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Ensayo de una biblioteca española de los mejores escritores del reinado de Carlos III

Tomo Cuarto

Juan Sempere y Guarinos



[I]

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Prólogo

     Si, como ha advertido juiciosamente un Sabio Ministro y Escritor nuestro, las Apologías de la Literatura Española deben escribirse, no tanto para nosotros, como para convencer a los extranjeros que nos acusan, y a los que entre ellos dan crédito a las acusaciones; puedo lisonjearme de que con ninguna de cuantas se han publicado en España se ha logrado el efecto que con mi Biblioteca, anunciada y aplaudida en varios periódicos de Italia, Francia, y Alemania, ha contribuido mucho para extender la fama de muchos Escritores nuestros, a pesar de su mérito, poco conocidos de los extranjeros, y reformado de esta suerte en algún modo las preocupaciones que reinaban entre ellos contra la Literatura Española. En prueba de esto pueden leerse los artículos que tratan de ella en las Noticias literarias de Florencia (1), [II] Diario de Bouillon, (2) en el de Gottinga, (3) y más particularmente el del Diario general de Francia de 3 de abril de este mismo año.

     Después de corregirse en él un yerro de la Enciclopedia, en donde se afirma que todavía no se ha publicado el segundo tomo de la Biblioteca Arábigo-Hispana de D. Miguel Casiri, y hacerse un justo elogio de esta obra, se continúa diciendo: «He creído tanto más útil esta relación, cuanto los libros Españoles son muy poco conocidos en Francia, y en París mismo, a donde no han venido sino muy pocos ejemplares de la Biblioteca Arábiga-Hispana, lo cual hizo creer al Redactor de la Enciclopedia, que no se había publicado más de uno. ¡Y cuántas otras obras excelentes se han publicado en España de veinte años a esta parte, que apenas son aquí conocidas por el título! Tengo en este instante a la vista los [III] dos primeros tomos de una obra Española intitulada: Ensayo de una Biblioteca Española de los mejores Escritores del Reinado de Carlos III. Daré a conocer esta obra: y se verá que España ha producido efectivamente excelentes obras, desde que Carlos III ha subido al trono. Si mis ocupaciones me lo permitieran, traduciría yo este Ensayo, muy propio para hacernos conocer el estado actual de las Ciencias y Literatura en España. Por lo cual exhorto a que algún hombre de letras se encargue de este trabajo (4).

   Se me ha asegurado que se está traduciendo ya en Francia: y sé positivamente, que en Italia [IV] la estaba traduciendo el Señor Marqués Bianchi.

     Si no me engaño, este es el mejor modo de escribir Apologías. Hechos, y ejemplos son los que convencen a los extranjeros: no clausulones, ni sofisterías. No se leen en mi obra aquellos hipérboles desmedidos, y absolutas improbables, que en otras ha dictado la ignorancia, la vanidad, o el fingido patriotismo de sus autores. Manifiesto, no con declamaciones generales, vagas, e indeterminadas, sino con individualidad varias equivocaciones de algunos extranjeros, dimanadas del poco conocimiento de nuestras cosas. Doy noticia de los mejores Escritores que han florecido en el actual Reinado, bastantes por su número y calidad para demostrar la falsedad de las calumnias esparcidas contra nuestra Literatura. Formo juicio de algunas: en otras pongo el que han hecho varios autores imparciales: de otras doy el extracto, y muestras de su estilo, acompañándolas con observaciones, y erudición nada trivial, sobre los ramos a que pertenecen. Y sin dejarme arrebatar de un falso celo, ni de [V] otros fines menos decentes, al mismo tiempo que procuro recomendar el mérito de algunos Prelados Eclesiásticos, y Regulares sabios, Jurisconsultos ilustrados, y Profesores doctos en todas Facultades, poco conocidos por nuestra desidia, o nuestro orgullo, no dejo por eso de insinuar los orígenes de nuestro atraso, y los vicios que retardan todavía los progresos de las Ciencias y Artes en España, para que sirva a un mismo tiempo de desengaño a los extranjeros, y a los españoles de estimulo para mayores adelantamientos.

     Estos son mis deseos. Para llevarlos a efecto he puesto toda la actividad y diligencia posible en mi situación y facultades: y continuare en dar a mi obra todos los aumentos y mejoras que estas mismas me permitan, aunque me exceda del número de tomos que primero me había propuesto escribir. Si esto es un defecto, será sin duda más digno de disculpa, que el de tantos como hay que no cumplen siquiera con la mitad de lo que tienen prometido.

[1]

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- M -

     MALO DE LUQUE (Eduardo) Historia política de los establecimientos ultramarinos de las Naciones Europeas. En Madrid por don Antonio de Sancha, año de 1784, 85 y 86, tres tomos en octavo mayor; obra empezada, y que se está continuando.

     La Historia filosófica y política del establecimiento y comercio de los Europeos en las dos Indias, del Abate Raynal, había llenado en mucha parte los grandes objetos que debe proponerse el Historiador juicioso, y diligente de tan importante obra. Pero además de no estar escrita en nuestra lengua, abundaba de errores muy perjudiciales, los cuales fueron causa de que se prohibiera, y por consiguiente de que careciera el público de la utilidad que podía producir.

     El Exmo. Sr. Duque de Almodóvar, conociendo su importancia, y la necesidad que de ella tenía España, ha emprendido su corrección, purgándola de muchos defectos, y añadiendo algunas cosas útiles, que manifiestan el juicio del autor, y su pericia en las materias de Estado, que con tanto acierto ha manejado en las Embajadas, y empleos con que lo ha honrado S. M.

     Al fin del libro tercero pone un Apéndice [2] sobre la constitución de Inglaterra, y la continuación de los asuntos de la Compañía Inglesa de las Indias Orientales. Analiza en él la forma de su gobierno, sus ventajas y sus vicios. Nadie es más capaz de poder hablar con acierto en esta materia que el Señor Duque. Su Embajada en Londres al tiempo en que se rompió la paz con la última guerra, le hizo observar el genio y carácter de aquella nación, más de cerca que lo han hecho Montesquieu, y la inmensa tropa de anglomanos que catequizó el crédito de aquel Presidente.

     En el tomo tercero, y fin del libro cuarto pone otro Apéndice sobre el estado político-económico de la Francia, en el que trata principalmente de su constitución en el ramo de la Administración de Rentas, extractando lo que sobre ella ha escrito el Ex-Ministro Necker, y añadiendo otras reflexiones propias, no menos sólidas, que las de aquel célebre economista.

     El estilo del Señor Duque, tanto en la traducción, como en las adiciones, no es menos vivo y animado que el del original. Para dar alguna muestra de él, puede leerse lo que dice con motivo del juramento que se exige en Batavia a los Ministros, al tiempo de entrar en sus empleos.

     «Este estilo, dice, que vi muy antiguo y general, familiariza a los hombres con los falsos juramentos, y no sirve de obstáculo a [3] la corrupción o soborno. Si se pesaran todos los juramentos absurdos y ridículos, que es preciso hacer en la mayor parte de los estados, para entrar en cualquiera profesión o cuerpo, se extrañarían menos las prevaricaciones, pues se empieza por un perjurio. Mientras la buena fe reinó en la tierra, la mera promesa o palabra bastó para inspirar la confianza: el juramento nació de la perfidia: no se exigió de los hombres que tomasen a Dios por testigo de su verdad, si no cuando no merecieron ser creídos. ¿Qué logran pues los Soberanos, los Magistrados con seguir esta práctica? O se hace atestiguar con el cielo al hombre de bien, y es una diligencia inútil, o al malvado, ¿y entonces de qué aprecio puede ser a la razón prudente su juramento? Si el juramento es contrario a la propia seguridad del juramento, viene a ser un absurdo; si es conforme a su interés, es superfluo; no se conoce bastante el corazón humano, colocando al deudor entre su ruina, o la mentira, al delincuente entre la muerte, o el perjurio, pues aquel a quien la venganza, el interés, o la maldad, han determinado a un falso testimonio, u otro gran delito, no se detendrá por el temor de un crimen de más: ¿ignora el mal hechor al acercarse al tribunal de la ley, que se le ha de exigir esta formalidad? ¿Y no la tiene despreciada en el fondo de su corazón antes de someterse a [4] ella? ¿No es una especie de irreverencia introducir el nombre de Dios en nuestras miserables altercaciones? El juramento parece de tal modo prostituido, y envilecido por su frecuencia, que los testigos falsos son tan comunes como los ladrones. Puede ser que hagan novedad estas reflexiones; ¿pero cuánta no han hecho las que de algún tiempo a esta parte se han publicado sobre el tormento? pena, y prueba tan generalmente establecida en todo el mundo culto, hasta que ya han penetrado los clamores para su extinción en el santuario de la Jurisprudencia, o más bien de las legislaciones. Se ve abolido por fin en algunos de los más ilustrados Gobiernos, y últimamente ha tratado este punto en nuestra España con madurez y energía el docto y juicioso Magistrado que acaba de publicar a fin del mes próximo pasado de diciembre de 1782, su preciosa obrita intitulada Discurso sobre las penas, contraído a las leyes criminales de España, para facilitar su reforma, no dudó que en esta reforma tendrá lugar la del tormento, y ojalá se pusiesen también los debidos límites al frecuente uso del juramento, ciñendo a casos importantes, decorosos y más raros, este sagrado medio de autenticar la verdad».

     En iguales términos se explica el Señor Duque en la pág. 66 del II tomo, notando la dureza, y confusión de nuestras leyes [5] criminales, y manifestando sus deseos acerca de la reforma de ellas.

     Década Epistolar sobre el estado de las Letras en Francia... Su fecha en París, año de 1780. Por don Francisco María de Silva, año de 1781: A beneficio de la Real Sociedad Económica de Madrid. Un tomo en octavo mayor. Una obra de esta clase era muy necesaria en España, particularmente en nuestro tiempo. Lo poco que han viajado los Españoles hasta ahora, y lo poco que leen, particularmente en punto de historia literaria, había hecho creer a muchos, que a así como ninguna nación ha llegado al poder que tuvo en algún tiempo la Española, tampoco ha habido ninguna que la haya igualado en la literatura. Si esta opinión se limitara a cierto tiempo, acaso pudiera sostenerse. Pero muchos no quieren acabar de persuadirse que se pueda saber más en parte alguna que lo que supieron los Españoles del siglo XVI. Esta opinión, sobre ser falsa, tira en cierto modo a apagar los estímulos de la emulación, fomenta la desidia, y engendra una vana satisfacción, que lejos de excitar al adelantamiento, entorpece los ánimos, adormeciéndolos en sus preocupaciones.

     Pero hay otros también, que creyendo que el criticar a su nación, y el ir contra la corriente, es una prueba manifiesta de ingenio y erudición, censuran nuestras costumbres, [6] ridiculizan los esfuerzos por la restauración de la literatura, y nada encuentran bueno, sino lo que viene de los extranjeros.

     Para unos y otros puede servir mucho la presente obra. En ella se da una idea de la grande extensión de la literatura, en todos sus ramos, en París, estado al que acaso no ha llegado ninguna nación del mundo. Pero al mismo tiempo se manifiesta el carácter de los más acreditados sabios de aquella nación, se notan sus errores, y se manifiesta que no siempre ha sido igual el mérito a la fama, y que la solidez no es por lo común la prenda más sobresaliente en los Escritores Franceses.

     MANUEL, Y RODRÍGUEZ (Don Miguel de) Abogado, de la Real Academia de la Historia, y Bibliotecario de los Estudios Reales de Madrid. En el artículo Asso se ha dado noticia de las obras que estos dos amigos han publicado, pertenecientes a la legislación de España. Después de la separación del señor Asso, ha continuado el señor de Manuel en promover aquel estudio, recogiendo fueros, cortes, ordenamientos, escrituras y demás instrumentos conducentes para conocer los orígenes de nuestras leyes, como puede verse por los aumentos que ha dado a la introducción de las Instituciones del Derecho Civil de Castilla en la última edición, por la no despreciable colección diplomática que va formando en el Diario, y por las correcciones y adiciones [7] que se sabe que ha hecho a algunas obras publicadas.

     Sobre estos preciosos documentos se ha propuesto el señor de Manuel escribir la Historia de la legislación civil en España, de la cual tiene ya acabada la primera parte, que comprende la legislación de España, desde sus primeros orígenes, hasta el tiempo de los Godos: obra que si la concluyera, como puede esperarse, según la grande copia de materiales que tiene recogidos, y la instrucción que ha manifestado en otras de esta clase, sería una de las más importantes de nuestro siglo. Pero como en ella es regular que tuviera que hablar de los vicios de nuestros códigos actuales; de la conveniencia, o disconveniencia de muchas leyes; de los errores cometidos en muchas de ellas por la política de los reinados anteriores; y de otros asuntos de esta naturaleza; es regular que aun cuando llegara a concluirla, se presentaran obstáculos insuperables para su impresión.

     Como quiera que sea, don Miguel de Manuel es muy digno de elogio por haber sido uno de los primeros que han aplicado en España el estudio de la Diplomática al de la legislación; y por lo que procura fomentarlo, no solamente con las obras que ha publicado, sino con la franqueza, en permitir que otros disfruten su trabajo dándoles apuntamientos de documentos inéditos, y aun [8] franqueando las copias que tiene en su poder, sin aquella avara reserva con que otros guardan entre muchas llaves cualquiera preciosidad literaria, que ha podido recoger su diligencia.

     MARÍN Y MENDOZA (Don Joaquín) Catedrático del Derecho Natural, y de Gentes en los Reales Estudios de San Isidro, Individuo de la Real Academia de la Historia, y Alcalde del Crimen en la Real Audiencia de Valencia. Historia de la Milicia Española, desde las Primeras noticias que se tienen por ciertas, hasta los tiempos Presentes. Ilustrada con láminas. Tomo primero. Contiene tres épocas: de los tiempos que precedieron a la dominación de los Romanos: de la Milicia Romana introducida en los Españoles: y de la Milicia del tiempo de los Godos. Su autor... En Madrid: en la Imprenta de don Antonio de Sancha. Año de 1776. Un tomo en cuarto mayor.

     A las tres épocas contenidas en este tomo preceden como preliminares algunas reflexiones sobre el modo como se pobló la tierra, la formación de las sociedades, las primeras ideas acerca de la defensa, y armas que se usaron a los principios del género humano. En la serie de las tres épocas; esto es, de los Españoles originarios, y de los mismos bajo la dominación de los Romanos, y de los Godos se trata del genio, costumbres, gobierno militar, armas, formación, y todo lo [9] demás correspondiente al arte de la guerra. Es sensible que esta historia haya quedado incompleta por la muerte del autor, y por algunos estorbos que se le pusieron cuando estaba solicitando la publicación de este tomo. Las últimas épocas de nuestra milicia son todavía más interesantes; porque el cañón, la tropa fija, y asalariada en todo tiempo, y la fortificación de las plazas, han sido los principales cimientos de las modernas monarquías.

     Joan. Gottlieb Heineccii Elementa Juris Naturae & Gentium, castigationibus ex Catholicorum doctrina, & Juris Historia aucta, ab Joachimo Marin & Mendoza. J. N. & G. in regio Matrit. Lyceo Prof. Mitriti: ex Officina Enmanuel Martini. Anno 1776. En cuarto. En el año de 1625. Felipe IV fundó veinte y tres cátedras de varias ciencias, y facultades en el Colegio Imperial de Madrid, que entonces estaba a cargo de los Jesuitas. Una de ellas era de Políticas, y Económicas, para interpretar las de Aristóteles, ajustando la razón de estado con la conciencia, religión y fe católica. Los jesuitas cuidaron poco, así de esta Cátedra, como de las demás, a excepción de los estudios menores, no obstante que se les consignaron para su dotación diez mil ducados, suma entonces muy exorbitante, y suficiente para mantener una buena Universidad.

     Como después de la expulsión y extinción [10] de aquellos Regulares, uno de los primeros cuidados del Rey nuestro Señor, y de su Ministerio fue no sólo conservar, sino rectificar todos los establecimientos útiles que estaban a su cargo, por Decreto de seis de marzo de 1770 se volvieron a abrir aquellos Estudios, dándose nueva forma a algunos de ellos. En lugar de la Cátedra de Política y Económica, para la interpretación de Aristóteles en los lugares que tratan de estas materias, se nombró un Maestro que enseñe el Derecho Natural, y de Gentes, demostrando ante todo la unión necesaria de la Religión, de la Moral, y de la Política. Para los mayores progresos en esta ciencia se han dado después otras providencias muy conducentes. Tal ha sido el precisar a todos los que practiquen la abogacía en Madrid, a que asistan un año por lo menos a aquella aula, no pudiendo recibirse de Abogado, sin que se haga constar esta circunstancia. Y tales son también los premios de doscientos ducados vitalicios, que se han propuesto por S. M. para los discípulos que más se aventajen en este estudio.

     El primer Catedrático de esta ciencia fue el señor Marín quien, no encontrando otro autor más claro, más metódico, ni más proporcionado para aprender en un año los elementos del Derecho Natural y de Gentes, que los de Heineccio, se resolvió a reimprimirlos. Y como este autor enseña algunos principios, [11] y máximas contrarias a nuestra sagrada Religión, y al Derecho Público Español, para evitar el escándalo, y el daño que esto podía causar en los discípulos, que por lo común siempre miran con cierta afición las opiniones de los autores en quienes estudian, añadió varias notas, en las cuales, o impugna aquellas opiniones, o a lo menos advierte a los lectores el peligro, para precaver el daño de seguirlas.

     Historia del Derecho Natural y de Gentes. Madrid 1776. Por don Manuel Martín. En cuarto. En esta obra, aunque de corto volumen, trata el señor Marín del origen del Derecho Natural y de Gentes; de los principios, y varias épocas de esta ciencia, que puede llamarse nueva, a lo menos en cuanto al método; de los escritores más famosos en ella, Grocio, Seldeno, Hobbes, Puffendorff, Thomasio, Heineccio, Wolffio, Watel, Burlamaqui, Felice, Montesquieu, Linguet, Rousseau, notando los vicios en que han incurrido más frecuentemente todos ellos, y señalando los medios para conocer los autores sospechosos, y los mejores escritores católicos que los han impugnado.

     MASDEVAL (Don José) Doctor en Medicina de la Universidad de Cervera, Médico del Rey nuestro Señor, con ejercicio, Inspector de Epidemias del Principado de Cataluña, Presidente de la Academia de Medicina [12] de Cartagena, Socio del Real Colegio de Médicos y Cirujanos de Zaragoza, y de las Reales Sociedades de París, y de Sevilla. Relación de las calenturas pútridas y malignas, que en estos últimos años se han padecido en el Principado de Cataluña, y principalmente de la que se descubrió el año pasado de 1783 en la Ciudad de Lérida, Llano de Urgel, y otros muchos Corregimientos y Partidos, con el método feliz, pronto, y seguro de curar semejantes enfermedades. Segunda edición. De orden superior. En la Imprenta Real. 1786. En cuarto.

     Habiendo sabido el Rey los grandes estragos que estaba causando en varios pueblos de Cataluña una epidemia de calenturas, dio comisión al señor don José Masdeval para que entendiera en su curación, la que logró efectuar con un nuevo método que discurrió, y del cual había tenido ya bastantes experiencias; con cuya noticia le mandó S. M. formar una relación de aquel método para la utilidad pública. En ella trata el señor Masdeval del origen de aquella epidemia, atribuyéndolo al tránsito de las tropas Francesas, después de la campaña de Portugal, y explicando el modo como dejaron infestado el aire, y dispuesto para producir semejantes enfermedades. Habla de los síntomas, y caracteres que acompañaban regularmente aquellas calenturas; de sus causas, y pronóstico [13] que debe hacerse de ellas; del método específico, apropiado, seguro, y fácil que el autor siguió para curar, y cortar dichas calenturas epidémicas, mucho mejor, y en menos tiempo del que se ha hecho con los demás métodos curativos; y finalmente de los métodos precautivos de dichas enfermedades.

     El señor Masdeval habla con libertad, y sin la vergonzosa sujeción que se observa comúnmente en los Médicos sistemáticos: pero con solidez, y fundando sus observaciones en la experiencia, y en los mejores principios de la medicina. Merece leerse con particularidad lo que dice acerca de las buenas propiedades del azúcar; sobre el acantonamiento de las tropas en países sanos, y ventilados, antes de dispersarse después de la guerra; sobre los vegigatorios.

     Los papeles periódicos anuncian continuamente los buen efectos del método curativo del señor Masdeval por todas partes, no solamente en España, sino también en América, como se lee en la Gaceta de México de 27 de marzo de 1787.

     Al fin de su Relación ha añadido el señor Masdeval un Dictamen que dio sobre si las Fábricas de algodón y lana son perniciosas, o no a la salud pública; en la cual después de analizados los ingredientes de los tintes, y de otras varias pruebas, resuelve que no son perjudiciales. [14]

     MAYANS Y SISCAR (Don Gregorio) Alcalde de Corte honorario de S. M.

     La fama de don Gregorio Mayans parece que no ha sido correspondiente a su verdadero mérito literario, a lo menos dentro de España, de lo cual se pueden señalar algunas causas. La primera es la libertad, y desprecio con que habló de los literatos Españoles de su tiempo en sus Cartas latinas a nombre de Justo Vidicio, y al mismo tiempo la jactancia con que hablaba en ellas de sí mismo, llamándose ingenio egregio adolescens, judicioque admirabili, juris & antiquitatis peritissimus, y comparándose a Propercio, Ovidio, y Tibulo. Tan extraño modo de proceder, lejos de acreditarlo entre sus paisanos, mereció la nota de un extranjero, y divulgada por los Diaristas, con motivo de cierta disputa que hubo entre ellos, y don Gregorio Mayans sobre la crítica que hicieron de los Orígenes de la Lengua Castellana, (5) perjudicó no poco a su crédito literario.

     Otra causa pudo ser el género de estudios en que más se dio a conocer el señor Mayans. Había seguido éste la carrera de la jurisprudencia, con el mayor lucimiento, según lo manifiestan las obras que dejó escritas. Pero su aplicación a las buenas letras, a [15] la historia, la crítica, le hicieron mirar entre sus compañeros como a un desertor, o renegado de su facultad; y como a los facultativos les tiene cuenta que nadie sobresalga mucho, para tener todos que comer, no pudiendo rebajar su mérito directamente, se valieron de otro medio, que era el de ponderar su erudición, para que fuera más famoso por ella, que por la jurisprudencia. Este arbitrio es muy común y muy antiguo en España. Juan Ginés de Sepúlveda se quejaba ya en su tiempo de que sus contrarios, para disminuir su mérito en la Teología, lo pintaban como buen Filósofo, dum sibi persuadent quantum mihi in philosophiae studiis tribuitur, tantum in theologicis detrahi (6). Esto mismo sucedió en nuestro tiempo con don Andrés Piquer, y se ve repetido todos los días. Los Teólogos ramplones, los Abogados prácticos, los Médicos recetistas, no pudiendo sufrir la competencia con los sujetos que en su misma carrera unen a la ciencia principal los adornos, y auxilios de la erudición, buen gusto y estilo, en tono de elogiarlos, procuran rebajar su mérito, diciendo que son buenos humanistas y teóricos, pero que claudican en la práctica. La maliciosa envidia tiene mil modos de disfrazarse; y el incauto [16] vulgo que cree seguir en su opinión acerca del mérito de los sujetos los impulsos de la verdad, no sigue muchas veces sino los de la envidia, y del resentimiento.

     A esto debe añadirse el que muchas obras de don Gregorio, que acaso son las que podían darle mayor crédito, se publicaron en nombre ajeno, como se verá en este artículo.

     Mas como quiera que sea, el señor Mayans ha sido uno de los Literatos Españoles de mayor mérito. Los extranjeros le han colmado de elogios. Además de los que cita el Dr. Ximeno en su Biblioteca de Escritores Valencianos, puede verse lo que escribe el Dr. Clarcke en la obra que hemos citado en otra parte (7), hablando de los Literatos Españoles. «Un des plus celebres, & qui merite le plus de vous etre connu, c'ese don Gregorio, Mayans y Siscar, qui malgré son age de 63 ans, travaille avec autant d'ardeur qu'un jeune homme. Il est né à Oliva, dans la Province de Valence. Il fut nommé Bibliothecaire de Philippe V en 1732, mais comme cette place ne lui laissot pas assez de temps pour les ouvrages qu'il avoit commencés, il la quitta pour rentrer dans son cabinet, où il se trouvoit plus heureux. Cependant, [17] malgè les voiles obscurs dont il s'est enveloppè dans sa retraite, sa reputation à percé, et il est cité avec eloge par Muratorí dans son supplement de Graevius et de Gronovius, dans les Actes de Leipsick de Menckenius; dans l'ouvrage intitulé: Via ad Historiam litterariam, par Bayer; dans celui qui à pour titre: Memoriae Historico-criticae librorum rariorum, Lipsiae 1734; dans la Preface des oeuvres de Gravina, par Marcou; dans celle des Epitres de D. Manuel Martí, Doyen d'Alicante, imprimées à Amsterdam en 1738; et dans le D. Quichotte, accompagnè de la vie de Cervantes de la composition de D. Mayans, et publiè à Londres en 1738 par le Comte de Granville. D. Mayans à un frére qui travaille avec lui, et qui s'est aussi beaucoup distinguè. Jeleur dois à tous les deux beaucoup de reconnoissance de toutes les peínes qu'ls se sont données pour me procurer des Memoires sur l'Espagne. Heineccio en su Defensa de Cornelio Van Binkershoek lo llama varias veces vir celeberrimus, laudatissimus, elegantissimus». El autor del Nuevo viaje por España hecho en 1777 y 1778 lo llama el Néstor de la literatura Española, alaba su laboriosidad, y concluye diciendo: «Voltaire lui à donnè avec raison le titre de fameux; M. Robertson l'à consultè pour son histoire du Nouveau Monde; et il à etè en relation avec tous les savants [18] de l'Espagne».

     Sería muy prolijo el dar idea de todas las obras de este sabio: y así me contentaré, con poner la lista de ellas, con algunas ligeras advertencias, y al fin las que se han publicado con nombre ajeno.

     Gregorii Majansii, Generosi Valentini ad quinque Jureconsultorum fragmenta commentarii. Et ad Legem si fuerit V. de Legatis III recitatio extemporalis. Valentiae in Edetanis, apud Antonium Bordazar, anno 1723. Preceden dos cartas latinas, una de Mayans a Martí, y otra de éste en su respuesta, en la cual alaba este género de estudio y la obra de Mayans. Los Jurisconsultos que aquí se comentan son el P. Rutilio Rufo, Q. Cornelio Máximo, Rutilio Máximo, Campano, y Tarruntio Paterno. El autor procuró recoger todos los fragmentos que quedaron esparcidos de ellos en varios autores antiguos, y los ilustró con muchas noticias, y conjeturas exquisitas, particularmente el último. Después aumentó estos Comentarios hasta treinta.

     Vida de S. Gil Abad. En Valencia por Antonio Bordazar 1724. En 16. El autor conoció después, que había escrito muy de prisa esta vida, y algunas otras obras místicas, y las limó con ánimo de publicarlas más correctas.

     Oración en alabanza de las obras de D. Diego Saavedra Fajardo. En Valencia, por el mismo Bordazar, en 1725. En cuarto. Y en [19] Madrid, por Juan de Zúñiga en 1739 en octavo. La corrigió después el autor, y la reimprimió en sus Ensayos Oratorios.

     Justi Vindicii Relatio de Disputatione quam habuit in Valentinae Academiae Sacello Gregorius Mayansius, Generosus el Antecessor Valentinus, pro intellectu vero §. Est aut autem 3 Inst. Imp. dererum div. Cosmopoli (esto es en Valencia) apud Liberalem Evangelum (Antonio Bordazar) sub signo Lunae et canum. Año 1725 en octavo.

     Disputationum Juris liber. I. Valentiae in Edetanis, apud Antonium Bordazar, anno 1726. En octavo. En su prefación, y en los Pensamientos Literarios dice que había trabajado hasta cien Disputas.

     Vida de S. Ildefonso. En Valencia, por Bordazar, en 1726. Reimpresa en Madrid por Antonio Marín en 1727 en octavo.

     Oración que exhorta a seguir la verdadera idea de la Elocuencia Española. En Valencia, por Bordazar 1727 en cuarto. En León de Francia por los Hermanos de Ville, y Luis Chalmete 1733 en octavo. Reimpresa otras dos veces, en los orígenes de la Lengua Española, y enmendada por el autor en los Ensayos Oratorios.

     Acción de gracias por el Nacimiento de nuestro Señor Jesucristo. En Valencia por Bordazar 1728 en octavo. Reimpresa en los Ensayos Oratorios. [20]

     La Concepción Purísima de la Virgen María Madre de Dios. Oración impresa en Valencia, por Bordazar en 1729 corregida y reimpresa en los Ensayos Oratorios.

     El Mundo engañado por los falsos Médicos. Discursos del Dr. José Gazola Verones, obra póstuma, traducida por D. Gregorio, el cual ocultó su nombre. En Valencia, por Bordázar 1729 en octavo. Reimpresa, añadido un Diálogo de Pero Mejía, en Valencia por Antonio Valle, en 1733 en octavo.

     República Literaria de D. Diego Saavedra Fajardo, corregida por D. Gregorio Mayans y Siscar. En Valencia por Antonio Valle 1730 en octavo, y en Madrid por Juan de Zúñiga 1735 en octavo, en cuya edición precede la oración en alabanza de D. Diego Saavedra Fajardo, más enmendada que antes, y repetida después en los Ensayos Oratorios. El mismo autor en la nota que envió a Menkenio de los libros últimamente publicados en España, dijo lo siguiente: «Orationem hanc scripsit Gregorius Mayansius, non in eum finem, ut Saavedram laudaret, in quo ipse multa reprehendit, sed ut occasionem arriperet exercendi criticem, sub specioso praetextu laudandi scriptorem, ab Hispanis maxime probatum».

     Carta escrita a D. Salvador José Mañer, en Valencia, día cinco de Diciembre de 1731. Se la imprimió este en Madrid el [21] mismo año, en fol.

     Epistolarum libri sex. Valentiae Edetanorum: typis Antonii Bordazar de Artazu, an. 1732 en cuarto. Y en Lipsia por Friderico Mathias Frisio 1737 en cuarto, a diligencia de Gottlob Augusto Jenichen, que añadió algunas Epístolas suyas.

     Chocolata, sive in laudem Potionis indicae, quam appellant Chocolate, Elegia, Auctore Georgio Raminasio, Patricio Atheniensi (id est, Gregorio Majanso, Generoso Olivensi) apud Evangelum thrasibulum (Antonio Bordazar) 1733 en octavo.

     El Orador Cristiano ideado en tres Diálogos. En Valencia, por dicho Bordazar 1733 en octavo. Se ha vuelto a imprimir.

     Cartas de D. Nicolás Antonio, de D. Antonio de Solís, y de D. Cristóbal Crespi de Valdaura, con una breve noticia de las vidas de los dos primeros autores, y la Oración que exhorta a seguir la verdadera idea de la Elocuencia Española. En León de Francia, por los Hermanos de Ville, y Luis Chalmette. 1733 en octavo.

     A Amnis (id est, Majans) Gratulatio ad Joannem V Lusitaniae Regem de Imperii ejus jelicitate. Cosmopoli (esto es en Valencia) apud Joannem Beneventanum (Antonio Bordazar) 1734 en diez y seis. Reimpresa en Colonia de Viriato (esto es en Valencia) por Tanito Gaudencio, (Antonio Bordazar) 1740 en diez y seis. [22]

     Evangeli Cosmopolitani Notae ad Jo. Burchs Menkenii De Charlataneria Eruditorum Declamationes. Se publicaron en el libro intitulado: M. Augusti Bejeri Memoriae Historico Criticae librorum rariarum, impreso en Dresde, y Lipsia por Federico Itekel en 1734 en octavo.

     Espejo Moral con Reflexiones Cristianas. En Madrid, por Antonio Sanz 1734 en doceavo.

     Gregorii Majansii, Generosi Valentini Hipaniarum Regi a Biblioteca, et in Academia Valentina Justinianei Codicis Antecessoris Disputatio de incertis Legatis. Matriti apud Joannem Stunicam, an. 1734 en octavo. Dio motivo a este libro la obra de D. Joaquín José Vázquez y Morales, intitulada: Otium Complutense, en la que impugnaba a Mayans y a otros Jurisconsultos Españoles en algunos lugares, con menos moderación de la que correspondía.

     Cartas Morales, Militares, Civiles, y Literarias de varios autores españoles. En Madrid, por Juan de Zúñiga 1734 en octavo. Se reimprimieron en Valencia por Salvador Fauli en 1773 aumentadas hasta cinco tomos en octavo.

     Diálogos de las Armas, y Linajes de la Nobleza de España, escritos por D. Antonio Agustín, Arzobispo de Tarragona, con la vida de este autor, escrita por D. Gregorio Mayans y Siscar. En Madrid, por Juan de Zúñiga 1734 en cuarto. Está traducida en latín con muchas adiciones [23] del autor, y reimpresa en la Colección de todas las obras de D. Antonio Agustín, hecha en Luca, en ocho tomos de a folio.

     Anti Madalena, Diálogo entre Sofronio, y Sofóbulo, su autor Vigilancio Cosmopolitano (esto es D. Gregorio Mayans). 1734. En cuarto.

     Reglas de Ortografía en la lengua Castellana, compuestas por el Maestro Antonio de Lebrija, añadidas algunas Reflexiones de D. Gregorio Mayans y Siscar. En Madrid por Juan de Zúñiga 1735. en octavo. Y en Valencia, por Benito Monfort, año 1765. En octavo.

     D. Jo. Pugae et Fejjoo, Jurisconsult et Primarii Anteccesoris Salmanticensis, Tractatus Academici, sive opera omnia posthuma cum ejusdem Autoris vita scripta à D. Gregorio Mayansio. Lugduni, apud Fratres de Ville. 1735. Dos tomos en folio.

     Emmanuelis Martini, Ecclesiae Alonensis Decani Epistolarum libri duodecim. Accedit ejusdem Auctoris nondum defunti vila à Gregorio Majansio, conscripta. Mantuae Carpentanorum, ap. Jo. Stunicam, anno 1735. en tres tomos en octavo, y después en Amsterdam en 1738. en dos tomos en cuarto mayor.

     Oración a Cristo Redentor nuestro en su inefable Pasión. En Regióbriga (Madrid) 1736. En diez y seis. Reimpresa en los Ensayos Oratorios.

     Carta al Excelentísimo Señor D. Francisco de Almeida, Canónigo de la Iglesia Patriarcal [24] de Lisboa, dándole noticia de la muerte de D. Manuel Martí, Deán de Alicante, fecha en Madrid a 3 de mayo de 1737. Se imprimió en Lisboa en el mismo año, en fol.

     Vida de Miguel de Cervantes Saavedra. En Briga Real (Madrid) 1737. en octavo. Reimpresa en Londres por J. y R. Tonson 1737, en cuarto, y también se repitió la impresión en la Haya.

     Orígenes de la Lengua Española, compuestos por varios autores, recogidos por D. Gregorio Mayans y Siscar, Bibliotecario del Rey nuestro Señor. En Madrid por Juan de Zúñiga, año 1737. dos tomos en octavo. El primero se compone de un largo discurso de D. Gregorio, sobre la corrupción de la lengua latina en España, y modos como se fue formando la actual española, con cuyo motivo trata de algunas otras cuestiones conexas con el asunto principal, y establece varios Cánones Etimológicos, añadiendo al fin una Oración, en la que exhorta a seguir la verdadera idea de la Elocuencia Española. El segundo es una colección de varios opúsculos preciosos, muy conducentes para la ilustración de su doctrina. Los Diaristas hicieron de esta obra una crítica algo más prolija que la que acostumbraban, con cuyo motivo escribió don Gregorio la obra siguiente.

     Conversación sobre el Diario de los Literatos. La publicó D. Plácido Veranio. En Madrid, en [25] la Imprenta de Juan de Zúñiga, año 1737. en octavo, de la que hicieron luego una crítica todavía más fuerte los mismos Diaristas. Ensayos Oratorios. Va añadida la oración de Dión Crisostomo, del Retiramiento, traducida de Griego en Español, por Pedro de Valencia. En Madrid, por Juan de Zúñiga, 1739. En octavo.

     Carta latina, escrita al Excelentísimo Señor D. Juan Basilio Castellví, Marqués de Villatorcas, dándole noticia de D. Manuel Martí, fecha en Madrid día 5 de mayo del año 1737. Impresa en Venecia, en el Suplemento del Teatro de las Antigüedades Griegas y Romanas, que publicó el Marqués Poleni, añ. 1740.

     Lección Cristiana, del Dr. Benito Arias Montano, traducida de latín en Español, por Pedro de Valencia. En Madrid por Juan de Zúñiga 1739. en octavo, publicada por el mismo D. Gregorio, de quien son todas las piezas que preceden a dicha obra. Se reimprimió en Valencia, por Salvador Faulí, año de 1771. en octavo.

     Carta escrita al Excelentísimo Señor D. Francisco Xavier de Meneses. Conde de la Ericeira, presentando por su medio al Rey de Portugal algunas obras M.ss. en Oliva a 15. de abril de 1741. En fol.

     Gradus ad Parnassum, sivè Biblioteca Musarum. En León de Francia, por los Hermanos de Ville 1742. en dos tomos en octavo mayor. Enmendó ligeramente la antigua versión, [26] tradujo lo que se había añadido en la impresión última de Francia, y escribió la Prosodia que se dice compuesta por D. Gerónimo Grayas, anagrama suyo. Lo demás es trabajo de Pedro de Villedocto impresor de León de Francia.

     Censura de Historias Fabulosas, obra póstuma de D. Nicolás Antonio: van añadidas algunas cartas del mismo autor, y de otros Eruditos. A estas obras precede la vida de D. Nicolás, escrita por D. Gregorio Mayans. En Valencia, por Antonio Bordázar 1742. en folio.

     Idea de la Academia Valenciana, dedicada a recoger, e ilustrar las memorias antiguas y modernas, pertenecientes a las cosas de España, debajo de la invocación de la Divina Sabiduría. Propuso esta idea a los Eruditos Valencianos D. Gregorio Mayans y Siscar, en Valencia día 25. de Agosto de 1742. en cuarto. Todos la aprobaron, y el mismo día se fundó la Academia.

     Memorial Genealógico de D. Antonio Pascual y García, Generoso. En Valencia 1743. en fol.

     Acción de Gracias a la Divina Sabiduría, Patrona de la Academia Valenciana. En Valencia por Antonio Bordázar 1743. en cuarto.

     Obras Cronológicas de D. Gaspar Ibáñez de Segovia, Peralta y Mendoza, Marqués de Mondéjar, etc. Las publicó de orden, y a expensas de la Academia Valenciana, D. Gregorio Mayans y Siscar, Censor de dicha Academia. En Valencia, por el mismo Bordázar 1744. en fol. Escribió [27] D. Gregorio la Prefación de esta obra.

     Carta escrita al Dr. José Berni, sobre el origen y progresos del Derecho Español, en Oliva á 7. de enero de 1744. Sirve de Prólogo a la Instituta Civil y Real de dicho Dr. Berní. Se reimprimió suelta en Madrid en el mismo año, en cuarto. Después otra vez en las Cartas Castellanas. Y últimamente traducida al latín, por D. Francisco Cerda, en la Themis Hispanica de Franckenau, reimpresa por Sancha, en 1780.

     Carta escrita al Excelentísimo Señor D. Diego Fernández de Almeida Portugal, Principal de la Santa Iglesia de Lisboa, sobre la muerte de su hermano el Excelentísimo Señor D. Francisco de Almeida Mascareñas, Principal de la dicha Iglesia, Académico Valenciano, etc. En Oliva a I. de abril de 1746. en fol. Se reimprimió juntamente con el Elogio de dicho señor D. Francisco, escrito en portugués por Francisco José Freire, y traducido en castellano por el P. Andrés Marcos Burriel de la Compañía de Jesús. En Madrid 1746. en cuarto.

     Advertencias a la Historia del Padre Juan de Mariana, su autor D. Gaspar Ibáñez de Segovia, Peralta, y Mendoza, Marqués de Mondéjar, etc. Van añadidas algunas Cartas; cuyas obras publicó de orden y á expensas de la Academia Valenciana. D. Gregorio Mayans y Siscar, Censor de dicha Academia. En Valencia por la Viuda de Antonio Bordázar de [28] Artazú. 1746. En folio.

     Avisos del Parnaso, su autor el Dr. Juan Bautista Corachán, Presbítero, Catedrático de Matemáticas de la Universidad de Valencia: los publicó a expensas de la Academia Valenciana el mismo D. Gregorio, quien tiene en esta obra algunas piezas suyas. En Valencia, por la Viuda de Antonio Bordázar, 1747. en octavo.

     Advertencias de D. Miguel Sánchez, dadas al Dr. D. Tomás Ferrandis de Mesa y Moreno, Abogado de los Reales Consejos. En Madrid 1748. en cuarto. Aunque esta obra se publicó en dicho nombre, parece ser de D. Gregorio.

     Disputationes Juris. Lugduni Batavorum apud Petrum Van-Der-Eyk, et Carolum de Pecker 1752. En cuarto, 2. volum.

     Francisci Ramos del Manzano vita, en el tomo V. del tesoro de Gerardo Meerman.

     Specimen Bibliothecae Hispano-Mayansianae, sive Idea novi catalogi critici operum scriptorum Hispanorum, quae habet in sua Bibliotheca Gregorius Majansus Generosus Valentinus. Ex museo Davidis Clementis. Hannoverae, inipensis Jo. Guil. Schmidii, 1753. En cuarto. Es un Catálogo de ochenta y seis obras de escritores españoles, gramáticos y retóricos que tenía en su Biblioteca el señor Mayans, con la idea de cada una, y su censura; David Clemente dijo de esta obra: «Inibi scriptorum, merita justa lance ponderat Majansius, et scriptis aequum statuit pretium. Judicii foetus [29] à floribus ingenii, Doctrinae soliditatem, á stili nitore ubique magna sagacitate discernit, commenta rejicit, errata corrigiti abstrusa evolvit, atque arcana nobis recludit, quae tali subsidio destituti, penitus ignorare cogeremur».

     Gregorii Mayansii vita, autore Joanne Christoph. Strodtman, Rectore Gymnasii Osnabrugensis. Wolfenbuttelae 1756. En octavo. Se cree que el autor de esta obra lo fue el mismo Mayans.

