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Anales de la Catedral de Lima

1534 a 1824

José Manuel Bermúdez



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Este libro, cuyo manuscrito original se conserva en la Biblioteca de Lima, es la, historia más completa y auténtica de la Catedral Limense durante la época colonial. Los actos todos de los diecisiete arzobispos españoles que tuvo la capital del virreinato, desde los días de Pizarro hasta el advenimiento del Generalísimo San Martín, están relatados con llaneza de estilo y minuciosidad por el autor.

Fue éste el doctor don José Manuel Bermúdez, nacido en Tarma en 1764. Educado en el Seminario de Santo Toribio, del cual fue catedrático, desempeñó por muchos años el curato de Huánuco, obteniendo en 1803 su traslación al coro de Lima en la condición de medio-racionero.

En 1806 ocupó la silla de racionero, a la vez que se le nombró Secretario del Cabildo, cargo que sirvió hasta 1814, en que obtuvo la dignidad de Magistral. Fue en esta época cuando el doctor Bermúdez registró archivos, compulsó documentos y acopió los datos que utilizara más tarde para redactar los interesantes Anales de la Catedral.

Como orador, merecieron caluroso encomio sus oraciones fúnebres en memoria del obispo Gorrochátegui, del conde de la Unión, del arzobispo La Reguera y del Presidente de las Cortes de Cádiz Morales y Duarez, natural de Lima.

Como escritor, son sus producciones más notables: una Vida de Santa Rosa, (impresa en 1827), y tres opúsculos sobre   —4→   materias eclesiásticas, siendo muy elogiado el que consagró a la defensa de la Bula de Pío VI, sobre diezmos y rentas. Fue uno de los colaboradores del famoso Mercurio.

Gran conocedor de la lengua quechua compuso una gramática y un vocabulario, condenando como muy lamentable error de los conquistadores el haber pretendido extinguir aquella lengua que no cede a otra alguna en energía, magestad, precisión, abundancia y dulzura.

Según hemos leído, en el artículo que en su Diccionario Histórico consagra Mendiburu al canónigo Bermúdez, fue éste uno de los vocales que compusieron la junta de pacificación nombrada por el virrey La Serna, para pactar un armisticio con los patriotas y discutir sobre la manera de poner término a la guerra.

Murió el canónigo Bermúdez en 1830, desempeñando la alta dignidad de Chantre en el coro de Lima, a la edad de 66 años.

Por nuestra parte, creemos cumplir un acto de justicia y de patriotismo al no consentir en que siga por más tiempo ignorada o desconocida la obra del ilustre sacerdote peruano.

Lima, Julio de 1903.





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ArribaAbajoAnales de la Catedral de Lima

Es constante que los cuerpos políticos, civiles y eclesiásticos, mientras más se alejan de sus principios decaen más de su primer vigor y observancia, ó sea porque se va enfriando aquel celo y calor con que se instituyeron, o porque se han ido olvidando las reglas y usos que sirvieron de base a su establecimiento, o sea en fin por la variación de las circunstancias, lo cierto es que pasando algunos años, cotejando el origen con los progresos, se halla una notable diferencia entre el uno y los otros. Sucede en estos cuerpos morales lo que en los físicos, que después de una carrera brillante y vigorosa llegan a degenerar en una vejez débil y oscura.

Pero los morales se distinguen de los físicos en que, terminando estos precisamente en su destrucción, aquellos pueden rehacerse y tal vez volver a su ser primitivo con la reforma y la renovación de sus antiguas leyes. Aunque la Santa Iglesia de Lima no ha perdido su antiguo esplendor, con todo, algo ha experimentado de las injurias del tiempo, por lo que se ha pensado en hacer revivir sus antiguas laudables costumbres para que pueda recobrar sus pasadas glorias, lo que, no puede ejecutarse con más acierto que haciendo, como nos proponemos, un compendioso relato cronológico de lo que ha sido desde sus principios.

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ArribaAbajo- 1534 -

Hernando de Luque, Maestre-Escuela de la Iglesia de Panamá, formó en 1523 con Francisco Pizarro y Diego de Almagro el triunvirato de la conquista. Trataron, según Garcilaso, que el primero quedase en Panamá al cuidado de las haciendas de los tres, que Pizarro emprendiese el descubrimiento y conquista de estas tierras, y que Almagro fuese y viniese con gente, armas, caballos y bastimentos. Luego fue nombrado Luque primer obispo de Tumbes, primera tierra que se descubrió, aunque la mitra no tuvo efecto por haberlo impedido la muerte.

Con esta noticia fue hecho obispo de todo el Perú, en 1534, el dominicano fray Vicente Valverde, natural de Oropesa, diócesis de Ávila, primo de Pizarro, con quien había venido. Fijó su residencia en la ciudad de Cuzco, gobernando a la Iglesia de Lima por medio de predicadores y misioneros. Se halló en esta capital al tiempo de la tragedia de Pizarro, y por distraer su pena, fue a predicar a los indios de Puná, isla del distrito de Guayaquil, donde murió a manos de los bárbaros. Dividida su Iglesia en las del Cuzco, Quito y los Reyes o Lima, se encargó ésta a don fray Gerónimo de Loayza, también dominicano, natural de Trujillo, en Extremadura, que fue promovido a ella de la de Cartagena de Indias, que había fundado y consagrado.




ArribaAbajo- 1543 -

Este varón insigne entró de obispo de Lima en 1543, y tomó posesión de su silla el 27 de dicho mes y año. Después de muchos hechos, memorables y dignos de alabanza, así en orden a la del clero, como al beneficio de los naturales, empezó a organizar el cabildo eclesiástico, y en Agosto del propio año de 1543 tuvo por primer Arcediano de su nueva Iglesia a don Francisco León, sevillano; por primer   —7→   Chantre al granadino D. Francisco de Ávila; y por primeros canónigos a Alonso Pulido, natural de Placencia, y a Juan Lozano, de Sevilla. En el mismo año de 1543, el 17 de Setiembre, erigió esta Catedral, en virtud de letras apostólicas de la Santidad de Paulo III, dadas en Roma el 14 de Mayo de 1543, para cuyo servicio instituyó cinco dignidades: Deán, Arcediano, Chantre, Maestre-Escuela y Tesorero; diez canónigos, seis racioneros enteros y seis medios; dos curas rectores, seis acólitos, seis capellanes, un sacristán, un organista, un perdiguero, un ecónomo, un cancelario o notario, y un caniculario, debiéndoseles dar a todos sus estipendios, por distribuciones cuotidianas, del producto de los diezmos, según se fuese adelantando; de modo, que los que no asistiesen sin causa legítima no ganaran la cuota que les corresponda, y el oficial que no cumpla sea multado. Se hizo por entonces esta Iglesia sufragánea de la de Sevilla, y se ordenó que el oficio diurno y nocturno, en la misa y horas, fuese según acostumbra dicha Santa Iglesia de Sevilla, hasta que se celebrase Sínodo.




ArribaAbajo- 1547 -

En este año de 1547 fue creado primer Arzobispo de los Reyes por el mismo Paulo III.




ArribaAbajo- 1548 -

Recibido el palio de primer Arzobispo de Lima de manos del Dean y Cabildo del Cuzco, donde se hallaba a la sazón, en compañía, del Gobernador Pedro de la Gasca por asuntos del real servicio.




ArribaAbajo- 1549 -

Por Mayo admitió el señor Loayza como primer Dean de esta Iglesia a D. Juan Toscano, natural de Sevilla.



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ArribaAbajo- 1550 -

En el mes de Junio entró de primer Maestre-escuela Juan de Cerviago, de Burgos; y en 27 de Setiembre se recibió de canónigo Agustín Arias, de Medina del Campo, componiéndose ya entonces el Cabildo de los siguientes:

Deán......................................... D. Juan Tocasno
Arcediano................................. D. Francisco León
Chantre..................................... D. Francisco de Ávila
Maestre-escuela........................ D. Juan de Cerviago
Canónigos D. Alonso Pulido, D. Juan Lozano y D. Agustín Arias.




ArribaAbajo- 1551 -

Se empezó a celebrar el primer Concilio Provincial de Lima, del que el señor Loayza da idea por este

PRÓLOGO

«Una de las mayores fuerzas en que la Iglesia se sustenta y con que mayor temor y franqueza pone en sus enemigos, es la congregación de los Concilios y Sínodos. Esto tiene autoridad y principio de los apóstoles, príncipes y fundadores de ella, y siempre la Iglesia, en todo por el Espíritu Santo regida, lo ha continuado. Y pues en nuestros tiempos ha sido Dios Nuestro Señor servido que se descubriesen estas provincias, que de inmemorable tiempo están pobladas de gentes de quien no leemos ni se ha podido entender que tuviesen conocimiento de la Verdad, ni se les haya predicado el Evangelio, para dar orden mediante su divina gracia y misericordia, como se les prodiga y enseña nuestra santa fe católica, que son capaces de   —9→   ello: así mismo para dar orden al culto divino y ministerio de ellas, y corrección y enmienda de las vidas y costumbres de los cristianos de este arzobispado, y de los obispados sufragáneos a él, Nos Don fray Gerónimo de Loayza, por la misericordia divina primero Obispo y Arzobispo de esta Ciudad de los Reyes, con acuerdo y parecer de los venerables y muy amados hermanos nuestros, Deán y Cabildo, hemos convocado Concilio provincial en esta dicha ciudad de los Reyes, para el cual mandamos llamar por nuestras cartas patentes a los muy reverendos en Cristo los Obispos de Tierrafirme, Nicaragua, Cuzco, Quito y Popayán, nuestros sufragáneos, y notificado a los Cabildos de sus Iglesias y a los prelados de las órdenes de Santo Domingo, San Francisco, San Agustín y Nuestra Señora de la Merced, que en esta dicha ciudad tienen conventos y están. De cuya aprobación y consentimiento, después que fueron todos o la mayor parte de ellos por sus procuradores ayuntados en la dicha nuestra Santa Iglesia de esta Ciudad de los Reyes, invocada primero la gracia del Espíritu Santo, hicimos y ordenamos las constituciones siguientes, etc.»

Estas fueron 81, contenidas en otros tantos capítulos. El más notable es el primero, que se reduce a que los prebendados ganen por distribuciones cuotidianas, y asistan a las horas canónicas con sobrepellices y capas, cuando fuere tiempo de ellas, so pena de que se les apunte si así no lo practicaren. Son dignas de copiarse sus palabras formales que son estas: «Considerando cuan importante cosa es que los sacerdotes, en especial los beneficiados y prebendados, que además de la obligación del derecho gozan de las rentas de las Iglesias, tengan cuidado de decir las horas y oficio divino con que Dios Nuestro Señor ha de ser alabado en ellas, como es razón sea, estamos y mandamos, conformándonos con la Erección, porque el dicho oficio divino menor se haga, y que la renta de los prebendados de esta santa Iglesia Catedral y de las demás Iglesias Catedrales de nuestro Arzobispado y Provincia, sean distribuciones cuotidianas; y todos los beneficios y prebendados sean obligados a residir en el coro a todas las horas, con propios sobrepellices y capas de coro; de las cuales dichas capas han de usar desde las vísperas de los Difuntos después de haber   —10→   dicho las de Todos los Santos, hasta las de Pascua de Resurrección a todas horas, si no fuere a las fiestas de primera, segunda y tercera dignidad, sirviendo por su concierto y orden y por semanas a Prima, Tercia, Misa Mayor, Sexta, Nona, Vísperas y Completas; y que ninguno faltare a ninguna de las dichas horas, so pena que el que faltare a alguna de ellas, o estuviere sin sobrepelliz o capa en el dicho tiempo que de ellas se ha de usar, pierda la distribución cuotidiana que aquel día había de ganar a la hora que faltare.»




ArribaAbajo- 1552 -

Se omite transcribir todo lo restante de este monumento, tan precioso como raro, de nuestras antigüedades, por no juzgarlo tan necesario: pero se copian las palabras con que se concluyen, que terminan así: «Las cuales dichas Constituciones, a gloria de Dios Nuestro Señor, se acabaron a 20 días del mes de Febrero de este presente año de 1552. Y su señoría y los procuradores de los obispos, que en su nombre asistieron a dicho Sínodo, y el Deán y Cabildo de la Santa Iglesia de esta dicha Ciudad, y los prelados de las órdenes que de uso están nombrados, lo firmaron de sus nombres. A lo cual yo, Agustín Arias, canónigo de esta santa Iglesia, Notario Apostólico, con su señoría Reverendísima y con los dichos señores fui presente. - Frater Hieronimus, Archiepiscopus de los Reyes. Por el obispo contenente Rodrigo de Arcos, clérigo. - Por el obispo del Cuzco, Baltasar de Loayza. - Por el obispo de Quito, el licenciado Juan Fernández. - El licenciado Juan Toscano, Deán. - El licenciado Cerviago, Maestre-escuela. - El canónigo Agustín Arias, por el Cabildo del Arzobispado de los Reyes. Frater Joannes Baptista de la Roca. - Frater Franciscus Victoria, comisarius generalis. - Frater Joannes de San Estancio. - Frater Michael de Orenes.» Las cuales Constituciones se publicaron en esta santa Iglesia en 22 de Febrero de 1552, después de la misa mayor. Predicó el Arzobispo y las leyó Luis de Rivera, clérigo, sacristán mayor, delante de mucho concurso.



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ArribaAbajo- 1553 -

Fue recibido de primer Tesorero de esta Santa Iglesia D. Alfonso Garcés, oriundo de Salamanca.




ArribaAbajo- 1563 -

En 18 de Enero entró de Arcediano D. Bartolomé Martínez, en lugar de D. Francisco León.




ArribaAbajo- 1554 -

En 24 de Febrero se publicaron las Constituciones, que se acabaron en 23 de Enero del mismo año, para la doctrina y de los naturales.

En 18 de Agosto asistió su Ilustrísima con el Venerable Deán Cabildo a la de la parroquia de San Sebastián.




ArribaAbajo- 1555 -

En 24 de Febrero entró de canónigo D. Pedro de Villaverde, toledano.

En 30 de Octubre se recibió de canónigo D. Pedro Mexía, de la Paz.




ArribaAbajo- 1556 -

En 1º de Noviembre entró de Chantre, en lugar de D. Francisco de Ávila, el doctor Marquina, natural de Victoria.




ArribaAbajo- 1557 -

Fue canónigo D. Bartolomé Leones, sevillano.



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ArribaAbajo- 1561 -

En 18 de Febrero entró de canónigo D. Pedro Ruiz, de Talavera.




ArribaAbajo- 1563 -

En 4 de Mayo fue nombrado canónigo D. Francisco Fernández, natural de Valverde.




ArribaAbajo- 1564 -

En 8 de Agosto nombró el Cabildo maestro de la obra de la Iglesia nueva a Alonso Beltrán; y al canónigo Pedro Mexía para la recaudación de los diezmos de esta ciudad.

En 19 de Setiembre mandó el Cabildo que, al que faltase en el día asignado para cabildo se le multe, apuntándole dos días de su prebenda.

En 1º de Noviembre señaló el Cabildo cincuenta ducados anuales a su apoderado en la Corte.




ArribaAbajo- 1565 -

En 19 de Enero dio licencia el Cabildo al canónigo Pedro Mexía, por quince días, para que se curase, tomando los baños de Atabillos, ganando su prebenda.

En 6 de Julio se resolvió que la Iglesia nueva no estuviese cerca de la cárcel de la ciudad.

En 24 de dicho mes se determinó que dicha fábrica se conformase al plan trazado por Alonso Beltrán, con tres naves y sus capillas a los lados.

En 30 de Julio proveyó su Ilustrísima auto revocatorio de los cabildos celebrados sobre el sitio y forma en que se iba a hacer la iglesia.

El 14 de Agosto se dispuso que se tomase la casa arzobispal para hacer la iglesia, con la calidad de que se edificase   —13→   para el Arzobispo, y no de otro modo. En 22 de Agosto de 1565 quedó decidido que se fabricase la iglesia en la casa arzobispal, y que ésta se edificase en lo que quedase del solar.

En 2 de Diciembre se mandó que el canónigo Pedro Mexía diese cada mes cuenta de los diezmos que recaudara.




ArribaAbajo- 1566 -

En 15 de Octubre se decidió que el prebendado, canónigo o dignidad, que saliese a visita, no gane su prebenda.

En 21 de Diciembre se resolvió que los divinos oficios se hagan con toda solemnidad.

Se permitió que se exhumasen los huesos del Conde de Nieva, Virrey que fue de Lima, para llevarlos a España.

Con motivo de la venida de los obispos para el segundo Concilio provincial, que se había de celebrar el año siguiente de 1567, se trató entre otras, cosas de nombrar quien asistiese a él por el Cabildo.




ArribaAbajo- 1567 -

En 1º de Enero fue elegido el Arcediano D. Bartolomé Martínez para asistir al segundo Concilio provincial a nombre de esta Santa Iglesia y su Cabildo.

En 25 de Febrero se le dio poder y se le nombró letrado.

Se celebró efectivamente el referido Concilio en el año 1567, mas no podemos puntualizar su fecha por haberse perdido sus actas, sin haberse podido hallar en Roma ni en España, ni en esta ciudad, por más diligencias que se han practicado. Solo se conserva un sumario de ellas que mandó formar el tercer Concilio provincial del año 1583, y se imprimió en Sevilla el año 1634 a solicitud del señor D. Fernando de Mendoza, obispo. Se componía el Cabildo en dicho año del Deán D. Juan Toscano; Arcediano D. Bartolomé Martínez; Chantre Don N. Marquina; Maestre-escuela D. Juan Cerviago; y Tesorero D. Alfonso Garcés; Canónigos Alonso Pulido, Juan Lozano, Agustín Arias, Pedro Villaverde, Pedro Mexía, Bartomé Leones, Pedro Ruiz y Francisco   —14→   Fernández. Los cinco dignidades y ocho canónigos.

El 17 de Marzo los muy magníficos y reverendos señores D. Bartolomé Martínez, Arcediano; D. Juan de Andueza Chantre, que entró en lugar de Marquina; D. Alfonso Garcés, Tesorero; y los canónigos Juan Lozano, Pedro Mexía, Bartolomé Leones y Francisco Fernández, hicieron la profesión de fe y juramento de obediencia que manda el Tridentino. Para lo que el Arcediano Martínez, poniéndose de pie, se quitó el bonete, y juntas las manos dijo: Ego licenciatus Bartolomeus Martinez, Archidiacunus, hujus Santa Ecclesia credo et publice profiteor sanctum Catholicum et ortodoxam, et spondo et juro me semper permansere in ea. Y tomó con sus manos el libro del Concilio Tridentino, lo besó y lo puso sobre su cabeza, ejecutando después lo mismo por su orden los demás señores.

El 16 de Setiembre, con motivo de la muerte del canónigo Pedro Ruiz, se trató si su renta se repartiría o quedaría para un Rector, como ordena el Tridentino. No consta la resolución. Murió Ruiz el 7 de Enero.

El 2 de Octubre juntos los señores D. Juan Toscano, D. Juan de Andueza, Chantre; D. Alfonso Garcés, Tesorero; y canónigos Juan Lozano, Pedro Mexía, Bartolomé Leones y Francisco Hernández, se trató del diezmo de Trujillo, de ropa de algodón, de la lectura de cátedras de escritura y gramática, y sobre misas cantadas.

En 24 de Noviembre entró de Maestre-escuela, en lugar de D. Juan Cerviago, D. Francisco de Urquiza, natural de Calahorra.




ArribaAbajo- 1568 -

En 27 de Abril hicieron la profesión de fe y juramento de obediencia, mandados por el Tridentino, el Deán D. Juan Toscano y el Maestre-escuela D. Francisco Urquiza; y se acordó que el Chantre no hiciese semana de misa de tercia, por ser muy necesaria su asistencia en el coro.

En 12 de Mayo fue nombrado mayordomo el canónigo D. Pedro de Villaverde, y por secretario de Cabildo el presbítero Antonio Pastrana.



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ArribaAbajo- 1569 -

En 23 de Diciembre se recibió el canónigo D. Cristóbal Medel, natural de Huelva, en la diócesis de Sevilla, e hizo el juramento prescrito en manos del Arzobispo, en el Cabildo de esta santa Iglesia, conforme al Tridentino.




ArribaAbajo- 1570 -

En 18 de Febrero perfeccionó el señor Arzobispo Leayza la erección de la parroquia de Santa Ana, que más dos años antes estaba cerrada y declarada como tal, en la Iglesia del mismo título contigua al hospital de los naturales.

En 21 de Agosto, juntos en Cabildo el prelado, D. Juan de Andueza, Chantre, Juan de Céspedes, Maestre-escuela, D. Alfonso Garcés, Tesorero, y los canónigos Juan Lozano, Pedro Mexía, Pedro de Villaverde, Bartolomé Leones y Cristóbal Medel, trataron del oficio divino y silencio en el coro: acordaron que nadie hablase en él, y quien lo hiciese sea avisado por primera y penado por segunda. Pidieron que para quietud y sosiego de las dignidades y canónigos se diese algún corte en un pleito que seguían sobre ciertas ventajas que pretendían los primeros. Se nota que en adelante no se nombra al Deán Toscano.

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En 9 de Octubre se congregaron el Arzobispo, Arcediano, Chantre, Maestre-escuela y Tesorero con los canónigos Lozano, Hernández y Medel a tratar sobre diezmos, vicarios y otras cosas.




ArribaAbajo- 1572 -

En 26 de Febrero juntos el Chantre y los canónigos Lozano, Leones, Hernández y Medel acordaron que si se enfermaba un prebendado dijese las misas de obligación el que se nombrase, pagándole a este de la renta de aquel, entendiéndose lo mismo de las misas bajas. Y si el enfermo se aliviase podrá seguir su semana.

En 15 de Abril presidiendo el cabildo su señoría ilustrísima, a presencia del Arcediano, Chantre, Tesorero y los canónigos Lozano, Mexía, Leones, Fernández y Medel, se abrieron dos reales cédulas sobre la erección de esta Iglesia y pleito mencionado en el año anterior que traen dignidades con canónigos, y dijo su ilustrísima que convenía a su quietud y al buen ejemplo que cesasen los pleitos y se diese un corte amigable. El Arcediano, Chantre y Tesorero, se conformaron en que se diese un corte por lo pasado; pero que en lo venidero no querían perjudicar a sus sucesores. Los canónigos unánimes protestaron que deseaban un convenio útil a todos, dejándolo al arbitrio del Prelado. Se juzgó conveniente informar a Su Majestad en su Consejo de Indias del importe de los diezmos de este Arzobispado, del modo de su distribución y del número de los prebendados que hay, sacando el testimonio de las memorias que existen. Se resolvió que no gane el Arcediano cuando fuese a visita, que aunque los prebendados que mueren lleven su prebenda y la ganen después de seis meses de muertos, no se entienda esto de las dignidades: y que a los prebendados se les den los testimonios que pidan sobre lo dicho.




ArribaAbajo- 1573 -

En 3 de Noviembre, juntos el Arcediano, Chantre, Tesorero y los canónigos, se expuso que de las ofrendas del día de Difuntos, y Jueves y Viernes Santo se saca más de lo que   —17→   corresponde a la cuarta arzobispal, y de lo restante se da a los curas, sacristanes y cantores, quedando muy poco para el Cabildo; y reducido a votos dijo el Arcediano que, sin perjuicio de lo que tiene protestado y pedido ante su ilustrísima y en el Concilio provincial de 1567 sobre la materia, era su parecer se informase a Su Majestad con testimonio de las protestas de dicho Concilio y respuesta de su ilustrísima, para que el Rey provea lo que fuere servido, y que éste es un voto que pide se ponga por acta. Todos los demás fueron del mismo parecer.

