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170.      Sólo en el Tudense hallamos esta breve frase: Hic (Alfonsus IX) salutari consilio evocavit magistros peritissimos in sacris scripturis et constituit scholas fieri Salmantiae.

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171.      Según esto, hay error de algunos años en la data de la siguiente inscripción que se puso en el claustro de la universidad andando el siglo XVI: Anno Dom. MCC. Alfonsus IIX Castellae rex Pallantiae universitatem erexit, cujus aemulatione Alfonsus IX Legionensis rex Salmanticae itidem academiam constituit. Illa dejecit deficientibus stipendiis. haec vero in dies floruit, favente praecipue Alfonso rege X. Al retocarse el letrero en el siglo pasado se le añadieron estas palabras referentes al rey sabio: a quo accitis hujus academiae viris, et patriae leges el astronomiae tabulae demum conditae. También entonces se arreglaron más a la verdad histórica los dísticos relativos al engrandecimiento de la Salmantina sobre las ruinas de la de Palencia:

               Grata domus fuerat Musis Pallentia primum,

                    Gratior at Phoebo mox Salamanca fuit.

               Defecere stipes illic, fugere Camenae

                    Quae salmantina promicuere domo.

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172.      El primero que supuso dicha traslación parece fue Marineo Sículo, cuyo error siguieron, entre otros, fray Alfonso Venero, Garibay, Illescas y por último Mariana.

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173.      Muévenos a copiarlo íntegro su reconocida importancia, a la cual ha debido el ser colocado en la capilla dentro de un marco. �Conoscida cosa sea a todos quantos esta carta vieren como yo don Fernando por la gracia de Dios rey de Castiella e de Leon e de Gallizia e de Cordoba, porque entiendo que es pro de mio regno e de mi tierra, otorgo e mando que aya escuelas en Salamanca, e mando que todos aquellos que hi quisieren venir a leer que vengan seguramientre, e yo recibo en mi comienda e en mio defendimiento a los maestros e a los escolares que hi vinieren e a sus omes e a sus cosas quantas que hi troxieren. E quiero e mando que aquellas costumbres e aquellos tueros que ovieron los escolares en Salamanca en tiempo de mio padre quando estableció hi las escuelas, tan bien en casas como en las otras cosas, que esas costumbres e esos fueros ayan; e ninguno que les ficiese tuerto nin fuerza nin demás a ellos nin a sos omes nin a sus cosas, avrie mi ira e pecharmi he en coto mill morabetinos e a ellos el danno duplado. Otro sí mando que los escolares vivan en paz e cuerdamientre de guisa que non fagan tuerto nin demás a los de la villa, e cada cosa que acaezca de contienda o de pelea entre los escolares, o entre los de la villa e los escolares, que estos que son nombrados en esta mi carta lo ayan de veer e de enderezar, el obispo de Salamanca e el deán e el prior de los Predicadores e el guardian de los Descalzos (a saber los Franciscanos) e don Rodrigo e Pedro Guiguelmo e Garci Gomez e Pedro Vellido e Fernando Sánchez de Portocarrero, e Pedro Muñiz calónigo de Leen e Miguel Perez calónigo de Lamego: e a los escolares e a los de la villa mando que estén por lo que estos mandaren. Facta charta apud Vallisoletum VII die aprilis era MCCLXXXI.� Es posible que los dos canónigos de León y de Lamego fuesen de los primitivos catedráticos. Sin duda a esta concesión alude el dístico dedicado en el claustro a san Fernando al pie de su imagen.

                Haec donis, Fernande, tuis sic cuncta renidet,

                    Hesperiae ut nullum celsius extet opus.

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174.      Todo el título 31 de la partida 2.� versa sobre los estudios generales, hablando allí de los maestros y escolares y de un mayoral sobre todos ellos que puedan nombrar por sí mismos, de las licenciaturas, del bedel, del estacionario, y de las condiciones de la villa en que ha de establecerse dicho estudio que dice debe ser �de buen ayre e de fermosas salidas donde puedan folgar e recebir placer en la tarde, abondada de pan e de vino e de buenas posadas.�

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175.      De ella cita curiosos vestigios nuestro especial amigo don Vicente de la Fuente en su Historia de las universidades de España, cuyo manuscrito nos ha franqueado generosamente.

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176.      Uberrimam civitatem, llama en su bula a Salamanca, locum saluberrimum et quibuslibet opportunitatibus praelectum.

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177.      Véanse los precedentes de esta gracia en la Historia de la universidad, por el maestro Chacón, y en González Dávila, que transcribe la concordia celebrada en 1306 por la ciudad y clero de Salamanca para sostener a todo trance los estudios.

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178.      �Sin milagro, dice Chacón, sería imposible con tan poca renta poderse cumplir tantas cosas y con tanta magnificencia hechas, pero si no es milagro debe ser la buena orden y concierto que en todo tiene... teniendo la Universidad con su pobreza tanta tan ilustre y principal gente en su casa y con tan grandes salarios, cuales no sabemos hoy de ningun señor de los que conocemos.� Con efecto enumera sus gastos en los sueldos de las cátedras de quinientos, ochocientos y hasta nuevecientos ducados, en los de sustitutos, en los de cuarenta oficiales para el servicio unos de cincuenta otros de cien mil maravedís, en sostener el hospital, colegio Trilingüe, capilla y librería, en viudedades y limosnas a conventos, en negocios y pleitos, en comisiones a Roma y a la corte, en conclusiones, ejercicios literarios y premios de comedias representadas en latín, y apenas se comprende que sufragase para tanto su hacienda. Esto dejando aparte los extraordinarios en que se mostraba muy espléndida, pues las exequias del príncipe don Carlos y de la reina Isabel le costaron en 1568 más de tres mil ducados, y por aquellos años que fueron de gran sequía y hambre dio doce mil duros de limosna.

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179.      Éranlo en tiempo de Gil González don Juan Arias Maldonado don Alonso de Monroy y don Gonzalo Vásquez Coronado, todos señores de pueblos. Habiendo nombrado conservadores Benedicto de Luna, mandó en 1411retener la cláusula el gobierno de Juan II que los tenía ya puestos de antemano.

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