En 7 de Enero se reeligieron por jueces de diezmos el Chantre y Tesorero; por adjuntos el Maestre-escuela y Gómez de Silva; por enfermeros Zamudio y San Miguel. Se declaró por vaco el curato de la Catedral, por ascenso de D. Diego Montero del Águila al obispado de la Concepción de Chile. Se componía el Capítulo sede vacante del Deán D. Agustín Negrón, Chantre D. Melchor de la Nava, Maestre-escuela D. Francisco Alonso Garcés, Tesorero D. Gregorio de Loayza; canónigos D. Bernardo Zamudio, D. Manuel Antonio Gómez de Silva, D. Francisco García de Loayza, Teologal, D. Nicolás Antonio Diez de San Miguel, D. Martín de los Reyes y D. Pedro de la Peña; están vacantes la Penitenciaría, Magistral y Rectoral y no se nombra a D. Juan de Soto Cornejo; el Magistral D. José Carrillo de Cárdenas había muerto en 1707; no se sabe si falta alguno de los racioneros D. Diego León Gutiérrez, D. José de Paredes y Prado y D. Pedro Cisneros; de los medios racioneros está ausente en España D. José Ruiz Cano, y solo existen en el coro D. José Sánchez Barreda y D. Juan Cavero opuesto a la canonjía magistral.
En 7 de Febrero pidió el racionero D. Francisco Garabito que se pusiese la convocatoria para que se empezase a leer la canonjía doctoral.
—205→En 14 de Febrero que a los capellanes se les notifique asistan, como está mandado, a las horas canónicas, pena de que se les escalfará las fallas; y que no recen en el coro de memoria sino con los breviarios en la mano, lo que le hará observar el sochantre.
El 9 de Marzo fue habilitado para oponerse a curatos el presbítero D. José Paredes, que salió de la Compañía no expulsado, sino por mantener a su madre y hermanas.
En 3 de Abril el Chantre y Maestre-escuela, canónigos San Miguel, D. Martín de los Reyes y Peña, en sede vacante, propuso el Chantre que observaba la indecencia con que hombres y mujeres entraban en las iglesias a las estaciones el Jueves Santo en la noche, con trajes profanos, y para reformar este abuso mandaron por edicto general, con pena de censuras y otras convenientes, a los curas, capellanes de monjas y vice-parroquias, no permitan tales escándalos exhortando a los prelados de las religiones que por su parte lo hagan guardar, cumplir y ejecutar. En ese mismo Cabildo se permitió a los curas que pudiesen confesar hasta las ocho de la noche en sus iglesias.
En 8 de Abril juntos los cabildantes en la sala capitular, se vio un papel escrito a este Cabildo por el señor doctor D. Francisco de Cisneros y Mendoza, obispo de la Margarita y auxiliar de Lima, en que se escusa de consagrar los óleos por las razones siguientes: porque el año pasado fue a consagrarlos al Callao y llevó las crismeras que se habían de consagrar un pardo o cuarterón, y las puso en la sacristía de aquella parroquia, en lo que se persuade que el Cabildo no tuvo parte por la indecencia con que se trajeron y llevaron, aún después de consagrados, son que siquiera se le hubiese escrito una carta, y también porque habiendo enviado un capellán suyo a que los sacerdotes que residían en el puerto asistieran, estos se excusaron, menos los que asisten en la parroquia, y le fue preciso pedir a los prelados que fuesen sus religiosos; y no teniendo intención de volver al Cabildo ni a otra parte a consagrarlos, sino en la Catedral, pide se le franquee como es debido a su dignidad y como lo ordena el pontifical: hace memoria de que cuando pasó por esta ciudad el ilustrísimo señor D. Manuel de Mollinedo a su obispado del Cuzco fue en sede vacante, e hizo la —206→ consagración de óleos en la Catedral; añade que de esta carta le queda copia, por si no se le contesta, como no le contestaron las que escribió, recién muerto el arzobispo, acerca de continuar confirmando y visitando, para dar cuenta a su Majestad con el traslado. Se acordó que se le contestase y que el secretario del Cabildo entregase la contestación al de su señoría, como lo hizo; juntamente se le llevó el real despacho en que el Rey le da la forma que debe observar en esta Iglesia en la consagración de los óleos, que es la misma que observan los auxiliares de la de Sevilla, haciéndoselo saber para que le constase, como en efecto se resolvió también satisfacer a todos el contenido del papel. En orden a lo primero sobre el modo de conducir las crismeras se averiguó que D. Cristóbal García, sacristán teniente, con noticia que tuvo de que su señoría se iba a consagrar los óleos al Callao habló con D. Bartolomé Mercado, secretario de su señoría, quien le dijo las enviase al puerto, y dispuso remitir las crismeras de plata, las tres bien grandes y las demás menores, que todas ocuparon un cajón de vara y media, que no podía conducirse sino en una mula, acompañando un sacerdote para volverlas, y sirviendo el pardo o cuarterón sólo para gobernar la mula, en lo que no hay indecencia, y se practica en toda la diócesis cuando envían los curas indios de su confianza para que en un cajoncito lleguen bien acondicionadas las ánforas con los óleos que necesitan, y que se transportan de esta capital; debiendo estar cierto su señoría que si el Cabildo o alguno de los que lo componen se hubiese hallado en el puerto y reparado como su señoría que no venían con la debido veneración, los hubiese enviado en coche o calesa para evitar el mal trato e indecencia; siendo también constante que si su señoría hubiese consagrado en alguna de las parroquias de Lima se hubiesen escusado los inconvenientes que notó su señoría, y habría sido más propio de su gran talento que en caso de haber algún descuido lo advirtiese caritativamente para la enmienda, sin publicarlo en un papel que, según su última protesta, ha de parecer ante su Majestad, y aún cuando a su señoría no le toca gobernar la decencia o indecencia de la conducción de los óleos sino sólo consagrarlos. No se escribió carta a su señoría para que hiciese la consagración, —207→ porque su señoría no participó por papel ni recado su ida al Callao, que sólo se supo por una voz popular; ni su señoría es un Obispo extraño o huésped que necesite de ruego para consagrar los óleos sino un auxiliar, siendo la consagración una de sus tres principales obligaciones, por lo que no pensó el Cabildo en esa urbanidad, porque a nadie es preciso rogarle que haga lo que debe. Acusa su señoría la falta de asistencia de los sacerdotes del Callao, debiendo advertir que a distancia de dos leguas no fuera posible dar providencias para obligarles a suplir su falta; más si la consagración de los óleos se hubiera hecho en Lima, se habrían dado prontas providencias, fuera de que tiene el Cabildo por inútil la noticia de este cargo y su antecedente, pues lo pasado ahora un año ya no puede remediarse, y solo pudiera enmendarse lo que se erró en el otro; pero diciendo su señoría que no tiene ánimo el presente de volver al puerto a consagrar, no puede servir la noticia al castigo ni al remedio. Asegura también que ha resuelto no consagrar en otra parte sino en la Catedral, con la asistencia debida a su dignidad y como dispone el pontifical romano; en este punto, que es el esencial, parece que se desentiende su señoría de las estaciones que ha tenido el caso y de la real cédula que recibió este Cabildo y que participó a su señoría con su secretario D. Juan Manuel del Molino; además de decir su Majestad que envió otro despacho a V. S. y por si no lo hubiese muy presente lo lleva este mismo secretario, para que V. S. tenga a bien se le intime y ponga al pie la notificación, asegurando a V. S. que puede venir el Jueves Santo a esta Iglesia a consagrar los óleos, y que el Cabildo está pronto a darle a V. S. la asistencia en la misma forma y con todas las circunstancias que su Majestad ordena, sin que sirvan ya fundamentos y razones; pues, con vista de la representación de V. S. y de la de este Cabildo, prescribió su Majestad lo que debe observarse así al ingreso a la iglesia como en vestirse V. S. en la sacristía, asistiendo a toda la función solo tres racioneros, sin embargo de haber V. S. pretendido la asistencia de prelado propio, y en el acto de negárselas está declarado no serlo, y con razón, pues un cuerpo no puede sin monstruosidad tener dos cabezas, y practicándose con el auxiliar de Sevilla, cuya dignidad no —208→ es inferior a la de V. S. I. lo que S. M. ordena compondrá V. S. su resolución presente con la obediencia al real precepto, a que humildemente a rendido este Cabildo. Se vale V. S. del ejemplar del señor Mollinedo, de que tiene noticia este Cabildo; expresa V. S. que consagró óleos, y que fue convidado; y el señor Villarrela, siendo Arzobispo, sigue el partido de los prebendados, y siente mal de la resolución del Obispo de haber dejado sin óleos el arzobispo, sin advertir que no habría podido consagrarlos si ellos no le diesen la jurisdicción, no siendo justo usar del poder contra el mismo que lo dio; pero ya cesaron disputas, y ejemplares son la resolución y forma prohibida para la consagración que debe hacer V. S. y si todavía no se rinde el mal precepto, como lo ha hecho este Cabildo, se quedará sin óleos este arzobispado; aunque el Cabildo aprecia el consejo y dirección de V. S. de ocurrir al obispo de la Concepción de Chile, recela entrar en nuevas disputas con el que no tiene la obligación de V. S. que querrá las mismas asistencias, y a quien es preciso rogar para que haga de gracia lo que V. S. debe ejecutar de justicia. Protesta V. S. le queda un traslado de su carta, porque este Cabildo no respondió a las dos que le dirigió sobre confirmar y continuar la visita para aumentar congrua; el Cabildo respondió con su secretario que montaba tanto como una carta; y siéndole facultativo al prelado elegir el visitador que le pareciere, no se agravió a V. S. en no comunicarle esa facultad, y más cuando aceptó el obispado con solo los cuatro mil pesos de congrua que le asignó su Majestad, y que no ignora las circunstancias que concurrieron; pues aunque el Cabildo admitió la satisfacción de V. S. a la común queja de los indios visitados, no quedaron estos sosegados por los crecidos costos, por no ser los mismos que —209→ emplean en el hospicio de un visitador particular que en el de un Obispo y su familia. Toda esta expresión se hace por la cuenta que V. S. conmina que dará a su Majestad que, en vista de todo resuelva lo que fuera servido; advirtiendo que como V. S. pretende mantener su autoridad está también obligado el Cabildo a mantener sus fueros, teniendo a su favor, aún en sede plena, para no dar a V. S. las asistencias que solicita la opinión de los autores y la nueva orden de su Majestad, que se hace más precisa en sede vacante en que no puede negar V. S. reside toda la autoridad que tenía el prelado, a quien tampoco negará la superioridad de V. S. así por serlo el auxiliado del auxiliar como por estar en su arbitrio concederla o limitarle el ejercicio de los pontificados. Últimamente previene a V. S. este Cabildo que la protesta del perjuicio que se seguirá al arzobispado de dejarla sin óleos, habiendo aguardado V. S. participar su resolución el día 8 de este mes, faltando sólo nueve hasta el Jueves Santo, en cuyo breve término no es posible recurrir a otro arzobispado, además de los costos que se recrecen como se ha recrecido cuando V. S. se fue a hacer la consagración al Callao, y en otra ocasión a la ciudad de Huánuco distante de esta más de sesenta leguas. No pudiendo emitir el sentimiento en que se halla este Cabildo y advierte lo más de la ciudad de que, siendo solo tres las obligaciones que V. S. contrajo cuando aceptó y se le confirmó el obispado auxiliar; a saber, hacer órdenes, confirmar en la diócesis y consagrar óleos cada año, no sale V. S. por las provincias a confirmar, porque dice necesita la visita para ayudar su congrua, siendo así que si la que se le asignó no es suficiente puede ocurrir a su Majestad a que se la aumente, y no dejar sin confirmar a tantas almas que mueren sin este santo sacramento; V. S. ordena cuando quiere y deja alguna vez a los pobres ordenados que claman a sus puertas el día que estaban convocados para recibirlos, además de excluir a los que le parece, aunque estén admitidos, inquiridos, examinados y aprobados por este Cabildo, que es el prelado legítimo a quien toca su inquisición, y ahora acaba de decir al secretario sin dignarse de escribir ni enviar un recado que no se le envíe ordenandos el Sábado Santo, porque no los ha de ordenar; rehúsa consagrar óleos poniendo —210→ condiciones contra lo resuelto por el Soberano. Pese V. S. estas razones en el fiel de su conciencia componiéndolas con la percepción de su renta que el Cabildo cumple con advertírselo y protesta por segunda vez que está pronto a que V. S. consagre los óleos en esta santa Iglesia, y ésta es la última resolución sin admitir nuevas disputas observando en todo lo prohibido por su Majestad.
Habiéndole entregado el secretario del Cabildo al Obispo auxiliar este papel, y héchole saber la real cédula, respondió por otro papel separado, lo siguiente: La sustancia del papel del Cabildo, es (dice el auxiliar) que se me dé la asistencia que al auxiliar de Sevilla en la consagración de obispos. Venero a esto y pongo sobre mi cabeza el real despacho, y espero que dirá V. S., que dicha cédula se expidió vistas mi representación y las del Venerable Deán y Cabildo. Consta lo contrario, porque allí sólo se refiere el pedimento del apoderado del Cabildo, que expone que la erección de esta Iglesia se hizo por la de Sevilla, lo que se opone a la verdad como consta de dicha erección que trae el señor Solorzano, sin que en ella ni en la consueta se sancionó la Erección de Sevilla, de que resulta que con todo fundamento interpuso con toda sustracción pública de dicha real cédula, de que avisó el año pasado por medio del secretario, Juan Manuel del Molino, y ahora lo repite, debiendo saber el Cabildo que en los rescriptos siempre se entiende la cláusula si preces veritate, etc., y pendiente esta súplica tan permitida, así en lo eclesiástico como en lo secular, he logrado el medio prudente de consagrar los óleos estando en visita, conque se ha conseguido el hacerse, y resguardar yo el derecho de mi dignidad, mientras que oyendo su Majestad mi representación provea lo que convenga. Continuando este medio fui el año pasado al Callao a hacer la consagración y sucedió la indecencia referida; aunque dice V. S. que D. Cristóbal Maldonado, sacristán de esta santa Iglesia, habló con D. Bartolomé de Mercado para que le participase lo que debía hacer, y dispuso no les invitase, y así se verificó; se ha equivocado el sacristán, pues dicho Mercado no fue conmigo al Callao y se quedó en esta ciudad asistiendo al Jueves Santo en el monasterio de la Encarnación de que es capellán. Dice también V. S. que —211→ es ociosa la noticia de haberme asistido los eclesiásticos del Callao porque no puede remediarse, habiendo pasado un año, yo no di la noticia para remedio, el que pediré cuando venga el Arzobispo, para lo que tengo memoria de dichos eclesiásticos; entonces se mirará por mi dignidad, considerando mi potestad igual a la suya por derecho divino. No puedo omitir que el Jueves Santo del año pasado recibí carta de V. S., en que me noticia el lance del Provisor con los religiosos de San Agustín en la procesión de Jueves Santo, para que no entrasen en órdenes el sábado siguiente; con esa comisión en mi respuesta visité a V. S. de lo acaecido con los eclesiásticos del Callo y la atención que usaron las religiosas; no di pues dicha noticia para remedio, sino principalmente para dar a conocer la razón que tenga para no volver al puesto, lo que mostró entonces prácticamente volviéndose el Sábado Santo en la tarde; no habiendo pues de volver al Callao y estando pendiente mi recurso, el único medio que ocurre es que el señor obispo de la Concepción consagre los óleos, como los consagró el señor Mollinedo, estando pronto a hacer la consagración o sólo en el caso de que se me dé la asistencia debida a mi autoridad que espero declare su Majestad a mi favor: y para el caso de no ser así podría V. S. con una protesta resguardar su derecho; aunque sería mejor que le hiciese V. S. y no yo, pues en el orden jerárquico dispuesto por derecho divino no se puede negar que es superior mi dignidad. Dice V. S. que, siéndole facultativo al prelado elegir el visitador que le parezca, no se me hizo agravio en no darme la visita; no hallo que en mi carta haya materia a que corresponda esta respuesta, no obstante confieso que no se me hizo agravio ni jamás pretendí la visita; sólo representé la necesidad de las confirmaciones que, en tres veces que salí, no se concluyeron, faltando varias provincias que sufren el perjuicio; y no puedo dejar de reparar, pues lo ha reparado toda la ciudad, que V. S. como prelado haya facultado para la visita general a un cura actual que debe residir en su curato, cuyo caso tiene prevenido una de las leyes recopiladas de Indias dejando V. S. a un obispo que juntamente había de confirmar; añade V. S. que sin la visita tengo la suficiente congrua asignada por su Majestad de cuatro mil pesos —212→ bajo la cual acepté el obispado; es verdad que su Majestad me presentó con cuatro pesos, pero fueron además de los emolumentos del pontifical y visitas, como consta de mis ejecutoriales que notició a V. S. en una de mis cartas luego que murió el Arzobispo; así la nominación de dicho cura para la visita general del arzobispado, en que entra la misma provincia en que es cura, no es sólo contra dicha ley recopilada sino contra la mente del Soberano expresa en dichas mis ejecutoriales; ni obsta oponer que los gastos con un visitador particular no son los mismos que con un obispo y su familia, pues es público cuan moderado ha sido la que he llevado a las visitas, y que una de las principales obligaciones de los obispos y arzobispos es visitar, y que regularmente visitan y confirman. He sido muy prolijo en no ser gravoso a los curas, en tal grado que hallándome en la visita de la doctrina de Recuay, en que era cura D. Antonio de Otálora, después consejero de Indias, siéndome preciso detenerme, por haber enfermado, mandé a mi mayordomo que el gasto se hiciese de mi cuenta, aunque el doctor Otárola lo contradijo, obligándome a ceder a su urbanidad y generosidad. Dice V. S. que confiero las órdenes cuando quiero, dejando a veces a los convocados para recibirlas; en más de seis años que hace me consagré, he ordenado todos los años en los tiempos que dispone el derecho; en sólo dos ocasiones tuve motivo para no ejecutarlo; si he excluido a alguno de los admitidos a examinados y aprobados por V. S., he practicado lo que debo y puedo, no ordenando a los que me han parecido que no deben ser ordenados. A V. S. toca dar reverendas a los ordenados, habiéndolos examinado y aprobado, y a mi toca volverlos a examinar conforme al Tridentino, y así puedo y debo excluir al que halle indigno; pues confiriendo yo el sacramento del orden, he de mirar a quien lo confiero; en cuanto a haberme escusado a ordenar el Sábado Santo digo que aun los Obispos propietarios sólo están obligados a hacer órdenes cuando opus est, y habiendo yo ordenado muchos en esta capital y en sus provincias, y que también el señor Montero no ha cesado de hacerlo desde que se consagró. En mi bula sólo se me da la facultad de ejercer el pontifical liberé et licité, y la pensión —213→ de cuatro mil pesos es para mi sustento y congrua de mi dignidad. Últimamente protesta V. S. el perjuicio que se seguirá al Arzobispo, quedándose sin óleos; yo le he propuesto dos medios muy factibles: el primero que, V. S., con protesta del sin perjuicio mientras decide su Majestad, me dé la asistencia que exijo; el segundo que el señor Montero haga la consagración en la Catedral, a ejemplo del señor Mollinedo o en otra parte; conque no eligiendo V. S. alguno de ellos correrá por su cuenta el dicho perjuicio y no por la mía.
El viernes 11 por la mañana se juntó el Cabildo, y por evitar el escándalo y perjuicio de falta de óleos acordó que el Chantre D. Melchor de la Nava y el canónigo D. Pedro de la Peña fuesen a pedir al señor Montero, a nombre del Cabildo, a las once del día, se sirviese consagrar los óleos en cualquier iglesia, a que respondió que no siendo la consagración en la catedral, con la asistencia acostumbrada de los dignidades y canónigos, no podía hacerla. En cuya virtud dichos diputados trataron de buscar persona que a toda diligencia y costo saliese de Lima a Trujillo, que es el obispado más inmediato, aunque distante cien leguas poco más o menos y en tiempo de aguas. Con efecto, se valieron de Agustín de la Barrera, soldado de a caballo, a quien entregaron las tres ánforas de plata de esta Iglesia, dándole de pronto cien pesos y otros cien a la vuelta, para que aquella misma tarde con carta al señor Obispo D. fray Juan Vítores de Velazco. De todo dieron cuenta al Cabildo los diputados aquel propio día, y se mandó citar para el sábado siguiente de mañana a todos los capitulares para resolver lo que convenía, y que todo se pusiese por acta. Así el sábado 12 por la mañana, juntos en la sala capitular todos los señores dignidades y canónigos, menos al señor Bernardo Zamudio, los dichos dos señores diputados, Chantre y canónigo, volvieron a dar razón de lo acaecido con el señor Obispo de la Concepción y repulsa de consagrar los óleos, no siendo como proponía, y después de haberlo entendido y conferido el punto se determinó por mayor número de votos suspender, como en efecto se suspendió, a dicho señor Obispo la licencia y facultad de ejercer el pontifical que se le había dado, y que se lo participase el secretario del Cabildo.
—214→Después se le escribió carta al Obispo auxiliar, por haberse excusado a hacer órdenes el Sábado Santo. No se respondió a la última de Su Excelencia de 11 del corriente por las ocupaciones de la Semana Santa, y porque no faltando más que cinco días para el Jueves Santo, fue preciso dar providencia a que no faltasen los santos óleos, que ni Su Excelencia ni el señor Obispo de la Concepción quisieron consagrar, lo haciéndose la ceremonia en la Catedral y con las asistencias que pedían, se dispuso con gran trabajo y costo enviar a Trujillo. En saliendo de estos estrechos se daría a Su Excelencia la respuesta que, aunque no sirva para remediar lo acaecido, le hará saber lo que debe observar en lo venidero, sin que se le impute al Cabildo descuido en lo que es de su obligación, quedándole el grave dolor de que teniendo en esta ciudad dos señores Obispos consagrados, uno huésped a quien el Cabildo dio las asistencias que son necesarias, aún quebrantando sus fueros, y el otro auxiliar que se mantiene con la renta de la Iglesia sólo para auxiliarla, se haya causado el escándalo de ocurrir a ajena diócesis, exponiéndose a la contingencia de quedarse sin óleos por los sucesos acaecidos y riesgos de caminos, ríos y de mortalidad. Deseando el Cabildo cumplir con su obligación y que V. S. no falte a la suya, lo requiere a que el Sábado Santo ordene a los que le enviase, no obstante el motivo que expresa en su carta de no haber necesidad, porque V. S. y el Obispo de la Concepción han ordenado a muchos; a V. S. solo toca ordenar a los que se les enviaren en lista, sin más reverendas; si estuviera en arbitrio de V. S. gobernar no habría diferencia entre el auxiliar y el auxiliado, a quien representa el Cabildo como sucesor de toda su jurisdicción, y se la abrogara V. S. a su voluntad; y aunque V. S. dice que le es libre el ejercicio del pontifical y que la pensión se le asigna para mantener su dignidad, eso se expresará en la respuesta y en vista de la bula de V. S. se disputará donde convenga; debiendo advertir V. S. que, estando los sujetos que se han de ordenar promovidos al diaconado y subdiaconado tienen derechos a que se les confiera el sacerdocio, como premio a sus estudios y trabajos, resultando de la resolución de V. S. dejarlos sin el sacerdocio o dilatárselo en perjuicio de las almas a que se priva de sus sacrificios, —215→ a ellos de la percepción de la renta de sus capellanías siendo unos pobres, y los más con hermanos y madre a quienes socorren y mantienen, motivos que han obligado al Cabildo a no hacer los reparos que hace V. S. sin ser de su obligación ni jurisdicción, como se expresará en la respuesta que se le pasará después de Pascua; el Cabildo espera la resolución de V. S. para intentar (sobre todo en esta ciudad) el recurso que le compete, y también ante Su Majestad.
El señor Obispo de Trujillo, escribió con Agustín de la Barrera la carta siguiente: «El miércoles 16, a la una del día, recibí la carta de V. S., y habiendo visto su contenido no dejé de extrañar que hallándose en esa ciudad dos Obispos se pusiese a riesgo una materia tan necesaria; y aunque muy fatigado de un catarro consagré los óleos por servir a esa Santa Iglesia y a V. S., como lo ejecutaré en cuanto sea de su agrado, quedando para servir a V. S.»
