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Capitulo XXVII

De las supersticiones, que los indios tienen en la industria de traginar, cortar madera, y hazer cal



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1. Supersticiones de los leñadores

     NO ES LA DE MENOS IMPORTANCIA (722) la industria, que estos naturales tienen del tragino de la leña, vendiendola por su cuenta, ó cortandola para venderla por cuenta de los que en el monte se la compran; donde tambien, como en todas las demas cosas, se valen de sus conjuros: á este de la leña se pueden reducir todas las industrias, que tienen en la madera; conviene á saber: bigas, tablas, tajamanil, y otras conforme á las tierras, donde viven; de manera, que auiendose entendido el conjuro del arbol, es facil alcançar las supersticiones, que hizieren en los demas generos, que proceden del.

     (723) La primera preuencion que tienen para cortar madera, ó hazer leña, es la de el piciete, encargandole la obra, que van á hazer, y sus personas; para que no les succeda alguna haberia, dicenle en esta forma el conjuro:

     Ea, ven ya en mi fabor, el nueue vezes aporreado, hijo de la de la saya estrellada (Nº 1º), que subes al infierno, y al cielo: en qué piensas ahora? huelgate, que ya finalmente è venido yo, Sacerdote Principe de encantar, y hechizos. Yo que soy el Dios Quetzalcoatl (Nº 2º), y traigo al Demonio Chichimeco bermejo (Nº 3º), espejo bermejo, no me codicies, no me hieras Demonio, cuya suerte es vn agua (Nº 4º); en qué piensas ahora? pues ya à llegado el tiempo, quando arrojarte è á sus espinillas debajo del lado izquierdo, á el ministro, que es el chichimeco colorado.

     (724) Conjura al piciete, y hazelo hijo de la Diosa Citlatlicueitl por las virtudes, que tiene, y diuinidad que le da. Lo segundo, se haze el Dios Quetzalcoatl, invocando á este idolo y con él á el Demonio con esse nombre. 3º. Conjura luego la acha llamandole como siempre chichimeco, y por lo que reluce le llama espejo, y mandale que no le hiera, ni le haga daño alguno debajo de la methaphora «no me codicies, &c.». Y luego conjura en 4º lugar á el arbol: llamalo hijo de ce atl, que es signo de las aguas, porque en ellas tienen los arboles sus dichas, que es el crescer con ellas (frase de que de ordinario vsan); dice lo demas porque à de cortarle con el acha, significando la accion de el cortar, en que el que corta con la mano derecha en el lado izquierdo del arbol, que se corta; y como es en bajo, lo significa por el lugar de las espinillas.

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2. Conjuros al hacer los hornos de cal

     UNA DE LAS MAS PRINCIPALES INDUSTRIAS, (725) que los indios tienen, donde no ay montes, es el hazer cal para traginarla, y avn en esto no están libres de supersticiones; antes sí como en las demas cosas. Lo primero, pues, que hazen es cortar la madera, sobre que se à de armar el horno de cal, y para cortarla conjuran el acha diciendo:

     A tí digo, chichimeco bermejo, que aqui está el Sacerdote para consumir, y quemar este arbol ce atl, que con esto è de dar vida (Por crecer con el agua), ó engendrar á mi hermana la muger blanca (la cal); qué se te alcança de esto, chichimeco?

     Y tú Chichimeco, no às de codiciar (idest, herir) á los Sacerdotes, que traigo conmigo (las manos, pies, y dedos), que no tienen sangre ni color; yo soy el que lo mando, el Principe de los encantos.

     (726) Auiendo dicho todo esto, y cortado la madera, todo lo qual está intelegible por lo dicho atras, pone por fundamento la leña: como se acostumbra, hazele su conjuro, diciendo:

     Ven acá, espiritado, cuya dicha está en las aguas: tiendete en mi encantado horno de cal, alli te haz de convertir en humo, y niebla, y con esso se engendrará mi hermana la muger blanca.

     (727) Despues de puesto el lecho de leña conjuran la Piedra, de que se à de hazer la cal, y poniendola, la conjuran assi:

     Ven tú, mi hermana la muerte, que aqui as de revivir, y nacer: este efecto harán en tí mis criados, bebiendote, y comiendote. Yo lo ordeno assi, el Principe de los encantos.

     (728) Llaman á las piedras de que se haze la cal muertes, porque parecen calaberas; donde decir, que sus criados las àn de comer, y beber, se por methaphora decir, que los leños las àn de quemar. Puesto esto ya en punto, y bien dispuesto, conjuran el fuego encargandole con todo respecto, que haga muy bien su officio, diciendole:

     Ven en mi ayuda, tú, mi Padre quatro cañas ardiendo con cabellos Rubios; tú que eres la Madre, y Padre de los Dioses, ya puedes venir, que ya truxe mi estera de rosas: en ella te haz de sentar, pero no para estar de assiento, que haz de passar de prissa, y haz de comer, y beber, y te haz de volver presto, para que presto se engendre, y nasca la muger blanca; para esto te esperan mis criados: no lo manda quien quiera, yo, el Principe de los encantos.

     (729) Todo este conjuro al fuego es muy ordinario, segun que lo tienen de costumbre todas las vezes, que lo invocan; solo ay en que reparar en el llamar de estera de rosas, en que se à de sentar, aunque no de assiento; porque entiende en esto la chamisa de ramas secas, conque se encienden los hornos de cal; y los criados, que esperan, son leños, que están por assiento de las piedras de la cal. Para que no se ahogue el fuego, y suba á lo alto, y haga buen effecto, quemandose bien sin dañarse, conjuran el aire para que sople el fuego, diciendo:

     Ea, ya ven, mi hermana la verde muger: ve á dar prissa, para que se dé mucha prissa mi Padre las quatro cañas encendidas (Vuelve otra vez).

     Ven ya tú, verde viento; ven a dar prissa a mi Padre las cuatro cañas encendidas: en que emperezas: hazle que se dé prissa para que se engendre, y nasca la muger blanca, y gozemos de su cara.

     (730) Mientras se quema el horno de cal, anda listo el pulque, y la borrachera, donde no es dudable, se lo echaran al fuego, y á el horno, que lo vno es consequente de lo otro: llamar á el aire verde, no es porque tenga color, sino por el color de las yerbas, que son verdes, y en ellas se manifiesta el ayre quando las mueve, por conocerse en esso hazer aire.



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3. La arrieria tiene tambien sus conjuros idolatricos

     OTRA INDUSTRIA TIENEN (731) para su tragino, que es el ser arrieros; para lo qual tienen tambien sus encantos, y conjuros no menos idolatricos, y endemoniados, que todos los demas; y assi quando àn de hazer alguna carga, y lleuarla, hora sea propria, ó agena, ó hora sean muchas: Comiençan su conjuro, auiendose preuenido primero de su piciete, conjurando primero las enfermedades y offensa de animales; para lo qual dicen assi:

     No me offenda algun genero de olores (Nº 1º); embestid y empleaos en las manos, y pies de tus que habitan donde los Dioses. Y tú, Señor verde golpeado (Nº 2º), verde aporreado, acude á mi favor que yo soy señalado encantador, y el Dios Quetzalcoatl, que no soy quien quiera.

     Ea, Buboso (Nº 3º), vn dia ayudame, para que yo me anticipe á tí, y ande primero el camino, que tú irás despues: y andarás despues tu camino, porque antes que lo acabes, aya yo passado los llanos, y barrancas, y quebradas, que yo no hallare.

     No me à de dañar la desigualdad del suelo (Nº 4º), de la tierra, y su rostro fofo, que verdaderamente no es tierra fofa, porque yo è de ir por ensima de el mismo cielo.

     (732) Primeramente conjura aqui los males, y los echa á los animales que habitan los montes, en quienes pueden empeser, y no en él. Lo segundo invoca el piciete é invoca al Dios Quetzalcoatl, teniendose por él para manifestar su poder; lo tercero inuoca al Sol, segun la fabula, llamandolo Buboso, y dicele le encamine su viage antes, que llegue la noche, porque aya passado todos los peligros del camino: lo quarto pide favor, para que las barrancas y demas riesgos del camino no le dañen, que á de ir tan seguro como si caminara para el cielo. Encamina luego su conjuro á la carga, y dicele alçandola en pesso:

     Ea, mi carga, quierote probar, quiero alçarte para ver que tal eres. Eres Pessada?