En 1º de Noviembre estando en las casas del hospital de los naturales, donde vive el Arzobispo, juntos su ilustrísima, el Arcediano, Chantre y Tesorero con los canónigos después que se trató del remate de los diezmos de esta ciudad por aquel año de 1573, agregó su ilustrísima que estaba informado que no se hacían los cabildos como lo tenía ordenado, sino en el coro o donde se hallaban, en cualquier día y sin presencia de secretario, estando señalados los martes y viernes, salvo cuando se necesita variar el día; encargóles la enmienda en adelante. Se le respondió que si alguna vez se juntaban en el coro era después de misa mayor, cuando ya no había gente en la iglesia, porque la pieza de Cabildo estaba muy maltratada, y le suplicaron que hiciese otra más decente para el efecto, a lo que contestó que la Iglesia estaba muy pobre y que mientras se acabase la nueva lo pasasen como pudiesen con orden en lo dicho. Al fin se acordó que el Chantre hiciese semana, que tomase capa y asistiese a maitines, sobre lo que pasaron algunas cosas entre canónigos y dignidades, y mandó su ilustrísima al secretario que sacase de la erección lo que se mandó dar por el misa mayor al diácono y sub diácono, presenciando dicho testimonio el canónigo Villaverde y un dignidad que se nombrase.




ArribaAbajo- 1574 -

En 25 de Febrero juntos el Arcediano, Chantre, Tesorero y los canónigos, acordaron que respecto de que los martes y viernes de cuaresma eran días de sermones se subrogase el miércoles para los Cabildos. Así mismo convinieron   —18→   en que se fabricase la sala capitular en el mejor sitio, como se practica en otras catedrales.

El 15 de Abril mandó su ilustrísima que se hagan los cabildos martes y viernes, conforme a la creación y con presencia del secretario.

En 1º de Abril se trató de la necesidad que había de un perdiguero y se hizo indicación que se nombrase por su ilustrísima, a cuyo arbitrio se remitió. Añadió el Arcediano que había mandado su ilustrísima que las ofrendas de difuntos, jueves y santo, de que se habló en el Cabildo de 3 de Noviembre pasado, se repartiesen en el presente año en cuatro partes: una para sí, otra para el Cabildo, otra para la iglesia, y otra para los cantores. De lo que resultó haberle cabido a cada prebendado poco más de dos pesos, los que algunos mostrándose agraviados no quisieron recibir. Impuesto de esto, el mayordomo Hernando Rivera se presentó a su ilustrísima pidiendo que dichas ofrendas se aplicasen en otra forma, y se proveyó que en orden a la caridad según era la costumbre, y en lo demás se vería. En lo que está agraviado el Cabildo, por ser suya la ofrenda, y para que no sea mayor el daño, se acordó que cada uno diese su parecer. Dijo el Arcediano que se contradijese en todo al Cabildo y se protestase para que no le parase perjuicio, asentándolo así el Secretario y dándolo por testimonio junto con el Cabildo de 3 de Noviembre de 1573, para lo que vea su Majestad y el Consejo. Todos los demás fueron del mismo parecer.

En 25 de Abril se nombró de perdiguero a Baltazar de Cepeda.

En 26 de Abril de 1607 juntos en Cabildo el Deán D. Pedro Muñín, D. Juan Velasquez, Arcediano, D. Cristóbal Medel, Tesorero, canónigos León, Días de Aguilar, Menacho, Guzmán, Corne, San Juan y Vega, propuso el Deán que el bachiller Diego Duarte Jiménez, rector del Seminario, se iba a España y era preciso nombrarle sucesor; y se nombró al bachiller Juan Hurtado, presbítero; y por muerte súbita de éste se nombró al presbítero Hernando de Guzmán.

En 16 de Mayo se recibió aviso de Juan de la Serna, residente en España, de que el Rey concedió los novenos por seis años para la fábrica de esta iglesia, y se trató de enviarle de albricias doscientos pesos por su diligencia y aviso.

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En 18 de Julio reparó el Deán que empezaban a derribarse por la caballeriza las casas arzobispales para extender la fábrica de la iglesia, y se convino en que se esperase al nuevo Arzobispo, pasando recado al Presidente de la Audiencia y memorial al Real Acuerdo advirtiéndole lo referido; y se comisionó para ello al canónigo D. Andrés Díaz de Abren.

Aquí conviene advertir que, cumplido el primer año de la muerte del señor Mogrovejo, se condujo su cadáver, según lo dispuesto, a esta ciudad, y desde la iglesia de Santo Domingo se pasó a la Metropolitana, con solemnísimo acompañamiento del clero, Audiencia gobernadora (por muerte del Virrey conde de Monterrey) y demás corporaciones; se le hicieron magníficas honras, en que predicó el Deán, y se depositó en la bóveda del Cabildo.

En 6 de Octubre entraron en el Cabildo D. José Rivera, Alcalde ordinario, y Gonzalo de Abrego, Regidor de esta ciudad, y a nombre de ella pidieron las colgaduras y doseles de la Catedral para adornar en el Callao el hospicio del Virrey marqués de Montes Claros, a quien aguardaban por horas. El señor Menacho se opuso alegando que los damascos de la iglesia eran nuevos, sin manchas, y que se deteriorarían con el préstamo. Todos los demás resolvieron que se prestasen.

En 8 de Noviembre, con motivo del entierro de D. Antonio de Vargas Carvajal, se proveyó auto para que lo entierros con asistencia del Cabildo se hagan por quinientos pesos de a nueve reales.

En 10 de Noviembre el Rector de la Compañía se presentó refiriendo un milagro hecho por el P. Ignacio de Loyola con Álvaro de Molina, religioso dominico, que, habiendo estado tullido seis años, anda por la casa: visto lo cual comisionó el Cabildo a los canónigos magistral y doctoral para que yendo al convento de Santo Domingo, donde se dice está dicho religioso, se informen del caso en forma y den cuenta al Venerable Deán y Cabildo.

En 10 de Diciembre habiendo tenido voces en el día de la Concepción, en su monasterio, el racionero Pedro González de Mendoza con el bachiller Castillo, hijo del doctor Castillo, médico, propuso el Deán que se averiguase la verdad del caso, y fecho se prendiese al racionero en su casa y   —20→   al bachiller en la cárcel eclesiástica. Así se resolvió para que en adelante ningún prebendado salga de la Catedral a otra Iglesia u otros lugares públicos a fiestas, si no es capitularmente o con licencia, o a decir misa o predicar, bajo de multa, evitando de este modo tales descomedimientos con los prebendados.




ArribaAbajo- 1608 -

En 19 de Enero Gabriel Sander de Urquiola, clérigo de menores órdenes, se presentó y dijo que fue admitido a una beca del Seminario por su plaza con licencia de los visitadores, adelantando su tercio; lo que contradijeron algunos de las capitulares. Se decidió a favor por pluralidad de sufragios.

En 11 de Febrero reunido el Cabildo con el Deán, Maestre-escuela y ocho canónigos, dijo el Deán: que el nuevo Arzobispo vendría presto, y que era preciso nombrar persona que fuera a recibirlo y acompañarlo hasta esta ciudad; y que el capitular que fuese visitase los llanos de Trujillo hasta que llegase su ilustrísima. Convinieron los señores en uno y otro, excepto don Daniel Díaz de Abreu que opinó por que fuese el visitador; pero no a recibir a su ilustrísima, porque aún no era tiempo, y que para resolverlo se citase a todo el Cabildo.

En 13 de Mayo los Alcaldes ordinarios de esta capital pretendieron ir en las procesiones después del Preste, ocupando el lugar del Virrey y Audiencia cuando estos no asistían. Habían ocurrido al Virrey marqués de Montes Claros quejándose de que el Deán y el Cabildo se oponían a su intento, no solo de palabra sino queriendo omitir las procesiones, y que el Virrey les ofreció su protección, y mandó que fuesen después del Preste. Don Feliciano de la Vega fue por la orden del Cabildo a informar a su Excelencia que se agraviaba en eso al señor Arzobispo, y al Cabildo que lo representaba en sede vacante, y que tal cosa no se había visto desde la Erección de esta Iglesia, estando en contrario la costumbre y el derecho; pero el Virrey resolvió que la ciudad fuese delante y los alcaldes después del Preste, porque   —21→   a falta del Virrey o Audiencia representan al Real Patronazgo, y más no yendo Alcaldes de corte. Seis señores se conformaron con el parecer del Virrey, y tres dijeron que se le informase de nuevo y se aguardase al nuevo Arzobispo suspendiendo las procesiones.

En 10 de Julio se quejó el licenciado Julián de Latorre de que D. Bartolomé Menacho mandó sacar los huesos de sus padres sepultados, con licencia del señor Mogrovejo, en un hueco de la pared de la capilla mayor de aquella iglesia, en lo que les hizo violencia y despojo, y más cuando su padre fue Oidor de Panamá, y el dicho licenciado no fue oído y en derecho vencido. Se votó la materia y el Deán opinó que se pidiesen los autos a Menacho, y cinco fueron del mismo parecer. El Arcediano y otros tres fueron del parecer de que Julián, se remitiese la causa a los prelados religiosos de Trujillo para que hiciesen justicia. Otro vecino, Juan Pacheco, recusó también en Menacho.

En 17 de Octubre los jesuitas pasaron recado al Cabildo de que habiendo de tener al día siguiente un coloquio en ese, después de señalado el mejor lugar al dicho Cabildo se iba a preferir en él al de la ciudad. Conferido el caso fueron de parecer que, cuando de parte de la Compañía viniesen a satisfacerse, les mostrase el sentimiento del poco respeto y acatamiento y atención con que se miró al Cabildo en lo que le competía por costumbre y justicia; pues en las fiestas que se celebran en al iglesia vieja, inmediatamente tras el asiento del Virrey y Audiencia seguía este Cabildo, y a su lado después el de la ciudad; y que en adelante ningún individuo de este Cabildo, ni aún los racioneros, acuda a fiesta alguna de dicha Compañía, ni a sus congregaciones, exceptuando solo las de tabla, so pena de cincuenta pesos para la fábrica de la iglesia.

En 22 de Octubre propuso el Deán que era preciso darles a los seminaristas lecciones de canto, y convenía elegir persona que las practicase cada día, y que hallaba a propósito para esto a Pedro de Biedma, músico de la Catedral. Por pluralidad de votos se aprobó, y que se le diesen cien pesos de la caja del seminario.

En 29 de Noviembre el doctor Alonso Pérez Villarejo   —22→   presentó una provisión real en que su Majestad le hace merced del curato de Huánuco, vacante por muerte de don Juan Palomares Sarmiento, dada en Madrid a 12 de Marzo de este año. Se dio por presentado y, hecha dejación de cualquier otro beneficio, se le dio colación y canónica institución.

En 3 de Diciembre murió el canónigo D. Cristóbal de León.




ArribaAbajo- 1609 -

En 7 de Enero se nombraron por adjuntos al Tesorero a don Cristóbal Medel y al canónigo don Fernando Guzmán.

En 9 de Enero se nombró de perdiguero a Juan Soriano.

En 12 de Enero fue nombrado el licenciado Luis de Rivera maestro de ceremonias en propiedad, con cuatrocientos pesos anuales de salario a costa de la fábrica.

En 17 de Enero propuso el Deán que estaba muy próxima la venida del nuevo Arzobispo, y que se le aderezase la casa nombrando que corriese con ello. Convinieron todos en que se encargase su compostura al canónigo D. Andrés Diez de Abreu, y que el mayordomo Juan de Robles ministrase lo necesario para la por libranzas de dicho señor, a cuenta de los alquileres de dicha casa que tenía en su poder. Así mismo propuso el Deán que convenía remitirle al Arzobispo a Quito algún dinero para sus gastos, y se acordó enviarle ocho mil ducados que dicho Robles entregase a Francisco Ortiz de Porras, presbítero, con libranza del Cabildo y recibo de Porras.

En 24 de Enero juntos en Cabildo el Deán, Arcediano y Tesorero y los canónigos Menacho, Guzmán, Abreu, Sánchez Renedo, Corne y Vega, propuso el Deán que estando próxima la venida del Arzobispo se señalase un capitular que fuese a recibirlo, y que se tratase cuanto se le había de dar. Se resolvió que se le diesen 1000 pesos sacados de la masa capitular los 500, y los otros tantos de condonaciones, que supla el mayordomo o la fábrica. Se nombró al canónigo D. Andrés Diez de Abren que fuese hasta los términos   —23→   del Arzobispado o hasta donde le pareciese. Se contentó y ofreció no pedir más. El canónigo Renedo protestó que no daba, porque tenía muchas obligaciones, y que su Ilustrísima lo tendría a bien; que diesen los demás que han gozado de muchos millares de prebendas de la sede vacante. Se nombró para el reparo de la casa, en lugar del señor Abreu que fue a recibir al prelado, al mayordomo Juan de Robles que aceptó la comisión. Al perrero Fabián Durán se le asignaron cien pesos anuales.

En 6 de Abril propuso el Deán que no obstante haber determinado que el Obispo de Chuquiago no ordenase frailes sin precedente examen y aprobación de los examinadores señalados por dicho Cabildo, ordenó su ilustrísima frailes, de Santo Domingo, San Francisco y San Agustín sin tal examen ni aprobación, porque dijeron tenía privilegio para ello, sin haberlo mostrado, y sin embargo que al Obispo se le advirtió que no lo hiciese. Por lo que comúnmente acordaron que significase al Obispo el sentimiento del Cabildo; notificándole expresamente las penas del derecho acerca de haber ejercido el pontifical, contraviniendo a lo que se le previno cuando se le concedió; y que si no obstante intentaba seguir ordenando a dichos frailes de las órdenes que les faltan en la misma conformidad, que desde luego se revoque la tenencia de ejercer el pontifical. Don Feliciano de la Vega dijo que supuesto que el Obispo, el sábado, le habían enviado dos religiosos con los Breves de su Santidad, que lo habían determinado a ordenar a dichos religiosos sin examen ni aprobación del ordinario, Breves que no vieron los señores por no estar juntos, y aunque es verdad que se debieron presentar en tiempo, pero que se pidan dichos privilegios para saber con qué autoridad se contradijo a la del Ordinario; con todo a pluralidad de votos se decidió lo acordado.

En 8 de Julio murió D. Cristóbal Medel, Tesorero de esta santa Iglesia; y en dicho día se trató del recibimiento del señor Arzobispo don Bartolomé Lobo Guerrero.

En 20 del anterior mes de Junio se había recibido de Chantre de esta santa Iglesia al licenciado D. Pedro de Valencia, natural de Lima y racionero que era, con el acostumbrado juramento que hizo en manos del Maestre-escuela D.   —24→   Mateo González de Paz, gobernador y vicario del señor don Bartolomé Lobo Guerrero, tercer Arzobispo de los Reyes.

En 4 de Octubre se recibió con mucha alegría al señor don Bartolomé Lobo Guerrero, natural de Ronda en España. Eran prebendados el señor don Pedro Muñíz, Deán, nacido en Baeza en España; don Juan Velásquez, Arcediano, oriundo de Medellín; don Pedro de Valencia, limeño, Chantre y después Obispo de la Paz don Mateo González Paz, de Zamora, Maestre-escuela, que se fue a España con licencia; canónigos, don Juan Diez de Aguilar, de Lima, que después fue Tesorero en 1613; don Bartolomé Menacho, de Lima; don Juan Diez de Abreu, de Lima; don Cristóbal Sánchez de Renedo, de Granada; don Carlos Marcelo Corne, magistral, natural de Trujillo y después Obispo de la Imperial y de su patria; don Gaspar Sánchez de San Juan, doctoral, natural de Lima, don Pedro Mendoza, racionero, natural de Lima, y el racionero don Baltazar de Padilla, también de Lima.

En 11 de Noviembre juntos en Cabildo, en la morada de su ilustrísima el nuevo señor Arzobispo, con el Deán Muñíz, el Arcediano Velásquez, el Chantre don Pedro de Valencia, el Maestre-escuela Mateo González de Paz, canónigos Menacho, Guzmán, Renedo, Corne, Vega, Mendoza y Padilla, racioneros, propuso su ilustrísima que diesen su parecer sobre el daño hecho a la iglesia por el temblor grande de 19 de Octubre de 1609; y aunque había conferido sobre la materia con el señor Virrey marqués de Montes Claros, con todo, para mayor acierto, deseaba saber el dictamen de este Cabildo para llevarlo a su Excelencia que lo había pedido, y que se vea qué reparo sea conveniente en lo edificado, y si será bien que se deshaga o se rebaje su alto; y si lo que falta se fabrique de bóveda o de madera. Dijo su ilustrísima que le parecía que la nave que está detrás del altar mayor y que es la más lastimada, se haga de capillas hornacinas, con buenos estribos, y que lo demás se fortalezca, y por lo que resta no se haga de madera, consultándose a su Majestad las razones de todo y mientras se hagan los reparos necesarios.   —25→   Los demás dieron sus pareceres que se entregaron al señor Virrey.




ArribaAbajo- 1610 -

En 8 de Enero se eligió por adjuntos al Chantre a D. Pedro de Valencia y al canónigo doctoral. Se notició a su Ilustrísima.

En 12 de Febrero juntos en Cabildo en las casas arzobispales su ilustrísima y los señores dignidades y canónigos, habiendo examinado el dictamen de los peritos Juan Martínez de Arzona, Alonso de Arenas, y fray Juan Gerónimo de Villegas, agustiniano y del alarife Gaspar Machado, acordó el Cabildo que todo lo fabricado se estribase lo mejor que se pudiese, como se empezó en nave más lastimada, haciendo en lo demás lo que arbitraran los peritos, especialmente el citado Padre Villegas, reparándolo todo con prolijidad.

En 15 de Octubre se trató de enviar a España a los negocios de la iglesia al arcediano Velasquez, y se enviaron dos diputados al Virrey Montes Claros para que pidiesen la licencia.

En 26 de Octubre se recibió D. Antonio Núñez de Luna en la canonjía vacante por muerte de D. Cristóbal de León.

En 5 de Noviembre se notificó al Cabildo un auto de su ilustrísima declarando tres meses de Recle, conforme a lo dispuesto por el Concilio de Trento, lo que después confirmó Alejandro VII.

En 8 de Julio fue cura de Huánuco Bartolomé Garcés, renunció en 6 de Abril de 1627, y se le admitió haciéndole el Cabildo un gran elogio.




ArribaAbajo- 1611 -

En 7 de Enero salieron de adjuntos el Maestre-escuela y el doctoral. Dijo el Deán que la sisa de dos reales en cada carnero la pedía el Virrey al estado eclesiástico, por vía de socorro o limosna a la ciudad para acabar el Puente, con   —26→   promesa de que acabada la obra cesaría dicha sisa, protestando que no lo pedía por vía de gavela, sino rogando e implorando socorro como alivio o donativo en tan gran necesidad; lo mismo que propuso al fray Pedro Ramírez confesor de su Excelencia, pidiendo se confiriese y votase sobre ello. El Deán dijo que el imponer gabelas al estado eclesiástico por las potestades seculares está prohibido por derecho, bajo excomunión, así como por derecho común y por la Bula de la Cena, porque se usurpa la jurisdicción eclesiástica; in re a Deo graci contra la libertad eclesiástica; para lo que sería preciso que la urgencia fuese precisamente necesaria en general, y aunque al presente lo sea y no pueda hacerlo el secularismo, se debe pedir licencia a su Santidad, y si fuese difícil el acceso al Papa, se debe pedir licencia al Obispo; y obtenida debe ejecutarse por fuero eclesiástico, que es doctrina de autores gravísimos con irrefragables fundamentos; y si se ha hecho antes ha sido propia autoritate, sin reparar en dicha prohibición; y los más fueron del mismo parecer.

En 18 de Enero, junto el Cabildo, vino a él Hernando Becerril, secretario de su ilustrísima, a notificar un auto sin asentar respuesta ni dar traslado, que en suma contenía que el Cabildo no puede nombrar jueces adjuntos con quienes se acompañase su ilustrísima en las causas criminales que fuera de visita se fulminan contra los prebendados; cuyo nombramiento comunicó el secretario del Cabildo, por cuanto habla declaraciones de cardenales que interpretan el Tridentino, por lo que solo ha lugar a los adjuntos en las iglesias exentas; y que mostrando el Cabildo el indulto o privilegio de su Santidad para poder hacer su nombramiento, lo tendría por bien hecho, y no mostrándolo usara de su derecho y jurisdicción; así por las dichas declaraciones como porque habiendo el Obispo de Quito juzgado sin adjuntos ocurrió aquel Cabildo a la Audiencia, y esta devolvió los autos al Ordinario declarando no hacía fuerza, y así mandó a los señores Maestre-escuela y Gaspar Sánchez de San Juan, canónigo doctoral, nombrados, para que este año no usen de dicho nombramiento. Leído y oído el auto dijeron los señores que sin atribuir a su ilustrísima jurisdicción alguna, que no la tiene, el Cabildo tiene sentencia a su favor pasada en cosa   —27→   juzgada, pronunciada por el Comendador de la Merced, juez apostólico en esta causa, por Breve del reverendísimo Nuncio y Legado a latere de su Santidad, ante el cual se siguió y sustanció esta causa en contradictorio juicio con el señor D. Tobiro Mogrovejo, el cual apeló de la sentencia; y no otorgándose la apelación la llevó por vía de fuerza a la Audiencia, la que devolvió la causa al juez ordinario apostólico, declarando no hacer fuerza en mandar ejecutar la dicha sentencia, como consta en las ejecutorias. Caso negado que no bastara el haber hecho la dicha demostración juntamente con la notoriedad de ella, hay en esta ciudad y fuera de ella juicios con que cesa lo que su señoría pide al Cabildo de que presentan el indulto que tienen ante su señoría, de que se podrá seguir y volver a hacer de nuevo el pleito que tienen acabado y perjudicándose en la ejecutoria de él, cosa de gran daño e inconveniente para el Cabildo mayormente constandole a su ilustrísima el decreto del Concilio expreso a favor del nombramiento y preeminencia de los Cabildos, que no está derogada por costumbre ni cosa contraria. En cuya conformidad no se puede pedir al Cabildo el indulto, no pudiéndose negar que pudo darlo el Concilio; y estando el pleito fenecido no han lugar extraordinarias alegaciones, siendo cierto que dicha ejecutoria hace conforme el derecho cosa juzgada contra su señoría ilustrísima, como sucesor en la dignidad arzobispal con quien se siguió dicho pleito, y entonces se presentaron las declaraciones que hoy alega su señoría que ya estaban impresas en muchos autores, y sin embargo se pronunció a favor del Deán y Cabildo; y caso negado que esto no se hallase ejecutoriado a favor del Cabildo; y caso negado que esto no se hallase ejecutoriado a favor del Cabildo sino solo sentenciado, no se puede deshacer ni suspender sino por otra sentencia contraria, habiendo primero oído al Cabildo sino solo sentencia contraria, habiendo primero oído al Cabildo no por meros alegatos extrajudiciales de su ilustrísima, de lo que resultaría hacer eternos los pleitos. Tampoco daña al Cabildo el auto de la Audiencia de Quito, pues este Cabildo tuvo en su favor otro auto de esta Real Audiencia y contra el Ordinario, en la causa que sin acompañarse a los adjuntos fulminó contra el Maestre-escuela Villaverde, canónigo Espinoza y Arcediado D. Juan de Velásquez, como todo está acumulado en la   —28→   ejecutoria y pleitos: lo cual sucedió antes de tener este Cabildo condenado al Ordinario; y mandaron a una al secretario de este Cabildo escriba esta respuesta en el libro de este Cabildo y de ella dé noticia a su ilustrísima. Su ilustrísima respondió al secretario que dijese al Cabildo la diese por petición; y luego los señores D. Mateo de Bazán, Maestre-escuela, y D. Gaspar Sánchez de San Juan, canónigo doctoral, jueces adjuntos nombrados por el Deán y Cabildo para este año de 1611, dijeron que cuando el caso se ofrezca usarán de la ejecutoria y derecho que este Cabildo tiene para nombrar jueces adjuntos y ejercer la jurisdicción que por el Tridentino les está concedida, y harán todo aquello que vieren convenirles para la conservación de su preeminencia y jurisdicción.

En 1º de Marzo no quiere el Arzobispo que la fábrica costee su recibimiento, sino los señores; y hubo varios pareceres.