Estando en la sacristía de esta Santa Iglesia el sábado 26 de Abril, por la mañana, varios de los señores cabildantes, entró Agustín de la Barrera y entregó Agustín de la barrera y entregó la expresada carta cerrada y sellada, con sobrescrito al Venerable Deán y Cabildo de la Santa Iglesia de Lima, y una caja de tablas de Chile como de una vara de largo y tres cuartas de alto, muy bien acondicionada y clavada, y la tapa de arriba una cruz de tinta que abrió un carpintero, y se hallaron el ella las tres ánforas de plata de esta Iglesia que sirven de guardar los óleos, que venían en tres divisiones estivadas con lana y tapadas las bocas con cera y papel blanco, con mucha decencia, enjutas y bien acomodadas, sin que por parte alguna se hubiera vertido el Santo Óleo que en ellas venía, y dichos señores mandaron se pusiese a continuación del Cabildo antecedente acta razón, y se entregaron dichas ánforas al sacristán mayor.
En 2 de Mayo juntos en Cabildo el Maestre-escuela, canónigos Silva, Loayza y Reyes se leyeron las representaciones de la Abadesa del Monasterio de Santa Catalina y sus definidoras y de las madres Leonarda de San José, priora del monasterio de Santa Rosa, y Catalina de Loreto, alias Rojas, maestra de novicias, en que pedían que las dos últimas se vuelvan a su convento de Santa Catalina, de donde con la Abadesa actual de él salieron a fundar el de Santa —216→ Rosa, respecto de haberse cumplido el término de dos años en que estaban profesas e instituidas las religiosas de Santa Rosa se proveyó que juntas las constituciones y regla de Santa Catalina con las licencias que dio el finado Arzobispo para que saliesen dichas fundadoras, se diese vista al promotor fiscal.
En 7 de Mayo juntos los señores dignidades, canónigos y prebendados, menos el Deán Peña, canónigos Zavala, Navarro y Cavero, por enfermos, se trató entre otras cosas de las acrescencias y manuales que no gozan los que no asisten, y se acordó que D. José Ruiz Cano ausente en España no las perciba, y se reparta esa porción entre los que asistieron, y que así se haga en adelante.
En 9 de Mayo no habiendo otro racionero que D. Fernando Román de Aulestia pidió al Cabildo que, atendiendo a su falta de salud y al grave peso de cantar todas las epístolas en las misas de fiestas y memorias, diese providencia para aliviarlo; y conferido el punto se mandó observar lo determinado en otros Cabildos, y es que el medio racionero o racionero semanero haga sus misa en el altar de abajo; y no habiendo otro alguno que haga semana después, el presidente del coro nombre a uno de los capellanes para que se vista, haciendo lo mismo en las misas solemnes de concurso de tribunales, o en otros días en que el Cabildo salga fuera de la Iglesia por letanías u otras funciones públicas, se ha de vestir precisamente el racionero y medio racionero que se hallase en el coro, aunque no sean semaneros, y al que se excusare el presidente lo multe a su arbitrio.
En 16 de Mayo se determinó que las religiosas fundadoras de Santa Rosa, de que se trató en Cabildo de 2 del corriente, vuelvan a su conventualidad de Santa Catalina nombrando presidenta de las nuevamente profesas, para cuyo acto se le dio comisión y toda facultad al Maestre-escuela.
En 28 de Mayo se recibió de canónigo penitenciario D. Diego de Andrade.
En 21 de Junio se leyeron dos cartas escritas al Cabildo por el Virrey Obispo de Quito: la primera en que correspondía a la enhorabuena del Cabildo, y la segunda en que —217→ recomendaba a D. Francisco Garabito para la canonjía doctoral.
En 1º de Julio se acordó se hiciese un novenario a Nuestra Señora del Rosario que había de venir de Santo Domingo a la Catedral, haciéndose el último día procesión general pidiendo a Dios que cese la epidemia y la esterilidad que se han experimentado veinte años ha; que se haga con toda la pompa, devoción y culto posible, sin perdonar gasto alguno, con comunidades, tribunales, &; y que se renueven los edictos sobre que las negras y mulatas no usen mesas y convites en cabos de año y honras, previniéndose a los curas y conventos para que no lo permitan.
En 16 de Julio propuso el Obispo auxiliar, por medio del canónigo D. Martín de los Reyes que se le comunicase la facultad de visitar para salir a confirmaciones, manifestando sus reales ejecutoria y despachos pontificios en que se le concedía, según la propuesta del Arzobispo, que llevase la visita cuando saliese a confirmaciones para ayuda de gastos. Se reservó este punto para cuando se juntasen todos los señores.
En 29 de Julio junto el Cabildo sede vacante, menos el Deán por enfermo, propuso el Chantre quien fuera a Chancay a darle la enhorabuena al Virrey Obispo de Quito, según se había practicado en otras ocasiones, de que citó dos ejemplares. Convinieron en nombrar al racionero Garabito que, por razones de familia, pretendía la comisión, sin otro voto en contra que el de Gómez de Silva, quien opinó fuese un canónigo, pues el mismo Virrey repararía que no se le enviase a cumplimentarle un canónigo que representase al Cabildo, como se practico con los virreyes precedentes. En este mismo Cabildo expuso el Chantre que el cura de Piscobamba D. Alonso Manrique, visitador de este arzobispado, había enfermado, por lo que en el Cabildo de 9 de Mayo se acordó avisarle que no siguiese y se curase en su curato, hasta que se diese otra providencia: que sin embargo tenía entendido que sin nueva orden se propuso dicho cura proseguir la visita, y habiéndose conferido el punto se determinó se despachase propio, a su costo, mandándole se retirase a su curato suspendo del ejercicio de visitador, advirtiéndole que no se pasaba o otra demostración pública —218→ por justos motivos, y que el propio traiga certificación de haberse practicado la diligencia para que conste.
Martes 12 de Agosto citados los señores a Cabildo, por la tarde, no habiendo asistido el Deán, Chantre ni el canónigo Zamudio, por enfermos, el Maestre-escuela mostró un capítulo de carta de su hermano D. Juan Garcés, presbítero, que venía en la familia del Virrey, en que le decía de parte de su Excelencia que habiendo entendido haber nombrado el Cabildo un racionero para congratularlo no lo había tenido a bien, y que le prevenga observe con su Excelencia lo mismo que con sus predecesores enviándole un canónigo, que de lo contrario se dará por muy sentido; que si el doctor Garabito quiere ir vaya como particular. Con esto se nombró al canónigo D. Pedro de la Peña quien se excusó, y repuso el señor Silva que, en caso de admitirle a Peña la excusa, él se ofrecía de buena voluntad a ir a Chancay; pero no admitiéndosele la excusa le daba su voto; y todos los demás concurrieron a elegirle con seiscientos pesos que es la cantidad que, en comisiones iguales, se han dado para ayuda de costa, y se le mandaron librar al Tesorero.
En 19 de Agosto se nombraron al Maestre-escuela, Zamudio y García Loayza con cuatro capellanes y ciento veinticinco pesos de ayuda de costa para ir al Callao a recibir al Virrey Obispo de Quito.
En 2 de Setiembre se previno al Cabildo que el lunes 8 se recibía al Virrey, y que dicho Cabildo asistiese en la forma ordinaria a mula con los capellanes, mayordomo y contador.
En 9 de dicho mes juntos el Maestre-escuela Zamudio, García de Loayza, San Miguel, Reyes y Peña, dijo el Maestre-escuela, que aunque en el Cabildo anterior se resolvió que el Cabildo, capellanes y ministros, asistiesen al recibimiento del Virrey, habiéndose diferido hasta el 14 del corriente se efectuase lo acordado, hallándose todos a las dos de la tarde dicho día en esta Santa Iglesia, para salir desde las gradas en mulas, con gualdrapas, bajo la pena de seis días de punto redondo, asistiendo así mismo los secretarios, contador, maestro de ceremonias, sacristanes mayores, notarios de número, pertigueros, defensor, abogado de obras pías, so pena de diez pesos; y todos los dichos han de volver —219→ al sitio de donde salieron. En el mismo día se resolvió y estableció por punto general, que todas las capellanías, legas o colativas de que son patronos los arzobispos o Cabildo, se provean en los mismos del Cabildo, empezando por sus antigüedades, desde el Chantre hasta el canónigo menos antiguo.
En 20 de Setiembre se significó que el Virrey Obispo envió recado para que el Cabildo propusiese a D. Alejandro de Medina, su capellán, para la sacristía mayor, que vacó por muerte de D. Domingo de Macmela; hecho el examen y no habiendo otro opositor, propuso el Cabildo unánimemente a dicho D. Alejandro.
En 6 de Octubre juntos en Cabildo el Chantre, Maestre-escuela, y canónigos Silva, San Miguel, Reyes, Peña y Andrade, se determinó que el abogado del Cabildo hiciese un escrito suplicando de un auto de la Real Audiencia, en la previsión de ruego y encargo, sobre que se exhiban y manifiesten los libros de este Cabildo, para que se saque el testimonio que, a pedimento de los que litigan, sobre los derechos de la vacante arzobispal, se mandó dar, alegando no se pueden exhibir por contener resoluciones secretas, trayendo por ejemplar lo alegado en la misma causa por D. Juan Vázquez que respondió, cuando le mandaron exhibir los del cargo de su mayordomía, no podían exhibirse por las limosnas secretas que en ellos constaban, dados a personas vergonzantes, que efectivamente no los exhibió, y que con más razón se debe aquí declarar lo mismo.
En 17 de Octubre juntos el Chantre, Maestre-escuela, García de Loayza, San Miguel, Reyes, Peña y Andrade dijo el Chantre que el miércoles 14 del corriente, por la noche, D. Francisco Álvarez Gato, alcalde ordinario, fue a sacar del convento de los belemnitas a D. Gerónimo Boza y los padrinos del desafío en que fue muerto D. José Merino de Heredia, alguacil mayor de esta ciudad; a lo que se opuso un sacerdote del Cuzco que sacó la custodia con grande irreverencia y escándalo, de lo que dio parte dicho alcalde, y se acordó que se procediese contra dicho eclesiástico, y constando su desacato fuese preso en la cárcel de los clérigos, corrigiéndolo por los términos del derecho para satisfacción del público y de la justicia.
—220→En 3 de Noviembre propuso el Chantre que estando cumplidos los edictos y convocatoria de la canonjía doctoral debería empezarse a leer y señalar día para ello; y se acordó que el día 13 del corriente se sacasen puntos a las dos de la tarde, para leer el día siguiente a las tres, citando al opositor menos antiguo y dando cuenta al Virrey, para que nombre dos oidores que asistan a las lecciones, y contestó el secretario estar ya nombrado D. Miguel Núñez y D. Nicolás de Paredes por ser los más antiguos.
En 7 de Noviembre, estando en Cabildo Zamudio, Silva, García Loayza, San Miguel, Reyes y Peña, se vieron dos consultas que el alcalde ordinario D. Francisco Álvarez Gato hizo al superior gobierno; una sobre qué medio tomaría para evitar las faltas de los panaderos que tienen algunos eclesiásticos en sus casas, y en los juegos que fomentan otros a que asisten mozos de mal vivir, y que no ha podido reformar por más que ha hecho por el estado de los dueños; estas consultas se remitieron al Cabildo, y en dicho día 7 se acordó se respondiera a su Excelencia que el Cabildo no tenía noticia, pero que el alcalde puede ejecutar lo que está prevenido por derecho en tales casos y ocurrir por auxilio al Cabildo que lo hubiera dado, y se aplicará el remedio conveniente.
En 14 de Noviembre se presentó fray Pedro Carrasco, procurador del convento de San Juan de Dios, diciendo que el Deán D. Agustín Negrón fue nombrado por el difunto Arzobispo para que con el Provisor recibiese las informaciones sumarias de Vita et moribus del Venerable fray Francisco Camacho, y que hallándose impedido se nombre en su lugar otro; y se nombró al canónigo D. Bernardo Zamudio. También se leyó la carta que últimamente se escribió al Obispo auxiliar sobre los puntos que se han ofrecido en orden a excusarse de consagrar los óleos sino en esta Catedral, asistido de las dignidades y canónigos como a propio prelado, sin embargo de lo últimamente resuelto por su Majestad que dio la forma que ha de observarse, y las representaciones y protestas que han hecho.
En 5 de Diciembre se acordó que se hiciesen llaves en la puerta que entra a los comunes para los prebendados, y que se pongan con toda decencia para en adelante, encargándose —221→ todo al cuidado del canónigo D. Nicolás de San Miguel.
En 9 de Enero fueron de diezmos los canónigos Silva y Reyes, adjuntos Zamudio y Silva, y enfermeros el Maestre-escuela y San Miguel.
En 11 de Enero se dispuso se pagasen los tres mil pesos que tuvo de costo la fundición de la campana grande, los que suplió el canónigo D. Diego de Andrade, y se mandó que el Tesorero los enterase de la masa de la gruesa decimal.
En 28 de Enero se mandó que los dos sacristanes mayores propietarios asistiesen a las horas y oficio en días clásicos, ambos juntos como manda la consueta, y bajo la pena de ella; que no se diga misa alta hasta que se haya dicho la que se llama de abajo, y que las capillas estén abiertas desde las ocho para uso común de los altares.
Desde el 31 de Enero hasta el 13 de Febrero de este año se trató de lo sucedido sobre el hurto de la píxide y formas consagradas; de lo que no se conserva en las actas otra noticia que la de esta anotación. En dicho día 13 de Febrero se recibió una carta del Vicario de Huánuco en que participa la muerte del cura de aquella ciudad D. Matías Leseano; se nombró por interino al presbítero D. Domingo de Ulloa.
En 19 de Febrero se citó a que se prosiguiesen las lecciones a la canonjía Doctoral suspensas por el suceso de las formas, y se nombró capellán interino que fue el presbítero D. Juan de la Rocha, no pudiendo hacerlo en propiedad por ser la capellanía fundada por el Arzobispo Villagomez, y pertenecer esta acción de nominar propietario a los Arzobispos de Lima.
En 23 de Febrero juntos los capitulares citados aute diem, se vio un escrito presentado por los curas de esta Catedral en que se excusan de haber sido causa del harto de la sagrada forma por omisión o descuido; se pasó la resolución y contesto a otro lugar. En el mismo Cabildo dijo el canónigo —222→ D. Martín de los Reyes que el Obispo auxiliar le previno que consagraría los óleos en la iglesia de la Magdalena, para que le asistiesen algunos sacerdotes; se le respondió que el Obispo-Virrey había dado a entender los consagraría en la capilla real, y que en caso de no verificarlo debería en la capilla real, y que en caso de no verificarlo debería consagrarlos el auxiliar en esta Catedral, guardando la forma dada últimamente por su Majestad, y que el Cabildo estaba pronto a cumplir lo que le tocaba, y siendo así no los consagrase en la Magdalena ni en otra parte.
En 6 de Marzo se recibió una carta del Conde Villaseñor en que pide rebaja de un censo de la fábrica impuesto en su viña de Ica, por haberse quemado once cuarteles; se mandó que el Vicario de Ica recibiese información y se hiciese vista de ojos para determinar.
En 1º de Marzo juntos el Chantre D. Melchor de la Nava, obispo electo del Cuzco; D. Francisco Alfonso Garcés Maestre-escuela, canónigos Zamudio, Silva, Loayza, San Miguel, Reyes, Peña y Angrade, se leyó un escrito de D. Juan de Campo Marín, cura más antiguo de San Sebastián, en que expresa que no armándole a su salud el temperamento de Lima, y deseando de antigüedad y el de las capellanías anexas a él con el beneficio del puerto del Callao, que obtenía D. Gaspar Ibañez de Peralta, inquisidor de Lima, quien concurría por lo que a él tocaba a dicha permuta; conferido el punto dijo el Chantre que, omitiendo por ahora expresar los fundamentos en contra o a favor de la permuta, luego que murió el señor Arzobispo Liñán se trató en el Cabildo del curato del Callao, y por obviar algunos inconvenientes que podían sobrevenir fueron de parecer el dicho Chantre y algunos capitulares que se diese parte al Soberano en su Consejo de Indias de la duda que se ofrecía sobre la vacante y provisión de dicho curato; que el Chantre ha tenido carta del medio racionero D. José Ruiz Cano, apoderado del Cabildo, de 15 de Enero del presente año, en que le dice se quedaba viendo y tratando en el Concejo sobre el asunto; por lo que era de parecer que no se tratara de dicha permuta y se esperase la real determinación, y que se le diese testimonio de este su voto para usar de él como le conviniese. El —223→ mayor número de los votos fue porque se suspendiese la permuta.
En 14 de Mayo se recibió de medio racionero D. Santiago Alcedo.
En Cabildo de 14 de Julio se dijo que el Obispo-Virrey quería consagrar la campaña grande que se acaba de fundir; se acordó que fuesen a convidarlo dos capitulares y que, para el día de la función, se formase al pie de la torre donde se había de subir una tienda de campaña en que su Excelencia ejecutase la ceremonia, con toda la decencia de colgaduras, saliendo a recibirlo hasta las gradas y asistiéndole unos revestidos y los demás de sobrepellices, y acabada la acción se despedirían en la misma forma.
En 21 de Julio el médico D. Juan de Avendaño pidió por escrito ser admitido a órdenes sacros a título de suficiencia, que se le confiriesen en días particulares en virtud de dispensa que presentó, y que por la misma pudiese ejercer la medicina; uno y otro se le concedió.
En 28 de Julio se vio una misa impresa en Roma que su Santidad mandó se dijese con deprecaciones para conseguir una buena muerte y librarse de las repentinas que se experimentaban en toda Italia; este Cabildo determinó que se cantase una cada mes por los dignidades y canónigos, el lunes siguiente de cada renovación, y se publicó para que asistiesen los fieles.
En 18 de Agosto se vio una carta escrita en 24 de Julio de 1710 por D. Agustín de los Ríos, consejero de Indias, al canónigo D. Nicolás de San Miguel en que, por un capítulo de ella, le participaba estar prisionero en Holanda el Arzobispo electo de esta diócesis; se trató de su alivio escribiendo en primera ocasión al Rey y consejeros, agradeciéndoles sus buenos oficios, y al mismo prelado doliéndose de sus trabajos y prometiendo aliviarlo y socorrerlo con la posible brevedad y esfuerzo.
En 21 de Agosto juntos los cabildantes compareció el reverendo padre fray Agustín Sanz, religioso mínimo, haciendo presentación de un real despacho para la fundación de un convento de su orden, pidiendo el pase que se cometió al canónigo D. Martín de los Reyes por lo que tocaba a la jurisdicción eclesiástica.
—224→En 1º de Setiembre juntos en Cabildo los dignidades y canónigos se vio un papel escrito por el Maestre-escuela D. Francisco Alfonso Garcés, Provisor y Vicario General de este arzobispado, quien con el pretexto de la ausencia del señor D. Melchor de la Nava, Chantre que fue de esta Santa Iglesia, y Obispo electo del Cuzco, que a nombre de este Cabildo firmaba las censuras generales, representó que esta regalía tocaba y pertenecía al provisorato, y que se declare así. Conferido el punto, examinadas las determinaciones tomadas en las anteriores sedes vacantes y en la presente, quedó sentado en varios Cabildos que está reservado al Cabildo despacharlas como es práctica, con lo que se mandó llevar un recado al Provisor a que se hallase presente a la votación que se iba a hacer, y que de excusarse se procedería incontinenti a ella; respondió que se hallaba enfermo en cama y que suplicaba de suspendiese dicha votación hasta el próximo Cabildo a que pudiese asistir; los más fueron de parecer que se votase, y por pluralidad de votos se resolvió que el despacho de las censuras, que está reservado en el Cabildo, lo firmase en su nombre el canónigo D. Nicolás de San Miguel. También se nombró juez ordinario de la Inquisición en lugar del señor de la Nava.
En 18 de Setiembre no habiendo querido asistir D. Matías Salazar en su ministerio de promotor fiscal, por más que fue interpelado repetidas veces, se procedió a nombrar en su lugar a D. José de Mendoza, defensor general de legados y obras pías, con la retención de su título. También fue nombrado en lugar del señor Nava protector del Seminario el canónigo D. Pedro de la Peña; igualmente fue nombrado en lugar del señor Nava protector de Copacabana el canónigo D. Nicolás de San Miguel con la facultad ordinaria que reside en el Cabildo para lo judicial y extrajudicial tocante a aquel Beaterio.
En 22 de Setiembre el licenciado D. Matías Lascano, cura de Huánuco, se presentó alegando que tenía justos motivos para permutar su beneficio por capellanías colativas con el presbítero D. Domingo Arias de Ulloa, y aunque se ofreció el reparo de ser este ilegítimo y no estar dispensado para este fin por la Santa Silla, sino sólo para las órdenes, con todo —225→ por pluralidad de votos quedó admitido, y se acordó se procediese a las diligencias ordinarias.
En 24 de Setiembre envió el señor Obispo-Virrey un recado al Cabildo para que diese por vaco el curato de Recuay, porque el doctor D. Juan de Otárola que lo obtuvo pasó al Concejo de Indias hacía dos años, que fueron los que se le concedieron de licencia para ir a España, con expresión de que sólo lo obtuviese por dichos dos años y un día, y advertía Su Excelencia se hiciese prontamente, sin dar lugar a otra reconvención; y reducido el asunto a votos, por pluralidad de ellos, se declaró vacante el beneficio.
En 9 de Octubre se leyó una carta del postdatario de la Iglesia, escrita en Guayaquil, sobre la recaudación de las alhajas y bienes que se dice dejó en aquel puerto y el de Barbacoas el pirata inglés, y que traía el Chantre D. Alonso de los Ríos; el Maestre-escuela se encargó de ver al Virrey y que se preguntase al capitán de la fragata que llegó de Guayaquil, y hechas las diligencias por el Secretario de Cabildo y el Promotor fiscal, y examinados los Morales [dueños del navío] no resultó cosa alguna favorable. En el mismo día 9 se dio el pase al real despacho de fundación de los padres mínimos de San Francisco de Paula, por lo tocante a la jurisdicción ordinaria eclesiástica, con las calidades expresadas en el proveído al escrito del padre corrector, en especial que la hacienda dotal que se comprase para sustento de la comunidad no valga de cuarenta y seis mil pesos.
En 8 de Enero se nombraron por el Cabildo jueces de diezmos los señores Silva y Peña, adjuntos el Maestre-escuela y el Teologal, y enfermeros D. Bernardo Zamudio y el Penitenciario D. Diego de Andrade.
En 3 de Marzo juntos en Cabildo nombraron a los señores D. Bernardo Zamudio y al Teologal para que pidiesen al señor Virrey-Obispo de Quito, que juntamente con los óleos de su diócesis, consagrase los de esta en su real capilla. Consecutivamente, en 15 del mismo mes, se acordó que se asistiese —226→ el Cabildo al señor Obispo-Virrey en la consagración de dichos óleos, y se mandaron dar al Promotor fiscal sesenta pesos para los presbíteros asistentes.
En 10 de Junio juntos en Cabildo, se propuso determinar la forma en que correría la percepción de obvenciones y acrescencias de la Chantría de D. Melchor de la Nava, Obispo electo del Cuzco, dudándose si debería recibirlas estando ausente y no gozando de dichos emolumentos, y que en todo lo demás se le haga presente como si estuviese sirviendo su prebenda en la Iglesia, hasta que conste el Fíat del Papa, haciéndose saber esto al imitador para que forme las hijuelas generales y particulares. Los señores Silva y Peña fueron de contrario, y lo fundaron.
En 16 de Jumo habiendo vacado la mayordomía del Santísimo fundada en la capilla del Sagrario de esta Santa Iglesia, por muerte de D. Agustín de Castro, pretendió el padre prior del Convento de Santo Domingo presidir en la elección de nuevo mayordomo; y conferida la materia en el Cabildo se acordó que presidiese y asistiese a dicha elección el Provisor y Vicario General, como se ejecutó no obstante la contradicción en 21 de dicho mes.
En 5 de Julio se recibió de canónigo Magistral D. Juan Cavero.
En 16 de Setiembre, habiendo intentado el padre guardián de San Francisco no enviar el bulto del Santo y las andas y acompañamiento para ir a celebrar la memoria de las Llagas en su iglesia, según estilo y práctica que determinó el canónigo D. Francisco Dávila su fundador, se acordó que la misa se cantase en la Catedral y no en San Francisco.
En 4 de Noviembre hallándose impedido el maestro de ceremonias, se le nombró por sustituto al presbítero D. Juan Pascual Pañeque, dejándole al propietario trescientos pesos y dándole doscientos pesos al suplente, con opción a la vacante. Al Conde de Villaseñor se le rebajó el censo de su viña al 2 durante veinticuatro años.
En 9 de Noviembre se mandó que en los rosarios que salen por las calles no suenen música ni instrumentos, sino sólo canto llano, y se encargó al Provisor su ejecución. También se leyó un papel del Virrey, con copia de un real despacho —227→ en que se ordena que en todas las iglesias Catedrales del reino se celebre una fiesta de desagravio al Santísimo Sacramento en la dominica infraoctava de la Concepción perpetuamente, y se obedeció.
