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- XXI -

La manera del desafío que los reyes de armas e Francia y Ingalaterra hicieron al Emperador; y lo que Su Majestad, de palabra y por escrito, les respondió.

     El día, pues, de San Vicente, miércoles 22 de enero de mil y quinientos y veinte y ocho años, estando en la ciudad de Burgos el Emperador, vinieron a palacio, a las nueve de la mañana, un rey de armas del rey de Francia llamado Guyena, y otro rey de armas del rey de Ingalaterra, llamado Clarenceao, y hicieron suplicar a Su Majestad que tuviese por bien de darles audiencia.

     A los cuales monsieur de Nasao, por mandado de Su Majestad, respondió que les daría audiencia entre las diez y las once.

     A esta hora salió el Emperador a la gran sala, acompañado de muchos perlados y grandes señores, y caballeros que a la sazón en su corte se hallaron, y sentóse en una silla ricamente aderezada.

     Estaban los reyes de armas en el cabo de la sala con sus cotas de armas en los brazos izquierdos; y andando hacia Su Majestad hicieron tres reverancias hasta el suelo, y desde la grada más baja del estrado, donde Su Majestad estaba, el dicho Clarenceao, rey de armas de Ingalaterra, en nombre de entrambos, dijo:

     -Sire. Conforme a las leyes y edictos inviolablemente guardados por los emperadores romanos vuestros predecesores, y otros reyes, príncipes y capitanes, nosotros, Guyena, rey de armas del rey Cristianísimo, y Clarenceao, rey de armas del rey de Ingalaterra, nuestros naturales y soberanos y señores, nos presentamos delante Vuestra Sacra Majestad, para declararos algunas cosas de parte de los dichos reyes nuestros señores, suplicando a Vuestra Majestad que, teniendo respeto a las sobredichas leyes y edictos, y usando de vuestra benignidad y clemencia, tengáis por bien de nos hacer dar seguridad y buen tratamiento en vuestros reinos y señoríos, mientras esperamos vuestra respuesta, mandándonos guiar, seguramente, hasta las tierras y señoríos de nuestros señores.

     El Emperador les respondió:

     -Decid lo que los reyes vuestros amos os han mandado, que vuestros privilegios os serán guardados, y en mis reinos ningún desplacer os será hecho.

     Habida esta respuesta, el dicho Guyena, rey de armas de Francia, levó lo siguiente.

     Cartel del rey de Francia.

     -Sire. El rey Cristianísimo, mi natural y soberano señor, me mandó que os dijese que tiene un maravilloso pesar y desplacer de ver que en lugar de la amistad que él ha tanto deseado tener con vos, la pasada enemistad haya todavía de quedar en su vigor; de la cual él ve y conoce que los inconvenientes y males mucho tiempo ha comenzados se os continuarán y aumentarán, no solamente a vos, y a él, y a vuestros vasallos y súbditos, mas a toda la Cristiandad; y que las fuerzas y juventud que el uno y el otro deberíades emplear contra los enemigos de la fe, se ejecutarán en derramamiento de sangre cristiana y ofensa de Dios: y que vos y él (a quien Dios ha tantas mercedes hecho) no gozaréis del bien que Jesucristo nos dejó en su testamento, que es paz, de la cual todos los bienes proceden; antes, en lugar de ella, ternéis guerra, de donde salen todas las calamidades, inconvenientes, pobreza y miseria; y el someterse a aquellos que podrían ser mandados, y poner la sangre y hacienda suya y de sus súbditos en bolsas extranjeras, como cada uno por su parte debe pensar, y que por este breve tiempo que dura la vida del hombre ninguno debría buscar de privarse del sosiego, alegría, honestidad y pasatiempo que los príncipes pueden tener, y en lugar de esto, a causa de la guerra estar siempre en temor, tristeza y aventura, y tener delante sus ojos, que después de haber tenido mal tiempo en este mundo, lo ternán muy peor en el otro los que de ello habrán sido causa, no queriéndose llegar a la razón. Por su parte él se ha puesto, y se quiere poner, en todo deber, y aún más que deber, por tener paz y amistad con vos, por medio de la cual la habrá también en toda la Cristiandad, y se podrá hacer algún servicio a Dios haciendo guerra contra los infieles, la cual será tan agradable, que mitigará la culpa y falta que podría haber sido cometida antes de agora a causa de esta guerra, que mucho tiempo entre vosotros dura, y no parece que haya de cesar viendo las maneras que tenéis. Y porque algunos, diciéndose vuestros, han combatido, tomado y forzado la ciudad de Roma, que es la Santa Sede Apostólica, y en ella cometido todos los delitos y pecados que se podrían inventar, las iglesias y reliquias profanadas, el Papa que como vicario de Dios en la tierra tiene la silla de San Pedro, preso y privado de su libertad; y los que han cometido y perpetrado los tales execrables delitos, y maleficios, y los que les dan favor y ayuda, han caído y incurrido en las penas del derecho, y los que le tienen preso se dicen vuestros, y el que lo guarda ha sido y es uno de los principales capitanes de quien en vuestras guerras de Italia os habéis siempre servido. Y por otra parte la diferencia que al presente puede haber entre vos y el dicho rey, mi natural y soberano señor, principalmente están en el rescate y libertad de los señores sus hijos, que por él están en rehenes; háos muchas veces ofrecido, y aun, agora ofrece de os lo pagar, no solamente tal como parecería ser razonable, y en tal caso acostumbrado, mas mucho mayor. Y no os debéis atener a las cosas que por fuerza y temor os prometió, las cuales ni justa ni honestamente podría guardar ni cumplir. Mucho más pudiérades haber ganado en tomar el rescate que os ha ofrecido que en continuar la guerra, y ser causa de los males y inconvenientes que de cada día padece la Cristiandad. Ya veis cómo el rey de Ingalaterra, con quien tiene perpetua amistad y hermandad, y también los venecianos, florentines, duque de Barry y otros príncipes y potentados, siguen y tienen la parte del dicho señor rey Cristianísimo, porque lo ven ponerse en razón, y que, a causa de no querer vos venir en ella, la paz universal no se puede en la Cristiandad hacer, los enemigos de la fe ganan tierra, toda Italia está en armas, sangre y robos, la Sede Apostólica alterada; y si por vuestra parte no ayudáis a poner fin en ello, y las cosas van así continuando, es de temer que Dios se enojará. Y porque ni por demostraciones que los sobredichos hayan sabido haceros, ni por ofrecimientos que el dicho señor rey ha hecho, habéis querido entender ni condecender a hacer con él un honesto concierto, y contentaros con un rescate más que razonable, y que no queréis pagar al rey de Ingalaterra, su buen hermano y perpetuo amigo y confederado, lo que le debéis, ni poner al Papa en su libertad, ni dejar en paz y sosiego la Italia, hame mandado que os declare y notifique, con gran pesar y desplacer suyo, juntamente con su muy buen hermano el rey de Ingalaterra, que os habrán y ternán por su enemigo, declarando por ningunos cualesquier contratos y conciertos hasta agora entre él y vos hechos, en lo que podrían concerner vuestro provecho; y que de su parte no los quiere guardar, antes por todos los medios que podrá pensar con sus buenos amigos, aliados y confederados, hará todo el daño que pudiere, así con guerra como en otra cualquier manera en vuestras tierras, súbditos y vasallos, como mejor le parecerá, hasta que le hayáis restituído sus hijos, haciendo honestos pactos y convenciones sobre su rescate, y puesto en libertad el Papa y restituido al rey de Ingalaterra lo que le tenéis, y pagádole la suma que le debéis, y dejado en paz y reposo sus aliados y confederados. Y protesta ante Dios y todo el mundo, que no desea ni quiere guerra, y que enteramente le pesa de ella, y que no es causa de los males que hay o podría haber, pues que se ha puesto y quiere poner en toda razón; así lo ha ofrecido y hecho saber a vos y a todos los otros príncipes cristianos, como también agora lo hace, y llama por testigo a Dios que sabe todas las cosas. Y porque so color de la publicación del pretendido concierto de Madrid, hecho estando aún el rey mi señor preso en España, muchos súbditos vuestros, y del dicho señor rey de Ingalaterra y suyos, habrán llevado sus mercadurías y otros bienes en los reinos y señoríos los unos de los otros, de donde se les podría seguir mucho daño, si no se hiciese de ellos mención en la presente declaración, el dicho mi soberano señor, y el rey de Ingalaterra, son contentos que se dé libertad a todos vuestros súbditos, que están en los dichos sus reinos y señoríos, de retirarse y salir de ellos con todos sus bienes y mercaderías dentro de cuarenta días después de la presente intimación, con condición que vos hagáis otro tanto con sus súbditos, y todas y cualesquier sus mercaderías.

     «Hecha a 11 días de noviembre de mil y quinientos y veinte y siete años.

     La firma decía: Guiena, rey de armas.

     El Emperador respondió al dicho Guyena, rey de armas de Francia, las palabras siguientes.

     -Yo he entendido lo que de parte del rey vuestro amo habéis leído, y me maravillo que él me desafíe, porque siendo mi prisionero de justa guerra, y teniendo yo su fe, de razón no lo puede hacer. Paréceme cosa nueva ser desafiado de él, habiendo seis o siete años que me hace guerra sin me haber aún desafiado. Y pues que por gracia de Dios me he defendido de él, como él y cada uno ha visto, sin que me hubiese avisado, y considerada la justificación en que yo me he puesto, en que no pienso haber ofendido a Dios, yo espero que agora, que me avisáis, mucho mejor me defenderé; de manera que ningún daño me hará el rey vuestro amo, porque pues me desafía, yo me tengo por medio asegurado.

     »Cuanto a lo que decís del Papa, ninguno ha habido mayor pesar que yo de lo que se ha hecho, que fué sin mi sabiduría ni mandado y sin tener obediencia a alguno de mis capitanes; mas yo os hago saber que el Papa, días ha, está puesto en su libertad; y de esto me vino ayer nueva cierta.

     »Cuanto a los hijos del rey vuestro amo, él sabe bien cómo yo los tengo en rehenes, y también saben sus embajadores que no ha quedado por mí que no hayan sido libertados.

    »Cuanto a lo del rey de Ingalaterra, mi buen tío y hermano, yo creo que, si es como vos lo decís, que él no está bien informado de lo pasado, porque si lo estuviese no me haría decir lo que vuestro cartel contiene. Yo deseo avisarle de toda la verdad, y creo que cuando la sepa me será el que me ha sido. Yo jamás he negado el dinero que me prestó, y estoy aparejado a pagárselo como por derecho y razón soy obligado, pues gracias a Dios tengo con qué lo poder hacer. Mas si todavía él me quiere hacer guerra, pesarme ha, y no podré hacer sino defenderme; yo ruego a Dios, que el dicho rey no me dé a mí más ocasión de tener guerra con él, que yo pienso habérsela a él dado.

     »Cuanto a lo demás, porque vuestro cartel es grande, y el papel muestra bien ser dulce, pues en él han escrito todo lo que han querido, vos me daréis ese cartel, al cual yo responderé más particularmente en otro papel que no terná sino verdades.

     Respondió esto el Emperador por su propria boca al dicho rey de armas, Guyena.

     El dicho Guyena tomó su cota de armas, que como dicho es tenía en su brazo izquierdo, y se la vistió.

     Y hecho esto, Clarenceao, rey de armas de Ingalaterra, no por escrito, sino de palabra, dijo a Su Majestad lo que sigue:

     Cartel del rey de Ingalaterra.

     -Sire. El rey, mi soberano señor, me mandó que os dijese que viendo la necesidad que hay de paz en la religión cristiana, así a causa del esfuerzo que de muchos años a esta parte ha comenzado a hacer el Gran Turco, enemigo de la fe, que por fuerza de armas ha tomado de poder de los cristianos la ciudad y isla de Rodas, uno de los principales baluartes de la Cristiandad, y en Hungría la fortaleza de Belgrado, y parte de la tierra; como también por las nuevas herejías y setas nuevamente en muchas partes de la Cristiandad levantadas; asimismo, sabiendo y conociendo las grandes guerras por todas partes encendidas, a causa de los cuales la Cristiandad está en maravilloso desasosiego, confusión y división, y que poco tiempo ha por vuestra gente, y ministros de vuestro ejército, y debajo de vuestros capitanes, ha sido robada y saqueada la santa ciudad de Roma, y la persona de nuestro muy Santo Padre tomada en prisión y por vuestra gente guardada, los cardenales asimismo presos y puestos a rescate, las iglesias saqueadas, obispos, clérigos y religiosos puestos a cuchillo, y otros muchos males, crueldades y inhumanidades hechos y cometidos, de que el aire y la tierra están inficionados; por donde es verisímile que la ira y furor de Dios sea muy irritada y provocada, y si reparando las dichas crueldades y ofensas no se amansa, innumerables males y inconvenientes podrían venir en la Cristiandad. Y porque la raíz y nacimiento de las dichas guerras procede de las contiendas y debates de entre vos y el rey Cristianísimo, su buen hermano y perpetuo aliado, el rey mi soberano señor, por concertar y poner fin en los dichos debates, os ha enviado sus embajadores, y también otros al rey Cristianísimo su buen hermano, con el cual ha tanto hecho que por el amor que le tiene os ha hecho tan grandes y tan razonables ofrecimientos que honestamente no los podéis ni debéis recusar, como condiciones que pasan, y excedan el acostumbrado rescate de reyes, y si no fuese por la consideración de la dicha paz, serían de muy mal ejemplo para los otros reyes y príncipes cristianos sujetos a semejante fortuna. De los cuales ofrecimientos y condiciones os ha avisado por los dichos sus embajadores, y rogado y requerido, que por amor de Dios y del bien de la Cristiandad, y de los placeres que en tiempo pasado en vuestra necesidad en diversas maneras os ha hecho, acetásedes los dichos ofrecimientos, y pusiésedes fin a las guerras que ya mucho tiempo habían durado. E asimismo, que como príncipe cristiano por tantas maneras obligado a la protección del Papa y de la Santa Sede Apostólica, y por consiguiente a la libertad de Su Santidad, el cual sin muy grande ofensa y escándalo, no podíades, ni debíades tener preso ni cautivo, pusiésedes a Su Santidad en entera libertad. Asimismo os ha hecho muchas veces decir, que por muchas obligaciones, y de otra manera le sois deudor de muy gran suma de dineros, que él vos ha dado y prestado en tiempo de necesidad, requiriéndovos que se los quisiésedes pagar. De lo cual todo no habeis hecho cuenta, y de día en día habéis siempre dilatado y tenido suspensos los embajadores del dicho rey mi soberano, sin tener respeto a la honra de Dios, a la necesidad de la Cristiandad ni a la reverencia que debéis tener a la Santa Sede Apostólica ni a la persona de nuestro muy Santo Padre, vicario de Dios en la tierra, ni al placer que de él habéis recebido, ni a la fe, palabra y promesas que tantas veces le habéis dado. Por esta causa el dicho rey mi soberano, constreñido de la honestidad, razón y justicia, por grande y madura deliberación de consejo, ha tomado final conclusión de os hacer y reiterar unos finales ofrecimientos mayores que los pasados, para ponerse más en su deber y romperos y quitaros cualquier otra ocasión de diferir y disimular de condescender a la razón. Los cuales ofrecimientos y aumento de ellos os han sido hechos y reiterados con todas las honestas razones y demostraciones que ha sido posible, y últimamente os ha sido hecha instancia por la libertad de nuestro muy Santo Padre, la Santidad del cual habéis apretado o hecho apretar en lugar de libertarla; cosa muy extraña, y contra el verdadero estado y deuda de príncipe cristiano. Lo cual ni el dicho rey mi soberano, ni el rey Cristianísimo, su buen hermano y perpetuo confederado, podrían con sus honras, por lo que deben a Dios y a la Iglesia, más sufrir. E visto que no queréis venir a razón ni aceptar los dichos ofrecimientos más que razonables, ni pagar al dicho rey mi soberano las dichas deudas que le debéis, como sois tenido y obligado, ha concluido con el dicho rey Cristianísimo, su buen hermano y perpetuo aliado, y otros sus confederados, de trabajar de haceros por fuerza de armas libertar nuestro muy Santo Padre, y también los hijos de Francia que tenéis, pagándoos por ellos razonable rescate, y pagarle a él lo que le debéis. Por lo cual el dicho rey mi soberano señor, como verdadero y constante príncipe, queriendo inviolablemente guardar la fe que al dicho señor rey Cristianísimo y a otros sus confederados ha dado, y no queriendo dejar en prisión la persona de nuestro muy Santo Padre, como tampoco la quiere dejar el dicho rey Cristianísimo; el dicho rey mi soberano, y el mismo rey Cristianísimo, os requieren esta vez por todas, que aceptéis los dichos finales ofrecimientos por la libertad de los dichos señores hijos de Francia, por el bien de la paz universal, y libertéis la persona de nuestro muy Santo Padre, y también paguéis prontamente, y sin más dilación, lo que al dicho rey mi soberano debéis. Y considerando que no queréis aceptar los dichos finales ofrecimientos, como dicho es, ni libertar la persona de nuestro muy Santo Padre, ni pagar sin dilación las dichas deudas, como un buen príncipe cristiano debe y es obligado hacer, el dicho rey mi soberano, y el rey Cristianísimo su buen hermano, no sin gran pesar y desplacer se declaran por vuestros enemigos, teniendo y reputándoos por tal de aquí adelante, declarando y intimándoos la guerra por mar y por tierra, y desafiándoos de todas sus fuerzas. Mas considerando que muchos súbditos vuestros y gran cantidad de sus bienes están en los reinos de Ingalaterra y de Francia, y en otras tierras y señoríos de los dichos príncipes, y que ansimismo hay muchos súbditos de los dichos reyes de Ingalaterra y de Francia y bienes de ellos en vuestros reinos y señoríos, los cuales podrían recibir de una parte y de otra grande y inreparable interese y daño, si pudiesen o debiesen ser detenidos y tomados sin ser avisados y amonestados, la majestad del rey mi soberano y el rey Cristianísimo, rey de Francia, su buen hermano, serán muy contentos de dar libertad a vuestros súbditos estantes en los dichos sus reinos y señoríos, para que se retiren y salgan con todos sus bienes y mercadurías de los dichos reinos, dentro de cuarenta días después de esta intimación, con condición que otra tal libertad y permisión se dé y otorgue a sus súbditos.

     Esta escritura dió firmada así:

     «Clarenceao, rey de armas.»

     El Emperador respondió al dicho Clarenceao por las proprias palabras que se siguen.

     -Yo he entendido lo que me habéis dicho, y no puedo creer que si el rey de Ingalaterra estuviese bien informado de todas las cosas cómo han pasado y supiese la razón en que me he puesto, que haría decir lo que me habéis dicho, y por esto mi intención es de avisarle de ello.

     »Cuanto a lo que decís del Papa, yo jamás consentí en que fuese detenido, ni jamás fué hecho por mi mandado. Yo os hago saber que él está libre y que me pesa de los males que se han hecho, de que no pienso tener culpa alguna, como he dicho al rey de armas del rey de Francia, de manera que esto cesa.

     »Y cuanto a la libertad de los hijos del rey de Francia, cuando para ello me han propuesto medios he estado aparejado a entender en ello, y no ha quedado por mí que la paz no sea hecha. Mas agora que me decís que el rey vuestro amo me los hará dar por fuerza, yo responderé de otra manera que hasta agora he respondido, y espero de guardarlos, de suerte, con el ayuda de Dios y de la lealtad de mis súbditos, que no los restituiré por fuerza, porque no acostumbro yo a ser forzado en las cosas que hago.

     »Cuanto a la deuda de lo que el rey de Ingalaterra me ha prestado, yo jamás la he negado, ni la niego, y estoy aparejado a la pagar como es razón de la manera que a él he hecho decir, y yo mismo he dicho a sus embajadores y héchoselo dar por escrito, yo no creo que por una cosa como ésa que yo no recuso, me querrá él hacer guerra, y cuando me la quisiere hacer, pesarme ha y será menester que me defienda. Yo ruego a Dios, que el rey vuestro amo no me dé más causa de hacerle guerra, que yo pienso habérsela a él dado. Vos me daréis por escrito lo que me habéis dicho, y yo vos responderé también por escrito más particularmente.

     Luego que el Emperador dijo esto, el rey de armas Clarenceao tomó su cota de armas que, como dije, tenía en el brazo izquierdo, y se la vistió, y Su Majestad le dijo que diese por escrito, en manos de Juan Alemán, su primer secretario, todo lo que de palabra había dicho. El dicho Clarenceao dijo que lo haría; e así lo hizo después. El lo firmó de su mano, de la manera que de verbo ad verbum aquí va inserto.

     Como el dicho Clarenceao hubo hecho su oficio, como dicho es, se apartó, y Su Majestad llamó aparte al Guyena, rey de armas de Francia, y le dijo las palabras siguientes:

     -Pues la razón quiere que gocéis de vuestros privilegios, debéis también hacer vuestro oficio; por eso yo os ruego que digáis al rey vuestro amo lo que yo os diré, y mirad que lo digáis a él mismo.

     El dicho rey de armas respondió a Su Majestad:

     -Yo lo haré, así, señor.

     Entonces su Majestad le dijo:

     -Pues decilde que después del concierto de Madrid, yendo contra la forma de él, han sido presos muchos súbditos míos que iban y venían de Italia, así por negocios suyos, como por mi servicio, los cuales han sido detenidos en prisión y maltratados y echados en galeras; y porque yo tengo algunos súbditos suyos que puedo prender, le diréis que si me quiere restituir los míos, que yo le restituiré los suyos, y si no, como él tratare los míos así trataré yo los suyos; y que me responda a esto dentro de cuarenta días; si no, que yo me terné por respondido.

     El dicho Guyena, rey de armas, dijo a Su Majestad:

     -Sire, ¿decís eso por los mercaderes?

     Su Majestad le respondió:

     -Esto se entiende sin tocar a lo que vuestro cartel contiene de los mercaderes, a lo cual os responderé por escrito.

     Y dicho esto, el dicho rey de armas, hecha su reverencia, se quiso ir, y Su Majestad le tornó a decir:

     -Bien habéis oído lo que tocante a vuestro oficio os he dicho, de lo que sois obligado a decir; así os ruego yo que lo hagáis.

     El dicho rey de armas respondió:

     -Sire, sin falta alguna yo lo haré.

     Entonces Su Majestad le dijo:

     -Allende de esto, diréis al rey vuestro amo que creo no ha sido avisado de cierta cosa que yo dije en Granada al presidente su embajador que a él toca mucho, Y que lo tengo yo en tal caso por tan gentil príncipe, que si lo hubiese sabido me habría ya respondido; que hará bien de saberlo de su embajador, porque por ello conocerá cómo le he yo mejor guardado lo que en Madrid le prometí que no él a mí. Yo os ruego que se lo digáis así al rey, y mirad que no hagáis falta.»

     El dicho Guyena, rey de armas, respondió:

     -Sin falta alguna, Sire, yo lo haré.

     Y hecha su reverencia, se fué.

     Y Su Majestad mandó a Juan Alemán, su primer secretario, que proveyese como en ninguna manera se hiciese enojo alguno ni dijesen malas palabras a los dichos reyes de armas. Lo cual se hizo muy cumplidamente.

     Después de esto, lunes veinte y siete días del dicho mes de enero, los dichos reyes de armas Guyena y Clarenceao, por mandado del Emperador, fueron a Juan Alemán, primer secretario, el cual les dió por escrito y leyó él mismo a cada uno de ellos lo que Su Majestad les mandó por escrito responder, que es lo siguiente:

     Respuesta dada al rey de armas de Francia.

     «Por mejor responder a lo que vos, Guyena, rey de armas de Francia, leístes delante de la sacra majestad del Emperador nuestro señor, y después de haberos respondido de palabra, le distes por escrito. Por más particularmente satisfacer a lo que en ello se contiene, y por más ampla justificación de Su Majestad, y porque a Dios y a todo el mundo conste, y sea notorio el gran tuerto y sin justicia que el rey vuestro amo tiene en hacer lo que ha fecho, y como contra todo derecho divino y humano os ha dado cargo de lo que habéis declarado, Su Majestad ha querido que por escrito se os responda lo siguiente.

