina y apartada es de las leyes la materia de las Divisas de los reyes y de los torneos y justas para tratarla por extenso. Ca, aunque los derechos comunes hablan de ella, mas no en ella, y comoquier que el derecho civil bien parece consentir estas pruebas de armas que por mostrar la fortaleza y virtud del cuerpo se hacen, pero el derecho canónico, en uno de los concilios que se hicieron en san Juan de Letrán, expresamente veda los torneos, privando de sepultura a quien torneando muere. Y luengos tiempos después, el papa [Clemente V], en una extravagante, vedó las justas y torneos en Francia y en Inglaterra y en Alemania y en otras ciertas partes del mundo, so grandes penas. Mas el papa Juan XXII, su sucesor, considerando que muchos incurrían en ellas, revocó la extravagante de su antecesor.

Mas, al mi cuidar, aunque las penas nuevamente puestas fueron quitadas, todavía quedó el vedamiento y la pena del Concilio de Letrán en vigor. Y, maguer que en los derechos romanos, según dicho es, se hable de los torneos si se pueden hacer, mas no cómo se deben hacer, ca esto a los torneadores pertenece. Pero el rey don Alfonso el XI, teniendo en ello más manera de caballero famoso y probado, que quiere enseñar a los que menos saben, que de rey que quier[e] hacer leyes de que usen en los juicios, hizo una hermosa ordenanza en que puso lo que se debía guardar cerca de la [Divisa] de la Banda, que él de nuevo ordenó, y de los torneos, la cual, si se guarda o no de presente, ligeramente se puede ver leyendo lo en ella contenido y viendo lo que se hace, comparando lo uno a lo ál.

Por ende, oigámoslo, más por saber la diligencia que ponía aquel notable rey en hablar de los hechos de las armas que por ella en los tiempos presentes hayamos de usar.

Leyes

Que dos cosas pertenecen principalmente a los caballeros: verdad y lealtad

Aquí se comienza el Libro de la Banda, que hizo el rey don Alfonso de Castilla. Y la razón por qué se movió a hacerlo es porque la más alta y más preciada Orden que Dios en el mundo hizo es la caballería. Y esto por muchas razones; señaladamente por dos: la primera, porque la hizo Dios para defender su fe; la segunda, otrosí, para defender cada uno sus comarcas y sus tierras y sus estados.

Y por esto, hallaréis en las crónicas antiguas de los grandes hechos que pasaron, que apartadamente tomó Dios en sí los hechos de las batallas que pasan por mano de los caballeros. Y así se prueba que preció Dios esta orden más que todas las otras órdenes, por que se defienda la su fe y el mundo por ella. Y por ende, todo aquel que fuere de buena ventura y se tuviere por su caballero, según su estado, debe hacer mucho honrar y por llevarla adelante. Y porque la cosa del mundo que pertenece más al caballero es la verdad y lealtad, y aun de que se paga más Dios, por ende, mandó hacer este Libro de la Orden de la Banda, que es fundado sobre estas dos razones: sobre la caballería y sobre la lealtad.

Y, pues que os habernos hablado algo de la caballería, ahora os queremos decir algo de la lealtad, comoquier que la lealtad se entiende en muchas maneras, pero las principales son dos: la primera es guardar lealtad a su señor; la segunda es amar verdaderamente a quien hubiese de amar, especialmente [a] aquel en quien pusiere su intención. Otrosí, es tenido hombre a amar a sí mismo y preciarse y tenerse por algo. Y por esto se hizo esta Orden de la Banda, por que los caballeros que quisieren ser en esta orden y tomar la Banda, que mantengan estas tres cosas más que otros caballeros: ser leales a sus señores; y amar lealmente a aquel en quien pusiere[n] su corazón; y tenerse por caballeros más que otros para hacer más altas caballerías.

Que los caballeros de la Banda deben ser corteses

Pues habéis oído la raíz del comienzo por qué se hizo este Libro de la Banda, os queremos decir las maneras que deben haber en sí los caballeros de la Banda para andar más en hábitos de caballeros y para poder cumplir mejor caballería, y para ser más corteses y más guardados, también en hablar y en su traer como en su comer. Otrosí, de cuáles cosas se deben guardar y arredrar.

Que el caballero de la Banda debe oír misa cada día

Primeramente decimos que todo caballero de la Banda que haga mucho por oír misa en la mañana, pudiéndola haber, por que lo ayude Dios en su caballería que probare en servicio de Dios y de su señor.

Que el caballero de la Banda debe andar bien guisado de caballo y de armas

Todo caballero de la Banda se debe guardar de decir uno por ál, pudiéndolo excusar. Ca la cosa del mundo que más pertenece al caballero es decir verdad.

Y desí, en pos de esto, que siempre ande bien guisado del mejor caballo y de las mejores armas y más lozanas que pudiere haber; a dondequier que vaya, que siempre lo traiga consigo. Y que tenga siempre unas sobreseñales de su cuerpo y de caballero en que haya banda. Ca cierta cosa es que, si buen caballo y buenas armas no [ha], por buen corazón que [haya], nunca podrá ser buen caballero ni hacer buena caballería.

Otrosí, que siempre [traiga] pendón en la lanza. Y otrosí, que siempre traiga espada o misericordia, aunque no esté armado. Y cuando comiere, que siempre tenga la espada cabe sí.

Otrosí, que nunca se alabe de cosa que haga en caballería alguna.

Otrosí, todo caballero de la Banda nunca debe decir «¡Ay!» y lo más que pudiere, excuse de quejarse por herida que haya.

Que el caballero de la Banda no juegue dados cuando anduviere en guerra

Mucho es de extrañar que ningún caballero de la Banda no juegue los dados en cuanto anduviere en guerra y en menester. Y por ende, decimos que cualquier que los jugare, si fuere sabido en verdad, que le den por pena que le quiten el sueldo de un mes y que no beba vino en tres días. Y, señaladamente, si fuere sabido que jugare armas o caballo, que le tiren el sueldo por dos meses y que no traiga banda por cuatro meses.

Que el caballero de la Banda debe ayudar a las dueñas y doncellas hijasdalgo

Conviene a todo caballero de la Banda que siempre tenga unos paños en que haya banda, aunque no los pueda traer cada día, y que los vista una vez en la semana, y más si más pudiere. Otrosí, el su andar que sea el más sosegado que pudiere, y nunca calce botas ni zapatos ni traiga las calzas rodilladas.

Otrosí, el su hablar no sea muy a prisa ni muy a voces, y que pare mientes siempre en su lengua, y que nunca diga palabras torpes. Y, señaladamente, nunca diga ningún agravio contra alguna dueña ni contra alguna doncella hijadalgo, aunque ella sea contra él, porque hay algunas de ellas a las veces ariscas. Otrosí, que cuando alguna dueña o alguna doncella hijadalgo viniere a la corte del rey a querellar algún desaguisado que le hayan hecho, que los caballeros de la Banda, o cualquier de ellos, que la pongan delante el rey por que pueda mostrar su derecho. Y aun, si cumpliere, que razone por ella, por que haya cumplimiento de derecho. Y, aun demás de razonar, que haga lo que el rey mandare y hallare por su corte que debe hacer, por que ella haya todo su derecho.

Que el caballero de la Banda no debe comer manjares sucios

Mucho debe extrañar todo caballero de la Banda de no comer viandas sucias, ca de las buenas hay asaz en que se pueda bien mantener. Y otrosí, porque hay algunas frutas y hortalizas torpes y sucias, que guarden eso mismo de no las comer, también de los manjares como de las frutas. No las quisimos aquí contar por menudo porque serían malas de contar. Pero el caballero de la Banda que lo quisiere guardar bien, y nombrándose de la Banda, bien entenderá cuál es lo que debe excusar de comer de estas cosas tales.

Otrosí, debe guardarse de no comer ninguna vianda sin manteles, salvo si fuere letuario o fruta, o andando a caza o en menester de guerra.

Otrosí, que en el beber que guarde estas tres cosas: la primera, que nunca beba en pie, salvo si bebiere agua; la segunda, que nunca beba vino en cosa de barro ni de madera; la tercera, que cuando bebiere vino, que, por sed que haya, que guarde que no se santingüe con el vaso ni con la taza que bebiere.

En qué manera se debe hacer el caballero de la Banda

En esta manera se ha de hacer el caballero de la Banda, quier la gane en la manera que dice en este libro que la debe ganar, quier se la den por bondad que haya en él.

Primeramente, que se acierte allí el maestre y todos los caballeros de la Banda que allí fueren. Y, si no pudieren allí ser y fuere prisa, que a lo menos que se acierten allí seis caballeros de la Banda. Y que venga armado de todas sus armas, y que le pregunten si quiere tomar la Banda y ser compañero de los caballeros de la Banda. Y, si dijere que sí, que le digan:

Vós habéis de jurar estas dos cosas. La primera, que en toda vuestra vida que seáis en servicio del rey o de alguno de sus hijos, pero si acaeciere que vós partiéseis del rey o de alguno de sus hijos, que enviéis la banda al rey y que nunca la podáis pedir jamás para que os la den, y el rey que nunca os la pueda dar, ni ningún caballero de la Banda no ruegue por vós al rey que os la dé. Pero viviendo con alguno de los hijos del rey, y no haciendo contra vós lo que debiese, que lo podáis decir al rey y que vós podáis pasar a otro de sus hijos, a aquel que fuere más vuestro talante, o que os tome el rey para sí.

Otrosí, la segunda cosa que habéis a jurar es que améis a los caballeros de la Banda así como a vuestros hermanos, y que no desayudéis a otro caballero de la Banda, salvo si fuere por ayudar a padre o hermano. Y otrosí, si dos caballeros de la Banda pelearen o tuvieren contienda en uno, que hagáis mucho por partirlos, y si no los pudiéreis partir, que no ayudéis a ninguno de ellos.