En 22 de Marzo pidió D. Juan de Ávalos de Rivera la capilla de Santa Ana.

En 29 de Marzo se acordó en Cabildo enviar al Arcediano a España para agitar los negocios de la Iglesia, corriéndole las semanas y dándole para los gastos trescientos ducados de a once reales; y tratando del salario que se le daría dijo que no pedía salario, contento con su prebenda. De la instrucción que se le dio consta que debía solicitar: 1º que los religiosos y caballos de hábito pagasen diezmos; 2º que los religiosos de dejasen las doctrinas de indios y se recogiesen a sus claustros; 3º que la iglesia de Trujillo no se dividiese, y en caso de hacerse fuere sin perjuicio de los prebendados que están en posesión; 4º que se pida a su Majestad se haga alguna limosna a esta Iglesia de parte de las vacantes; 5º que la cesión que se hizo de los dos novenos por seis años se prorrogue por otros diez; 6º que se saque de su Santidad confirmación del Recle; 7º que sobre la sisa se pida que se guarde y cumpla lo dispuesto por derecho, para que se liberte el clero de esta contribución; y que respecto de estar impuesto dicho señor, de las cosas de la Iglesia, pueda pedir cuanto le convenga.

En 26 de Setiembre se recibió D. Juan Díaz de Aguilar en la tesorería, vacante por la muerte de D. Cristóbal   —29→   Medel; y D. Gerónimo de Eugui entró en la canonjía de dicho Aguilar; era Eugui de Valencia, en España.

En 6 de Octubre ofreció su ilustrísima para levantar la iglesia caída de San Marcelo quinientos pesos por una vez, lo que se le debía de la cuarta funeral y lo que se le debía volver en la sisa. También el Cabildo ofreció quinientos pesos de a nueve reales por una vez, y lo que se le volviese de la sisa.

En 28 de Octubre propuso su ilustrísima que a todos constaba el pleito de esta santa Iglesia pendiente sobre los bienes que dejó el señor Mogrovejo, porque muchos pretendían derechos a ellos, y nunca se fenecía el litigio estando la fábrica de la iglesia tan pobre; que se sabía que doña Grimanesa Mogrovejo, hermana del difunto Arzobispo, por quitarse de pleitos haría una transacción con que se acabase en paz el litigio, y que se tratase si dicha transacción convendría. Su ilustrísima y el Deán votaron que se tranzase. El Chantre Maestre-escuela y Menacho lo mismo que la mayor parte. Se dio comisión para hacer la transacción al Deán y a D. Feliciano de la Vega.




ArribaAbajo- 1612 -

En 10 de Enero se nombraron por jueces adjuntos a los canónigos D. Bartolomé Menacho y D. Gerónimo de Eugi. Habiéndolo noticiado el secretario y lo mandó notificase al Deán y Cabildo guardase en adelante los autos de su ilustrísima en esta parte, y que se pongan y asienten, pidiéndose para ello a su secretario, y que en conformidad de ello no procedan a hacer semejante nombramientos, que no pueden; porque el Tridentino habla de las Iglesias exentas de su jurisdicción, y que los jueces nombrados no se tengan por tales ni usen de su nombramiento, con apercibimiento que se procederá contra los unos y los otros conforme a derecho. Esto pasó el día 12, y en el mismo día hizo el secretario la dicha notificación al Cabildo compuesto de D. Pedro Muñíz, Deán; D. Mateo González de Paz, Maestre-escuela; D. Bartolomé   —30→   Menacho, D. Fernando Guzmán, D. Andrés Diez de Abreu, D. Carlos Marcelo Corne, D. Gaspar Sánchez de San Juan y D. Antonio Núñez natural de Organz; y dijeron que el Deán y Cabildo usan de su derecho sacado en contradictorio juicio ante el juez Apostólico y la sentencia pasada en cosa juzgada; y que habiendo habido querella ante la Real Audiencia de parte del Ordinario por ejecución de la dicha sentencia, se declaró por ella no hacer fuerza al juez apostólico, como se ha respondido a su señoría ilustrísima; y que así continuarían su nombramiento, y usarían de dicha ejecutoria todos los años expedidos sobre esta materia que, como se le mandó, hizo el secretario Cristóbal de Villanueva en 18 de Enero de 1612, para que se los entregue a Hernando Becerril, secretario de su ilustrísima.

En 22 de Marzo autos sobre residencia en el coro y multa a los prebendados.

En 9 de Octubre se acordó que el que no asistiese a Cabildo sea multado en dos pesos ensayados.

En 21 de Noviembre honras de la reina Doña Margarita de Austria, mujer de Felipe III.




ArribaAbajo- 1613 -

En 3 de Enero sobre que se tranzase el pleito con doña Grimanesa Mogrovejo, y se leyó una memoria, firmada y jurada por dicha señora, en que declara que entre varias partidas tiene cien mil pesos que podrán tocarle a la Iglesia de lo que le dejó su hermano. Convino el Cabildo en tomarlos por salir de pleitos, pero con venia del Vice-patrón, para lo que disputaron al Chantre D. Pedro de Valencia y al canónigo D. Bartolomé Menacho.

En 8 de Enero fueron nombrados adjuntos, en la vía y forma que mejor haya lugar en derecho, el canónigo D. Pedro de Valencia y el canónigo D. Andrés Diez de Abren. Se pasó noticia a su ilustrísima y su Provisor. Reprodujo el Arzobispo su auto del año pasado, y el Cabildo su misma respuesta.

En 6 de Enero habiendo visto el Virrey marqués de   —31→   Montes Claros los autos y oído a D. Pedro de Valencia y B. Bartolomé Menacho sobre el pleito del Cabildo por los bienes del señor Mogrovejo, conviene en que se haga el trance y concierto, y lo ruega y encarga por sí y a nombre del Rey, y para ello se mandó citar a Cabildo para el día 11 de este mes de Enero. Hízose en efecto dicho Cabildo; y su ilustrísima y los más señores fueron de parecer que se le diesen a doña Grimanesa catorce mil pesos, y que los demás bienes los recogiese la Iglesia y que contentase a los acreedores; pero el Arcediano D. Juan Velásquez y otros opinaron que tomase la Iglesia setenta mil pesos y se le diesen treinta a la señora, y que ella se compusiese con los acreedores.

En 14 de Enero se resolvió por la mayor parte que D. Hernando Velásquez, canónigo del Cuzco, fuese a España a los negocios de esta Iglesia y las del Cuzco y Charcas sobre los diezmos de las religiones y caballeros cruzados; y se le diesen mil pesos de a nueve reales, en cada año de los cuatro que tardara.

En 15 de Enero respondió el Cabildo a otro auto del Arzobispo sobre adjuntos, lo mismo que en los años anteriores, y añadió que aunque su Ilustrísima tuviese en su poder el testimonio de la ejecutoria por algunos días, que se le vuelva a llevar y ponga de ello testimonio el secretario al pie de esta respuesta.

En 4 de Febrero el Arzobispo comunicó que habiéndose anunciado a doña Grimanesa Mogrovejo lo acordado por el Cabildo sobre el pleito que sigue con ella, había ella aceptado, ofreciendo pagar los 32.250 pesos que resta, deducidos los 14.000 que se le dieron y los 20.00 impuestos a censo en fincas seguras, y el resto en el término de cuatro años.

En 19 de Febrero se señalaron para los Cabildos de cuaresma los martes y jueves, por estar los viernes ocupados con los sermones.

En 5 de Julio, convocado el Sínodo para el día 10, se nombraron para asistir a él al Deán Arcediano y canónigos magistral y doctoral. Se leyó una real cédula dada en Madrid, a 25 de Noviembre de 1612, en que se le cede a esta Iglesia la mitad de la vacante del señor Mogrovejo.

En 10 de Setiembre de 1613 murió el tesorero D. Juan Diez Aguilar.

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En 1º de Octubre de 1613 se acordó que desde el Deán hasta el racioneio menos antiguo se alternasen a cuidar por un mes de la sacristía, sus ornamentos y alhajas.

En 29 de Octubre se trató de lo que pertenecía al altar de la renta de una capellanía que fundó Diego Pérez de Ordaz en una viña que vendió D. Bartolomé Menacho, cuya escritura entregó, y de que es patrón el Cabildo. Señalaron la sétima parte.

En 16 de Noviembre se mandó hacer un prolijo inventario de lo que había de sacristía e iglesia; y en 19 del mismo, respecto de estar muy deteriorada librería de canto se acordó que se pidiera a España y encomendase al maestro de capilla en Sevilla; y que conforme a la de aquella iglesia se dispusiese la de ésta, y el Chantre quedó encargado de hacer una memoria de lo que se ha de traer.




ArribaAbajo- 1614 -

En 7 de Enero se nombraron adjuntos. Se propuso al Arzobispo, y respondió el Cabildo lo mismo que el año antecedente.

En 8 de Marzo se le dio y confirió la primera media ración a Miguel de Bobadilla, cantor y organista de la iglesia, y que ha sido el primero después de la elección.

En 16 de Mayo murió el racionero D. Juan Garcés de Andrade; y en 23 del mismo mes y año falleció el canónigo D. Gerónimo de Ergui, natural de Valencia, en España.

En 6 de Junio dotó el canónico D. Feliciano de la Vega en 20 pesos su fiesta de San Feliciano, y en 29 de Julio se puso por adjunto al canónigo D. Juan Diez de Abreu, por muerte del canónigo D. Gerónimo de Ergui.

En 1º de Setiembre se recibió de medio racionero Hernando del Castillo; y D. Andrés de Zurita, presbítero, de canónigo teologal, por real cédula de 1º de Diciembre de 1613.

En 8 de Octubre juntos en Cabildo el Arzobispo, el Deán Muñíz, el Arcediano Velásquez, el Chantre Valencia, el Maestre-escuela González de Paz, canónigos Menacho, Guzmán, Abreu, Renedo, Corne, Gaspar de San Juan, D. Feliciano   —33→   de la Vega, D. Antonio Núñez y D. Andrés de Zurita, los racioneros Pedro Mendoza y Baltazar de Padilla y los medio racioneros Miguel Bobadilla y Hernando del Castillo, dijo su Ilustrísima que por cuanto su Majestad presentó a D. Andrés de Zurita a la canonjía de Escritura de esta santa Iglesia, a que fue nombrado entre otros opositores, se debe dar orden a las lecciones de su cargo por la siguiente instrucción: 1ª que dicho teologal y todos sus sucesores deben leer todos los días de trabajo, no impedidos o de vacaciones, la Escritura por una hora del lugar que su Ilustrísima señalase cada año y que tenga conexión con materias morales de sacramentos, articulos fidei y casos de conciencia. Y para que se sepa la asignación que se hiciese se fije un edicto en las puertas de la iglesia y de las parroquias; empezándose para dar principio desde el 20 del corriente Octubre por la epístola primera de San Pablo Ad corinthios; 2ª que dicha lectura se dará dentro de esta santa Iglesia en una sala, que se hará para el efecto, y mientras en la sacristía, donde se pondrá una cátedra y asientos para los oyentes; dicha lección se dará por la mañana después de la misa mayor; 3ª que dicho señor canónigo no se excuse por eso de asistir en el coro a los oficios y a decir las misas que le toquen, salvo las horas de la mañana antes de misa; que podrá faltar y será tenido por presente, en los días que hubiere de leer, que serán los de Prima y Tercia. Y para que se lea con puntualidad habrá un apuntador en la sacristía que asiente las faltas, que por ahora será el sacristán mayor; que para sacar la utilidad de estas lecciones acudan los sacerdotes y ordenandos, advirtiéndoles que serán atendidos en lo que ocurriese los más aplicados; y que se haga saber etc. Se nombró por maestro de ceremonias a Luis Betanzos, en lugar de Juan Bautista Ramirez, que pasó a cura.

En 25 de Noviembre hallándose enfermo y pedido el viático el canónigo D. Bartolomé Menacho, se acordó que se acudiese a acompañar al Santísinio Sacramento y a visitar a nuestro hermano, yendo cuatro prebendados y llevando a Su Majestad el capitular semanero, y que así se guarde y cumpla en adelante.



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ArribaAbajo- 1615 -

En 9 de Enero fueron nombrados adjuntos el Arcediano y el canónigo Abreu. Se notició al Provisor D. Feliciano de la Vega. En 20 de Enero se nombró para ir a Madrid y a Roma, encargado de los negocios de la Iglesia, a D. Luis Domínguez, Tesorero de la del Cuzco.

En 29 de Febrero murió D. Cristóbal Sánchez de Renedo.

En 3 de Marzo se recibió D. Pedro Aguilar en la ración vacante por muerte de D. Diego Orozco.

En 27 de Noviembre se nombró al Chantre, al canónigo Abreu y al racionero Alendoza para que fuesen a Carbayllo a darle la bienvenida, de parte del Cabildo, al Virrey Príncipe de Esquilache, dándoles cincuenta pesos para los gastos.




ArribaAbajo- 1616 -

En 8 de Enero se nombraron por adjuntos al Chantre y al canónigo Zurita; se avisó al Provisor.

En 19 de Abril se mandó que el cuerpo de Don Francisco Pizarro se pusiese en la capilla mayor. Se designó otra para entierro de Oidores y ministros, y se vendió otra capilla al Arzobispo.

En 5 de Julio se revocó el poder dado al Tesorero del Cuzco para los asuntos de España. En 3 de Agosto se volvió a nombrar al Arcediano para que fuese a España, y se excusó por ser comisario de Cruzada.

En 28 de Setiembre murió D. Pedro Muñíz, Deán de esta santa Iglesia.

En 24 de Octubre se volvió a nombrar para los negocios de España al Tesorero del Cuzco, encargado de los de su Iglesia.

En 11 de Noviembre pidió doña Grimanesa Mogrovejo se nombrasen jueces árbitros que amigablemente compusiesen sus diferencias con el Cabildo, quitando y poniendo de una   —35→   y otra parte como conviniese, para que se acabe este pleito. El Arzobispo dio traslado al Cabildo, y conferida la materia los más de los señores fueron de parecer que se hiciese como se pedía, y que para ello se sirviese su señoría ilustrísima mandar recibir una información de utilidad, y recibida que sea se hagan los compromisos solicitados.

En 29 de Noviembre juntos en Cabildo los señores D. Juan Velásquez, Arcediano, canónigos Menacho, Diez de Abreu, Corne, Sánchez de San Juan, Vega, Núñez de Luna, García de Zurita, racioneros, y medio-racionero Fernando del Castillo, y estando presente Juan de Montoya vecino de esta ciudad, mayordomo de la renta de la imagen de Nuestra Señora de la Concepción de esta iglesia, propuso el Arcediano que dicha imagen que era la más antigua que tenía esta iglesia siempre había sido venerada con particular devoción por este Cabildo, y para que fuese en aumento y su fiesta fuese más solemne convendría que el día 8 de Diciembre se dijesen aquella mañana los oficios divinos de obligación en este Cabildo, que son prima, tercia, misa mayor conventual, sexta y nona, todo continuado, de modo que a las 8 y media estuviesen acabados los oficios y cumplida la obligación, para que desde aquella hora en adelante se comenzase otra misa con mucha solemnidad, precediendo una magnífica procesión que salga por el cementerio de la iglesia, llevando en medio del Cabildo dicha imagen en sus andas, en hombros de los cuatro capellanes de coro con sus sobrepellices y la capilla de música completa, y que haya sermón, y para que todo se haga con más puntualidad se distribuya algo de las rentas de la dicha santa imagen entre los capitulares presentes, señalándose, para ello cincuenta pesos de a nueve reales cada año, dando un peso a cada capellán de las andas y una gratificación a los músicos; todo lo cual entendido por los señores y el mayordomo consintieron unánimes, y como veinticuatros de la imagen acordaron que se hiciese así, empezándose desde el 8 de Diciembre de 1616, y se perpetúe en los años siguientes, y el que faltare a cualquiera de las tres cosas [procesión, misa o sermón] pierda la tercia parte.

En este año salió de obispo de la Paz el Chantre de esta santa Iglesia D. Pedro de Valencia.

  —36→  

En el mismo año se recibió de Tesorero D. Juan de Vargas y Mendoza.




ArribaAbajo- 1617 -

En 3 de Enero se nombraron adjuntos el Maestre-escuela y el canónigo Menacho; se dio parte al Previsor.

En 18 Mayo se recibió de Chantre D. Juan de la Roca, sétimo Chantre; y en 13 de Setiembre se recibieron de canónigos D. Baltazar de Padilla, que fue el primer canónigo penitenciario, y D. Juan Cabrera y Benavides.

En 24 de agosto, a las doce y media de la noche, murió Santa Rosa de Santa María. Se convidó el Cabildo [sin ejemplar] a su entierro; condujo en sus hombros el cuerpo a la primera fosa, hizo los oficios, etc.




ArribaAbajo- 1618 -

En cinco de Enero adjuntos el Chantre y el canónigo Abreu: se avisó al Provisor.

En 17 de Enero entró de racionero D. Fernando del Castillo.

En 1º de Febrero entró de racionero el apuntador de coro D. Hernando de Castro.

En 4 de Mayo juntos en Cabildo D. Juan Velásquez, Arcediano, D. Juan de la Roca, Chantre, D. Juan de Vargas y Mendoza, Tesorero; canónigos D. Bartolomé Menacho, D. Fernando Guzmán, D. Andrés Diez de Abreu, D. Carlos Marcelo Corne, D. Gaspar Sánchez de San Juan, D. Feliciano de la Vega, D. Antonio Núñez de Luna, D. Andrés García de Zurita, D. Baltazar de Padilla y D. Juan Cabrera y Benavides se aprobó, firmó y mandó guardar en todo y por todo el libro dorado de esta santa Iglesia, que se hizo por industria del dicho señor Arcediano que presidió este Cabildo; en el cual libro se contiene una copia autorizada de la erección de esta Iglesia, la forma y orden que se debe guardar y se guarda en el hacinamiento y arrendamiento de las rentas   —37→   decimales, en su administración y en las cuentas de división y partición entre los interesados conforme a la expresada erección, con otros importantes documentos que se mencionarán a su tiempo.

En 16 de Mayo se recibieron D. Pedro de Biedma de racionero, y D. Jorge Aranda y D. José Rodríguez Carvajal de medio racioneros.

En 17 de Mayo se recibió de medio racionero D. Sebastián de Loyola; y en 30 de Setiembre del mismo año entró de racionero D. Fernando Guzmán.




ArribaAbajo- 1619 -

En 4 de Enero adjuntos el tesorero Vargas y el canónigo Cabrera; se avisó al Provisor.

En 17 de Abril entro de medio-racionero D. Juan Bustamante, que murió en 25 de Octubre de 1619.

En 19 de Abril se recibió de Deán de esta santa Iglesia el maestro D. Domingo de Almeida, natural de Sevilla, Deán que fue de Charcas.

En 29 de Octubre vino de racionero D. Juan Guzmán.




ArribaAbajo- 1620 -

En 7 de Enero adjuntos el Chantre Roca y el canónigo Zurita: se aviso al Provisor.

En 15 de Setiembre se recibió de canónigo D. Bartolomé de Núñez de Luna.

En 27 de Octubre entró de canónigo D. Bartolomé de Benavides.




ArribaAbajo- 1621 -

En 12 de Enero adjuntos los canónigos Menacho y Padilla; se dio aviso al Provisor.

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En 1º de Febrero entró de racionero, D. Fernando Avendaño.

En 27 de Marzo entró de Maestre-escuela D. Juan de Vargas y Mendoza, en lugar de D. Mateo Gonzales de Paz que se fue a España con licencia.

En 8 de Junio se recibió de Tesorero D. Fernando Guzmán, y D. Sebastián Loyola de racionero.

En 9 de Octubre el canónigo-magistral D. Carlos Marcelo Corne se despidió del Cabildo para ir al obispado de Trujillo, su patria.




ArribaAbajo- 1622 -

En 2 de Enero se recibieron D. Juan Xeria Maldonado de racionero y D. Juan Xeria de medio racionero.

En 7 de Enero adjuntos el Maestre-escuela Vargas y el Tesorero Guzmán; avisado el Arzobispo los contradijo, y no los admitió.

En 12 de Enero de 1622 murió el Arzobispo Lobo Guerrero, entre una y dos de la mañana. En el mismo día, vista la fe de muerte, se juntaron en Cabildo D. Domingo de Almeia, Deán, D. Juan Velásquez, Arcediano, D. Juan de la Roca, Chantre, D. Juan de Vargas y Mendoza, Maestrescuela, y D. Fernando de Guzmán, Tesorero, y canónigos D. Bartolomé Menacho, D. Andrés Diez de Abreu, D. Andrés García de Zurita D. Baltazar de Padilla, D. Juan Cabrera y D. Bartolomé Benavides. Aceptaron la jurisdicción declarada la sede vacante; se comisionó para hacer el inventario de los bienes del difunto a los canónigos Abreu y Zurita; se mandó notificar al Provisor y demás oficiales no usasen de sus oficios; se confirmaron interinamente los vicarios; D. Juan de Cabrera Benavides fue nombrado Provisor; juez de apelaciones de los obispos sufragáneos el Arcediano D. Juan Velásquez; Juez ordinario del Santo Oficio D. Bartolomé Menacho, y el mismo juez de testamentos; visitador de la ciudad y del Callao, D. Juan de Vargas; colector general, D. Bartolomé Benavides; fiscal, Pedro Gonzales Saavedra, presbítero; notarios públicos, Gregorio Gomez de Salazar y Andrés Trevejo; tales fueron los nombramientos, y se firmó por dichos capitulares el Cabildo.

  —39→  

En 15 de Enero se despacharon censuras para descubrir muchas joyas, preseas de oro, plata en barras y muebles que se echaron de menos entre los bienes del Arzobispo. Propuso también el Deán se pusiesen edictos a la canonjía magistral vacante. Se señalaron los martes, jueves y sábados para los Cabildos de gobierno.

En 22 de Enero se suspendieron por justas causas los visitadores de la idolatría, y se nombraron jueces que los residenciasen para ver, saber y entender cómo habían procedido en dichos oficios.

En 1º de Febrero se acordó que el Provisor discerniese las censuras, que sólo se tratasen las cosas de gobierno en el Cabildo en los días señalados, y si ocurriere otra cosa particular se cite a los capitulares otro día para ella; que por parte del Cabildo se recogiesen todos los del arzobispado; y habiéndose salido del Cabildo D. Feliciano de la Vega y D. Juan Cabrera, canónigos, se confirió cuanto debía perder el primero por no asistir a horas para leer en la cátedra que obtiene en la Universidad, y si goza de la gracia que se le hizo en el Cabildo de 25 de Setiembre de 1620; y si D. Juan Cabrera perdería también por no venir a horas por estar ocupado de Provisor. Conferida la materia y regulados los votos, fueron los más de parecer que D. Feliciano de la Vega perdiese la tercia parte de su prebenda, revocándose la dicha gracia por no haber podido hacer ni usar de ella el citado canónigo, por ser todas distribuciones, cuotidianas conforme a las declaraciones de los cardenales. Y por lo que mira al Provisor D. Juan de Cabrera también se resolvió, por pluralidad de votos, que pierda y se le quite una tercera parte, y que las dos en todo tiempo que haya estado o estuviese de Provisor.

En 3 de Marzo se resolvió que se siga en la Audiencia una demanda que allí pende en que se declara que la sala del Cabildo pertenece a la iglesia.

En 5 de dicho mes se resolvió que el mayordomo Juan de Robles afianze veinte mil pesos que entraron en su poder de la cuarta decimal y funeral del difunto Arzobispo; y que la campana de los cuartos del reloj sirva para las horas, y otra menor para los cuartos, dándosele doscientos cincuenta pesos al relojero, y que se proporcionen los mazos.

  —40→  

En 14 de Abril se dio comisión para mandar componer el órgano.

En 21 de Abril acordaron se informase a España sobre la poca renta de las prebendas, por haberse nombrado tantos racioneros y medios, cuando antes sólo había tres racioneros.