     »Conviene a saber. Cuanto al primer punto que decís que os mandó decir, que tiene muy gran pesar de ver que en lugar de la amistad que él siempre ha deseado tener con Su Majestad, la enemistad pasada haya todavía de quedar en su vigor, contando los males e inconvenientes que de aquí se han seguido y se podrían continuar y crecer en daño de los súbditos de la una parte y de la otra, y de toda la Cristiandad, dando a entender que ha él muy cumplidamente hecho lo que debe por haber paz, pensando con estos colores retóricos muy ajenos de verdad echar la culpa de los dichos males e inconvenientes sobre Su Majestad y descargase así, con los que de lo pasado no están bien informados y no oyendo las justificaciones de Su Majestad podían fácilmente creer las falsas persuasiones del dicho rey de Francia. Y Su Majestad os manda responder que las palabras que el dicho rey vuestro amo en esto os ha mandado decir, serían muy hermosas, honestas y santas, si sus obras con ellas se conformasen, como sería razón, porque sin falta sería muy justo que él tuviese ese pesar y desplacer, y que se hubiese puesto en hacer lo que debe, por evitar los males que dice, guardando los conciertos de paz por él hechos sin los romper y excitar tan grandes revueltas en la Cristiandad, como ha excitado; y entonces las fuerzas de Su Majestad y del dicho rey vuestro amo, y de todos los otros príncipes y potentados de la Cristiandad, se pudieran haber empleado contra los enemigos de la fe, evitando la efusión de la sangre cristiana, de que Dios tanto se ofende. Mas bien sabe él que no puede negar que no haya él sido el principio y fundamento de todas las guerras que después que él comenzó a reinar han sucedido, pues él mismo, sin alguna justa causa ni derecho, en comenzando a reinar, comenzó la guerra en Italia por ocupar el Estado de Milán, y con muy grande derramamiento de sangre echó de él al duque Maximiliano Esforcia, forzándole a que le renunciase el derecho que en el dicho Estado pretendía, sin querer a esta causa demandar la investidura, ni hacer lo que era obligado y debía al feudo imperial que poseía; mas menospreciando el derecho y señor del feudo, que era el Emperador Maximiliano, abuelo de Su Majestad, haciéndose a esta causa indigno de poder tener el dicho Estado y perdiendo cualquier derecho que en él pudiese pretender. Sucediendo después Su Majestad en los reinos de España por muerte del Rey Católico don Fernando, por la indisposición de la reina su madre, el dicho rey de Francia, so color de querer hacer con Su Majestad más estrecha amistad y confederación, y tenerlo por hijo, rompiendo el concierto de París y el casamiento de entre Su Majestad y madama Renea, cuñada del dicho rey de Francia, pasado y concertado entre Su Majestad y el dicho rey de Francia, quiso de nuevo tratar en la ciudad de Noyon otros conciertos de casamiento entre Su Majestad y madama Luisa, hija del dicho rey de Francia, apenas nacida, y a falta de entramas, con la dicha madama Renea. En el cual concierto de Noyon los ministros de Su Majestad que en él entendieron, no bien informados de las cosas de España, ni de lo que había pasado entre el Rey Católico y los predecesores del dicho rey de Francia, le concedieron muchas cosas, no debidas y injustas, las cuales Su Majestad, como deseoso de paz, enteramente guardó, y porque mejor se guardase, siendo el rey de Ingalaterra, como confederado de Su Majestad, en él comprendido, y queriendo el rey de Francia renovar y ejecutar guerra contra el dicho rey de Ingalaterra a causa de Tornay, Su Majestad dijo y declaró a sus embajadores y a él escribió que en ninguna manera sufriría tentar cosa alguna contra el dicho rey de Ingalaterra su confederado, y que queriéndola él tener. Su Majestad no podía dejar de ayudar al dicho rey de Ingalaterra, lo cual Su Majestad hizo por entretener la paz y evitar la guerra, sin ser a ello requerido, y después no dejó de guardar el dicho concierto, fasta que el señor de Lansac, embajador del dicho rey de Francia, demandó de su parte a Su Majestad en esta ciudad de Burgos, que le diese rehenes por el cumplimiento del casamiento concertado con la dicha su hija, y que restituyese el reino de Navarra; lo cual ni estaba puesto en el dicho concierto ni por Su Majestad prometido. Y el dicho embajador de Francia declaró y dió por escrito, que si Su Majestad no daba los dichos rehenes y restituía el reino de Navarra, que tenía el dicho concierto por rompido: lo cual era más voluntario que en alguna razón fundado. Y aún todavía Su Majestad no quiso por esto venir en rompimiento, antes siempre respondió graciosamente, procurando de entretener la amistad con dulces y honestos medios, aunque Su Majestad estuviese bien informado, que el dicho rey de Francia, cuando mayor amistad le amostraba, llamándolo hijo y dando a entender que deseaba su grandeza, le ponía direta e indiretamente todos los embarazos que podía, para estorbar todo lo que Su Majestad, por el bien de la Cristiandad, emprendía, y habiendo Su Majestad primero aceptado las treguas de cinco años propuestas por el Papa León entre todos los reyes, príncipes y potentados de la Cristiandad, por mejor volver las armas contra los infieles. Y a este efeto, habiendo él por su parte aparejado una poderosa armada, tratándose a la sazón de la eleción del Imperio; la cual se había comenzado a platicar para Su Majestad en vida del Emperador Maximiliano, de gloriosa memoria, el dicho rey de Francia hizo por estorbarla diversas tramas, así con el Papa León, como con otros príncipes y potentados y especialmente con algunos de los eletores del Imperio, pensando, o por fuerza de armas o por temor, apartarlos de la dicha eleción e facer que lo eligiesen a él o a algún otro, a su voluntad. Mas, esto no obstante, fué tanta la virtud de los dichos eletores, que unánimes y de común consentimiento, no teniendo en nada los ofrecimientos y amenazas a ellos hechas, por divina inspiración eligieron a Su Majestad para la administración del Imperio. El cual, así como por Dios fué instituido, así por su divina mano es regido y gobernado. E viendo el dicho rey de Francia que esto para su fin nada le había aprovechado, pensando todavía estorbar el fruto que de esto le debía seguir, trató de ocupar los reinos de Nápoles y Sicilia, como claramente por una carta suya se podrá mostrar. Y a este efeto, so color de hacer guerra a los infieles, como por la dicha tregua de los cinco años era obligado, envió al conde Pedro Navarro con una armada de mar, que vino a desembarcar muy cerca del dicho reino de Nápoles, a cuya causa fué necesario que la armada que Su Majestad había ya enviado contra los infieles, después de haber tomado y puesto en su obediencia la isla de los Gelves, se retirase para defender los dichos reinos de Nápoles y Sicilia. Y no contento con esto el dicho rey de Francia, después de haber fecho todo lo que pudo con cartas y otras tramas, que aún agora se pueden mostrar, por estorbar la conclusión de la Dieta imperial que se hizo en Vormes, hizo romper la guerra contra Su Majestad, y acometer sus tierras por mano de Roberto de la Marca y sus hijos, con ejército hecho en Francia, Y con gente de guerra y artillería del dicho rey de Francia. Y no mucho después envió al señor de Asparroz a acometer yocupar el reino de Navarra, de que se siguió el fin, conforme a su intención, como cada uno sabe, quedando preso el dicho señor de Asparroz. De manera que rompiendo el dicho rey de Francia por los medios sobredichos los conciertos de paz con él fechos, ha sido el verdadero comienzo de la guerra, de que se le ha seguido el fruto que a todos es notorio. Y después que por justo juicio de Dios fué preso en justa guerra, fué, como todos saben en los reinos y señoríos de Su Majestad, tratado, no como preso y enemigo, mas como si fuera natural príncipe y señor de los dichos reinos, usando con él Su Majestad de toda liberalidad y clemencia, pensando hacerlo, de preso, amigo, y de enemigo, cuñado, dándole en casamiento su hermana mayor, como él con mucha instancia lo procuraba, la cual entonces era la segunda persona en la sucesión de tantos reinos y señoríos, con tales y tan razonables condiciones, que aunque el dicho rey de Francia estuviera en su libertad, no las pudiera ni debiera desear mejores, sin demandarle rescate alguno por su justa prisión, mas solamente la restitución del ducado de Borgoña, y de otras tierras, que por justo título pertenecen a Su Majestad, y contra justicia le han sido y son ocupadas. Las cuales condiciones, aunque el dicho rey de Francia estuviera en su libertad, ni jamás hubiera sido preso, eran tan justas y razonables, que con razón, por amor de la paz, él mismo las debía desear, especialmente que guardándolas pudiera con razón ser tenido por autor de la paz universal, pues tenía Su Majestad paz con todos los otros príncipes y potentados de la Cristiandad. Mas después ha bien mostrado, por la obra, que no deseaba la paz de la Cristiandad, sino la guerra y revuelta de ella, pues que habiendo dado tan buenas prendas para guardar su fe, ni ha tenido cuidado de su honra, ni de su sangre; mas ha querido aventurarlo todo, poniendo en guerra a los que vivían en paz, pensando vengarse de lo que Dios, por castigarlo, había permitido, sin querer considerar, que aunque sean los hombres los que hacen la guerra, sólo Dios es el que da las vitorias, y aun las más veces, contra la opinión de los hombres; de manera que con razón toda la culpa de esta guerra se puede y debe atribuir al dicho rey de Francia, que rompiendo su fe y promesas ha querido más poner los otros príncipes y potentados en guerra, posponiendo los frutos que él dice seguirse de la paz, y los males que de la guerra nacen. Los cuales a él sólo se deben atribuir, en no seguir el verdadero camino de la paz, que tenía en sus manos, si el dicho rey de Francia quisiera en alguna manera ponerse en hacer (como dice) lo que debe por tener paz y atraer a ella toda la Cristiandad, para hacer guerra a los infieles, y mitigar la culpa y faltas pasadas, como en su cartel se contiene, nunca hubiera recusado la gracia muy grande que Su Majestad le hacía de renovar la capitulación de Madrid, suspendiendo el muy claro derecho que tiene en el ducado de Borgoña su antiguo patrimonio. Y dejando aparte otras muchas cosas que justamente le pertenecen, así en virtud de antiguos títulos como en virtud de la dicha capitulación de Madrid y con las condiciones y protestaciones hechas, era contento de libertar los hijos del dicho rey de Francia, conforme a lo que sobre esto con sus embajadores se había platicado, así en la ciudad de Palencia, como en esta ciudad de Burgos, y cuando sus mismos embajadores públicamente dijeron y declararon que la conclusión de la dicha paz solamente estaba en un pequeño punto: conviene a saber, si la restitución de Génova y Aste, y el retirar del ejército que el dicho rey de Francia tiene en Italia, se haría antes o después de la restitución de los dichos hijos, aunque por las comunicaciones de Palencia los dichos sus embajadores habían expresamente consentido en que el segundo capítulo de la capitulación de Madrid, que habla expresamente de la restitución y reparación de todo lo que fuese atentado contra genoveses y otros súbditos de Su Majestad, así antes como después de la dicha capitulación de Madrid, se debía enteramente guardar y cumplir según su tenor y forma, y que en virtud de la dicha capitulación se debía esto cumplir antes de la restitución de los dichos rehenes, todavía por dejar atrás un achaque, y no cumplir lo que por los dichos sus embajadores fuese capitulado, tampoco como lo que antes por las otras capitulaciones prometió, el dicho rey quiso poner este punto en dificultad para tener ocasión de romper la guerra y no venir a la paz, queriendo, so color de algunas seguridades e penas por su parte ofrecidas, dilatar la dicha restitución de Génova y Aste, y el retirar de su ejército, hasta que fuese hecha la restitución de sus hijos. Lo cual Su Majestad no podía ni debía consentir, siendo claramente avisado, que esta dilación no era sino para dejar la puerta abierta a nueva contienda, y que quedando el dicho ejército en Italia, después de la restitución de los rehenes pudieran nacer nuevos debates, que fueran causa de nuevo rompimiento; allende que, según se decía, la intención del dicho rey de Francia era de no restituir a Génova, mas dar a entender que los genoveses se hubiesen rebelado contra él, y que no fuese en su poder restituírla. Por lo cual Su Majestad, no queriendo ser más veces engañado ni menos dejar de hacer más de lo que debía, de manera que por él no quedase de concluirse la paz, fué contento, aunque no fuese a ello obligado, de ofrecerles que queriendo ellos retirar su ejército y restituir lo que eran obligados antes de la restitución de los rehenes, que para cumplimiento de lo que se había de cumplir, por su parte daría las mismas y aun mayores seguridades de las que ellos, por no hacerlo hasta después de la restitución de los rehenes, habían ofrecido, y se sometería a semejantes y aun mayores penas. Lo cual los dichos sus embajadores jamás quisieron consentir, diciendo no tener poder para ello. De manera que todo el principio del cartel que delante de Su Majestad leistes, se puede mejor volver contra el dicho rey vuestro amo; dándole a él solo toda la culpa de los males presentes y pasados, a causa de la guerra, y de los que adelante podrán suceder, disculpando a Su Majestad, que, con razón, de cualquier culpa está muy libre, como más largamente se podrá ver y conocer por la respuesta que se hizo a la apología que el dicho rey de Francia hizo imprimir por eximirse de sus faltas, a la cual respuesta, cuanto a esto, Su Majestad se remite.

     «Cuanto al segundo punto de vuestro cartel, que habla de la prisión del Papa y de los males que se han hecho en la ciudad de Roma, Su Majestad os ha de palabra suficientemente respondido, y lo que os dijo se puede claramente averiguar por la misma capitulación agora poco ha hecha entre el Papa y Su Majestad para la libertad de Su Santidad, donde él expresamente confiesa lo que en Roma ha pasado haber sido hecho sin culpa de Su Majestad, por un ejército desordenado y sin cabeza. Y el capitán que decís haber estado a la guarda de Su Santidad, que es uno de los principales de quien Su Majestad en las guerras de Italia se ha servido, se hallará haber sido antes para defender y guardar que la persona de Su Santidad no fuese por la gente de guerra maltratada, que no por hacerle mal. Como claramente se ha conocido en el libertar de su persona, donde el dicho capitán se empleó como virtuoso caballero y buen cristiano, y como la razón requería. Y si al uno quisiere buscar la raíz de donde ha procedido la detención del Papa y los males que en Roma a causa de esta guerra han sido hechos, sólo al rey de Francia antes que a otro alguno se podrá atribuir la culpa de ello, como autor y promotor de la liga de donde la guerra procedió. De lo cual Su Majestad se tiene por justificado y excusado de toda culpa, por las justificaciones que estando en Granada envió a Su Santidad, respondiendo a lo que él le había escrito, las cuales no conviene aquí repetir, pues en diversas partes han sido imprimidas y publicadas.

     »Al tercer punto de vuestro cartel en que decís que la diferencia que al presente puede haber entre Su Majestad y el dicho rey vuestro amo, principalmente está en el rescate y restitución de sus hijos, y que Su Majestad no se debía asir a lo que por fuerza y temor el dicho rey le había prometido, Su Majestad os manda responder que el dicho rey vuestro amo no os ha en esto bien informado; porque la diferencia que entre los dos hay no está en rescate alguno, sino en el cumplimiento de la fe y promesas del dicho rey vuestro amo, por las cuales sus hijos están en rehenes. Y, pues que él sabe la causa porque ellos están en rehenes, en su mano está cobrarlos sin rescate, haciendo lo que debe y lo que sin ser a ello forzado ni constreñido juró y prometió; porque un prisionero de justa guerra, como era el dicho rey de Francia, no puede justamente, ni según las leyes y derechos de guerra, contradecir los pactos que por su libertad haya hecho, diciendo haber sido forzado y constreñido a hacerlos, ni por aquí puede excusarse de no cumplir su fe y promesas, pues de otra manera no convernía jamás tomar fe de prisionero ni soltarlo sin que primero cumpliese y satisfaciese todo lo prometido, que sería causa de la perdición y muerte de mucha gente de bien (cosa muy inhumana). Y por algún derecho divino ni humano se puede el dicho rey de Francia excusar que no sea enteramente tenido y obligado a cumplir la dicha capitulación de Madrid, y que no haya faltado a su fe y promesa, como más largamente está declarado en la respuesta de su apología. Y aunque Su Majestad, por respeto de la paz y so las protestaciones por él hechas hubiese condecendido a suspender la restitución de Borgoña, y apartarse de otras cosas en la dicha capitulación de Madrid contenidas, y a restituirle con otras condiciones sus hijos, haciendo él por su parte aquello a que Su Majestad había condecendido en las pláticas de Palencia y de esta ciudad, procedía esto de mera gracia de Su Majestad y no por obligación ni porque tuviese la capitulación de Madrid por de menos vigor. Mas, pues, que el dicho rey de Francia no ha sabido en esto gozar de la gracia que Su Majestad le hacía, los ofrecimientos sobre estos hechos quedan de ningún efeto, consideradas las precedentes protestaciones, y Su Majestad queda en su entero derecho para lícitamente poder demandar el cumplimiento de la dicha capitulación de Madrid.

     »Y cuanto a lo que dice que Su Majestad hubiera mucho más ganado en tomar el dicho rescate que le ha sido ofrecido que en continuar la guerra, parece que el rey vuestro amo toma mucho cuidado de la ganancia de Su Majestad, pensando por ventura que sea muy codicioso de dinero, de que él es más apartado de lo que él piensa. Y a lo que dice de la continuación de la guerra, Su Majestad la ha hasta agora hecho contra su voluntad, defendiéndose de las invasiones y ofensas del dicho rey vuestro amo y de sus tramas, de las cuales, cuando él se quisiere apartar, como por razón lo debría hacer, hallará mucha más ganancia de su parte.

     »Cuanto al cuarto punto del vuestro cartel, en que nombráis los aliados y confederados del rey vuestro amo, y decís que ellos y otros príncipes y potentados tienen su parte, viendo que se ha puesto en razón y que Su Majestad no quiere venir en ella, y que la paz universal no se puede hacer en la Cristiandad, de donde se siguen los males de que decís se debe temer que Dios se enojará; a esto se os ha suficientemente respondido en el primer punto de vuestro cartel, donde se podrá claramente conocer qué juicio tienen aquellos que pretenden haberse el rey vuestro amo puesto en razón, viéndole hacer todas sus cosas contra razón y justicia y contra todo derecho divino y humano, de que con razón Dios se podrá enojar, y como justo Juez que conoce la verdadera justicia y lo intrínseco de los corazones, hará los juicios y demostraciones que ha acostumbrado hacer.

     »Cuanto al quinto punto de vuestro cartel, que dice que por no haber Su Majestad aceptado los ofrecimientos y condiciones que el dicho rey vuestro amo le ha presentado, ni hacer con él una capitulación honesta, contentándose de un rescate más que razonable, ni querido pagar al rey de Ingalaterra lo que le debe, ni poner al Papa en su libertad, ni dejar a Italia en paz, os mandó que declarásedes y notificásedes a Su Majestad, juntamente con el dicho rey de Ingalaterra, que lo ternán por enemigo, declarando por nulos todas y cualesquier contratos entre él y Su Majestad hechos, y que por su parte no los quiere guardar, mas que por todas las vías que pudiere le hará guerra, etc. A esto os ha sido también respondido de la propria boca de Su Majestad sobre el desafío que le habéis hecho, que en ello no hay que replicar, porque Su Majestad con razón lo podía antes de agora tener por enemigo, pues le ha hecho, tanto tiempo ha, guerra, y continuándola todavía. Lo cual, verdaderamente, como él vos dijo, es cosa bien nueva y digna que en las crónicas quede de ella perpetua memoria, que un prisionero de su justa guerra, habiendo dado como él dió su fe, y no pudiendo por algún derecho desafiar ni aceptar desafío de otro más que si fuese esclavo, ose hacer acto de desafío contra la misma persona que su fe tiene en prendas, y de quien es justamente prisionero y las razones que para esto él alega, son bien frívolas para dar color de justificación a un acto semejante, pues aunque Su Majestad no hubiese aceptado lo que por parte del rey vuestro amo le ha sido ofrecido y presentado, ni querido contratar a su voluntad, no era obligado a hacerlo; aunque, no obstante esto, de su mera gracia, y por tener paz, se haya querido poner en más que razón, ofreciéndose a dejar mucho de lo suyo y de lo que justamente le pertenece. La deuda del rey de Ingalaterra no es causa para desafiar, visto lo que Su Majestad ha respondido, así a sus embajadores como también a vos mismo, y más claramente responderá a Clarenceao, rey de armas del dicho rey de Ingalaterra.

     »Cuanto al Papa, como dicho es, él está libre, y cesada la causa del desafío, con razón debería cesar el efeto de él. De dejar a Italia en Paz claramente parece por lo sobredicho, y por lo que se ha respondido a los embajadores de Francia y Ingalaterra, como ninguno ha puesto, ni procura de poner tantas revueltas y continuaciones de guerra en Italia, como el dicho rey vuestro amo. Y cuando él las quisiere dejar, como sería razón, él verá cómo Italia estará en paz y reposo, y que Su Majestad no procura hacer sinrazón a alguno, sino de conservar lo que justamente le pertenece; y ansí cesan todas las causas y razones por las cuales el rey vuestro amo os mandó desafiar a Su Majestad, y la declaración que decís de tener él por nulos los conciertos, requiere otro juez que no él. Y aunque él de su voluntad diga no quererlos guardar, ya podría ser que Dios y justicia le forzasen a guardarlos, aunque de hacerlo no tuviese voluntad, especialmente considerando que después de ser libre y estando en su reino, donde no podía pretender miedo ni fuerza, por sus proprias cartas escribió a Su Majestad que quería guardar y cumplir todo lo que le había prometido, que es bien contrario a lo que agora os mandó decir.

     »Cuando al sexto punto de la protestación que vuestro cartel contiene, parecería cosa más conveniente hacer las obras conformes a la protestación que con obras, contrarias deshacer el efeto de ella, y muy más justa y verdadera protestación puede Su Majestad hacer ante Dios y todo el mundo, que no ha quedado ni quedará por él que la paz universal en toda la Cristiandad no se concluya, y que por alcanzarla se ha puesto y siempre porná en más de lo razonable, de lo cual Dios, que conoce las intenciones, será el Juez. Y por esto Su Majestad asimismo protesta, que entiende de cobrar del dicho rey de Francia todos los intereses y daños que le vernán a causa de esta guerra, y que no le dejará sus hijos sin que sea primero enteramente pagado, así de los daños y intereses que después de la capitulación de Madrid acá le han sucedido, como de los que de aquí adelante le podrán suceder: y que de todos tos otros males, intereses y daños que de esta guerra se podrán seguir, no se pueda echar culpa a Su Majestad, sino al rey vuestro amo, como autor, promotor y provocador de la guerra, sin tener para ello causa; de lo cual no será menester llamar (como él hace) a Dios por testigo, sino dejárselo a El juzgar y ejecutar, como a su divina justicia pertenece.

     »Cuanto al último punto de los cuarenta días para retirar los mercaderes y mercaderías, porque la cosa no sería igual habiendo ellos mucho ha avisado los suyos y no habiendo tiempo para avisar en todos lugares adonde están los súbditos de Su Majestad en toda Francia y Ingalaterra. Su Majestad no lo puede ansí aceptar. Mas asignando un día competente para tratar sobre la restitución de los súbditos mercaderes y de sus bienes, que se podrían tomar o serían ya de una parte y de otra tomados, Su Majestad será contento de entender en ello, habida desto respuesta.»

     Respuesta al cartel, presentado por Clarenceao, rey de Armas de Ingalaterra.