     (733) Vuelve á hablar luego con el piciete diciendole:

     Ea, Pues, aiudame Señor verde aporreado (Nº 1º), que ya, yo è venido. Yo el Sacerdote, ó el Dios Quetzalcoatl; el Dios culebra de plumeros, Principe de los encantos, que quiero ya cargar esta carguilla, que para esso van aqui quatrocientos Sacerdotes del hijo de los Dioses, que la àn de cargar y lleuarla por el camino á esta carguilla: aduierte que soy como si no tuviera carne, ni sangre, ni color: Pero yo ni tengo carne, ni sangre, ni color, porque soy Sacerdote, soy el Dios Quetzalcoatl, que no soy quien quiera: soy Principe de encantos, que quiero ya cargar este serro aparente, ó encantado (Nº 2º). Quién lo forjó, ó quién lo hizo? quién, sino yo? (Nº 3º). Ven acá tú, el de las ojas como alas, que ya è venido, que se me à llegado la hora de caminar, y llevar á los que tienen cabezas, y coraçon de carne (Nº 4º).

     Y tú, Señora Tierra, carigolpeada (Nº 5º), no me offendas, no me lastimes, ya que eres vn conejo voca arriba, que aqui se quebrantan, aqui se abren de los pechos: conejo voca arriba.

     (734) Lo primero es aqui invocar á el piciete, y decir, que le ayude, que es el Dios Quetzalcoatl, que es vn Demonio encantador, y que tiene quatrocientos Demonios, que son los Sacerdotes encantados, criados suyos, que le àn de ayudar á llevar su carga; y que él es tan encantado y tan diuino, y endiosado como si no tubiera carne ni sangre, ni color alguno, con que acredita sus fuerças, y la confianza que tiene en el idolo.

     Lo 2º llama á la carga serro encantado, que él lo hizo, y lo formó debajo de essa methaphora. 3º Nuº. Torna otra vez á invocar el piciete con nuevos epithetos; y lo quarto haze mencion de los animales, que àn de cargar, mulares, ó cavallares, con decir, que tienen cabezas, y coraçones.

     Lo vltimo es invocar á la tierra, llamandola cari golpeada, porque la pissan, y llamandola como siempre conejo voca arriba: pidele, pues, que no se abra de los pechos cargando, que es el vltimo riesgo que puede padecer; y con esto va su camino con su carga, muy contento, con su conjuro, como todos los demas labradores y pescadores con los suyos, que todos se reducen á estas tres cabezas, con la industria que tienen en ser labradores, pescadores, y tragineros.

     (735) A los mercaderes no les faltan sus embustes, que aunque no è hallado conjuro en particular para esso, es muy cierto, que en sus mercancias entran idolillos, á quienes inuocan para el buen successo de su compra, y venta; los quales vsan las indias ponerselos en las fajas, y tambien entre los generos, que venden.

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4. El pulque y los volantines y «temazcalli»

     TODO ESTO ES TAN ORDINARIO, (736) que está oy en la ciudad succediendo, que es donde menos se repara, y donde más á su salvo obran estos ministros de Satanas sus embustes; como me consta, que cuando ay fiestas de voladores, les echan pulque á los palos antes de començar á volar; sin reparar los que ven esta accion en las palabras, que les dirán. Lo mesmo hazen en los baños nuevos, que llaman Temazcalli, que quiere decir casa de baños: en que para mas disimular las bellaquerias, que vsan para estrenarlo, se valen de algun Ministro de su perfida doctrina lo bendiga, con que acreditan su piedad y dissimulan su idolatria, despues de lo qual entra el echarle el pulque, y offrescerselo á el fuego: ànme certificado todo esto personas de toda satisfaccion.

     (737) Succedió tambien en esta Ciudad el año, de 1647, siendo Provisor, y Vicario General de los Indios el Doctor Don Iuº de Pareja, canonigo de esta Sancta Iglesia, castigar vn indio del pueblo, y doctrina de Nuestra Señora de Guadalupe, extramuros de esta Ciudad, á el qual, teniendo trato de pulquero, conque estorbava á que los indios fuessen á la Iglesia á missa, y acudiessen á la doctrina, se le hallaron en su casa vnos idolillos, mucho peyote, y vna cabeza de Mico; y aunque en quanto á los idolillos procuró vanamente disculparse con occasion, de que cabando en un serro los auia hallado, no pudo tener legitima excusa, porque los acompanava con vna yerba, ó semilla tan sospechosa como el peyote, y con que tienen tanta cuenta para sus curas y adiuinaciones; teniendo assi mesmo la cabeza de Mico, de cuyos pelos echaua en el pulque, para que se le vendiese; y yo la vi tan pelada, que se manifestava, que auia mucho, que se vssava de ella.

     (738) Y tengo por cierto para mayor lastima, y confusion nuestra, que todos dentro, y fuera de la Ciudad, y en todo el Reyno están apestados passiva, y activamente: vnos porque vsan todos los conjuros, embustes, y supersticiones, que è referido; y otros passivamente, consintiendo, que hagan, y vsen de ellos, principalmente en sus curas; siendo esto con tanta confiança en sus conjuros, y sortilegios que aunque sin ellos tubieran mejores effectos á vezes de los que tienen con sus abusos (que muchas vezes son muy malos), no quedaran satisfechos, de que podria succederles bien, sin vssarles; y con tan poca feé del favor, y auxilio de Nuestro Señor, que no temen su diuina justicia, y el castigo, que hazerles puede; temiendo solo lo quede las causas naturales les puede venir, por reconocerlas con deidad: por lo qual temen su castigo, y no ay cosa que no conjuren, y en que no invoquen sus falsos Dioses.

     (739) Y como no viven con la seguridad, y simplicidad que los verdaderos Christianos, que fiados en Dios no temen mas que á su poder y diuina voluntad; les susccede lo que dixo Plutarco en sus morales. No teme el mar quien no navega; no teme la guerra quien no pelea; no teme salteadores quien se está en su casa; no teme calumnias el pobre, &c. At superstisosus omnio timet, terram, mare; aerem, coelum; tenebras, lumen; strepitum, silentium somnium, de todo tienen miedo, y todo lo conjuran, y en todo tienen sus invocaciones como èmos visto ya en tanta diversidad de cosas, y conjuros que arriba tengo propuestos.



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5. Cuidado y desvelo para aclarar y entender las supersticiones de los indios

     TODO ESTO ES MUY CIERTO, (740) que no son mentiras, ni fabulas lo repetido y contado, aunque las cosas en sí sean mentiras y fabulosas, y quimeras del Demonio, conque los tiene engañados; porque todos son succesos aueriguados, y probados, é inquiridos por Ministros tan cuydadosos, y vigilantes como el Licenciado Don Pedro Ponze de Leon, y el Licenciado Don Fernando Ruiz de Alarcon, y otros de los Primitivos Padres; de cuyos papeles assi de vnos, como de otros me è valido: y aunque estoy muy vfano, y muy agradecido á Nuestro Señor de auerse servido de darme licencia para que con mi trabajo (que no à sido pequeño) aya juntado, y concertado todas estas materias, que à sido muy dificil el hazerlo, porque en muchas declaraciones de ellas à sido menester mucho cuidado y desvelo, y consulta assi para entenderlas, como para digerirlas, y aclararlas para que se entiendan.

     (741) Hubierame consolado mucho yo, si estos Authores, tan graves Ministros, y sanctos, y otros que àn faltado, las hubieran escrito; porque lo hubieran hecho con mas inteligencia, y con conocido aprovechamiento de los Ministros: pues en estos veinte y cinco años, que han pasado, pudieran auer destroncado y arrancado tan perjudicial sizaña, como à cundido y está oy en dia cundiendo por todo el Reyno; porque se hubiera adelantado este tiempo, y remediado lo dañado, y estorbado juntamente lo que en su intermedio se à inficionado.

     (742) Mas el favor de Dios Nuestro Señor, en cuyo nombre se à de obrar, en todo tiempo à de ayudar, por ser en defensa de su honra, exaltacion de su sancta ley, y feé catholica; y remedio de vna gente, á quien de justicia debemos el favor, y ayuda espiritual, para que se salven como christianos, que son baptizados, y redemidos con la sangre de Iesu Christo Nuestro Señor; y por lo mucho que sirven, y son de importancia al seruicio de Nuestro Catholico Monarca Philippo Quarto el Grande en sus Republicas sirviendo á sus Republicanos, y á Nosotros todos, á quienes incumbe el procurar, que sirvan á Dios Nuestro Señor, y con pureza crean y guarden su sancta Feé catholica.

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Capitulo XXVIII

De el remedio breve, que todas estas materias piden; y lo mucho que le incumbe a nuestro rey, a sus virreyes y ministros el procurarlo



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1. La bondad fingida es malicia

     EL ANGELICO DOCTOR (743) Sancto Thomas 2º 2ae q. 92, articulo decimo, dice, que la supersticion est vitium religioni oppositum secumdum excessum. Es vn vicio oppuesto á la religion con excesso; no porque dé mas veneracion de lo que enseñala verdadera religion, sino porque da esta veneracion, ó á quien no se debe, ó no con el modo, que se debe.

