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61

Recogido por H. Denifle (1888), «Urkunden zur Geschichte der mittelalterlichen Universitäten». Archiv für Literatur- und Kirchengeschichte, 4, pp. 261-262.

 

62

Además de la documentación encontrada por Arderiu y recogida por Veny i Clar (1971) [«Regiment de preservació (nota 3), pp. 23-24]. los datos personales citados están recogidos en la serie de Crims (Arxiu Municipal de Lleida, reg. 776, fols. 82-85 y hoja suelta con el fol. 130v). En Octubre de 1351 se le daba explícitamente por muerto.

 

63

Aparecen como testigos en el acta notarial del magisterio en medicina de Arnau ça Riera (1344), Arxiu de la Seu de Lleida. Protocolo notarial de Ferrer Sobrepena. 1343-44, fols. 135r-138v, en fol. 135r. Reproducido en M.R. McVaugh y L. García Ballester (1989), «The Medical Faculty at Early Fourteenth-Century Lérida» (nota 44), p. 21.

 

64

N. G. Siraisi (1981), Taddeo Alderotti and His Pupi1s. Two Generations of Italian Medical Learning, Princeton, pp. 120ss.

 

65

In firmamento scienciarum... medicinalis sciencia tanquam luminare majus noscitur prenitere. [A. Germain] (1890). Cartulaire de l'Université de Montpellier, Montpellier, vol. 1, pp. 185-186. Véase, L. García Ballester et al. (1989). Medical Licensing and Learning in Fourteenth-Centuntury Valencia (nota 16), p. 2.; M.R. McVaugh y L. García Ballester (1989), «The Medical Faculty at Early Fourteenth-Century Lérida» (nota 44), p. 9.

 

66

Documento (5.10.1300) reproducido por A. Rubió y Lluch (1908-192l), Documents (nota 35), I, pp. 23-24 (doc. xvii).

 

67

Sobre Jacme d'Agramont y su Regiment, véanse C.-E. A. Winslow y M.L. Duran-Reynals (1948), «Jacme d'Agramont and the First of the Plague Tractates, Bulletin of the History of Medicine, 22, 747-65; M.L. Duran-Reynals y C.-E.A. Winslow (1949). «Regiment de preservacio a epidimia o pestilencia e mortaldats...» Bulletin of the History of Medicine, 23, 57-89: J. Veny i Clar (ed.) (1971), «Regiment de preservació (nota 3); M. McVaugh y L. García Ballester (1989), «The medical faculty at early fourteenth-century Lérida» (nota 44); J. Arrizabalaga (1991), «La peste Negra de 1348: los orígenes de la construcción como enfermedad de una calamidad social, Dynamis, II. 73-117, passim; J. Arrizabalaga (1994), «Facing the Black Death: Perceptions and Reactions of University Medical Practitioners». En: L. García Ballester et al. (1994). Practical Medicine from Salerno to the Black Death, (nota 4), pp. 237-288, passim.

 

68

Veny i Clar (1971), «Regiment de preservació (nota 3), pp. 23-4.

 

69

Agramont, Regiment, p. 53, columna «a», línies 39-41 (en endavant, p. 53a:39-41).

 

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El problema del bien común -es decir, la responsabilidad de toda sociedad organizada de proporcionar a cada uno de sus miembros lo necesario para su bienestar y felicidad como ciudadanos- fue ya planteado por Aristóteles en su Ethica ad Nichomacum. Este problema fue retomado y desarrollado por los intelectuales europeos, entre ellos Tomás de Aquino, cuando los escritos aristotélicos fueron conocidos en la Europa medieval. Tomás de Aquino afirmaba que toda sociedad humana tenía dos órdenes de fines que de ningún modo eran incompatibles entre sí: sus fines propios o «fines naturales» y sus fines espirituales. Siempre había de buscarse una relación adecuada entre el bien común y el bien supremo, de tal modo que nunca se sacrificara uno de los dos al otro. A lo largo del siglo XIII el bien común emergió en toda Europa como un valor social de importancia creciente. Además, desde finales de ese siglo y a lo largo del siguiente, la salud se hizo un valor público. No es por ello extraño que el bien común de prevenir a los ciudadanos de la pestilencia y de curar ésta constituyera el principal propósito de Agramont y de tantos otros tratadistas médicos de la peste. Véase Tomás de Aquino (1861), De regimine principum, lib. I, cap. 1 & 14. En: L. Carbonero y Sol (ed.), El gobierno monárquico, o sea el libro «De regimine principum», escrito por Santo Tomás de Aquino. Texto latino y traducción castellana, Sevilla. pp. 2-12, 85-93; Tomás de Aquino (1951-1952), Summa Theologiae, I-II, q. 90, art. 2 & 3, q. 92, art. 1; II-II, q. 39, art. 2, q. 47. art. 10, q. 58, art. 5, q. 61, art. 1, Madrid, vol. II, pp. 612-4, 622-4, vol. III, pp. 280-2, 332-3, 393-4, 414-5. L. García-Ballester (1992), «Changes in the Regimina Sanitatis: the Role of the Jewish Physicians». En: S. Campbell, B. Hall and D. Klausner (eds.), Health, Disease and Healing in Medieval Culture, Basingstoke & London, pp. 119-131.