En 10 de Mayo se leyó una petición de D. Alonso Huerta para que se residenciase a D. Feliciano de la Vega. Se resolvió que se viese y se le diese el testimonio que pedía. Dicho D. Feliciano pidió que se le entregase la apelación que interpuso para que se le tuviese presente en el coro mientras leía en la cátedra, y vista por los señores acordaron se cumpliese lo proveído por el Cabildo, no obstante la apelación, por así declarado por los cardenales intérpretes del Concilio.

En 19 de Mayo se dio comisión al canónigo Abreu para mandar hacer la escalera de la sala alta del Cabildo cuya adjudicación pende en la Audiencia. Se nombró al Tesorero D. Fernando Guzmán y al canónigo Zurita para que fuesen a cumplimentar al nuevo Virrey, marqués de Guadalézar, a Carabayllo, dándoseles sesenta pesos de la masa capitular para ayuda de costas.

En 28 de Junio se mandó que el contador repartiese la tercia parte de D. Juan de Cabrera desde que entró de Provisor, y la de D. Feliciano de la Vega desde que regentaba la cátedra.

En 9 de Julio se acordó que fuese el Cabildo a besar las manos al nuevo Virrey, excepto el señor Menacho que opinó se guardase la costumbre opuesta.

En 12 de Julio se adjudicó la capilla de San José a D. Hernando de Santa Cruz y Padilla en 400 pesos.

En 21 de Julio pidió el canónigo D. Bartolomé Menacho que se votase sobre lo pedido por D. Bartolomé Benavides, si se ha de residenciar a D. Feliciano de la Vega del tiempo que fue Provisor en vida del señor Lobo Guerrero; mandaron los señores citar para el sábado 23. En este día no se halla tocado este punto.

En 3 de Setiembre se acordó la permuta de dos curatos, constando primero que ninguno de los permutantes está capitulado ni tiene pleito pendiente sobre su proceder en su doctrina, y que recibida la presentación de su Excelencia   —41→   no se la despache sin esta condición. El señor Zurita dijo que se comunicase al Virrey que muchas veces conviene permutar los capitulados, ya un se suele mandar por sentencia, y entonces se consigue mejor justicia contra el que se va.

En 6 de Setiembre desahuciaron los médicos al Maestre-escuela D. Juan Vargas Mendoza.

En 13 de setiembre envió el Virrey marqués de Guadalézar una real cédula de 11 de junio de 1621, en que dice que está informado que entre los excesos de las sedes vacantes es uno el de poner en los beneficios a sujetos poco idóneos e insuficientes, y que en adelante no se proceda a examinar ni aprobar a nadie para los beneficios vacantes, si no fuese con intervención y aprobación de persona nombrada por el Rey y señalada por sus virreyes o los que corren con su real patronato. Fue obedecida y devuelta a su Excelencia.

En 15 de Setiembre se trató de que ya era tiempo de pensar en la consagración y dedicación de la iglesia con la mayor solemnidad que fuese posible, y se señaló el día 3 de Marzo de 1623.

En 17 de Setiembre se mandaron dar al Seminario 500 pesos de la fábrica para alimentos de los seises, y que éstos no bajen de seis ni pasen de ocho.

En 20 de Setiembre se acordó se escriba a su Majestad que la cédula de 21 de Junio de 1521 se sirva declarar no se entienda con este Cabildo, que siempre ha procurado lo que es del servicio de Dios y del Rey.

En 16 de Diciembre se notificó al Cabildo una inhibitoria del juez apostólico de Huamanga para que a D. Feliciano de la Vega no se le apunten las horas que emplea en leer en la cátedra de Prima. Todo cedieron, por gracia y por que se acabe el pleito.




ArribaAbajo- 1623 -

En 3 de Enero se nombraron jueces adjuntos el Tesorero Guzmán y el canónigo Padilla, aceptados por el Provisor D. Juan Cabrera.

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En 19 de Enero se acordó en Cabildo D. Domingo de Almeida, Deán, don Juan Velásquez, Arcediano, don Juan de la Roca, Chantre, don Fernando de Guzmán Tesorero, los canónigos don Bartolomé Menacho, don Juan Cabrera y don Bartolomé Benavides, presentó el racionero don Pedro de Mendoza un real despacho por el que se presentaba a una canonjía vacante; y sin embargo de estar falto de vista dos años ha, pero atendiendo a que ha servido en esta Iglesia más de veintiocho años, siendo racionero tan antiguo y aumentando las rentas, en cuya prosecución le vino el accidente que podía ser todavía curable, por tales servicios, por su caridad y proceder ejemplar y virtuoso, fueron los más de parecer que fuese promovido a la canonjía, sin embargo del impedimento de la vista.

En 14 de Febrero presentó el Maestre-escuela don Juan de Vargas y Mendoza una copia de una real para que los prebendados, curas ni ministros hagan ausencias, sin urgente necesidad; y citó así mismo un capítulo de carta escrito por el Rey, el año de 1619, al virrey príncipe de Esquilache, en que aprueba que hiciese cumplir dicha cédula. Se hizo salir del Cabildo al Maestre-escuela, y se acordó que se ejecutase lo dispuesto en el Cabildo de 19 de Enero, porque la real Audiencia declaró no hacer fuerza la cédula citada por el Maestre-escuela.

En 1º de Marzo, día de ceniza, reinando don Felipe IV, gobierno la universal Iglesia Gregorio XV, siendo virrey del Perú el marqués de Guadalézar, en la sede vacante del Arzobispo don Bartolomé Lobo Guerrero, se empezaron a celebrar los divinos oficios en la iglesia nueva, siendo prebendados don Domingo de Almeida, Deán, don Juan Velásquez, Arcediano, don Juan de la Roca, Chantre, don Juan de Vargas, Maestre-escuela, don Fernando Guzmán, Tesorero, y canónigos don Bartolomé Menacho, don Andrés Diez de Abreu, don Gaspar de San Juan, don Feliciano de la Vega, don Andrés García de Zurita, don Baltasar de Padilla,   —43→   don Juan de Cabrera y don Bartolomé Benavides.

En 18 de Marzo don Pedro Mendoza pidió hacer la profesión de fe como canónigo, y se opusieron los canónigos Abreu, Zurita y Benavides, y se salieron del Cabildo antes que la hiciese. Así ciego, pidió dicho don Pedro licencia para ir a Ica a cobrar lo que se debía de diezmos, y que se le tuviese presente hasta fin de Julio, y se le concedió. Hasta aquí se hallan las cinco dignidades completas; nueve canonjías, y con la magistral vacante, diez que son las de erección.

En 11 de Abril de acordó que en la sede vacante no se admita patrimonio para órdenes, por estar reservado a los obispos por una declaración de cardenales.

En 20 de Abril se discutió si en la nominación del canónigo magistral se deberían admitir los votos cerrados del difunto Maestre-escuela Padilla y Mendoza. Se acordó que no debían admitirse.

En 6 de Mayo se acordó que, aunque don Feliciano de la Vega no pierda las horas por su cátedra, no gane las fallas de otro en ese tiempo.

En 9 de Mayo pidió el Arcediano testimonio de haber contradicho que los prebendados saliesen a la visita.

En 16 de Mayo resolvió el Cabildo, para descargo de su conciencia y por petición de varias personas, que se tome residencia a don Feliciano de la Vega y sus ministros del tiempo de más de trece años que fue Provisor y Vicario general de este arzobispado, y que se cite a Cabildo general para nombrar el juez que la ha de tomar. Solo el Chantre se opuso a que, por ahora, se tomase.

En 3 de Mayo se acordó que se pusiese un memorial al Virrey para tomar de las casas arzobispales sitio para la iglesia. Se cometió a don Bartolomé Menacho. También se mandó que en adelante se hagan honras a los prebendados difuntos, dando la iglesia la misa vigilada y música, solamente.

En 8 de Julio se celebró el Cabildo en la sala alta nueva, sólo para estrenarla.

En 13 de Julio se mandó notificar a las dignidades, canónigos, racioneros y medio racioneros que a las misas de Visitación y otras que se dicen antes de prima, acudan a vestirse los semaneros media hora antes de la misa; en invierno   —44→   a las siete y en verano a las seis y media, so pena de dos pesos a las dignidades y canónigos, un peso a los racioneros, y cuatro reales a los medio racioneros; y a los músicos se les notifique la misma pena de cuatro reales.

En 27 de Julio, a petición de la Compañía de Jesús, se acordó que el día de San Ignacio de Loyola fuese de fiesta en la ciudad.

En 29 de Agosto se acordó que ningún secretario del Cabildo escriba ni refrende autos ni decretos que no sean acordados por este Cabildo o por la mayoría de él, so pena de suspensión de oficio a cualquiera que lo contrario hiciese.

En 9 de Setiembre los señores Almeida, Velásquez, Roca, Guzmán, canónigos Menacho, Vega, Zurita y Cabrera acordaron que se diese la misión al Deán para trasladar, con toda decencia, los huesos del señor Mogrovejo, librando el dinero necesario.

En 14 de Setiembre se acordó que si el mayordomo Juan de Robles no cobra, como esta obligado, la cantidad que debe la señora Grimanesa Mogrovejo por escritura que tiene en su poder mucho tiempo ha dicho Robles, por su omisión se le haga cargo de principal y réditos.

En 30 de dicho mes se acordó que se corten los diezmos que deben las haciendas del conde de Lemus, causados después de su muerte.

En 7 de Octubre entró de medio racionero D. Diego Chamorro.

En 17 de Octubre se discutió sobre que las monjas de la Trinidad, sin licencia ni diligencia previa para comprar a alquilar las casas de don Joseph Rivera, abrieron una pared, y quebrantando la clausura se entraron en ellas. El señor Virrey procuró poner remedio haciendo cerrar los postillos abiertos, dejándolas libres a sus dueños, providenciando que el Cabildo penase a las delincuentes mandándolas depositar en otros conventos por alborotos y escándalos. A este tiempo llamaron al señor Zurita para avisarle que las monjas habían vuelto a entrar en dicha casa con nuevo escándalo. Conferido el caso pidieron los señores al Provisor que, como juez ordinario, acompañado de dicho señor Zurita, fuese al monasterio y procediese con todo rigor; y si fuese necesario llevasen a otros conventos a las culpadas, ya   —45→   fuesen o no preladas, cerrando portillos y entregando las casas a sus dueños; y si delinquieron las preladas se nombren otras hasta que otra cosa se provea.

En 19 de Octubre se vieron los autos sobre el suceso referido remitidos al Cabildo por el señor Zurita, juez de aquel convento y por el Provisor, que informaron que aquel monasterio tenía poca seguridad en su clausura y estaba muy expuesto a ladrones, por ser las paredes muy bajas y estar las del convento juntas con la dicha casa, todo lo que conviene remediar; por estas razones y en cuanto a la propiedad o compra hagan las monjas sus diligencias; y en lo demás provea el Provisor.

Por Octubre don Diego González Chamorro, presentado a una canonjía del Cuzco, se recibió en una media ración de esta Iglesia.

En 24 de Octubre el señor Zurita dio cuenta de lo útil y aún necesaria que es a las monjas de la Trinidad la casa del litigio para la seguridad de la clausura de las personas y de sus pocos bienes; que ofrecían por la casa ocho mil pesos de contada y fiadores legos, llanos y abandonados por el exceso en que se tasase, a pagar en los plazos en que se estipulase; piden favor para que se les venda y que, para mayor justificación, se sirviese verla su Excelencia. En efecto se compró la casa del pleito del convento de la Trinidad.

En 31 de Octubre se encargó al señor canónigo Zurita solicitase la red cédula para ver de qué ramo, que no sea de real hacienda, se podrían comprar unas casas que están en la cuadra de la iglesia para hacer oficinas.




ArribaAbajo- 1624 -

En 9 de Enero se designó a los mismos adjuntos, aceptados por el mismo Provisor.

En este año fue nombrado secretario de Cabildo el licenciado Diego de Morales.

  —46→  

En 11 de Enero se nombró al Deán Almeida por juez del monasterio de Santa Catalina, nuevamente fundado bajo la advocación de Nuestra Señora del Rosario, con amplia jurisdicción. Se acodó que el auto de la Audiencia notificado en este día al Cabildo por el escribano Diego Velasco, sobre el pleito de que diezmen los indios, se suplique por ante su Majestad y su Consejo de Indias. Se dispuso también que se hagan bóvedas para gente común, evitando se abran sepulturas y el poco aseo.

En 21 de Febrero se permitió al señor Zurita entrar al monasterio de la Trinidad a ver el sitio de las oficinas según la planta hecha, y se discutió si el canónigo don Pedro Mendoza (falto de vista) podría ser juez y tener voto. Para evitar la nulidad se acordó que se oiga a dicho don Pedro.

En 5 de Marzo se acordó que desde el 1º de Mayo se toque a prima de siete a ocho de la mañana, para que a esta hora comience la primera misa de las que se decían entonces los lunes, jueves y sábado antes de prima, y a las siete y media: desde el 1º de Noviembre se toque de seis y media a siete, que empieza la primera misa.

En 9 de Mayo se acordó que en atención a haber una armada de enemigos en el Callao, todos los clérigos de menores y de orden sacro prevengan las armas que tuvieren y acudan al cementerio de la Catedral; y para que todos tengan noticia se eche bando general para destinarlos a la defensa de esta santa Iglesia y monasterios, de día y de noche, y se da comisión al señor don Juan de Cabrera, canónigo y Provisor, para que sea superintendente y provea a cuanto se ofreciere, y se nombraron por capitanes al doctor Melchor de Amusco y al licenciado Cristóbal Jiménez, son que los clérigos muden de traje, sino que anden con sotanillas cortas y sombreros.

En 27 de Agosto se convino la señora doña Grimanesa Mogrovejo en recibir a censo los diez mil trescientos cincuenta y ocho pesos que debía sobre las dos viñas que tenía en los pagos de San Martín y Tacanara, en los términos de Ica, y convinieron en que se celebrase la escritura.

En 30 de Agosto los señores Almeida, Velásquez, Roca y Guzmán, dignidades Menacho, San Juan, doctoral Zurita, teologal, Vega, Padilla, penitenciario, Cabrera, Benavides y   —47→   Mendoza, canónigos, abrieron un pliego rotulado al venerable Deán y Cabildo con dos cartas, una de Cartagena y Mayo 17, otra de Portobelo y Junio 25, firmadas por don Gonzalo de Campo, Arzobispo de Lima, en que avisa su promoción a esta prelacía. Celebró el Cabildo la noticia, y acordaron que luego se cantase una misa solemne de gracias, que se diese un repique general en todos los conventos, hecha la señal de la Catedral, poniéndose doce hachas por la noche en el balcón del Cabildo, luminarias en la torre, y fuegos artificiales en la plaza y la música acostumbrada.

En 1º de Setiembre se repitió otra carta de Chagres y Julio 1º sobre el mismo asunto; todas se mandaron copiar con separación en el libro corriente de Cabildos por el secretario Diego Morales. Se reducen a participar el nuevo Arzobispo al Cabildo que, aunque bien establecido en España y electo Obispo de Guadix, sin que jamás pensase ni solicitase pasar a Indias, le mandó el Rey se encargase de este arzobispado, que se alentó a venir en compañía de un Cabildo de cuya piedad religión y letras tenía muy gran relación; que lo consagró en Madrid a 1º de Marzo de el Arzobispo de Sevilla; que le hizo su Majestad muchas mercedes, y últimamente besándole las manos en Cádiz le hizo el honor de mandarle cubrir, distinguiendo de esa suerte a su dignidad y persona, que partió de España a 5 de Abril y llegó a Cartagena a 25 de Mayo; dice que el Cabildo y cada uno de sus individuos tendrá en él no solo un padre, sino un amigo y servidor en cuanto haya menester; asegura estar tan satisfecho de la prudencia, buen consejo y acierto del Cabildo en el gobierno de la diócesis que no ha querido nombrar otro gobernador, sino que el mismo cuerpo prosiga hasta que llegue; descubre su ánimo de desembarcar en Paita y venir de allí por tierra; en fin suplica que se le haba la merced de que nada se innove, que los visitadores de dentro y de fuera cesen en sus ministerios, que se suspenda la provisión de beneficios vacantes hasta su venida, poniendo en el ínterin sujetos capaces de desempeñar la cura de almas, y encarga que se le tenga habitación bien dispuesta, aliñada y ampliada.

En 3 de Setiembre se mandó que el mayordomo comprase una buena mula para la entrada de su ilustrísima, una silla con todos sus aderezos y gualdrapa de terciopelo   —48→   morado con flecos de seda, y riendas de lo mismo con sus borlas, que se prepare una litera cubierta de vaqueta, forrada por dentro de damasco, carmesí, con estribos y vidrieras, todo a costa de la masa capitular.

En 5 de Setiembre se juntó el Deán y Cabildo encargado del gobierno por el nuevo Arzobispo, y propuso el Deán que estando ya su ilustrísima de camino de Panamá convenía, según costumbre, que una persona del Cabildo fuese a recibirla, y le parecía apropiado D. Feliciano de la Vega, que también fue de la aprobación de los demás. Se le dieron mil pesos de ayuda de costa.

En 24 de Setiembre propuso el Deán que era muy preciso que uno de los señores fuese a España y Roma a los muchos y graves negocios de la Iglesia, y fue nombrado D. Feliciano de la Vega.

En 1º de Octubre se dio licencia para que volviesen a Arequipa las religiosas que vinieron a fundar el monasterio de Santa Catalina.

En 5 de Octubre se mandó poner en el libro capitular la contradicción que el día 3 hizo D. Bartolomé Menacho, canónigo, para que no tuviesen voto los racioneros y medios en elegir sujeto para que fuese a España, por ser este caso en que están excluidos por la erección de esta santa Iglesia y por haber notado que dicha oposición no está escrita en el acta de dicho Cabildo, para que no pare perjuicio, ni los dichos racioneros y medios adquieran derecho. Pidió dicho capitular se sentase esta contradicción que hizo de nuevo, y que siendo necesario se la dé por testimonio, y lo firmó.

En 19 de Octubre se mandó citar a todos los señores para leerles las instrucciones que se iban a dar al señor Vega, y que se dé parte al Virrey de su nombramiento.

En 27 de Octubre se trató de enviarle un buen regalo al Arzobispo para su camino, aunque se flete un barco en mil pesos.

En 29 de dicho mes se mandaron dar seiscientos pesos para acabar de aderezar las casas arzobispales. Don Feliciano de la Vega pidió se le tomase residencia, la que se cometió al Tesorero D. Fernando de Guzmán, poniéndose edictos con términos de treinta días y facultad de prorrogarlos. En este Cabildo entró el señor don Juan de Solorzano a tratar   —49→   si sería acertado o no cercar esta ciudad y puerto del Callao, y dio razones sobre ello; se acordó que se remitiese el asunto para cuando viniese el Arzobispo.

En 31 de Octubre se mandaron dar seiscientos pesos al racionero D. Pedro de Aguílar para que dispusiese el regalo que se había de enviar a su ilustrísima a Panamá, y diese razón de lo que se dispusiese.

En 4 de Diciembre se recibieron D. Fernando Guzmán de Maestre-escuela, y D. Juan Cabrera de Tesorero.




ArribaAbajo- 1625 -

En 4 de Enero se acordó que la sala alta capitular se le dé al Arzobispo para Mayor desahogo.

En 9 de dicho mes adjuntos Roca y Menacho, aceptados por el Provisor D. Juan Cabrera.

En 18 de Enero se acordó se abriese la puerta de correspondencia de dicha sala capitular al palacio arzobispal.

En 25 y 30 de Enero se mandó que no bajase los curas distantes ni se les compeliese a venir para recibir al Arzobispo.

En 25 de Febrero se acordó la apelación para el tribunal del Obispo de Trujillo que interpuso doña Juliana Torres, de haberse declarado este Cabildo por juez legítimo de la causa de nulidad de matrimonio, de cuya sentencia se apeló por este Cabildo como de juez delegado, atento que hay competencia entre el Obispo de Huamanga y este Cabildo sobre que ha de ser juez de dicha causa en grado de apelación, y que los testimonios se dieren para el Obispo de Trujillo. El de Huamanga comisionó al prior de San Agustín D. Diego Pérez, quien fijó y puso por excomulgado en las puertas de esta Iglesia al Deán y cinco capitulares. Cosa inaudita desde el descubrimiento de las Indias. Por lo que se le envió recado al padre fray Gaspar de Villazo, el agustiniano, que no siguiese predicando en los viernes restantes de cuaresma, y se encomendasen a los curas de la Catedral.

En 20 de Marzo se mandó al mayordomo gastase trescientos, pesos en el agasajo de su ilustrísima la noche de entrada.

  —50→  

En 5 de Abril el licenciado García Martínez Cabezas, apoderado del nuevo Arzobispo, exhibió las dos bulas de Urbano VIII de 1623 para su cumplimiento, con la fe de su consagración y recepción del palio, fecha en Madrid a 10 de Marzo de 1621; y se dio comisión al Deán y Chantre para recibir a su ilustrísima en la cas que labró el marqués de Montes Claros en las Descalzas, y que libren lo que se gastase contra el mayordomo.

En la ciudad de los Reyes en 6 de Abril el ilustrísimo señor D. Gonzalo de Campo tomó posesión de su arzobispado, por medio del licenciado García Martínez, cabeza de su provisión y en virtud de su poder.

En 17 de Abril se apeó en los Descalzos.

En 19 de Abril se acordó que todos los capitulares y ministros del Cabildo fuesen a la Iglesia de San Lázaro a besar la mano a su ilustrísima, y volviesen a la iglesia a recibirlo; que el Deán saliese con capa, con diácono y sub-diácono, y le diese el ósculo de la cruz, el agua bendita e incienso, a la entrada de la iglesia, donde habría un sitial; el Arcediano y el Chantre vestirían de gran ceremonia y las racioneros y semaneros de diáconos &; que el Tesorero llevase la cruz desde el altar en que se debía vestir su ilustrísima de pontifical hasta el altar mayor, y el señor Menacho la falda de la capa a su ilustrísima; y desde el altar de la puerta de la iglesia llevarían las varad del palio los señores canónigos Abreu y San Juan; después de ellos irían dos dignidades de Arequipa, que pidieron hallarse al recibimiento con sobrepellices, siguiendo los demás canónigos.

En 20 se Abril fue la entrada pública del señor don Gonzalo de Campo, Arzobispo de los Reyes. Vino de Paita por tierra hasta Santa, principio de su distrito, donde confirmó y visitó. Continuó su viaje recibido y acompañado por todos los curas hasta esta ciudad; llegó a la chacra de Tomás Paredes donde lo recibieron dos curas de la Catedral y demás parroquias inmediatas; allí fue el señor Tesorero a darle la bien venida de parte del Cabildo. De allí pasó al convento de los Descalzos donde estuvo desde el jueves 17 de Abril, en la noche, hasta el domingo 20, al medio día. En dicho hospicio lo visitaron los tribunales, cuerpos y personas de viso. El sábado y domingo convidó a comer a   —51→   los capitulares, y fueron algunos a las cuatro de la tarde. Salió de los Descalzos en carroza acompañado de los capitulares a la iglesia de San Lázaro, muy colgada y muy compuesta; hizo oración, se separaron los capitulares, y apeándose de sus mulas el Deán y Cabildo le besaron las manos y pidieron licencia para volver a la iglesia a recibirle. Llegó a la Universidad, la real Audiencia, y varias personas eclesiásticas y seculares, y subió en una mula bien enjaezada, entre los dos Oidores, más antiguos. Pasó el Puente y torció por las calles por donde pasa la procesión de Corpus, todas entapizadas, hasta la esquina de la Plaza, desde donde siguió por las casas reales donde estaba el Virrey marqués de Guadalézar en la ventana con sus hijas. Llegó a la iglesia, se apeó en las gradas, donde lo esperaban los curas de la Catedral y parroquias. En la puerta de la iglesia estaba un altar con los paramentos pontificales de que se revistió, asistiendo de gremiales el Arcediano y Chantre; el racionero Castillo con capa, para quitar y poner la mitra, y el racionero Xeria con capa y con el báculo. Llegó al umbral de la puerta primaria donde lo esperaban el Deán con dos racioneros de diácono y sub diácono, con capa y cruz en las manos, en donde estaba un sitial de tela de oro carmesí. Besada la cruz, recibida el agua bendita con que asperjó su ilustrísima a los circunstantes, bendijo al incienso y se le incensó tres veces; entraron en procesión las cruces, religiones y clero con sobrepellices; tomó el Tesorero la cruz, y el canónigo más antiguo señor Menacho la cauda, y los demás canónigos el palio nuevo con fleco de oro que se hizo para este efecto; llevaron a su ilustrísima al altar mayor cantando el Te Deum; estaba expuesto el Santísimo, e hincado y sin mitra dijo el Deán una oración; acabada se volvió a cubrir; sentose su ilustrísima debajo de dosel en una silla de tela de oro; besole la mano todo el Cabildo, empezando por el Deán. Acabado todo volvió al altar, bendijo al pueblo, volvió a su silla, desnudose de los ornamentos pontificales, y salio con el Cabildo y Audiencia a las casas arzobispales, donde lo dejaron. No admitió cena aquella noche ni comida al día siguiente, aunque se las ofreció el Cabildo. Un cuarto de hora después se iluminaron las calles y Cabildo: hubo muchos repiques y fuegos en la Plaza   —52→   ruedas, árboles y una parra de fuego hecha con mucho primor.