     Retórica de D. Gregorio Mayansy Siscar. En Valencia, por los herederos de Gerónimo Conejos año de 1757. Reimpresa en Madrid, en dos tomos en octavo mayor. Tiene esta Retórica entre otras, la ventaja de que los ejemplos están sacados de los mejores escritores españoles.

     Obras y traducciones de Fr. Luis de León, con su vida. En Valencia, por José Tomas Lucas, año 1761. en octavo.

     Ad triginta Jurisconsultorum omnia fragmenta quae extant in Juris Civilis Corpore Commentarii. Genevae apud Fratres de Tournes 1764. En cuarto, vol. 2.

     Francisci Sanctii Brocensis opera omnia, cum auctoris vita. Genevae apud Fratres de Tournes 1766. en octavo, vol. 4.

     Gerardi Meerman, et doctorum virorum ad eundem Epistolae, (inter quas sunt septem Gregorii Majansii) atque observationes de Chartae [30] vulgaris, seu lineae origine. Edidit, ac Praefatione instruxit Jacobus Van Vaaassen. Hagea comitum apud Nicolanum Van Daalen 1767. in octav.

     Idea de la Gramática de la Lengua Latina. En Valencia, por la Viuda de José de Orga 1677. en octavo.

     Gramática de la Lengua Latina, en cinco libros. En Valencia, por la Viuda de José de Orga 1770. en octavo. 5. vol.

     Terentiano, o Arte Métrica. En Valencia, por la Viuda de José de Orga, año 1770. en octavo.

     Prosodia de la Lengua Latina. En Valencia, por José Esteban Dolz, 1768. en octavo.

     Defensa del Rey Witiza. En Valencia, por José y Tomás de Orga 1772. en cuarto.

     Organum Rhetoricum, et Oratorium concinnatum ex Arte Rhetorica Elii Antonii Nebrissensis, cum notis Gregorii Majansi, et ex Institutionibus Oratoriis Petri Joannis Nunnesi. Valentiae, apud Franciscum Burguete, an. 1774. in cuart.

     Institutionum Philosopiae Moralis libri tres. Editio secunda, auctior, et emendatiuo, Matriti, apud Antonium Sancham 1777. in octav.

     Tractatus de Hispana progenie vocis Vr. Madridí, apud Antonium Sancham 1779. in octav.

     Oraciones de algunos Misterios de la Religión Cristiana, es a saber, el Nacimiento, Circuncisión y Pasión de Jesucristo [31] Señor nuestro. En Valencia, por Francisco Burguete, año 1779. en octavo.

     Joannis Ludovici Vivis opera omnia, cum vita Vivis. scripta ab eodem Manjansio. Valentiae Edetanorum, ex Officina Benedicti Monfort, anno 1782. in cuart.

     Estas son las obras impresas de D. Gregorio Mayans, que han llegado a mi noticia. Pero consta que tenía escritas otras muchas. Da noticia de algunas de ellas el mismo don Gregorio en la Acción de gracias a la Divina Sabiduría, Patrona de la Academia Valenciana, que se fundó en Valencia, a solicitud suya por los años de 1743. «y son la Poética española, los fragmentos de san Sulpicio Severo, pertenecientes a España, con algunas notas: los fragmentos de uno y otro Derecho, Civil y Canónico, en cuanto hablan de nuestras cosas: un libro del antiguo comercio de los Extranjeros en las Costas de España: otro de la Cristiandad de España en tiempo de la dominación Mahometana: faltas y enmiendas de la Biblioteca Valentina, o por mejor decir Valenciana; las costumbres de los españoles; la continuación de la censura de Historias fabulosas de D. Nicolás Antonio: el examen de algunos libros y piezas fingidas, como juzgo que son, las vidas de los Padres de Mérida, intituladas a Paulo Diácono, las obras atribuidas al Moro Rasis, la División de los [32] Obispados de España, aplicada al Rey Wamba, muchas Epístolas publicadas en nombres de varios Pontífices, muchas actas de santos compuestas en tiempos posteriores, y llenas de relaciones falsas, de que abunda feamente el Marlirologio Español de D. Juan Tamayo de Salazar; y la demostración de la suposición y falsedad de otras muchas Relaciones, Privilegios y Memorias, indignas de crédito entre hombres juiciosos y eruditos».

     Cuando D. Gregorio Mayans no hubiera trabajado otras obras, bastaban estas para colocarle entre los mejores escritores españoles de nuestro siglo. En ellas se ven tratadas la Gramática, Retórica, Oratoria Sagrada, Filosofía Moral, Historia literaria, Crítica, Jurisprudencia, con novedad, a lo menos, respeto de lo que se había acostumbrado en España hasta su tiempo; las latinas con estilo puro, y las castellanas con estilo sencillo y natural, muy distante de la afectación que reinaba entonces. Pero deben añadirse casi todas las que se publicaron a nombre del señor D. Blas Jover y Alcázar en la famosa causa del Patronato universal, y Concordato con la Corte de Roma, según se demuestra por los originales de ellas, y varias cartas existentes en poder del señor D. Manuel Sisternes y Feliú, Fiscal del Consejo y Cámara, que antes fueron del Ilustrísimo Señor [33] D. Miguel María de Nava, Gobernador del mismo Consejo: y son las siguientes.

     Informe de D. Blas Jover y Alcázar, Caballero del Orden de Santiago, del Consejo de S. M. en el Real de Castilla, y Fiscal de la Cámara, en el pleito con el Prior, y Cabildo de la Real Iglesia del Santo Sepulcro de Calatayud, sobre que debe declararse ser del Real Patronato el Priorato, Canonicatos, y demás Prebendas de dicha Iglesia, y que su presentación pertenece a S. M. absolutamente, sin restricción, ni limitación alguna. 1745. fol.

     Se prueba en él la nulidad del testamento de D. Alonso el Batallador, hecho en el año de 1130. en el cual se dexaba la mayor parte de todos sus reinos al Santo Sepulcro de Jerusalén, y a las otras Órdenes Militares; y destruido aquel principal fundamento con que se impugnaba el Real Patronato sobre aquella iglesia, se prueba este por otros títulos de protección, concesiones apostólicas y conquista, aplicándolos al caso del pleito con mucha novedad, y copia de luces tomadas originalmente de la historia, y del más juicioso examen de las Leyes Civiles y Canónicas. El autor de esta obra es D. Gregorio Mayans, como se colige por el original escrito de letra de su hermano, con muy pocas adiciones de otra mano, y por sus cartas.

     Respuesta al Oficio que pasó con el Rey nuestro Señor D. Felipe V. (de gloriosa memoria) [34] el Reverendo Arzobispo de Nacianzo, Nuncio Apostólico en estos Reinos; contra la demanda puesta en la Cámara, de Orden de S. M. sobre que se declarase ser del Real Patronato la Santa Iglesia de Mondoñedo, sus Prebendas y Beneficios, y sobre la inteligencia del art. 23. del Concordato del año 1737. Por D. Blas Jover Alcázar, etc.

     En 25 de febrero de 1745. hizo la Cámara Consulta a S. M. dándole cuenta de la sentencia de Revista, por la cual había declarado ser del Real Patronato el Priorato de Mondoñedo; y se sirvió S. M. resolver lo siguiente: «Aprobando la sentencia de Revista dada por la Cámara, no solo vengo en que declaré por de mi Real Patronato este Priorato, con sus anexos, y todos sus bienes, regalías y preeminencias, anotándolo como tal en los libros, sino que respecto del fundado derecho que se descubre a favor del Real Patronato, para reivindicar la misma Iglesia enteramente; mando que salga mi Fiscal a la causa, poniendo la demanda correspondiente».

     En cumplimiento de este Decreto, puso el señor Jover su demanda al todo de la expresada Iglesia, concluyendo se declarase ser del Real Patronato, con sus Prebendas, y Beneficios, por los justos y legítimos títulos de fundación, edificación, dotación y conquista que producían los instrumentos presentados [35] en el pleito antecedente, y los demás que de nuevo se presentaron.

     Luego que se hizo notoria esta demanda al Obispo y Cabildo de Mondoñedo, apareció un Oficio del Reverendo Nuncio de S. S. en el cual se quejaba de los procedimientos de la Cámara, reclamándolos como opuestos y contrarios al artículo 23 del Concordato, ajustado entre nuestra Corte y la de Roma en 1737. e imputándola el que no estuviesen ya terminadas las diferencias que en él quedaron pendientes, por no haber respondido a un Papel de S. S. (8) escrito por su misma Sagrada [36] Persona, en el que impugnaba esta regalía, y la de la Jurisdicción de la Cámara para conservarla.

     Felipe V remitió este Oficio al informe de la Cámara, la que tuvo por conveniente dar vista de él al señor Jover, como Fiscal que era, y en su virtud, extendió esta respuesta, en la que en tres Capítulos da satisfacción a todas las quejas que había propuesto el Reverendo Nuncio.

     En el ejemplar que fue del señor Nava, se encuentra la siguiente nota de su letra: «Desde este folio 3 hasta el 20 (que comprende lo doctrinal) todo este Discurso, con muy poca alteración de algunas palabras, es obra de D. Gregorio Mayans, aunque salió a nombre del señor Jover. He tenido el original del mismo Mayans, y lo he cotejado con este impreso».

     Y en una carpeta separada, hay otra nota del mismo señor Nava, que dice así. «Otra copia de este trabajo me remitió don Gregorio Mayans en junio de 1764 y en su vista puse una nota en el impreso que salió a nombre de D. Blas Jover: pero es [37] igual esta a aquella, y ambas fehacientes de ser aquel impreso a nombre del señor Jover, obra de dicho Mayans, como todo, o lo más que salió por entonces a nombre de aquel, y se debe verificar illud».

     Hos ego versiculos feci, etc.

     Informe Canónico-Legal, sobre la Representación que ha hecho al Rey nuestro Señor D. Fernando VI el Arzobispo de Nacianzo, Nuncio Apostólico: escrito de Orden de S. M. por D. Blas Jover, etc. fol. En 1746. En el artículo XVII del Concordato, del año 1737 se había establecido que no se concedieran las coadjutorías sin Letras Testimoniales de los Obispos, que atesten: ser los Coadjutores idóneos a conseguir Canonicatos. A pesar de esta, y otras precauciones que se insertaron en aquel artículo, para evitar los grandes abusos, que con motivo de ellas se habían introducido, lejos de disminuirse, parece que se iba aumentando su número, por la facilidad con que los Ordinarios y Cabildos daban aquellas Testimoniales. Esto fue causa de que S. M. mandará publicar el Decreto, y Auto Acordado de 26 de septiembre de 1745 que después se incluyó en el libro 2 tít. 3 de la Recopilación, por el cual se ordena, que si acerca de las Coadjutorias vinieren Bulas de Roma, se suplique de ellas, y se sobresea en su cumplimiento, no ejecutándolas, ni permitiendo, ni dando lugar a que sean ejecutadas, [38] y se envíen al Consejo para que se vean, y se provea en cuanto a ello lo que conviniere.

     El Nuncio de S.S. con este motivo, escribió una Representación a Felipe V en la cual se esmeró en probar, que el uso de nombrar Coadjutores era una práctica muy antigua de la Iglesia, y así que no se debía privar de esta regalía a la Santa Sede, proponiendo otras razones para inclinar el Real ánimo, a que corriera el uso de las Coadjutorias como hasta entonces.

     En este informe se habla de los esfuerzos que en todo tiempo han hecho nuestros Reyes, y los Prelados más celosos, para que se cortara aquel abuso. De los daños que han causado a España las Coadjutorias, no solamente llenando las Iglesias de sujetos inútiles, y aun viciosos, daño incomparable, sino también extrayendo de la península una porción de dinero exorbitante, pues en tiempo de Luis Cabrera, que escribió la Historia de Felipe II cuando todavía no estaba en el mayor aumento la práctica de aquellas gracias, en solos treinta años salieron solamente de la Corona de Castilla, un millón, y seiscientos mil escudos, y a principios del presente siglo, el ramo de las Coadjutorias, y el de las Dispensas estaba computado en medio millón de escudos romanos, siendo así que de todo el resto de la Cristiandad, apenas se sacaría la tercera parte. [39]

     Después de esta introducción, pasa el señor Mayans a probar que las prohibiciones y aboliciones que se habían hecho en España de las Coadjutorias no eran recientes y novísimas, como había afirmado el Rev. Nuncio, sino tan antiguas como las mismas Coadjutorias, conformes al Derecho Canónico, y particularmente a lo dispuesto por el Sagrado Concilio de Trento en la Ses. 25. de Reform. cap. 7.

     Lo restante del informe se emplea en examinar los ejemplares señalados por el Rev. Nuncio, en prueba de la antigüedad de las Coadjutorias, demostrando por medio de la crítica y de la Historia Eclesiástica, la poca fuerza de aquellos ejemplares, que por la mayor parte, son de Obispos nombrados para ayudar a otros Prelados por su vejez, o accidentes; y la ineficacia de las demás razones alegadas por el Reverendo Nuncio, mezclando oportunamente varios pasajes de la Historia Eclesiástica de España, para dar mayor fuerza a su informe.

     El original de esta obra está también entre los Papeles del señor Sisternes, que fueron del señor Nava, y al principio de letra de éste la nota siguiente: «Esta obra que se imprimió a nombre de Jover, y para cumplir, su oficio de Fiscal de la Cámara, la formó en Valencia D. Gregorio Mayans, con su hermano D. Juan Antonio, de quien [40] está escrita, y estos fueron los que trabajaron cuanto Jover publicó en el grave asunto del Real Patronato, y puntos de los Concordatos de 1737, y 1753».

     Examen del Concordato ajustado, entre la Santidad del Señor Clemente XII y la Majestad del Señor Felipe V de gloriosa memoria, en 26 de septiembre de 1737 que ofrece al Rey nuestro Señor D. Fernando el VI, en su feliz advenimiento al Trono, D. Blas Jover Alcázar, Caballero del Orden de Santiago, de su Consejo Fiscal de la Cámara. En Madrid, a 6 de Enero de 1747. fol.

     Luego que Fernando VI subió al Trono, el Arzobispo de Nacianzo, Nuncio Pontificio, puso en sus manos una Representación, en la cual le hacía presente la obligación de observar el Concordato hecho entre esta Corte, y la de Roma, en el año de 37 y considerando que aquella apresurada diligencia, se dirigía a que S. M. recientemente engolfado en el profundo y delicado mar de los negocios públicos de su Corona, a vista de una pretensión en la apariencia justa, incautamente diese su Real Aprobación; juzgó el señor Jover ser propio de su oficio, y particular obligación al servicio del Rey, representar los gravísimos daños que había causado dicho Concordato, los cuales se perpetuarían y serían mayores, si S. M. lo. confirmase. El Rey, deseando que tan importante negocio se [41] volviera a examinar con madura circunspección, mandó al señor Jover que dijera la que se le ofreciese, y pareciese en razón de la última instancia, del Nuncio Pontificio, y lo que en conciencia y justicia se podría responder a ella, sin perjudicar a la autoridad de la Santa Sede, ni los Derechos y Regalías de S. M. El Señor Fiscal escribió con aquel motivo este Papel, en el cual cotejando todas y cada una de las proposiciones del Concordato con las Leyes de España, y los Sagrados Cánones, y con hechos sacados, unos de la Historia nacional, y otros justificados legalmente, prueba las pocas ventajas que había logrado España con aquel Concordato.

     El original de esta obra tiene una nota al margen de letra del señor Nava, que dice así: «Esta obra es el original que trabajó en Valencia D. Gregorio Mayans y Siscar, y salió en Madrid impresa (con muy poca diferencia), a nombre de D. Blas Jover, Fiscal de la Cámara, de cuya orden lo hizo, ayudado de su hermano D. Juan Antonio Mayans, de quien es la letra».

     Además de los documentos que acabo de referir, en prueba de haber sido D. Gregorio Mayans el autor de la mayor parte obras publicadas por el señor Jover, sobre el Patronato Universal, pondré también copia de la carta que éste último le escribió a los [42] principios de su correspondencia, sacada de un borrador suyo, y de otra del señor Mayans, entresacada de más de cuarenta y ocho, que existen originales en poder del mismo señor Sisternes. La del señor Jover dice así: «Amigo y señor mío: Confiando tanto de la habilidad de Vmd., y de nuestro D. Juan Antonio, como desconfío de la mía, y animado de las experiencias que tengo de amistad y fineza de ambas; me tomo la libertad de cansar a Vmd. en un asunto que por delicado y peligroso no me atrevo a proceder con solo mi dictamen. Y para asegurar mi acierto en un asunto que puede tener consecuencias interesantes, respeto de que se va conociendo el daño, y de que se desea el remedio, me es preciso recurrir a ambos, para lograrle con mi desempeño, remitiendo a su juiciosa censura los documentos siguientes...

     »Tengo presente que Vmd. me advirtió que en estas materias no debían traerse ejemplares de Emperadores Gentiles, ni sospechosos; pero en el Papel de Nápoles, señalado bajo el número 3, hallará Vmd. los que para exornar recoge el autor, y que juntos a lo que yo expongo en mi extracto del número 2, se puede hacer por su orden un catálogo, que por su antigüedad autorice mucho, a razón de ejemplares, lo [43] que en todos tiempos han hecho y podido hacer los soberanos, sin ofensa de la Iglesia, ni de su Sagrada Cabeza, y que esta erudición a que a Vmd. si quiere sabrá aumentar mucho más, bajo la solemne protesta que contiene el trabajo del Ministro de Nápoles, se puede exponer de suerte que la venerable antigüedad autorice con irrefragables testimonios de S.S. Padres, Cánones Sagrados, y dignísimos Pontífices, lo que sin tocar a la potestad de las llaves, propia de la Sagrada Persona, han hecho y podido hacer nuestros Soberanos, y muy particularmente el Rey nuestro Señor, justamente favorecido de la Santa Sede, Fundador, Dotador, y Patrono de las Iglesias de sus Reinos.

     »Yo creo que desengañado el Ministerio de lo que conviene al todo de la Nación mantener nuestras antiguas costumbres, las leyes del Reino, y la Autoridad Real, y de lo que a todos y a la misma Iglesia y Prelados de España perjudicará el abandonarla a la codicia de los extranjeros, se nos mandará decir y fundar nuestro dictamen a los que hemos hecho voto particular; y aunque con los Documentos que remito a Vmd., y lo que nuestros libros dan de sí, me parece podría hacer algo, nunca sería con aquella seguridad, y satisfacción que me da el justo concepto que [44] tengo de la mayor habilidad de Vmd. y del señor D. Juan Antonio, temiendo incidir en algunos anacronismos de la Historia u del Derecho que inutilicen mi trabajo; porque ciertamente se mirará con microscopio, y con pinzas le sacarán los defectos.

     »Por esto quisiera que Vmd. sobre los especiales favores que me tiene hechos, y nuestro D. Juan Antonio, se tomasen la pena de examinar los borrones que remito a su censura, y reglarme un voto magistral con ellos, y lo demás que pueden poner de su casa, sin superstición, en que diésemos a Dios lo que es de Dios, y al César lo que es del César, porque firmemente creo y espero que ha de mejorar el sistema, y me persuado al ver que se ha vuelto como vino el señor cardenal Portocarrero, sin las satisfacciones que se prometía, en las graves controversias pendientes.

     »Y pues Vmd., y el amigo D. Juan Antonio me favorecen por su propia virtud, y hasta aquí han disimulado mis impertinencias, ayúdenme por su vida a quietar mi ánimo, y a dar esta nueva prueba de amor al Rey, sin emulación a la Santa Sede, que solo deseo que conteniéndose en sus justos límites, no nos trate peor que a los pobres Finalines en fe de nuestra piedad mal entendida, abusando de ella contra la purísima intención de su Beatitud. [45]

     »Y siendo este el caso en que más necesito de la amistad y fineza de Vmd. y su hermano, espero me la continúen, y que útil o inútil, contarán conmigo para cuanto sea de su servicio, ínterin ruego a nuestro Señor guarde a Vmd. muchos años, como deseo. Madrid 12 de mayo de 1745. Señor, D. Gregorio Mayans».

     La siguiente carta del señor Mayans, además de probar cuanto defería el señor Jover a su censura, manifiesta al mismo tiempo su juicio y delicada crítica, la que debieran aprender muy particularmente todos cuantos se dedican al noble estudio de la jurisprudencia.

     «A. D. Muy Señor mío: Ayer recibí el informe de V. S. le he leído con gusto y admiración, por la multitud de noticias, así legales como históricas, y por la claridad conque están expresadas; y lo digo con toda verdad; pero como V. S. quiere que yo me explique según ella, y mi genio mal contentadizo, usando de todo el rigor de la crítica, y interesándome en el mayor lucimiento de V. S. digo, que es conveniente refundir todo el informe, dando mayor fuerza a las razones robustas, quitando las sofísticas, o nuevamente aparentes, cercenando las leyes que no tienen vigor, ni son comprobantes de aquellas, por las cuales se debe juzgar, no haciendo caso de la doctrina [46] de los Pragmáticos, que no sea conforme a las leyes de Aragón, según las cuales se debe tratar este asunto, y procurando fundar en instrumentos y historias coetáneas todo lo que se dijere: de manera que V. S. publique un informe como si fuera de D. Juan Lucas Cortés, que ha sido el único letrado de nuestro siglo, perfectamente erudito. Yo prometo a V. S. pensar el asunto demostrativamente, de suerte, que la parte contraria no tenga que responder, y que diga el Padre Confesor que así debe escribirse. De hoy en 15 días enviaré a V. S. el informe en toda forma, y de letra de mi hermano. Hoy he despachado, a Valencia un criado, para que me traiga los fueros de Aragón, si acaso se pueden hallar en aquella ciudad. Sino tendré paciencia, y lo supliré como podré. Comprendo toda la idea de V. S. y asimismo el deseo de agradar a sus antecesores y compañeros, a quienes satisfaremos cumplidamente; pero de manera, que el juicio de V. S. no quede desautorizado, y sus amigos se tengan por bien alabados. En lo que toca a las citas V. S. ya no se ha de considerar en la clase de los Pragmáticos, que por afectar noticias, en cada línea ponen una docena de citas. Tiene V. S. otra mayor representación, y debe hablar como un Consejero sabiamente, consumado. Por esta razón siendo cosa indubitable, [47] que la división contribuye a la claridad, y que cualquiera sabe esta regla de lógica, es impertinente alegar en comprobación de ésta a Lambertino. Lo que importa es dividir cuando lo pide la claridad, y no ostentarlo. Lo mismo digo de otras muchas citas, sobre cuya verdad nadie puede dudar. La verdadera erudición consiste, no en amontonar citas, sino en escoger las razones más fuertes, y las noticias más verídicas y puntuales, sacadas de las primeras fuentes de la Historia. Y esto es lo que V. S. verá ejecutado con toda la brevedad posible; pues mientras yo examino la doctrina del informe, mi Juan Antonio recoge otras noticias, necesarias conque se dará otra alma a la justicia de esta causa; y con mayor brevedad diremos unas cosas todas verdaderas y bien probadas. De manera, que V. S. experimente, que el deseo de servirle es igual a la confianza de tan gran favor, y la representación de V. S. de mantenedor, y promovedor de los derechos de S. M., que con el favor de Dios hemos de ver ensanchados, y muy estrechada la codicia romana.

     »Repitome a los pies de mi señora doña Francisca, y a la obediencia de mi estimadísimo amigo el señor don Jacinto, en cuya compañía Dios guarde a V. S. muchos años como deseo y he menester. Oliva a 29 de mayo de 1745. B. L. M. de V. S. su mas [48] obligado servidor don Gregorio Mayans y Siscar, señor don Blas Jover Alcázar, del Consejo y Cámara del Rey nuestro Señor, en el Real de Castilla».

     Observaciones sobre el Concordato del Santísimo Padre Benedicto XIV y del Rey Católico don Fernando VI. Las ofrece a la memoria de los españoles, y las dedica a su Rey y señor, (que Dios guarde), don Gregorio Mayans y Siscar. En Madrid, año de 1753. MS. Esta es la obra que más hubiera acreditado a D. Gregorio Mayans, si se hubiera llegado a publicar. Porque además de comprender un docto Comentario del Concordato, en el cual se expresan los fines que lo motivaron, los agravios que contenía contra la España el del año de 1737, las diligencias principales que precedieron para el actual; y las ventajas que con él ha logrado nuestra Nación; se trata en él de los mas principales puntos del Derecho Canónico, esto es de los límites de ambas Potestades, de las Reservas Coadjutorias, Pensiones, Cédulas Bancarias, origen y extensión del Patronato Universal de los Reyes de España, de la jurisdicción eclesiástica y secular, etc., concluyendo su obra con un cotejo de este Concordato con el de París de 1714, y el de España de 1737, en el que manifiesta la preferencia, y las ventajas del año de 1753, ponderando al fin en particular las tres grandes utilidades que este ha producido, [49] a saber la mayor proporción para la buena elección de los Ministros de la Iglesia, la reforma del estado eclesiástico, y el alivio de la monarquía.

     Habiendo solicitado el señor Mayans la licencia para la impresión de esta obra, se pasó a la censura del Excelentísimo Señor Don Manuel de Roda, que entonces era abogado. La que dio fue muy favorable al mérito de las Observaciones; pero al mismo tiempo fue de dictamen que no convenía su publicación, porque la calidad de los asuntos que en ella se trataban, lejos de producir la utilidad que el autor deseaba, esto es la instrucción pública, podía ser perjudicial, sujetando nuevamente a la discusión materias ya declaradas y decididas. Dictamen propio de la política taciturna del señor Roda, y al que no faltaría bastante que reponer. Este famoso abogado, ministro, y gran literato al mismo tiempo, aunque no quiso, o no pudo por sus graves ocupaciones, publicar ninguna obra, extendió con este motivo algunas reflexiones sobre las observaciones del señor Mayans, aumentándolas con mucha copia de erudición y doctrina. Es sensible que sean tan raras estas dos obras, acaso las mejores, o a lo menos de las principales que se han escrito en nuestra jurisprudencia.

     Murió D. Gregorio Mayans, día 21 de diciembre del año 1781, y está sepultado en [50] la Iglesia Metropolitana de Valencia, delante del Altar de S. Agustín.

     MAYANS (D. Juan Antonio) Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de Valencia. Habiendo vivido cincuenta y cinco años el señor D. Juan Antonio al lado de su hermano don Gregorio, no podía menos de haber hecho progresos en la literatura, mucho más habiendo observado un consejo que este le dio, y que yo quisiera se impresionase fuertemente en los que desean adelantar en la carrera de las Letras. «Le aconsejó dice Ximeno (9), que leyese siempre con la pluma en la mano, observando y apuntando, todo lo más notable alfabética y cronológicamente: alfabéticamente, para hallar con facilidad todo lo observado y notado; cronológicamente, para la distinción de los tiempos; y con separación de ciencias, para recoger mejor los asuntos». Este es el modo como han estudiado los sabios, y el que prescriben en sus escritos, particularmente Muratori, Heineccio, Genovesi, etc.

     Ilici, Villa de Elche, ilustrada con varios discursos. En Valencia, por Francisco Burguete, año 1771. En cuarto. Se trata en esta obra del sitio de la antigua Ilici, y se proponen varias conjeturas sobre su extensión y grandeza, fundadas [51] en varias medallas y en la historia, arreglándose con la exactitud posible, particularmente la Cronología de sus Obispos.

     Catecismo o Exposición de la Doctrina Cristiana, compuesto por el Señor Obispo Fitz-James, Obispo de Soissons. En Valencia, por Benito Monfort, año 1770. Dos tomos en octavo.

     Notas y Observaciones a la División de los Obispados de España, atribuida al Rey Wamha. El fin de esta obra es probar la falsedad de dicha división, ilustrando al mismo tiempo lo más recóndito de la Corografía Eclesiástica de España.

     Notas seguidas sobre la Descripción de España, que hizo Mahomet Ben Mahomet Scherif Al-Edrissi, conocido por el nombre de Geógrafo Nubiense. El fin que tuvo para escribir esta obra, fue probar lo que su hermano don Gregorio apuntó en la Vida de D. Nicolás Antonio, num. 148, que las Obras históricas atribuidas a Rhasis son falsas: después de lo cual el Padre D. Gerónimo Contador de Argote, clérigo regular, escritor de mucha y varia lectura, en las Memorias del Arzobispado de Braga, lib. 5, cap. 1, disc. 6, confesó que teniendo dichas obras de Rhasis tres partes: la primera de la Geografía de España; la segunda de la entrada y dominio de los Romanos, y de los Godos, en España; y la tercera, de la entrada y dominio de los Moros, hasta la muerte de Alacan, hijo de Abderramán; [52] le parecía que la primera es tolerable, y que las otras dos están llenas de fábulas y patrañas: siendo así que la primera de la Geografía de España, es igualmente fabulosa que las otras dos, y que de su cotejo con la Geografía del Nubiense, se colige manifiestamente ser apócrifa; y este es el intento, y el asunto de esta obra.

     Notas seguidas al Cronicón de Barcelona, que imprimieron Lucas de Acheri, tom. 10. Spicilegii, pág. 621, y el Cardenal de Aguirre, tom. 3. Concilior. Hispan.

     Notas seguidas al Cronicón de Coimbra, que publicó el P. D. Antonio Caetano de Sousa, clérigo regular, en el tom. I de las Pruebas de la Historia Genealógica de la Real Casa Portuguesa.

     Notas seguidas a los Anales Valencianos, que fenecen en el año 1481, los cuales están escritos en lengua valenciana, son rarísimos, y sirven mucho para fijar el tiempo de muchos reinados, y sucesos memorables.

     Tratado de la Cristiandad Mozárabe de España.

     Discurso de la voz Briga.

     Acción de Gracias a la Divina Sabiduría, Patrona de la Academia Valenciana. Impresa en Valencia, por la Viuda de Antonio Bordázar 1747. En cuarto.

     Merece leerse lo que en elogio del señor D. Juan Antonio Mayans, y su hermano don [53] Gregorio, dice el P. Florez en el prólogo del tomo 4 de la España Sagrada.

     MELÉNDEZ VALDÉS, (el Dr. Don Juan), Catedrático de Prima de Letras Humanas de la Universidad de Salamanca, Académico Honorario de la Real Academia de San Fernando, y Socio Literato de la Real Sociedad Vascongada. Batilo. Égloga en alabanza de la vida del campo, premiada por la Real Academia Española, en junta que celebró el día 18 de marzo de 1780. Su autor, etc. Por don Joaquín Ibarra. En cuarto mayor.

     El autor del Nuevo Viaje de España, hecho en 1777 y 1778, nota en los españoles la poca afición a las delicias del campo, trayendo por prueba de ella, las pocas obras que tienen acerca de la bucólica, por no haberse publicado hasta aquel año otra más que el Observatorio rústico de don Francisco Gregorio de Salas. Y concluye con esta observación: «¿No podría atribuirse a este poco gusto que los españoles tienen, a los deportes del campo, su ineptitud para todo lo que son obras de sentimiento? El clima en que viven es ardiente, por lo cual diseca la fibra y la entorpece. Si tuvieran más sensibilidad, amarían más el campo. Pero ellos quieren vivir en el pueblo: y así en sus obras no hay más que imaginación, y en sus amores pasión y galantería. (10) Pudiera demostrarse cuán superficial [54] es la observación de aquel viajero. Pero no siendo este lugar oportuno, bastará leer las de Mr. de Saint Euvremont, de la misma nación, y mucho más filósofo que él, sobre la disposición de los españoles, para las obras de expresión y sentimiento (11). Después del viaje de aquel autor, han parecido otras obras en la misma clase que manifiestan igualmente la precipitación de su censura. La Real Academia Española propuso para el premio de poesía del año 1780 una Égloga en alabanza de la vida del campo, con cuyo motivo se imprimieron esta del señor Meléndez, y otra de D. Tomás de Iriarte. En el mismo género se ha publicado la siguiente comedia pastoral, a la que no sé yo si tendrán los franceses mismos otra que oponer.

     Las Bodas de Camacho el Rico. Comedia Pastoral, premiada por la Villa de Madrid, para representar en el teatro de la Cruz, con motivo de los festejos públicos, que ejecuta por el feliz nacimiento de los Serenísimos Infantes Carlos y Felipe, y ajuste definitivo de la Paz. Su autor, [55] etc. Madrid 1784. Por D. Joaquín Ibarra. En cuarto mayor.

     Se ha notado, dice, Mr. Trublet, en sus Ensayos de Literatura y de Moral, que Don Quijote no ha probado bien en el teatro, aunque nos divierte mucho en el libro que lleva su nombre, de lo cual señala algunas causas. Con efecto se sabe, que solo en el teatro francés hay por lo menos siete dramas, sacados de la historia de D. Quijote con poco feliz suceso. Pero la dificultad de agradar en el teatro cualquiera aventura de Don Quijote, es mucho mayor en el español: porque a las causas que señala Mr. Trublet, se añade la de no poderse alterar la más mínima cosa, tanto en el carácter y costumbres, como en el enlace de los hechos, sin chocar inmediatamente con el vulgo, que sabe aquella historia acaso mejor que el Catecismo; con lo cual se le priva al que la haya de tratar de muchos rasgos y recursos, que podría suministrarle su imaginación. A pesar de estas dificultades, el señor Meléndez supo conservar muy bien el carácter del caballero de la triste figura, y de su escudero, sin alterar notablemente la trama de Cervantes.

     Mas no consiste en esto el mérito principal de las Bodas de Camacho. D. Quijote y Sancho Panza, no son en el plan de esta comedia, más que unos personajes subalternos o menos principales. La acción principal está concebida [56] entre unos pastores, cuyo carácter tiene otra dificultad más grande en agradar al público en la comedia, por cuanto su sencillez no da campo a la imaginación, ni para variar el estilo, ni para disponer el enredo de la fábula, de modo, que el espectador este continuamente suspenso, y con cierta alternativa de sentimientos, hasta la conclusión del drama. En esta parte es innegable que el señor Meléndez tuvo mucho más que hacer, que el Taso en su Aminta, la cual no se escribió para representarse en ningún teatro. Y en el estilo tampoco creo que le llevará muchas ventajas el italiano, como no sea la de haber escrito primero. Para formar alguna idea, puede leerse la siguiente muestra.

                        Pared en medio la enemiga mía
de mi casa vivía:
casi a un tiempo nacimos,
y juntos nos criamos,
y casi ya en la cuna nos amamos,
apenas empezaba
a hablar aún balbuciente,
ya con gracia inocente
decía que me amaba,
y a mis brazos corría,
y los suyos me daba, y se reía
yo la amaba también, y con mil juegos
pueriles la alegraba,
ya travieso saltando
tras ella en la floresta, [57]
va su voz remedando
con agradable fiesta,
ya en pos de algún nevado corderillo
corriendo en rededor de los rediles,
o acechando el pintado jilguerillo
en las varas sutiles
llenas de blanda liga.
Voluntad tan acorde y tan amiga
jamás fue vista en una edad tan breve,
el par más fiel de tórtolas amantes
en el más hondo valle retiradas,
y solo a acariciarse abandonadas,
eran para los dos ejemplos leve.
Una la voluntad, uno el deseo,
una la inclinación, uno el cuidado,
amar fue nuestro empleo
sin saber que era amor; en tanto grado
que ya por la Alquería
de todos se notaba y se reía
nuestra llama inocente.
Después en la puericia floreciente
mi viejo padre a gobernar me puso
el hato de mis cabras, y su padre
igualmente dispuso,
que ella a pastar por los alegres prados
sacase sus ganados.
¡Ay! ¡qué felices días!
¡Qué sencillas y puras alegrías!
Si ella se enderezaba hacia un otero,
yo estaba allá primero;
y si al valle bajaba, [58]
en el valle esperándola me hallaba.
No hubo flor, no hubo rosa de mi mano
cogida, que en su seno no parase;
no hubo dulce tonada
que yo no le cantase;
ni nido que en su falda no pusiese.
Mis cabritos saltando la seguían,
y la sal sus corderas me lamían
en la palma amorosas.
De esta suerte las horas deliciosas
pasábamos felices,
cuando un deseo de saber nos vino
que era amor, de manera
cual si un encanto fuera:
y a un zagal ya maestro preguntando,
«un Niño hermoso, respondió burlando,
halagüeño, festivo, bullicioso,
con alitas doradas,
que causa mil placeres y dolores.
Gusta de los pastores,
y de edad floreciente:
el pecho agita, y mil suspiros cría;
hace hablar a los rudos dulcemente,
hace velar, y el corazón abrasa.
Y olvidada del ganado,
pensando solo en el sujeto amado,
y solo con su vista da alegría».
Quiteria se encendía,
y yo turbado estaba aquesto oyendo,
consigo mismo cada cual diciendo:
yo me agito, y suspiro, [59]
yo canto dulcemente, y yo me abraso,
velo, me quejo, y lloro,
¡ay! Quiteria. ¡Ay! a Basilio adoro.

     Sé que el Autor piensa en hacer otra edición de esta comedia, y en corregir algunos defectos, que se le han notado.

     Poesías de D. Juan Meléndez Valdés, Dr. en Leyes y Catedrático de Prima de Letras Humanas de la Universidad de Salamanca. Tomo I. Madrid 1785. Por D. Joaquín Ibarra. En octavo. Con ocasión de anunciar esta obra los autores de las Efemérides literarias de Roma, en 23 de julio de 1785 dicen lo siguiente. «Le belle lettere sono andate quasi dé pari paso in Ispagna è in Italia; si sollevarono, é toccarono quasi l'apice della perfeccione nel cinquecento; deviarono poi dalla buona strada, è diedero in mostruose stravaganze nel secolo, susseguente, é finalmente furono richiamate á miglior vita nel secol nostro. Le poesie che ora annunciamo ci somministrano una bella pruova di quest'ultima rivoluzione, e di questo felice ritorno ai sani e veri principii del buon gusto che ha fatto in Ispagna, come in Italia, la bella ed amena letteratura. I pensieri è i sentimenti vi si mostrano alto stesso tempo è naturali è nobili, e lo stile, senza esser gitanesco e gonfio, come quello di Gongora e de suoi seguaci, non è neppure prosaico ò plebeo, come lo e in molti poeti di oggidi, i quali dum vitant stulti vitia, in contraria currunt. [60] Sono tutte del genere lirico le poesie di questa graciosa e gentil raccolta; ma ve ne sono di varie tinte e diverso stilo. Ve ne sono molte intitolate anacreontiche, è che veramente son tali, è per gli argomenti loro, e per la delicatteza è leggiadria con cui questi son manegiati. Vi sono canzoni e sonetti, cosi platonici e sostenuti, che Petrarca stesso non avrebbe à sdegno di averli fatti. Vi si leggono finalmente alcune odi di più elevato è pindarico stile, come sono per es le due ultime della prima parte, una in cui si cantan le lodi di Dalmiro insigne poeta, e l'altra quella della pittura, che fu recitata nella pubblica sessione tenuta nell' anno 1781 dall' accademia delle belle arti di Madrid por la distribuzione de' premii». Y para dar alguna muestra del estilo y gracia del autor, se copia el soneto que empieza: suelta mi palomita pequeñuela, traducido en italiano.

     El autor tiene ya preparado para la impresión el segundo tomo, el cual contendrá las poesías siguientes: El Cántico de muerte. = Himno a la naturaleza. = Los cielos. = Las pasiones y la virtud, elegías. = La dignidad del hombre. = Locura y vanidad de sus deseos. = Lo incomprensible de Dios. = La prosperidad del malo. = La noche y la soledad. = Canción fúnebre a su amigo D. José Cadalso. = Reflexiones en un templo. = La caída de Luzbel.

     Creo que no desagradará una muestra de [61] las poesías de este tomo: y así pondré aquí el principio de la Canción en la muerte del Coronel D. José Cadalso, de quien también se ha hablado en esta Biblioteca.

                       Silencio augusto, bosques pavorosos,
profundos valles, soledad sombría,
altas, desnudas rocas,
que solo precipicios horrorosos
presentáis a mi débil fantasía.
Tú que mis ojos a llorar provocas,
y al hondo abismo tocas,
¡oh fuente de la cumbre despeñada!
Marchitos troncos, que la edad primera
visteis del tiempo, y me cerráis la entrada,
con frente altiva y fiera,
de la luna que baña en luz el mundo
y a doblar sale mi dolor profundo.
 
   ¿Vuestra más triste y fúnebre morada
do está, y el laberinto mas umbrío,
do mi melancolía,
del silencio y el duelo acompañada,
se pierda libre? El sentimiento mío
huye la luz del enojoso día,
y el gozo y la alegría,
cual el ave nocturna el sol dorado.
Solo este valle lóbrego y medroso,
de peñas y altos árboles cercado,
que en eco lastimoso
el nombre infausto de mi amigo suena,
mi pecho adula y su dolor serena. [62]
Aquí algún tiempo en pláticas sabrosas
las fugitivas horas engañamos:
aquí su lira de oro
pulsando arrebatado en las fogosas
alas del genio absortos le escuchamos:
de los luceros el brillante coro
con su trinar sonoro
suspendió aquí también, cuando elevaba
mi tierno numen a la inmensa alteza
del ser inaccesible, o le enseñaba
a vencer la aspereza
de la virtud, con generoso aliento.
¡Oh triste!¡Oh cómo esta memoria siento!
 
   ¡Ay! ya todo acabó. La mano dura
de la muerte cruel, aquella mano
que de sangre empapada
agosta la grandeza y la hermosura,
como a la rosa el áspero solano,
le arrebató a la luz desapiadada.
Su lúgubre morada
en un punto le abrió, y allí cerrado
con llave de diamante la espantosa
eternidad le guarda aprisionado.
En tiniebla horrorosa
con él las cosas todas fenecieron,
y ante sus ojos como sombra fueron.
 
   ¡Terrible eternidad! ¡vasto océano
donde todo se pierde! ¿qué es la vida
contigo comparada? [63]
¿Do no llegó tu asoladora mano?
Naturaleza ante tus pies rendida
al abismo insondable de la nada
desciende despeñada
por tu inmenso poder: el luminoso
rey del día, esta luna, estos sagrados
cielos serán un tiempo en horroroso
caos por ti transformados;
¿o puede el hombre, el polvo deleznable
aún excitar tu sed jamás saciable?
 
