21
La regula 4 de las
Regulae
generales dictadas en noviembre de 1563 acerca de los libros
prohibidos establece lo siguiente: «Qui vero de ratione bene
vivendi, contemplandi, confitendi ac similibus argumentis vulgari
sermone conscripti sunt, si sanam doctrinam contineant non est cur
prohibeantur; sicut nec sermones populares vulgari lingua
habiti»
. En Concilii Tridentinum Tractatum..., ed. cit.,
p. 603 y ss.
22
Vid. Joaquín Lorenzo Villanueva, De la lección de la Sagrada Escritura en lenguas vulgares, Valencia, 1791. M.ª Paz Aspe, «El cambio de rumbo de la espiritualidad española a mediados del siglo XVI», en Homenaje a Pedro Sainz Rodríguez, Madrid, F. U. E., IV, pp. 125-32. Pedro Urbano González de la Calle, «Documentos inéditos acerca del uso de la lengua vulgar en los libros espirituales», Boletín de la Real Academia Española, XII (1925) y XIII (1926), pp. 76-88, 194-208, 302-17; 258-73, 470-97, 652-673.
23
«Aunque Erasmo dejó toda su obra escrita en
latín, el erasmismo tomó inmediatamente la defensa
del vulgar como lengua de espiritualidad, desde Juan de
Valdés, sistematizador de la nueva espiritualidad [...] y de
la lengua que la acompaña [...], hasta el propio fray Luis
de León, quien recoge de la herencia erasmiana su defensa de
la traducción de los textos bíblicos al
romance»
. Pedro Ruiz Pérez, «Sobre el debate
de la lengua vulgar en el renacimiento»,
Criticón, 1987, n.º 38, pp. 15-44; p. 27.
24
«Detrás del romance y de aquellos que lo
promocionaban en conexión con las disciplinas sacras, en
primer lugar con la Escritura, podían sospecharse, no sin
fundamento, disposiciones menos ortodoxas»
. S.
Álvarez Turienzo, Fray Luis de León. Valor de
actualidad de su estilo intelectual y humano, (Lección
inaugural del curso académico 73-74), Salamanca, Universidad
Pontificia de Salamanca, 1973, pp. 32-33. Cf. Antonio
Márquez, Literatura e Inquisición en
España 1478/1834, Madrid, Taurus, 1980.
25
Miguel de la Pinta Llorente, «Una investigación inquisitorial sobre Pedro Ramus en Salamanca», Religión y Cultura, XXIV (1933), pp. 234-51.
26
Declaración
de Miguel Venegas el 13 de mayo de 1568. Op. cit., p. 238. La influencia en
Salamanca es señalada por León de Castro en su
declaración del 22 de mayo de 1568: «Dixo que á oydo dezir que en Salamanca
avía algunos muy aficionados a la doctrina de Pedro Ramos en
artes y philosophía, e que tenían sus
libros»
, loc. cit., p. 239. La presencia del ramismo en el
entorno de fray Luis de León ha sido indagada por Eugenio
Asensio, «El ramismo y la crítica textual en el
círculo de Luis de León», en Academia
literaria renacentista I, Salamanca, Universidad de Salamanca,
1981, pp. 47-76.
27
La exégesis
bíblica que fray Luis de León realiza en castellano
comprende las siguientes obras: Exposición del Libro de
Job, Traducción literal y declaración del Libro de
los Cantares de Salomón, y La perfecta casada,
ya que no olvidemos que se trata del comentario al último
capítulo de Proverbios, como indica el propio fray
Luis en la «Dedicatoria» del Libro III de De los
nombres...: «publiqué una
declaración del capítulo último de los
Proverbios, que intitulé La perfecta
casada»
(ed. cit., p. 494). Una descripción
de las ediciones correspondientes a estas obras puede verse en
Rafael Lazcano González, Fray Luis de León.
Bibliografía, Madrid, Editorial Revista Agustiniana,
1990. Fray Luis declara ante la Inquisición el 18 de abril
de 1572, «que había también
hecho en romance una declaración breve sobre el salmo
Quemadmodum desiderat
cervus (salmo 41), y otra sobre el salmo Usquequo, Domine, oblivisceris me in
finem»
(salmo 12), «Extracto del
proceso...», ed. cit., p. XXV. Por otra parte, el padre
Marcelino Gutiérrez publicó entre 1886-87 la obra
El perfecto predicador. Exposición del
Eclesiastés por Fr. Luis de
León. Vid. Klaus Reinhardt, op. cit., 1990, pp. 243-61.
28
El propio Juan Gallo, cuando se dedica al comentario académico, recurre al latín, como muestra su Commentarius in Canticum canticorum, su Expositio in Malachiam, su Expositio in Ecclesiastem, etc. Vid. Klaus Reinhardt, op. cit., 1976.
29
Vid. José C. Nieto, Juan de Valdés y los orígenes de la Reforma en España e Italia, Madrid, F. C. E., 1979. La similitud del método exegético luisiano con el de Valdés puede comprobarse sobre todo en las páginas 313 y ss.
30
San
Agustín: De
doctrina christiana, II, 42, 63. Más adelante, en IV,
5,7, escribe San Agustín: «Sapienter autem dicit
homo tanto magis vel minus, quanto in Scripturis Sanctis magis
minusve profecit»
. Significativamente, es
en el ámbito de la Orden agustiniana donde se produce el
esfuerzo de incorporación y adaptación del romance a
todos los campos de la literatura espiritual en sus
múltiples formas: Dionisio Vázquez, Alonso de Orozco,
Malón de Chaide, Pedro de Vega, etc. Muchos de ellos, al
frente de sus obras colocan una defensa de la utilización
del romance para fines catequéticos. Aunque exagerado por su
intención panegirista, no erraba tanto Ignacio Monasterio al
afirmar que «a ninguna orden religiosa
debe la lengua castellana tanto como a los Padres
Agustinos»
, Místicos agustinos
españoles, El Escorial, Agustiniana. 1929, 2 vols.; II,
p. 44.