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Acuerdo de 5 de mayo de 1879, que crea el Consejo Federal

Venezuela



El Congreso de Plenipotenciarios de los Estados Unidos de Venezuela,

acuerda:





El Consejo Federal se compondrá de un senador y dos diputados que elegirá el Congreso en votación pública cada dos años, de la representación de cada uno de los siete Estados que se mandan formar por la tercera de estas conferencias. Si alguna sección tuviere menos del número de diputados que le corresponde en el Consejo, el Congreso la completará eligiendo de la representación del Distrito Federal.

El Consejo elegirá el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela, e intervendrá con voto deliberativo en la expedición de los decretos ejecutivos, en todo asunto de Relaciones Exteriores y en el nombramiento y remoción de todos los empleados civiles que toque hacer al Poder Ejecutivo Nacional, para lo cual le serán sometidos aquellos por el Ministro respectivo.

La elección del Presidente de los Estados Unidos de Venezuela se efectuará cada dos años por el Consejo Federal, en uno de sus miembros, y las faltas temporales y absolutas de aquél las llenará el mismo Consejo eligiendo entre sus miembros el que debe sustituirlo, todo con las formalidades que prescriba la Constitución. Elegido el Presidente de la República en la forma establecida, tomará posesión de su puesto, y nombrará los Ministros del Despacho, que son de su libre elección, y funcionará en la órbita de las atribuciones que le señale la Constitución. Para fijar esas atribuciones se tendrán presentes las que se atribuyen al Consejo Federal, de modo que el Presidente quede limitado a cumplir y hacer cumplir las leyes generales de la Unión, los decretos ejecutivos aprobados por el Consejo, presidir las sesiones del Gabinete, en el cual sólo figurará con su voto, recibir y cumplimentar los Ministros públicos y firmar las cartas oficiales a los Soberanos o Presidentes de los Gobiernos de otros países.





Dado en Caracas, en el Palacio Legislativo Federal, a 5 de mayo de 1879.-El Presidente, Jacinto Lara.-El Vicepresidente, Vicente Amengual.-El Secretario, M. Caballero.



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