     «Respondiendo a lo que vos, Clarenceao, rey de armas del rey de Ingalaterra, habéis dicho de boca a la Sacra Majestad del Emperador nuestro señor, en nombre del dicho señor rey vuestro amo, y después que de palabra Su Majestad os respondió distes por escrito firmado de vuestro nombre, por satisfacer más ampla y particularmente, Su Majestad os manda aquí responder en la manera siguiente:

     »Primeramente, cuanto al primer punto que el dicho rey vuestro amo os mandó decir que viendo la necesidad que hay de paz en la Cristiandad, así por los sucesos del Turco en la ocupación de Rodas y invasión de Hungría y levantamientos de nuevas setas, como por las guerras encendidas en la Cristiandad, y por lo que dice haber sido hecho en Roma por el ejército y ministros de Su Majestad, con los execrables males en vuestro cartel contenidos, y porque la raíz y debates de la dicha guerra proceden de las contiendas que hay entre Su Majestad y el rey de Francia, para poner fin en ellas había enviado a Su Majestad sus embajadores, y otros al dicho rey de Francia, con el cual dice haber tanto hecho, que por el amor que le tiene vino a ofrecer a Su Majestad tan grandes y razonables partidos, que honestamente no los podía ni debía rehusar, y que por todas las demostraciones en el dicho cartel contenidas, hechas por parte de sus embajadores, Su Majestad nunca los había querido aceptar. Verdaderamente, hasta agora Su Majestad siempre ha tenido al dicho rey vuestro amo por buen medianero y amigo de entramos, y esperaba que él debía ser el mejor y más conveniente ministro para tratar la universal paz en la Cristiandad, especialmente constándole cómo él mismo, y su cardenal en su lugar, habían, así por cartas del mismo rey de Francia como por otras cartas y actos, después de muchas disputas sobre esto habidas, visto, conocido y declarado cómo el rey de Francia era el primer agresor y promovedor de la guerra, y violador de la paz, y que por esta causa el dicho rey de Ingalaterra, en virtud de la capitulación hecha en Londres, se declaró por enemigo del dicho rey de Francia y tomó las armas contra él, como rompedor de la paz y causador de la guerra. Por lo cual, con razón, agora no a Su Majestad, mas al dicho rey de Francia, debía echar la culpa de todos los males que a causa de esta guerra después se han seguido en la Cristiandad, así en Rodas y Hungría como en Roma y en Alemaña, pues Dios y todo el mundo saben que nunca ha quedado ni quedará por Su Majestad, que las convenientes provisiones contra los turcos, infieles y herejes no se hagan, y que lo que en Roma se ha seguido, ha sido sin mandado, consentimiento ni voluntad de Su Majestad, y sin culpa suya, como él de palabra os dijo, y como el mismo Papa lo confiesa, y nunca Su Majestad ha dejado de condescender a cualesquier honestos y razonables medios de paz, dejando mucha parte de lo que justamente le pertenece por complacer al dicho rey vuestro amo, y aún por su respeto, dejando mucho de lo que el dicho rey de Francia había de su propria voluntad al virrey de Nápoles prometido, antes que el rey vuestro amo en esta paz se entremetiese. Por respeto de la cual, Su Majestad, pensando complacerle y agradarle, había condescendido a aceptar tales condiciones, que por ninguna otra persona del mundo quería aceptar; pues, de otra parte, en ninguna manera se puede con verdad decir que el dicho rey de Francia haya en esto cosa alguna hecho por el rey vuestro amo, sino disminuir y quitar por su medio mucha parte de lo que antes al virrey de Nápoles había ofrecido. Mas agora que el dicho rey vuestro amo hace en esto tan mal juicio, queriendo echar toda la culpa a Su Majestad no teniéndola, y excusar al rey de Francia, que la tiene toda, habiéndoos mandado hacer este acto, declarándose por enemigo de necesidad; o él debe haber olvidado las cosas pasadas, o está mal informado de lo presente, o que para lo venidero no tiene buena voluntad, en lo cual Su Majestad se hallaría bien engañado de la confianza que de él tenía.

     »Cuanto al segundo punto, que habla de la libertad del Papa, ya Su Majestad os respondió de palabra cómo estaba libre, y tiene Su Majestad nuevas ciertas cómo fué libertado, y, sin embargo alguno, partió de Roma a seis días del mes de diciembre. De lo que en Roma pasó y se hizo contra Su Santidad, luego que Su Majestad fué avisado escribió al rey vuestro amo su justificación y rogándole que, como su buen hermano y como príncipe cristiano, le quisiese aconsejar y ayudar en lo que le parecía que por servicio de Dios y bien de la república cristiana, en esto se debía hacer, a lo cual él nunca respondió. Por donde parece que no es esto lo que le mueve a hacer lo que agora ha hecho, pues si él tanto deseaba la libertad del Papa, habiéndole Su Majestad escrito (como dicho es) y hecho con él un tan gran cumplimiento, pudiera y debiera amigablemente avisarle de lo que quería que en este caso hiciese, como se lo había rogado, y no tomar achaque para hacer guerra donde no lo hay. Allende de esto, bien debe saber el rey vuestro amo, pues en vuestro cartel carga sobre la proteción del Papa y de la Santa Sede Apostólica, a Su Majestad perteneciente, que en esto Su Majestad ni ha hecho ni querría hacer falta alguna al cargo que de Dios para esto tiene, y se empleará Su Majestad también en lo que pertenece a protector de la Santa Sede Apostólica, como el rey vuestro amo en lo que pertenece al oficio de defensor de la fe. Y cuando el lino y el otro hicieren lo que deben, la Cristiandad ganará en ello, y no serán sostenidos ni favorecidos los que de su fe se apartan, la cual, según derecho divino y humano, a amigos y enemigos debe ser inviolablemente guardada.

     »Cuanto al tercer punto, que habla de las deudas que Su Majestad por muchas obligaciones y otros medios debe, sin declarar lo que es, Su Majestad os ha de palabra respondido que nunca él ha negado la deuda de los dineros prestados, ni rehusado de pagarla. Y si en la paga de ella ha habido dilación, ha sido porque los embajadores del rey vuestro amo, hasta el punto del rompimiento, trataban de pasarse de los dineros del rey de Francia, y después del rompimiento, sólo por falta de poder, como ellos dicen, causado, demandaron la paga de todas las deudas en dinero contado y presentaron una escritura en que no solamente demandaban el dinero prestado, mas allende de esto, la obligación de la indemnidad por cuatro años y cuatro meses, a razón de ciento y treinta y tres mil y trecientos y cinco escudos cada año. Y demás desto, quinientos mil escudos por la pena de no haber cumplido el casamiento con la princesa, su hija, concertado. A lo cual Su Majestad les mandó responder por escrito, cuanto a las deudas de dinero prestado, pues confesaban no tener consigo las obligaciones originales ni las prendas y joyas, por una parte, de las dichas deudas empeñadas. Su Majestad, confesando desde entonces deber todo aquello que montarían las dichas obligaciones, se ofreció de pagarlo dentro del término que el derecho da a los condenados en deudas para pagarlas, con condición que se diputase lugar conveniente y a entrambas partes seguro, donde la dicha paga se hiciese, y que al mismo instante el dicho rey de Ingalaterra enviase allí personas con poder para recebir y dar cartas de pago, y juntamente restituir las dichas prendas y originales obligaciones, para romperlas, como es razón.

     »Y cuanto a lo que demandaban de la indemnidad y pena, se respondió a los dichos embajadores que, pues su poder no hacía expresa mención de demandar aquello, mas solamente las deudas en general, que se entendía de las mismas deudas líquidas y claras, que Su Majestad no creía que en tales demandas quisiesen insistir, y que si lo quisiesen hacer, Su Majestad pertinentemente les respondería a ello y enviaría a informar al rey, vuestro amo, de las causas por que se debía apartar de las dichas demandas y tenerse por contento. Y porque entonces las dichas causas no fueron dadas por escrito a los dichos embajadores, aunque algunas de ellas de palabra les fueron dichas, ha querido Su Majestad que se ponga en esta respuesta; porque si el dicho rey de Ingalaterra, debajo de esta generalidad quisiese pretender serle debido lo que monta la dicha indemnidad, y la dicha vena del casamiento, sepa todo el mundo que no ternía justa causa de demandarlo en la forma y manera que los dichos embajadores lo demandaron. Porque cuanto a la indemnidad, hay cinco urgentísimas razones con las cuales los dichos embajadores debrían ser expelidos de la dicha demanda, aunque tuvieran especial poder para la demandar.

     »La primera razón es que la obligación de la dicha indemnidad se funda en la retención de las pensiones y dineros por el dicho rey de Francia al dicho rey de Ingalaterra y a sus sucesores debidos en cada un año, en virtud de sus contratos y obligaciones, y no mostrando los dichos contratos y obligaciones, y sin que primero conste de la deuda principal, no puede valer la obligación de la indemnidad, pues no se debe dar crédito a lo que en la dicha obligación se contiene, si no consta de las otras obligaciones a las cuales ella se refiere, porque la indemnidad es accesoria de la principal obligación, y sin la principal la accesoria no puede haber lugar.

     »La segunda razón es porque las causas en que la dicha indemnidad se funda parecen no ser verdaderas, habiéndose hecho la obligación en Ingalaterra antes que Su Majestad pasase en España, el mismo día que se hizo la capitulación de Windisora; de manera que no puede ser verdad lo que dice ser por la ayuda dada a Su Majestad para pasar en España, no siendo aun pasado, ni se podría verificar por la pasada de Calés a Dobla, pues por aquello fué concertado en la dicha capitulación de Windisora, que Su Majestad sería obligado a dar al rey de Ingalaterra otra tal ayuda cuando quisiese pasar en Francia, de manera que la dicha ayuda no podría venir en consideración para que por ella le fuese prometida la indemnidad, ni tampoco lo que dice, que por haberse declarado el rey, vuestro amo, por enemigo del rey de Francia, y por amor del Emperador tomado las armas contra él, le había el rey de Francia tomado la paga de un año de las dichas pensiones, porque si quiere decir haberse declarado y tomado las armas en virtud de la capitulación de Windisora, en que la dicha indemnidad se funda, no se podría decir haberse él declarado ni perdido cosa alguna en virtud de la dicha capitulación, pues por ella la declaración no se podía hacer hasta la fin del mes de mayo del año de quinientos y veinte y cuatro. Y queriéndose fundar en la declaración antes hecha, que no podría ser más de un mes antes de la dicha capitulación de Windisora, habría de confesar una de dos cosas: o que la dicha declaración fué hecha en virtud de la capitulación de Londres, por haberla el rey de Francia rompido, y en este caso, siendo la obligación de la dicha capitulación recíproca, no podría haber justa causa para obligar a Su Majestad a la dicha indemnidad, o que la dicha declaración hubiese sido hecha, como parece más verisímil, por haber el rey de Francia pagado lo que debía, lo cual por ninguna manera se puede decir haber sido hecho a causa de Su Majestad. De suerte que en cualquier manera que sea, la dicha obligación se hallaría ser hecha por errónea y falsa causa, y, por consiguiente, no sería válida.

     »La tercera razón es que queriendo el cardenal Diorch, autor y persuasor de esta indemnidad, usar de buena fe y confesar la verdad, no se le habrá olvidado cómo por parte del rey, vuestro amo, dijo a Su Majestad, en presencia de algunos del su Consejo, que no entendía que jamás pagase cosa alguna de la dicha indemnidad, mas que esto se hacía por contentar los del Consejo y súbditos de su rey para que pensasen que, en lo que se hacía, el rey no podía recibir daño. De manera que, bien consideradas las causas, el tiempo y la forma de la dicha obligación, y ante quien se hizo, se podrá claramente conocer que la dicha obligación de indemnidad es nula y de ningún valor.

     »La cuarta razón es, que habiendo el dicho rey de Francia en el concierto de Madrid y con juramente afirmado que el dicho rey de Ingalaterra estaba pagado y contento de todas las deudas pasadas, ofreciendo de mostrarlo por el concierto hecho, con el dicho rey; y tomando a su cargo la dicha indemnidad, lo cual los embajadores del dicho rey de Ingalaterra, en su nombre, aceptaron, consintiendo expresamente que cuanto a este artículo la dicha capitulación de Madrid quedase en su vigor, no sería cosa razonable que el dicho rey, vuestro amo, quisiese desto ser pagado dos veces.

     »La quinta razón es, que aunque todas estas causas cesasen, demandando los dichos sus embajadores la dicha indemnidad por cuatro años y cuatro meses, y no debiéndose (aunque la obligación fuese válida) más de por tres años, jurídicamente todo se podría negar.

     »Cuanto a la pena que los dichos embajadores demandaban, hay tres razones muy evidentes y perentorias para mostrar cómo ni puede ser debida ni justamente demandada.

     »La primera, porque por Derecho civil y canónico, toda estipulación penal por la cual se estorba la libre facultad de poderse casar en otra parte, es nula y de ningún valor y no puede justamente ser demandada.

     »La segunda, aunque la obligación de la dicha pena fuese válida, el dicho rey vuestro amo no se podría fundar en la capitulación de Windisora, donde la dicha pena fué puesta sin probar primero haber por su parte él enteramente cumplido todo lo contenido en la dicha capitulación, lo cual él no sabría ni podría hacer. Y en tal caso, Su Majestad no sería obligado a prueba alguna, mas solamente bastaría decir cómo el dicho rey no ha cumplido por su parte, y que por esto no se podría fundar en las promesas de la dicha capitulación.

     »La tercera razón es, que antes que Su Majestad se casase, requirió al dicho rey, vuestro amo, que le enviase su hija a estos reinos, para satisfacer a sus súbditos, que le daban priesa en que se casase, deseando tener sucesor, o que le consintiese casar en otra parte. Y él quiso más enviar poder a sus embajadores para consentir en otro casamiento, que enviar acá su hija. Y allende desto, a la sazón no solamente el rey, vuestro amo, había dejado de cumplir por su parte lo que era obligado, mas se hallará haber rompido en diversas maneras la dicha capitulación, así por lo que ya era público como por lo que se descubrió por ciertas cartas que fueron tomadas, en que parecía como el rey, vuestro amo, trataba de casar su hija con el rey de Escocia, su sobrino. Y este trato fué comenzado mucho tiempo antes que Su Majestad con la Emperatriz se casase. De manera que aunque la estipulación de la dicha pena fuese válida, el mismo rey, vuestro amo, habría incurrido en ella, y la debría pagar a Su Majestad, pues era recíproca, bien que Su Majestad no querría insistir en tal demanda como cosa por derecho (como dicho es) reprobada. Y también por haber el dicho rey de Inglaterra, contra la forma de la dicha capitulación de Windisora, hecho venir con salvoconducto y tenido un año en su corte un hombre llamado Juan Joaquín, tratando y platicando secretamente de parte del dicho rey de Francia y recibiendo después públicamente al Presidente de Roan como embajador del dicho rey de Francia, lo que sin contravenir a la dicha capitulación no podía hacer. Y en este medio, porque el embajador que Su Majestad en Ingalaterra tenía, escribía la verdad de lo que veía y entendía y de lo que pasaba, fué en el dicho reino de Ingalaterra maltratado y amenazado, tomándole las letras que escribía a Su Majestad y abriéndolas los ministros del dicho rey contra todo derecho divino y humano y contra la forma de la dicha capitulación. Y lo que peor es, después de la prisión del rey de Francia, siendo el rey, vuestro amo, de parte de Su Majestad requerido que, conforme a la dicha capitulación, y para que juntamente pudiesen concertar lo que entrambos contra el dicho rey de Francia pretendían, para hacer de común consentimiento una buena paz en que cada uno de ellos alcanzase lo que le pertenecía, enviase para esto poder a sus embajadores, con las demandas de lo que pretendía; con lo cual está claro que se pudiera haber hecho una buena y durable paz en la Cristiandad, mas nunca el rey, vuestro amo, quiso venir en ello, pensando aprovecharse más por otra parte; y esto ha sido causa de todas las revueltas que después se han seguido. Lo cual todo fué hecho y atentado por el dicho rey, vuestro amo, antes que Su Majestad se casase ni concertase con el rey de Francia, en el cual tiempo Su Majestad no se podía decir ser ya obligado a guardar la dicha capitulación de Windisora, ni, por consiguiente, a pagar la dicha pena. Y todo esto había Su Majestad pospuesto, sin quererse quejar de ello, pensando de conservar la amistad del rey, vuestro amo, y tiene Su Majestad mucho pesar y desplacer de ver que es forzado declararos todo esto por su justificación, porque holgara más de callarlo, si el acto que el rey, vuestro amo, os mandó hacer no tocase tanto a su honra, y no le obligase a defenderla y a rechazar la infamia que el rey, vuestro amo, con sus razones mal fundadas le quiere atribuir, echándole culpa donde no la tiene.

     »Cuanto al cuarto punto, en que recopilando lo dicho reprendéis a Su Majestad, que sin tener respeto a la honra de Dios, ni a la necesidad de la Cristiandad, ni a la reverencia que deba a la Santa Sede Apostólica, ni a la persona del Papa, ni a los placeres que Su Majestad ha del rey, vuestro amo, recibido, ni a la fe, palabra y promesas tantas veces a esta causa dadas, os ha mandado lo que en vuestro cartel se contiene; verdaderamente estas son reprensiones de que Su Majestad se halla muy libre y es harto notorio no caber en Su Majestad, y que con más razón se podrían decir de otros. Pero Su Majestad no hace caso de ello, por parecer no cosa conveniente a tales príncipes combatir con palabras injuriosas, y fuera más honesto al rey vuestro amo callarlas. Mas cuanto a fundarse en que Su Majestad no haya querido aceptar los últimos ofrecimientos que dice haberle hecho por su final resolución, parece bien por lo que en este acto se ha seguido, que el rey, vuestro amo, había concluido de desafiar a Su Majestad sin esperar su respuesta, si quería aceptar los dichos ofrecimientos o no, porque si él estuviera tan resoluto a la paz como decís, debiera primero saber lo que Su Majestad habría respondido a los dichos ofrecimientos, y después pudiera juzgar en quién estaba 1a culpa, y hallara en las respuestas de Su Majestad, que se fiaba mucho más en la simple palabra del rey de Ingalaterra que en todas las otras seguridades, no sabiendo lo que tenía en el corazón, y como por la obra agora ha mostrado, parece que Su Majestad no tenía causa de fiarse de él; especialmente que habiendo Su Majestad satisfecho a todos los últimos ofrecimientos, a contentamiento de sus embajadores, excepto en un solo punto del retirar del ejército y de la restitución de las cosas asentadas después de la capitulación de Madrid, lo cual los mesmos embajadores de Francia, en las comunicaciones de Palencia, habían concedido que se hiciesen conforme al segundo capítulo de la dicha capitulación, que era de lo que se había de cumplir ante la restitución de los rehenes, y por dejar atrás algún achaque lo querían dilatar, hasta después de la restitución de los dichos rehenes, cosa muy fuera de razón. Por donde se puede claramente conocer que ninguna respuesta que Su Majestad pudiera haber dado, bastara para hacer la paz, sino para encender muy mayor guerra, considerando que el cartel leído por el rey de armas de Francia es hecho a 11 de noviembre, y que los mesmos reyes de armas han continuamente estado en esta corte con sus carteles, mientras duraban las comunicaciones de los embajadores, que, como el efeto ha mostrado, no eran sino para en este medio tener descuidado a Su Majestad, con esperanza de paz, armándole por otra parte la guerra, por tomarlo desproveído, de que, con ayuda de Dios, y de la lealtad de sus súbditos, se piensa bien guardar.

     »Cuanto al quinto punto, que habla de constreñir a Su Majestad por fuerza de armas, ha os Su Majestad de su propria boca tan virtuosamente respondido, que no hay necesidad de otra respuesta. Y a lo que el rey, vuestro amo, dice, que quiere inviolablemente guardar su fe al rey Cristianísimo y a los otros sus confederados, mucha razón sería que la fe se guardase, no solamente por él, mas también por cualquiera otro, y que ninguno buscase color para la romper, ni hacerla romper a otros.

     »Cuanto a la declaración de la enemistad y desafío, Su Majestad ha de palabra suficientemente respondido, y no sin causa dijo que rogaba a Dios que el rey, vuestro amo, no le diese más causa de hacerle guerra que él pensaba habérsela a él dado.

     »Porque si es verdad lo que por Ingalaterra y Francia y otras partes se dice, que quiere dejar la reina, su mujer, tía de Su Majestad, para casarse con otra, lo que Su Majestad no puede acabar de creer, habiendo visto y teniendo en sus manos las dispensaciones del dicho casamiento, tan amplas y tan ajenas de subreción (las cuales está aparejado a presentar a donde convenga) que en ninguna manera podrán justamente dar lugar al dicho apartamiento, si no quisiese contradecir el poder del Papa, lo cual no es creíble que él quiera atentar por los grandes escándalos que de aquí se podrían seguir en revuelta de otros muchos reinos y señoríos. Ternía en tal caso Su Majestad más justa causa de hacer guerra al dicho rey vuestro amo, que de esperarla de él, para obviar a tan grande injuria, excitando todos los otros reyes y príncipes a quien la tal injuria podría también tocar. Y en tal caso mostraría bien el rey, vuestro amo, qué fe, qué religión, qué conciencia y qué honra ternía ante sus ojos, y daría bien a conocer la intención que habría tenido de casar su hija con Su Majestad si tuviese fin de hacerla bastarda; aunque Su Majestad no puede (como dicho es) acabar de creer que un príncipe como él se dejase atraer a una cosa de tan mal ejemplo, si no fuese por la siniestra y perversa información de su cardenal, que por su demasiada ambición y codicia, y porque Su Majestad no quiso emplear su ejército de Italia en hacerlo Papa por fuerza, como le había hecho rogar por cartas del rey su amo, y él también rogado por cartas escritas de su propria mano; ni satisfacer a su soberbia, ambición y codicia, se ha muchas veces alabado que pornía tantas revueltas en los negocios de Su Majestad que en cien años no fuese vista otra revuelta; de manera que Su Majestad se arrepentiría, aunque el reino de Ingalaterra se debiese perder. Y si el rey vuestro amo quiere creer el mal consejo del dicho cardenal, éste sería el verdadero camino para venir a ello, y sería la verdadera revuelta que habría hecho, que después no podría pacificar.

     »Por todas las sobredichas justificaciones, las cuales Dios, que es justo Juez, y conoce los corazones de los hombres, podrá mejor que otro considerar, espera Su Majestad que la divina clemencia no ha de faltar a su justicia, ni a la defensión de su justa causa, como nunca hasta agora le ha faltado. Y pues él conoce quién son los que tienen inclinación a la paz, tiene Su Majestad por cierto que a su tiempo la dará a aquellos en quien hallare buena voluntad, protestando delante de Dios y de todo el mundo, que los males, daños y intereses que desta guerra, se seguirán, sean a culpa de los que de ella han sido causa.

     »Finalmente, cuanto al último punto del retirar de los mercaderes, Su Majestad responde lo mismo que al último capítulo del cartel de parte del rey de Francia ha dado y respondido, y demás dice haber sabido cómo mucho ha que en Ingalaterra (como aquellos que sabían este rompimiento) habían publicado que todos los súbditos del dicho rey se guardasen de enviar mercaderías a los reinos y señoríos de Su Majestad, mostrando en esto tener la intención más a la guerra que a la paz inclinada. Por lo cual, la cosa no sería igual estando los unos avisados y prevenidos, y los otros no pudiendo ser avisados a tiempo que puedan retirar sus haciendas. Por esto sería conveniente que se hiciese un concierto recíproco, que con razón a los súbditos de la una parte y de la otra pudiese satisfacer, como al cartel del rey de Francia se ha respondido, en lo cual Su Majestad será contento de entender, habida sobre ello respuesta.»

     Estas respuestas de verbo ad verbum, como aquí van, fueron leídas a los dichos reyes de armas de Francia y Ingalaterra por Juan Alemán, señor de Bouclans, primer secretario, y del Consejo secreto de Su Majestad, en presencia de muchos caballeros y personas principales de la casa y Consejo de Su Majestad que a este acto, en la posada del dicho Juan Alemán, presentes se hallaron. Y leídas, las dió y presentó, de parte de Su Majestad, a los dichos reyes de armas, a cada uno la suya; y ellos dieron fe de cómo las recibían.

     »En Burgos a 27 de enero, año de mil y quinientos y veinte y ocho.



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- XXII -

Dónde nació la ocasión de los desafíos entre el Emperador y rey de Francia.

     Si bien dije la ocasión que el rey de Francia tuvo para desafiar al Emperador, que procedió de las palabras que en Granada dijo el César al embajador francés, quejándose del rey por no haber cumplido lo que prometió en Madrid, volveré a repetir lo que ya dije, refiriendo dos cartas, una del embajador de Francia para el Emperador, y la que en respuesta de ésta se le envió, para que de caso tan raro y nunca oído entre tan grandes príncipes, se tenga entera noticia, y pueda cada uno saber la causa total de estos desafíos, y cuál de los dos príncipes debe ser culpado.

