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Texto
- Título:
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Informe de Ley Agraria - Registro bibliográfico
- Autor:
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Jovellanos, Gaspar Melchor de, 1744-1811
- Portal:
-
Gaspar Melchor de Jovellanos
Visitar sitio web
- Materia:
-
Agronomía España -- Siglo 18º
- Fragmentos
'las siete partidas real academia' en la obra
: (20
coincidencias encontradas)
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111
INFORME DE LEY AGRARIA
INFORME DE LA SOCIEDAD ECONÓMICA DE1* MADRID
AL REAL Y SUPREMO CONSEJO DE
-
CON ARREGLO A SUS OPINIONES3*
Con superior permiso
Madrid: en la Imprenta de Sancha
Impresor de la Real
-
al destinatario del Informe, el Consejo de Castilla, que como institución gozaba del trato de Alteza Real
-
Bien conoce la Sociedad que la Marina Real en el presente estado de
Europa forma el primer objeto de
-
La Real Cédula de 6 de diciembre de 1785 les dispensó este privilegio para evitar que
recayese sobre
-
ellos la contribución de frutos civiles, impuesta a los propietarios por Real Decreto de 29 de junio
-
esta parte el mismo
objeto con grandes premios de honor y de interés, fiándolo a la dirección de la
academia
-
Véase el Centón del bachiller Cibdad Real, epístola 37.
-
Dígnese V.A. de reflexionar por un instante que la fundación de la Cabaña Real no fue otra cosa que un
-
Varrón, 1.10) y esta suma, expelidos los reyes, se
extendió a siete huebras, y con ellas se contentó
-
Licinio Stolón, en el año 385 de Roma, repartió siete huebras de las tierras de la república
a cada plebeyo
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Calcula la mengua del vecindario en siete décimas partes, y señaladamente dice que Burgos bajó
de 7.000
-
, aunque
coetáneo a las Partidas, que en vez de consagrar ésta y otras máximas de
derecho y disciplina
-
Tampoco la hay en los códigos
que precedieron a las Partidas, y si estas hablan de los fideicomisos es
-
[El 14
de mayo de 1789 se promulgó la Real Cédula citada por la que se prohibía fundar mayorazgos sin
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licencia real, licencia que no se concedería para los menores de 3.000 ducados de renta.
-
Real Cédula de S. M. y señores del Consejo en que se prohibe la fundación de Mayorazgos.
-
Y
cuando los granos, objeto de primera necesidad para la subsistencia de los
62
Real Pragmática por
-
abundancia de unas provincias con la
escasez de otras; ellos solos de emprender la conducción de grandes partidas
-
orden propietario y rico, cuyos individuos están
En edición de 1795: «excepción concedida»; también siete
- Formatos:
-
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Resultado número:1 Texto
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- Informe de Ley Agraria - Registro bibliográfico
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- Jovellanos, Gaspar Melchor de, 1744-1811
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- Agronomía España -- Siglo 18º
- Fragmentos 'las siete partidas real academia' en la obra : (20 coincidencias encontradas)
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- 111 INFORME DE LEY AGRARIA INFORME DE LA SOCIEDAD ECONÓMICA DE1* MADRID AL REAL Y SUPREMO CONSEJO DE
- CON ARREGLO A SUS OPINIONES3* Con superior permiso Madrid: en la Imprenta de Sancha Impresor de la Real
- al destinatario del Informe, el Consejo de Castilla, que como institución gozaba del trato de Alteza Real
- Bien conoce la Sociedad que la Marina Real en el presente estado de Europa forma el primer objeto de
- La Real Cédula de 6 de diciembre de 1785 les dispensó este privilegio para evitar que recayese sobre
- ellos la contribución de frutos civiles, impuesta a los propietarios por Real Decreto de 29 de junio
- esta parte el mismo objeto con grandes premios de honor y de interés, fiándolo a la dirección de la academia
- Véase el Centón del bachiller Cibdad Real, epístola 37.
- Dígnese V.A. de reflexionar por un instante que la fundación de la Cabaña Real no fue otra cosa que un
- Varrón, 1.10) y esta suma, expelidos los reyes, se extendió a siete huebras, y con ellas se contentó
- Licinio Stolón, en el año 385 de Roma, repartió siete huebras de las tierras de la república a cada plebeyo
- Calcula la mengua del vecindario en siete décimas partes, y señaladamente dice que Burgos bajó de 7.000
- , aunque coetáneo a las Partidas, que en vez de consagrar ésta y otras máximas de derecho y disciplina
- Tampoco la hay en los códigos que precedieron a las Partidas, y si estas hablan de los fideicomisos es
- [El 14 de mayo de 1789 se promulgó la Real Cédula citada por la que se prohibía fundar mayorazgos sin
- licencia real, licencia que no se concedería para los menores de 3.000 ducados de renta.
- Real Cédula de S. M. y señores del Consejo en que se prohibe la fundación de Mayorazgos.
- Y cuando los granos, objeto de primera necesidad para la subsistencia de los 62 Real Pragmática por
- abundancia de unas provincias con la escasez de otras; ellos solos de emprender la conducción de grandes partidas
- orden propietario y rico, cuyos individuos están En edición de 1795: «excepción concedida»; también siete
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