   ¿Pudo mi dulce, mi infeliz amigo
tus iras encender? El virtuoso
Dálmiro ¿qué te hacía
para un tan duro y bárbaro castigo?
¡Oh mi Dálmiro! ¡Oh nombre doloroso
cuanto un tiempo suave al alma mía!...
Detén la mano impía,
¡Oh muerte! ¡Oh cruda muerte!... El golpe parte,
el suelo tiembla al hórrido estallido
y nada basta ¡oh bárbara! a aplacarte.
¡Ay! yo le veo tendido
sobre la arena, desangrado, horrendo,
el último suspiro despidiendo.
 
   Imagen cara, amigo desdichado
Dálmiro, mi Dálmiro, etc.

     En prosa tiene el señor Meléndez escritas las siguientes obras: Tristemio, diálogos lúgubres, en la muerte de su padre. = Reflexiones sobre [64] el lujo. = Reflexiones sobre la historia. = Cartas de Ibrahin. = Ensayo sobre la propiedad, y sus defectos en la sociedad civil.

     MERINO DE JESU CHRISTO, (el P. Andrés), religioso profeso de las Escuelas Pías, de la Provincia de Castilla. Escuela de leer letras cursivas antiguas y modernas, desde la entrada de los Godos en España, hasta nuestros tiempos. Su autor... En Madrid, año de 1780. Por D. Juan Antonio Lozano. En folio. D. Cristóbal Rodríguez escribió en tiempo de Felipe V, una Biblioteca Universal, que así quiso intitular a la obra en que se propuso recoger muestras de todos los géneros de letras que se habían usado en tiempos antiguos, para facilitar la lectura de los instrumentos que en ellos se escribieron; cuya obra publicó D. Blas Antonio Nassarre, Bibliotecario mayor de S. M., con una docta prefación, sobre el origen y variaciones más principales de las mismas letras. En tiempo de Fernando VI, escribió el P. Burriel, la Paleografía Española, con el mismo objeto, la cual se imprimió a nombre del P. Terreros en el Espectáculo de la Naturaleza que este tradujo, y también separadamente.

     El P. Merino, considerando la importancia de que una obra como esta saliera con toda la perfección posible, se fue a Toledo, en donde examinó atentamente por sí mismo, y dirigió las copias de la mayor parte de los instrumentos, [65] no solamente de los que publicó de nuevo, sino también de los que habían impreso Rodríguez y Burriel, en los cuales corrigió bastantes yerros que habían cometido. El método que observa es el más adecuado. Pone primero un pedazo del instrumento con la misma forma de letra que está en el original, y luego el mismo en letra cursiva. Después varias reflexiones sobre el carácter de la letra; y no pocas veces algunas observaciones útiles, sobre el contenido de los mismos documentos. Pueden citarse entre éstas las que trae en la pág. 165. sobre las varias clases de hombres y tributos; y en la 185, sobre el verdadero valor de los maravedises antiguos, en lo que corrige al señor Cantos Benítez.

     Poema. La mujer feliz dependiente del mundo y la fortuna. Obra original, dedicada a la Serenísima Señora Princesa de Asturias, Doña Luisa de Borbón. Su autor, el filósofo incógnito. Segunda edición. Madrid, en la Imprenta Real 1786. Tres tomos en octavo. Esta obra está escrita a competencia del Hombre Feliz del P. Almeyda, de la que es continuación.

     En el prólogo se hace alguna crítica de aquella obra, y se da el plan de ésta. La moral de la Mujer feliz, no es menos pura que la del Hombre feliz, con la diferencia que el P. Almeyda pintó a su héroe, como independiente del mundo, y la fortuna; y el P. Andrés como dependiente de los dos. El estilo del P. [66] Almeyda es más florido y poético. El del P. Andrés más natural, aunque no por esto deja de tener la energía correspondiente, para pintar con exactitud las varias escenas de su poema. Ambas obras son muy útiles para la instrucción de la juventud, y si se comparan con el Amadís, la Celestina, la Eufrosina, las novelas de Zayas y de Lope, las novelas sin las vocales, y otras obras de esta clase, que formaban la biblioteca de los petimetres o galanes de aquellos tiempos, se verá la poca justicia con que se prefieren en muchas cosas al nuestro.

     El P. Andrés tradujo también las Oraciones selectas de Cicerón; cuidó de la edición, de los autores latinos que se traducen en las aulas de las Escuelas Pías, y trabajó otras obras, de las que no he podido adquirir noticia individual.

     MOHEDANO, (los PP. Fr. Rafael, y Fr. Pedro Rodríguez) lectores jubilados, y Padres de Provincia en la de Terceros de Andalucía, en el Convento de S. Antonio Abad de Granada, y Académicos de la Real Academia de la Historia.

     Historia literaria de España, desde su primera población hasta nuestros días. Origen, progresos, decadencia y restauración de la Literatura española, en los tiempos primitivos de los fenicios, de los cartagineses, de los romanos, de los godos, de los árabes, y de los Reyes Católicos, [67] con las vidas de los hombres sabios de esta nación, juicio crítico de sus obras, extractos y apologías de algunas de ellas: Disertaciones históricas y críticas, sobre varios puntos dudosos, para desengaño e instrucción de la juventud española. Nueve tomos en cuarto, impresos en Madrid en varias imprentas, y años, desde el de 1766. Precede a toda la obra un prólogo, en el cual se trata de la necesidad de la Historia Literaria de España, y se expresa con más extensión y puntualidad, lo que ofrece el título de la obra. El primer tomo de esta comprende dos libros, sobre la cultura, gobierno, leyes, artes y ciencias de España desde su primera población, hasta la venida de los primeros extranjeros a sus costas; y desde esta hasta la de los griegos y cartagineses. Contiene también seis disertaciones, sobre los nombres de España, y viajes de los antiguos, desde el Mar Rojo, hasta Cádiz, sobre los primeros pobladores de esta Península: los reyes fabulosos que muchos ponen en ella en los tiempos primitivos; sobre la antigüedad de Tyro, y la grandeza en que se vio por algún tiempo; sobre las escuadras que Salomón enviaba a España, y las riquezas que le conducían; y sobre los españoles sicanos, primeros pobladores de Sicilia. Este primer tomo se reimprimió en 1769.

     El tomo segundo, dividido en dos volúmenes, comprende tres libros, en los que se trata [68] de la literatura española, originada de los celtas, y otras naciones antes de la venida de los griegos y cartagineses; de las colonias griegas establecidas en España, y de la cultura que de ellas pudo resultar a los españoles; y del gobierno, artes y ciencias de estos durante la mansión de los cartagineses en esta Península. El segundo volumen son tres disertaciones, sobre varias gentes y personajes que se dice vinieron a España, sobre los viajes a esta de los griegos, colonias que establecieron, y ciudades que fundaron, y sobre el comercio, navegaciones y marina de los antiguos españoles.

     En el tercero tratan de la literatura de los romanos, y de la instrucción que de ellos pudo derivarse a los españoles, y de la cultura de estos, desde la venida de aquellos, hasta el fin del Imperio de Augusto, y principio de la Era Cristiana, con una Disertación, sobre las armas de los antiguos españoles.

     Se empieza a hablar en el tomo cuarto de los escritores Españoles del tiempo de Augusto, y particularmente de L. Corn. Balbo; cort la segunda parte de la Disertación, sobre la marina y comercio de los antiguos españoles.

     En el quinto se continúa hablando de los escritores españoles del tiempo de Augusto, y del de Tiberio, esto es, de Cayo Julio Higino, de M. Porcio Ladrón, Junio Galión, Quintiliano el antiguo, Cornelio Hispano, [69] Víctor Statorio y Sextilio Hena, Clodio Turrino, padre e hijo, y Gavio Silón.

     Sexto. De la literatura de los españoles, desde la Era Cristiana, e Imperio de Tiberio, y particularmente de M. Anneo Seneca.

     El séptimo es una Disertación apologética, sobre la corrupción de la literatura y elocuencia romana, su época y causas, y defensa de los españoles, especialmente de Marco Séneca, y la familia Annea.

     El octavo trata de la vida y escritos de Colúmela.

     El tomo último, contiene las vidas y escritos de Junio Galión, el padre y el hijo, y la de Pomponio Mela.

     Apología del tomo V de la Historia Literaria de España, con dos cartas sobre el mismo asunto, que sirven de introducción. Madrid 1779. Por D. Joaquín Ibarra. En cuarto. Se responde en ella a varias objeciones, que se habían hecho contra la Historia Literaria en general, y más particularmente contra el tomo V. Y siendo una de ellas, que en esta obra no se encontraba observación alguna original, ni pensamiento nuevo, se añaden al fin en dos apéndices, dos listas, una de lo nuevamente descubierto en el tomo V que no se halla en la Biblioteca de D. Nicolás Antonio, y otra de lo descubierto, y añadido sobre la Literatura Española en los tomos antecedentes.

     Además de estas obras, me consta que [70] los PP. Mohedanos tienen trabajadas las siguientes Memorias de la vida de Fr. Alfonso de Castro, con este título: De vita et scriptis Alfonsi a Castro, Franciscani Theologi, Commentarius. = De divina Praescientia, Praedestinatione, et Gratia Tractatus Theologici. = Varias cartas eruditas, sobre diferentes puntos de Historia y de crítica, y algunas apologéticas. = Disertaciones históricas y geográficas, sobre los pueblos célticos, y otros antiguos de España, contra las opiniones de algunos modernos. = -Disertación, sobre la Historia, y ediciones del P. Juan de Mariana. = Defensa de la nación española, su gobierno y literatura, contra algunos modernos extranjeros. = Reflexiones sobre la Literatura española de los tres últimos siglos, comparada con la francesa, y de otras naciones. = Noticias misceláneas, y anécdotas curiosas, sobre varios puntos de Literatura.

     No deben omitirse en elogio de estos PP. los esfuerzos que han hecho, para introducir y promover en su Provincia de Franciscos Terceros Regulares de Andalucía, los buenos estudios de Elocuencia, Física, Teología positiva y polémica, Matemáticas, y Lenguas Orientales. Se establecieron a solicitud suya en aquella Provincia Cátedras de Matemáticas, de Lengua Griega, Hebrea y Arábiga. A su costa se compraren Diccionarios, y Gramáticas de todas estas lenguas, Biblias [71] políglotas, y otros libros de los referidos idiomas, que se repartieron entre los Catedráticos y discípulos. De resultas hay en la Universidad de Granada, un religioso de aquella Provincia, Catedrático de Física Experimental, y otro de Lengua Griega, y podrá haberlo de la Hebrea, si se saca la Cátedra a oposiciones.

     Por los años de 1776, dispusieron que vinieran a Madrid dos religiosos de la misma Provincia, versados en las lenguas hebrea y arábiga, costeándoles los viajes y libros, y manteniéndolos a su costa, para que pudieran perfeccionarse, bajo la dirección del erudito Bibliotecario D. Miguel Casiri. Estos dos religiosos fueron los PP. Lectores Fr. Pedro Ximénez, y Fr. José Banqueri. El primero después de algunos años volvió a la Provincia, para obtener una Cátedra de Teología, que está enseñando en su Convento de Granada. El P. Banqueri ha continuado en Madrid y a costa de los mismos PP. en la mayor parte, aunque en los últimos años contribuyó algo a solicitud suya la Provincia, hasta que en atención a su notoria instrucción en el árabe, la Real Academia de la Historia lo admitió por individuo suyo, y aun le ayudó con pensión para que trabajase con el señor Casiri: y últimamente S. M., en 1784, le nombró para una plaza de traductor árabe en su Real Biblioteca, con el sueldo de 500 ducados.

     Cualquiera puede considerarlos gastos, contradicciones [72] y disgustos, que habrá ocasionado a los PP. Mohedanos su celo, y esfuerzos para promover la buena literatura. Pero han tenido la satisfacción de ver prosperar sus buenas intenciones y trabajos; y de que informado de ellos S. M., les haya manifestado su Real agrado, y remunerado de algún modo con una pensión de mil ducados.

     MONTENGÓN, (D. Pedro) ex-jesuita español. Eusebio. Parle primera, sacada de las memorias que dejó el mismo. En Madrid, por D. Antonio de Sancha, año 1786. Y la segunda parte en 1787, dos tomos en octavo mayor. «Los españoles, dice Mr. Florian, en la introducción a la Celestina han sido nuestros maestros en la literatura. Después les hemos pisado adelante: mas no se debe olvidar que fueron ellos los que nos guiaron. Tuvieron teatro y buenos poetas, mucho antes que nosotros. Lope de Vega, Garcilaso, y Miguel de Cervantes, escribían antes que hubiesen nacido Rotrou, ni Corneille D. Quijote había valido ya a la Literatura Española una gloria, con la cual parece que se contentó, pues no ha cuidado de hacer en ella más progresos. Su lengua estaba extendida universalmente. Casi todos los Académicos, de quienes el Cardenal Richelieu compuso la Academia Francesa, sabían el español, y traducían o imitaban a los autores de aquella nación. Todas las novelas, [73] todas las comedias de aquel tiempo pintaban las costumbres de España».

     Mucho más había dicho Mr. de Saint Evremont, uno de los escritores de que más se preció la Francia, cuando no estaba tan orgullosa. «Lo delicado del amor me encanta; lo tierno me conmueve. Y como la España es el país del mundo, en donde se ama mejor, jamás me canso de leer aventuras amorosas en los autores españoles. Mas me mueve la pasión de cualquiera de sus amantes, que pudiera hacerlo la mía, cuando estuviera todavía en disposición de tenerla. La imaginación de sus amores excita en mí sentimientos, que no encontraría en los propios... De todos los libros que he leído, el que más me alegrara haber escrito es D. Quijote. En mi concepto, nada hay que pueda contribuir a formar un buen gusto en todas las cosas, como aquella obra...» (12)

     Las mismas causas que habían contribuido para la decadencia de las demás ciencias, concurrieron [74] igualmente para debilitar el fuego, necesario en las de ingenio. Acaso tuvo también en esto mucha parte la opinión de Lope de Vega, Oráculo de los bellos espíritus de su tiempo; pues no contento con haber adulterado el arte de la Dramática, extendió su capricho al de las novelas, diciendo: «He pensado que tienen las novelas los mismos preceptos que las comedias; cuyo fin es haber dado su autor contento y gusto al pueblo, aunque se ahorque el arte...» (13)

     Dicen que el señor Montengón, falto de medios para imprimir su Eusebio, lo había remitido a España, para ver si quería publicarlo alguno por su cuenta. Y que al mismo tiempo había encargado se entregara a alguna buena mano, para que si tenía alguna voz, o expresión poco conforme al idioma castellano, la corrigiese, en atención, a que estando ausente de España diez y ocho años, y viviendo otros tantos en Italia, no sería extraño hubiera pecado algo contra la pureza de nuestra lengua. Con efecto, D. Antonio Sancha, impresor y encuadernador bien conocido en España y fuera de ella, tomó por su cuenta la impresión del Eusebio. Pero el sujeto de quien se valió para su corrección, no parece que fue cual el autor deseaba. Y así, además de innumerables [75] yerros de impresión, se encuentran muchas voces, que éste hubiera reformado sin duda, si hubiese escrito su obra en España: por ejemplo, las de parar y dar mientes, plegarse a las circunstancias, las maneras por modales, relaja de ánimo, mantener en boga, tremante de indignación, profundir, jubilar por alegrarse, fantasear por imaginar, y otras o extranjeras, o castellanas anticuadas.

     Por lo que toca al mérito principal de la obra, que consiste en la invención del argumento, en su disposición y buena colocación, en la variedad y exactitud de los caracteres, no deja nada que desear. El estilo, a pesar de las voces que he insinuado, y pueden mudarse fácilmente, es vivo, animado y lleno de sentimientos. En lo que puede tropezar alguno, es en la Moral: no porque sea mala, ni contraria a la que enseña la verdadera religión, a lo menos como el autor entiende sus máximas, sino porque siendo un libro de educación, nada se trata en el de la existencia de Dios, y culto que se le debe; de la religión, inmortalidad del alma, y existencia de otra vida, etc. dirigiendo a Eusebio por la moral natural de un cuáquero, y por el código de Epicteto. Pero el autor advierte al principio, que ha tenido sus razones para esto. Y aun tengo entendido que en otra parte que le falta que publicar, Hardil, que es como el mentor de Eusebio, le enseña las mas sublimes máximas [76] de nuestra Sagrada Religión, pidiéndole perdón de no haberlo hecho antes.

     MOÑINO (Excelentísimo Señor D. Joseph), Conde de Floridablanca, Caballero Gran Cruz de la Real y distinguida Orden de Carlos III, Consejero de Estado de S. M., y su primer Secretario de Estado, e interino de Gracia y Justicia.

     Si en el estado actual, a que han llegado los progresos de la razón generalmente en Europa, hubiese alguno todavía, que preocupado de las máximas de la política miserable de los siglos anteriores, creyese incompatible la literatura con el talento, penetración, actividad y demás prendas necesarias para el alto gobierno de los pueblos y de las naciones; sin salir de España, podría demostrársele el poco fundamento sobre que estriba aquella preocupación. Registrando y reflexionando atentamente los monumentos de nuestra historia, y de nuestra legislación, se verá que ésta fue mejorándose notablemente, y aumentándose la prosperidad de la nación, a proporción de la confianza que nuestros Reyes depositaron en los literatos, particularmente en los jurisconsultos. Se verá a estos desempeñar con el mayor acierto las embajadas, y negociaciones más difíciles del Estado; sostener el decoro de la Corona, contra los esfuerzos de las potencias extranjeras; asegurarla contra los insultos de vasallos poderosos, sofocar las semillas de la división [77] y discordia, influir en la reforma de las costumbres bárbaras, e introducir otras más humanas y convenientes a la pública felicidad.

     Pero cuando no fueran bastantes las pruebas evidentes, deducidas de los monumentos unas incontestables de nuestra historia; se podrían citar entre otros muchísimos ejemplares antiguos y modernos, los de dos sabios ministros de dos naciones, tan diferentes en su constitución, como distantes en el terreno que ocupan sobre el globo de la tierra; quiero decir, el Dr. Francklin, uno de los principales agentes de la independencia de las Provincias unidas de América, y el Excelentísimo Señor Conde de Floridablanca, esclarecido Ministro de España.

     El estar aclarados los derechos de la Corona, y ésta en la pacífica posesión de sus más apreciables regalías; el que las potestades eclesiástica y secular tengan demarcados sus respectivos límites; la extinción de un cuerpo que se había hecho formidable en todas partes a la soberanía; la conclusión de la paz más ventajosa que ha tenido España por espacio de dos siglos, la extensión de esta a unas naciones enemigas irreconciliables por religión, y por política el enlace feliz de dos augustas casas unidas antes por la naturaleza y por la sangre, y separadas mucho tiempo por una obstinada antipatía, nacida de falta de previsión, y fortificada por el descuido y la costumbre; [78] la libertad de nuestro comercio, tiranizado hasta ahora por dos potencias más poderosas en los mares que la nuestra; su mayor extensión y actividad por medio de un banco, y de otros establecimientos; el fomento de las fábricas, y de todos los demás ramos de industria; la mejora de la policía de la Corte, y de todo el reino; los reglamentos más juiciosos, para que, en cuanto sea posible, recaiga la administración de la justicia, y las prebendas eclesiásticas en sujetos beneméritos; las pensiones a literatos, viajantes, inventores, y profesores de todas las artes y ciencias, con infinito número de providencias dirigidas al bien público, se deben principalmente a la prudencia y buen corazón e ilustración de nuestro Augusto Rey Carlos III y en mucha parte al influjo y patriotismo del Excelentísimo Señor Conde de Floridablanca.

     Si en algún tiempo remoto del presente, llega a escribirse la vida de este sabio ministro, con la copia de noticias y delicadeza que pide semejante género de escritos, constará más bien que no le adulará, quien lo coloque entre los mejores jurisconsultos y políticos de su edad. Yo solamente pondré aquí según mi objeto, las noticias que he podido adquirir acerca de las obras publicadas, y de algunas de las inéditas, que me consta ser suyas.

     Respuesta Fiscal del Señor D. José Moñino, en el Expediente del Obispo de Cuenca. En [79] un tiempo, en que el Ministerio acababa de tomar algunas providencias, para desterrar de raíz ciertos abusos perjudiciales al bien público, y que por lo mismo, como todas las reformas habían dejado en el reino muchos quejosos, y dispuestos a manifestar su resentimiento en la primera ocasión que se les presentará; un obispo respetable, tanto por sus prendas, como por su ilustre sangre, pero seducido y deslumbrado por ciertos genios díscolos y sediciosos, que con el pretexto de religión, intentaban cubrir sus fines particulares, tomó la extraña resolución de escribir al rey una carta, llena de falsedades, y lo que es peor de injurias indecorosas a la Majestad del Soberano, y justificación de su Ministerio. Cuanto el fanatismo podía inventar, para perturbar el ánimo de S. M., y hacerle vacilar en la firmeza necesaria, para sostener sus resoluciones, tanto se puso en la pluma del Reverendo Obispo de Cuenca. Se insinúan defectuosamente las providencias tomadas por el Gobierno; se afirmó falsamente que la Iglesia estaba saqueada en sus bienes, ultrajada en sus Ministros, y atropellada en su inmunidad; se atribuían a esta causa, los males que había padecido; se comparaba temerariamente el reinado de Carlos III al del impío rey Acab; y últimamente se intentaba hacer servir el sagrado Ministerio de su Confesor, para autorizar la queja, y hacer valer todo el artificio. S. M. pudiendo tomar [80] con muy justa causa por sí mismo la satisfacción correspondiente de un atentado semejante, tuvo al contrario la bondad de escribir a aquel Prelado una carta, en la cual protestando con las expresiones más tiernas la sinceridad de sus intenciones, y la pureza de sus sentimientos, le encargaba informase más por menor, en qué consistían los agravios que decía haberse hecho a la Iglesia, y a sus Ministros. Y habiéndolos individualizado el Reverendo Obispo, mandó pasar al Consejo sus cartas, para que examinados en él los motivos que habían ocasionado aquellas quejas, informara a S. M. lo que le pareciese.

     Entonces se vio la gran diferencia que hay, entre el mirar las leyes y las providencias del gobierno solamente por la superficie, o considerar su fondo, y examinar su espíritu, y las grandes relaciones que hay entre ellas y la felicidad pública. El señor Moñino fue recorriendo en su respuesta fiscal, una por una las quejas del señor Obispo de Cuenca; y manifestando en unas, la falta de noticias exactas, a cerca de los hechos: en otras las más torpes equivocaciones, sobre los derechos de la Majestad, y del Santuario; y en todas la justificación con que procedió la Augusta Persona del Rey, y su Ministerio.

     Representación Fiscal sobre el Monitorio de Parma. 1768. Luego que se tuvo en España la noticia del Monitorio, publicado en Roma [81] en 30 de enero de 1768, contra el Ministerio de Parma, por haber publicado este ciertos Edictos, sobre el arreglo de varios puntos, en que la potestad secular se sentía agraviada de la demasiada extensión que se le había dado a la eclesiástica, conoció nuestra Corte y nuestros Magistrados, que aquel golpe, dispuesto por el manejo oculto de los jesuitas, era una tentativa de las muchas con que la Corte de Roma, ha intentado en varias ocasiones extender los límites de su potestad. Por eso los señores fiscales representaron al Consejo la necesidad de recoger a mano real, todos los ejemplares de aquellas Letras, demostrando los vicios de obrepción, y subrepción y otras nulidades que contenían; como asimismo, las malas resultas que podían temerse, si no se reclamara con alguna demostración pública un ejemplar semejante. El Consejo no solamente adhirió en todo a la instancia de los Señores Fiscales, expidiendo una Real Provisión, por la cual se mandaron recoger a mano real, todos los ejemplares de aquel Breve; prohibiendo su impresión, venta y distribución, y la de otros semejantes; sino que expidió una circular a todos los Prelados del Reino, incluyéndoles aquella Provisión, y encargándoles que por su parte dieran las providencias más efectivas, para su entero y puntual cumplimiento, advirtiéndoles al mismo tiempo el ningún efecto que han tenido siempre las censuras [82] anuales de la Bula llamada In Coena Domini, nunca recibida en España; y sobre la cual se fundaba el Monitorio.

     Respuesta Fiscal sobre la libre disposición, Patronato y Protección inmediata de S. M. en los bienes ocupados a los Jesuitas. 1768. Habiéndose reservado S. M. por el Capítulo VIII de la Pragmática de extrañamiento de los jesuitas, el tomar providencia sobre la aplicación de sus bienes para obras pías, oyendo a los Ordinarios Eclesiásticos en lo que fuera conveniente, convocó luego a cinco Prelados de estos reinos, a saber los muy RR. Arzobispos de Burgos y electo de Zaragoza, y los RR. Obispos de Tarazona, Albarracín y Orihuela, para que asistiendo en el Consejo extraordinario, se tratara, con su presencia, o intervención, del mejor destino que se podría dar a los referidos bienes.

     Antes de proceder a este, los Señores Fiscales pusieron una respuesta, en la que probaron por las leyes fundamentales de la nación, Concilios, observancia general, y continua, y con otras muchas razones, la regalía de la Corona, para disponer de los bienes ocupados a aquellos regulares; por cuyos fundamentos, examinados con la reflexión y madurez correspondiente por el Consejo en el extraordinario, con presencia de los cinco Prelados, se consultó uniformemente a S. M., lo que habían propuesto los Señores Fiscales, y S. M. [83] se sirvió declarar este punto, según se lo consultó el Consejo.

     Juicio imparcial sobre las Letras en forma de Breve, que ha publicado la Curia Romana, en que se intentan derogar ciertos Edictos del Serenísimo Señor Infante Duque de Parma, y disputarle la Soberanía temporal con este pretexto. Madrid en la oficina de D. Joaquín de Ibarra, Impresor de Cámara de S. M. 1769. Fol. y antes en 1768.

     Precede una Advertencia, en la que se previene que luego que llegó a España. el Monitorio de la Corte de Roma contra el Ministerio de Parma, no faltaron personas de sólida instrucción, que advirtieron la herida que podrían recibir las regalías de esta Corona, con la ofensa irrogada al Señor Infante Duque; y que habiendo escrito un autor el Juicio Imparcial, con la aceleración a que le estimulaba su celo por el decoro, autoridad y gloria del Rey; S. M. llegó a entender por medio de los Señores Prelados que asistían al Consejo, en el extraordinario, se notaban en la obra varias Doctrinas, y proposiciones como dignas de censura.

     El Rey, cuya religión y piedad, excede a cuanto puede ponderarse, puso en manos de aquellos Prelados celosos, la corrección de la obra, en la parte que lo mereciese, de manera, que no pudiese causar perjuicio alguno a la religión católica, ni a la verdadera piedad cristiana; [84] encargándoles, que en caso de desaprobar el todo de su extensión y contexto, formasen de nuevo la conveniente, para evitar el agravio que pudieran recibir las regalías de esta Corona, y la causa de Parma, si se tomase la equívoca providencia de suprimir enteramente una obra que las defiende: todo lo cual se hiciese con intervención del Fiscal del Consejo, D. José Moñino.

     Reconocida así prolijamente la obra, y después de un maduro examen, practicado en repetidas conferencias, se corrigió y explicó en los términos que presenta la segunda edición, en los cuales no hallaron los Señores Prelados cosa, que perjudique a la verdadera y sólida piedad (14).

     Publicose el Juicio Imparcial, sin nombre de autor y siendo el Señor Conde de Floridablanca, el que más trabajó en su corrección, para la segunda impresión, no debe extrañarse que se coloque en este artículo. Y la importancia de esta obra, de que no tendremos quizá ocasión más oportuna de hablar, y que hace época en su especie en el reinado actual, me precisa a dar alguna noticia de ella, aunque no sea tan extensa y puntual como merecen su contexto y circunstancias.

     Está dividida en once secciones. En la primera [85] se trata del origen de la potestad eclesiástica, y de la sujeción natural de los eclesiásticos a los soberanos en las materias temporales y reglamentos políticos; particularmente en España. En la segunda, de la potestad temporal del Papa en el estado de la Iglesia, y ningún derecho para ingerirse en los de Parma. En la tercera, sobre la ley de Amortización promulgada por el Señor Infante D. Felipe. En la cuarta, sobre la renuncia abdicativa de todos bienes que deben hacer los súbditos de aquel Estado, antes de profesar en cualquiera de las órdenes regulares. En la quinta, sobre la contribución a que están sujetos los bienes de los Eclesiásticos, adquiridos después del último catastro de las heredades que se formó en Parma. En la sexta, sobre la creación de un Magistrado, conservador de la Real Jurisdicción, que cuide de recaudar estas contribuciones, y de otros encargos protectivos, que miran a mantener en vigor la disciplina eclesiástica. En la séptima, sobre los juicios peregrinos, y apelaciones a la Curia Romana. En la octava, sobre la patrimonialidad de los Beneficios eclesiásticos, y su precisa colación a los naturales de los Estados de Parma. En la nona, sobre la regalía de los soberanos, para que se haya de examinar en sus Tribunales todo género de rescriptos de la Curia Romana, antes de la publicación y ejecución en sus reinos y dominios, que comúnmente se llama el Pase [86] o Exequatur. En la décima, sobre el abuso de las censuras eclesiásticas, en cuanto turban las regalías de los príncipes, y la obediencia que les deben de derecho divino los vasallos. Y en la última, sobre la legítima resistencia de los soberanos a tales excomuniones nulas y perturbativas de su dominio y soberanía.

     Al fin se añade un apéndice de varios documentos concernientes a las materias de que se ha tratado en la obra. Una de las cosas más recomendables y mejor tratadas en ella es la historia política de Parma, Plasencia y Guastala.

     El P. Pereyra, después de haber alabado esta obra: dice así: «Quae autem nunc Hispanicae nationis sententia sit (acerca de la superioridad del Concilio General, sobre el Romano Pontífice) luculenter demonstrat docta Lucubratio (el Juicio Imparcial) paulo ante memorata: Quae tametsi privati scriptoris sit opus, quia tamen Catholici Regis jussu á duobus Archiepiscopis, tribusque Episcopis, quam diligentissimè discussa atque examinata est, et adsidente etiam Regio Procuratore Josepho Monninio comprobata; publicum et authenticum instrumentum quoddam haberi debet, unde certo colligere possimus, et judicare, quae doctrina his temporibus vigeatinillo Regno». (15) [87]

     Respuesta Fiscal en el expediente de la Provincia de Extremadura, contra los ganaderos trashumantes. 1770. Se demuestra al principio con hechos incontestables, y otros documentos justificados en el expediente; que la agricultura de Extremadura está deteriorada y casi extinguida, y la crianza de sus ganados igualmente en la mayor decadencia. Se prueba, que los privilegios introducidos a favor de los trashumantes, han sido la causa principal de aquellos daños. Se declaran los medios viciosos con que se han ido introduciendo, y extendiendo aquellos privilegios, y la ineficacia de las razones, con que se pretenden sostener; particularmente la de las decantadas ventajas del comercio de lanas.

     «La saca (dice, entre otras reflexiones muy sólidas) de las lanas finas, que es la que forma este ramo de comercio que tanto se pondera como lucrativo, lejos de ser una ventaja del Estado, es un remedio provisional de las enfermedades que padece; cuales son no tener fábricas para transformar sus crudos.

     »¿Qué hará España con suministrar a los extranjeros materia abundante para ejercitar su industria, y pagarla después a buenos precios? ¿No sería más útil fomentar aquellas lanas, que se trabajan en nuestras fábricas, y que por necesitarlas no se deben extraer? [88]

     »No quiere decir el Fiscal, que se abandone o destruya este comercio, y la granjería que le sostiene; sino que no nos deslumbremos con lo que produce en perjuicio de nuestras fábricas y nuestra agricultura.

     »Compárese, pues, la utilidad del comercio de lanas finas, con el aumento de la cosecha de granos, y de la agricultura, y se verá que se debe preferir esta fuente inagotable de riquezas, a aquella negociación débil y enferma.

     »La principal regla para la propagación de los vivientes es la subsistencia. Una especie se aumenta o disminuye a proporción de los medios de alimentarse y subsistir. Más fecundas son las lobas que las ovejas, y con todo hay más carneros que lobos. No se matan más de esta especie que de aquella: conque es preciso recurrir, a que su aumento dimana de tener más pastos y más subsistencias.

     »Esto mismo sucede con la especie humana, y así el aumento de los granos, que son la materia principal de su alimento y subsistencia, ha de ser la regla y medio para el aumento de la población».

     Después de haber notado los varios abusos de la Mesta, pasa a examinar los medios que propuso el Procurador de la Provincia de Extremadura para su reforma; explica y aclara los que están obscuros o diminutos; añade algunas [89] observaciones acerca de los mismos. Últimamente concluye, proponiendo el establecimiento de una Audiencia en Extremadura y en otras Provincias, y el nombramiento de Diputados en la Corte, para representar más bien las necesidades de cada una, y velar sobre el cumplimiento de las providencias que S. M. y el Consejo den para su alivio.

     Es muy notable la siguiente máxima, de la cual algunos, o por mal entendida, o por no bien aplicada, han sacado consecuencias erradas y perjudiciales: «La codicia, dice, o el interés, son el grande agente de todas las fatigas del género humano; y solo se deben contener en lo político, cuando de ellas se siga el perjuicio ajeno, y el del Estado. Este es el punto de reunión de estos objetos. Mientras no hay perjuicio, ni la riqueza llega a ser sospechosa, es preciso dejar correr tras ella la codicia del ciudadano; pero en resistiéndose y padeciendo los más débiles, o amenazando a la sociedad el poder excesivo, es de rigurosa necesidad detener sus progresos».

     Carta Apologética sobre el tratado de Amortización del Señor Campomanes. MS. Se supone escrita por D. Antonio José Dorre a un docto religioso, por respuesta de otra en que este le preguntaba, cómo había sido recibida en la Corte aquella obra, proponiéndole al mismo tiempo ciertos reparos acerca de [90] algunos puntos. Con este motivo se introduce, haciendo una pintura muy fina de las varias clases de Literatos que hay en Madrid, y notando muchos de sus defectos, e insinúa con delicadeza el método que se debe seguir particularmente en el estudio de la jurisprudencia.

     «Las gentes de la Corte, dice, para empezar por aquí, son de diferentes clases, genios, partidos, estados y conocimientos. ¿Qué quiere V. R. sacar de esta variedad de voces, sino una desentonada algazara semejante a la destemplada música del Mogol? Hay en la Corte sabios e ignorantes, ociosos y aplicados, interesados e imparciales, presumidos y modestos, gentes de profesión y sin ella, moderados y envidiosos... ¿Parecele a V. R. que en esta caterva puede haber armonía? Mas digo: ¿podrá esperarse que todos los de una clase estén conformes en el mérito del nuevo tratado?...

     »El estado de nuestras cosas es como V. R. sabe en materia de literatura. La noticia de los Códigos, Gregoriano, Hermogeniano, Teodosiano; las antigüedades griegas y romanas; la historia de sus leyes, y obras de los jurisconsultos que componen los Digestos; nuestros fueros antiguos, godos y españoles; los Concilios generales, nacionales y provinciales en sus fuentes; las Epístolas Decretales íntegras; y el discernimiento de las verdaderas [91] y apócrifas; los Padres y Expositores; la Escritura misma, y la Sagrada tradición, son una jerga inapeable para nuestros modernos Letrados. Eso es historia, dice alguno, que sin saber por qué, se ha granjeado el crédito de grande hombre entre los de su partido. ¿Y qué historia? ¿Se creerá que es la de Gayferos y Melisendra?

     »Están persuadidos, P. Reverendísimo, estos Censores insufribles, a que los que saben aquella erudición, (forzosa para formar un hombre Letrado), ignoran la delicadeza de las substituciones, los primores del derecho de acrecer, la baraúnda de los contratos, la rutina moderna y antigua de las fórmulas de una acción, la casi metafísica de las cesiones, y la calificación de los delitos y sus pruebas. Pareceles, digo, que ignoran los Letrados eruditos el origen y uso de las jurisdicciones, la jurisprudencia decimal, beneficial, matrimonial, y preeminencial; que no saben dónde paran las especies prácticas, amontonadas en los índices, y mal digeridas en los Castillos, Acevedos, Barbosas, Gutiérrez, y otros escritores de esta laya: y que no han estudiado a Molina, Olea, y Salgado, González, Fagnano, y Graña.

     »¿Pero creerá V. R. que unos hombres infatigables para buscar los escondrijos de la venerable antigüedad, sufrir el polvo de viejos y despedazados pergaminos, y perder la [92] vista en caracteres carcomidos y extraños, no tuvieron sufrimiento para emplear algunas horas en la lección descansada de los autores vulgares de la profesión, prácticos y teóricos? El hombre verdaderamente erudito, y que desea ser sabio, es un hidrópico que bebe en todas partes, sin saciar la sed; aunque no solo no pierde, sino que aumenta el discernimiento y gusto del caudal que lo recrea.

     »La verdad es que los Letrados buenos, celosos y eruditos, saben toda aquella bulla, y saben más: esto es, que deben estudiar y aprender las leyes del reino; que por estas se han de juzgar los pleitos y desatar las dudas, y no por opiniones violentas, torcidas, o voluntarias de glosadores, tratadistas, y consulentes: que en defecto de leyes modernas, se ha de recurrir a las antiguas, mientras no conste estar derogadas. Y que con buena conciencia, no pueden servir oficios de justicia, sin la noticia universal de las leyes nacionales, y de su contexto. Yo quisiera imprimir este escrúpulo en más de cuatro antagonistas del tratado del señor Campomanes. V. R. como buen teólogo, sabe a lo que obliga en el fuero interior una ley positiva que impone a los Letrados aquella obligación, y conoce la ciencia que debe tener un profesor de las reglas del arte que ejercita». [93]

     Después de la introducción, refiere por mayor las objeciones, que se hacían contra el señor Campomanes. ¿Qué necesidad había de la obra? Que esta la tomó de un viejo papelón del siglo pasado. Que el tratado de la Amortización está tomado de muchos libros. Que el título está mal puesto. Y que hay en él proposiciones duras. El señor Moñino refuta con tanta gracia, como solidez, estas frivolidades, nacidas más de la envidia, y de otros malos fines, que del amor a la verdad y al bien del Estado: advirtiendo, que aunque había sido muy censurada de aquella clase de gentes, tenía la fortuna de ser celebrada de la parte más sana e instruida.

     Luego pasa a responder a los reparos del docto religioso, los cuales se reducían a cuatro. I. Por qué el señor Campomanes, tratando de la necesidad de la ley sobre amortización, se detiene tanto en demostrar la autoridad del Príncipe, para imponer tributos: pues llevando la carga de estos, los bienes amortizados, parece que no tienen ya tanta fuerza las leyes que se publiquen, para la limitación de las adquisiciones de las Manos muertas. II. Por qué no se hace cargo de que Inocencio III hizo derogar a Enrique, Emperador de Constantinopla, la ley en que prohibió la transición de bienes en las Iglesias. III Por qué el señor Campomanes cita el Canon 15 del Concilio III de Toledo, para [94] probar que en tiempo de los godos se conoció la Amortización, no hablándose en él, sino de los siervos del fisco, los cuales como tales, no se podían enajenar ni a Iglesias, ni a otra persona, sin licencia del Rey. IV. Que había algún motivo para creer, que las adquisiciones de bienes raíces del Estado eclesiástico no son tan excesivas como se ha querido ponderar.

     A todos estos reparos satisface el señor Moñino, con tanta solidez, y con reflexiones tan oportunas, que no deja lugar a la menor duda. Son muy originales sus observaciones, acerca de la Decretal citada de Inocencio III, y sobre la condición de los siervos fiscalinos, en tiempo de los godos; como igualmente exacto el cálculo y cotejo, de lo que posee en España el Estado eclesiástico, con lo que queda al secular.

     Después de todo lo cual, concluye de este modo: «Los que no ven sino las superficies de las cosas, y los que solo piensan en sí mismos, en sus adelantamientos y los de sus hijos, o en su poltronería y comodidad, se burlan de los que tienen amor a la patria, y se fatigan por ella. Pero los que hacen análisis de los hechos importantes, y ven desde lejos las resultas, conocen que el servicio de Dios y del Rey, exige más providencias, y un continuo trabajo y movimiento para ellas»... [95]

     Respuesta Fiscal en el expediente causado, con motivo de haber remitido la Real Audiencia de Cataluña al Tribunal Eclesiástico el pleito y demanda introducida por el Señor Conde de Fuentes, contra el Cabildo de Lérida, sobre la reivindicación del dominio, señorío y vasallaje del Estado de Montaragut, 1768. MS. Se prueban en ella dos principios de nuestra jurisprudencia, que parece se habían querido obscurecer. El primero, que faltando ley expresa en las Constituciones de Cataluña, para la decisión de alguna causa, no se debe recurrir al derecho canónico, como han escrito muchos autores Y sin el mayor conocimiento de nuestra legislación; sino que en tal caso se ha de acudir a las de Castilla. Y el segundo, que en las causas feudales y de señoríos, aunque el detentador sea eclesiástico, o mano muerta, debe conocer el Juez Real.

     Respuesta Fiscal sobre el término para la segunda suplicación. 1769. MS. El señor don Juan I en la ley llamada de Segovia, permitió que en los pleitos muy grandes, o de cosa ardua la parte que se sintiere por agraviada de la segunda sentencia, pudiese suplicar al rey dentro de veinte días. Como ni en aquella ley, ni en otras posteriores que hablan de la segunda suplicación, se declaró el término en que debían empezar a correr los veinte días, si desde la publicación de la sentencia, o desde su notificación, y en esta si bastaría [96] que se hiciese al Procurador, o si era necesario que se le hiciera a la parte en persona; estaba esta materia sujeta a la opinión, y por lo mismo a la incertidumbre y variedad en las sentencias. El señor Moñino, con ocasión de dos expedientes de esta naturaleza, que estaban pendientes en el Consejo, expuso la necesidad de consultar a S. M. que declarase aquel punto dudoso, y propuso varios fundamentos, con que probó que el término de los veinte días señalados en la ley de Segovia, debían empezara a correr desde que se hiciese la notificación de la sentencia de revista al Procurador. El Consejo adhirió al dictamen del Señor Fiscal, y en su conformidad, hizo la consulta a S. M., quien se sirvió expedir la Pragmática de 17 de Abril de 1774 en la cual se declara aquel punto, conforme el Consejo lo había consultado.