En domingo 19 de Octubre, gobernando la Universal Iglesia Urbano VIII, reinando en España Felipe IV, siendo Virrey del Perú el marqués de Guadalcázar, consagró la Santa Iglesia Metropolitana de los Reyes, cuyo patrón es San Juan Apóstol y Evangelista, el ilustrísimo señor don Gonzalo de Campo, cuarto Arzobispo de ella; cuyo acto se empezó entre las siete y ocho de la mañana, y duró hasta las cuatro y media de la tarde. Asistió dicho señor Virrey, con la Audiencia, Cabildo e innumerable pueblo; se hizo la demostración posible de alegría en el día y víspera.

En 9 de Marzo entró de maestro de ceremonias, con quinientos pesos anuales de renta, el licenciado D. Juan Bautista Ramirez, cura de la Catedral.

En 28 D. Juan Santoyo de Palma, por cura de la Catedral.

En 20 de Abril murió el medio racionero Miguel Bobadilla.

En el mismo año de 1625 el ilustrísimo señor don Gonzalo de Campo solemnizó la fiesta de Nuestra Señora de la Concepción con maitines y la propina que se acostumbra en la noche de Navidad y Resurrección.




ArribaAbajo- 1626 -

En 15 de Enero fueron admitidos sin contradicción los adjuntos Abreu y Benavides.

En 27 de Mayo salió su ilustrísima a la visita por Huánuco.

En 30 de Junio murió el medio racionero D. José Rodríguez Carbajal.

En 3 de Setiembre murió el racionero Pedro de Aguilera.

En 16 de Diciembre, a la media noche, falleció el Arzobispo prosiguiendo su visita en el pueblo de Recuay, provincia de Huaylas, donde era cura D. Jaime Dorado, clérigo; y el lunes 21 del citado mes fue enterrado en la iglesia   —53→   de aquel pueblo, en el pavimento del altar mayor, al lado del Evangelio. Una hora antes de espirar había nombrado una ración vacante a su secretario del licenciado Diego de Córdova, usando la facultad que le dio el Rey.




ArribaAbajo- 1627 -

En 9 de Enero, adjuntos sin oposición los señores Guzmán y Zurita.

En 15 de Julio trajo el cuerpo del Arzobispo al convento de Santo Domingo de esta ciudad el Tesorero D. Juan de Cabrera y Benavides, donde estuvo depositado toda aquella noche en la iglesia; y al siguiente día 16 se hizo el entierro con toda la solemnidad posible, con asistencia del Virrey, Audiencia, Cabildo eclesiástico y secular, Universidad y todas las comunidades. Se depositó el cuerpo en la bóveda que está debajo del altar mayor; cantó la misa el Deán don Domingo Almeida, y predicó el canónigo magistral don Pedro de Oriega y Sotomayor. La familia del Arzobispo iba en esta forma: el licenciado Juan Díaz de Quintal, su mayordomo, iba en medio de los dos alcaldes; el licenciado Diego de Córdova, su secretario, estaba entre el alguacil mayor de la ciudad y un oficial real; y el licenciado Nicolás Sánchez, su camarero, llevaba a sus lados a los dos regidores más antiguos. En esta disposición se sentaron entre el Cabildo secular, lo que se pone para perpetuar memoria, y estuvieron cubiertos delante del Virrey; y la demás familia fue junto de algunos caballeros de la ciudad, sentándose inmediata al púlpito, de modo que vuelto el virrey para oír el sermón los tenía de cara, y los hizo cubrir a todos.

En 18 de Octubre, a las once y media del día, murió el Arcediano don Juan Velásquez.




ArribaAbajo- 1628 -

En 8 de Enero adjuntos, sin oposición, Cabrera y Ortega, canónigo magistral.

  —54→  

En 20 de Abril murió el racionero don Jorge de Aranda.

Ejecutoria para que los señores de la mesa capitular no paguen seminario, cuyo testimonio autorizado sacó de los autos originales que quedaron en el oficio del tribunal de este arzobispado en 18 de Noviembre de 1628 el bachiller Lope de la Cruz, notario.

En 14 de Diciembre se recibió de racionero don Francisco Calvo de Sandoval.




ArribaAbajo- 1629 -

En 9 de Enero Cabrera y Ortega adjuntos, sin oposición.

En 25 de Enero se recibió de racionero don Diego de Córdova.

En 15 de Julio el racionero don Sancho de Paz fue nombrado Rector del Seminario por muerte de don Juan Guzmán. Murió don Sancho, de canónigo, en 25 de Mayo de 1644.




ArribaAbajo- 1630 -

En 9 de Enero los mismos Cabrera y Ortega adjuntos, sin oposición.

Aunque no conservamos las actas capitulares del tiempo del quinto Arzobispo don Fernando Arias de Ugarte, pero sabemos que se posesionó de su silla en 14 de Enero de 1630, y suponemos que el Cabildo lo recibió con el mismo decoro y aparato que a los demás arzobispos.

En 26 de Febrero entró de racionero don Francisco Garzón.

En 9 de Abril entró de maestro de ceremonias don Lorenzo Fernández de Rojas.

En 20 de Agosto entró de racionero don Diego de Sarria.

  —55→  

Por un breve de Urbano VIII de 10 de Marzo de 1627, dado a instancias del Rey, recibido y publicado en Indias en 1620, se suprimió una canonjía en cada Catedral de Indias a favor de la Inquisición.

En 19 de Noviembre se recibió de Chantre don Feliciano de la Vega en el mismo día se recibió de canónigo don Pedro Niño de Guzmán.




ArribaAbajo- 1631 -

En 7 de Enero fueron nombrados adjuntos don juan Diez de Abreu, canónigo, y don Gaspar Sánchez de San Juan, canónigo doctoral.

En 16 de Enero mandó su ilustrísima que dichos adjuntos no usasen de su nombramiento y jurisdicción hasta proveer otra cosa.

En 31 de Marzo murió el canónigo don Pedro Mendoza.

En 19 de Junio murió el canónigo doctoral don Gaspar Sánchez de San Juan; y en este mismo año entró de Arcediano el Chantre don Juan de la Roca.




ArribaAbajo- 1632 -

En 9 de Enero los señores canónigos Abreu y Menacho adjuntos contradichos.

En 21 de Marzo murió el canónigo don Juan Diez de Abreu. Fue canónigo don Francisco Dávila en este año.




ArribaAbajo- 1633 -

En 7 de Enero adjuntos Zurita y Ortega, contradichos.

En 15 de Setiembre se recibió de canónigo don Fernando de Avendaño, cura de la Catedral, y le sucedió en el curato don Francisco Godoy.

  —56→  

En 8 de Octubre don Francisco Zapata, canónigo de la Paz, entró en una media ración, que dejó después por una canonjía de Trujillo en 12 de Enero de 1638.

En 8 de dicho mes murió el racionero don Diego González Chamorro. La muerte del Arcediano Roca parece sucedió en este año. En el mismo se cree acaecida la muerte del Maestre-escuela don Fernando de Guzmán.




ArribaAbajo- 1634 -

En 14 de Enero adjuntos contradichos don Andrés Zurita y don Francisco Dávila.

En 26 de Agosto don Bartolomé Benavides, Arcediano por muerte de don Juan Roca.

Don Pedro de Ortega Sotomayor, Maestre-escuela por muerte de Guzmán.

En 8 de dicho mes murió el racionero don Diego González Chamorro. La muerte del Arcediano Roca parece sucedió en este año. En el mismo mes se cree acaecida ha muerte del Maestre-escuela don Fernando de Guzmán.

Don Juan Hurtado de Vera, canónigo doctoral. (Hurtado murió en 14 de Abril de 1636.)

Don Diego de Encina canónigo.




ArribaAbajo- 1635 -

En 5 de Enero adjuntos don Diego de Encina y don Juan Hurtado.

En 22 de Octubre entró de racionero don Martín de Arámbulo.




ArribaAbajo- 1636 -

En 15 de Enero los mismos adjuntos Encina y Hurtado, contradichos.



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ArribaAbajo- 1637 -

En 7 de Enero adjuntos contradichos don Pedro de Ortega y don Diego Encina.

En 23 de Enero don Francisco Valladolid, capellán de coro de esta santa Iglesia.

En 23 de Diciembre don Francisco Godoy, Deán de Arequipa, se recibió de canónigo magistral.




ArribaAbajo- 1638 -

En 27 de Enero murió el señor Arzobispo don Fernando Arias de Ugarte. Se componía el Cabildo, en aquella sazón, del Deán don Domingo Almeida, Arcediano don Bartolomé Benavides, Chantre don Feliciano de la Vega, Maestre-escuela don Pedro de Ortega, y Tesorero don Juan Cabrera y Benavides. Canónigos, el licenciado don Bartolomé Menacho, don Andrés de Zurita, teologal don Baltazar de Padilla, penitenciario don Pedro Niño de Guzmán, don Francisco de Ávila, don Fernando de Avendaño, don Diego de Encinas, don Francisco Godoy, magistral, y don Juan Carrasco de Paz, doctoral. Solo se cuentan nueve canonjías, porque la décima se suprimió, adjudicándose a la Inquisición en 1639. Eran racioneros don Sancho de Paz, don Hernando del Castillo, don Sebastián de Loyola, don Pedro de Biedma, don Francisco Calvo de Sandoval y don Diego de Córdova; y medios racioneros don Juan de Xeria Maldonado, don Martín de Arámbulo y don Francisco Zapata. Juntos los capitulares y leída la fe de muerte del Arzobispo, declararon la sede vacante, aceptaron el gobierno, y dieron todas las providencias y disposiciones que en tales casos se acostumbran.

En 19 de Noviembre se recibió don Juan Cabrera en la canonjía que vacó por promoción de don Fernando Avendaño a la Chantría, que obtuvo don Feliciano de la Vega,   —58→   el cual ascendió a obispo de la Paz. Se puso un sochantre interino por enfermedad del propietario.




ArribaAbajo- 1939 -

En 7 de Enero adjuntos. En 28 de Enero carta del cura y Cabildo de Huánuco sobre agregar el curato de indios de aquella ciudad a la iglesia mayor; lo que se denegó por no poder el Cabildo en sede vacante todo lo que el prelado en sede plena.

En 17 de Mayo se resolvió que los capitulares enfermos estén presentes en cuanto a las semanas, haciéndoselas por turno el resto del Cabildo; y en cuanto a las misas el apuntador les avisará que las encarguen; pena de que exhibirán dieciocho reales por cada una para el que las dijere.

En 13 de Junio se franqueó al obispo de la Paz el pontifical para ordenar &.

En 8 de Julio don Alonso Corbacho, cura de Santa Ana, pidió licencia para labrar el mausoleo del señor Loayza en el presbiterio de su iglesia; y se le concedió.

En 17 de Julio se trató de llevar a la caja real el dinero de los monasterios como mandó el Rey, y se ejecutó.

En 16 de Setiembre se volvió a mandar que los enfermos encomienden sus semanas, o paguen catorce pesos ensayados, y siete ensayados los racioneros.

En 30 de Setiembre se mandó que los predicadores digan en sus sermones; Alabado sea el Santísimo Sacramento y la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora; y que también se cante el Alabado al cerrar el Santísimo.

Doña Ángela de Zarate pidió licencia para fundar el monasterio del Prado y se le concedió, siendo ella y doña Francisca de Zarate, monjas de la Encarnación, las fundadoras; y por real cédula se asignó a la fábrica la mitad de la vacante del señor Ugarte.

En 21 de Octubre se señalaron para los entierros del Cabildo cuarenta pesos que debe entregar el Tesorero. Se acordó, que para ganar o perder, los manuales basta el toque o doble de campanas sin otro aviso.



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ArribaAbajo- 1640 -

En 3 de Enero se nombraron jueces adjuntos y de diezmos; se vio una real cédula de 22 de Diciembre de 1638, dada en Madrid, para que se nombrase de colector general a don Juan Medrano, y billete del Virrey marqués de Mancera sobre lo mismo, que no hubo lugar. Provisión real sobre dicha colecturía. Se discutió sobre si el colector daría fianza sobre su recibimiento, colación y posesión.

En 30 de Marzo murió el canónigo don Juan Carrasco de Saez.

En 21 de Agosto dio licencia el marqués de Mancera sobre la fundación del Prado. En el propio día fe de muerte del medio racionero Diego de Sarria.

En 22 de Agosto fe de muerte del canónigo don Bartolomé Menacho. Y se trató sobre la sacristía y aprobar las constituciones del Prado. Esto último se concedió, y aquello primero se dejó al futuro Arzobispo.




ArribaAbajo- 1641 -

En 8 de Enero se nombraron adjuntos y jueces de diezmos. En 14 de Febrero se recibieron don Pedro de Ortega, de Arcediano, y don Andrés de Zurita, de Maestre-escuela.

En 16 de Mayo entró en el Callao el ilustrísimo señor don Pedro de Villagomez, sexto Arzobispo de Lima, y fueron cuatro señores a darle la bienvenida.

En 21 de Mayo entró en Lima, a las once del día, y se apeó en el noviciado de la Compañía de Jesús. Allí lo aposentaron y dieron de comer los curas y sacristanes de esta ciudad. A las tres de la tarde fue a cumplimentarlo el Deán y Cabildo, compuesto del Deán don Domingo de Almeida, del Arcediano don Pedro de Ortega Sotomayor, Chantre don Fernando de Avendaño, Maestre-escuela don Andrés de Zurita, Tesorero don Juan de Cabrera, canónigos don Baltazar de Padilla, penitenciario, don Pedro Niño de Guzmán, don   —60→   Francisco Dávila, don Diego Encinas, don Francisco Godoy, magistral, don Juan Cabrera y don Diego de Córdova. Racioneros don Sancho de Paz, don Hernando del Castillo, don Pedro de Biedma, don Sebastián de Loyola, don Francisco Cabezo y don Esteban Ibarra. Medio racioneros don Juan de Xeria Maldonado, don Martín Arambulo, don Blas de Aguinaga, don Lorenzo Alcocer y don Francisco Zapata; y se despidió para ir a la Eglesia. Luego que llegó la Real Audiencia y Cabildo secular y tribunales, la Universidad y mucho acompañamiento, montó en una famosa mula aderezada de terciopelo morado que le envió el venerable Deán y Cabildo, y vino por la Encarnación a la calle de Plateros y Mercaderes hasta la esquina de la plaza y la de Santo Domingo; y tomando por la cuadra de Palacio, donde estaba el Virrey marqués de Mancera y su mujer, se dirigió a la iglesia, se apeó en las gradas frente de la puerta de enmedio, en que había un altar con el pontifical; y vestido él allí le salieron a recibir el Deán y Cabildo. El obispo electo de Oaxaca don Bartolomé Benavides, Arcediano que fue, hizo de asistente vestido de capa; y estando allí en un sitial carmesí le dio a besar la cruz y el asperges, sirviendo el Maestre-escuela de diácono y el Tesorero de subdiácono, llevando el palio seis canónigos, la mitra el racionero Calvo, y la falda Loyola. Entraron a la iglesia y fueron a la capilla mayor, donde había otro sitial carmesí en que su ilustrísima hizo oración. Subió el Arcediano al altar y cantó la oración correspondiente; se entonó un solemne Te Deum; de allí pasó a visitar el sepulcro de su ilustre tío el señor Mogrovejo, retirándose en seguida a su casa arzobispal, acompañado de la Audiencia y de sus capitulares. No echó bendición porque todavía no había tomado posesión ni tenía bulas.

En 7 de Mayo se fijaron edictos para la canonjía doctoral vacante.

En 2 de Agosto se recibieron las bulas y presentación real, y se le dio posesión a su ilustrísima en el mismo día, a las 4 de la tarde, con la solemnidad y juramento acostumbrados.

Donativo de seis mil pesos para Buenos Aires en este año.

  —61→  

Los años corridos desde el 1543 en que se erigió esta Metrópoli por su primer prelado don fray Gerónimo de Loayza hasta el de 1642, en que empezó el gobierno de su sexto prelado el señor don Pedro de Villagomez, componen con poca diferencia su primer siglo, y nos ofrecen copiosa materia para las más importantes reflexiones. En esta época se deja ver la santa Iglesia de los Reyes adornada de su mayor gala y esplendor. Las cinco cabezas que en ese espacio la han regido, se han emulado y empeñado a cual la hermoseaba con mayores gracias, Loayza, Mogrovejo, Lobo Guerrero, Arias Ugarte, Gonzalo de Campo, ¡qué nombres! Los cuatro primeros forman y perfeccionan el código de sus leyes sagradas, dictadas a la frente de los Concilios provinciales y Sínodos diocesanos, en que brillan la más sublime sabiduría y la más solida prudencia, y las publican solemnemente para utilidad y edificación de su pueblo. El gran Gonzalo de Campo, caminando sobre las ilustres huellas de sus predecesores, que halló estampadas y recién regadas de sus sudores, emplea su primer cuidado en consagrar magníficamente el primer templo del Perú; sale sin tomar descanso a recoger los abundantes frutos que se prometía recoger de la semilla que esparcieron los que vinieron antes que él; extiende la vista por tan dilatado campo, ve que es mucha la mies y se pone al frente de los más fervoroso operarios para recogerla, para destruir la cizaña de la idolatría que había dominado a estas dilatadas regiones. Mas el soberano padre se contentó con sus esfuerzos y deseos, y lo detuvo en lo más rápido de su carrera, reservando la cosecha a otros ministros, no más fieles, pero sí más afortunados.




ArribaAbajo- Año de 1642 -

Por Enero adjuntos, jueces de diezmos, etc.

En 14 de Febrero se trató de publicar la visita y nombrar quien vaya a España.

En 18 de Marzo se acordó que se empiece a leer la canonjía doctoral, que los opositores presentasen sus títulos dentro de ocho días, y que el Deán de Huamanga, que era uno   —62→   de los opositores, precediese a los demás.

En 27 de Marzo que el obispo de Oaxaca no goce de la prebenda desde el día del Fíat del Papa.

En 16 de Abril remitió su ilustrísima al Cabildo, con el Arcediano don Pedro de Ortega, un papel que leyó para que se cumpliese lo ordenado en él, como se hace en las Iglesias de España, Italia y Alemania. Su contenido es el Cabildo llamado de Venia, de que hablan los canonistas para decir que por él no quedan perdonadas las distribuciones cuotidianas, mal ganadas por los capitulares; que se celebre en un día de la semana santa, escogiendo cada iglesia el que mejor le pareciere. En Sevilla se acostumbra así; el martes santo llama el perdiguero a los capitulares para que el miércoles siguiente se junten, después de prima, al Cabildo de la Venia, so pena de perder tres días de horas el que faltase, excepto los ausentes de la ciudad y enfermos actu discum ventes. Deben ser llamados los racioneros y músicos; y aún el Arzobispo no suele faltar a este Cabildo de Venia que se tiene por el acto más grave y piadoso que se practica en los Cabildos.

Acabada la prima en dicho día va el Cabildo en forma a casa del Prelado y la lleva a la sala capitular; y encerrados todos, lee el secretario [que siempre suele ser un canónigo o dignidad] el cuaderno de las horas o cuadrante del coro; y cuando comienza nombrando al Prelado, que también está sujeto a apunte, todos se descubren la cabeza. Después va nombrando a los demás, y cada uno se descubre cuando lo nombran, y si falta alguno que no esté ausente o enfermo le pone por memoria, para que se le quiten irremisiblemente los tres días de horas impuestos por pena. Luego se leen las peticiones ocurrentes de pobres honrados, y para que más haya que dar en este día se suelen rezagar las que van cayendo de tres o cuatro semanas, y el Cabildo manda que se le dé a cada uno de los pobres cierta cantidad, cometiendo la distribución a uno de los prebendados, a otro la distribución a los pobres de la cárcel, que se hace todas las Pascuas. Luego se lee la memoria de las limosnas que se hace a los conventos y lugares píos, seis fanegas de trigo a cada uno; a San Francisco, Huérfanos y Expósitos se da dos a cada uno, y el Cabildo manda que los contadores de rentas hagan esta repartición; esto sin las limosnas que en cada Cabildo ordinario   —63→   se reparten, las que señala el Cabildo a pobres particulares, perpetuamente o por meses, y sin las que reparte cada mes por sus diputados en las parroquias; el cual Calildo en nada muestra más su grandeza ni la funda mejor que en dar limosnas. Se sigue inmediatamente la Venia para la que el Prelado o el más antiguo del Cabildo hará una breve plática, en que excite a la paz y concordia que deben tener entre sí los que viven en comunidad; de allí sale a pedir perdón a sus hermanos de sus defectos o mal ejemplo y propone la enmienda. Este perdón lo pide el prelado en pie y descubierto, estando en pié los prebendados, y acabado se vuelven a sentar; y el más antiguo responde brevemente al Prelado con reverencia y amor; luego se hinca de rodillas, suelta la falda de la capa saliendo a dos o tres metros de su silla, y pide perdón de sus defectos, en común y en particular, al Prelado y al Cabildo, haciendo tres humillaciones profundas con la cabeza, al Prelado la una y a las dos partes del Cabildo las otras dos; y lo mismo van haciendo todos los demás prebendados, y en este tiempo ninguno se cubre, y el Prelado se quita el bonete a cada humillación que hacen los otros. Luego pregunta el Prelado a los diputados de los enfermos si tienen algo que decir y dar cuenta de su oficio, lo que hacen brevemente y el Prelado y Cabildo le dan las gracias por su cuidado. Se nombran otros dos diputados para que desde allí a otra Santa Sede cuiden a los enfermos, y de que se cumpla el ceremonial con el Prelado enfermo, muerto, su entierro y honras; mientras se ocupan en esto se les apunta por inter-asistentes en el coro. Hecho esto se hincan todos de rodillas y dicen en el tono de horas menores el Miserere, y el Prelado o presidente tres oraciones: Deus qui culpa ofenderis, Miserere semper et parcere, y Exaudinos Domine suplicunt preces et inefabilem nobis Domine, que son las tres primeras que están después de las letanías del Breviario, y las concluye con Per Dominum nostrum, y luego inmediatamente dice la oración Respice quesimus Domine, con lo que se acaba y se van a tercia.