     Es, pues, de saber, que en las capitulaciones de Madrid hay un capítulo, que es el cuarto, por el cual el rey de Francia promete (como queda visto) y da su fe de tornar a la prisión cuando al tiempo señalado no cumpliese lo que por la dicha capitulación prometía. Asimismo es de saber cómo hecha esta capitulación, los dichos dos príncipes se vieron, y entre otras muchas cosas que hablaron, el Emperador dijo al rey de Francia que si no le cumplía su fe diría que lo había hecho laschemente y meschantemente. A lo cual expresamente consintió el mismo rey de Francia; y aunque no cumplió en el tiempo concertado, no solamente rompió su promesa, mas procuró y tornó a comenzar la guerra contra el Emperador en diversas partes, con muy malas artes, como es notorio.

     El Emperador, esperando todavía si por dicha el rey de Francia vernía en conocimiento de la falta que hacía, como así de palabra por cartas, y también por sus embajadores mostraba querer hacer, disimulaba esta falta y nunca la quiso zaherir al rey de Francia, hasta que el mes de septiembre del año de mil y quinientos y veinte y seis, estando el Emperador en Granada, el segundo presidente de Burdeos, embajador del dicho rey de Francia, le requirió de su parte que le restituyese sus hijos, que le tenía en rehenes, amenazando, si no lo quería hacer de grado, se lo haría hacer por fuerza; y esto sin querer cumplir lo que por la capitulación de Madrid había jurado y prometido.

     Entonces el Emperador dijo al dicho embajador, que su amo había hecho laschemente y meschantemente en no le haber guardado su fe.

     Después de esto, al tiempo que los reyes de Francia y de Ingalaterra desafiaron en Burgos al Emperador, Su Majestad dijo a Guyena, rey de armas del dicho rey de Francia, que dijese a su amo que supiese del embajador las palabras que en Granada le había dicho, si no las había aún sabido. Y replicando el embajador que no sabía qué palabras podían ser aquéllas, Su Majestad se las envió por escrito, como parece por las cartas que adelante serán insertas. Y aunque después el rey de Francia, en una escritura que envió con su cartel, afirma no haber aun sabido las palabras, por lo que dicho es se puede claramente conocer si son verdaderas o no, y si el dicho rey de Francia ha hecho todo aquello a que como caballero es obligado.

     Allende desto, va aquí, tras las dichas cartas, inserto el cartel del rey de Francia y la escritura que con él vino, con la relación de todo lo que hizo el rey de armas que lo trujo; y al fin está puesta la relación de lo que Borgoña, rey de armas del Emperador, hizo después que fué enviado en Francia, juntamente con el cartel, y respuesta del Emperador al cartel y escritura del rey de Francia, y el traslado del sobredicho capítulo de la capitulación de Madrid. Lo cual todo bien visto y considerado, podrá cada uno fácilmente juzgar lo que cada uno de los dos príncipes ha hecho, y a cuál de ellos se debe dar la culpa de no haberse efetuado este combate.

     Especialmente, entre otras razones, considerando el tiempo y la manera de la publicación del cartel del rey de Francia, que fué mucho después que las palabras fueron dichas y traídas a la memoria. Y vuelto el dicho Guyena en Francia, hecho el desafío de Burgos, y que el rey de Francia solamente pretendía de dar el cartel al embajador del Emperador, que a la sazón estaba preso en Francia, como parece por la escritura con el dicho cartel enviada. Y considerada la dilación que después hubo en enviar el cartel, no embargante que el embajador del Emperador ofreciese muchas veces de darles salvoconduto para envialle, y que luego, como al Emperador fuese pedido, lo envió por tres partes, y la humanidad y buen contentamiento con que el Emperador recibió y hizo despachar al rey de armas Guyena, que lo trujo, como parece por la certificación del mismo rey de armas, considerando así mismo las dilaciones y embarazos que fueron puestos al rey de armas de Borgoña cuando llevó el cartel del Emperador, en que respondía al rey de Francia, y las maneras que tuvieron en guardarlo y ponerle miedo, y protestar contra él si vestía su cota de armas. Y que el rey de Francia, siendo tan gran príncipe, no considerando la calidad y privilegios de los reyes de armas, y que allende de esto el dicho Borgoña tenía salvoconduto, y olvidándose del buen tratamiento que el Emperador había hecho a su rey de armas Guyena, usó él de tan ásperas palabras con el rey de armas Borgoña, vedándole que no hablase ni dijese lo que traía a cargo, ni cumplíese lo que debía a su oficio, so color que primero quería le diese la seguridad del campo, antes que oír ni aun la primera respuesta del Emperador, de la cual dependía y se debía fundar la seguridad del campo; y también en la declaración de las palabras, sobre que el rey de Francia ofrecía el combate como de cosa dicha en su ausencia; pudiendo también el Emperador proponer la culpa de esto ser muy notoria, y que fácilmente se podría probar, especialmente por firmas de la propria mano del rey y de sus principales criados, por donde pudiera alegar no haber lugar el combate o ser el rey incapaz y inhábil para combatir, o a lo menos provocador y demandador o otras causas competentes y razonables, que por derecho y disciplina militar se podrían determinar sin prevenir ni resistir en la seguridad del campo.

     La cual, no embargante esto, el Emperador, por abreviar el efeto del combate, enviaba juntamente con su respuesta con el dicho rey de armas Borgoña, y era tal, que considerada la calidad de ellos, por ninguna razón ni manera honesta el rey la podía ni debía rehusar, si tuviera gana de combatir; especialmente habiendo el dicho rey de armas Borgoña, antes que entrase en Francia, declarado y asegurado que llevaba la dicha seguridad del campo, como adelante parecerá por su relación. Por donde podrá cada uno conocer la poca gana que el rey de Francia tenía de este combate.

     Poniendo por orden todo lo que sobre este combate ha pasado, se sigue aquí primero una carta que el embajador del rey de Francia escribió al Emperador, después del desafío de Burgos.

     Carta del embajador del rey de Francia al Emperador.

     »Sire: por la respuesta que Vuestra Majestad dió al rey de armas Guyena, cuya copia va dentro de ésta, parece desear Vuestra Majestad que el rey mi amo sea avisado de ciertas palabras que Vuestra Majestad me dijo en Granada; y yo, por cumplir la voluntad de Vuestra Majestad y porque parece quedar yo culpado por la dicha respuesta en haber tanto tardado en hacer saber las dichas palabras al rey mi señor, he con mucha diligencia procurado con Vuestra Majestad, por medio del señor de Laxao y de Lope Hurtado de Mendoza, de haber licencia para ir a hacer saber las dichas palabras al rey mi señor. Y al fin, cumpliendo vuestro mandado, envié al dicho Lope Hurtado, con un correo proprio, una carta escrita al reverendísimo cardenal de Sans, chanciller de Francia, con una copia de mi relación verbal, en que se contienen las dichas palabras, para que las haga saber al rey mi señor.

     »Sire, después Vuestra Majestad mandó a Lope Hurtado que escribiese al comendador Figueroa que me dijese que por la escritura que yo enviaba al dicho señor cardenal, parecía no tener yo memoria de todas las palabras que Vuestra Majestad me dijo en Granada; mas que tenía por cierto que cuando yo estuviese con el rey mi señor me acordaría de todo para decirle la verdad, y me volvió el dicho Figueroa mi carta y copia.

     »Sire, cuando yo escribí aquellas palabras tenía la memoria de ellas mejor y más fresca que la podré tener cuando sea con el rey mi amo, al cuál no podré decir más de lo que en la dicha relación se contiene. Todavía, si parece a Vuestra Majestad que yo no me acuerdo bien de lo que me dijo en Granada, y es servido de reducirmelo a la memoria, y mandar que me sea escrita, sin falta yo la haré saber al rey mi amo. Sire, suplico muy humilmente a Vuestra Majestad que, por mi descargo, y porque yo no incurra en la indignación del rey mi señor, de que se me podría seguir mucho daño, que tenga por bien de hacerme tanto bien y merced de darme licencia para que yo pueda ir al dicho rey mi amo a hacerle saber las palabras contenidas en mi relación verbal y las otras que Vuestra Majestad me reducirá a la memoria; y también para dar mis justificaciones de la tardanza que he hecho en hacérselo saber, y yo quedaré obligado sobre mi fe de volver en España, caso que el embajador de Vuestra Majestad, que está con el rey mi amo, no llegare al dicho tiempo en España, o que pueda yo enviar al dicho rey mi señor uno de mis criados; o, a lo menos, que Vuestra Majestad sea servido de mandar que la carta que yo escribo al cardenal de Sans, con la copia de mi relación verbal, sea enviada al capitán de Fuenterrabía, para que él, por un trompeta, la haga dar al gobernador de Bayona, el cual la enviará al dicho señor cardenal. Y suplico a Vuestra Majestad no me quiera negar una cosa tan razonable como esta, que, pues como parece por la respuesta que Vuestra Majestad dió al dicho Guiena, desea tanto que el rey mi amo sepa estas palabras. Y también conviene esto mucho a mi descargo; cuanto más presto, será mejor. Sire, yo ruego a Dios que de a Vuestra Majestad muy buena y luenga vida. De Poza, a 18 de hebrero.

     »Vuestro muy humilde y muy obediente servidor, JUAN DE CALVIMONT.»

     Lo que el Emperador respondió al rey de armas Guyena, de que en la sobredicha carta se hace mención.

     «Allende desto diréis al rey vuestro amo, que creo no ha sido avisado de ciertas cosas que yo dije en Granada al presidente de Burdeos, su embajador, lo cual mucho le toca, y lo tengo yo en tal caso por tan gentil príncipe, que si lo hubiese sabido me habría ya respondido, que hará bien de saberlo de su embajador; porque por allí conocerá cuánto mejor le he yo a él guardado la que en Madrid le prometí, que él a mí lo que me prometió. Yo os ruego que se lo digáis así, y mirad bien no hagáis falta.»

     Respuesta del Emperador al embajador del rey de Francia.

     «Señor embajador: Yo he visto la carta que me habéis escrito sobre las palabras que os dije en Granada, y también he visto la copia de vuestra relación verbal, por donde conozco bien que no os queréis acordar de lo que entonces os dije que hiciésedes saber al rey de Francia vuestro amo, por que os lo torno a decir otra vez, y por cumplir vuestro deseo lo quiero hacer. Y es que después de muchas razones, que por ser de poca sustancia no conviene aquí repetir, yo os dije que el rey vuestro amo había hecho 1aschemente y meschantemente en no guardarme la fe que me dió por la capitulación de Madrid, y que si él esto quisiese contradecir, yo se lo manternía de mi persona a la suya. Veis aquí las proprias palabras sustanciales que del rey vuestro amo yo dije en Granada, y creo que son aquéllas que vos tanto desáis saber, porque son las mismas que en Madrid yo dije al rey vuestro amo: que lo ternía por lasche y meschant si no me guardaba la fe que me había dado. De manera que, diciéndolas, le guardo yo mejor lo que prometí, que él a mí lo que me prometió. Héoslas querido escribir, firmadas de mi mano, porque de hoy más ni vos ni otro pueda en esto dudar. Fecha en Madrid a 18 de marzo de 1528.

CHARLES ALEMAND.»

     Relación de lo que Guyena, rey de armas de Francia, hizo, cuando trajo el cartel del rey de Francia al Emperador.

     »El día de la Trinidad, que fué a 7 de junio de mil Y quinientos y veinte y ocho años, llegó a la villa de Monzón, Guyena, rey de armas del de Francia, acompañado por un gentilhombre llamado Montalvo, que el gobernador de Fuenterrabía, por mandado del Emperador, había con él enviado para que lo guiase y hiciese bien tratar por el camino, y no consintiese hacerle mal alguno. Vínose a apear en la posada del secretario Juan Alemán, señor de Bouclans, al cual el dicho Guyena dijo venía a cosas muy importantes que había de decir a Su Majestad y no a otra persona alguna. Y preguntado por el dicho señor de Bouclans si había mandado hacer en enviarle el salvoconduto que él deseaba, aunque no tenía de él necesidad, considerados los privilegios de su oficio, respondió: Que era verdad que desde el cuarto día de mayo que él vino a Tartas a rogar al señor embajador mesire Nicolás Perrenot, señor de Granvelle, que le hiciese haber un salvoconduto para entrar en estos reinos y ejecutar su comisión, había sido hecha tal diligencia, enviándole tres salvoscondutos en tres partes de la frontera de Francia, que el uno de ellos había recibido por manos del dicho señor embajador a veinte y cuatro días del dicho mes de mayo, y que en estos reinos había sido muy bien tratado, como Su Majestad por su bondad y liberalidad había mandado; y allende de esto había en el camino encontrado un correo de Su Majestad con cartas para el dicho gentilhombre, encargándole otra vez que lo hiciese muy bien tratar, sin consentir le fuese hecho esojo alguno. Y que el dicho gentilhombre le dijo que cuanto más diligencia pusiese en venir a ejecutar la comisión del rey de Francia su amo, haría más placer al Emperador, y que en esto ficiese libremente a su voluntad. El dicho secretario Juan Alemán le dijo que fuese él bien venido, y que Su Majestad lo entendía de la manera que el gentilhombre le había dicho. Y que allende de esto, quería que si hasta entonces había sido bien tratado, que de allí adelante lo fuese muy mejor, que él avisaría a Su Majestad de su venida, y que tenía por cierto que sería bien y brevemente despachado.

     »El día siguiente por la mañana, el dicho secretario Juan Alemán dijo al rey de armas Guyena que podría demandar audiencia cuando quisiese, porque el Emperador deseaba saber su comisión, y lo envió al señor conde de Nasao, marqués de Cenete, camarero mayor de Su Majestad, para saber de él a qué hora le quería Su Majestad dar audiencia. Venido el dicho Guyena a la posada del marqués de Cenete, le dijo: «Señor, el rey mi soberano, señor y amo, me mandó que os rogase que supiésedes a qué hora podría yo ser oído del Emperador, porque tengo comisión de presentarle un cartel y decirle de parte del rey mi amo algunas cosas de muy gran importancia.» El marqués le respondió que el Emperador lo oiría de buena voluntad, que esperase allí mientras él iba a saber la hora. Y tornando luego, le dijo: «El Emperador os dará audiencia a las cuatro, y os oirá de muy buena voluntad, y os irán a llamar a la dicha hora, porque Su Majestad quiere que seais honrado y bien tratado, y que ningún desplacer os sea hecho.» A la dicha hora, estando el Emperador en la posada del duque don Fernando de Aragón, en una gran Pala, acompañado de muchos perlados y caballeros que adelante serán nombrados, hizo llamar al rey de armas Guyena, el cual, por mandado de Su Majestad, vino muy bien acompañado. Y al cabo de la sala se vistió su cota de armas, y después de haber hecho cinco reverencias hasta el suelo, se hincó de rodillas ante el Emperador, que estaba asentado en una silla muy ricamente ataviada, y dijo:

     «Sire, suplico a Vuestra Majestad que, continuando el buen tratamiento que hasta aquí me habéis mandado hacer y también al presente sois servido hacerme, me déis licencia para hacer mi oficio y para que, hecho, me pueda seguramente tornar donde soy venido.» El Emperador le respondió: «Rey de armas, decid lo que tenéis a cargo, que mi voluntad es que siempre seais muy bien tratado.» Entonces el rey de armas se levantó en pie y dijo: «Sire, el rey mi amo y soberano señor, avisado por mí de las palabras que me dijistes y me mandastes que le dijese, y de lo que antes y después habéis dicho contra su honra, queriendo mostrar ser limpio y puro, y sin sospecha alguna ante todo el mundo, como verdaderamente lo puede bien hacer, me mandó que por respuesta os presentase esta escritura firmada de su mano. La cual Vuestra Majestad será servido de ver, que por ella conoceréis cuán enteramente satisface a todo. Allende desto, Vuestra Majestad será servido de darme licencia para que me torne al rey mi amo, pues no tengo más comisión de ésta.» Diciendo esto, tenía un papel en la mano, mostrando quererlo dar al Emperador; mas Su Majestad antes que lo tomase, le dijo: «Rey de armas, ¿tenéis comisión del rey vuestro amo de leer esta escritura que traéis?» El rey de armas le respondió: «Señor, el rey mi amo me mandó que la leyese.» Entonces el Emperador le dijo: «Rey de armas, yo he oído lo que me habéis dicho, y veré la escritura que me trais, y haré de manera que mi honra será guardada; esto tomo yo a mi cargo, y el rey vuestro amo terná harto que hacer en guardar la suya, pues le será cosa que es imposible. En lo que toca a mi justicia, mi chanciller dirá lo que ha de decir.» Entonces el gran chanciller dijo: «Su Majestad, ateniéndose a las protestaciones que hasta agora de su parte han sido hechas, protesta que, por cosa que él agora o de aquí adelante diga o haga, no entiende prejudicar ni derogar al derecho que le compete y pertenece por la capitulación de Madrid; y por la falta del cumplimiento de ella, o en otra cualquier manera, antes entiende que esto quede en su fuerza y vigor; y que esta protestación se entienda ser hecha y repartida en todos los actos que de aquí delante en esta materia se harán.» Como el chanciller hubo acabado de decir esto, el Emperador dijo: «Rey de armas, aunque por muchas razones el rey vuestro amo podría ser tenido por inhábil para hacer un acto como este contra mí ni contra otro, todavía por el bien de la Cristiandad y por evitar otra mayor efusión de sangre y dar fin a estas guerras, pues por otra vía el rey vuestro amo no lo ha querido, yo solamente para este efeto, y no para otro, quiero tenerlo prohabilitado.» Y diciendo esto, tomó la escritura que el rey de armas tenía en la mano. El rey de armas le dijo: «Sire: si la respuesta que Vuestra Majestad enviará al rey mi amo es la seguridad del campo, y me quisiéredes dar, para que yo la llave conmigo, tengo carpo especial para hacerlo. Mas si fuere otra cosa, no tengo comisión ni mandado de llevar que yo la lleve, comisión tengo y cargo especial para hacerlo. Mas si fuere otra cosa, pues no se acostumbra hacer, ni me mandéis llevar al rey mi amo cosa alguna si no fuere la seguridad del campo, en el cual él se hallará sin falta con las armas con que tiene intención de defenderse como os escribe. Y cuanto a mí, Vuestra Majestad será servido de darme licencia para que me vuelva a dar cuenta al rey mi amo de lo que he hecho.» El Emperador le respondió: «No debe vuestro amo darme a mí ley en lo que tengo de hacer; yo haré lo que he dicho, y a esta causa, y porque podría ser hubiese alguna cosa en esta escritura que agora me habéis dado, a que yo querría responder y enviar persona propria, yo os doy cargo que para el que hubiere de ir me hayáis un salvoconduto, pues vos no quisistes venir sin el mío.» El rey de armas respondió: «Sire: yo lo procuraré con el rey mi amo, y se lo escribiré, y creo que en ello no habrá falta.» Y diciendo esto se fué. Y el Emperador, al tiempo que el rey de armas se despidió, mandó al secretario Juan Alemán que hiciese un acto de todo lo que allí había pasado.

     »Hecho esto, ya que el rey de armas se había despedido, mostrando haber acabado su comisión, tornó y, hincado de rodillas ante el Emperador, dijo: «Sire: allende de esto tengo comisión de presentar a Vuestra Majestad otra escritura en manos del señor de Bouclans, vuestro secretario; Vuestra Majestad será servido mandarle que la reciba.» Lo cual Su Majestad mandó luego al dicho Juan Alemán, y él la tomó de mano del rey de armas, que se fué luego sin decir otra cosa, quitada su cota de armas y acompañado como allí había venido. De manera que en su presencia, ni fué leída la escritura ni el cartel. Lo cual todo, en la manera que fué dicho y hecho, lo más al proprio que ha sido posible fué puesto por escrito en este acto público, por mí, Juan Alemán, señor de Bouclans, del Consejo y secretario de Su Majestad, el día y año sobredichos, estando presentes los excelentes y ilustres duque don Fernando de Aragón, virrey de Valencia; don Fernando, infante de Bugía; don Juan de Aragón, arzobispo de Zaragoza; el obispo de Sigüenza, virrey de Cataluña; el arzobispo de Tarragona, chanciller de Aragón; el obispo de Palencia; el obispo de Barcelona, y muchos otros perlados; el duque de Cardona, marqués de Pallas, condestable de Aragón; el conde de Benavente; el conde de Nasao; marqués de Cenete; los condes de Ribagorza, de Aranda, de Salinas, de Belchite, de Fuentes y de Sástago; don Juan Manuel, caballero de la Orden del Tusón de Oro; el conde don Fernando de Andrada; don Juan de Lanuza, virrey de Aragón; don García de Padilla, comendador mayor de Calatrava; el señor de Lachaulx, comendador mayor de Alcántara; micer Luis de Flandes, señor de Prat; micer Nicolás Perrenot de Granvella y otros muchos caballeros y personas principales de diversas naciones, que sería prolijo nombrar, que fueron testigos a todo lo susodicho. Firmado: Alemán. -Yo, el dicho Guyena, rey de armas de Francia, como decidor de verdad (que es antiguo nombre de mi oficio), certifico que las cosas sobredichas pasaron y fueron así dichas. En fe y testimonio de lo cual firmé la presente de mi mano el año, día y mes susodicho. Guyena, rey de armas. -A doce días del dicho mes de junio, estando el rey de armas Guyena en la posada del secretario Juan Alemán, el dicho secretario, en presencia de los testigos adelante nombrados, le dijo: «Guyena: el Emperador me ha preguntado si érades partido; yo le respondí que no; mas que pensaba partiríades esta noche. Su Majestad me mandó que si para vuestro despacho quedaba alguna cosa por hacer, se hiciese luego, por que os pudiésedes ir cuando quisiésedes; de manera que si vos estáis a punto, podréis partir luego. Mas antes que partáis no quiero olvidarme lo que Su Majestad me ha expresamente mandado: que de su parte os diga y certifique que él está determinado de enviar un rey de armas al rey de Francia con la respuesta del cartel que vos le distes. El cual Su Majestad ha visto y leído. Y para enviar su respuesta no espera sino el salvoconduto para su rey de armas. Por esto Su Majestad otra vez os encarga que con diligencia procuréis que este salvoconduto se envie en manos del capitán de Fuenterrabía, como se hizo con vos, conforme a lo que vos mismo habéis confesado; porque Su Majestad desea que en esto ninguna dilación haya, y en hacerlo así le haréis vos muy gran placer.» A lo cual el rey de armas respondió, que con toda diligencia procuraría de haber el dicho salvoconduto. Y allende de lo que ya había sobre ello escrito, tornaría a escribir desde Bayona por correo proprio, y que si no estuviese despachado cuando él llegase a la corte del rey de Francia, procuraría de haberlo con toda diligencia. Lo cual pasó como dicho es el día y año sobredichos, estando presentes Martín de Salinas, camarero y del Consejo del muy alto y muy poderoso rey de Hungría y de Bohemia, etc., y de su embajador en esta corte, y Claudio de Cilli, aposentador mayor de Su Majestad, por testigos a todo lo susodicho. Firmada: Alemán. -Guiena, rey de armas.

     »Cuando el rey de armas Guyena hubo acabado de hacer su acto (como dicho es) ante el Emperador, Su Majestad mandó al secretario Juan Alemán que en alta voz, de manera que todos lo pudiesen oír, leyese el cartel que el rey de armas le había dado, que es del tenor siguiente:

     Cartel del rey de Francia al Emperador.

     «Nos, Francisco, por la gracia de Dios rey de Francia, señor de Génova, etc. A vos, Carlos, por la misma gracia eleto Emperador de romanos, rey de las Españas, hacemos saber cómo nos, siendo avisados que vos en algunas respuestas que habéis dado a los embajadores y reyes de armas que por amor de la paz os habemos enviado, queriéndoos sin razón excusar, os habéis acusado diciendo que tenéis nuestra fe, y que sobre ella, contraviniendo a nuestra promesa, nos éramos idos de vuestras manos y de vuestro poder. Para defender nuestra honra, que en tal caso sería contra verdad muy cargada, os habemos querido enviar este cartel, por el cual, aunque en ningún hombre guardado pueda haber obligación de fe, y que esta excusa nos sea harto suficiente, todavía queriendo satisfacer a cada uno, y también a nuestra honra, la cual habemos siempre guardado y guardaremos, si a Dios place, hasta la muerte, os hacemos saber que si vos nos habéis querido o queréis cargar, no solamente de nuestra fe y libertad, mas que hayamos jamás hecho cosa que un caballero amador de su honra no deba hacer, os decimos que habéis mentido por la gorja; y que tantas cuantas veces lo dijiéredes, mentiréis, estando deliberado de defender nuestra honra hasta la fin de nuestra vida. Y pues contra verdad nos habéis querido cargar, de aquí adelante no nos escribáis más, sino aseguradnos el campo y llevaros hemos las armas, protestando que si después de esta declaración a otras partes escribís o decís palabras contra nuestra honra, que la vergüenza de la dilación del combate será vuestra, pues que venidos a él cesan todas escrituras. Fecha en nuestra buena villa y ciudad de París, a 28 días de marzo de mil y quinientos y veinte y siete años de Pascua. La firma decía François. Debajo de ella estaba el sello pequeño del rey de Francia, impreso en cera dorada.»