     (744) Todas las materias que emos tratado de los indios, no solo son supersticiosas porque se opponen á la verdadera religion y catholica Feé, dando veneracion, y culto diuino, á quien no se debe, sino tambien por ser con modos indebidos, é ilicitos, conque es formal y verdadera idolatria, opponiendose tan de veras á la veneracion, y culto diuino, que á Dios Nuestro Señor se debe, que quitandolo de su diuina, y soberana Magestad, lo ponen en los palos, en las piedras, y en falsos y fingidos Dioses.

     (745) La idolatria, que el dia de oy cometen estos indios, está tan embuelta en hypocresia, que se puede muy bien decir de ellos, lo que dixo San Gregorio en el libro 1º de sus morales: Ve peccatori ingredienti duabus vijs. Desdichado de aquel que quiere entrar por dos caminos, y por dos caminos andar, que es obrar vno, y conocer otro: assi estos miserables indios en el estado, que oy están, quieren parecer Christianos siendo idolatras, pareciendoles, que lo vno, y lo otro pueden estar junto; affectan mucho las cosas de Nuestra Sancta Feé, mostrando á ellas gran veneracion; mas no se oluidan de sus antiguas mañas; de quienes podemos decir lo que dixo San Augustin sobre el psalmo 23: Simulata aequitas non est aequitas, sed duplex iniquitas.

     (746) Vna fingida bondad no solo no es bondad, sino que es doblada malicia; quieren estos parecer Christianos, siendo idolatras; vsan del traje de corderos, siendo lobos; quieren parecerse á los verdaderos Christianos, siendo verdaderos idolatras, queriendo las más vezes en sus conjuros, curas, y supersticiones imitar los Ministros de la Iglesia, y vsurparles sus officios, imitando en esto á Satanas, que quiso vsurpar á Dios Nuestro Señor su gloria, y honra, é imitar sus acciones: expresamente habla en ellos el Apostol de las gentes San Pablo en la Carta 21 á los de Corintho, cap. 11: Nam ejusmodi pseudo apostoli, sunt operarij subdoli, transfigurantes se in Apostolos christi. Et non mirum: ipse enim Satanas transfigurat se in Angelum lucis: non est ergo magnum, si ministri ejus transfigurentur velut ministri iustitiae: quorum finis erit secumdum opera eorum.

     (747) No hizo Dios Nuestro Señor cosa con su Pueblo en la ley escripta para fundar la ley de gracia, que el Demonio no quisiesse remedar en estos miserables, para que quando llegasse á su noticia la ley de gracia, tubiesse él conque divertirlos de manera, que auiendola receuido por medio de la predicacion del Euangelio, y las aguas del sancto baptismo, tubiesse traza, conque pareciessen christianos, sin oluidarse de sus antiguos ritos, y ceremonias, haziendoles entender, que lo vno y lo otro se podia observar, y que pareciendo lo que no son, fuessen lo que no parecen; pues pareciendo verdaderos christianos, no lo son, y siendo idolatras formales se occultan de manera, que son verdaderos hipochritas pretendiendo engañar sus Ministros.

     (748) Por esso dice Dios por Sophonias en el cap. 1º, nº 8º: Visitabo super omnes, qui induti sunt veste peregrina. Ha de hazer Dios vna visita, y pesquiza, para castigar á los que están vestidos con vestidura de muchas colores, contra aquellos, á quienes dan en rostro las vestiduras proprias de su misma patria, y nacimiento, vse van á vestir de los trajes, y vestidos de los estrangeros: á aquellos, de quienes dice el Doctor Maximo de las Escripturas San Geronimo (cuyas son todas las siguientes palabras): que no contentos con el habito puro, y limpio de las virtudes, imitan los ritos, y ceremonias de las gentes estrangeras, y gentiles. Qui patriam, et auitam religionem non curant, inanes, et peregrinas superstitiones prosecuuntur.

     (749) Dexan la religion, y culto de su patria y de sus Antepassados, por imitar las supersticiones de los estrangeros; aquellos que dexando la pureza de la Feé, degeneran de quien son con la multiplicidad de sus quebrantamientos: et in vno corpore plures personas agere, in vno homine plures mentiri homines videntur.

     (750) Bien podemos entender esto destos indios, pues tienen tanta diversidad de pareceres, y son de animo tan flacos, que facilmente lo convierten ya á vna supersticion, y ya á otra: ya se fingen vnas vezes en sus mentiras, y conjuros vno de los Dioses de su gentilidad, ya otras vezes otro, para hablar en persona de ellos invocandolos. Y lo mas peligroso en ellos es, que en estas materias, apostatando de las leyes diuinas, y ceremonias de la Iglesia, en que fueron reengendrados, siguen los cultos, y ceremonias de sus antepassados; inclinacion, que está embebida en su misma sangre para la propension á la idolatria, y supersticion; y esto con tanto fingimiento, y simulacion, que no solo son supersticiosos, y formalmente idolatras, sino hypocritas, vistiendose estas vestiduras de color peregrino: Induti sunt veste peregrina.

     (751) Y dixo Ruperto Quam, qui sibi induit, vnus esse desinit, multiplex constituitur. Apostatando de nuestra sancta Feé, y dexando de ser verdaderos Christianos, se transforman en tantos generos de maldades, quantas supersticiones, y embustes hazen, y hazen hazer á otros.



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2. Las congregaciones no enmiendan las costumbres de los indios

     Y SI TODAS ESTAS MATERIAS (752) dieron tanto cuidado ahora setenta años, quando por ellas se motivaron las congregaciones, pensando todos, que seria el vniversal remedio para estorbar semejantes idolatrias, y abusos de los indios, á que tan zelosa y sanctamente arrimó el ombro la Catholica Magestad del Salomon de las Españas, el Rey Philippo II, Nuestro Señor: oy que àn passado tantos años, como son mas de setenta, y que no à auido enmienda, ni le reconoce auer sido remedio el de las congregaciones, sino que antes, si cometian estos delitos, parece que era retirandose á los montes, y no como oy los cometen en los montes, en los Pueblos, entre nosotros, y àvn á vista de los Ministros, porque procuran paliarlo todo, y disimularlo como hypocritas idolatras; qué remedio no pide?

     (753) Y và cundiendo de manera, que apenas ay Pueblo, ni doctrina donde vnas, ó otras cosas no se cometan. Dixo San Bernardo: Serpit hodie putrida tabes hypocresis per omne corpus Ecclesiae, et quo tolerantius, co desperatius, eoque periculosius, quo communius. Esta enfermedad ethica, ó thisica de tanta corrupcion, y tan mortal como es esta simulacion de estos Indios và cundiendo de manera, que mientras mas se tolerare, menos esperanças á de auer de remedio, y mientras mas se communicare, será mas peligrosa. El remedio de ser luego, no se à de dilatar; porque si en las enfermedades corporales, donde solo se pierde el cuerpo, que à de resuscitar, y de mejor calidad, que quando murió, como lo dice la feé, son necessarios los remedios luego, y eficaces para opponerse á la muerte natural, conque amenaçan los accidentes de las enfermedades: cómo se àn de dilatar los remedios que curan el alma para preservarla de que muera eternamente; pues avn para la salud corporal es mas prouechosa la medicina quando comiença la enfermedad, que no en los fines, donde los remedios son mas dificultosos, como dixo Ouidio: Sero medicina paratur, Cum mala per longas invaleure moras.

     (754) Y vn adagio latino dice: Haud facile dediscuntur a senibus vitia, quae pueri didicerint, et in omnem inhaeserint vitam. Muy dificil es de desarraigar vn vicio en la vejez, que se començó en la mocedad, y toda la vida se à vsado. Por esso dixo San Isidoro, lib. 1º, solloquiorum: Difficile est peccati consuetudinem vincere, pravus vsus aboletur, assidua consuetudo vitium in naturam convertit, animus sceleribus astrictus vix ab eis develli potest.

     (755) Todos los males destos miserables indios son males en la vejez adquiridos en la mocedad; pues auiendo passado ciento y treinta y seis años despues de la publicacion del sancto Evangelio, se quedaron con aquellos resabios de su gentilidad, auiendolos vsado por tantos tiempos antes de las congregaciones, conque despues acá à sido la idolatria en ellos costumbre, y mal vso, y no solo convertido en naturaleza, sino tambien demanado de su misma naturaleza, en que es mas difficultoso el remedio.

     (756) Todo esto é traido para de aqui sacar la necessidad, que tienen estas materias de remedio, el qual se debe poner luego; porque si la regla del Gran Doctor de las Escripturas, San Geronimo, en la epistola 7, cerca de las cosas de la Religion dice: Nos sunt contemnenda, quasi parva, sinequibus magna constare non possunt; que se à de reparar en menudencias de las cosas pertenecientes á el culto diuino, y pureza de la Religion Christiana, porque de ellas dependen las cosas grandes de la misma Religion.

