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[327] Capítulo XXVIIAuto particular de fe de 1.º de septiembre de 1773. -Causas falladas por el Tribunal hasta fines del siglo pasado. -Reos procesados por lectura de libros prohibidos. -Atrasos que experimentan las rentas del Santo Oficio. -Datos acerca de algunos de sus ministros. -Pónense a venta los oficios de la Inquisición. -Se procesa y suspende al inquisidor Pedro de Zalduegui. -Últimas causas de fe. -Supresión del Santo Oficio. -Inventario de sus caudales y efectos. -Saqueo de sus oficinas por el pueblo. -Restablecimiento del Tribunal. -Su abolición definitiva. Uno de los últimos autos de fe de que haya constancia en los documentos que nos han servido para la compaginación de este libro, fue el que se celebró el 1.º de septiembre de 1773 en la capilla del Tribunal, con presencia de ocho reos, sólo de dos de los cuales conocemos sus nombres y delitos: José Joaquín Santisteban y Padilla, arequipeño, por haber predicado, celebrado misa y oído de confesión sin ser sacerdote, y José Calvo de Arana, natural de San Lúcar, por bigamia (216). Un examen atento de los papeles que se conservan de esta época, hasta la extinción del Tribunal, nos permite, sin embargo, añadir todavía a la ya larga lista de nombres que tenemos apuntados, los de las personas siguientes: En 1759 fue acusado de hereje el francés Pedro Fos, natural de Grenoble, hijo de padres protestantes, cocinero de oficio; habiéndose suscitado en su causa tal discordia que mientras el Ordinario pretendía que se le considerase como hereje formal, Amusquíbar y Grillo sostenían que debía admitírsele a reconciliación, desistiendo (217) el primero en cuanto a la confiscación de sus bienes (que ascendían a cinco [328] mil pesos) por cuanto era hereje nacional y no facto, como quería el Ordinario, apoyándose en que ya se le había informado de que la fe de la Iglesia católica era la infalible. En Quito, un jesuita era obligado, en 1761, a recoger un sermón que había publicado, advirtiéndosele que no lo reiterase y que se abstuviese de predicar durante un año, lo que motivó de parte de la Orden una apelación a España (218). Ese mismo año se denunció el teniente cura de Cuyoacán por solicitaciones, siendo penitenciado diez años más tarde. En 1762 se procesaba al jesuita Mateo de los Santos, que se hallaba en Roma, también por solicitante. En 1769 se remitió al Consejo la causa de José Camborda, natural de la Mancha, denunciado de que estando en cierta casa había dicho que los jesuitas eran herejes, que San Ignacio no era santo, y que en el bolsillo andaba trayendo con qué probarlo. En la declaración jurada que prestó con este motivo dos años más tarde, se afirmó en lo dicho, «pues admitían a tantos de las naciones infectas habiendo leído en un Mercurio de España, que los jesuitas hacían voto con expresión de no obedecer a los monarcas, ni al Papa, sino en cosas de misión, lo que era herejía conocida; y en cuanto a San Ignacio, negó que hubiese dicho que no fuese santo, sino que tras la imagen del Santo, en un cuarto de un jesuita, se había hallado un papel en que se decía que había sido canonizado a empeño de muchos monarcas... Y visto que excluye toda sospecha, se le advirtió que excuse iguales conversaciones con todo género de personas y especialmente con gente laica.» En 1771 se denunció al negro José Feliciano de la Oliva, penitenciado ya por supersticioso, y que hubo de serlo más tarde en 1779. Aquel mismo año, el franciscano limeño Manuel de Colmenares, cuya causa se mandó suspender en 1778, fue testificado de solicitante por varias mujeres y, entre otras, por una lavandera de diecinueve años de edad, que le acusaba de haberle dicho en medio de su confesión: «Me has descompuesto, me has hecho mucho daño, me has muerto, tú eres muy ardiente; ¿quié te tentó a que vinieras aquí?» En 17 de marzo de 1772, el Tribunal remitió la causa de María de Jesús Cornejo, alias la Jabonera, por hechicerías. Fue esta mujer denunciada en Lambayeque, en enero de 1756, por Luisa Guerrero, [329] casada, de cuarenta años, quien «en descargo de su conciencia» la acusó de que tenía tratos con brujos, que usaba de unos polvos amarillos que le llevaba un mestizo serrano, con los cuales vio que se untaba ella y varios amigos, y que preguntada por la eficacia de esta receta, dijo que era para no estar pobre y para que los hombres la quisiesen; que estuvo en ilícita amistad con un hombre que se hallaba para casarse, de quien dijo que no lo había de hacer, y en efecto el novio vino después donde ella, y que a poco después de entrar a su casa se supo que estaba moribundo a causa de cierta bebida que le diera en un mate; que una noche se la había encontrado en una rueda de indios, en figura de tigre, bailando y mochando en lo oculto de unos bosques; que había dado a guardar a cierta mujer un talego y que abriéndolo ésta por curiosidad, había encontrado dentro uñas, cabellos, piedras y otras cosas, de cuyo hallazgo sintió la Cornejo pena extremada, diciendo que ya no se casaría con ella el sujeto a quien amaba y que antes la aborrecería; y tenía una piedra negra redonda con la cual refregaba a sus hijas para que las quisiesen, hasta tanto que la piedra sudaba gotas gordas; que tenía amistad con un brujo de la tierra a quien hacía muy buen agasajo, y que cada vez que venía limpiaba las paredes con un gallinazo para tener buena fortuna; etc., etc. Recibidas las declaraciones de los testigos, el Tribunal mandó calificar los hechos a los principales frailes, teólogos y doctores de la Universidad, quienes se pronunciaron porque la mayoría de ellos eran supersticiosos y la rea vehementemente sospechosa en la fe, con lo cual la Jabonera fue puesta en la cárcel y a buen recaudo. Era entonces como de sesenta años, dos veces viuda, mediana de cuerpo, gruesa, de grandes ojos azules, «a quien habiéndola registrado el alcaide, no le halló cosa alguna de las prohibidas». Declaró que era católica, que como tal se confesaba y comulgaba; signose y santiguose, dijo el pater noster, avemaría, credo y salve en romance, y en cuanto a sospechar la causa de su prisión, que sería porque viviendo en malas relaciones con una hija suya don Pedro Albo, la Guerrero, envidiosa de tan buena fortuna, le gritaba públicamente que era una hechicera, bruja arbolaria, y que no había de parar hasta ponerla en el Tribunal. Mas, quiso la buena suerte de la acusada que fuese defendida por el Marqués de Casaconcha, que tomando con celo su defensa, justificó que todo debía atribuirse a imaginación de mujeres. [330] En 1776 se denunció por blasfemo a un esclavo de Guillermo Miquena (Mackenna), siendo su causa fallada cuatro años más tarde. En 1777 fue acusado José González de la Cámara por doble matrimonio, y penitenciado en 1781. En 1778 fue testificada de supersticiosa y curandera la negra Juana Echavarría y salió en un autillo que tuvo lugar en la sala de audiencia al año siguiente, en compañía del negro Pedro José Zavala, guayaquileño, a quien se denunció en Huamanga por blasfemo, y de Paula Molina, alias la «Pan y queso», casada, pescadora, por supersticiosa, embustera y jactanciosa. En el año 1779 se procesó a fray Francisco Bueno, misionero de Ocopa, por solicitaciones hechas en Córdoba, y al presbítero José Ignacio Gutiérrez por hechos análogos ocurridos en Tarija. También lo fue en Ica, por el mismo motivo, José Manuel Basualdo, pero su causa sólo se falló en 1794. En 1782 se penitenció en Lima por polígamo a Bernardo Idobro Cabeza de Vaca. Por estos años ocurrió, según parece, una nueva complicidad de judaísmo, pues en 1774 escribía el Tribunal que las solas causas que había pendientes eran trece de esta especie, «de ninguna sustancia, y las dos restantes, agregaba, poca esperanza de adelantar su justificación». Nombrábanse los reos Amaro de Sosa, Gregorio Nombela, Antonio Gribaldo, Agustín Ortiz, fray Javier Olivos, expulso de San Francisco, Antonio Cava, Francisco Blanco, Bernardo de Silva, José Fernández, Juan Dorado, Antonio Correa, Rosa Argote y María Bravo. De los procesos de esta época fueron sin duda los más notables los seguidos a algunas personas por lo referente a libros prohibidos. En virtud de orden del inquisidor General, en 20 de octubre de 1748, el Tribunal mandó suspender las licencias concedidas a algunas personas para leer semejantes libros, y es lo más probable que se cumpliese al pie de la letra con esta disposición, pues en los anales del Santo Oficio no encontramos expediente alguno sobre esta materia, hasta el año 1782, en que ocurrió la denuncia de Santiago de Urquizu. Era éste un joven de edad de veintiocho años, balanzario de la Casa de Moneda de Lima, e hijo del oidor decano de la Audiencia, don Gaspar de Urquizu Ibáñez. Su padre, que lo destinaba a figurar en la Península, con solícito afán había durante muchos años compartido su tiempo entre el Tribunal y la educación de su hijo, a quien, [331] fuera de la enseñanza común, había instruido en la física y matemáticas. El joven, por su parte, correspondió bien a estos esfuerzos, y durante las largas horas que pasaba en la muy surtida biblioteca del oidor, manifestó especial inclinación a las obras religiosas,estudiando el griego y el latín para leer en sus originales las obras de los padres de la Iglesia, sin olvidarse de rezar las horas canónicas, con el propósito de hacerse más tarde sacerdote. El demasiado estudio, sin embargo, hubo de ocasionarle tal decadencia en su salud que se le aconsejó buscar alivio en pasatiempos y en la sociedad mundana, concluyendo por jugar de cuando en cuando, asistir a comedias y frecuentar gente divertida. Deseando hallar apología a su conducta, quiso seguir en materia de lecturas un camino opuesto al que llevara en un principio, encontrando luego medios para procurarse algunos libros prohibidos, y, entre otros, algunos que compró al corregidor de Huaylas; y entregándose, por fin, a largas conversaciones con cierto fraile dominico de vida non sancta, pronto se apoderó de él el arrepentimiento, y, siguiendo sus impulsos, se fue a delatar al Tribunal, el cual le mandó entregar todos los libros prohibidos, le hizo confesarse, entrar a ejercicios y rezar de rodillas el rosario, etc., etc. No es menos curioso lo que le ocurrió a fray Diego de Cisternas, monje de San Jerónimo, a quien se le quitaron las obras de Voltaire, que fue denunciado por el padre Juan Rico, de que habiéndole ido a visitar le había mostrado aquellos libros, que tenía en lo alto de un estante, y otro en que con extremada insolencia se satirizaba al Santo Oficio por las prisiones injustas que acostumbraba, y alguno contra los jesuitas y a favor de Jansenio. Se le había además oído «darse por uno de aquellos espíritus singulares que conocen en verdad a Jesucristo y a su religión» contra el común de los maestros; se decía que siendo confesor de una beata le atribuía haber conocido a Dios antes de nacer y haber sabido por ciencia infusa las obras de los Santos Padres; que el demonio la había convertido durante un año en piedra de Huamanga, habiendo también concebido un hijo de este espíritu maligno; que había asistido a los moribundos predestinados del ejército español que peleaba cerca de Argel; y, por fin, que había sudado sangre y muerto muchas veces para resucitar otras tantas por un milagro perpetuo de la Providencia. Como Cisneros se hallase en íntima amistad con el oidor José de la Portilla, cuyos dictámenes seguía el Virrey, a pesar de estar el fraile [332] tildado de espíritu inquieto y caviloso y de poco afecto al Santo Oficio, uno de los inquisidores, después que le quitaron los libros, fue a visitarle «para darle satisfacción», lo que no impedía que él mismo, en carta al Consejo lo calificase en aquellos términos y pidiese que se le mandase retirar a sus claustros (219). Hízose también proceso, por lo tocante a esta materia contra el asesor del Virrey don Ramón de Rozas, de que daremos cuenta en otro lugar (220), y, finalmente, contra el Barón de Nordenflicht, que había pasado al Perú en comisión del Rey para el estudio de las minas, y con licencia especial, que llegado el caso exhibió, para poder leer. El Tribunal dio cuenta de que el Barón, abusando del permiso, no