Y desque esto hubieren jurado, finque las rodillas. Y tome el rey [y] los caballeros de la Banda que allí estuvieren las sobreseñales de la Banda con las manos, y vístanselas. Y después que fuere vestido, que abrace a todos los caballeros de la Banda que allí estuvieren y que los haya por hermanos dende en adelante. Y otrosí, le digan que Dios ponga en su talante y en su corazón de guardar todas las cosas que dicen en este libro que han de guardar los caballeros de la Banda.

Otrosí, si acaeciere que enviasen dar la Banda a algún caballero, por bondad o caballería que hubiese hecho, no siendo en la corte del rey, que el rey que le encomiende a seis caballeros de los de la Banda que se la vayan dar, de la manera que de suso dice, y que le tomen la jura sobre aquellas cosas, según dicho es.

Qué debe hacer el caballero de la Banda cuando viere a alguno de otro reino traer banda

Estos caballeros de la Banda han de hacer así. Que cada que vieren traer banda a otro cualquier de otro reino, quienquier que sea, no siendo sus armas, que le digan: «Caballero o Escudero (cualquier que fuere), si quisiereis traer banda, habéis a hacer así: vós habéis de justar con dos caballeros de la Banda uno a uno. Y que no tiréis el yelmo ni la lanza ni el escudo».

Y si venciere a cualquier de los de la Banda, que el otro que entre allí, según fuero de la tabla, que nunca pueda traer banda dende adelante. Y si acaeciere que venciere la justa el caballero que quisiere ganar la banda por caballería de ambos a dos, que sea electo para traerla, pero que no la pueda traer hasta que se haga el primer torneo que aquí dirá.

Qué debe hacer el caballero en el torneo que quiere ganar la Banda

Comoquier que decimos que el torneo sea en el caballero que quisiere ganar la Banda, que sea para cuando él quisiere. Y aún que haga más; que luego, que jure allí que en el primer torneo que hicieren en Castilla en que se acaecieren algunos caballeros de la Banda, que entre allí, y que con todos, uno a uno, haga dos venidas con cada uno, y esto que sea en un medio día. Y si acaeciere que le caiga la espada de la mano sin quebrantarse la manzana o sin quebrantarse la espada, o si cayere del caballo sin caer el caballo con él, que sea vencido y que no pueda traer Banda, así como [a] aquel que se le cae la espada de la mano y cae del caballo allí donde la ha menester.

Y si le acaeciere que le caiga de la mano el espada o cayere del caballo, según dicho es, alguno de aquellos que primero traía la Banda, que haya vencido el uno; y si ambos, que sean vencidos ambos, y que hagan aquel juramento que han hecho los caballeros de la Banda, y que la puedan traer dende adelante.

Y si [a] alguno de los caballeros de la Banda no se le cayere la espada ni cayere del caballo, como dicho es, ni aquel caballero que venciere la justa o hiciere muy bien el torneo, decimos que si entendiere el maestre y los caballeros que cumple en todo caballería, que él pueda traer la Banda dende adelante.

Y si acaeciere que la traiga hombre que no haya parte en hidalguía, que se la descosan mal pareciendo, y que nunca después la pueda traer y que no hayan por qué justar con él.

Y decimos que, también en la justa como en el torneo, estas condiciones no se entiendan salvo en los que quisieren ganar la Banda por su caballería. Pero si otros justaren o tornearen con los caballeros de la Banda, por probar caballería y no por razón de traer la Banda, que lo pueda[n] hacer, sin estas condiciones susodichas, cada cuando que quisieren los otros caballeros.

Qué debe hacer el caballero de la Banda cuando fuere fuera de la corte del rey y hallare otro que trajere Banda

Decimos que si algún caballero de la Banda fuere a otro lugar fuera de la corte del rey, y hallare algún caballero o escudero que sea hombre hijodalgo que trajere Banda que no sean sus armas, que le diga: «Caballero o Escudero, a mí es mandado que os diga esto. Si quisiereis traer la Banda, habéis de hacer así que me hagáis pleito y homenaje que de hoy en dos meses, o dende ayuso, que vayáis a la corte del rey a ganarla por la caballería, según que la habéis a ganar».

Y el caballero, que le haga allí pleito y homenaje que él que será el primero que juste allí con él. Y si no quisiere justar, que le diga que deje la Banda. Y si no la quisiere dejar, que lo envíe luego a decir al rey. Y esta razón que se la descubra en la mayor plaza que pudiere, ante caballeros y escuderos. Pero, haciéndole el caballero pleito de cumplir esto que dicho es, que dándole plazo para venir y cumplirlo así a la corte del rey, habiendo caballo o armas, que el caballero de [la] Banda haga luego allá con él la primera prueba, quier de justa o de torneamiento, cual el otro más quisiere, y el caballero de la Banda, que lleve su demanda adelante, según que está ordenado.

Qué debe[n] hacer cuando un caballero de la Banda tuviere palabras con otro caballero de la Banda

Si algún caballero de la Banda tuviere palabras con otro caballero de la Banda, decimos que el rey que se lo debe escarmentar o darle la pena que merece, con acordamiento de los caballeros de la Banda que se acaecieren allí.

Otrosí, si algún caballero de la Banda metiere mano a espada contra otro caballero de la Banda, decimos que no parezca ante el rey por dos meses, y que no traiga en estos dos meses más de la mitad de la banda en las espaldas, y que no traiga otra vestidura sino aquella media banda en las espaldas en los dichos dos meses. Y si ambos metieren mano a las espadas, que hayan esa misma pena, también el uno como el otro.

Otrosí, decimos que, si acaeciere que un caballero de la Banda hiriere a otro caballero de la Banda, que pierda toda la merced que tuviere del rey por un año, y que no traiga en este año más de [la mitad de] la banda en las espaldas, y que no le hablen los otros caballeros de la Banda ni traiga otra vestidura ninguna salvo esta en que anda, esta media banda, por un año.

Si el caballero de la Banda se tuviere por agraviado del rey, cómo debe hacer

Si, por ventura, acaeciere que algún caballero de la Banda se tuviere por agraviado del rey en ser contra él por alguno de los que no han la banda, decimos que este tal que lo pueda decir y mostrar al rey ante los otros caballeros de la Banda. Y el rey, con los caballeros que allí fueren, que haya su acuerdo, y lo que hallaren que fuere razón y guisado que debe hacer, que lo haga, y que sea tenido de cumplirlo así.

Otrosí, decimos que, si algún caballero viviere con algún hijo del rey y se agraviare en algunas cosas, no haciendo contra él guisado, que él que lo muestre al rey delante los caballeros de la Banda que allí fueren, pidiendo merced que le haga enmendar. Y si lugar ende hubiere, que se pueda enmendar; si no, que el rey que lo tome para sí y que le haga merced.

Que el caballero de la Banda que no quisiere fincar con el rey, que pierda la banda

Haciendo el rey así merced guisada a algún caballero de la Banda o a alguno de sus hijos, y él no quisiere fincar allí, decimos que este tal que pierda la banda para en todos los tiempos del mundo, y que ningún caballero no sea después tenido de pedirle merced por él que le torne la banda ni él se la debe dar; y [que sea desamado] de todos los caballeros.

Qué se debe hacer cuando el caballero de la Banda hiciere cosas por que merezca muerte

Siendo algún caballero de la Banda justicia u oficial por el rey en algún lugar, y acaeciendo que otro caballero de la Banda hiciese algunas cosas por que mereciese muerte, decimos que aquel que fuere oficial, que lo prenda y que lo envíe al rey. Otrosí, envíele decir por escrito todo el hecho cómo pasó, por que el rey haga sobre ello lo que hallare que debe hacer de derecho. Y si de otra guisa hiciese el caballero de la Banda que fuese juez, que él se lo escarmiente, dándole aquella pena que hallare que le debe dar.

Cuando el rey fuere en hueste, que todos los caballeros de la Banda vayan en una cuadrilla

Decimos que cuando el rey fuere en hueste, que todos los caballeros de la Banda, sus vasallos, que sean en una cuadrilla, y vayan en uno a combatir otro lugar donde el rey mandare, salvo los caballeros de la Banda que son mayordomos de sus hijos y sus vasallos, ca decimos que estos tales que vayan con los pendones de ellos si ende fueren, y si ahí no fueren los pendones, que vayan ellos y todos los otros en uno, según dicho es.

Que los caballeros de la Banda se ayunten en el año ciertas veces

Decimos que en cada dos meses se ayunten todos los caballeros de la Banda con el rey a ver cómo están guisados. Y si, por ventura, el rey estuviere en tales menesteres que no se puedan ayuntar, que a lo menos que se ayunten tres veces en el año; y éstas que sean la una por Pascua florida, la otra por san Juan, la otra por la Trinidad o Navidad. Y en cada uno de estos ayuntamientos, que todos los caballeros de la Banda que traigan cada uno sus caballos y sus armas por que vea el rey cómo están guisados; otrosí, para que él ordene torneo o justa, si fuere tiempo para ello.

Qué debe hacer el caballero de la Banda cuando fuere justa pregonada

Cuando acaeciere justa que se pregonare en la corte del rey o en otra villa, por caballería o por bodas que haga alguno, decimos que cualquier caballero de la Banda, siendo a diez leguas, que venga ahí guisado para justar o para tornear si hallare con quién, por que parezca que a dondequier que se probare caballería que siempre se acierten allí algunos caballeros de la Banda. Y cierto, no sería honra de la Banda en hacerse justa o torneo, y caballero de la Banda estar a diez leguas dende y no ser ahí.