     (757) Cómo puede padecer dilacion alguna el remedio, no de menudencias en lo ceremonial (de que habló San Geronimo), sino de cosas essenciales en la substancia, y fundamento de la feé y creencia, que estos miserables tienen obligacion de tener; y de que verdaderamente, y con efecto apostatan tan á cada passo como emos visto, y nos enseña la experiencia, que nos avisa, y amonesta, que no puede dilatarse mas el remedio.



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3. Auxilios eficaces para destruir idolatrias y supersticiones

     ESTE A DE DAR (758) la catholica, y cesarea Magestad de Nuestro catholico Monarca Philippo Quarto, el Grande Rey de las Españas, y Emperador de las indias; pues son suyas, y donde el braço de su invicto Bisabuelo el Emperador Carlos Quinto de felice recordacion, plantó la feé, y con su poder truxo, el Evangelio, y de su mano entró en la Iglesia á estos indios, y ajustandolos á la ley de Dios, y del Evangelio les dió leyes politicas, conque viviessen, y assi pues corren por su cuenta: es menester, para la pureza de la Religion Christiana, que con todas demonstraciones, y por todos caminos, con auxilios muy eficaces, y muy vivas demonstraciones mande remediar tantos daños, para que de vna vez se atajen, y destruyan estas supersticiones, y no cunda cada dia mas el cancer de la idolatria.

     (759) El Aguila de la Iglesia, Sn. Augustin, en la epistola 50, dice, que los Reyes siruen á la Religion Catholica, con diferencia, que los demas Vassallos, y personas inferiores á su Grandeza: porque éstos siruen á Dios, á su Religion, y feé catholica con las costumbres; mas los Reyes con las costumbres, con el poder, y fuerça Real de su imperio, ensalçado la gloria, y honra de Dios, defendiendola de quien la puede manchar, y, de hecho la mancha.

     (760) En ningún Rey catholico del vniuerso mundo se hallarán dos cosas tan necessarias, y tan heroicas, como se hallan en nuestro catholico Monarca Quarto el grande, que Dios guarde: que defiende con el poder, y obliga con las costumbres a la pureza de la Religion con tantas demonstraciones de Christianissimo, catholiquissimo, y piadosissismo, como haze cada dia, principalmente en este nuevo mundo, toda á fin de que esta gente, por su mano, y la de sus progenitores reciuió la feé, se conserve en ella, y nunca falte á la obligacion que tiene.

     (761) Aquel blason que el Prophetico Evangelista Isaias dió á la Iglesia en general en el cap. 60, parece que dixo muy en particular por la congregacion de los fieles indios en este nuevo mundo. Erunt Reges nutritij tuj: et mantilla regum lactaberis. Dice, que los Reyes auian de ser los que la auian de criar, como el Padre, y la Madre á sus hijos; porque en hecho de verdad Nuestra Catholico Rey es Padre y Madre destos Indios segun vemos el cuidado, que de ellos siempre tiene, y lo mucho, que los encarga á sus excelentissimos Virreyes, y Principes Ecclesiasticos; y la mucha hazienda que le cuesta á su Magestad el sustentarlos en justicia, y doctrina; y assi muy bien puede decirse, que mamilla Regum lactaberis; pues los setenta leen, Diuitias Regum comedes.

     (762) Tantos salarios como paga á Ministros seculares, y ecclesiasticos; tantas limosnas como haze á las Religiones, de cera, vino y azeyte; todo á fin de que todos enseñen la ley de Dios á estos Naturales, y sean conservados en justicia: accion que no puede padecer calumnia alguna de enemigos estrangeros, de que digan no ser ésta fineza, quando por otra parte, son tan grandes los emolumentos; pues vemos con la fineza, que este piadosissimo Monarca obra en las islas Philipinas, y en las tierras de barbaros chichimecos, donde ay sobrados y grandes gastos, y emolumentos ningunos: con que no ay calumnia, que valga, ni argumento, que no se desate, porque solo pretende la honra de Dios, y exaltacion de su sancta feé, como el gran Patriarca Abraham, de quien se dice en la diuina Escriptura, Genesis, cap. 21 nº 33º Abraham plantauit nemus in Bersabee, que plantó, ó hizo vn jardin, ó bosque de recreacion.

     (763) El Hebreo, en lugar de nemus, vuelve arborem, y en plural arboles frutales para regalar á los Huespedes, que llegassen á su casa; y dicen los Hebreos en su Targo Hierosolimitamo, que este huerto, ó Jardin le plantó Abraham de lindas, y exquisitas frutas, y que á los huespedes, y peregrinos que llegaban a su casa, los regalava con ellas, dandoselas de valde, y de gracia. Nihil aliud exigens pro pretio, nisi vt conditorem, Rectoremque coeli, et terrae agnoscerent, et colerent, cuiuis nempe donum esset quidquid comedissent, et bibissent.

     (764) Quántos Reynos, quántas Provincias sustentan los Reyes de España sin interes alguno á expensas de su Real patrimonio, y hazienda, plantando en ellas el jardin de la feé, sin otro fin, ni interes, que el zelo sancto de Abraham, de que conozcan á Dios Criador de cielo y tierra, y á su vnigenito, hijo, Christo Señor Nuestro, solo para que se salven, y gozen de vida eterna, como dice San Iuan, cap. 17, nº 3º Haec autem est vita aeterna, vt cognoscant te solum Deum verum, et quem misisti Iesum Christum.



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4. Precisa un alto grado de virtudes en favor, ayuda y enseñanza de los indios

     ES DE TANTA IMPORTANCIA (765) el que nuestros Monarcas, y Reyes de España tengan este zelo de la Religion Christiana, y el desseo, de que las barbaras naciones conozcan á Dios, y á su Vnigenito, Hijo Christo Señor Nuestro, y lo reciue su diuina Magestad tan agradablemente, que no solo obran sus acciones quando en esto se occupan, sino la relacion de sus virtudes, y actos Religiosos de piedad, y de verdaderos catholicos.

     (766) El Padre Fr. Iuº Marquez, en su Governador Cristiano, lib. 2º, cap. 16, p. 2º, cuenta que los Padres Fr. Bernardo de Gracia, y Fray Sebastian de Sancta Monica de la Religion de San Agustin, en la india oriental convirtieron tres Reyes poderosissimos á Nuestra Sancta feé; y que el primero, que era Rey de dos muy poderosos Reynos el vno llamado Pomba, y el otro Pate, auiendole hecho relacion de las virtudes heroicas del Rey Nuestro Sr. y Sto. Philippo Tercero cerca de su piedad, zelo, y obediencia á la Sancta Sede Apostolica, se encendió de manera, que desseó imitar las virtudes de tal Rey; y fué de manera su desseo, que luego se baptizó nombrandose Philippo por nuestro Rey; y fué de modo su conversion, que llevó con grandissima paciencia los trabajos, que se le siguieron, perdiendo sus Reynos, solo por ser Christiano; porque sus vasallos se le revelaron, y negaron la obediencia.

     (767) Pues si esto haze sola la relacion de las acciones de vn Rey de España en partes tan remotas, qué effectos no harán sus obras en esta Nueva España, en que ya no obra personalmente immediatione suppositi, como dice el Philosopho, obra immediatione virtutis. Obra por medio de su poder, como el sol, que en lo mas intimo de las entrañas de la tierra produce el oro y piedras preciosas con su calor; por medio de sus Excelentissimos Virreyes obra las maravillas, que vemos de su piedad, de su Religion, y culto diuino, y mas con la eficacia de la deuocion de un Excmo. Sr. Duque de Alburquerque, que por tantos caminos à sabido executar la piedad, y deuocion de los Reyes de España, y de Nuestro Catholico Monarca Philippo Quarto el Grande, y mostrar la suya, como la experiencia lo enseña, y lo publica la fama.

     (768) Quando murió el Rey Anthioco en Babilonia, Rey de los Assirios, Lysias, su Capitan General y Ayo y Tutor de su Hijo Anthioco, cuya criança estubo á su cargo, luego que murió Anthioco el Rey, entregó el Reyno á su Hijo. Ex cognouit Lysias quoniam mortuus est Rex, constituit regnare Antiochum filium ejus, quem nutriuit adolescentem: et vocauit nomen ejus Eupatorem. Machabacrum. 1, cap. 6, n. 17.

     (769) Entregole el Reyno á su hijo Antiocho, y llamolo Eupator, et vocauit nomen ejus Eupatorem, porque era costumbre entre los Babilonios, y Assyrios, que los que entraban de nuevo en el imperio, vssasen de vestiduras Reales nuevas, y se pusiessen nuevos nombres, como lo dixo Serario, lib. I, Iosue, cap. 2º, q. 4, y assi se puso Antiocho el nombre de Eupator, que quiere decir Bonus Pater, vel Patris amator, buen Padre ó imitador de su Padre; con lo qual Lysias dió á entender, que dava á los Assyrios vn Rey como dixo Appiano: dichoso por las virtudes de su Padre, y que auia de ser buen Padre para su Reyno.

