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811

Esta argumentación podría estar inspirada en el Discurso sobre la legislación y la historia, leído por Jovellanos con motivo de su recepción en la Academia de la Historia (BAE, t. XLVI, página 291 a y b) . Sobre esta cuestión, cf. S. SARRAILH: L'Espagne éclairée..., págs. 588-600, y, más generalmente, los tres últimos capítulos.

 

812

«... Y la ley misma/osó tal vez al tribunal severo/llamar de la verdad, por la inmutable/ley que en mí escribió el dedo del Muy Alto...» (Sobre la ambición, Rev. hisp., 1897, pág. 279.)

 

813

Cf. Disc. For., pág. IV. Se comprueba en los Dictámenes, donde el editor dice: «Cómo sabía su autor sacar partido de las causas más pequeñas y menos interesantes, para promover expedientes generales y solicitar providencias y leyes que cortasen abusos, o encaminasen al bien comunal. Así opinaba él debían hacerlo los fiscales y no contentarse siempre con dar un simple informe en los expedientes o reclamaciones particulares que les permitían elevarse a miras superiores».

 

814

Sièc1e de Louis XIV, cap. X, ed. cit., pág. 143.

 

815

Registro de las consultas que hacen las Juntas creadas para la decisión de los negocios pendientes en el Consejo, año de 1809 (A. H. N., Consejos, leg. 51583/6).

 

816

LA FÓREST: Correspondance, t. III, pág. 135.

 

817

El entiende «desde el reinado de Carlos IV». La cuestión es recordada de nuevo en los mismos términos a propósito del Concordato francés (t. VII, págs. 120-123, carta de 1 de marzo de 1813). Era una idea cara a Jovellanos, y Meléndez ya la había expresado en la epístola XI, sobre la Calumnia (BAE, t. LXIII, pág. 214):


Tienta ilustrado que recobre el César
La parte del poder, que en siglos rudos
De densas nieblas le robó insidiosa
Extraña mano, a su interés atenta;
Tiéntalo sólo, y la calumnia clama
«¡Impiedad, impiedad!» con grito horrible.



 

818

MELÉNDEZ: Disc. For., pág. 218: «Que la iglesia, después de su paz y en el tiempo de su mejor disciplina, no conoció ni ejerció esta autoridad»; y también, ibid., pág. 220: «... Y volverían las cosas al punto que tuvieron antes que el error las confundiese, y cual las hallamos en los tiempos de la más pura disciplina de la Iglesia».

 

819

Ibid., pág. 222: «Los obispos y sacerdotes del Señor empezaron a figurar más que debieran en asuntos y negocios civiles; y la Iglesia con esto vio turbada su paz...»

 

820

Ibid., pág. 221: «declarándoles (Jesús a los apóstoles) expresamente no ser su reino en este mundo...».