Asamblea legislativa del estado de Cundinamarca

Registro bibliográfico

  • Título: Asamblea legislativa del estado de Cundinamarca
  • Autor: Becerra, Roberto
  • Publicación original: Bogotá: Imprenta de Vapor de Medardo Rivas, 1884
  • Descripción física: PDF
  • Nota general:
    • Documento en el que se reseñan los proyectos de reforma a la constitución del estado de Cundinamarca.
  • Notas de reproducción original: Digitalización realizada por la Biblioteca Virtual del Banco de la República (Colombia)
  • Notas:
    • Cundinamarca (Colombia)
    • Resumen: DEL ESTADO DE ~UNDINA MARCAI l' ~ LJ6 ROllEIITO BECERRA. PROYECTO 4." DE 1885, de Bcto reformatorio do 1.. Ccnetitueiéa, La. .Asamblea Legislativa del Estado Soberano de Cundinamarca. DECRETk .Art. 1." El Tribunal Superior del Estado se campan. drá de cuatro Magi tralla', que elegirá la Asamblel~ tan lu égo como quede sancionado el presente acto. El período de duración de los Magistrados será de cuatro año s, contados de 'de el 1." de Enero del afio si. guioute á su elecci ón, y podrán ser ree legidos indefini­damente. Art. 2." Cada uno de lo Magistrados del Tribunal uperior gozará del sueldo anual de dos mil cuatrocien­tos pesos. Parágrafo 1." E ta asignación se cubrirá. por men­sualidades vencidas, de preferencia á. cua lquiera otro gasto. Panígrafo 2.· De la misma manera se pagarán los sueldos de los demás empleados del Poder Judicial. Art, 3.° El Tribunal uperíor qu e se instale en virtud de este acto, procederá á nombrar en los primero quiuce día s del mes de En ero el J uez del E tado los J ueces de Circuito y los demás empleados cuyo nom'bra ­miento le esté atribuído por la Coustituoión 6 la ley. Parágrafo 1." El período de los J ueces de Uircuito, el del J uez elel Estado, el de los Notarios y Regí tradores, será de cuatro afias contados desde el 1." de Febrero del mes sigui ente á. su eleccién. Pa rágrafo 2: Lo actuales Jueccs de Circuito, el J uez del E tado, lo Notarios y Regi ·tradores continua­rán en el de empeño de u funciones hasta que empie­ce el período de que trata este artículo. Art.4.0 El Magistrado ú Juez que no despache los negocios que estén á su cargo, demorándolos por más de noventa días de pué de cumplido el t érmino que tie­ne para ello, ení suspendido de 'u destino por el perío­do de un añ o, llamando e entre tan to al re pectívo u­plente para que ocupe la plaza j é te quedará sujeto, á so vez, á la misma pena, llegado el cas o. Par ágrafo. La declaratorio de so pen ión de que trata e te articulo, se hará, re pecto de los Magistrado , por la Asamblea Legi Intiva, y de lo Jueces, por el Tribunal , de oficio 6 por denuncio comprobado de cual­qui er particular, Art. 5.· En los términos de este acto queda refor­mad o el acto 3.° de 20 de Octubre de 1881, reformatorio de la Consti tución. Presentado á la IIonorable Asamblea Legislativa, en la ses ión del día 28 do Octubre de mil ochocientos ochenta y cuatro , por los ciudadanos Diputados Epifa­nio Wie ner, J uan ubillos, Peregrino Cnmurgo, Miguel .Aguilcra, Lino Ruiz, J . J oaquín Gaitán, Hermógenes Gaitán , Bernardin o Puerto, '. lruz Tormí Guzrmín, Ram ón luéllar, Ca rlos Zamora G., Manuel Márquez) Ri­cardo Van egas K, Antonio Roldá n, Ram ón F. Ord6iícz, Heliodoro de In. Torre, enón ,Mart ínez, Carlos [ar­t ínez Silva, A. B. Cuervo, J ua n N. Mélldez, Claud ia Sánchez León, Isaías Luján. PROYECTO DE LEY '1U. ....lAblClCO ci t rtA ilI"'p"oi<hd.., La