     (770) Con quánta mayor razón le viene á nuestro Catholico Monarca Philippo Quarto el Grande el nombre de Eupator? pues tiene que imitar las heroicas virtudes de el invicto Emperador Carlos V su Bisabuelo. No las acciones de Antiocho en Ierusalem, agravios, y males, que hizo (cuya memoria le costó la vida), sino el auer castigado los herejes, exaltando entre ellos nuestra Sancta feé catholica, y plantando en este nuevo mundo el Euangelio á los Señores Reyes Catholicos Philippo segundo Ahuelo, y Philippo Tercero Padre de Nuestro Monarca, que con tanto cuidado procuraron el augmento, y preparacion de la feé entre estos Neophitos nuevamente convertidos, estorbando las idolatrias, y supersticiones, que les auian quedado de su gentilidad; con las congregaciones, que tanto cuidado y hazienda costaron.

     (771) Con que le viene muy bien el llamarse Eupator Hijo de tales Padres, y Padre de su Reyno; teniendole, como le tiene, á su cargo, para de veras serlo, y para que se conserven en nuestro catholico Monarca en heroico grado las virtudes heroicas de sus Antepassados en el favor, ayuda, y cuidado de la doctrina, y ensenança de estos indios; y assi de veras se llame el Rey Grande, pues le à reservado Dios Nuestro Señor, el poner con su gouierno y auxilio remedio á estas idolatrias, y supersticiones, remediandolas con su poderoço brazo: effecto con que se verifica el titulo de Grande, como dixo la Scriptura del Santo Rey Ezequias, 4. Reg, 18. c. Non fuit ei Rex similis in ijs, qui praecesserunt, nec in ijs, qui secuti sunt.

     (772) No tuvo semejante Ezequias, ni en los Reyes, que auian passado, ni lo auia de tener en los que le auian de succeder; y dice el Abulense sobre este lugar: Quia primus destruxit excelsa, et omnem idolalatriam, fué el primero que destruyó la idolatria, y derribó los idolos: con que ya que Nuestro Rey y Monarca no sea el primero que aya tratado de estas materias para destruirlas, porque siempre dió cuidado á los invictos Monarcas sus Antepassados, será el primero, y sin segundo concluiendo con ellas, para que totalmente se remedien.

     (773) Y si Antiocho se llamó Eupator para añidir gloria á la de sus antepassados: llamese Nuestro Rey, y Catholico Monarca, el Grande, siendo mas glorioso que sus Antepassados en tan heroica accion. Para remedio, pues, de los daños que se reconocen en estar idolatrias, y supersticiones de los indios, que tan necessario es, no solo es menester el auxilio, que su Magestad da para la execucion en estas materias, sino el que los Excmos. Sres. Virreyes en su nombre conceden con tanta piedad, y zelo Christiano, como emos experimentado en las occasiones, que se àn offrecido en otros Obispados, y el Exmo. Sr. Duque de Alburquerque, lo à concedido, y encargadolo á los Ministros de su Magestad assistentes en los Pueblos y Prouincias de los indios.

     (774) Es, pues, de tanta importancia el auxilio, que àn de dar los Alcaldes Mayores para esto, y la vnion, y concordia, con que àn de obrar en compañia de los Ministros de doctrina, que no se remediarán tantos daños como ay, menos que con este remedio, porque á vezes el enemigo del genero humano, como interessado en el augmento de estos daños, se valdrá de medios de discordia entre vnos, y otros Ministros, para que no se remedie; conque es precissamente necessario, que el auxilio y favor Real, que se deriva de la fuente y manantial del poder de Nuestro Rey, y deposita, y recide en sus Excmos. Virreyes, de su mano á la de sus Ministros de justicia vaya tan encargado, y recomendado, que no se dude del buen successo con la acertada, y prudente execucion, con la doctrina de San Isidoro, lib. 3º sententiarum cap. 51, donde dice, que como la Iglesia professa humildad Pusillus grex humilitate vult crescere. Beda, lib. 4, cap. 54, in Lucam cap. 12.

     (775) Es forçoso el auxilio, y favor, y defensa de los Principes, y Ministros suyos para la authoridad y defensa de la Religion, y mal quando tan necessario es todo en estas materias; porque fuera de lo que toca á lo Religioso, y culto diuino, es tambien procurar con esto los buenos, y felices sucessos de el Reyno, de las Republicas, y de los Pueblos; porque si en castigo de lo que estos hazen, es muy creible, y se puede temer, que los trabajos generales destos Reynos nacen de ello, como dixe arriba, cap. 2, p. 2, si no se remedia, podemos cada dia temerlos mayores; y á la contra, remediandose, fuera de la felicidad, que se conseguirá de encaminar al cielo gente, que tanto nos sirve, en cuya compañia vivimos, y de cuyas manos con el trabajo nos sustentamos, y de la honra, y gloria, que á Dios daremos, será generalmente felicidad para la Republica, como dixo Cugouino: Vbi plus est pietatis, ac Religionis, ibi plus est felicitatis, ac beatitudinis: mientras mas se sirve á Dios, mas se gozará de felicidad y bienauenturanza.



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Capitulo XXIX

Del cuydado grande, que estas materias deben dar a los Illmos. Señores Arzobispos, y obispos, y de como deben procurar el remedio



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1. Fuerte arraigo de costumbres

     TODAS PROPRIEDADES, (776) que en lo moral tienen estos indios supersticiosos; son de tan varios colores, quantos son los vientesillos de los embustes, en que los consultan, y hazen creer á otros todas sus acciones se encaminan á supersticiones; hazense Señores de las nuves, de los aires, y de la tierra, procurando con sus conjuros, ó estorbar los effectos naturales, ó adelantarlos de manera, que todos entiendan, que sus effectos naturales obrados por la virtud, que Dios dió á las causas naturales, son effectos de sus conjuros, y que provienen de su sciencia: y lo que mas es de llorar es, que tienen los coraçones, como Camaleones, al revez, tan assidos á todas estas cosas, que son como dice el Propheta Dauid. Cor eorum non erat rectum cun eo: nec fideles habiti sunt in testamento ejus. Psal. 77. Tienen tan pegado el coraçon, y los sentidos á todos sus embustes, que es muy de temer, que darán la vida primero, que dexarlos; si no fuere a fuerça de mucha diligencia, porque tan assidos como esto están á sus falsas doctrinas, y supersticiosos embustes.



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2. Mas que el duro castigo es necesaria la enseñanza para poner remedio al mal

     EN LOS PRINCIPIOS (777) quando se ganó esta tierra, y antes de las congregaciones no era muy difficultoso el reparo de las idolatrias, y supersticiones de los indios; porque entonzes se sembrava la feé, y con qual, ó qual enseñança, ó con qual castigo se reparavan los daños, que podia auer, para que no se derrumbasse el edificio de la feé; mas el dia de oy quanto tanto tiempo á passado, y quando tanto cunden estas supersticiones, que de tantas partes deste Reyno ay cada dia relaciones, que auisan de particulares successos idolatricos; y cada dia experimentamos en esta ciudad, mas cuidado es necesario, porque es menester leuantar el edificio, que está ya casi por el suelo, y repararlo con la prevencion de Mathathias: para que no se acabe de caer muy necessarios son los castigos, que los Illmos. Señores Arçobispos, y Obispos han de hazer en estos delitos: pero muy necessarias àn de ser las Oraciones, y supplicas, que àn de anteceder, para que Nuestro Señor abra el camino mas conveniente, y, suave el remedio de tan grave darlo, y calamidad general.

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Capitulo XXX

En que se trata ser el principal remedio, y mas necesario la continua predicacion de los parrochos contra estos delitos de supersticiones



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1. Tan necesaria es la refutacion de las idolatrias como necesario es su conocimiento para refutarlas

     EL PRINCIPAL REMEDIO (778) de estas idolatrias, y supersticiones, y del que mas continuamente se à de vsar, para que los demas, que se intentaren, y executaren tengan effecto, es la predicacion de los Ministros Evangelicos, encaminando en ella su doctrina á desengañar estos miserables ilusos, dandoles á entender, y conocer la pureza de Nuestra Sancta Feé, que no admite mezcla de otros Dioses, ni mezcla de errores, y supersticiones contra sus catholicas verdades: porque todas estas cosas no se pueden dar á conocer, si no es por medio de la palabra diuina. Fides ex auditu: auditus autem per verbum Christi, dice San Pablo a los Romanos, c. 10, y assi si no es con la fuerça de la palabra diuina es por demas pensar, que se à de dessarraigar la idolatria, y purgar estos abusos, pues, como dice el mismo San Pablo: Quomodo, invocabunt, in quem non crediderunt. Aut quomodo credent ei, quem non audierunt? Quomodo autem, audient sino praedicante? (Ibidem).