sólo leía sino que también prestaba libros prohibidos, previniéndose por el Consejo que si el denunciado no se abstuviese de semejante conducta para lo sucesivo, «se procediera contra él a estilo del Santo Oficio, advirtiéndosele que aun cuando permaneciese en el día en la religión luterana, no tenía licencia ni estaba autorizado para prestar a nadie libros prohibidos en los dominios de Su Majestad.» (221) Aparte de estos incidentes, podemos apuntar que aún en 1787 se anunciaba el envío de cinco causas, contra fray Nicolás de Zumarán, mercedario, y fray José Hurtado de Mendoza, dominico, por solicitantes; contra fray Pedro Mollinedo, por falso celebrante, y contra José García y Leandro Jofre, por bígamos. En Córdoba, una beata denunció en 1790 al clérigo Fermín de Aguirre, por haberla solicitado en el confesonario, por lo cual se le condenó, tres años más tarde, a oír la lectura de su sentencia, sin bonete ni cinto, en presencia de doce sacerdotes, debiendo además abjurar de levi y llevar otras penitencias. Por proposiciones fue encausado en 1791 Fernando de Rivas, soldado de Buenos Aires, y en el año siguiente, fray Joaquín María Albo, alias don Joaquín Cabrera, natural de Ibarra, religioso corista de la Merced, por haberse casado. En Quito se procesaba por proposiciones hereticales al francés [333] Pedro de Flor Condamine, sobre el conocimiento de cuya causa se había trabado una competencia entre el comisario y el alcalde ordinario en 1791, que el Consejo estando ya el reo votado a prisión en Lima, mandó suspender en 11 de febrero de 1793. En 7 de agosto de 1804 se denunció a José Arbite, vizcaíno, soltero, de treinta años, de que negaba que hubiese Dios, infierno ni santos, y a pesar de que el fiscal pidió auto de prisión contra él, no se accedió a ello en un principio, creyendo hubiese colusión entre los denunciantes; mas, formalizada la acusación y despachado mandamiento, el gobernador de Buenos Aires se negó a darle cumplimiento. Si tan notable decaimiento se hacía sentir en orden a las causas de fe, iba también haciéndose manifiesta la disminución que experimentaban las rentas del Tribunal. A principios de 1777 se debían a los ministros más de veintiún mil pesos de sus salarios; y a pesar de las activas diligencias que el receptor practicaba, no perdonando gestiones oficiosas ni embargos, no se conseguían las cobranzas, porque luego se formaban concursos de acreedores que dilataban los juicios por diez y veinte años, ya por estudiada morosidad de los ocurrentes, ya por falta de compradores de los fundos. Las casas de los inquisidores no estaban tampoco terminadas, y alguna en tal estado, que López Grillo se había visto obligado a alquilar una para sí, distante una cuadra del Tribunal. Dimanaba la decadencia de las rentas, de que con el terremoto de 28 de octubre de 1746 se rebajaron los censos, que redituaban el cinco, al tres por ciento; de que ya no tenían lugar las pingües condenaciones que durante tanto tiempo se habían aplicado a los reos; y a que las canonjías supresas no producían lo que de antes. La de Quito estaba debiendo cerca de diez mil pesos, once mil la de Trujillo, y aun hasta la de Arequipa, que había sido siempre la de más consideración, con la baja de precio de los frutos, había experimentado notable quebranto. La contribución para la Orden de Carlos III, y, por último, el establecimiento de los derechos de aduanas, eran de por sí, decían los ministros, no pequeñas causales para la ruina del virreinato; que si llegaba a fundarse, como se pensaba, el de Buenos Aires, ni aun quedaría renta suficiente para dos inquisidores, «porque se establecerá el comercio en aquella ciudad, donde se llevarán los caudales, y esta de Lima quedará en lamentable pobreza, hecha una Galicia.» (222) [334] Con el terremoto ocurrido en todo el distrito del Cuzco el 13 de mayo de 1784, las canonjías de La Paz, Arequipa y de aquella ciudad, produjeron todavía menos, de tal modo que se hizo indispensable urgir porque se suprimiese la plaza de un tercer inquisidor, y aun llegó a facultarse al Tribunal para vender «las posesiones y otras cosas» y poder pagar a los ministros sus salarios por trimestres anticipados (223). Sin embargo, esta visible decadencia del Santo Oficio en el número de causas y sus calidades, podía considerarse insignificante al lado de lo que estaba pasando en su mismo personal. Amusquíbar había fallecido el 21 de abril de 1763, de tercianas, disentería y fiebre, con opinión, según sus colegas, «de justo, santo, padre de los pobres, y sin más hábito que un tosco sayal a raíz de las carnes» (224); y en su lugar se había ascendido a López Grillo, quien después de treinta y dos años de servicios, expiraba, a su vez, de una parálisis, que le había durado veinte días, en la noche del 2 de febrero de 1777 (225). El 19 de junio, por fin, moría de tisis renal Juan Ignacio de Obiaga, después de haber ocupado su puesto cerca de dieciocho años. Francisco Matienzo Bravo del Rivero, sobrino del Obispo chileno de este apellido, que había acompañado a López en el Tribunal desde diciembre de 1766, salía de Lima treinta años más tarde para ir a desempeñar el obispado de Huamanga. Era oriundo de La Plata, y después de estudiar en el colegio de San Martín a cuyas aulas entró en 1743, se recibió de abogado en 1751, pasando a ocupar más tarde el curato de Tacna y varias dignidades de la Catedral de Arequipa, hasta llegar a ser provisor general. Con su ausencia había quedado solo Francisco Abarca Calderón, natural de Santander, que había tomado posesión de su plaza de fiscal en abril de 1779, pero que en los primeros años de este siglo se hallaba ya tan achacoso que no podía dedicarse una hora de seguida a su obligación (226). El canónigo de Trujillo José Ruiz Sobrino, desempeñaba la fiscalía desde 1798, y, por fin, Pedro Zalduegui, que de barrendero y sacristán de la capilla del Tribunal, había ascendido a inquisidor apostólico. [335] Todo el mundo conocía en Lima el origen de Zalduegui y la historia de su carrera. Se sabía que había dado mil pesos al capellán mayor del Santo Oficio para colocarse en su lugar, que era «un gentil badulaque», que nunca había pensado sino en comercios y testamentarias lucrosas, y que el título de bachiller en teología con que se decoraba, lo había comprado también. Los vecinos de Lima no podían tomar su promoción a lo serio, y de tal manera, que con pretexto de su recibimiento se reunieron algunos para darle la enhorabuena, concluyendo por convertir el festejo en una solemne burla. Atando cabos, luego se dijo en la ciudad que su título de inquisidor lo había comprado, y de averiguación en averiguación se descubrió que ello no sólo era verdad, sino que en la secretaría de la General Inquisición, el oficial mayor Cristóbal de Cos tenía en venta los puestos del Santo Oficio, sin que para obtenerlos hubiese más trepidación que la suma que había de enterarse a su agente en Lima, Fernando Piélago, uno de los secretarios del Tribunal (227). En comprobación de esta creencia, se citaban varios hechos. Manuel del Vado Calderón, había dado tres mil pesos por la secretaría de Secuestros; el mismo Piélago otro tanto por un destino análogo; Narciso de Aragón, seiscientos; Manuel Arrieta, por jubilarse en los términos que lo pretendió, mil, etc. No faltó quien enviase informes al Consejo de lo que pasaba, añadiendo no sólo nuevos hechos a los ya expresados, sino también detalles muy poco halagadores de los que por dinero habían comprado sus oficios. Así, se decía, que José de Arezcurenaga, el primero que hubiera merecido jubilarse, había dejado su plaza a un hijo suyo «de conducta desbaratada», lleno de vicios, suspenso por el Ordinario y tildado de toda la ciudad; que Gaspar de Orue, también jubilado, había cedido su lugar a su primo Pablo de la Torre, «sujeto de lengua voraz, enfermo, de cuasi ninguna asistencia a su obligación, lleno de dependencias, de malos créditos, y que apenas sabía escribir»; que Zalduegui había obtenido el puesto de capellán, a pesar de ser un sujeto que pasaba los días «de tienda en tienda de los comerciantes, de conducta notada de todas las gentes, inepto para su empleo, distraido y sin [336] cabeza»; y por fin, que creciendo en audacia, con asombro de la ciudad, había merecido comprar en catorce mil pesos su puesto de (228) inquisidor. Tan escandaloso llegó a parecer este tráfico, iniciado en el año de 1789, que el 23 de septiembre de 1792, frente a la Catedral, en uno de los pilares de los portales de la plaza principal de Lima, amaneció fijado un cartel, formado con letras impresas recortadas de otros papeles, que decía: «AL PÚBLICO. Quien quisiese hacer posturas a empleos de Inquisición, acuda a la oficina de don Fernando Piélago, secretario de ella, que los tiene de remate, en virtud del poder de sus amigos y parientes en la corte, sin obstar el ser tendero, ni para inquisidor fiscal. UN IDIOTA.» Con estos antecedentes, el Consejo no pudo ya disimular más, disponiendo que Abarca y Matienzo abriesen una información sobre todos los puntos denunciados, y al efecto levantaron aquéllos un expediente en que, sin profundizar demasiado las cosas, llegaron a persuadirse que cuanto se decía tocante a la venta de empleos como a las aptitudes de los nombrados, era perfectamente cierto (229). Pero Zalduegui no había de quedarse atrás y muy luego escribio al Consejo informándole que desde el momento en que tomara posesión (230) de su destino, se propusieron sus colegas «con esfuerzos y empeños atraerlo a sus designios enteramente para que no hubiese en el Tribunal quien pudiese hacer la menor gestión, reparo ni contradicción a lo que arbitrariamente estaban practicando, con gravísima ofensa del ministerio apostólico e intereses del real fisco, demás ramos y públicos, conduciéndose por el estímulo de sus fines particulares y también relaciones de las personas a quienes creían necesitaban ganar y complacer». «[...]El Obispo de Trujillo, añadía, el año próximo pasado, en los meses que estuvo en esta capital, no pudo menos que significar que aquí los inquisidores y oficiales no asistían al Tribunal, según la frecuencia con que los veían hacer visitas, y fuera, en las horas y días que no eran feriados.» (231) [337] Llegó, sin embargo, un día en que los colegas de Zalduegui no pudieron desentenderse de su inepcia, y con ocasión de una disputa que sostuvo con un tal Bartolomé Guerrero, acerca de si era o no herejía el que el autor de la oración fúnebre de la Condesa de Guirior hubiese dicho que estaba adornada de la gracia santificante, le hicieron calificar la proposición y a continuación lo encausaron, suspendiéndolo del oficio: medida que el Consejo hubo muy luego de revocar (232). Tal es el último proceso de fe de que dan cuenta los antecedentes que hemos tenido a la vista para la compaginación de este libro. Aunque, como afirma Vicuña Mackenna, puede decirse con verdad que la Inquisición murió a las puertas del siglo en que vivimos, cúmplenos todavía citar aquí algunos casos que ya dio a conocer la brillante pluma de nuestro inolvidable compatriota y amigo, valiéndonos para ello de relaciones de gentes que si un día pudieron ser recusados por herejes, hoy nos han de parecer no por eso menos verídicas y auténticas. «Discutiendo un día, dice el distinguido viajero inglés y secretario de Lord Cochrane, W. B. Stevenson, con cierto fraile Bustamante, dominico, acerca de la imagen de Nuestra Señora del Rosario, concluyó ex-abrupto, asegurándome que oiría hablar de él muy pronto. Esa misma noche fui a un salón de billar, donde jugaba el Conde de Montes de Oro. Noté que éste me miraba y que hablaba en seguida con algunos amigos que estaban del otro lado de la mesa. Inmediatamente recordé la amenaza del padre Bustamante, pues, sabía, además, que el Conde era alguacil mayor de la Inquisición. Pasé delante de él y lo saludé: al instante me siguió hasta la calle. Le dije que suponía tuviera algún recado para mí; preguntome mi nombre, diciéndome que así era en realidad. Le dije que lo sabía, y que estaba pronto a comparecer al momento. Después de pensar un rato añadió: "Es éste un asunto demasiado serio para tratarlo en la calle", y me acompañó hasta casa, donde me comunicó, no