Y el que así lo hiciere, que le loen por ello el rey y los caballeros de la Banda. Y el que lo supo, y no quiso ir allá, que le den por pena que no traiga un mes la banda y que venga tres venidas con caballero que no sea de la Banda, no teniendo él lanza.

Que cuando dos caballeros de la Banda pelearen, que el otro caballero de la Banda los desparta, y no ayude a ninguno

Si, por ventura, aconteciere que dos caballeros de la Banda tuvieren palabras de pelear y se acaeciere allí algún otro caballero de la Banda, decimos que él que haga mucho por despartirlos, y si no los pudiere despartir, que no ayude a ninguno de ellos y los que allí se acaecieren. Y si así no lo hicieren, que el rey les dé la pena que entendiere que merecen, con acordamiento de los caballeros de la Banda.

Cuando algún caballero de la Banda casare, cómo le deben los otros honrar

Cuando acaeciere que algún caballero de la Banda fuere a casar, decimos que los caballeros de la Banda que se acaecieren a diez leguas dende, que sean tenidos a irle hacer muchas honras y mucho servicio, siendo sabidores de ello.

Cuando algún caballero de la Banda muriere, cómo le deben los otros honrar

Decimos que si acaeciere que algún caballero de la Banda muriere, que todos los caballeros de la Banda que allí fuesen que le hagan mucha honra. Y por señal de hermandad, que traigan por él diez días vestidos de [c]amelín o de otro paño prieto.

Cuando el rey ordenare torneo, conviene que los caballeros de la Banda vayan a él

Conviene a todo caballero de la Banda que sepa el día que se ha de hacer el torneo, cuando lo ordenare el rey que se haga, y si no fuere en la corte del rey, que venga allí, dondequier que fuere, a este dicho torneo, sin enviar el rey por él, sabiendo. Y el que no viniere, siendo sano, y no pusiere excusa derecha por aquella que entendiere el maestre y sus caballeros que le deben recibir, decimos que por la primera vez que allí no viniere, que haya esta pena: que no traiga, desde el día que se hiciere este torneo hasta tres meses, más de la mitad de la banda, y aún, demás de esto, que venga tres venidas de justa con un caballero de los que vinieren a la justa o torneo que mandare el maestre, pero que no sea de los de la Banda. Y cada venida que hubiere de hacer que no traiga vara.

Y si acaeciere que fuere doliente o tuviere excusa derecha por sí porque no pudo venir allí, que lo envíe mostrar al rey y a los caballeros de la Banda por testimonio de escribano público, por que él se salve y no puedan de él decir ninguna cosa los que no han por qué decirlo.

Y esto no se entienda en los torneos pequeños de diez días o dende ayuso, salvo en los grandes cuando se hubieren a hacer.

Que los caballeros de la Banda deben mucho guardar las cosas de suso dichas

Mucho deben hacer y poner gran firmeza todos los caballeros de la Banda que son ahora, o serán de aquí adelante, de ser tenidos de guardar todas estas cosas que están en este Libro de la Banda escritas. Y aún decimos que si pueden hacer más de lo que aquí está, también ser corteses como en probar caballería, que esto les sea agradecido demás. Mas, a lo menos, que esto guarden todos, según que en este libro es escrito. Y si en alguna cosa lo erraren, que el maestre que les dé aquella pena que merecieron, con acordamiento de los caballeros de la Banda, según fuere el yerro que hicieren.

Y otrosí, decimos que cualquier caballero de la Banda que descubriere a otro caballero, que no sea de la Banda, alguna de las cosas que en este libro se contienen, que le den por pena que no traiga la banda en esos tres meses. Y si otro caballero de la Banda se lo viere o se lo supiere, que se lo diga luego al maestre. Y si no se lo descubriere, que haya esa misma pena que ha de haber el que hace el yerro. Y esta pena será por la primera vez, pero si la segunda vez cayere, que la pena sea doblada.

Qué deben hacer los fieles en el torneo

Decimos que la primera cosa que deben los fieles hacer cuando los caballeros quisieren comenzar el torneo, que han a catar las espadas que no las traigan muy agudas en el tajo ni en la punta, sino que sean romas. Y eso mismo caten, que no traigan agudos los aros de las capellinas. Otrosí, que tomen jura a todos los caballeros que no den con ellas de puntas en ninguna guisa, ni de revés, a rostro. Y otrosí, si a alguno cayere la capellina o el yelmo, que no le den hasta que la ponga. Y otrosí, si alguno cayere en tierra, que no le atropellen.

Otrosí, les han de decir los fieles que comiencen el torneo cuando dieren las trompetas y los atabales, y cuando oyeren el añafil tañer, que se quiten afuera y se recojan cada uno a su parte. Y otrosí, decimos que, si el torneo fuere grande, de muchos caballeros, en que haya pendones de cada parte, y se hubieren a trabar los unos a los otros para derribarse de los caballos, que los [caballos] de los caballeros que fueren ganados de la una parte y de la otra que sean llevados a donde estuvieren los pendones, y que no sean dados a los caballeros que los perdieren hasta el torneo pasado.

Y otrosí, decimos que desque fuere pasado el torneo, que se deben ayuntar todos los fieles y decir, por la verdad que son tenidos de decir como fieles, según su entendimiento, cuál caballero tuvo la mejoría del torneo, también de los de la una parte como de los de la otra, por que den prez a un caballero de una y a otro de la otra que hallaren que anduvo allí mejor.

Y si fuere el torneo de treinta caballeros ayuso, decimos que haya ahí cuatro fieles de la una parte y otros cuatro de la otra. Y sí fuere de cincuenta caballeros, o dende arriba, que sean ocho caballeros fieles de la una parte y otros ocho de [la] otra. Y si fuere el torneo de cien caballeros o más, que sean doce fieles de la una parte y otros doce de la otra.

La manera que se debe tener en la justa

Primeramente, decimos que los caballeros que hubieren a justar que hagan cuatro venidas, y no más. Y si en estas cuatro venidas el un caballero quebrantare un asta en el otro caballero, y el caballero en quien fue quebrada no quebrare alguna en el otro, este tal que sea vencido, pues no la quebró.

Y otrosí, decimos que, si quebrare el uno dos astas y el otro no más de una, que haya la mejoría el que quebrare las dos astas. Pero si el que quebró la una derribare el yelmo al otro caballero del golpe que le dio, que sea igualado con el que quebró las dos astas.

Y otrosí, si un caballero quebrare dos astas en el otro caballero, y el otro caballero en quien las quebró derribare a él, aunque no le quiebre el asta, decimos que este tal que sea igualado con el que quebró las dos astas.

Otrosí, si un caballero derribare a otro y a su caballo, si este que cayó derribare a otro sin el caballo, decimos que haya mejoría el caballero que cayó el caballo con él, porque parece que fue la culpa del caballo y no del caballero. Y el que cayó sin caer el caballo con él, fue la culpa del caballero y no del caballo.

Otrosí, decimos que ninguna de las varas [quebradas, que] no sean juzgadas por quebrantadas, quebrándolas atravesadas, salvo quebrándolas de golpe.

Otrosí, decimos que, si en estas cuatro venidas quebrantaren dos varas o sendas, o hicieren golpes iguales, que juzguen los caballeros por iguales. Y si en estas cuatro venidas no se pudieren dar, que juzguen que no tuvieron buen acaecimiento.

Otrosí, decimos que, si cayere la lanza a algún caballero en yendo por la carrera antes de los golpes, que el otro caballero que le alce la lanza y no le dé, ca no sería caballería herir al que no lleva lanza.

Y para juzgar todo esto, decimos que haya allí cuatro fieles: los dos de la una parte, y los otros dos de la otra parte, por que den la mejoría a los caballeros que justaren mejor.

Título sexto

De la amistad

Introducción

Aunque en algunas partes del derecho común se haga mención de la amistad para recusar los jueces o para repeler los testigos o para otros efectos jurídicos, pero de la manera de la amistad y de las doctrinas de ella no curaron los textos de los derechos de mucho hablar, lo cual creo que sería porque no es materia que venga a juicio. Mas las leyes de las Partidas hablaron en ello asaz bien. Y como esta materia trata por extenso Aristóteles en el Octavo de las Éticas, poniendo notables conclusiones y enseñándola muy científicamente, no con [tanta] ciencia, mas con hermosa elocuencia, y Tulio después de él en el libro que de ella hizo, las leyes del reino tomaron autoridades de ambos lugares y trataron algo de ella.

Y, pues, hasta aquí todo lo que habernos tratado es de contenciones y debates, unos de guerras contra los enemigos, otros de discordias entre los que deben ser amigos, y después pusimos treguas, que presuponen enemistad, y añadimos torneos y justas, lo cual, aunque se hace en paz, pero es ensaye y figura de guerra, bien es que descansemos algún tanto oyendo las doctrinas de la amistad, la cual, según dice Tulio, es la mejor cosa que en todo lo temporal hay. Onde, él mismo dice que el sol quiere quitar del mundo quien quiere quitar la amistad de la tierra.

Y aunque a todos los hombres pertenezca de oírla, pero mucho más a los hijosdalgo, pues que ellos excelen en la honra y pueden y deben exceler en la virtud. Y entre los virtuosos es la verdadera amistad, ca entre los malos no la puede haber. Por ende, bien es que entre las leyes de la caballería enjiramos las de la amistad, las cuales puso el rey don Alfonso el décimo en la Cuarta Partida, en el Título Veintisiete.

Leyes

Que el amor pasa todos los deudos

Amistad es cosa que ayunta las voluntades de los hombres para amarse mucho. Ca según dijeron los sabios antiguos, y es verdad, que amor pasa a todos los deudos. Y pues que en el Título antes de éste hablamos del deudo que [hay] entre los señores y sus vasallos, por naturaleza o por bienfecho o por servicio o por conveniencia, queremos aquí decir de los otros deudos que los hombres han entre sí tan solamente por amistad. Y mostraremos qué cosa es amistad como ésta, y a qué tiene pro, y cómo debe ser guardada después que fuere puesta, y por cuáles razones se puede perder.