Asamblea Legislativa del Esta.dosoberano do Cundina.marca DECI!F.TA: Art, 1.0 Los Diputados ti la Asamblea Legislatira durante el per íodo para que han sido electos, y aun cuando renuncien su pu esto en la Asamblea, no pueden ser nombrados por el Tribunal Ó entidad qu e deba ha. cer cl nombramiento respectivo, Jueces del írculo ó del Eitado, .l Tota rio , ni Regí tradore de Instrumentos públicos. Art. 2: Los nombramientos que se hagan en con­travención á lo dispuesto en el artículo anterior, 110 da ­rán al nombrado carácter lega l alguno para desempeñar el empleo, y los ncto que ejecute en ejercicio de él, se­rán nulos y de ningrín va lor, sin perjuicio de la re pon­sabílidad legal en que incurra tanto el nombrado, i to­ma posesión, como la entidad que haga el nombramiento. Art. 3," Lo di puesto en el artículo ant erior es apli ­cable á los nombramientos que se hagan en contraven­ción á 10 di pue to en el articulo 60 de la Constitución del Estado. Presentado á la Honorable Asamblea Legislativa del E tado por los infra eritos Diputados, Marco , P i ~a n o E., p. Rey Rodrtgnez, imón de Herrera Antonio Roldán, Manuel ~fárquez .Tosé H. Aral íjo, {sala Lnj án , Ruperto Cundia, José Iguacio Bar­berí, Lino Ruiz, J uau Cubill o , Carl a ' Zamora G" Clau­dia SanchezLeón, Juan N. Méndez, G, Vergam, Leopol­do Cervantes, Uornelio Jiménez , 1 auro Hernández, Ole­ga rio Mart ínez, Eduardo Pácz R., Bemurdiuo Puerto , Heliodoro de la Torre, Ricardo Vanégas E., Ignacio am­pedro, El prim ero de esto proyectos fué aprobado cn pri­mer debate y pas o á egunrlo en votaci ón nominal, pOI' 19 vot os añrmatlvos contra 11 negativos, Fueron añr­mativos lo. de los ciudadano. '. Cruz, Juan lubillos, RamónCu éllar, Antonio B. Cuervo, Heliodoro de la Torre, Tomás Guzmáu, ,J. J oaquín Gaitan, Herm ógenes Gaitan, Cenón Mart ínez, Oarlos Mart ínez ilva, Manuel Mar­quez, Bemardino Puerto, Demetrio Rey Rodríguez, An­tonio Roldán, Lino Ruiz, Claudia ánchez L" David Vcjarano, Epifani o Wie ner y Carl os Zamora G. Fucron necativo los de los señores Lisandro Aco ·ta J O'é Ir..~rnlíjo, Leopoldo Cervantes, Isauro Herrutndez, im6n de Herrera, Cornelio J iménez. Oarlo Muñoz, Eduardo Pdez, Marco A. Piznn o, Iznucio Saui­pedro y J o é Ignacio Barberi, El 2.° proyecto filé aprob do en prim er debate y pa só á 2.· en votación nominal por 21 votos afirmativos contra 5 necativo . Fueron lo prim ero. lo. de lo eluda­dan os Jo é n. Arm(jo, J o é Ignacio Barberi, Leopoldo Cervante " Juan ubi llos, Antonio B, Cuervo, Heliorloro de la Torre. 1'aura Hernandez, im6n de Herrera, COI'· nelio J iménez, Carlos Martinez , ilva, Manuel Má r q ue ~ Garla Muñoz, Eduardo PÚ'JZ, Marco A. Pisano, Beruar­dino Pu erto, Demetrio Rey Rodrígu ez, Antonio Ruldrín, Lino Ruiz, Ignacio .•nmpedro, llauilio Siínchez, David Vejarano y a rlos Zam ora G. Votaron ne ativumeute los ciudada no Li nndro co 'la, Ramón u éllnr, Tornd Guzmán, llerm6gcnc Gllitán y Epifanio Wi ·'ner. Secre1arla de la .Asll/llh!ea-Bogotá, Octubre ~9 de 1 1. l'ublíque e en hoja \'olante )" en el • Regi tro fl· eial ," por rc 'oluci6n de la Asamblea. El Oficial Mayor,
    • Resumen: Cuerpos legislativos; Jueces; Legislación; Nombramientos; Decretos
    • Dominio público
  • Forma/género: unidad documental
  • Idioma: español
  • Institución origen: Biblioteca Virtual del Banco de la República
  • Encabezamiento de materia:

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