El 10 de Enero fueron electos jueces de diezmos los canónigos Silva y Peña, adjuntos Zamudio y Reyes, y enfermeros San Miguel y Andrade. Se dispuso que los dos sacristanes mayores asistan a la sacristía, coro, altar y horas canónigas, en los días festivos de tabla y otros que se ofrezcan en la iglesia, y que el semanero generalmente no falte, y que haciéndolo se le multe.
En 8 de Febrero el Tesorero D. Gregorio de Loayza renunció al empleo de Provisor que obtenía y se mandó citar a Cabildo para elegir.
El lunes 6 de Febrero en Cabildo a que no asistieron por enfermos el Deán, el Tesorero y canónigo Magistral D Juan Cavero, se procedió la elección Provisor y Vicario General; y salió nombrado por aclamación de todos el canónigo D. Pedro de la Peña, con todas aquellas limitaciones que debe tener el Provisor del Cabildo, sede vacante, y constan del que se celebró en 6 de Julio de 1708, y juntamente con la condición de que recayese en él mismo la judicatura de testamentos, legados y obras pías. Así se acordó y lo aceptó. En 5 de Febrero se había recibido de medio racionero D. Fausto Gallegos.
En 14 de Febrero fue admitido a órdenes sacros, a título de suficiencia en lo moral y en la inteligencia de la lengua índica, el doctor D. Pedro de Alzugaray, con el cargo de ser examinado y aprobado sinodalmente en una y otra.
En 2 de Marzo se presentó el médico D. José de la Fuente y Dueñas exhibiendo dos breves en que se le dispensa ordenarse hasta presbítero y ejercer la medicina, curando sin interés a los pobres, y que se le ordene extra tempora, cuyo —228→ cumplimiento pedía, todos convinieron en que dicho doctor fuese admitido a órdenes, en virtud de los citados breves, con tal que sea a título de capellanía corriente. Se opuso el canónigo D. Bernardo Zamudio por no estar los breves pasados por el Concejo.
En 1º de Abril se recibió de medio racionero D. José Meléndez.
En 5 y 9 de Mayo D. Manuel Antonio Gómez de Silva fue nombrado Juez ordinario del convento de capuchinas, para lo espiritual y temporal, con toda la facultad que de derecho se requiere, sin embargo de la que tenía cuando solo era beaterio; y visto un escrito presentando por la abadesa fundadora de dicho convento, en que pide se dé cumplimiento a los reales despachos que demostró en cuanto a su fundación, determinó el Cabildo se suspendiese de poner el auto hasta que los censos con que estaba gravada la dicha casa, presentándose las redenciones como también razón de las rentas que ha de tener el capellán.
En 19 de Junio dijo el Cabildo junto en sede vacante que en diferentes actas se ha mandado el modo de doblar en esta Catedral y la asistencia del Cabildo a los entierros; pero que contraviniendo a todo se doblaba precediendo ajuste de lo que había de durar el doble, siguiéndose los inconvenientes de propasarse por el parentesco de algunos señores que pedían se les hiciese la gracia posible, y para remediarlo en adelante se determinó; lo primero, que no se doblase, por persona alguna sin que preceda alguna sin que preceda orden expresa del Cabildo, sin que baste la de ningún dignidad ni canónigo en particular; lo segundo, que nadie vaya a las casas de los difuntos a solicitar por sí o por otros la asistencia del Cabildo, por ser cosa muy indecorosa.
En 3 de Julio habiendo muerto el medio racionero D. Juan de la Barrera, sus albaceas trataron de enterrarlo en la iglesia de San Francisco, aunque en la Catedral tenía como prebenda su entierro muy honorífico; con cuyo motivo resolvió al Cabildo que si insistían en el mismo propósito no asistiese el Cabildo a su entierro ni honras; y que esto mismo se guardase en adelante en las exequias de cualquier dignidad, canónigo o prebendado que, por cláusula de testamento —229→ o disposición de sus albaceas o herederos, se enterrasen en iglesias extrañas, siendo muy reparable segregarse en la muerte de tan ilustre comunidad en que han vivido y los honra con tan solemne pompa.
En 7 de Julio juntos en Cabildo sede vacante, el canónigo D. Manuel Antonio Gómez de Silva, Provisor y Juez ordinario del monasterio de capuchinas, expuso que la madre abadesa de dicho monasterio le expresó que, habiéndose cumplido el término de su empleo de abadesa y fundadora que obtuvo en Madrid, y haber muerto la vicaria que venía nombrada, sería conveniente elegir otra abadesa y otra vicaria. Conferido el asunto, convinieron todos en que pertenecía al Cabildo la elección de ambos oficios y otros accesorios, por no tener aún el convento las vocales necesarias, por lo en fuerza de las facultades comunicadas a dicho Provisor se le sometió por el Cabildo a que hiciese sus veces; que entre las cuatro religiosas que había profesas distribuyese con la proporción debida los cargos de Presidenta, Vicaria, tornera y maestra de novicias, y el de conciliaria se le recargue a la que, entre las cuatro, le pareciese más apta. En este mismo Cabildo se acordó que según las constituciones y la regla de dicha religión y lo prevenido por el Concilio de Trento, sesión 25, capítulo 10, era necesario nombrar un confesor extraordinario que deben tener las religiosas, que se inclinaban a que lo fuera el reverendísimo padre Alonso Mesía, de la Compañía de Jesús, provincial actual de ella, sujeto muy circunstanciado por su virtud, literatura y experiencia; por tanto fue nombrado para dicho ministerio.
En 27 de Setiembre juntos los cabildantes, el señor Silva presentó un real despacho por el que se le promovía a la Chantría obtenida por el señor D. Melchor de la Nava, Obispo electo de Cuzco; obedeciolo el Cabildo; pero contradijo la colación el Penitenciario, presentando escrito a nombre del Obispo, en que pedía se suspendiese la colación hasta que el señor Nava hiciese la renuncia, tuviese bulas y se consagrase; se hizo salir del Cabildo a los señores Silva y Penitenciario y se acordó se consultase al Virrey para que determinase lo que tuviese por más conveniente. Aquella misma noche buscó al Maestre-escuela el fiscal de lo civil D. Pedro de —230→ Chávez, quien lo aseguró de orden del Virrey que, habiéndose apartado de la contradicción la parte del Obispo no había embarazo para la colación y posesión, la que se verificó el siguiente día 28 de Setiembre.
En 3 de Octubre se proveyó en el señor Zamudio, canónigo más antiguo, una capellanía que sacó por muerte del Deán D. Agustín Negrón. En el mismo Cabildo se mandó anotar en el libro corriente la copia de un instrumento otorgado en la ciudad del Cuzco por el Obispo en 30 de Agosto de 1713 ante Francisco Unzueta, escribano real, remitido a su apoderado el Penitenciario por el que renunciaba la Chantría. Hecha la anotación, se devolvió el original.
En 6 de Octubre el Obispo auxiliar envió recado al Cabildo para que se prosiguiesen las diligencias de la causa del siervo de Dios Nicolás de Ayllón [Nicolás de Dios] y se respondió que el procurador de ella haga sus diligencias, que el Cabildo estaba pronto a oírla.
En 11 de Octubre juntos en Cabildo pleno sede vacante, se trató desde cuándo debía correr la vacante de la Chantría y hasta qué día debía percibir la renta de dicha dignidad; se hizo salir de la sala al Penitenciario, parte del Obispo como apoderado. Dijo el Chantre que habiendo el Rey declarado vaca la Chantría, por haber pasado el señor Nava a Obispo y haber salido a gobernar su obispado en 10 de Agosto de 1713, desde ese día no pudo hacer suyos los frutos de la Chantría ni hacerse presente por falta de asistencia personal; el Maestre-escuela dijo que se conformaba con el mayor número de votos; Zamudio fue de parecer que gozase de los frutos hasta 31 de Agosto en que renunció la Chantría; Loayza, por sí y por el Tesorero, se conformó con el voto antecedente; y del mismo dictamen fue D. Nicolás de San Miguel; lo mismo opinaron Peña, Cavero y los racioneros y medios: D. Fernando Román añadió que no percibiese las que piden asistencia precisa; vista la dicha resolución, añadió el Chantre se hiciese saber al Tesorero de las rentas decimales para que retuviese en su poder la cantidad perteneciente al Obispo hasta que, haciendo la representación correspondiente donde le conviniese, se resuelva lo más acertado.
—231→Jueves 19 de Octubre juntos en Cabildo,
se leyó una carta del señor D. Antonio de Zuloaga, Arzobispo
electo de Lima, escrita desde Sanlúcar de Barrameda en 14 de Mayo de
1713, en que pide se le socorra con alguna porción competente, a cuenta
de lo que ha de haber de la mitad de su renta que le está asignada
mientras se expidiesen sus bulas; sacada copia de la carta y conferido el
punto, sin embargo de faltar el poder y real despacho tan necesarios para pedir
dicha media renta, se acordó presentar memorial al Virrey con
inserción de la carta pidiendo cuarenta mil pesos. Oído el fiscal
decretó el Virrey no haber lugar, por más que se hizo otro
recurso satisfaciendo los reparos del fiscal. Considerando no tendría
efecto se arbitró en 30 de Octubre, con citación de todos y de
los racioneros y medios, enviarle a su Ilma. treinta mil pesos, para lo que se
sacaron dieciséis mil pesos de las cajas de los monasterios al 5
asegurándoles al Cabildo que se remitieron
inmediatamente a Panamá, quedando de enviar los catorce mil pesos
restantes en el primer navío, como se hizo. Se dio orden para que se
aderezase el Palacio, dejando las demás prevenciones para tiempo
más oportuno. Hallándose impedido el canicular D. Nicolás
Abendavic se le puso un sustituto, con la mitad de su renta.
En 9 de Enero fueron electos por jueces de diezmos, el Chantre y el Penitenciario, por adjuntos el Maestre-escuela y D. Martín de los Reyes, y por enfermeros D. Bernardo Zamudio y el Magistral.
En 3 de Marzo se recibieron cartas del nuevo Arzobispo, con fecha de 2 de Enero, escritas de Panamá, que trajo D. José Rondón presbítero, con sus poderes, al Provisor D. Pedro de la Peña, para que le busque cincuenta mil pesos, de los que se entregarían cuatro mil a dicho Rondón para los gastos de viaje del Arzobispo desde Piura, y los cuarenta y seis mil para pagar sus empeños (y así se practicó) y que se hiciese una rogativa por su feliz viaje.
—232→En 6 de Marzo se resolvió que el canónigo D. Bernardo Zamudio bajase a la villa de Santa a recibir al Arzobispo dándole mil quinientos pesos de ayuda de costa, que se libraron al Tesorero, sacándolos de la masa. En este mismo Cabildo se mandaron revocar todos los poderes dados para España al racionero D. José Ruiz Cano, y para Roma a D. Gabriel Molinillo.
En 8 de Marzo, hallándose el Arzobispo en Paita, no habiendo tiempo para aguardar la cédula de ruego y encargo en orden al gobierno, y constando por sus cartas estar electo y propuesto para esta Iglesia, pareció conveniente remitirlo al gobierno por carta jurídica en la forma que pareciere convenir, y se acordó se ejecutase así con las cláusulas de atención y las correspondientes al efecto, y se practicó.
En 18 de Abril se determinó que la tarde que entrase el Arzobispo en su palacio se previniesen dulces, helados, limonadas y chocolate en abundancia para el acompañamiento, como para su Ilustrísima y demás de primera mesa y su familia con igual decencia; almuerzo en la mañana siguiente, comida espléndida como para treinta personas con su Ilustrísima y señores de Cabildo, a la noche refresco y cena para su Ilustrísima y su familia, para lo que se nombró de Superintendente al canónigo D. Diego de Andrade, y para comprar lo necesario al presbítero D. Diego de Iraiz, pagando el mayordomo las costas, y que se proveyese la despensa de su Ilustrísima de todo lo preciso como azúcar, chocolate, vino, vinagre, tocinos, gallinas y cuanto pertenezca a cocina.
En 20 de Abril visto sobre el techo del convento y campanario de Santa Clara un balcón con enrejado que escandalizaba, el Chantre fue de parecer que se quitase; los demás dijeron que el balconcillo era el mismo que había antes para tocar las campanas, sin más novedad que haberle puesto unas rejas para mayor decencia y no ser vistas de fuera las que se subieran del convento, no habiendo para que qué quitarlo hasta que lo vea su Ilustrísima y resuelva lo que le parezca, con solo la calidad de que se moderen y cierren más los claros del enrejado.
En 27 de Abril D. Jorge de Basterrechea, colegial del —233→ Seminario, se fue sin avisar a nadie a Huaura y dio el sermón a un religioso; y por la falta de respeto se le mandó quitar la beca, y se le hizo saber.
En 26 de Mayo juntos en el primer Cabildo, después de la entrada del señor Zuloaga, las dignidades y canónigos, se mandó que el contador formase hijuelas particulares además de la general.
En 8 de Junio entró de racionero D. Martín de Sancho Dávila.
En 16 de Julio se trató de reparar la decadencia de la capilla de las Ánimas, de refaccionar las sillas del coro que estaban muy maltratadas, y de que el racionero D. José Ruiz Cano, ausente en España, viniese a servir su prebenda, revocado el poder que tenía, escribiendo para ello el Prelado.
En 27 de Julio se recibió de canónigo D. Pedro Villavicencio.
En 16 de Octubre, juntos en Cabildo el Arzobispo, dignidades y canónigos, propuso su ilustrísima que, en vista de la esterilidad de los campos, convendría hacer una rogativa o procesión pública desde esta Iglesia hasta la de Copacabana, convidando al clero secular y regular y feligreses, y que el día 31 señalado por los prelados se cante una misa para que el Señor nos conceda el aumento de frutos. Todo el Cabildo accedió, quedando resuelto en dicho día que se dijesen los oficios y misa conventual a las siete de la mañana, para salir a la procesión cantando las letanías, que después cantase una misa un prebendado y saliesen los curas o sus tenientes a conjurar o bendecir los campos, conforme el edicto de su ilustrísima.
El día 27 se dispuso que durante la procesión y rogativa, se mantuviese su ilustrísima, en la posesión en que estaba de su vestidura, sitial y silla, sin hacer novedad alguna.
En 28 de Noviembre se mandó tomar razón de los bienes y espolios del Señor Arzobispo Liñán, para que los recoja la fábrica de la Iglesia como se hizo con los del señor Mogrovejo.
—234→
En 28 de Enero, juntos en Cabildo el Arzobispo, Chantre, Maestre-escuela y Tesorero, canónigos Teologal, Penitenciario y Magistral, y canónigo Villavisencio, habiendo dado razón el Chantre, como juez más antiguo, del estado y aumento actual de los diezmos, se pasó a nombrar los del año nuevo, que fueron los canónigos Penitenciario y Villavisencio, para jueces de diezmos, para adjuntos el Maestre-escuela y canónigo Reyes, y para enfermeros los canónigos Zamudio y Magistral.
En 28 de Febrero, habiendo llegado las bulas y ejecutorias del nuevo Arzobispo, se acordó que su consagración se hiciese con todo el decoro y decencia acostumbrados.
En 7 de Marzo se le llevó el pontifical del señor Liñán, su antecesor, para que eligiese las piezas y alhajas que gustase, quedando el Cabildo de pagarlas por tasación a la fábrica.
El 12 de Marzo dispuso el Arzobispo hacer su inventario antes de consagrarse, y que señalase el Cabildo los que habían de asistir en su nombre, y eligió al Chantre y al canónigo antiguo Zamudio, con poder y facultades necesarias. En el mismo día se recibió un papel del canónigo Reyes, dando razón de estar gravemente enfermo y falto de medios, y que se le socorriese, como en efecto se hizo.
En 3 de Abril, leídos los despachos del Arzobispo, se determinó que se consagrase en esta Catedral, el domingo inmediato de Pasión, siendo el consagrante el Obispo auxiliar D. Pedro Cisneros y Mendoza, y con asistencia de dignidades y canónigos, según sus antigüedades y la costumbre, con declaración que por esta vez se permitía el altar mayor y la asistencia de dos canónigos, sin perjuicio de lo determinado para otras funciones, y sin que sirviese de ejemplar, porque la asistencia referida y el altar sólo eran para la mayor decencia del prelado propio de esta santa Iglesia, y no por otra razón.
—235→En 30 de Julio se estableció que antes de repartirse las memorias entrasen en poder del Penitenciario, y que el apuntador asistiese a ellas en persona.
En 31 de Octubre, habiendo llegado a esta ciudad D. Diego Montero del Águila, Obispo de la Concepción de Chile y electo de Trujillo, salieron a recibirlo sin haber dado cuenta de su llegada acompañándolo a su casa; y se acordó, para que lo referido no sirva de pretexto en adelante, que en caso igual si el prelado no diese cuenta de su llegada al Cabildo, antes de entrar en lima, no se le salga a recibir en forma de Cabildo el día de su entrada; pero que para el día siguiente se nombre dos diputados canónigos o dignidades, que vayan a cumplimentarlo a su casa; y si algún prebendado, por parentesco u otro fin particular quisiese anticipar en secreto su obsequio, no diciendo que va a nombre del Cabildo podrá ejecutarlo; mas si el Obispo da cuenta por escrito de su llegada, le corresponderá el Cabildo, saliéndose a recibir los diputados, y acompañándole hasta el salón del Virrey, allí vendrán a aguardarlo al palacio arzobispal, desde el cual lo acompañarán a su casa, sin pasar de allí a otras visitas ni conventos, como con dicho señor Montero del Águila, por no ser decente a la representación y decoro de este Cabildo.
En 20 de Diciembre, juntos en Cabildo el Arzobispo, Chantre, Tesorero y canónigos Peña, Andrade y Cavero, se determinó que si alguna solicitase que el Cabildo vaya a hacer algún entierro, sea dando la cuota de quinientos pesos y no de otra forma, excepto cuando la función sea de padre, madre, hermano, tíos, sobrinos en grado inmediato: y siempre que salga el Cabildo vaya a hacer algún funeral haya de ser procesionalmente, acompañando la cruz con los demás ministros donde se hiciere el entierro.
En 2 de Enero se recibió de medio racionero D. Andrés de Paredes y Armendáris.
En 14 de Enero se nombraron por jueces de diezmos a los canónigos Penitenciario y Villavicencio.
—236→En 21 de Enero fueron nombrados adjuntos el Maestre escuela y el canónigo Zamudio, y por enfermeros el Penitenciario y Magistral; y se determinó que en las elecciones de jueces de diezmos y demás se proceda por votaciones secretas, y no de otra suerte, ni por aclamación o consentimiento común, concurriendo todos los citados del día antes para dicho fin.
En 28 de Enero se mandó que el mayordomo y contador concurriesen los martes para dar cuenta al Cabildo de lo que se pueda preguntar y se ofrezca tocante a su ministerio, pena de cincuenta pesos no haciéndolo, y que se les notifique.
En 4 de Febrero juntos en Cabildo el Arzobispo, dignidades y canónigos, se acordó que los bienes y alhajas de la iglesia se entregasen al dignidad Tesorero, con asistencia de sacristanes mayores, haciéndose inventario en forma a presencia del Secretario de Cabildo, mayordomo y contraste para que se pese la plata labrada, y darán recibo y fianza, y que los sacristanes guarden la consueta, de que se les dará una copia. En dicho día se recibió D. Domingo Vásquez de Acuña, cura de la Catedral, de racionero. En el mismo Cabildo se mandó que los seises vivan y estudien gramática y música en el Seminario, dando para esto lo que llevaba el maestro antes asignado.
En 21 de Febrero mandó que el día de la Candelaria sólo se dé vela a los que asistan. Se trató en el mismo Cabildo el punto de las acrescencias de la canonjía supresa para la Inquisición, y se resolvió que se citase en Madrid el despacho que sobre esto consiguió el Cabildo de México. Con este motivo se determinó enviar los poderes del Cabildo al marqués de Mejorada, para que lo sustituyese en quien fuese más de su agrado para dicho negocio y otros de la Iglesia; y su Ilustrísima, que se hallaba presente se encargó de la dirección en la primera oportunidad.
En 3 de Marzo de 1716 se recibió de Deán de esta Santa Iglesia D. Manuel Antonio Gómez de Silva. En el mismo día entró de canónigo D. Pedro González de Mendoza Cisneros.
En 4 de Marzo se recibió de racionero D. Andrés de Paredes, y D. Fernando Cavero entró de medio racionero.
—237→En 5 de Marzo se recibieron D. Nicolás de San Miguel de Chantre, D. Bernardo Zamudio de Tesorero, y D. Francisco Garabito, de canónigo.
En 7 de Marzo se recibieron D. Nicolás de San Miguel de Arcediano, D. Bernardo Zamudio, de Chantre, D. Pedro de la Peña, de Tesorero, D. Santiago de racionero, D. Fausto Gallegos, de medio racionero.
En 10 de Marzo juntos en Cabildo pleno el Arzobispo, dignidades y canónigos, se leyó un real despacho en que el Rey encarga se remita alguna porción considerable de dinero para ayuda de los gastos de la canonización del Beato Toribio de Mogrovejo, y conferida la materia se acordó se recogiesen tres mil pesos que estaban embargados de los bienes del racionero D. Diego de Valladolid, que murió en Roma de procurador de dicha causa y tío de D. Diego, que se cobre un grado de la Universidad dedicado para este fin, agregándose las limosnas que su Ilustrísima, los prebendados y ministros de la Iglesia y los parientes del santo se encargaron de dar y recoger para objeto tan plausible, escribiéndose a los curas que tengan parte en esta grande obra.
En 31 de Marzo se acordó se renovase el juramento del secreto que debe observarse de cuanto se trate en los Cabildos, y que se observase lo resuelto en el Cabildo de 20 de Diciembre de 1715, sobre lo que se ha de practicar en orden a los entierros, rebajando la cuota que entonces se señaló a trescientos pesos no dando la cera de manos, doscientos cincuenta en caso de darse, y que no pudiese innovarse.
En 29 de Abril se recibió de medio racionero D. Roque de Almanza.
En 20 de Junio, reconocidos los Cabildos celebrados en la pasada sede vacante, en orden al viaje a España del medio racionero D. José Ruiz Cano, y que en ellos propuso se le diese licencia, aún sin hacerle presente en el coro, contentándose con una ayuda de costa para el viaje, visto que después de ocho años de ausencia no ha dado razón del estado de su persona, careciendo la Iglesia del servicio de su prebenda, de que resulta que en 7 de Abril de 1716 se determinase no acudirle con manuales y acrecencias, y que estas se repartiesen entre los interesados asistentes; conferida la materia su Ilustrísima y los señores determinaron que, por lo —238→ que toca a manuales y acrecencias se observe el citado Cabildo de 7 de Abril de 1710, y por lo que pertenece a lo principal de la renta de dicha prebenda se embargase y depositase en la caja de tres llaves de este tribunal, para lo que el contador formaría las hijuelas de la expresada prebenda, sin entregarlas al capitán Francisco Hurtado, apoderado de Ruiz, sino al canónigo Penitenciario D. Diego Andrade, para que recaudándolas del tesorero pusiese su importe en la mencionada caja, por vía de secuestro, para que determinase de él su Majestad lo que convenga; y que para el primer Cabildo en que se tomaría la última resolución se citase al contador y tesorero, para que diesen razón de lo que hubiese en ser de dicha prebenda. En efecto, juntos en 16 de Junio el Arzobispo y demás cabildantes presentes, el tesorero y contador citados, se leyó un escrito presentado por el procurador de esta santa Iglesia pidiendo que, en conformidad del Cabildo precedente, se mande embargar y depositar la renta del medio racionero Ruiz Cano, como de hecho se mandó, y que el Tesorero jurase que la tenía en su poder, obligándose a entregar esta cantidad como lo demás que se devengase al Penitenciario, para ponerlas por vía de secuestro en la caja hasta la última determinación del Rey. El dicho Penitenciario aceptó el cargo, y se mandó al contador hacer y entregar la hijuela en la forma sobredicha. Igualmente se mandó que el Tesorero D. Domingo González de Argandoña exhibiese en la caja de tres llaves los mil quinientos pesos que se dieron a Ruiz por vía de ayuda de costa, sacándolos de la renta retenida en su poder, con la calidad de reintegrarlos de otros ramos, a fin de volverlos con cincuenta pesos de intereses que se están debiendo a las monjas de la Trinidad, y que dé cuenta de haberlo ejecutado así.
En 3 de Julio juntos el Deán, dignidades y canónigos, determinaron que el contador de esta santa Iglesia dé una razón general de todas las memorias, y que el colector ponga en el coro una lista de las dichas memorias que se han de celebrar un día antes del señalado para que llegue a noticia de los interesados, y de qué cantidad es cada una, y que esto se conserve perpetuamente para evitar que muchos capitulares padezcan el perjuicio de perderlos por no saber cuándo se hacen.
