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361

Sobre esta incidencia merece conocerse la siguiente carta de los inquisidores:

«M. P. S. Con la ocasión del auto público de fe que celebramos el año pasado de 36 se han suscitado en este Santo Oficio diferentes causas, y entre ellas algunas de defensas de la doctrina que condenamos al padre Juan Francisco de Ulloa, de la Compañía de Jesús, entre las cuales se formó la de Juan Ventura de Aldecoa, vecino de la imperial villa del Potosí, la que hallándose con cinco testigos formales de sus proposiciones, se mandaron calificar, como Vuestra Alteza verá, de cuya diligencia resultó haber dado mandamiento de prisión contra el susodicho, y de su ejecución haberse originado que el alcalde ordinario de dicha villa, llevado de la amistad que profesaba con dicho reo, entendido de haber sido delatante de dichas proposiciones el notario del Santo Oficio de dicha, villa, pasase a prenderle, motivándolo con pretexto de amancebamiento; sobre que tenemos encargado a dicho comisario la formación de autos y sumaria, de que a su tiempo daremos cuenta; y consiguientemente, los Padres de la Compañía de dicha villa, habiendo convidado a los ministros del Santo Oficio que hay en ella para la festividad de su patriarca manifestaron en el hecho haber   —600→   sido sólo su fin hacer desprecio de ellos y vilipendiarlos públicamente, con escándalo del pueblo, a que dimos la providencia que Vuestra Alteza reconocerá por la copia de lo actuado hasta aquí, que remitimos con ésta a fin de que por ella se haga Vuestra Alteza cargo de la gravedad de la materia, y que toda la quiebra que padece la jurisdicción del Santo Oficio nace del poco fomento que tiene en estos reinos de las Reales Audiencias, por estar vulgarmente creído adulan a los superiores en cuantos actos cometen en nuestro desprecio, sobre que esperamos que Vuestra Alteza dé las providencias que por bien tuviese.

»Guarde Dios a Vuestra Alteza muchos años. Inquisición de los Reyes y setiembre 30 de 737. -Doctor Cristóbal Sánchez Calderón. -Licenciado don Diego de Unda. -Por mandado del Santo Oficio de la Inquisición. -Don José Toribio Román de Aulestia, secretario».

 

362

Carta de 19 de febrero de 1737.

 

363

Carta de 12 de enero de 1739.

 

364

Pérez de Santiago salió asimismo mal parado en una causa que se siguió ante su sucesor Machado y que éste falló en agosto de 1648. En efecto, habiendo doña Beatriz de Guzmán interpuesto demanda contra el capitán Juan Bautista de Orozco pidiendo le devolviese «cien cordobanes de capados escogidos», Pérez de Santiago, sin comisión del Santo Oficio y con evidente propósito de favorecer las pretensiones de la demandante, dio lugar a lo que ésta pedía. Pero una vez que el Deán-Comisario fue, removido del puesto, Orozco reclamó ante Machado diciendo de nulidad de todo lo actuado. Pérez de Santiago no se conformó con la sentencia que le condenaba personalmente a la devolución de los cueros o de su valor, e interpuso apelación ante el Tribunal de Lima.

En su defensa alegó que hallándose preso en aquella ciudad por el Santo Oficio Manuel Luis Matos, el padre mercedario Fray Diego de Pedraza denunció ante él, siendo comisario, que el preso era acreedor de un mercader de Santiago llamado Antonio. Fernández, a quien, a su vez, debía cierta cantidad doña Beatriz de Guzmán la que apremiada por aquél para que le reintegrase cierta suma que le debía, había pedido que el capitán Orozco le devolviese a su turno los cueros de capados escogidos, que le tenía prestados; tratando de esta manera de justificar la intervención que en el asunto había tenido como juez. Desgraciadamente para él, los inquisidores, una vez más, hubieron de condenarle, en 10 de enero de 1654, fallando que la sentencia pronunciada por Machado, «de que por parte del dicho doctor Don Tomás Pérez de Santiago fue apelado, juzgó y pronunció bien y el susodicho apeló mal».

Este incidente consta del proceso que original obra en nuestro poder.

 

365

Libro 760-15, f. 106. El padre Nicolás de Lillo y la Barrera era chileno, hijo del maestro de campo Ginés de Lillo y la Barrera y de Beatriz de la Barrera Chacón. En 1658, en vísperas de su partida para Lima, testó en Santiago. Olivares dice con referencia a él que pasaba por sujeto de las primeras estimaciones de la provincia en cátedra y púlpito. En 1698 hizo imprimir en Lima un Sermón de la procesión y acción de gracias al glorioso apóstol de la India San Francisco Javier por el milagro que obró dando repentina salud a la hermana Beatriz Rosa de San Francisco Xavier, etc.

 

366

El autor de esta carta fue promovido al año siguiente al coro de Santiago, pero no quiso aceptar la traslación por su edad y achaques.

 

367

Fray Juan de Jesús María, Memorias de Chile, pág.62.

 

368

Esta relación que hace Fray Juan de Jesús María en su citada obra, difiere poco de la de los demás contemporáneos suyos. Así, por ejemplo, la reunión que Fray Juan supone que tuvo Meneses en casa del Obispo fue en realidad en la sala de la Audiencia, de donde salió a verse con el Prelado el Cabildo, que también había sido convocado, según lo declaró más tarde el licenciado don Juan de la Cerda, abogado en ese entonces de la Corporación, que se halló presente a la entrevista.

 

369

Declaración del capitán Miguel de Valencia.

 

370

En efecto, según la carta del Tribunal fecha 10 de noviembre de 1674, Meneses dio permiso para que entrasen a la cárcel el comisario y su notario, y a ello se negó Ramírez de León diciendo que le habían de entregar el preso y llevarlo a su casa o a la del alguacil mayor de Tribunal.