sin cierta vacilación, que a la mañana siguiente debía ir con él al Santo Tribunal de la Fe; repliquele que estaba pronto, y le habría hecho relación de todo, si él, tapándose los oídos con ambas [338] manos, no hubiera exclamado: "¡oh! por amor de Dios, ni una palabra, yo no soy inquisidor, a mí no me conviene saber los secretos de la Santa Casa", agregando el antiguo adagio: "Del Rey y la Inquisición, chitón. Sólo espero y ruego a Dios que sea usted un cristiano viejo, como yo." Me aconsejó de la manera más solemne que permaneciese en mi habitación y que ni viera ni hablara a persona alguna; que me pusiese a orar y que por ningún motivo contase a nadie que él se hubiese anticipado a comunicarme órdenes, porque esto era absolutamente opuesto a las prácticas de la Santa Casa. Lo tranquilicé sobre este punto, y le aseguré que volvería con él al café y que lo esperaría a las nueve de la mañana siguiente en mi casa. A la hora convenida, un corchete entró a mi cuarto, y me dijo que el Alguacil mayor me esperaba en la esquina próxima. Cuando lo encontré, me ordenó que no le hablara, pero que lo acompañase a la Inquisición. Así lo hice, notando que el corchete y otra persona nos seguían a cierta distancia. Mostreme despreocupado, hasta que entré al pórtico, tras del Conde, seguidos de nuestros dos acompañantes. Entonces me habló el Conde y me preguntó si estaba preparado; le contesté que sí lo estaba; golpeó, en seguida, la puerta interior, que abrió el portero. No se pronunció ni una palabra; permanecimos sentados en un escaño durante algunos minutos, hasta que el familiar volvió con la contestación de que aguardase. El anciano Conde se retiró entonces, enviándome con los ojos un largo adiós; pero sin decir palabra. Algunos minutos después, un bedel me dio orden de seguirlo. Atravesé una puerta y después otra antes de llegar a la sala de audiencia: era ésta pequeña, pero alta, alumbrada por una escasa luz que penetraba difícilmente por ventanas enrejadas colocadas cerca del techo. »Cuando yo entraba salían de la sala, por la misma puerta, cinco frailes franciscanos, cuyos rostros encubrían las capuchas, con los brazos cruzados, las manos ocultas en las mangas y los cordones el cuello. Parecían jóvenes por su porte y marchaban solemnemente en pos de su superior, un fraile viejo y de aspecto grave que llevaba la capucha echada sobre el rostro, pero el cordón en la cintura, indicando de esta manera que no hacía penitencia. Me sentía no sé como, los miraba compasivamente, pero me sonreía a pesar mío al imaginarme el efecto que a media noche habría producido aquella procesión en cualquiera ciudad de Inglaterra. Volví los ojos a los tres terribles jueces que estaban sentados en un estrado, bajo un dosel de terciopelo verde ribeteado [339] de azul pálido, teniendo a sus espaldas, pendiente de la pared, un crucifijo de tamaño natural. Delante se veía una mesa grande, cubierta y adornada como el dosel, y sobre ella, dos velas verdes encendidas, un tintero, algunos libros y papeles, que me hicieron acordar de Jovellanos que describía la Inquisición diciendo que se componía de un Santo Cristo, dos candeleros y tres majaderos. »Sabía lo que era inquisidores; ¡pero cuán diferentes de lo que eran en otro tiempo! El raquítico y retinto Abarca, en el centro, que parecía nadar en su sillón; a su izquierda, el obeso Zalduegui, que, oprimido su enorme cuerpo por los brazos de la silla, resollaba por las narices como cerdo cebado; y a su derecha, el fiscal, Sobrino, que contraía sus pobladas cejas y hacía lo posible por dar a su estúpida fisonomía una apariencia de sabio. »A cada extremo de la mesa estaba un secretario; uno de ellos me mandó aproximarme; para obedecer subí tres gradas, quedando así al mismo nivel de la trinidad que acabo de describir. Me ordenaron acercar un pequeño banco de madera, haciéndome señal con la cabeza para que tomara asiento, ofrecimiento que contesté inclinándome un poco y sentándome. »El fiscal me preguntó entonces, con voz solemne, si sabía por qué se me había ordenado comparecer ante ese santo Tribunal. Contesté que lo sabía, y me preparaba a continuar, cuando me gritó que callase; advirtiéndome que jurase decir verdad en lo que se me iba a preguntar. Repliqué que no lo haría porque siendo yo extranjero no debía él estar seguro de que fuera católico, ni era necesario, en consecuencia, que prestara un juramento que tal vez no me obligaba a decir la verdad. »El fiscal y el inquisidor más antiguo cambiaron algunos signos misteriosos y en seguida me preguntaron nuevamente si diría la verdad. Contesté que sí. »Por último, abordando la materia, se me preguntó si conocía al reverendo padre Bustamante. Contesté: "Conozco al fraile Bustamante, lo he encontrado a menudo en los cafés; pero supongo que el reverendo padre que Ustedes dicen debe ser algún personaje que no frecuenta tales sitios." "¿Trató usted con el padre Bustamante sobre asuntos religiosos?" "No, pero sí sobre algunos supersticiosos." "No debe hablarse sobre asuntos semejantes en los cafés", dijo Zalduegui. "No, repliqué, e igual cosa dije al padre Bustamante." "Pero usted debió callarse", me contestó. "¡Sí, y dejarme injuriar por un fraile!" [340] »Zalduegui se puso encarnado, y me preguntó cuál era mi intención al hacer tanto hincapié sobre la palabra fraile. "Cualquiera, le respondí, tómelo Usted como guste." »Después de un diálogo semejante, que duró más de una hora, Abarca tocó una campanilla, entró el bedel, quien me mandó que me retirase. »Algunos momentos más tarde se me llamó nuevamente y se me dijo que fuera al día siguiente a las ocho de la mañana a ver a Sobrino a su propia casa. Hícelo así y almorcé con él. »Aconsejome que en lo futuro evitase toda clase de discusiones religiosas, sobre todo con personas desconocidas, agregando, en seguida, "le pedí a usted está entrevista porque desde mi asiento de juez no podía hablarle a usted como lo hago ahora. Debe usted saber, agregó, que está usted sujeto al Tribunal de la Fe, lo mismo que todas las personas que viven en los dominios de su Majestad Católica; debe usted, en consecuencia, amoldar su conducta a la que acabo de expresarle. Diciendo esto, se retiró, dejando a mi cuidado que saliese de su casa como pudiese, lo que efectué en el acto. »En la noche fui a un café donde vi a mi amigo, el fraile Bustamante; se sonrojó, pero saludándome con mucha cortesía, me señaló un asiento a su lado; me encogí de hombros y devolví su saludo de una manera significativa y quizá algo burlona, lo que parece entendió, porque se fue pronto. En seguida, me encontré con el anciano Conde de Montes de Oro que me miró, vaciló un poco y un momento después pasando cerca de mí, me tomó una mano y me la estrechó; pero no me habló ni una palabra. »Durante mi residencia en Lima, vi a dos individuos penitenciados por la Inquisición, uno por haber celebrado misa sin estar ordenado, y otro por brujo y hechicero. Llevóseles una mañana temprano a la capilla del Tribunal, ambos vestidos con sambenitos, una especie de túnica corta y suelta, cubierta con pinturas ridículas de culebras, muerciélagos, zapos y llamas, etc. El seudo sacerdote llevaba en la cabeza una mitra de plumas, y el otro, una corona de lo mismo; estaban de pie en el centro de la capilla, cada uno con una vela verde en las manos. A las nueve subió al púlpito uno de los secretarios y dio lectura a la sentencia en que se les castigaba. El infeliz celebrante parecía muy arrepentido, pero el viejo agorero, cuando comenzó el relato de sus hazañas, prorrumpió en risa, siendo seguido por muchos de los que [341] estaban presentes. Trajéronse dos mulas hasta la puerta y se subió en ellas a los culpables, con la cara vuelta hacia atrás. Diose con esto principio a la procesión, encabezada por el Conde de Montes de Oro, seguido de varios alguaciles; marchaban después las mulas guiadas por el verdugo (hangman), en tanto que los inquisidores en sus coches de gala cerraban la marcha. Dos frailes dominicos llevaban a los lados de los coches grandes ramos de palma, siguiendo en este orden hasta Santo Domingo, a cuya puerta fueron recibidos por el Provincial y la comunidad; se colocó a los penitentes en el centro de la iglesia y se dio lectura en el púlpito a los mismos documentos, según los cuales aquéllos fueron condenados a servir en un hospital, a voluntad de los inquisidores.» (233) El mismo Stevenson refiere también que el último de los penitenciados fue un marino andaluz (Urdaneja) «por proposiciones heréticas y lectura de los filósofos franceses, y resultando condenado a encierro, ayunos y oraciones en los Descalzos de Lima, armó tal zalagarda con los frailes en la primera noche de su expiación que los inquisidores hubieron de desterrarlo al castillo de Bocachica, en la bahía de Cartagena. De allí se escapó, sin embargo, el último hereje y fue a prestar sus servicios a los independientes de Méjico, en cuyo país murió.» (234) Llegó por fin a Lima el decreto de las Cortes, expedido en 22 de febrero de 1813, aboliendo el Tribunal del Santo Oficio en todos los dominios españoles, que en el acto hizo el virrey Abascal publicar por bando en la ciudad, a fines de julio de ese mismo año. En su consecuencia, el 30 de dicho mes, el vocal de la Diputación Provincial, Francisco Moreira y Matute se trasladaba al Tribunal a practicar el inventario de cuanto allí se encontrase, comenzando por el caudal depositado en el fuerte, que con la plata labrada de la capilla y otras alhajas ascendió a setenta y tres mil ochocientos ochenta y ocho pesos, que fueron [342] trasladados a las cajas reales. De los estados presentados por el contador del Santo Oficio aparecía que el capital de los censos y valor de las fincas, tanto del fisco como de las obras pías, ascendían a la suma de un millón quinientos ocho mil quinientos dieciocho pesos (235). Inventariáronse todos los autos y papeles, poniendo en lugar aparte y reservado los de fe, índices de personas notadas, libros prohibidos y estampas deshonestas, las cuales fueron luego recogidas por el Arzobispo, y cuando todo presagiaba que los encargados del Virrey podrían terminar felizmente su cometido ocurrió un suceso inesperado. Alarmado, en efecto, el pueblo de la capital con que los libros de índices no se hubiesen destruido, quebrantó las puertas de las oficinas y cárceles y sustrajo a su antojo los papeles y parte de los muebles que encontró, y el destrozo hubiera, a no dudarlo, continuado más adelante, si el Virrey, noticioso de lo que pasaba, no hubiese enviado un piquete de tropa encargado de contener el desorden (236). [343] He aquí como refiere esta escena Stevenson, que se halló presente. «La señora doña Gregoria Gainza, esposa del coronel Gainza, me comunicó que ella y algunos amigos habían obtenido permiso del Virrey Abascal para visitar el ex-tribunal; invitándome para que al día siguiente los acompañase, después de comer. Fui, según había prometido, y visitamos al monstruo, como se atrevían a llamarlo ya. »Por hallarse abiertas las puertas de la sala, entraron muchos que no habían sido invitados y al ver que para ello no había obstáculo, las primeras víctimas de nuestra furia fueron las sillas y la mesa, las que se destruyeron bien pronto; después de lo cual algunos echaron mano a las cortinas de terciopelo del dosel y las tiraron con tal fuerza que dosel y crucifijo vinieron al suelo con grandísimo estrépito. »Sacaron el crucifijo de entre las ruinas de la pompa inquisitorial y se descubrió que la cabeza era de movimiento. »Hallábase una escala escondida detrás del dosel, y de esta manera se explicó todo el misterio de la imagen milagrosa. Un hombre se ocultaba en la escala con las cortinas del dosel, e introduciendo la mano por un agujero, hacía que la cabeza se moviese de modo que indicara asentimiento o negativa. »¡Cuántas veces ha podido influir el empleo de esta impostura en [344] personas inocentes para confesarse culpables de crímenes en que jamás pensaron! »Sobrecogidos por el miedo, y condenados por un milagro, como creían, dando lugar la verdad a la mentira, confesándose la inocencia, como tímida, culpable. »'Todavía hay víctimas en los calabozos' gritaban exasperados por el furor cuantos presenciaban esta