     Respuesta Fiscal sobre los presidios. 1769. MS. En virtud de Reales Órdenes, para que se examinaran en el Consejo varios puntos relativos a los presidios de África, se formó expediente, en el que pusieron los señores fiscales esta respuesta. En ella se trata de la importancia de aquellos presidios, la cual movió a nuestros reyes a conquistarlos y a conservarlos: del freno que por medio de ellos se ha puesto al poder de los africanos, antes muy terribles por sus aprestos navales, y arruinados desde que se les quitaron aquellas plazas. [97] Se insinúa su mal estado actual, por ciertos vicios políticos que se han ido mezclando en su gobierno. De la necesidad de establecer aquellos Ayuntamientos, y un gobierno civil, separado, como en otras plazas, del militar; introducir la industria, y fomentar el comercio. De las grandes ventajas que de él se seguirán, así para la mayor seguridad de los mismos presidios, como por el menor coste en su conservación. Del género de contratación que podría fomentarse más bien en ellos. Se exceptúa al Peñón de los Vélez, que por estar aislado, se propone para formar en él una casa de fuerza, en la cual se encierren los que por la gravedad de sus delitos, se han hecho indignos de estar en la sociedad.

     «Entonces, dicen, sería inútil enviar a los presidios de África gentes algunas, salvo a la casa de corrección del Peñón, porque los mismos vecinos que debían tener la obligación del servicio militar por su propia defensa, ayudados de alguna guarnición de tropa viva, estarían seguros de todo insulto, y se evitaría la deserción que hoy se experimenta de unas personas de viles costumbres, que nada tienen que perder, y aun ignoran su religión, por lo cual fácilmente reniegan y abrazan la secta de Mahoma, con ignominia del nombre español...

     »Las penas de presidio, añaden, se deben imponer para las Islas y puertos de Indias. Así [98] lo practicaron los Reyes Católicos, para poblar y conquistar en parte aquellos dominios; y así lo hacen ahora los franceses e ingleses en sus colonias e islas, transportándose con sus familias, que de otro modo quedarían abandonadas, como actualmente se experimenta en España con las mujeres e hijos de los presidiarios.

     »Deberían declararse específicamente los delitos en que debe imponerse la pena de presidio, sin dejarlo al arbitrio de los jueces, que abusan en esto demasiado, por la falta de leyes penales específicas en cada delito: porque las más de las contenidas en nuestras leyes, que son pecuniarias, o de mutilación, están anticuadas».

     Respuesta Fiscal sobre acopio de trigo, para el consumo de Madrid. 1769. MS. Habiendo hecho los Diputados y Personero de Madrid, una representación al Consejo, pidiendo instrucciones para el modo de obrar en los acopios de trigo, y exponiendo la triste situación, y el riesgo a que estaba expuesto el fondo de este abasto, sino se tomaban ciertas providencias que indicaban; se mandó pasar a los Señores Fiscales, para que pusieran su dictamen con la brevedad posible, en atención a la calidad del asunto, que no sufría la menor dilación. El señor Moñino solo pudo tener en su poder el expediente quince horas, tiempo apenas suficiente [99] para leerlo, y hacerse cargo de él, mucho menos para meditar, y extender sus reflexiones. Con todo su gran talento se impuso luego en el asunto, lo dirigió y extendió su respuesta llena de pensamientos los más sólidos, y de observaciones originales, sobre este importante ramo de policía.

     La circunstancia del corto tiempo que se le había dado, le sirve de ocasión para introducirse, advirtiendo la precipitación con que se suele proceder en las providencias sobre abastos, por esperar a darse en los tiempos de más necesidad. «Esta es, dice, por lo común la desgracia de casi todos los negocios de abastos, y señaladamente del de pan. Cuando hay abundancia, los mismos a quienes incumbe inmediatamente el cuidado de los pueblos, aquellos que de cerca ven el mecanismo del surtimiento común; que tocan los muelles con que se mueve; y que pueden en mil casos y circunstancias, hacer innumerables observaciones sobre toda la máquina; reposan sobre la seguridad del abasto, y por más celosos que sean, dejan correr las cosas como van, sin representar a la autoridad del gobierno, los puntos que pueden conducir al acierto y mejoría de sus providencias. Se pasa un tiempo precioso y de tranquilidad, en que a sangre fría, y con todo el sosiego que piden las resoluciones libres y deliberadas, se atinaría tal vez con [100] lo mejor. Viene la escasez, y cómo una consecuencia precisa de ella la carestía; y entonces el temor y los recelos tumultúan el ánimo, tanto para promover recursos sin todo el discernimiento que se requiere, cuanto para resolver providencias a que puede no preceder la instrucción competente de los hechos, y el examen necesario de las razones».

     Pasa luego a tratar del asunto principal, y lo primero que nota en el expediente es la falta de datos y noticias instrumentales acerca de la cosecha, existencias del pósito, entradas y salidas de trigo, en el consumo, precios, tiempos y lugares de las compras, y otros puntos de esta naturaleza, sin cuyo conocimiento no se puede proceder con el debido acierto, y por lo mismo hace sobre ellos varias observaciones, tanto más seguras, cuanto el empleo de Corregidor que ejerció el mismo Señor Fiscal por algún tiempo, de una ciudad, le proporcionó la ocasión de instruirse en algunas menudencias prácticas indispensables para poder formar juicio en esta delicada materia. Trata por incidencia de la tasa, que era uno de los medios que proponían los Diputados y Personero, y dice que solo de imaginarlo se ha llenado de horror, volviendo la vista a las dolorosas y multiplicadas experiencias, que se ofrecen en el siglo presente y el pasado. También hace varias reflexiones sobre los comerciantes de granos, y los muchos [101] modos con que estos se estancan en el reino, aun sin la codicia de aquellos, por los pósitos; por los repuestos de los pueblos para el abasto común por los asientos para la provisión de ejército etc. Y concluye exponiendo al Consejo su dictamen, y lo que entendía que debía hacerse.

     Respuesta Fiscal en el expediente, sobre los excesos de D. N. comisionado para el reconocimiento de las yeguas extraídas del Reino de Andalucía para el de Valencia, 1769. MS. Hace presentes los atropellamientos y penas exorbitantes que se habían exigido a los naturales de aquel reino, con motivo de la extracción de yeguas de Andalucía. Observa que la ordenanza del año de 1745 y la Pragmática de 1754, no habían sido publicadas en Valencia, por lo cual no se debía imputar por delito su contravención en aquella Provincia; y propone, que se consulte a S. M., que todas las que se sirva expedir en adelante, cuya observancia haya de ser general, las mande pasar al Consejo, para que este disponga su general publicación. Pide lo que parece conveniente en orden a la causa de N., y concluye con algunas reflexiones sobre el abuso de las mulas introducido en el reino.

     «No es ponderable, dice, el perjuicio que causa a todo el reino la cría del ganado mular, y la extensión de su uso, con el lujo inmoderado de los coches, especialmente [102] en Madrid, y en las capitales de provincia.

     »Las personas celosas, y el reino junto en Cortes, han observado los daños y clamado por el remedio. Y aunque el Fiscal tiene muy presentes las muchas especies con que justamente es combatido el uso excesivo de las mulas, por los precios inmoderados que han tomado; por la dificultad de adquirirlas los labradores; por el menor beneficio de las tierras en su labor; por la disminución del ganado vacuno; y por otros motivos semejantes; con todo el Fiscal, en nada halla tanto perjuicio, y de tan funestas consecuencias, como en la falta de fecundidad de las mulas, y en la extinción a que por este medio camina la caballería de estos reinos.

     »La propagación de una especie bien podrá formarse sobre el principio de una sola hembra, por una ramificación progresiva, capaz de multiplicarse casi a lo infinito, si concurren el cuidado y las subsistencias para fomentar la fertilidad.

     »Pero al contrario, si por crecido que sea el número de las hembras, se destinan a la producción de unos animales infecundos e incapaces de multiplicarse; a corto espacio de tiempo, aquella gran basa de la propagación, irá formando una pirámide, cuya cúspide acabará forzosamente con la especie. [103]

     »Esta es puntualmente la pintura dolorosa que ofrece la cría de mulas en el reino, y de este principio provienen la decadencia del ganado caballar, y la carestía y escasez de las mismas mulas».

     Atribuye a la preferencia que tienen estas en el aprecio común, y a su mejor despacho y precio las contravenciones de las providencias tomadas para la conservación de la caballería.

     «Es preciso, prosigue, concluir, omitiendo ahora innumerables reflexiones, que mientras no se atajen los daños que causa la propagación del ganado infecundo, y se promueva el interés y la libertad de los criadores del caballar, cada día se irán disminuyendo más y más las especies, y podrá llegar tiempo en que nos falten caballos, y mulas.

     »La crianza, la agricultura, el comercio y todas las artes se adelantan sobre dos principios: a saber, interés y libertad. La dirección de estos principios pertenece al gobierno; pero puesto el ciudadano en el camino que guíe a la felicidad común, se le debe dejar correr en pos de sus ganancias, o aprensiones».

     Concluye excitando al Consejo, a que por este motivo delibere seriamente y proponga a S. M. los medios de atajar aquellos daños.

     Respuesta Fiscal sobre recursos de nuevos diezmos en Cataluña. 1770. MS. Habiéndose [104] introducido en el Consejo, en Sala de Justicia, por los labradores del lugar de Valls, en Cataluña, un recurso sobre la exacción de nuevos diezmos, dudó aquella si podria conocer en él, en atención a las particulares constituciones de aquel principado en esta materia, y consultó su duda con la de Gobierno. Pasado el expediente a los señores fiscales, puso el señor Moñino esta respuesta, en la que después de proponer los principios más sólidos e incontextables de la jurisprudencia jurisdiccional, y particularmente de los recursos de fuerza, prueba que los de nuevos diezmos pertenecen al Consejo en Cataluña, lo mismo que en Castilla: para lo cual se vale de la historia de la legislación peculiar de aquel Principado, y de muchas observaciones importantes en esta materia, que es una de las más intrincadas de nuestra jurisprudencia.      Respuesta Fiscal sobre Primicias de Aragón. 1770. MS. Los diocesanos de Zaragoza, Teruel, Tarazona, Huesca y Jaca, habían hecho al Consejo varios recursos, en los que se quejaban de ciertos puntos, contenidos en la orden circular del Consejo de 28 de noviembre de 1763, expedida para libertar a los caudales de propios, y arbitrios del reino de exacciones indebidas, evitar competencias con jueces eclesiásticos, sobre cobranza de cargas a que estuviesen afectos los mismos caudales, y preservar a las justicias y [105] juntas de procedimientos, proporcionando de buena fe y gobernativamente el pago de las obligaciones legítimas, a favor de las iglesias y causas pías.

     Los puntos principales sobre que recaían aquellas quejas eran estos tres. I. Que se les quitaba a los Ordinarios Eclesiásticos el proceder por secuestro y demás medios judiciales, a fin de que las primicias concurran a los reparos y alimentos de las Iglesias a que están obligadas. II. Sobre que pertenece a los mismos jueces Ordinarios reglar estos gastos, y no a los Jueces seculares. III. Sobre la carga que tienen las mismas primicias, y aún los pueblos, de contribuir a dichos gastos, y a los Reverendos Obispos, o a sus Visitadores con cierta cuota, o con el alimento, al cual en algunas partes se da el nombre de procuración.

     Los señores fiscales hacen ver la justificación con que procedió el Consejo en el reglamento citado sobre los Propios y Arbitrios, confiados a su dirección por S. M. Que estando secularizadas las Primicias de Aragón, por varias concesiones de los Sumos Pontífices a los Reyes, y donadas por estos a los pueblos de aquella Corona, siempre han sido reputadas por profanas, y sujetas a la jurisdicción real, aunque hayan estado gravadas con cargas para obras pías; mucho más cuando los bienes están, no solamente bajo la protección general del soberano, sino bajo de su inmediata dirección [106] económica. Que no se les quita a los prelados eclesiásticos la facultad de arreglar la cuota de los gastos para las iglesias; pero que para su exacción deben acudir a la justicia real, que es la que está encargada de su administración. Y finalmente, que tampoco se oponen los fiscales a que de las Primicias se saque lo preciso para el alimento de los Visitadores. Pero que en todo caso el Consejo, como director de los caudales públicos, es quien debe cuidar del cumplimiento de sus cargas. Por lo cual pidieron los señores fiscales, que se previniera a los prelados que habían hecho aquellos recursos, que procuraran conformarse en todo a las rectas intenciones del Consejo.

     Respuesta Fiscal sobre el recogimiento del papel, o discurso intitulado: Puntos de Disciplina Eclesiástica de D. Francisco Alba. 1770. Se demuestra en ella la impericia del autor, que ni siquiera sabía citar los textos del derecho canónico que alegaba, ni los libros y títulos a que correspondían; su mala fe en truncar autoridades en unas materias de tanta importancia, como las que tratan de la potestad eclesiástica y secular; la inconducencia e inoportunidad de aquella obra, escrita más para alterar los ánimos, e imbuirlos de opiniones perjudiciales y falsas, que con el recto fin de concordar el Sacerdocio y el Imperio, etc.: por todo lo cual se concluye pidiendo que el Consejo las prohíba y mande recoger, [107] como lo hizo por la Real Provisión de 19 de junio de aquel mismo año.

     Respuesta Fiscal sobre el recogimiento de la obra intitulada: Methodica Ars juris. 1771. MS. Se declaran en ella los daños que pueden resultar al Estado de tratar sin crítica ni discernimiento los graves puntos de la potestad eclesiástica y secular: se demuestran los torpes anacronismos, citas de escritos apócrifos, y destituidos de autoridad, alucinaciones, ignorancia de la Historia, y mala aplicación de los textos y doctrinas, que resaltaban a cada página en aquel pretendido método; y se insinúan las verdaderas fuentes por las cuales debe hacerse el estudio del derecho canónico.

     «Cuanto perturben (se dice en ella) el orden público y los ánimos de la juventud estudiosa, escritos tan defectuosos y desnudos de crítica, excede a toda ponderación. Ello es, que de no haberse atajado el curso de semejantes tratados, ha resultado el menoscabo de la autoridad real en estos reinos, y eso mismo excita dignamente la vigilancia del Consejo en nuestros tiempos. Estos mismos que ahora son autores, se han imbuido cuando eran cursantes de tales máximas en los decretalistas, e intérpretes ultramontanos, que han corrido impunemente en el reino, por falta de otros libros sólidos, y así se ha transmitido de unos en [108] otros la preocupación, copiándose sin subir, por pereza y falta de erudición y de guía, a examinar las cosas en sus fuentes originales, dimanando todo esto, de la poca aplicación a la crítica, y a la cronología en todas estas materias, y lo que es más, al reconocimiento de las colecciones puras, en que se hallan las mismas fuentes».

     Por todas estas razones concluyeron los señores fiscales, pidiendo que se recogiera aquella obra.

     Respuesta Fiscal sobre el método de estudios de la Universidad de Granada. 1772. Previene el señor Fiscal que este punto es uno de los que requieren mayores conocimientos, observaciones y experiencias, y que no pudiéndose en los proyectos de esta naturaleza, salir de las circunstancias particulares que concurren en cada caso, ni formar una obra perfecta desde sus principios, basta preparar los fundamentos y dejar a la observación sus progresos y mejoras. Hace algunas reflexiones sobre el último método que había propuesto aquella Universidad, y sobre las adiciones que convendría hacerle, entre las cuales son muy dignas de consideración las siguientes. Que en el estudio de las Humanidades no se fije término, por pender el aprovechamiento del particular talento y aplicación de los estudiantes; pero que ninguno pase de una a otra clase, sin que preceda un rigoroso examen. Que [109] nadie sea admitido al estudio de las facultades mayores, sin el conocimiento de las lenguas latina y griega; y además de estas, el de la hebrea para la Teología; y para la Medicina, el de la Aritmética, Geometría, y Álgebra, que los Catedráticos de Humanidades formen clase separada, estableciendo un nuevo grado de Bachiller, Dr. o Maestro de Letras Humanas, como lo hay en la Universidad de Cervera, y que estos sean preferidos para su enseñanza en todo el reino. Que no haya más de cuarenta días de vacaciones, ni más feriados que las fiestas de precepto de oír misa, y la Semana Santa. Últimamente discurre sobre la dotación de las Cátedras, y los medios de aumentarla, entre los cuales propone la contribución de tres ducados por cada estudiante, según se practica en muchas Universidades de Europa, y en algunas de España.

     MORA y JARABA (Señor D. Pablo de) del Consejo de S. M. Tratado crítico. Los errores del Derecho civil, y abusos de los jurisperitos, para utilidad pública. Su autor don Pablo de Mora y Jaraba, Colegial Real del Patriarca, Arzobispo de Valencia, y del insigne de Letrados de esta Corte. En Madrid: año de 1748. En cuarto. Está dividido en seis capítulos. En el primero prueba que el Derecho civil abunda de muchos errores, con testimonios varios sabios que afirmaron esto mismo. En el segundo manifiesta, que las Pandectas [110] que hoy tenemos, o a lo menos gran parte de ellas, son apócrifas, y que sus textos no son conformes al sentir de los jurisconsultos, a quienes se adscriben; lo que funda en dos razones principales; la primera, que Triboniano, hombre de una conducta depravada, y que hacía tráfico de sus opiniones, vendiendo sus sentencias, con una libertad absoluta quitó, añadió y alteró cuanto quiso en las obras de los antiguos jurisconsultos, como dice el mismo (16). Y por consiguiente no hay seguridad de que los textos y las sentencias que se les atribuyen a aquellos sean suyas. La otra es el modo como se cuenta regularmente, que se encontraron en Amalfi, el que a la verdad parece que tiene algo de romancesco. A estas dos pruebas añade la autoridad de algunos sabios de primer orden, que dudaron de su autenticidad.

     En el tercero censura varios principios del Derecho civil, que los jurisconsultos suelen tener por axiomas: por ejemplo, que Nemo potest decedere partim testatus, partim intestatus; que Qui semel est haeres nequit desinere esse haeres; la regla catoniana, que las servidumbres y obligaciones no se pueden constituir ex [111] die, nec ad diem, etc.

     En el cuarto trata de lo mucho que sobra en el Derecho civil, y de lo muchísimo que falta acerca de la jurisprudencia actual, particularmente por lo que toca a España. Pone entre lo que sobra las leyes que tratan de los esclavos, modos de manumitirlos; las de las adopciones, y adrogaciones, nupcias; la baraúnda de las fórmulas y modos de los testamentos y legados, con que se aturden los bisoños, etc. Entre lo que falta, pone en primer lugar las competencias de jurisdicción, y demás recursos de fuerza, que sin duda componen la parte más crítica y delicada de la jurisprudencia; los censos desconocidos de los romanos, en el modo como ahora se usan comúnmente; las regalías, punto tan considerable, del que nada se encuentra en el Derecho antiguo, sino el título de Regalibus, que se añadió después de su aparición en Italia; las ejecuciones, lo de tributos reales, como alcabalas, cientos, y millones; mejoras de tercio y quinto; mayorazgos; Patronato Real; juicio de tenuta; segunda suplicación; recursos de injusticia notoria, etc. de los cuales dice que saben tanto los legistas que salen de las Universidades, como los médicos. Manifiesta el absurdo error en que incurren los que hacen a la teórica una ciencia más noble y más segura que la practicoa de donde proviene el que los jurisconsultos, profesores [112] de las Universidades, insulten a los abogados, y estos por el contrario, se rían de los primeros. Lo que ahora se llama teórica dice, que debía reducirse a la historia de la legislación y costumbres de los romanos, y comprender en la teórica un complejo de reglas, y principios que instruyeran y fecundaran el entendimiento, para percibir y resolver los casos prácticos, en apoyo de lo cual pinta con viveza la novedad y embarazos en que se encuentran puntualmente los letrados, cuando pasan de las Universidades a la práctica de la abogacía, o a la magistratura.

     En el capítulo V, trata del remedio de los males que padece el Derecho común, y propone una nueva idea de Jurisprudencia. No aprueba el consejo de Saavedra, de que se desterrara de España el estudio del Derecho civil, reservando solamente una cátedra; ni el de Navarrete, que quería se prohibiesen absolutamente las leyes de los romanos. El medio que propone es el de formar un extracto de las Leyes civiles que concuerden, con las que están en observancia en el reino, omitiendo todas las demás, o contrarias o no usadas, y añadir en su lugar los puntos más principales, ilustres y frecuentes en los tribunales, decididos en conformidad y consonancia a las leyes del reino, y opiniones más recibidas en España; y hace algunas advertencias sobre el método que debería observarse [113] en la composición de aquella obra, a cuyo estudio había de acompañar la historia del Derecho civil, para la que se debía destinar una cátedra, y leer en ella por alguno de los compendios que hay de la historia romana. Como con el tiempo se van publicando nuevas leyes, y derogando las antiguas, propone el nombramiento de un censor, a cuyo cargo estuviera el notar las abrogadas, a ejemplo de lo que hicieron los atenienses.

     En el capítulo VI, conociendo que la idea referida, acaso no llegaría a establecerse, por los motivos que impiden comúnmente la ejecución de muchos pensamientos útiles, pone algunas observaciones sobre el estudio y práctica del Derecho civil, para precaverse de sus errores. I. No dar fuerza ni carácter de ley a sus textos; de lo cual han resultado abusos muy perjudiciales, anteponiéndolas muchas veces a las patrias, o confundiendo el sentido de estas con violentas interpretaciones, a fin de que parezcan conformes, como lo han hecho la mayor parte de nuestros autores, y más frecuentemente Antonio Gómez en los Comentarios a las Leyes de Toro. «Porque en llegando, dice, a las leyes reales que derogan expresamente alguna máxima del Derecho civil, de tal modo las comenta, y tales tornillos las da para conciliarlas con el Derecho común, que vienen a quedar acordes, y como si no tuviesen alguna nueva decisión: [114] fundado el Gómez, y los demás en el axioma, de que la derogación de las leyes es odiosa y debe evitarse, hasta impropiar las voces, y cláusulas de la ley, a fin de conciliarla, en cuyo supuesto, respetando como verdaderas Leyes a las romanas, no hay ficción, ni sentido extravagante que no se busque, para dejar inútiles nuestras leyes, y con toda su fuerza al Derecho civil».

     La segunda observación consiste en que suponiendo que las leyes romanas no deben recibirse y respetarse, sino como opiniones sabias, y con el recelo de que muchas, aunque en sí fundadas, no pueden acomodarse a nuestro gobierno, aun respeto, de ellas mismas, no todos los textos han de tratarse como leyes, sino como puntos precisos de historia legal, o como antigüedades que pertenecen al gobierno de los romanos. Nota los inconvenientes que se siguen de no hacerse esta distinción, cual es entre otros el ocupar el tiempo en la interpretación de muchos textos que deben tenerse más como testimonios de hechos y costumbres de los romanos, que como leyes: y el de gastar por lo común más el tiempo en la inteligencia de los menos necesarios, abuso muy frecuente, y en el que señaladamente incurre Vinio, y los autores institutistas.

     La tercera observación se reduce a que se procure evitar otro abuso, no menos perjudicial, cual es el querer conciliar todos los textos [115] contrarios entre sí, a lo que llaman antinomias. «Casi todo el calor, dice, y tarea de las Universidades, y de los autores prácticos se emplea en conciliar los textos civiles que parecen contrarios entre sí, a que llaman vulgarmente Antinomias. Todo lo que se escribe no tiene otro principal objeto, que buscar conciliaciones a dichas leyes; de suerte, que es respetado por mayor jurisconsulto, el que sobresale en esta habilidad, ponderando con indecibles elogios a los que en fuerza de su ingenio, o de la casualidad encuentran algún modo sutil de combinar dos leyes, que al parecer eran irreconciliables. Este es el estudio del Derecho civil, y este es también el método que observan los prácticos Tractistas, aunque no con tanto escrúpulo, y prolijidad como los civilistas puros.

     »¿Pero qué fruto podrá producir semejante estudio? Ella es constante, que el hábito ha de salir muy parecido al acto que lo engendra. Consiguese de aquel ejercicio, que todo punto se reduzca a cuestión, y que no haya caso por sencillo que sea, que no se meta en disputa; hallando textos para todo, y modos de conciliar, y adaptar los que son evidentemente contrarios. Y ve aquí sensiblemente el motivo de arderse en pleitos y cuestiones todo aquel pueblo, que se gobierna por el Derecho civil, o que al menos lo tiene admitido y tolerado en sus Tribunales. [116] Por clara que sea la Ley Real decisiva de una duda, ocurriendo caso semejante, se halla modo de evitar la contrariedad hasta hacerla hablar en el sentido que requiere el negocio. Cuya habilidad no causa extrañeza, a quien sabe, que en las Universidades las leyes más repugnantes se atraen a cualquier partido. Este es el fruto, y este el efecto que se consigue del estudio, y método común de los civilistas. Cuyo abuso los constituye más cavilosos y perjudiciales para el ejercicio de la judicatura, que a los letrados prácticos. Pero no solo es pernicioso a la causa pública dicho método, fomentando por una especie de necesidad pleitos en cualquiera punto, si también es contrario al fin a que se dirige».

     Concluye finalmente su obra con una declamación muy patriótica, en la que exhorta a la reforma de los abusos indicados en su obra. «Dar providencia cabal, dice, para ocurrir a todos los males de los hombres, es imposible, mientras estos sean hombres; pero también es obligación de un monarca, no perdonar medio alguno con que aliviar a su reino en todo lo posible, de las enfermedades que padece, cuando el riesgo es conocido, y las dificultades no embarazan. ¿Qué será, pues, cuando no el peligro, sino el mismo daño se experimenta? No faltará quien diga, que nada se pierde en vivir y pasar por donde nuestros [117] mayores. ¡Oh ceguedad merecedora de un eterno suplicio! ¡Qué de errores, qué de abusos, qué de injusticias, qué de maldades no se abrigan al favor de este inicuo patrono! ¿Que un delito ha de ser disculpa de otro delito? ¿Que ha de ser consuelo para los hombres lo envejecido de un mal? ¿Que hayamos de caminar al precipicio, dando por razón que muchos se han despeñado? Pues no solo es propia del príncipe la obligación de examinar los males de su monarquía; es también cargo indispensable de sus ministros, a quienes está confiado el gobierno, mirar muy despacio estas materias, para representar al monarca su infeliz estado y remedio. ¡Qué importa que las Leyes Reales se recopilen y ordenen, si el mal inevitable nos viene del Derecho común, pozo inagotable de pleitos, opiniones y confusión! Aquí, aqui está la raíz de este cáncer; pues aquí, aquí ha de aplicarse el cauterio. El amor de hijo me obliga a representar lo que alcanzo para servicio de Dios y de España. La empresa para lo grande no es difícil; el provecho es incomparable; el daño es conocido y terrible. Luego la aplicación es precisa».

     Me he detenido algo más de lo que acostumbro en la noticia y extracto de esta obra, porque la tengo por una de las más sólidas y útiles que se han publicado en este siglo, en materia de Jurisprudencia. [118]

     Ha habido quien afirme que la obra del señor Mora Jaraba, había sido tomada de la que escribió Muratori, con el título Dei difetti della Giurisprudencia. Pero esto solo podrá decirlo quien juzgue de las obras solamente por sus títulos: no quien haya leído y examinado las dos. El objeto es diferente, y mucho más difícil el del señor Mora Jaraba, pues Muratori solo reprende los defectos de la Jurisprudencia, y el primero los del mismo Derecho. El método de este es mucho más claro y arreglado, el estilo más nervioso, y no tan redundante como el que aquel autor usa, no solamente en esta, sino en todas sus obras. Solo en la erudición se le podrá acaso dar la preferencia a Muratori.

     También se atribuye al señor Mora Jaraba, el informe que el Ilustre Colegio de Abogados, hizo al Consejo sobre las conclusiones defendidas en Valladolid por un B. Ochoa, en el año 1770 en el cual se trata de los más importantes puntos de nuestra legislación, a saber, del origen de la Potestad real y de su extensión; de la autoridad de las Decretales en España; de la subordinación de los Eclesiásticos a las potestades seculares; de las exenciones que gozan los mismos de tributos, y otras por privilegio de los príncipes; de los límites de la jurisdicción eclesiástica y secular; de los varios recursos de fuerza, de los cuales se da una muy clara explicación, habiendo sido hasta [119] ahora una de las materias más obscuras y controvertidas. Y en fin se prueba, que el Estado Eclesiástico está sujeto a la Suprema Potestad del rey, no solo directiva, sino coactivamente, como los demás vasallos; que deben y pueden ser compelidos los eclesiásticos a la observancia de las leyes civiles; que la Potestad Suprema que les obliga, no dimana de la autoridad de la Iglesia, sino que es una parte esencialmente constitutiva de la Soberanía; que esta Suprema Potestad independiente, por expresa ordenación divina, reside dentro de la Iglesia, para contener el exceso, y perjuicio público de los que ejercen la eclesiástica; que la regalía indubitable de los príncipes en la convocación, asistencia y aprobación de los concilios, no es algún efecto de la Potestad Eclesiástica, o delegación de la Autoridad Canónica, sino un derecho innato imprescindible de la Soberanía; que el conocimiento del perjuicio público, no aparente, sino verdadero de las Bulas y Resoluciones de la Potestad Eclesiástica, es propio del rey; etc. Últimamente se nota la facilidad y libertad que hay en las Universidades, para defender en los actos públicos las proposiciones más extrañas, con cuyo motivo, para precaver en adelante las regalías de S. M., de los insultos que en los tiempos pasados ha padecido, entre otras providencias propone el establecimiento de Censores regios, sin cuya aprobación [120] expresa no se defendiesen conclusiones, en que aún indirectamente se hiriesen estos puntos. El Consejo aprobó este informe; lo remitió a todas las Universidades para que lo tuvieran presente; y estableció los Censores regios que en él se proponían, además de otras disposiciones, para desagravio de la Autoridad Real, que se había ultrajado por los autores y defensores de las citadas conclusiones.

     Además de estas dos obras imprimió el señor Mora Jaraba, siendo abogado, varios Discursos, y Papeles sobre alcavalas, tercias, e incorporación a la Corona de varias rentas enajenadas por legítimos contratos.

     También se me ha informado que tiene trabajadas y manuscritas otras muchas obras, y particularmente las siguientes. Diálogo entre un Abogado de Corte, y un Escéptico, sobre puntos selectos, y especialmente de los recursos de fuerza, en defensa de las regalías. = Disertación sobre la inteligencia del Concordato entre Roma, y España, en cuanto a la provisión de Benéficos. = Discurso sobre el recurso de nuevos diezmos. = Dos Disertaciones sobre el error común en la ejecución de escrituras públicas de contratos recíprocos. = Reforma política de España. = La ciencia vindicada, o impugnación del error en que están algunos, de que los literatos no son hábiles para los empleos de gobierno. = Origen y preeminencia del Consejo del Rey. Esta obra se escribió algunos años antes que la dedicatoria [121] del señor Cantos Benítez, de que se ha hablado en su artículo. = Tratado de los recursos de injusticia notoria. = Tratado sobre los derechos de la guerra, escrito con motivo de la conquista de la Habana.= Disertación sobre el Auto-acordado de los censos enfitéuticos. = Discurso canónico y político de las dos inmunidades locales, en el que prueba que conforme al espíritu de la Iglesia, aunque a los reos refugiados a los templos, no se les deba imponer pena de sangre, (menos en los casos exceptuados), no por eso se ha de dejar de imponerles alguna otra, con que la república quede resarcida en algún modo del daño causado por su delito: y que mientras se trata de la causa, deben ser detenidos en las cárceles reales, prestando la caución correspondiente al Juez eclesiástico, de que no se les impondrá pena de muerte, ni de sangre. = Manifiesto sobre el derecho de la Corona a los Diezmos Novales. = Disertación política sobre la Mesta. = Juicio sobre el libre comercio. = Observaciones sobre los partidos de escuelas en las Universidades. = Reflexiones sobre un nuevo curso de Filosofía, y especialmente de Física experimental. = Disertación canónica-política sobre las Pensiones de los Obispados.

     MORATÍN (D. Nicolás Fernández), abogado de la Academia Latina, y Sociedad Económica de Madrid, y entre los Árcades de Roma Flumisbo Termodonciaco. La Petimetra. Comedia nueva, escrita con todo el rigor del [122] arte, por D. Nicolás Fernández de Moratín, Criado de la Reina Madre nuestra Señora, entre los Árcades de Roma Flumisbo Termodonciaco. En Madrid, en la Oficina de la Viuda de Juan Muñoz: año de 1762. En octavo. Viendo el señor Moratín el desarreglo de nuestro teatro, y que nadie se aplicaba a su reforma en la parte cómica, escribió esta comedia, que acaso es la primera española que se ha visto conforme a las reglas: porque aunque Lope de Vega dijo que había trabajado seis según el arte, ni se han encontrado hasta ahora, ni queda más testimonio de aquella aserción que el dicho de su autor: y las de Calderón, Solís, Cándamo, Moreto, y demás poetas dramáticos están tan llenas de defectos, que seguramente no se puede señalar una sola entre tanta multitud como tenemos, que esté conforme a las reglas. En la tragedia hemos sido menos infelices, como podrá verse en los Discursos de Montiano. Esto sin duda proviene de que el ingenio de los españoles es más inclinado a lo sublime, o de que la pintura de los caracteres más comunes de la vida civil, o por su sencillez, o por la costumbre de verlos, hiere a la imaginación con menos viveza, de donde proviene, que al quererlos describir se escapen con facilidad los rasgos con que se dan más bien a conocer, y sea más difícil la exactitud y la regularidad: lo que no sucede con los afectos trágicos, que hiriendo con más fuerza [123] a la imaginación, la presentan más imágenes, y más facilidad para pintarlas.

     En la Disertación que precede a esta comedia, se trata de su naturaleza, y de la necesidad de ajustarse en ella a las reglas del arte.

     Lucrecia. Tragedia de D. Nicolás Fernández Moratín. Impresa sin nota del año, ni lugar de la impresión. El señor Flores hizo crítica de esta pieza, a la que respondió D. Ignacio Bernascone en el prólogo a la Hormesinda. Tragedia de D. Nicolás Fernández de Moratín, criado de S. M., representada en el Coliseo del Príncipe, por la Compañía de Ponce este año de 1770. Madrid: En la Oficina de Pantaleón Aznar. En octavo. Al principio de esta se imprimieron tres elogios de ella, de D. Juan de Iriarte, D. Casimiro Gómez Ortega, y el Dr. Conti, sujetos bien conocidos en la república literaria. El de D. Juan de Iriarte dice así:

                Magnus ut Hesperiae regnum novat Hormesindae
Frater: ita et scenam tu, Moratine, novas.

     La Diana, o arte de la caza. Poema dedicado al Serenísimo Señor D. Luis Antonio Jaime de Borbón, Infante de las Españas, etc. por don Nicolás Fernández de Moratín... Madrid: En la Oficina de Miguel Escribano, año de 1765. En octavo. Consta este poema de seis cantos. En el primero se trata de la antigüedad, origen y excelencias de la caza. En el segundo [124] de los pertrechos necesarios para ella, como son instrumentos, animales, etc. y de la enseñanza de estos. En el tercero de la cura de los caballos; de la pesquería; y de la astrología, como necesaria a los cazadores. En el cuarto, de la volatería o caza de las aves. En el quinto de la caza de las fieras. Y en el sexto de la batida general.

     El Poema de la caza es uno de los mejores didácticos que se han publicado en España, no obstante que en este ramo no han escaseado los españoles, así en el buen tiempo de nuestra poesía, como en el actual reinado. El uso competente de la mitología, episodios oportunos, descripciones exactas y variadas, y la versificación correspondiente a la naturaleza del asunto, nada de esto se hecha menos en el Poema del señor Moratín. Tampoco faltan sentencias, y máximas políticas, traídas sin violencia, y expresadas con gracia y harmonía. Baste para prueba poner aquí el siguiente pasaje copiado del canto 2.

                Los cuerpos elegidos de mancebos,
con buena paga estén bien mantenidos:
alégranse en llevar vestidos nuevos,
y viéndose robustos, y lucidos,
se empeñan en saber su ministerio,
y aquel que sabe en todo tiempo tiene imperio.
   Este es el gran secreto en que consiste
el cantado valor de las naciones: [125]
no teme un cuerpo que brocado viste
el fulminante horror de los cañones,
y serán más valientes los soldados,
más galanes, y más disciplinados.
   Así las Reales Guardias que lucidas
resplandeciendo están con los galones,
son la tropa mejor: lo distinguidas
invencibles las hace en las funciones;
después de ellas, ninguna gente iguales
a los Carabineros siempre Reales.
   ¿No ves cuán arrogantes, y cuán fieros
con las gorras, terciados los fusiles
marchan los espantables granaderos,
trasunto cada cual del bravo Aquiles,
con bizarra, y triunfante gallardía,
honor de la española infantería?
   Pues la más a la gala le es debido...

     Guzmán el Bueno. Tragedia en tres actos: de D. Nicolás Fernández Moratín. En Madrid. Por D. Antonio de Sancha, año de 1777. En octavo mayor. No es esta la mejor tragedia de nuestro teatro, ni acaso de las del mismo señor Moratín. A mí por lo menos me gusta más la Hormesinda. Porque en el Guzmán las continuas plegarias de la llorona Doña María Coronel, que no parece en esto mujer de un grande y de un héroe como D. Alfonso, lejos de causar moción alguna, antes producen una sequedad que fastidia, y que apenas deja acabar de leer la pieza. Por otra parte los pocos episodios que se mezclan en ella, cuales son por [126] ejemplo, la salida de la cárcel de D. Pedro, dispuesta por Fátima, bajo palabra de honor de volver a ella, la prisión de la misma Fátima, y la salida de Doña Blanca, a la tienda de Aben-Jacob, podían estar tratados con más delicadeza.

     Pero tiene esta tragedia una particularidad en la catástrofe, o desenredo de la fábula; y consiste en que no concluye, como regularmente casi todas las modernas, castigando el vicio, y premiando la virtud, sino por el contrario, dejando al inocente D. Pedro perseguido y muerto; a su esposa llena de amargura; a su madre desconsolada, de suerte que a pesar de la sorpresa que causa la acción de tirar D. Alonso Guzmán, desde el muro su espada al moro para que mate a su hijo, antes que consentir en entregarle la plaza de Tarifa a costa de su perdón, y que parece que esta resolución debía suspender los demás afectos, con todo el ver la inocencia y el valor, aunque intempestivo, castigado, deja en los espectadores cierto sentimiento de terror y compasión que son los propios de la tragedia.

     Los ingenios vulgares no conocen bien el objeto de esta: y se escandalizarían de oír decir que aquel, a lo menos el inmediato, es otro muy diferente que el de castigar el vicio, y excitar a la virtud. Y aun ha habido autor español, que se tiene por maestro de este [127] género de composiciones que ha dicho que está «persuadido a que instruye más, corrige mejor las costumbres, y aun deleita mas el corazón humano, el castigo del vicio y el premio de la virtud, que la compasión nacida de la representación de la opresión de esta, aun cuando fuese capaz de mover tantas lágrimas, cuantas bastasen a formar mil, Guadalquivires».

     Yo no dejaré de tener por buenas a las tragedias que tengan el éxito que este autor, y otros desean. Pero no hay duda en que si nos hemos de atener a las reglas de los antiguos, fundadas sobre la filosofía, y atenta observación de la naturaleza, aquellos preferían en la tragedia la moción de los afectos de terror y compasión, y por lo mismo deseaban que tuviera el éxito infeliz. Aristóteles, cuya poética es el texto de cuantas se han escrito posteriormente define a la tragedia: «es imitación de acción ilustre, perfecta, que tenga grandeza, con hablar suave distintamente en cada una de sus especies en las partes de los que van representando, conduciendo a la expurgación de los afectos, no por narración, sino por vía de misericordia y terror». cap. 6. Y en el cap. 14. añade «Por lo cual ciertamente se engañan en esto mismo los que reprenden a Eurípides, de que lo procuró guardar en sus tragedias, y que las más de ellas acaban en infelicidad; lo cual sin duda, según [128] dijimos, es conforme al arte». En las notas a la poética de Aristóteles, reimpresa en Madrid en 1778 se explican bien estos y otros textos por los que consta la opinión de los antiguos. El mismo autor citado se propuso vertir, para dar a los aficionados la justa idea de una traducción poética, la Xaira, que a imitación del Edipo, y de otras tragedias antiguas, termina en infelicidad.

     Concluida la distribución de premios por la Real Sociedad Económica de esta Corte a las discípulas de sus escuelas, en 22 de agosto de 1778 leyó el señor Moratín una Égloga, intitulada Dorisa y Amarilis.

     Carta histórica sobre el origen y progresos de las fiestas de toros en España. En Madrid: En la imprenta de Pantaleón Aznar, año 1777. En octavo. Prueba en ella que esta fiesta no ha sido tomada de los romanos, sino que ha sido siempre propia de la nación española, con solas las mutaciones de la mayor habilidad y destreza, que se ha ido añadiendo progresivamente hasta nuestros tiempos. En la Crónica del Rey D. Jaime, escrita por Muntaner, hay descripciones de algunas fiestas, y entre ellas de las corridas de toros, con algunas particularidades que pueden servir para ilustrar más este asunto.

     Las Naves de Cortés destruidas. Canto épico. Obra póstuma de D. Nicolás Fernández Moratín. Ilustrada por el Editor, con varias reflexiones [129] críticas, para instrucción de la juventud. 1785. Madrid: en la Imprenta Real. En octavo, mayor. «Acaso se necesita más gusto y más ingenio, decía Mr. Coypel en su Diálogo sobre el conocimiento de la Pintura, para sentir bien las grandes bellezas de una obra, que para descubrir sus defectos. Verdad triste, añade el Abate Trublet, que la experiencia justifica todos los días, a expensas de los autores, y capaz por sí sola de impedir a un hombre de talento el escribir, como no sea un filósofo». Por lo tanto deseaba que los autores fueran comentadores de sí mismos, y que añadieran a sus obras algunas notas que declararan la historia de sus pensamientos (17).

     D. Leandro Fernández de Moratín, hijo del autor de este canto, había pensado en escoger las mejores poesías impresas de su difunto padre, y añadiendo algunas otras manuscritas, ejercitarse en este útil trabajo de analizarlas. En la presente ha manifestado que es muy capaz de desempeñar esta empresa, que aunque parece fácil, es de las más difíciles, [130] y que piden la mayor inteligencia y gusto. El escribir comentarios llenos de textos y de citas, y atestados de erudición trivial e inoportuna, muy poco tiene que hacer, mediante la multitud de bibliotecas, polianteas, índices, y repertorios que se encuentran a cada paso. El manifestar el verdadero mérito, y los rasgos delicados de las piezas de los maestros originales, no lo hacen sino los que están muy versados en el manejo de los mismos rasgos. Se ven las pinturas de Rafael, se aplauden y se admiran. Pero solo Mengs, o tal cual pintor muy filósofo, sabe señalar las prendas que las distinguen de las demás, y leer al autor sus pensamientos estando en el sepulcro.