—239→En 28 de Julio juntos el Deán, Maestre-escuela y canónigos Villavisencio, Cisneros y Garabito, señalaron los capitulares que habían de ir al puerto del Callao a cumplimentar al Virrey-Arzobispo de Charcas don fray Diego Morcillo, y se les asignaron cien pesos para los gastos.
En 7 de Agosto se volvió a ordenar que el contador presentase en primer Cabildo la razón pedida de las memorias y patronatos. Y se mandó que el sábado 15 estuviesen todos en la Iglesia, a las dos de la tarde, con mulas y gualdrapas, para ir a Monserrate en la forma acostumbrada, a recibir a dicho señor Arzobispo-Virrey, citando para la misma función a los capellanes de coro, músicos y demás ministros, so pena de doce pesos si faltasen.
En 29 de Agosto fue nombrado el canónigo Magistral D. Juan Cavero de Toledo, parpa ir a Chancay a cumplimentar al Virrey Príncipe de Santo Buono, asignándole seiscientos pesos para el viaje. Se acordó que el cura de Huarmey D. Juan de Vargas, residese en la capellanía de coro que él tenía, o hiciese suelta de ella. Que el apuntador entregase cada año al Deán la razón de las fallas de los capellanes de coro, y que estos presentasen al Deán una razón de las fincas y barrios en que están impuestas sus capellanías, y certificación de las pérdidas e incobrables.
En 2 de Setiembre se dio por vaca la media ración de D. José Ruiz Cano, y que la renta devengada y sus fallas, se repartiesen entre los señores del Cabildo.
En 15 de Setiembre se mandaron entregar los mil pesos dados a Ruiz, en la caja del monasterio de la Trinidad, de donde se sacaron.
En 21 de Setiembre se recibió de racionero, D. Ignacio Blanco.
En 22 de Setiembre, juntos el Deán y cabildantes, nombraron para cumplimentar al Virrey Santo Buono, que acababa de llegar al Callao, al Arcediano y a los dos canónigos Teologal y Penitenciario, y que en su recibimiento público Teologal y Penitenciario, y que en su recibimiento público se observase lo acostumbrado con otros Virreyes.
En 10 de Octubre se recibió D. Bartolomé de Lobatón y Azaña, cura de la Barranca, en la canonjía doctoral, por ascenso a la Tesorería de D. Gregorio Loayza.
En 30 de Octubre, juntos los capitulares, comisionaron —240→ al racionero D. Domingo Vásquez de Acuña, para que mandase hacer un tintero, salvadera y campanilla de plata, para el uso decente del Cabildo, de la masa común.
En 2 de Enero, juntos en Cabildo el Deán y capitulares, se recibió un real despacho en que su Majestad expresa el estado de la canonización del señor Mogrovejo, y ordena la contribución de limosnas para su feliz éxito. Se comisionó al Deán la carta al Rey, la solicitud de limosnas y testimonio de los milagros nuevamente obrados en Saña, donde murió, y en el obispado de Trujillo.
En 9 de Enero elección de jueces y enfermeros. Muere D. Nicolás Antonio Diez de San Miguel, Arcediano.
En 19 de Enero dijo el Deán que el Rey había suspendido el libramiento de cuarenta mil pesos que dio a favor de esta santa Iglesia y de su fábrica, Virrey D. Diego Ladrón de Guevara, Obispo de Quito, sobre las vacantes de los Obispos, devolviéndose en cajas reales lo cobrado a cuenta de dicha asignación.
En 9 de Marzo se acordó que siempre que alguno solicite informe para España se vea en Cabildo, y con su anuencia lo tire el Secretario. Los jueces de diezmos nombrados para este año fueron el Deán y D. Pedro Cisneros, los adjuntos, el Tesorero Peña y el canónigo Garabito, y enfermeros los canónigos Doctoral y D. Felipe Manrique.
En 9 de Julio consultó el contador D. José de las Casas si el prebendado ausente D. José Ríos Cano debió ganar el Recle; se remitió la decisión al Arzobispo.
En 23 de Julio se acordó que para que el Cabildo asista a entierros o se doble, se resuelva por votación secreta.
En 17 de Agosto se mandó que el Cabildo no asista a conclusiones ni actos literarios, sino a los que se le dedican.
En 27 de dicho mes se ordenó al Tesorero que sólo compre hachas para las iluminaciones. En este Cabildo quedó resuelta la duda propuesta en el de 8 de Julio sobre —241→ que el prebendado Ruiz Cano no debió ganar el Recle, porque no se le tuvo presente en el coro, y aunque estuvo en España fue en beneficio suyo, no a negocios de la Iglesia. También se determinó que la pérdida de cada prebendado sea a proporción de lo que gane. Últimamente se dio comisión al doctor D. Román de Aulestia, tesorero de esta santa Iglesia (que escribió un buen extracto de todas las memorias que hubo hasta su tiempo, anotando el modo de celebrarlas) para que se encargue de sus memorias y capellanías, cobrando lo que se debiere cada año y tomando cuentas a los que las han administrado, para que se cobren con puntualidad y se expidan prontamente y sin demora.
En 7 de Setiembre se recibió de canónigos de esta santa Iglesia D. Vicente Ortiz de Foronda.
En 10 de Setiembre juntos en Cabildo el Deán y capitulares se leyó una consulta hecha, de orden del Cabildo, por el Doctoral al Arzobispo, para que se recaudase por los corregidores cantidad de pesos que se estaban debiendo del tomín de esta santa Iglesia cuya fábrica necesitaba de pronto repara, y se mandó firmar para presentársela al Arzobispo. Se leyó el capítulo 28 de la consueta que habla de los sacristanes, y se mandó que se dé un testimonio de él a dichos ministros para que guarden lo que allí se les ordena. Ítem se previno al secretario que hiciese inventario de los libros, bulas, cédulas y demás papeles de la Iglesia, y que se guardasen en lugar seguro bajo de llave, por haberlo pedido así el Doctoral.
En 1º de Octubre se le mandó al mayordomo del Virrey conde de la Monclova una memoria de la distribución de ciento noventa y nueve libras de cera, que remitió para el funeral de su hijo D. Joaquín de Portocarrero, hecho en San Francisco, y se mandó al sochantre que en adelante no distribuya cera sin venia del Cabildo.
En 13 de Noviembre juntos en Cabildo el Deán y capitulares, el canónigo Manrique pidió al Arzobispo, con un memorial, que estando para efectuarse el casamiento de su hermana doña Teresa con el marqués de Villarrocha, Presidente de Panamá, no habiendo quién condujese a dicha señora, se le diese licencia para acompañarla, sin perjuicio de la posesión y goce de su renta, por el tiempo que le fuese —242→ precioso, según lo acostumbrado en tales casos; pidió el Arzobispo informe al Cabildo, y se respondió que dicha licencia es contra derecho y lo dispuesto por los Concilios Tridentino y Limense, que prohíben que gocen de las distribuciones cuotidianas los prebendados que se ausenten, no siendo por bien y utilidad de la Iglesia. Así se contestó en 15 de Noviembre; pero se le concedió la licencia que pretendía por el tiempo necesario, declarando no haber lugar que fuese con el goce de la renta de canónigo como si estuviese presente.
En 27 de Noviembre intentaron los curas de la Catedral no hacer el asperges en persona, según costumbre inmemorial; dada la queja al Arzobispo, les mandó lo ejecutasen como lo habían hecho sus antecesores.
En 11 y 14 de Enero se nombraron por jueces adjuntos el Tesorero y el canónigo Garavito, por enfermeros el Doctoral y el canónigo Foronda, y por jueces de diezmos el Penitenciario y el canónigo Cisneros.
En 25 de Enero se mandó que los sacristanes cuiden mucho de las puertas de la iglesia sin fiarlas a negros, y que los escaparates de la sacristía tengan tres llaves, una que guarde el Tesorero y dos los sacristanes mayores.
En 21 de Junio se acordó que cuando concurran en un mismo día diversas memorias se turnen en ellas los racioneros y medios racioneros, avisándoles antes el apuntador.
En 16 de Julio murió el canónigo D. Francisco Garavito de León y Mejía.
En 22 de Julio juntos en Cabildo el Chantre y demás capitulares, habiéndose escusado de asistir el Deán, fue el Magistral [por todos los votos] nombrado juez adjunto por muerte de Garavito. En el mismo día aceptó el Magistral.
En 31 de Agosto se recibieron D. Pedro de la Peña de Arcediano y D. Diego Andrade de Tesorero, en virtud de reales despachos. Les dio la colación el Arzobispo en su salón de su palacio, y la posesión en el coro al Chantre y Tesorero el Arcediano.
—243→En 2 de Setiembre juntos en Cabildo el Deán, Arcediano, Chantre, Maestre-escuela y Tesorero y canónigo D. Vicente Foronda, manifestó el Deán dos cartas del Rey recibidas en el último aviso, y abiertas se hallaron tres cédulas una de 29 de Mayo de 1717 en que participaba por modo de carta el buen estado de la causa de canonización del señor Mogrovejo; otra de 8 de Febrero de 1707 para que los virreyes, audiencias, arzobispos y demás ministros de Indias observasen lo dispuesto por la ley 6, libro 2, título 16 de la Recopilación, que las representaciones se hagan en diversas cartas con un sólo punto en cada una; y en la tercera de 16 de Noviembre de 1717 para que dichos ministros observen lo resuelto sobre la forma de despachar los negocios de Indias, limitándoles la cámara lo que han de observar.
En 9 de Setiembre se resolvió mostrar al Virrey y Arzobispo la primera cédula sobre la canonización del Beato Toribio; que cuanto antes se nombrase un prebendado que fuese a Roma con poderes del Cabildo para agitar y expedir dicha canonización; que en esta ciudad nombrasen al Maestre-escuela y canónigo Doctoral por comisarios para la expresada canonización. Se trató también del poder para la defensa del derecho de adjuntos para que en ambas curias se presentase a nombre de este Cabildo, diciéndole al Deán que como tal comenzase a firmar el poder; respondió que lo tuviesen por escusado, por no haber asistido y concurrido al principio y progreso de este negocio.
En 13 de Setiembre se acordó se remitiese a España al dinero que hubiese para gastos de la canonización, y si los cajones de libros de la vida del Santo se habían distribuido pora este efecto; y que sobre todo lo dicho y en orden al poder que se pretende enviar en esta ocasión para el negocio de adjuntos, pase primero el Arcediano a darle parte al Arzobispo.
En 16 de Setiembre juntos en Cabildo el Arcediano, Chantre y Tesorero y los canónigos Doctoral y Foronda, se trató que ya era preciso escribir al Rey y a los agentes de Roma y España en punto a la canonización del Beato Toribio, a D. José de Arce, a D. Pedro Barberi, y a D. Pedro Foronda y que al señor cardenal Aquaviva se le dirija un prebendado; y propuso el Arcediano que sería muy conveniente —244→ remitirles algún obsequio, especialmente al cardenal en alhaja que valiese mil pesos. Fueron, pues, de parecer que se gratificará a Arce con quinientos otros quinientos pesos, en plata, y al señor cardenal con un banegal y salvillas de oro que costó mil ochos pesos. Así mismo se acordó que el poder para el pleito de los adjuntos se dé al Arcediano y Doctoral, con facultad de sustituirlos, y que los sustitutos los puedan volver a sustituir en las personas que les pareciere y puedan comparecer en ambas cortes, y que en solo este punto se limite el poder general que se le dio a D. Pedro Foronda para los negocios de la Iglesia, remitiéndose para dicho pleito dos mil pesos, sacados de las hijuelas de los dignidades, canónigos, racioneros y medios, y se dispuso que una y otra plata remitidas en esa ocasión fuese dirigida al padre procurador del colegio imperial de Madrid de la Compañía de Jesús, y que N. Castañeda la pusiese en sus destinos. Por este mismo tiempo se hizo inventario de las alhajas de oro y plata que había en la Iglesia en custodias, cálices, incensarios, vinagreras, coronas, lámparas, blandones, hachones, fuentes, aguamaniles, tablas, atriles, andas, etc., y se hallaron en oro setecientos noventa y seis castellanos, y en plata dos mil novecientos noventa y ocho mareos y diez onzas.
En 20 de Setiembre juntos en Cabildo dijo el Deán que siendo todos interesados en la canonización del Beato Toribio se les daba noticia de lo determinado en los Cabildos antecedentes, para que concurriesen al gasto que se hacía en lo que se remitiese a los agentes y al señor cardenal Aquaviva. Todos los capitulares, racioneros y medios lo aprobaron y consistieron en la prorrata que se les echase. Asimismo se mandó proveer auto para que se notifique al contador y mayordomo saquen del ramo que se acostumbra para pagarle y acudirle al agente de España D. Pedro Foronda su salario, a razón de trescientos pesos en cada año, entregando lo que importase a su apoderado el canónigo D. Vicente Foronda, y que la memoria de las alhajas de la sacristía que el Arcediano entregó al Tesorero dignidad de esta santa iglesia, se copie en el libro corriente de Cabildos para su constancia, haciéndose la misma diligencia cada año.
—245→En 19 de Octubre se recibió de medio racionero D. José del Corral Calvo Lavanda.
En 17 de Noviembre juntos en Cabildo el Deán, dignidades y canónigos, resolvieron se entregase las llaves de la iglesia a los sacristanes, conforme a lo dispuesto por la regla consueta.
En 10 de Enero juntos en la sala capitular el Deán Silva, Peña, Arcediano, Zamudio, Chantre, Andrade, Tesorero, canónigos el Magistral Villavicencio y Cisneros, el Doctoral Foronda y D. Felipe Manrique de Lara, se procedió a la elección de oficios por votos secretos, pasando el secretario a dar a cada capitular un papel, y cada uno empezando por el Deán se levantó y echó su voto en un bonete. Acabada la votación y hecha la regulación, por mayor número de sufragios fueron nombrados jueces de diezmos el Arcediano y el Doctoral y queriendo el Cabildo nombrar del mismo modo los jueces adjuntos, se excusó de votar el Deán. Le reconvino el Arcediano, en nombre de todos los demás, que estaba obligado a votar en punto de adjuntos por el juramento que hizo de defender los derechos del Cabildo; repuso el Deán que no habiendo asistido el Chantre ni el Teologal, aunque citados ante diem, se les volviese a citar, pues no precisaba tanto evacuar el negocio de adjuntos en aquel día, diciendo el Concilio que se haga: inito cujustilble anni. Habiendo replicado el Arcediano que si los ausentes no hicieron falta para la elección de jueces de diezmos, tampoco eran necesarios para la de adjuntos; que al presente estaba congregado el Cabildo casi pleno, y habiéndose hecho todos los años por tiempo inmemorial una y otra elección sin separarse, en un mismo día, aún faltando algunos, no debía hacerse entonces aquella novedad. Insistió el Deán que suplicaba al Cabildo lo hubiese por escusado por el mismo motivo que alegó para no votar en la elección de un adjunto en lugar del señor Garavito, y fue en el que cuando se hizo la consulta al Arzobispo sobre los derechos que el Cabildo alegó —246→ en ella tener para gozar del privilegio de adjuntos, no se le requirió, y se hizo y determinó dicha consulta no habiendo concurrido el Deán, por lo que el Cabildo le admitió la escusa sin perjuicio de la votación y juramento que tenía hechos. Y pasando a votar salieron y juramento que tenía hechos. Y pasando a votar salieron electos por adjuntos los canónigos Villavisencio y Cisneros, y por enfermeros los canónigos Foronda y Manrique. En este mismo Cabildo se mandó al Tesorero D. Domingo Argandoña que retuviese y sacase de la renta del difunto Maestre-escuela D. Francisco Alfonso Garcés dos mil pesos que se le dieron perteneciente a la memoria de las Llagas, con los réditos que le correspondían hasta el día de la muerte de dicho señor de quien fue fiador Argandoña, lo que se mandó a pedimento del superintendente de memorias racionero D. Fernando Román de Aulestia para que no cese la fiesta, y que el dinero se imponga en parte segura; y así mismo se le ordenó a dicho Argandoña que acudiese a la Iglesia con el rédito mil pesos de la memoria de San Juan Bautista. Se le aumentaron veinticinco pesos a la renta del maestro de ceremonias, que se quejó de la cortedad de la que tenía.
En 9 de Junio se confirió sobre haberse escusado el Cabildo secular de llevar las varas del palio en la procesión del Corpus, que fue el día antes, por decir tenía privilegio para hacerlo. Después de varios pareceres se resolvió consultar al gobierno, no obstante la satisfacción que dio la ciudad de que el Cabildo exhiba el privilegio que dice tener, y que con su vista pida la Iglesia lo que le convenga.
En 18 de Setiembre se recibieron tres reales cédulas, una sobre la forma de despachar los negocios de Indias, otra para que los expulsos de las religiones no obtengan beneficios eclesiásticos, y la tercera sobre la forma de hacer las representaciones en Italia.
En 16 de Enero juntos en Cabildo el Deán y capitulares eligieron como jueces de diezmos por votación secreta al Arcediano —247→ y canónigo Foronda, salieron por adjuntos el Chantre y el Magistral, y por enfermeros el Arcediano y canónigo Villavicencio. En este día se nombró al Doctoral D. Bartolomé Lobatón para que fuese a Chancay a cumplimentar al señor Virrey Morcillo, y se le dieron para el viaje seiscientos pesos; se encomendó el sermón de gracias al canónigo D. Vicente Foronda; que el Deán, Tesorero y los canónigos Magistral y Villavicencio pasaran al Callao al mismo efecto de cumplimentar a su Excelencia en su entrada pública, con ciento veinticinco pesos de ayuda de costa; que se prevengan los ministros de la Iglesia para dicha entrada pública, como ha sido costumbre otras veces, y se den cien pesos para los dulces y helados de los toros del Embajador.
En 12 de Marzo se acordó que, de parte del Cabildo, se le diesen las gracias al canónigo D. Vicente Foronda por lo bien que desempeñó en 3 de Febrero el sermón de gracias que dijo en esta Catedral por la llegada del señor Virrey Morcillo, por sus aciertos de elocuencia, agudeza de ingenio, circunstancias del asunto ceñido a la real cédula tan honorífica, a la oportunidad del tiempo atendida la utilidad del reino, probado todo con lugares propios y oportunos de la Escritura, pasajes de Padres y adornos de la más selecta erudición: sermón a que asistió su Excelencia y lo aplaudió con toda la ciudad, por lo que todos los señores le dieron los parabienes mandándose expresar así en el libro de Cabildo.
En 10 de Mayo se acordó que para los días de toros del Virrey, que estaban próximos a jugarse, se diesen en cada tarde cincuenta pesos para y helados.
En 13 de Agosto juntos en Cabildo el Deán y cabildantes se trató de la pretensión de los indios de pagar sólo la veintena, sobre que se acordó ocurrir para que no se innove la costumbre del diezmo.
En 10 de Setiembre D. Miguel de la Fuente, cura de Checras, capellán del Virrey, pidió los poderes del Cabildo para agitar la causa de la canonización del Beato Toribio. Accedieron el Arzobispo y Cabildo, con tal que dichos poderes para ambas curias motivasen la licencia que debía preceder para el viaje de dicho cura a España.
—248→En 27 de Octubre se recibió D. Domingo Vásquez de Acuña en la canonjía que obtuvo D. Francisco Garavito.
En 29 de Octubre propuso el Deán que en el último aviso envió su Majestad una real cédula que cerrada y sellada, entregó el Arzobispo a D. Juan Manuel del Molino que la pasase al Cabildo y se la dio en mano propia al Tesorero Andrade, y éste al Deán, quien mandó al secretario la abriese, lo cual hecho se leyó la siguiente real cédula: «El Rey. Venerable Deán y Cabildo de la Iglesia Metropolitana de la ciudad de los Reyes, en las provincias del Perú. - Con vista de las representaciones que, por parte del muy Reverendo Arzobispo y por la vuestra, se hicieron sobre las cuestiones que se ofrecieron en cuanto si en la ausencia o enfermedad del Prelado debe hacer los oficios el canónigo semanero o el Deán, y si puede proceder el Prelado en las causas criminales que se ofrecen sin acompañarse con los adjuntos, como está determinado por la sagrada congregación de cardenales, he resuelto por lo que mira al primer punto que se remita copia auténtica del capítulo de la Erección de esa Iglesia, sin que en el ínterin se deje de guardar la costumbre; y por lo que toca al segundo que debe el Prelado acompañarse con los adjuntos que nombréis en las causas criminales que se ofreciesen, según se le previene. Y así lo tendréis entendido. De Madrid, a 12 de Diciembre de 1719.-Yo el Rey.-Por mandato del Rey Nuestro Señor.-Don Faustino de Arana.»-Y para que en todo tiempo conste, todos los señores del Cabildo, unánimes y conformes, acordaron y mandaron que de dicha real cédula el escribano público, ante quien se otorgan los instrumentos de Cabildo que al presente es D. Gregorio Vitazu, dé fe de ella y la saque a la letra, cuyo tanto autorizado lo guarde en su archivo, para que de allí se saque para otros oficios cada y cuando pareciere convenir para su observancia, y esta vigilancia se le encomendó al Doctoral para que la haga protocolizar.
En 14 de Enero fueron nombrados jueces de diezmos, el Arcediano Peña y el canónigo Foronda; por adjuntos el —249→ Deán Silva y el Tesorero Andrade; y por enfermeros los canónigos Villavicencio y el Doctoral. Se recibieron y leyeron dos reales cédula; una fecha en Madrid a 8 de Febrero de 1720, para que se diera noticia de las prebendas vacantes y eclesiásticos beneméritos; y otra de Madrid a 17 de marzo de 1720, para que los provistos asegurasen la mesada eclesiástica, y que el secretario diese parte al Arzobispo de dicha elección y cédulas.
En 18 de Enero se acordó en Cabildo pleno que el canónigo Magistral D. Juan Cabero de Toledo, presentado al Obispo de Misque, perciba los frutos de su canonjía, asistiendo al coro hasta el día que recibiese las bulas de su Santidad; pero no los percibirá si saliese de la ciudad para su obispado, lo que será sin perjuicio del Cabildo y sin que sirva de ejemplar en adelante, por haber sido gracia especial que se le concedió por todo el Cabildo que asistió.
En 3 de Febrero se recibieron D. Diego de Andrade de Maestre-escuela, D. Andrés de Paredes de canónigo, y D. Roque de Almanza de racionero.
En 7 de Febrero se recibió de medio racionero D. José Guijón.
En 7 de Mayo juntos en Cabildo el Deán Silva, Peña, Arcediano, canónigos Doctoral, Manrique, Acuña y Paredes, no habiendo asistido los demás aunque citados ante diem, para tratar lo que debía observarse en el recibimiento del Prelado cuando asistiese en la Iglesia por haberse mudado de su palacio a una casa de esta ciudad. Los seis capitulares bastaban, según la consueta, para la determinación de los negocios ocurrentes. Con todo, la mayor parte acordó se citasen de nuevo para este asunto, a las dignidades y canónigos para resolverlo, y se mandó que el secretario hiciese la nueva citación con apercibimiento para el martes 13 del corriente. En orden a otros puntos que ocurrían se acordó que el Doctoral escribiese al apoderado de España sobre la canonización del Beato Toribio; sobre los cuarenta mil pesos que el Virrey-Obispo de Quito aplicó a la fábrica interior de esta Iglesia; de la tercia vacante del arzobispado; sobre que se entregase la tercera parte de las vacantes, como está mandado por real cédula; y que se den las gracias al Consejo y a su secretario por el negocio de los adjuntos.
—250→En martes 13 de Mayo sólo asistieron a Cabildo el Deán Silva, el Arcediano Peña, el Chantre Zamudio, el Maestre-escuela Andrade, y los canónigos Doctoral y Foronda, por lo que se dilató la resolución para el día que el Deán señalase.