Qué cosa es amistad

Amicitia tanto quiere decir en romance como Amistad. Y amistad, según dijo Aristóteles, ha una virtud que es muy buena y aprovecha a la vida de los hombres, y ha lugar propiamente como aquel que ama y es amado del otro a quien ama, ca de otra guisa no sería amistad verdadera. Y por ende, dijo que departimiento muy grande ha entre amistad y amor y bienquerencia y concordia, ca puede hombre haber amor de la cosa y no habría amistad con ella, así como aviene a los hombres enamorados, que aman a las veces mujeres que los quieren mal.

Y por ende, dijeron los sabios que amor vence todas las cosas, y que no tan solamente hace amar al hombre las cosas que le aman, mas aun a las que le desaman. Y otrosí, han los hombres amor a las piedras preciosas y otras cosas que no han almas ni entendimiento para amar a aquellos que los aman. Y así se prueba que no es una cosa amistad y amor, porque el amor puede venir de la una parte tan solamente, mas la amistad conviene que venga de ambas a dos.

Y bienquerencia es propiamente buena voluntad que nace en el corazón del hombre luego que oye decir alguna bondad de algún hombre o de otra cosa que no ve o con quien no ha gran hacimiento, queriendo bien señaladamente por aquella bondad que oyó de él no lo sabiendo aquel a quien quiere bien.

Y concordia es una virtud que es semejante de la amistad; y de ésta se trabajaron todos los sabios y los grandes señores que hicieron los libros de las leyes por que viniesen las otras acordadamente. Y concordia puede ser entre muchos hombres, maguer no hayan entre sí amistad ni amor, mas los que han amistad en uno, por fuerza conviene que hayan entre sí concordia.

Y por ende, dijo Aristóteles, que si los hombres tuviesen entre sí amistad verdadera, que no habrían menester justicia ni alcaldes que los juzgasen, porque la amistad les haría cumplir y guardar aquello mismo que quiere y manda la justicia.

A qué tiene pro la amistad

Provecho grande y bien viene a los hombres de la amistad, de guisa que, según dijo Aristóteles, ningún hombre que haya bondad en sí no quiere vivir en este mundo sin amigos, maguer fuese abundado de todos los otros bienes que son en él, ca cuánto los hombres son más honrados y más poderosos y más ricos, tanto han menester más los amigos, y esto por dos razones.

La primera es porque no podrían ellos haber provecho de las riquezas si no usasen de ellas. Y tal uso debe ser hacer bien. Y el bienfecho debe ser dando a los amigos. Y por ende, los que amigos no han, no pueden bien usar de las riquezas que tuviesen, maguer sean abundados de ellas.

La segunda razón es porque con los amigos se ganan y se guardan y se acrecientan las riquezas y las honras que los hombres han, y de otra guisa, los hombres sin los amigos no podrían durar, porque cuánto más honrado y más poderoso es el hombre, tanto peor golpe recibe si le fallece ayuda de amigos.

Y aún dijo él mismo que los otros hombres que no son ricos tanto y poderosos, han menester ayuda en todas guisas de amigos que los acorran en su pobreza y lo[s] estuerzan de los peligros que acaecieren. Y, sobre todo, dijo que en cualquier edad que hombre sea, ha menester ayuda de amigos, ca si fuere niño, ha menester ayuda de amigo que lo críe y lo guarde que no haga ni aprenda cosa que le esté mal, y si fuere mancebo, mejor entenderá y hará todas las cosas que hubiere de hacer con ayuda de su amigo que solo; si fuere viejo, ayudarse ha de sus amigos en las cosas que fuere menguado o que no pudiese hacer por sí, por los embargos que vienen a las veces.

Cómo se puede hombre aprovechar del consejo del amigo, y cuál hombre debe ser escogido para esto

Holgura y seguramiento muy grande han los hombres cuando se aconsejan con sus amigos. Y por ende, dijo un sabio que tuvo nombre Tulio, que ninguna cosa no vale tanto como buen amigo a quien pudiese decir seguramente su voluntad, así como a sí mismo. Y dijo en otro lugar, delibera con tu amigo todas las cosas que hubieres a hacer, mas primero sabe quién es él, ca muchos son que parecen muy amigos de fuera y son halagueros de palabra, y han la voluntad contraria de lo que muestran. Y comoquier que estos halaguen al hombre, pero más quieren ser amados que amar, y siempre son dañosos a los que los aman.

Y sobre esto dijo otro sabio, que ninguna pestilencia no puede empecer al hombre en este mundo tan fuerte como el falso amigo con quien hombre vive y departe sus poridades cotidianamente, no lo conociendo y fiándose en él. Y por ende, dijo Aristóteles que, antes que con otro hombre tome amistad, debe pugnar primeramente en conocerlo si es bueno. Y esta conociencia no puede hombre haber sino por uso de luengo tiempo, porque los buenos son pocos y los malos muchos, y la amistad no puede durar sino entre aquellos que han bondad en sí. Onde, los que amigos se hacen antes que bien se conozcan, ligeramente se departe la amistad de entre ellos.

Cuántas maneras son de amistad

Aristóteles, que hizo departimiento naturalmente en todas las cosas del mundo, dijo que eran tres maneras de amistad: la primera es la natural; la segunda es la que hombre ha con otro por alguna pro o por algún placer que ha de él o espera haber, o amistad de natura, que es la que han el padre o la madre a sus hijos, y la mujer a su marido y el marido a su mujer, y ésta no tan solamente la han los hombres que han razón en sí, mas aun todas las otras animabas que han poder de engendrar, porque cada una de ellas ha naturalmente amistad con su compañera y con sus hijos que nacen de ellos; y amistad han otrosí, según natura, los que son naturales de una tierra, de manera que cuando se hallan en otro lugar extraño han placer unos con otros y se ayudan en las cosas que les son menester, y bien así como si fuesen amigos de luengo tiempo.

Y la segunda manera de amistad es más noble que la primera, porque puede ser entre todos los hombres que han bondad en sí. Y por ende, es mejor que la otra, porque ésta nace de bondad tan solamente, y la otra de deudo de natura. Y la que es de bondad tan solamente, ha en sí todos los bienes que hablamos en una ley de este Título. La tercera manera de que hablamos de suso no es verdadera amistad, porque aquel que ama a otro por su pro o por placer que espera haber, y en cayendo o falleciendo la pro o el placer que espera haber del amigo, se desata por ende la amistad que era entre ellos, porque no había raíz de bondad.

Y aún hay otra manera de amistad, según la costumbre de España, que pusieron antiguamente los hijosdalgo entre sí: que no se deben deshonrar ni malhacer unos a otros, a menos de tornarse la amistad y desafiarse primeramente. Y de esto hablamos en el Título de los desafiamientos, en las leyes que hablan en esta razón.

Cómo debe ser guardada la amistad entre los amigos

Tres guardas deben haber y poner entre sí los amigos por que la amistad de entre ellos no se pueda mudar.

La primera es que siempre deben ser leales el uno al otro en sus corazones. Y sobre esto dijo Tulio, que el afirmamiento y el acatamiento de la amistad es buena fe que hombre ha a su amigo. Ca ningún amor no puede ser firme en que fe no ha, porque loca cosa sería y sin razón demandar lealtad el un amigo al otro, si él no la tuviese en sí. Por ende, dijo Aristóteles, que firme debe ser la bondad del amigo, y no se debe mover a querer ninguna cosa mala que le digan a su amigo que ha probado luengo tiempo por leal y por bueno. Y por ende, un filósofo a quien decían que un su amigo dijera mal de él, y él respondió y dijo que si verdad era que su amigo dijera mal de él, que tenía que se movería a decirlo por algún bien y no por su mal.

La segunda guarda que deben haber los amigos es en las palabras, guardándose de no decir cosa de su amigo de que pudiese ser difamado ni le pueda venir mal. Por ende, dijo Salomón en el Eclesiástico, que quien deshonra a su amigo de palabra desata la amistad que había con él. Otrosí, no se deben retraer ni zaherir el uno al otro los servicios ni las ayudas que se hicieren. Y por ende, dijo Tulio, que hombres de malaventura son aquellos que retraen como en manera de afrenta los bienes y los placeres que hicieron a los amigos suyos, ca esto no conviene a ellos, mas a los que lo recibieron. Y otrosí, se deben guardar que no descubran las poridades que se dijeron el uno al otro. Y por esto dijo Salomón que el que descubre la poridad de su amigo desata la fe que había con él.

La tercera guarda es que debe bien obrar por su amigo, así como haría por sí mismo. Ca así como dijo san Agustín, que en la amistad no ha un grado más alto que otro, ca siempre debe ser igualmente entre los amigos. Y otrosí, dijo Tulio, que cuando al amigo viene alguna bienandanza y gran honra, que de los bienes que se siguen de ella deben haber parte sus amigos.

Cómo el hombre debe amar a su amigo

Verdaderamente y sin engaño debe el hombre a su amigo amar. Pero en la cuantidad del amor fue departimiento entre los sabios, ca los unos dijeron que el hombre debe amar a su amigo cuanto el otro ama a él. Y sobre esto dijo Valerio, que esta no era amistad con bienquerencia, mas que era como manera de merca. Y otros hubo que dijeron que debe hombre amar a su amigo tanto como a sí mismo. Y éstos, otrosí, no dijeron bien, porque puede ser que el amigo no se sabe amar o no quiere o no puede, y por ende, no sería cumplida la amistad que de esta guisa tuviese hombre con su amigo. Y otrosí, dijeron otros sabios que debe hombre amar a su amigo como a sí mismo. Y, comoquier que estos dijeron bien, pero dijo Tulio que mejor podrían decir, ca muchas cosas ha el hombre de hacer por su amigo que no las haría por sí mismo. Y por ende, dijo que hombre ha de amar a su amigo tanto cuanto él debe amar a sí mismo.

