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281

Ibid., libro de Claustros, 243 bis 9 de septiembre de 1786.

 

282

A. U. S., libro de Claustros, 243 bis, 28 de julio de 1786.

 

283

ALARCOS no hace alusión a este asunto, que, sin embargo, es revelador.

 

284

DON MANUEL LARDIZÁBAL Y URIBE: Discurso sobre las Penas, Madrid, 1782. Sobre esta obra y sobre el movimiento en favor de la revisión de la legislación criminal dentro del que se inserta -se desea principalmente la abolición de la tortura- cf. J. SARRAILH: L'Espagne éclairée..., obra cit., págs. 535-541, y principalmente pág. 537.

 

285

A. U. S., libro de Claustros, 243, fols. 184-185.

 

286

Ibid., fol 197 v.º, 199 v.º

 

287

Son favorables a Meléndez los doctores Salas, Cortés y Cendoya; hostiles a su proyecto, los doctores Encina, Bascón, Bajo, Robles, Ocampo, Navarro, Texerizo y Borja.

 

288

Citan expresamente el caso del bachiller Ochoa, quien quince años antes había puesto en discusión la autoridad y los derechos reales, lo que fue el origen de un asunto muy resonante: «Tiene muy presente la Facultad el contexto del Informe del Colegio de Abogados de la Corte sobre las conclusiones defendidas en Valladolid por el Bachiller Dn. Miguel Ochoa, en 31 de enero de 1770, inserto en la Real Provisión de 6 de septiembre del mismo año, para inteligencia de todas las Universidades del Reyno» (libro de Claustros 243, fol. 224, r.º, y v.º,). Sobre el asunto del bachiller Ochoa y sus consecuencias, véase J. SARRAILH: L'Espagne éclairée..., págs. 199-201.

Al parecer, el empeño de Meléndez era esencialmente de carácter teórico, pues el uso de la tortura había venido a ser en aquellos años muy poco frecuente. En 1785 podía escribir SEMPERE en su Ensayo de una biblioteca de escritores del reinado de Carlos III (t. I, pág. 86): «La sala de Alcaldes... ya va para ocho años que no ha decretado el tormento para nadie, no obstante que el Fiscal, por razón de su oficio, lo ha pedido algunas veces. Se cree con mucho fundamento que se abolirá por ley expresa». Otros datos sobre el particular en DOMÍNGUEZ ORTIZ: La Sociedad española..., t. I, pág. 48, nota, que cita también a Sempere.

 

289

A. U. S., libro de Claustros 243, fol. 182 v.º 14 de mayo de 1784.

 

290

Sobre el doctor Salas, que fue más tarde perseguido por la Inquisición, cf. J. SARRAILH: L'Espagne éclairée..., obra cit., página 125.