En 27 de Mayo, Silva, Peña, Zamudio, Andrade, dignidades; canónigo Doctoral Manrique, Foronda, Acuña y Paredes, se excusó por enfermedad Villavicencio, mandando decir con el pertiguero Francisco Jiménez que se conformaba con lo que dispusiese el mayor número, y se acordó que estando el Cabildo en posesión inmemorial y tranquila de no acompañar a los Arzobispos, que han vivido distantes de su palacio propio inmediato a la Iglesia, el cual está reparado y habitado, y por el perjuicio del culto divino respecto a que saliendo a traer al arzobispo en traje canonical y procesionalmente quedaría desierta la iglesia, lo que causaría grande turbación en los fieles, principalmente en los días que se expone el Sacramento desde tercia; lo que también sería impracticable en las fiestas de tabla en que, por real cédula, asisten Virrey y tribunales; pues habiendo de quedar los cuatro que los reciban sacristanes, ministros y los celebrantes, viviendo el Arzobispo en distancia no caben estas funciones en el espacio de un cuarto de hora, no debiendo el Virrey aguardar al Arzobispo o al contrario, se resolvió que no se hiciese novedad alguna en la posesión inmemorial adquirida por actos positivos, sin la menor interrupción de no acompañar a los Arzobispos de otra casa que no sea su palacio arzobispal contiguo a la iglesia, como se hizo con los señores Villagomez y Liñán que estuvieron a la misma distancia que a la sazón se hallaba el señor Zuloaga. Se acordó se le representase por escrito en forma de consulta exponiéndole el derecho del Cabildo para no practicar el acompañamiento que se le pedía, y que sólo podría y debería practicarse asignando su Ilustrísima una sala o cámara en su palacio arzobispal contiguo a la iglesia, como se observó hasta allí sin disputa.
En 9 de Diciembre se recibió de dignidad de Tesorero D. Pedro Villavicencio y D. Fernando Román de canónigo.
En 12 de Diciembre propuso el Deán que aunque se habían citado todos los capitulares ante diem para resolver el —251→ punto del acompañamiento del Prelado desde su palacio a la iglesia, no habiendo asistido los señores Chantre, canónigo Doctoral, D. Vicente Foronda y D. Domingo Vásquez de Acuña, fueron todos de parecer que para la última resolución del asunto pendiente era necesaria nueva citación de todos los dignidades y canónigos, y que ésta fuese para el primer día después del novenario de Concepción, miércoles 17 del corriente, con apercibimiento de que hecha esta citación, no asistiendo a Cabildo a la hora acostumbrada, concurriendo suficiente número de votantes quedara resuelta la materia sin necesidad de otra citación, y se le mandó al secretario que así lo hiciese.
En 17 de Diciembre estando en Cabildo el Deán, Arcediano, Maestre-escuela, Tesorero, canónigos Doctoral Manrique, Foronda, Paredes y Román, no asistiendo los demás por sus precisas ocupaciones, aunque citados ante diem, con todo juzgó el Cabildo precisa la asistencia de los demás capitulares, y quedó suspensa la resolución expresada dejándola para otro día.
En 24 de Diciembre juntos el Deán, Arcediano, Maestre escuela y Tesorero con los canónigos Doctoral, Acuña, Paredes y Román, pareció en dicho día, que fue miércoles, el notario Hipólito Morán, a notificar el auto siguiente:-«En la ciudad de los Reyes, en 11 de Diciembre de 1721 el señor doctor D. Antonio de Zuloaga, Arzobispo de Lima, del Consejo de su Majestad, dijo que por cuanto debe el Venerable Deán y Cabildo de esta santa Iglesia acompañar a su Señoría Ilustrísima, en hábito canonical, sacándolo de su palacio y llevándole procesionalmente a la iglesia los días que celebre de pontifical y los de mayor solemnidad, y parece que, con ocasión de haberse mudado su Señoría Ilustrísima a otra casa de la en que antecedentemente vivía, se ofrece duda sobre si dicho Venerable Deán y Cabildo deba o no acompañarlo, y por lo que el ánimo de su Señoría Ilustrísima no es vulnerar los privilegios de su Cabildo ni perjudicar los que tocan a su dignidad, ni las prerrogativas que por ella le competen, ni perder la posesión que se halla, en cuya atención y porque, en los días de la mayor solemnidad de la Iglesia y en los que se celebra de pontifical, se hagan las funciones con la mayor ostentación y pompa que se requiere, —252→ por tanto mandó su Señoría Ilustrísima se haga saber a los señores Deán y Cabildo que, en los días que celebrase de pontifical y en los de la mayor solemnidad, según lo prevenido en el ceremonial romana, vengan en hábito canonical a su palacio para acompañarlo procesionalmente, y lo cual sea y se entienda sin perjuicio de los derechos y exenciones que competen y pueden competir a dichos señores para no acompañarle dichos días desde la casa en que vive, u con la calidad de por ahora y en el ínterin, y con vista de lo que se dedujese por parte de la dignidad y de dichos señores, resuelva su Majestad lo que fuere conveniente. Y en cuanto a volver de la Iglesia a su palacio, por ahora suspende su Señoría Ilustrísima el que dichos señores le acompañen; pero esto se entienda sin perjuicio de los derechos que tocan a su dignidad y posesión en que se halla, pues esta providencia es interina hasta que su Majestad y su Supremo Consejo resuelvan lo que se debe ejecutar en uno y otro caso, sin que por esta suspensión pueda para lo fututo alejarse por el Cabildo que se halla en posesión de no acompañarlo a la vuelta a su palacio, porque debajo de la potestad expresada y las demás que conduzcan a conservar ilesos los derechos de la dignidad se da esta providencia. Y este auto se hará valer a dichos señores para que, en el día 27 de este mes, día en que se celebra la festividad de San Evangelista que es de las más solemnes, por ser patrón de ella, concurran a la hora acostumbrada o a las nueve del día con hábito canonical a acompañar a su Ilustrísima a la Iglesia. Y se les dará un tanto de este auto a dichos señores, quedando el original en poder del notario mayor.»
En la ciudad de los Reyes, en 24 de Diciembre, en conformidad de lo determinado por su Ilustrísima el Arzobispo mi señor, pasé a la sala capitular donde hacen los señores sus Cabildos. Es copia del auto original que expidió el Arzobispo mi señor.-El cual dicho auto visto y conferido por dichos señores presentes dijeron que sin atribuir al dicho señor Arzobispo más jurisdicción que la que por derecho le toca en este caso y esa no prorrogable, y juntamente cumpliendo con lo que tienen ofrecido a su Majestad por carta informativa sobre este punto, su fecha en 2 de Junio de 1721, conviene a saber que en la presente diferencia cederían a lo —253→ que ordenase su Ilustrísima, en caso que no pudiese componer la defensa de esta causa con el respeto que se le debe a su persona y dignidad, el cual parece haber llegado a vista del auto de providencia referido; y a fin de obviar cualquier escándalo que de lo contrario podría resultar, que por ahora y en el ínterim que su Magestad determine sobre el referido punto con vista de las consultas e informes representados a su Iltma. de lo que se ha de enviar copia en la primera ocasión de aviso; pro bono pacis y por consultar la mejor puntualidad y fervor en la asistencia a la celebridad y devoción del culto de Dios en los divinos oficios que tanto se debe celar, y debiendo atender a la conservación de la unión y paz a que se opone la presente diferencia, y que de no condescender no padezca este cabildo el grandísimo desconsuelo de carecer de la compañía de su Prelado, como ha carecido hasta aquí desde que se mudó de su palacio, la soledad de ella como si estuviese [...], y la congoja de los fieles privados de las bendiciones de su Pastor en las más solemnes festividades, conviene este Cabildo en ir capitularmente en hábito canonical a acompañar a su Ilustrísima desde su nueva habitación hasta la Iglesia, en los días más solemnes que previene el ceremonial de obispos, con las mismas calidades que contiene el auto inserto que se acepta en lo favorable, sin que por el acto que se hiciese de acompañamiento sea visto renuncia la posesión vel quasi en que se halla, ni que parezca consentir por ellos en posesión contraria; entendiéndose hacer por parte del Cabildo la reserva de la que tiene, con la misma fuerza y expresión que en dicho auto hace su Ilustrísima por la que le toca y pertenece a su dignidad cuando residía en el palacio contiguo a la iglesia; que con esta expresión se debe entender lo que refiere dicho auto, pues en el estado presente no tiene ninguna ni por actos propios ni de sus antecesores, como es notorio; y reservó el Cabildo la facultad, de poder hacer las diligencias que conducen a su defensa en esta ciudad y en la corte de Madrid, por medio de sus postdatarios, cuyo nombramiento y asignación dejó para otro día.
—254→
En 9 de Enero juntos y congregados los cabildantes en la sala capitular, nombraron por adjuntos a los canónigos Doctoral y Acuña; por enfermeros a Paredes y Román: la elección de jueces de diezmos quedó para otro día. En este Cabildo expuso el Deán que en el que se celebró en 24 de Diciembre de 1721 se reservó la facultad de hacer las diligencias conducentes, en esta ciudad y en la corte, por sus postdatarios sobre el asunto del acompañamiento que pretende el Prelado; y que convendría que en este se diesen los poderes y comisión a los sujetos que habían de intervenir en la defensa del Cabildo; y todos, unánimes y conformes, convinieron en que dichos poderes y comisión se diesen al Arcediano D. Pedro de la Peña. Al canónigo Teologal D. Bartolomé Lobatón y al canónigo D. Andrés de Paredes para defender al Cabildo su posesión de no acompañar al Arzobispo cuando, habiendo desamparado su palacio, se muda en otra parte distante de su iglesia, y los tres señores nominados aceptaron el nombramiento, comisión y poderes para usar de ellos por sí o por sus sustitutos, en la parte o partes que convenga.
En 10 de Enero juntos en Cabildo Peña, Andrade y Villavicencio, canónigos el Doctoral Manrique, Foronda, Acuña, Paredes y Román, [a que no asistió Zamudio, el Chantre, por enfermo] pareció D. Ambrosio de Medina, notorio público eclesiástico, quien pedida y dada venia para entrar en la sala capitular, leyó un despacho que dijo traía del Arzobispo, a que respondió el Deán; concluida la firmaron los capitulares y dio fe de ello dicho notario, y para su constancia se mandó por el Cabildo se copiasen en el libro corriente por el secretario. Decía así: «En la ciudad de los Reyes, a 10 días del mes de Enero de 1722 años, yo el presente notario público hice saber y cité el auto para lo en él contenido a los señores Venerable Deán y Cabildo de esta Iglesia Metropolitana, estando juntos en la sala capitular, quienes habiéndolo —255→ oído y entendido dijeron, hablando a nombre de todos el Deán, que declarando su Ilustrísima ante todas cosas no proceder a estas diligencias jurisdiccionalmente por ser de derecho, sino por vía de providencia, en consecuencia de lo contenido en el auto de 11 de Diciembre del año pasado de 1721, y sin perjuicio de la posesión en que se halla y las demás protestas hechas en el Cabildo que se celebró en 21 de Diciembre de dicho año, hablando con el debido respeto contradicen la mensura de pasos desde la puerta que llaman de Santa Apolonia, por deberse hacer desde la principal que llama primaria el ceremonial de obispos, por donde ha entrado su Ilustrísima las veces que ha celebrado de pontifical; y que en cuanto a los demás no puede el Cabildo calificarlo por excusarse de declarar los testigos que lo debieron hacer; y dicha diligencia la ejecuté, habiendo pedido primero licencia a los señores Venerable Deán y Cabildo, quienes me la dieron, y así se hizo de que doy fe, y dichos señores la firmaron.» En suma, habiendo mandado el Arzobispo mensurar los pasos que había desde la puerta de Santa Apolonia hasta la casa en que se había mudado, contradijo el Cabildo dicha mensura que, en caso de hacerse, debía ser desde la puerta principal que llama primaria el ceremonial de obispos.
En 12 de Enero, viernes por la mañana, estando en Cabildo, dijo el Deán que se trataba de elegir jueces de diezmos, a que no se procedió en el Cabildo pasado por ser ya la una del día, y habiéndose conferido la materia quedaron nombrados D. Vicente de Foronda y D. Andrés de Paredes, canónigos.
En 22 de Enero murió en Lima el señor D. Antonio Zuloaga, nono Arzobispo de los Reyes. Se componía el Cabildo Eclesiástico de los siguientes: Deán, D. Manuel Antonio Gómez de Silva, Arcediano D. Pedro de la Peña, Chantre D. Bernardo Zamudio, Maestre-escuela D. Diego de Andrade, Tesorero D. Pedro Villavicencio, canónigos D. Francisco García de Loayza, Teologal D. Bartolomé Lobatón, Doctoral D. Felipe Manrique, D. Vicente de Foronda, D. Diego Vásquez de Acuña, D. Andrés de Paredes y Armendáris, D. Fernando Román de Aclestia, y con la Penitenciaria y Magistral vacantes, son las nueve canonjías.
—256→No se sabe puntualmente el día del fallecimiento de los canónigos D. Martín de los Reyes y S. Pedro González Cisneros; racioneros D. Santiago Alcedo, D. José Fausto Gallegos, D. Ignacio Blasco, D. Martín Sancho Dávila y D. Roque Almanza; medios racioneros D. José Meléndez, D. Andrés de Angulo, D. Fernando Cavero, D. José Corral Calvo Lavanda, D. José Gijón, y notario Manuel del Molino. Tal fue el personal del Cabildo en la sede vacante del señor Zuloaga.
En 22 de Enero certificación de fe de muerte del Arzobispo dada de orden del Cabildo por el secretario Juan Manuel Pérez del Molino. En dicho día juntos en la sala capitular dijo el Deán que, aunque extrajudicialmente se sabía haber muerto el Arzobispo, pero que el Cabildo como tal no lo sabía, por lo que fue necesario lo certificase el secretario, como en efecto lo certificó; y vista la certificación por los señores, incontinenti mandaron se declarase la sede vacante y se hiciese la señal de ella con la campana grande, lo que se ejecutó según costumbre en otras ocasiones, hecho lo cual los señores aceptaron la jurisdicción ordinario que recayó en el Cabildo, según la tuvo dicho señor Arzobispo, y juraron los señores usar bien y fielmente de ella. En este Cabildo se dio facultad al canónigo Doctoral y a Foronda para que fuese a elegir la prelada del Monasterio de la Trinidad; y el canónigo D. Andrés de Paredes fue comisionado para las diligencias del entierro del Prelado de parte del Cabildo.
En 28 de Enero, juntos en Cabildo para nombrar Provisor y Vicario general en sede vacante, fue electo el Arcediano D. Pedro de la Peña con las limitaciones y reservas expresadas en la acta, y son la primera que quedaba reservado al Cabildo el gobierno del Monasterio de monjas en todo lo perteneciente a lo temporal y espiritual, judicial y extrajudicial, para que dispusiese el Cabildo lo que hallase por conveniente; la segunda quedó también reservada la judicatura de legados y obras pías; lo tocante al Seminario y todo lo gubernativo que tenía reservado en sí el Arzobispo independiente de su Provisor, todo lo que aceptó y juró. También se nombró por defensor general de legados, cofradías y obras pías de este arzobispo al licenciado D. Fernando —257→ Modesto de Villavicencio, mandando se le despachase título en forma. En este mismo Cabildo se sometió al Deán el despacho general de las censuras con toda la facultad necesaria por el tiempo de la vacante.
En 4 de Febrero se recibió de racionero D. Andrés Núñez de Rojas.
En 6 de Febrero el Cabildo nombró por Vicario de monjas a D. Andrés de Paredes y Armendáris, canónigo, con las limitaciones de quedar reservado en el Cabildo lo perteneciente a cajas de tres llaves y dar socorro de ellas a los prelados, no perdonando cosa alguna de las dotes que deben enterarse, lo que corresponde a todo Cabildo con vista de las representaciones: lo mismo en las imposiciones de censos; también se reservó el Cabildo las causas graves entre partes, después de sustanciadas por dicho vicario; ni podrá aplicar las celdas de las religiosas que vacaren, todo lo que aceptó y juró observar. En el mismo Cabildo se acordó que al Provisor y Vicario general se le haya por presente en el coro y demás funciones. El presbítero D. Mateo de Salazar, abogado de esta Real Audiencia, fue nombrado Fiscal del Arzobispado. La visita de capellanías se sometió al prebendado D. José Corral Calvo Lavanda. Al Provisor general se le encargaron las cuentas de la fábrica para que se las tome al Tesorero D. Domingo de Argandoña; y últimamente al canónigo D. Fernando Román de Aulestia se le encomendó todo lo tocante a la capilla de la Concepción, sus rentas y distribución.
En 10 de Febrero, se mandó que, para después de Cuasimodo, se pusiesen las convocatorias para las dos canonjías vacantes. Magistral y Teologal.
En 19 de Febrero se le dio facultad al Provisor general para que, por sí y a nombre del Cabildo, determinase sobre no haberse hecho en la ciudad de Guayaquil el debido aprecio de unos despachos del difunto Arzobispo, cuya causa estaba pendiente y era en materia grave. Se nombró al Tesorero D. Pedro de Villavicencio por protector del Seminario, con facultad de gobernarlo y nombrar los colegiales de número, precediendo las diligencias dispuestas por el Concilio y las contribuciones, participándolo al Cabildo.
—258→En 17 de Abril se recibió y leyó una carta del Deán de Huamanga en que da razón de la votación en sede vacante, con fecha 8 de Abril, y visto el recurso se haya por presentado a dicho Deán en el grado que intenta, y que se diese vista al Fiscal promotor de la carta y documentos adjuntos.
En 21 de Abril se recibió de canónigo Penitenciario de esta santa Iglesia D. Juan de Sarricolea, cura de la Catedral.
En 30 de Abril se recibió de medio racionero D. Diego Román de Aulestia.
En 19 de Mayo juntos el Deán y Cabildo sede vacante, mandaron se despacharan edictos de convocatoria, con término de dos meses, a la canonjía Teologal vacante por muerte de D. Francisco García de Loayza. Sobre el escrito presentado a nombre del Deán de Huamanga, de que se trató el 17 de Abril próximo pasado, por vía de recurso o apelación para que se diese providencia a lo que representaba, se declaró que no lo excluyan de los demás señores de aquel Cabildo, dejando de hablar de él en los despachos que expendían y la forma que se debe - el Deán y Cabildo y no el Cabildo, como lo practicaban, y que se guardase la preeminencia que le correspondía en cuanto a presidir en el Cabildo. En el mismo Cabildo habiéndose presentado el Dr. D. Agustín de Marcotegui, catedrático de lengua en esta Universidad de San Marcos, expresado que ningún pretendiente de órdenes a título de lengua, ni los opositores a curatos, sin embargo de estar todos los días en la escuela para leer y explicar dicha lengua, concurren a ella; y para que cesase este abuso se expidiese edicto general declarando no serán admitidos a dicha pretensión y oposición sin el título de lengua y certificación del mencionado catedrático. Así se mandó, y para que conste se haga público en la puerta de las iglesias.
En 19 de Mayo en la sala capitular el Deán y Cabildo en sede vacante, dijo el provisor de monjas D. Andrés de Paredes, canónigo, que se estrenaba la iglesia nueva del Monasterio de las Trinitarias descalzas dos días antes del de la Santísima Trinidad, colocando allí al Santísimo Sacramento que llevaría en procesión el señor Virrey Arzobispo de Charcas, —259→ porque habiéndolo oído y entendido, de común acuerdo resolvieron asistir a la función. Se determinó que el Doctoral formase memorial para su Excelencia, pidiendo mandase que los oficiales reales declarasen que han importado los novenos de Su Majestad en dos quinquenios, como se mandó por el Rey al contador, para que así conste el estado en que actualmente se halla la renta decimal de esta santa Iglesia. Fue nombrado el canónigo D. Fernando Román por depositario de las limosnas que se recogiese para la canonización del Beato Toribio Alfonso Mogrovejo. Habiendo intentado D. José Francisco de Rúa, cura del Obispado de Huamanga, inhibirse de la jurisdicción de aquel Deán y Cabildo, se remitió el expediente por asesoría al Doctor D. Tomás de Salazar, catedrático de prima, para que diese su parecer.
En 8 de Agosto se vio un escrito presentado por la madre Ana María de Jesús, superiora del Beaterio de Mercedarias, por el que pide licencia para la fundación del Monasterio con clausura, en virtud de real cédula y breve del Papa, que para ello exhibió, y la licencia del real acuerdo, y respecto de tener congrua que actualmente tenían las hermanas de aquel Beaterio, convendría que se calificase en este Cabildo para que, visto y reconocido, se provea sobre lo principal de la fundación que se solicita por la madre Ana María de Jesús Zabaleta.
En 14 de Agosto se prohibieron unos bailes escandalosos nombrados el penalivio y el sereno, peligrosos tanto por los movimientos cuanto por las coplas que se acompañan, y para evitar este mal se acordó despachar edicto general con censuras y otras penas que convengan. Vista la causa apelada por el Deán de Huamanga, sobre la votación de Provisor con el Arcediano de aquella iglesia que salió electo y se declaró por válida y firma, sin embargo de la nulidad alegada por el Deán que se determinó no haber lugar, y a mayor abundamiento por la jurisdicción devuelta, le nombraron de nuevo, siendo de dictamen contrario el canónigo D. Fernando Román de Aulestia.
En 12 de Agosto los Diputados de la esclavitud de Santa Rosa, fundada en el Convento grande de Santo Domingo, pidieron licencia para sacar en procesión las reliquias de la —260→ Santa, colocadas en una costosa urna, por las cuatro cuadras en contorno el último día de su octava, para que nos obtenga la cesación de la peste que entonces afligía a casi todo el reino. Todo el Cabildo convino en que saliese la procesión con asistencia del venerable Deán y Cabildo, con la cruz de la Catedral, haciendo de preste un prebendado, con la advertencia de que saliendo dicha procesión del convento pase por las puertas de esta santa Iglesia como matriz, que se convide al clero secular y regular para que asistan, saliendo el Cabildo procesionalmente con los curas y clerecía desde la Catedral hasta Santo Domingo, de ida y vuelta.
En 9 de Octubre juntos en Cabildo el Deán y capitulares, se propuso que el licenciado D. Juan de Moreda, que obtenía la capellanía destinada a enseñar y explicar la Doctrina cristiana en lengua quichua a los indios en la puerta del Perdón de esta Catedral, ha mucho tiempo que no lo ejecuta; y para averiguar el motivo y dar providencia, se comisionó al Penitenciario. También se dio comisión a D. Andrés de Paredes, canónigo, para que entendiese de la causa de expolios del difunto Prelado. A nombre de doña Teresa Bravo de Castilla Loayza de Mogrovejo, se presentó un escrito en que expresa que respecto a que la Santidad de Paulo V concedió tres becas a las parientes del Beato Toribio Alfonso Mogrovejo, Arzobispo de Lima y fundador del monasterio de Santa Clara, donde está concedida dicha gracia, siendo la señora doña Mariana biznieta legítima de doña Mariana de Quiñones y Mogrovejo a quien se otorgó el indulto pontificio, pidió se le aplicase la tercera beca, a fin de que su hija doña Teresa entrase de religiosa en el referido monasterio. Visto el escrito y papeles que lo calificaban, se mandó corriese dicha gracia remitiéndose el expediente al canónigo D. Andrés de Paredes, encargado del gobierno de los monasterios, para que se practicasen las diligencias necesarias al efecto.
En 20 de Noviembre el Arcediano de Huamanga D. Ignacio de Romaní se presentó en grado de apelación por vía de despojo de la jurisdicción ordinaria que decía le competía, a que se dio determinación proveyendo auto en el mismo escrito.
—261→En 24 de Noviembre juntos en la sala capitular el Deán y canónigos se exhibió una carta del Deán y Cabildo de Huamanga en que se refiere remiten con su poder a D. Juan José Valverde, cura de Tualla, para que en su nombre pida lo que convenga en la causa pendiente por parte del Arcediano D. Ignacio Romaní sobre el despojo que dice le ha hecho el Cabildo de su empleo y jurisdicción; y al mismo tiempo entregó el Deán Silva una petición presentada con cargo por el propio postdatario. Antes de leerse la petición se dudó si debía leerse o no, sin haberse ejecutado lo determinado por este Cabildo en 21 del corriente en que, habiendo por presentado al dicho Arcediano en grado de apelación, se le mandó despacho provisional, compulsatorio y claratorio para que se trajesen los autos de la materia, con calidad de que hasta ser vistas y oídas las partes en este Tribunal se le amparaba en la posesión que dice tiene de usar de las facultades que refiere. Se redujo a votos si se leería el escrito o se llevaría a efecto lo determinado, y por el mayor número de sufragios quedó acordado que antes de leerse el escrito corra la mencionada compulsa con la calidad que contiene.
En 4 de Enero juntos el Deán y Cabildo sede vacante dijo el Deán que sabía que el señor fray D. José de Palos, Obispo electo de Paraguay, tenía dispuesto que el Arzobispo Virrey lo consagrase el domingo inmediato, lo que no debía permitirse, porque no estaba cumplido el año de la viudez de esta santa Iglesia por la muerte de su Prelado, y que se omitiese la función hasta que se cumpliese el año, y que si la consagración se hiciese en San Francisco no podría asistir el Cabildo; mas si se hacía en la Catedral concurriría gustoso; todos se conformaron en ambos puntos. Se recibieron por el Aviso dos pliegos rotulados al difunto Arzobispo por el Rey; se determinó que se abriesen, reconociendo sólo los epígrafes del índice que decían: Despacho del 18 de Diciembre de 1721 con noticia de haberse ajustado los casamientos —262→ del Príncipe de Asturias y de la Infanta de España. Otro de 8 de Febrero de 1722 en dependencias del Inquisidor D. Gaspar de Ibañez. Otro de 6 de Mayo de dicho año sobre algunas dependencias con el Cabildo. Visto lo cual, sin haber pasado a leer los contactos, se entregaron al Deán para que los pusiese en manos del Prelado sucesor.