escena; e inmediatamente se procedió a hacer un registro general, rompiendo con presteza la puerta que comunicaba con el interior. La que encontramos a continuación se llamaba del secreto, y como la palabra estimulaba la curiosidad, no tardó el obstáculo en ser derribado. Conducía a los archivos. Allí se encontraban hacinados en rimeros los procesos de los condenados o acusados ante ese tribunal; y allí pude leer los nombres de muchos amigos que estarían lejos de imaginarse que su conducta hubiera sido examinada por el Santo Oficio o de que su nombre se encontrara inscrito en tan espantoso registro. Algunos de los circunstantes descubrieron los suyos en las listas, las cuales tuvieron cuidado de guardarse. »Tomé de allí quince expedientes y me los llevé a casa, aunque resultaron de poca importancia. Cuatro por blasfemias tenían sentencia idéntica, que consistía en tres meses de reclusión en un convento, confesión general y otras penitencias, todas secretas. Las otras eran acusaciones de frailes solicitantes in confetione, a dos de los cuales conocía, y aunque era peligroso el descubrirlo, les referí después lo que había visto. »Había en el cuarto muchos libros prohibidos, que pronto encontraron dueño. Con gran sorpresa nuestra, descubrimos también una inmensa cantidad de pañuelos de algodón con dibujos. Éstos, desgraciadamente, habían desagradado a la Inquisición por tener estampada en el centro una imagen que tenía en una mano un cáliz y en la otra una cruz, colocada allí seguramente por algún imprudente fabricante que pensaba asegurar compradores con tan devotas pinturas; pero que no se acordó del horrible pecado de sonarse y escupir sobre la cruz. Para evitar semejante crimen, este religioso tribunal tomó las mercaderías al por mayor, olvidándose de pagar su importe al dueño, quien, sin embargo, debía considerarse afortunado con que no le llevaran todo el almacén. »De este cuarto nos dirigimos a otro que, con gran sorpresa e indignación, vimos que era el del tormento. En el centro había una [345] mesa muy sólida, como de ocho pies de largo por siete de ancho, en uno de cuyos extremos se notaba un collar de hierro que se abría horizontalmente en el medio, para recibir el cuello de la víctima; a cada lado del collar había también gruesas correas con hebillas, para sujetar los brazos cerca del cuerpo, y a los lados de la mesa, para las muñecas, correas con hebillas, que se comunicaban con cuerdas colocadas debajo de aquélla y aseguradas al eje de una rueda horizontal; al otro extremo, dos correas más para los tobillos, con cuerdas atadas a la rueda de un modo semejante. Así, era evidente que estendiendo el cuerpo de una persona sobre la mesa y haciendo girar la rueda se podía tirar en ambas direcciones al mismo tiempo, sin ningún riesgo de ahorcarle porque las dos correas de debajo de los brazos, cerca del cuerpo, evitaban ese peligro; pero, sin embargo, todas las articulaciones podían dislocarse. »Después que se descubrió el diabólico objeto de esta maquinaria, todos se estremecieron e involuntariamente miraban hacia la puerta como temerosos de que se cerrase sobre ellos. Al principio se oían maldiciones por lo bajo, que luego se cambiaron en terribles imprecaciones contra los que inventaron y usaban de tales tormentos; pero también llovían bendiciones sobre las Cortes por haber abolido ese tiránico tribunal. »En seguida, examinamos un cepo vertical allegado a la muralla; tenía un agujero grande y dos más pequeños, y al abrirlo, levantando la mitad del aparato, percibimos hoyos en la pared, siéndonos fácil darnos cuenta del objeto del instrumento. Se aseguraban bien los puños y el cuello del culpable en los agujeros del cepo, escondiéndose la cabeza y las manos en la muralla; así los legos dominicos podían azotarles sin peligro de ser reconocidos y se evitaba el que se les descubriera por cualquier accidente. »En las paredes se veían colgadas disciplinas de diferentes materiales, algunas de sogas anudadas y no pocas tiesas con la sangre; otras de cadenas de alambre con puntas y ruedecillas como las de las espuelas; éstas también estaban manchadas de sangre; cilicios de tejidos de alambre con puntas salientes, como de un octavo de pulgada, hacia el interior, cubiertos con cuero por el esterior y provistos de cordeles para amarrarlos. Los había de diversos tamaños, para la cintura, los muslos, las piernas y los brazos. Las murallas también se veían adornadas con camisas de crin, que no serían de un uso muy agradable después de [346] una flagelación; huesos humanos con una cuerda a cada extremo para amordazar a los que hablaban más de lo necesario, y mordazas destinadas al mismo objeto, hechas con dos pedazos de caña atados en los extremos, que abriéndolos en el medio, al ponerlas en la boca, y amarrándolas detrás de la cabeza, como las de hueso, apretaban la lengua con gran fuerza. »En un cajón había muchas argollas para los dedos, hechas de pequeños pedazos de hierro en forma de semi-círculos o medias lunas, con un tornillo en uno de sus extremos, de manera que colocándolas en el sitio adecuado, se podían apretar todo lo que se quisiera, aun hasta el punto de reventar las uñas y romper los huesos. »Viendo semejantes elementos de tortura, ¡quién podría disculpar a los monstruos que los usaban para establecer la fe enseñada por el dulce, humilde y santo Jesús con sus preceptos y divino ejemplo! ¡Ojalá que el que no los maldiga, como merecen, caiga en poder de esos infames! »Fue destruido en un instante el tormento y el cepo, porque tal era el furor de más de un centenar de personas que allí habían logrado entrar, que aunque hubieran sido de hierro no habrían resistido a la violencia y empuje de los asaltantes. Hallábase en un extremo un caballo de madera pintado de blanco; supúsose luego que debía ser otro instrumento de tortura; pero más tarde se supo que una víctima de la Inquisición que, quemada, fue declarada después inculpable, como una satisfacción a su muerte, se había declarado públicamente su inocencia, y su efigie vestida de blanco y montada en ese caballo, paseada por las calles de Lima. Alguien dijo que el individuo de que se trata había sido procesado en Lima, otros que en España, y que por un decreto del inquisidor General se había llevado a cabo esta farsa donde quiera que existía un Tribunal de Inquisición en los dominios españoles. Penetramos hasta los calabozos, que hallamos todos abiertos y vacíos, y que, aunque diminutos, no eran del todo incómodos para ser prisión. Algunos tenían un pequeño patio anexo; otros, más solitarios, ninguno. »Habiendo examinado todos los rincones de tan misteriosa prisión, nos retiramos ya de noche, llevándonos libros, papeles, disciplinas, instrumentos de tortura, etc., etc., muchos de los cuales se repartieron en la puerta, especialmente varios de los pañuelos criminosos.» A consecuencia de este atentado, se mandó por el Virrey publicar bando y por el Arzobispo se fulminaron censuras para que los asaltantes devolviesen los papeles y especies sustraídas, disposiciones que [347] produjeron tan buen resultado que el menoscabo de papeles pareció de muy poca consideración (237). Siguiose, con todo, pagando sus asignaciones a los ministros del Tribunal, con excepción de Piélago que había aceptado el corregimiento de Canta y algún otro empleado subalterno (238), hasta que Fernando VII mandó restablecer nuevamente los Tribunales de la Inquisición, por decreto de 21 de julio de 1814, que insertamos aquí según el texto de la copia que se envió al Presidente de Chile. «El Rey nuestro señor se ha servido expedir el decreto siguiente: El glorioso título de católico con que los reyes de España se distinguen entre otros príncipes cristianos, por no tolerar en el reino a ninguno que profese otra religión que la católica apostólica romana, ha movido poderosamente mi corazón a que emplee, para hacerme digno de él, cuantos medios ha puesto Dios en mi mano. Las turbulencias pasadas y la guerra que afligió por espacio de seis años todas las provincias del reino; la estancia en él por tanto tiempo de tropas extrangeras de muchas sectas, casi todas inficionadas de aborrecimiento y odio a la religión católica; y el desorden que traen siempre tras sí estos males, juntamente con el poco cuidado que se tuvo algún tiempo en proveer lo que tocaba a las cosas de la religión, dio a los malos suelta licencia de vivir a su libre voluntad, y ocasión a que se introdujesen en el reino y asentasen en él muchas opiniones perniciosas, por los mismos medios con que en otros paises se propagaron. Deseando, pues, proveer el remedio a tan grave mal y conservar en mis dominios la santa religión de Jesucristo, que aman y en que han vivido y viven dichosamente mis pueblos, así por la obligación que las leyes fundamentales del reino imponen al príncipe que ha de reinar en él, y yo tengo jurado guardar y cumplir, como por ser ella el medio más a propósito para preservar y cumplir a mis súbditos de disensiones intestinas y mantenerlos en sosiego y tranquilidad, he creído que sería muy conveniente en las actuales circunstancias volviese al ejercicio de su jurisdicción el Tribunal del Santo Oficio, sobre lo cual me han representado prelados sabios y virtuosos, y muchos cuerpos y personas, así eclesiásticas como seculares, [348] que a este Tribunal debió España no haberse contaminado en el siglo XVI de los errores que causaron tanta aflicción a otros reinos, floreciendo la nación al mismo tiempo en todo género de letras, en grandes hombres y en santidad y virtud. Y que uno de los principales medios de que el opresor de la Europa se valió para sembrar la corrupción y la discordia de que sacó tantas ventajas, fue el destruirle, so color de no sufrir las luces del día su permanencia por más tiempo, y que después las llamadas cortes generales y extraordinarias, con el mismo pretexto y el de la constitución que hicieron tumultuariamente, con pesadumbre de la nación, le anularon. Por lo que, muy ahincadamente me han pedido el restablecimiento de aquel Tribunal; y accediendo yo a sus ruegos y a los deseos de los pueblos que en desahogo de su amor a la religión de sus padres han restituido de sí mismos algunos de los Tribunales subalternos a sus funciones, he resuelto que vuelvan y continúen por ahora el Consejo de Inquisición y los demás Tribunales del Santo Oficio, al ejercicio de su jurisdicción, así de la eclesiástica, que a ruegos de mis augustos predecesores le dieron los pontífices, juntamente con la que por sus ministros los prelados locales tienen, como de la real que los reyes le otorgaron, guardando en el uso de una y otra las ordenanzas con que se gobernaban en 1808 y las leyes y providencias que para evitar ciertos abusos y moderar algunos privilegios, convino tomar en distintos tiempos. Pero como además de estas providencias, acaso pueda convenir tomar otras y mi intención sea mejorar este establecimiento, de manera que venga de él la mayor utilidad a mis súbditos, quiero que luego que se reúna el Consejo de Inquisición, dos de sus individuos con otros dos de mi Consejo Real, unos y otros, los que yo nombrase, examinen la forma y modo de proceder en las causas que se tienen en el Santo Oficio y el método establecido para la censura y prohibición de libros; y si en ello hallasen cosa que no sea contra el bien de mis vasallos y la recta administración de justicia, o que se deba variar, me lo propongan y consulten para que acuerde yo lo que convenga. Tendreislo entendido y lo comunicaréis a quien corresponda. -Palacio, 21 de julio de 1814. -YO EL REY.» Cuando esta noticia llegó a Lima a fines de septiembre, vivían todavía Abarca (239), Zalduegui y Ruiz Sobrino, y según noticia de ellos mismos, el Virrey «se había propuesto por objeto no contribuir [349] al cumplimiento de lo que nuestro católico monarca tiene ordenado, y ya que le faltó el valor para una declarada oposición, trata de entorpecer las reales resoluciones por medios indirectos, atropellando y vejando las prerrogativas del Santo Oficio en odio a su restablecimiento; y la verdad que la retardación de diez y ocho días en contestar nuestro primer oficio, con escándalo del pueblo; en no prestarse a la publicación por bando que se le