     La otra escritura que con este cartel envió el rey de Francia al Emperador, por su rey de armas Guyena, decía así.

     «A 28 días de marzo de mil y quinientos y veinte y siete, antes de Pascua, estando el rey en su buena villa y ciudad de París, acompañado de los príncipes de su sangre, cardenales y otros príncipes, perlados y señores de su reino, que entonces estaban en su corte, y asimismo de los embajadores de los príncipes y potentados, que con él estaban, hizo venir ante él al embajador del Emperador, llamado micer Nicolás Perrenot, señor de Granvella, el cual, después de haberle hecho la reverencia en presencia de los sobredichos, dijo que había trece días que por medio del mayordomo mayor había recibido cartas del Emperador, su natural y soberano señor, hechas a 7 de hebrero, que contenían cómo los embajadores del rey se habían despedido del Emperador a 21 días del mes de enero, y cómo el día siguiente un rey de armas lo había desafiado, y intimádole la guerra, y que a esta causa el Emperador le mandaba que lo más presto que pudiese se despidiese del rey y se volviese en España, diciendo el dicho embajador que le pesaba que las cosas pasasen de esta manera, y que estuviesen tan apartadas del camino y medio de la paz y amistad, la cual el Emperador había siempre deseado y esperado, considerada la capitulación de Madrid, de que la libertad del rey se había seguido, que por su parte él había trabajado todo lo posible porque se alcanzase esta paz. Mas pues las cosas eran venidas a este rigor, que él, obedeciendo el mandamiento de su amo, era venido a tomar licencia del rey requiriéndole se la quisiese dar juntamente con suficiente salvoconduto, para que libre y seguramente se pudiese volver a su amo, como la razón y honestidad lo requiere, y siempre había sido hecho y guardado por virtuosos y magnánimos príncipes, pues durante su comisión él no pensaba haber hecho cosa por donde pudiesen tener ocasión de hacer lo contrario. No obstante esto, que si por su parte él había sido enojoso, o en alguna manera mal criado, suplicaba al rey lo tuviese por excusado, y que él le tenía en merced la honra que él y los señores de su corte y otras personas de su reino durante su embajada le habían hecho. A lo cual el rey de su propria boca, respondió las palabras siguientes:

     «Señor embajador, mucho me ha pesado y pesa de haber sido forzado a no trataros hasta agora tan graciosa y humanamente como por las buenas y honestas obras que estando comigo habéis hecho Vos habéis muy bien merecido, y en esto quiero yo decir que habéis siempre hecho vuestro deber a honra de vuestro príncipe y contentamiento de todos, y que tengo por cierto no haber quedado por vos que las cosas no hayan tomado otro fin y salida; por el buen celo y afición que siempre os he conocido tener a la paz y buen asiento de nuestras cosas. En lo cual tengo por cierto que habéis siempre hecho lo que debéis. Mas sabiendo lo que vuestro amo, contra todo derecho divino y humano, había mandado hacer contra mis embajadores, y contra todos los otros de la liga que con él estaban, contra las buenas costumbres que hasta agora entre príncipes, no solamente contra nos, mas también infieles, han sido guardadas, me parece que yo no podía dejar de hacer otro tanto por la obligación que tengo a mis embajadores presos y detenidos contra toda razón; aunque por las causas susodichas no tuviese yo voluntad de maltrataros. Por las cuales y por la buena obra que en esto habéis hecho, os hago saber, señor embajador, que allende de lo que pienso que el Emperador vuestro amo no dejará de recompensaros, podéis ser seguro que donde particularmente en alguna cosa os pudiere yo hacer placer, que lo haré de tan buena voluntad como vos me lo pediréis.

     »Y por satisfacer y responder a lo que vuestro amo ha dicho de palabra a Guyena y a Clarenceao, reyes de armas del rey mi buen hermano, y perpetuo y mejor confederado mío, sobre la intimación de la guerra, que de nuestra parte le ha sido hecha, que consiste en ocho puntos, yo quiero bien que, primeramente, cada uno sepa que cuanto a lo que dice maravillarse que siendo yo su prisionero de justa guerra, y teniendo él mi fe, lo haya yo desafiado, lo que, como él dice, por razón no puedo hacer. Yo os respondo, para que se lo digáis, que si yo aquí fuese su preso, y él tuviese mi fe, él diría verdad; mas yo no sé que el Emperador haya jamás tenido mi fe, de que él se pueda en algo aprovechar. Pues que cuanto a lo primero, bien sabe él que en alguna guerra donde haya estado, jamás lo he visto ni encontrado; mas cuando yo estuve preso y malo en la cama a la muerte, guardado por cuatrocientos o quinientos escopeteros, poco había que hacer en forzarme, y poca honra ganara el que lo hiciera. Y después que yo fui vuelto a Francia, no conozco alguno que haya tenido poder de hacerme dar mi fe, y de hacerlo yo de mi voluntad, porque es cosa que yo mucho estimo para obligarla tan ligeramente. Y porque no quiero poner mi honra en disputa, aunque sé muy bien que cualquier hombre de guerra sabe que algún preso guardado tiene fe, ni se puede a cosa alguna obligar, envío a vuestro amo esta escritura firmada de mi mano. La cual os ruego, señor embajador, que vos leáis, y después me prometáis de darla a vuestro amo. Y dicho esto, el rey le hizo dar la dicha escritura por mano de mí, Juan Robertet, uno de sus secretarios de Estado, y de su cámara. El dicho embajador la tomó en su mano y después se excusó, diciendo al rey que, cuanto a él, por la carta que el Emperador su amo le había escrito, veía bien que su comisión era expirada, y que alguna otra comisión le quedaba sino de tomar licencia del rey para volver lo más presto que buenamente pudiese. Lo cual suplicaba al rey le permitiese, sin darle otro cargo ni comisión, aunque bien sabía que en su mano estaba forzarlo queriéndolo hacer. A esto respondió el rey: «Señor embajador, pues vos no queréis tomar cargo de leer esta escritura, yo la haré leer en esta compañía, porque cada uno conozca y entienda cómo yo me justifico de lo que contra verdad vuestro amo me ha acusado, y si después vos no se la quisiéredes llevar ni presentar, yo despacharé uno de mis reyes de armas, que está aquí presente, para que vaya con vos; para el cual vos alcanzaréis salvoconduto en buena y válida forma, para que pueda llevar a vuestro amo esta escritura y volverse aquí; protestando, y demandando acto en presencia que cuando él no quiera que venga a su noticia, que yo habré hecho mi deber en hacérselo saber, de manera que no podrá pretender ignorancia.» Dichas estas palabras, el rey llamó a mí, Robertet, y me mandó que en alta voz leyese la dicha escritura, la cual yo leí de verbo ad verbum en la manera siguiente: Nos, Francisco, etc., como en el cartel que ha sido inserto se contiene. E acabado de leer, el rey dijo al embajador: «Señor embajador, paréceme que por lo que habéis oído leer conocerá bien el Emperador que satisfago, y harto, a aquello de que ha cargado a mí y a mí honra, por lo cual no conviene deciros otra cosa. Mas cuanto a lo que vuestro amo dice, que no le es cosa nueva verse desafiar de mí, habiendo seis o siete años que le hago guerra sin haberlo hecho, yo querría que vuestro amo se acordase mejor de lo que hace, o su Consejo de avisarle de ello, después de hecho: porque queriéndose bien informar, hallará que el don Preboste de Utrech, que entonces estaba conmigo por su embajador, me desafió en Dijon, contra el tenor de la amistad que entre él y mí había; y pues él me desafiaba, bien se podía tener por cierto que yo me había de defender.

     »Cuanto a lo que vuestro amo dice que no piensa haber ofendido a Dios, Dios será juez de nuestras conciencias y testigo cómo yo jamás he deseado tiranía, ni usurpación de cosa que por razón no sea mía, ni pretendido el Imperio ni la Monarquía, porque sé bien no pertenecerme.

     »Cuanto a la excusa que vuestro amo da de la prisión y detención de nuestro Santo Padre, lugarteniente y vicario de Dios en la tierra, persona sagrada y inviolable, yo me maravillo que una cosa donde hay tan poca apariencia de verdad, se ose proponer entre la gente, porque veamos qué razón hay para creer que vuestro amo no ha consentido en lo que se ha hecho contra la persona de nuestro Santo Padre, habiendo sido su prisión tan larga y siendo notorio que en lugar de castigar a los que contra su voluntad (como él dice) habían hecho un acto tan execrable y poco cristiano como éste es, ha permitido rescatar y tratar con Su Santidad de su rescate y hacerle pagar por él dineros habidos de beneficios y cosas divinas dentro de sus reinos y señoríos. Cosa no solamente contra Dios y contra la Iglesia, más muy peligrosa de ser referida o dicha, andando las herejías que al presente andan.

     »Cuanto a lo que vuestro amo dice que mis hijos están en sus manos por rehenes, y que mis embajadores caben bien no quedar por él que no sean libertados, decirles heis que ya sé muy bien que mis hijos están en sus manos, de que muy mucho me pesa. Mas a lo que dice no quedar por él que no sean libertados, no quiero yo tomar otro ahogado en esto para defender la razón en que yo me he puesto por cobrarlos, sino a lo que cada uno sabe: ser yo su padre, y que, cuando ellos no fuesen mis hijos, solamente gentileshombres, estando adonde están por mi rescate, debo yo con todo mi poder procurar su libertad. Lo cual he hecho con tan grandes y excesivos ofrecimientos, que jamás ni aun de infieles fué pedido tanto a los reyes mis predecesores, ni aun la cuarta parte de ello. Lo cual he yo querido hacer por respeto de la paz, reposo y sosiego de la Cristiandad. Y por deciros una sola cosa de las grandes y excesivas que he ofrecido: muy bien sabe vuestro amo que por la libertad de mis hijos le he ofrecido dos millones de escudos, así en dinero contado y descuento de lo que debe al rey de Ingalaterra, mi buen hermano y perpetuo confederado, como en rentas en sus proprios señoríos; que es tal y tan gran suma, que me hace inocente con cualquier hombre de buen juicio, pues está claro que nunca yo me quisiera deshacer de una tal fuerza para hacer después guerra a aquel a quien la hubiese dado. Pero si la detención de mis hijos, si el no querer venir a razón alguna de concierto, si el quererme hacer desamparar mis amigos antes de restituírme mis hijos, sí haber preso un Papa, lugarteniente de Dios en la tierra, destruído todas las cosas sacras y santas, si el no querer poner remedio en la venida del Turco, ni en las nuevas setas y herejías que se levantan en la Cristiandad, que es oficio de Emperador, siendo padre y teniendo nombre de Cristianísimo, no me pudiese mover a la guerra, yo no sé qué otras injurias o razones pudieran ser suficientes para ello. No embargante esto, nunca he dejado de ofrecerle lo que os he dicho, como vos bien sabéis. Por donde se puede claramente conocer y juzgar que contra mi voluntad soy forzado a hacer guerra, pues tan caramente compraba la paz, sin las otras quitanzas, renunciaciones de derechos y restitución de villas y tierras, que exceden la suma que os he dicho.

     »Cuanto al rey de Ingalaterra, mi buen hermano y perpetuo confederado, yo lo tengo por tan sabio, bueno y virtuoso príncipe, que no ha hecho ni hará cosa donde su honra no haya sido y sea enteramente guardada, y que sabrá tan virtuosamente responder a lo que le toca, que sería hacerle sinrazón querer responder por él. Bien os quiero decir, señor embajador, que la buena, firme y perpetua amistad que hay entre el rey, mi buen hermano y perpetuo confederado, y mí, es tal, que si por indisposición de su persona, de que Dios lo guarde, él no se hallase para poder responder, quiero que sepáis que no haría menos por él que por mí mismo, empleando en ello no solamente mis fuerzas, mis reinos, tierras, señoríos y súbditos, mas también mi propria personal la cual se empleará siempre que a él sea necesario. Y esto quiero yo que todo el mundo lo sepa.

     »También, señor embajador, porque mi rey de armas Guyena me ha dicho que vuestro amo le dió cargo que me dijese que cree no haber yo sido avisado de cierta cosa que estando él en Granada dijo al presidente mi embajador, para que me lo hiciese saber, lo cual me toca mucho: y que me estimaba tan gentil príncipe que si lo hubiera sabido le hubiera respondido:

     »Cuanto a esto, quiero bien que sepáis que mi embajador me ha escrito muchas cosas, y que entre ellas no veo alguna que pueda en algo tocar a mi honra, y si la hubiera, sed seguro que yo no faltara ni tardara tanto en responderle; porque luego que supe lo que os he dicho, hice la respuesta que os he dado a leer firmada de mi mano, la cual tengo yo por tan suficiente, que no solamente satisface a lo que vuestro amo podría haber dicho hasta agora; mas también a todo lo que contra mi honra de aquí adelante podría decir.

     »Cuanto a lo que dice que por aquellas palabras conoceré yo que me guarda mejor a mí lo que en Madrid me prometió, que no yo a él lo que le prometí, ninguna cosa me acuerdo haberle prometido. Porque cuanto al concierto de Madrid que está por escrito, yo me tengo por harto justificado de la poca obligación que allí yo puedo tener, considerando que ni antes ni después del dicho concierto estuve yo en mi libertad hasta que entré en mi reino, ni fui soltado sobre mi fe, la cual deba guardar. Y en lo demás, bien mirado, no hallo haber pasado otra cosa con él de obligación, si no es cuanto a la empresa contra el Turco, y es que cuando quiera que él en persona tomara esta empresa, me hallaría yo con mis fuerzas en ella para acompañarlo. Esto confieso yo, y tengo por muy bueno, Y pluguiese a Dios que las fuerzas particulares de cada uno se convirtiesen en el bien general de toda la Cristiandad, y se empleasen en un tan santo y buen efeto. Cuanto a mí, yo lo prometo, y aseguro que nunca él para este efeto terná tan presto el pie en el estribo que yo no esté antes sobre la silla, aunque no tengo los turcos por tan vecinos como de nuevo él los tiene en Hungría, y, por consiguiente, en Alemaña. Más bien fácil cosa es de creer, por las obras que se ven, que los que semejantes cosas proponen y hablan tienen más gana de usurpar la Cristiandad que de resistir al común tirano y enemigo de ella.»

     El dicho embajador replicó al rey que como ya él había respondido, ya no le quedaba a él comisión de su amo ni al presente podía responder más de lo que el Emperador había respondido y declarado, y hecho dar por escrito a los embajadores de Francia, y a los reyes de armas que hicieron el desafío, y que también la materia era de muy gran importancia para entremeterse él en ella sin comisión; especialmente no habiendo sido avisado de este acto en tan gran ayuntamiento, y habiéndole el señor mayordomo solamente escrito y hecho decir que lo enviarían a llamar, que viniese ante el rey a tornar licencia.

     Pero que todavía, como súbdito y criado del Emperador, quería responder y asegurar que cuando el rey le haría saber, o por rey de armas, o de otra manera, las cosas sobredichas, como conviene en negocios de tal importancia, él respondería y satisfaría como siempre ha hecho en buena conciencia y deber cuanto a Dios y su honra para con todo el mundo. Y cuanto al contentamiento que el rey decía tener de la persona del dicho embajador, en su particular él se lo tenía en merced, y pensaba haber siempre hecho lo que debía y la voluntad de su amo, conforme a la intención que siempre había tenido a la paz universal y al bien y reposo de la Cristiandad y conservación de la amistad del rey, perseverando siempre el dicho embajador en pedir su licencia y salvoconduto para volverse a su amo, y salir de este reino al mismo instante que los embajadores del rey entrarían.

     A esto replicó el rey: «Señor embajador, vuestro amo me ha forzado, por lo que me envió a decir, a responderos lo que os he respondido; lo cual tengo por verdadero, y os ruego le digáis que cuando él haya recibido lo que habéis oído, firmado de mi mano, yo lo estimo por tan gentil príncipe, que visto aquello de que me ha cargado y la respuesta que yo le hago, me responderá como gentilhombre, y no por escrito como abogado, porque si de otra manera lo hiciese, yo mandaría responder a su chanciller por un abogado y hombre de su estado, más hombre de bien que él. Mas cuanto a vos, yo os hago saber que os haré acompañar hasta la frontera, por cobrar mis embajadores al mismo instante que vos saldréis, habiendo empero habido salvoconduto para mi rey de armas, como vos he dicho y como creo que vos fácilmente haréis.

     »Todas las cosas sobredichas han sido puestas por escrito lo más al proprio de como se dijeron y pasaron, que ha sido posible por mí, Juan Robertet, del Consejo del rey, y secretario de Estado, y de su camara, el día y año sobredichos.

     »Firmado por mandado de Su Majestad. -Robertet.»

     Relación de Borgoña, rey de armas del Emperador, de lo que hizo en Francia, donde por Su Majestad fué enviado.

     «Yo, Borgoña, rey de armas de la sacratísima, cesárea y católica majestad del Emperador don Carlos, V de este nombre, rey de Alemaña, de las Españas, de las dos Sicilias, de Hierusalém, etc., certifico y hago saber a todos por verdad, y por lo que debo a mi oficio, que a veinte y cuatro días del mes de junio deste presente año de mil y quinientos veinte y ocho, estando Su Majestad en la villa de Monzón, me mandó expresamente ir al muy alto, muy excelente y muy poderoso príncipe Francisco, I deste nombre, por la gracia de Dios rey de Francia, a llevarle un cartel que Su Majestad le enviaba en respuesta del cartel de desafío que por el rey de armas Guyena, de parte del dicho señor rey de Francia fué a Su Majestad presentado. El tenor del cual cartel y respuesta, firmado de la mano de Su Majestad y sellado con un sello de sus armas, de verbo ad verbum, es el que se sigue:

     Cartel del Emperador al rey de Francia.

     «Carlos, por la divina clemencia Emperador de romanos, rey de Alemaña y de las Españas, etc., hago saber a vos, Francisco, por la gracia de Dios rey de Francia, que a ocho días de este mes de junio, por Guyena, vuestro rey de armas, recibí vuestro cartel, hecho a 28 de marzo, el cual, de más lejos que hay de París aquí, pudiera ser venido más presto, y conforme a lo que de mi parte fué dicho a vuestro rey de armas os respondo a lo que dicís que en algunas respuestas por mí dadas a los embajadores y reyes de armas que por amor de la paz me habéis enviado, queriéndome yo sin causa excusar os haya a vos acusado, que yo no he visto algún rey de armas vuestro, sino el que me vino en Burgos a intimar la guerra; y cuanto a mí, no habiendo en nada errado, ninguna necesidad tengo de excusarme. Mas a vos, vuestra falta es la que os acusa, y a lo que decís tener yo vuestra fe, decís verdad, entendiendo por la que me distes por la capitulación de Madrid, como parece por escrituras firmadas de vuestra mano, que volveríades a mí poder como mi prisionero de buena guerra, en caso que no cumpliésedes lo que por la dicha capitulación me habíades prometido. Mas haber yo dicho, como decís en vuestro cartel, que estando vos sobre vuestra fe, contra vuestra promesa os érades ido, y salido de mis manos y de mi poder, palabras son que nunca yo dije, pues jamás yo pretendí tener vuestra fe de no iros, sino de volver en la forma capitulada; y si vos esto hiciérades, ni faltáredes a vuestros hijos, ni a lo que debéis a vuestra honra. Y a lo que decís que para defender vuestra honra (que en tal caso sería contra verdad muy cargada), habéis querido enviar vuestro cartel, por el cual decís que aunque en ningún hombre guardado pueda haber obligación de fe, y que ésta os sea excusa harto suficiente, no obstante esto, queriendo satisfacer a cada uno, y también a vuestra honra, que decís queréis guardar y guardaréis, si a Dios place, hasta la muerte, me hacéis saber que si os he querido o quiero cargar, no solamente de vuestra fe y libertad, mas de haber jamás hecho cosa que un caballero amador de su honra no deba hacer, decís que he mentido por la gorja, y cuantas veces lo dijere mentiré, siendo deliberado de defender vuestra honra hasta la fin de vuestra vida; a esto os respondo que, mirada la forma de la capitulación, vuestra excusa de ser guardada no puede haber lugar. Mas pues tan poca estima hacéis de vuestra honra, no me maravillo que neguéis ser obligado a cumplir vuestra promesa; vuestras palabras no satisfacen por vuestra honra, porque yo he dicho y diré, sin mentir, que vos habéis hecho laschamente y meschantemente en no guardarme la fe que me distes, conforme a la capitulación de Madrid; y diciendo esto, no os culpo de cosas secretas ni imposibles de probar, pues parece por escrituras firmadas de vuestra mano, las cuales vos no podéis excusar ni negar. Y si quisiéredes afirmar lo contrario, pues os tengo ya yo habilitado solamente para este combate, digo que por bien de la Cristiandad, y por evitar efusión de sangre, y poner fin a esta guerra, y por defender mi justa demanda, mantendré de mi persona a la vuestra ser lo que he dicho verdad. Mas no quiero usar con vos de las palabras que vos usáis, pues vuestras obras, sin que yo ni otro lo diga, son las que os desmienten, y también porque cada uno puede desde lejos usar de tales palabras más seguramente que desde cerca. A lo que decís que, pues contra verdad os he querido cargar, de aquí adelante no os escriba coda alguna, mas que asegure el campo y vos traeréis las armas; conviene que hayáis paciencia que se digan vuestras obras, y que yo os escriba esta respuesta, por la cual digo que acepto el dar del campo, y soy contento de asegurároslo por mi parte, por todos los medios razonables que para ello se podrán hallar. Y a este efeto, y por más pronto expediente, desde agora os nombro el lugar para el dicho combate, sobre el río que pasa entre Fuenterrabía y Andaya, en la parte y de la manera que de común consentimiento será ordenado por más segura y conveniente; y me parece que de razón no lo podéis en alguna manera rehusar, ni decir no ser harto seguro, pues en él fuistes vos soltado dando vuestros hijos por rehenes y vuestra fe de volver, como dicho es. Y también visto que pues en el mismo río fiastes vuestra persona y las de vuestros hijos, podéis bien fiar agora la vuestra sola, pues porné yo también la mía, y se hallarán medios para que, no obstante el sitio del lugar, ninguna ventaja tenga más el uno, que el otro. Y para este efeto, y para concertar la eleción de las armas, que pretendo yo pertenecerme a mí y no a vos, y porque en la conclusión no haya, longuerías ni dilaciones, podremos enviar gentiles hombres de entrambas partes al dicho lugar con poder bastante para platicar y concertar, así la igual seguridad del campo como la eleción de las armas, el día del combate y la resta que tocará a este efeto. Y si dentro de cuarenta días después de la presentación de ésta no me respondéis ni me avisáis de vuestra intención sobre esto, bien se podrá ver que la dilación del combate será vuestra, que os será imputado y ayuntado con la falta de no haber cumplido lo que prometistes en Madrid. Y cuanto a lo que protestáis que si después de vuestra declaración en otras partes yo digo o escribo palabras contra vuestra honra, que la vergüenza de la dilación del combate será mía, pues que venidos a él cesan todas escrituras, vuestra protestación sería bien excusada, pues no me podéis vos vedar que yo no diga verdad, aunque os pese, y también soy seguro que no, podré yo recebir vergüenza de la dilación del combate, pues puede todo el mundo conocer el afición que de ver la fin de él tengo. Hecha en Monzón en mi reino de Aragón a veinte y ocho días del mes de junio de mil y quinientos y veinte y ocho años.

»CHARLES.»

     «Juntamente con este cartel me mandó Su Majestad dar una copia en papel del cuarto capítulo de la capitulación de Madrid, para que juntamente lo diese y entregase al dicho señor rey de Francia para pronta justificación y comprobación de lo contenido en la respuesta y cartel de Su Majestad, el cual no se pone aquí por quedar dicha la concordia cómo se capituló.