En 18 de Enero fueron electos jueces de diezmos, por votos secretos, los canónigos Foronda y Román, adjuntos el Doctoral y Román, y enfermeros el tesorero y canónigo Paredes.
En 29 de Enero se votó la canonjía Teologal y sacó el primer lugar el medio racionero D. Fernando Cavero, el segundo D. Manuel Clergue y el tercero D. Francisco Izquierdo.
En 22 de Febrero juntos en Cabildo sede vacante para seguir la votación de curatos vacos, hallándose presente el canónigo Doctoral D. Bartolomé Lobatón, citado para dicho Cabildo, dijo que en el antecedente representó los motivos que tenía para no votar, y en éste protestó la nulidad de lo actuado y que se actuase en adelante en la referida votación por justos motivos que expondría conviniese; y se salió antes de la votación.
En 11 de Marzo se acordó que los canónigos Doctoral y Paredes escribiesen al Consejo sobre las controversias que se ofrecieron con el Arzobispo difunto, en orden a que el Cabildo les acompañase de la casa en que se mudó a la iglesia, y que sacasen los testimonios convenientes a este fin, y que fecho se llevasen al Cabildo para su visita y reconocimiento. También se leyó un escrito presentado por el Doctoral para que el secretario le diese testimonio de cuanto pedía en el principal y otro sí.
En 4 de Marzo habiéndose conferido sobre el pedimento del Doctoral que se presentó y leyó en el Cabildo pasado, se resolvió que no se admitiese por venir en forma.
En 5 de Abril el Rector del Seminario dio razón por un escrito del estado deplorable del Seminario por falta de medios con que subsistir; y se mandó al Tesorero protector que —263→ hiciese prorrata de las cantidades que algunos prebendados ofrecían a dicho colegio.
En 15 de Mayo juntos en Cabildo en sede vacante el Deán y capitulares acordaron que no se admita en los Cabildos a ningún dignidad ni canónigo el voto por escrito, si no que compareciese personalmente, excepto en las votaciones de las canonjías, por estar en costumbre admitir a los vocales enfermos el voto escrito, y esto es lo que se ha de observar sin permitir cosa en contrario.
En dicho día por muerte de D. Pedro Fuster, cura de Humay, se eligió de interino a D. Juan de Arana.
En 29 de Mayo se nombró cura propio a dicho Arana. Murió el Tesorero D. Pedro de Villavicencio, y en seguida en 15 de Junio se mandaron inventariar los bienes y alhajas de las iglesias que dicho señor tenía a su cargo, y se nombraron para que se ejecutase con toda distinción y claridad a los canónigos Foronda y Román.
En 19 de Junio juntos en Cabildo secular se pidió una procesión de Nuestra Señora del Rosario y Santa Rosa, con rogativas, para que cesase la sequedad, y se otorgó.
En 19 de Junio juntos en Cabildo secular se pidió una procesión de Nuestra Señora del Rosario y Santa rosa, con rogativas, para que cesase la sequedad, y se otorgó.
En 19 de Agosto habiéndose reconocido el estado de la sacristía principal, por muerte del señor Villavicencio, se le comisionó el cuidado de ella al Arcediano, con facultades de reformar cuanto juzgase conveniente. Entre varias peticiones se leyó una del doctor D. Juan José Rivadeneyra, cura de Pisco, en que expresó pasaba a tomar posesión de la dignidad de Tesorero de la iglesia del Cuzco y que, en tomándola, remitiría testimonio para que se le dejase nombrar inter, dejando hasta entonces el cuidado de la administración de Sacramentos por lo que tocaba a su compañero el maestro D. Pedro de Miez, y así se aprobó.
En Cabildo del 6 de Setiembre se vieron los despachos para dos permutas: primera, la de D. Pedro Suquieta, cura de Chiquián, en Cajatambo, con D. Bernardo su hermano, cura de Pativilca: y la segunda, de D. Jorge Basterreche, cura de Huanuo, con D. Juan Morales por dos capellanías, una colativa de doscientos cincuenta pesos y otra lega de doscientos pesos. Ambas corrieron por pluralidad de votos.
En 18 de Diciembre el reverendísimo e ilustrísimo señor D. fray Diego Morcillo Rubio de Auñon, religioso trinitario, —264→ Arzobispo de la Plata, Virrey de Lima, fue promovido, éste arzobispado de los Reyes, del que tomó posesión en 18 de Diciembre de 1718 ya citado; reunió en su persona la elevación del sacerdocio y el imperio, como lo obtuvo cuarenta años antes uno de sus predecesores.
En 11 de Enero se nombraron por jueces de diezmos a los canónigos Foronda y Sarrucolea, adjuntos Lobatón y Román, y enfermeros Manrique y Acuña.
En 5 de Mayo el Deán y capitulares nombraron al Doctoral Lobatón para que fuese a Chancay a recibir al Virrey marqués de Castel-fuerte, asignándole seiscientos pesos de ayuda de costas; se encomendó el sermón de acción de acción de gracias al racionero D. José Fausto Gallegos; se acordó que la convocatoria para la canonjía Magistral de esta Iglesia, vaca por promoción del señor Cavero de Toledo al obispado de Misque, sea con el término de tres meses.
En 6 de Octubre, por muerte del Arcediano D. Pedro de la Peña que estaba encargado de cuidar de la sacristía de esta Santa Iglesia, se dio la misma comisión al canónigo D. Vicente Foronda, y se le asoció con D. Andrés de Paredes, con todas las facultades necesarias y poder ante escribano para pedir y recaudar los bienes de dicha sacristía de los albaceas del expresado Arcediano.
En 6 de Junio se acordó que, habiendo de ponerse el Arzobispo el palio el domingo 16 del corriente, se determinase lo siguiente: que el señor canónigo Foronda dispusiese lo tocante a fuegos, colgaduras de iglesia y refrescos, y que lo demás que se ofreciese fuese en consulta del Prelado.
En 22 de Agosto el canónigo D. Andrés de Paredes dio parte al Cabildo de cómo el Arzobispo decía que el pacte inmediato se empezase a leer la canonjía Magistral, admitiendo a solo los curas y excluyendo a los de ostenta, dijo el Deán que por lo que miraba a la asignación de los días sea como se proponía, pero que la exclusión de los ostentarios era contra el Concilio, cédula real y la práctica; lo mismo dijeron —265→ los demás, y que esto se le representase a su ilustrísima para que mandase lo que fuere servido.
En 30 de Diciembre juntos en la sala capitular su Ilustrísima, el Deán, el Chantre y canónigos citados ante diem, dijo el Arzobispo que se le hiciese relación de la cantidad y postores que había para los diezmos del partido de Chancay; y oída mandó que, para el martes 2 de Enero de 1725, se citasen dichos postores para el remate de ese partido, el del Callao y la Magdalena. En dicho Cabildo nombró por jueces de diezmos para el año venidero a los canónigos Acuña y Paredes, a que accedieron todos los presentes y aceptaron los nombrados, a quienes comunicó la jurisdicción necesaria de derecho para las causas pendientes.
En 3 de Enero juntos en Cabildo el Arzobispo, Deán y canónigos Acuña, Paredes y Román, se eligieron por adjuntos el Chantre Zamudio y Lobatón, canónigo Doctoral.
En 9 de Junio se recibieron D. Felipe Manrique de Lara de Tesorero, D. Ignacio Blasco de canónigo D. Fernando Cavero de canónigo Teologal, y D. José Angulo de racionero.
En 22 de Junio se recibieron noticias favorables de España. Se determinó a favor del Venerable Deán y Cabildo el pleito el acompañamiento de los señores Arzobispos cuando se mudan a casa distinta de su palacio. La real cédula es del tenor siguiente: - «El Rey. Por cuanto por parte del Venerable Deán y Cabildo de la Iglesia Metropolitana de la ciudad de Lima se han representado los justos motivos que la asisten para no haber condescendido en la novedad que intentó el Reverendísimo Arzobispo de aquella Iglesia D. Antonio de Zuloaga, pretendiendo que el Cabildo y sus capitulares en traje canonical lo acompañasen hasta la Iglesia los días y fiestas que no tienen de costumbre, desde una cosa distante de ella adonde había mudado su habitación, desamparando el palacio arzobispal que inmediato —266→ y contiguo a dicha iglesia le tocaba y pertenecía por razón de esta ceremonia, era posible que por el Reverendo Arzobispo nuevamente electo se volviese a suscitar la instancia, suplicaron que para evitar cualquier litigio que de ello se pudiese seguir en adelante, se declarase mantener el Cabildo en la posesión inmemorial que goza de acompañar a su Prelado, procesionalmente, en hábito canonical, en los días y festividades que se acostumbra, desde el palacio arzobispal que está inmediato a la iglesia, y no desde otro alguno a que se le quiera precisar contra la práctica y estilo de esta ceremonia. Visto en mi Consejo de Indias con lo que dijo el Fiscal, y reconociendo que todos los motivos que tuvo el Cabildo para no asentir al intento del referido Arzobispo con justificados y conforme a derecho, sobre recurrir a la costumbre que alega y posesión en que se halla de acompañar a su Prelado desde el dicho palacio arzobispal inmediato a la iglesia y no desde otra parte, en cuyos términos parece justa su pretensión, he venido en condescender en ella. Por tanto mando al Presidente y Oidores de mi Real Audiencia de Lima y demás personas y ministros eclesiásticos y seculares, a quienes pueda tocar el cumplimiento de lo referido, dispongan se observe en adelante la misma costumbre que hasta aquí, manteniendo en la posesión de ella al Cabildo; y que en el caso de que el Reverendo Arzobispo viva en otras casas le salga a recibir el Cabildo a la puerta de la iglesia, y mediante hallarse vaca aquella silla, si el sucesor en ella tuviere que informar sobre esta materia lo ejecutará sin innovar en la referida costumbre, a cuyo fin en caso necesario se hará saber esta resolución al Reverendo Arzobispo por cualquiera de los ministros o fiscales de dicha Audiencia, para que por este medio se eviten diferencias y litigios con el Cabildo, que así es mi voluntad. Dada en Aranjuez a 5 de Mayo de 1723. - Yo el Rey. - Por mandato del Rey Nuestro Señor. - Don Francisco de Arana.»
D. Francisco González de Iraola escribió de Madrid, en Octubre 2 de 1722, que se le había dado la media ración que obtuvo el Teologal D. Fernando Cavero.
Por lo que mira a la canonización del Beato Toribio se escribió quedaba en buen estado con la subsanación —267→ que Benedicto XIII declaró en la sagrada congregación de cardenales, en la consulta que le hicieron sobre haberse recibido la declaración de algunos milagros por el ordinario sin autoridad pontificia, por haberse ya remitido el proceso que se había hecho en Lima de su vida y milagros. El doctor D. Gregorio Molleda, medio racionero de esta santa Iglesia y residente en Roma, repite el buen estado de dicha canonización y que D. Miguel de la Fuente, estando para viajar a estos reinos, sustituyó en él los poderes que tenía del Cabildo para las diligencias de dicha canonización; y para que ésta tuviese el más feliz éxito y fin, se mandó en este Cabildo que se remitiesen al dicho señor Molleda nuevos poderes.
En 16 de Enero juntos en Cabildo el señor Arzobispo, el Deán, Chantre, Tesorero, canónigos y racioneros, fueron nombrados jueces de diezmos los canónigos Acuña y Paredes, adjuntos el Chantre y el Doctoral Lobatón, y por enfermeros el Tesorero Manrique y el canónigo Acuña. Nombró el Arzobispo por examinadores sinodales al franciscano fray Diego Paredes, ex provincial, y a su hermano el jesuita padre José Paredes. En este mismo Cabildo manifestó el Arzobispo un breve de Clemente IX expedido en 1721, en que le concede a Felipe V el subsidio de dos millones que se cobrarán de las rentas eclesiásticas y laicas, al 6 por ciento de ellas, hasta integrar dichos dos millones, que se habían de sacar de México y el Perú para la guerra contra los moros, y la real cédula en que le encarga al Arzobispo dicha recaudación con facultad de nombrar juez colector general a literato e inteligente; para lo que eligió al canónigo D. Andrés de Paredes, su provisor de monjas.
En 22 de Enero se le admitió al canónigo Román la suelta de la judicatura de memorias, y se nombró al racionero Alcedo, quedando siempre Román al cuidado de los papeles del Cabildo.
—268→En 22 de Marzo se recibieron D. Bernardo Zamudio de Arcediano, D. Diego Andrade de Chantre, y D. Bartolomé Lobatón de Maestre-escuela.
En 10 de Mayo mandaron recoger los paños del dosel de la sala capitular que dejó el señor Zuloaga, y se mandaron hacer blandoncillos. Habiendo dispuesto el prelado de Santo Domingo dar principio a una rogativa de ocho días convidando a las demás comunidades, y pretendiendo que el último día fuese el Cabildo, se reparó en que dicho prelado y comunidad se abrogaban una facultad que no tenían; se dio parte al Arzobispo y se suspendió.
En 30 de Julio se pidió rebaja del censo de la memoria del Deán Sánchez Carraco impuesta en una finca de la Magdalena, y se mandó reconocer dicha finca y la imposición.
En 27 de Diciembre entró D. Andrés Munive, Deán de Quito, en la canonjía Penitenciaria, que vacó por ascenso del señor D. Juan de Sarricolea al obispado de Tucumán.
En 5 de Enero se recibió D. Pedro Zubieta de medio racionero.
En 13 de Enero el Arzobispo, Deán Silva, Obispo electo de Cartagena, el Maestre-escuela y Tesorero, canónigos Foronda, Acuña, Paredes, Román, Blasco de Moneva y Cavero, a que no asistieron aunque citados el Arcediano Zamudio, el Penitenciario Minive y el Chantre Andrade (que murió en este año) se nombraron jueces de diezmos al Maestre-escuela y al canónigo Moneva, adjuntos a los canónigos Foronda y Román, y enfermeros a los canónigos Teologal y Penitenciario, D. Andrés Munive fue nombrado Provisor y vicario general de este Arzobispado. En este año murió D. José Canal, medio racionero.
En 23 de Mayo propuso el Deán, Obispo electo de Cartagena, que atendiendo a la esterilidad que se experimentaba, —269→ en gran disminución de las rentas eclesiásticas, convendría se hiciese una rogativa para que el Señor nos concediese la abundancia de frutos; y todos convinieron en que se trajese a esta Iglesia Catedral a San Marcelo, su abogado, poniéndolo con san Isidro en andas en la capilla mayor, y que el domingo siguiente 25 se cantase una misa solemne, patente el Sacramento, y por la tarde se hiciese procesión con su Divina Majestad y los dichos santos, dándole parte al Virrey y Tribunales, y convidando para la tarde a las comunidades; que así se había conferido con el Arzobispo; para todo lo cual y para que cuidasen de la decencia de la función se apuntaron al Maestre-escuela Lobatón y al canónigo Moneva; previniéndole al Arzobispo que, acabada la misa, saliese al Cementerio; todo lo que se practicó con la mayor solemnidad mandó también que el contador mostrase las hijuelas antes de sacarlas en limpio.
En 11 de Agosto para celebrar la canonización del Beato Toribio, por las noticias que comunicó de ella el Arzobispo, que se viese la plata que había junta y que se nombrasen comisarios. Se acordó que en la fiesta que hace la Universidad, en el altar de Nuestra Señora de la Antigua, conserve el Cabildo el orden de sus asientos y sillas, y que los prebendados sanos hagan la semana de los enfermos.
En 21 de Noviembre juntos en Cabildo el Arzobispo y capitulares se presentó, a nombre del Obispo de Isauria, el racionero D. José Fausto Gallegos pretendiendo que aunque ausente, conservara su media ración en esta santa Iglesia; se dejó la resolución para otro Cabildo más pleno.
En 5 de Enero se recibió de medio racionero D. Pedro de Zubieta.
En 7 de Enero mostró el Arzobispo la bula de Su Santidad para la celebridad del jubileo del año santo, para lo que se señaló desde 20 de Abril hasta el 20 de Julio. Se nombraron por jueces adjuntos, de diezmos y enfermeros a los mismos del año pasado; se mandó citar a todo el Cabildo —270→ para el día 12 de Enero para resolver sobre el gravísimo asunto del Obispo de Isauria.
En 12 de Enero juntos el Arzobispo, Arcediano, Maestre-escuela, Tesorero, canónigos y racioneros, propuso el Arzobispo el asunto pendiente de la recepción del Obispo Izauria en la media ración de que se trató en 28 de Noviembre de 1726. Después de una gran discusión se resolvió, por pluralidad de votos, que no se recibiese ni haber lugar a la solicitud de D. Gregorio Molleda, sin embargo de lo mucho que se le debía en el punto de la canonización del señor Mogrovejo; lo primero, por ser la pretensión contra la Erección de la Iglesia, contra el real patronato y la costumbre. La Erección dispone que ninguna persona exenta sea admitida a las prebendas, si su Majestad no le ha dispensado la presencia personal para tomar posesión de la prebenda, como lo hizo con D. Francisco Valladolid; y no se ha dado caso semejante desde la fundación de la Iglesia; lo segundo, que sería muy pernicioso el nuevo ejemplo, por lo que sería mejor gratificar de otro modo al dicho señor sus buenos oficios y servicios en la causa de la canonización de nuestro segundo Arzobispo. En el mismo día fueron nombrados por comisarios para celebrar dicha canonización de nuestro segundo Arzobispo. En el mismo día fueron nombrados por comisarios para celebrar dicha canonización el Arcediano D. Bernardo Zamudio y los canónigos D. Andrés de Paredes, D. Andrés de Munive, y provisores los racioneros D. Andrés Núñez y D. Andrés Angulo y el media racionero D. Diego Román.
En 7 de Agosto se nombró a D. Roque Ceruti, insigne en la música, composición y canto, por maestro de capilla, vacante por muerte de D. Tomás Torrejón.
En 21 de Setiembre se recibió el presbítero D. Manuel Fernández Pérez en la media ración que vacó por muerte de D. José Corrales Calvo de Lavanda. En el mismo día se recibieron D. Felipe Manrique, de Chantre, D. Vicente Foronda, de Tesorero y D. José Fausto Gallegos de canónigo.
En 27 de Setiembre se recibió de canónigo Doctoral D. Fernando Beingolea, cura de la Catedral.
En 21 de Octubre presidido por el Arcediano se leyó en Cabildo una carta de D. Gregorio de Molleda, Obispo de Isauria, sobre el dinero que quedó después de los gastos impedidos —271→ en la causa de la canonización de Santo Toribio, refiere las controversias que se han ofrecido sobre la cuenta de lo perteneciente a este motivo de no haberse ejecutado las solemnidades que se practican en semejantes funciones de canonizaciones; añade que aunque intentó cortar y trazar las dificultades ajustando todo lo pactado desde el principio de la beatificación, no ha tenido efecto por la falta de poder; de todo lo que había dado cuenta a su Majestad, concluyendo que para deliberar en el asunto se le avise por el Cabildo lo que tuviere por conveniente, con el poder necesario para la transacción. Vista la carta y memorial mencionado se acordó que se remitiese al Obispo poder en forma con las facultades y condiciones que se requieren, y se comisionó para que lo otorgasen a nombre del Cabildo a los canónigos D. Andrés de Munive y D. Fernando Beingolea.
En 13 de Noviembre se acordó que el Cabildo no asistiese, en forma de tal Cabildo, a ninguna función, si no es a los actos literarios que en el Sagrario tuviese el Colegio Seminario: y así quedó resuelto no admitir convites para conclusiones, funerales, hábitos, profesiones, por los gravísimos inconvenientes que de ello se originan, siendo el principal el de quedar desierto el coro por dichas asistencias.
En Cabildo de 11 de Enero juntos el Arzobispo y capitulares se leyó una carta del nuevo canónigo Magistral D. Manuel de la Mata, en que avisaba no podía venir a esta ciudad hasta la primavera en que esperaba reparar su salud, con lo que quedó escusado de predicar el sermón de Santo Toribio en la solemnidad de su canonización; y porque no faltase este esmalte fue nombrado, para decir el panegírico, el canónigo Teologal D. Fernando Cavero, que lo admitió gustoso.
En 19 de Febrero juntos el Deán Silva y capitulares se determinó que desde este día en adelante in perpetuam, todos los nombramientos de capellanías de que es patrón el Cabildo se hagan en los individuos que lo componen, como se —272→ practica en otras Iglesias del reino, cumpliendo con sus cargos y gozando de sus rentas, y que se distribuyan como fueren vacando.
En 1º de Abril juntos el Arzobispo y cabildantes se declaró que la capilla nombrada del Arcediano, en que se colocaron las reliquias de Santo Toribio, es, toca y pertenece al Chantre D. Felipe Manrique de Lara y sus parientes, por ser de la familia del Arcediano D. Juan Velásquez de Obando, su fundador, y que la colocación de las reliquias del Santo Arzobispo ha sido sin perjuicio del derecho de dicha familia; lo que se determinó a pedimento del Chantre. En el mismo Cabildo se acordó que no se admitiesen postores a diezmos sin que hayan satisfecho antes lo que tengan a su cargo.
En 15 de Mayo empezó el solemnísimo octavario de las fiestas de la canonización de Santo Toribio; el primer día predicó el Arzobispo.
En 18 de Junio juntos el Arzobispo y capitulares, mandó su Ilustrísima que respecto de constar el tener despachadas las bulas del obispado de Cartagena el señor doctor D. Manuel Antonio Gómez de Silva, Deán de esta santa Iglesia, obispo electo de Popayán, y aceptado dicho obispado, se le suspenda el acudirle con la renta de Deán, por no poder percibir dos eclesiásticas a un tiempo, y se le notificó al tesorero González de Argandoña, quien se halló presente a dicho Cabildo, que no le diese las mesadas y rentas pertenecientes al Deanato de esta Iglesia, y lo firmaron.
En 18 de Noviembre se acordó que no se rematase diezmo alguno sin darle antes al Cabildo. En este año murió Fiesco, medio racionero.
En 10 de Enero juntos en la sala capitular el Arzobispo, dignidades y canónigos, se eligieron por jueces de diezmos al Maestre-escuela Lobatón y al Doctoral Beingolea; por adjuntos al Teologal Cavero y a D. Fausto Gallegos, por enfermeros a Blanco y a Munive.
—273→En 4 de Marzo D. José de Arbaiza y Uribe, capellán de coro de esta santa Iglesia, se recibió en la media ración vacante por ascenso de D. Gregorio Molleda al Obispado de Cartagena.
En 11 de Marzo juntos en Cabildo el Arcediano y capitulares dijo el Arcediano que, aunque era pública la muerte del Arzobispo era preciso la certificase el secretario; como lo hizo el mismo día, con lo que se declaró la sede vacante, mandando se hiciese la señal con la campana grande, según costumbre; así mismo certificó el dicho secretario que en el día en que se sacramentó Su Excelencia Ilustrísima, antes de recibir el viático, expresó con profunda urbanidad que, en atención a lo que había venerado y estimado a tan ilustre Cabildo y por lo que cada uno de los que lo componían se merecía, delegaba en ellos todos sus privilegios que en cualquier forma le fueren conferidos por la Santa Sede, para que por su muerte pudiesen usar de ellos. Se comisionó para su entierro al canónigo D. José Fausto Gallegos fueron diputados al Virrey para que nombrasen un ministro por parte del Real Patronato; y se acordó prosiguiesen el provisor general y el de monjas hasta nueva orden.
En Cabildo de 16 de Marzo dijo el Arcediano que era llegado el tiempo de nombrar Provisor general en sede vacante, con las limitaciones y reservaciones acostumbradas al Cabildo; se eligió al Penitenciario Munive, vicario de monjas al señor Paredes y juez de legados a Beingolea; se acordó prosiguiesen los demás ministros; el despacho de censuras se cometió al Arcediano; Lobatón y Fausto Gallegos se destinaron a inventariar las alhajas de la sacristía; se mandó que las votaciones secretas se hagan en el Cabildo por papeles que se echen en el cántaro, y los demás se quemen allí en una vela.
En 18 de Marzo se recibió de racionero D. Matías Ibañez, cura de San Marcelo.
En 21 de Marzo se dio el pontifical al Obispo auxiliar para que consagrase óleos en la iglesia que gustase.