     (779) De manera que por el oido de la feé les à de entrar la doctrina para hazer concepto del Dios verdadero, en quien àn de creer, y á quien àn de invocar en sus necessidades, lo qual à de ser por medio de la predicacion de los Ministros Evangelicos; porque si no, cómo àn de acudir á reconocer á quien no conocen, y cómo àn de creer á quien no àn oido por la predicacion del: causa es esta, que suelen dar por principal los reos comprehendidos en estas materias diciendo, que nunca les han enseñado lo contrario, de lo que ellos vssan, y que àn andado ciegos sin la Luz de la verdad, y vendados los ojos; y avn à auido algunos, que àn explicado esta ceguera, poniendose vn lienço en los ojos, lo qual no es porque los Ministros doctrineros no les predican, sino porque en los sermones, que les hazen, no encaminan su doctrina á desengañarlos de lo que hazen, haziendoles se guarden de hazer lo que sus antepassados hizieron, y guardaron.

     (780) Porque si algunos Predicadores se determinan á tratarles destas materias en sus sermones es tan sobre peine, y con tanto rezelo, que piensan, que les enseñan la idolatria, y que les abren los ojos á los que duermen; lo qual es vna de las astucias, por donde el Demonio assienta su doctrina, que bien sabe, que à de auer Predicadores, y que les àn de enseñar la ley evangelica, mas con estas opiniones, y rezelos pretende intimidarlos, para que no prediquen de manera, que los desengañen, y que refuten muy en particular qualquiera materia de las que vsan; y la experiencia nos enseña, que no ay que temer sino clara y aduiertamente predicarles contra lo que hazen en sus idolatrias; pues ellos las tienen tambien sabidas, que no necessitan para deprenderlas de oirlas predicar: antes sí ellos piensan, que los Ministros ignoran lo que ellos tienen tan sabido, y embebido en sus entrañas; que algunos à auido, y ay, que digan, que por esso no les reprehenden en los pulpitos sus supersticiones, porque los Predicadores no las saben. Este fué el principal motiuo, que tuve para este manual, desseando sea aduertencia de todas estas materias para que los Predicadores prediquen contra ellas, refutandolas muy en particular, y para el fuero penitencial, y examen de los reos en el fuero judicial.

     (781) Y cierto, que por esta traça del Demonio de intimidar los Predicadores en estas materias de idolatrias con occasion, de que no sea que se las enseñen, quando él se las tiene tan bien enseñadas, y por tantos años: temo mucho no vse de sus astucias, y traças para que no se impriman, motivando el mismo rezelo. Mas Dios sobre todo; que si es necessaria la enseñança de los Ministros; y si es necessaria la enseñança, es necessario el conocimiento de ellas, de las quales, menos que imprimiendose, no se pueden hazer capaces los Ministros; de lo qual no se sigue, que los Dogmatistas las deprenderán, suppuesto que como tan maestros destas falsas doctrinas no solo las tienen muy bien sabidas, sino que fuera de tener muchas almas inficionadas con ellas, vsan de ellas tan libremente entre nosotros, que á cada passo nos hazen sabidores de estas, y de otras barbaridades y malicias suyas.

     (782) Occupanse, pues, los Predicadores en las materias morales, que les parece, son mas necessarias (aunque no es de poca importancia quando se haze), mas segun los tiempos presentes es menester applicar la doctrina mas en particular á estas suppersticiones. Y como el Gran Doctor de la Iglesia, S. Gregorio, en sus morales aconseja, lib. 18, el modo, con que los Predicadores se àn de preuenir para el buen modo de predicar, que es: Qui ad verae praedicationis verba se praeparat, necesse est vt causarum origines a sacris paginis summat vt omne, quod loquitur, ad diuinae authoritatis fundamentum.reuocet, atque in eo edificium locutionis firmet.

     (783) Es muy necessario, que el que se preuiene, para predicar la palabra diuina, procure conocer el origen de las materias, que à de predicar, y que éstas las funde en las doctrinas sagradas de las Escripturas, y Sanctos Padres: y no será menos vtil, y fructuoso á esse fundamento de la predicacion añidir el estudio, y conocimiento de los delitos, que cometen contra la feé siguiendo las doctrinas de sus antepassados; para hazerse el edificio de su enseñança en materia, que tanto importa, cómo puede escusarse la imprenta para la enseñança general?



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2. Predicacion para enseñar a guardar y observar la verdad

     NO BASTA QUE UNA VEZ EN EL AÑO (784) se les predique á los indios, sino muchas vezes, porque sus inclinaciones son tan promptas á la malicia de sus idolatrias, que facilmente se crian en sus coraçones vnos herbazales como vnos arboles de grandes raizes, que si la continuacion de la predicacion, y enseñança de los ministros no los desarraiga, siempre à de ser muy difficultoso el quitarlos; y si esto es en los vicios ordinarios de nuestra fragilidad humana, que necessita desta continuacion de doctrina, qué será en la materia, que tratamos, que con la occasion de no aduertirles sus idolatrias, se à dexado el predicarles acerca de ellas refutandoselas? que por esto está oy tan estendido este daño, y necessita de tanto remedio, y tanto trabajo como si de nuevo se hiziesse su conversion, y de nuevo se trabajasse en ella: y assi es necessario con grande fervor, y espiritu, que se à de pedir á Nuestro Señor, predicarles en esta materia, y enseñarles á que guarden y observen la verdad, y depongan los engaños, en que viven, que no va menos en esto, que la honra de Dios Nuestro Señor, y la saluacion de tantas almas como se condenarán, si no gozan de esta enseñança, y beneficio de la predicacion.

     (785) Es de notar, porque no sirva de desconsuelo á los Ministros temerosos de Dios, y desseosos de descargar su consciencia, que estos sermones, y platicas, que se les àn de hazer á estos indios en orden á estas materias no àn de ser vnos sermones largos, ni muy compuestos, y exornados de lugares, que á vezes son mas penosos, y cuestan mas trabajo, que causan vtilidad, porque son como las aguas de los arroyos impetuosos, como dixo el Gran Nazianseno: Quae terram dissolvunt, ac distrahunt, et forte Agricolam mulctant, desfloran la tierra, y la roban privando al labrador del fructo, que esperavan coger.

     (786) An de ser vnos sermones, y platicas breves y fructuosas, que harán mucho provecho siendo vnos vocaditos bien sasonados, como los que se dan á los enfermos, para disponerles la gana de comer, y sustentarlos sin empacharles, diciendoles poco, pero á menudo, que mas vale vna palabra bien explicada, y á proposito de lo que necessita el auditorio, que muchas sin vtilidad de los oyentes: no solo vna palabra, pero vna sylaba (ponderó Nazianseno citado) ó pocas letras dichas con buen espiritu y fervor son de tanta importancia, que crian en los coraçones de los oyentes vnas mieses abundantes de virtudes: Frugem ingentem paucis syllabis gignunt, et dilatatum os spiritu implent.

     (787) No es ponderable lo que aprovechan estos vocaditos á estos indios dichos como en conversacion, y lo mucho que importa, y gran fructo, que hazen estas enseñanças á menudo en sus coraçones, y quam prouechosas son. De creer es, que para todo lo dicho se necessita de que los Ministros sepan sufficientemnte la lengua corriente de su doctrina; pues Christo, Señor Nuestro para embiar á predicar á sus Apostoles, les infundió las lenguas de las gentes, á quienes predicaron; de donde juzgo que no se puede llegar á presumir, que aya alguno, no digo, que se encargue de doctrina de indios sin saber lengua, pero que lo intente, ni menos abrá Prelado, que tal consienta; y mas quando vemos las exactas diligencias, y medios con que se procuran dar los mejores, y mas idoneos Ministros á los Naturales, y lo mucho, que se les encarga la buena, y fructuosa educacion y enseñança de los feligreces.



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3. La continua enseñanza destruye poco a poco las malas costumbres

     SIENDO ASSI, QUE LA CONTINUACION (788) desta predicacion es de tanta importancia, porque es el ordinario sustento, y alimento de las almas de los que la oyen, á quienes sustenta y alimenta, consumiendo poco á poco las malas costumbres de los peccados con la continua enseñança, comer dixo el Poeta Ouidio: Gutta cavat lapidem, consumitur anidus vsu.