Dijo el Arcediano presidente que, en cuanto al Cabildo de la Venia, por su pase lo admitía gustoso; pero que en orden a las limosnas lo deliberaría despacio y se remitiría a otro Cabildo. El Tesorero dijo que el punto contenía varios asuntos que piden más deliberación, pero que no se impidan   —64→   los dignos oficios del día. El señor Zurita dijo lo mismo; D. Pedro Niño dijo que la propuesta es santa y se cumpla al pie de la letra. El señor Avila dijo lo mismo. Don Diego Encinas dijo que este Cabildo es nulo por hacerse en tiempo que ha dado la hora para los divinos oficios, como manda la consulta y lo prohíbe el Concilio provincial; y que para que se resuelva legítimamente se difiera este negocio para otro tiempo, y que a cada capitular se le dé un tanto de papel para que lo considere despacio, y que entonces dará su parecer. Godoy dijo que se admita la propuesta menos lo de las limosnas, que es preciso mirar cómo y de dónde se han de hacer y que se reserve para otro Cabildo. D. Juan de Cabrera dijo que se dilate la resolución para otro Cabildo; resultó que se difiriera hasta que estén iguales los votos.

En 29 de Abril se señala el tiempo y el modo de leer la canonjía doctoral, dándole la mayor antigüedad al Deán de Arequipa don Francisco Godoy en la magistral.

En 2 de julio murió el racionero don Hernando del Castillo.

En 19 de Setiembre edictos a la canonjía teologal.

En 17 de Octubre don Pedro de Ortega y don Andrés de Zurita hicieron la profesión de fe. En el mismo día murió el racionero don Pedro de Biedma.

En 4 de Diciembre murió don Baltazar de Padilla, primer canónigo penitenciario.

En 9 de Diciembre edictos para la penitenciaría.

En 26 de Diciembre fue canónigo don Diego de Córdova.




ArribaAbajo- 1643 -

En 9 de Enero adjuntos y jueces de diezmos.

En 1º de Marzo se resolvió la dificultad en orden al Cabildo de Venia que, por parte de su ilustrísima, se propuso al Cabildo en 16 de Abril de 1642, y quedó pendiente su determinación; hoy se resolvió que se hiciese, como efectivamente se hizo, mientras vivió el Arzobispo. También se acordó se hiciesen nuevos asientos de baqueta de Moscovia   —65→   pespuntados para las asistencias del Cabildo.

En 24 de Marzo se recibió don Alonso Corvacho de canónigo doctoral.

En 1º de Abril se celebró el primer Cabildo de Venia, y se puso por testimonio.

En 10 de Abril se trató de la lectura de las canonjías teologal y penitenciaria; y entre otras cosas se acordó, lo primero que no se falte a las misas de Visitación en los miércoles, y si las dignidades y canónigos faltasen a lo dicho pierdan dieciocho reales, los racioneros nueve reales y los medio racioneros cuatro y medio; segundo, que el presidente multe en las horas de la mañana a los prebendados que faltaren a las misas de prebenda conventuales o de Rey; tercero, que el racionero que no acompañe al preste a la sacristía pierda la tercia, y el que no volviere con él al coro pierda la hora de misa; cuarto, que los racioneros que faltasen a las misas de cofradía del Santísimo y Nuestra Señora pierdan la prima, y que en la cofradía de ánimas se les dé algo a los racioneros.

En 5 de Mayo murió el medio racionero don Juan Álvarez.

D. Juan de Ávila, cura de Corongo, entró en 23 de Mayo en la media ración que vacó por ascenso a canonjía de don Diego de Córdova.

En 8 de Julio entró don Diego Morales en la media ración que vacó por muerte de don Diego de Sarria; y se mandó hacer en esta iglesia un novenario de misas por los sucesos adversos del tiempo.

En 1º de Octubre se recibió de canónigo don Pedro Recio de Castilla; y en 7 de Octubre entró de canónigo don Juan de Rojas.




ArribaAbajo- 1644 -

En 8 de Enero se nombraron adjuntos y jueces de diezmos. Se celebró a su tiempo el Cabildo de Venia, y se dio un donativo de tres mil pesos.

En 5 de Agosto el Arcediano don Pedro de Ortega y   —66→   Sotomayor vino electo obispo de Trujillo, y se entró de jesuita. Se le mandó al mayordomo Juan Martinez de Urceda que tuviese su renta hasta la confirmación de Su Santidad.

En 13 de Octubre se acordó que el presidente del Cabildo no puede penar en secreto a nadie, sino en público, de modo que el penado lo sepa y oiga para usar de sus defensas.

En 22 de Octubre se multó en un peso a todo el que faltase a los Cabildos ordinarios o extraordinarios, o se saliese sin votar; multa a los capellanes que hacen fallas.

En 27 de Noviembre se le dio colación y posesión de la canonjía penitenciaria a don Martín de Velasco, Deán de Arequipa. En el mismo día se dio colación y posesión de la canonjía teologal a don Juan Santoyo de Palma, que fue cura de San Sebastián desde el 28 de Marzo de 1626; y en el dicho día hizo la protestación de la fe y juramento el canónigo doctoral don Alonso Corvacho de Zárate. En el propio día se recibió de racionero don Juan de Xeria Maldonado.




ArribaAbajo- 1645 -

En 10 de Enero elección de adjuntos y jueces de diezmos. Se acordó que el Chantre cuide de los libros del coro, que el doctoral provea de papel sellado para pleitos, y que se haga un confesonario para el penitenciario. Se insta sobre las bancas de baqueta.

En 10 de Abril Cabildo de Venia.

En 22 de Abril habiendo mandado el Rey, por su cédula de 12 de Mayo de 1643, que el domingo de Cuasimodo se haga una fiesta anual, con vísperas, sermón y misa, por los buenos sucesos de la Monarquía, se acordó que dicha fiesta no se fuese a hacer en Santo Domingo sino en esta santa Iglesia.

En 23 de Abril se juntaron en Cabildo el Arzobispo, don Fernando Avendaño, Chantre, don Andrés de Zurita, Maestre-escuela; canónigos don Pedro Niño de Guzmán, don Francisco de Godoy, magistral, don Martín de Velasco, penitenciario, don Juan Santoyo de Palma, teologal y don Juan Alonso Corvacho, doctoral; y propuso el Arzobispo que   —67→   el Virrey marqués de Mancera le había escrito sobre la fiesta que se pretendía hacer a Nuestra Señora por el buen suceso y llegada de la Real Armada a Valdivia. «Ilustrísimo Señor: Como Useñoría Ilustrísima tiene entendido por lo que en mi nombre le comunicaron los señores don Andrés de Vilela y don Antonio de Calatayud, y por lo que contiene la consulta que hice al Acuerdo en respuesta del papel de puntos que se consideraron en el Cabildo de la Santa Iglesia con que Useñoría Ilustrísima lo comunicó, ha parecido preciso que la fiesta que su Majestad manda hacer cada año a Nuestra Señora y a su imagen de mayor devoción, se haya de continuar a la santa imagen del Rosario que está en el convento de Santo Domingo. Y porque es justo sea con entera celebridad, me hallo obligado a pedir a Useñoría Ilustrísima asista a ella con su Cabildo a implorar el amparo de la Santísima Virgen con edificación de los fieles, de que se dará parte a su Majestad. Lima a 22 de Abril de 1645. [escribió de su puño.] Esto pido a Useñoría Ilustrísima, hallándose con la salud que yo estoy siempre deseando. - I. S. - B. L. M. de V. S. I. su más fiel servidor - El marqués de Mancera.» Leído dicho papel se resolvió asistiese el Cabildo a la fiesta a que ha convidado su Excelencia, entre tanto su Majestad disponga otra cosa, porque no se haga ejemplar de que fiesta real alguna, de orden de su Majestad, no se haya celebrado en esta santa Iglesia por ser consagrada.

En 27 de Mayo se trató del salario que se le daría al canónigo don Juan de Cabrera nombrado para ir a España a los negocios de la Iglesia. Se mandó traer un Cabildo celebrado en 23 de Noviembre de 1637 en presencia del señor Arias Ugarte, en que al Arcediano don Juan Velásquez, en caso semejante, se resolvió darle dos mil ducados, los mil quinientos para ayuda de costas y quinientos para costas de cuatro años, gozando en dicho tiempo de su prebenda como si estuviese presente en el coro, y de todos los frutos y rentas que le competen enteramente, sin escalfarle semanas ni misas ni obenciones, considerándolo asistente a todo, por hallarse ocupado en lo que tanto importa al bien de esta santa Iglesia. La instrucción que se dio al canónigo don Juan Cabrera Alvarado, despachado a los asuntos de Roma y Madrid,   —68→   era: 1º sobre el pleito con las religiones sobre diezmos; 2º sobre el ceremonial; 3º sobre no asistir a prima; 4º sobre dos reales impuestos en cada botija de vino; 5º sobre cuando deban vacar las prebendas de los obispos electos, y sobre el aniversario de Nuestra Señora; 6º sobre la asistencia del Oidor y Fiscal en el remate de diezmos; 7º que los virreyes dén silla a los canónigos; 8º sobre los ascensos de canónigos y dignidades; 9º sobre el rótulo del señor don Toribio; 10º que se pida al Papa el Recle de tres meses libres y absolutos; 11º que se solicite cédula para que a los inquisidores, en ningún acto, se haga más cortesía que a los Virreyes y Audiencia; 12º que las fiestas que manda hacer su Majestad en la semana de Cuasimodo a la imagen de más devoción, se haga en la Catedral a la Señora que se venera en el altar mayor de ella, que fue la primera que entró en el reino, con otros varios puntos que constan de dicha instrucción. En el mismo día 27 de Mayo se vio la cuenta del tiempo que el Arcediano Ortega estuvo en el noviciado de la Compañía, que fue un año, y se mandó que se le escalfasen nueve meses y se le paguen los tres de Recle, sin ejemplar. En 27 de Mayo se hicieron las honras de la Reina Doña Isabel de Borbón, practicando lo acostumbrado en otras ocasiones.

En 8 de Julio murió el Deán don Domingo de Almeida.

En 15 de Diciembre juntos en Cabildo don Fernando de Avendaño, Chantre, don Andrés Zurita, Maestre-escuela, don Juan Cabrera, Tesorero; canónigos don Francisco de Ávila, don Diego de Encinas, don Francisco Godoy, don Diego de Córdova, don Martín de Velasco, don Juan Santoyo de Palma, don Alonso Corvacho; racioneros don Sebastián de Loyola, don Sancho de Paz, don Francisco Calvo de Sandoval y don Blas de Aguinaga; medios racioneros don Martín de Arámburo, don Lorenzo Alcocer, don Juan de Ávila y don Diego de Morales, dijo el Chantre que era notorio haber muerto Juan de Quezada, mayordomo de la cofradía de la Concepción fundada en esta Iglesia, y que convenía elegir un sucesor; y habiendo muerto el Deán y otros que podían elegirle, era necesario que dichos señores entrasen de veinticuatros para dicho acto. Todos los presentes se ofrecieron a hacerlo y entrar de esclavos de Nuestra Señora,   —69→   dando ocho pesos de a nueve reales de limosna para la cofradía, como lo hicieron sus antecesores y consta de un Cabildo de 20 de Diciembre de 1619; y pidieron al Provisor de este arzobispado los admitiese por tales hermanos, y se hagan constituciones dando comisión al señor Maestre-escuela para que las haga de nuevo, respecto de haberse perdido las antiguas; y nombraron para mayordomo y administrador de la cofradía al presbítero don Alonso Rico, dando por fiador a don Bartolomé Martínez su cuñado; y se nombró al señor Corbacho para que le entregase por inventario la cofradía.




ArribaAbajo- 1646 -

En 9 de Enero se eligieron adjuntos y jueces de diezmos, y se colocaron las reliquias en la capilla del señor Fernando de Ugarte.

En 15 de Febrero se juntaron a Cabildo en la sala alta, según costumbre, y dijo el Chantre Arcediano que los inquisidores enviaron recado con el racionero don Sebastián de Ibarra, su receptor general, que representase que las cédulas se leyeron anticipadamente en el púlpito para la publicación del edicto de fe sin su acuerdo, a que dieron suficiente satisfacción. Propuso también que las honras se dijeran en la hora acostumbrada, y que pondrían un ministro del Tribunal que les avisase, cuando se acabase, para venir a dicha publicación; que en el asiento que ocuparían en la capilla mayor volverían sus sillas al tiempo del edicto y sermón, como lo hace el Virrey, por respeto a este Cabildo, a quien pedía se sirviese hacerles la misma honra que les han hecho en ocasiones semejantes. El Chantre dijo que se guarde de la costumbre de acompañarlos y recibirlos a la puerta de la iglesia, y al salir de ella. El Tesorero dijo que los Inquisidores están en posesión de que el Cabildo salga a recibirlos cuando publican edictos de fe, y que así se haga en esta ocasión; pero que se escriba al apoderado don Juan Cabrera que se informe de lo que hacen en casos tales los Cabildos metropolitanos, y suplique a su Majestad se haga con éste lo   —70→   que allá; y que se escriba al Inquisidor General y a la Suprema. Don Pedro Niño dijo que le parecía que, aunque era costumbre que saliese el Cabildo a la puerta de la iglesia a recibir a los Inquisidores, esta costumbre no se introdujo con acuerdo y parecer de las capitulares, y que no salga en esta ocasión respecto de que no salen más de cuatro a recibir y despedir al señor Virrey, que a nombre de su Majestad es patrón de la Iglesia por cédula real, y a la Audiencia solo acompañan dos, también por real cédula, y que se dé cuenta a dicho señor Virrey, por que no se sienta de tan notable diferencia. El señor Encinas dijo que se escriba a España consultando lo que deba hacerse en tales casos, y que entretanto se haga lo acostumbrado. Los demás se conformaron con el mismo dictamen que fue el de los más, y se aprobó y ejecutó.

En 18 de Febrero, primer domingo de cuaresma, se publicó el Edicto de Fr en esta forma: acabada tercia entraron los Inquisidores por la puerta del Sagrario; un señor dignidad les dio el agua bendita, y los acompañó el Cabildo hasta sus sillas puestas en la capilla mayor; empezó la misa, y al Evangelio bajó a darselo a besar el racionero que lo cantó; cuatro capellanes acompañaron al predicador que se sentó en el banco de los ministros; de allí llevaron al púlpito, al secretario que leyó el edicto, y a sus lecturas y al sermón volvieron sus sillas y rostro al Cabildo que salió s oírlos a la puerta del coro; le hicieron tres cortesías: primera antes de sentarse, segunda acabada la salutación, y tercera acabado el sermón. Acabada la misa, los acompañó el Cabildo hasta la puerta por donde entraron. A la tarde enviaron recado con dicho receptor agradeciendo su cortesía al Cabildo, y éste correspondió enviando un racionero.

En 19 de Febrero se presentó una escritura de dotación de una fiesta perpetua en honor de San José, que instituyó doña María Castillo, natural del Cuzco, viuda de don Diego Muñóz de Cuellar, Oidor que fue de la Plata, y pide que el Cabildo la acepte, y se otorgó ante Bartolomé de Cívico escribano público en primero de dicho mes y año; y vista por los señores la admitieron. El tal Cuellar fue fundador del colegio de franciscanos de Guadalupe de esta ciudad, fue natural de Cuenca, Oidor de la Plata, después de la Chancillería   —71→   de Granada, y murió en Lima patrón y fundador de dicho convento; fue su viuda muy devota del santo Patriarca lo que mostró haciéndole su fiesta cada año en la Plata, en la iglesia de los jesuitas, mientras vivió allí con su marido; y después suplicó al Arzobispo, al Deán y al Cabildo se hiciese en esta Catedral, sabiendo la puntualidad con que se cumplen estos encargos. En este año se hizo el Cabildo de Venia, en la fiesta de Cuasimodo. Mandó por auto su ilustrísima que los capellanes de coro tengan apunte. Se acordó que se remitiesen cuatro mil pesos a Roma para pedir el rótulo del señor don Toribio, Arzobispo de Lima.

En 2 de Julio se celebró la fiesta de la Visitación de Nuestra Señora; predicó el Arzobispo de la Plata don fray Pedro de Oviedo en un tablado que se formó enfrente del asiento del Virrey marqués de Mancera, junto al púlpito en que se puso una almohada y una mitra y dosel sobre el púlpito. Salió el Deán y Cabildo a recibirlo a la puerta de la iglesia; y a la hora de sermón fueron a acompañarlo cuatro señores, un dignidad, un canónigo y dos racioneros, desde su asiento, que tenía en el altar mayor con su sitial, hasta el tablado donde había otro sitial. Acabado el sermón volvieron los mismos sujetos a acompañarlo hasta su silla, y se fue. A la tarde asistió a la procesión que se hace en la plaza, en el rincón del Cabildo.

Se celebró un novenario de misas por el buen temporal; se aceptó un patronazgo, imposición o fundación de una misa por el alma del Deán don Domingo de Almeida.

Escribió el Arzobispo desde la villa de Arnedo (Chancay) agradeciendo al Cabildo la solicitud del rótulo de su santo tío don Toribio. Se reciben noticias de haber muerto en Sevilla, en 7 de Febrero de 1646, el canónigo don Juan Cabrera, apoderado del Cabildo, quien se mandó que gozase del salario prebenda y manuales hasta el día de su muerte, y se le cobrase lo que se le dio para costas de pleitos.

En 21 de Noviembre se recibieron don Andrés de Zurita de Deán, don Francisco Godoy, de Arcediano, y don Sebastián de Loyola en la canonjía del difunto Cabrera. Nombra el Cabildo a don Tomás de Avendaño por juez árbitro en la causa que sigue con el Seminario por el tres por ciento. Entra   —72→   de racionero don Lorenzo de Alarcón y don Lorenzo Fernández de Rojas de medio racionero.




ArribaAbajo- 1647 -

En 8 de Enero jueces diezmos y adjuntos.

En 10 de Marzo el bachiller Alonso Rico entró de maestro de ceremonias.

En 9 de Abril el canónigo don Francisco Dávila se presentó al Arzobispo pidiendo que se le tenga presente (con acuerdo del Cabildo) aunque no asista al coro, en atención a su sordera total, que es tanta que nada oye ni campanas, ni órgano, ni la música, ni el canto; ni entiende sino lo que se le dice por escrito; de suerte que de nada puedo servir en el coro sino de estar allí con una mera presencia material; confiesa que el sordo, sin otros achaques, no puede excusarse de la presencia y asistencia material, pero añade que su edad de setenta y cuatro años le trae otros muchos padecimientos, que no le dejan hora segura, pues de un momento a otro se halla sin poder dar un paso ni sentarse, además de los vahídos y otras indisposiciones frecuentes: a pesar de todo lo cual está trabajando en la edición de dos tomos de los Evangelios y Sermones en la lengua índica y española, el primero de los que iba a empezarse a escribir ministrando él los manuscritos, y siéndole forzoso que la parte índica vaya de su puño, habiendo de asistir el mismo a la imprenta, lo que es incompatible con el coro por ser a las mismas horas; la obra es utilísima para la instrucción de los indios, y en semejante caso le concedió el Rey y su Consejo al señor Solorzano que no asistiese a la Audiencia &.

Proveyó su ilustrísima, en 27 de Mayo, que se remitiese al venerable Deán y Cabildo para que, conferida la materia, por voto consultivo se provea lo que más convenga; y votando dijeron lo siguiente: el Arcediano don Francisco Godoy dijo que el punto era opinable por una y otra parte, pues doctores gravísimos requieren en el prebendado sordo la asistencia para llevar las distribuciones, y otros la excusan; por lo que su ilustrísima podría hacer lo que fuere servido.   —73→   El Chantre Avendaño dijo que la opinión negativa le parecía más probable por más fundada en razón, porque la presencia de un prebendado, aunque sordo, autoriza mucho al coro, y más siendo esta tierra de patronazgo de su Majestad es digno de mucha consideración que por derecho pueda el catedrático de prima de Teología, siendo prebendado, no asistir al coro; y con todo su Majestad, por real cédula, lo limitó a la hora en que lee, media hora antes y media hora después, y así es más probable que el sordo no está excusado de la asistencia; pero siendo también probable la otra opinión y la de que se excuse de la asistencia a los ciegos, su parecer es que respecto de que al señor Dávila, por tiempo limitado de tres o cuatro meses, mientras se cura de la sordera, se le podrá tener presente, menos en las acrecencias y memorias que piden interecencia natural y personalísima. El Tesorero don Juan Cabrera dijo que, supuesta la verdad de los achaques y enfermedad del señor canónigo y la impresión de los libros que refiere, pueda su ilustrísima otorgarle la licencia que solicita. El señor don Diego de Encinas dijo que ninguna de las tres causas alegadas por el señor canónigo Dávila lo excusan de la asistencia al coro, como es notorio y lo confiesa él mismo, por lo que debe ocurrir a su Majestad y su Consejo de Indias; así se ha practicado en esta santa Iglesia con el comisario de la Cruzada y catedráticos de la Universidad; que su Majestad tiene señalados días y horas cuando faltan de la dicha Iglesia, y que así tiene por forzoso que se le dé cuenta y que, sin su parecer, no se determine, y de su parte suplica a su ilustrísima a que atento a que este negocio trae grave perjuicio a este Cabildo, y será abrir la puerta a que otros con menos causa pidan se les haga presente en el coro, sin vista de este parecer y sin oírlo, se sirva no determinar el punto siendo servido. Don Martín Velasco dijo que, en cuanto a la indisposición que el señor Dávila alega para que no se le tenga presente en el coro, se remite a los dispuesto por derecho y común doctrina de los doctores; pero que sobre la ocupación que ha de tener en la impresión de sus libros que refiere, siendo esta obra tan útil al servicio de Dios y bien de las almas, cuya impresión se hace a instancias de su ilustrísima teniendo por derecho facultad de emplear dos prebendados   —74→   para que le ayuden en su gobierno, puede hacer que se le haga presente en todo el tiempo de su edición. Don Juan Santoyo de Palma dijo que puede su ilustrísima concederle al señor Dávila lo que pide con segura conciencia; porque aunque es más probable que los prebendados sordos no estén exentos de la asistencia al coro, pero en la persona del señor Dávila lo tiene por más probable que pueda hacérsele presente, porque a la sordera se agregan la larga edad y demás achaques que alega, y más cuando se ha empeñado en una obra tan útil para la instrucción de los neófitos. Don Alonso Corvacho dijo que le hacía mucha fuerza la opinión negativa por lo necesaria que es la presencia personal del sordo en un coro, aunque no oiga ni allí ni en los demás actos del Cabildo, y que por esta parte, siente no ha lugar lo que pide el señor Dávila; pero en atención al tiempo limitado que pide para la impresión de su obra, tan útil a los párrocos e instrucción de los indios, es de parecer se le conceda y haga presente. El señor Loyola dijo que, en atención al vario modo de pensar de los doctores, se conforma con la opinión del señor Chantre. El señor Arcediano mandó que de lo resuelto por este Cabildo sobre la pretensión del señor Dávila se de noticia a su señoría ilustrísima para que provea lo que le pareciere conveniente.

En 7 de Mayo murió el canónigo doctoral don Alonso Corvacho.

En 10 de Mayo edictos a la canonjía magistral; se opuso por poder don Sancho Pardo de Cárdenas, canónigo del Cuzco y Deán de Trujillo, pidiendo dos meses para venir después de cumplidos los cuatro de los edictos; no se le admitió su solicitud, y se mandó que comenzasen las actuaciones.

En 24 de Mayo se trató del salario de los seises del tres por ciento del Seminario, y si éste debe mantener a los seises hasta qué tiempo. Se tendrá presente al Obispo de Huamanga a que fue promovido el Deán don Andrés de Zurita, hasta el fíat del Papa.

En 31 de Octubre se nombró maestro de ceremonias a don Juan de Villoslada. Por muerte del licenciado Diego de Morales, racionero, secretario que fue del Cabildo, fue electo   —75→   para serlo Melchor de Oviedo, secretario de su ilustrísima, y lo aceptó.

En 3 de Diciembre, de resultas de la visita de esta santa Iglesia y en conformidad con lo dispuesto por el Tridentino, se nombraron por diputados de rezo y ceremonias, por parte de su ilustrísima al Arcediano don Francisco Godoy, y por la del Cabildo al canónigo don Diego de Córdova.

