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61

Cfr. «Spain», The Westminster Review, Abril 1824, Londres, pp. 290-1.

 

62

No obstante, en el ejemplar correspondiente al mes de Octubre de 1826, se elogia el modo «nuevo, pero muy filosófico» con que la Carta constitucional portuguesa aprobada en Abril de ese mismo año, e inspirada en las tesis de Constant distribuía los poderes del Estado al añadirse a los tres clásicos poderes un cuarto, el «moderador», en manos del Monarca, t. 6, pp. 219-220.

 

63

Cfr. SARRAILH, J., Un Homme d'Etat espagnol: Martínez de la Rosa (1787-1862), Burdeos, 1930; DIEZ DEL CORRAL, L., El Liberalismo Doctrinario, Instituto de Estudios Políticos, Madrid, 3.ª edición, 1973, p. 504 y ss. DE CUETO, Leopoldo A., Biografía del Sr. Conde de Toreno, op. cit., pp.. XXXIII-XXXIV; ALCALÁ GALIANO, Antonio, «Recuerdos de un Anciano», B. A. E., t. LXXXIII, p. 230

 

64

Sobre este periódico, que se publicó en París de Septiembre a Diciembre de 1830, dos veces por semana, vid. SEOANE, María Cruz, Oratoria y Periodismo... op. cit., p. 190.

 

65

Sobre Borrego, Vid. DE CASTRO, Concepción, Romanticismo, periodismo y política: Andrés Borrego, Tecnos, Madrid, 1975, y OLIVA MARRO-LÓPEZ, Andrés, Andrés Borrego y la política española del siglo XIX, I. E. P., Madrid, 1959.

 

66

Sobre este articulación es de obligada consulta el clásico estudio de VILLARROYA, Joaquín Tomás, El Sistema Político del Estatuto Real (1834-1836), I. E. P., Madrid, 1968, passim.

 

67

A este respecto, vid. MARICHAL, Carlos, La revolución liberal y los primeros partidos políticos en España, 1834-1844, Cátedra, Madrid, 1980.

 

68

Madrid, 1855.

 

69

Sobre este punto me extiendo en mi Estudio Introductorio a Jaime Balmes, Política y Constitución, C. E. C., Madrid, 1988, pp. LXVIII a LXXIII.

 

70

Cfr. GARRORENA MORALES, Ángel, El Ateneo de Madrid y la Teoría de la Monarquía Liberal (1836 1847), I. E. P., Madrid, 1975.

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