     (789) Parece, que las cosas que son invsitadas causan admiracion; y assi el ir operarios generalmente por todas partes yendo confutandoles sus idolatrias les causará admiracion, y harán mas reparo en ello, que en lo que sus proprios Parochos les dixeren de presente. Necessita la tierra inculta de sus almas de vnos aguaseros impetuosos, que la rieguen, para que embebiendo en sí la humedad y riego de la confutacion de sus idolatrias, facilmente se arranquen rayzes de tan mala semilla.



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4. Politica necesaria de unidad para la conversion de los indios

     BIEN PUEDE ESTA IGLESIA MEXICANA, (790) Metropoli de este Reyno, y las demas Yglesias del, representar todas estas raçones tan piadosas como verdaderas en nombre de tantas iglesias y doctrinas de indios, para encender el zelo de sus piadosos Parochos, y motivar el de los Illmos. Señores Prelados á ayudarles en la necessidad, que al presente padecen sus ovejas con el favor y ayuda de los operarios, con cuya doctrina, y authoridad se comiencen á remediar, y medicinar en la enfermedad que les sobrevino á la salud, que les dieron las aguas del Sancto Baptismo; recaidas de las antiguas enfermedades, y malos humores de sus idolatrias.

     (791) Bien claro está, que este trabajo de sanarlos es muy difficultoso, y tan considerable, que me causa duda si fué mayor el enseñarles á el principio todos los misterios de nuestra Sancta feé; ó lo será mayor el reducir á ellos á los que àn apostatado de su verdad? no negandola á ella, ni á sus principios, sino mezclando con ella la mentira de sus supersticiones.

     (792) Quitale el Demonio el principal, y derecho ojo de la feé, para que se condenen; y dexales el otro, para que parescan Christianos, y no sean conocidos: con que para aver de restituirles el conocimiento verdadero de Dios, que el Demonio les à quitado en el ojo derecho de la feé, no puede ser menos, que á fuerça de mucho trabajo, y predicacion; pues àn de obrar por su medio, y mediante la gracia de Dios, en lo moral, lo que la naturaleza no puede en lo natural, que es restituir los ojos perdidos, aunque se los dió á el hombre facilmente quando lo engendró.

     (793) Y como quiera que todo este trabajo de estos Ministros, y predicadores no puede ser de passada, sino muy despacio, y con mucho trabajo; será vna politica muy necessaria, que sean estos tales Operarios Evangelicos, conforme las doctrinas son, yendo para este effecto Religiosos Dominicos á las doctrinas de Sto. Domingo; Franciscanos á las de San Francisco; Augustinos á las de San Augustin; y para el Clero, Clerigos, ó Religiosos Operarios de la Compañia de Jesus: porque aunque es verdad que segun la sancta Obediencia y cortecia, que los Ministros Regulares tienen á los Illmos. Prelados, no se puede dudar, que benigna, y amorosamente resiuirán á qualesquiera Ministros Operarios, que fueren servidos de embiar.

     (794) Parece que es mas conveniencia de vnos, y otros, que sean de las mismas religiones, assi porque serán mas bien receuidos, y hospedados, como porque obrarán mas de espacio en el ministerio que van á exercitar: pues estando comer en sus casas, alargarán, ó acortarán su assistencia, como lo pidiere la necessidad de la obra, que llevan á su cargo, sin que aiga cosa que se lo impida.



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Capitulo XXXI

De la necesidad que ay de inquirir generalmente estos delitos de idolatria, y de castigarlos, para que se enmienden, y acaben



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1. Castigo a unos para escarmiento de otros

     SUPUESTO, PUES, EL AUXILIO REAL, (795) y encendido el zelo de la honra de Dios en sus Ministros, y auiendo dispuesto los Principes ecclesiasticos los pechos de sus feligreces con la predicacion de sus Ministros Operarios, y Predicadores Evangelicos, entra el no deberse dilatar el castigo de los delinquentes: pues no puede auer mayor servicio á Nuestro Señor, que reducir el zelo de su honra á el castigo de los transgressores de su Religion; pues con el castigo de vnos se enmiendan otros, y se van á la mano en la commission, y perpetracion de tales delitos.

     (796) Para decir, y probar quam aborrecible es para Dios el peccado de la idolatria, y que la fuerça deste conocimiento se encendió tanto á Mathathias en el zelo de la honra de Dios quando el Judio iva á sacrificar en el altar de el idolo, donde arrancando el puñal de la cinta lo mató sobre la misma ara, como se à dicho; y si antes de la benida de Christo Señor Nuestro, y su passion se practicava este castigo, qué será despues de su passion? qué será despues de su promulgacion de el Evangelio en estas partes? qué será contra aquellos, que reciuieron la feé, y el Sancto Baptismo y àn apostatado, y convertidose á sus antiguos engaños, y mas fingiendo ser verdaderos Christianos? qué castigos no merecen, y qué diligencias no se deben hazer para castigarlos? y mas á aquellos, que quieren dar á entender que sirven á Dios, siruiendo juntamente á sus falsos Dioses, como se cuenta en el 4º de los Reyes, cap. 17, de los de Samaria, y Reyno de Israel, á quienes castigó Dios mas grauemente que á los de Ierusalem y Reyno de Iudá; siendo assi, que el peccado de Iudá fué mayor, que el de Samaria: la raçon es porque los de Samaria, Cum Deum colerent, Dijs quoque suis serviebant, querian servir á Dios, y á los idolos, que es lo que Dios no lleva á bien.

     (797) Todo lo qual enseña, que àn de ser éstos castigados, para que con el castigo, de vnos escarmienten otros: Pestilente flagelato, estultus sapientior erit. (Proverb. 19, nº 25). Tenemos muchos exemplos en el testamento viejo de castigos, que Dios Nuestro Señor mandó hazer en Prophetas falsos, y ministros de dañadas doctrinas, como lo hizo Ieú con todos los Sacerdotes de Baal, que no le quedó piante ni mamante de la generacion Achab, como se refiere en el 4. de los Reyes, cap. 10, nº 23.



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2. La consulta y el consejo deben preceder a la ejecucion del castigo

     CELEBRE, Y DIGNO DE REFERIR (798) es en esta occasion el consejo de Salustio in proemio in Catilinam, que para obras, y cosas grandes anteceda la consulta á la execucion: Antequam incipias, consulito, vbi consulueris mature, facto opus est. Antes de començar á desembolver vna materia, para practicarla es muy necessario el Consejo, y la consulta, y assi para la execucion en la inquisicion destas materias, y castigos, que se deben hazer para estorbarlas, y consumirlas, es muy necessario que preceda la consulta, que de todo hazer pueden los Señores Illmos. Prelados de Indios con Ministros antiguos, y experimentados de doctrinas; assi Regulares, como seculares para obrar con todo acuerdo, y en vtilidad destos naturales, assi de los delinquentes, como de los que no lo son, para que no se les pegue el contagio.

     (799) Y assi consultada la materia: Vbi consulueris nature facto opus est. Luego se à de executar sin dilacion alguna: y generalmente la consulta à de ser despacio; pero la execucion acelerada, como dixo Sancto Thomas, 22, q. 47, arti. 9, definiendo la solicitud, y presteza en la execucion de las materias, que conuienen: Velox executio, tarde consiliatorum. El Consejo de espacio, y la execucion de prissa: siempre será muy necessario segun la naturaleza destos indios, que los medios, que se intentaren, para descubrir, y castigar este genero de idolatrias, y supersticiosos, sean mas ruidosos, que criminosos; para espantarlos, y corregirlos con el rigor, y castigo, con que se les debe amenaçar mas, que con el, que en ellos se à de executar.

     (800) Para todo lo qual parece, que será muy conveniente, y fructuoso en vn dia generalmente con toda solemnidad, y assistencia de los Juezes seculares representando su authoridad Real, y patronasgo de su Magestad, que authorizandolos, y assistiendo á ellos, se celebren estos edictos generales, en que á los indios se dé á entender la grauedad destos delictos por sus clausulas, principalmente los de los Titzitles, ó medicos, prohibiendoles, que ellos, ni otros embusteros, sortilegos, hechizeros, Nahuales, Parteras, ó conjuradores de qualquiera de las declaradas materias en los antecedentes capitulos de este escrito, lo vsen, ni los consulten, ni llamen á otros para hazerlo.

     (801) Mandandoles assimesmo, que los descubran, y manifiesten los que de ellos supieren; y ya que á los indios no se les pueden intimar censuras, intimaranse para la manifestacion destos delictos á los que de ellas son capaces muy agravadas; conviene á saber á los Españoles, mestizos, negros, mulatos, sambaigos hijos de indios, y negras; ó negros, é indias: siendo esto generalmente en vn mismo dia en todo el Arçobispado, ó en otra cualquiera Diocesi a hora de missa mayor; para lo qual se requiere juntar todos los pueblos de vna doctrina en la principal Yglesia, y cabezera de ella; diligencia es esta, que siendo en vn mismo dia, y en todas partes generalmente, es la principal, y mas fructuosa accion, que parece puede auer para el remedio de estas idolatrias, y supersticiones, segun lo prueban las razones siguientes.



