Selecciona una palabra y presiona la tecla d para obtener su definición.
 

91

Arch. franc., leg. 2.º, N.º 2. (N. del A.)

 

92

Arch. franc., leg. 2, N.º3. (N. del A.)

 

93

En esta misma sección (del 9 de noviembre de 1796) se leyó un pedimt.° del R. P. Guard.n Fr. Man.l Sousa Pereira, en q.e como capellán de la Cofradía de Nra. Sra. del Pilar de Zaragoza, pide, que un frontal de Plata perteneciente, a la dha. Cofradía, el que el R. P. Ex-Minro. Prov.l Fr. Fran.co Xavier de la Graña, siendo Minro. Prov.l lo mandó desacer, y agregó al común; se decreto. Vistos los elementos que esta parte presentó en la que consta pertenecer dho. frontal de Plata a la dha. Cofradía. Se declara que uno de dhos. frontales nuebos, sirba al culto de dha. Soberana S.ª, y al común de la Iglesia. (Lib. 4.° Becerro, fol. 362 vta.) (N. del A.)

 

94

He aquí una prueba de lo que decimos:

R. P. N. Comiss.º de Indias; Quando a el cumplimiento de las obligaciones se oponen inbensibles los embarasos, deven los súbditos dar noticia de ellos a los Superiores, assí para no tener suspensos los ánimos de lo que goviernan, como para manifestar su rendim.to en lo mismo, q'obedecer no pueden. Obligada estaba esta Provincia de V. R.ma a despachar Proministro, y Custodio al Capítulo Gen. ia convocado en la Ciudad de Murcia, pero la ruinosa Constitución en que se halla cosa los inesperados atrasos, que padece, la presisan a sostituir en ves de los Vocales, las sigtes. rasones. Celebrado q. fue el Capítulo de esta Prov.a el año de 52 se halló el nuevo Ministro Prov.l acometido de copiosa impertinente multitud de acredores que demandaran a la Prov.a la cantidad de 41 mil ps. Y entre ellos el Ill.mo Obpo. de esta Diocessi, que por los milles q'la Prov.a devia a su Caja; tubo embargados los estipendios de todos los curatos, embarasando de esta suerte la cobransa y acresentando el redito q'por dha. cantidad se pagaba. De allí a poco colligándose el mismo mitrado con el Presidente de esta Prov.ª quitó a la Religión la maior parte de los estipendios en los dies y siete Curatos más pingues q'ha secularisado, adjudicándoles a los Clérigos, y privando a la Religión de estos emolumentos. A esto se añade la fatalíssima conmoción de tierra q. ha padecido esta ciudad desde, el dio 26 de Abril de este año de 1.755 y q. no acaba de asustarnos; en q. le a cavido a nro. Conv.to la mayor parte del estrago, pues en muchos meses quedaron inhavitables sus Claustros, Celdas y Oficinas. Las Torres y Claraboyas tan maltratadas, q. tuvieramos, a felisidad su total rumia más q. su aparente existencia: q. con eso nos aorraramos de gasto en desaserlos, aplicándonos solo al afán de reedificarlas, como lo hestamos hasiendo en la Iglesia cuya ingente mole la vemos con arto dolor por los suelos precisados a celebrar los divinos Oficios expuestos a todas las inclemencias temporales de suerte, q. ni la actividad, y eficasia del M. R. P. Prov.l q. nos govierna, ni todo su conocido religioso zelo acia el divino culto, han podido reparar todavia tanto daño: contentándose su solicitud, y cuidado con ir agregando a costa de inmensos trabajos, y expensas los precisos materiales para su reedificación, y religioso equipaje. Por lo que puesta a los pies de V. R.ma esta mísera Prov.ª de Quito, suplica se sirva advertir esta verdadera y humilde representación de no poder despechar sus dos vocales al Capítulo Gen.l pues no lo dexa de hacer por siniestros fines, si solo por falta de medios Nro. Señor gue. la importante Vida de V. R.ma m.'a.', Quito y Diziembre (borrado) de 755 = R. P. N. Comiss.° Gen. l de Indias. B. L. P. de V. R. San menores súbditos = Fr. Joshp. Fernández Salv.or Minro. Pro.l = Fr. Buenav.ª Ignacio de Figueroa, Padre más antiguo = Fr. Juan Fran.co de Castro, Definidor = Fr. Man.l Peres Guerrero Definidor = (Arch. franc., libro 2 Becerro, fol. 221). (N. del A.)

 

95

Arch. franc., libro 2.º Becerro, fols. 219-223. (N. del A.)

 

96

Arch. franc., libro lº, Becerro, fol. 228. (N. del A.)

 

97

Id. Id., fol. 132. (N. del A.)

 

98

Arch. franc., libro 2.° Becerro fols. 219-223. -El Padroncillo de concordia y distribución de cargos, conforme a la alternativa, establecido en la Provincia de San Francisco de Quito, se halla en el Libro l.º Becerro fols. 112 vta.-114. (N. del A.)

 

99

Córdova y Salinas. Corónica de la Religiosíssima Provincia de los doce Apóstoles del Perú.- Lima, año de 1651, libro VI, cap. IX, pág. 582. (N. del A.)

 

100

Arch. franc., libro 1.º Becerro, fols. 217 vta. El documento íntegro está copiado en este libro desde el folio 216 hasta el 217. (N. del A.)