     »La cual copia fué hecha, sacada y comprobada con el mismo original de la dicha capitulación de Madrid a 24 días del mes de junio de 1528 años. -Alemán. -Y me mandó y encargó la majestad del Emperador que hiciese y ejecutase mi comisión Con el rey de Francia, en lo que dicho es, lo más presto y diligentemente que fuese posible, y que le pidiese respuesta, ofreciéndome de traerla con toda diligencia; y que si el dicho señor rey la quisiese enviar por otro, asegurase yo de parte de Su Majestad que en esto ningún embargo ni dificultad habría, y me obligase de hacer dar un salvoconduto, si todavía lo quisiese; aunque Su Majestad entiende no ser necesario para reyes de armas. Y allende de esto, que despachada y acabada mi comisión como dicho es, yo diese a Robertet, secretario del dicho rey de Francia, o a quien el dicho señor rey quisiese, una escritura en respuesta de otra que el rey de armas Guyena dió en presencia de Su Majestad, y, por su consentimiento, al secretario Juan Alemán. El tenor de la cual escritura es éste que se sigue.

     »La sacra, cesárea y católica majestad del Emperador nuestro señor, visto el acto hecho en la ciudad de París a 28 días del mes de marzo, firmado del secretario Robertet, presentado por el rey de armas Guyena a Su Majestad, y en su presencia y por su mandado recibido por el secretario Juan Alemán, mandó que se respondiese por escrito en la manera siguiente. La cual respuesta quisiera él decir de palabra, en ayuntamiento y compañía, si en su corte hubiera embajador de Francia, como el dicho rey de Francia dijo las palabras en el dicho acto contenidas a mesire Nicolás Perrenot, señor de Granvella, entonces embajador de Su Majestad en Francia; y hizo hacer la presente respuesta para justificarse contra las dichas palabras, porque no perviertan los oyentes ni ofusquen la verdad de las cosas pasadas, a lo cual el dicho embajador no pudo responder, mas con buena razón se excusó, por ser ya expirada su comisión y por otras causas que él entonces dijo.

     »Primeramente, cuanto al título del acto donde se contiene haber hecho venir el dicho embajador ante el rey de Francia, contando las palabras que allí por él fueron dichas, fuera bien que en el dicho acto se declarara también la forma y manera cómo el dicho embajador fué llevado, para parecer delante de tal compañía con un mayordomo que lo guiaba, más en forma de prisionero (como había estado más de cuarenta días) que de otra manera; porque no era cosa honesta tratar así un embajador de un tan gran príncipe como el Emperador.

     »Cuanto al segundo capítulo de las palabras que el rey de Francia dijo, loando las obras del dicho embajador, cuanto el dicho rey más declara en esto cuán bien, leal y honestamente el dicho embajador había residido en su corte, tanto se debe más vituperar el mal tratamiento que se le hizo, teniéndolo tanto tiempo preso, porque de tomar excusa en la detención de sus embajadores, y de los de la liga, no se hallará que ellos hayan sido detenidos como prisioneros, ni que se haya tocado a sus personas ni bienes, ni catado sus cofres, ni tomadas sus escrituras, ni hécholes otro mal tratamiento, como al embajador de Su Majestad ellos hicieron, mas solamente hecho en Burgos el desafío, les fué ordenado que se fuesen a un lugar llamado Poza, harta cerca de Francia, hasta que el dicho embajador de Su Majestad fuese suelto y traído a la frontera, para que en el mismo tiempo se trocasen los unos con los otros, conforme a razón y equidad, y para que cada uno se pudiese volver a su amo. Y si en esto ha habido violación de derecho divino o humano, ha sido por la parte del rey de Francia, y no del Emperador, porque Su Majestad ha hecho tan bien y honradamente tratar los embajadores de Francia y de la liga, que de razón no se deben quejar.

     »Cuanto al tercero capítulo, donde el rey de Francia dice querer satisfacer y responder a lo que el Emperador dijo de palabra a los reyes de armas Guyena y Clarenceao sobre la intimación de la guerra, que él dice consistir en ocho puntos, a la verdad si el rey quisiese satisfacer a lo que es obligado, y a su honra, debría buscar satisfación de otra cosa, y no de palabras fingidas; porque quererse excusar de no ser prisionero del Emperador, y de no tener su fe, so color que en alguna guerra donde él ha estado, haya jamás visto ni encontrado con Su Majestad hasta que fué preso por los ministros y criados de Su Majestad y en su nombre, y por ellos puesto en su prisión y poder, y así no puede negar que lo que los ministros en nombre de su amo hacen, no sea del mismo efeto y valor, como si él mismo en persona lo hiciese. Y lo que dice que estando él preso, guardado de tan gran número de escopeteros, y enfermo en la cama a la muerte, no fuera difícil forzarlo, mas poco honrado quien lo hiciera, es cierto bien excusado, pues que en tiempo de su enfermedad, jamás le fué hablado de dar su fe, ni de otra cosa de que hubiese de haber enojo; antes fué visitado de toda honra y cortesía, y le fué hecha toda asistencia, para que cobrase su salud, de que él da mal galardón. Mas después que fué sano, a su muy instante ruego, por librarse de la justa prisión donde estaba como prisionero de guerra, fué por él mismo concluída y jurada la capitulación de Madrid, firmada de su propria mano, y de los principales de su Consejo, conviene a saber, del arzobispo, entonces de Ambrún, y agora de Bourges; del primer presidente de París y del señor de Brion, almirante de Francia, por la cual capitulación fué dada y jurada la fe de que se trata; y por el virrey de Nápoles, en nombre de Su Majestad y en virtud del poder que para ello tenía recibido. La cual se queda en su vigor, y por ella el dicho rey de Francia siempre obligado como cautivo y esclavo, sin que de razón pueda ser tenido por libre. Por donde no había necesidad de dar de nuevo la fe que había dado, cuando fué vuelto a su reino, y se le cree muy bien lo que dice, que de su liberal voluntad no se hubiera obligado. Mas el que todo lo ve y conoce, y por sus secretos misterios lo trujo a dar su fe por su libertad, es poderoso para traerlo a peor estado.

     »Cuanto al cuarto capítulo en que el rey dice no querer que su honra quede en disputa, cierto él haría bien si pudiese, estando las cosas como están, porque a este efeto serían menester obras y no palabras de frías excusas y interpretaciones, como es la que dice, que cualquier hombre de guerra sabe bien que ningún prisionero guardado tiene fe, ni se puede obligar a cosa alguna. Esta es alegación de letrado, mal enseñado y lleno de cavilaciones y trampas, y no de rey, ni aun de simple gentilhombre, especialmente en este caso, donde la fe del dicho rey estaba conferida para después de su libertad, y cuando estuviese sin guarda en su reino, y que en caso que dentro del tiempo prometido no cumpliese lo que había tratado y capitulado, se tornaría a la prisión como estaba; allende que expresamente era tratado y concertado que fuese seguramente guardado hasta el día que se diesen los rehenes, que sería en el mismo instante que él fuese libertado, como fué hecho y cumplido. Y cuanto a lo que el rey tentó al dicho embajador del Emperador, de tomar el cartel para leerlo y traerlo, a Su Majestad, parece cosa muy extraña y fuera de toda honestidad, y, por tanto, más justa y loable la excusa que a esto el dicho embajador dió, y aun mejor la buena diligencia que puso en haber el salvoconduto para el rey de armas; el cual por tres partes le fué enviado para que libremente pudiese venir al Emperador, y ejecutar, como ha ejecutado, su comisión, y volverse al rey su amo.

     »Cuanto al quinto capítulo, en que se contiene el cartel del dicho rey de Francia, porque el Emperador le responde particularmente por otro cartel a lo en él contenido, no hay necesidad de decir aquí otra cosa, ni de responder al capítulo siguiente, que depende del dicho cartel.

     »Al séptimo capítulo, en que el rey de Francia responde a lo que el Emperador dijo a su rey de armas serle cosa nueva verse desafiar después de seis o siete años de guerra, diciendo que querría se acordase mejor el Emperador de lo que hace, o a su Consejo de avisarle de ello, queriéndose fundar en que el don Preboste de Utrecht, embajador de Su Majestad, le desafió estando en Dijon, es una cosa derechamente contra verdad, porque nunca el don Proboste le desafió ni tuvo cargo de desafiar, ni son actos que se cometen a eclesiásticos desafiar un rey o príncipe a la guerra, en lo cual in puede haber apariencia ni semejanza de verdad. Mas lo que pasa es que el dicho don Proboste le declaró que asistiendo él a Charles de Güeldres y a Roberto de la Marcha, iba contra las capitulaciones, a causa que éstos poco antes habían comenzado la guerra, por su mandado, contra el Emperador, como parece por cartas firmadas de la mano del dicho rey de Francia y de su tesorero, Robertet, y que la mayor parte de la gente de armas que estaba con el dicho Roberto de la Marcha era de las guardas de Francia, y su infantería allegada a son de atambor dentro en Francia. Entonces Su Majestad hizo decir al dicho rey de Francia por el don Proboste de Utrecht, que si los dichos Charles de Güeldres, o Roberto de la Marcha, otros (que, como después fué declarado a Barrois embajador del dicho rey de Francia, se entendía por ellos), o por otros como ellos, que dependiesen de él, hacían guerra a Su Majestad, tenía los conciertos por rompidos. Mas estas palabras no podían tener efeto de desafió, especialmente considerando que mucho antes, estando el señor de Lausne, embajador del dicho rey de Francia, en la ciudad de Burgos, y pidiendo entre otras cosas que Su Majestad le debía dar rehenes por el casamiento de su hija; donde no, que tenía los conciertos por rompidos, no fué esta demanda tenida por desafío, antes se continuó la amistad hasta que vino gana al rey de Francia de comenzar la guerra sin algún desafío.

     »Cuanto al octavo capítulo, en que habla de las conciencias y tiranías, Dios, que es verdadero juez de ellas y escudriñador de los corazones de los hombres, y conoce los secretos de todos, sabe bien la conciencia del uno y del otro y cuál tiene tacha de tiranía o usurpación, y pagará a cada uno conforme a sus méritos o a sus faltas. Y si el dicho rey de Francia se quiere bien acordar de lo que estando en Madrid dijo al Emperador, queriéndolo irritar así contra el Papa como contra venecianos y otros potentados de Italia, hallará haberse él mostrado inclinado a tiranía y usurpación, y no el Emperador, que no quiso condescender a su mal consejo, pues también el dicho rey de Francia le tiene usurpado su antiguo patrimonio y otras tierras y provincias de gran importancia, ensanchando sus límites con bienes ajenos, contra justicia por él y por sus predecesores ocupados y usurpados. Y a lo que dice no tener el ojo al Imperio ni a la monarquía, sabiendo que no le pertenece, hace bien de decirlo así, pues no lo ha podido alcanzar, aunque no ha quedado por su extrema diligencia. El Emperador hubo el Imperio por unánime y conforme eleción de todos los eletores, que no pudo ser sin inspiración divina, y en los otros sus reinos y señoríos ha derechamente por herencia sucedido.

     »Cuanto al nono capítulo, que habla de la prisión del Papa, queriendo sin causa echar la culpa al Emperador, cierto podría bastar al dicho rey de Francia que el Papa por breves y cartas escritas de su mano conozca y confiese haber sido hecho sin culpa de Su Majestad y que por su mano ha sido puesto en su libertad, y que si se ha tardado más de lo que Su Majestad quisiera, no se puede ni debe echar la culpa a Su Majestad, que hizo siempre en esto lo que debía, aunque permitió Dios que se dilatase por la muerte del virrey de Nápoles, que tenía para ello la principal comisión, y por los embarazos del camino, así de la tierra como de la mar, que causaron las insolencias de la gente de guerra, que no suele ser obediente faltándole capitán general. Mas si el dicho rey de Francia y sus coligados tienen del Papa tan gran piedad como muestran, debrían considerar haber ellos mismos sido la principal causa de su mal, habiéndolo puesto en guerra, y después le han hecho más daño que no ha recibido del ejército de Su Majestad, haciéndole rebelar a Florencia, y quitándole a él y a los suyos la administración de ella por meter en la liga, y ocupándole a Zervia y a Rávena, y habiendo trabajado con todo su poder de ocuparle a Parma, Bolonia, Plasencia, y queriéndolo forzar a otras cosas, que sería más honesto satisfacer y restituir a Su Santidad, como es razón, que tornarlo a meter en guerra, calumniando las obras ajenas y haciéndolas ellos peores por su parte, como el que ve la paja en el ojo de su compañero y no el madero que él tiene en el suyo. Y si el dicho rey fuese informado de lo que la gente de guerra hizo en Francia después de las guerras de los ingleses, y cuántos años tardaron sus predecesores en sojuzgarla, no se maravillaría tanto que hallándose el ejército del Emperador vitorioso y sin cabeza, hiciese lo que dice, y no echaría la culpa al Emperador, que, estando ausente, no tan fácilmente los puede poner en obediencia, pues es notorio a todos que si el duque de Borbón y de Alvernia, lugarteniente y capitán general del Emperador en Italia, no muriera cuando se tomó Roma, nunca se hicieran los males que se hicieron, porque era tan gentil príncipe, tan buen cristiano, tan amador y temeroso de Dios y tan buen hijo de la Iglesia y protetor de virtudes, y lleno de nobleza y de amor al pobre pueblo, que él pusiera bien en ello remedio. Lo que no se pudo hacer después de su muerte, quedando como quedó aquel ejército sin cabeza, orden ni gobierno, de que a Su Majestad pesó y pesa mucho, por no poderlo remediar estando tan lejos, y los pasos tan cerrados, que no pudo poner remedio en tiempo como deseaba.

     »Cuanto al décimo capítulo de lo que el Emperador dijo al rey de armas del rey de Francia, que sus hijos estaban por rehenes en manos de Su Majestad y que no quedaba por él que no fuesen libertados; claro está que si el rey de Francia hubiera guardado su fe y cumplido lo que había tratado, prometido y jurado, ninguna dificultad hiciera el Emperador en restituirle sus hijos. Y si él fuese tan buen padre como dice, por otra vía hubiera procurado su libertad sin procurar nuevas trampas y engaños, y renovar lo ya concertado; porque lo que él dice haber ofrecido tanto y tan excesivo, no ha sido con gran parte igual a lo que era obligado, y siempre dejaba un punto por hallar la puerta abierta para tornar a tentar a Dios y a la fortuna, solamente por su apasionada venganza y por comenzar de nuevo la guerra, habiéndola él provocado y tanto tiempo continuado. De manera que Su Majestad, vistas las cosas pasadas, y que haciendo hablar de paz [por] engañarlo y descuidarlo, el dicho de Francia continuaba más crudamente la guerra, no se pudo buenamente asegurar de lo que el rey de Francia ofrecía y prometía, aunque fuera dos tantos más, bien que Su Majestad, por amor de la paz universal, era contento de soltarle mucha parte de lo que le pertenecía. De manera que la conclusión de la dicha paz no quedó sino por querer el rey de Francia reservar el cumplimiento de la más peligrosa parte de lo que ofrecía, para cuando hubiese ya cobrado sus hijos, y no quererse Su Majestad fiar más de él ni de sus promesas ni seguridades, sino que a un mismo tiempo cumpliese lo que prometía y cobrase sus hijos, pues Su Majestad no podía tener mejor seguridad que a ellos, y no era razón que se fundase en otras promesas ni seguridades, habiendo el dicho rey de Francia con tanto perjuicio de su crédito y de sus hijos rompido su fe y juramento, como ha hecho. Y si so color de esto y de otras frívolas razones que el dicho rey de Francia alega, piensa de poner de su parte la justicia de la guerra, Dios será el juez de quien dependen las vitorias. Y en esto no se puede dar culpa a Su Majestad, teniendo como tiene su derecho por la capitulación de Madrid tan bien fundado, en el cual, sin su expreso consentimiento, no se puede hacer innovación.

     »Cuanto al undécimo capítulo, bien le debiera estar al rey de Francia de poner adelante su injusta demanda sin obligarse a más, especialmente por la notoria inhabilidad de su persona; porque en lo que toca a Su Majestad y al rey de Ingalaterra, lo que el rey de Francia dice ni ha lugar ni quedará por Su Majestad que si alguna cosa hay mal entendida entre su tío el rey de Ingalaterra y él, que no la concierten bien entre ellos.

     »En lo que toca al duodécimo capítulo, que habla de lo que el Emperador dijo al rey de armas Guyena sobre las palabras dichas en Granada al presidente de Burdeos, las cuales parece querer el rey de Francia ignorar, diciendo no haber sabido cosa que toque a su honra, por la respuesta que el Emperador hace a su cartel podrá claramente ver las dichas palabras, si ya no las sabe.

     »Cuanto al décimotercio capítulo, en que respondiendo a lo que el Emperador dijo al rey de armas francés, que había él mejor cumplido lo que prometió al rey de Francia, que el rey de Francia lo que le prometió a él, finge no acordarse haberle hecho promesa alguna, diciendo: que del concierto que está por escrito, él se tiene por bien justificado, por no haber, como dice, estado de su libertad antes ni después, hasta estar en su reino, claramente se puede conocer de qué pie cojea el dicho rey de Francia, queriendo tan deshonestamente negar y contradecir una capitulación por él mismo hecha y jurada, por libertarse de la justa prisión en que estaba, sabiendo semejantes capitulaciones por derecho divino y humano ser válidas, y no está en la mano del dicho rey de Francia eximirse de la obligación así prometida y jurada, especialmente considerando el poder que el dicho rey dió a la regenta, su madre, antes que pasase en Italia, y mucho antes de su prisión. En virtud del cual poder, y de la comisión que ella dió a sus embajadores para la libertad del rey, su hijo, fué por ellos la dicha capitulación de Madrid hecha y concluída, por donde el dicho rey de Francia (aunque no se hallara en la conclusión de ella) queda enteramente obligado a la guardar y cumplir, cuanto más habiéndose él hallado presente cuando se trataba, y habiéndolo él mismo leído y oído leer en presencia de sus embajadores, y habiendo jurado de guardarlo inviolablemente, y habiendo sobre esto dado solenemente su fe de tornar a la prisión. Y si el dicho rey de Francia quiere bien pensar en su honra y conciencia, se podrá bien acordar cómo él mismo, estando bien sano, bien tratado y servido, no como preso, mas como yerno de Su Majestad, dió y fué él mismo inventor de dar su fe a Su Majestad en la manera que se la dió y envió a ofrecer por escrito. La cual él mandó a sus embajadores aceptasen, y así fué tomada y recibida del dicho rey de Francia por el virrey de Nápoles, autorizado para ello por los dos príncipes. Y dijo el mismo rey de Francia las palabras de su propria boca, como parece por escritura firmada de su propria mano y de las principales personas que se hallaron presentes. De manera que la cosa es tan notoria, que parece burlería ponerla en disputa. Y queriendo el rey de Francia dar a entender en sus reinos lo contrario de lo sobredicho y de las palabras y juramentos de entre Su Majestad y él, deshaciéndolo todo si pudiese, el Emperador no puede mejor mostrar y justificar la verdad en lo que toca a la fe del dicho rey, y la capitulación de Madrid, que por escrituras auténticas. Y lo que el dicho rey de Francia, queriendo trocar sus razones, dijo en su acto, de la empresa contra el Turco, fueron palabras para dar lustre a su arenga; porque la manera de la empresa que se había de hacer contra el Turco estaba expresamente concertada por la capitulación de Madrid, juntamente con los remedios de la seta luterana y otras herejías. Y si el dicho rey de Francia no hubiera rompido su juramento y su fe, como dicho es, y estuviera, como dice, tan aparejado para una tan buena obra, hubiera cumplido la dicha capitulación y hallado en Su Majestad debida correspondencia, y no hubieran sucedido los males que de Hungría y otras partes cuenta. Mas en haber él rompido la dicha capitulación de Madrid y excitando nueva guerra en la Cristiandad, y divertido por este medio las armas de Su Majestad de tan santa empresa, muestra bien la poca gana que tenía del bien de la Cristiandad y de la resistencia de los enemigos de ella.

     »Cuanto al décimocuarto capítulo, que contiene la respuesta del embajador del Emperador, es tan honesta y tan buena, que no hay en ella qué replicar.

     »Cuanto a lo que en el último capítulo el rey de Francia dice haber sido forzado a dar esta respuesta (que dice ser verdadera) por las cosas sobredichas, se puede bien conocer qué tales son las verdades del rey de Francia de que muestra soler mal usar. Y a lo que dice que estima al Emperador por tan gentil príncipe que responderá como gentilhombre y no como abogado, verse ha en la respuesta del cartel que Su Majestad le envía firmado de su mano, como dicho es, y también se verá en el efeto, y no quedará sino por el dicho rey de Francia hartarse del combate que él muestra tanto desear. Mas lo que dice que hará responder al chanciller del Emperador por un abogado y hombre del estado del dicho chanciller, que será más hombre de bien que él, bien se podría pasar el rey de Francia sin injuriar así con palabras públicas un buen servidor, porque sirva bien a su amo, y le bastaría tener un hombre tan de bien, limpio y entero como el dicho chanciller, de quien él se contentase que le osase aconsejar que guardase su palabra y su fe y promesas, y decirle libremente la verdad, para hacerle allegar su corazón y entendimiento a cosas grandes, magnánimas y virtuosas, y no a viles y bajas, que cierto no convienen a semejantes reyes y príncipes, a los cuales pertenece guardar inviolablemente su fe y palabra, y amar los virtuosos, y no hacer lo contrario.

     »Esta presente escritura fué así ordenada por la Cesárea Majestad del Emperador y rey nuestro señor, entregada a su rey de armas Borgoña para que la diese a uno del Consejo del dicho rey de Francia que él le nombrase. Hecha en la villa de Monzón a veinte y cuatro días del mes de junio de 1528 años, firmada por mandado de Su Majestad. -ALEMÁN.»

     »Y yo, el dicho Borgoña, rey de armas, obedeciendo al mandado de la Imperial Majestad, partí de la dicha villa de Monzón el dicho día, que fué a 24 de junio, y me fui a Fuenterrabía, que es en la frontera de Francia, cincuenta y cuatro grandes leguas poco más o menos de Monzón, donde llegué el último día del dicho mes de junio, pensando hallar el salvoconduto del rey de Francia para seguir mi camino, habiendo el rey de armas Guyena prometido a Su Majestad de procurarlo, y también el capitán de Fuenterrabía solicitádolo con el gobernador de Bayona, como me hizo parecer por certificación de las personas que a Bayona para esto había enviado. Y no hallando memoria del salvoconduto, el día siguiente, que fué primero de julio, escribí con un trompeta una carta a monsieur de San Bonet, gobernador de Bayona, del tenor siguiente:

     Carta del rey de armas Borgoña al gobernador de Bayona.

     «Señor gobernador, anoche llegué a esta villa de Fuenterrabía pensando hallar aquí salvoconduto del rey vuestro amo para ir donde él está, como el Emperador, mi natural y soberano señor me ha mandado, y no he hallado memoria de él, de que cierto me maravillo que tarden tanto a enviarlo, siendo para cosa de tan gran importancia; por lo cual os envío este trompeta para saber si el dicho salvoconduto está en vuestras manos, porque me lo podáis enviar, porque después no se pueda decir haber quedado por mí. Y Nuestro Señor os dé buena y larga vida. De Fuenterrabía, primero de julio. -Vuestro servidor, EL REY DE ARMAS BORGOÑA.

     »A esto me respondió el dicho gobernador de Bayona la carta siguiente:

     Respuesta del gobernador de Bayona.

     «Señor rey de armas: recibido he la carta que me enviastes, y cuanto a vuestro salvoconduto hasta agora yo no lo he recibido, mas cada hora espero la posta que lo ha de traer, y en llegando os los enviaré. En esto no habrá falta, con ayuda de Dios, que, señor rey de armas, os dé lo que deseáis. De Bayona, a 2 de julio, año de 28. El todo vuestro amigo, SAN BONET.

     »Haciendo yo solicitar mi salvoconduto, recibí otra carta del dicho gobernador, del tenor siguiente.