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3. Conminaciones generales para que haya enmienda

     LA PRIMERA RAÇON ES, (802) porque la malicia de los Medicos (de que vamos tratando) en particular es tan grande, que siempre procuran libertad de consciencia, y si son perseguidos en vn pueblo, se irán á otro á obrar, y vsar de sus maldades, assi por obrar las sin que aya quien se lo impida, como por no ser descubiertos.

     (803) La 2ª es, porque remediarse estas cosas en vnos pueblos, y no en otros, ó no generalmente en todas las doctrinas, las será motivo, para llegar á apprehender, que no debe de ser peccado tan detestable, como lo es la idolatria; pues en todas partes no se castiga generalmente, y que solo alli, donde se castiga, lo tienen por malo, y assi les es facil passarse á otra parte.

     (804) La 3ª es, que conciben estos tales aborrecimiento, y odio contra los ministros, que cuidan de este remedio, y tienen á los Ministros circunvesinos por mejores Ministros; y la impossibilidad, que àn tenido en castigar estos delitos, é inquirirlos (que quiera Dios, que no aya sido omission), la convierten en vtilidad suya, ó para irse á viuir en aquella doctrina, ó para calumniar á su proprio Ministro.

     (805) Y la 4º raçon, que de esto se sigue, son las polbaredas de capitulos, y persecuciones contra sus ministros; pues el buscarlos, castigarlos, y medicinarlos no califican, que es por la obligacion del officio parroquial, ni por cuidado de su salvacion, sino que lo attribuyen á odio, y mala voluntad, que dicen, les tienen: y assi los capitulan, con los artificios, que ellos saben tener; y es esto de tal manera, que quando no ay materia para ello (aunque nunca les falta vn testimonio, que levantar) dicen, que lo que el Ministro obra, es contra los tributos reales, porque se huien los indios, y se atemoriçan; y assi se valen de las justicias en esto para salir con la suya; de esta misma traça se valen los indios de encomiendas para con sus encomenderos.

     (806) Y los españoles, á quienes sirven los deffienden, porque no se les vaian, y les falte su seruicio, estimando en mas la vtilidad temporal, que de ellos tienen, que la espiritual, que ellos pierden por no corregirlos; y nunca le faltan al Demonio otras muchas traças para estorbarles el remedio, y quitarle á Dios Nuestro Señor el culto, y veneracion, que se le debe; para que se lo den á él, que no se le debe, queriendo para si el que él á su diuina Magestad vsurpa.

     (807) Todo lo qual es tanta verdad, que no abrá Ministro, assi de los seculares, como regulares, que no lo tenga muy bien experimentado; para cuyo remedio es muy necessario, que los edictos, y conminaciones sean generales, y tanto, que requieren ser en vn mismo dia (como se à dicho) amaneciendo el dia señalado todos generalmente:

     (808) Como los Egypcios con la vltima diligencia, que Dios con ellos vsó, que fué la muerte de los Primogenitos suyos, sin que el Angel exceptuasse alguno desde el heredero de Faraon hasta el hijo de la mas vil esclaua, que moria de hambre, sin que vbiesse casa, en que no se hallasse muerto, excepto las casas de los hebreos, que estavan señaladas con la sangre del cordero: assi à de ser generalmente en todo vn Arçobispado, y Diocesi esta diligencia de edictos comminatorios, y pezquizas para hallar en especial, y particular los Medicos, y falsos Dogmatistas de estos indios.

     (809) No auiendo pueblo, ni doctrina, ni lugar, donde no se halle hecha esta diligencia, será como los muertos de los Egypcios; con que les causará miedo, y confusion diligencia tan exacta, y general, y sesarán todos los inconvenientes, que se siguen de obrar en vnas partes, y no en otras esta diligencia, y remedio (que fué motivo; que tuve quando vissité el Arçobispado, para no desembolver algunos de los casos, que se me offrecieron, porque no podian quedar ni bien examinados los delinquentes, ni castigados como convenia), y assi con obrar generalmente no tendrán donde irse los medicos, y dogmatistas á obrar á su salvo; pues donde quiera àn de hallar la misma diligencia, y amenaza, de que huyen, saliendose de sus proprios pueblos; y acabarán de entender, que en todas partes es malo, y peccado grave lo que obran; sin concebir ni hazer conceptos de vnos Ministros, y no de otros, con que no se podrán valer de sus mañas, y astucias en perseguirlos, y calumniarlos, como generalmente lo àn hecho con vnos, ó con otros:

     (810) Cessarán los colores, que dan, de que se huien los indios, y los tributos reales se defraudan; y lo de los encomenderos: pues el ausentarse de vnos pueblos á otros, no es mas, que por buscar la libertad de consciencia: conque perseguidos, y buscados en todas partes, á de ser vn eficacissimo remedio, para que se estorbe, y ataje la mayor parte deste contagio, y para authorisar todas estas materias.

     (811) Y para que se vea el cuidado, que siempre àn causado, y lo mucho, que se requiere, y es necessario su remedio, pondré aquí á la letra las palabras del Sto. Concilio Mexicano, lib. 5º, titu. 4º de haereticis, párrafo 1º, donde aquellos Sanctos Padres ponderaron tanto las materias de las idolatrias, y con conocimiento de el tiempo passado prouinieron lo futuro, que ahora gozamos pressente.

     (812) Las palabras son como se siguen: «Perpendens haec Synodus quam grave peccatum, sit, eos á Fide Catholica deficere, qui, divina favente misericordiae, e tenebris idolatriae, et gentilitatis ad lucem Evangelij eruti, Fidem Christianam in Sacro Baptismate professi sunt, quae á Fide defectio, in his praesertim gravior culpa est, qui aliorum duces, et Magistri cum sint, eos pervertunt, et á veri Dej cultu ad Idola adoranda, et Daemones colendos seducunt: graviter, molesteque ferens, et eam, quae nostrae Fidej irrogatur, injuriam, et tot aminarum. jacturam; necnon intimis visceribus cupiens, nativis Indis, tamquam novellis in Ecclesia plantis, ut in Fide roborentur, afferre remedium: attendens praeterea nimiam Episcoporum indulgentiam, quae paterna pietate canonum rigorem temperantes, hactenus blanditijs, potius quam severitate, ad viam salutis trahendos Indos existimarunt, non solum Indis inutulem fuisse, immo eis occasionem praebuisse, vt projecta quadam audacia ad suos errores, et antiquas superstitiones (quod prelisque in partibus hujus Provinciae experientia docet) redirent: timens denique quam grave damnum conversioni, et conservationi Indorum in Fide Christiana proueniret, si haec poenis impositis non reprimeretar audacia, statuit, ac praecipit Praelatis omnibus hujus Provinciae, vt diligentissime inquirant, ac sciscitentur de hujusmodi Idololatris, praesertim dogmatistis, et errores inter alios disseminantibus. Quod si, postquam eos pie monuerint, et corripuerint, nihilominus in suis perseverare erroribus comperiantur, rigide contra eos procedant, easque poenas applicent quas magis convenire judicaverint, et ad horum emendationem, et ad aliorum remedium. Paternae autem Episcoporum providentiae haed Synodus committit arbitrium qualitatis poenarum, momens eos, ne poenas pecuniarias imponant, quae nec gravitati delicti, nec: Indorum paupertati respondent, sed eos corporalibus poenis coherceant, quibus solum eorum saluti consultum videatur. Necnon vehementer Episcopis eorum cura commendatur, cum in die tremendi Iudicij, de animabus sibi commissis, Omnipotenti Deo rationem sint reddituri».

     (813) Bien consta la authoridad deste Sancto Concilio, auer sido con la apostolica, y cedulas reales, y auerse celebrado el año de 1585, y que reconociendo los inconvenientes, que auia de no imprimirse, para que todos lo guardassen, y observassen, la Magestad del Rey Philippo III, de gloriosa recordacion, fué seruido por cedula suya de 9 de Febrero de 1621, mandar, se imprimiesse; y Ntro. Catholico Monarca su hijo, Philippo IIII, el Grande, que Dios guarde, en 9 de Abril del mismo año fué seruido, que la Cedula de su Padre, y Sto. Rey Philippo III, se guardasse, y observasse, y de nuevo mandó se imprimiesse por la vtilidad grande, que de ello se sigue; pues, como vemos en este sacro Canon, bien se colige el conocimiento, que todos aquellos Sanctos Padres tenian de los Naturales frágiles destos Indios, y bien temieron sus caidas, y recaidas en materias de sus idolatrias; pues en todo miraron estos tiempos, y tan ajustadamente hablaron para lo presente, encargando mucho el remedio, de que oy tanto, vemos se necessita en esta materia.

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