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Parece que la epidemia que causó estos estragos en la guarnición de Valdivia fue una recrudescencia de las viruelas que cada año hacían su aparición en los meses de otoño, y que en ése de 1645 se presentó con caracteres más alarmantes todavía. El padre Rosales, sin embargo, refiriendo que Villanueva Soberal sucumbió por efecto de la epidemia, dice que ésta «fue de unas secas que les salían en los muslos y una hinchazón de las encías tan penosa y molesta que no les dejaba comer sino cosas líquidas por modo de bebida; y todo el día estaban babeando, la boca hinchada y con un tormento grande». Libro VIII. capítulo 27.



 

451

Carta del marqués de Baides al Rey, de 29 de marzo de 1640.



 

452

Oficio de la real audiencia de Santiago, representada por el oidor decano doctor don Nicolás Polanco de Santillán, al Gobernador, de 21 de octubre de 1644.



 

453

Auto firmado por el comercio de Santiago en el acuerdo del Cabildo de 1 de diciembre de 1645.



 

454

Carta del marqués de Baides al Rey, de 12 de mayo de 1646.



 

455

Acuerdo del cabildo de Santiago de 7 de abril de 1645, a fojas 156 del libro 13.



 

456

Acuerdos del cabildo de Santiago de 15 y 28 de abril de 1645, a fojas 165 y 167 del libro 13.



 

457

Tuvo lugar este ataque el 25 de diciembre. Entre las señoras apresadas por los indios, se hallaban la mujer y la suegra del capitán Juan de Acevedo, de quien hemos hablado. Ambas fueron rescatadas el año siguiente.



 

458

Carta del marqués de Baides al Rey, de 12 de mayo de 1646. Esta carta escrita en los últimos días de su gobierno, fue firmada, como él mismo lo dice, después de haber entregado el mando a su sucesor.



 

459

Rosales, Historia jeneral, libro VIII, capítulo 27. En el juicio de residencia del Marqués, sin embargo, no se le hicieron cargos por estos capítulos que debían ser abusos frecuentes de los gobernantes de esos tiempos. Se le exigió sólo que pagara al Rey el derecho de quinto sobre el valor de los prisioneros tomados en la guerra y vendidos en su provecho como esclavos. Aun este punto fue sometido a la decisión del Consejo de Indias, por cuanto estaba pendiente la resolución real solicitada por el mismo motivo en la residencia de don Francisco Lazo de la Vega. que tampoco había pagado este derecho.



 
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