En 4 de Abril se acordó que los curas diesen el asperges en la mano y no en la cabeza, por haberse notado que el cura de la Catedral D. José Sarricolea invertía este orden; —274→ y que dichos curas recojan los productos de la colecturía a disposición del Cabildo, y que D. Fausto Gallegos y el Doctoral recojan los espolios del difunto Arzobispo.
En 18 de Abril propuso el Arcediano que el Obispo de Popayán deseaba consagrarse, y que el Cabildo le hiciese en la función el obsequio acostumbrado. Conferido el punto y visto el real despacho de 1727, con inserción de la certificación que dio el maestro de ceremonias de la santa Iglesia de Sevilla sobre lo que deben observar los Obispo auxiliares en la consagración de los óleos y otros actos, determinaron para la referida función del señor Obispo de Popayán que el auxiliar D. Pedro Morcillo ha de hacer en la Catedral que sea en el altar mayor, sirviendo dos racioneros de Diácono y subdiácono, y no canónigos, ni otra asistencia alguna de parte del Cabildo. Y así se declaró por pluralidad de votos, bien que los señores Lobatón y Román dijeron se guardase el contexto de la real cédula, que sólo permite el altar y racionero en la consagración de óleos y no en otra alguna, y se mandó se hiciese saber a su Ilustrísima lo resuelto. Últimamente se mandó hacer unos hacheros grandes con el valor de las alhajas de la Iglesia que no son necesarias, quedando seis fuentes grandes, los aguamaniles, cálices y candeleros que son precisos.
En 24 de Abril se mandó que el Obispo de Popayán devolviese la renta de Deán y que percibió desde el Fíat de sus bulas, y que el Tesorero la repartiese entre los interesados.
En 5 de Mayo juntos el Deán y cabildantes se dio comisión a los canónigos D. Andrés de Paredes y el Doctoral Beingolea para que conozcan de las virtudes y milagros del hermano Sebastián de la Cruz. Se le previno al contador le rebajase al Obispo Silva la renta de Deán desde 18 de Junio de 1729 en que se le apuntó, y que se le hiciese saber al Tesorero trajese a la sala capitular el libro en que estaba la cuenta de dicho Deán Silva.
En 9 de Mayo se dispuso que seis capellanías de que es patrón el Cabildo en sede vacante se repartiesen entre los señores.
En 6 de Enero entró de medio racionero D. Juan José Marín de Poveda.
—275→En 9 de Junio juntos en Cabildo el Deán y capitulares, la prelada del Beaterio de Mercedarias presentó la licencias de Su Santidad y del rey para que dicho beaterio se erigiese en monasterio, teniendo rentas suficientes para mantener sus religiosas; visto el pedimento se remitió al Provisor D. Andrés de Munive, a fin de que reconociese y señalase día para que pasasen a dicha fundación vía recta las dos religiosas del Carmen antiguo, como se previene en los despachos.
En 4 de Julio se trató de dos mil
pesos que, para la fundación de dos memorias, remitió D. Juan
cavero de Toledo, Obispo de Arequipa [Los que se impusieron al 4
en 21 de Julio y
1º de Agosto].
En 21 de Julio se comisionó al Maestre-escuela Lobatón y al canónigo Gallegos para cuidar de la sacristía y sus gastos.
En 16 de Agosto juntos el Arcediano y capitulares se le mandaron pedir al Obispo de Popayán la regla consueta y papeles de esta santa Iglesia.
En 22 de Setiembre juntos el Arcediano y canónigos, se acordó que, por muerte del Deán Bernardo Zamudio de las Infantas, corriese con el despacho de las censuras el Arcediano Manrique de Lara.
En 10 de Enero, juntos el Arcediano Manrique y capitulares, se eligieron por jueces de diezmos el Maestre-escuela Lobatón y el Doctoral Beingolea; adjuntos los canónigos Román y Mata; enfermeros Cavero y Gallegos, protector del Seminario, en lugar del Deán Zamudio D. Andrés de Paredes.
En 3 de Febrero edicto, con término de tres meses, a la canonjía Penitenciaria, vacante por ascenso de D. Andrés de Munive.
En 13 de Marzo, cumplido el año de viudez del Prelado, se acordó admitir pretendientes de órdenes, que las confiriese el señor Obispo auxiliar, y que también consagrase los óleos.
—276→En 3 de Abril juntos el Arcediano, dignidades y canónigos, habiendo vacado la notaría mayor, la de diezmos y secretaría del Cabildo por muerte de D. Juan Manuel Pérez del Molino, vistos los libros del Cabildo, se halló que ni en la elección del citado ni en la del contador D. Luis de las Casas concurrieron los racioneros ni medios, sino sólo las dignidades y canónigos. No hubo lugar a la pretensión de los racioneros y medios que intentaban concurrir a dicha elección, declarándose que no tratándose de elección de oficio perteneciente a Hacienda, y atendiendo a la posesión de los canónigos y dignidades, debían ser excluidos los racioneros y medios. Con lo que se procedió a nombrar para notario mayor y de diezmos a D. Miguel del Molino, con salario de trescientos pesos; y se eligió por secretario del Cabildo con trescientos pesos de salario al medio racionero D. Juan José Marín de Poveda. En comprobación de esto mismo es preciso recordar que declaró el Virrey marqués de Montesclaros, en 4 de Abril de 1607 que los racioneros no deben votar en Cabildo en todo lo que latamente se puede llamar elección, como en las presentaciones de los cuatro canónigos de oficio ni en las elecciones de acólitos, capellanes y otros oficios que, conforme a la Erección, pertenecen al Cabildo. En cuanto a las cosas espirituales y temporales que se hayan de tratar en sede plena o vacante deben ser admitidos a votar.
En 17 de Abril se recibieron D. Domingo Vásquez de Acuña en la Tesorería de Foronda, D. Andrés de Angulo en la canonjía de Acuña, y D. Pedro Zubieta en la ración de Angulo.
En 19 de Abril se indica al doctor D. Andrés de Paredes y Armendáris, como Obispo electo para Concepción de Chile.
En 9 de Mayo el señor D. Miguel de la Fuente, Obispo de Misque, le remitió al Cabildo por medio del Arcediano la bula de canonización de Santo Toribio, de que se sacó testimonio, y el original se mandó poner en la urna donde se guardan las reliquias del Santo.
En 19 de Junio se leyó un breve de Su Santidad en que encarga a los predicadores que procuren el aprovechamiento e instrucción de los fieles, no el lucimiento de sus ingenios, —277→ y se mandó publicar en alguna de las domínicas de Adviento o en la de Septuagésima.
En 22 de Junio se mandó dar testimonio de unos autos del monasterio de la Encarnación y que se informe al Rey con documentos secretos sobre un despojo de la abadesa doña rosa de la Cueva y extracción de algunas monjas del monasterio, y restitución de las que se pusieron en el de la Trinidad. Se acordó que de los espolios del difunto Arzobispo se sufragasen para cuatro hacheros, cuatro candeleros y dos atriles de plata que se estaban trabajando.
En 7 de Julio se presentó el procurador de San Francisco fray José Félix exhibiendo una información, que se recibió en su religión, sobre dos religiosos que notaron en la plaza el jueves 5 del corriente, disparándoles balas en ocasión que llevaban a ajusticiar a D. José de Antequera y a D. Juan mena. El cabildo acordó que dicho padre procurador diese información al tenor de su escrito luego, incontinenti.
En 12 de Setiembre convocatoria para la canonjía Penitenciaria.
En 9 de Octubre juntos en Cabildo el Chantre y capitulares, dijo el Chantre que era preciso prevenir para el día de la entrada del nuevo Arzobispo D. Francisco Antonio de Escandón y el siguiente, la refacción y adorno del palacio, comida y refresco; que los gastos se sacasen de los espolio del señor Morcillo; se encargó el cuidado del palacio al canónigo D. Andrés Angulo y al racionero D. Pedro Zubieta, y lo demás al canónigo D. José Fausto Gallegos.
En 23 de Octubre se aplicaron varias capellanías a diversos capitulares.
En 6 de Noviembre se acordó que el Promotor fiscal fuese procurador y defensor de pobres.
En 8 de Enero se eligieron por jueces de diezmos a los canónigos Román y Angulo; adjuntos Gallegos y el Magistral; enfermeros el Chantre y el Teologal; confesor de capuchinas —278→ por muerte del padre Alonso Mesía, el padre Manuel Salazar, jesuita. Se acordó que el capellán de la Casa de pobres solo cuidase de lo espiritual, y el administrador de lo temporal.
En 30 de Enero, a las 7 de la mañana, se desembarcó el Ilustrísimo señor D. Francisco Antonio de Escandón, Obispo de la Concepción de Chile, electo al de Quito y al Arzobispado de los Reyes. Lo hospedó en el Callao su apoderado el marqués de Sotoflorido, en la casa que fue del maestre de campo D. Diego Galindo de Sayas. Sabido esto por el Cabildo trató de transferirle el gobierno, como se practicó con sus antecesores, en especial con D. Melchor de Liñán y Cisneros, de cuya elección sólo se tuvo noticia como ahora por cartas de España; y para llevárselo comisionó el Cabildo al Arcediano, al Chantre y al canónigo Paredes, Obispo electo de Quito. Estimó mucho su Ilustrísima la entrega del gobierno, dándole al Cabildo gracias por su atención y urbanidad. El hospicio que acostumbran hacer los curas a los Arzobispos en su clarada se le dio al presente en plata, como se hizo con su predecesor, y se advierte que si el Prelado viene por mar le toca la comida al cura del Callao, en aquel puerto.
En 1º de Febrero al abrió el Cabildo una carta de su Ilustrísima en que la repetía las gracias, y que había tratado con el Virrey marqués de Castel-fuerte y la Audiencia sobre su recibimiento en público, aunque todavía no tuviese sus despachos; y se vino a esta ciudad en dicho día a las once, pasando a ver a su Excelencia. Recibida la carta se citó a todo el Cabildo para ir esa misma tarde, después de horas, a cumplimentar a su Ilustrísima. En efecto, a las cuatro y media de la tarde, fueron a casa de dicho Marqués con bonetes en forma capitular; toda la familia salió a recibir al Cabildo a la puerta de la calle, y salió su Ilustrísima a recibirlo hasta la mitad del patio, y los condujo a su cuadra. Sentados todos en sillas, y su Ilustrísima en medio, hizo su razonamiento el Arcediano dándole la bienvenida a nombre del Cabildo, a que correspondió su Ilustrísima agradeciéndole la atención de haberle dado el gobierno; se sirvió un agasajo y refresco, y a las siete despidió al Cabildo saliendo —279→ hasta la mitad del patio, y el resto de la familia hasta la calle.
El sábado 2 de Febrero envió el Arzobispo a uno de sus capellanes a convidar a todo el Cabildo a comer con él; y a las 12, presidiendo su Ilustrísima, les dio una gran comida servida por sus capellanes y pajes; concluida se sacaron pomos de agua rica y pastillas; con lo que fenecido el banquete los despidió cortésmente fuera de la puerta de las sala.
Viernes 15 recibió por el correo sus despachos que le envió el virrey de que dio noticia al Cabildo, que mandó hacer señal de repique general, y después de horas pasó a darle la enhorabuena a dicha casa; recibiolo a la puerta de su sala y lo despidió en el patio; por la noche hubo iluminación.
El sábado 16 remitió y presentó sus despachos al Cabildo con el de ruego y encargo que obedeció su Ilustrísima, y el Cabildo le volvió a remitir plenamente el gobierno.
Sábado 23 de Febrero citados todos los cuerpos y tribunales, a las tres y media de la tarde, fue el Cabildo en carruajes a la casa, con manteos y bonetes, y lo recibió su Ilustrísima en la sala capitular, vestido con roquete, manteleta, muceta morada, capa corta, con sombrero verde, y hecho el razonamiento por el Arcediano lo sacaron a pie a la Iglesia de Anta Rosa, que estaba cerca de la casa, acompañándolo el provincial y padres domínicos. Hecha oración en el Santuario se despidió en la portería del Cabildo, y se fue a la Iglesia. Habiéndose juntado la Audiencia, tribunales y cuerpos, hizo su Ilustrísima la entrada pública en la forma acostumbrada, se desmontó y entrando por la puerta de en medio de la Catedral se revistió de medio pontifical con capa, mitra y báculo; lo salió a recibir el Cabildo, revestido con capa el Arcediano y dos prebendados de diáconos, le dio a besar la cruz y luego el agua bendita, y lo incensó tres veces. Hecho esto entró bajo de palio, se entonó el Te Deum, subió altar mayor, tomó asiento y concluidas las ceremonias de estilo, entró en su palacio por la puerta de los Naranjos. Visitó al Virrey que le pagó la visita.
El domingo 24 se le dio por el Cabildo un gran banquete, —280→ y por la noche el correspondiente refresco, después de la misa de gracias que en el mismo día cantó el Arzobispo por la mañana con todas pompa.
El Cabildo Eclesiástico se componía a la sazón de D. Felipe Manrique, Arcediano, D. Andrés de Munive, Chantre; D. Bartolomé Lobatón, Maestre-escuela y D. Domingo Vásquez de acuña; canónigos, D. Andrés de Paredes y Armendáris, Obispo electo de Quito, D. Fernando Román, D. Fernando Cavero, Teologal, D. José Fausto Gallegos, D. Fernando Beingolea, Doctoral, D. Marcos de la Mata, Magistral y D. Andrés Angulo (estaban vacos el Deanato, por muerte de Zamudio, la canonjía Penitenciaria, por ascenso de Munive), racioneros D. Roque Almanza, D. José Canal, D. Andrés Núñez, D. José Angulo, D. Matías Ibañez y D. Pedro Zubieta; medios racioneros D. Diego Román, D. Manuel Fernández Pérez, D. José Arbaiza y D. Juan José Marín y Poveda, quien era secretario. Habían fallecido, por Setiembre de 1730, el Deán D. Bernardo Zamudio, D. Vicente de Foronda, el canónigo D. Ignacio Blasco en 1732, y el racionero D. José Alcedo en 1731. - Obispos de Popayán D. Manuel de Silva, y de Quito D. Andrés de Paredes.
En 8 de Mayo juntos en Cabildo el Arzobispo Escandón y capitulares se acordó se le tomasen cuentas al mayordomo D. Domingo Argandoña.
En 9 de dicho mes el Arzobispo y cabildantes, acordaron que no asista el Cabildo a funerales sin paga, en cuerpo ni en particular.
En 16 del mismo el Arzobispo y capitulares acordaron que la sacristía esté abierta desde las 6 de la mañana, y que el sacristán mayor asista en persona en días de primera y segunda clase, y en la procesiones.
En 23 de Mayo se recibieron ante el Arzobispo el Arcediano Manrique en el Deanato, el Chantre Munive en el Arcedianato, el Tesorero Vásquez de Acuña en la Chantría, el canónigo D. Andrés Angulo en la Tesorería, el racionero D. Andrés Núñez en la canonjía del Obispo Paredes, D. Pedro Zubieta en la canonjía de Angulo, Poveda en al ración de Núñez, y D. José Gijón en la ración del difunto D. Santiago Alcedo.
—281→En 27 de Mayo se recibió, ante el Arzobispo, D. Manuel Barrenechea, en la media ración de Poveda. En el mismo día fue nombrado el doctor D. Pedro de Peralta de contador de diezmos, con renta de mil quinientos pesos anuales.
En 17 de Enero los cabildantes, bajo la presidencia del Arzobispo, eligieron jueces de diezmos al Tesorero Angulo y canónigo Román, adjuntos a Gallegos y Mata, enfermeros a Munive y Cavero, con jueces para proveer la canonjía Penitenciaria a Lobatón y Gallegos. Se cobraron seiscientos noventa y tres pesos tres reales de un grado que dio la Universidad por Santo Toribio.
En 5 de Febrero juntos el Deán y tres capitulares dijo el Deán que, habiendo llegado las bulas y palio de su ilustrísima, se dispusiesen fuegos, iluminaciones y un agasajo que se le enviase la noche antes del día 24 fiesta de San Matías, en que se le iba a poner el palio, para lo que se comisionó al canónigo Gallegos.
En 13 de dicho mes juntos el Arzobispo y capitulares, se mandó poner perpetuo silencio en las informaciones de Nicolás de Dios de Dios.
En 24 de Febrero el ilustrísimo señor D. Andrés de Paredes y Armendáris, canónigo que fue de esta santa Iglesia, actual Obispo de Quito, le puso el palio al señor Arzobispo don Francisco Antonio de Escandón.
En 2 de Marzo, juntos en Cabildo el Deán, Arcediano, Chantre y los canónigos Román y Subieta, envió la Universidad por diputados al padre maestro fray Bartolomé Sánchez de San Agustín, catedrático de nona de Teología, y a D. Bernardo Álvarez de Ron, catedrático de Derecho. Avisado el Cabildo salieron a recibirlos, a la puerta de la sala capitular, los canónigos, Román y Subieta. Entraron y se sentaron, el maestro Sánchez después del Deán, y Ron después del Arcediano; y tomando el primero la palabra dijo, que la Universidad había reparado sobre la colocación de asientos del claustro en la fiesta de Nuestra Señora la Antigua —282→ patrona de la escuela, en cuyo nombre traía testimonio de la concordia hecha en la primera institución de dicha fiesta, suplicando se tuviese presente en las venideras fiestas, sirviéndose el Cabildo de dilatar la testera de sus sillas para que así fuesen menos colaterales, y pudiese el claustro, por ser mayor el número de doctores, no necesitar poner asientos a las espaldas. Respondió el Deán que se conferiría la materia y se respondería a la Universidad con la mayor satisfacción; con lo que se despidieron los diputados, saliéndolos a acompañar los dichos dos señores hasta la segunda puerta de la antesala de la capitular.
Conferida la materia en 4 de Marzo, acordaron que la testera del Cabildo se dilatase cuanto fuese posible para que el claustro no tuviese reparo como el del día 8 de Febrero, en la fiesta de la Antigua, que, se celebró como se había ejecutado en más de cien años, desde la fundación aprobada por el Arzobispo y Virrey de aquellos tiempos; pero que extrañó mucho el Cabildo que en el citado día los reverendos padres fray José del Castillo, guardián de San Francisco, catedrático de prima de Escoto, y fray Roque del Castillo, prior de San Agustín, se saliesen atropelladamente de la fiesta al principio de ella, mandando los siguiesen sus súbditos, y dejando la solemnidad sin sermón, sin que el Cabildo hubiese variado en la forma acostumbrada según el Concordato; y aunque en el primer año del rectorado de D. Vicente Foronda se suscitó una competencia semejante, pronto la cortó el Cabildo en el mismo acto; como se hubiera hecho en éste si se le hubiera informado, y aquellos reverendos padres no se hubiesen precipitado. Se sacó testimonio de este Cabildo, y se entregó por respuesta a los diputados.
En 16 de Marzo juntó claustro el rector de la Universidad D. José de Borda en que se leyó la respuesta del Cabildo, y visto dijo el procurador que esa respuesta contenía dos partes: la primera el allanamiento el Venerable Deán y Cabildo, digno de toda gratitud para la Universidad, y la segunda sobre lo practicado por los padres guardián de San Francisco y prior de San Agustín, que creyeron que, por estar los asientos del Cabildo más desviados de la puerta primaria y más cerca del altar, algunos de los prebendados daban en algún modo la espalda, aunque oblicuamente, al claustro, —283→ lo que advertido por ellos y algunos otros lo insinuaron a alguno de los señores y no se remedió, lo que pudo disculpar su acción, pero que quedaban satisfechos, que en lo venidero la cortesanía del Cabildo evitaría el menor reparo en una función tan recomendable en que ambos cuerpos tanto se interesaban. Envió la Municipalidad el testimonio de este claustro, y el Cabildo acordó que, sin más contestación, quedase el asunto en ese estado.
En 3 de mayo se recibió D. Fernando de la Sota, cura de Maray en Charcas, en la ración vacante por ascenso de D. Pedro Subieta.
En 22 de Mayo se le concedió al dicho doctor Sota, por enfermo, un mes de término para leer a la canonjía penitenciaria, y sacó un voto en cada lugar.
En 10 de Setiembre se recibió D. Juan José Canal en la canonjía vacante por muerte de Moneva.
En 16 de Setiembre auto acordado sobre la canonización de San Francisco Solano.
En 16 de Octubre juntos en Cabildo el Arzobispo, Deán, Arcediano, Chantre, Tesorero, canónigos Román, Gallegos y Subieta, se recibieron cartas de España la inmunidad eclesiástica, con motivo de la muerte de dos sacerdotes el día de la ejecución de Antequera. En el mismo día recibió el Cabildo el estandarte, agnus y estampas de Santo Toribio, y dos grandes lienzos ovalados que sirvieron en Roma en la ceremonia de su canonización.
Viernes 8 de Enero juntos en Cabildo el Arzobispo y capitulares, nombraron para jueces de diezmos al Tesorero Angulo y canónigo Román, por adjuntos a los canónigos Gallegos y Mata, y por enfermeros al Arcediano y Teologal.
En 16 de Enero juntos Arzobispo, dignidades, canónigos y racioneros, se comisionó al racionero Poveda para que recogiera dos grados de indulto de la Universidad de San Marcos, para que su producto se emplease en el culto de Santo Marcos, para que su producto se emplease en el culto de Santo Toribio.
—284→
El 7 de Enero juntos en Cabildo Arzobispo y capitulares, nombraron jueces de diezmos al Tesorero y canónigo Román, adjuntos al Teologal y Subieta, y enfermeros al Chantre y a Gallegos.
En 15 de Febrero se dio la jubilación al mayordomo D. Domingo Argandoña.
En 1º de Marzo se nombró mayordomo a D. Vicente Flores.
En 27 de Noviembre se recibió de canónigo penitenciario en la vacante de Munive, D. Juan de Oyarzábal, cura de San Marcelo. Se acordó que el canónigo D. Juan José Canal saliese a Chancay de orden del Cabildo, a cumplimentar al Virrey, marqués de Villagarcía. En este año murieron el racionero D. José de la Concha y el canónigo Román.
En 7 de Enero nombraron a Fausto Gallegos y a Subieta por jueces de diezmos, por adjuntos al maestre-escuela y Magistral, y por enfermeros al Teologal y Penitenciario.
En 28 de Febrero D. Vicente Flores renunció a la mayordomía.
En 5 de Mayo se recibió de medio racionero D. Francisco Izquierdo, cura de San Sebastián.
En 8 de Junio Arzobispo y capitulares nombraron por mayordomo de la Iglesia a D. José de Castellana, dando las fianzas correspondientes, con tres mil quinientos pesos de renta anual, y por ecónomo a D. Simón de Boragay, capellán de cora con quinientos pesos de salario, pero sin que se le excusase de la asistencia al coro a que, como capellán, estaba obligado.
En 15 de Junio juntos en Cabildo Arzobispo, Deán, —285→ Arcediano, Chantre y Tesorero, los canónigos Teologal, Gallegos, Subieta, Núñez, Canal y el Penitenciario, y los racioneros Poveda, Ibañez, Gijón, y Sota, y los medio racioneros Román, Fernández, Albaina y Barrenechea (que solo se admitieron con protesta de los canónigos y dignidades) se presentó D. Pedro de Peralta pidiendo su jubilación en la plaza de contador, y que se nombrase en su lugar a D. José Bernal que se conformaría con un tercio restante.
En 18 de Noviembre se recibió D. Francisco Izquierdo, cura de San Sebastián, en la media ración vacante por muerte de D. José de la Concha. En este año murió el doctor D. Fernando Beingolea, Doctoral.
En 8 de Enero el Cabildo nombró por jueces de diezmos a Gallegos y Subieta, por adjuntos a Lobatón y Mata, y por enfermeros a Cavero y Oyarzábal.
En 10 de Enero dio el Arzobispo, cuenta
al Cabildo de que habiéndose incendiado el real palacio de Madrid
pedía el Rey un donativo, y se acordó deducir el 10
de las rentas del
Cabildo. En este día se nombraron por jueces de diezmos a Subieta y
Oyarzábal, por adjuntos el Chantre y el canónigo
Núñez, y por enfermeros el Arcediano y el Tesorero.
En 9 de Agosto el Arzobispo y
cabildantes acordaron que el 10
del donativo se
dividiese en dos años, esto es, que en la próxima hijuela se
sacase un 5
y en la siguiente
del año venidero otro 5
. Se dio
comisión al Teologal. Subieta para reconocer y calificar los opositores
a la canonjía Magistral, vacante por muerte de D. Marcos de la Mata;
—286→
y siendo el doctor Poveda opositor a ella se nombró por
secretario, para este fin y ausencias y enfermedades, a Gijón,
racionero, y a D. Miguel del Molino, notario mayor para que asistiesen a las
lecciones.