Y porque en este tiempo se hallan pocos los amigos que así hayan cumplido amor, pero, comoquier que el hombre se debe atrever en la amistad de su amigo, con todo eso no le debe rogar que yerre o haga cosa que le esté mal, y, maguer le hiciese tal ruego ahincadamente, no se lo debe caber el otro, porque si cayese en mala fama o en pena por ende, no le cabrá la excusa, maguer diga que lo hizo por su amigo. Pero, con todo eso, bien debe el hombre poner su persona y su haber a peligro de muerte o de perdimiento por amparanza de su amigo o de lo suyo, cuando menester le fuere.

Y con esto acuerda lo que se halla escrito en las historias antiguas de dos amigos, que habían nombre el uno Erestes y el otro Pilades, que los tenía presos un rey por maleficios de que eran acusados. Y siendo Erestes a muerte condenado, y el otro dado por quito, enviaron por Erestes para hacer justicia de él, y lo llamaron que saliese del lugar donde lo tenían preso. Respondió Pilades, sabiendo que querían matar al otro, y dijo que él era Erestes. Y respondió Erestes que no decía verdad, que él mismo era. Y cuando el rey oyó la lealtad de estos dos amigos, de cómo se ofrecía cada uno a muerte por estorcerla al otro, los quitó ambos a dos y les rogó que lo recibiesen por tercer amigo entre ellos.

Por qué razones se desata la amistad

Natural amistad, de que hicimos mención en las leyes de este Título, se desata por algunas razones de aquellas que dijimos en la Sexta Partida de este libro, por que pueden los hombres desheredar a los que descienden de ellos.

Y la otra, por naturaleza, los que son de una tierra, se desata cuando alguno de ellos es manifiestamente enemigo de ella o del señor que la ha de gobernar o de mantener en justicia. Ca, pues él [es] por su yerro de la tierra enemigo, no ha ninguno por qué ser su amigo por razón de la naturaleza que había con él.

Y la tercera manera de amistad que ha el hombre con su amigo, por bondad de él, desfallece cuando el amigo que era bueno se hace malo de manera que no se puede castigar, y yerra tan gravemente entre su amigo de guisa que no puede o no quiere enmendar el yerro que le hizo. Mas por enfermedad ni pobreza, ni por malandanza que acaezca al amigo, no se debe desatar la amistad que era entre ellos; antes se afirma y se prueba en aquella sazón más que en otro tiempo la que es verdadera y buena.

Y la otra manera que semeja amistad y no lo es, así como el que ama a otro por su pro o por placer que ha o espera haber de él, se desata cuando el amigo desfallece de lo que quiere, así como de suso dijimos.

SE ACABA EL TERCER LIBRO Y COMIENZA EL CUARTO

Cuarto libro

Prólogo

Acostumbraron en los convites, O varón magnífico, y aun en las cotidianas yantares de las nobles personas, después de las principales viandas, traer frutas de diversas guisas, ca no entienden que es la mesa suficientemente servida si en ella se provee tan sólo de los necesarios manjares del cuerpo si no se satisface también a algunos deleites que pide la gula, aun [que] al estómago necesarios ni cumplideros no sean. Y de esto aviene a las veces que no sólo de las comarcas ni de cercanas provincias se buscan las frutas, ca piensan que no es dulce el sabor cuando el precio es pequeño, mas de las transmarinas regiones; y de dentro de Asia la grande hasta este nuestro fin de Europa en que vivimos, acaece traer confecciones y no conocidas especias, a las cuales, si fuese preguntado, aunque pudiesen hablar, por ventura no podrían decir el nombre de su tierra, porque con la [luenga] peregrinación la habrían ya con razón olvidado.

Y maguer que esto se use hacer, ni por ende es excusado de reprensión. Onde, san Jerónimo contra [Joviniano] dice: «No comamos tales viandas que se hayan de digerir con dificultad o, después de comidas, no condolamos que fueron habidas con gran trabajo». Y Epicuro, aquel antiguo filósofo, aunque fue loador de los deleites y, por esto, de todos los otros filósofos reprendido, pero dice así: «De simples viandas nosotros debemos gobernar, porque los solemnes y muy aparejados manjares con gran cuidado y miseria se han de enderezar, y mayor pena dan en buscarlos que deleite en usar de ellos».

Y, según que en el mantenimiento corporal hay principales viandas, y otras no tanto, como son frutas, así en la gobernación del ingenio hay algunas cosas principales y otras accesorias. Mas entre esta espiritual vianda y la corporal hay gran diferencia, ca la corporal, tomada allende de lo que es necesario, trae contratación y hastío, y engendra corporales y espirituales dolencias, mas aquella que gobierna el entendimiento, como es la ciencia, no se puede en superabundancia tomar, ca no puede hombre tanto saber que aún más saber no le cumpliese. Y si algunos con mucha ciencia yerran, no es por culpa de ella, mas por sus perversas costumbres, las cuales quieren con sagacidad sutil defender. Ca la ciencia siempre es buena. Y por esto san Jerónimo, en la epístola que envió [a] algún orador, escribió que todos los autores cumple saber para defender la verdad con aquellas armas que más obraren según la calidad de los adversarios. Y el apóstol san Pablo, en la epístola [de] Tito, alegó contra los [de Creta] un dicho del poeta Epimé[ni]des.

Esto no dije porque aquí queremos injerir materias de ciencia extraña, mas porque, aunque no sea tan necesario ni tan principal lo que aquí diremos como lo que ya dijimos, no lo tengamos en poco, mas que lo oigamos con diligencia y lo tomemos por fruta en respecto de lo antes escrito. Ca en todas las ciencias y artes hay algunas cosas principales y otras no tanto, mas son adherentes y cumplideras. Y así en esta compilación, aunque hayamos escrito las leyes que principalmente hablan de los actos de la caballería, pero para acabarla del todo, por manera de fruta, añadiremos otras que hablan de actos pertenecientes a caballeros, aunque algunas de ellas tan principales no sean. Y como en las frutas, veamos que hay tres maneras: ca algunas son que las traen de tierra muy lueñe y no nacen donde las dan; otras, al contrario, son de allí donde las muestran y no se han comúnmente en otras partes, y por esto se hace de estas dos mayor fiesta; y otras son que se hallan generalmente dondequier que se buscan.

Y así nosotros, de estas maneras, añadiremos algunas materias. Y en lugar de la fruta que hay en otros lugares y partes y no en este reino, pondremos los feudos; y por la que ha en este reino y no en otras partes, diremos de las [behetrías]; y por la que generalmente se puede en cada tierra haber, escribiremos de otros muchos actos de caballería e hijosdalgo de que disponen algunas leyes que adelante oiréis.

Por ende, antes que se levanten los manteles de la tabla de esta compilación, en cuenta de fruta, oíd las materias siguientes.

Título cuarto

General. De algunos privilegios que en diversas partes de las leyes del reino se otorgan a los caballeros e hijosdalgo

Introducción

Despedirme quiero de esta escritura, y, como a c[a]sa acabada, ponerle ya la puerta. Y porque algunas de las leyes que privilegios otorgan a los hijosdalgo no fueron puestas en los Títulos suso escritos, por no hacer a su materia, pongo estas pocas que quedaron en Título General sus Rubricelas, según que en los otros dos Títulos Generales de suso en semejante se hizo, el cual puse aquí en fin de dos razones. La primera, porque esta ordenanza tuvieron los juristas, ca trataron de los privilegios después de los maleficios, lo cual en los cánones claro parece. Y aun en las leyes que hablan en su favor puede considerar que es así quien bien lo catare. Y pues leyes de este reino compilamos, razonable es seguir la orden que guardaron aquellos que las comunes leyes hicieron. La II, porque, pues en favor de los caballeros mandasteis hacer esta compilación, me pareció ser conveniente que como comenzó en leyes que hablan en su favor, así acabase en aquéllas que les dan privilegios y les son favorables.

Por ende, en fin de todo, añadiremos algunas leyes que otorgan preeminencia o franqueza a los caballeros e hijosdalgo, las cuales se comienzan so las rubricelas siguientes:

RUBRICELA PRIMERA

De los caball[o]s y armas

Del Ordenamiento de Segovia, hecho por el rey don Alfonso el XI
Que no sean prendadas las armas ni los caballos por las deudas que deben los caballeros e hijosdalgo

Porque se usaba hasta aquí que por las deudas que debían los caballeros y los hijosdalgo de la nuestra tierra, o por fiaduras que hacían, que los oficiales y aquellos que habían poder de hacerlo, que los prendaban los caballos y las armas, y que se las vendían, así como otros bienes cualesquier de los que habían, y por voluntad que habernos de hacerles merced y honra, y por que puedan estar mejor guisados para nuestro servicio, tenemos por bien que por deuda que deban los caballeros e hijosdalgo de las villas del nuestro señorío, así los armados como los otros que mantuvieren caballo y armas, que no les sean prendados los caballos y las armas de su cuerpo, por deuda que deban, salvo por las nuestras deudas.