     «Señor rey de armas, esta mañana ha llegado la posta del rey, mi soberano señor y amo, que me escribe cómo Guyena, su rey de armas, le había escrito que el Emperador, vuestro amo, vos quería enviar a Su Majestad con la respuesta del cartel que él le había enviado, y me mandó que antes de dejaros entrar en su reino sepa de vos si de la parte del Emperador vuestro amo traéis la seguridad del campo, como él entiende debéis traer. Y que, trayéndola, os asegure y deje pasar por todas sus tierras, haciéndoos el mejor tratamiento que será posible, y acompañaros hasta donde Su Majestad estará. A esta causa vos envío este trompeta, para que con él me aviséis por escrito y de verdad, si tenéis otra comisión más de traer la seguridad del campo. Con esto hago fin, rogando a Dios que os dé buena y larga vida. De Bayona, a 9 de julio. El todo vuestro amigo, SAN BONET.

     »A esta carta yo respondí al dicho gobernador de Bayona, y le envió la respuesta con un trompeta, que es del tenor siguiente:

     «Señor, recibí vuestra carta hecha a 9 del presente, en que decís que el rey vuestro amo os ha mandado saber de mí antes que me dejéis entrar en sus tierras, si de la parte del Emperador mi soberano señor llevo la seguridad del campo. La cual decís entiende el rey vuestro amo que debo llevar; y que con esto me dejaréis pasar por todas sus tierras, diciendo que os haga saber por escrito, y a la verdad, si llevo otra comisión, demás de la seguridad del campo.

     »Señor: cuando yo partí del Emperador no me mandó Su Majestad declarar mi comisión a persona alguna, sino al mismo rey de Francia. A esta causa despaché luego una posta para saber lo que Su Majestad manda que os responda, y hame respondido mandándome os haga saber que llevo la seguridad del campo y otras cosas tocantes al combate, y respuesta al cartel del rey vuestro amo. Por lo cual, de nuevo os suplico me hagáis haber el dicho salvoconduto del dicho señor rey, para que yo pueda ir libre y seguramente a ejecutar mi comisión ante la persona del rey vuestro amo, como el Emperador me ha mandado, y como Guyena, vuestro rey de armas, hizo acá, sin serle puesta dilación, ni requerido ni importunado de declarar su comisión a persona alguna, sino al mismo Emperador. Y a esto os suplico me enviéis vuestra respuesta lo más presto que será posible. Y ruego a Dios que os dé buena y larga vida. De Fuenterrabía, a 16 de julio año de 28. -Vuestro servidor, EL REY DE ARMAS BORGOÑA.

     »A esto el dicho gobernador me tornó a responder en la manera siguiente:

     «Señor rey de armas, recibido he la carta que con éste trompeta me escribistes, hecha a 16 de julio, en que me avisáis cómo luego que recibistes mi última carta, despachastes una posta al Emperador para avisarle de lo en ella contenido y saber su voluntad y intención, y que después el dicho señor vos mandó me hiciésedes saber que traéis la seguridad del campo y otras cosas tocantes al combate, y respuesta al cartel del rey mi amo, sin comisión de decir lo que traéis a cargo a persona alguna, sino a la del rey mi amo. Cuanto a esto yo callo y no me entremeto, por muchas razones. Bien os quiero avisar que el rey mi amo, por el cartel que envió al Emperador por Guyena, su rey de armas, firmado de su mano y sellado con sus armas, le parece haber bien satisfecho a todo lo que el Emperador ha dicho y de aquí adelante contra su honra podrá decir, como aquel que la quiere guardar pura y limpia con Dios y con todo el mundo, y no andarse en demandas y respuestas, y basta haber por el dicho cartel protestado, deseando venir al efeto del combate, que hará cesar las escrituras. Por ende, si el Emperador vuestro amo quiere que vais a Francia a llevar al rey solamente la seguridad del campo, sin otra cosa alguna, como dicho es, hacédmelo saber, y a la misma hora enviaré un gentilhombre a Andaya para que os reciba a la salida de Fuenterrabía y os traiga a esta villa, donde os haré yo buena xera; después os haré llevar por las tierras del dicho señor rey mi amo, hasta que lleguéis donde Su Majestad está, donde creo seréis bien venido. Nuestro Señor os dé buena y larga vida. De Bayona, a 17 de julio año de 28. -El todo vuestro amigo, SAN BONET.

     »A la cual respuesta yo torné a replicare en la manera siguiente:

     »Señor: recibido he vuestra carta del 17 del presente, y por responderos a lo que decís que de este negocio queréis callar y no entremeteros por muchas razones, cierto haréis muy bien como de cosa que a la verdad toca mucho al rey vuestro amo, y a su honra, al cual conviene saberlo y poner en ello la mano. A lo que decís que el rey vuestro amo entiende haber satisfecho a su honra y protestado, por lo que yo le llevo podrá conocer que le converná usar de otro que de escrituras o protestaciones; me parece no ser honesto traerme así y en dilaciones como me traéis, pues que otra vez os torno a declarar que llevo la seguridad del campo, y lo que demás llevo no toca sino al combate y abreviación de él; y siendo así, no me debéis negar ni prohibir la ida a hacer mi oficio, siendo cosa nunca oída que el que habla no quiera oír cuando le responden, y no podría el dicho rey de Francia mostrar mejor a todo el mundo, que no quiere por medio del combate defender su honra que mostrando, como mostráis, que él quiere pretender haber acabado este negocio dando su cartel sin otra cosa. Por esto, y porque el Emperador quiere venir al efeto, yo os requiero esta vez por todas, que sin más dilación me enviéis el salvoconduto del rey vuestro amo, para que pueda libre y seguramente ir a ejecutar mi comisión como acá se hizo con Guyena y muchas veces he escrito; y rehusando o dilatándomelo, yo protesto que he hecho mi diligencia, y lo que al descargo de la Majestad del Emperador mi amo conviene; lo que vos sabéis cuánto importa. Y esperando vuestra breve respuesta de lo que otra vez os suplico, ruego a Nuestro Señor que os dé buena y luenga vida. De Fuenterrabía, a 26 de julio año de 28. -Vuestro servidor, EL REY DE ARMAS BORGOÑA.

     »Después de esto, sin haber respuesta de la dicha carta, le torné a escribir otra del tenor siguiente:

     «Señor gobernador: hoy ha nueve días que con este trompeta vos escribí una carta en respuesta de la vuestra, deseando haber mi salvoconduto, y cuando volvió el trompeta me dijo que le habíades dicho que se volviese, que con otro me enviaríades la respuesta. Y pues sabéis, señor, cuánto tiempo ha que estoy aquí esperando mi salvoconduto, os suplico con este trompeta que os torno a enviar que me lo enviéis, avisándome sobre esto de vuestra voluntad. Nuestro Señor os dé buena y larga vida. De Fuenterrabía a 3 de agosto, año de 28. -Vuestro servidor, EL REY DE ARMAS BORGOÑA.

     »No habiendo recibido respuesta de las dichas cartas, no obstante que el dicho señor de San Bonet hizo decir y vedar al dicho trompeta, como él me refirió, que no volviese más y que fuese con el diablo, le torné otra vez a escribir una carta del tenor siguiente:

«Señor, a 26 del mes de julio pasado os respondí a la carta que me habíades escrito, suplicándoos por ella y por otra que a 3 de este mes os escribí, que me enviásedes el salvoconduto del rey vuestro amo, de que jamás he podido haber respuesta. Por tanto, señor, os ruego que me enviéis el dicho salvoconduto si lo habéis recibido, o que con este trompeta me aviséis de vuestra intención, pues sabéis cuánto tiempo ha que estoy aquí esperando este salvoconduto, como ya otras veces os he escrito. Nuestro Señor os dé buena y larga vida. De Fuenterrabía, hoy miércoles 12 de agosto, año de 28. -Vuestro servidor, EL REY DE ARMAS BORGOÑA.»

     »Después de esto recibí una carta del dicho gobernador de Bayona del tenor siguiente:

     «Señor rey de armas: a esta hora he recibido la posta del rey mi soberano señor y amo, con que me ha enviado el salvoconduto que pedís, para ir seguramente donde Su Majestad está, a ejecutar vuestra comisión, y me escribe estar descontento de mí por haberos hecho tanto tiempo esperar, como podéis ver por su carta, que aquí os envío, la cual os ruego me tornéis a enviar cuando la hayáis visto, avisándome cuándo pensáis venir aquí, por que os enviaré vuestro salvoconduto con uno de mis gentileshombres, que irá hasta Andaya y os traerá a esta villa, y de aquí os haré acompañar hasta donde está el rey. Señor rey de armas, Nuestro Señor os dé buena y luenga vida. De Bayona, a 17 de agosto, año de 1528. -El todo vuestro amigo, SAN BONET.»

     La carta del rey de Francia escrita al gobernador de Bayona, de que arriba se hace mención.

     «Monsieur de San Bonet. Yo he visto lo que me habéis escrito y las copias que habéis enviado a mi primo, el mayordomo mayor, en que he visto cómo en Fuenterrabía está un rey de armas del Emperador que dice venirme a traer la seguridad del campo y otras cosas tocantes al combate y abreviación de él. Y porque yo entiendo que en tal caso el dicho rey de armas pueda venir donde yo estoy, y, ejecutada su comisión, volverse a su amo y llevarle respuesta, salva y seguramente, os envío aquí un salvoconduto conforme al cual lo haréis guiar, bien tratar y hacer la costa hasta el lugar donde yo estuviere por algún discreto gentilhombre; y mirá que no hagáis falta. Y hallo bien extraño que habiéndoos él escrito que trae la seguridad del campo, hayáis tanto dilatado de dejarle venir en virtud del salvoconduto que antes os había enviado. Y a Dios seáis, señor de San Bonet, el cual os tenga en su guarda. Escrita en Fontainebleau, a 13 de agosto de 1528 años. -FRANÇOIS. -El secretario, Bayart.

     »Luego yo respondí al dicho señor de San Bonet en la manera siguiente:

     «Señor: recibido he vuestra carta, con la que el rey de Francia vuestro amo os escribió, la cual vos torno a enviar. Y a lo que me escribís haber recibido el salvoconduto que yo pido para ir seguramente al rey vuestro amo para ejecutar mi comisión, y que os avise cuándo determino ir allá, porque enviaréis el dicho salvoconduto con uno de vuestros gentileshombres que me llevará a Bayona y de ahí me faréis acompañar hasta el lugar donde el rey vuestro amo estuviere. Yo, señor, os lo tengo en merced; y os hago saber, como muchas veces os he escrito, que yo no espero aquí sino el dicho salvoconduto, y que, habido, estoy presto y aparejado para partirme luego, y ir lo más presto que yo pudiere a ejecutar mi comisión ante el rey vuestro amo. Por esto, señor, otra vez os suplico que me lo enviéis, rogando a Nuestro Señor que os dé buena luenga vida. De Fuenterrabía, hoy martes a 18 de agosto, año de 28. -Vuestro servidor, EL REY DE ARMAS BORGOÑA.»

     «El día siguiente, que fué a 19 de agosto, vino a Fuenterrabía un trompeta llamado Martín de Argáin, diciendo que en Andaya estaba el capitán del castillo vicio de Bayona, llamado Pedro Boussousvel, enviado por el dicho señor de San Bonet a traerme mi salvoconduto y guiarme hasta Bayona, el cual salvoconduto el dicho Pedro Boussousvel me enviaba con el dicho trompeta; el cual me lo dió, y el tenor de él es éste que se sigue:

     «De parte del rey. A todos nuestros lugartenientes, gobernadores, mariscales, almirantes, vicealmirantes, bailíos, senescales, prebostes, capitanes, cabezas y guiadores de gente de guerra, así de pie como de caballo, capitanes, maires y eschevines, guardas y gobernadores de buenas villas, ciudades, castillos, fortalezas, puentes, puertos, pasos, jurisdiciones y distritos, y a otras cualesquier justicias y oficiales nuestros, o a sus lugartenientes y a cada uno de ellos en sus lugares, como a cada pertenecerá. Nos queremos y os mandamos que al portador de ésta, que es uno de los reyes de armas del Emperador, llamado Borgoña, al cual con otras cuatro personas y cinco caballos habemos dado y damos buena seguridad e leal salvoconduto, trayéndonos la seguridad del campo, hagáis, consintáis y dejéis venir ante Nos y volverse a su amo salva, franca y seguramente, sin detenerlo, estorbarlo o embargarlo en alguna manera, así a la venida como a la vuelta, su persona ni sus bienes, criados, caballos, ropa ni cualquier otra cosa en cualquier manera que sea. Y si algo de esto le hubiese sido hecho, haceldo luego alzar, satisfacer y quitar, haciéndolo poner en llana y entera libertad y en su primero y debido estado; y en lo demás, recibirlo y bien tratarlo por doquiera que pasare, y darle mantenimientos guías y otras cosas necesarias, con condición, empero, que en el dicho viaje no hará ni procurará cosa alguna contra nuestro reino, tierras, señoríos y súbditos.

     »Fecha en Fontainebleau debajo de nuestro sello secreto, primero día del mes de agosto, año de 1528, firmada por el rey BAYARTE.»

     »En virtud de este salvoconduto, y después de haberlo esperado en Fuenterrabía, pedido y solicitado como dicho es, por término de cincuenta días, me partí de Fuenterrabía para ir a ejecutar mi comisión, y pasado el río que pasa entre Fuenterrabía y Andaya, entrando en el reino de Francia me vestí mi cota de armas, vínome a recibir el dicho Pedro Boussousvel, y me dijo que yo era el muy bien venido en las tierras del rey su amo, y que tenía cargo del señor de San Bonet de llevarme a Bayona. Yo se lo tuve en merced, diciendo que por el trompeta que me había enviado había recibido mi salvoconduto, en virtud del cual había entrado en Francia para ir al rey y ejecutar el cargo y comisión que la Majestad del Emperador me había dado. Llegué a Bayona el dicho día, a obra de seis horas después de mediodía, y queriendo ir derecho al señor de San Bonet, el dicho Pedro Boussousvel me llevó a descabalgar en el mesón del Chapeo Rojo, diciéndome que fuese contento de esperar allí un poco hasta que él avisase de mi venida al dicho señor de San Bonet. El cual señor de San Bonet vino luego al dicho mesón, y me dijo que yo era el bien venido; teniéndoselo yo en merced, le respondí que yo quisiera ir a su posada para decirle cómo era venido allí en virtud del salvoconduto que él me había enviado con deliberación de llegar al dicho rey de Francia lo más presto que fuese posible, para ejecutar el cargo y comisión que tenía del Emperador. Por tanto, le rogaba hiciese de manera que en virtud del dicho salvoconduto pudiese yo libre y seguramente pasar al dicho rey de Francia, como en España favorablemente había sido permitido al rey de armas Guyena. A esto me respondió el señor de San Bonet que él despacharía el dicho Pedro Boussousvel para que me llevase seguramente hasta donde el rey de Francia su amo estaba, y que podría partir el día siguiente por la mañana; y así lo hizo. Que el día siguiente, conviene a saber, a 20 de agosto, yo partí de Bayona y salió conmigo el señor de San Bonet hasta una iglesia que está de la otra parte de la puente del río que pasa por Bayona, y despidiéndome del dicho señor de San Bonet, entre otras palabras, le dije las siguientes, en sustancia:

     »Señor gobernador: bien creo que sabéis cómo de antigua costumbre los oficiales de armas como yo tienen privilegio de ir y venir a cualesquier príncipes, libre y francamente, sin tener necesidad de salvoconduto, demás del privilegio de su oficio, el cual privilegio, como la razón y honestidad lo requiere, ha sido siempre guardado por cualesquier reyes y príncipes, magnánimos y virtuosos así cristianos como también infieles; y aunque yo haya pedido salvoconduto para hacer este camino al rey de Francia, y lo haya solicitado y pedido por diversas cartas, no por eso entiendo romper los privilegios y preeminencias de los oficiales de armas, y lo que yo he hecho solamente ha sido porque el rey de Francia pidió y quiso que su rey de armas tuviese salvoconduto antes que entrase en España a traer el cartel del dicho señor rey. A esto me respondió el señor de San Bonet que el rey su amo había hecho demandar salvoconduto para su rey de armas por ser la materia que llevaba a cargo de tan gran importancia. A lo cual yo repliqué que cuanto de mayor importancia era la materia, tanto más se debía él fiar en los privilegios de su oficio. Y sin insistir más en esto, me partí el dicho día, y conmigo el dicho Pedro Boussousvel. Y llegamos a Estampes, que es obra de catorce leguas de París, a dos días del mes de setiembre del dicho año, a las nueve de la mañana, donde hallamos al rey de armas Guyena, que, como me dijo, esperaba mi venida. Díjome que el rey su amo era ido a caza a Monfort Lamory, y lo había enviado a recibirme porque me hiciese ir a Longemeau hasta que hubiese nuevas del dicho señor rey, y le había mandado que, como me hubiese encontrado, volviese a hacer saber mi venida y a saber dónde quería que yo fuese a hallarlo, y que yo me podía estar aquel día en Estampes, y el día siguiente irme a Longemau. Dicho esto, se volvió al rey su amo, y el día siguiente, que fué a 3 de septiembre, tornó el dicho Guyena a Longemeau a hora de comer, y me dijo cómo había hallado monsieur de Montmorensi, mayordomo mayor del dicho señor rey, y le había dicho cómo el rey era ido diez leguas de allí cazando tras un ciervo, y iba a dormir aquella noche a Ondan, y que le había a él mandado se volviese a decirme que esperase allí hasta que el rey viniese a París, que entonces él me enviaría a decir la voluntad del rey y dónde lo iría a hallar. Y porque yo persistía siempre en querer pasar adelante especialmente a París, por saber más presto dónde podría hallar al rey para ejecutar mi comisión, diciendo que no quería yo más esperar allí, el dicho Guyena, en mi presencia, mandó de parte del rey al dicho Pedro Boussousvel (que, como dicho es, me guiaba) que no me llevase camino de París ni me consintiese ir allá. Entonces yo dije a Guyena que no había él sido así tratado en España, antes, como él bien sabía, le habían permitido ir libremente a su voluntad y sin ser detenido, a ejecutar su comisión sin dilación alguna, y que pues yo tenía salvoconduto del rey, no me debían por razón impedir que no fuese a ejecutar mi comisión, y que los reyes de armas no suelen ser así tratados; protestando que lo diría a la Majestad del Emperador, y donde menester fuese. A esto me dijo el dicho Guyena, con enojo, que si no quería esperar allí, que me convernía andar buscando al rey por los bosques y florestas, y no camino de París, porque no me sería permitido. A esta causa, y por no poder yo saber, a la verdad, dónde estaba el rey, porque me lo encubrían y no me dejaban ir a París, fui forzado a esperar en el dicho lugar de Longemeau hasta el jueves tres días del dicho mes, que vino allí un gentilhombre que decía ser enviado de la parte del rey, por su mayordomo mayor, para que allí me tuviese compañía, y me dijo que esperase allí hasta que el rey viniese a París, donde podría ir a hallarlo. Yo le respondí que no determinaba ni podía más esperarlo allí, antes quería ir a buscar al rey doquiera que estuviese, rogándole que me dijese dónde le podría hallar. Respondióme que no era posible, porque andaba por los bosques y florestas cazando, mas que él esperaba sabría presto nuevas de él, y que el día siguiente los dichos Guyena y Pedro Boussousvel irían al rey a saber su intención, y dónde sería servido que yo le fuese a hablar, y así lo hicieron. Y yo quedé allí con el dicho gentilhombre hasta los nueve de septiembre, que el dicho Guyena me vino a llamar para llevarme a París, donde estaba el rey. Entrando por los arrabales de París me quise vestir mi cota de armas como en las otras villas de Francia había hecho, mas el dicho Guyena echó mano de ella, vedándome expresamente de parte del rey su amo, que no me la vistiese, diciéndome con palabras harto rudas y haciendo burla, que aquello eracosa de un San Nicolás de aldea, y que si él se hubiese hallado en las otras villas por donde había pasado, no me hubiera consentido vestir cota de armas, porque el rey su amo no entendía que el Emperador me hubiese enviado en su tierra para hacer nuevas costumbres. Preguntándome si Su Majestad me lo había mandado, yo le respondí que tenía comisión de usar de mi oficio como conviene y que por derecho de él yo podía y debía traer por do quiera mi cota de armas, como él mismo, siendo oficial de armas, debía saber; pero que si el rey su amo no lo quería consentir, no la vestiría, protestando de hacer relación de todo. Entonces, los dos gentileshombres que me guiaban, me hicieron apear en un mesón en los arrabales, diciendo querían ir a hablar al rey antes que llevarme más adelante, y obra de cuatro horas después volvieron, trayendo consigo dos notarios, y ante ellos me dijeron que si quería entrar en París con mi cota de armas vestida, pasaría gran peligro del pueblo, y si algún inconveniente acá hiciese de mi persona, lo remetían a mi peligro, cargo y fortuna, y que jamás les pudiese ser de mandado, ni reprochado. Yo les respondí que protestaba por el contrario, y que de aquella manera no quería salir de mi posada, temiendo que a la ida y venida no me hubiesen tramado de hacerme algún daño. Entonces los dichos gentileshombres volvieron a París, y cuando tornaron me dijeron que habían hablado al mayordomo mayor del rey, y que a su cargo podía seguramente entrar. Entonces yo me vestí mi cota de armas y entré en París acompañado de los dichos gentileshombres, que me llevaron a posar en casa de un canónigo, detrás de 1a claustra de Nuestra Señora, y guardado por dos archeros que nunca me dejaron mientras estuve en París. Desde a un poco, rogué al uno de los dichos gentileshombres que fuese a decir al mayordomo mayor que yo quería hablar con él. El gentilhombre lo hizo, y el día siguiente por la mañana el mayordomo mayor me envió a llamar; al cual yo dije cómo era venido allí de parte del Emperador a traer al rey su amo la respuesta del cartel que había poco ha enviado a Su Majestad por el de armas Guyena, suplicándole que avisase de ello al rey, y me hiciese saber cuándo me quería dar audiencia pública. Díjome que me volviese a mi posada hasta que me llamasen, lo cual yo hice. Y el mismo día, a obra de las cuatro horas, me envió a llamar que fuese al rey; yo cabalgué luego, y, vestida mi cota de armas, acompañado de gentileshombres, reyes de armas y archeros, vine así hasta el patio del palacio donde el rey posaba, y entré en una gran sala, donde el rey estaba acompañado de príncipes, perlados, gentileshombres y otra gente. Como yo comencé a hacer mi reverencia, el rey sin darme tiempo para hablar, me dijo: «Rey de armas, has tú hecho hasta agora tu oficio como debes, tú sabes lo que escribiste en tus cartas, ¿tráesme la seguridad del campo, como yo en mi cartel escribí al Emperador tu amo? Respóndeme.» Yo respondí: «Señor ¿si seréis servido que yo haga mi oficio y diga lo que por el Emperador me ha sido mandado?» A esto respondió el rey: «No, si no me das primero la patente firmada de tu mano que contenga la seguridad del campo, y no otra cosa, que bien sabes lo que en tu salvoconduto se contiene.» Entonces, queriendo yo demandar licencia para hacer mi oficio, como me había sido mandado, dije: «Sire, la Sacra Majestad del Emperador...» y diciendo esto, el rey me interrumpió mi habla, y me dijo: «Yo te digo que no me hables de cosa alguna, pues no tengo que hacer contigo, sino con tu amo. Mas cuando me hubieras dado su patente, y el campo sea bien asegurado, entonces daré yo licencia que digas lo que quisieres, y no de otra manera.» Entonces dije yo: «Sire, me ha sido mandado que yo mismo lo lea, y después os lo dé, si sois servido darme licencia para hacerlo, o quien habiéndooslo dado pueda acabar mi oficio.» Entonces el rey se levantó súbitamente de su silla, diciendo rigurosamente y con enojo: «Cómo, ¿tu amo quiere poner nuevas costumbres en mi tierra? Yo no entiendo que me use destas hipocresías.» Yo le respondí: «Sire, yo soy cierto que el Emperador hará siempre lo que un virtuoso príncipe por su honra debe hacer»; a esto dijo el rey: «Yo lo tengo a él por tan virtuoso príncipe, que creo lo hará así.» Y diciendo esto, su mayordomo mayor no se qué le quiso decir. Y luego, el rey, rigurosamente y con enojo, dijo: «No, no, que yo no le daré licencia si primero no tengo la seguridad del campo, sin la cual vuélvete como te viniste, y no me digas otra cosa.» «Sire, dije yo luego, sin que vos lo permitáis, ni yo podré hacer mi oficio, ni daros el cartel del Emperador sin vuestra licencia, la cual otra vez os pido, y si no me la queréis dar, porque yo no falte en hacer mi relación, tener por bien por darme por escrito cómo me la negáis, guardándome vuestro salvoconduto para volverme.» El rey, con enojo, dijo: «Yo quiero que le sea dada.» Viendo yo esto, y que el rey no me quería oír, ni permitir que hiciese mi oficio, interrumpiendo mi habla a cada paso, no pude proceder más adelante, y salido de allí me volví a mi posada acompañado como había venido. Después procuré de hablar al mayordomo mayor, y no lo pude hacer hasta dos días después, que le dije: «Señor, al principio acudí a vos para que me hiciésedes haber audiencia del rey y él no me ha querido oír, ni dar licencia para hacer mi oficio, ni dejarme ejecutar mi comisión, en que sin su licencia no he podido proceder; todavía, confiándome en su salvoconduto, y en los privilegios que los magnánimos y virtuosos príncipes, así cristianos como infieles, han siempre guardado a los reyes de armas, como creo que también él hará, porque se conozca que el Emperador hace lo que debe, y que la cosa no queda por él, yo suplico digáis al rey que cuando fuere servido yo le entregaré el cartel del Emperador, que contiene la seguridad del campo, como yo he muchas veces dicho y escrito, y como Su Majestad me lo mandó; y si no lo quisiese recibir, faré de ello mi relación protestando que la Cesárea Majestad lo fará notificar y publicar donde le parecerá conveniente.» Esto le quise yo dar por escrito, pero él me dijo que hablaría al rey, y me respondería; y nunca yo pude haber esta respuesta hasta los 15 de setiembre, que el dicho mayordomo mayor me envió a llamar, y en un gran corredor de palacio me dijo que, por entonces, el rey no me quería dar más audiencia, pues mi comisión era expirada, y me podía volver cuando quisiese. Entonces le dije yo, que pues el rey no era servido de darme audiencia para ejecutar mi comisión, como el Emperador me había mandado, que yo me volvería y faría relación de todo, por donde podrían todos conocer que ninguna cosa queda a falta o culpa de Su Majestad, porque como yo le había rogado que dijese al rey, yo estaba presto y aparejado todas las veces que él quisiese para darle el cartel que Su Majestad le enviaba, que contenía la seguridad del campo y respuesta al cartel que el rey de armas Guyena le llevó. Por lo cual, yo protestaba de hacer dello relación, como dicho es; y que la Cesárea Majestad lo haría publicar en todas las partes que bueno y conveniente le pareciese. Y tras esto le dije luego públicamente estas mismas palabras en alta voz en el dicho corredor, donde estaba el mayordomo mayor y el secretario Bayarte y obra de cien personas que tomé por testigos. Y el mismo día el dicho secretario Bayarte me envió a decir con el rey de armas Guyena, que fuese a su posada. Yo fui luego y quísome dar una escritura, la cual yo no quise recibir, porque no contaba la cosa como había pasado; especialmente no estaban puestas las palabras recias que el rey me había dicho, ni mis respuestas como habían pasado, ni cómo se había el rey de súbito levantado. A esta causa me partí de París a 16 de setiembre, por volverme al Emperador con su cartel y escrituras arriba insertas. Y tornando a pasar por Bayona el primer día de octubre, el dicho señor de San Bonet, entre otras cosas me preguntó cómo había sido tratado. Yo le respondí, que de mi persona muy bien; mas que el rey no me había querido dar licencia para hacer mi oficio. Entonces me dijo el dicho señor de San Bonet: «Eso mismo me pensaba yo cuando por aquí pasastes.» De allí seguí mi camino hasta Madrid, donde el Emperador estaba. Llegué a 7 días del mes de octubre, y di cuenta a Su Majestad de lo que me había encomendado, certificándole de verdad haber todo lo susodicho pasado, como dicho es. En fe y testimonio de lo cual firmé esta relación de mi signo y nombre.