En 13 de Diciembre se diputaron los señores don Fernando Avendaño, Chantre, y el canónigo don Diego de Córdova para que viesen al Virrey, a fin de que hiciese pagar al mayordomo Tesorero Juan Martínez de Uceda treinta tres mil ochocientos pesos que gastó en la sillería del coro que mandó su Majestad se costease de la consignación que tenía hecha. Ésta fue una obra famosa encargada al célebre arquitecto catalán Pedro de Noriega, por disposición del señor don Gonzalo de Campo, cuarto Arzobispo, que se concluyó suntuosamente el año 1623.

En 17 de Diciembre se trató de que se siguiese el pleito con el Seminario sobre el tres por ciento. Se determinó que la memoria del Deán don Domingo de Almeida (sobre que se había tratado en un Cabildo el 15 de Diciembre) se empezase a efectuar desde el día de Santo Domingo, 4 de Agosto.




ArribaAbajo- 1648 -

En 14 de Enero jueces adjuntos y de diezmos. Oposición a la canonjía doctoral, de que se avisó al Virrey, para la asistencia por sí o por los mayordomos.

En 19 de Febrero se recibió de Deán don Francisco Godoy, quinto Deán, que sucedió a don Andrés Zurita que ascendió al Obispado de Huamanga; en dicho día pasaron don Fernando de Avendaño a Arcediano, don Martín de Velasco a Chantre, y don Juan Dávila, medio racionero, a racionero entero.

Martes 24 de Marzo se trató del sustento de los seises y que los enseñe el maestro de capilla. Se celebró el Cabildo de Venia y la fiesta de Cuasimodo.

  —76→  

En 16 de Julio juntos en Cabildo el Arzobispo, el Deán Godoy, el Arcediano Avendaño, el Chantre Velasco, canónigos Córdova, Santoyo y Loyola, se leyó un auto de su ilustrísima sobre el grado y edad de cuarenta años para obtener la canonjía penitenciaria vacante, y se mandó poner por acta para norma de los venideros; se reduce a que, cumplidos los edictos, se dudó si se admitirían algunos sin el grado de Teología a los que con menos de cuarenta años que se presentaron. Se supone que las cuatro canonjías no fueron por oficio instituidas por decreto del Tridentino ni por otras disposiciones eclesiásticas, sino que, siendo de patronazgo de legos y real, no están grabadas ni comprendidas bajo las disposiciones y reservaciones generales, y se entienda que su institución sólo fue por la voluntad y orden del Rey como patrón de la Iglesia; y por las cédulas de patronazgo de Indias está dispuesto que donde puedan representen un jurista y un teólogo graduados por dos canonjías, Doctoral y Magistral, que para la de Escritura se presente un teólogo, y otro teólogo o jurista para la Penitenciaria. Y aunque el segundo Concilio limense dispuso que la primera prebenda que vacase se disputase para un lector de Escritura, pero en el Cabildo tercero limense se declaró que los decretos de dicho Concilio segundo debían entenderse salvo en todo el derecho de patronazgo concedido a la silla apostólica por los Reyes Católicos. Por la misma razón de ser dichas canonjías instituidas, por la voluntad del patrón real, le tocó también a su Majestad dar la forma de su provisión; y en esta conformidad la dan las cédulas del patronazgo, disponiendo que dichas cuatro canonjías se provean por oposición en la forma ordinaria, remitiéndola para el nombramiento del Rey; y en cuanto a la edad y cualidades de los opositores se guarde el Concilio de Trento, y en lo demás del patronazgo real; dejando aparte las otras tres canonjías, lo que dispone el concilio sobre la Penitenciaria que, el que fuera instituido penitenciario, sea maestro doctor o licenciado en Teología o Derecho Canónico, y que tenga cuarenta años, o el que se hallase más apto según la calidad del lugar. Supuesto lo cual para que en virtud de la última cláusula, todos los opuestos en esta ocasión a la Penitenciaria puedan y deban ser admitidos, aunque no tengan ninguna o falte alguna   —77→   de las cualidades de grado mayor o edad de cuarenta años, que según dicha cláusula puede ser penitenciario el que se hallase más apto, según la cualidad del lugar, aunque le falten dichas cualidades o aluna de ellas Primeramente porque el Concilio, después de asentar que el penitenciario tenga grado mayor y cuarenta años, añade: seu alias qui option prolociqualitate; pues el seu pone una disyuntiva o alternativa entre el que tiene grado mayor o cuarenta años o el que se hallara más apto según la cualidad del lugar y determina que el uno o el otro pueda ser penitenciario, siendo conforme a las reglas del derecho que en las proposiciones alternativas basta cumplir la una; y aunque a veces suele hallarse la dicha dicción seu sin disyuntiva ni alternativa, entonces regularmente es copulativa y aumentativa de la disposición en que se halla estando entre cosas diversas; luego como quiera que se haya de entender en cualquiera de las dichas significaciones a las que los tienen, con tal que aquellos sean más aptos según la cualidad del lugar; otra declaración dice que el penitenciario debe tener cuarenta años, cuando no se halle otro más apto según la cualidad del lugar; luego si en el lugar según la cualidad se hallase otro más apto, no le obstará el dicho defecto; y lo mismo se debe decir del defecto de grado mayor, pues que la dicha cláusula del Concilio cae sobre ambas cualidades igualmente. Ni se diga que la dicción seu es significativa de orden, y que pues el Concilio llamó primero a los de las cualidades, los prefirió a los que no las hubiesen; y que así habiendo sujetos aptos de los primeros quedan excluidos los segundos. Se responde que ese orden de prelación precédela y se deberá fundar en caso de haber igualdad de aptitud entre los unos y los otros; pero no será necesario guardarle cuando se hallare quien, según la cualidad del lugar, sea más apto que los que tuvieron las de grado y edad; de otro modo no podría verificarse para elegir al más apto sin las dichas cualidades, si no es faltando otro apto con ellas; y si esta fuera la mente del Concilio dijera que, en falta de apto con las dichas cualidades, pudiera ser electo el apto sin ellas, pues bastaba, sin pedir como pide, que fuese el más apto según la cualidad del lugar; de donde se infiere que quiso alternativamente   —78→   que se ponga por penitenciario o al más apto con las dichas cualidades o al más apto sin ellas; en conformidad del mismo sentido los mismos que la dicción seu es significativa de orden no paran en decirlo absolutamente sino juntamente, y debajo de una misma sentencia copulativa añaden que también es alternativa, como se puede ver en sus doctrinas, por lo que sin embargo del dicho orden se cumplirá con elegir cualquiera parte de las alternativas según las reglas del Derecho. Y se debe presumir y entender sin duda que la mente del Concilio fue que se ponga de penitenciario al sujeto más apto, porque la cualidad de mayor aptitud es la más esencialmente intrinsicante de cuantas se puede requerir; y conforme a esto no es creíble que quiso ni pudo querer el Concilio excluir y posponer al más apto por preferir y anteponer al graduado y de cuarenta años, pues las cualidades de grado y edad sólo son intrínsecas y de menos importancia que la sustancial de la mayor aptitud; y decir que el Concilio quiso preferir al graduado y de cuarenta años al más apto sin dicho grado y edad, sería lo mismo que decir que el Concilio quiso con su derecho impedir el bien mayor de la Iglesia, que consiste en tener ministro más apto para dicho oficio, que es un absurdo pensarlo así. El Concilio llamando primero a los graduados y de cuarenta años no intentó de modo alguno excluir a los más aptos sin esas cualidades, sino que solamente lo hizo atendiendo a que casi siempre los que tienen dichas cualidades suelen ser más aptos; pero como puede haberlos sin ellos, añadía el Concilio la cláusula citada. Y por lo que mira a la calidad del grada la Congregación del Concilio ha declarado que no debe hacerse caso de ella cuando falta la de la aptitud, como le fue respondido al Cardenal Belarmino, siendo obispo de Capua, a consulta que hizo si se le daría la penitenciaria a uno que, aunque graduado de doctor era ignorante, y le fue respondido en 20 de Mayo de 1608 que el tal graduado fuese tenido como si no fuera doctor, y que la penitenciaria se proveyese en otro, con lo que se declaró por reprobada la opinión de algunos que dijeron que para los beneficios que requieren grado basta tenerle, aunque sea sin la competente suficiencia, lo que también se entiende de la edad sin aptitud; pero se dirá que no se halla persona más apta según la   —79→   cualidad del lugar cuando no se halla apta con las dichas cualidades dentro de la ciudad y diócesis para buscarla fuera, y en ese caso el obispo no podrá elegirla sin que tenga dichas cualidades sea apta para poderse elegir, no se puede recurrir a buscarla más apta de fuera, y que se contenta el Concilio con la suficiente aptitud de quien tuviese dichas cualidades sin ser necesario admitir al más apto sin ellas. Se responde que lo dicho con el argumento solo procede cuando se haya dentro de la ciudad y obispado persona apta con las dichas cualidades, porque entonces no será necesario buscarla fuera, pues entonces necesariamente ha de tener las dichas cualidades, pudiendo hallarse allí cómodamente quien las tenga; así la dicha doctrina solo mira a explicar las palabras del Concillo pro loci cualitate, con que quiso limitar y limitó su disposición para que no fuera preciso buscar fuera persona con dichas cualidades, si no es faltando en la ciudad y obispado; pero habiéndola allí no quiso el Concilio excluirla sino que sea electa cono si tuviera dichas cualidades, sin que pueda decirse que los actuales opositores que tienen dichas cualidades, sin que pueda decirse que los actuales opositores que tienen dichas cualidades tienen la notoria aptitud, sin que algunos de los que carecen de ellas pueda juzgarse más apto que los primeros, mayormente habiendo sido examinados unos y otros en varios concurso, y deben ser excluidos los que no tienen dichas cualidades. La respuesta es primeramente que aunque en esta ocasión se verifique lo dicho por la abundancia de sujetos muy aptos con dichas cualidades, no por eso deja de ser contingente lo contrario, como se ha visto muy frecuentemente en otras Iglesias, y a veces en ésta, y por lo que no conviene excluirlos sin examen, ni se puede excluir legítimamente antes de las actuaciones del concurso sin quebrantar la forma establecida para juzgar de la mayor aptitud de los opositores, pues aunque la aptitud no se compone de solo la ciencia sino de otras cualidades importantes, no se puede negar que la ciencia es una de las más principales para formar juicio prudencial del mérito de los que se han de elegir con preferencia en justicia; y por la bula de Gregorio V de 5 de Noviembre de 1622 que favorece a los menores de cuarenta años, disponiendo que si entre los opositores a las penitenciarías de España hubiere alguno que tenga más de treinta años y no llegase a los cuarenta, con   —80→   gran ventaja de doctrina, erudición y otros merecimientos en que exceda a los demás opositores, podrá ser elegido; y aunque la bula es local para sólo España sin extenderse a Indias, ni comprende a las canonjías de patronazgo real, con todo habiendo sido despachada a instancias del Rey se puede interpretar que lo que dice en sus cédulas que se guarde el Concilio acerca de la edad y calidad de los opositores, quiere se conforme al contexto de dicha bula, de lo que no se sigue contradicción ni inconveniencia alguna. Finalmente deben de ser admitidos a este concurso los que no tienen las cualidades de edad y grado que su Majestad tiene últimamente mandado; que las cuatro canonjías de oficio se provean por oposición en la forma ordinaria; y en cuanto a la penitenciaría, en otras ocasiones han sido admitidos algunos, opositores sin las dichas cualidades, como es notorio; porque el señor don Pedro de Ortega de Sotomayor, obispo que es ahora de Arequipa donde sucedió al señor Villagomez, que fue opositor a esta canonjía en otro concurso de los pasados, sin tener ni treinta años, llevó lugar en la nómina y consulta a su Majestad; y la antecedente a ésta, aunque uno de los opositores contradijo que no se admitiesen los que no tuviesen cuarenta años, fundándolo en las razones arriba impugnadas, con todo fueron admitidos todos; y por haber habido la dicha contradicción se remitieron los autos al Consejo, que nada determinó en contrario sobre este caso. Si se dice que en la última oposición a la Doctoral y Magistral se requiere por forma el grado mayor de cada una de ellas, sin el hábito del Concilio para la Penitenciaria seu alias qui aption &; y esa fue la razón de dicha exclusiva; y así se deben admitir todos los opositores, notificándoles sin embargo que, antes de que se comiencen las actuaciones, cada uno presente ante el secretario del Cabildo un testimonio o información legítima de su edad, grados y órdenes para los efectos que convenga; y así mando que se guarde y lo firmo. - Pedro, Arzobispo de Lima. - Ante mí, Melchor de Oviedo, secretario.

Se advierte que en aquel tiempo se sacaban puntos a las tres de la tarde, y que se dio a los opositores prebendados la mayor antigüedad respectiva, y a los demás por la antigüedad de sus grados. En el mismo día se recibió de medio racionero don Diego de Soto. También se acordó que el domingo   —81→   19 de Julio se hiciese una procesión general a la iglesia de San Sebastián para traer a San Roque, abogado de la peste, y de allí se pase a San Marcelo, para que ambos santos se lleven y pongan en el altar mayor de la Catedral, y se les cante un novenario de misas, a fin de alcanzar por su intercesión que se mitigue la epidemia que aflige a esta ciudad y vuelva la fertilidad de los campos áridos por falta de lluvias, restituyéndose las efigies a sus iglesias acabado el novenario; y que esto se comunique al Cabildo secular para que invite al Virrey y tribunales.




ArribaAbajo- 1649 -

En 9 de Enero elección de jueces de diezmos y adjuntos.

En 5 de Enero se habían recibido don Francisco Calvo de Sandoval, de magistral, y don Blas de Aguinaga de canónigo.

En 17 de Febrero se recibió en otra canonjía el licenciado Diego Cano Gutiérrez.

En 4 de Marzo, juntos en Cabildo el Arzobispo, Deán, Arcediano, Chantre, Maestre-escuela, y tres canónigos, dijo el Arzobispo que don Juan Bautista de Ateris, obispo de Camerines, vice-gerente del cardenal-vicario, en 15 de Marzo de 1640, por mandato de Urbano VIII, entregó en Roma ciertas partículas de Jesucristo al reverendo padre fray Buenaventura de Salinas, procurador ad visitanda limina apostolorum a nombre del señor don Fernando Arias de Ugarte, quinto Arzobispo de Lima, las cuales partículas el mismo señor Ateris sacó de orden de su santidad de la iglesia de San Juan de Mercatello, dándole facultad al reverendo Salinas para poderlas enviar fuera de Roma, para que se expongan a la pública veneración de los fieles, como consta de la certificación del señor obispo Ateris, y por carta del señor cardenal Barberini, nepote del Papa, escrita al señor Arias, su fecha en Roma en 17 de dicho mes y año, parece haberlas entregado su Eminencia al señor obispo [en una cajita de crista] para que se remitiese al señor Arias Ugarte con   —82→   certificación auténtica de ella, habiéndose impetrado esta reliquia para esta santa Iglesia por dicho señor Arias que quiere enriquecerla de tan gran tesoro, el padre Salinas la guardó hasta que tuvo ocasión de remitirla por mano del excelentísimo señor conde de Salvatierra, virrey de Lima, como consta de carta del dicho padre a su ilustrísima, fecha en México a 21 de Mayo de 1648; y estos tres instrumentos originales se guardan en el Archivo de Lima, y por si alguno se perdiese se mandaron copiar en libro de Cabildos. Y habiendo reconocido la cajita y abierto por su ilustrísima mismo, convino con los señores Deán y Cabildo presentes en que la reliquia venía en forma auténtica, y como cierta y verdadera la pronunció su ilustrísima, y la declaró por verdadera reliquia que deben adorar los fieles, y que se coloque con toda decencia en esta santa Iglesia, cuya es; en cuya ejecución la puso sobre el ara del altar del oratorio, adornada y con luces, y la adoró de rodillas con mucha reverencia, la tomó en sus manos y puso sobre su cabeza, haciendo lo propio cada uno de los señores por sus antigüedades, poniéndola en sus cabezas y dándosela a besar el mismo Prelado; repitiendo lo propio los racioneros don Sancho de Paz, don Esteban de Ibarra, don Lorenzo Alcores y don Juan de Ávila, y los medio racioneros don Martín de Arámbulo, don Luis Zegarra, don Lorenzo Fernández de Rojas y otras personas, mientras lo cual cantaba la música el himno Vexilla Regis. Propuso su ilustrísima que para colocar debidamente la reliquia de la Santísima Cruz se hiciese un relicario de ora engastado de piedras preciosas, que ofreció costear; y dio libranza abierta al mayordomo de las rentas decimales para todo lo que en la obra se gastase. Se comisionó a la ejecución a don Francisco Calvo de Sandoval, magistral, a quien se le encargó se acabase en breve para colocarla el día 2 de Mayo de 1649. Y luego propuso su ilustrísima que los señores capitulares pensasen despacio en qué lugar debía colocarse con más decencia la santa reliquia para que, con su parecer y aviso, se tomase la resolución más conveniente; y que entre tanto su ilustrísima se constituía depositario de ella, guardándola bajo de llave, sin entregarla a nadie; después añadió se señalase el día más a proposito para la colocación solemne, de que con anticipación daría parte al Cabildo,   —83→   a fin de que se haga con procesión desde la iglesia de San Francisco, adonde estará desde las primeras vísperas de aquel día hasta que el Cabildo, clero, religiones, etc. vayan a traerla a esta Catedral; y que los canónigos don Diego de Encinas y don Sebastián de Loyola den cuenta de esta resolución al señor Virrey, y conviden a su tiempo a la Real Audiencia, Tribunales y Cabildo secular, y se encargue al Provisor que convide al clero y religiones; finalmente, añadió su ilustrísima, que por cuanto en la carta del R. P. Salinas se refiere que la Santidad de Urbano VIII le dio un breve para el señor Arzobispo Arias de Ugarte, y que el señor Inocencio X que sucedió en el pontificado, y era entonces cardenal presidente de la congregación del Concilio de Trento, escribió una carta a nombre de dicha congregación, de la que consta la gran estimación que dichos dos soberanos Pontífices hicieron del referido señor Arzobispo; y para que se conserve la memoria de tan gran prelado en los dos originales que mostró su ilustrísima, mandaba, y mandó se archivasen en esta santa Iglesia, con lo que se concluyó y firmó este Cabildo.




ArribaAbajo Carta del R. P. Fray Buenaventura de Salinas

Ilustrísimo y Reverendísimo señor Arzobispo de Lima:

Mi señor: Entre las órdenes que me dio el año de 37 el Ilmo. y Rvmo. señor don Fernando Arias de Ugare, dignísimo antecesor de V. S. I. y para que como nuncio suyo ad visitanda limina apostolorum las representase a la Santidad de Urbano VIII y manifestase las ansias que tenía de conseguir para esta santa Iglesia alguna partícula, segura y cierta, del Santísimo madero de la Cruz de Cristo nuestro Bien, para que fuese el áncora de la fe de aquesta nave metropolitana que profesan sus fieles; y así como tuve también en la preciosísima reliquia de la Cruz en que se obró nuestra redención; la que remito a V. S. I. con los Excmos. señores condes de Salvatierra, meritísimos Virreyes de ese Reino, para que, asegurando su buena navegación, la pongan como tan   —84→   piadosos príncipes en las manos de V. S. I. y en ellas sea bendita, alabada y ensalzada de aquesa nobilísima ciudad con la decencia y majestad que conviene. Los testimonios jurídicos, la carta y respuesta original del Pontífice que la escribió con sus manos, y del Nepote Eminentísimo Cardenal protector de sus armas, y el testimonio y carta original de nuestro Santísimo Padre Inocencio X, que me dio después de haber orado en la congregación de Concilios, siendo eminentísimo cardenal y presidente de ella, los remití a mi hermano fray Diego de Córdova para que se los dé a V. S. I. no sólo en orden a la infalibilidad y certeza de tan gran tesoro sino también para evidencia de las honras que merecí en Roma de dos Pontífices romanos y del eminentísimo cardenal Barberino, sólo por haber llevado la voz y la caución de su glorioso antecesor de V. S. I. y de esa Santa Iglesia de los Reyes, metrópoli de aquese orbe peruano, a cuyo título podrá V. S. I. y su reverendísimo Cabildo tenerme en su gracia, y continuar su buena fortuna con órdenes y mandados donde quiera que estuviese, extendiendo sus favores a mi hermano el padre fray Diego, dador de esta. Guarde Dios muchos años a V. S. I. para mayor decoro y felicidad de esta Iglesia. México y Mayo 25 de 1648. Señor Ilustrísimo - Mi Señor B. L M. de V. S I. y pide su santa bendición de V. S. I. su más humilde y reverendo siervo y capellán de V. S. I. - Fray Buenaventura de Salinas y Córdova.

Concuerda con los originales de donde se sacó este traslado, que están en el archivo del Cabildo de esta santa Iglesia metropolitana a que me remito; y para que de ellos conste del dicho mandamiento lo firmé en los Reyes en 10 de Marzo de 1649, siendo testigo a lo ver sacar, corregir y concertar el bachiller Andrés de Carbajal y Andrés Díaz Delgado, presentes, y en fe de ello lo firmé. - Melchor de Oviedo, secretario.

Se condujo la citada reliquia a Lima por mano de los Excmos. señores, don García de Sarmiento y Sotomayor y doña Antonia de Acuña y Guzmán, condes de Salvatierra, entonces virreyes de México y de partida a serlo del Perú, a quienes la entregó el reverendo padre Salinas en una cajilla al parecer de madera, pequeña, forrada en piel de color leonado, y adornada con diversas labores impresas de oro por todas partes, y en la superior pintadas las armas del Papa   —85→   Urbano VIII que son tres abejas en un escudo, con la tiara pontifical por timbre, y con sus aldabillas a los lados para cerrarla, y dentro de dicha arquilla otra menor que parece ser de piel blanca, aderezada con ámbar blanco, bordada con hilo de oro plata y de seda negra, cercada por todas partes con unas hojas negras de papel doblado que, en lo alto y bajo de la dicha cajilla se cruzan, y en estas dos partes están tomadas las dichas hojas con lacre, por encima selladas también sobre lacre, con las armas que parecen ser del Cardenal Barberino, que son las mismas tres abejas de su tío el Papa, y por timbre el capelo y una cruz como de Arzobispo; y la misma cajilla alrededor está ceñida con otras tales hojas de papel doblado, que donde se cruzan parece que vienen tomadas también con lacre por todas cuatro partes, y una de ellas está sellada con las armas del cardenal sobre lacre; y que meneando la cajilla, con el peso que tiene y sonido que hace, parece que trae encerrada dentro otra cosa que, según lo referido, ha de ser la dicha santa reliquia de la santa cruz de Cristo; y para que se abra y publique con toda certeza y seguridad de su identidad, mandaba y mandó su señoría ilustrísima que yo, el presente secretario dé fe de todo lo hasta aquí referido. Y luego incontinenti mandó su señoría ilustrísima que dicha cajita sea abierta para reconocer todo lo que trae encerrado; si es la dicha santa reliquia, y proveer lo que convenga, y que esta diligencia se ponga por testimonio; en cuyo cumplimiento su señoría ilustrísima se revistó con amito, alba, cíngulo y estola; y descubierto por su propia mano, con unas tijeras cortó las dichas hojas angostas de papel doblado, con que la dicha cajita de ámbar venía cerrada y sellada, y habiéndola abierto se halló estaba dentro de ella una cajita de cristal en forma de sepulcro, que se abre con una guarnición labrada de oro de filigrana, y dentro de ella un relicario, al parecer de búfalo, con un Agnus Dei dentro; y en una parte del dicho Agnus Dei están dos partículas de palo en forma de cruz, que parecen ser las de que hacen memoria los dichos instrumentos; y habiendo reconocido, &.

Se hace mención de un edicto de don Gonzalo de Campo sobre diezmos. Que los capellanes paguen vino y cera a la fábrica. Que se quiten los entierros hechos por el Cabildo   —86→   y los nobles mayores, si no es por los virreyes, prelados, oidores, hermanos o pagando quinientos pesos bajo multa de cien pesos.

En 12 de Julio se recibió de Maestre-escuela de esta santa Iglesia don Pedro Niño de las Cuentas, Deán de la Plata.

