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La Constitutio Antoniniana

Pilar Rivero

Julián Pelegrín



Dadas sus consecuencias en lo referente a la integración en el Estado romano, tradicionalmente el derecho de ciudadanía había sido otorgado como un honor. Este carácter inicialmente excepcional se convirtió en un proceso de promoción jurídica generalizada bajo la dinastía Flavia. En el año 212 el denominado Edicto de Caracalla o Constitutio Antoniniana extendió la ciudadanía romana a todos los habitantes libres del Imperio con la excepción de algunas gentes sobre cuya identificación los especialistas en la cuestión todavía discrepan. Asimismo continúan siendo motivo de debate las razones que motivaron tal decisión, aunque entre ellas parece destacar la posibilidad de ampliar de este modo el número de los obligados a pagar los impuestos derivados de la manumisión y los derechos de sucesión. Por todo ello, al hecho mismo de la generalización de la ciudadanía romana cabe atribuirle en ese momento más un valor simbólico que unas ventajas reales.





«El emperador César Marco Aurelio Severo Antonino Augusto declara: [...] puedo manifestar mi agradecimiento a los dioses inmortales que me protegen [...] considero, pues, que puedo [...] servir a su grandeza [...] haciendo participar conmigo en el culto de los dioses a todos los que pertenecen a mi pueblo. Por ello concedo a todos los peregrinos (?) que están sobre la tierra la ciudadanía romana [salvaguardando los derechos de las ciudades] con la excepción de los dediticios. Pues es legítimo que el mayor número no sólo esté sometido a todas las cargas, sino que también esté asociado a mi victoria. Este edicto será [...] la soberanía del pueblo romano».


(Edicto de Caracalla, Papiro Giesen 40, col. 1, traducción de Jaime Alvar, en Luis García Moreno et al., Historia del mundo clásico a través de sus textos, 2. Roma, Madrid, Alianza Editorial, 1999, p. 242.)                






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