     El asunto de este canto lo había ya tratado D. Francisco Ruiz de León en su poema, la Hernandía. Y la Real Academia Española, deseando promover el buen gusto en la poesía, ofreció un premio en 1777 al que lo celebrase más bien en un canto en octavas. El premio se adjudicó a D. José María Vaca de Guzmán. D. Francisco Gregorio de Salas imprimió otro elogio de la misma acción.

     D. Nicolás Fernández de Moratín, murió en 1780. Vease el art. Papeles periódicos.

     MORATÍN, (P. Leandro Fernández de) hijo de D. Nicolás. Además de las Reflexiones críticas sobre el canto de las Naves de Cortés destruidas, de que se ha hablado en el artículo antecedente, ha escrito también: La toma de [131] Granada por los Reyes Católicos D. Fernando y Doña Isabel. Romance endecasílabo, impreso por la Real Academia Española, por ser entre todos los presentados el que más se acerca al que ganó el premio. Su autor D. Efrén de Lardnaz y Morante. Madrid 1779. Por D. Joaquín Ibarra. En cuarto mayor.

     Lección Poética. Sátira contra los vicios introducidos en la Poesía castellana. Impresa por la Real Academia Española, por ser entre las presentadas la que más se acerca, a la que ganó el premio. Su autor D. Melitón Fernández. Madrid 1782. Por D. Joaquín Ibarra. En cuarto mayor. Recorre en ella los principales géneros de composiciones poéticas, y nota los vicios en que regularmente suelen incurrir los poetas. Pondré aquí para muestra el pasaje en que reprende los vicios de nuestra dramática.

                Mi patria llora el ejemplar funesto:
su teatro en errores sepultado,
a la naturaleza, al arte opuesto,
   muestra cuanto corrompe el estragado
gusto, que ciego hacia el error inclina,
de la sabia elección abandonado.
   Nuevo rumbo siguió, nueva doctrina
la Hispana Musa, y despreció arrogante
la humilde sencillez griega y latina.
   Dio a la comedia estilo retumbante,
hinchado, crespo, figurado y culto,
de la debida propiedad distante.
   Fue tratado de bárbaro y inculto [132]
el que la errada senda no seguía,
y los siglos quedó su nombre oculto,
   cada cual del acierto se desvía,
desdeñando el coturno sofocleo,
y el ajustado zueco de Thalía.
   El vicio vil, abominable y feo
vieron a la virtud ser preferido,
y en el drama logró feliz empleo.
   Desterrose el honor, el abatido
vulgo vio retratadas sus acciones,
y en ellas su carácter aplaudido.
   Y en vez de corregirse las pasiones,
en tono alegre y máscara festiva,
con fábulas y honestas invenciones;
   el fuego ardiente del amor se aviva,
la venganza cruel, el aparente
pudor se premia, y la maldad nociva.
   ¿Quién allí formará debidamente
de la santa virtud sólida idea,
si el drama que escuchó se la desmiente?
   ¿Qué es ver saltar entre hacinados muertos,
haciendo el foro campo de batalla,
a un capitán enderezando tuertos?
   ¿Qué es ver cubierta del acero y malla,
blandir el hasta una mujer guerrera,
y hacer estragos en la infiel canalla?
   A cada instante ha duelos y quimera,
sueños terribles que se ven cumplidos,
fatídico puñal, fantasma fiera.
   Descocadas princesas, atrevidos [133]
enamorados, ronda, galanteo;
jardín, escala y celos repetidos.
   Esclava fiel, astuta en el empleo
de avivar la pasión más delincuente,
y conducir amantes al careo.
   Allí se ven salir confusamente
Damas, Emperadores, Cardenales,
y algún bufón pesado, e insolente.
   Y aunque son de su estado desiguales,
con todos trata, le celebran todos,
y se mezcla en asuntos principales.
   Allí se ven nuestros abuelos godos;
sus costumbres y heroica bizarría,
desfiguradas de diversos modos.
   Todo es jactancia y necia valentía,
todos jaques, ninguno caballero,
como mi patria los miró algún día.
   No es más que un mentecato pendenciero.
El gran Cortés, y el hijo de Jimena
un baladrón de charpas y jifero.
   ¿Mas quién podrá sufrir sobre la escena
tal desarreglo, tal descompostura,
y tanta impropiedad de que está llena?
   Es una historia cada acción, y dura
años, siglos, y Celio el ignorante
celebra tan graciosa travesura.
   Ya se aparece una ciudad distante,
suena un silbido, y se descubre al punto
el retrete de un sabio nigromante.
   Luego se muestra amontonado y junto, [134]
(así lo quiere mágico embolismo)
Dublín y las murallas de Sagunto.
   ¿Pero qué mucho, si en el drama mismo
se ven patentes las eternas penas,
y el ignorado seno del abismo?

     He visto también una comedia de este autor intitulada el Viejo y la Niña.

     MUÑOZ (D. Antonio), Discurso sobre la Economía Política. Madrid 1779. Por D. Joaquín Ibarra. En octavo. El nombre del autor de esta obra me consta que es supuesto. Si fue por modestia de su verdadero autor, el ocultarlo es digna de alabarse su moderación. Mas si fue por timidez o desconfianza, ciertamente que no tiene motivo para ella. Porque su obra aunque pequeña en el volumen, es sin duda una de las mejores y más útiles que se han publicado en el actual reinado. Los mejores principios de la Economía Política se explican en ella con claridad; se presenta en pocas hojas un cuadro histórico de nuestra nación, en el cual se hacen resaltar los principales caracteres de cada reinado, desde el de D. Fernando, y Doña Isabel. Y por lo que toca a los siglos anteriores, se da una idea del gobierno español y sus variaciones, hasta que llegó a consolidarse la monarquía. Se señalan las causas de la decadencia de esta, reducidas por la mayor parte a la ignorancia de la política económica, o al mal uso de sus reglas. El autor dice muy bien que «las ciencias y las artes mal sabidas, [135] valen quizá menos que ignoradas». Pág. 56.

     MUÑOZ (D. Juan Bautista), Cosmógrafo mayor de Indias, y Oficial de la Secretaría de Estado y Despacho Universal del mismo Departamento.

     La Universidad de Valencia fue una de las primeras de España, en donde amaneció el buen gusto, y la luz de la verdadera filosofía muy a los principios de este siglo. Mas a pesar del ejemplo y los esfuerzos de muchos sabios de aquel reino, no se advertían en la Universidad los progresos que debieran esperarse: porque la preocupación, y particularmente los partidos de tomistas, y suaristas, que en pocas partes han sido tan furiosos como en ella, sufocaban las buenas semillas que habían esparcido aquellos varones doctos y sensatos.

     Pero apenas se quitó o debilitó en algún modo aquel obstáculo, la buena filosofía hizo tan rápidos progresos, que en pocos años se vieron substituidos Newton, Musschembroek, y los mejores filósofos y matemáticos en lugar de los insulsos escolásticos, que antes habían llenado el hueco de las aulas.

     Uno de los que más contribuyeron a aquella reforma, fue D. Juan Bautista Muñoz, por entonces opositor a las Cátedras de Filosofía, y después Catedrático de la misma facultad. Ya se iban persuadiendo los escolásticos [136] de la necesidad de la filosofía moderna, para los progresos de las Ciencias y las Artes en general. Pero careciendo de su conocimiento, y educados con los silogismos y delirios de los que se llamaban peripatéticos, o lo que es mas cierto, por no perder el crédito que en su carrera se habían adquirido, y ceder a otros más mozos que ellos, decían que para la teología era totalmente inútil.

     Con este motivo, en una de sus Oposiciones, imprimió el señor Muñoz en 1767 una Disertación latina, intitulada: Joh. Bapt. Munnozii de recto Philosophiae recentis in Theologia usu Dissertatio. Se trata en ella de la utilidad de la Filosofía moderna, para las demás ciencias en general, y en particular para la Teología tanto para la natural, como para la revelada. Fúndase, no solamente en la necesidad de combatir con sus mismas armas a los herejes, que generalmente siguen ya la Filosofía moderna, sino principalmente en la de desarraigar las supersticiones, de que suele estar imbuido el pueblo cristiano.

     «Certe, dice, non minus eget bona Philosophia Theologus in disputatione cum haereticis, quam in plebis christianae institutione. Quod utrumque est, ut Paulus ad Titum ait, christiani doctoris praecipuum institutum. Sunt autem in christianorum vulgo deliria, ineptiaeque perniciossissimae, ab imperitia, fanaticismo, aut fraude etiam et [137] malitia oriundae, quibus imperiti, interdum etiam docti, in quibus plus afectus et phantasia, quam judicium, vigent, magno suo periculo, subjecti sunt. Atque ut nihil dicam de caco-daemonibus, defunctorum animis, magis necromanticis, aliisque id genus nugis; facere tamen haud possum, quin de falsis revelationibus, ac pestiferis earum effectis, paucis disseram... quas,

     »Non mihi si linguae centum sint, oraque centum, omnes dinumerem. Unum affirmo, nimirum, hujusmodi revelationes, etsi verae esse possint, in quarum numero quasdam beatarum Monicae, ac Theresiae, et non nullas alias existisse judico, certas penitus, et Ecclesiae Dei necesarias esse non posse. Nemo autem infitiabitur, interesse plurimum, ne populus, malitiae ac fanaticismi commenta, divina oracula esse arbitretur.

     »Et vero ferri haec quodam modo possent, si detestanda pii fanaticismi pestis in populo ac rudioribus se continuisset. Illud autem dolendum est, viros etiam, de cetero piisimos et celeberrimos, esse contaminatos. Quo factum est, ut incredibilia sanctorum hominum gesta, miracula, aliaque id genus commenta, aut ab improbis, aut à piis deceptoribus conficta, in ipsa templa, in ipsas ad populum conciones, in precum libros non numquam penetrarint. Quibus tantum abest, [138] ut major christianae religionis athletis fama et veneratio accedat, ut etiam interdum noceat, ansamque praebeat: quibusdam, certa quaeque et explorata denegandi»...

     Y concluye la Disertación señalando las causas por qué prevaleció Aristóteles en las escuelas; los errores en que hizo caer a varios sabios; las declamaciones de muchísimos SS. PP. contra su doctrina; su condenación por varios concilios; y la época y principales autores de la Filosofía Ecléctica.

     Constante en su designio de combatir y desterrar de aquella Universidad el escolasticismo, publicó el año siguiente de 1768 al principio de otras conclusiones un tratadito sobre los buenos y malos peripatéticos, y las nociones previas a la inteligencia de Aristóteles, mostrando cuán distantes estaban los escolásticos de poder entender aquel filósofo, y cuán indignos eran del nombre de discípulos suyos. Concluye exhortando a la lectura de los buenos filósofos, así antiguos como modernos, para tomar de todos lo útil. «Certe, dice, ingratus est erga venerandam antiquitatem, si quis fateri pleno ore renuat, quantum veteribus scriptoribus in omni artium et scientiarum genere debeamus; nostris autem temporibus iniquus, nisi hominum, qui extremis his tribus saeculis vixerunt, singularem ac prope incredibilem diligentiam, eruditionem, atque utilissima inventa demiretur». [139]

     Con el mismo designio reimprimió la Lógica de Vernei, y en una prefación que puso al principio de ella, se esmeró en animar la juventud a los buenos estudios, y en dar a conocer y ponderar el mérito de los mejores autores, para propagar por estos medios las ideas de la buena Filosofía.

     Como esta es inseparable de las humanidades, fomentó también el estudio de la lengua latina, y el de la elocuencia. Cuidó de la reimpresión de las Obras Latinas de Fr. Luis de Granada, en cuyos tomos puso varios prólogos, tratando en todos ellos de puntos importantes y propios de las respectivas materias. Entre estos tiene un mérito muy particular el que precede a la Retórica Eclesiástica de aquel venerable y sabio dominica, reimpresa en Valencia en 1768 en donde trata del origen y progresos de la Retórica entre los griegos y romanos, de las principales épocas de la elocuencia eclesiástica, y de los estudios conducentes para adquirirla.

     También es muy apreciable el tratado De Scriptorum Gentilium lectione, et profanarum disciplinarum studiis ad christianae pietatis normam exigendis, que puso al principio de la obra del mismo P. Fr. Luis de Granada, intitulada Collectanea moralis Philosophiae, reimpresa igualmente que las demás, a solicitud suya. En Valencia en 1775.

     Juicio del tratado de educación del M. R. P. [140] D. Cesareo Pozzi. Lo escribía por el honor de la Literatura Española D. Juan Bautista Muñoz, Cosmógrafo mayor de Indias. Madrid 1778. Por D. Joaquín Ibarra, Impresor de Cámara de S. M. En octavo.

     Atendiendo a las ideas vulgares, parece que no debía esperarse, que quien había sido uno de los más intrépidos perseguidores de los malos escolásticos, tomara el empeño de combatir una obra, que se creía escrita para desterrar de España la barbarie, y establecer sobre sus ruinas la buena Filosofía. El P. don Cesareo Pozzi, Comensal del Eminentísimo Señor Cardenal Colonna, entonces Nuncio en España, acababa de publicar en italiano un Ensayo de Educación Claustral, el cual a pesar de los grandes defectos que contenía, su genio intrigante y cortesano acreditó en tanto grado, que el Consejo de Castilla, llevado del buen deseo de los mayores adelantamientos de nuestra literatura, lo había mandado traducir del italiano, para que sirviera de modelo en los estudios de los Regulares de España.

     El señor Muñoz manifestó en aquel caso la fuerza de una de las pruebas que había puesto en la referida Disertación, sobre el uso de la Filosofía moderna en la Teología, a saber, la de estar instruidos los teólogos cristianos de los medios con que los libertinos de estos tiempos impugnan las verdades dogmáticas, y morales de nuestra Sagrada Religión. Luego [141] que leyó la obra del Padre Pozzi, advirtió que estaba llena de errores, y de falsos principios, los que sí se hubieran dejado correr libremente por España, y más yendo escudados con la respetable recomendación del Supremo Tribunal de la Nación, no podían menos de haberse propagado enormemente, y causado los mismos funestos efectos que en Francia, y en otras partes. Con este motivo escribió esta obra, la cual produjo todo el efecto que se podía desear. Por medio de ella se conoció el ningun mérito del Ensayo, las cenagosas fuentes de donde había copiado su autor los retazos de que lo había zurcido, y los muchos errores que contenía en varias ciencias y materias, y particularmente en la religión y la moral: de suerte que el P. Pozzi, avergonzado, y despreciado de los mismos que antes le aplaudían y celebraban, tuvo que salir de España, lleno de oprobio y confusión.

     En Perpiñán se imprimió una Apología del P. D. Cesareo Pozzi, Abbate della Congregazione Benedittina di Monte Oliveto d'Italia scritta in deffessa del suo libro intitolato Saggio di Educazione Claustrale, contro l'Impugnazione del signor Giambattista Mugnoz, intitulata Juicio, 1780. A esta Apología respondió con mucha solidez y copia de exquisita erudición el señor Muñoz, cuya respuesta he visto manuscrita. Pero no la llegó a imprimir, bien sea por el largo viaje que tuvo que hacer, para [142] recoger los materiales sobre que ha de trabajar la obra que le está encargada por el Ministerio de Indias, o porque acaso llegaría a entender que se estaba tratando por el Santo Oficio, sobre la prohibición de aquellas obras del P. Pozzi, como se ha verificado en el Edicto de 19 de enero de este año; o por otras miras de prudencia.

     Pero la obra que más acreditará al señor Muñoz será la Historia de América, que está trabajando. En cinco años que ha estado en Simancas, Sevilla, Lisboa, y otras partes, recogiendo materiales para aquella obra, ha juntado una porción de documentos originales, cual no la tuvieron Herrera, ni Solís, y mucho menos Robertson, ni el bullicioso Raynal. De su buen modo de pensar, y de la facilidad y soltura de su estilo, ha dado bastantes muestras. Conque es de creer que nos dé una historia completa en todas sus partes.

     El trabajo de esta, y el de varios informes, censuras, y otros encargos anexos a su empleo, acaso no le permitirán concluir otra obra muy útil, y que en algún tiempo se había puesto a trabajar con mucho empeño; a saber unas Instituciones filosóficas en latín, de las que he visto algunos pliegos pertenecientes a la Lógica, y que ciertamente hacen desear su conclusión.

     MURUZÁBAL (D. José de), Catedrático de Retórica de los Reales Estudios de [143] esta Corte. Explicación, según las reglas de la Retórica, de la oración de Cicerón en defensa de la Ley de C. Manilio. Madrid. 1775. Por D. Joaquín Ibarra. En octavo. El señor Muruzábal, ha imitado en esta obra el ejemplo de Longino, Rollin, y otros autores antiguos y modernos, los cuales para hacer unas perceptibles los preceptos de la Retórica, y la fuerza de la elocuencia, han analizado las mejores piezas de los mas célebres autores, y hecho ver en ellas el artificio en que consiste su mérito principal.

     No es menos importante el pequeño Tratado que añade al fin, de la Pronunciación, en la que se comprenden la voz, la acción, y el gesto, puntos muy esenciales en la oratoria, y de los que se suele hablar muy poco o nada en los libros vulgares que tratan de ella.

     Compendio de Retórica latina y castellana, ilustrado con ejemplos selectos, y algunas reflexiones sobre la oratoria del púlpito, en los tres géneros de causas, demostrativo, deliberativo, y judicial. Por ... Madrid 1781. En la Oficina de Manuel Martín. En octavo. Es apreciable este compendio, y muy a propósito para la enseñanza de la juventud, que es el objeto que se ha propuesto su autor, por la claridad con que están explicados los preceptos principales, omitiéndose los menos necesarios; y por la elección, y competente extensión de los ejemplos, sin las cuales no se puede percibir [144] bien la fuerza de la elocuencia. El señor Muruzábal, viendo que esta no tiene en España campo más propio para brillar y hacerse conocer, que el púlpito, ha creído con mucho fundamento, que no debe omitirse el ramo de oratoria eclesiástica en los primeros elementos de la Retórica. Los ejemplos están tomados por la mayor parte de Cicerón, y Tito Livio, y los modernos del P. Neuville.

     Oratio de Gloria, ad hispanam juventutem, in regio Archigymnasio Matrit. habita ab Excelentisimo Domino Augustino de Silva, et Palafox, Duce de Aliaga, inter nobilisimos Hispaniae Dynastas optimae spei Adolescente, cum purioris latinitatis scriptores interpretaretur in publicis Rhetoricae artis exercitationibus, sub disciplina D. Josephi Muruzabal, in eodem regio. Archygimnasio Rhet. Profes. idibus Julii, anno 1786. Matriti. Ex typographia Viduae Ibarra. El siguiente pasaje dará una muestra del estilo de esta oración, y al mismo tiempo del floreciente estado en que estuvo algún tiempo la latinidad en España. «Quid cum nostrae splendor sapientiae ad alias pervasit nationes, tenebras, in quibus jacebant, dissipaturus? cum ad miraculum eruditi viri scientias omnes, humanioresque litteras, ab exteris exules gentibus, quaeque apud nos domicilium suum collocaverant, novas terras incolere fecerunt? Tuam hic ego imploro fidem, Lambine, [145] qui Gallus ipse, seposito partium studio, Lutetiae gymnasia situ et scualore obsita vivis depinxisti coloribus, eademque opera nostros in coelum homines tulisti, qui velut Augiae stabulo repurgando, herculeam operam navarunt. (18) Vestram Burdigalenses, Parisienses, Belgae, Romani, qui Gelidam, Perpinianum, Perezium, Augustinum, Ciaconium de disciplinis omnibus, grandi oratione disserentes vidistis: ut indictos abire sinam innumeros decimi sexti saeculi viros, quorum in literaria Republica susceptos labores larga penu, et nostri, et exteri scriptores laudibus honestarunt amplissimis».



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- N -

     NIFO (D. Francisco Mariano) Los escritores de muchas obras trabajadas en distintos tiempos, y con diferentes motivos y ocasiones, no pueden estar libres de defectos. Las del señor Nifo abundan de ellos. Mas no por eso deja de tener bastante mérito en la Literatura Española. Se puede decir que es el principal autor de los Papeles periódicos. La Política Económica le debe muchos esfuerzos, y una gran copia de datos, que son los que más en [146] ella se necesitan. Ha introducido con sus traducciones varias obras de piedad sólida. La lista siguiente podrá hacer formar algún concepto de este literato, reservando la noticia de las periódicas para el artículo Papeles periódicos.

     En el año de 1742 dio al público: Los engaños de Madrid y trampas de sus moradores; en octavo.

     Otro en cuarto en versos endecasílabos a la coronación del señor D. Fernando VI en el año de 1746.

     En el año de 1752 tradujo el retrato de la Corte, y del Cortesano del Italiano, del P. Fr. Francisco Frugoni, religioso mínimo.

     Varios discursos elocuentes y políticos, sobre las acciones más heroicas de diferentes personajes antiguos y modernos, en los que por medio de prudentes avisos puede lograr el hombre el verdadero modo de gobernarse, según los preceptos de las tres partes constitutivas de la sabiduría humana: es a saber, Ética. Política y Económica. Hará este epílogo D. Francisco Mariano Nifo. En Madrid: en la Oficina de D. Gabriel Ramírez, año de 1755. En cuarto, traducción del italiano.

     En 1756. Discurso Físico-moral sobre los terremotos.

     Proyecto fácil y seguro para lograr la universal diaria asistencia, y limpieza de Madrid, sin gasto de la Real Hacienda, ni gravamen alguno de la causa pública. Ofrécelo a los Reales [147] Pies del Rey nuestro Señor D. Francisco Mariano Nifo. En Madrid: en la Imprenta de D. Gabriel Ramírez. En cuarto.

     Descripción del motín de Zaragoza.

     Voces de Fernando VI.

     Enhorabuena a la Reina Madre.

     Regocijos de Madrid.

     Cajón de Sastre, o colección de muchas piezas exquisitas de autores españoles, en prosa y verso, en 7 tomos, en 1760 reimpreso en 1781.

     Representación juiciosa de la España antigua, contra los abusos de la España moderna.

     Retrato de los Jesuitas, traducido del portugués en 1767.

     Reimpresión y compendio de la Agricultura de Herrera; 7 tomos en octavo, para la comodidad de los pobres labradores.

     El Bufón de la Corte: Colección de varios chistes.

     Novelas espirituales de la Madre Doceo, con el título del Novelero de los Estrados.

     El Drama Heroico, intitulado La Hipsipile; traducido del señor Metastasio.

     La comedia en un acto: El juicio de la mujer hace discreto al marido: agregado un sainete crítico, contra los sainetes de moda de cierto autor.

     El Pensador Cristiano, o Meditaciones sobre los Evangelios de Cuaresma: traducido [148] del italiano.

     Dos discursos que hacen un tomo en octavo, con el título de la Nación Española defendida de los insultos del Pensador, y sus secuaces, sobre el asunto de comedias.

     El filósofo aprisionado; cinco Papeles en prosa y verso, sobre varios asuntos.

     El amigo de las mujeres.

     La Historia Sagrada del Antiguo Testamento, de Mesangui, traducida del francés, en 4 tomos en octavo.

     Varios Papeles en verso, y en prosa, que van sueltos en diferentes metros.

     Las siguientes obras del Marqués de Caraccioli, traducidas del francés.

     Idioma de la Razón. = Idioma de la Religión. = Religión del hombre de bien. = Clamor de la verdad. = Grandeza del alma = Vida a el Papa Clemente XIV. = Cartas del dicho Sumo Pontífice, en cinco tomos. = La posesión de sí mismo, en dos tomos. = El Cristiano de estos tiempos, en dos tomos. =Fundamentos de la Religión, en dos tomos. = El Universo enigmático. = Los caracteres de la amistad. = Despedida de la Mariscala. = El verdadero mentor. = La conversación consigo mismo. = La verdadera alegría. = La pintura de la Muerte.= Los verdaderos intereses de la Patria.= Las Noches Clementinas, en dos tomos. = El viaje de la razón por la Europa, en dos, tomos. [149]

     NOGUERA y RAMÓN (D. Vicente), Regidor perpetuo de la ciudad de Valencia. Memorias de los sucesos de Veletri del año MDCCXLIV escritas en lengua latina por el Conde Castrucio Buonamici, Oficial de Guardias de Corps de S. M. Napolitana; y puestas en la castellana, por D. Vicente Noguera y Ramón. En Valencia, año de 1766. Por Benito Monfort. En octavo. El original de estas Memorias es una de las obras más bien escritas en latín en este siglo: y el traductor ha sabido trasladar al español la elegancia con que la escribió su autor el Conde Buonamici.

     D. Paciani Episcopi Barcinonensis opera quae exstant. Obras de S. Paciano, Obispo de Barcelona, traducidas e ilustradas por D. Vicente Noguera, Regidor perpetuo, en clase de Nobles, de la Ciudad de Valencia. En Valencia: en la Oficina de Benito Monfort. 1780. En cuarto mayor.

     Pensando el Ilustrísimo Señor D. José Climent, Obispo de Barcelona, en reimprimir las Obras de S. Paciano, su antecesor en la misma Silla, en el siglo IV le pareció que sería muy conveniente acompañarla con una traducción al castellano, para cuyo efecto, y para el cuidado de la impresión se valió del señor Noguera. La elección de aquel sabio y celoso prelado de un lego para esta comisión, pudiendo haberse valido de algún eclesiástico, muestra bien el concepto que le mereció su instrucción y literatura. Pero aunque la confianza [150] del señor Climent, quien como todo el mundo sabe, de nada tenía menos que de adulador, podía haber hecho emprender desde luego al señor Noguera la edición que se le encargaba, con todo procuró ejercitarse primero en la lectura de los Padres de la Iglesia, que más conducen para la inteligencia de la Disciplina antigua, cuyos frutos manifestó muy bien en el Discurso sobre la vida, y escritos del Santo, la introducción a la parénesis, y las notas con que adornó toda la obra. Para esta se han tenido presentes varias ediciones, y una copia exactísima del manuscrito, que fue de la Reina Cristina, y existe en la Biblioteca Vaticana.

     No obstante estas circunstancias, el autor se hace cargo del reparo que se le podía hacer, notándole el que tratara de estas materias siendo lego, porque en España es muy común el creer que la ciencia eclesiástica está vinculada al hábito, a la sotana, y a las borlas. Pero satisface con moderación diciendo (19): «Tal vez el vulgo, que frecuentemente equivoca los estudios e inclinaciones de los hombres con sus vestidos y trajes, creerá que una noticia de la religión, algo mayor que la que comúnmente posee el pueblo, excede a la capacidad y literatura de un secular, [151] y es muy expuesta para quien desde los primeros años no se ha dedicado al estudio de la Teología. No pensaron así los cristianos de los primeros siglos»...

     Historia general de España, que escribió el P. Juan de Mariana, ilustrada en esta nueva impresión de tablas cronológicas, notas y observaciones críticas, con la vida del autor. En Valencia, y Oficina de Benito Monfort. En cuarto mayor. Esta obra se está imprimiendo por subscripción con caracteres bellísimos, y en papel muy fino, de suerte, que será una de las más bien impresas en España. Van publicados tres tomos. En el primero precede un prólogo, en el cual se da razon de esta edición, y de los motivos que ha tenido el señor Noguera, para seguir en ella la del año 1608, con la adición al pie de las variantes substanciales, que se hallan en las de 1617 y 1623. Sigue luego la historia de la vida y escritos del Padre Juan de Mariana. Pruebas y documentos que justifican la historia de la vida y escritos del mismo. Tablas cronológicas de los años consulares. Observaciones sobre los tres primeros libros de esta historia, en las que se trata con la más delicada crítica, y escogida erudición de los principales acaecimientos de los tiempos primitivos de España.

     En todas las observaciones y notas del señor Noguera se manifiesta una crítica muy juiciosa, y un gusto muy delicado. La vida del [152] historiador particularmente está escrita con la mayor delicadeza, copia de noticias raras y exquisitas, y análisis exactas de los escritos de Mariana. No se limita solamente a estos, sino que con motivo de las ocurrencias que ocasionaron muchos de ellos, se extiende a referir las circunstancias con que tienen conexión. Es muy notable, por lo que contribuye al conocimiento de la historia literaria de España, la relación de la causa suscitada contra el Dr. Arias Montano, suceso que contribuyó en mucha parte a la decadencia de la Literatura Española, y en el que trabajó mucho el P. Mariana.

     En el segundo tomo, al texto del P. Mariana, y notas con que se ilustra, se añade un ensayo sobre el estado de España, mientras fue Provincia del Imperio Romano; sobre el principio y progresos de la religión cristiana en España, en donde se da una idea de la primitiva Iglesia de esta Península, formada con arreglo a los Cánones del Concilio Iliberitano, y se trata de otros varios puntos relativos al mismo objeto.

     En el tercero se añade igualmente un ensayo cronológico de los reinados de los soberanos que dominaron en España, desde la invasión de los árabes, hasta D. Fernando I; en el cual, además de la difícil averiguación de las datas de muchos hechos, se trata del origen de algunos usos y costumbres, [153] cuyo conocimiento es muy importante para la Historia civil de España, y para aclarar muchas dudas acerca de varias regalías, que se han obscurecido con el tiempo.

     Oración leída en la Real Academia de las nobles Artes de Valencia, en la Junta general de 2 de septiembre de 1783 para la distribución de premios. Se trata en ella de las grandes proporciones que tiene Valencia para el fomento de las nobles Artes, por su suave clima, por lo bien cultivado de su terreno, y por el genio y disposición de sus naturales; lo cual se confirma con la historia de muchos y famosos artistas que ha producido en los tres ramos de Pintura, Escultura y Arquitectura.

     También se me ha informado que tiene concluida, y en estado de publicarse una Disertación, o Tentamen in Canonem XVII Concilii Toletani, vulgo primi, en la cual trata con mucha erudición de la calidad de las mujeres que aquel Concilio llama Concubinas.

     NUIX (el Abate D. Juan), ex-jesuita español. Reflexiones imparciales sobre la humanidad de los españoles en las Indias, contra los pretendidos filósofos, y políticos, para ilustrar las historias de MM. Raynal y Robertson. Escritas en italiano por el Abate D. Juan Nuix, y traducidas con algunas notas, por D. Pedro Varela y Ulloa, del Consejo de S. M. su Secretario, con ejercicio de Decretos, en la tercera [154] mesa de la Secretaría de Estado y del Despacho Universal de Marina. Madrid. 1782. Por don Joaquín Ibarra. En cuarto.

     Es muy digno de alabarse el buen celo del señor Abate Nuix, cuyas reflexiones pueden servir para reparar en algún modo la malignidad, con que algunos extranjeros han hablado de los españoles, tocante a su conducta en el descubrimiento y gobierno de las Indias. Pero es menester confesar que sus relaciones no han carecido enteramente de fundamento. Antes que Robertson y Raynal, escribieran sus historias de América, habían notado ya nuestros mejores políticos e historiadores la mayor parte de los vicios que aquellos han publicado. El señor Campillo trató de ellos con mucha individualidad en una obra intitulada: Nuevo sistema de gobierno económico de América, escrita en 1743.

     «Si el que las Indias (dice en el cap. I de la primera parte) produzcan tan escasamente, consistiera en la benignidad del trato que se diera a los naturales, no queriendo cargarlos demasiado de tributos, sería cosa tolerable. Pero bien al contrario, la suerte de aquellos infelices es la miseria y la opresión; y sin que ceda en beneficio del soberano, y bajo el dominio de los reyes más piadosos del mundo, y de las leyes más humanas de la tierra, están padeciendo los efectos de la más dura tiranía. [155]

     »En las descripciones modernas del Asia nos dicen (y es evidente), que el gran Mogol tiene doscientos millones de pesos de renta; siendo así, que sus estados no equivalen a las Indias de España, ni están sus vasallos tan oprimidos, ni tienen sus ministros las luces que pueden tener los nuestros.

     »Sin salir de la América, sabemos que Méjico, y el Perú eran dos grandes imperios en manos de sus naturales, y en medio de su barbarie. Y bajo de una nación discreta y política están incultas, despobladas, y casi totalmente aniquiladas unas provincias, que podrían ser las más ricas del Universo. ¿Pues en qué consiste esta enorme contradicción? Consiste sin duda, en que nuestro sistema de gobierno está totalmente viciado, y en tal grado, que ni la habilidad, celo, y aplicación de algunos ministros, ni el desvelo ni toda la autoridad de los reyes, han podido en todo este siglo remediar el daño y desorden del antecedente, ni se remediará jamás, hasta que se funde el gobierno de aquellos dominios en máximas diferentes de las que se han seguido hasta aquí»...

     Todo el resto de la obra está lleno de semejantes expresiones, y de pruebas del mal gobierno de la América, indicando los remedios que se le podrían aplicar. Después de ella se han puesto ya muchos en práctica; y el señor Nuix [156] hubiera hecho un servicio más importante y más honroso a la nación, manifestando a los extranjeros las providencias útiles que se van tomando por el Ministerio español, para cortar los abusos del gobierno de América, que no con disculparlos.

     Estas consideraciones no disminuyen en mi concepto el mérito de la obra del Abate Nuix: ni por eso dejo de tener por muy justos los elogios que se han hecho de ella, particularmente el que se lee en las Efemérides de Roma de 15 de julio de 1780 en donde se dice así: «Egli merita somma lode per l'intreppideza con cui socorre alla patria nella più pressante necesita, pel coraggio con cui si opone al torrente di tutti i pretessi politici, per essere stato il primo, è l'unico nell'intraprendere quest' opera, é finalmente per haberla condotta à una perfezione forse non aspettata... In somma il chiarissimo Ab. Nuix si dimostra patriota, teologo, politico, filosofo, é uomo di eloquenza non volgare. Il suo stile è vivo, conciso, chiaro, rapido, nervoso, ameno ed interesante»...



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- O -

     ORTEGA (Dr. D. Casimiro Gómez), primer Catedrático del Real Jardín Botánico, [157] de las Reales Academias Médica, y de la Historia, correspondiente de la de las Ciencias de París, y de las Sociedades de Londres, y de Florencia, D. José Ortega, Boticario mayor de los Reales Ejércitos, Vice-Director del Real Jardín Botánico de Madrid, Académico fundador, y Secretario perpetuo de la Real Academia Médica-Matritense, sujeto de un mérito muy distinguido, había tenido el encargo por el Ministerio de viajar por las Cortes y Reinos extranjeros, con el objeto de recoger las noticias necesarias para el adelantamiento de las ciencias naturales en este reino, y particularmente para el establecimiento de una Academia de ellas, sin la cual se creía, y con razón, que no podían hacer muchos progresos. Para esto trajo la preciosa colección de instrumentos y máquinas, que se conserva actualmente en el Seminario de Nobles de esta Corte: trató y dio a conocer al Ministerio a varios sabios extranjeros, con el fin de que nuestra nación los admitiera en su seno, para aprovecharse de sus luces; y promovió el establecimiento de un Real Jardín de plantas, cuyos principios, confió Fernando VI a su dirección. También tradujo y publicó el tratado de la electricidad del Abate Nollet, y compuso un Elogio histórico del señor Dr. D. Josephi Cervi, leído a la Real Academia Médica Matritense, en 30 de marzo de 1748, impreso en Madrid en el mismo año. Habiendo [158] conocido este sabio, por una parte la importancia de las ciencias naturales, y por otra la imposibilidad de aprenderlas bien, por entonces en España, resolvió que su sobrino siguiera la carrera de aquellos estudios, a que le destinaba, en la Universidad de Bolonia. Allí, después de haberse perfeccionado en las humanidades, estudió la Filosofía, Medicina, Química y Botánica, oyendo a los señores Monti, Beccari, Laghi, Bassi, y la Física experimental de la famosa Dra. Doña Laura Bassi. En este tiempo publicó con motivo de la muerte de Fernando VI una elegía latina, y un epigrama en griego y en latín, y poco después el

     Tentamen poeticum, seu de laudibus Caroli III. Hispan. Regis Carmen. Bononiae 1759. En cuarto. De este ensayo se dio noticia, y un extracto muy circunstanciado en las Actas de Leipzig del mes de octubre, año de 1761 y celebran sus autores particularmente la narración de la acción de Veletri, como jucundisimis floribus distinctam, et maxime in universo carmine splendescentem. Se reimprimió este Ensayo en latín y en castellano, en Madrid, en casa de D. Francisco Nifo, año de 1769 también en cuarto, añadidos los principales sucesos del actual reinado hasta aquel año.

     Commentarius de Cicuta. Matriti 1763. Y traducido en el mismo año, con el título de [159] Disertación sobre el uso y virtudes de la Cicuta. En cuarto. El Dr. D. Juan Vincenti Protomédico del rey de Nápoles, corrigió por este tratado una equivocación en que había incurrido en otro sobre el mismo asunto. «In prima, dice, et altera commentarii hujus editione cum Bauhino, et Tournefortio quatuor adnotavi Cicutae species, et secundo loco Cicutam majorem foliis tenuioribus possui. Fateor me illorum fide deceptum fuisse: nam serius in rem inquirens, vidi inde Boerhaavium, et Linneum illam non notasse speciem; et nuper ex lectione Commentarii de Cicuta Cl. Viri Casimiri Gomezii Ortegae, Matriti editi, anno 1763 pag. 8 plane didici hujusmodi plantas, quo juniores, humilioresque, et frigidiori in loco nascentes, eo etiam foetidiores esse et acriores, foliaque habere tenujus divisa. Atque haec quidem foliorum varietas fortasse ocasionem praebuit Cl. Bauhino, et Cl. Tournefortio, ut unam eamdemque cicutae speciem in duas veluti dispescerent». En el Comentario sobre la Cicuta, reimpreso en latín en Nápoles, en 1774 pág. 2 not.

     Viaje del Comandante Byron, hecho alrededor del mundo, traducido del inglés, con notas, y un nuevo mapa del estrecho de Magallanes. Madrid 1769. En cuarto. En Londres se apreció mucha más esta traducción que el mismo original, por las notas que contiene [160] sobre historia natural, y demás adiciones. Y así fue preciso repetir la impresión en el año siguiente de 1770, con el apéndice de un Resumen del primer viaje hecho alrededor del mundo por Hernando de Magallanes, y Juan Sebastián del Cano.

     De nova quadam stirpe, seu Cotyledonis, Muzizoni, et Pistoriniae descriptio, cum earum iconibus. Matriti 1773. En cuarto.

     Tabulae botanicae, in quibus clases, sectiones, et genera plantarum in institutionibus tradita Tournefortianis synoptice exhibentur, in usum Praelectionum botanicarum. Matriti 1773. Apud Joaquin Ibarra En cuarto mayor.

     Física de los árboles, en la cual se trata de la Anatomía de las plantas, y de la economía vegetal, o sea, introducción al tratado general de bosques y montes, con una Disertación sobre la utilidad de los métodos botánicos: escrita en francés por el célebre Mr. Duhamel Du Monceau, y traducida al castellano, con varias notas, por... Madrid 1772 Por D. Joaquín Ibarra. Dos tomos en cuarto mayor. = Tratado del beneficio y aprovechamiento de los Montes, del mismo, también con notas. Madrid 1773 y 1774. Dos tomos en cuarto. = Tratado de las siembras y plantíos de árboles, y de su cultivo, o medios de multiplicar y criar árboles: de plantarlos en espesillos y alamedas; de formar montes, y bosques, y de conservarlos y restablecer los que estén deteriorados, traducido del mismo [161] autor, con varias notas. Madrid 1773. Por D. Joaquín Ibarra. En cuarto mayor. En el prólogo de esta obra publica el señor Ortega algunas órdenes inéditas que le franqueó el señor D. Eugenio Llaguno, de Felipe II, en las cuales se trata del plantío de árboles en varios sitios de Madrid.

     En vista del abandono, en que han estado hasta ahora los montes del reino, el Consejo ha dado varias providencias para su replantación. Y para que esta se haga con más conocimiento, mandó traducir y publicar estos Tratados de Mr. Duhamel de Monceau, de los cuales envió ejemplares a las capitales del reino. El mérito de estas traducciones no debe confundirse con el de otras de lenguas vulgares. El asunto de los originales siendo casi enteramente nuevo en España, necesitaba en el traductor un gran conocimiento de los dos idiomas, francés y castellano, y mucho más de aquella parte de la física, para saber la correspondencia de las voces técnicas del uno al otro.

     Elementos naturales y químicos de agricultura del Conde Gustavo Adolfo de Guillemborg, y de su Maestro Juan Gotschalk Wallerio, traducidos del inglés. Madrid 1775. En octavo mayor. Lo mismo debe decirse de esta traducción, y de algunas otras del señor Ortega, que de las antecedentes.

     Experiencias del álcali volátil, en la curación [162] de las asfixias, por M. Sage, traducido en español. Madrid, 1776. En octavo. Se reimprimió esta obra también en Madrid, en 1780, con la adición de las curaciones observadas en España.

     Tratado de las aguas termales de Trillo. Comprende la antigüedad, y situación de Trillo: la descripción de sus baños; la de sus plantas, y minerales; la análisis de las aguas; las curaciones y casos adversos; el método de usarlas; y la distancia o ruta desde Madrid. Escrito de orden del rey; y bajo la dirección del Ilustrísimo Señor D. Miguel María de Nava, Decano del Consejo y Cámara, etc. Por el Dr. D. Casimiro Ortega, Profesor de la Botánica, de las Reales Academias de la Historia, y Médica, y de las de Ciencias de París, y Londres. Madrid: en la Imprenta de D. Joaquín Ibarra año de 1778. En cuarto mayor. Habiendo debido el Ilustrísimo Señor D. Miguel María de Nava el restablecimiento, de su quebrantada salud al uso de estos baños, y conocido al mismo tiempo las ventajas que con ellos podía lograr el público, hizo presente al Rey la necesidad de que en ellos se fabricaran algunas obras para su mejor conservación, limpieza, y comodidad de los enfermos que necesitaran valerse de ellos; y que se hiciera una análisis metódica, bien circunstanciada, para que se conocieran mejor las virtudes de aquellas aguas. El benéfico Carlos III condescendió [163] luego con la súplica de su celoso vasallo, y le confió la dirección de las obras necesarias, y la análisis. En virtud de esta comisión, nombró el señor Nava a D. Casimiro Ortega para el examen, y se hizo este con la mayor atención y solemnidad, a presencia de varios médicos, y cirujanos de las inmediaciones de Trillo. Como el señor Ortega tuvo a mano todos los documentos que quiso, y los gastos que necesito para sus experiencias, es esta una de las obras más apreciables en su línea.

