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Notas600. Crón. del Rey D. Juan II, año 1420, cap. IV. 601. Crón. del Rey D. Juan II, año 1420, cap. XVII. 602. Crón. del Rey D. Juan II, año1422, cap. XX. 603. Sempere, Histoire des Cours d' Espagne, chap. XIX, y el mismo en su Hist. del Derecho español, lib. III, cap. XXV. 604. Garibay, Compendio historial, lib. XVI, cap. XXXIX. 605. Generaciones y semblanzas, por Fernán Pérez de Gumán, cap. XXXIII. 606. Crónica del Rey D. Juan II, año 1422, cap. XXI. 607. L. 1; tít. II, lib. II del Fuero Viejo de Castilla; 1. 2, tít. I, lib. III del Fuero Real; 1. 5, título III, Part. IV. 608. Ya se citan los «alcalles de adoanas» en el cuaderno de las Cortes de Madrid de 1329, dado al concejo de Niebla; pero no en el dado al de Plasencia, que tiene mayor autoridad. La petición 53 que trata de los alcaldes de las aduanas, se halla en el de Niebla con otras variantes. 609. Crónica del Rey D. Juan II, año 1423, cap. I.
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