propuso; en no haber circulado la real orden, según se le manda, y el haberse negado enteramente a la pronta devolución en todo y en parte del dinero y alhajas que de su orden se pasaron a cajas reales, son pruebas nada equívocas de su oculto designio.» (240) «Éstas son, añaden, más adelante, las lastimosas circunstancias en que se ve este Tribunal, sin fondos de que disponer para sus atenciones, privado, por su falta, de reducir a prisión varios reos mandados recluir aun antes de su suspensión, postergado dos meses hace el pago de los ministros de sus respectivos sueldos, los edificios del Tribunal faltos de lo más preciso y en la mayor indecencia...» Mientras los inquisidores vivían ausentes de su nido, las cárceles del Santo Oficio no se habían visto solitarias: las autoridades españolas habían allí encerrado a los que por insurgentes eran enviados a la capital del virreinato de las diversas provincias que luchaban entonces por su independencia. Como se sabe, las Cortes liberales de 1820, por decreto de 9 de marzo, abolieron definitivamente los Tribunales del Santo Oficio. «Esta supresión, cuenta un escritor peruano, fue recibida en Lima, según las noticias que se nos han dado, con frenéticas muestras de entusiasmo. La muchedumbre expresaba en su locura la transición que hacía de un estado de continuas alarmas y de inseguridad, a otro en que se podía reposar sin temor en el hogar doméstico. »Como en 1821 se juró en Lima la independencia del Perú, quedó confirmada de hecho la supresión del Santo Oficio. Los bienes que éste poseía pasaron al dominio del Estado, y su administración se confió a una oficina llamada Dirección General de Censos. Estos bienes fueron destinados a la instrucción pública, con el objeto, sin duda, de emplear en el progreso intelectual los mismos recursos de que antes se había echado mano para detenerlo.» (241) [351] Capítulo finalAplausos tributados al Santo Oficio de Lima por sus contemporáneos. -Vastos límites de su jurisdicción. -Detalles de algunas de las materias de que conocía. -La coca y la yerba mate. -Persecución a los desafectos a la Inquisición. -Bula de Sixto V a favor de los inquisidores. -Protección y privilegios que les acuerda el Rey. -Disgustos causados por los inquisidores a las autoridades del virreinato. -Delitos cometidos por los dependientes del Tribunal que quedan impunes. -Ley real que exime a los ministros de la Inquisición del conocimiento de sus causas por la justicia ordinaria. -La Audiencia de Lima solicita remedio a los abusos de la Inquisición en este punto. -El Tribunal niega al fiscal de la Audiencia la apelación en cierto proceso. -El Conde del Villar denuncia el proceder arbitrario de los inquisidores. -El Marqués de Cañete hace otro tanto. -La Inquisición deja sin efecto una provisión real. -Quejas del Cabildo de Lima. -Cédulas de concordia. -Continúan los disgustos con las autoridades. -Acusación que hace a los inquisidores don Guillén Lombardo. -Denunciación del Conde de Alba. -Cédula de 1751 que priva del fuero activo a los ministros de la Inquisición. -Éstos se hacen aborrecibles a todo el mundo. -Estadística de los procesados. -Entre las costumbres y la fe. -Las costumbres peruanas según el Conde del Villar. -Disolución de los frailes. -Edicto contra los solicitantes en confesión. -Medidas tomadas por el Marqués de Castelfuerte para prevenir los amancebamientos. -Lo que refieren Frezier y Jorge Juan. -Resumen y conclusión. Ya que en el curso de las páginas precedentes hemos ido estudiando en detalle y casi paso a paso la marcha que en su larga existencia siguió el Tribunal de la fe que Felipe II mandó fundar en Lima, conviene ahora que, por vía de recapitulación, insistamos en alguna de sus fases más culminantes. Desde luego, es innegable que el Santo Oficio fue generalmente aplaudido en América. «El Tribunal santo de la Inquisición, decía el reputado maestro [352] Calancha, poco más de medio siglo después de su establecimiento en la ciudad de los Reyes, es árbol que plantó Dios para que cada rama extendida por la cristiandad fuese la vara de justicia con flores de misericordia y frutos de escarmiento. El que primero ejercitó este oficio fue el mismo Dios, cuando al primer hereje, que fue Caín..., Dios le hizo auto público condenándolo a traer hábito de afrenta, como acá se usa hoy el sambenito perpetuo.» «El primer inquisidor que sostituyó por Dios, fue Moisés (continúa el mismo autor), siendo su subdelegado, que mató en un día veinte y tres mil herejes apóstatas que adoraron el becerro que quemó.» (242) Un siglo cabal después de estampadas las anteriores palabras, otro escritor no menos famoso en Lima que el que acabamos de citar, el doctor don Pedro de Peralta Barnuevo, declaraba, por su parte, que aquel Tribunal «fue un sol a cuyo cuerpo se redujo la luz que antes vagaba esparcida en la esfera de la religión. Es ese santo Tribunal el propugnáculo de la fe y la atalaya de su pureza; el tabernáculo en que se guarda el arca de su santidad; la cerca que defiende la viña de Dios y la torre desde donde se descubre quién la asalta; el redil donde se guarda la grey católica, para que no la penetren el lobo del error, ni los ladrones de la verdad, esto es, los impíos y herejes, que intentan robar a Dios sus fieles. Es el río de la Jerusalén celeste, que saliendo del trono del Cordero, riega con el agua de su limpieza refulgente el árbol de la religión, cuyas hojas son la salud del cristianismo. Sus sagrados ministros son aquellos ángeles veloces que se envían para el remedio de las gentes que pretenden dilacerar y separar los sectarios [353] y los seductores: cada uno es el que con la espada del celo guarda el paraíso de su inmarcesible doctrina y el que con la vara de oro de la ciencia mide el muro de su sólida firmeza.» (243) Pintando los beneficios que llegara a realizar en las vastas provincias sujetas a su jurisdicción, aquel cronista agregaba: «A los inquisidores, más beneméritos del título de celadores de la honra de Dios que Finées, debe este Perú la excelencia mayor que se halla en toda la monarquía y reinos de la cristiandad, pues ninguno se conoce más limpio que éste de herejías, judaísmos, setas y otras cizañas que siembra la ignorancia y arranca o quema este Tribunal, siendo su jurisdicción desde Pasto, ciudad junto la equinocial, dos grados hacia el trópico de cancro, hasta Buenos Aires y Paraguay, hasta cuarenta grados y más hacia el sur, con que corre su jurisdicción más de mil leguas norte sur de distancia, y más de ciento leste oeste, en lo más estrecho, y trescientas en lo más extendido. Todo esto ara y cultiva la vigilancia deste Santo Tribunal y el incansable cuidado de sus inquisidores»; y aunque, como se recordará, en 1610, se cercenó del distrito que le fue primitivamente asignado las provincias que pasaron a formar el de Cartagena, el territorio sometido a su jurisdicción resultaba siempre enorme. En virtud de las atribuciones de que estaba investido, sabemos ya hasta dónde llevaba el Tribunal su escrupulosidad en materia de delitos y denunciaciones; pero como si esto no fuera todavía bastante, hubo una época en que nadie podía salir de los puertos del Perú sin licencia especial del Santo Oficio; sus ministros debían hallarse presentes a la llegada de cada bajel para averiguar hasta las palabras que hubiesen pasado durante el viaje; no podía imprimirse una sola línea sin su licencia; los prelados, Audiencias y oficiales reales, debían reconocer y recoger, en virtud de leyes reales, los libros prohibidos, conforme a sus expurgatorios, y, en general, todos los que llevasen los extranjeros que aportasen a las indias (244). Por más absurdas y ridículas que hoy nos parezcan las prácticas y ceremonias de los hechiceros, que tanto que entender dieron al Tribunal, ya hemos visto el papel que en ellas desempeñaban la coca, cuyo uso tan arraigado entre los indios bien pronto se extendió a los [354] españoles y especialmente a las crédulas mujeres, haciéndoles soñar en su virtud para el conocimiento del porvenir y éxito maravilloso de amores desgraciados; tanto que, no sólo los inquisidores, sino muchos de los Virreyes en general, desde don Francisco de Toledo, trataron a toda costa de proscribir su uso, sin llegar a resultado alguno en un pueblo que lo aceptaba por tradición y por necesidad y que hasta hoy desde el Ecuador hasta las altiplanicies de Bolivia lo conserva en su forma primitiva. Pero si en su empleo se creía ver una invención diabólica, no había de pasar mucho tiempo sin que se hiciese igual sugestión respecto de otra planta americana, tan generalizada en otra época casi tanto como hoy el tabaco en muchos de los pueblos de la América del Sur. El reverendo jesuita Diego de Torres, provincial que fue en Chile, Tucumán y Paraguay, expresaba, en efecto, al Tribunal, a principios del siglo XVII: «En estas dos gobernaciones de Tucumán y Paraguay se usa el tomar la yerba, que es zumaque tostado, para vomitar frecuentemente, y aunque parece vicio de poca consideración, es una superstición diabólica que acarrea muchos daños, y algunos que diariamente toca su remedio a ese Sancto Tribunal: el primero déstos es que los que al principio lo usaron, que fueron los indios, fue por pacto y sugestión clara del demonio, que se les aparecía en los calabozos en figura de puerco, y agora ser a pacto implícito, como se suele decir de los ensalmos y otras cosas; segundo, que casi todos los que usan deste vicio, dicen en confesión y fuera de ella que ven que es vicio, pero que ellos verdaderamente no se pueden enmendar, y entiendo que así lo creen y de ciento no se enmienda uno, y lo usan cada día, y algunas veces con harto daño de la salud del cuerpo y mayor del alma; tercero, júntanse muchos a este vicio, etiam cuando los demás están en misa y sermón, y varias veces lo oyen; cuarto, totalmente quita este vicio la frecuencia de los sacramentos, especialmente el de la Eucaristía, por dos razones, primera, porque no pueden aguardar a que se diga la misa sin tomar esta yerba; segunda, porque no se pueden contener, habiendo comulgado, a dejar de vomitar luego, y así no hay casi persona que use este vicio que comulgue, sino que el domingo de Resurrección, y entonces procuran misa muy de manana, y los más hacen luego vómito, con suma indecencia del Santísimo Sacramento, y por esto, muchos de los sacerdotes no dicen misa sino raras veces. Estas [355] indecencias y inconvenientes tiene el tabaco y coro, que toman también en vino por la boca, aun con más frecuencia; quinta, salen con gran nota de las misas a orinar frecuentemente. No digo los demás inconvenientes que tocan al gusto y salud, y a los muchos indios que mueren cogiendo y tostando esta maldita yerba, que es gran lástima y compasión, y el escándalo que los españoles y sacerdotes dan con este vicio; sólo digo que ellos y los indios se hacen holgazanes y perezosos, y van los venidos de España y los criollos y criollas, perdiendo, no sólo el uso de la razón, pero la estima y aprecio de las cosas de la fe, y temen tan poco el morir muchos como si no la tuvieran, y de que tienen poca, tengo yo muy grandes argumentos. »Otra causa y raíz desta poca fe, es que no sólo ha entrado por Buenos Aires y San Pablo alguna gente portuguesa que se ha avecindado nueva en ella entre la mucha que hay; pero como desde el principio se ha poblado estas dos gobernaciones de alguna gente forajida y perdida del Perú y ha habido pocos hombres doctos y de buenas costumbres, están éstas muy estragadas, y cada día serán peores. »Todo lo cual entiendo ha permitido Dios Nuestro Señor en estas gobernaciones y los demás males en la de Chile, por el servicio personal que en ellas se ha conservado contra todo derecho y cédulas reales, que ha sido causa de que se hayan consumido los indios y haya tantos infieles y los cristianos vivan como si no lo fuesen, y se huyan, pero que los españoles hayan vivido en mal estado, como también sus gobernadores y confesores, que por ventura tienen la principal culpa, y mientras esta raíz de todos estos males y del de las malocas no las quitaren los ministros de Su Majestad, a cuyo cargo está, dado que los demás medios surtan y tengan efecto; y no digo a Vuestra Señoría los gravísimos