Esta ley contiene semejante que la de suso, y se pone aquí porque es de otro Ordenamiento, ca es de Alcalá

Usóse hasta aquí que por las deudas que debían los caballeros de la nuestra tierra, o por fiaduras que hacían, que los oficiales, o aquellos que habían poder de hacerlo, que les prendaban los caballos y las armas, y las vendían, así como otros bienes cualesquier de los que habían, porque es nuestra voluntad de hacerles merced por que puedan estar mejor guisados para nuestro servicio, y tenemos por bien que, por deuda que deban los caballeros y otros cualesquier de las nuestras ciudades y villas y lugares que mantuvieren caballo y armas, que no les sean prendados los caballos ni las armas de su cuerpo.

Del Ordenamiento de las Tahurerías, hecho por el rey don Alfonso el undécimo

.

Que no preste el tablajero sobre armas

Sobre armas de caballero ni de escudero no empresten los tablajeros ni los que tienen las tahurerías dineros en las tahurerías del rey. Y si lo hicieren, que pierdan todo aquello que emprestaren, porque los caballeros y escuderos precian mucho sus armas, y es peligrosa cosa venderlas, y podría acaecer que los caballeros que habrían menester las armas y no las podrían haber, y por esta razón acaecerían grandes trabajos entre ellos y los demandadores de las armas y de aquellos que las tuviesen.

Del Ordenamiento de Alcalá, hecho por el dicho rey don Alfonso el undécimo
Que no sean prendados los palacios de los caballeros e hijosdalgo, ni los caballos ni muía ni armas, por deudas que deban

Han privilegios y franquezas los nuestros hijosdalgo, las cuales Nosotros confirmamos: que por deudas que deban, no sean prendados los sus palacios de sus moradas, ni los caballos ni la muía, ni armas de su cuerpo. Y tenemos por bien que les sea guardado.

RUBRICELA II

Del privilegio de las monedas

Del Ordenamiento de Alcalá de las Peticiones, hecho por el rey don Alfonso
Que los hijosdalgo no paguen moneda

A lo que nos pidieron por merced que los hijosdalgo que moran en las villas que no pechasen monedas ni fonsaderas, que así lo habían de fuero y se lo guardaron los reyes donde Nosotros venimos.

A esto respondemos que lo que piden de la moneda, que no la paguen, que lo tenemos por bien y así les fue [guard]ado. Y a lo de la fonsadera, porque es contienda entre ellos y los de las villas, lo mandaremos ver y ordenar, y guardaremos todo su derecho.

RUBRICELA TERCERA

De los hijosdalgo que están en la frontera

Del Ordenamiento de Alcalá
Que los hijosdalgo que estuvieren en la frontera, aunque sean pasados los tres meses, hayan su franqueza

Establecemos y mandamos, queriendo guardar la gran franqueza y nobleza que han los hijosdalgo de Castilla y de las Españas, por la gran lealtad que Dios en ellos puso, que mientras que estuvieren en la frontera en servicio de Dios y de los reyes, aunque sean pasados los tres meses que nos son tenidos a servir, por la tierra y dineros que de Nosotros tienen, que mientras en el nuestro servicio duraren, que hayan la franqueza que han en los tres meses sobredichos y les sea guardada.

RUBRICELA IIII

Del privilegio de las prisiones

Del Ordenamiento de Alcalá de Peticiones
Que los hijosdalgo no sean presos por deudas, salvo si fueren cogedores o arrendadores

A lo que nos pidieron por merced que los hijosdalgo no fuesen presos por deudas que debiesen a otros algunos.

A esto respondemos que lo tenemos por bien, salvo si fuere cogedor o arrendador de los nuestros pechos, porque él se pone a lo que no es su menester y él se quebranta su libertad misma.

RUBRICELA V

Del privilegio de los tormentos

Del Ordenamiento de Alcalá de Peticiones
Que el hijodalgo no sea atormentado

A lo que nos pidieron por merced que en algún lugar de los nuestros señoríos ningún hijodalgo no fuese atormentado.

A esto respondemos que lo tenemos por bien.

RUBRICELA SEXTA

Del traer de las vestiduras

Del Ordenamiento de Burgos, hecho por el rey don Juan
Que los caballeros pueden traer dorado

Los caballeros deben ser mucho honrados, por tres razones: la una, por nobleza de su linaje; la segunda, por la su bondad; la tercera, por la pro que de ellos viene. Y por ende, los reyes los deben mucho honrar. Y por esto, los reyes donde Nosotros venimos, establecieron y ordenaron en sus leyes cómo fuesen honrados entre los otros de sus reinos en el traer de sus paños y de sus armas y de sus cabalgaduras.

Por ende, ordenamos y mandamos que todos los caballeros armados, que puedan traer paños de oro o dorado, o adobos de oro, en las vestiduras y en las divisas y en las bandas y en las sillas y en los frenos y en las armas. Y eso mismo mandamos y ordenamos que se guarde en los doctores y en los oidores de la nuestra audiencia.

Y porque los caballeros deben ser esmerados entre los otros sus traeres, por ende, ordenamos y mandamos que ningún escudero, que no traiga paños de oro, ni en los paños adobos de oro, ni en las bandas ni en las sillas ni en las divisas ni en las armas, salvo en la orladura de los bacinetes y de los quijotes y de los frenos y petrales, que puedan traer dorados.

Estas leyes, muy virtuoso caballero, compilé así por vuestro mandado, apartando de sus originales aquellas que a la caballería o a actos de caballeros e hijosdalgo parecían hacer, injiriéndolas so sus propios Títulos, según que oísteis. Y aún, donde alguna tenía materia militar mezclada con otras materias, aparté el verso que a la materia hacía, dejando las materias extrañas, salvo cuando iban las palabras unas con otras tejidas, de guisa que no se podría una materia partir sin quebrantar la razón. Y repetí alguna vez diversas leyes sobre un caso, aunque pareciesen concordar en efecto y en palabras, cuando eran de diversos autores, por que se sintiese que diversos príncipes y en diversos tiempos lo establecieron.

Y si algunas leyes os parecieren prolijas o no ordenadas según que la calidad de la materia demanda, atribuidlo a la buena y loable simpleza de los tiempos antiguos, en que nuestros mayores no curaban de mucho pulir las palabras. Y aun creo que no sentiréis tanto esta diferencia de manera del hablar entre unas leyes y otras según la antigüedad del tiempo en que se hicieron como según la diversidad de los hacedores, ca las leyes que de las Partidas tomé, hallareis compuestas en más dulce estilo y con más científicas conclusiones. Y esto, sin duda, sería porque fueron ordenadas por varones sabios y elocuentes, ca el hacer de las leyes ingenio excelente quiere.

Y diversas son mucho estas dos cosas, aunque, por ventura, algunos no lo cuidan así: juzgar por las leyes y establecer leyes de nuevo. Ca para lo primero, basta al juez saber las leyes que son hechas y quererlas seguir. Para lo segundo, no bastaría esto, mas es menester ingenio algún tanto más elevado y ejercitado en algunas otras ciencias universales, por que mejor pueda pensar los convenientes y los inconvenientes que de la ley pueden salir.

Por ende, Aristóteles, que esto bien acató, dice que no es cosa ligera establecer leyes, ca escoger cuáles serán mejores obra es de gran entendimiento, porque cuando se hacen es de deliberar, no después de hechas. Ca, según san Agustín dice, de las leyes juzgan los hombres cuando las establecen, mas después que fueren establecidas y firmadas no pertenece al juez juzgar de ellas, mas debe juzgar según ellas.

Por ende, si algo en las leyes que aquí se contienen os pareciere que debería estar en otra manera establecido, sufridlo con buena paciencia, ca añadir o mudar o menguar o enmendar cosa alguna de lo que en ellas es escrito sólo al rey pertenece, y otra persona alguna, sin expreso su mandado, no debe una sola palabra cambiar.

Y yo no hice leyes, mas compilé aquellas hechas que a este vuestro propósito me parecieron hacer. Y si en el compilar o ordenar las unas en pos de otras, o en los prólogos o introducciones, o en dejar algunas que debía poner, o en poner algunas que debiera dejar, os pareciere que hay error, echad a mí la culpa, que no supe más, o no deliberé en ello cuanto debía. Y, pues bien lo quisiera hacer, concluyendo, puedo decir lo que escriben que dijo Esquines, aquel griego orador, en fin de una famosa habla que contra Ctesifonte en Atenas hizo, diciendo así: «Si lo escribí como la dignidad de la materia requería, hice lo que quise; si no lo escribí tan bien, lo hice según pude». Ca mi voluntad buena fue si el saber la acompañara.

Por ende, comoquier que ello sea, vós de buenamente aceptad este pequeño trabajo que por mandamiento vuestro, con alegre corazón y presta mano, en esta composición yo tomé.

Explicit liber

Fue impreso este libro en Burgos por Maestre Fadrique, alemán, a ruego del capellán mayor de la capilla de la santa Visitación, que fundó y dotó el mismo señor obispo don Alonso de Cartagena, que es en la Iglesia de Burgos. Sacado del original, donde está en uno con otros libros por el dicho señor obispo ordenados.

Se acabó a veinte de junio, año de mil y CCCC y LXXXVII.

Tratado de la guerra (obra atribuida a Alonso de Cartagena)

AQUÍ COMIENZA EL TRATADO DE LA GUERRA QUE HIZO SÉNECA

Tú me creas, los romanos todas las gentes haber vencido por el uso de las armas.

Y sólo por esto, los pocos romanos prevalecieron contra la muchedumbre de los gálicos.

Y por esto, la brevedad de los romanos pudo contra la porfía de los germanos.

Y asimismo contra los españoles, los cuales no sólo por número, mas por fuerza corporal ser antepuestos a los romanos manifiesta cosa es.

Y asimismo vencieron a los afros, a los ingenios y riquezas de los cuales siempre los romanos no se pudieron igualar.

Asimismo a los griegos, por la prudencia y arte de los cuales los romanos eran vencidos.

Los romanos prevalecieron por la prudencia muy diligente de los sus tirones.