En 4 de Agosto juntos en Cabildo el Arzobispo don Pedro de Villagomez, dignidades y canónigos para resolver la recepción del licenciado don fray Juan Cortéz, del orden de Santiago, en una ración de esta santa Iglesia a que lo presentó el Rey, por despacho fecho en Madrid a 24 de Julio de 1648, y que vacó por promoción a canonjía de don Blas de Aguinaga; y examinada detenidamente la materia fueron todos unánimemente de parecer que el dicho Cortéz fuese recibido en la ración, y se le dé posesión, colación y canónica institución de ella. Dio lugar a esta decisión la duda propuesta por su ilustrísima en el Cabildo de 27 de Julio de 1648. Después de leído y obedecido el real despacho que padecía duda para cumplirlo, no de parte de la voluntad de su Majestad, sino de parte de la idoneidad del sujeto presentado que, siendo religioso profeso del orden militar de Santiago, está excluido como los demás religiosos monacales, mendicantes y militares de obtener beneficios eclesiásticos seculares, cuales son por naturaleza los de esta santa Iglesia; así como los clérigos seculares no pueden ser instituidos en los beneficios de Santiago ni en los demás titulares regulares, pues su presentación sería ipso jure nulla por la inhabilidad de dicho clérigo por derecho común, mientras no interviniese dispensa del Papa. En cuanto a la licencia de su Majestad que don Juan Cortés presenta para poder aceptar la ración es despachada por el Consejo real de las Órdenes, en que su Majestad solo despacha como administrador perpetuo de los maestrazgos de las órdenes militares, para que puedan aceptar sin contravenir a sus votos de pobreza y obediencia, presuponiendo en ellos la dispensa de su Santidad que en esta parte los habilita, y el despacho del Consejo de Órdenes no se puede extender fuera de la misma religión, conforme al estilo de Roma adonde siempre han ocurrido los caballeros de las Órdenes militares para obtener cualquiera renta eclesiástica que no sea de su religión;   —87→   y aún cuando se obtiene la dispensa es con mucha dificultad, por el obstáculo de sus votos, especialmente el de pobreza, siendo menester dispensa para los frailes cuyos votos sustanciales no son diferentes de las demás religiones monacales y mendicantes, lo que se comprueba en el mismo despacho que ha presentado; pues si no se necesitará dispensa por parte de su religión no la pidiera, ni se le diera y fuera en vano: pero no porque esté dispensado, por lo tocante a su religión no por lo que es fuera de ella, que en la naturaleza del beneficio secular; esto se confirma con lo acaecido en la Iglesia de Arequipa siendo obispo de ella su ilustrísima don Fulgencio Maldonado, fraile profeso de la orden de San Juan, que se presentó para ser instituido Chantre de aquella Iglesia, y para ello obtuvo dispensa de Paulo V que se la concedió con esta condición: accedente tamen charisi mi filis nostra regia respecto de ser beneficio de real patronazgo: pero por no haber seguido a la dispensa este consentimiento de su Majestad sino sólo el antecedente de su real, le puso pleito el Cabildo de Arequipa sobre los frutos y emolumentos de dicha prebenda, oponiéndole que no pudo hacerlos suyos, lo que reconoció el Consejo de Indias instruido en la limitación de la materia; y le puso su Santidad en dicha dispensa que se pusiera testimonio auténtico de ella en algún lugar público de dicha Iglesia, quizá para que constase a todos de su tenor y fuerza, como en efecto se colgó de una tablilla de la sacristía, sin que obste decir que a instancias de su Majestad, están dispensados dichos religiosos por el Papa para obtener beneficios seculares en estos reinos; porque las dispensaciones que hay en esta razón sólo son para ciertas religiones expresadas en las concesiones apostólicas, y únicamente para cierto género de beneficios que son los curatos de Indias, por cuya conversión y enseñanza es más difícil semejante dispensa por no haber bastantes clérigos; y aún cuando tales dispensas fueran generales para todos y cualesquiera, beneficio no se comprenderían en ellas los de las iglesias Catedrales, y menos los de ésta por ser metropolitana; y así no solo por ser contra derecho y odiosa, sino también por lo que de ordinario contienen de ambición, no se pueden extender a otras religiones ni a otros beneficios que los expresados. Todo lo dicho   —88→   procede en términos de derecho común; pero tiene más fuerza en los beneficios de esta santa Iglesia y de su arzobispado por el derecho especial de su erección, hecha por autoridad apostólica y a instancias y requisición del Rey como patrón de todas las de las Indias, formada por su primer Arzobispo don fray Gerónimo de Loayza en 17 de Setiembre de 1543; en la que después de haber erigido las dignidades, canónigos, racioneros y medios racioneros, se lee esta cláusula: volumus in super et statuimus quad ad canonicatus dignitates et prebendas portiones integras et dimidias supradictas vel aliquod aliud beneficium totius nostre diocesis nullos presentari valeat hui cujus vis ordinarios privilegis ser officis ocasionis a jurisdictione nostra ordinaria sit exemplus et si forti contingerit exemptum aliquem presentari vel institutio sit ipse jure nulla; y estando jurada como está la dicha erección por su señoría ilustrísima, en el ingreso de la posesión de esta santa Iglesia, con lo que contiene lícito y honesto, y siendo tan justa la dicha cláusula que mira a estorbar inconvenientes que muevan competencias de jurisdicción, que tanto turban la paz pública, imponiendo nulidad al ingreso del apto, parece que sustrae la materia para poder proceder en ella a efecto alguno que pueda tener cuerpo; y dado caso que hubiera dispensa sin derogar este derecho particular por cláusula especial o general que importase la misma fuerza, con todo no había lugar a su cumplimiento por presumirse falta de intención en el dispensante, como quien ignora lo especial que es de derecho, aunque se presuma saber todo lo de derecho; y así solamente la tal dispensación se entendería para en lo expreso del derecho común, y no en el derecho municipal, como lo es nuestra erección que en este mismo título manda su Majestad guardar. No obstante de decir que dicho don Juan Cortés no puede pretender exención de la jurisdicción ordinaria, en cuyas manos viene a incidir por derecho, por no tener superior ni casa de su orden en estas partes, y porque remitiéndolo sus superiores, y viviendo él voluntariamente donde no tiene superior especial, es visto quedar sujeto al ordinario. En cuanto a lo primero puede responderse que venir a sujetarse a la jurisdicción ordinaria en este caso no es porque verdaderamente no es exento sino accidentalmente, en falta de juez de su exención,   —89→   cuyas veces suple el ordinario, y así las palabras de la erección comprenden a este sujeto, porque de los tales había por excusar competencias. Y en cuanto a lo segundo se responde, que no basta que el superior someta al exento, ni que él venga en ser sometido para dejar de ser exento, porque ni el uno ni el otro pueden perjudicar el derecho dado a su colegio, y solamente no le valdrá la exención en lo que faltase o delinquiese en razón del oficio para que está sometido. Por todo lo cual, y por lo que se deja a la consideración de quien viese esta respuesta, es necesario mirar muy despacio este caso, y remitirlo a los señores capitulares y a los demás de esta santa Iglesia para que lo estudien e informen. Y para ello se den copias y su ilustrísima las firme.

En efecto, el Cabildo examinó y pesó prolijamente la materia, respondió a lo alegado y resolvió dar la posesión de la ración al agraciado; porque, aunque sea religioso profeso de una religión confirmada por la Silla apostólica, en virtud de una bula de Alejandro III de 5 de Julio de 1175 que comienza dilectis filius, y aunque sea incapaz de beneficio secular conforme a derecho, ni pueda obtenerlo sin dispensa como enseñan comúnmente los doctores, y si bien es verdad que es punto controvertido si los caballeros de Santiago son verdaderos religiosos, no hay duda que lo son los clérigos frailes, de cuya clase es el dicho don Juan Cortés, pues hacen verdadera profesión y guardan plenamente los tres votos sustanciales en fuerza de ella; y les está prohibido todo beneficio secular, porque por su profesión mueren en el mundo, no tienen arbitrio a querer o no querer, ni pueden tenerlo propio por el voto de pobreza. Con todo, esta razón cesa en nuestro caso, porque su Majestad quitó la dicha ficción de derecho y sacó a dicho don Juan de la religión para que viva en el mundo, como consta de las dos reales cédulas presentadas por el susodicho; la una de la merced de la prebenda, y la otra con que su Majestad, como administrador perpetuo de la religión, le da licencia para que pueda aceptar y acepte la ración. Que su Majestad lo puede hacer consta; lo uno, porque los romanos Pontífices en cuanto a las Indias Occidentales y sus causas, hicieron a los Reyes de Castilla y León sus legados y comisarios, con plenaria potestad para administrar y disponer de estos reinos en lo   —90→   temporal y espiritual; lo otro, porque Julio II concedió y estableció que el administrador que fuese del maestrazgo de esta Orden pueda tener y tenga superioridad sobre todas las personas y cosas de ella, como parece de sus privilegios; y siendo administrador perpetuo su Majestad de este maestrazgo, y habiendo dado como administrador la dicha licencia a dicho don Juan, se ha de tener por cierto que esta superioridad se extiende a poderla dar y dispensar en este caso, y que tiene potestad para ello; porque si se negase que lo puede hacer sería cometer crimen como de sacrilegio. Y en cuanto a tener propio el religioso de Santiago como quier que no es de ratione status religiosi in comune semper que profese suma pobreza u obediencia, porque en otra manera apenas habría alguna religión verdadera, y por lo menos estas religiones militantes. En cuanto a aquella parte que consta de clérigos-frailes no serían verdaderos religiosos, lo cual según lo común de los doctores ninguno se atreverá a conceder, porque también estos les no profesan suma pobreza ni obediencia sino conforme a su regla, la que en el Concilio segundo que habla de los tres votos dice así: «Sean obedientes a su maestre en todas y por todas las cosas. Los que tuvieren mujeres guarden castidad conyugal, y los que no las tuvieren vivan castamente. Ningún propio tengan ni tengan cosa alguna, salvo las que por el Maestre o por el Comendador les fueren concedidas.» Luego si su Majestad concede al dicho don Juan que tenga propio, y retenga y goce de esta prebenda, y para ello dispensa por esta vez en los establecimientos de la Orden, parece que cesa la causa por la cual se prohíbe que los regulares tengan beneficios seculares, y así debe cesar en efecto. Demás que tratando dichos estatutos de la manera que los caballeros frailes los cumplen con el voto de pobreza, aunque tengan y posean bienes, dice el capítulo 4 título 5: «que los frailes-clérigos, treinta días antes o después de la Pascua de Navidad piden licencia a sus superiores para tener bienes y dar inventarios de ellos» y están dispensados por Clemente VII el maestre y frailes de esta Orden para poder testar de los bienes adquiridos, y para que ellos mismos puedan corregir y enmendar la regla; de manera que el voto de pobreza en estos frailes no es de la calidad de los que profesan los religiosos   —91→   de otras religiones, por que tienen propio y usan de él, como también los religiosos de la Compañía de Jesús se diferencian en este voto de las demás religiones que, aunque hayan hecho los tres votos, pueden por tiempo, a arbitro de sus superiores, retener el dominio de sus bienes, más sin uso ni administración; empero las demás pueden tener la administración y uso, pero no el dominio; de suerte que en cada religión se profesa el voto de la pobreza, más o menos remiso y con diferente calidad; y siendo tan remiso el de los frailes de Santiago, pues pueden tener propio y testar de él como queda dicho, no hay razón que impida la recepción del dicho don Juan a la dicha prebenda. No obsta a lo dicho el capítulo cum ad monasterium et de statum monasteriumen que se dice que está tan arriba al estado religioso la abdicación de la propiedad de bienes que ni el Papa puede dar licencia contra ella, porque ese clérigo-fraile hizo el voto conforme a su regla, y ésta le concede tener propio y privilegio para testar de él; y así en cuanto a esto no necesita de licencia ni dispensa alguna que le dé su regla. Tampoco le obsta la cláusula de la Erección de esta Iglesia, la que no pudo poner el señor Loayza en perjuicio del real patronazgo, por ser una de sus regalías la inmunidad, libertad y ningún gravamen de su patronazgo; y así no estando aprobada por su Majestad, en este ni en otro caso no le puede perjudicar ni subsistir en cuanto a esto el juramento fecho por su ilustrísima, por ser en perjuicio de tercero; y así su ilustrísima dijo y declaró que ahora ni en ningún tiempo, ni para ningún caso, puede perjudicar la dicha cláusula ni a su Majestad ni a su real patronazgo. No obsta tampoco el ejemplar del doctor don fray Fulgencio Maldonado, porque no consta que habiendo tenido el despacho del Concejo de Ordenes que tiene don Juan Cortés, necesitasen sin embargo de él, a traer dispensación del Papa; y así mientras no constare que teniendo él un despacho fue necesario ocurrir por el otro, parece que se puede decir a favor del susodicho don Juan que, por tener el dicho despacho del Consejo de Ordenes no ocurrió por el de su Santidad; y que don Fulgencio por faltarle aquel fue por éste; demás que su Majestad no es administrador de la Orden de San Juan, como lo es de la de Santiago, por lo que no pudo dispensar a don Fulgencio para   —92→   el beneficio que presentó en Arequipa, y por tanto se halló necesitado a alcanzar la dispensa del Papa; y en cuanto a la exención que, por religioso, tiene don Juan de la jurisdicción ordinaria, viviendo el dicho extra monasterium y con especial licencia de su superior, delinquir puede según el Tridentino, ser visitado, castigado y corregido por el juez ordinario como de la Sede apostólica. En cuya conformidad su ilustrísima a la cabeza del Cabildo hizo comparecer a don Juan Cortés, a quien se dio posesión, colación y canónica institución de dicha ración en la forma acostumbrada, y lo firmaron en dicho día ante Melchor de Oviedo, secretario.




ArribaAbajo- 1650 -

En 2 de Enero se mandó que en todas las iglesias del arzobispado se leyese un edicto que hizo imprimir el señor don Gonzalo de Campo sobre la obligación de pagar los diezmos y sobre la recta administración de estos para descargo de las conciencias de muchos que no los pagan.

En 14 de Enero se nombraron jueces de diezmos y adjuntos.

En 2 de Abril estando los señores junto en Cabildo, entró el marqués de Mancera, Virrey que fue de estos reinos, con su hijo don Antonio de Toledo, y sentados en las sillas que se les preparó de antemano, su excelencia en una de brocado amarillo con la parte superior, con cojín de lo mismo a los pies, y don Antonio entre el Deán y el Chantre, dijo su excelencia un razonamiento manifestando su agradecimiento por la amistad que había recibido de todo el Cabildo y de cada uno en particular en las ocasiones que se habían ofrecido, y que contase el Cabildo con su buena voluntad para servirlo en España, mientras él viviera, en cuanto le fuese posible, teniendo en él un agente pagado para todos sus asuntos; y que a falta suya cuidaría de ellos su hijo, como se debe a un cuerpo de tantas letras y calidad. Respondiole el Deán con otro razonamiento estimando las ofertas y favores de su excelencia, y se mandó poner este hecho en las actas por el secretario para que en todo tiempo conste   —93→   un monumento tan honroso al Cabildo. Asistieron a esta despedida del marqués de Mancera don Francisco Godoy, Deán, don Fernando Avendaño, Arcediano, don Martín de Velasco, Chantre, don Pedro Niño de las Cuentas, Maestre-escuela y don Juan Cabrera, Tesorero, con los canónigos don Diego de Encinas, don Diego de Córdova, don Juan Santoyo de Palma, Teologal, don Francisco Calvo de Sandoval, don Sebastián de Loyola y don Blas de Aguinaga.

En 12 de Octubre se recibió en la canonjía penitenciaria, que vacó por ascenso a la chantría de don Martín Velasco, don Diego de Velasco y Aguilar.

En 19 de Octubre se recibió don Blas de Aguinaga, canónigo de esta santa Iglesia, en la canonjía doctoral que vaco por muerte de don Alonso Corvacho. En dicho día se recibió el racionero don Sancho de Paz en la canonjía que dejó don Blas de Aguinaga, y en la ración de don Sancho de Paz entró don Juan Montalvo.




ArribaAbajo- 1651 -

En 10 de Enero jueces de diezmos y adjuntos.

En 19 del mismo se recibió don Sebastián de Aguilar en la ración que vacó por muerte de Rodrigo Ortiz de Montiel.

En 7 de Julio juntos en Cabildo el Deán, dignidades y canónigos propuso el Deán que el licenciado don Francisco de Valladolid, capellán de coro de esta santa Iglesia, fuese a la corte romana a promover la beatificación del señor don Toribio Alfonso de Mogrovejo, segundo Arzobispo de Lima. Se le señalaron tres mil pesos de la fábrica de esta santa Iglesia por una vez. Se dudó si daría fianzas de dicha cantidad; aunque el Deán fue de parecer que se le diesen al dicho sin fianza alguna, para su sustento y costas de su viaje y encargos hasta su vuelta a esta ciudad, atendiendo a que en ella es notorio cuán ajustado es en su proceder y a la mucha satisfacción que se tiene de su conducta, y que es justo que el Cabildo lo honre con cartas para su Majestad y su Consejo de Indias, haciéndolo presente en su capellanía y que se   —94→   entregue su renta al apoderado que dejare; los demás votos se conformaron con el del Chantre que fue de parecer que se le entreguen los tres mil pesos para lo propuesto, haciendo una escritura en que se obligue a tener cuenta y razón de lo que fuere gastando en el viaje, y si sobrare algo de los gastos, muriendo en el camino lo entregue a persona segura y de confianza para que lo devuelva a la fábrica; y se le cometió que corriese con la materia según lo determinado.




ArribaAbajo- 1652 -

En 9 de Enero jueces de diezmos y adjuntos.

En 11 del dicho nominación de Jueces sinodales.

En 14 de Enero se recibió de Deán don Pedro Niño de las Cuentas, por promoción de don Francisco Godoy al obispado de Huamanga. En el mismo día el Tesorero don Juan Cabrera pasó a Maestre-escuela, y don Juan Machado a Tesorero.

En 12 de Abril se declaró que los prebendados no asistiesen a las fiestas del Sacramento.

En 24 de Mayo se nombraron diputados que hablasen al Virrey conde de Salvatierra para que, según la costumbre de sus antepasados, diese tratamiento de Señoría al Cabildo, para lo que fueron comisionados el magistral don Francisco Calvo de Sandoval y don Diego Vergara, penitenciario.

En 2 de Junio se recibió don Vasco de Contreras en la tesorería vacante por promoción de don Juan Menacho al obispado de Popayán.

En 18 de Junio se confirió que en los días feriados y simples, acabadas las completas, se prosiga el oficio de Nuestra Señora, y se acordó con consulta del Arzobispo.

En 25 de Junio juntos en Cabildo don Pedro Niño, sexto Deán, don Fernando Avendaño, Arcediano, don Martín de Velasco, Chantre, don Juan de Cabrera, Maestre-escuela, y don Vasco de Contreras, Tesorero, con los canónigos don Diego de Córdova, don Juan Santoyo, don Francisco Calvo, don Sebastián Loyola y don Sancho de Paz, juró el Tesorero   —95→   don Vasco de Contreras Valverde, que por su parte no donaría, vendería, ni enajenaría ni prestaría la sala capitular a ninguna persona por ninguna vía que fuese. Ítem, el presbítero Blas de Olmedo fue nombrado capellán interino. Se acordó que Juan Martínez de Urceda, mayordomo de la fábrica, vendiese la capilla de Santa Apolonia.

En 30 de Julio se rebajó un principal perteneciente a la obra pía instituida por don Fernando Arias Ugarte.

En 13 de Agosto se acordó que se ocurriese al gobierno y al Rey para demoler dos hospederías de religiosos en el puerto de Pisco, y que se escriba a España que no se permitan en adelante por ser de muchos inconvenientes.

En 10 de Setiembre se mandó que los sacristanes de esta santa Iglesia asistiesen por semanas, uno en la sacristía y otro a los curas, y que a los monacillos asistentes se les dé, dos reales diarios. En este año murió el canónigo don Diego de Córdova.




ArribaAbajo- 1653 -

En 10 de Enero jueces de diezmos y adjuntos.

En 17 de dicho mes se mandó recojer un cáliz del valor de cuatrocientos pesos que dejó para la Iglesia el canónigo don Diego de Córdova, que en 1652 murió e instituyó como herederos a los padres jesuitas.

En 22 de Abril se trató del modo de repartir la gruesa decimal. Se acordó que se presentase un memorial al Virrey para la paga de dieciocho mil pesos que se restaban de la sillería. Se resolvió no haber lugar a tener presente al racionero don Juan Cortés en los veintisiete días que estuvo preso en el colegio Seminario; por su pendencia con el racionero Diego de Soto.

En 19 del dicho se nombró procurador de pleitos del Cabildo.

En 16 de Mayo pretensión de los curas de Ica de los pesos de los diezmos. En dicho día se acordó que la persona a quien se dieron a censo perpetuo las tiendas del callejón de Petateros, pertenecientes a la capilla de la Concepción   —96→   de esta santa Iglesia, no entre en posesión sin dar antes información de utilidad, y sin confirmación de su Santidad.

En 23 del citado Mayo se mandó entregar al Tesorero don Vasco de Contreras los papeles y cuentas de la cofradía de la Concepción, que estuvieron a cargo del sacristán mayor Alonso Rico.

En 1º de Julio se mandó que a los sacristanes y a sus ayudantes se les diese vivienda en la iglesia, para que estuviesen más prontos al servicio, y que comparezcan al primer Cabildo para advertirles lo que convenga.

En 3 de Julio se acordó que el Tesorero don Juan Vasco de Contreras administre las rentas de la capilla de la Concepción.

En 18 de Julio juntos en Cabildo los capitulares como veinte y cuatros de la cofradía de la Concepción, convinieron en dar poder al Deán para que presenciase el otorgamiento de la escritura de imposición a censo perpetuo de dos tiendas que tiene dicha cofradía de la Concepción de esta santa Iglesia en el Callejón de Petateros, conforme a la información de utilidad recibida para ello a favor de Pedro Valdéz, vecino de esta ciudad, de modo que el precio de la renta cada año no baje de cien pesos cada uno, que siempre han producido y producen al presente, comenzando a correr el censo a 1º de Agosto, de este año con las cláusulas, vínculos y firmezas correspondientes a favor de la cofradía. En el mismo día se vio una real cédula para, que se remitiesen a España los costos del pleito de diezmos hasta su conclusión. Se acordó que al agente de Madrid se le envíen los trescientos pesos de su salario. Que se escriba a Roma sobre el acompañamiento de los Inquisidores. Que se comisione al Magistral la imposición de un censo del canónigo Córdova. Que se diese poder al Cardenal de Lugo sobre la protección de esta santa Iglesia, enviándole una joya que valga seiscientos pesos, solicitando el rótulo del señor Mogrovejo.

En 16 de Setiembre se mandaron distribuir entre los capitulares setecientos pesos, que el canónigo Córdova ordenó se partiesen entre ellos.

En 19 de Setiembre se confirió sobre el rezo de prima el derecho de este Cabildo, y que el Arcediano y Tesorero, en nombre del mencionado Cabildo hagan relación de ello   —97→   al Arzobispo, en la forma en que están instituidos, y que el compromiso que se hiciese, y los jueces arbitradores que nombrase el Virrey sean uno a su satisfacción y otro a la del Cabildo.

En 1º de Octubre se recibió en una canonjía don Pedro Recio de Castilla, y don Juan Rojas de Cabrera en una ración.

En 21 de Octubre se trató de elegir mayordomo de fábrica por muerte de Juan Martínez de Uceda.

En 2 de Setiembre se estableció que sólo por un año se fíen los diezmos.

En 5 de dicho mes se ordenó que se imprimiese un memorial sobre el rezo de prima, que se pagase al abogado, que los celadores cumplan con sus cargos, que se barra la iglesia, y que los prebendados acompañen al preste y asistan a las misas votivas, so pena de un peso el racionero y el medio racionero de cuatro reales.



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