males que han resultado de una maloca que desta se hizo para traer indios al servicio personal, porque veo no pertenecer el remedio a ese Sancto Tribunal, si bien le podía tocar por ser el medio más cierto con que el demonio impide la conversión de la gentilidad, y que con ella desacredita totalmente nuestra sancta fe y ley evangélica; segunda, que baptizan a estas piezas sin prueba y catecismo bastante porque no se las quiten, y unos venden y otros se vuelven, que todo es en menosprecio y daño de los sacramentos y religión. »El daño de la yerba tiene muy fácil remedio, sirviéndose el señor Virrey de mandar con graves penas que no se coja, atento a que por ello han muerto muchos indios y seguídose gravísimos inconvenientes, [356] porque no se coge sino en Maracaya, cien leguas más arriba de la Asunción, a cuyo comisario se pudiera también cometer que no la consintiera bajar, y convenía mucho quitar este trato porque por ser en el camino de San Pablo vienen con los que andan en él, los que pasan por allí.» (245) No hay constancia en los archivos del Santo Oficio del Perú de que a pesar de tan eficaces recomendaciones se incluyese la yerbamate en la vulgar opinión en que se encontraba acreditada la coca; pero en todo caso este recuerdo nos servirá para manifestar cómo se discurría en esa época por hombres tan ilustrados como el firmante de la anterior exposición. ¡Quién hubiera podido imaginarse después de esto que tan execrables y diabólicas yerbas hubiesen sin embargo de figurar con aplauso en la farmacopea de nuestro siglo! Bien se deja comprender que a la sombra de las disposiciones que dejamos recordadas nadie vivía seguro de sí mismo, ni podía abrigar la menor confianza en los demás, comenzando por las gentes de su propia casa y familia; pues, como de hecho sucedió en muchas ocasiones, el marido denunciaba a la mujer, ésta al marido, el hermano al hermano, el fraile a sus compañeros, y así sucesivamente; encontrando en el Tribunal no sólo amparo a las delaciones más absurdas, sino aun a las que dictaban la venganza, la envidia y los celos. Ni siquiera se excusaba el penitente que iba buscando reposo a la conciencia a los pies de un sacerdote, pues, como declaraba con razón el agustino Calancha, sus centinelas y espías eran todas las religiones y sus familiares todos los fieles (246). El pueblo que por sus ideas o creencias no podía resistir su establecimiento, en general no hizo nada para sustraerse de algún modo a las pesquisas de ese Tribunal; mas, no así la Compañía de Jesús, que no sólo supo dentro de la disciplina de sus miembros encontrar recursos para el mal, sino que también llego hasta atreverse a invadir el campo de sus atribuciones, no sin que por eso supiera librarse en absoluto de las dentelladas que en más de una ocasión le asestara el Santo Oficio. Desde el proceso de Luiz López, es decir, desde los primeros años en que el Tribunal comenzó a funcionar en Lima, ya se había visto que la Compañía, de una manera disimulada, trataba de combatir la [357] preponderancia de los jueces, propinando en el confesonario absoluciones de casos que les estaban reservados, y hasta expresándose más o menos claramente en contra de la tiranía inquisitorial, que, celosa como era de sus prerrogativas, si pudo perdonarle a López ser causa de la perdición de los dominicos secuaces de Cruz, no podía transigir con que se pusiese en tela de juicio sus atribuciones. Bastante experiencia, por lo demás, habían cosechado los discípulos de San Ignacio en el caso de los fundadores de la Orden en el Perú para que desde entonces no se esforzasen en escapar de las sentencias inquisitoriales. Bien pronto, en efecto, uno de sus provinciales dispuso que sin licencia superior, ningún miembro de la Compañía aceptase puesto alguno en el Tribunal, circunstancia que no pasó tan inadvertida que éste no la entendiese y notase, y sin duda que semejante proceder habría parecido destituido de gran importancia si uno de los mismos jesuitas, ministro que fue y procurador para Roma de las provincias de Chile, Tucumán y Paraguay, llamado Antonio de Ureña, no hubiese denunciado por extenso al Santo Oficio, fatigado de su conciencia, según expresaba, todas las tretas a que dentro de la Orden se estaba ocurriendo en menosprecio del Tribunal de la fe. Contaba, pues, el denunciante, que pareció sin ser llamado, en 25 de agosto de 1622, que todos los miembros de la Compañía que en el Santo Oficio habían delatado alguna cosa habían sido reputados por díscolos y por indignos de todo cargo. «Que en el año de seiscientos y diez y ocho, a primero de agosto, se comenzó la congregación provincial en este Colegio de San Pablo, al cual vino una carta dirigida a la misma congregación o al provincial, la cual vio este denunciante ocularmente, que se la mostró y leyó el padre Juan de Villalobos, rector que a la sazón era y consultor de provincia del noviciado, la cual carta contenía que en el Colegio de Oruro (y le parece también que en el de Potossí) algunos de la Compañía habían solicitado en confesión algunas indias bonitas, las cuales habiendo ido a confesarse con el que escribió la carta, le decían que como no le decían en la confesión vida mía, mis ojos y otras palabras de amores que en la dicha carta están en lengua de indio, y que se acuerda de zonco paca, que quiere decir mi corazón, y otras de que no se acuerda, mas que todas ellas son de amores y deshonestas, y que el que escribió la carta las había dicho, hijas mías, en confesión no se usan esas palabras, a lo cual habían respondido ellas riéndose que así lo hacían los padres de la Compañía, [358] por lo cual decía la dicha carta y encargaba mucho que mirasen los superiores por la Compañía, porque por las dichas y otras razones que contiene la dicha carta, iban los de la Compañía camino de ser de los alumbrados, y que la dicha carta la dejaron los padres Juan de Soxo y Bernabé de Cobos, ministros de Guamanga, que la había escrito un fraile francisco, y que el dicho fraile francisco apurándole los de la Compañía había dicho que uno de la Compañía se la había dado, y que aunque le dijeron los nombres del dicho fraile francisco y del dicho padre de la Compañía, no se acuerda, pero que es esta carta tan común en la Compañía que no hay ninguno que no se acuerde de ella, en particular los que se hallaron en dicha congregación, y que esta carta original tiene por cierto estará en el archivo del Colegio grande, donde se suelen guardar papeles de importancia; y que este archivo está en el aposento del padre provincial, y también estará un tanto de ella en el archivo que tiene también el padre rector en su aposento, y lo que aquí no esté se hallará en poder del padre Juan Vásquez, que es compañero y secretario del provincial, y tiene en su poder los papeles del padre Francisco de Araabieru, en cuyo tiempo se escribió; y que los archivos son dos alhacenas que hay entre ambos aposentos de provincial y rector, y en el aposento del provincial un escritorio y dos cajones; y también tiene por cierto que habrán enviado un tanto de esta carta al General a Roma, y que cuando leyó esta carta el dicho padre Juan de Villalobos a este denunciante, le dijo: el que ésta escribió mucho sabe de nuestras cosas, mucho hay que temer. »Y que después tratando con el dicho padre Bernabé de los Cobos de esta carta, le dijo a este denunciante algo había de lo que decía la carta, pero no tanto, y lo mismo le parece que le dijo el dicho padre Soxo, hablando del colegio de Oruro y Potossí. »Y lo que obró esta carta fue casi total mudanza en los colegios de Oruro y Potossí, si bien comúnmente se dice en casa por los padres graves de ella que entendieron de dicha carta, que el padre de la Compañía que la había escrito era poco afecto a ella; y que porque la escribió o por sospechas que tenían de que la había escrito, le habían afligido; y tiene por cierto este denunciante que al padre Peña que despidieron en el Cuzco, habrá tiempo de un año, la escribió, aunque la carta le pareció demás de hombre de más talento, si bien pudo comunicarla con otros más bien entendidos. »Y que por dicha carta se acuerda que mudaron de Oruro al padre [359] Gabriel Perlin y lo enviaron a Buenos Aires, y desde ésta al dicho padre Bernabé de Cobos a Arequipa, y que no sabe si por esta misma causa mudaron al padre Coleri y enviáronle a Tuli, y otros que no se acuerda. »Y que del depósito mandaron a Agustín de Aguilar y al padre Conde, que ambos estaban en Arequipa; al padre Juan de Figueroa, a quien afligieron mucho y le enviaron a Chuquisaca o a La Paz y al cabo le echaron, y es fraile agustino, y que aunque mudaron al padre Ordóñez a Quito, piensa no fue por la dicha carta; y que otros mudaron también del dicho colegio, que no se acuerda y lo dirá si se acordare, y que por razón de la dicha carta sabe este denunciante, porque las escribía por su mano, que se hicieron órdenes muy apretadas en aquella congregación que no saliesen los religiosos a confesar a la iglesia sino en cierta forma, y que no pudiesen hablar con las indias bonitas sino tiempo limitado y muy corto y en días señalados, como constará de la dicha congregación, y por haber dado la hora cesó la audiencia, y siéndole leído lo que ha dicho, dijo estar bien escrito y lo firmó de su nombre. -ANTONIO DE UREÑA. -Y pasó ante mí. -Juan de Izaguirre, secretario. »En la ciudad de los Reyes, a veintiséis días del mes de agosto de mil y seiscientos y veintidós años, estando en su audiencia de la mañana el señor inquisidor licenciado Andrés Juan Gaitán, pareció en ella el padre Antonio de Ureña, y continuando la dicha su declaración, debajo del juramento que tiene hecho, dijo que sabe por cosa cierta que muchos de los privilegiados que tiene la Compañía ad tempus y no perpetuos, han expirado más ha de seis a ocho años, como de ellos mismos constará, y sabe que no obstante la cesación de ellos, han usado y usan actualmente de ellos los padres de la Compañía, contra lo dispuesto por su Santidad muchas y varias veces, sobre lo cual consultaron las Provincias al general Claudio Aquaviva, y Muccio Viteleschi, que es ahora, y de ella respondieron que se fuesen con su buena fe, y tiene por cierto que escribieron de Roma los secretarios que lo habían comunicado con su Santidad; y yendo a Roma y tratando este punto este declarante con el padre Nicolás de Almanza, asistente de España e Indias, le dijo a este denunciante que él no sabía de tal comunicación con el Pontífice y que mirasen lo que hacían; y en este mismo tiempo, para confirmación de esta verdad, su Santidad el Papa Paulo V, el año de doce o trece, despachó una bula, cuyo tenor tiene este denunciante [360] en su baúl, al fin de los privilegios, impresa en Roma, no uno sino dos traslados, en la cual bula, a ruego de los arzobispos y obispos de estos reinos, que gravemente se quejaron al Pontífice de que la Compañía les usurpaba su jurisdicción, dejándoles casi sin ninguna, usando indebidamente de los privilegios y aun excediendo en ellos, por lo cual la bula susodicha vino cuartada en gran manera; por lo cual viendo los padres de este colegio de San Pablo cuán atadas estaban las manos por la dicha bula, hicieron pareceres, en especial el padre Juan Pérez Menacho, de que todos los privilegios etiam ad tempus eran perpetuos, el que, al parecer, apreció la congregación dicha del año de mil seiscientos y dieciocho, y el padre Nicolás Durán, que enviaron por procurador le llamó a Roma, y habiéndole visto el General y no atreviéndose a comunicarlo con el Pontífice, sabiendo que no lo había de conceder, respondieron con el mismo padre Nicolás Durán que el parecer dicho les era muy bueno y que con él pasasen y usasen de su privilegio y dispensasen como antes, y que este denunciante, como sabía lo que pasaba en Roma, porque estuvo en ella nueve meses y que el Pontífice no concediera los tales privilegios porque era muy celoso de la autoridad de los obispos, y por este escrúpulo, en los casos que se le han ofrecido a este denunciante, no ha querido dispensar en virtud de los dichos privilegios y órdenes del General, por tenerlos por ningunos, y en particular lo hizo este mes de abril pasado habiéndosele ofrecido la rehabilitación de un matrimonio, acudió