Saber pelear quiere osadía, el cual saber se llama justicia de la República.

Ninguno no ha miedo de hacer aquello que confía haber bien aprendido.

En las batallas, los ejercitados de ellas, aunque sean pocos, aparejados están de haber victoria.

La muchedumbre ruda y no enseñada dispuesta es siempre a muerte.

Cosa manifiesta es en todos los lugares ser nacidos hombres cobardes y otros muy nobles.

Pero en las peleas han ventaja unas gentes de otras.

Algunas partidas, según el sitio celestial, no solamente para fuerza corporal, mas aun para la fuerza de los corazones, mucho valen en las batallas.

No son de escoger para las batallas de las naciones vecinas del sol, las cuales son desecadas por la mucha calor, y [por la] poca sangre no tienen fiducia ni firmeza de pelear, aunque de otra manera sean sabidores.

Ni son de escoger de la parte [septentrional] porque arredrados del sol son, y por la mucha sangre no saben aconsejar, y son muy aparejados a la pelea.

Pues que así es, de la parte más templada son de tomar los tirones, a los cuales no fallece copia de sangre para menospreciar las heridas, ni en la muerte les puede menguar la prudencia.

La prudencia guarda el modo en los castigos y no menos aprovecha el consejo que las batallas.

Aquel pueblo rústico es más apto para las armas que es criado so el grave trabajo, paciente del sol, no curante de sombra, y no sabidor de los baños, e ignorante de las deleitaciones y de corazón simple, contento con poca cosa, y de miembros duros para sobrellevar todos los males, al cual, llevar el hierro y hacer las armas y soportar todos trabajos ha de costumbre.

Pero a las veces la necesidad demanda a los ciudadanos ser apremiados para tomar armas.

Necesariamente menos teme la muerte aquel que en la vida menos supo de las deleitaciones.

No sólo más ligeramente son bien aprendidas las cosas que hombre aprende en la mocedad, mas aun más provechoso es.

La alegría militar, el saltar y el correr, antes es de tentar que el cuerpo por edad se haga grueso.

La ligereza tomada por ejercicio muy noble hace al guerrero.

Mejor es al mancebo ejercitado ser causa de no haber aún edad para pelear que no que se duela de aquella ser pasada.

La necesidad manda que tanto se demande de la estatura cuánto de la fuerza.

La virtud por muchas señales se declara.

Es de saber que el mancebo diputado para la obra de la guerra tenga ojos veladores, cerviz derecha, pecho ancho, hombros carnosos, dedos valientes, los brazos luengos, [pequeño vientre], delgadas piernas no por demasiada carne cargadas, mas ayuntadas, con dureza de nervios.

Más provechosa cosa es los caballeros ser fuertes que grandes.

Esto es aquello en que la salud [de toda] la República consiste: que los tirones sean escogidos no tan solamente por los cuerpos, mas muy prestos por los corazones, y muy sabidores.

Aquestos son fundamento del noble reino romano.

Y si haber se pueden, deben sobrepujar en costumbres.

Esto porque la honestad hace al caballero perteneciente.

De los grandes varones, con gran diligencia, deben ser escogidos los más mancebos pertenecientes.

Muchos, maguer que sean vistos hombres de pro, pero por la experiencia se prueban no ser dignos.

En toda batalla, no tanto aprovecha la muchedumbre como la virtud.

¿Quién hallarás que pueda enseñar lo que él no aprendió?

La hueste departida y desordenada siempre recibe muy gran peligro de los enemigos.

Los más mancebos mayormente son de acostumbrar en el correr por que mayor empellón den en los enemigos.

No tomo para mi autoridad, mas las cosas que de otros derramadas están, escribo.

Muchas veces por lluvias arrebatadas suelen crecer los ríos; por ende, usar nadar muy provechoso es porque, como la necesidad acaeciere, no venga algún daño a los que no lo saben.

No hay cosa más firme ni más bienaventurada ni más loable en la República que haber caballeros asaz enseñados de guerra.

El abastamiento de las vestiduras ni del oro ni de la plata ni de las piedras preciosas no abaja al enemigo que nos haga reverencia, mas sólo lo sojuzga el temor de las armas.

Si alguna cosa es errada, se puede después enmendar, pero los yerros de las batallas no reciben enmienda, como la pena en ese punto sigue al yerro.

Luego perecen aquellos que cobardemente o sin saber pelean; usados a huir, no pueden ser para adelante iguales de los vencedores.

La fuerza crece a los brazos por el uso; el saber tirar se gana por sabiduría y uso.

No hay cosa alguna que el pensamiento continuo no haga ligera.

No entienden pelear, mas huir, aquellos que desarmados se ponen en la batalla.

Lo que continuamente se usa no es trabajoso aunque sea cargoso.

Necesario es ser osado para pelear el que armado lleva la cabeza y el cuerpo, ca no ha temor de las heridas.

Si el real estuviere bien ordenado, los caballeros que dentro estuvieren, aunque sean cercados de los enemigos, pueden estar seguros de día y de noche como si estuviesen en villa cercada.

Ninguno no llega al fin de su muerte sino cuando fallece la voluntad de proseguir a su enemigo.

La cura del ejercicio de la caballería entonces se conoce [ser] en lo postrimero olvidada cuando primeramente se hace con pereza y después se disimula.

Los mancebos siempre deben ser escogidos y trabajados.

Menos cuesta enseñar a los suyos en las armas que a los ajenos dar sueldo.

En la caballería, el hecho es prueba del arte.

De los libros habernos las cosas antiguas.

Debe hacer la virtud de sus súbditos a loor de Dios.

Aquello derechamente enseñará el caballero a los otros que con loor él hiciere.

La compañía de los caballeros debe florecer por renta, linaje, letras, hermosura y virtud.

El caballero que acaudilla tal compañía debe ser mesurado en el saber de las armas y en la fuerza del cuerpo y en la honestad de sus costumbres.

¿Quién debe ser el caballero guerrero que por disimulación deja ensuciar las armas de orín?

No solamente los cabal[ga]dores, mas los caballos aun se deben enseñar por continuo trabajo.

Ley es que la haz de ligero no huya ni de ligero siga.

La haz bien ordenada es como fortaleza bien murada.

El que por salud de la República bien trabaja y busca cosas nuevas restituye las antiguas.

Toda cosa parece ser difícil antes de ser tentada.

La diligencia hará toda cosa que quiera si la costa que para ello cumple no es denegada.

Cosa no convenible parece al caballero del emperador ser sostenido de vestuario y mantenimiento de la cosa pública y entender en su privado interés.

Muchos hombres, y mayormente los pobres, despienden cuanto alcanzar pueden.

De aquellas cosas ha hombre gran cuidado en que ve ser puesta toda su sustancia.

Las haces de los romanos no solamente fueron ordenadas por consejo, mas aun por mandamiento divino, las cuales así eran ordenadas que el ayuntamiento de todas las batallas parecía ser un cuerpo.

Naturalmente los de caballo suelen desacordar de los peones.

La edad luenga ni los muchos años no hacen saber el arte del pelear.

La ligereza del cuerpo por el uso se gana, y eso mismo saber estar al enemigo delante o de él defenderse.

Muchas veces entre los que saben acaece algún error.

Sin temor hacían los caballeros en la batalla lo que trebejando habían hecho en el campo.

Cuando los caballeros no continúan las armas, mal usan de ellas, adeja toma los corazones, y [los] cuerpos de ellos se enflaquecen.

De buen príncipe, buen caballero, el cual con hazañas nuevas sobrepuja la antigüedad.

La vergüenza muchas veces hace pelear.

La desobediencia llena es de peligro y de daño de la cosa sacra, la cual es la caballería.

En latín es llamada la hueste ejército, la cual se tomó de otra palabra de latín dicha de ejercicio, que quiere decir uso y por esto dice aquí Séneca que el ejercicio, que quiere decir uso y trabajo de guerra y de caballería. Y porque nombra esta palabra hueste, no olvidemos el trabajo y uso de las armas donde la hueste tomó nombre.

Necesario es los que desacuerdan antes de la pelea más tarde venir a victoria.

Como en las faciendas aproveche mucho todos los caballeros ser regidos por señal de un mandamiento, no pueden igualmente cumplir lo que les fuere mandado aquellos que antes no fueron en uno.

Como la codicia ocupe los galardones de la virtud, son hechos por gracia caballeros los que por trabajo se solían hacer.

Aquellas cosas son eternas las cuales por provecho de la República son escritas.

Los mandamientos y ordenanzas de los mayores estrecha y fielmente deben ser acatados.

Tanto cuesta la hueste mal ordenada como la bien ordenada.

Cuando la declaración parece ser más oscura o más simple, no se debe contar al [autor], mas a la dificultad de la cosa en sí misma.

Para que las cosas puedan ser comprendidas y en la memoria entendidas con corazón atento, son muchas veces de rever.

Cuando los caballeros eran escritos en las matrículas, solían jurar, y por esto eran llamados sacramento de caballería. Los tales caballeros juran por Dios y por la majestad del emperador, la cual, según Dios, el linaje humanal deben mantener y honrar.

Por el emperador cuando es coronado, así como a Dios presente, debe ser hecha fiel devoción.

El caballero que fielmente ama al emperador sirve a Dios; esto por cuanto el emperador reina por Dios.

El caballero debe ser guardador diligente y mesurado doctrinador del pueblo a él encomendado a toda devoción e industria por continuas obras. Si por defensión de armas no es guardada, en muchas veces se dobla la necesidad, y acaece algunas veces que, cuando algún lugar es cercado, más dura la cerca de cuanto es pensado.

La paz que se hace infintosamente, asimismo las mercadurías fingidas, más daño suelen traer que las armas de los enemigos a los que los creen.