     En Madrid a 7 días de octubre de mil y quinientos y veinte y ocho años.

     EL REY DE ARMAS BORGOÑA.»



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- XXIII -

[Determinación sobre este desafío por el Consejo de Castilla.]

     He visto dos cartas que el Emperador escribió, una al condestable de Castilla, otra al duque del Infantado, y de la misma manera escribió a otros grandes de Castilla y Aragón, diciendo cómo el lunes 8 de junio había llegado a Monzón un faraute del rey de Francia, con un cartel de desafío de persona a persona, a causa de ciertas palabras que él había dicho a sus embajadores y al dicho faraute al tiempo que él y el del rey de Ingalaterra hicieron el desafío general en Burgos. Las cuales él les había dicho, viendo que con el dicho rey de Francia no habían aprovechado algunos medios ni cosas en que él venía deseando asentar la paz en la Cristiandad y creyendo que por esta manera se consiguiría más presto, pues por ella se acababan sus diferencias, y se excusaba la guerra y efusión de sangre, que se esperaba. Por lo cual, y por no ver tantos trabajos, muertes y daños en sus reinos, vasallos y servidores, tuvo por bueno aventurar su persona a trance de batalla con la suya, de la cual (dice) con ayuda de Nuestro Señor, que sabía su intención y su justicia, que a todos era manifiesta y notoria, esperaba la vitoria; y que le dió lugar que hiciese sus autos libremente y en público, porque así se suplicó y así lo hizo, estando presentes todos los perlados, grandes y vasallos que allí se hallaron. Y porque por ser el caso de la calidad y importancia que es, no había querido responder hasta agora, deseando ver primero sus pareceres, porque tenía por cierto que le aconsejarían lo que era más conveniente a su honra y a la destos reinos, que es toda una, y que pues conocían las mañas del rey de Francia y cuánto le convenía responderle con brevedad, porque con la dilación no pudiese tomar ocasión de ponellas en obra, los rogaba y encargaba que, porque su partida de allí sería muy breve, y entendía responder antes de partir, se lo enviasen por escrito en manera que para 25 de junio tuviese la respuesta; que hasta allí, aunque fuese con algún impedimento, se podría esperar, y no más; por lo que era obligado a cumplir con lo que debía.

     Estas cartas se despacharon a 15 de junio, y el duque del Infantado respondió a 20, con muchas cortesías y ofrecimientos de querer poner su persona en el peligro, por sacar de él al Emperador, mas no concluye cosa de sustancia, y en lo que parece que se resuelve más, es en que el Emperador no debe acetar el desafío. El parecer del condestable (que sería diferente por el mucho valor y discreción que este príncipe tenía), no le he visto, sino la carta que el Emperador le escribió agradeciéndole su parecer, en el cual dice que se mostraba bien su prudencia y gran discreción, y el amor que le tenía y lo que deseaba su honra y servicio. De lo cual todo estaba muy satisfecho, y que vistos todos los pareceres se acordaría la respuesta más conveniente y de ella se le avisaría, como a quien tanta parte le cabía de lo que a él tocaba. Que son palabras en que el Emperador mostraba lo que el condestable merecía y cuánto le estimaba.

     Y debió de ofrecer el condestable que quería él ir a Monzón para acompañar al Emperador, porque le dice que el trabajo que quería tomar en ir, se lo agradecía, pero que su ida a Castilla sería breve y entonces habría mejor disposición para que le pudiese ver, de que él se holgaría mucho y le mandaría avisar de su partida y del camino que había de llevar.

     El Consejo real de Castilla, que es uno de los senados graves y acertados que ha tenido el mundo, y de mayores letras, confirió todo junto este caso, y lo que salió desta consulta fué:

     Que vista la fe y testimonio que Borgoña, rey de armas, había dado, certificando todo lo que pasó desde que llegó a Fuenterrabía y entró en el reino de Francia, y después de llegado en París con el rey de Francia, ante el legado del Pontífice y otros grandes caballeros, y de lo que así mismo pasó con su mayordomo mayor; y habida consideración que el faraute o heraldo, preguntado por el rey si llevaba seguridad del campo, le respondió que sí, y le pidió que le dejasen leer el cartel que llevaba, y le dejase usar su oficio, o que le diese licencia y salvoconduto para devolver, y no le quiso oír ni ver lo que llevaba; y visto todo lo demás con todo el estudio y deliberación que en caso tan grande y de tanta calidad se requiría, les parecía de una conformidad que, según razón natural, que es como ley eterna, que a todos obliga, y según el derecho de las gentes, y por las leyes antiguas del derecho militar y hazañas pasadas entre príncipes y caballeros, y conforme a todas leyes y derechos, que el Emperador había cumplido y satisfecho al desafío que se propuso entre él y el rey de Francia, y al honor y estado de su imperial y real persona, y a lo que como caballero y gentilhombre, hijo-dalgo, era obligado, y que el rey de Francia no hizo ni cumplió lo que debía y era obligado como caballero, pues no quiso oír lo que el rey de armas le quería decir, ni le dió lugar para que cumpliese con su oficio y cargo, ni que leyese el cartel, por donde clara y abiertamente fué visto rehusar el campo y la batalla, y que el Emperador no era obligado, ni debía hacer ni mandar hacer otro acto ni protestación, ni diligencia, ni demostración alguna en este caso, como con persona que ni quiso oír ni leer lo que era obligado y debiera saber, porque la denegación del rey de Francia había dado fin a esta causa, y, por tanto, no se debía pasar más adelante, salvo que se hiciese saber lo susodicho a algunos grandes destos reinos, y capitanes de sus gentes y ejércitos, y a otras personas que a Su Majestad pareciese, para que se enterasen de la verdad y de lo que en este caso había pasado.



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- XXIV -

[Comunica el Emperador al reino el parecer del Consejo.]

     Con el parecer del Consejo real, dado con tanto fundamento, valor y prudencia, escribió el Emperador a los perlados y cabildos de las iglesias, queriendo que todos supiesen la justificación de sus hechos, y así, les dice que a todos era notoria la causa por que teniendo preso en estos reinos al rey de Francia le soltó, pareciendo que de lo que con él se había capitulado, resultaría una paz universal, por él muy deseada, para poder mejor emplear sus fuerzas contra los infieles; y que no mirando la buena obra que había recibido, ni al juramento que hizo de volver a la prisión, no guardando lo capitulado, luego que se vió libre hizo ligas y confederaciones para le hacer la guerra. Que envió sus embajadores poniendo otras nuevas capitulaciones, sin haber causa para alterar las primeras. Y que por haber deseado la paz con el dicho rey y con otros príncipes con quien él se había confederado, tuvo por bien tratar de ella de nuevo, y dejar mucho de lo que antes tenía asentado, satisfaciendo a sus embajadores. Pero que el rey no daba seguridad ni quería sacar los ejércitos con que le hacía guerra en Italia; antes pedía que primero le entregase los hijos que tenía en rehenes, para llevarlos libremente a Francia. Lo cual no convenía, porque teniendo los hijos libres, como deseaba, en su mano estaría la guerra. Y que habiendo faltado a su palabra teniéndolos presos, menos se podría fiar de él para las cosas de adelante si estuviesen libres. Que no le concediera las cosas que le daba, según eran aventajadas, si no fuera teniendo delante el servicio de Dios y bien universal, y por tener más justificada su causa ante Dios para la guerra. Y que habían aprovechado tan poco sus cumplimientos y buenas intenciones, que aunque conocía claramente el rey el provecho que de ellas se resultaba, huyendo de la paz no las recibía; antes, hoy, día de la fecha desta, en su nombre y del rey de Ingalaterra le habían desafiado personalmente, amenazándole con guerra a fuego y a sangre, y que él estaba muy satisfecho y tenía de su parte tantas justificaciones para no ser causa de las muertes y males que dellas resultarían, que esperaba en Nuestro Señor (que sabía su intención y sus deseos) le daría vitoria. Pídeles que lo encomienden a Dios, que luego se digan misas y hagan especiales plegarias, sacrificios y procesiones, y en los púlpitos se predique y encomiende a Dios.

     Es su data a 27 de enero de 1528.



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- XXV --

Muerte del infante don Juan. -Muere doña Teresa Enríquez.

     Después de haber comunicado el Emperador con los letrados y grandes de sus reinos, lo que como caballero y cristiano debía hacer en estos desafíos, para seguridad de su honra y conciencia, escribió también a las ciudades, enviándoles una relación de todo este hecho, y diciendo que por ella verían lo que había pasado en el cartel de desafío hecho por el rey de Francia, y la relación que Borgoña, rey de armas, que con el suyo fué a Francia, había traído; de lo que en el viaje le sucedió y con el mismo rey de Francia; y el parecer que sobre ello habían dado los perlados y grandes destos reinos, con el Consejo real de Castilla, y de Estado y Guerra. Y para que a todos constase la justificación que de su parte había, mandó a su secretario Francisco de los Cobos que les enviase la relación dicha. Hízose el despacho en Toledo a 10 de noviembre deste año de 1528, y detúvose tanto porque se imprimió y por otras ocupaciones que hubo.

     No se trataba de otra cosa en la Cristiandad, sino destos desafíos, por ser cosa tan nueva y jamás oída, entre dos tan poderosos príncipes. Y si bien el de Ingalaterra no hizo más de lo que dije en Burgos, no por eso dejaba de dar calor a la guerra, que sangrientamente andaba en Italia, y en todas ocasiones, con palabras y obras, se mostraba enemigo del Emperador, queriendo con tal ocasión dar color, y tenerla a su parecer bastante, para hacer el divorcio desatinado que malamente hizo, repudiando a la reina doña Catalina, su mujer, tía del Emperador y infanta de Castilla, que según opinión de muchos era una santa.

     Cegóse este miserable rey con los amores de una Ana Bolena, de la cual se dejó tanto vencer, que perdió el juicio y razón de cristiano. Dió en mil desatinos (como hacen los pecadores, dando de a abismo en abismo) hasta despeñarse en el profundo, negando la fe católica, cuyo defensor, antes que cegase, había sido. Hay dello historia particular. Y en esta, con esto acabo, reservando lo demás para la segunda parte desta obra.

     Diré primero la muerte temprana del infante don Juan, hijo del Emperador y de la Emperatriz, que fué en Valladolid, en las casas de Francisco de los Cobos, comendador mayor de León, en este año de 1528, viernes a 29 de marzo. La enfermedad que le acabó fué la que los médicos llaman alferecía. Depositaron su cuerpo malogrado en el monasterio de San Pablo desta ciudad.

     Y este año de 1528, mandó el Emperador tener Cortes en la villa de Madrid, y en ellas juró doña Leonor, reina de Francia, como infanta de Castilla, al príncipe don Felipe, y así mismo lo juraron los perlados, grandes y procuradores del reino, y a los que faltaron por estar ausentes, lo escribió el Emperador a 4 de junio.

     Diré asimismo la muerte de una señora notable en sangre y santidad, por lo que merecen semejantes personas. Doña Teresa Enríquez, mujer de gran fe, murió a 4 de marzo. Su vida fué notablemente ejemplar; despreció las honras vanas deste siglo, veneró grandemente el Santísimo Sacramento de la Eucaristía, edificó en Roma una capilla al glorioso mártir español San Lorenzo, gastó su hacienda en hacer custodias para el Santísimo Sacramento en diversas iglesias, dió velos, hizo sagrarios donde con decencia estuviese, mandó dar hachas para cuando le sacasen de la iglesia, envió clérigos honestos por diversas tierras y provincias, a visitar el Santísimo Sacramento, y donde hallaban que había necesidad, proveía luego. Dió cálices y ornamentos; daba salarios a hombres que en los lugares a boca de noche andaban tañendo una campanilla por las calles, pregonando que todos rogasen a Dios por los fieles difuntos, como ya es loable costumbre en toda la Cristiandad. Hizo otras muchas otras de piedad y [pasó] su vida con rigor y abstinencia. Y así fué el fin cual ella, y por ella digna de mil alabanzas, y desta eterna memoria debida a los justos. Decienden desta señora muchos grandes y caballeros de Castilla.



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- XXVI -

Qué oficio es el de rey de armas. -Feciales. -Héroes, heraldos. -Nájara. -Lo que es de este oficio. -Hernán Cortés.

     Oblíganme los desafíos de nuestros príncipes a decir qué es y ha sido el oficio de los reyes de armas, por cuyos medios andaban sus carteles y a decirse palabras de tanta cólera y pasión en público y en secreto, guardándoseles tanto respeto a reyes de armas, por razón del oficio que tenían.

     Por las historias de griegos y romanos parece la institución de los feciales, que son los que llamamos reyes de armas, y la autoridad que tenían entre los príncipes, que se servían de ellos en las ocasiones de paz y guerra para juzgar en todo juntamente con el Senado o magistrado y general del ejército, y lo que se concluía, los feciales lo denunciaban, y estaba a su cuenta pedir al enemigo que restituyese lo que injustamente tenía usurpado, y satisfaciese los daños y otras cosas concernientes al bien, conservación y autoridad de la república; como parece por las leyes de las doce tablas, capítulo De fecialibus.

     Isidoro y Nauclero dicen que en la monarquía de los asirios, que fué la primera del mundo, había feciales, denunciadores de la guerra y de la paz. Y a lo que esto decían se daba tanto crédito como agora se da a las firmas y escrituras auténticas. Eran entre todos los cristianos respetados, y si en alguna parte se les impedía el camino, o hacían mal tratamiento, las demás provincias se ofendían y lo tenían por hecho bajo, feo y sin honra; así dijo Catón, Fecialem ne laedito; y el emperador Federico, año 1486, privó de honra y buena fama al que ofendiese por hecho o palabra al fecial, heraldo o mensajero.

     Eneas Silvio, Senes, que fué Pío II, refiere en una carta suya lo que de los feciales trata Tucídides, historiador griego. Dionisio, llamado Liber Pater, y por otro nombre Baco, que permitió el uso del vino a los franceses y españoles; que el emperador Probo, volviendo victorioso de las Indias, escogió cierto número de soldados viejos y hizo un colegio de ellos, dándoles por retor y cabeza a Espartebas, y los llamó sus héroes, nombre griego que en nuestra lengua suena noble, ilustre. Y Pitágoras los llama divinos y casi dioses. Y de aquí se tomó el nombre de heraldo, que es lo mismo que fecial y rey de armas.      Alejandro Magno instituyó esta orden de reyes de armas, señalando número de ellos, dándoles notables privilegios, y que vistiesen oro y seda, y con túnicas reales, que son las cotas de armas; y traíalos siempre consigo, y consultaba con ellos la guerra, y las ofensas que se les hacían tenían el mismo peso que el crimen de la majestad ofendida.

     Ordenándose la república romana en tiempo de sus primeros fundadores se hizo un colegio de feciales, que se llamó el colegio santo, en el cual hubo hasta veinte caballeros. Había asimismo caduceatores, que llenaban en las comisiones el caduceo de Mercurio, como se ve en las monedas de aquellos tiempos, de las cuales tengo algunas. Dicen que se llamaban feciales porque les tocaba el hacer y tratar las condiciones de la paz y de la guerra.

     En las historias sagradas se halla que Saúl, David, Salomón y otros reyes y capitanes de Israel, tuvieron estos oficiales para el mismo efeto. Séneca dice que Julio César honró mucho este oficio, y lo mismo hicieron otros emperadores romanos, y lo daban por honrar a los soldados viejos. Y los reyes de España, si bien no tan curiosos, usaron de ellos, como se ve en la catedral de León y en los entierros reales de Santa María la Real de Nájara, casa de mi profesión, insigne en España, donde están los feciales, heraldos o reyes de armas con las cotas reales delante de las sepulturas de los reyes que allí están sepultados.

     El emperador Carlo Magno autorizó mucho este oficio. Dióles grandes libertades y privilegios de franqueza y nobleza. Mandóles traer las cotas con las armas del título de la provincia que dió a cada tino.

     Es oficio del rey de armas determinar las dificultades que se ofrecieren en ellas, juzgar de las insignias y blasones, asistir junto a la persona real cuando armare caballeros. Hanse de hallar en los desafíos que se hacen con autoridad real. Cuando un caballero es desafiado y no parece, el rey de armas publica su mengua y arrastra en vituperio sus armas públicamente, hasta que un pregonero o verdugo las cuelga y clava en la picota, como pesos falsos. Cuando algún caballero ha hecho alguna bajeza o traición y se sienta a la mesa con otros nobles, el rey de armas, siendo requerido, le ha de cortar los manteles delante de él y volver su pan. Deben escribir y registrar fielmente en sus libros las armas y nombres de los que por sus hechos alcanzan nobleza. Y han de dar armas a los que de nuevo reciben la nobleza de mano el príncipe. Cuando el príncipe quiere publicar algunos carteles de justas o torneos fuera del reino, el rey de armas ha de llevar el blasón o blasones de los mantenedores.

     Tenían sus derechos cuando los reyes, príncipes y duques se casaban; cuando se bautizaba algún hijo de rey o príncipe; cuando se casaban los duques, marqueses o condes, y cuando el rey creaba un duque, los reyes de armas le ponían el manteo ducal de grana forrado en armiños. La corona y espada la daba el condestable de parte del rey; y en esto, y en la creación de un marqués o conde, tenían sus derechos señalados.

     Entran con los reyes en los recebimientos solemnes que se hacen en las ciudades del reino, y se les debe a cada uno un marco de plata. Otros intereses les solían correr por otras ocasiones.

     Intitúlase el rey de armas, de alguna provincia, como Borgoña, Castilla, Aragón, pero ninguno puede tomar el título general de todos los reinos, como España o Francia.

     Solían en tiempos antiguos visitar la provincia de su apellido cada tres años, para saber y reconocer todos los nobles, y cómo usaban de las armas. Si hallaban diferencias sobre ellas, los reyes de armas las determinaban. En tiempo de guerras podían pasar y volver libremente por las tierras, y por medio del ejército de los enemigos. Habían de avisar a los capitanes del día de la batalla, y en tal día caminaban delante del estandarte real, o del general del ejército, y al tiempo del pelear se retiraban en tal parte que podían ver los que mejor peleaban, y acabada la batalla reconocían los muertos y trataban del rescate de los presos, y por la relación que hacían al general del ejército, premiaba a los que habían peleado.

     En los entierros y pompas funerales de los reyes y personas de sangre real, solían, como maestros de ceremonias, acompañar y guiar los señores, cada uno según su dignidad y estado, al entrar y salir de la iglesia, y al tiempo del ofrecer llevaban las velas, oro y plata y pan y vino que se ofrecía, y ponían y quitaban las capas de luto a los príncipes.

     Cuando el Emperador recibía la corona, eran de los reyes de armas los vestidos que se ponía aquel día, y más cuatro marcos de oro, y lo mismo cuando se coronaba el rey en su reino. En las fiestas, justas y torneos reales, se han de dar los premios por mano de los reyes de armas, y asimismo cuando se leyeren algunos carteles de desafíos, treguas o paces, son de los reyes de armas los tablados donde se publican. Llevan los collares de la orden del Tusón a los príncipes y señores cuando el rey los envía fuera del reino, como los llevó Juan de España, rey de armas, hombre noble y muy conocido en nuestros tiempos que se intituló Flandes, al duque de Florencia, y al duque de Urbino, a Vespasiano Gonzaga y al duque de Terranova, de los cuales recibió ricos dones y le hicieron muchas mercedes más de lo que de derecho se le debía, como acostumbran semejantes príncipes.

     Estas y otras preeminencias tienen los de este oficio, que por no cansar las dejo para otro lugar donde las podrá tratar quien sea más interesado.

     En este año de 1528, fin de él, estando el Emperador en Toledo, vino a esta ciudad el famoso y digno de perpetuo nombre Hernando Cortés, después de haber conquistado la Nueva España y otras muchas provincias, mayores que Europa, venciendo innumerables gentes, prendiendo y justiciando reyes muy poderosos y otros príncipes, padeciendo hambres, peligros y otros trabajos que jamás capitán del mundo sabemos haya padecido, perseguido de la envidia y malas intenciones, casi desterrado de las tierras que con tanto afán ganó, sospechoso y algo indignado el Emperador con falsas relaciones. Seguro Cortés de su inocencia y cierto de sus merecimientos se puso a los pies del Emperador, que viendo las relaciones de sus hazañas, lo recibió y honró como merecía; y estando enfermo, lo visitó en su casa, y antes de partir para Italia le hizo marqués del Valle de Huaxacas, a 6 de julio de este año, y capitán general de la Nueva España, de las provincias y costas del mar del Sur, y otras mercedes como Cortés le merecía y mayores.

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