En 20 de Setiembre juntos el Arzobispo, las cinco dignidades y canónigos, se recibió en la canonjía Doctoral el doctor D. Gabriel de Chávez, cura de Recuay, en la provincia de Huaylas.
En 7 de Enero, hallándose indispuesto en el pueblo de Miraflores el Arzobispo, se juntaron en Cabildo el Deán, Arcediano, Chantre, Maestre-escuela, Tesorero y canónigos y nombraron por jueces de diezmos a los canónigos Subieta y Penitenciario, adjuntos al Chantre y Núñez, y enfermeros el Arcediano y Tesorero.
En 13 de Enero se recibió de medio racionero D. Cristóbal de Beguer.
En 28 de Abril murió el señor D. Francisco Antonio Escandón, undécimo Arzobispo.
Se componía el Cabildo Eclesiástico del Deán D. Felipe Manrique de Lara, Arcediano D. Andrés de Munive, Chantre D. Domingo Vásquez de Acuña, Maestre-escuela D. Bartolomé Jiménez Lobatón, Tesorero D. Andrés de Angulo, canónigos D. Fernando Cavero, Teologal D. José Fausto Gallegos, D. Andrés Núñez de Sanabria, D. Pedro Subieta, D. Juan José Canal, D. Juan de Oyarzábal, Penitenciario, D. Roque de Almanza. D. Gabriel Chávez, Doctoral y la Magistral vacante; racioneros D. Matías Ibañez, D. Juan José Marín de Poveda, secretario D. José Gijón, D. Fernando de la Sota y D. Diego Román; medios racioneros D. Manuel —287→ Fernández Pérez, D. Manuel Barrenehea, D. José de Albaina, D. Francisco Izquierdo, D. Cristóbal Bécquer.
En 10 de Setiembre entró en Lima con todas las ceremonias acostumbradas el señor D. José Antonio Ceballos, su duodécimo promovido del obispado de Tucumán. A principios de este año murió D. Fausto Gallegos, canónigos.
En 25 de Setiembre juntos en la sala capitular el Arzobispo, Deán, Arcediano, Chantre, Maestre-escuela y Tesorero, canónigos Núñez, Subieta, Penitenciario y Doctoral, racioneros Ibañez, Poveda, Román, medios racioneros Albaina, Barrenechea, Izquierdo, Bécquer y Larreta, peroró su ilustrísima elogiando a su Cabildo y añadió que el conde de las Torres le había propuesto consultase con su Cabildo sobre lo que más importaba reparar en la Iglesia, para ejecutarlo con seis mil pesos recaudados del tomín de fábrica. Se resolvió la refacción de la sacristía, de las puertas del patio de los Naranjos y las de enfrente; poniendo así mismo piedras de berenguela en las ventanas del coro, y que se pida se ejecute lo mandado por su Majestad para que se le aplique el tomín a dicha fábrica.
En 9 de Octubre se nombró a D. José Aparicio por organista.
En 13 de Noviembre se ordenó que el sochantre fuese a enseñar canto llano al Seminario, y que los señores Munive y Subieta acompañasen a su en la visita a dicho Seminario.
En 8 de Enero fueron nombrados jueces de diezmos el Penitenciario y el Doctoral, adjuntos el Tesorero y canónigo —288→ Canal, y enfermeros el Teologal y D. Pedro Subieta. Se mandó que, conforme a la regla consueta, jamás se doble después de las ocho de la noche, que hasta que la Catedral toque el alba no se taña ni repique sin orden superior, y que en los entierros y funerales se observe la consueta hecha por Santo Toribio, y confirmada por su Santidad.
En 11 de Enero se mandó que no se sentasen en el coro los que no son presbíteros, aunque sean diáconos. D. Pedro Lancho subió a racionero.
En 15 de Enero se mandó que los prebendados usasen siempre bonetes, no estando expuesto el Santísimo, después que se lo ponga el Prelado.
En 18 de Enero juntos en Cabildo Arzobispo, Chantre, Maestre-escuela, Tesorero, canónigos y racioneros, se decretó que en ninguna capilla de la Iglesias se célebre durante los divinos oficios, que los curas observen el capítulo de la consueta que manda vengan a las procesiones con sus cruces, que se requiriese a los clérigos que asistan a dichas procesiones, y que se cele mucho el silencio en el coro.
En 25 de Enero se declaró el Cabildo presidido por el Arzobispo, contra la pretensión de los Inquisidores, que todas las monjas, y aún las de la Trinidad y Santa Catalina, están sujetas al Ordinario y no al Santo Oficio por causa de Patronato, que se dé cuenta al Rey en autos, y se noticie a su Excelencia. Así se previno al señor Villagarcía, quien cortó esta competencia.
En 28 de Mayo se acordó se repicase en los días 19 y 26 de cada mes, en celebridad de San José y Santa Ana.
En Cabildo de 27 de Junio a pedimento de D. Juan. Carrión y Morcillo por parte del señor Obispo del Cuzco D. Pedro Morcillo, se convino el Cabildo en trasladar los huesos del señor Arzobispo D. fray Diego, tío del dicho, al panteón erigido en la capilla de la Purísima Concepción, imponiendo una memoria perpetua para que, en 11 de Marzo de cada año, se cante una misa por el alma de dicho Prelado, con anuencia de la Real Audiencia que tiene allí sus entierros.
En 5 de Julio, por muerte del canónigo D. Pedro Subieta, vacó una capellanía de que es patrón el Cabildo, quien nombró en ella al medio racionero D. Cristóbal Bécquer.
—289→En 10 de Agosto se recibió D. Juan José Marín de Poveda en la canonjía Magistral, vacante por muerte de D. Marcos de la Mata. En el mismo día entraron D. Clemente Larreta en la ración de Poveda, y D. Juan Tomás Sardón en la media, ración de Larreta.
En Cabildo de 23 de Agosto se admitió la fundación de la memoria que efectuaron los herederos del Arzobispo fray Diego Morcillo, por la que se dan cien pesos que se enteran cada año para que se cante una misa, y el resto se distribuya entre los que asistan al cabildo de esta Santa Iglesia de los Reyes, y habiendo excluido a la canonjía reparó el Cabildo que no había lugar a dicha exclusión, por ser asentado el privilegio para gozar de todas las memorias que se hacen en las Iglesias Catedrales, y ser pleito vencido con la de Quito, siendo su obispo el señor D. Luis Romero.
En 8 de Octubre se leyó una real cédula para que, en las oposiciones a las canonjías de oficio, haya un asistente real y se remitan al Consejo los autos del concurso. Se acordó que se representase a su Majestad que los grandes costos del concurso salgan de la vacante. En este año murió D. Manuel Barrenechea.
En 14 de Diciembre le vinieron a su ilustrísima sus bulas. Se mostraron al Cabildo en 20 de dicho mes, y leídas y obedecidas se dejó a su arbitrio señalar el día para la posesión. Eligió el domingo 24 del citado, y el lunes siguiente para la misa de gracia, que se cantó solemnemente por el Deán Manrique de Lara, con asistencia del Virrey marqués de Villagarcía, Audiencia y Tribunales.
En 7 de Enero se nombraron jueces de diezmos al Doctoral y a Soto, adjuntos y enfermeros al Tesorero y Teologal, Canal y Núñez, y por revisor del cuadernillo de rezo al racionero Larreta.
En 5 de Mayo resolvió su ilustrísima, en Cabildo, que los clérigos asistiesen de sobrepelliz en las parroquia a misa —290→ mayor en los días de fiesta, a la Salve los sábados, a las vísperas de los patrones y titulares, a las tinieblas y oficios de Semana Santa y a las procesiones.
En Cabildo del sábado 22 de Agosto promovió el Chantre la gran necesidad de que, en todo el arzobispado, se restablezca el uso tan encargado por el Rey de enseñar a los indios la lengua castellana por maestros.
En 4 de Setiembre se trató de que aunque en la capilla de Ánimas haya privilegio cuotidiano de sacar ánimas del Purgatorio, no se sabe si es perpetuo como el nuevamente concedido, y que convendría que su ilustrísima señalase el altar mayor de dicha capilla para que en él se use del privilegio, poniendo en una tablilla la expresión de que la misa mayor sea de difuntos, y que el celebrante tenga bula de Cruzada.
En 11 de Setiembre se recibió de medio D. Miguel Iturrios, en la media ración vacante por muerte de D. Juan Manuel Barnechea. Este Cabildo de 11 de Setiembre fue el último a que asistió el Arzobispo Ceballos. Se admira su amor a la Iglesia y estimación a su Cabildo, su celo por la disciplina, y su constancia y tesón en concurrir a todo los Cabildos.
En 17 de Enero murió el Arzobispo D. José Antonio Ceballos.
En 20 de Enero juntos el Deán, Arcediano, Chantre y Maestre-escuela, se publicó la sede vacante; se le dieron al Arcediano Munive las facultades ordinarias, y se mandó siguiesen los mismos Provisores de monjas y juez de obras pías.
En 12 de Febrero juntos los cinco dignidades y los canónigos, se pidió licencia para poner la estatua de D. Bernardo Gurmendi en las Trinitarias. Pidieron también los hacendados de Late que se exorcizasen los pericotes, y se mandó —291→ que hecha la rogativa acostumbrada los curas exorcizasen campos y animales según el ritual.
En 23 de Febrero el Arcediano, Chantre, Maestre-escuela, Tesorero y canónigos, acordaron que deben comparecer a examen sinodal cuantos se presentasen a beneficio curado.
En Cabildo de 22 de Marzo se recibió un decreto del Virrey, en que ruega y encarga, al Cabildo informe sobre la pretensión del vecindario de San Lázaro para que se entregue la capilla de Santa Liberata a los ministros de los enfermos o padres de la Buena Muerte; y se informó no haber inconveniente, quedando sujeta la capilla a la jurisdicción ordinaria, y asegurando sus bienes y entregándose por inventarios.
En 6 de Abril se declaró que los objetos que recogen de limosna los religiosos belemnitas están libres de impuestos.
En este año se componía el Cabildo del Deán Manrique, Arcediano Munive, Chantre Acuña, Maestre-escuela Lobatón, Tesorero Angulo; canónigos Teologal Cavero, Núñez, Canal, Oyarzábal Penitenciario, Sota Doctoral, Chávez Magistral, Poveda e Ibañez; racioneros D. Diego Román, Fernández Pérez, D. Pedro Lancho, D. Manuel Molleda, D. Clemente Larreta este año), D. José Albaina; medios racioneros D. Esteban José Gallegos, D. Francisco Izquierdo, D. Cristóbal Bécquer, D. Miguel Iturrios, D. Francisco Tagle, D. Tomás de Querejazu. (Parece haber muerto D. José Guijón, racionero).
En 7 de Enero el Deán, Arcediano, Maestre-escuela y canónigos, nombraron jueces de diezmos al Doctoral y a Sota; adjuntos a Núñez y Oyarzábal; enfermeros a Canal e Ibañez.
En 11 de Enero el contador de diezmos D. José Bernal pidió su Jubilación con media renta, como se practicó con varios de sus antecesores, especialmente con el doctor Pedro de Peralta, y acordó el Cabildo que para que se le concediese —292→ esta gracia exhibiese antes el método y regla de formar la cuenta y distribución de los diezmos, que siempre se ha procurado ocultar, porque se haga así necesaria en este ministerio la persona que lo entienda, sin que le mande arbitrio al Cabildo para elegir al más a propósito adecuado; y habiendo prometido cumplir dicho Bernal, se le admitió la propuesta.
En 25 de Enero manifestó D. José Bernal al Deán, Arcediano y canónigos el modo expresado de distribuir los diezmos, y quedó jubilado con media renta, y la otra media se adjudicó a D. Pedro José Salazar y Solorzano que fue nombrado contador, y se mandó se librase el respectivo libramiento.
En 8 de Enero se eligieron por jueces de diezmo al Doctoral y Sota, adjuntos Núñez y el Penitenciario, y enfermeros a Canal e Ibañez.
En 12 de Enero juntos el Deán, Arcediano, Maestre-escuela y canónigos, bajo una ramada inmediata al muro, por haberse arruinado con el temblor de 28 de Octubre de 1746 la sala capitular y demás piezas, entregó el Deán una carta rotulada al Cabildo en que el señor D. Agustín Delgado, Arzobispo de la Plata, noticiaba que en 21 de Noviembre de 1745 fue electo Arzobispo de Lima, que acompañaba su poder al Cabildo para que, aceptando el gobierno en su nombre, lo retuviese ejerciéndolo mientras se transportaba a esta ciudad. Cumplió el Cabildo con cuanto se le ordenaba, y le remitió al Prelado testimonio de todo lo practicado y actuado.
(En 18 de Diciembre de 1746 murió en Chuquisaca, sin tomar posesión de su silla, D. Agustín Rodríguez Delgado).
En 1º de Mayo presentó D. Ginés Zorrilla una cédula de Agosto de 1742 por la que se le hizo merced de la canonjía vacante por muerte de D. José, Fausto Gallegos, y se recibió —293→ colación de ella en dicho día. Al mismo tiempo presentó otra real cédula de 2 de Mayo de 1745, en que se declara debe gozar la antigüedad según la fecha de su título, por lo que debía anteponerse a D. Matías Ibañez, quien reclamó que tal despacho era contra la costumbre de esta Iglesia, protestando ocurrir al Consejo y estar a su determinación después de alegar el derecho de posesión en que se hallaba. Obedeciose el real despacho sin perjuicio de la antigüedad y posesión de Ibañez, y así Zorrilla tomó posesión de la silla siguiente.
En 25 de Mayo murió el Arcediano D. Andrés Munive, Deán electo.
En 21 de Junio se recibió D. Francisco Gómez de los Ríos en la media ración vacante por ascenso a ración entera de D. Tomás de Querejazu, estando presentes Deán, Maestre-escuela y canónigos. En el mismo día presentó dicho Ginés un despacho del Virrey en que, después de oído el Fiscal del Rey y llevado el asunto de antigüedad al Acuerdo por voto consultivo, oídas ambas partes, pareció al Acuerdo que el Virrey mandase librar provisión de ruego y encargo al Cabildo para que, sin embargo de la contradicción del señor Ibañez, se cumpliese la real cédula que concede al señor Zorrilla la preferencia de antigüedad y asiento, con lo que se conformó el Virrey D. José Manso por decreto de 2 de Junio de 1747. Obedeció el Cabildo y dio posesión de su antigüedad a Zorrilla.
En 5 de Setiembre por muerte de D. Izquierdo, medio racionero de esta santa Iglesia y Rector del Seminario de Santo Toribio, fue nombrado por tal Rector el canónigo Magistral D. Juan José Marín de Poveda.
Murió Izquierdo en 10 de Agosto.
En el mes de Enero juntos en la capilla del Colegio Seminario de Santo Toribio, el Deán, Maestre-escuela y canónigos hicieron su elección de jueces de diezmos, y enfermeros.
—294→En Abril el Deán, Maestre-escuela y canónigos nombraron por secretario al medio racionero D. Esteban José Gallegos, quien también fue hecho juez de memorias.
En 18 de Agosto se recibió D. Santiago Bengoa, cura de Santa, en la canonjía vacante por ascenso de D. Matías al obispado de la Paz.
En 22 de Agosto el Virrey del Perú D. José Manso de Velazco con los oidores D. Álvaro Navia Bolaños, D. José Tagle, D. Gaspar Urquiza, D. Pablo Olavide y D. Hermenejildo de Querejazu, hicieron Acuerdo porque, habiendo experimentado Lima el formidable terremoto que la asoló en 28 de Octubre de 1746, se hiciese una demostración religiosa en dicho día, en que se celebra la fiesta de los Santos Apóstoles San Simón y San Judas, como se ejecuta por semejantes circunstancias el día de la Visitación, 2 de Julio, por el que padeció en tal día del año de 1581, el de Nuestra Señora del Milagro 27 de Noviembre de 1630 y el de Nuestra Señora de las Lágrimas 20 de Octubre de 1687, lo que sería conveniente y debe practicarse en el 28 de Octubre de 1746, el más espantoso y de mayor estrago que los demás, y que a lo menos dicho día fuese fiesta de tabla en lo futuro, lo que participó su Excelencia al Cabildo por carta de 22 de Octubre de 1748, y que se empezase la fiesta a costa de la ciudad el 28 de Octubre de 1748. Con el mismo motivo de aplacar la ira de Dios pidió el Cabildo la suspensión de fiestas reales y profanas, y que se anotase en el libro de exequias que se hicieron en la Iglesia de las Trinitarias, y así se mandó.
En este año murió el canónigo D. Ginés Zorrilla.
En 5 de Enero juntos en la capilla de la Plaza, que sirvió de Catedral, el Deán y capitulares nombraron jueces de diezmos a Sota y Bengoa; adjuntos al Doctoral y Magistral: enfermeros a Bengoa y Lancho.
En 27 de Junio resolvieron los cabildantes que se hiciese una procesión de Nuestra del Rosario y de los —295→ huesos de Santa Rosa y San Roque para que cesase una epidemia que afligía a Lima, y que se dispensase que se comiese carne en los días de abstinencia, como remedio temporal.
En 20 de Julio se recibió D. Manuel de Molleda en la canonjía vacante por muerte de D. de Zorrilla.
En 8 de Noviembre se recibió D. Francisco Tagle en la ración que renunció D. Dionisio Sánchez.
En este año murieron el racionero D. Juan José Canal y el Tesorero D. Andrés Angulo.
En 13 de Febrero se recibió D. Diego Ramón en la canonjía vacante por muerte de D. Juan José Canal.
En 3 de Julio, juntos los capitulares en la capilla provisional de la Plaza, tomaron posesión D. Domingo Vásquez de Acuña, del Arcedianato: Bartolomé Jiménez Lobatón, de la Chantría; D. Fernando de la Sota, de la Maestre-escuela; y el canónigo D. Diego del Corro de la Tesorería. En la canonjía de Corro entró D. Pedro Lancho; en la ración de éste, D. Manuel Fernández Pérez cuya media ración obtuvo D. Melchor Carrillo, a la que pasó siendo cura de Araguay.
En Cabildo de 8 de Noviembre se leyó un breve en que su santidad da facultad al Provisor de la sede vacante para consagrar aras y cálices en caso de no haber comunicado los Arzobispos sus privilegios, a tiempo de muerte.
En este año murió el penitenciario D. Juan de Oyarzábal.
En 7 de Enero juntos en la capilla de la plaza en sede vacante el Chantre y capitulares, nombraron por jueces de diezmos al tesorero Corzo y al canónigo Moyedo; adjuntos —296→ el Chantre Lobatón y Bengoa; enfermeros el Magistral y Román.
En 23 de Enero renunció Poveda el rectorado del Seminario, y se nombró en su lugar a D. Melchor Carrillo. El Virrey Manso escribió una carta al Maestre-escuela D. Bernardo de la Sota, gobernador del arzobispado, para que hiciese sacar una copia autorizada de la Erección de esta santa Iglesia que pide el rey junto con la de otras. Por hallarse Sota enfermo remitió la carta al Cabildo, que mandó se le dijese que la carta hablaba con su Señoría, y no con el Cabildo, y que si tenía algo que prevenir lo hiciese por escrito. Manifestó Sota su imposibilidad de actuar los poderes que tenía del Arzobispo, y que se sirviese pasar dicha carta al Cabildo para que diese la providencia que convenía; y vista se mandó sacar en 25 de Enero dicho testimonio del original del archivo. Fueron admitidos a la canonjía penitencia, vacante por muerte de D. Juan de D. Juan de Oyarzábal, D. Antonio de Llerena, cura de Chancay, D. Fernando Zárate, cura de Quinti, D. Nicolás de Cadena, cura de Chorrillos, D. Modesto Villavisencio, cura de San Sebastián, y el racionero D. Esteban José Gallegos.
En 1º de Febrero D. Gabriel Chávez, Doctoral, Provisor, recibió el gobierno en virtud del poder y las bulas del señor D. Pedro Antonio Barrueta, por muerte de don Andrés de Munive que venía en primer lugar, y, por ausencia de Sota, por enfermo, que venía en segundo.
En 1º de Marzo se recibió D. Pedro de Alzugaray, cura de Santa Ana, en la ración que dejó D. Manuel Molleda.
En 22 de Marzo se mandó aumentar el salario de los músicos, y que respecto de que el perdiguero D. Juan Pérez Barrios apenas tenía actualmente de hijuela una muy corta que llegaba a ciento setenta y cinco pesos, mientras ocurriese otro arbitrio, se le mandó aumentar de la fabrica ciento noventa pesos, de modo que tuviese trescientos sesenta y cinco pesos.
En 16 de Abril, juntos en la capilla de la plaza, el Arcediano y canónigos, comunicó el Chantre la noticia de estar el señor Barrueta en Cartagena; se hacen prevenciones para recibirlo: se trató de si iría alguna dignidad a cumplimentarlo como salió a recibir al señor Mogrovejo el Maestre-escuela —297→ de aquel tiempo, o si iría algún canónigo como se ha hecho con los Virreyes y Arzobispos, lo que tuvo origen desde el señor Lobo Guerrero, a quien cumplimentó el canónigo D. Feliciano de la Vega, al señor Campo el canónigo Abreu, et sic de caetaris; pero se nombró sin ejemplar al Tesorero D. Diego del Corro, con la ayuda de costa de mil quinientos pesos, a la villa de Santa, y aunque se alegó no había ejemplar de que los diputados del Cabildo saliesen hasta la raya la jurisdicción, se sacó el del canónigo Zamudio que salió hasta Santa, último pueblo de la jurisdicción, a recibir al señor Zuloaga; y no obstante que se dijo que dicho señor lo hizo por exceso de política, pero por el Cabildo de 6 de Marzo de 1714 consta que se propuso que uno de los señores fuese hasta la villa de Santa, por lo que se acordó que ahora se hiciese lo mismo, sin que sirviese de regla para en adelante, y al Magistral Poveda se señaló para obsequiarlo en Lima. Aunque no ha sido costumbre en semejantes ocasiones, se acordó en 11 de Mayo que el 15 se cantase una misa de gracias por la felicidad del arribo de su ilustrísima a Paita.
En 26 de Junio tomó su Ilustrísima posesión personal de su silla; expuso sus reparos sobre que se levantaban las mangas al Sanctus, sobre acompañarlo hasta la puerta en las fiestas de tabla, al tiempo de las horas y misa conventual; se le respondió y satisfizo con la consueta, rúbricas y costumbre; también sobre no admitir a la canonjía Penitenciaria a los que no tengan cuarenta años, ni prorrogar el término de su convocatoria; y sobre la cobranza de las cuartas de la vacante del señor Rodríguez, en Chuquisaca, que las entregasen aquellos curas.
En 17 de Julio se recibieron D. Domingo Vásquez de Acuña de Deán, D. Bartolomé Jiménez Lobatón de Arcediano, D. Fernando de la Sota de Chantre, D. Diego de Corro de Maestre-escuela, y D. Francisco Ramón Herbozo, Chantre de la Plata, de Tesorero. Eran canónigos D. Fernando Cavero Teologal, D. Andrés Núñez, D. Gabriel Chávez, Doctoral, D. Juan José Marín de Poveda, Magistral, D. Santiago Bengoa, D. Manuel Molleda, D. Pedro Lancho y D. Diego Román. [Está vacante la Penitenciaria por muerte de Oyarzábal.] Racioneros D. Tomás de Querejazu —298→ , D. Francisco Tagle, D. Manuel Fernández Pérez, y D. Pedro Alzugaray. Medios racioneros D. Esteban José Gallegos, D. Cristóbal Bécquer, D. Tomás Sardón, D. Miguel Iturrios, D. Francisco Gómez de los Ríos y D. Melchor Carrillo; secretario, el Magistral: pro-secretario D. Esteban José Gallegos, medio racionero.
En 5 de Agosto se discutió si los que no tienen cuarenta años, deben ser admitidos a la oposición de la canonjía penitenciaria. Siete capitulares opinaron que no debían, y seis, incluso el Arzobispo, juzgaron que podían ser admitidos. Resolvió su Ilustrísima que fuesen admitidos.
En 17 de Setiembre se resolvió que, en las actuaciones futuras de la canonjía Penitenciaria, cumplan los opositores con la lección en teología.
El 27 de setiembre se mandó que el libro o libros de Cabildo se guarden en el archivo, y no salgan de la sala capitular.
En 6 de Noviembre, con motivo de no haber podido leer a la canonjía Penitenciaria, por un accidente que le sobrevino, D. José Javier Vargas, después que hizo una réplica y sacó puntos, se dudó si entraría en cántaro. Se hizo votación; dos señores renunciaron su voto, dos estuvieron por la negativa, y diez opinaron que entrase en cántaro por justos motivos, pero sin que sirviese de ejemplar para en adelante.
En este año fallecieron el canónigo Núñez y el Deán Acuña.