     Método fácil y seguro de trasplantar plantas a poca costa a los países extranjeros más distantes, con dos láminas. Publicado de orden de la Corte. Madrid 1779. Por esta obra se dice lo siguiente en la Gaceta universal de Viena, de tres de junio de 1786.

     «Siccome la nostra Nazione cerca con avidità i tesori d'America, non nemo che le produzioni extraordinarie, è le rarità di quel nuovo mondo, ad oggetto di arricchire i Gavinetti di Storia Naturale, il sig. Casimiro Gomez di Ortega Professore del Giardino Botanico di questa Corte, per viepiu agevolare uno studio di tanta utilità, ha stampata d'ordine del Monarca una ben intessa istruzione, onde facilitare il trasporto di qualunque pianta viva ai paesi piu lontani, colla massima sicurezza, ed economia. Lo stesso scrittore ha publicato anche un metodo ottimo di disseccare le piante, é qualunque [164] vegetabile, affine de poter formare Erbarj a comodo degli studiosi, e dilettanti di Storia Naturale. Questo soggetto assai noto all' Europa per le sue Opere, e profondo sapere nelle Fisiche Facoltà, principalmente nella parte Chimica, è Botanica, lo è altresi, per i suoi tentativi, e felici scoperte nell' analisi delle differenti arie, avendo non poco perfezionati i metodi del celebre Inglese Priestley, col quale ebbe molta practica ed amicizia nel suo viaggio fatto a bella posta in Inghilterra, colla mira di procacciarsi nuovi ajuti, onde poter facilmente insinuarsi, e penetrare nelle vie piú nascoste, e misteriose della natura».

     Historia natural de la Malagueta, o pimienta de tabasco (Piper Jamaycense) con la lámina de la planta. Madrid 1780. En cuarto.

     El Antimefítico, o licor antipútrido, y perfectamente correctivo de los vapores perniciosísimos de los dormitorios, comedores, teatros, hospitales, enfermerías, iglesias, cementerios, cuarteles, cárceles, minas, navíos de guerra, lugares comunes, albañales, sumideros, carnicerías, limpias, mondas, etc. Por el Dr. Janin Señor de Comble-blanche. Cuyos experimentos publicados en París, por disposición y a costa de aquel Gobierno, se han comprobado, traducido, e impreso de orden superior. En Madrid, en la Imprenta Real, año de 1782. En octavo mayor. Fue el traductor el señor Ortega, [165] quien en el prólogo puso la noticia de varias experiencias hechas en España, en comprobación de la virtud del Antimefítico.

     Tablas Botánicas, en que se explicará sumariamente las clases, secciones, y géneros de plantas que trae Tournefort en sus Instituciones. Madrid 1783. En octavo mayor.

     Continuación de la Flora Española de don José Quer. Vease el artículo Quer.

     Arte de ensayar oro y plata; Bosquejo o descripción comparativa de la copelación de las substancias metódicas por medio del plomo, o del bismuto; y operaciones para sacar el oro más puro, que por el método de la separación, o apartado. Con las láminas correspondientes. Por el célebre Mr. Sage, Profesor Real de Mineralogía Docimástica en la Real Casa de Moneda de París, etc. Traducido y añadido por el Dr. D. Casimiro Gómez de Ortega, etc. Madrid 1785. Por D. Joaquín Ibarra, Impresor de Cámara de S. M. de orden superior. En cuarto.

     Curso Elemental de Botánica, teórico y práctico, dispuesto para la enseñanza del Real Jardín Botánico de Madrid, de orden del Rey nuestro Señor, por el Dr. D. Casimiro Gómez de Ortega, y D. Antonio Palau y Verdera, catedráticos primero y segundo del mismo Jardín. Madrid, en la Imprenta Real, año de 1785. Dos tomos en octavo mayor. Este curso ha sido muy celebrado. En el Diario general de Francia de 29 de octubre de 1785 se dice lo siguiente. [166] «Le Roi d'Espagne, qui n'est occupè que du bonheur de ses peuples, et à perfectionner l'instruction publique dans toutes les sciencies, avoit ordonné aux deux Professeurs, D. Casimiro Gómez Ortega, et D. Antonio Palau, de travailler conjoinctement à la redaction d'un Cours de Botanique, le quel embrassant toutes les notions necessaires, fut aussi à la porteé de ceux qui commencent à etudier cette science. En consequence ils viennet de publier ce petit Ouvrage, qui repond parfaitement aux vues bienfaisantes du Monarque.

     »Il est partagè en deux parties, dont la premieré contient les difinitions de chaque partie des plantes, et de leur difference, accompagnèes presque toujours de la citation de trois plantes. L'Ouvrage de Linnè leur a servi de guide: mais ils y ont ajoutè des éclaircissemens qui confirment l'ideè qu'on avoit prise de leurs connoissances dans les differens Ouvrages qu' ils ont publiès.

     »Dans la seconde partie, après avoir expliquè le systeme de Linnè, ils donnent les caractères les plus saillans de 1218 genres. On trouve aussi dans cet Ouvrage deux tables, une en latin et l'autre en espagnol, de plus de 1300 plantes».

     Se sabe que se está imprimiendo en Parma por el famoso impresor Bodoni una traducción de este curso al toscano, hecha por el célebre profesor botánico de S. A., el Dr. [167] D. Juan Bautista Guatteri.

     Todas las Ciencias y Artes han debido a la magnificencia de Carlos III protección, auxilios, y fomentos. Pero en la Botánica, o por haber sido más bien dirigidos, o porque no ha habido tantos obstáculos que vencer, han sido más visibles los adelantamientos. Hasta que S. M. vino a España no se había publicado ninguna obra metódica sobre aquella ciencia; y el único jardín que había, era más bien objeto de curiosidad, que de enseñanza. Pero apenas vino S. M. a España, se publicó la Flora Española del señor Quer. Después se pasó el jardín a sitio más cómodo, y se dispusieron las plantas con más orden e inteligencia. Se han fundado dos Cátedras de Botánica, de la que se han visto ya varios ejercicios públicos, presididos por el Ministro de Estado, el Excelentísimo Señor Conde de Floridablanca, demostración que ha contribuido no poco para extender la estimación de aquella ciencia, e inflamar mucha más la aplicación de los discípulos. Se han dado a estos varios premios. Se han establecido otros jardines en Cádiz, y en Pamplona, y dado las órdenes convenientes, para que se formen en Barcelona y Zaragoza. Además de esto, cuando el Ministerio de Francia pidió a nuestro soberano el permiso para que Mr. Dombey pasara al reconocimiento, y observación de las plantas de aquel reino, lo concedió [168] S. M., bajo las condiciones de que había de ir agregado a una expedición, que con este motivo determinó S. M. se hiciese, compuesta de dos botánicos, y dos dibujantes españoles: que Dombey a su regreso había de entregar en el Jardín Botánico de Madrid dos ejemplares de todas las plantas de sus herbarios del Perú, y copia de las observaciones, y descripciones que de ellas hiciese; y que para que ninguno de los tres botánicos quedase defraudado de la gloria de los descubrimientos, así comunes, como particulares de cada uno, se había de formar un diario exacto de los progresos de la expedición, firmado por todos sus individuos. Aquella expedición ha tenido el éxito más favorable por parte de nuestros españoles, quienes tienen trabajada la Flora del Perú, la cual se imprimirá luego que lleguen a España (20). S. M. está costeando otras dos, la una en sus vastos dominios de la América Meridional, al cargo de dos discípulos sobresalientes de la Escuela de Madrid, [169] D. Hipólito Ruiz, y D. José Pavon; y la otra por los de la América Septentrional, bajo del cuidado y dirección del Dr. D. José Celestino Mutis, correspondiente español del propio establecimiento, que mereció al hijo de Linneo el distinguido elogio, de que en el suplemento de las obras de su padre, lo celebrará por el más aventajado botánico que ha existido en el nuevo mundo. Se han publicado varias obras de Botánica a expensas de nuestro Augusto Soberano. Se está imprimiendo actualmente por los manuscritos originales la Historia Natural de Nueva España del Dr. D. Francisco Hernández, Proto-Médico de Felipe II. El espíritu del gobierno se ha comunicado a los particulares, como sucede regularmente, cuando sus providencias son bien dirigidas. La Real Compañía de Filipinas, ha enviado a sus expensas a D. Juan Cuéllar, discípulo también del Jardín Botánico de Madrid, a aquellas fertilísimas islas, para que examine las ricas producciones del Oriente. Sujetos de profesiones, al parecer, muy diferentes e inconexas con la Botánica, esto es, doctores de Teología, abogados, cónsules, etc. se han aplicado a aquel estudio, con aprovechamiento.

     El señor Ortega ha tenido mucho influjo en la parte literaria de todas las providencias que se han dado para el fomento de la Botánica. Está a su cargo la correspondencia [170] de las dos expediciones mencionadas. Ha arreglado la continuación de la Flora Española de Quer, que este dejó en borradores malamente coordinados. Y está entendiendo en la impresión de los MSS. del ya mencionado D. Francisco Hernández.

     También es del señor Ortega la inscripción puesta a la puerta del Real Jardín Botánico, que dice así:

CAROLUS III P.P. BOTANICES INSTAURATOR
CIVIUM SALUTI ET OBLECTAMENTO.
ANNO MDCCLXXXI.

     ORTIZ (D. José Francisco) presbítero. Abaton reseratum, sive genuina dedaratio duorum Locorum cap. ult. lib. tert. architecturae M. Vitruvii Pollionis, nusquam ad mentem Auctoris facta; scilicet de adjectione ad stylobatas cum Podio, seu ad Podium ipsum, per scamillos impares. Et item De secunda Adiectione in Epistyllis facienda, primae respondente. Scribebat José Franciscus Ortiz, Presbiter Hispano-Valentinus. Romae, typis Michaelis Angeli Barbiellini 1781. En octavo mayor.

     Estando el señor Ortiz en Roma trabajando su traducción de Vitruvio, advirtió que los que le habían precedido en este trabajo, incurrieron en muchas equivocaciones, y particularmente en la interpretación de los dos textos de que trata en esta obra, los cuales ninguno había entendido, y él explica [171] con mucha claridad.

     El P. Jaquier, y el señor Pezzuti, Matemáticos de los más acreditados de Roma, hicieron de ella los elogios más extraordinarios. Y en las Efemérides literarias de la misma ciudad, de 13 de enero de 1782, se lee el siguiente. «Oltre le ingegnose congetture che sono da leggersi sopra di questi due tenebrosi passi nemolti commentatori, e tradottori Vitruviani, dessi si sono meritati ancora libri intieri, e trattati particolari, fra i quali ci contenterémo di rammentare quello di Bernardino Baldi Abate di Guastalla, e l'altro di Giovanni Bertani Architetto Mantovano, che furono poi tutti due riprodotti dal Sig. Marchese Poleni nelle sue Esercitazioni Vitruviane. Il Sig. Abate Ortiz autore del presente opusculo, e che da molti anni stà preparando una faticatissima traduzione spagnuola di Vitruvio, pretende, ed a buon diritto, se non ci inganniamo, che nessuno sinora abbia colto nel segno nell' interpretazione de' due controversi passi, e no dà poscia una sua, la quale sombra in vero conciliare tutte le contradizioni, e render chiara ogni cosa».

     Risposta dell' Abate D. Giuseppe Francesco Ortiz, al P. Ireneo Affò. In Madrid, nella Stamparía Reale 1785. En octavo. El P. Affò, Padre jubilado, y Definidor de la Menor Observancia, en la vida que escribió de Bernardino [172] Baldi, había censurado al señor Ortiz, por haber este criticado a Baldi, con cuyo motivo, intenta rebajar el mérito de su descubrimiento, suponiendo que antes que él lo había conocido ya el Marqués Galliani. El señor Ortiz manifiesta en su respuesta las grandes equivocaciones y alucinaciones de aquel P. atribuyéndole cosas que no dice, y no entendiendo otras, de las que habla sin conocimiento, por su impericia, y por no haber leído bien el Abaton reseratum.

     Los diez libros de Arquitectura de M. Vitruvio Polión traducidos del latín, y comentados por don José Ortiz y Sanz, presbítero. De orden superior. En Madrid: en la Imprenta Real, año de 1787. En folio mayor. Había emprendido el señor Ortiz esta traducción en 1777, siendo Vicario mayor de la Colegial de S. Felipe. Pero, habiendo experimentado la gran dificultad de aquella empresa, no teniendo más auxilios que el de tres comentadores que había recogido, a saber Filandro, Bárbaro, y Galiani, y conociendo que para acabarla con felicidad era necesario el examinar ocularmente algunos MSS. de Vitruvio, y mucho más los edificios antiguos que quedan en Italia, lleno de su pensamiento, y del deseo de hacer un servicio útil a su patria, dejó esta, y se fue a Roma, desde donde pasó a observar atentamente los residuos de la antigüedad griego-romana, que quedan en sus cercanías, en Nápoles, [173] (21) Baya, Pozzuolo, Herculano, Pompeya, Pesto, y otras, circunvecinas; y habiendo recogido los apuntamientos y observaciones que hacían a su intento, se estableció en Roma por agosto de 1779. Allí continuó su traducción, y con los auxilios que le dio el rey, informado de sus buenos deseos, e instrucción, volvió al Vitruvio. Tan iluminado dice el autor, que se halló después de aquellos viajes, que apenas encontró dificultad en lo que antes las veía insuperables, por donde conoció que muchas de ellas lo eran solo por la desidia y negligencia de los comentadores.

     Para fijar la pureza del texto no ha seguido absolutamente el señor Ortiz ninguno de los impresos, ni MSS. Pero ha tenido presentes la primera edición de Sulpicio, las tres del P. Juan Iocundo, las de Filandro, Bárbaro, Laer, y Galiani; todas las cuales posee, a excepción de la de Laet. También ha tenido presentes cuatro códices de la Biblioteca Vaticana, y dos de la del Escorial, de todos los cuales ejemplares ha tomado en los lugares que las variantes han corrompido, la lección que ha juzgado más natural y propia, o menos disonante y extraña; valiéndose también para ello del mismo texto, corrigiendo algunos por los antecedentes y consiguientes; pero con moderación, y no sin particular motivo, como lo hizo Perrault en su traducción francesa, quien a cada paso que no penetraba, que son en gran [174] número, iba proyectando, y hallaba correcciones a su modo, oliéndole a corrupción de libreros cada frase y palabra recóndita; y lo han hecho también otros, aunque no con tanta libertad, como Perrault.

     También ha tenido presentes el señor Ortiz para su traducción, las italianas de Francisco Lucio, César Cesariano, Juan Bautista Caporal, Daniel Bárbaro, y la del Marqués Galiani: la española de Miguel de Urrea, impresa en Alcalá en 1482; la alemana de Gualtero Rivio; y la francesa del citado Perrault.

     Prevenido el señor Ortiz con tantos auxilios de viajes, lectura, y meditación, ha dado luz a muchos lugares difíciles y obscuros de Vitruvio: ha notado y enmendado muchos yerros de sus famosos comentadores y traductores, usando de una crítica libre e imparcial, pero no orgullosa, confesando al mismo tiempo que los corrige en algunos lugares, lo que ha debido a los trabajos de sus antecesores en la inteligencia de otros muchos.

     Al inmenso trabajo de la traducción, ha añadido el señor Ortiz el de haber escrito nuevamente la vida de Vitruvio, con mas exactitud que ninguno de los que le han precedido; y el de las importantes notas, con que ha ilustrado todo el texto. El Ministerio que de mucho tiempo a esta parte conoce bien la importancia de las bellas artes, y las fomenta [175] a toda costa, ha auxiliado al señor Ortiz con una pensión decente, y otros socorros, y para coronar su trabajo, ha mandado imprimir su traducción magníficamente, de suerte, que o bien se mire al mérito de la traducción, y notas, o bienal de la impresión, ninguna nación posee actualmente un Vitruvio, como el que tienen los españoles.



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     PALAU y VERDERA (D. Antonio), segundo Catedrático de Botánica por S. M. Académico de las Reales Academias Médica-Matritense, y de Ciencias y Artes de Barcelona, Socio honorario de la Real Sociedad Médica de Sevilla, e individuo de mérito de la Real Económica de los Amigos del País de esta Corte. Explicación de la Filosofía, y fundamentos botánicos de Linneo, con la que se aclaran y entienden fácilmente las Instituciones botánicas de Tournefort. Su autor, etc. Parte teórica. Madrid: por D. Antonio de Sancha, año de 1778. Un tomo en octavo mayor. En el Diccionario Enciclopédico, se lee que Linneo fue llamado por el Ministerio de España, para hacerlo presidente de una nueva Academia, destinada a cultivar el estudio de la Historia Natural (22). [176]

     Como quiera que sea, el señor Palau, cuyos esfuerzos para los adelantamientos de esta ciencia son bien notorios, no sufrió que carecieran los españoles de la principal obra, que en ella se ha escrito, como estaba sucediendo, y para hacerla más útil, escribió primero esta explicación, y luego ha publicado la traducción de la parte práctica del mismo Linneo, con el siguiente título.

     Parte práctica del Caballero Carlos Linneo, que comprende las clases, órdenes, géneros, especies, y variedades de las plantas, con sus caracteres genéricos y específicos, sinónimos más selectos, nombres triviales, lugares donde nacen, y propiedades, traducida del latín al castellano e ilustrada por... de orden superior. Madrid: en la Imprenta Real, 1784 y siguientes. Cinco tomos gruesos en octavo mayor.

     PAPELES PERIÓDICOS. Para los progresos de las ciencias y las artes, o a lo menos para la mayor y más rápida extensión de sus conocimientos, han contribuido mucho en estos últimos tiempos los Papeles periódicos. La pereza ha sido el enemigo más terrible que ha tenido la Literatura. Los hombres que constituyen regularmente su felicidad en no hacer nada, acostumbrados a mirar las cosas por la superficie, y a no pararse en pensar sobre la forma del globo en que habitan, sobre la constitución del gobierno que obedecen, ni sobre los objetos que miran y tocan continuamente, [177] con dificultad se resuelven a devorar tomos en folio, ni a leer las obras completas de los sabios que han contribuido con sus luces a los progresos de la razón, y al bien de la humanidad.

     Por otra parte, reducido hasta ahora el estudio de las ciencias a cierta clase de profesores, el resto de la sociedad quedaba en la ignorancia de un gran número de objetos, de lo cual resultaba, que ni los sabían apreciar, ni los buscaban, careciendo de este modo de la cultura que adquiere el espíritu con la extensión de los conocimientos de las cosas que pueden interesarle de varios modos.

     Estos vicios no pueden desarraigarse en poco tiempo, ni con un medio solo. Entre los principales de que se han valido las naciones cultas de estos tiempos, para extender más rápida y generalmente la ilustración a todas clases de ciudadanos, ha sido uno el de los Papeles periódicos. Son muchísimos los que se han publicado en toda Europa, con los títulos de Diarios, Memorias, Actas, Gacetas, Mercurios, Correos, Efemérides, etc. destinados unos para anunciar los libros que se publican, y censurar su mérito; otros para dar noticia de los descubrimientos en las Ciencias y Artes, o de sus adelantamientos; y otros finalmente a varios objetos útiles al público.

     En España se pensó, y practicó este medio, desde que el gobierno resolvió seriamente [178] restablecer las Ciencias y las Artes, que por todo el siglo pasado habían padecido un atraso lamentable. A poco que había venido S. M. a España, empezó a salir una gran multitud de aquellos Papeles, y aunque por la mayor parte fueron despreciables, no faltaron entre ellos algunos de bastante mérito. Pero la nación no estaba todavía en estado de gustar de la crítica, y de los conocimientos económico-políticos, que por la mayor parte fueron los objetos de aquellos periódicos; y así cayeron por sí mismos, porque nadie trabaja en aquello de que no espera alguna utilidad.

     En estos últimos años, y particularmente desde el de 1784, se han vuelto a renovar, al parecer con más buen suceso, pues continúan a pesar de bastantes oposiciones y estorbos que se han puesto a algunos de ellos, y de muchos declamadores que intentan desacreditarlos.

     Pero no puedo menos de advertir que en este género de obras, no puede dejar de haber algunos defectos, o porque las noticias no se comunican a sus autores con la pureza y exactitud correspondientes, o porque sus fuerzas no pueden abrazar la multitud de objetos que se suelen proponer. Voy a poner dos ejemplos de yerros muy notables, en dos Papeles periódicos extranjeros.

     «No se acaba de hablar, dice Mr. Linguet [179] en sus Anales políticos (23) de la balanza del gobierno de Inglaterra: porque el Presidente de Montesquieu en sus travesuras de imaginación, más bien que de política ni de Filosofía, dijo que para que no se haga abuso del poder, es necesario que el poder contenga al poder, citando en prueba de ello a la Gran Bretaña. Esta idea produjo la de un equilibrio, y después se ha repetido esta palabra, porque se ha creído que estaba comprobada con un ejemplo. Pero una imagen no hace autoridad más que en la poesía: en la política es otra cosa. Lo repito, yo no encuentro país alguno donde haya menos equilibrio ni balanza que Inglaterra. En Esparta había los Éforos, recurso absurdo a la verdad, que ponía unos déspotas al lado de los reyes, y que no hacía más que mudar el nombre de la soberanía. En Roma estaban los Tribunos, medio muy arriesgado, que después de haber servido útilmente a la república, contribuyó mucho a su ruina. En Venecia está la Inquisición de estado, recurso temible, al cual un hombre ilustrado preferirá todos los abusos, y todas las esclavitudes posibles. En España hay las fantasmas de las Juntas de las Cortes. En Francia las costumbres nacionales, la opinión pública, y sobre [180] todo la instabilidad del genio de sus naturales, que no pudiendo jamás permanecer mucho tiempo en una misma situación, no permite más duración a la opresión, que a la libertad» (24).

     Mr. Linguet está muy engañado en creer que las fantasmas de las Juntas, y de las Cortes sirven de freno en España a la autoridad real, añadiendo un nuevo ejemplo de la poca instrucción con que hablan regularmente los extranjeros acerca de nuestro gobierno, y de nuestras costumbres actuales, describiéndolas con los caracteres que tenían doscientos años hace. Pero esta, ni otras equivocaciones, no quitan que sus reflexiones contra [181] Montesquieu sean sólidas, y sus Anales políticos, a excepción de algunos pasajes sobradamente libres, uno de los mejores Papeles periódicos que se han publicado en Europa.

     El otro ejemplo lo tomaré del Diario general de Francia, de 29 de octubre de 1785. «D. Vicente García de la Huerta (se dice en él) ha compuesto una tragedia en tres jornadas; la Raquel». El editor de esta pieza añade, que «la representación es tan lastimosa, que podría hacer derramar bastantes lágrimas para formar mil Guadalquivires» (25). Y lo pone con sus comas dobles al canto, para que se conozca que son palabras del editor de la Raquel. ¿Quién puede haber sugerido al de aquel Diario una especie tan extravagante y contraria a la realidad? Lo que el editor español dice es: «El plan de la tragedia es sistema particular del poeta, persuadido a que instruye más, corrige mejor las costumbres, y aun deleita más él corazón humano el castigo del vicio, y el premio de la virtud, que la compasión nacida de la representación de esta, aun cuando fuese capaz [182] de mover tantas lágrimas, cuantas bastasen a formar mil Guadalquivires». Pues no es lo peor el que se equivoque aquel diarista, y trunque tan malamente las palabras del español; sino que después de haber cometido tan torpe yerro concluya el párrafo diciendo: Il faut convenir que cette metaphore sent bien le gout du terroir; o: Es preciso convenir en que esta metáfora es conforme al gusto del país.

     He puesto estos dos ejemplos, para manifestar lo expuestos que están a errar los autores de semejantes obras, sin que esto perjudique a su mérito principal; y al mismo tiempo para comprobar lo que ya he notado en otras partes, esto es, la poca instrucción, y falta de exactitud con que suelen hablar los extranjeros de nuestras cosas, aun de las más notorias y públicas.

     Había pensado primero en extenderme algo más en este artículo, dando noticia individual de cada periódico, y de lo más que en ellos se contiene. Pero había crecido demasiado, y así me he visto precisado a reducirlo.

     Diario de los literatos de España en que se reducen a compendio los escritos de los autores españoles, y se hace juicio de sus obras, desde el año de 1737. En Madrid por Antonio Marín, año de 1737. Siete tomos en octavo. De esta obra se ha hablado (26) ya en algunas partes de esta Biblioteca. [183]

     Memorias para la Historia de las Ciencias y Bellas Artes, compuestas en francés por los Padres de Trevoux, y traducidas al castellano por D. José Vicente de Rustant, quien las dedica a los eruditos y curiosos. Enero y febrero 1752. En Madrid: en la Imprenta de D. Agustín de Gardejuela. Octavo. El señor Rustant se había propuesto el ir traduciendo, y publicar todos los meses las Memorias de los PP. de Trevoux. Pero no sé que se hayan impreso más que dos tomos.

     Discursos mercuriales. Memorias sobre la Agricultura, Marina, Comercio, y Artes liberales, y Mecánicas. Por D. Juan Henrique Graef. Se publicaron hasta veinte números, dos cada mes.

     Diario curioso, erudito, y comercial, público y económico. Por D. Manuel Ruiz de Uribe, etc, En Madrid: en la Imprenta del Diario, año de 1758. Empezó a publicarse en 1 de febrero de 1758. Su principal autor fue don Francisco Nifo, quien trabajó en él cerca de año y medio. Luego vendió la parte que tenía en el de la impresión por 14000 reales a su compañero D. Juan Antonio Lozano, quien lo continuó hasta el año de 1780, y desde entonces hasta el de 84, su hijo don Pablo, que ahora está colocado en la Biblioteca Real.

     El Plan del Diario que precedió a su publicación, se redujo a dos artículos, subdivididos [184] en varios puntos. En el primero se habían de comprender varios asuntos curiosos, y eruditos, de historia y literatura, tanto nacional, como extranjera. El segundo había de ser todo comercial, y económico. Esto es, se había de dar en él noticia de cuanto ocurriese importante y necesario al comercio, por menor, y economía doméstica; de ventas, almonedas, entradas de géneros, robos, inventos, criados y criadas desacomodadas, amas de leche, sujetos que quisiesen tomar dinero a censo etc.

     Sus autores habían concebido al principio el Plan de otro modo, a lo menos en cuanto a la primera parte.

     Pero ni uno ni otro Plan desempeñaron; por qué desde los principios casi toda la primera parte se redujo a dar la Historia del Santo del día; y últimamente a copiar un pedazo de la Historia de los Viajes. En el año 1784, compró D. Francisco Escartin el privilegio a la Viuda de D. Juan Antonio Lozano, por 10000 reales. Pero habiendo encontrado varias dificultades, para su continuación, lo vendió por igual cantidad a Mr. Thevin, mercader de libros, cuya actividad las ha vencido, alcanzando la aprobación de un nuevo Plan, para cuya ejecución se ha valido de varios sujetos, que lo están continuando con el título de

     Diario curioso, erudito, económico, y comercial. [185] Esta resurrección del Diario, fue también acompañada de un Prospecto, escrito con un mejor estilo que el primero, en cual se expresa la nueva forma que se le ha dado, reducida a cinco artículos de Curiosidades, Erudición, Comercio, Economía, y Noticias particulares de Madrid. Empezó a publicarse en 1 de julio de 1786.

     El Duende especulativo, sobre la vida civil, dispuesto por D. Juan Antonio Mercadal. Núm. 1. Martes 5 de junio de 1761. En Madrid: en la Imprenta de Manuel Martín. En octavo. El objeto de este papel era el ridiculizar las modas.

     El Pensador. De esta obra se ha dado ya noticia en el artículo Clavijo.

     La Estafeta de Londres en varios Cartas sobre el proceder de la Inglaterra en Artes, Ciencias, Comercio, Industria, Marina, etc. por D. Marciano de la Giga, esto es, D. Francisco Mariano Nifo. En 1763; y reimpresa en 1779.

     Correo general histórico, literario, y económico de la Europa (en continuación de la Estafeta de Londres) o Memorias sobre la Agricultura, Literatura, Artes, y Comercio de Francia, Holanda, Alemania, e Inglaterra, y particularmente de España. Del mismo autor.

     El Pensador Cristiano, sobre todos los días de Cuaresma. Del mismo autor.

     Diario extranjero. Noticias importantes y gustosas para los verdaderos apasionados de [186] Artes, y Ciencias, etc. Por D. Francisco Mariano Nifo. En Madrid: en la Imprenta de don Gabriel Ramírez, año de 1763. En cuarto.

     El hurón político e instructivo, para todas las semanas, compuesto por D. Manuel Martínez.

     El hablador juicioso y crítico imparcial. Cartas y discursos eruditos sobre todo género de materias útiles y curiosas, con las noticias literarias de España, por el Abate Juan Langlet.

     El escritor sin título, dirigido al autor de las Noticias de la moda, traducido del español al castellano, por el Licenciado D. Vicente Serraller y Aemor.

     Los Entretenimientos del Anticuario noticioso general de España y de sus Indias, su autor D. Raymundo Guise.

     El amigo del público, que sin doblez le habla, dándole una breve noticia de varios Papeles Periódicos, por D. Juan Antonio Aragonés.

     La Pensadora Gaditana, por Doña Beatriz Cienfuegos.

     Aduana crítica, etc. Vease el art. Flores.

     El Amigo y Corresponsal del Pensador: su sutor D. Antonio Mauricio Garrido.

     El desengañador del Teatro Español: su autor D. Nicolás Fernández Moratín.

     El Poeta. Del mismo autor.

     Miscelánea política, o cartas instructivas, escritas por D. Mateo Antonio Barberi. [187]

     El Erudito investigador, o Historia universal del orden, establecimiento, y progresos de las Leyes, Artes, Oficios mecánicos, Ciencias, Comercio, y Navegación, Arte Militar, usos y costumbres de todos los pueblos antiguos del mundo, desde el Diluvio universal, hasta la elevación de Ciro al Trono de los Persas, y desde aquella remota edad, hasta nuestros días. Compuesta en francés por Mr. Goguet, y traducida y aumentada con algunas noticias modernas, justificativas de las antiguas, por don Francisco Mariano Nifo, y Compañía.

     Feijóo crítico moral, y reflexivo de su Teatro, sobre errores comunes. Su autor D. Leonardo Antonio de la Cuesta.

     Santoral español. Papel crítico, que dan a luz por semanas los doctores D. Cristóbal de Medina Conde, D. Juan Velázquez de Echevarría, y Compañía Literaria Granadina.

     El Novelero de los Estrados, y Tertulias. Y Diario universal de las bagatelas. Obra semanaria que ofrece dar al público. D. Antonio Ruiz y Minondo, o D. Francisco Mariano Nifo. En la Imprenta de D. Gabriel Ramírez, año de 1764. En octavo. El señor Nifo dio traducidas en esta obra algunas novelas de Mr. de Marmontel.

     El Belianis literario. Discurso andante(dividido en varios Papeles Periódicos), en defensa de algunos puntos de nuestra bella Literatura, contra todos los críticos partidarios del buen gusto, y la reformación. Su autor D. Patricio [188] Bueno de Castilla. Parte primera. Tomo primero. Madrid, por D. Joaquín Ibarra, año de 1765. En cuarto. Es una sátira contra los Papeles periódicos, publicados en los tres años antecedentes, y contra los Escritos errantes a que dieron ocasión. Se publicaron hasta siete números, en los cuales se hizo crítica de todos los Papeles que acabamos de indicar, desde el Pensador.

     Discursos políticos y morales sobre Adagios castellanos. Obra periódica, compuesta por don Manuel Santos Rubin de Celis, residente en esta Corte. En Madrid: en la Imprenta de don Antonio Muñoz del Valle, año de 1767. En octavo.

     Semanario económico, compuesto de noticias prácticas, curiosas, y eruditas de todas Ciencias, Artes y Oficios, traducidas y extractadas de las Actas, Bibliotecas, Observaciones, Efemérides, Relaciones, Misceláneas, Diarios, Enciclopedias, Historias, Memorias y Disertaciones de las Academias de la Europa; y de muchos otros autores de fama, franceses, ingleses, italianos, alemanes, etc. Obra periódica que sale todos los jueves del año. Con noticias de agricultura, pintura, alfarería, vidriería, pedrería, latonería, armería, panadería, confitería, esmaltado, grabado, dorado, plateado, barnizado, azogado; fábricas de loza de China, de hoja de lata, papel, velas, carmín, alumbre, estufas y chimeneas de nueva [189] invención, estucos, lacres, similores y composiciones metálicas, modos de endulzar el agua del mar, de encontrar fuentes y hacer pozos con facilidad, prontitud y a poca costa, etc., etc., etc. Escrito por D. Pedro Araus. En Madrid. En la Imprenta de Andrés Ramírez, año de 1766. Empezó en 11 de abril de 1765, y lo continuó Araus hasta diez de noviembre de 1767. La colección comprende tres tomos en cuarto. Después la continuó D. Juan Biceu, desde 16 de octubre de 1777, hasta 28 de junio de 1778.

     Correo general de España, y noticias importantes de Agricultura, Artes, Manufacturas, Comercio, Industria, y Cienciasç, etc. que con la generosa protección de la Real Junta de Comercio, da al público D. Francisco Mariano Nifo. En Madrid, año de 1769. En cuarto. Ningún escritor ha habido en España que haya tenido los auxilios que el señor Nifo para esta obra. La Real Junta de Comercio lo excitó a su ejecución; y el Consejo de Castilla expidió una circular por todo el reino, para que se le remitieran las noticias que pedía, conforme a un interrogatorio que el mismo había formado.

     Correo literario de la Europa, en el que se da noticia de los libros nuevos, de las invenciones y adelantamientos hechos en Francia, y otros reinos extranjeros, pertenecientes a las Ciencias, Agricultura, Comercio, Artes, y Oficios [190] publicados en París, desde el mes de noviembre de 1780. En la Oficina de Hilario Santos Alonso, año 1781. Un español residente en París era el autor de este Correo, que se publicaba todas las semanas. Se reducía a cinco artículos. El primero, una breve relación de los libros nuevos que se iban publicando en Europa, explicando el asunto de cada uno; la aceptación que habían tenido en Francia; y si sus máximas eran adaptables a nuestro reino, en juicio del autor. = Segundo, un índice de las nuevas impresiones hechas en Francia, y otros reinos extranjeros. = Tercero, los premios y asuntos de todas las Academias económicas, y de las Ciencias de Europa, expresando los Discursos premiados e impresos. = Cuarto, las nuevas invenciones y adelantamientos en las Ciencias, Artes, y Oficios, distinguiendo a qué Ciencia, Arte, u Oficio corresponde cada invención. = Quinto, los accidentes del comercio de Europa; noticias de su prosperidad y decadencia; de las principales ferias de todos sus reinos; de los géneros introducidos y extraídos de cada una de sus provincias y puertos, especialmente de Francia; de los adelantamientos o decadencia de las principales manufacturas de Francia, y otros reinos florecientes, etc.

     En el número 30, se ofreció añadir la noticia y asuntos de todas las obras nuevas, e impresiones que se hicieren en España; y con [191] efecto empezó a hacerse así desde el 35. Se publicaron hasta 62 números, y en el último se puso un nuevo prospecto, en el cual se prometieron algunas mejoras. Pero no tuvieron efecto, antes bien cesó del todo su publicación, hasta el año pasado de 1786, en que volvió a continuarse desde 5 de octubre; y tampoco ha durado mucho.

     El Censor. En el artículo Cañuelo di ya noticia de esta obra, y de que se había mandado suspender. Después ha vuelto a continuar, llegando en el día a 161 los discursos publicados. Su autor no ha mudado de tono en los posteriores a la prohibición. La misma entereza, la misma libertad se observa ahora en ellos que en sus principios. Hasta ahora el Pensador, y los autores de otros Papeles periódicos, no se habían propuesto otro, que el de ridiculizar las modas, y ciertas máximas viciosas introducidas en la conducta de la vida. El Censor manifiesta otras miras más arduas y más arriesgadas. Habla de los vicios de nuestra legislación; de los abusos introducidos con pretexto de religión; de los errores políticos, y de otros asuntos semejantes.

     El Discurso 79 de esta obra, dio motivo para que se expidiera la Real orden siguiente, dirigida al señor Juez de Imprentas, y Librerías.

     «Ilustrísimo Señor. =En papel de 18 del [192] corriente, previne a V. S. I. que se suspendiese la venta del Papel periódico núm. 79, intitulado el Censor, publicado el día anterior, y que se recogiesen los ejemplares que se pudiese, mediante que por una equivocación accidental, no había llegado a tiempo la resolución que comuniqué, para que no se imprimiese con la noticia que tuve de su contenido; y esto por justos motivos de prudencia, aunque estuviese censurado por persona condecorada.

     »Sin embargo de que este y otros Papeles semejantes, que satirizan los vicios y los malos resabios, sean muy útiles para la enmienda de las costumbres públicas y privadas, quiere el rey que se ponga gran cuidado en que no se abuse de ellos, para zaherir ni ofender específicamente las personas, ni las comunidades, o cuerpos particulares, a más del que se tiene y ha de continuar, para que se respete con suma veneración nuestra religión santa, y lo que es anexo a ella.

     »Pero como muchas veces, viendo algunos el retrato de sus defectos en tales Papeles, creen que también están nombradas, o pintadas sus personas, y se esfuerzan por medios indirectos y ocultos a sofocar, con perjuicio público, la verdad que los reprehende; y por otra parte los autores pueden y suelen abusar, por genio propio, o por resentimientos personales, de la licencia de criticar los vicios, deslumbrando [193] a los que censuran sus obras, para que no se detengan en algunas expresiones perjudiciales a tercero; ha resuelto S. M. que para ocurrir a los inconvenientes de una y otra clase, V. S. I. y todos sus sucesores en la comisión de Imprentas, oigan y administren la más rigurosa justicia a cualquiera que se quejare del autor de dicho Papel, y cualquiera otra obra impresa, haciendo se censuren de nuevo por personas imparciales, sabias y prudentes, y condenando los autores, en caso de ser justas las quejas, la retractación pública, o a la explicación de sus obras, y a la reparación del daño y costas, como también en las demás penas que fueren correspondientes, todo con citación y audiencia de los mismos autores, y apelación al Consejo; bien entendido, que en el caso contrario de no ser las quejas fundadas, deberán sufrir iguales penas y condenaciones, los que las hayan promovido.

     »De quedar en esta inteligencia me dará V. S. I. aviso, en el concepto de que paso al Consejo, con esta fecha, copia de la expresada resolución.

     »Dios guarde a V. S. I. muchos años. San Lorenzo 29 de noviembre de 1785. = Señor D. Fernando de Velasco».

     El espíritu de esta Real orden está muy bien explicado en una obrita que se publicó en el mismo año, intitulada:

     Diálogo crítico-político, sobre si conviene o [194] no desengañar al público de sus errores y preocupaciones, y si los que son capaces de ello arriesgarán algo en hacerlo. Escrito por D. Joaquín Medrano de Sandoval, con ocasión del Papel que se mandó recoger, intitulado: El Censor. Núm. 79. Madrid, 1786. En la Imprenta de la Viuda de Ibarra, hijos y compañía. En octavo.

     Memorial literario, instructivo, y curioso, de la Corte de Madrid. Vease el art. Ezquerra.

     El Corresponsal del Censor. Se tratan en estas cartas varios puntos acerca de la educación, y costumbres nacionales, con buenas pinturas de los vicios que reinan en ellas.

     Es muy importante la Carta XVI, en la que se trata del mal método que hay en España de probar la habilidad de los sujetos, por medio de las lecciones de puntos, y otros ejercicios de memoria: proponiendo que se substituyan en su lugar los exámenes por escrito, método que Benedicto XIV mandó que se siguiera en Bolonia, y en Ancona, y del cual se seguirían muchísimas ventajas.

     El Apologista Universal. Obra periódica, que manifiesta, no solo la instrucción, exactitud, y bellezas de las obras de los autores cuitados que se dejan zurrar de los semicríticos modernos; sino también el interés y utilidad de algunas costumbres y establecimientos de moda. En la Imprenta Real, 1786. En octavo. Hasta ahora van publicados [195] catorce números. Se dice que su autor es el P. M. Fr. Pedro Centeno, religioso agustino, y Lector de Artes en el Convento de Doña María de Aragón de esta Corte.

     El objeto de este periódico es ridiculizar algunas obras muy malas, costumbres, y opiniones extravagantes, particularmente en materia de literatura. El P. Centeno ha manifestado un talento muy original para este género de escribir. Su ironía es muy fina y sostenida, su crítica delicada, y el estilo gracioso y lleno de rudeza. Esta obra es muy útil para corregir el mal gusto, el chabacanismo, la irregularidad, pedantería, y demás vicios de los escritores.

     Correo de los ciegos de Madrid. Empezó a publicarse en primero de octubre de 1786, los martes y viernes de la semana. La idea de este Papel, según lo que prometieron sus autores en el primer número, se reduce a presentar alternativamente algunos rasgos particulares de Historia, de Economía, de Política, y de Moral, y a reproducir bajo diverso aspecto las novedades, y cosas más útiles y curiosas, que anunciaren todos los Papeles públicos de España, y las que pudiesen recoger por sí mismos, no solo en España, sino también de las mismas naciones extranjeras, y pensamientos, ideas propias, proyectos, descubrimientos, planes, críticas, sátiras, poesías, [196] discursos, memorias, disertaciones, etc. que se les quieran dirigir, como se guarde la moderación, respeto, y decencia debidos a la religión, al rey, y a las leyes».

     Semanario erudito, que comprehende varias obras inéditas, críticas, morales, instructivas, políticas, históricas, satíricas, y jocosas de nuestros mejores autores, antiguos y modernos. Sácalas a luz D. Antonio Valladares de Soto Mayor. Madrid 1787. En cuarto. Ninguna de cuantas historias de España se han publicado llega hasta nuestro tiempo. De todo el siglo pasado, y del corriente están sepultadas en el olvido, o esparcidas en papeles por la mayor parte inéditos las memorias de nuestra historia. Esta falta puede suplirse de algún modo con muchas obras que va publicando don Antonio Valladares.