al doctor don Juan Velásquez, arcediano de esta santa Iglesia y comisario de la Cruzada para que dispensase, como cosa que le pertenecía, por ser tal comisario, y le dio la dicha dispensación y la despachó el padre Juan de Tamayo y le costó trece patacones y dos reales, que dio a Pedro Bermúdez, tesorero de la Cruzada, como parecerá por sus libros, a que se remite, y que no sabe otra cosa que decir en este caso. »Preguntado en qué ocasiones y en qué lugares han dispensado los padres de la Compañía después que se acabaron los dichos privilegios, dijo que en todo el reino sabe que han dispensado y es cosa ordinaria en el trato común de casa referir las dispensaciones que han hecho y que particularmente cuando van a las misiones dispensan en todos los casos que se ofrecen, que no se acuerda formalmente de las personas ni de los lugares. »Preguntado si llevan por las tales dispensaciones alguna limosna, dijo que no, ni tal ha entendido jamás. [361] »Iten dijo que el año de 614, partiendo de esta ciudad para Roma el padre Juan Vásquez, que iba por procurador, le oyó decir que había... todo lo que le había de suceder en el viaje con una persona, la cual le había dicho que tuviese cuidado al embarcar y desembarcar y que con eso tendría buen viaje; y después entendió que la persona que le dijo esto fue un indio hechicero y que sospechó que era del Cercado, porque sabe que los mismos padres que viven en el cercado le han dicho que por debajo de la puerta de Santa Cruz, donde están los hechiceros y hechiceras, les han consultado muchas personas de fuera, españoles, indios y mestizos, y aunque se puso algún cuidado para que no acudiesen a la puerta, no sabe que haya remedio total, ni que se deje de hacer. »Iten dijo, que sabe que el año de 617, estando de partida en Sevilla para este reino con el dicho padre Juan Vásquez este declarante, le dijeron que el dicho padre Juan Vásquez había consultado a un grande hechicero nigromantino para saber que suceso había de tener en su viaje, el cual le parece que vivía en Jerez de la Frontera, lo cual le dijeron el padre Pedro Bol y Juan Fernández, que desde Cartagena se volvieron otra vez a España por pesadumbres que habían tenido con el dicho padre Juan Vásquez, los cuales escribieron que vivían en la provincia de Aragón, en Zaragoza o Valencia, y a su ruego lo escribió al padre Diego Álvarez de Paz con este declarante el hermano Pedro de Armendáriz, que ahora está en este colegio, y podrá ser que la carta esté en el archivo, porque este declarante se la entregó y dio en mano propia y se la vio leer al dicho Diego Álvarez de Paz, que entonces era provincial; y asimismo sabe de esto el licenciado Cristóbal Frontin, que entonces era de la Compañía y entiende este declarante que ahora está aquí o en el Callao, y que no se acuerda ahora de más testigos. »Iten dijo, que predicando este denunciante el año de 619 en la villa de Guaura, le dijo el licenciado Alonso de las Cabañas, cura y vicario de la misma villa de Guaura, que viniendo a visitar la idolatría dos padres de la Compañía, cuyos nombres no se acuerda, llegaron a la villa de Baqueta, media legua de Guaura, pueblo de indios y anejo al mismo vicario, y que teniendo noticia de un grande hechicero que vivía en el dicho pueblo de Baqueta, le hicieron untar, hechizar y las demás cosas que solía hacer el indio invocando al Zupay (que es el Diablo), con los cuales conjuros e invocaciones el indio perdió el juicio [362] y estuvo como muerto algunas horas, y después volvió haciendo mil visajes endemoniados, diciendo cómo había estado en tal o cual región, de lo cual le dijo el dicho vicario a este declarante que se había escandalizado gravemente, y aun a este declarante le pareció cosa muy abominable, de lo cual todo dará más larga relación el dicho vicario, que todavía lo es y vive en la misma villa. »Iten dijo, que el año de 615, estando este declarante en Roma, y juntamente el padre Juan Vásquez, había falta de agnus benditos a causa de que había ocho o diez años que no los consagraba Paulo V, pontífice que entonces era, y deseando traer muchos agnus a este reino el dicho padre Juan Vásquez, es pública voz y fama que buscando moldes hizo los dichos agnus falsos, sin las bendiciones del Pontífice y oblaciones y crismas con que se consagran, lo cual escribió en la dicha carta el dicho hermano Pedro de Armendáriz, como íntimo suyo, que lo sabía muy bien y se lo dijo a este denunciante y al dicho licenciado Cristóbal Frontin, y tiene por cierto que también lo saben el hermano Juan María Gallo, italiano, que era su compañero en Roma, y vio este denunciante que tenían allí gran amistad, y también el hermano Samaniego, que fue su compañero desde aquí a Roma y volvió con él, y ahora está en el colegio de Arequipa o Tuli, y que diciéndolo este denunciante al padre Diego Álvarez de Paz, provincial, que le había parecido muy mal, le respondió que entendía había de haber una bula para poder hacer aquí de los agnus quebrados enteros, y replicándole este denunciante que esto había sido en Roma y no de quebrados sino de cera por bendecir, donde hay grandísimas penas y excomunión papal a quien lo hace, dijo que él lo vería y no sabe que se haya hecho ninguna diligencia más, ni más castigo; y por ser dada la hora cesó la audiencia, y siéndole leído lo que ha dicho, dijo estar bien escrito y lo firmó de su nombre. -ANTONIO DE UREÑA. -Pasó ante mí. -Juan de Izaguirre, secretario. »En la ciudad de los Reyes, a veintisiete días del mes de agosto de mil y seiscientos y veintidós años, estando en su audiencia de la mañana el señor inquisidor, licenciado Andrés Juan Gaitán, pareció en ella el dicho padre Antonio de Ureña, de la Compañía de Jesús, y continuando la dicha su declaración debajo del juramento que tiene hecho, dijo que el padre Bernabé de los Cobos, que ahora es ministro del colegio de Guatemala, le dijo que en el colegio de Oruro, el padre Claudio Coloni había manifestado una confesión declarando a un superior [363] de una religión un pecado de un súbdito suyo, que había sabido en confesión sacramental, y que entiende que el superior y el religioso eran de la Orden de Santo Domingo, y debe de haber que pasó esto tres o cuatro años, y que este padre Coloni se fue con el padre Joseph de Arriaga, a España, en la armada que partió del Callao el mes de mayo de este año, y dicen que va a Roma. »Iten, dijo que en este colegio de algunos años a esta parte suelen ser padres espirituales, que toman cuenta de la conciencia y juntamente confesores y consultores, personas que luego infaliblemente vienen por provinciales o rectores de la misma casa, como lo fue el provincial que ahora es, y el padre Diego Álvarez de Paz, rector y provincial, y que también corre público en la casa que el padre Gonzalo de Lira ha de ser provincial, y le dieron el dicho oficio, y le ejerció hasta que, fatigado de la asma, se fue a convalecer a la Sierra, de lo cual se sigue que sabiéndolo los de casa, se retraen en las confesiones de decir cosas graves, si las hay, por temor de que después les han de regir por ellas a premiar o castigar, tomando ocasión de otras, y la verdad es que el castigo no lo hacen al religioso, por lo que dicen, manifiestan y publican los superiores sino por lo que saben en confesión de sus conciencias del súbdito o súbditos a quien castigan, como públicamente, lo dijo el padre Esteban Pérez en unos casos de conciencia, un lunes, día en que tratan dellos en la Compañía, que podrían muy bien aprovechar los superiores de lo que sabían en las confesiones para el régimen de los súbditos; por lo cual ha sabido este denunciante que se han hecho muchas confesiones sacrílegas, así por esto como por la dificultad grande que tienen en dar licencia para absolver de cosas reservadas, por lo cual algunos han inventado nuevas y extraordinarias opiniones para no pedirla, sabiendo esta dificultad, como el año de 1616, en Santa Fe de Bogotá, siendo rector el padre Luis de Sanctillan y provincial el padre Gonzalo de Lira, estuvieron presos en la Compañía ocho o diez religiosos, entre los cuales fue Zamavilla, excelente músico de la iglesia de Toledo, porque decían que bastaba cuando el superior el día de fiesta dice la misa a la comunidad, aquella absolución general que dice misereatur vestri o aquello que se dice antes de comulgar indulgentiam absolutionem, etc., para quitar la reservación, por lo cual despidieron a algunos de ellos, y al maestro de ellos, que era Liçarraga, lector de teulogía, enviaron a España el año de 617, y desembarcó en Lisboa. [364] »Y que esta dificultad en dar licencia la ha experimentado este denunciante yendo a pedir algunas para personas de dentro de casa, que se querían confesar con él, los cuales sin grandes limitaciones y sin inmensa dificultad no pudo conseguir, y tan pocas que no pasaron de dos, teniendo este denunciante que expresar si había cómplice en el pecado del penitente que pedía la dicha licencia, por ser reservado el caso que pedía y obligaba a pedir la tal licencia, y que no hay pecado exterior mortal, si no es la omisión del rezo que no esté reservada, porque aunque el Pontífice por su bula señaló materias que se pudiesen reservar, y no otras, por aquella facultad que añadió que los capítulos y congregaciones generales podrían añadir los más que les pareciese necesarios, con esta latitud, en la primer congregación general, añadió la Compañía hasta no dejar pecado mortal, si no es la omisión del rezo, pecado mortal entiéndese exterior. »Iten, dijo que por cuanto sabe que hay un buleto de Su Santidad, y ha leído y ha oído decir en la Compañía a muchos religiosos de cuyos nombres no se acuerda ahora, que se despachó a petición de este Santo Tribunal, tomándole por toda la Inquisición, de que no se admitiesen ni aconsejasen, fuera de caso de necesidad, a mujeres mozas, hacer nuevas confesiones generales, por haberse experimentado que esta general noticia de la vida de la tal persona daba avilantez a los tales confesores para impetrar y alcanzar de ellas cosas no lícitas, el cual buleto porque, o muchos no le saben, o por otras razones, no le guardan; y que este denunciante ha experimentado muchas veces que no se practica, y en especial se lo dijo al dicho padre Juan de Villalobos, que confesaba innumerables mujeres, generalmente que a este denunciante le parecía que no había necesidad de que hiciesen confesión general sino particular, y le parece a este denunciante hay necesidad precisa de mandar a los padres de la Compañía que guarden y cumplan el dicho breve. »Iten, dijo que ahora se acuerda que dicho padre Juan de Villalobos dijo a este denunciante, tratando de la prudencia que se debía tener en las penitencias que se daban por cosas reservadas, que en un colegio un rector había mandado al confesor que le pidió licencia para un caso reservado, que mandase al penitente salir con una pública disciplina al refitorio, por lo cual conoció el superior el que había delinquido. »Y otro rector mandó traer un cilicio muy áspero a un confesor [365] que le fue a pedir otra licencia para un penitente, y como le mandó que diese en penitencia al que había cometido aquel pecado reservado el dicho cilicio muy aspero, haciendo diligencia para saber quién tenía el cilicio que él le había expresado le mandase poner, porque edificaba mucho en casa por su aspereza, conoció que el que le tenía era la persona para quien había dado la licencia del tal caso reservado; y que algunos superiores aunque saben que hacen mal en descubrir el que tiene caso reservado por los caminos dichos, y otros lo hacen porque de esa manera, y con tales finezas ganan opinión de exactos observantes, celosos, y así son superiores toda la vida, porque de estas cosas se avisa muy particularmente a Roma, de lo cual, pagado el General, les confirma los oficios, como el provincial presente Juan de Frías Herrán, que ha treinta y cuatro años continuos que es superior, y otros muchos, y el padre Oñate ha dieciocho o veinte años que es superior continuamente. »Iten, dijo que el privilegio para traer en este reino altar portátil, aunque es tan útil en algunas partes, no se usa en él con la debida decencia cuando se dice misa, como este declarante ha visto en