Muchos se muestran airados por no ir a la guerra, mayormente aquellos que viven en reposo delicadamente.

No se espanta del ruido de la batalla aquel que ha fuerza y se fía en arte de guerra.

Los muchos no por igual voluntad vienen en desobediencia, mas antes son escandalizados por pocos malos hombres, queriendo los tales pecar con los muchos por la poca pena que esperan de sus maldades.

Cosa muy derecha es que la pena sea ejecutada en los merecedores de ella, por que todos hayan temor aunque pocos sean penados.

Aquellos capitanes son más de loar que su hueste es enseñada de buena templanza, por uso y trabajo, que no los otros cuyos caballeros son traídos a obediencia por temor o tormentos.

Dondequier que se trate de la salud, no sea dado perdón al perezoso en ella.

A las veces los rústicos no sabidores afirman saber muchas cosas que no saben.

Muy seguro es en el hecho de la guerra no ser sabido aquello que se ha de hacer. Aquel es seguro camino de que los enemigos no sospechan la vía.

Esto [acaece] porque muchas veces es tomado el que se pasa de una parte a otra, porque nunca fallecen traidores.

El caudillo de la hueste debe haber personas fieles, juramentados que en el andar del camino a la mano izquierda y a la derecha siempre caten.

Más seguramente obran las espías de noche que de día. El salto se da a los hombres que andan a las veces por la frente y, por la mayor parte, por las espaldas.

Por que la sobrevienta de juntamiento no dañe en la hueste, son antes de avisar los caballeros que estén prestos de corazón.

Las cosas proveídas no suelen ser sujetas al miedo.

Y por esto, les conviene a menudo ejercitarse en tales cosas que, cuando los trabajos vengan, no les sean cargosos.

Esto porque continuamente usando de ello en la paz no se les haga grave en la guerra.

Bien así como el caballero [usado] en armas desea el pelear, así lo recela el que no lo ha acostumbrado.

Saber conviene que en la pelea más aprovecha uso que fuerza.

Si el saber de las armas cesase, no habría diferencia del caballero al labrador.

Cumple al caballero, por cuyas manos ha de ser guardada la República, que diligentemente guarde y continúe el saber pelear y usar de guerra.

Cada uno debe pelear por su salud y por la libertad de todos. Sentencia es de todos los sabios antiguos que las artes son en el pensamiento.

El hecho de la caballería consiste en virtud y bienandanza.

Muy maravillosamente son de loar los caballeros que aquesta arte de la caballería quisieron aprender, sin la cual las otras artes no pueden estar.

El que quisiere ayuntar en una medianía lo que está derramado por diversos libros, conviene que no [sea] tan luengo que enoje ni tan breve que fallezca el cumplimiento de la verdad.

Quien desea paz apareje guerra.

El que codicia haber victoria diligentemente enseñe a sus caballeros.

Y para esto, no cure de perseguir, ni sea osado de acometer a aquel que entiende que peleando le sobrepujará.

Quien buenas andanzas quiere, pelee por arte y no por aventura. La muchedumbre está dispuesta a muchas aventuras.

Nescesario es de los muchos perecer muchos.

Los antiguos no tanto quisieron la muchedumbre de las huestes como que fuesen enseñados en armas.

Muchas veces acaecen dolencias por calor del sol o por el cansancio del camino.

No es perteneciente caballero para sanidad ni para guerra el que es apremiado por el frío.

La hambre más cruel es que el hierro.

Una es la mayor arma que en toda facienda puedes haber, la cual es que tú seas abastado de viandas y tus enemigos hayan mengua de ellas. No es segura la posesión de las riquezas.

En los campos abiertos más suelen pelear los caballeros que los peones.

En los campos son de poner delante los caballeros sabidores de guerra y muy osados.

Por que las cosas secretas no dañen a la industria del capitán, conviene que inquiera primeramente todas las cosas.

Muy buena cosa es con trabajo abrir los caminos estrechos con tanto que sean seguros.

Mucho nos conviene saber ordenar lo que a nosotros es provechoso o nos muestra el contrario. Los caballeros nobles miran en derredor todas las cosas y no parten de ellas mano hasta que son perfectas.

Aquellos que son muchos ordenados para bien catar las cosas de cada parte que pertenecientes y muy probados son, que quiere decir que aquel verdaderamente es oficial que perteneciente es y muy probado en su oficio.

Estas palabras [castillos quieren] decir huestes pequeñas.

Grave cosa es el enemigo llegar a aquellos lugares en los cuales sabe que los contrarios detrás y delante están. Los buenos caballeros no temen aquella batalla en la cual está conocido el peligro de ambas partes, mas aquella en que el peligro es escondido.

Son de señalar aquellas cosas necesarias que los antiguos hallaron, que son las siguientes.

Provechosa cosa es al caudillo que piense quién tiene mayor parte de hombres de batalla; su adversario o él.

Item: cuáles son más armados o guarnidos; los suyos o los otros.

Item: cuáles son más usados.

Item: cuáles son más fuertes en las necesidades.

Item: cuáles tengan mejores hombres a caballo o a pie.

Item: los lugares donde deben pelear, si son provechosos a nosotros o a los enemigos, porque si mucha gente de caballo tenemos, los campos debemos demandar.

Si mucha gente de pie [tenemos], debemos elegir los lugares estrechos y embargados por cavas y lagunas y árboles.

Item: a quién abunda la vianda o a quién fallece, porque la hambre de dentro pelea y muchas veces vence sin hierro.

Y aún más al caudillo pertenece aquesto: proveer si es expediente alongar la batalla o más aína darla.

Muchos quebrantados por trabajo y enojo desfallecen.

A las cosas menor fe es de dar si son contrarias.

Mucho conviene saber qué tal es el enemigo y sus compañeros, si son arrebatados o cautelosos u osados o temerosos, o si saben el arte de pelear o si continúan pelear con locura, y asimismo qué gentes tienen fuertes o cobardes.

Eso mismo las nuestras ayudas: cuánto valen, o qué fe tienen, o de qué fuerza son, y qué corazones [tiene] la nuestra hueste, y cuál parte de ellas afirma más la victoria.

Ca de los semejantes pensamientos crece la virtud de la hueste o es quebrantada.

Las buenas palabras de los capitanes hacen crecer osadía a los que desesperan si en ellos no parece temor.

Mucho es de guardar de no traer a batalla pública la hueste que está temerosa y dudosa.

Eso mismo acate el capitán si tiene hombres mancebos o caballeros viejos, o si por poco tiempo han estado en las faciendas, o si han estado por algunos años en paz.

No deben ser tomados por hombres de armas los que por luengo tiempo han dejado de pelear.

Si yerran en algunas cosas, úsenlo hasta que sean tanto enseñados que sean perfectos.

No deben ser traídos a pública batalla en comienzo, mas deben antes ser acostumbrados en menores peleas.

Otrosí, el capitán [debe ser] velador sabio y mesurado, ca los menos y de menor fuerza haciendo celadas y sobrevientas son buenos, y muchas veces tuvieron así victorias.

AQUÍ SE ACABA EL LIBRO DE LA GUERRA

Dichos de Quinto Curcio (obra atribuida a Alonso de Cartagena)

A la locura ninguna cosa le puede bastar.

A la avaricia ninguna cosa le parece mal hecha.

Cuando la fortuna las primeras esperanzas desampara, las cosas por venir siempre son mejores que las presentes parecen ser.

Ninguna patria es tanto familiar a los desventurados cuánto es la soledad o la olvidanza del primer estado.

No las cosas hermosas de decir, mas las útiles de hacer en las fortunas adversas debemos seguir.

La necesidad muchas veces a la pereza suele despertar, y la desesperación a menudo de esperanza es causa.

Malaventurado y digno de todo mal es aquel que de las insidias o asechanzas de la fortuna se envergüenza.

Los hombres envidiosos de sí mismos son tormento.

La potencia por malfacer alcanzada a ninguno puede ser duradera.

No fallece lisonja a los de ella codiciosos, mortífero mal de los reyes, las riquezas de los cuales más a menudo el lisonjear que el enemigo suele destruir.

Por cierto, la necesidad más poderosa es que toda arte.

Todo hombre, cuanto mayor prosperidad habrá, siempre es más a la envidia sujeto.

La fortuna no es siempre en un grado estante.

Ninguna cosa durable puede ser que razón y orden en sí no haya, aunque de la fortuna ayudada sea.

Antes me quiero de la fortuna arrepentir que del malhecho envergonzar.

Muy más fácilmente algunas cosas ganar que guardar se pueden.

Ciertamente aquellos las adversidades pacientemente sostienen que las saben esconder.

La natura de los fuertes hombres es más despreciar la muerte que la vida haber en odio.

A menudo, por el enojo del trabajo, los ignorantes a la su utilidad son inducidos.

La fin de todos es la muerte, a la cual no correr prestamente debe bastar.

La virtud no deja ir cosa no experimentada.

Muy más grave es ser condenado que engañado.

Los premios de la victoria son paz y reposo y segura posesión de las cosas por virtud alcanzadas.

A los hombres libres el precio por la servitud suele ser ingrato.

Mucho turbias y ciegas son las razones de aquellos que a sí mismos aconsejan.

La necesidad va ante la razón.

La fortuna deleznable es, y por fuerza retener no se puede.

Loca cosa es recordarse hombre de aquello por que a sí mismo olvide.

Aquellos que vencidos habrás guarda, no creas que te sean fieles amigos.

No te conviene amigo de la benevolencia del cual puedas dudar.

Ninguna cosa la natura tan alta ha constituido donde la virtud no pueda subir.

Todo lo que se dice mayor es que la verdad.

Bienaventurados son aquellos a quien las ajenas desventuras hacen apercibidos.