     Espíritu de los mejores Diarios que se publican en Europa. El objeto de esta obra, que ha empezado a publicarse en este año, tres veces a la semana, es extractar lo mejor de los Diarios extranjeros en las materias más útiles. Sus autores han suscrito a los mejores periódicos de Europa, y no excusan gasto alguno, para que su obra salga con la perfección posible.

     Memorias políticas y económicas sobre los frutos, comercio, fábricas, y minas de España, con inclusión de los reales decretos, órdenes, cédulas, aranceles, y ordenanzas que se han expedido [197] para su gobierno y fomento. Obra periódica, que se dará a luz dividida por Memorias. El objeto de esta obra es el descubrir, y extender las mejores ideas relativas al comercio en todas sus partes, manifestar sus ventajas, las causas de su decadencia en España, los daños que han resultado de ella; la importancia de traficar con utilidad los frutos y manufacturas del país, enlazando todas las noticias pertenecientes a este objeto, con sistema y solidez, en cuanto podemos juzgar por las tres memorias que hasta ahora se han publicado, en las cuales se trata de la constitución económico-política de Madrid.

     Diario Pinciano, histórico, literario, legal, político, y económico. Se publica en Valladolid los miércoles de cada semana. En la primera parte de este periódico se ha propuesto su autor el ir formando la historia de Valladolid, ciudad de las más considerables de España, así por sus circunstancias actuales, como por haber sido la morada de nuestros reyes por mucho tiempo.

     En la segunda dar noticias de los ejercicios literarios de la Universidad, Reales Academias, Colegios, Cuerpos, y demás profesores, extractando los mejores Papeles que se lean en ellos, o se publiquen.

     En la tercera, una noticia breve de las causas más notables que se sentencien por la Real Chancillería. [198]

     En el cuarto, de los acuerdos del gobierno, y providencias de la junta de policía; de la Real Casa de Misericordia, y Hospitales; del teatro, y demás diversiones públicas.

     Y en la quinta, de los medios con que la Real Sociedad Económica fomenta los ramos relativos a su instituto.

     Semanario literario y curioso de la ciudad de Cartagena. La parte literaria de este periódico comprende los adelantamientos de la Historia natural, Física, Matemáticas, Medicina, Química, Cirugía, Agricultura, y toda especie de bellas letras y artes, así liberales como mecánicas. La Curiosa todas las noticias pertenecientes a la policía de un puerto de mar, como son entradas y salidas de embarcaciones de guerra y comercio; objeto de su viaje y carga; avisos de ventas y compras de todos géneros precios; consumos; población; hospitales, etc.

     PIQUER (Dr. D. Andrés) Médico de Cámara de S. M. Los hombres grandes desde pequeños parece que anuncian el talento que los ha de distinguir del resto de los demás. Y así sucedió con el Dr. Piquer, pues a los 23 años de su edad, publicó ya la Medicina vetus et nova, continens Pharmaciam Galenico-Chimicam, et Febrilogiam Galenico-Modernam ad Tyrones; en la cual se atrevió ya a combatir a los sistemáticos galenistas. La Academia Médica- Matritense, en vista de este escrito, [199] le remitió al autor el título de Académico Honorario, sin solicitarlo. Después de aquella obra publicó las siguientes.

     Física moderna, racional y experimental. Su autor el D. Andrés Piquer, etc. tomo primero. En Valencia: por Pascual García, 1745. En cuarto. Esta obra, a la verdad, carece de muchas observaciones con que se ha aumentado la Física experimental en este siglo, y tiene también algunas equivocaciones. Pero en el país, y tiempo en que se escribió, era mucho solamente el dejar el peripatetismo, y manifestarse ecléctico, como lo hizo el autor. Ni dejan de tener algo de novedad algunas cosas, particularmente el modo de explicar el descenso de los graves, el cual aunque no sea adaptable, prueba que su autor pensaba, sin dejarse llevar ciegamente de sistemas, ni opiniones ajenas.

     Cartas apologéticas por la Física moderna, del Dr. Andrés (27) Piquer. Publícalas D. Francisco Prado. Valencia 1745. En cuarto. Escribió esta obra en forma de Diálogo, con motivo de cierta impugnación que se había publicado en la misma ciudad, de la Física moderna.

     Manifestación de las razones y fundamentos que tuvo el Dr. Andrés Piquer, para juzgar y declarar ser ético Vicente Navarro, escribano de esta ciudad. En Valencia, 1746. En cuarto. El asunto de esta obra dio ocasión para que se escribieran algunos Papeles contra el Dr. Piquer, [200] quien respondió a ellos con los siguientes:

     Reflexiones críticas sobre los escritos que han publicado los DD. y Catedráticos de Medicina, Manuel Morera, José Gozalbes, y Luis Nicolau, respeto de la última enfermedad de Vicente Navarro, notario de la ciudad de Valencia. Valencia, por Pascual García, 1746.

     Carta joco-seria al Dr. Mariano Seguer, Catedrático de Medicina de la Universidad de Valencia, 1746.

     Noticias del Parnaso sobre los escritos de D. Luis Nicolau, comunicadas por D. Matías de Llanos, cirujano latino, al Dr. Piquer, en carta de 12 de julio de 1748. Valencia. Por José García, 1748.

     Durante esta contienda literaria publicó otra obra intitulada: Lógica moderna, o arte de hablar la verdad, y perfeccionar la razón. Su autor el doctor Andrés Piquer, etc. En Valencia: por José García, 1747. En cuarto. Tiene bastante mérito, particularmente el tratado sobre las causas de los errores. Se reimprimió en 1771.

     Tratado de calenturas, según la observación, y el mecanismo. Su autor el Dr. Andrés Piquer, etc. Valencia, 1751. De esta obra se han hecho varias ediciones. Pero la mejor de todas es la de 1768 en la cual quitó todo lo sistemático, y la acomodó a las Instituciones de Medicina que publicó después. [201]

     Mr. Fouquet en su Traitement de la petite verole, cita con mucho elogio esta y otras obras del autor. Y hablando del uso del agua fría, pone una nota, en la que dice así «cette matiere est sçavamment discutée, d' apres l' observation et les meilleurs Ecrivains, par Mr. Andrè Piquer, celebre Medecin Espagnol, dans son Tratado de calenturas §. 14 Del agua fría; et ce n' est pas la seule chose qu' on lise avec plaisir dans ce traitè».

     Filosofía moral, para la juventud española, compuesta por el Dr. Andrés Piquer, Médico de Cámara de S. M., Madrid 1755. Algunos acostumbrados a ver tratadas todas las ciencias con el método escolástico, extrañaron el de esta obra, en la que se hace mucho uso de la buena filosofía, para probar las verdades más sublimes de nuestra Sagrada Religión, y para el exacto conocimiento de las pasiones, y sus caracteres, con cuyo motivo publicó el

     Discurso sobre la aplicación de la filosofía a los asuntos de religión, para la juventud española. Por el Dr. Andrés Piquer, etc. 1757. En una carta que escribió el autor a D. Gregorio Mayans, cuando estaba trabajando esta obra, le decía: «Moviome a componer este tratado el ver cuán corto es entre nosotros el conocimiento de la verdadera Física, y la facilidad con que muchos, por faltarles este conocimiento, dan en extremos viciosos, [202] en que se apartan sobradamente de la verdad».

     Antonio Goban, célebre médico de Mompeller, en carta al Dr. Piquer, le alaba mucho este Discurso, y se queja de que no escribía sus obras en latín, para que las entendieran más bien los profesores de Medicina: «Audivimus, dice, hic de te plurima circa Medicinae, et circa Philosophiae applicationem ad Religionis nostrae miracula: opus pietate, necnon sagacitate plenum. Tibi cum multis congratulor. O utinam in latinam linguam opuscula tua medica haberemus, quia pauci linguam natalem audiunt».

     Al fin de este Discurso, para dar una prueba más clara de la necesidad del estudio de la Filosofía para la región, añade una Disertación sobre el poder de los malos y buenos ángeles, en la cual impugna muchas preocupaciones nacidas de las ideas que comúnmente reinan acerca de las facultades de aquellos espíritus.

     Las obras de Hipócrates más selectas, con el texto griego y latino, puesto en castellano, e ilustrado con las observaciones prácticas de los antiguos y modernos, para la juventud española, que se dedica a la Medicina. Por el Dr. Don Andrés Piquer, etc. Madrid, 1755. En cuarto.

     Las Obras de Hipócrates más selectas, ilustradas por el Dr. Andrés Piquer, etc. tom. 2. Madrid, 1761. En cuarto. El Dr. Piquer ha [203] sido el primero que ha traducido al español las obras del Príncipe de la Medicina. El tercero se publicó en la misma imprenta en 1770.

      Andreae Piquerii, Archiatri, Institutiones Medicae ad usum Scholae Valentinae. Matriti, 1762. Esta obra ha sido muy aplaudida en toda Europa. Mr. Barthez, Chanciller de la Universidad de Medicina de Mompeller, la hacía estudiar a sus discípulos, y la cita con mucho elogio en sus Nouveaux elements de la Science de l' Homme.

     Praxis Medica Andreae Piqueri Archiatri, ad usum Scholae Valentinae. Pars Prior. Matriti 1764. = Pars posterior. Matriti 1769. Se reimprimió en Amsterdam en 1775, y en Venecia en 1776.

     Discurso sobre el sistema del mecanismo, por D. Andrés Piquer, etc. Madrid 1768.

     Quien quiera tener noticias más puntuales acerca de las obras, y vida literaria de este sabio médico español, puede leer las Obras Póstumas del Dr. D. Andrés Piquer, Médico de Cámara que fue de S. M., y Protomédico de Castilla, publicadas con la vida del autor, por su hijo el Dr. D. Juan Crisóstomo Piquer, presbítero y capellán de S. M. en el Real Monasterio de la Visitación de Santa María de Madrid. Madrid, 1785. Por D. Joaquín Ibarra. Las obras contenidas en esta colección son las siguientes. Dictamen del Tribunal [204] del Real Protomedicato al Supremo Consejo de Castilla, sobre la inoculación de las viruelas. = Juicio de la obra, intitulada: Embriología sacra. = Dictamen del Tribunal del Real Protomedicato, al Supremo Consejo de Castilla, sobre un plan que presentó la Universidad de Salamanca, para la reforma del estudio de la Medicina. = Dictamen sobre la reforma de estudios médicos en España. = Oratio, quam de Medicinae experimentalis praestantia, et utilitate, dixit in Academia Médica Matritensi, Dr. Andrés Piquer, Catholicae Majestatis à cubiculo Medicus, etc. die 17 Aprilis, an. 1752.= Andreae Piqueri Archiatri, de Hispanorum Medicina instauranda oratio ad Academiam Medicam Matritensem. = Andreae Piquerii, Archiatri de Procuranda veteris et novae Medicinae conjunctione oratio ad Academiam Medicam Matritensem.= Informe de la Academia Médica Matritense al Consejo, sobre Censores de libros. = Discurso sobre la Medicina de los Árabes, leído por D. Andrés Piquer, a la Real Academia Médica-Matritense.

     En la prefación a las obras de Antonio Haen, se cuenta al Dr. Piquer, entre los médicos más famosos que ha tenido el mundo. «Doctrina (dice) de natura medicatrice á praestantissimis Medicis omnibus saeculis fuit adoptata. Immortales sectatores habet Hippocratem, Celsum, Areteum, Duretum, Balonium, Heurnium, Jacotium, Mercurialem, [205] Hollerium, Baglivium, Sydenhamium, Stahlium, Swietenium, Haenium, Bordussium, Tissotum, Piquerum, Lieutaudium, Sauvagesium».

     PIZZI (Dr. D. Mariano), médico, y catedrático de Lengua Arábiga en los Reales Estudios de Madrid. Tratado de las aguas medicinales de Salam-Bir, que comúnmente llaman de Sacedon, escrito en lengua árabe, por Agmet-Ben-Ab-Dala, médico de Toledo en el año de mil cincuenta y cuatro. Traducido al idioma castellano, e ilustrado con varias notas para su mayor inteligencia, por el Dr. D. Mariano Pizzi y Frangeschi, médico en esta Corte. En Madrid: por Antonio Pérez de Soto, 1761. En cuarto. Estando estudiando el señor Pizzi la lengua arábiga, bajo la enseñanza de D. Juan Amón de S. Juan, natural de Alepo, escribiente de Lenguas Orientales en la Biblioteca Real, le presentó la casualidad un manuscrito antiquísimo, en poder de cierto librero. Lo borrado, obscuro y confuso de sus caracteres, le hacía casi imposible su lectura, hasta que empeñado por su curiosidad, y mucho más sabiendo que trataba de Medicina, instó y logró de su maestro, que se le copiara en letra clara y más inteligible. Vencido este paso, y habiendo conocido por su contexto, que los baños de Salam-Bir, de que trataba, correspondían a los de Sacedon, se dedicó a traducirlo, e ilustrarlo con las noticias que tenía [206] de aquellos Baños, donde había estado personalmente.

     El señor Pizzi pensó publicar el original en una columna, y la traducción en otra. Pero no pudo efectuar su pensamiento, por la escasez que había entonces en España de caracteres arábigos, y por los estorbos con que algunos procuraron obscurecer y sepultar el mérito de su trabajo.

     Tiene MSS. y en disposición de darse a luz, si se le franquean los auxilios necesarios, las obras siguientes.

     Gramática de la lengua arábigo-erudita, en metro castellano. Se allanan en ella las grandes dificultades que han tenido los gramáticos en señalar el modo de formar los plurales anómalos de este idioma. La conjunción de muchos verbos irregulares de que abunda se reduce a una sola, que se puede aprender en poco tiempo. Y se confrontan los idiotismos castellanos con los árabes. Esta gramática la tiene también escrita en prosa, con un compendio de ambas.

     Diccionario de partículas latino-hispano-arábigas, por el estilo de Turselino, en el Tratado de las partículas latinas, en que se explican la correspondencia, valor, y uniformidad de las primeras con las arábigas, confirmadas con ejemplos.

     Otro Diccionario de partículas árabes, las más raras y peregrinas, confirmadas también [207] con ejemplos, obra que dice el autor, le ha costado veinte años de estudio en los autores más selectos.

     Los veinte capítulos primeros, y la dilatada prefación de la historia de Timur, escrita por el sapientísimo Arab-Siag, traducidos con notas.

     Introducción al estudio y conocimiento de la Paleografía de los árabes, antigua, y moderna, sacada de las escrituras, inscripciones, medallas, y monedas antiguas.

     Los Diálogos arábigo-hispanos, para enseñar a hablar la lengua arábiga, según los estilos ínfimo, medio, y sublime.

     Varios opúsculos pertenecientes a la historia de los árabes, y de su literatura; sobre lo cual está actualmente imprimiendo una Disertación.

     PLANES DE ESTUDIOS. Nada podría contribuir tanto para formar el debido concepto de los adelantamientos que van teniendo las ciencias y las artes en el reinado de Carlos III, como una historia completa de los Planes de Estudios, y demás providencias dadas por el gobierno acerca de este ramo de policía. Es verdad que en ella sería preciso manifestar la deplorable situación en que estuvo la Literatura española casi hasta nuestros días; la indiferencia con que se miraron sus progresos, en un tiempo en que toda Europa daba ya a las ciencias el honor que se merecen; [208] las causas de esta indiferencia; las que se han cortado, y las que restan por cortarse todavía. Esta pintura sería poco agradable a los que llevados de un falso celo por la gloria de la nación, juzgan indecoroso notar en ella la menor mancha, ni el más leve error.

     Pero la misma enormidad de los abusos que han reinado en las Universidades, y demás escuelas de España; la obstinación en no querer corregirlos, ni adoptar nuevos métodos de estudios; la mala ejecución de los más que se han publicado; y los manejos ocultos con que ciertas gentes han intentado frustrar los esfuerzos del gobierno para promover las ciencias y la cultura de la nación, los harían más gloriosos, y dignos del agradecimiento de la posteridad.

     No nos quejemos de las relaciones y sátiras con que se nos ha ridiculizado en los libros extranjeros. Cuando apenas había rincón alguno de Europa, a donde no hubieran penetrado la Filosofía y el buen gusto; cuando no solamente toda Italia, Francia, Alemania, sino hasta la misma cabeza de la Cristiandad, Roma, venciendo la preocupación que condenaba ciertos sistemas y descubrimientos, como contrarios a religión, los había admitido ya en sus escuelas, y honraba a sus más célebres defensores; la Universidad de Salamanca, excitada por el Consejo de Castilla [209] a la reforma de sus estudios en el año de 1771 dijo que no se podía apartar del sistema del Peripato; que los de Newton, Gasendo, y Cartesio, no simbolizan tanto con las verdades relevadas como los de Aristóteles; y que «ni sus antepasados quisieron ser legisladores literarios, introduciendo gusto más exquisito en las ciencias, ni la Universidad se atrevía a ser autora de nuevos métodos». ¿Qué concepto podía hacer formar semejante modo de pensar en la primera Universidad del reino?

     Hasta estos últimos años no se habían puesto los verdaderos fundamentos de las Ciencias y Artes. Además de los vicios introducidos en su enseñanza, la prepotencia de ciertos cuerpos, reconcentrando en su seno el premio, había quitado el estímulo a la aplicación. Carlos III ha cortado, o disminuido este monopolio. Y entre otras útiles providencias, tomadas para fomentar las letras, ha mandado reformar los métodos de estudios en las Universidades; a cuyo ejemplo lo han hecho también algunas religiones, seminarios, y otros cuerpos. Sin esta diligencia hubieran sido infructuosas todas las demás: porque viciadas las fuentes de la enseñanza, siempre habían de ser falsas las ideas que en ellas se aprendieran, o el aprovechamiento corto.

     Es verdad que la mayor parte de los Planes de estudios, publicados hasta ahora, adolecen todavía de muchos de los vicios radicados [210] en las Universidades; y que si no fuera por las correcciones que ha hecho en ellos el Consejo, a propuesta y con dictamen de sus fiscales, especialmente de los señores Condes de Floridablanca, y de Campomanes; más bien podría citarse como instrumentos justificativos de nuestra ignorancia, que como pruebas del adelantamiento de las Ciencias.

     También es cierto, que aun después de las correcciones hechas por el Consejo, tienen algunos mucho que variar: porque aunque este Supremo Tribunal podía haberlos refundido, y darles mejor forma, ha tenido por más conveniente oír a las mismas Universidades, y acomodarse a sus propuestas, o porque la variedad de fundaciones, dotación y otras circunstancias, no son las mismas en todas; o porque señalando autores enteramente nuevos, y desconocidos de los actuales maestros, se exponía a que fueran enteramente inútiles sus órdenes, y disposiciones; porque nadie puede enseñar lo que no sabe, ni ha estudiado. Mas con todo, la misma serie de los Planes de estudios está manifestando los progresos de las luces, pudiéndose esperar con mucho fundamento, que conocidas las ventajas de los nuevos métodos respecto de los antiguos, las mismas Universidades, que los han resistido, los mejorarán en adelante, o que el gobierno tome estas medidas, para que la preocupación y el fanatismo no triunfen de su autoridad [211] empleada tan justamente,

     Noticia de algunos Planes de estudios.

     Plan de estudios dirigido a la Universidad de Salamanca por el Real y Supremo Consejo de Castilla, y mandado imprimir de su orden. En Salamanca. Por Antonio Villagordo y Alcaraz, y Tomás García de Honorato, año de 1771. Se entra sin preámbulo ninguno a tratar de las asignaturas de las Cátedras, y en primer lugar de los Estudios de Gramática, cuya decadencia reconoce la Universidad, atribuyendo este atraso, después de Vives, y el Brocense, al mal método con que se enseñaba, para cuya reforma prescribe otro, con el que en tres años se estudie la Gramática, Retórica, Lengua griega, y Matemáticas. ¿Será esto posible?

     No reconoce igual atraso la Universidad en la facultad de Artes, o curso de Filosofía; antes declara por el contrario, que juzga precisa la continuación de este estudio como estaba, en todas sus partes. Que para dar la enseñanza de esta facultad, no se puede apartar del sistema del Peripato. «Lo primero, porque dejando aparte los filósofos antiguos, entre los que el que merece no pequeña estimación es Platón, cuyos principios no se han adaptado bien con el común sentir; y para el uso de la escuela, los de los modernos filósofos no son a propósito de este estudio. Como v. gr. los de Newton, que si bien disponen [212] al sujeto para ser un perfecto matemático, nada enseñan para que sea un buen lógico y metafísico; los de Gassendo y Cartesio no simbolizan tanto con las verdades reveladas como las de Aristóteles. Lo segundo, porque aun cuando no tuviéramos este tropiezo, que él solo debía de bastar a excluir estos principios de las Aulas Católicas, hallamos que giran sus sistemas sobre principios voluntarios, de que deducen conclusiones también voluntarias e impersuasibles, como diremos luego»...

     Pasa luego la Universidad a referir el método que entonces se seguía, y a señalar al autor por quien se había estudiar. Desecha la Lógica de Puerto Real, por ser sola, y faltarle lo restante del curso. La de Heineccio por lo mismo, y por tener algunos defectos que no expresa. El Purchocio, y el Autor de las diez y siete letras, por ser muy cartesianos; y este último también, porque se hallan en él proposiciones contrarias a toda razon natural, y poco conformes con algunos sentimientos católicos.

     «También, dice, tenemos noticia de Tomás Hobes, y del ingles Juan Lochio, que contiene cuatro libros: pero el primero es muy obscuro, y el segundo sobre ser muy obscuro, se debe leer con mucha cautela... Lo mismo juzgamos del nuevo Órgano de Bacon de Verulamio. En la Lógica de Wolfio reprende [213] hasta siete vicios el doctísimo Antonio Genuense. Por tanto, si hubiéramos de hacer elección de algunos de estos autores, señalaríamos la Lógica de este autor, con la Física de Moschombroek. Pero sobre ser muy larga, no se puede entender sin estudiar antes la Geometría. En atención pues, a que estos libros referidos son muy costosos y raros, juzgamos que por ahora se puede explicar el Goudin, que es conciso, y tiene buen latín.»

     En la Medicina se remite la Universidad al Plan, que el Claustro de aquella facultad había presentado al Consejo para su aprobación, en 1766 y que se formó con más conocimiento, y otras luces que los demás: pues en él se trata de la necesidad de empezar curso todos los años, con claridad y sin ceñirse a determinadas materias, como se hacía antes; del estudio de la Anatomía como indispensable para la Medicina; de la formación de un Jardín Botánico, y un Museo de simples para el estudio de la Historia natural. Para la enseñanza de la Medicina se señala la obra de Herman Boerhaave, con los Comentarios de Haller y Vanswieten. Para la Anatomía el compendio de Heister. Y para la Cirugía la Qhirurgia repurgata de Juan Gorter.

     Las facultades de derechos se introducen a la extensión de su Plan particular alabando a la Universidad, trayéndola a la memoria sus antiguas glorias, y exhortándola a que no se [214] aparte del método que tenía adoptado. «Nos parece, señor, dicen, que con todas las católicas, y particularísimamente con la nuestra hablan aquellas palabras: Non erit inte Deus recens, neque adorabis Deum alienum. Pues aunque en su literal sentido se dirigían al pueblo de Israel, no es violencia aplicarlas a nuestra gran Madre. Si has de agradarme (dice Dios a la Universidad de Salamanca, en quien está el principado de las católicas) non erit in te Deus recens, no te me has de enamorar de algún numen flamante, que pretenda acariciarte con la novedad. Yo soy tu Dios, que te saqué del Egipto de muchas persecuciones, y vivo para siempre, y siempre con el cuidado de tu conservación... Ni nuestros antepasados quisieron ser legisladores literarios, introduciendo gusto más exquisito en las Ciencias, ni nosotros nos atrevemos a ser autores de nuevos métodos».

     Insistiendo la Universidad en estos principios, no altera nada del método antiguo, y solo hace algunas adiciones conformes a los estatutos, o por mejor decir, a su modo de pensar.

     La facultad de Teología se introduce haciendo la enumeración de las Cátedras que hay de ella, y un elogio de los grandes teólogos que ha tenido; a saber, los Sotos, Canos, Victorias, Castros, Leones, Zumeles, Medinas, y Bañez, cuya instrucción atribuye al método prescrito [215] por sus estatutos, que es el de estudiar los cuatro libros del Maestro de las Sentencias, comentados por la Suma del angélico doctor Santo Tomás.

     Pero considerando por otra parte, que la doctrina sola de la letra de Santo Tomás podrá ser alimento de mucha sustancia para los cursantes, y lo mismo la de San Anselmo, y Escoto, señalan a Gonet, Aguirre, y Mastrio para las Cátedras de regencia de estas tres escuelas.

     Para la cátedra de Escritura se propone el aparato Bíblico del P. Lami. Para la de lugares teológicos el P. Cano. Para la de Historia Eclesiástica, el Cabasucio. Y para la Teología Moral el P. Cuniliati.

     Esto es lo que toca a la parte literaria del Plan. Sería muy prolijo si entrara en el extracto de los demás puntos, pertenecientes al arreglo de cátedras. Mas por lo extractado se puede venir en conocimiento de lo que será todo lo demás.

     ¡Qué modo tan diverso de pensar el de la Universidad, y el del Señor Fiscal! La primera se quería sostener en sus usos y sistema, por ser antiguos. Y el Señor Fiscal funda en esta misma antigüedad la necesidad de su reforma. «Uno de los motivos más conocidos de la decadencia de las Universidades es, (dice), la antigüedad de su fundación: porque no habiéndose reformado desde entonces el [216] método de los estudios establecidos desde el principio, es preciso que padezcan las heces de aquellos antiguos siglos, que no pueden curarse si no con las luces, e ilustración que ha dado el tiempo y los descubrimientos de los eminentes sujetos de todo el orbe literario... Las mismas reformas ha sido preciso hacer en las célebres Universidades de fuera; y no por eso han padecido la menor mancilla en su lustre. ¿Si es propiedad de los sabios mudar sus dictámenes, corrigiéndose por nuevas reflexiones, un congreso de tan grandes Maestros por qué ha de sentir variar su método en todo aquello que facilite, y asegure la enseñanza?»

     El Señor Fiscal pasa luego a hacer algunos reparos sobre todos los puntos comprendidos en el Plan, y a excepción del de Medicina, que aprueba enteramente, en todos los demás añade, quita, o varia alguna cosa. Acerca de los autores dice que pueden enseñarse los que proponía la Universidad, hasta que esta formara los cursos que había ofrecido, para lo cual pide se nombren sujetos; que se compren por la Universidad los libros de que había hecho mención en su Plan, para tenerlos presentes en la formación de los cursos; y por lo que toca al de Filosofía, que solo se enseñará un trienio por el Goudin. Propone en fin el aumento de la Biblioteca con libros de erudición y del mejor gusto en todas facultades, [217] y que este abierta todos los días del año sin diferencia de lectivos y festivos, cuatro horas por la mañana, y tres por la tarde. Y el que hiciera escribir su Historia Literaria, encomendándola a personas instruidas en sus antigüedades y Papeles.

     Real Provisión del Consejo, que comprende el Plan de estudios que ha de observar la Universidad de Alcalá de Nares, año de 1772. En Madrid: en la Imprenta de Pedro Marín.

     No se desdeñó la Universidad de Alcalá de confesar el atraso que habían padecido en ella los estudios, y la necesidad de reformarlos, como lo había hecho la de Salamanca. Su V. Fundador el cardenal Cisneros, en las constituciones que formó al tiempo de su establecimiento, tomó las que le parecieron mejores de otras Universidades, como se ve en la 38 en la cual previene, que en el Curso de Artes se debía seguir el método de la Universidad de París: Cursus Artium, qui debet fieri more Parisiensi. Con esto dio una lección útil a su Universidad, para que en ningún tiempo despreciara las luces y adelantamientos de otras, aunque sean extrañas, y para vencer el rubor que suele causar la confesión de los errores y de los abusos. La Universidad de Alcalá se aprovechó de aquella lección, reconociendo la necesidad que hay en ella de variar el método antiguo. Pone la historia de la fundación de muchas cátedras, la de la supresión [218] de otras, y las principales épocas de los progresos y decadencia de las letras en ella. Manifiesta sus deseos de que se restablezcan; y propone los medios que le parecen conducentes.

     En la Gramática no expresa autor determinado, aunque hace mención, de la de don Gregorio Mayans, y de la de D. Juan Francisco Pastor. Pero clama porque se corte el abuso de enseñarla por ningún arte escrito en latín, como se acostumbraba antiguamente.

     Pondera la necesidad de la Retórica, y de que se restablezca su Cátedra, fundada por el señor Cisneros, la cual dejó de proveerse desde fines del siglo pasado, sin saber el motivo.

     Para su enseñanza señala la Retórica castellana de D. Gregorio Mayans, y Fundamenta stili cultioris de Heinecio, y para que se radique más su estudio propone que mande el Consejo, que ni en aquella ni otra Universidad del reino se pueda pasar al estudio de alguna facultad mayor, sin que preceda un riguroso examen de Gramática y Retórica.

     Habla de la utilidad de las Lenguas Griega y Hebrea, y de la necesidad de restablecer su estudio, el que deseó mucho el V. Fundador, y por el cual floreció en gran manera aquella Universidad en casi todo el siglo XVI teniendo la gloria de ser la primera que dio al mundo una Biblia Políglota. Para el estudio de la primera propone la Gramática [219] del Seminario de Padua, y para el de la segunda, la de Slaugther, o la de Pasino.

     Y como sin estímulo nada puede prosperar, temiendo que aunque por los esfuerzos del Consejo se aliente algún tanto por ahora aquel estudio, decaiga luego, como sucedió después del reinado de Felipe II, juzga necesario se mande, que para la oposición a las Prebendas Lectorales de las Iglesias, no se admita al que no acredite por certificación haberlas estudiado; y haga además de los ejercicios escolásticos, el de prueba, que al Consejo le parezca, el cual parece podrá ser componer y traducir en cada una de ellas el tratado que el Obispo y Cabildo señalaren.

     También trata de la utilidad de la Lengua Arábiga, que ya se había pensado enseñar en aquella Universidad por el año de 1615 lo que no tuvo efecto. Y así propone la erección de una Cátedra de ella, y la subrogación de las Becas de Retórica del Trilingüe en otras tantas para el estudio de la misma lengua.

     Propone la fundación de una Cátedra de Matemáticas, además de la que había erigido S. M. de Geometría, Aritmética, y Álgebra, y que el curso dure cuatro años, enseñándose en ellos el compendio de Wolffio.

     Refiere la historia de las variaciones de la Filosofía en aquella Universidad. Hasta el año 1604 se observaba el que había [220] puesto su V. Fundador, que se reducía a comentar varios libros de Aristóteles. Habiéndose suscitado las famosas controversias de Auxiliis, con motivo de la Concordia del P. Molina, impresa en Lisboa en el año de 1588, los jesuitas creyeron que para que sus partidarios defendieran con más instrucción y empeño su sistema, sería conveniente imbuirlos en él desde los principios; y así dispusieron que se enseñara el nuevo curso del P. Rubio, lo cual empezó a hacerse en 1604. Los religiosos dominicos que advirtieron esto, pretendieron y lograron que se enseñara el curso del P. Fr. Juan de Santo Toma; con lo cual las ocho Cátedras, que había destinadas para la enseñanza de Aristóteles quedaron repartidas, cuatro para la del curso del P. Rubio, y otras cuatro para la del P. Santo Toma; los cuales algunos años después se subrogaron por parte de los dominios en el Colegio de Santo Tomás, y por los jesuitas en el P. Peinado; y últimamente en el Goudin, y en el Benedictis. Por el año de 1737 consiguieron también los religiosos observantes de S. Francisco la fundación de otras cuatro Cátedras de Filosofía, en que pusieron interinamente el curso del P. González de la Peña, y después el del P. Biezma, con la Metafísica del P. Mexia. ¡Qué filósofos!

     La Universidad dice muy bien, que «nadie que no esté vehementemente poseído de un [221] espíritu de facción, podrá menos de confesar, que lo que desde esta época se ha enseñado con nombre de Filosofía, ha sido una pura y mala Metafísica: pura, por ser de razones abstraídas; y mala por no versarse acerca de alguno de sus objetos, que son el ente, o los espíritus, en cuanto alcanza la razón natural. Y aunque estos cursos se han llamado aristotélicos, jamás se ha explicado en ellos un texto de Aristóteles, y solo se han enseñado, o cuestiones reflejas, o impertinentes».

     Para la enseñanza de la Filosofía, después de haber dado el prospecto de un curso, como lo desea la Universidad, por no encontrarse este, propone las Instituciones del Abate Leridan, con la Física de Muschembroeck. Y concluye este artículo con algunas consideraciones sobre el número de cátedras, su reducción, y aumento de dotación.

     La facultad de Medicina propone para su enseñanza las Instituciones de Boheraave, y que se pongan corrientes las Cátedras de Cirugía, y Anatomía, que por su corta dotación estaban desiertas muchos años hace.

     Sobre la Teología hay dos informes, en uno de los cuales se dice que sobre la elección y señalamiento del autor que se había de enseñar ocurre al Claustro suma dificultad, la que tal vez solo el brazo poderoso del Consejo podría vencer; y se proponen a este efecto Goti, [222] Estio, y Billuart, para que elija el que sea de su agrado, expresando al mismo tiempo las asignaturas que podrán hacerse de las Cátedras de esta facultad, existentes en aquella Universidad, y particularmente la erección de una Cátedra de Historia Eclesiástica.

     La facultad de Leyes reconoce igualmente la decadencia de su estudio. «La general condición de las cosas humanas, dice, ha hecho su ordinario efecto. La decadencia es notoria, el remedio es muy necesario; las leyes de la probidad exigen el remedio de los males, cuando por una parte media la pública utilidad, y la real confianza, y por otra se trata de su curación».

     Pone en siete supuestos todos los antecedentes que pueden conducir para conocer el estado de aquella facultad. Se hace un elogio desmedido del Derecho civil, diciendo entre otras cosas que «es un compuesto de la sabiduría, y probidad; y que el estudio de la Jurisprudencia romana, debe ser el primer objeto de los que se dedican a los Derechos». Para tanta importancia como pondera la Universidad del Derecho Civil, no parece regular lo que añade luego, esto es «que la falta de instrucción en la Historia del Imperio Romano podrá en parte disimularse con el socorro de los Diccionarios, y doctrina del Maestro, que le haga conocer el valor de las voces y términos en toda su extensión». [223]

     Propone después la fundación de dos Cátedras para el estudio de las Instituciones de Justiniano, con las breves notas de Vinio, o si parecieren mejor las de Heinecio, a las cuales dice, se podrán añadir la Paráfrasis de Teófilo, renovada por Galtier, y los Comentarios de Nicasio Voerdá.

     «En ninguna facultad, dice la Universidad, hay tanta necesidad de reformar el método antiguo, como en la de Cánones, señalando entre otras razones los muchos principios que se encuentran en la mayor parte de las Institutas, y Comentarios Canónicos contrarios a los Decretos Reales; y que el sostener generalmente nuestro Clero, y Estado Eclesiástico las pretensiones ultramontanas, como propias, en que hay alguna preocupación, son otros tantos impedimentos del genuino estudio de los Cánones, y su enseñanza compatible con nuestro derecho Patrio. Habla luego de la instrucción que debe preceder al estudio de esta Facultad, particularmente la de la Lengua Griega, e Historia Eclesiástica; y propone para la enseñanza la Instituta de Cironio, y el Engél, o Zoesio. Estos cursos de Leyes, y Cánones son los que contempla la Universidad necesarios para recibir el grado de Bachiller. Pero después pide otros cuatro para la recepción de grados mayores. En los dos primeros se deberán estudiar las Praenotiones Cánonicas de Doujat, y algún tratado [224] de Concilios, como el de Carranza, o Cabasucio, valiéndose también los Maestros del Berardi. Y que los dos últimos años se empleen en el estudio de las Leyes del Reino, estudiándolas originalmente por ellas mismas, añadiendo su historia, y la explicación de los puntos que más particularmente se controvierten en los Tribunales. Concluye con algunas advertencias sobre las lecciones, arreglo de horas, salarios de Cátedras, etc.

     Pasado el Plan antecedente al Señor Fiscal, puso su respuesta, en la cual, después de alabar el celo y buenos deseos de la Universidad de Alcalá acerca de la reforma de sus estudios, pondera la gravedad de esta materia, y el cuidado que debe poner el Consejo en su dirección.

     «La educación, dice, es la legislación paterna, encomendada a los sabios que enseñan la juventud en las escuelas; es el Seminario de donde salen todos los que con el tiempo han de intervenir en los Empleos, Dignidades, y Oficios útiles del Estado, y de la Iglesia: la rectitud de las ideas que reciben en las escuelas han de producir al Estado frutos abundantes; y por el contrario, el mal método de los estudios tiene lánguido el orden político, y es el que sostiene las preocupaciones, los sofismas, y la superfluidad, en lugar de la ciencia, y de la verdad.

     »Entre todos los cuidados del Consejo, no [225] hay alguno más grave, que el de los estudios generales».

     Se conforma por la mayor parte con el Plan que proponía la Universidad, haciendo en el algunas pequeñas variaciones, y advertencias, entre las cuales es particularmente digna de atención la que hace acerca del estudio de la Teología, y de la Sagrada Escritura.

     «Los teólogos opositores, dice, que al griego añaden el conocimiento del hebreo, en igual deberán ser preferidos en las oposiciones a Cátedras, y demás premios anexos a la Universidad, para estimular este estudio. La Cátedra de Escritura jamás se deberá conferir a quien no sepa el hebreo; por no ser posible pueda explicarla fundamentalmente quien no sepa bien las raíces, y voces hebraicas, con sus idiotismos, o propias locuciones. Esta prevención debe tener lugar en otras Universidades, y preferencia para las Canonjías de oficio, Lectoral, Magistral, y Penitenciaria, escribiendo a los Cabildos, y recomendándose esto muy particularmente; pues de otro modo faltando premio a estudios tan áridos, como el de los idiomas orientales aunque haya maestros, faltarán discípulos».

     Real Provisión de S. M., y Señores del Consejo, por la que se establece el número de Cátedras y el método de enseñanzas, y estudios que ha de haber desde su publicación en la Real Universidad [226] de Granada. En Madrid: en la Imprenta de Blas Román, año de 1776. Se establecen en él cuatro Cátedras de Latinidad; dos de Lenguas, Griega y Hebrea; cinco de Filosofía; tres de Matemáticas; seis de Teología y Escritura; siete de Jurisprudencia Civil, y Canónica; y seis para la Medicina. En cada una de estas facultades se expresan algunos de los autores más sobresalientes en ellas, lo cual es muy conducente para que así la Universidad, como los particulares tengan conocimiento de los buenos escritores, de cuya elección pende la mayor parte del aprovechamiento.

     Para la Gramática se proponen las de Simón de abril, Iriarte, y Mayans, con los mejores autores latinos, para los ejercicios de la enseñanza; previniéndose que en el tercer año de Latinidad, y en el de Retórica, se haga al mismo tiempo aprender a los discípulos los rudimentos de la Lengua Griega, por la Gramática de Pedro Juan Núñez, reservando su estudio particular para otro año, en el que a los más áprovechados en la Latinidad, se les procurará inclinar a que la estudien con mayor esmero.

     Para el estudio de la Lengua Hebrea se señalan la Gramática de Zamora, Fr. Martín del Castillo, o Guarino.

     Ninguno será admitido a matricularse en Filosofía, Matemáticas, Medicina, Derechos, ni Teología, sin haber cursado las citadas cuatro [227] aulas, y traer certificación de haber sido aprobado. Bien que, por lo que toca a la Lengua Griega, podrá hacerse excepción a favor de los que por haber estudiado la Latinidad, Poesía, y Retórica fuera de la Universidad, no hayan tenido oportunidad de estudiar los rudimentos del Griego, con tal que los estudien, y sepan antes de graduarse de Bachiller en las referidas Facultades, y lo hagan constar por examen; pero los que aspiren a ser Catedráticos en cualquiera de las Facultades mayores, tengan la indispensable obligación de hacer constar haber asistido con aprovechamiento el año que corresponde al curso separado de Lengua Griega, sin lo cual no se les admitirá a la oposición de las Cátedras.

     La Lengua Hebrea será de necesaria asistencia para solos los teólogos, y ninguno será admitido a graduarse de Bachiller en Teología, sin haberla cursado y obtenido aprobación en el examen.

     Las cinco Cátedras de Filosofía han de ser, la primera de Lógica; la segunda de Metafísica; la tercera y cuarta de Física general y experimental; y la quinta de Ética. La asistencia a las Cátedras de Lógica, Metafísica, Física general, y Ética, ha de ser necesaria a todos los que han de estudiar Teología. Para los que estudien Jurisprudencia serán suficientes los dos cursos de Lógica y Ética. Y [228] para los médicos los de Lógica, y Física general y experimental.

     El estudio de Física general deberá ir acompañado con el de los elementos de Matemáticas, por lo indispensables que son estos para entender bien aquella, conforme al estado en que actualmente se encuentra en Europa: y así se establecen también tres Cátedras de Matemáticas.

     Las Matemáticas enseñadas como elementos, serán preparativo indispensable para el estudio de las demás Ciencias naturales; y así deberá preceder su examen para recibir el grado de Bachiller en Teología, Medicina, o Física.

     «La Teología, dice la Universidad de Granada, tiene diversos ramos y denominaciones, principalmente tomadas de las diferentes partes de que se compone, y del distinto modo, y método con que ha sido tratada en varios siglos. En los bárbaros y de corrupción han tenido algunos por Teología un conjunto de opiniones metafísicas, y de sistemas en la mayor parte filosóficos, tratados en estilo árido e inculto, con olvido de la Escritura, de la Tradición de la Historia Sagrada, y del Dogma; y a esto daban el nombre de Escolástica, en que por un abuso intolerable se empleaba casi todo el tiempo destinado al estudio de la Teología.

     »Pero no siendo verdadera Teología Escolástica [229], sino aquella que explica con orden y método los Dogmas de nuestra Fe, combatiendo las herejías, y errores opuestos; la que de los principios revelados de la Escritura y Tradición, deduce las verdades sagradas que en ellas se contienen; la que enseña a interpretar legítimamente los libros sagrados, y a conservar la tradición por el estudio de las definiciones de la Iglesia, los escritos de los SS. PP., y los hechos pertenecientes a la religión; por consiguiente no puede haber una ciencia, o disciplina abstracta, que con el pretexto de sutilizar y profundizar las verdades de la religión, aparte de la sólida aplicación al estudio de la Teología, y sus esenciales principios».