lugares no limpios y en partes donde corría riesgo llevarse el aire la hostia consagrada, lo cual convendría avisarles en este particular que usasen del dicho breve con moderación y más decencia. »Iten, dijo que en las anuas que todos los años hacen los provinciales de todos los casos notables que han sucedido aquel año y les envían a Roma y a España, en las cuales anuas se ponen muchos casos que pasan en confesión, aunque sin señalar parte, y otros que tocan a la honra y reputación de personas graves, por lo cual se viene en conocimiento de las tales personas, con grave pérdida de su honra y reputación, porque como las personas son conocidas de los religiosos de casa y especifican tantas circunstancias y el Perú es un callejón donde todos se conocen sin dificultad ninguna, aunque no se ponga el nombre, se viene en conocimiento de la persona, y este declarante ha venido en conocimiento de algunas personas y de casos gravísimos por las tales anuas, por lo cual las tiene por perjudiciales y dañosas para las honras, por los tales casos, y necesario se les mande que no escriban los tales casos que envían en latín a Roma y en romance a todas las provincias de España, y que no se le acuerda por ahora otra cosa que decir, y que todo lo que ha dicho y declarado en las dos primeras audiencias, y en ésta es cierto y verdadero, y que no lo ha dicho por odio ni enemistad [366] que tenga a la Compañía, religiosos de ella, sino por descargar su conciencia, y siéndole vuelto a leer lo que ha dicho en las dos primeras audiencias y en ésta dijo estar bien escrito; encargósele el secreto, y prometiolo, y lo firmó de su nombre. -ANTONIO DE UREÑA. -Pasó ante mí. -Juan de Izaguirre, secretario. »En la ciudad de los Reyes, a tres días del mes de setiembre de mil y seiscientos y veinte y dos años, estando en su audiencia de la mañana el señor inquisidor, licenciado Andrés Juan Gaitán, mandó entrar a ella al dicho padre Antonio de Ureña, de la Compañía de Jesús, que vino sin ser llamado, y siendo presente fue dél recibido el juramento en forma debida de derecho, so cargo del cual prometió de decir verdad, y siendo preguntado dijo llamarse el padre Antonio de Ureña, de la Compañía de Jesús, natural de Medina de Rioseco, sacerdote predicador y confesor en la dicha Compañía, de edad de treinta y cuatro años, y dijo que se le ha acordado, de más de lo que en las audiencias pasadas dijo, que el padre Gabriel Cerrato, de la Compañía, predicando en La Paz, habrá tiempo de cuatro años, dijo como a ningún sacerdote que hubiese cometido pecado de carne con mujer le perdonaba Dios, lo cual dijo en la congregación de los clérigos de la dicha ciudad, de que se escandalizaron notablemente, lo cual le refirió a este denunciante el padre Cristóbal de los Cobos, que se lo oyó decir, que le parece a este denunciante tener alguna conexión con la herejía de Tertuliano, que enseñaba ser imposible perdonarse el pecado al adulto después que recibió el bautismo, y que también fue herejía de los anabaptistas y otros que decían que cada vez que pecaba un hombre era menester volverse a bautizar; y que lo que ha dicho es la verdad, y no lo dice por odio ni enemistad que tenga al dicho padre Gabriel Cerrato, sino por descargo de su conciencia, y siéndole leído, dijo estar bien escrito, encargósele el secreto y prometiole, y lo firmó de su nombre. -ANTONIO DE UREÑA. -Pasó ante mí, Juan de Izaguirre, secretario (247). »[...] En casa se publicó pena de excomunión para que cualquiera que hubiese entrado o llevado carta mía para ese Tribunal, lo viniese manifestando al padre provincial, reservando en sí la absolución, con [367] lo cual el viejo Martín de Jáuregui lo manifestó y le dieron su salmorejo. Sabido pues que había tenido origen de mí y no de Vuestra Señoría la ida a ese Santo Tribunal, la noche siguiente, luego que vine, me metieron en un infernal aposento, obscuro, lóbrego, poniendo tres llaves, y por una ventanilla solamente me daban de comer, que era sólo pan negro y agua, que añadido al suelo por cama, me hizo tal impresión en el estómago que no podía retener nada con continuos vómitos. Viendo esto, por temor de la muerte, dije me llamasen al provincial, que ya sabía por qué era tanto rigor; vino, y habiendo tratado con él varias cosas, me dijo si tenía otra cosa que se la dijese, para remediar, tirándome tiros que luego entendí; yo entonces viéndome en el apretura referida y que el aposento se caía sobre mí, que entendí ahogarme de polvo, sin retener nada en el estómago, saltando como perjuro el juramento, le descubrí tres cosas de las que denuncié; bien es verdad que primero que las dijese, le dije que en conciencia no podía; aquí me respondió que por evitar alguna deshonra a la Religión, que no tuviese escrúpulo en manifestárselo; lo que le dije fueron estas tres cosas: primera, la consulta del padre Juan Vásquez con el hechicero, no añadiendo más, a que me respondió que ya se habían desdicho los testigos y que entendía había sido dicho no más. Lo segundo que le dije fue lo de los privilegios falsos, que sintió muchísimo sobre manera, sobre que tuvimos muchos dares y tomares, por lo cual esta armada se harán fuertes diligencias para ganarlos del Pontífice nuevo, que afirman ser muy afecto a la Religión, que por ser punto tan esencial, ha dado y dará grandísimo cuidado y más del que Vuestra Señoría puede imaginar, pues ya son súbditos de los señores obispos o sus superiores, y como ahora los dos arzobispados de este reino están vacos, como a parte indefensa y sin defensor, entiendo perecerán; pero este cuidado más les toca a los señores prelados, que a mí; sólo afirmo que si Paulo Quinto viviera, ni se lo pidieran ni los concediera jamás, pues en el uso hay abuso y prodigalidad, poco recurso a los señores obispos, ninguna subjeción, menos estimación. Lo tercero, fue lo de la carta de las solicitaciones; cayó luego en ello, pero dijo que el fraile sería castigado, pues no avisó; preguntó si alguno en particular estaba encontrado, dije que no, y señalando algo al que fue a España a otro propósito, me preguntó con ansia si había de aquel padre otras cosas, mas tan de veras que me hizo reparar; esto es lo que solamente le dije, con harto dolor de [368] mi alma; con que de lo que hubiese delinquido pido perdón; pasó esto a 16 de setiembre. »No paró aquí el negocio, porque el padre Alonso Mesía, ansioso o temeroso de haber sido comprehendido en algo, negoció con el padre provincial (salvo si fue traza de entrambos), de que me confesase al Mesía, por saber lo que me había pasado y el provincial por si había ocultado otra cosa, y aunque yo pedí otro padre (porque a Mesía jamás por su poca verdad, mucha caballería e indecible presunpción le había podido tragar) no tuvo remedio, sino que había de ser él, como si el confesar fuera casamiento indisoluble o violencia tiránica; en fin, vino (comenceme a confesar, y luego lupus in fabulationem), viera Vuestra Señoría tanto apremio, que sólo le dije, que no es usted, que sólo es una consulta que el padre Juan Vásquez hizo en España a un hechicero, y aunque me desoyó, no dije más, y de aquello pásame harto en verdad, yo no sé si por no le haber dicho más, o porque luego me revolvió con el provincial, no tanto como él lo está con el General... »Lo que resultó de haber dicho al provincial los tres puntos, fue darme palabra de sacarme otro día; luego aquel mismo, la comida buena y abundante, cama y mejor aposento y dejar que los de casa me hablasen, y en este estado estoy ahora...» (248) »[...] Con lo cual no hay quien se atreva, no le suceda lo que a mí», terminaba Ureña (249). Según desde un principio ha podido comprobarse, los obispos no recibieron en general con aplauso el establecimiento de la Inquisición en sus respectivas diócesis, bien fuera porque así se les cercenaba considerablemente su jurisdicción, o porque con el curso del tiempo pudieron cerciorarse de que en sus ministros sólo podían encontrar verdaderos perseguidores de su conducta, cuando no gratuitos detractores. Bajo este aspecto, el Tribunal no se andaba con escrúpulos, pues donde quiera que notase el más mínimo síntoma de enemistad, de mero descontento, o de simple falta de aprobación de sus procederes, jamás dejaba de encontrar en sus archivos, o de forjar para el caso, informaciones que rebosaban veneno, destinadas a enviarse al Consejo de Inquisición o al Rey, por medio de sus jefes inmediatos. [369] No sólo el infeliz reo que después de ser penitenciado se desahogaba quejándose del modo como había sido tratado o de la poca justicia que se había usado con él, estaba sujeto a caer en primera oportunidad de nuevo bajo el látigo inquisitorial, pero los que por algún motivo cualquiera, aunque fuese el mismo decoro del Tribunal, ajado y pisoteado por la avaricia o vida escandalosa de sus miembros, creían oportuno dar aviso al Consejo de Indias o al de Inquisición, y hasta los mismos prelados que en cumplimiento de sus deberes se creían en el caso de formular la más ligera indicación que pudiera contrariar los planes de los inquisidores, eran denunciados, calumniándolos muchas veces sin piedad. Fue éste un sistema a que desde los primeros días amoldaron su conducta con una rara invariabilidad. No recordaremos el caso en que con todo descaro, obedeciendo a un sistema preconcebido, negaban los inquisidores la comunicación de los documentos que en sus archivos existían tocantes a Santa Rosa cuando se trató de canonizarla; pero si no fueran ya bastantes los numerosos testimonios que sobre la táctica del Tribunal dejamos consignados, queremos aquí estampar una última muestra de la impudencia con que la baba inquisitorial se cebaba hasta en las personas que la Iglesia ha elevado hace tiempo a la categoría de santos. He aquí en efecto, lo que uno de los ministros decía con referencia a Santo Toribio y demás obispos congregados en concilio provincial: «Hemos tenido mucha experiencia en este reino de que generalmente no dio gusto venir la Inquisición a él, a las particulares personas, por el freno que se puso a su libertad en el vivir y hablar, y a los eclesiásticos, porque a los prelados se les quitaba esto de su jurisdicción, y a los demás se les añadían jueces más cuidadosos, y a las justicias reales, especialmente Virrey y Audiencias, porque con ésta se les sacaba algo de su mano, cosa para ellos muy dura, por la costumbre que tenían de mandarlo todo sin excepción; y así, para que esta contradicción en sus ánimos se olvidase, y en lugar de ella le subcediese afición y amor, el que a tan Sancto Oficio se debe hacer, hemos estado y estamos muy cuidadosos de que en nuestra manera de proceder y en la modestia de nuestros ministros, no sólo no hubiese cosa enojosa, sino toda afabilidad y concordia, guardando lo que debemos en lo demás; y con todo este cuidado hallamos siempre que reparar en unos y en otros tribunales, que no mirando a lo mucho que su magestad les encomienda nuestras cosas, comúnmente las desfavorecen en lo que pueden, especialmente [370] los obispos, no considerando que con la Inquisición les quitó Vuestra Señoría lo con que más encargaban sus conciencias, pues no usaban de ella sino en los casos y con las personas con quien con su jurisdicción ordinaria no podían, y en los que derechamente eran de este fuero hacían lo que en los demás ordinarios, según hemos visto por los procesos hechos por ellos que se nos remitieron; y con este fundamento, y no cierto con otro, estando los obispos de estas partes congregados en esta ciudad en concilio provincial, después de muchas discusiones que entre sí tuvieron y en que lo que nos fue posible, les quitamos con nuestra intervención, entre las pocas cosas en que se convinieron fue una el capítulo de una carta que escribieron a su majestad, cuya copia será con ésta, en que tratan de nuestros comisarios, y certificamos a Su Señoría que en ninguno de los que hemos tenido, ha halládose cosa de las que en este capítulo se les imputa, sino, demás de lo dicho, creemos que será la causa el haber los obispos del Cuzco (que es difunto), y el de La Plata y el de Tucumán pretendido de nosotros que los hiciésemos comisarios en sus obispados, y habérselo negado, en conformidad de lo que Vuestra Señoría nos |