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1

Agradecemos las sabias «sugerencias-observaciones de amigo» del eminente estudioso melendezvaldesiano, profesor don Emilio Palacios Fernández, que ha tenido la amabilidad de leer el borrador de este trabajo. Por razones de espacio no han podido ser consideradas con la extensión que se merecen. Asimismo, doña María Dolores Mateos y doña Inmaculada Urzainqui lo han leído con un cariño poco común en estos tiempos.



 

2

La Sala Plena estaba compuesta en este año por el consejero de Castilla, Antonio González Yebra, que hacía de gobernador; por un fiscal único, Juan Meléndez Valdés, y por catorce alcaldes divididos en dos Salas. La Sala Primera, formada por Manuel del Pozo, el Marqués de Casa-García, Francisco Policarpo Urquijo, Domingo Antonio de Miranda, Josef Navarro, Pedro Nicolás del Valle y Manuel Pérez de Rozas (Supernumerario). La Sala Segunda estaba compuesta por Francisco Rugenio Carrasco, el Conde de Torre Múzquiz, Josef Olmeda, Sebastián de Torres, Domingo Fernández de Campomanes, Luis Meléndez Bruna, Miguel Cayetano Soler, ausente por haber sido nombrado Ministro de Hacienda. Archivo Histórico Nacional, Consejos, Libros 1787 y 1388, f. 2. El número de plazas de alcaldes osciló a lo largo del siglo XVIII. Parece que la plantilla era de doce plazas cuando Meléndez fue fiscal. Entre el personal subalterno destacar los 14 escribanos y los más de 60 alguaciles.

Ver la descripción y funciones de la Sala de Alcaldes en Enrique Villalva Pérez, La administración de la justicia penal en Castilla y en la Corte a comienzos del siglo XVII, Madrid. Editorial Actas, 1993. También M.ª Isabel Cabrera Bosch, El Consejo Real de Castilla y la ley, Madrid, CSIC, 1993, pág. 30.



 

3

Martín Fernández Navarrete, «Noticia de la vida y escritos de don Juan Meléndez Valdés», manuscrito inédito, guardado en el Archivo del Palacio de Ábalos (Logroño), citado por Georges Demerson, Don Juan Meléndez Valdés y su tiempo (1754-1817), Madrid, Taurus, 1971, tomo I, pág. 346.



 

4

Richard Herr, España y la revolución del siglo XVIII, Madrid, Aguilar, 1990, pág. 310.



 

5

Ángel del Río, Jovellanos. Obras escogidas, Madrid, Clásicos Castellanos, 1935, pág. LXXIX. Exagera Ángel del Río, como demuestra la misma actividad de Meléndez, funcionario subordinado de Jovellanos.



 

6

Juan Meléndez Valdés, Obras Completas, tomo III, ed. y prólogo de E. Palacios Fernández, Madrid, Biblioteca Castro, 1997, pág. 644.



 

7

«Tienen los alcaldes la suprema jurisdicción en lo criminal, sin apelación, ni súplica, sino para ellos mismos, y por esto les dan nombre de quinta Sala del Consejo, teniendo lugar en él»; Alonso Núñez de Castro, Libro histórico-político. Sólo Madrid es Corte y el cortesano es Madrid, Madrid, 1675, (3.ª impresión), Imprenta de Roque Miranda, f. 113.



 

8

Jesús Morales Arrizabalaga, «La intervención de los fiscales del Consejo de Castilla en la génesis del derecho contemporáneo», Documentación jurídica, M. de Justicia, tomo XV (octubre 1988), págs. 9-77.



 

9

Santos Manuel Coronas González, Ilustración y Derecho: los Fiscales del Consejo de Castilla en el siglo XVIII, Madrid, Ministerio de las Administraciones Públicas, Instituto Nacional de Administración Pública, 1992.



 
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