     Dadas de esta suerte las verdaderas nociones de la Teología, pasa la Universidad a prescribir la asignatura de las Cátedras para su enseñanza, y el autor por donde se había de practicar. «Aunque la obra del Maestro de las sentencias, dice, y Suma de Santo Tomás sean libros fundamentales, que comprenden la mayor parte de las materias teológicas; y por tanto se han tenido, y merecen tenerse como textos para el orden del Curso Teológico; con todo, la diferencia de los tiempos, el nuevo gusto y método de la Teología, en los siglos, y naciones cultas, el progreso que ha hecho esta Ciencia Sagrada, con el auxilio de las Lenguas eruditas, de la [230] crítica, y de la historia; las posteriores determinaciones de la Iglesia, y las nuevas herejías, y falsos dogmas, que se deben combatir con otro método y auxilios, que los que había en los siglos pasados, son circunstancias tales, que hacen precisa la composición y estudio de unas instituciones teológicas, acomodadas en las materias, método y estilo, al presente estado de la Teología, y actuales necesidades de la Iglesia».

     Da una idea del método con que deberán escribirse las Instituciones Teológicas. Y mientras no se publiquen estas, prescribe la Suma de Santo Tomás, previniendo que también podrán valerse los catedráticos del auxilio de los otros autores, en quienes, sin ser muy difusos, domine la erudición sagrada, la crítica, el uso de los lugares teológicos, la noticia de la Historia Eclesiástica, la sana y sólida doctrina depurada de sofisterías, de sutilezas, de adhesión a sistema determinado filosófico y escolástico, de laxitud de opiniones, y de estilo bárbaro e inculto.

     Señala después los mejores autores de que podrán valerse los Catedráticos, para formar las Instituciones Teológicas, tanto en lo que toca a la escolástica, como a la moral y a la Escritura, y concluye el artículo con tres advertencias.

     «La primera, que entre tantos libros extranjeros, [231] tal vez menos útiles, que se traducen o se manejan, se aplicasen algunas personas hábiles a la traducción y lectura de las excelentes obras que se han escrito de cien años a esta parte, en defensa de la religión, contra los deístas, ateístas, y materialistas, como la defensa de la religión de Pedro Abadía; la religión cristiana probada por los hechos, de Houteuille; las obras de Jaquelot, Mr. Franzois, le Febre, y las que últimamente ha escrito Mr. Bergier.

     »La segunda, que conforme al pensamiento del gran Cardenal Ximénez, del Concilio de Trento, y de los Reyes Católicos, en la edición, de las dos Biblias, Complutense, y Regia, se promueva el estudio de los Libros Sagrados, así en los originales, como en las principales versiones; y para esto se dediquen tanto los catedráticos, como los discípulos a la inteligencia de las Lenguas Hebrea y Griega, de la Historia Sagrada, así del Viejo Testamento, como de la Iglesia, de la Historia de los Imperios antiguos y modernos que pueden ilustrarla, a la lectura de los SS. PP. griegos y latinos, a las Colecciones de los Concilios, tanto generales, como de España, y a los demás monumentos de sólida erudición, que forman un Teólogo útil al Estado.

     »Y la tercera, que a los inmensos volúmenes de Teología Escolástica, que con tanto [232] dispendio de tiempo, y perjuicio de la erudición sagrada han ocupado casi enteramente a nuestros profesores, extraviándoles de la atención a lo más útil e importante, suceda el manejo, lectura y estudio, así de los Libros Sagrados, SS. PP. y demás monumentos referidos, como de los teólogos españoles del siglo décimo-sexto, que mostraron y siguieron el verdadero camino de la Teología, cuyas obras no merecen olvido».

     Habiendo un recíproco enlace entre el Sacerdocio y el Imperio, el derecho del Estado y de la Iglesia, y no pudiendo ser perfecto jurisconsulto el que no sepa el Derecho Canónico, ni buen canonista el que carezca del fundamento del Derecho Civil y Real, previene que debe caminar unido el estudio de estas Facultades, y preceder en ambas a los grados que se hayan de recibir en Derechos.

     Para este estudio se prescribe el tiempo de siete años, distribuidos en esta forma. En el primer año se deberá estudiar por la mañana la historia del Derecho natural, civil, romano, patrio, y público; y por la tarde la del Canónico. En el segundo y tercero las Instituciones de Justiniano, con las concordantes del Derecho español. En el cuarto y quinto el Derecho canónico, dividiéndolo en moderno y antiguo. En el sexto la Teórica y práctica del Derecho nacional. Y en [233] el séptimo el público Universal, considerándolo en sus diversas especies y ramos de Civil y Eclesiástico; y en ambas mucho más particularmente en lo respectivo a la nación e Iglesia de España, explicando la indispensable necesidad que hay de un Sumo Imperio en la Sociedad Civil, y de un Primado o cabeza suprema en la Iglesia; la independencia y límites de estas dos supremas potestades; las diferentes especies de poder supremo; las diversas formas de Repúblicas, o Gobiernos que de él resultan, ponderando las ventajas del monárquico hereditario, los oficios y derechos que competen a los soberanos, que comúnmente se llaman regalías, cuya instrucción es el principal objeto del Derecho público universal, declarando especialmente los que respetan a la seguridad externa, y tranquilidad interna del Estado; la dirección de las acciones del vasallo por medio de leyes; la inspección y autoridad sobre todas las Universidades, Colegios, y Sociedades formadas en el cuerpo del Estado; la creación y provisión de los cargos y empleos públicos, y la creación de los Tribunales, y su establecimiento para la administración de la justicia.

     Finalmente concluye, expresando los libros que podrán usarse para la enseñanza de estas Facultades, mientras algún individuo de aquella, o de alguna otra Universidad del reino, escriba algunas Instituciones mejores para [234] este objeto que las que hasta ahora se han publicado.

     Para la Medicina se establecen seis Cátedras. La primera debe ser de materia médica, esto es de los productos de la naturaleza en sus tres reinos, que sirven a la Medicina, y el modo de prepararlos. La segunda de Anatomía, operaciones quirúrgicas, y Arte obstetricia. La tercera de Instituciones Médico-Quirúrgicas. La cuarta de Aforismos. La quinta y sexta ambas de práctica, así de Medicina, como de Cirugía.

     Se previene también el establecimiento de un Jardín Botánico, de un Museo de Historia natural, de un Teatro Anatómico, y un Hospital destinados a las lecciones de práctica; y la formación de un Diario, para anotar en él las enfermedades, sus síntomas, método de curación, y lo que se observe más notable en las disecciones de los cadáveres.

     Y se concluye con algunas advertencias para el mayor adelantamiento de los estudios en aquella Universidad.

     Plan de estudios, aprobado por S. M., y mandado observar en la Universidad de Valencia. Madrid: en la Imprenta de la Viuda de Ibarra, año 1787. O sea que este Plan se ha extendido con vista de los que le han precedido, o que en la ciudad de Valencia hay más luces, y mayores proporciones que en otras, para el cultivo de las Ciencias y Artes, es sin duda [235] el más juicioso de cuantos se han publicado hasta el presente.

     Se establecen en él tres Cátedras de Latinidad, esto es, de Rudimentos, Sintaxis, Poética, y Retórica; y se previene que ningún estudiante pueda pasar de una clase a otra sin previo examen, y aprobación del Claustro, y que en todas ellas, las tardes de los sábados se destinen para la explicación de la doctrina cristiana, por el Catecismo histórico del Abad Fleuri. Los autores para la Latinidad son la Gramática de las Escuelas Pías de aquella ciudad, por ahora; el libro de Arte dicendi de D. Francisco Sánchez de las Brozas; y Fundamenta Stili cultioris de Heineccio, con el ejercicio sobre los autores latinos más selectos.

     Dos Cátedras de Lengua Griega, y una de la Hebrea, cuyo estudio ha de ser por la Gramática del Seminario de Padua, y por la de José Passini.

     Para la enseñanza de la Filosofía se señalan las Instituciones del P. Jaquier. Y se quita el ejercicio de disputar, que se tenía antes en el patio de la Universidad, substituyendo en su lugar el que el Catedrático, de acuerdo con el Rector, contemple más útil para el adelantamiento de los discípulos: reglamento notable, y digno de imitarse, porque hasta ahora toda la Filosofía parece que no estaba reducida a otra cosa más, que a saber disputar [236] en forma silogística.

     Cuatro Cátedras de Matemáticas, de las cuales las dos primeras formarán un curso cada una, que empezará todos los años, y se enseñarán en él las materias por el orden y autores que se expresan.

     El Catedrático de Astronomía en dos noches claras de cada semana ocupará una hora en el observatorio, explicando el uso de los instrumentos propios para observar, y haciendo las observaciones astronómicas, que juzgue más oportunas para la instrucción de sus discípulos.

     En la Medicina se establecen seis cátedras perpetuas; una de Química y Botánica, otra de Anatomía, tres de curso, y una de Práctica. Y otras cinco temporales, esto es, una de Botánica, otra de Anatomía, y tres de curso, que durarán tres años. Para el estudio de la Botánica se señala el curso de los señores Ortega, y Palau. El de Química deberá tener su lectura en el laboratorio químico, por las Instituciones de Beaumé, y Elementos de Macquer; y en los meses de abril y mayo, por la tarde se enseñará en el Jardín Botánico el conocimiento y las virtudes de las plantas que tienen uso en la Medicina, según las trae Murray, debiendo asistir a esta enseñanza los estudiantes de todas las aulas de Medicina. El de Anatomía tendrá su lectura en el teatro anatómico del Hospital, por el compendio [237] de Lorenzo Heister, teniendo presentes las mejores láminas, buenos esqueletos, y figuras de cera; y haciendo treinta disecciones cada año en cadáveres, y algunas en animales vivos para manifestar el sitio y figura de las partes, su composición y enlace, y el uso de cada una para las acciones naturales.

     En la Medicina se señalan las Instituciones médicas de Boerhaave, con la Disertación de Gorter De actione viventium particulari; la materia médica de Luis Tessari; y los aforismos de Hipócrates y de Boerhaave, con los principios de la Medicina de Francisco Home, para cuya explicación previene que se valgan los Catedráticos de Vanswieten, y otros buenos autores, principalmente nacionales.

     Además de esto se establece una Cátedra de Medicina práctica, para que un maestro con vista de varios enfermos del Hospital, pase luego a una pieza separada, en donde explique las clases de enfermedades de que adolecen, bajo que nombres las conocieron los antiguos; qué motivos le han determinado a propinar tales remedios, y no otros; examine y corrija las observaciones que hayan hecho sus discípulos, enseñándoles el verdadero modo de hacerlas; y concluya formando el pronóstico de cada una de ellas, fundado en la doctrina de Hipócrates, y en sus propias observaciones. Cada semana nombrará dos estudiantes, para que apunten diariamente los enfermos [238] que entren, y los que mueren en las salas que les señale, y que hagan todas las observaciones meteorológico-médicas, cuyos apuntamientos, y las historias de las enfermedades que hicieren los estudiantes, después de corregidas y enmendadas, se entregarán al opositor de Medicina que señale el Rector, para que lo ordene todo, y forme un exacto diario de todas las observaciones, y unas tablas necrológicas, el cual diario se entregará al fin de cada mes al Claustro de Medicina, y se pondrá una copia en la Biblioteca de la Universidad.

     Para el estudio de las Leyes, cinco Cátedras perpetuas, y cinco temporales. El primer Catedrático deberá enseñar el Derecho natural, y de gentes, explicando por ahora las Instituciones de Juan Bautista Almici. A esta Cátedra deberán concurrir todos los que hayan de estudiar Leyes o Cánones: por manera que ninguno podrá ser admitido al curso de estas Facultades, sin que primero haga constar que ha ganado una matrícula de Derecho natural y de gentes. Los otros cuatro enseñarán un curso entero, empezándolo uno todos los años, y siguiéndolo hasta su conclusión por unos mismos autores: esto es, enseñando en el primero la historia de la Jurisprudencia Romana, escrita por Carlos Antonio Martini, y en las Instituciones de Justiniano, hasta el título de Legatis, con notas breves [239] de Arnoldo Vinio, las Praelectiones de Heinecio, y un compendio del Sintagma antiquitatum romanarum del mismo, acomodando cada cosa a su propio título. En el segundo lo restante de las Instituciones con las dichas notas, y compendio. En el tercero la obra de Heinecio, intitulada Elementa juris secundum ordinem Pandectarum adornata. Y en el cuarto las Instituciones del Derecho Civil de Castilla, escritas por Asso y Manuel: con la prevención de que en la enseñanza del Derecho Romano, emitan los Catedráticos aquellos títulos que tratan de solemnidades, sutilezas, y de cosas que no tienen analogía con nuestra jurisprudencia; y que se les haga observar a los estudiantes la correspondencia del Derecho Civil con el Natural, y las diferencias que ocurran entre nuestras leyes y las romanas.

     Para la enseñanza del Derecho Canónico se señalan cuatro Cátedras perpetuas, y una temporal; y las lecciones deberán darse por la obra de Jorge Segismundo Lackis, intitulada Praecognita juris eclesiastici universi, y por el Jus ecclesiasticum universum de Van-Espen, omitiendo en esta lo perteneciente al Derecho particular de Flandes, y añadiendo en los lugares oportunos los Decretos del Concilio de Trento, y lo que sea propio y peculiar de España, conforme a nuestros Concilios, Concordatos, y leyes nacionales.

     Los estudiantes de cuarto año de Cánones [240] deberán asistir también a la Cátedra de Disciplina Eclesiástica, la que enseñará un catedrático perpetuo en dos años, por las Antigüedades cristianas de Julio Lorenzo Selvagio.

     Las Cátedras perpetuas de Teología serán once: una de Locis Theologicis, otra de Historia Eclesiástica, cuatro de curso de Teología escolástico-dogmática, tres de curso Moral, y dos de Sagrada Escritura, con otras siete temporales, para los repasos de ambos cursos. En el primer año asistirán los estudiantes a la Cátedra de Locis Theologicis los cuales se enseñarán por el tratado que escribió de ellos Juvenin, o por el que Denina intituló: de studio et norma fidei; teniendo también presente para la explicación la obra de Melchor Cano. Y por la tarde asistirán los mismos a la Cátedra de Historia Eclesiástica, que se enseñará por el compendio de Berti. En los cuatro años siguientes se dará el curso teológico por los Comentarios de Guillermo Estio, sobre el Maestro de las Sentencias, y en el último de estos asistirán también los estudiantes a la Cátedra de la Escritura, que se enseñará por el mismo texto de la Vulgata, explicando el catedrático el sentido literal, y los demás, conforme a la interpretación de los SS. PP. y autores sabios y Católicos, y las dificultades críticas, geográficas, históricas, y aparentes antinomias que ocurrieren. [241]

     Para la Teología Moral habrá tres catedráticos, que empezarán curso cada ano, y lo concluirán en tres, explicando en ellos la del Obispo Geneto. Además de esto los estudiantes asistirán en el primer año a la cátedra de Disciplina Eclesiástica, y en los dos últimos a la de Escritura.

     «Los catedráticos perpetuos, o temporales, que sin faltar a las prescritas obligaciones, quisieren dictar a sus discípulos algunas disertaciones o notas que ilustren a su autor, podrán hacerlo, presentándolas antes al Claustro de su facultad para la aprobación, la cual no se dará, si el escrito no fuere muy sólido, de exquisita doctrina, y de notoria utilidad. Por cada Disertación que merezca la aprobación del Claustro, se darán en premio a su autor cincuenta ducados. Otro tanto se dará por las notas que fueren aprobadas, siendo tan copiosas que se juzguen equivalentes a una Disertación. El que dictare cosa alguna sin la dicha aprobación, será multado en trescientos reales para los fondos de la Universidad.

     »Los catedráticos que escribieren tres Disertaciones, o algunas útiles y copiosas notas, que ilustren las materias que enseñan, sirvan para mejorar los estudios, y merezcan imprimirse, con aprobación del Claustro de su Facultad, tendrán de los fondos de la Universidad una pensión de mil reales cada año; y si [242] continuaren hasta los veinte años de Cátedra, con igual esmero y aplicación a la enseñanza, dando nuevas obras del mismo género, y con la misma aprobación, se les añadirán otros mil reales, y gozarán dos mil, además de su salario». Lo mismo tendrán los Bibliotecarios, que en su clase adquieran igual mérito.

     «Si algún catedrático, aunque no tenga doce años de Cátedra, o alguno de la nueva clase de opositores, aunque no sea catedrático, escribiere un curso de cualquiera facultad, con tal método, claridad, solidez de doctrina, y tan buen estilo, que el Claustro lo juzgue digno de que se enseñe con preferencia a los que ahora se señalan; tendrá de los dichos fondos, una pensión anual de tres mil reales, que será absolutamente perpetua por su vida. Siendo catedrático, o bibliotecario, si continuare enseñando, o sirviendo su empleo hasta los veinte años, y mejorase su curso, o diere nuevas obras útiles a la enseñanza, con aprobación del Claustro, se le aumentarán dos mil reales, y gozará cinco mil, además de su salario...

     »Si alguno de los dichos escribiere Gramática Latina, Griega, Hebrea, o Arábiga, o cualquiera parte de las Ciencias que se enseñan en la Universidad, como Lugares teológicos, Derecho público, Disciplina Eclesiástica, Instituciones del Derecho español, [243] Anatomía, o semejantes, y el Claustro las juzgare dignas de preferirse a las que ahora se señalan; servirá primeramente la obra para los premios que se pueden ganar a los doce, y a los veinte años de Cátedra, y además se dará al autor un premio correspondiente a su trabajo, y al mérito de la obra.

     Para ser opositor a cualesquiera Cátedras perpetuas, o temporales (a excepción de las de Matemáticas, y Química) deberá el candidato hacer constar antes, que ha ganado dos matrículas de Lengua Griega; y para las de Teología, otra matrícula de Lengua Hebrea, teniendo además de esto varios ejercicios propios para probar su Instrucción».

     También se señalan ciertos premios para los estudiantes más sobresalientes.

     Sigue luego el Plan hablando de las horas de enseñanza de los feriados, de los exámenes para las matrículas, de los mismos para los grados, de las propinas, de los honores y privilegios para los catedráticos temporales, de los bibliotecarios, los que deberán estar instruidos en lenguas orientales, y uno de ellos en la arábiga, con obligación de enseñarla; de los Oficiales de la Universidad; de las rentas de esta; de los salarios; los premios de los Catedráticos; de los opositores a las Cátedras, sus ejercicios y honores; del modo de formar los Claustros particulares, [244] y del orden de los asientos en el general; del Demostrador, Director, Diarista-médico, y Maquinista; de los premios para los estudiantes que más sobresalgan: en todos los cuales artículos se encuentran reglamentos dirigidos al mayor estímulo de catedráticos y discípulos, a excitar la emulación, evitar las colusiones, probar el mérito, y fomentar el mejor gusto en todas las Ciencias.

     El establecimiento de este Plan es uno de los muchos e importantes beneficios que debe España a la ilustración y celo del Exmo. Señor Conde de Floridablanca. Sin su declarada protección se hubiera acaso sufocado, a pesar de la eficacia y actividad de su principal autor el señor D. Vicente Blasco, canónigo, y Rector de aquella Universidad. Es también muy digna de la gratitud, y eterna memoria de los valencianos, la generosidad con que el Exmo. Señor Don Francisco Fabián y Fuero, Arzobispo de Valencia, ha cedido voluntariamente la pensión de doce mil pesos anuales, que para parte de la dotación se ha impuesto sobre aquella mitra, y que no debía empezar a correr hasta la muerte de este Prelado. Con estos auxilios se ha puesto ya en ejecución el Plan, del que deben esperarse los mayores adelantamientos en las Ciencias y Artes.

     A la reforma de los estudios en las Universidades, ha seguido la de los colegios y [245] seminarios, fundados para la enseñanza de Ciencias determinadas. Entre estos tienen un mérito muy particular el del Colegio de San Telmo de Málaga, y el del Seminario de Vergara.

     Hasta los Regulares, entre quienes los abusos y las preocupaciones son más difíciles de corregir, por la naturaleza de los títulos, o pretextos con que se sostienen, han conocido también la necesidad de formar nuevos métodos, como puede conocerse por el que se ha anunciado ya en el artículo Cano, y por los siguientes.

     Carta circular del General de los Carmelitas Descalzos de la Congregación de España, a todos los súbditos, sobre el método de estudios establecido por el Excelentísimo, e Ilustrísimo Señor Don Nicolás Colona de Stillano, Arzobispo de Sebaste, Nuncio Apostólico de S. S. en estos reinos. En Madrid: por José Doblado, año de 1781. En cuarto mayor. El P. General se introduce en su Carta ponderando la necesidad de la instrucción en los Eclesiásticos y Sacerdotes, y los funestos efectos de la ignorancia. Y luego dice: «Considerando yo estas dos grandes verdades, y las tristes consecuencias de la ignorancia, y de las malas enseñanzas, que son más dañosas que la ignorancia misma; luego que entré en el Ministerio que ejerzo, aunque indigno y miserable, deseoso del bien de mi orden, propuse en mi ánimo mejorar la enseñanza en cuanto pudiese, [246] y desterrar de ella todo abuso de doctrina que se hallase introducido en nuestros Claustros... Pero el Señor que es rico en misericordias, ha prevenido mis deseos y mis esperanzas». S. M. había comunicado al Señor Nuncio sus deseos, sobre la reforma de esta religión. «Y conociendo este sabio prelado, que la ignorancia es la raíz de la decadencia en las Órdenes Religiosas, y de las erradas máximas que se adoptan; su primer cuidado ha sido examinar nuestros estudios, cotejándolos con lo que mandan nuestras Constituciones». No se avergüenza el P. General (como lo han hecho otros cuerpos), de confesar los atrasos que había tenido en estos su religión; y así continua diciendo: «Y como la verdad es, que en esta parte nos habíamos desviado bastante de ellas, llevados del torrente de sutilezas, y doctrinas relajadas, que inundaron la Teología, y la Moral en el siglo pasado; ha juzgado necesario formar un nuevo Plan de estudios, arreglado a las Constituciones, para que lo sigamos en lo sucesivo».

     Inserta luego la Carta-Orden del Señor Nuncio, en la cual prescribe los autores, por donde se había de estudiar: esto es, Goudín para la Filosofía; la Suma de Santo Tomás, y los Lugares Teológicos de Juvenin, para la Teología; el Geneto, y Natal Alexandro, para la Moral; y el P. Fr. Luis de Granada, para la Oratoria. [247]

     Pero aunque se adoptan estos libros prescritos por el Señor Nuncio, se ponen luego varias advertencias, para que los que lleguen a la clase de maestros, no se contenten con su lectura sola. Y así se dice que, los Lectores deben extender sus conocimientos, leyendo otros filósofos acreditados, meditando sobre ellos, y comparando unas noticias con otras. Se les recomienda la lectura de Platón, Aristóteles, Cicerón, Séneca, y Plutarco. La de Vives, y Bacon de Verulamio. La de Gasendo, Cartesio, Newton, Leibnitz, Wolfio, Canzio, Condillac, Locke, el Genuense, etc. con las precauciones que se deben observar en el estudio de algunos de ellos. Para la Teología, así Escolástica, como Moral, y Mística, se recomienda el estudio de los SS. PP. Historia Eclesiástica, Escritura Sagrada, Crítica, etc. expresando al mismo tiempo los mejores escritores modernos, que pueden consultarse para el mayor aprovechamiento.

     Plan de estudios de la Provincia de Observantes de N. P. S. Francisco de Granada. Madrid, 1782. Por D. Joaquín Ibarra. En cuarto mayor. Precede una Demostración que hace a la Santa Provincia de Granada, de la Regular Observancia de nuestro P. S. Francisco, sobre la ruina de su Literatura, y medios más oportunos para su reparo, Fr. Manuel María Trujillo, indigno Provincial de ella. [248]

     El Reverendísimo Molina, General de la Religión de S. Francisco, en su Encíclica, dada en Roma, a 4 de octubre de 1762 había mandado que se trataran las cuestiones teológicas, regulándolas por el dogma, Escritura, Tradición, y Santos Padres, alternando con conclusiones críticas, y controversias históricas, conforme al método y gusto más exquisito de nuestro siglo. Lo mismo había mandado pocos años antes el P. General Panormo. Pero aquellas órdenes habían producido muy poco efecto, como lo expone el P. Trujillo en su Demostración, haciendo presente el lamentable estado de la literatura en su Provincia. Manifiesta particularmente en ella los daños que se han originado de la adhesión al Peripatetismo, y exhorta al eclecticismo. «Padres amantísimos, dice, ¿en qué nos detenemos? Rompamos estas prisiones que miserablemente nos han ligado al Peripato. Sacudamos la general preocupación que nos inspiraron nuestros maestros. Sepamos que mientras viviéremos en esta triste esclavitud, hallaremos mil obstáculos para el progreso de las Ciencias».

     Responde luego a los argumentos que pueden hacerse contra la libertad de filosofar.

     Prueba la necesidad de la Filosofía moderna para la Teología, porque siendo uno de los objetos más principales de esta ciencia el combatir a los que con sofismas, intentan destruir [249] nuestra sagrada religión, y entrando en el número de ellos muchos sectarios de los sistemas modernos, que sacan de ellos las más de sus pruebas, es necesario estar instruidos a fondo en las mismas para refutarlos; como en otro tiempo, para refutar a los herejes, adoptaron los SS. PP. los sistemas sobre que aquellos fundaban sus argumentos, y principalmente el peripatético.

     Prueba en fin la misma libertad de filosofar con la autoridad y testimonios de S. Agustín, San Gerónimo, Santo Tomás, Melchor Cano, Alfonso de Castro, Luis Carbajal, y Juan de Cartagena.

     Establecidos los principios más sólidos para adquirir la verdadera sabiduría, pasa a proponer los Reglamentos útiles que constituyen el nuevo Plan de estudios. Quisiera el P. Trujillo establecer en su Provincia Cátedras de Lengua Griega, y Hebrea, conforme a la Constitución de Paulo V de 1610, en que manda a todos los superiores regulares su erección. Pero no encontrando todavía las proporciones necesarias, da a lo menos las disposiciones convenientes para que florezca la buena latinidad.

     Para la Filosofía, señala las Instituciones del Padre Jaquier, hasta tanto que saliera a luz el nuevo curso que se estaba trabajando; recomendando al mismo tiempo para el mayor adelantamiento, la lectura de [250] otros buenos autores.

     En la Teología señala para los Lugares teológicos el Aparato de Annato; y los PP. Consuegrua, y Marioni, previniendo se tengan también presentes los Prolegómenos de la Escritura de Martín Martínez de Cantalapiedra, y las Obras de Cano, Duhamel, Carvajal, Frassen, Alfonso de Castro, Belarmino, Natal Alexandro, Berti, Billuart, y Bononia. Para el estudio de la Sagrada Escritura a Wouters. Para la Oratoria Sagrada el Orador cristiano de Mayans. Para la Historia de Concilios, y Disciplina Eclesiástica a Cabasucio. Para la Moral a Antoine; añadiendo a este estudio el del Derecho Canónico, por la Suma de Lanceloto, con las notas de Doujat; y en su defecto, por las Instituciones Canónicas de Berardi, y encargando además de esto a los lectores el estudio de Van Espen, las Pandectas de Beveregio, la Biblioteca de Justelo, el Codex Canonum de Piteo, el Aparatus eruditionis de Buter, y el Derecho Regular por Montalvo, y Ameno. Y para la Mística, las Obras de Santa Teresa de Jesús, las de Fr. Luis de Granada, Venerable Arbiol, y Vindicias de la Virtud.

     Se acaba el Plan con varias advertencias sobre los exámenes, arreglo de casas de estudios, y otras dirigidas al mayor adelantamiento de aquellos regulares en la virtud, y en la literatura. El celo del P. Trujillo es tanto [251] más digno de celebrarse, cuanto fueron mayores los obstáculos que ha tenido que vencer de parte de sus hermanos, a pesar de la protección del Reverendísimo P. Comisario General, Fr. Antonio Salinas, que conociendo la necesidad de la reforma de los estudios en su Religión, procura fomentarla.

     PONZ (D. Antonio), Secretario de S. M. y de la Real Academia de S. Fernando, e individuo de la de la Historia, de las de S. Lucas, y de los Arcades de Roma, de la Sociedad de Anticuarios de Londres, y de las Sociedades Vascongada, de Madrid, y Granada, etc. Viaje de España, en que se da noticia de las cosas más apreciables, y dignas de saberse que hay en ella. Su autor D. Antonio Ponz, etc., dedicado al Príncipe nuestro Señor. Trece tomos en octavo, impresos por D. Joaquín Ibarra, en diferentes años, desde el de 1772. Los diez primeros están reimpresos, y del primero hay tres ediciones, hechas todas en casa del mismo Ibarra.

     Si el mérito de las obras se ha de juzgar como se debe, por los buenos efectos que producen, el Viaje del Señor Ponz es sin duda una de las mejores del actual reinado. Movido del deseo de instruirse en las nobles Artes, había viajado este Autor bastante tiempo por Italia, y residido algunos años, especialmente en Roma, y en Nápoles, en donde adquirió un gusto muy exquisito, y un particular [252] tino para discernir el mérito, y conocer los estilos de las diferentes escuelas, y obras de los más famosos artífices. Acostumbrados sus ojos a ver los admirables monumentos de la Antigüedad griega y romana, existentes en Italia, su población, su cultura, las delicias de sus campos y de sus pueblos, y su policía, al volver a entrar en España le chocó y desagradó tanto la gran falta que hay en ella de todos aquellos objetos, que desde luego resolvió el hacer un viaje de propósito, para observar lo más notable de nuestro país, notar lo defectuoso e imperfecto, particularmente en materia de Artes, y declamar por la reforma de estas. El empeño era costoso y arriesgado. Costoso, porque los viajes no se pueden hacer con poco dinero, y sin muchas incomodidades. Arriesgado, porque el publicar que es fea, horrorosa, y chabacana, una obra de arquitectura, pintura, o escultura que se tenía por un prodigio, y que ha costado muchos caudales, era chocar con sujetos distinguidos, con cuerpos respetables, y acaso con pueblos, y provincias enteras. Pero nada de esto aterró al señor Ponz, para dejar de ejecutar su pensamiento. En su Viaje da noticia de las mejores obras de las nobles Artes, que ha visto en más de tres mil leguas que ha corrido. Critica otras con libertad, pero con conocimiento. Clama para que en las que se hayan de ejecutar en adelante, se busquen [253] artífices diestros y del mejor gusto. Exhorta a la reforma de la policía, particularmente en el ramo de la comodidad y ornato público. Los plantíos de árboles son, después de las Artes, su objeto principal. Es natural en sus descripciones, que tienen un mérito muy particular, porque siéndolo casi continuamente de objetos uniformes, están bastantemente variadas y entretejidas de algunos puntos, que hacen agradable la lectura. Aunque nos nota muy frecuentemente varios defectos y vicios en materia de Artes, y de policía, no por eso deja de conocer el mérito en otras cosas, impugnando con tanta fuerza como verdad, en muchos lugares a algunos extranjeros que han hablado de ellas sin conocimiento.

     En la Gaceta universal de Literatura de Dospuentes, se dijo que el señor Ponz había hecho su viaje de orden del Ministerio, para impugnar al P. Norberto Caimo, sobre lo que escribió en el suyo de España, como el Gobierno de Rusia mandó hacer una refutación contra el que el Abate de la Chape escribió de la Siberia. Pero esto es falso. El señor Ponz empezó a escribir el suyo, sin más motivo que el referido; bien que el Ministerio le ha dado después algunos auxilios, como acostumbra hacerlo con los que trabajan obras útiles.

     Esta obra ha sido muy aplaudida dentro y fuera de España, y merece serlo. En las Efemérides [254] de Italia se leen repetidos elogios de ella. En Leipsick se publicó en 1775 el primer tomo traducido al francés, por D. Juan Andrés Díez, profesor de Historia Literaria de Gottingen; y se sabe que hay otra traducción alemana de algunos tomos.

     Viaje fuera de España, por D. Antonio Ponz, Secretario de Real Academia de S. Fernando, etc. Dedicado al Príncipe nuestro Señor. Madrid 1785. Por D. Joaquín Ibarra. Dos tomos en octavo. En el prólogo del primero da noticia, critica varios viajes de España, publicados por algunos extranjeros, cuales son el del P. Norberto Caimo el Dr. Clarke, Swimburne, Twiss, Dillon, el anónimo autor del nuevo viaje en España hecho en 1777, y 1778, y el disparatado Fígaro. En la obra se trata de la Provincia de Álava, de Vergara, Bayona, Burdeos, París, S. Denis, o Dionisio, Amiens, Abbeville, Boulogne, Calais, Dowres Cantoberi, Real sitio de Windsor, Oxford, Bristol, Bath, Salisburi, Vincester, Portsmouth, y otros pueblos y sitios, desde este puerto a Londres.

     En el prólogo del segundo tomo, con ocasión del artículo Espagne, puesto por Mr. Masson en la Nueva Enciclopedia, al tiempo que el señor Ponz se encontraba en París, se manifiestan los crasos errores en que incurrió este autor por su ligereza, y arrogante ignorancia, no solo en la parte política de España, sino [255] también en la geográfica, que era el ramo que se le había encargado. Y después de haber dado algunas pruebas de sus groseras calumnias, concluye con un bosquejo de lo que se podría decir de Francia, si se hubiera de escribir de ella por el aire de Mr. Masson. «¿Qué se podría decir de Francia? dirá tal vez alguno. Lo mismo, o peor que de España, le respondería yo; pues callando lo bueno y exagerando lo malo, no hay nación que en su gobierno, costumbres y carácter, no preste amplia materia a la sátira; y más si torciendo el sentido, se hace empeño en denigrar las cosas buenas, a estilo de Masson.

     »La Francia y la España, semejantes en su antigua constitución, adoptaron en calidad de Colonias Romanas las leyes de la capital. En la dominación goda hubo las mismas variaciones en la una que en la otra; y esclavas en el dominio feudal, sacudieron después el yugo. La Francia vio establecido un gobierno absoluto en los célebres reinados de Enrique IV y siguientes, que solo dependía de la voluntad de los soberanos. La venalidad de los empleos, las que llaman cartas, o letres de cachet, con que suele un Ministro acabar con un individuo en la Bastilla, o en otra prisión sin oírle, son cosas que todos, y aun los mismos franceses miran con admiración, y aborrecimiento.

     »Su gobierno se funda en las Leyes Romanas; [256] en multitud de otras leyes sueltas, Pragmáticas, Reglamentos, que con la infinidad de intérpretes, han formado un caos de confusión, y un manantial de disputas costosas, e interminables. Jamás se ha hecho un código claro y sencillo, civil y criminal. Son frecuentes los delitos, y atroces los castigos. En la rueda, desconocida en España, sufre un infeliz, horas y aun días la muerte más lenta y espantosa, no sé si con diminución de los malhechores, que cada día son nuevas víctimas de tan cruel espectáculo, detestable en todos tiempos, cuanto más en el de la Humanidad y Filosofía.

     »El soldado francés es intrépido y valeroso; pero tachado de intolerante en las fatigas, falto de sujeción a, la disciplina militar. Un sin número de ordenanzas, y órdenes sueltas, componen su código castrense, sin que tampoco se haya hecho un cuerpo sencillo de leyes militares.

     »Si el desorden de la Real Hacienda no fuera tan notorio como lo es en las obras de Turgot, de Raynal, cuentas de Mr. Neker, y en otros economistas franceses, se podría dar amplia noticia de su viciosa administración, de sus entradas, obligaciones, y deficit anual. La notoriedad de estos hechos nos dispensa el decir alguna cosa sobre este punto.

     »No quiero meterme en el clero. Decida cualquiera que conoce el de España sobre [257] la residencia, tenor de vida, moderación, recogimiento, visitas apostólicas de nuestros prelados; y diga también si nuestro clero en su modestia, compostura, y subordinación a los superiores, cede al de ninguna otra nación, sea la que quiera.

     »La viveza, perspicacia, y prontitud del ingenio de los franceses, no se debe negar, como tampoco cierta inconstancia, que ellos mismos se imputan, háciendose insoportables a las otras sociedades de hombres, de las cuales hablan con desprecio; y aunque Raynal, que hace de buena fe esta confesión, dice que se han hecho más odiosos a los españoles; hay mil ejemplos en que los ingleses y alemanes tienen esta primacía. Los italianos que tal vez acarician a todo extranjero, miran de muy otro ojo a los franceses.

     »El furor de escribir es indecible; pero ¡qué inconsecuencias, contradicciones y errores, aun en muchas obras aplaudidas!

     »¿Quién ignora la libertad con que algunos atacan las potestades más respetables, y la religión en sus sólidos principios? ¿La facilidad con que en varios escritos han extendido la corrupción por Europa, de que los buenos franceses tanto se quejan, y el clero, y aun el Papa han hecho sus recursos últimamente a S. M. Cristianísima, que ha tomado justas providencias sobre esto?

     »¿A qué viene tanto hablar de humanidad, [258] exagerar tanto las crueldades que los españoles han cometido en sus colonias, cuando la de Sto. Domingo está presentando los más crueles espectáculos? No se ven por sus calles y plazas, si no míseros esclavos cargados de prisiones, y atormentados con modos desconocidos; collares de hierro con largas puntas; o calzones, y piernas de la misma materia desde la cadera hasta el tobillo; máscaras asimismo de hierro, que solo dejan libre la vista y un corto uso de la boca; cuyos castigos, además de los grilletes, cepos, cormas, etc. son desconocidos.

     »¿Quién creerá que una de las fincas más lucrosas de esta rica colonia, es la sangre de los infelices esclavos, que con el trabajo de sus brazos enriquecen tan copiosamente a sus dueños? El producto de los azotes es uno de los mejores propios del Guarico; y el año de 1782 lo tuvo arrendado un tal Taille por sesenta mil libras, pagando a tanto el centenar. Esta triste escena la ha visto con mucha compasión un español muy veraz, que hace poco ha vino de aquella isla.

     »Nada de lo dicho se diría, y menos lo de la isla de Santo Domingo, si no nos provocase el señor Masson, y su Enciclopedia, tratándonos de verdugos, y de todo lo demás que queda insinuado; cuyas especies inventadas, o halladas en religiones despreciables, son como las que refiere de los tormentos de la Inquisición, con otras fábulas y [259] cuentos de viejas, como que por no haber dejado Carlos V mandas a los frailes, quemaron a su confesor; y que a Felipe III le sacaron sangre de sus venas para quemarla, por no sé qué otra disparatada invención. Se deja ver cuán ridículo y maligno es el ir a perpetuar estas fábulas en una obra como la Enciclopedia, sin ninguna necesidad, como lo es aquel fuego aparente con que exclama Masson: ¡Gracias a la Filosofía, que alumbra insensiblemente a los hombres!» Ya en España... para detener su pluma, y no decir algo de bueno de los españoles a las otras naciones, quien ha publicado tantas malas.

     Lo que queda insinuado no es para ofender en un ápice a la ilustre y generosa nación francesa, ni a otra ninguna; sino para que Misson, y los de su bando entiendan, que si en España hay algunos defectos, los hay tal vez mayores fuera de ella; y en todos tiempos se podrá decir con verdad que:

Iliacos intra muros peccatur, et extra.

     En el resto de esta obra se trata de Londres, Roterdam, Delft, la Haya, Leiden, Harlem, Amsterdam, Utrecht, Amberes, Malinas, Bruselas, Lovaina, Gante, Lila, Dovay, Cambray, Ruan, Versalles, Fontainebleau, Leon, Viena del Delfinado, Valencia de Valentinois, Aviñón, Nimes, Mompeller, Beziers, Narbona, Tolosa, Pamplona, y Tudela, y de otros pueblos, y cosas notables en esta ruta. [260]



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     QUER, (D. Joseph) Cirujano de S.M., Consultor de sus Reales Ejércitos, Académico del Instituto de Bolonia, de la Real Academia Médica-Matritense, y primer Profesor de Botánica del Real Jardín de plantas de Madrid. Flora Española, o historia de las plantas de España. Su autor D. José Quer, etc. Madrid: por D. Joaquín Ibarra. 1762. Seis tomos en cuarto mayor. Estando imprimiendo el cuarto murió el autor en el año de 1764; y el rey encargó al Real Protomedicato el cuidado de la impresión del resto de la obra, la cual no se finalizó hasta el año de 1784, por haber sido necesario arreglar los borradores, ponerlos en limpio, y corregirlos en algunas partes; trabajo que ha desempañado D. Casimiro Ortega, quien ha escrito también el Elogio del señor Quer que precede al quinto tomo de la Flora Española. Esto, y el haber tratado ya en otras partes de los progresos de la Botánica en España, me excusará el referirlos aquí, aunque era el lugar más oportuno, por haber sido el señor Quer el que promovió con más eficacia este estudio en sus principios, y el primero entre nosotros que ha publicado de él una obra, sistemática. Es muy apreciable la Isagoge, o introducción a [261] la materia herbaria de Tournefort, con la descripción de los más célebres métodos botánicos, y el paralelo de Tournefort, y de Linneo que está en el primer tomo; donde vindica también a los españoles de la nota que les había puesto este último autor de bárbaros en la Botánica; refiriendo algunos jardines particulares, y profesores que él había visto y conocido.

     Disertación físico-botánica sobre la Pasión nefítica y su verdadero específico la Uva Ursi, o Gayubas. Su autor D. José Quer, Cirujano de S. M., Consultor de sus Reales Ejércitos, Académico del Instituto de Bolonia de la Real Médica-Matritense, y primer Profesor del Real Jardín de Plantas de Madrid. Por D. Joaquín Ibarra. 1765. En octavo mayor.



ADICIÓN

     MASDEU (el Abate D. Juan Francisco) Exjesuita. Storia, critica di Spagna e della Cultura Spagnuola in ogni genere, preceduta da un Discorso preliminare. Opera di... In Fuligno 1781 per Pompeo Campana. En cuarto. El asunto de esta obra es tanto más interesante y digno de la pluma de un sabio, cuanto no tenemos ninguna historia civil, ni literaria, que pase del siglo XVI, faltando por consiguiente [262] las dos épocas que más deben saberse, esto es, las de la dominación de las dos casas de Austria, y de Borbón. En Italia, no sé que se haya publicado más de un tomo. Pero en España se han impreso ya tres por D. Antonio Sancha. El señor Abate Masdeu se adquirirá un nombre inmortal si la concluye, como puede esperarse de su talento y aplicación. Arriba